SlideShare una empresa de Scribd logo
INTEGRANTES: Cacho Mendoza, Jonathan Chavera López, Diana Carolina Espada Salgado, Fernando Montesinos Montes, kristian Joel Orellana Llerena, Luis UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD   Escuela Profesional de Odontolog í a
1. ACTUAR COMO SECRETARIO DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 2. SUSCRIBIR CONJUNTAMENTE CON EL DECANO REGIONAL LAS ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADAS CON LA INSTITUCIÓN. 3. LLEVAR LOS LIBROS DE ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL.
4. LLEVAR LOS LIBROS NECESARIOS PARA EL BUEN  DESENVOLVIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 5. TRAMITAR OPORTUNAMENTE TODOS LOS ACUERDOS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 6. CITAR POR DISPOSICIÓN DEL DECANO REGIONAL, A LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 7. LLEVAR EL REGISTRO DE LOS CIRUJANOS DENTISTAS INSCRITOS EN EL COLEGIO REGIONAL, DEBIDAMENTE DEPURADO.
8. LLEVAR/MANTENER/CUSTODIAR EL ARCHIVO DOCUMENTARIO DE LA INSTITUCIÓN. 9. CERTIFICAR LA HABILITACIÓN PROFESIONAL DE LOS MIEMBROS DE LA ORDEN. 10. PARTICIPAR CON VOZ Y VOTO EN EL CONSEJO REGIONAL. 11. LLEVAR EL REGISTRO DE PERITOS ODONTÓLOGOS DE LA REGIÓN. 12. TODAS LAS DEMÁS ATRIBUCIONES QUE LE SEÑALE EL PRESENTE REGLAMENTO.     
1. Diseñar y controlar las políticas y estrategias financieras y económicas de la Institución, especialmente las estrategias de cobranza para los programas que generen ingresos. 2. Supervisar y coordinar las actividades de Tesorería, Contabilidad, Cobranzas y Presupuestos, y en general de todo el movimiento económico del Colegio, para lo cual estará asesorado por un Contador Público Colegiado y hábil conforme a Ley. 3. Elaborar los presupuestos anuales, en colaboración con los Directores, coordinadores de Programas, Comisiones y Órganos Especializados.
4. Mantener y movilizar los fondos económicos entregados en administración del Consejo Regional, Mediante una o más cuentas corrientes o cuentas especiales en entidades Bancarias, y mantener negociaciones con las mismas y otras entidades financieras, conjuntamente con el Decano Regional. 5. Firmar conjuntamente con el Decano Regional, o en ausencia de éste, con el Vice Decano Regional, los documentos de pago, los libros de contabilidad y los estados financieros correspondientes. 6. Realizar arqueos inopinados por lo menos cada dos meses. 7. Custodiar la Caja Fuerte y su contenido, y todo elemento de valor perteneciente a la Institución.
8. Disponer el depósito en bancos de todo lo recaudado tanto en efectivo como en cheques, dentro de los cinco (05) días laborables siguientes. 9. Disponer los cierres de Caja diarios. 10. Disponer la preparación de los flujos de caja. 11. Poner a disposición de los Auditores y/o Peritos toda la información contable financiera que le sea requerida. 12. Elaborar y presentar el informe contable-financiero de la Institución. 13. Llevar el registro de los libros contables de la Institución. 14. Realizar, conjuntamente con el Director de Administración inventarios físicos por lo menos una vez al año.
15. Llevar el Registro de la Cuota Societaria ordinaria y extraordinaria de los Colegiados. 16.Presentar trimestralmente al Consejo Administrativo Regional el Estado financiero de la Institución. 17. Proponer al Consejo Regional lineamientos y estrategias que juzgue convenientes para incrementar las rentas económicas del Colegio y disminuir la morosidad. 18. Coordinar con los Círculos Odontológicos Provinciales y Distritales las estrategias de cobranza para la recuperación de habilitación de los colegiados. 19. Participa con voz y voto en el Consejo Regional. 20. Todas las demás que le señale el Reglamento Interno del Colegio y las que se consignan para el Director de Economía del Consejo Nacional, aplicadas a nivel regional.  
