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                                                                    N.º 98                                 BUTLLETÍ  OFICIAL                BOLETIN  OFICIAL                                                  85
Ubicación: c/Beato Nicolás Factor nº1 - 46007 Valencia


                                                                  25-IV-2012                    DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA             DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA
Boletín Oficial de la Provincia de Valencia




                                                                  Excelentísima Diputación Provincial de Valencia                           que se concedan por aplicación de la presente subvención, para la
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                                                                  Central de Compras                                                        realización de prácticas formativas, deberán presentar la solicitud de
                                                                  Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de                      inscripción en el o los municipios de la provincia de Valencia en el
                                                                  Valencia sobre la aprobación de la convocatoria y las                     que deseen realizar la práctica y deberán reunir, con anterioridad a
                                                                  bases del Programa La Dipu te Beca.                                       la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, salvo el
                                                                                                ANUNCIO                                     indicado en el punto 1, los siguientes requisitos:
                                                                  Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia,          1.- Poseer vecindad administrativa en algún municipio de la provin-
                                                                  celebrada el 24 de abril de 2012, la convocatoria y bases para la         cia de Valencia; requisito éste que debe de cumplirse con anterioridad
                                                                  concesión de subvenciones destinadas a municipios y entidades lo-         a la fecha de publicación de las presentes bases
                                                                  cales menores para la concesión de becas de prácticas de formación        2.- Tener 18 años cumplidos.
                                                                  en el marco del programa “La Dipu Te Beca”, se abre un período de         3.- Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficia-
                                                                  información y apertura de plazo de presentación de solicitudes, a         les: Ciclos Formativos de Formación Profesional, correspondientes
                                                                  partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Bo-    a las familias que se relacionan en el Anexo II o Enseñanzas Uni-
                                                                  letín Oficial de la Provincia de Valencia, que se transcriben a a         versitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura o master
                                                                  continuación:                                                             oficial impartido por las Universidades.
                                                                  BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN                             4.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga
                                                                  EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATI-                            finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral durante el
                                                                  VAS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA “LA                           periodo de disfrute de la beca.
                                                                  DIPU TE BECA”
                                                                                                                                            Cada estudiante solo podrá disfrutar de una beca en un municipio
                                                                  BASE PRIMERA. OBJETO Y FINALIDAD
                                                                                                                                            simultáneamente.
                                                                  El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvencio-
                                                                                                                                            BASE CUARTA. DOTACIÓN ECONÓMICA
                                                                  nes a los municipios y entidades locales menores de la provincia de
                                                                  Valencia que expresamente se adhieran al programa para la realiza-        1. Importe y número de becas
                                                                  ción de prácticas formativas por estudiantes en municipios y entida-      La subvención que se concede por la Diputación tiene como fin
                                                                  des locales menores de la provincia de Valencia. Todos los municipios     sufragar el 80 % del la dotación mensual bruta de la beca a percibir
                                                                  y entidades locales menores solicitantes que cumplan lo establecido       por el becario que se considera, a efectos de la presente convocato-
                                                                  en las presentes bases, serán beneficiarios de la presente convocato-     ria, por importe de 500 € por beca y mes concedida .
                                                                  ria.                                                                      El número máximo de becas que corresponde a cada municipio es
                                                                  La finalidad de la presente subvención es financiar parcialmente el       el que se define en el anexo I de las presentes bases. La asignación
                                                                  coste de la concesión de becas de prácticas formativas de los estu-       se realiza atendiendo a la población de cada ayuntamiento a tenor de
                                                                  diantes en aquellas especialidades de interés para el municipio o         los datos del censo a fecha 1 de enero de 2011, Real Decreto
                                                                  entidad local menor beneficiario. La duración máxima de las becas         1782/2011, de 16 de diciembre, por el que se declaran oficiales las
                                                                  será de 2 meses y deberán abarcar necesariamente los meses de julio       cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal
                                                                  y agosto. No obstante, los municipios y entidades locales menores         referidas al 1 de enero de 2011. (BOE, núm.303 de 17 de diciembre
                                                                  podrán adjudicar las becas por plazo inferior y, en su caso renovarlas,   de 2011), en base a los siguientes criterios:
                                                                  siempre que en conjunto no superen el plazo anteriormente indicado        - municipios de menos 3.000 habitantes…… 4 becas
                                                                  de dos meses y siempre que la duración mínima sea de 15 días.
                                                                                                                                            - municipios entre 3.000 y 5.000 habitantes….. 7 becas
                                                                  La dedicación de los destinatarios de las becas será, como mínimo,
                                                                                                                                            - municipios de entre 5.001 y 50.000 habitantes…A razón de 1 beca
                                                                  de 20 horas semanales, que deberán ser realizadas siguiendo las
                                                                  instrucciones del tutor, debiendo indicarse en las correspondientes       por cada intervalo de población mayor de 600 y menor de 700 habi-
                                                                  bases del ayuntamiento si éste decide un mayor número de horas de         tantes, según anexo I.
                                                                  dedicación.                                                               - Municipios desde 50.001 habitantes…. Según anexo I
                                                                  Estas becas se adjudicarán por los ayuntamientos adheridos que re-        2. Dotación presupuestaria
                                                                  solverán la concesión de conformidad con el régimen jurídico de las       La dotación máxima presupuestaria del presente programa asciende
                                                                  subvenciones aplicable a las entidades locales.                           a 2.898.485,33 Euros y se financiará con cargo a la partida
                                                                  La dotación bruta mensual para el beneficiario contemplada para el        130.32402.46200 del presupuesto de Gastos de la Diputación para
                                                                  cálculo de las presentes bases asciende a 500 €. Sobre dicho impor-       el ejercicio 2012.
                                                                  te habrá de practicarse, en su caso, la retención correspondiente a la    El importe consignado se corresponde con una subvención de un 80
                                                                  cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el       % de la dotación económica a percibir por cada estudiante destina-
                                                                  Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que pudieran        tario por el número de becas máximo a conceder. La cantidad res-
                                                                  corresponder.                                                             tante hasta el total abonado por las becas será cofinanciado por la
                                                                  BASE SEGUNDA .BENEFICIARIOS Y DESTINATARIOS                               entidad local beneficiaria de esta subvención.
                                                                  1. Beneficiarios                                                          La dotación de la subvención concreta a cada ayuntamiento adheri-
                                                                  Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios y entidades       do se corresponde con el porcentaje que financia la Diputación, 80
                                                                  locales menores de la provincia de Valencia.                              % del importe básico bruto mensual por beca a percibir por el bene-
                                                                  2. Destinatarios                                                          ficiario de la misma: quinientos euros brutos mensuales (500 €), por
                                                                  Son destinatarios de las becas los estudiantes mayores de 18 años         el número de becas que ha adjudicado cada ayuntamiento con el lí-
                                                                  que cursen alguno de los estudios oficiales que se indican en la base     mite máximo que según población le corresponde.
                                                                  tercera.                                                                  3. Anticipo de fondos a los ayuntamientos.
                                                                  BASE TERCERA. REQUISITOS                                                  La Diputación, dictada la resolución de concesión, anticipará a cada
                                                                  1. De los beneficiarios                                                   ayuntamiento hasta un 70% de la subvención máxima otorgada,
                                                                  Los municipios y entidades locales menores de la provincia de Va-         siempre y cuando se cumplan los plazos indicados en las siguientes
                                                                  lencia que deseen participar en este programa deberán remitir a la        bases, estando exonerados de presentación de garantía de conformi-
                                                                  Diputación solicitud de adhesión acompañada de la resolución de           dad con la normativa vigente.
                                                                  Alcaldía en la que conste la declaración de adhesión y el compromi-       BASE QUINTA. PROCEDIMIENTO
                                                                  so de la entidad local de financiación de las becas en los términos de    1. Convocatoria de la Diputación
                                                                  las presentes bases.                                                      La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de
                                                                  2. De los destinatarios                                                   las presentes bases abre un plazo de 10 días naturales para que las
                                                                  Los estudiantes que, poseyendo la vecindad administrativa en algún        entidades locales de la provincia de Valencia, presenten la solicitud
                                                                  municipio de la provincia de Valencia antes de la fecha de la publi-      de adhesión a esta convocatoria, según modelo I, acompañada de la
                                                                  cación de las presentes bases, aspiren a ser destinatarios de las becas   resolución de Alcaldía en la que conste la declaración de adhesión y
86                                       BUTLLETÍ  OFICIAL                 BOLETIN  OFICIAL                                              N.º 98
                              DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA              DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA                             25-IV-2012




