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INFORME DE PRENSA

           TEXTO completo del Acuerdo aclaratorio Nº 116/2011
A continuación se publica el contenido completo, a solicitud de la Sra. Secretaria de la
   Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de la 2da. Circunscripción, Dra.
                        Gabriela Beatriz Oviedo Helfenberger.

ACUERDO Nº 116: En la Ciudad de San Luís a ONCE días del mes de MARZO de
DOS MIL ONCE, reunidos en la Sala de Acuerdos los Señores Ministros del Superior
Tribunal de Justicia, OSCAR EDUARDO GATICA, OMAR ESTEBAN URIA,
HORACIO GUILLERMO ZAVALA RODRIGUEZ, FLORENCIO DAMIAN RUBIO
y LILIA ANA NOVILLO.-

DIJERON: Que con fecha 17 de febrero de 2011, el Superior Tribunal de Justicia dictó
la Acordada N° 50/11 mediante la cual se EXHORTA a la Excma. Cámara de
Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de la Segunda
Circunscripción Judicial a cumplir con los puntos indicados en la parte resolutiva del
acuerdo mencionado.-

          Sin perjuicio de ello, corresponde aclarar, que el acuerdo hace referencia a
falencias de procedimientos y diferencias entre los libros de pases y expedientes. En ese
sentido corresponde tener en cuenta que el Tribunal no detectó falencias en los libros de
autos y sentencias, sino que la discordancia revelada es la falta de constancias en el
expediente, tales como; decreto de pase a sorteo, orden del sorteo, constancias de pases
a estudio, etc.
Dado que el dictado del acuerdo 50/11 y el presente resuelven la situación de la
Excma. Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de Villa Mercedes,
corresponde dar por terminada la investigación. Por ello;

ACORDARON:

   I)         Aclarar la Acordada N° 50/11 en relación a las falencias detectadas en las
             inspecciones, conforme las consideraciones expuestas.-

   II)        Dar por terminada la INVESTIGACIÓN SUMARIA ordenada mediante
             Acuerdo N° 975/2010.-

   III)       Por Secretaria Administrativa del Superior Tribunal de Justicia, procédase a
             extraer fotocopias de la Acordada N° 50/11 y de la presente, certificarlas y
             remitirlas al Señor Procurador General de la Provincia de San Luis.-

             Con lo que se dio por terminado el presente acto, disponiendo los Señores
Ministros se comunique a quienes corresponda, firmando ante mí, doy fe.-




Informe de Prensa Nº 121                                San Luis, 18 de marzo de 2011.

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Informe 121

  • 1. INFORME DE PRENSA TEXTO completo del Acuerdo aclaratorio Nº 116/2011 A continuación se publica el contenido completo, a solicitud de la Sra. Secretaria de la Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de la 2da. Circunscripción, Dra. Gabriela Beatriz Oviedo Helfenberger. ACUERDO Nº 116: En la Ciudad de San Luís a ONCE días del mes de MARZO de DOS MIL ONCE, reunidos en la Sala de Acuerdos los Señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia, OSCAR EDUARDO GATICA, OMAR ESTEBAN URIA, HORACIO GUILLERMO ZAVALA RODRIGUEZ, FLORENCIO DAMIAN RUBIO y LILIA ANA NOVILLO.- DIJERON: Que con fecha 17 de febrero de 2011, el Superior Tribunal de Justicia dictó la Acordada N° 50/11 mediante la cual se EXHORTA a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial a cumplir con los puntos indicados en la parte resolutiva del acuerdo mencionado.- Sin perjuicio de ello, corresponde aclarar, que el acuerdo hace referencia a falencias de procedimientos y diferencias entre los libros de pases y expedientes. En ese sentido corresponde tener en cuenta que el Tribunal no detectó falencias en los libros de autos y sentencias, sino que la discordancia revelada es la falta de constancias en el expediente, tales como; decreto de pase a sorteo, orden del sorteo, constancias de pases a estudio, etc.
  • 2. Dado que el dictado del acuerdo 50/11 y el presente resuelven la situación de la Excma. Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de Villa Mercedes, corresponde dar por terminada la investigación. Por ello; ACORDARON: I) Aclarar la Acordada N° 50/11 en relación a las falencias detectadas en las inspecciones, conforme las consideraciones expuestas.- II) Dar por terminada la INVESTIGACIÓN SUMARIA ordenada mediante Acuerdo N° 975/2010.- III) Por Secretaria Administrativa del Superior Tribunal de Justicia, procédase a extraer fotocopias de la Acordada N° 50/11 y de la presente, certificarlas y remitirlas al Señor Procurador General de la Provincia de San Luis.- Con lo que se dio por terminado el presente acto, disponiendo los Señores Ministros se comunique a quienes corresponda, firmando ante mí, doy fe.- Informe de Prensa Nº 121 San Luis, 18 de marzo de 2011.