1. Diseñar y controlar la gestión administrativa de la Institución. 2. Supervisar los aspectos laborales tales como planilla, cotizaciones a la Seguridad Social,  contratos, convenios, seguros del personal, etc. 3. Supervisar los seguros de la Institución. 4. Supervisar y coordinar las actividades de los sistemas informáticos de la Institución. 5. Supervisar y coordinar las actividades de seguridad del local institucional. 6. Analizar la marcha institucional y proponer mejoras.
7. Coordinar los planes de trabajo del Consejo Administrativo Regional. 8. Controlar la realización de actividades dentro de la institución. 9. Custodiar los archivos personales de cada trabajador del Colegio. 10.Emitir certificados de trabajo. 11. Promover la integración laboral a través de actividades culturales y de recreación. 12. Convocar y contratar personal a solicitud del Consejo Administrativo Regional.
13. Controlar el ingreso y salida del personal. 14. Controlar el ingreso y salida de personas  visitantes a la institución. 15. Aprobar las horas extras laborales. 16. Llevar, conjuntamente con el Director de Economía, el inventario de los activos de propiedad del Colegio. 17. Supervisar las obligaciones contenidas en los contratos, convenios, acuerdos y otros. 18. Participar con voz y voto en el Consejo Regional.
1. Elaborar y velar por el cumplimiento del plan estratégico de la Institución. 2. Elaborar el plan operativo del Colegio Regional. 3. Participar en la elaboración del presupuesto. 4. Coordinar la marcha de los programas, comisiones y órganos especializados. 5. Analizar, proyectar y formular las metas y objetivos institucionales regionales.
6. Brindar asesoría técnica y sugerir mejoras a los proyectos de los Círculos odontológicos Provinciales y/o Distritales. 7. Recabar información de los avances y resultados de los programas y comisiones del Consejo Regional y círculos odontológicos. 8. Participar con voz y voto en el Consejo Regional. 9. Realizar todas sus actividades en proyección al desarrollo de los Círculos odontológicos provinciales y/o distritales.
1. Propone y controla las políticas de Compras y Servicios Generales de la Institución. 2. Llevar un registro detallado de las compras efectuadas por producto, proveedor, área de consumo, fechas y tiempo de reposición. 3. Llevar el registro de inventarios permanentes del Colegio Regional. 4. Atender los requerimientos de las Direcciones, Programas y Comisiones. 5. Poner a disposición de Auditoría Interna y del Director de Economía toda documentación que le sea requerida. 6. Participar con voz y con voto en el Consejo Regional.
El Decano Regional en ejercicio convocará a los siete (07) días de la proclamación de los miembros electos del Consejo Administrativo Regional a una sesión extraordinaria de incorporación
Los miembros del Consejo Administrativo Regional serán poseedores de la Medalla instituida para los Directivos de la Orden, la que deberá ser usada en todos los actos oficiales que realice el Colegio.
 
Los Círculos Odontológicos son organizaciones de base de los Consejos Regionales del Colegio Odontológico del Perú, son parte de ella y no constituyen personas jurídicas o entidades distintas
Los Círculos Odontológicos se organizan y funcionan conforme la demarcación política del Estado y adoptan la denominación que le corresponda a cada uno de ellos.
Para formar el Círculo Odontológico provincial o distrital se requiere como mínimo diez (10) cirujano dentistas habilitados
Los Círculos Odontológicos así constituidos deben registrarse ante los Consejos Administrativos Regionales. Aquellos que no se inscriban no pueden participar en las elecciones y su permanencia se encuentra sujeta a la elección de su delegado.
Los Círculos Odontológicos contribuyen a la  promoción y desarrollo del ejercicio profesional, dando cumplimiento a las disposiciones emanadas tanto del Consejo Nacional, Consejo Administrativo Nacional, Consejo Regional y de los Consejos Administrativos Regionales.