el compromiso de la entidad local de financiación de las becas en los      conllevará dejar sin efecto la subvención concedida y proceder al
términos de las presentes bases.                                           reintegro de las cantidades percibidas, de conformidad con lo dis-
2. Procedimiento para la concesión de las becas.                           puesto por el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Realizada la solicitud de adhesión por parte de la entidad local, el       4. Justificación y pago.
órgano competente de la entidad local iniciará los trámites para la        Finalizado el plazo de disfrute de las becas concedidas por los ayun-
concesión de las becas, siendo las propias entidades locales las que       tamientos, las entidades locales beneficiarias de esta subvención
realicen la distribución de la concesión por tipo de enseñanza, por        deberán acreditar, en el plazo de 60 días naturales, la realización de
área de actividad, garantizando en el procedimiento el cumplimien-         la actividad de formación, el cumplimiento de la finalidad que de-
to de los principios de publicidad y concurrencia.                         termine la concesión y disfrute de la subvención, así como el abono
2.1 Solicitud de los estudiantes                                           al destinatario ultimo del importe correspondiente a las becas.
Estas becas se adjudicarán entre los estudiantes que lo soliciten, que     A tal efecto, deberá aportar certificación de la relación detallada de
presentarán solicitud de inscripción en el correspondiente ayunta-         los estudiantes que han participado, acreditando la realización de la
miento a la que acompañaran, como mínimo, la siguiente documen-            correspondiente memoria por el estudiante, el periodo de realización
tación:                                                                    de la beca y el efectivo abono del importe a los becarios, según
- Fotocopia del DNI o documentación acreditativa equivalente.              modelo III.
- Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas ofi-         Aportada la justificación, la Diputación procederá a realizar el pago
ciales que alega en la que conste el tipo de enseñanza, curso, centro      pendiente de la subvención, siempre que se hayan cumplido los
educativo (matricula, certificado emitido por el centro, …).               términos de las presentes bases.
- Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias reco-       En cualquier caso el ayuntamiento beneficiario de la subvención
gidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, reali-        dispondrá de la documentación acreditativa de la justificación pre-
zada mediante declaración responsable o a través de cualquier de los       sentada, pudiendo la Diputación solicitar que se aporte copia de la
medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos           misma.
concordantes de su Reglamento.                                             BASE SEXTA. PARTICIPACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes garantizará la posibilidad de      La Diputación de Valencia podrá emitir documento indicativo de la
concurrencia y en ningún caso podrá exceder del 25 de mayo.                participación del estudiante en el programa. En tal caso, el destina-
2.2 Selección de estudiantes                                               tario deberá recoger el referido documento siguiendo las instruccio-
Las entidades locales valorarán con carácter preferente aquellos           nes que a tal efecto establezca la Diputación.
casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad así     BASE SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
como el hecho de que no hubiesen disfrutado de beca en el marco
de este programa en las ediciones anteriores. La entidad local también     - Diputación.
tomará en consideración, siempre que ello sea posible, la situación        a) Abonar la subvención que corresponda de conformidad con los
socieconómica de la unidad familiar del solicitante.                       beneficiarios designados por la resolución de la presente convocato-
Las entidades locales valorarán con carácter preferente aquellos           ria.
casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad así     b) Suscribir, en su caso, con una entidad aseguradora una póliza de
como el hecho de que no hubiesen disfrutado de beca en el marco            seguro combinado de accidente individual y responsabilidad civil en
de este programa en las ediciones anteriores.                              la que aparecerán como asegurados los estudiantes destinatarios de
La relación de becas concedidas será remitida por las entidades lo-        las becas otorgadas por cada una de las entidades locales.
cales a la Diputación, mediante certificado debidamente firmado por        - Entidad Local.
el Secretario General, según el modelo II que se adjunta.                  a) Dar la máxima difusión al programa formativo regulado en estas
Esta documentación deberá remitirse con anterioridad al 16 de ju-          Bases, con indicación expresa en todo los elementos publicitarios de
nio.                                                                       que se trata de una iniciativa cofinanciada por la Diputación Provin-
El incumplimiento del referido plazo supondrá desistimiento auto-          cial de Valencia, debiendo constar el logo de la Diputación de Va-
mático en la solicitud realizada, no pudiendo ser por tanto beneficia-     lencia en los mismos.
rio de la subvención.                                                      b) Dejar constancia en las bases propias de la convocatoria de cada
En el supuesto de que se produzca una renuncia, baja o finalización        entidad local y en el resto de documentación administrativa del
del periodo de vigencia de la beca, la entidad local podrá cubrir la       procedimiento de que se trata de una iniciativa acogida al programa
misma mediante su adjudicación a los solicitantes siguientes por el        La Dipu te Beca que se encuentra cofinanciada por la Diputación de
orden obtenido en el proceso de selección. En el supuesto de que el        Valencia, debiendo aparecer el logo de la Diputación de Valencia.
periodo de disfrute de la beca sea inferior al mes natural, el estudian-   c) Nombrar tutor o tutores responsables de los estudiantes que rea-
te beneficiario percibirá la cantidad que le corresponda en atención       licen las becas, coordinando y ordenando la actividad de formación
al tiempo disfrutado.                                                      del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas activida-
La condición de becario/ becaria no generará en ningún momento             des.
relación laboral o administrativa alguna ni con la Diputación ni con       d) Pagar, como mínimo el importe de la dotación mensual asignada
las entidades locales adheridas a esta convocatoria.                       a las becas, 500 Euros, en mensualidades vencidas.
3. Resolución de la convocatoria por la Diputación.                        e) Dar cumplimiento a la normativa aplicable en materia de seguridad
Tras la recepción de los certificados remitidos por las entidades lo-      social, en su caso.
cales, la Diputación de Valencia, vistas las becas concedidas, resol-      f) Colaborar con la Diputación de Valencia para garantizar el ade-
verá la presente convocatoria en atención al número de becas               cuado cumplimiento de los aspectos previstos en las presentes bases,
máximo a conceder a cada ayuntamiento de conformidad con el anexo          tanto aquellos que vengan referidos a la propia entidad como los que
I de estas bases.
                                                                           puedan hacer referencia a los destinatarios de las becas.
Dictada la resolución de concesión la Diputación procederá a abonar
                                                                           -Beneficiarios de las becas
el importe correspondiente al anticipo previsto en la base cuarta
punto 3.                                                                   a) Incorporarse a la entidad local correspondiente en la fecha previs-
                                                                           ta en la resolución de concesión.
La Diputación se reserva el derecho de ampliar el número de becas
asignado inicialmente en aquellos casos en los que se produzca un          b) Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el
número elevado de solicitudes en tanto en cuanto exista dotación           tutor.
presupuestaria en la partida presupuestaria correspondiente del pre-       c) Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el
supuesto de gastos del ejercicio 2012.                                     tutor.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones         La falta de cumplimiento de las obligaciones impuestas a cada una
establecidos en las presentes bases, por parte de las entidades locales,   de las partes por este artículo supondrá, en su caso, el reintegro de
N.º 98                                BUTLLETÍ  OFICIAL                BOLETIN  OFICIAL                                           87
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la subvención percibida de conformidad con la legislación vigente                                                 Máx.    Importe máx.
en materia de subvenciones.                                                         Municipio           Poblac.
                                                                                                                  becas    Subvención
BASE OCTAVA. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES                                Bellreguard                    4.756        7      5.600,00
El disfrute de las becas y subvenciones concedidas al amparo de esta      Bellús                           357        4      3.200,00
convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda para         Benagéber                        167        4      3.200,00
la misma o análoga finalidad financiada con fondos públicos o pri-
vados españoles o comunitarios así como con el desarrollo de una          Benaguasil                    11.295       18     14.400,00
actividad laboral.                                                        Benavites                        653        4      3.200,00
BASE NOVENA. CESIÓN DE DATOS                                              Beneixida                        721        4      3.200,00
La participación en la presente convocatoria implicará la aceptación      Benetússer                    15.290       24     19.200,00
de la cesión, a favor de la Diputación, de los datos contenidos tanto     Beniarjó                       1.785        4      3.200,00
en la solicitud presentada como, en su caso, en la resolución de          Beniatjar                        271        4      3.200,00
concesión, a efectos estadísticos, de evaluación y seguimiento, sin
perjuicio de lo establecido en la legislación sobre propiedad intelec-    Benicolet                        639        4      3.200,00
tual.                                                                     Benicull de Xúquer               980        4      3.200,00
ANEXO I                                                                   Benifaió                      12.117       19     15.200,00
Becas por municipio según población                                       Benifairó de la Valldigna      1.658        4      3.200,00
                                               Máx.     Importe máx.      Benifairó de les Valls         2.200        4      3.200,00
             Municipio               Poblac.
                                               becas     Subvención       Beniflá                          445        4      3.200,00
 Ademuz                               1.292         4      3.200,00       Benigánim                      6.512       10      8.000,00
 Ador                                 1.542         4      3.200,00       Benimodo                       2.291        4      3.200,00
 Agullent                             2.479         4      3.200,00       Benimuslem                       683        4      3.200,00
 Aielo de Malferit                    4.809         7      5.600,00       Beniparrell                    1.996        4      3.200,00
 Aielo de Rugat                         194         4      3.200,00       Benirredrà                     1.655        4      3.200,00
 Alaquàs                             30.235        46     36.800,00       Benisanó                       2.274        4      3.200,00
 Albaida                              6.178        10      8.000,00       Benissoda                        392        4      3.200,00
 Albal                               15.594        24     19.200,00       Benisuera                        205        4      3.200,00
 Albalat de la Ribera                 3.609         7      5.600,00       Bétera                        21.512       33     26.400,00
 Albalat dels Sorells                 3.859         7      5.600,00       Bicorp                           575        4      3.200,00
 Albalat dels Tarongers               1.147         4      3.200,00       Bocairent                      4.454        7      5.600,00
 Alberic                             11.331        18     14.400,00       Bolbaite                       1.491        4      3.200,00
 Alborache                            1.263         4      3.200,00       Bonrepòs i Mirambell           3.425        7      5.600,00
 Alboraya                            22.563        33     26.400,00       Bufali                           199        4      3.200,00
 Albuixech                            3.998         7      5.600,00       Bugarra                          835        4      3.200,00
 Alcàntera de Xúquer                  1.400         4      3.200,00       Buñol                          9.955       15     12.000,00
 Alcàsser                             9.439        15     12.000,00       Burjassot                     38.205       58     46.400,00
 Alcublas                               807         4      3.200,00       Calles                           491        4      3.200,00
 Aldaia                              30.645        46     36.800,00       Camporrobles                   1.498        4      3.200,00
 Alfafar                             20.728        31     24.800,00       Canals                        14.084       22     17.600,00
 Alfara de la Baronia                   562         4      3.200,00       Canet d'En Berenguer           5.853        9      7.200,00
 Alfara del Patriarca                 3.201         7      5.600,00       Carcaixent                    20.687       31     24.800,00
 Alfarp                               1.604         4      3.200,00       Càrcer                         2.081        4      3.200,00
 Alfarrasí                            1.299         4      3.200,00       Carlet                        15.485       24     19.200,00
 Alfauir                                439         4      3.200,00       Carrícola                         93        4      3.200,00
 Algar de Palancia                      576         4      3.200,00       Casas Altas                      168        4      3.200,00
 Algemesí                            28.293        43     34.400,00       Casas Bajas                      243        4      3.200,00
 Algimia de Alfara                    1.049         4      3.200,00       Casinos                        2.842        4      3.200,00
 Alginet                             13.363        21     16.800,00       Castelló de Rugat              2.388        4      3.200,00
 Almàssera                            7.250        12      9.600,00       Castellonet de la Conquesta      176        4      3.200,00
 Almiserà                               303         4      3.200,00       Castielfabib                     342        4      3.200,00
 Almoines                             2.435         4      3.200,00       Catadau                        2.760        4      3.200,00
 Almussafes                           8.408        13     10.400,00       Catarroja                     27.330       42     33.600,00
 Alpuente                               784         4      3.200,00       Caudete de las Fuentes           774        4      3.200,00
 Alzira                              44.752        67     53.600,00       Cerdà                            394        4      3.200,00
 Andilla                                441         4      3.200,00       Chella                         2.798        4      3.200,00
 Anna                                 2.749         4      3.200,00       Chelva                         1.683        4      3.200,00
 Antella                              1.490         4      3.200,00       Chera                            599        4      3.200,00
 Aras de los Olmos                      442         4      3.200,00       Cheste                         8.432       13     10.400,00
 Atzeneta d'Albaida                   1.236         4      3.200,00       Chiva                         15.072       24     19.200,00
 Ayora                                5.415         9      7.200,00       Chulilla                         752        4      3.200,00
 Barx                                 1.360         4      3.200,00       Cofrentes                      1.005        4      3.200,00
 Barxeta                              1.649         4      3.200,00       Corbera                        3.356        7      5.600,00
 Bèlgida                                723         4      3.200,00       Cortes de Pallás               1.054        4      3.200,00
88                                   BUTLLETÍ  OFICIAL             BOLETIN  OFICIAL                                   N.º 98
                             DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA       DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA                  25-IV-2012




