1. La transferencia de un inmueble de una persona jurídica a sus accionistas personas naturales, ya sea como parte de la liquidación o reducción de capital, está sujeta a una tasa del 4.1% de Impuesto a la Renta sobre el exceso del valor de mercado sobre el valor nominal de las acciones.
2. La persona jurídica debe considerar la diferencia entre el valor de mercado y el costo del inmueble transferido para fines del Impuesto a la Renta.
3. La transferencia no está sujeta al Impuesto General a las Ventas, a menos