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Operaciones Comerciales Internacionales
Infraestructura Logística
Unidad Temática 2: TRANSPORTE

M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
INCOTERMS
 Las reglas Incoterms® 2010, cuyo nombre abrevia la

frase “International Commercial
Terms” fueron
creadas en 1936 por ICC.
 Sirven para definir y repartir las obligaciones, gastos,
riesgos del transporte internacional y del seguro, entre
vendedor y comprador con la finalidad de reducir la
incertidumbre en transacciones comerciales.

M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
INCOTERMS 2010
 Las reglas Incoterms®2010 se elaboraron tomando en

consideración los acontecimientos más relevantes en
el mundo del comercio global desde la última revisión
en el año 2000.
 Esto incluye los cambios en la seguridad de las cargas,
tema que se ha tornado prioritario dentro de la agenda
de transportación de muchos países.
 También se considera el creciente uso de las
comunicaciones
electrónicas
para
realizar
transacciones de negocios.
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INCOTERMS 2010
 Los son Incoterms®2010 de aceptación voluntaria por

las partes, o sea, no son un esquema jurídico
obligatorio.
 Los Incoterms®2010 se aplican únicamente en las
compraventas internacionales de mercancías, no en
las de servicios ya que éstos son intangibles en los que
no se utiliza la logística.

M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
La entrega de las mercancías:
 Directa: cuando el Incoterm define que la

mercancía se entregue al comprador, son los
términos “E” y los términos “D”.
 Indirecta: cuando la mercancía se entrega a
un intermediario del comprador, un
transportista o un transitario, son los
términos “F” y los términos “C”.

M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
La transmisión de los riesgos:
 No se debe confundir con la transmisión de la

propiedad, los riesgos se transmiten en el punto
geográfico y en el momento cronológico que
definen el contrato y el Incoterm®2010 establecido.
 El punto geográfico puede ser la fábrica, el muelle,
la borda del buque, etc.; mientras que el momento
cronológico está definido por el plazo de entrega
de la mercancía.

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La distribución de los gastos:
 Generalmente el vendedor corre con los gastos

estrictamente precisos para poner la mercancía en
condiciones de entrega.
 El comprador corra con los demás gastos.
 Existen cuatro casos, los términos “C”, en que el
vendedor asume el pago de los gastos de transporte (y
el seguro, en su caso) hasta el destino, a pesar de que la
transmisión de los riesgos es en origen

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Los trámites aduaneros:
 La exportación es responsabilidad del vendedor;
sólo existe un Incoterm®2010 sin despacho
aduanero de exportación: EXW (Ex Works, En
fábrica), donde el comprador es responsable de la
exportación y suele contratar los servicios de un
agente de aduanas en el país de expedición de la
mercancía, que gestione la exportación.

M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
Categorización de los Incoterms®2010


Categoría “E”; Exit (en punto de salida u
origen)
EXW Ex Works (en fábrica, lugar convenido)



El vendedor exclusivamente pone las mercancías a
disposición del comprador en sus propias
instalaciones.
Se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o
una combinación de ellos (multimodalidad).



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Categorización de los Incoterms®2010
 Categoría “F”; Free (Transporte principal

no pagado o libre del flete principal por
parte de vendedor)
FCA, FAS, FOB.
Al vendedor se le encarga que entregue las
mercancías a un transportista contratado
por el comprador.

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FCA
 Free carrier (franco transportista): el vendedor se
compromete a entregar la mercancía en un punto
acordado dentro del país de origen. Se hace cargo de
los costos hasta que la mercancía está situada en ese
punto convenido; entre otros, la aduana en el país de
origen.

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FAS
 Free Alongside Ship (named loading port) franco al

costado del buque (puerto de carga convenido): El
vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado
del puerto de carga convenido. FAS es propio de
mercancías de carga a granel o de carga voluminosa
porque se depositan en terminales del puerto
especializadas, que están situadas en el muelle.

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FOB
 Free On Board (named loading port) franco a bordo

(puerto de carga convenido): El vendedor entrega la
mercancía sobre el buque. El vendedor contrata el
transporte a través de un consignatario, pero el coste
del transporte lo asume el comprador.
 Se debe utilizar para carga general (bidones, bobinas,
contenedores, etc.) de mercancías, no utilizable para
granel.

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Categorización de los Incoterms®2010
 Categoría“C”; Cost (Transporte principal
pagado o costo del flete principal incluido)

CFR, CIF, CPT, CIP

El vendedor contrata el transporte pero sin
asumir el riesgo de perdida o daño de las
mercancías o de costos adicionales, salvo que
la cláusula lo indique. El vendedor asume
obligaciones de embarque.