                                            Máx.    Importe máx.                                         Máx.    Importe máx.
          Municipio               Poblac.                                    Municipio         Poblac.
                                            becas    Subvención                                          becas    Subvención
Cotes                                 405       4      3.200,00     Macastre                     1.341       4      3.200,00
Cullera                            23.304      36     28.800,00     Manises                     30.747      46     36.800,00
Daimús                              3.200       7      5.600,00     Manuel                       2.625       4      3.200,00
Domeño                                714       4      3.200,00     Marines                      1.832       4      3.200,00
Dos Aguas                             565       4      3.200,00     Massalavés                   1.636       4      3.200,00
El Palomar                            601       4      3.200,00     Massalfassar                 2.349       4      3.200,00
El Mareny                             764       4      3.200,00     Massamagrell                15.491      24     19.200,00
El Perelló                          1.500       4      3.200,00     Massanassa                   9.022      15     12.000,00
El Puig                             9.097      15     12.000,00     Meliana                     10.601      16     12.800,00
Emperador                             637       4      3.200,00     Millares                       466       4      3.200,00
Enguera                             5.968       9      7.200,00     Miramar                      2.538       4      3.200,00
Estivella                           1.382       4      3.200,00     Mislata                     43.657      66     52.800,00
Estubeny                              129       4      3.200,00     Moixent                      4.758       7      5.600,00
Faura                               3.648       7      5.600,00     Moncada                     21.860      33     26.400,00
Favara                              2.411       4      3.200,00     Montaverner                  1.843       4      3.200,00
Foios                               6.962      10      8.000,00     Montesa                      1.339       4      3.200,00
Fontanars dels Alforins             1.036       4      3.200,00     Montitxelvo                    668       4      3.200,00
Fortaleny                           1.039       4      3.200,00     Montroy                      2.928       4      3.200,00
Fuenterrobles                         755       4      3.200,00     Montserrat                   7.207      12      9.600,00
Gandia                             78.704      75     60.000,00     Museros                      5.984       9      7.200,00
Gátova                                460       4      3.200,00     Náquera                      5.900       9      7.200,00
Gavarda                             1.143       4      3.200,00     Navarrés                     3.269       7      5.600,00
Genovés                             2.826       4      3.200,00     Novetlè                        849       4      3.200,00
Gestalgar                             817       4      3.200,00     Oliva                       28.400      43     34.400,00
Gilet                               3.248       7      5.600,00     Olocau                       1.517       4      3.200,00
Godella                            13.242      21     16.800,00     Ontinyent                   37.606      57     45.600,00
Godelleta                           3.353       7      5.600,00     Otos                           490       4      3.200,00
Guadasequies                          437       4      3.200,00     Paiporta                    24.298      37     29.600,00
Guadassuar                          6.101      10      8.000,00     Palma de Gandía              1.854       4      3.200,00
Guardamar de la Safor                 502       4      3.200,00     Palmera                        989       4      3.200,00
Higueruelas                           505       4      3.200,00     Paterna                     66.948      75     60.000,00
Jalance                               993       4      3.200,00     Pedralba                     3.011       7      5.600,00
Jarafuel                              833       4      3.200,00     Petrés                       1.024       4      3.200,00
L' Alcúdia                         11.432      18     14.400,00     Picanya                     11.261      18     14.400,00
L' Alcúdia de Crespins              5.289       9      7.200,00     Picassent                   20.087      31     24.800,00
L' Alqueria de la Comtessa          1.527       4      3.200,00     Piles                        2.853       4      3.200,00
L' Eliana                          17.061      27     21.600,00     Pinet                          182       4      3.200,00
L' Ènova                              982       4      3.200,00     Polinyà de Xúquer            2.504       4      3.200,00
L' Olleria                          8.709      13     10.400,00     Potríes                      1.026       4      3.200,00
La Barraca d'Aigües Vives             764       4      3.200,00     Puçol                       19.310      30     24.000,00
La Font de la Figuera               2.234       4      3.200,00     Puebla de San Miguel            86       4      3.200,00
La Font d'En Carròs                 4.191       7      5.600,00     Quart de les Valls           1.065       4      3.200,00
La Granja de la Costera               343       4      3.200,00     Quart de Poblet             25.449      39     31.200,00
La Llosa de Ranes                   4.078       7      5.600,00     Quartell                     1.473       4      3.200,00
La Pobla de Farnals                 7.614      12      9.600,00     Quatretonda                  2.472       4      3.200,00
La Pobla de Vallbona               21.708      33     26.400,00     Quesa                          734       4      3.200,00
La Pobla del Duc                    2.539       4      3.200,00     Rafelbunyol                  8.569      13     10.400,00
La Pobla Llarga                     4.604       7      5.600,00     Rafelcofer                   1.471       4      3.200,00
La Yesa                               265       4      3.200,00     Rafelguaraf                  2.532       4      3.200,00
Llanera de Ranes                    1.159       4      3.200,00     Ráfol de Salem                 442       4      3.200,00
Llaurí                              1.306       4      3.200,00     Real                         2.367       4      3.200,00
Llíria                             23.397      36     28.800,00     Real de Gandía               2.259       4      3.200,00
Llocnou de la Corona                  156       4      3.200,00     Requena                     21.394      33     26.400,00
Llocnou de Sant Jeroni                570       4      3.200,00     Riba-roja de Túria          21.094      33     26.400,00
Llocnou d'En Fenollet                 898       4      3.200,00     Riola                        1.875       4      3.200,00
Llombai                             2.786       4      3.200,00     Rocafort                     6.806      10      8.000,00
Llutxent                            2.538       4      3.200,00     Rotglà i Corberà             1.208       4      3.200,00
Loriguilla                          1.686       4      3.200,00     Rótova                       1.324       4      3.200,00
Losa del Obispo                       564       4      3.200,00     Rugat                          197       4      3.200,00
N.º 98                           BUTLLETÍ  OFICIAL             BOLETIN  OFICIAL                                        89
25-IV-2012                 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA       DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA



