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BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 1 de 2-i-2015 1/2
Cód.2014-22357
I. Principado de Asturias
Otras Disposiciones••
Consejería de Economía y Empleo
Resolución de 17 de diciembre de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se declara en el
municipio de Gijón una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales.
Antecedentes de hecho
Primero.—El 4 de diciembre de 2014 el Ayuntamiento de Gijón remite propuesta del Concejal de Desarrollo Econó-
mico y Empleo de 3 de diciembre de 2014, de declaración de Zona de Gran Afluencia Turística en el municipio de Gijón
para el año 2015, en las fechas que se señala.
Segundo.—El Consejo Asesor de Comercio del Principado de Asturias toma conocimiento de dicha propuesta en sesión
de 17 de diciembre de 2014.
Fundamentos de derecho
Primero.—El artículo 4 del Real Decreto-Ley 8/2014 de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el creci-
miento, la competitividad y la eficiencia, señala que “a los efectos de lo establecido en el artículo 5.5 de la Ley 1/2004,
de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en la redacción dada por este real decreto-ley, son municipios que a la
entrada en vigor de este real decreto-ley cumplen con los criterios establecidos para la declaración de zona de gran
afluencia turística, los descritos en el anexo I”, en el que figura el municipio de Gijón.
En este sentido, el artículo 5.5 de la citada Ley 1/2004, establece que “en todo caso, en los municipios con más de
100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que
cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en el año inmediato anterior más de
400.000 pasajeros, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística (…)”.
Segundo.—El artículo 5.4 de la Ley 1/2004, en la redacción dada por el referido Real Decreto-Ley 8/2014, señala
que “los supuestos en los que concurran las circunstancias enumeradas y la propuesta de declaración de zona de gran
afluencia turística formulada por el Ayuntamiento interesado contenga una limitación de carácter temporal o territorial,
deberán justificarse en la propuesta las razones en las que se funda tal limitación temporal o territorial, de acuerdo con
los intereses comerciales, turísticos y en beneficio del consumidor (…)”.
El Ayuntamiento de Gijón, mediante propuesta del Concejal de Desarrollo Económico y Empleo de 3 de diciembre de
2014, propone la declaración de zona de gran afluencia turística para el municipio de Gijón del área urbana considerada
como Centro Comercial Abierto El Centro y que incluye las calles comprendidas dentro del espacio delimitado por las
siguientes calles y plazas: Plaza del Marqués, Jardines de la Reina, C/ Rodríguez Sampedro, C/ Pedro Duro, C/ Palacio
Valdés, Avda. de la Costa hasta cruce con calle Menéndez Pelayo, Menéndez Pelayo hasta cruce con calle Marqués de
Casa Valdés, C/ Marqués de Casa Valdés, C/ Capua, Jardines del Náutico, C/ Cabrales y Plaza Mayor, así como el Centro
Comercial Los Fresnos y limitar esta declaración a las siguientes fechas: 2, 9, 23 y 30 de agosto de 2015, justificando
dicha propuesta.
Tercero.—De conformidad con el artículo 14 de la Ley 2/95 de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Adminis-
tración del Principado de Asturias, la competencia para resolver este asunto corresponde al titular de la Consejería de
Economía y Empleo.
Por lo expuesto,
RES U EL V O
Primero.—Declarar como zona de gran afluencia turística en el municipio de Gijón, para el año 2015, el área urbana
considerada como Centro Comercial Abierto El Centro y que incluye las calles comprendidas dentro del espacio delimita-
do por las siguientes calles y plazas: Plaza del Marqués, Jardines de la Reina, C/ Rodríguez Sampedro, C/ Pedro Duro, C/
Palacio Valdés, Avda. de la Costa hasta cruce con calle Menéndez Pelayo, Menéndez Pelayo hasta cruce con calle Marqués
de Casa Valdés, C/ Marqués de Casa Valdés, C/ Capua, Jardines del Náutico, C/ Cabrales y Plaza Mayor, así como el
Centro Comercial Los Fresnos, durante los días 2, 9, 23 y 30 de agosto de 2015.
Segundo.—Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, antes del 5 de enero de 2015.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del
recurso potestativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo, en el plazo de un mes contado
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núm. 1 de 2-i-2015 2/2
Cód.2014-22357
desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el
artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del
Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 17 de diciembre de 2014.—El Consejero de Economía y Empleo, Graciano Torre González.—Cód.
2014-22357.

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  • 2. http://www.asturias.es/bopa BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 1 de 2-i-2015 2/2 Cód.2014-22357 desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. En Oviedo, a 17 de diciembre de 2014.—El Consejero de Economía y Empleo, Graciano Torre González.—Cód. 2014-22357.