1) La no sujeción a un impuesto significa que no se ha producido el hecho imponible definido por la ley, por lo que no nace la obligación tributaria. La exención es la dispensa total o parcial del pago de un impuesto otorgada por la ley, mientras que la exoneración es una dispensa concedida por el poder ejecutivo.
2) La Ley del IVA establece operaciones no sujetas al impuesto como préstamos, seguros, y servicios bancarios. También exime importaciones de diplomáticos, donaciones