1. Proponer, colaborar y ejecutar acciones contra el ejercicio ilegal de la profesión que disponga el Consejo Nacional y los Consejos Regionales. 2. Ejecutar y proponer los programas preventivos promociónales en salud bucal que establezcan los Consejos Nacional y/o Regional. 3. Colaborar con el Consejo Administrativo Regional en la recuperación de la habilitación de los Cirujanos Dentistas. 4. Colaborar y participar con el Consejo Regional en el perfeccionamiento profesional. 5. Colaborar con el Consejo Administrativo Regional en el registro de cirujanos dentistas, establecimientos odontológicos y auxiliares de la profesión odontológica. 6. Participar, con conocimiento del Consejo Regional, en actividades de salud dentro de su comunidad. 7. Toda aquella otra actividad que le sea encargada. Artículo 60º.- De la Dirección de los Círculos Odontológicos. Los círculos odontológicos son dirigidos por el delegado elegido ante el Consejo Regional. Éste debe traer al Consejo Regional sus propuestas y problemática. Artículo 59º.- Funciones de los Círculos Odontológicos.
El representante del Círculo Odontológico es el delegado elegido por cada círculo en proceso electoral dirigido por la Junta Electoral Regional que se realiza cada dos (02) años  El representante del Círculo Odontológico designará a sus colaboradores según crea conveniente, sin que esto signifique la conformación de una junta directiva. Los requisitos son los mismos que el Director Regional. Artículo 61º.- Del representante de los Círculos Odontológicos
Ningún miembro del Consejo Administrativo Regional puede ser delegado de un Círculo Odontológico. El delegado convoca a reuniones de los círculos odontológicos, teniendo en consideración que es vocero de una organización de base. El delegado señala el lugar de la reunión, y sólo para sus sesiones designará un secretario
El quórum para los Círculos Odontológicos está determinado por la cantidad de miembros que asistan. Los acuerdos tomados en las reuniones de los Círculos Odontológicos se denominan propuestas y sólo tienen vigencia cuando son aprobados por el Consejo Administrativo Regional o por el Consejo Regional.
Artículo 66º.- De la economía de los Círculos
Artículo 67º.- De las Sesiones del Colegio Odontológico del Perú. El presente Capítulo regula las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional, de los Consejos Regionales, del Consejo Administrativo Nacional y de los Consejos Administrativos Regionales. El Consejo Nacional es el órgano supremo y normativo del COP, teniendo jurisdicción en todo el territorio nacional. CAPÍTULO X DE LAS SESIONES DEL COLEGIO ODONTOLÓGICO DEL PERÚ
El Consejo Nacional constituido en sesión ordinaria y/o extraordinaria debidamente convocada con el quórum correspondiente, decide por mayoría los asuntos propios de su competencia. Los acuerdos tomados en las sesiones son vinculantes y de obligatorio cumplimiento para todos sus organismos y colegiados.
Los Programas y Comisiones regulan sus sesiones conforme al reglamento interno correspondiente.
Conforme al artículo 8° del presente Reglamento, las sesiones se realizarán en el lugar de su domicilio, salvo que se acuerde realizarla en lugar distinto
Participan de las sesiones del Consejo Nacional y ejercen sus derechos, el Decano Nacional y los Decanos Regionales. Los miembros del Consejo Administrativo Nacional y Presidentes de los Programas y Comisiones pueden asistir con voz pero sin voto, en asuntos de su competencia, a su solicitud o por requerimiento del Consejo Nacional.
En caso de licencia o ausencia del Decano Nacional,   éste será representado por el Vice Decano Nacional.
Antes de la instalación de la sesión, se formula la lista de participantes asentando su condición de titular o representante.
Las sesiones son presididas por sus respectivos Decanos. El Decano Nacional presidirá las sesiones del Consejo Nacional y del Consejo Administrativo Nacional.
Cuando un tercio de los miembros del Consejo Nacional   y los Consejos Regionales consideren que algún punto de la agenda necesita mayor análisis o información, podrán solicitar el aplazamiento de la sesión por una sola vez, por nomás de una semana y sin necesidad de nueva convocatoria.
