Este documento explica que para registrar un Comité de Control Social ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el Comité debe informar a la oficina territorial de la Superintendencia adjuntando copia del acto de reconocimiento del Comité expedido por el Alcalde Municipal y copia del acta de la reunión donde se eligió al Vocal de Control. También proporciona la dirección web donde los Comités pueden registrarse y donde los ciudadanos pueden consultar normatividad sobre servicios públicos domiciliarios.