                                          Máx.    Importe máx.                                         Máx.    Importe máx.
             Municipio          Poblac.                                     Municipio        Poblac.
                                          becas    Subvención                                          becas    Subvención
Sagunt                           65.595      75     60.000,00     Torrella                       155       4      3.200,00
Salem                               469       4      3.200,00     Torrent                     80.610      75     60.000,00
San Antonio de Benagéber          6.856      10      8.000,00     Torres Torres                  602       4      3.200,00
Sant Joanet                         498       4      3.200,00     Tous                         1.268       4      3.200,00
Sedaví                           10.092      16     12.800,00     Tuéjar                       1.234       4      3.200,00
Segart                              173       4      3.200,00     Turís                        6.529      10      8.000,00
Sellent                             427       4      3.200,00     Utiel                       12.449      19     15.200,00
Sempere                              48       4      3.200,00     Valencia                   798.033     150    120.000,00
Senyera                           1.188       4      3.200,00     Vallada                      3.365       7      5.600,00
Serra                             3.349       7      5.600,00     Vallanca                       156       4      3.200,00
Siete Aguas                       1.486       4      3.200,00     Vallés                         167       4      3.200,00
Silla                            19.213      30     24.000,00     Venta del Moro               1.443       4      3.200,00
Simat de la Valldigna             3.666       7      5.600,00     Vilamarxant                  9.393      15     12.000,00
Sinarcas                          1.203       4      3.200,00     Villalonga                   4.327       7      5.600,00
Sollana                           5.041       9      7.200,00     Villanueva de Castellón      7.595      12      9.600,00
Sot de Chera                        458       4      3.200,00     Villar del Arzobispo         3.804       7      5.600,00
Sueca                            28.986      43     34.400,00     Villargordo del Cabriel        770       4      3.200,00
Sumacàrcer                        1.255       4      3.200,00     Vinalesa                     3.166       7      5.600,00
Tavernes Blanques                 9.305      15     12.000,00     Xàtiva                      29.469      45     36.000,00
Tavernes de la Valldigna         18.185      28     22.400,00     Xeraco                       6.156      10      8.000,00
Teresa de Cofrentes                 663       4      3.200,00     Xeresa                       2.320       4      3.200,00
Terrateig                           330       4      3.200,00     Xirivella                   30.405      46     36.800,00
Titaguas                            518       4      3.200,00     Yátova                       2.168       4      3.200,00
Torrebaja                           457       4      3.200,00     Zarra                          566       4      3.200,00



90                             BUTLLETÍ  OFICIAL         BOLETIN  OFICIAL                    N.º 98
                       DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA   DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA   25-IV-2012




                                        ANEXO II. ENSEÑANZAS OBJETO DE LAS BECAS




ESTUDIOS                               TODOS LOS ESTUDIOS
UNIVERSITARIOS
OFICIALES.


MASTERES
UNIVERSITARIOS         RECONOCIDOS OFICIALMENTE




CICLOS FORMATIVOS      FAMILIAS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN



ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

AGRARIA

ARTES GRÁFICAS

COMERCIO Y MARKETING

ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

FABRICACIÓN MECÁNICA

HOSTELERÍA Y TURISMO

IMAGEN Y SONIDO

INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

MADERA, MUEBLE y CORCHO

MARÍTIMO PESQUERA

SANIDAD

SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS

ENERGÍA Y AGUA




                                                                                       



  N.º 98                                BUTLLETÍ  OFICIAL                     BOLETIN  OFICIAL                                                                          91
25-IV-2012                   DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA                  DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA




                                                                MODELO I


                                       ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO AL
                                     PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS


             MUNICIPIO                                                  CIF




             DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA QUE SE ADJUNTA

             Resolución de Alcaldía por la que se declara la adhesión al programa y el compromiso de la entidad local de
             financiación correspondiente.




             FECHA                                                          FIRMA




                                                                            Fdo. ....................................................................................



             REGISTRO SALIDA AYUNTAMIENTO                                   REGISTRO ENTRADA DIPUTACIÓN DE VALENCIA




                         EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA




                                                                                                                                                             

92                               BUTLLETÍ  OFICIAL                   BOLETIN  OFICIAL                                                                             N.º 98
                        DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA              DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA                                                            25-IV-2012




                                                      MODELO II

                                    RELACIÓN DE PARTICIPANTES EN EL
                                  PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS

               IDENTIFICACIÓN
 MUNICIPIO                                                                  C.I.F.                           NÚMERO                                      NÚMERO
                                                                                                           BENEFICIARIOS                               SOLICITANTES




               RELACIÓN DE ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA

                                                                                                                                         PERIODO
             APELLIDO 1           APELLIDO 2               NOMBRE                                          N.I.F.                       Julio          Agost




               D./Dª, Secretario/a del Ayuntamiento, CERTIFICA que la relación indicada corresponde a los
               estudiantes beneficiarios que participan, en este Ayuntamiento, en el Programa de Prácticas
               Formativas.