El Consejo Nacional debe sesionar ordinariamente cuatro (04) veces al año.
.  Al final de la lista se determina el número de participantes, consignándose la existencia del quórum para la validez de la sesión   EN CASO DE LICENCIA O AUSENCIA DEL DECANO NACIONAL,ÉSTE SERÁ REPRESENTADO POR EL VICE DECANO NACIONAL  .
En caso haya que reemplazar a la Secretaría de las sesiones, los miembros de los Consejos eligen a su reemplazante .
Cuando un tercio de los miembros del Consejo Nacional y los Consejos Regionales consideren que algún punto de la agenda necesita mayor análisis o información, podrán solicitar el aplazamiento de la sesión por una sola vez
El Consejo Nacional debe sesionar ordinariamente cuatro (04) veces al año. La primera sesión ordinaria del primer año institucional será la última semana del mes de enero para los siguientes actos: Juramentación e instalación del Consejo Nacional. - Elección del Comité de Ética y Deontología y Medidas Disciplinarias. .
-  Aprobación de los Estados Financieros del año anterior. - Informe memoria anual de la gestión del Consejo Administrativo Nacional y Consejo Regional del año anterior. - Exposición del Plan de Trabajo para el último año de gestión.
Exposición del informe de auditoría del último año de la gestión anterior. - Exposición de la marcha de los Programas y Comisiones y el Fondo de Previsión Social.
Revisión del Balance General de los primeros seis (06) meses del año. - Revisión del Plan de Trabajo al 30 de junio del año en curso. - Resultado de la gestión de los Programas al 30 de junio del año en curso.
 

Más contenido relacionado

PPT
Cop
PPT
Ley Cop
PPTX
PDF
Estructura organica sena_ pp_dao
PPT
C:\Fakepath\Reglamento De La Ley Nº 29016, Ley Marita
PDF
Currículum del nuevo Contralor General del Estado.
PDF
Eea2f76e1d0b206786f886c5ef630f5a
PPTX
Diferencias (legislacion farmaceutica)
Cop
Ley Cop
Estructura organica sena_ pp_dao
C:\Fakepath\Reglamento De La Ley Nº 29016, Ley Marita
Currículum del nuevo Contralor General del Estado.
Eea2f76e1d0b206786f886c5ef630f5a
Diferencias (legislacion farmaceutica)

La actualidad más candente (6)

PPT
Segurida social
PDF
Manual interno de procedimientos
PPT
Restructuracion administrativa en gobiernos regionales
PDF
Instructivo de proceso_de_inscripcion_en_rnfad_acuerdo_39_04_2021
PPTX
Presentacionamigabledescent
PDF
Documentos de Gestión - ROF GRA
Segurida social
Manual interno de procedimientos
Restructuracion administrativa en gobiernos regionales
Instructivo de proceso_de_inscripcion_en_rnfad_acuerdo_39_04_2021
Presentacionamigabledescent
Documentos de Gestión - ROF GRA
Publicidad

Destacado (10)

PPT
Presentacion Retefuente Renta 2009
PPT
Historia de lola
PDF
Guia prático subsídio de lar
PDF
El graznido de las chachalacas 575
PDF
Presentacion Corporativa Servivation
PPT
Juega Y Aprende
PPT
Koning willem 1 prijs
PPT
Aventuras del pequeño chiri
DOC
DOCX
documentouta
Presentacion Retefuente Renta 2009
Historia de lola
Guia prático subsídio de lar
El graznido de las chachalacas 575
Presentacion Corporativa Servivation
Juega Y Aprende
Koning willem 1 prijs
Aventuras del pequeño chiri
documentouta
Publicidad

Similar a C:\Users\Hp\Desktop\Cop Ley (20)

PPT
Ley C O P12
PPT
C:\Documents And Settings\Silva\Escritorio\Etica [1] Mandar Lo Ultimo
PPT
C:\Documents And Settings\Silva\Escritorio\Etica1
PPT
LEYES ODONTOLOGICAS.
