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José Miguel Manjarres.
La administración pública venezolana da prioridad al Software
Libre.
El director ejecutivo del CNTI recordó que la adopción de
tecnologías libres en la administración pública depende de la
disposición y voluntad de las autoridades de cada ministerio y ente
adscrito.
A pesar de la vigencia del Decreto Presidencial 3.390, el
Centro Nacional de Tecnologías de Información podrá guiar -sin
imposiciones- a ministerios, entes y órganos de la administración
pública, durante el proceso de adopción al software libre, mediante el
establecimiento de políticas, recomendaciones y apoyo técnico, reseña
nota de prensa del Centro Nacional de Tecnologías de Información
(CNTI).
Linux en la administración pública venezolana.
Los organismos y entes de la administración pública nacional
de la República Bolivariana de Venezuela deberán utilizar la
distribución Canaima GNU/Linux como sistema operativo de sus
estaciones de trabajo, según lo estableció el Ministerio del Poder
Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias. La finalidad
es homogeneizar y fortalecer la plataforma tecnológica del Estado
Venezolano, dando cumplimiento al marco legal, reseñó la Agencia
Venezolana de Noticia.
Los órganos y entes públicos que hayan migrado total o
parcialmente su sistema operativo de sus equipos informáticos de
computación a una distribución GNU/Linux distinta a la Canaima
(Decreto 3.390 la migración de su plataforma tecnológica a software
libre, 2004), deberán consignar al Centro Nacional de Tecnologías de
Información (CNTI) en un plazo no superior a seis meses, un informe
técnico que contenga un plan de convergencia con el conjunto de
paquetes mínimos de herramientas informáticas (meta-distribución)
para que el software libre Canaima GNU/Linux pueda funcionar en sus
estaciones de trabajo.
En Venezuela, donde por el decreto presidencial
N°3.390, se estableció el uso preferente del Software Libre
y GNU/Linux en toda la administración pública,
incluyendo ministerios y oficinas gubernamentales, y se
esta fomentando la investigación y el desarrollo del
software libre. Actualmente Venezuela tiene la
distribución Canaima GNU/Linux basada en Debian
estable, que se usa en Canaima Educativo, para la
producción de computadores de escritorio de Venezolana
de Industrias Tecnológicas (VIT), así como
implementación de órganos de la Administración Pública
Nacional (APN).
¿ Quienes usan Linux ?
El sistema operativo GNU/Linux ha sido la alternativa
elegida por una gran cantidad de usuarios en los últimos años, ya
que no sólo se trata de un OS libre, sino que además ofrece una
importante estabilidad, funcionalidad y rapidez en el trabajo.
Linux es ideal para los ambientes de oficina, debido a las
importantes prestaciones que puede ofrecer en este campo. No
obstante, con GNU/Linux se puede trabajar cualquier tipo de
proyecto, ya que está desarrollado como una robusta y eficaz
herramienta de trabajo.
Estas características han dado como resultado que en los
últimos años GNU/Linux haya sido el OS elegido que desplazó a
Microsoft Windows de muchas computadoras no sólo hogareñas, sino
también en el ámbito profesional, empresarial y gubernamental.
Software Libre en Venezuela: Independencia o Soberanía
Tecnológica.
El Gobierno Electrónico tiene como premisa fundamental la
democratización del acceso a Internet y al Conocimiento en el marco
del Plan Nacional de Tecnologías de Información y Comunicación, a
través del cual se emprende el camino hacia el proceso de
modernización del Estado, con la finalidad de proporcionar mayores y
mejores servicios a la ciudadanía. Este Plan, es un instrumento que
orienta la acción del Ejecutivo Nacional, con el propósito de establecer
los lineamientos y políticas nacionales en materia de ciencia,
tecnología e innovación.
El artículo 110 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, reconoce como de interés público la ciencia,
la tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de
información, con el objeto de lograr el desarrollo económico, social y
político del país. Esta disposición constitucional se expresa con fuerza
en los artículos 1° de la Ley de Telecomunicaciones y 12° de la Ley
Orgánica de la Administración Pública.
Con el Decreto N° 825, emitido el 10 de mayo de
2000, se establece el acceso y el uso de Internet como política
prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y
político del Estado.
Este Decreto orienta la formulación de políticas
públicas tendentes a la promoción y masificación del uso de
Internet por parte de la ciudadanía, con el fin de impulsar la
democratización del acceso a Internet. Asimismo, contempla
que el Estado, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología
(MCT), debe promover activamente el desarrollo académico,
científico y cultural para así lograr el acceso adecuado y uso
efectivo de Internet. Todo ello, con la intención de contribuir
con el desarrollo de la investigación y el conocimiento en el
sector de las tecnologías de la información y la prestación de
servicios al ciudadano.

