NIIF para la PYME: Sección 32 y Boletín de Aplicación
VEN-NIF Nº 4 Definición de la Fecha de Autorización de
los Estados Financieros para su Publicación, en el Marco
de las Regulaciones Contenidas en el Código de Comercio
Venezolano, realizando breve comparación con la NIC 10
Hechos Posteriores a la Fecha del Balance
Licda. Ismar Peña
C.I 13990549
AÑO, 2011
Sección 32
Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa
Existen dos tipos de hechos:
los que proporcionan evidencia de las condiciones que existían al final del
periodo sobre el que informa.
los que indican condiciones que surgieron después del periodo sobre el que
Informa.
Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que
implican ajuste:
Ejemplo: El descubrimiento de fraudes o errores que muestren que los
estados financieros eran incorrectos.
Todos los hechos
favorables o
desfavorables
Que se han
Producidos entre
el final del
periodo en el que
se informa
y
la fecha de autorización
de los estados
financieros para su
publicación.
Incluirán todos los
hechos hasta que los E.F
queden autorizados
Incluso si
Esos hechos tienen lugar después
del anuncio públicos de los
resultados o de otra Información
financiera especifica.
Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no
implican ajuste
Ejemplo: .-La reducción en el valor de mercado de las inversiones, ocurrida
entre el final del periodo sobre el que se informa y la fecha de autorización de los
estados financieros para su publicación.
.-El anuncio de un plan para discontinuar definitivamente una operación.
Fecha de autorización para la publicación
Una entidad revelará la fecha en que los estados financieros han sido
autorizados para su publicación y quién ha concedido esa autorización.
Una entidad revelará para cada
categoría que no implica ajuste la
siguiente información
la naturaleza del hecho; y
una estimación de sus efectos
financieros, o un pronunciamiento
de que no se puede realizar esta
estimación.
DEFINICIÓN DE LA FECHA DE AUTORIZACIÓN DE LOS ESTADOS
FINANCIEROS PARA SU PUBLICACIÓN, EN EL MARCO DE LAS
REGULACIONES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO DE COMERCIO
VENEZOLANO (BA VEN NIF Nº 4)
C.C.V establece las
siguientes regulaciones
relativas a la
información financiera
Los administradores presentarán a los
Comisarios, con un mes de anticipación al
día de la asamblea el Balance. (Art 304)
La asamblea ordinaria de accionista discute y
aprueba o modifica el balance. (Art. 275)
Todo accionista tiene
derecho, 15 días antes de la
asamblea, a examinar los
estados financieros y el
informe del Comisario.
(Art. 284)
Dentro de los 10
días siguientes a la
aprobación del
balance deberá
presentarse una copia
junto con el informe
del Comisario y el
acta de asamblea, al
Juez de Comercio o
Registrador Mercantil
para que se agregue al
expediente de la
entidad. (Art. 329)
La NIC 10 y la Sección 32
de la NIIF
es aplicable en Venezuela de acuerdo a lo
establecido en el Boletín de Aplicación BA
VEN NIF 0 y es de aplicación supletoria
para las PYMES
de acuerdo a lo
establecido en el
párrafo 48 de la
Declaración de
Principios de
Contabilidad N° 0
“Normas Básicas y
Principios de
Contabilidad”.
OBJETIVO
Su propósito definir la fecha de autorización de los estados
financieros para su publicación en Venezuela, en el marco de las
regulaciones contenidas en el Código de Comercio venezolano.
ALCANCE
aplicación obligatoria por todas las entidades venezolanas que
preparan y presentan la información financiera de acuerdo con
Principios de Contabilidad de Generalmente Aceptados en
Venezuela (VEN-NIF).
La NIC 10 y la
Sección 32
los eventos, tanto favorables como desfavorables ,constituyen
hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa.
Las entidades venezolanas
reguladas por las disposiciones
establecidas en el CCV
deberán ajustar sus regulaciones estatutarias a la normativa
contenida en el referido Código, entre la que se incluye
definir claramente sólo la fecha de cierre del ejercicio
contable, que es la fecha del balance a que se refiere la NIC 10.
PLANTEAMIENTO
La NIC 10 y la Sección 32, prescribe cuándo una entidad
ajustará sus estados financieros por hechos ocurridos después del
período en que se informa y cuándo debe efectuar revelaciones en
las notas de los estados financieros, por los efectos derivado de los
mismos.
incluye
los eventos que queden autorizados para su publicación y ésta será la fecha
tope para determinar si, en el caso de un evento que tiene un efecto
significativo, procede ajustar los estados financieros o efectuar las
revelaciones correspondientes.
