El documento define los delitos informáticos como acciones antijurídicas que dañan ordenadores, medios electrónicos y redes. Explica que existen cuatro tipos principales de delitos: contra la confidencialidad y disponibilidad de datos, falsificación e fraude informático, relacionados con contenidos y propiedad intelectual. También define los conceptos de hacker, cracker e ingeniero social, y distingue que los hackers exploran sistemas sin malas intenciones mientras que los crackers buscan romper seguridad por dinero u otros motivos.