PPT
LEYES ODONTOLOGICAS
PPT
Grupo Reglament
PPT
Grupo Reglamento
PPT
Derechos De Los Miembros Ordinarios[1]
PPT
Derechos De Los Miembros Ordinarios[1]
PPT
Derechos De Los Miembros Ordinarios[1]
PPT
C:\Documents And Settings\Silva\Mis Documentos\Articulo Nº117
PDF
L reglamento ley_29016_ley_que_modifica_articulos_de_la_ley_15251
PPT
Reglamentos Del Cop
PDF
Funciones
PDF
Dirección, Supervisión y Proceso Administrativo Sancionador en Odontología
DOCX
PLAN DE GOBIERNO COLEGIO ODONTOLÓGICO DE LIMA
PDF
Ejemplo facultadeas del dg de yucatan
Ley C O P12
C:\Documents And Settings\Silva\Escritorio\Etica [1] Mandar Lo Ultimo
C:\Documents And Settings\Silva\Escritorio\Etica1
LEYES ODONTOLOGICAS.
LEYES ODONTOLOGICAS
Grupo Reglament
Grupo Reglamento
Derechos De Los Miembros Ordinarios[1]
Derechos De Los Miembros Ordinarios[1]
Derechos De Los Miembros Ordinarios[1]
C:\Documents And Settings\Silva\Mis Documentos\Articulo Nº117
L reglamento ley_29016_ley_que_modifica_articulos_de_la_ley_15251
Reglamentos Del Cop
Funciones
Dirección, Supervisión y Proceso Administrativo Sancionador en Odontología
PLAN DE GOBIERNO COLEGIO ODONTOLÓGICO DE LIMA
Ejemplo facultadeas del dg de yucatan

C:\Users\Hp\Desktop\Cop Ley

  • 1. INTEGRANTES: Cacho Mendoza, Jonathan Chavera López, Diana Carolina Espada Salgado, Fernando Montesinos Montes, kristian Joel Orellana Llerena, Luis UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD Escuela Profesional de Odontolog í a
  • 2. 1. ACTUAR COMO SECRETARIO DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 2. SUSCRIBIR CONJUNTAMENTE CON EL DECANO REGIONAL LAS ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADAS CON LA INSTITUCIÓN. 3. LLEVAR LOS LIBROS DE ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL.
  • 3. 4. LLEVAR LOS LIBROS NECESARIOS PARA EL BUEN DESENVOLVIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 5. TRAMITAR OPORTUNAMENTE TODOS LOS ACUERDOS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 6. CITAR POR DISPOSICIÓN DEL DECANO REGIONAL, A LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO REGIONAL Y DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO REGIONAL. 7. LLEVAR EL REGISTRO DE LOS CIRUJANOS DENTISTAS INSCRITOS EN EL COLEGIO REGIONAL, DEBIDAMENTE DEPURADO.
  • 4. 8. LLEVAR/MANTENER/CUSTODIAR EL ARCHIVO DOCUMENTARIO DE LA INSTITUCIÓN. 9. CERTIFICAR LA HABILITACIÓN PROFESIONAL DE LOS MIEMBROS DE LA ORDEN. 10. PARTICIPAR CON VOZ Y VOTO EN EL CONSEJO REGIONAL. 11. LLEVAR EL REGISTRO DE PERITOS ODONTÓLOGOS DE LA REGIÓN. 12. TODAS LAS DEMÁS ATRIBUCIONES QUE LE SEÑALE EL PRESENTE REGLAMENTO.    
  • 5. 1. Diseñar y controlar las políticas y estrategias financieras y económicas de la Institución, especialmente las estrategias de cobranza para los programas que generen ingresos. 2. Supervisar y coordinar las actividades de Tesorería, Contabilidad, Cobranzas y Presupuestos, y en general de todo el movimiento económico del Colegio, para lo cual estará asesorado por un Contador Público Colegiado y hábil conforme a Ley. 3. Elaborar los presupuestos anuales, en colaboración con los Directores, coordinadores de Programas, Comisiones y Órganos Especializados.