Según el párrafo 4 de la NIC 10, el
proceso seguido para la autorización de
los estados financieros para su
publicación, variará dependiendo
de
de la estructura organizativa de la entidad, de
los requisitos legales y estatutarios y de los
procedimientos seguidos para la elaboración y
finalización de tales estados financieros.
Debido a la importancia que tiene para los
usuarios, conocer la fecha límite para la
consideración de hechos posteriores a la fecha
del balance y en concordancia con lo
establecido en el párrafo 17 de la NIC 10, se
ratifica que en las notas de los estados
financieros debe informarse:
la fecha de autorización de los estados
financieros, la persona que ha dado esta
autorización y, si procede, la potestad que
tengan otras instancias de modificar los estados
financieros tras su autorización para
publicación.
Entre las situaciones señaladas en la NIC 10 y la sección 32, para definir la
fecha de autorización de los estados financieros para su publicación, no está
contenida alguna que se ajuste exactamente al procedimiento de aprobación de
los estados financieros regulado por el Código de Comercio venezolano.
ACUERDO
La fecha de autorización para la
publicación de los estados
financieros,
es la fecha en que éstos son aprobados
con vista a su divulgación.
La que esté definida formalmente en los procedimientos
internos de la entidad o en sus estatutos; o
La fecha en que los administradores u otro ente autorizado,
entreguen los estados financieros a una unidad interna de
control, supervisión o revisión; a un ente externo o al
Comisario, lo que ocurra primero.
En caso que los accionistas en la asamblea ordinaria
aprueben la modificación de los estados financieros, este hecho
no modifica la fecha de autorización para la publicación de tales
estados financieros, a los fines de considerar los efectos
derivados de los hechos posteriores a la fecha del balance, según
lo regulado por la NIC 10.
A los efectos de la aplicación de la
NIC 10 enmarcado en el
procedimiento contenido en el
C.C.V, , la fecha de autorización
para la publicación de los estados
financieros puede ser:
Este Boletín de Aplicación ha sido aprobado en el Directorio Nacional Ampliado reunido en La
Puerta, estado Trujillo los días 18 y 19 de marzo de 2011 y entrará en vigencia para los ejercicios que se
inicien a partir del 01 de abril de 2011. Se permite su aplicación anticipada para los ejercicios
iniciados a partir del 01 de enero de 2011.
La Contabilidad Pública no es solamente
números y datos, sino que es una ciencia que
requiere de investigación permanente.
Diego Fernando Jiménez Gil

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Niif para la pyme

  • 1. NIIF para la PYME: Sección 32 y Boletín de Aplicación VEN-NIF Nº 4 Definición de la Fecha de Autorización de los Estados Financieros para su Publicación, en el Marco de las Regulaciones Contenidas en el Código de Comercio Venezolano, realizando breve comparación con la NIC 10 Hechos Posteriores a la Fecha del Balance Licda. Ismar Peña C.I 13990549 AÑO, 2011
  • 2. Sección 32 Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa Existen dos tipos de hechos: los que proporcionan evidencia de las condiciones que existían al final del periodo sobre el que informa. los que indican condiciones que surgieron después del periodo sobre el que Informa. Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que implican ajuste: Ejemplo: El descubrimiento de fraudes o errores que muestren que los estados financieros eran incorrectos. Todos los hechos favorables o desfavorables Que se han Producidos entre el final del periodo en el que se informa y la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación. Incluirán todos los hechos hasta que los E.F queden autorizados Incluso si Esos hechos tienen lugar después del anuncio públicos de los resultados o de otra Información financiera especifica.
  • 3. Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste Ejemplo: .-La reducción en el valor de mercado de las inversiones, ocurrida entre el final del periodo sobre el que se informa y la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación. .-El anuncio de un plan para discontinuar definitivamente una operación. Fecha de autorización para la publicación Una entidad revelará la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su publicación y quién ha concedido esa autorización. Una entidad revelará para cada categoría que no implica ajuste la siguiente información la naturaleza del hecho; y una estimación de sus efectos financieros, o un pronunciamiento de que no se puede realizar esta estimación.