               LUGAR Y FECHA                                    FIRMA


                                                                Fdo.: ....................................................................................
               REGISTRO SALIDA AYUNTAMIENTO                     REGISTRO ENTRADA DIPUTACIÓN DE VALENCIA




                        EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA




                                                                                                                                                 
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                                                                                                                                                                                                         25-IV-2012




                                                                                                      MODELO III

                              CERTIFICACIÓN DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS
                      MUNICIPIO



                      D./Dª, …………………………………………………………….Secretario/a Interventor/a del Ayuntamiento, CERTIFICA:
                      Que la siguiente relación corresponde a los estudiantes que han participado, en este Ayuntamiento, en el Programa de Prácticas
                      Formativas de la Excma. Diputación Provincial de Valencia: “LA DIPU TE BECA”.
                      Que los estudiantes relacionados han presentado la correspondiente memoria, la cual ha sido informada de conformidad por el tutor
                      asignado.
                      Que por el ayuntamiento se ha dado cumplimiento a las obligaciones legales impuestas en cuanto a las administraciones de la seguridad
                      social y tributarias
                      Que por este ayuntamiento se han hecho efectivos los importes indicados a cada uno de los estudiantes relacionados

                              RELACIÓN DE ESTUDIANTES QUE HAN PARTICIPADO EN EL PROGRAMA
                                                                                                                                                                                                       DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA
                                                                                                                                                                                                                                  BUTLLETÍ  OFICIAL




                  APELLIDO 1             APELLIDO 2       NOMBRE         N.I.F.     FECHA                                                             FECHA          IMPORTE       Seguridad
                                                                                   INCORP                                                             FINALIZ         TOTAL       Social a cargo
                                                                                                                                                                     PAGADO        del Ayut.(1)




             TOTAL PROGRAMA
                    
                                                                                                                                                                                                                                  BOLETIN  OFICIAL




                      LUGAR Y FECHA                        FIRMA                                                                      REGISTRO SALIDA AYUNTAMIENTO       REGISTRO ENTRADA DIPUTACION


                                                           Fdo. ...................................................................
                                                                                                                                                                                                       DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA




                                                    EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA



                                                                                                                                                                                     
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2012/11347

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  • 1. Razón: Se certifica la precisión e integridad de este documento N.º 98 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL 85 Ubicación: c/Beato Nicolás Factor nº1 - 46007 Valencia 25-IV-2012 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA Boletín Oficial de la Provincia de Valencia Excelentísima Diputación Provincial de Valencia que se concedan por aplicación de la presente subvención, para la Firmado digitalmene por bop.dival.es Central de Compras realización de prácticas formativas, deberán presentar la solicitud de Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de inscripción en el o los municipios de la provincia de Valencia en el Valencia sobre la aprobación de la convocatoria y las que deseen realizar la práctica y deberán reunir, con anterioridad a bases del Programa La Dipu te Beca. la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, salvo el ANUNCIO indicado en el punto 1, los siguientes requisitos: Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia, 1.- Poseer vecindad administrativa en algún municipio de la provin- celebrada el 24 de abril de 2012, la convocatoria y bases para la cia de Valencia; requisito éste que debe de cumplirse con anterioridad concesión de subvenciones destinadas a municipios y entidades lo- a la fecha de publicación de las presentes bases cales menores para la concesión de becas de prácticas de formación 2.- Tener 18 años cumplidos. en el marco del programa “La Dipu Te Beca”, se abre un período de 3.- Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficia- información y apertura de plazo de presentación de solicitudes, a les: Ciclos Formativos de Formación Profesional, correspondientes partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Bo- a las familias que se relacionan en el Anexo II o Enseñanzas Uni- letín Oficial de la Provincia de Valencia, que se transcriben a a versitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura o master continuación: oficial impartido por las Universidades. BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN 4.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATI- finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral durante el VAS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA “LA periodo de disfrute de la beca. DIPU TE BECA” Cada estudiante solo podrá disfrutar de una beca en un municipio BASE PRIMERA. OBJETO Y FINALIDAD simultáneamente. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvencio- BASE CUARTA. DOTACIÓN ECONÓMICA nes a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Valencia que expresamente se adhieran al programa para la realiza- 1. Importe y número de becas ción de prácticas formativas por estudiantes en municipios y entida- La subvención que se concede por la Diputación tiene como fin des locales menores de la provincia de Valencia. Todos los municipios sufragar el 80 % del la dotación mensual bruta de la beca a percibir y entidades locales menores solicitantes que cumplan lo establecido por el becario que se considera, a efectos de la presente convocato- en las presentes bases, serán beneficiarios de la presente convocato- ria, por importe de 500 € por beca y mes concedida . ria. El número máximo de becas que corresponde a cada municipio es La finalidad de la presente subvención es financiar parcialmente el el que se define en el anexo I de las presentes bases. La asignación coste de la concesión de becas de prácticas formativas de los estu- se realiza atendiendo a la población de cada ayuntamiento a tenor de diantes en aquellas especialidades de interés para el municipio o los datos del censo a fecha 1 de enero de 2011, Real Decreto entidad local menor beneficiario. La duración máxima de las becas 1782/2011, de 16 de diciembre, por el que se declaran oficiales las será de 2 meses y deberán abarcar necesariamente los meses de julio cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal y agosto. No obstante, los municipios y entidades locales menores referidas al 1 de enero de 2011. (BOE, núm.303 de 17 de diciembre podrán adjudicar las becas por plazo inferior y, en su caso renovarlas, de 2011), en base a los siguientes criterios: siempre que en conjunto no superen el plazo anteriormente indicado - municipios de menos 3.000 habitantes…… 4 becas de dos meses y siempre que la duración mínima sea de 15 días. - municipios entre 3.000 y 5.000 habitantes….. 7 becas La dedicación de los destinatarios de las becas será, como mínimo, - municipios de entre 5.001 y 50.000 habitantes…A razón de 1 beca de 20 horas semanales, que deberán ser realizadas siguiendo las instrucciones del tutor, debiendo indicarse en las correspondientes por cada intervalo de población mayor de 600 y menor de 700 habi- bases del ayuntamiento si éste decide un mayor número de horas de tantes, según anexo I. dedicación. - Municipios desde 50.001 habitantes…. Según anexo I Estas becas se adjudicarán por los ayuntamientos adheridos que re- 2. Dotación presupuestaria solverán la concesión de conformidad con el régimen jurídico de las La dotación máxima presupuestaria del presente programa asciende subvenciones aplicable a las entidades locales. a 2.898.485,33 Euros y se financiará con cargo a la partida La dotación bruta mensual para el beneficiario contemplada para el 130.32402.46200 del presupuesto de Gastos de la Diputación para cálculo de las presentes bases asciende a 500 €. Sobre dicho impor- el ejercicio 2012. te habrá de practicarse, en su caso, la retención correspondiente a la El importe consignado se corresponde con una subvención de un 80 cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el % de la dotación económica a percibir por cada estudiante destina- Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que pudieran tario por el número de becas máximo a conceder. La cantidad res- corresponder. tante hasta el total abonado por las becas será cofinanciado por la BASE SEGUNDA .BENEFICIARIOS Y DESTINATARIOS entidad local beneficiaria de esta subvención. 1. Beneficiarios La dotación de la subvención concreta a cada ayuntamiento adheri- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios y entidades do se corresponde con el porcentaje que financia la Diputación, 80 locales menores de la provincia de Valencia. % del importe básico bruto mensual por beca a percibir por el bene- 2. Destinatarios ficiario de la misma: quinientos euros brutos mensuales (500 €), por Son destinatarios de las becas los estudiantes mayores de 18 años el número de becas que ha adjudicado cada ayuntamiento con el lí- que cursen alguno de los estudios oficiales que se indican en la base mite máximo que según población le corresponde. tercera. 3. Anticipo de fondos a los ayuntamientos. BASE TERCERA. REQUISITOS La Diputación, dictada la resolución de concesión, anticipará a cada 1. De los beneficiarios ayuntamiento hasta un 70% de la subvención máxima otorgada, Los municipios y entidades locales menores de la provincia de Va- siempre y cuando se cumplan los plazos indicados en las siguientes lencia que deseen participar en este programa deberán remitir a la bases, estando exonerados de presentación de garantía de conformi- Diputación solicitud de adhesión acompañada de la resolución de dad con la normativa vigente. Alcaldía en la que conste la declaración de adhesión y el compromi- BASE QUINTA. PROCEDIMIENTO so de la entidad local de financiación de las becas en los términos de 1. Convocatoria de la Diputación las presentes bases. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de 2. De los destinatarios las presentes bases abre un plazo de 10 días naturales para que las Los estudiantes que, poseyendo la vecindad administrativa en algún entidades locales de la provincia de Valencia, presenten la solicitud municipio de la provincia de Valencia antes de la fecha de la publi- de adhesión a esta convocatoria, según modelo I, acompañada de la cación de las presentes bases, aspiren a ser destinatarios de las becas resolución de Alcaldía en la que conste la declaración de adhesión y