  • 6. 4. Mantener y movilizar los fondos económicos entregados en administración del Consejo Regional, Mediante una o más cuentas corrientes o cuentas especiales en entidades Bancarias, y mantener negociaciones con las mismas y otras entidades financieras, conjuntamente con el Decano Regional. 5. Firmar conjuntamente con el Decano Regional, o en ausencia de éste, con el Vice Decano Regional, los documentos de pago, los libros de contabilidad y los estados financieros correspondientes. 6. Realizar arqueos inopinados por lo menos cada dos meses. 7. Custodiar la Caja Fuerte y su contenido, y todo elemento de valor perteneciente a la Institución.
  • 7. 8. Disponer el depósito en bancos de todo lo recaudado tanto en efectivo como en cheques, dentro de los cinco (05) días laborables siguientes. 9. Disponer los cierres de Caja diarios. 10. Disponer la preparación de los flujos de caja. 11. Poner a disposición de los Auditores y/o Peritos toda la información contable financiera que le sea requerida. 12. Elaborar y presentar el informe contable-financiero de la Institución. 13. Llevar el registro de los libros contables de la Institución. 14. Realizar, conjuntamente con el Director de Administración inventarios físicos por lo menos una vez al año.
  • 8. 15. Llevar el Registro de la Cuota Societaria ordinaria y extraordinaria de los Colegiados. 16.Presentar trimestralmente al Consejo Administrativo Regional el Estado financiero de la Institución. 17. Proponer al Consejo Regional lineamientos y estrategias que juzgue convenientes para incrementar las rentas económicas del Colegio y disminuir la morosidad. 18. Coordinar con los Círculos Odontológicos Provinciales y Distritales las estrategias de cobranza para la recuperación de habilitación de los colegiados. 19. Participa con voz y voto en el Consejo Regional. 20. Todas las demás que le señale el Reglamento Interno del Colegio y las que se consignan para el Director de Economía del Consejo Nacional, aplicadas a nivel regional.  
  • 9. 1. Diseñar y controlar la gestión administrativa de la Institución. 2. Supervisar los aspectos laborales tales como planilla, cotizaciones a la Seguridad Social, contratos, convenios, seguros del personal, etc. 3. Supervisar los seguros de la Institución. 4. Supervisar y coordinar las actividades de los sistemas informáticos de la Institución. 5. Supervisar y coordinar las actividades de seguridad del local institucional. 6. Analizar la marcha institucional y proponer mejoras.
  • 10. 7. Coordinar los planes de trabajo del Consejo Administrativo Regional. 8. Controlar la realización de actividades dentro de la institución. 9. Custodiar los archivos personales de cada trabajador del Colegio. 10.Emitir certificados de trabajo. 11. Promover la integración laboral a través de actividades culturales y de recreación. 12. Convocar y contratar personal a solicitud del Consejo Administrativo Regional.
  • 11. 13. Controlar el ingreso y salida del personal. 14. Controlar el ingreso y salida de personas visitantes a la institución. 15. Aprobar las horas extras laborales. 16. Llevar, conjuntamente con el Director de Economía, el inventario de los activos de propiedad del Colegio. 17. Supervisar las obligaciones contenidas en los contratos, convenios, acuerdos y otros. 18. Participar con voz y voto en el Consejo Regional.
  • 12. 1. Elaborar y velar por el cumplimiento del plan estratégico de la Institución. 2. Elaborar el plan operativo del Colegio Regional. 3. Participar en la elaboración del presupuesto. 4. Coordinar la marcha de los programas, comisiones y órganos especializados. 5. Analizar, proyectar y formular las metas y objetivos institucionales regionales.
  • 13. 6. Brindar asesoría técnica y sugerir mejoras a los proyectos de los Círculos odontológicos Provinciales y/o Distritales. 7. Recabar información de los avances y resultados de los programas y comisiones del Consejo Regional y círculos odontológicos. 8. Participar con voz y voto en el Consejo Regional. 9. Realizar todas sus actividades en proyección al desarrollo de los Círculos odontológicos provinciales y/o distritales.