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CFR
 Cost and Freight (named destination port) costo y

flete (puerto de destino convenido): El vendedor se
hace cargo de todos los costos, incluido el transporte
principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de
destino, pero el riesgo se transfiere al comprador en el
momento que la mercancía se encuentra cargada en el
buque, en el país de origen. Se debe utilizar para carga
general, que no se transporta en contenedores;
tampoco es apropiado para carga a granel.

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CIF
 Cost, Insurance and Freight (named destination port)

costo, seguro y flete (puerto de destino convenido): El
vendedor se hace cargo de todos los costos, incluidos el
transporte principal y el seguro, hasta que la
mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el
seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del
seguro es el comprador. Se debe utilizar para carga
general o convencional.

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CPT
 Carriage

Paid
To
(named
place
of
destination) transporte pagado hasta (lugar de destino
convenido): El vendedor se hace cargo de todos los
costos, incluido el transporte principal, hasta que la
mercancía llegue al punto convenido en el país de
destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al
comprador en el momento de la entrega de la
mercancía al transportista dentro del país de origen.

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CIP
 Carriage and Insurance Paid (To) (named place of

destination) transporte y seguro pagados hasta (lugar
de destino convenido): el vendedor se hace cargo de
todos los costes, incluidos el transporte principal y el
seguro, hasta que la mercancía llegue al punto
convenido en el país de destino.
 El riesgo se transfiere al comprador en la entrega de la
mercancía al transportista. Aunque el seguro lo ha
contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el
comprador.

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CIP

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Categorización de los Incoterms®2010
 Categoría“D”; Delivered (Llegada o entregado)

DAT, DAP, DDP.
El vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos
necesarios para entregar las mercancías en el lugar
de destino. Bajo estos términos el vendedor asume
obligaciones de entrega en destino.

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DAT
 Delivered At Terminal (named port) entregado en

terminal (puerto de destino convenido): El vendedor
se hace cargo de todos los costos, incluidos el
transporte principal y el seguro (que no es obligatorio),
hasta que la mercancía es descargada en la terminal
convenida. También asume los riesgos hasta ese
momento.
 El concepto terminal es bastante amplio e incluye
terminales
terrestres
y
marítimas,
puertos,
aeropuertos, zonas francas, etc.): por ello es
importante que se especifique claramente el lugar de
entrega de la mercancía y que este lugar coincida con
el que se especifique en el contrato de transporte
M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
DAT

M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
DAP
 Delivered

at Place (named destination place)
entregado en un punto (lugar de destino convenido): el
vendedor se hace cargo de todos los costos y los
riesgos, incluidos el transporte principal y el seguro
(que no es obligatorio) pero no de los costos asociados
a la importación, hasta que la mercancía se ponga a
disposición del comprador en un vehículo listo para ser
descargado.

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DDP
 Delivered Duty Paid (named destination place)

entregada derechos pagados (lugar de destino
convenido): el vendedor paga todos los gastos hasta
dejar la mercancía en el punto convenido en el país de
destino.
 El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los
gastos de aduana de importación son asumidos por el
vendedor.
El
tipo
de
transporte
es
polivalente/multimodal