  • 2. 86 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL N.º 98 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA 25-IV-2012 el compromiso de la entidad local de financiación de las becas en los conllevará dejar sin efecto la subvención concedida y proceder al términos de las presentes bases. reintegro de las cantidades percibidas, de conformidad con lo dis- 2. Procedimiento para la concesión de las becas. puesto por el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. Realizada la solicitud de adhesión por parte de la entidad local, el 4. Justificación y pago. órgano competente de la entidad local iniciará los trámites para la Finalizado el plazo de disfrute de las becas concedidas por los ayun- concesión de las becas, siendo las propias entidades locales las que tamientos, las entidades locales beneficiarias de esta subvención realicen la distribución de la concesión por tipo de enseñanza, por deberán acreditar, en el plazo de 60 días naturales, la realización de área de actividad, garantizando en el procedimiento el cumplimien- la actividad de formación, el cumplimiento de la finalidad que de- to de los principios de publicidad y concurrencia. termine la concesión y disfrute de la subvención, así como el abono 2.1 Solicitud de los estudiantes al destinatario ultimo del importe correspondiente a las becas. Estas becas se adjudicarán entre los estudiantes que lo soliciten, que A tal efecto, deberá aportar certificación de la relación detallada de presentarán solicitud de inscripción en el correspondiente ayunta- los estudiantes que han participado, acreditando la realización de la miento a la que acompañaran, como mínimo, la siguiente documen- correspondiente memoria por el estudiante, el periodo de realización tación: de la beca y el efectivo abono del importe a los becarios, según - Fotocopia del DNI o documentación acreditativa equivalente. modelo III. - Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas ofi- Aportada la justificación, la Diputación procederá a realizar el pago ciales que alega en la que conste el tipo de enseñanza, curso, centro pendiente de la subvención, siempre que se hayan cumplido los educativo (matricula, certificado emitido por el centro, …). términos de las presentes bases. - Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias reco- En cualquier caso el ayuntamiento beneficiario de la subvención gidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, reali- dispondrá de la documentación acreditativa de la justificación pre- zada mediante declaración responsable o a través de cualquier de los sentada, pudiendo la Diputación solicitar que se aporte copia de la medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos misma. concordantes de su Reglamento. BASE SEXTA. PARTICIPACIÓN El plazo de presentación de solicitudes garantizará la posibilidad de La Diputación de Valencia podrá emitir documento indicativo de la concurrencia y en ningún caso podrá exceder del 25 de mayo. participación del estudiante en el programa. En tal caso, el destina- 2.2 Selección de estudiantes tario deberá recoger el referido documento siguiendo las instruccio- Las entidades locales valorarán con carácter preferente aquellos nes que a tal efecto establezca la Diputación. casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad así BASE SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES como el hecho de que no hubiesen disfrutado de beca en el marco de este programa en las ediciones anteriores. La entidad local también - Diputación. tomará en consideración, siempre que ello sea posible, la situación a) Abonar la subvención que corresponda de conformidad con los socieconómica de la unidad familiar del solicitante. beneficiarios designados por la resolución de la presente convocato- Las entidades locales valorarán con carácter preferente aquellos ria. casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad así b) Suscribir, en su caso, con una entidad aseguradora una póliza de como el hecho de que no hubiesen disfrutado de beca en el marco seguro combinado de accidente individual y responsabilidad civil en de este programa en las ediciones anteriores. la que aparecerán como asegurados los estudiantes destinatarios de La relación de becas concedidas será remitida por las entidades lo- las becas otorgadas por cada una de las entidades locales. cales a la Diputación, mediante certificado debidamente firmado por - Entidad Local. el Secretario General, según el modelo II que se adjunta. a) Dar la máxima difusión al programa formativo regulado en estas Esta documentación deberá remitirse con anterioridad al 16 de ju- Bases, con indicación expresa en todo los elementos publicitarios de nio. que se trata de una iniciativa cofinanciada por la Diputación Provin- El incumplimiento del referido plazo supondrá desistimiento auto- cial de Valencia, debiendo constar el logo de la Diputación de Va- mático en la solicitud realizada, no pudiendo ser por tanto beneficia- lencia en los mismos. rio de la subvención. b) Dejar constancia en las bases propias de la convocatoria de cada En el supuesto de que se produzca una renuncia, baja o finalización entidad local y en el resto de documentación administrativa del del periodo de vigencia de la beca, la entidad local podrá cubrir la procedimiento de que se trata de una iniciativa acogida al programa misma mediante su adjudicación a los solicitantes siguientes por el La Dipu te Beca que se encuentra cofinanciada por la Diputación de orden obtenido en el proceso de selección. En el supuesto de que el Valencia, debiendo aparecer el logo de la Diputación de Valencia. periodo de disfrute de la beca sea inferior al mes natural, el estudian- c) Nombrar tutor o tutores responsables de los estudiantes que rea- te beneficiario percibirá la cantidad que le corresponda en atención licen las becas, coordinando y ordenando la actividad de formación al tiempo disfrutado. del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas activida- La condición de becario/ becaria no generará en ningún momento des. relación laboral o administrativa alguna ni con la Diputación ni con d) Pagar, como mínimo el importe de la dotación mensual asignada las entidades locales adheridas a esta convocatoria. a las becas, 500 Euros, en mensualidades vencidas. 3. Resolución de la convocatoria por la Diputación. e) Dar cumplimiento a la normativa aplicable en materia de seguridad Tras la recepción de los certificados remitidos por las entidades lo- social, en su caso. cales, la Diputación de Valencia, vistas las becas concedidas, resol- f) Colaborar con la Diputación de Valencia para garantizar el ade- verá la presente convocatoria en atención al número de becas cuado cumplimiento de los aspectos previstos en las presentes bases, máximo a conceder a cada ayuntamiento de conformidad con el anexo tanto aquellos que vengan referidos a la propia entidad como los que I de estas bases. puedan hacer referencia a los destinatarios de las becas. Dictada la resolución de concesión la Diputación procederá a abonar -Beneficiarios de las becas el importe correspondiente al anticipo previsto en la base cuarta punto 3. a) Incorporarse a la entidad local correspondiente en la fecha previs- ta en la resolución de concesión. La Diputación se reserva el derecho de ampliar el número de becas asignado inicialmente en aquellos casos en los que se produzca un b) Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el número elevado de solicitudes en tanto en cuanto exista dotación tutor. presupuestaria en la partida presupuestaria correspondiente del pre- c) Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el supuesto de gastos del ejercicio 2012. tutor. El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones La falta de cumplimiento de las obligaciones impuestas a cada una establecidos en las presentes bases, por parte de las entidades locales, de las partes por este artículo supondrá, en su caso, el reintegro de
  • 3. N.º 98 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL 87 25-IV-2012 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA la subvención percibida de conformidad con la legislación vigente Máx. Importe máx. en materia de subvenciones. Municipio Poblac. becas Subvención BASE OCTAVA. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES Bellreguard 4.756 7 5.600,00 El disfrute de las becas y subvenciones concedidas al amparo de esta Bellús 357 4 3.200,00 convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda para Benagéber 167 4 3.200,00 la misma o análoga finalidad financiada con fondos públicos o pri- vados españoles o comunitarios así como con el desarrollo de una Benaguasil 11.295 18 14.400,00 actividad laboral. Benavites 653 4 3.200,00 BASE NOVENA. CESIÓN DE DATOS Beneixida 721 4 3.200,00 La participación en la presente convocatoria implicará la aceptación Benetússer 15.290 24 19.200,00 de la cesión, a favor de la Diputación, de los datos contenidos tanto Beniarjó 1.785 4 3.200,00 en la solicitud presentada como, en su caso, en la resolución de Beniatjar 271 4 3.200,00 concesión, a efectos estadísticos, de evaluación y seguimiento, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sobre propiedad intelec- Benicolet 639 4 3.200,00 tual. Benicull de Xúquer 980 4 3.200,00 ANEXO I Benifaió 12.117 19 15.200,00 Becas por municipio según población Benifairó de la Valldigna 1.658 4 3.200,00 Máx. Importe máx. Benifairó de les Valls 2.200 4 3.200,00 Municipio Poblac. becas Subvención Beniflá 445 4 3.200,00 Ademuz 1.292 4 3.200,00 Benigánim 6.512 10 8.000,00 Ador 1.542 4 3.200,00 Benimodo 2.291 4 3.200,00 Agullent 2.479 4 3.200,00 Benimuslem 683 4 3.200,00 Aielo de Malferit 4.809 7 5.600,00 Beniparrell 1.996 4 3.200,00 Aielo de Rugat 194 4 3.200,00 Benirredrà 1.655 4 3.200,00 Alaquàs 30.235 46 36.800,00 Benisanó 2.274 4 3.200,00 Albaida 6.178 10 8.000,00 Benissoda 392 4 3.200,00 Albal 15.594 24 19.200,00 Benisuera 205 4 3.200,00 Albalat de la Ribera 3.609 7 5.600,00 Bétera 21.512 33 26.400,00 Albalat dels Sorells 3.859 7 5.600,00 Bicorp 575 4 3.200,00 Albalat dels Tarongers 1.147 4 3.200,00 Bocairent 4.454 7 5.600,00 Alberic 11.331 18 14.400,00 Bolbaite 1.491 4 3.200,00 Alborache 1.263 4 3.200,00 Bonrepòs i Mirambell 3.425 7 5.600,00 Alboraya 22.563 33 26.400,00 Bufali 199 4 3.200,00 Albuixech 3.998 7 5.600,00 Bugarra 835 4 3.200,00 Alcàntera de Xúquer 1.400 4 3.200,00 Buñol 9.955 15 12.000,00 Alcàsser 9.439 15 12.000,00 Burjassot 38.205 58 46.400,00 Alcublas 807 4 3.200,00 Calles 491 4 3.200,00 Aldaia 30.645 46 36.800,00 Camporrobles 1.498 4 3.200,00 Alfafar 20.728 31 24.800,00 Canals 14.084 22 17.600,00 Alfara de la Baronia 562 4 3.200,00 Canet d'En Berenguer 5.853 9 7.200,00 Alfara del Patriarca 3.201 7 5.600,00 Carcaixent 20.687 31 24.800,00 Alfarp 1.604 4 3.200,00 Càrcer 2.081 4 3.200,00 Alfarrasí 1.299 4 3.200,00 Carlet 15.485 24 19.200,00 Alfauir 439 4 3.200,00 Carrícola 93 4 3.200,00 Algar de Palancia 576 4 3.200,00 Casas Altas 168 4 3.200,00 Algemesí 28.293 43 34.400,00 Casas Bajas 243 4 3.200,00 Algimia de Alfara 1.049 4 3.200,00 Casinos 2.842 4 3.200,00 Alginet 13.363 21 16.800,00 Castelló de Rugat 2.388 4 3.200,00 Almàssera 7.250 12 9.600,00 Castellonet de la Conquesta 176 4 3.200,00 Almiserà 303 4 3.200,00 Castielfabib 342 4 3.200,00 Almoines 2.435 4 3.200,00 Catadau 2.760 4 3.200,00 Almussafes 8.408 13 10.400,00 Catarroja 27.330 42 33.600,00 Alpuente 784 4 3.200,00 Caudete de las Fuentes 774 4 3.200,00 Alzira 44.752 67 53.600,00 Cerdà 394 4 3.200,00 Andilla 441 4 3.200,00 Chella 2.798 4 3.200,00 Anna 2.749 4 3.200,00 Chelva 1.683 4 3.200,00 Antella 1.490 4 3.200,00 Chera 599 4 3.200,00 Aras de los Olmos 442 4 3.200,00 Cheste 8.432 13 10.400,00 Atzeneta d'Albaida 1.236 4 3.200,00 Chiva 15.072 24 19.200,00 Ayora 5.415 9 7.200,00 Chulilla 752 4 3.200,00 Barx 1.360 4 3.200,00 Cofrentes 1.005 4 3.200,00 Barxeta 1.649 4 3.200,00 Corbera 3.356 7 5.600,00 Bèlgida 723 4 3.200,00 Cortes de Pallás 1.054 4 3.200,00