  • 14. 1. Propone y controla las políticas de Compras y Servicios Generales de la Institución. 2. Llevar un registro detallado de las compras efectuadas por producto, proveedor, área de consumo, fechas y tiempo de reposición. 3. Llevar el registro de inventarios permanentes del Colegio Regional. 4. Atender los requerimientos de las Direcciones, Programas y Comisiones. 5. Poner a disposición de Auditoría Interna y del Director de Economía toda documentación que le sea requerida. 6. Participar con voz y con voto en el Consejo Regional.
  • 15. El Decano Regional en ejercicio convocará a los siete (07) días de la proclamación de los miembros electos del Consejo Administrativo Regional a una sesión extraordinaria de incorporación
  • 16. Los miembros del Consejo Administrativo Regional serán poseedores de la Medalla instituida para los Directivos de la Orden, la que deberá ser usada en todos los actos oficiales que realice el Colegio.
  • 17.  
  • 18. Los Círculos Odontológicos son organizaciones de base de los Consejos Regionales del Colegio Odontológico del Perú, son parte de ella y no constituyen personas jurídicas o entidades distintas
  • 19. Los Círculos Odontológicos se organizan y funcionan conforme la demarcación política del Estado y adoptan la denominación que le corresponda a cada uno de ellos.
  • 20. Para formar el Círculo Odontológico provincial o distrital se requiere como mínimo diez (10) cirujano dentistas habilitados
  • 21. Los Círculos Odontológicos así constituidos deben registrarse ante los Consejos Administrativos Regionales. Aquellos que no se inscriban no pueden participar en las elecciones y su permanencia se encuentra sujeta a la elección de su delegado.
  • 22. Los Círculos Odontológicos contribuyen a la promoción y desarrollo del ejercicio profesional, dando cumplimiento a las disposiciones emanadas tanto del Consejo Nacional, Consejo Administrativo Nacional, Consejo Regional y de los Consejos Administrativos Regionales.
  • 23. 1. Proponer, colaborar y ejecutar acciones contra el ejercicio ilegal de la profesión que disponga el Consejo Nacional y los Consejos Regionales. 2. Ejecutar y proponer los programas preventivos promociónales en salud bucal que establezcan los Consejos Nacional y/o Regional. 3. Colaborar con el Consejo Administrativo Regional en la recuperación de la habilitación de los Cirujanos Dentistas. 4. Colaborar y participar con el Consejo Regional en el perfeccionamiento profesional. 5. Colaborar con el Consejo Administrativo Regional en el registro de cirujanos dentistas, establecimientos odontológicos y auxiliares de la profesión odontológica. 6. Participar, con conocimiento del Consejo Regional, en actividades de salud dentro de su comunidad. 7. Toda aquella otra actividad que le sea encargada. Artículo 60º.- De la Dirección de los Círculos Odontológicos. Los círculos odontológicos son dirigidos por el delegado elegido ante el Consejo Regional. Éste debe traer al Consejo Regional sus propuestas y problemática. Artículo 59º.- Funciones de los Círculos Odontológicos.
  • 24. El representante del Círculo Odontológico es el delegado elegido por cada círculo en proceso electoral dirigido por la Junta Electoral Regional que se realiza cada dos (02) años El representante del Círculo Odontológico designará a sus colaboradores según crea conveniente, sin que esto signifique la conformación de una junta directiva. Los requisitos son los mismos que el Director Regional. Artículo 61º.- Del representante de los Círculos Odontológicos
  • 25. Ningún miembro del Consejo Administrativo Regional puede ser delegado de un Círculo Odontológico. El delegado convoca a reuniones de los círculos odontológicos, teniendo en consideración que es vocero de una organización de base. El delegado señala el lugar de la reunión, y sólo para sus sesiones designará un secretario
  • 26. El quórum para los Círculos Odontológicos está determinado por la cantidad de miembros que asistan. Los acuerdos tomados en las reuniones de los Círculos Odontológicos se denominan propuestas y sólo tienen vigencia cuando son aprobados por el Consejo Administrativo Regional o por el Consejo Regional.