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Linux administracion

  • 2. La administración pública venezolana da prioridad al Software Libre. El director ejecutivo del CNTI recordó que la adopción de tecnologías libres en la administración pública depende de la disposición y voluntad de las autoridades de cada ministerio y ente adscrito. A pesar de la vigencia del Decreto Presidencial 3.390, el Centro Nacional de Tecnologías de Información podrá guiar -sin imposiciones- a ministerios, entes y órganos de la administración pública, durante el proceso de adopción al software libre, mediante el establecimiento de políticas, recomendaciones y apoyo técnico, reseña nota de prensa del Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI).
  • 3. Linux en la administración pública venezolana. Los organismos y entes de la administración pública nacional de la República Bolivariana de Venezuela deberán utilizar la distribución Canaima GNU/Linux como sistema operativo de sus estaciones de trabajo, según lo estableció el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias. La finalidad es homogeneizar y fortalecer la plataforma tecnológica del Estado Venezolano, dando cumplimiento al marco legal, reseñó la Agencia Venezolana de Noticia. Los órganos y entes públicos que hayan migrado total o parcialmente su sistema operativo de sus equipos informáticos de computación a una distribución GNU/Linux distinta a la Canaima (Decreto 3.390 la migración de su plataforma tecnológica a software libre, 2004), deberán consignar al Centro Nacional de Tecnologías de Información (CNTI) en un plazo no superior a seis meses, un informe técnico que contenga un plan de convergencia con el conjunto de paquetes mínimos de herramientas informáticas (meta-distribución) para que el software libre Canaima GNU/Linux pueda funcionar en sus estaciones de trabajo.
  • 4. En Venezuela, donde por el decreto presidencial N°3.390, se estableció el uso preferente del Software Libre y GNU/Linux en toda la administración pública, incluyendo ministerios y oficinas gubernamentales, y se esta fomentando la investigación y el desarrollo del software libre. Actualmente Venezuela tiene la distribución Canaima GNU/Linux basada en Debian estable, que se usa en Canaima Educativo, para la producción de computadores de escritorio de Venezolana de Industrias Tecnológicas (VIT), así como implementación de órganos de la Administración Pública Nacional (APN).
  • 5. ¿ Quienes usan Linux ? El sistema operativo GNU/Linux ha sido la alternativa elegida por una gran cantidad de usuarios en los últimos años, ya que no sólo se trata de un OS libre, sino que además ofrece una importante estabilidad, funcionalidad y rapidez en el trabajo. Linux es ideal para los ambientes de oficina, debido a las importantes prestaciones que puede ofrecer en este campo. No obstante, con GNU/Linux se puede trabajar cualquier tipo de proyecto, ya que está desarrollado como una robusta y eficaz herramienta de trabajo. Estas características han dado como resultado que en los últimos años GNU/Linux haya sido el OS elegido que desplazó a Microsoft Windows de muchas computadoras no sólo hogareñas, sino también en el ámbito profesional, empresarial y gubernamental.
  • 6. Software Libre en Venezuela: Independencia o Soberanía Tecnológica. El Gobierno Electrónico tiene como premisa fundamental la democratización del acceso a Internet y al Conocimiento en el marco del Plan Nacional de Tecnologías de Información y Comunicación, a través del cual se emprende el camino hacia el proceso de modernización del Estado, con la finalidad de proporcionar mayores y mejores servicios a la ciudadanía. Este Plan, es un instrumento que orienta la acción del Ejecutivo Nacional, con el propósito de establecer los lineamientos y políticas nacionales en materia de ciencia, tecnología e innovación. El artículo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de información, con el objeto de lograr el desarrollo económico, social y político del país. Esta disposición constitucional se expresa con fuerza en los artículos 1° de la Ley de Telecomunicaciones y 12° de la Ley Orgánica de la Administración Pública.
  • 7. Con el Decreto N° 825, emitido el 10 de mayo de 2000, se establece el acceso y el uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político del Estado. Este Decreto orienta la formulación de políticas públicas tendentes a la promoción y masificación del uso de Internet por parte de la ciudadanía, con el fin de impulsar la democratización del acceso a Internet. Asimismo, contempla que el Estado, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCT), debe promover activamente el desarrollo académico, científico y cultural para así lograr el acceso adecuado y uso efectivo de Internet. Todo ello, con la intención de contribuir con el desarrollo de la investigación y el conocimiento en el sector de las tecnologías de la información y la prestación de servicios al ciudadano.