  • 4. DEFINICIÓN DE LA FECHA DE AUTORIZACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS PARA SU PUBLICACIÓN, EN EL MARCO DE LAS REGULACIONES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO DE COMERCIO VENEZOLANO (BA VEN NIF Nº 4) C.C.V establece las siguientes regulaciones relativas a la información financiera Los administradores presentarán a los Comisarios, con un mes de anticipación al día de la asamblea el Balance. (Art 304) La asamblea ordinaria de accionista discute y aprueba o modifica el balance. (Art. 275) Todo accionista tiene derecho, 15 días antes de la asamblea, a examinar los estados financieros y el informe del Comisario. (Art. 284) Dentro de los 10 días siguientes a la aprobación del balance deberá presentarse una copia junto con el informe del Comisario y el acta de asamblea, al Juez de Comercio o Registrador Mercantil para que se agregue al expediente de la entidad. (Art. 329) La NIC 10 y la Sección 32 de la NIIF es aplicable en Venezuela de acuerdo a lo establecido en el Boletín de Aplicación BA VEN NIF 0 y es de aplicación supletoria para las PYMES de acuerdo a lo establecido en el párrafo 48 de la Declaración de Principios de Contabilidad N° 0 “Normas Básicas y Principios de Contabilidad”.
  • 5. OBJETIVO Su propósito definir la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación en Venezuela, en el marco de las regulaciones contenidas en el Código de Comercio venezolano. ALCANCE aplicación obligatoria por todas las entidades venezolanas que preparan y presentan la información financiera de acuerdo con Principios de Contabilidad de Generalmente Aceptados en Venezuela (VEN-NIF). La NIC 10 y la Sección 32 los eventos, tanto favorables como desfavorables ,constituyen hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa. Las entidades venezolanas reguladas por las disposiciones establecidas en el CCV deberán ajustar sus regulaciones estatutarias a la normativa contenida en el referido Código, entre la que se incluye definir claramente sólo la fecha de cierre del ejercicio contable, que es la fecha del balance a que se refiere la NIC 10. PLANTEAMIENTO La NIC 10 y la Sección 32, prescribe cuándo una entidad ajustará sus estados financieros por hechos ocurridos después del período en que se informa y cuándo debe efectuar revelaciones en las notas de los estados financieros, por los efectos derivado de los mismos.
  • 6. incluye los eventos que queden autorizados para su publicación y ésta será la fecha tope para determinar si, en el caso de un evento que tiene un efecto significativo, procede ajustar los estados financieros o efectuar las revelaciones correspondientes. Según el párrafo 4 de la NIC 10, el proceso seguido para la autorización de los estados financieros para su publicación, variará dependiendo de de la estructura organizativa de la entidad, de los requisitos legales y estatutarios y de los procedimientos seguidos para la elaboración y finalización de tales estados financieros. Debido a la importancia que tiene para los usuarios, conocer la fecha límite para la consideración de hechos posteriores a la fecha del balance y en concordancia con lo establecido en el párrafo 17 de la NIC 10, se ratifica que en las notas de los estados financieros debe informarse: la fecha de autorización de los estados financieros, la persona que ha dado esta autorización y, si procede, la potestad que tengan otras instancias de modificar los estados financieros tras su autorización para publicación. Entre las situaciones señaladas en la NIC 10 y la sección 32, para definir la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación, no está contenida alguna que se ajuste exactamente al procedimiento de aprobación de los estados financieros regulado por el Código de Comercio venezolano.
  • 7. ACUERDO La fecha de autorización para la publicación de los estados financieros, es la fecha en que éstos son aprobados con vista a su divulgación. La que esté definida formalmente en los procedimientos internos de la entidad o en sus estatutos; o La fecha en que los administradores u otro ente autorizado, entreguen los estados financieros a una unidad interna de control, supervisión o revisión; a un ente externo o al Comisario, lo que ocurra primero. En caso que los accionistas en la asamblea ordinaria aprueben la modificación de los estados financieros, este hecho no modifica la fecha de autorización para la publicación de tales estados financieros, a los fines de considerar los efectos derivados de los hechos posteriores a la fecha del balance, según lo regulado por la NIC 10. A los efectos de la aplicación de la NIC 10 enmarcado en el procedimiento contenido en el C.C.V, , la fecha de autorización para la publicación de los estados financieros puede ser: Este Boletín de Aplicación ha sido aprobado en el Directorio Nacional Ampliado reunido en La Puerta, estado Trujillo los días 18 y 19 de marzo de 2011 y entrará en vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 01 de abril de 2011. Se permite su aplicación anticipada para los ejercicios iniciados a partir del 01 de enero de 2011.
  • 8. La Contabilidad Pública no es solamente números y datos, sino que es una ciencia que requiere de investigación permanente. Diego Fernando Jiménez Gil