  • 27. Artículo 66º.- De la economía de los Círculos
  • 28. Artículo 67º.- De las Sesiones del Colegio Odontológico del Perú. El presente Capítulo regula las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional, de los Consejos Regionales, del Consejo Administrativo Nacional y de los Consejos Administrativos Regionales. El Consejo Nacional es el órgano supremo y normativo del COP, teniendo jurisdicción en todo el territorio nacional. CAPÍTULO X DE LAS SESIONES DEL COLEGIO ODONTOLÓGICO DEL PERÚ
  • 29. El Consejo Nacional constituido en sesión ordinaria y/o extraordinaria debidamente convocada con el quórum correspondiente, decide por mayoría los asuntos propios de su competencia. Los acuerdos tomados en las sesiones son vinculantes y de obligatorio cumplimiento para todos sus organismos y colegiados.
  • 30. Los Programas y Comisiones regulan sus sesiones conforme al reglamento interno correspondiente.
  • 31. Conforme al artículo 8° del presente Reglamento, las sesiones se realizarán en el lugar de su domicilio, salvo que se acuerde realizarla en lugar distinto
  • 32. Participan de las sesiones del Consejo Nacional y ejercen sus derechos, el Decano Nacional y los Decanos Regionales. Los miembros del Consejo Administrativo Nacional y Presidentes de los Programas y Comisiones pueden asistir con voz pero sin voto, en asuntos de su competencia, a su solicitud o por requerimiento del Consejo Nacional.
  • 33. En caso de licencia o ausencia del Decano Nacional, éste será representado por el Vice Decano Nacional.
  • 34. Antes de la instalación de la sesión, se formula la lista de participantes asentando su condición de titular o representante.
  • 35. Las sesiones son presididas por sus respectivos Decanos. El Decano Nacional presidirá las sesiones del Consejo Nacional y del Consejo Administrativo Nacional.
  • 36. Cuando un tercio de los miembros del Consejo Nacional y los Consejos Regionales consideren que algún punto de la agenda necesita mayor análisis o información, podrán solicitar el aplazamiento de la sesión por una sola vez, por nomás de una semana y sin necesidad de nueva convocatoria.
  • 37. El Consejo Nacional debe sesionar ordinariamente cuatro (04) veces al año.
  • 38. . Al final de la lista se determina el número de participantes, consignándose la existencia del quórum para la validez de la sesión EN CASO DE LICENCIA O AUSENCIA DEL DECANO NACIONAL,ÉSTE SERÁ REPRESENTADO POR EL VICE DECANO NACIONAL .
  • 39. En caso haya que reemplazar a la Secretaría de las sesiones, los miembros de los Consejos eligen a su reemplazante .
  • 40. Cuando un tercio de los miembros del Consejo Nacional y los Consejos Regionales consideren que algún punto de la agenda necesita mayor análisis o información, podrán solicitar el aplazamiento de la sesión por una sola vez
  • 41. El Consejo Nacional debe sesionar ordinariamente cuatro (04) veces al año. La primera sesión ordinaria del primer año institucional será la última semana del mes de enero para los siguientes actos: Juramentación e instalación del Consejo Nacional. - Elección del Comité de Ética y Deontología y Medidas Disciplinarias. .
  • 42. - Aprobación de los Estados Financieros del año anterior. - Informe memoria anual de la gestión del Consejo Administrativo Nacional y Consejo Regional del año anterior. - Exposición del Plan de Trabajo para el último año de gestión.
  • 43. Exposición del informe de auditoría del último año de la gestión anterior. - Exposición de la marcha de los Programas y Comisiones y el Fondo de Previsión Social.
  • 44. Revisión del Balance General de los primeros seis (06) meses del año. - Revisión del Plan de Trabajo al 30 de junio del año en curso. - Resultado de la gestión de los Programas al 30 de junio del año en curso.
  • 45.