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DDP

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Incoterms

  • 1. Operaciones Comerciales Internacionales Infraestructura Logística Unidad Temática 2: TRANSPORTE M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 2. INCOTERMS  Las reglas Incoterms® 2010, cuyo nombre abrevia la frase “International Commercial Terms” fueron creadas en 1936 por ICC.  Sirven para definir y repartir las obligaciones, gastos, riesgos del transporte internacional y del seguro, entre vendedor y comprador con la finalidad de reducir la incertidumbre en transacciones comerciales. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 3. INCOTERMS 2010  Las reglas Incoterms®2010 se elaboraron tomando en consideración los acontecimientos más relevantes en el mundo del comercio global desde la última revisión en el año 2000.  Esto incluye los cambios en la seguridad de las cargas, tema que se ha tornado prioritario dentro de la agenda de transportación de muchos países.  También se considera el creciente uso de las comunicaciones electrónicas para realizar transacciones de negocios. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 4. INCOTERMS 2010  Los son Incoterms®2010 de aceptación voluntaria por las partes, o sea, no son un esquema jurídico obligatorio.  Los Incoterms®2010 se aplican únicamente en las compraventas internacionales de mercancías, no en las de servicios ya que éstos son intangibles en los que no se utiliza la logística. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 5. La entrega de las mercancías:  Directa: cuando el Incoterm define que la mercancía se entregue al comprador, son los términos “E” y los términos “D”.  Indirecta: cuando la mercancía se entrega a un intermediario del comprador, un transportista o un transitario, son los términos “F” y los términos “C”. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 6. La transmisión de los riesgos:  No se debe confundir con la transmisión de la propiedad, los riesgos se transmiten en el punto geográfico y en el momento cronológico que definen el contrato y el Incoterm®2010 establecido.  El punto geográfico puede ser la fábrica, el muelle, la borda del buque, etc.; mientras que el momento cronológico está definido por el plazo de entrega de la mercancía. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 7. La distribución de los gastos:  Generalmente el vendedor corre con los gastos estrictamente precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega.  El comprador corra con los demás gastos.  Existen cuatro casos, los términos “C”, en que el vendedor asume el pago de los gastos de transporte (y el seguro, en su caso) hasta el destino, a pesar de que la transmisión de los riesgos es en origen M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 8. Los trámites aduaneros:  La exportación es responsabilidad del vendedor; sólo existe un Incoterm®2010 sin despacho aduanero de exportación: EXW (Ex Works, En fábrica), donde el comprador es responsable de la exportación y suele contratar los servicios de un agente de aduanas en el país de expedición de la mercancía, que gestione la exportación. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 9. Categorización de los Incoterms®2010  Categoría “E”; Exit (en punto de salida u origen) EXW Ex Works (en fábrica, lugar convenido)  El vendedor exclusivamente pone las mercancías a disposición del comprador en sus propias instalaciones. Se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o una combinación de ellos (multimodalidad).  M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 10. Categorización de los Incoterms®2010  Categoría “F”; Free (Transporte principal no pagado o libre del flete principal por parte de vendedor) FCA, FAS, FOB. Al vendedor se le encarga que entregue las mercancías a un transportista contratado por el comprador. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 11. FCA  Free carrier (franco transportista): el vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen. Se hace cargo de los costos hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; entre otros, la aduana en el país de origen. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 12. FAS  Free Alongside Ship (named loading port) franco al costado del buque (puerto de carga convenido): El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido. FAS es propio de mercancías de carga a granel o de carga voluminosa porque se depositan en terminales del puerto especializadas, que están situadas en el muelle. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 13. FOB  Free On Board (named loading port) franco a bordo (puerto de carga convenido): El vendedor entrega la mercancía sobre el buque. El vendedor contrata el transporte a través de un consignatario, pero el coste del transporte lo asume el comprador.  Se debe utilizar para carga general (bidones, bobinas, contenedores, etc.) de mercancías, no utilizable para granel. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 14. Categorización de los Incoterms®2010  Categoría“C”; Cost (Transporte principal pagado o costo del flete principal incluido) CFR, CIF, CPT, CIP El vendedor contrata el transporte pero sin asumir el riesgo de perdida o daño de las mercancías o de costos adicionales, salvo que la cláusula lo indique. El vendedor asume obligaciones de embarque. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 15. CFR  Cost and Freight (named destination port) costo y flete (puerto de destino convenido): El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino, pero el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. Se debe utilizar para carga general, que no se transporta en contenedores; tampoco es apropiado para carga a granel. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 16. CIF  Cost, Insurance and Freight (named destination port) costo, seguro y flete (puerto de destino convenido): El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador. Se debe utilizar para carga general o convencional. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 17. CPT  Carriage Paid To (named place of destination) transporte pagado hasta (lugar de destino convenido): El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 18. CIP  Carriage and Insurance Paid (To) (named place of destination) transporte y seguro pagados hasta (lugar de destino convenido): el vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino.  El riesgo se transfiere al comprador en la entrega de la mercancía al transportista. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 20. Categorización de los Incoterms®2010  Categoría“D”; Delivered (Llegada o entregado) DAT, DAP, DDP. El vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos necesarios para entregar las mercancías en el lugar de destino. Bajo estos términos el vendedor asume obligaciones de entrega en destino. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 21. DAT  Delivered At Terminal (named port) entregado en terminal (puerto de destino convenido): El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía es descargada en la terminal convenida. También asume los riesgos hasta ese momento.  El concepto terminal es bastante amplio e incluye terminales terrestres y marítimas, puertos, aeropuertos, zonas francas, etc.): por ello es importante que se especifique claramente el lugar de entrega de la mercancía y que este lugar coincida con el que se especifique en el contrato de transporte M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 23. DAP  Delivered at Place (named destination place) entregado en un punto (lugar de destino convenido): el vendedor se hace cargo de todos los costos y los riesgos, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costos asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles
  • 24. DDP  Delivered Duty Paid (named destination place) entregada derechos pagados (lugar de destino convenido): el vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino.  El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor. El tipo de transporte es polivalente/multimodal M.P.D.E. Paloma Ruiz Valles