  • 4. 88 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL N.º 98 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA 25-IV-2012 Máx. Importe máx. Máx. Importe máx. Municipio Poblac. Municipio Poblac. becas Subvención becas Subvención Cotes 405 4 3.200,00 Macastre 1.341 4 3.200,00 Cullera 23.304 36 28.800,00 Manises 30.747 46 36.800,00 Daimús 3.200 7 5.600,00 Manuel 2.625 4 3.200,00 Domeño 714 4 3.200,00 Marines 1.832 4 3.200,00 Dos Aguas 565 4 3.200,00 Massalavés 1.636 4 3.200,00 El Palomar 601 4 3.200,00 Massalfassar 2.349 4 3.200,00 El Mareny 764 4 3.200,00 Massamagrell 15.491 24 19.200,00 El Perelló 1.500 4 3.200,00 Massanassa 9.022 15 12.000,00 El Puig 9.097 15 12.000,00 Meliana 10.601 16 12.800,00 Emperador 637 4 3.200,00 Millares 466 4 3.200,00 Enguera 5.968 9 7.200,00 Miramar 2.538 4 3.200,00 Estivella 1.382 4 3.200,00 Mislata 43.657 66 52.800,00 Estubeny 129 4 3.200,00 Moixent 4.758 7 5.600,00 Faura 3.648 7 5.600,00 Moncada 21.860 33 26.400,00 Favara 2.411 4 3.200,00 Montaverner 1.843 4 3.200,00 Foios 6.962 10 8.000,00 Montesa 1.339 4 3.200,00 Fontanars dels Alforins 1.036 4 3.200,00 Montitxelvo 668 4 3.200,00 Fortaleny 1.039 4 3.200,00 Montroy 2.928 4 3.200,00 Fuenterrobles 755 4 3.200,00 Montserrat 7.207 12 9.600,00 Gandia 78.704 75 60.000,00 Museros 5.984 9 7.200,00 Gátova 460 4 3.200,00 Náquera 5.900 9 7.200,00 Gavarda 1.143 4 3.200,00 Navarrés 3.269 7 5.600,00 Genovés 2.826 4 3.200,00 Novetlè 849 4 3.200,00 Gestalgar 817 4 3.200,00 Oliva 28.400 43 34.400,00 Gilet 3.248 7 5.600,00 Olocau 1.517 4 3.200,00 Godella 13.242 21 16.800,00 Ontinyent 37.606 57 45.600,00 Godelleta 3.353 7 5.600,00 Otos 490 4 3.200,00 Guadasequies 437 4 3.200,00 Paiporta 24.298 37 29.600,00 Guadassuar 6.101 10 8.000,00 Palma de Gandía 1.854 4 3.200,00 Guardamar de la Safor 502 4 3.200,00 Palmera 989 4 3.200,00 Higueruelas 505 4 3.200,00 Paterna 66.948 75 60.000,00 Jalance 993 4 3.200,00 Pedralba 3.011 7 5.600,00 Jarafuel 833 4 3.200,00 Petrés 1.024 4 3.200,00 L' Alcúdia 11.432 18 14.400,00 Picanya 11.261 18 14.400,00 L' Alcúdia de Crespins 5.289 9 7.200,00 Picassent 20.087 31 24.800,00 L' Alqueria de la Comtessa 1.527 4 3.200,00 Piles 2.853 4 3.200,00 L' Eliana 17.061 27 21.600,00 Pinet 182 4 3.200,00 L' Ènova 982 4 3.200,00 Polinyà de Xúquer 2.504 4 3.200,00 L' Olleria 8.709 13 10.400,00 Potríes 1.026 4 3.200,00 La Barraca d'Aigües Vives 764 4 3.200,00 Puçol 19.310 30 24.000,00 La Font de la Figuera 2.234 4 3.200,00 Puebla de San Miguel 86 4 3.200,00 La Font d'En Carròs 4.191 7 5.600,00 Quart de les Valls 1.065 4 3.200,00 La Granja de la Costera 343 4 3.200,00 Quart de Poblet 25.449 39 31.200,00 La Llosa de Ranes 4.078 7 5.600,00 Quartell 1.473 4 3.200,00 La Pobla de Farnals 7.614 12 9.600,00 Quatretonda 2.472 4 3.200,00 La Pobla de Vallbona 21.708 33 26.400,00 Quesa 734 4 3.200,00 La Pobla del Duc 2.539 4 3.200,00 Rafelbunyol 8.569 13 10.400,00 La Pobla Llarga 4.604 7 5.600,00 Rafelcofer 1.471 4 3.200,00 La Yesa 265 4 3.200,00 Rafelguaraf 2.532 4 3.200,00 Llanera de Ranes 1.159 4 3.200,00 Ráfol de Salem 442 4 3.200,00 Llaurí 1.306 4 3.200,00 Real 2.367 4 3.200,00 Llíria 23.397 36 28.800,00 Real de Gandía 2.259 4 3.200,00 Llocnou de la Corona 156 4 3.200,00 Requena 21.394 33 26.400,00 Llocnou de Sant Jeroni 570 4 3.200,00 Riba-roja de Túria 21.094 33 26.400,00 Llocnou d'En Fenollet 898 4 3.200,00 Riola 1.875 4 3.200,00 Llombai 2.786 4 3.200,00 Rocafort 6.806 10 8.000,00 Llutxent 2.538 4 3.200,00 Rotglà i Corberà 1.208 4 3.200,00 Loriguilla 1.686 4 3.200,00 Rótova 1.324 4 3.200,00 Losa del Obispo 564 4 3.200,00 Rugat 197 4 3.200,00
  • 5. N.º 98 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL 89 25-IV-2012 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA Máx. Importe máx. Máx. Importe máx. Municipio Poblac. Municipio Poblac. becas Subvención becas Subvención Sagunt 65.595 75 60.000,00 Torrella 155 4 3.200,00 Salem 469 4 3.200,00 Torrent 80.610 75 60.000,00 San Antonio de Benagéber 6.856 10 8.000,00 Torres Torres 602 4 3.200,00 Sant Joanet 498 4 3.200,00 Tous 1.268 4 3.200,00 Sedaví 10.092 16 12.800,00 Tuéjar 1.234 4 3.200,00 Segart 173 4 3.200,00 Turís 6.529 10 8.000,00 Sellent 427 4 3.200,00 Utiel 12.449 19 15.200,00 Sempere 48 4 3.200,00 Valencia 798.033 150 120.000,00 Senyera 1.188 4 3.200,00 Vallada 3.365 7 5.600,00 Serra 3.349 7 5.600,00 Vallanca 156 4 3.200,00 Siete Aguas 1.486 4 3.200,00 Vallés 167 4 3.200,00 Silla 19.213 30 24.000,00 Venta del Moro 1.443 4 3.200,00 Simat de la Valldigna 3.666 7 5.600,00 Vilamarxant 9.393 15 12.000,00 Sinarcas 1.203 4 3.200,00 Villalonga 4.327 7 5.600,00 Sollana 5.041 9 7.200,00 Villanueva de Castellón 7.595 12 9.600,00 Sot de Chera 458 4 3.200,00 Villar del Arzobispo 3.804 7 5.600,00 Sueca 28.986 43 34.400,00 Villargordo del Cabriel 770 4 3.200,00 Sumacàrcer 1.255 4 3.200,00 Vinalesa 3.166 7 5.600,00 Tavernes Blanques 9.305 15 12.000,00 Xàtiva 29.469 45 36.000,00 Tavernes de la Valldigna 18.185 28 22.400,00 Xeraco 6.156 10 8.000,00 Teresa de Cofrentes 663 4 3.200,00 Xeresa 2.320 4 3.200,00 Terrateig 330 4 3.200,00 Xirivella 30.405 46 36.800,00 Titaguas 518 4 3.200,00 Yátova 2.168 4 3.200,00 Torrebaja 457 4 3.200,00 Zarra 566 4 3.200,00
  • 6.  90 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL N.º 98 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA 25-IV-2012 ANEXO II. ENSEÑANZAS OBJETO DE LAS BECAS ESTUDIOS TODOS LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES. MASTERES UNIVERSITARIOS RECONOCIDOS OFICIALMENTE CICLOS FORMATIVOS FAMILIAS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN AGRARIA ARTES GRÁFICAS COMERCIO Y MARKETING ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA FABRICACIÓN MECÁNICA HOSTELERÍA Y TURISMO IMAGEN Y SONIDO INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO MADERA, MUEBLE y CORCHO MARÍTIMO PESQUERA SANIDAD SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS ENERGÍA Y AGUA   
  • 7.  N.º 98 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL 91 25-IV-2012 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA MODELO I ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO AL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS MUNICIPIO CIF DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA QUE SE ADJUNTA Resolución de Alcaldía por la que se declara la adhesión al programa y el compromiso de la entidad local de financiación correspondiente. FECHA FIRMA Fdo. .................................................................................... REGISTRO SALIDA AYUNTAMIENTO REGISTRO ENTRADA DIPUTACIÓN DE VALENCIA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA   
  • 8.  92 BUTLLETÍ  OFICIAL BOLETIN  OFICIAL N.º 98 DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA 25-IV-2012 MODELO II RELACIÓN DE PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS IDENTIFICACIÓN MUNICIPIO C.I.F. NÚMERO NÚMERO BENEFICIARIOS SOLICITANTES RELACIÓN DE ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA PERIODO APELLIDO 1 APELLIDO 2 NOMBRE N.I.F. Julio Agost D./Dª, Secretario/a del Ayuntamiento, CERTIFICA que la relación indicada corresponde a los estudiantes beneficiarios que participan, en este Ayuntamiento, en el Programa de Prácticas Formativas. LUGAR Y FECHA FIRMA Fdo.: .................................................................................... REGISTRO SALIDA AYUNTAMIENTO REGISTRO ENTRADA DIPUTACIÓN DE VALENCIA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA   
  • 9. N.º 98 25-IV-2012 MODELO III CERTIFICACIÓN DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS MUNICIPIO D./Dª, …………………………………………………………….Secretario/a Interventor/a del Ayuntamiento, CERTIFICA: Que la siguiente relación corresponde a los estudiantes que han participado, en este Ayuntamiento, en el Programa de Prácticas Formativas de la Excma. Diputación Provincial de Valencia: “LA DIPU TE BECA”. Que los estudiantes relacionados han presentado la correspondiente memoria, la cual ha sido informada de conformidad por el tutor asignado. Que por el ayuntamiento se ha dado cumplimiento a las obligaciones legales impuestas en cuanto a las administraciones de la seguridad social y tributarias Que por este ayuntamiento se han hecho efectivos los importes indicados a cada uno de los estudiantes relacionados RELACIÓN DE ESTUDIANTES QUE HAN PARTICIPADO EN EL PROGRAMA DE  LA  PROVÍNCIA  DE  VALÈNCIA BUTLLETÍ  OFICIAL APELLIDO 1 APELLIDO 2 NOMBRE N.I.F. FECHA FECHA IMPORTE Seguridad INCORP FINALIZ TOTAL Social a cargo PAGADO del Ayut.(1) TOTAL PROGRAMA  BOLETIN  OFICIAL LUGAR Y FECHA FIRMA REGISTRO SALIDA AYUNTAMIENTO REGISTRO ENTRADA DIPUTACION Fdo. ................................................................... DE  LA  PROVINCIA  DE  VALENCIA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA    93 2012/11347