El Decreto Número 015 de 2011 establece límites máximos de velocidad en Colombia para garantizar la seguridad vial durante el estado de emergencia económica, social y ecológica, debido a la grave situación causada por la ola invernal. Se determina que la velocidad máxima en carreteras nacionales y departamentales será de 100 km/h y de 60 km/h en vías urbanas, con la posibilidad de aumentar a 120 km/h en condiciones específicas. Este decreto rige a partir de su publicación y busca mitigar el riesgo de accidentes en infraestructura vial afectada.