SlideShare una empresa de Scribd logo
Pi   L+
                                                       .   ... -
                            GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

                                  Resolución Ejecutiva Regional




           VISTO; el expediente administrativo Nro. 05974 del 26 de mayo de 2010, en sesenta
    y cinco (65) folios, sobre Recurso Administrativo de Apelacion promovido por el recurrente
    RICARDO ALCARRAZ CURI, contra la Resolución Directoral Regional Nro. 0070-2008-
    GRNDRS-OAJ-OG de fecha 04 de febrero de 2008; la Opinión Legal Nro. 400-2010-
    GRAIORAJ-UAA-EHA, y;

            CONSIDERANDO:

            Que, conforme a lo previsto por el articulo 20 de la Ley Orginica de Gobiernos
    Regionales Nro. 27867, modificada por las leyes Nros. 27902,28013,28961, 28968 y 29053,
    los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia política,
    econiimica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo IV del
    Titulo Preliminar de la Ley Nro. 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que
    consagra los principios rectores del procedimiento administrativo, denotandose el de legalidad,
    debido procedimiento, verdad material, entre otros;

            Que, mediante la recurrida Resolucion Directoral Regional Nro. 0070-2008-GRAIDRS-
    OAJ-DG de fecha 04 de febrero de 2008, declaró infundada la solicitud del recurrente
    RICARDO ALCARRAZ CURI, sobre otorgamiento de la Bonificacion Especial dispuesta por el
    Decreto de Urgencia Nro. 037-94, por los fundamentos ahí contenidos. Aspectos que el
    recurrente considera lesivo a sus derechos e intereses; por lo que, mediante escrito de fecha
    26 de mayo de 2010, interpone recurso administrativo de apelación, argumentando se le
    otorgue la Bonificación Especial dispuesta por el Decreto de Urgencia Nro. 037-94, por el
           que desempetió diversos cargos Directivos (Designado), de la DirecaOn Regional de
    Salud - Ayacucho, en los Niveles Remunerativos F-3 y F-4, considerado dentro de la Escala
    Nro. 71 del Decreto Supremo Nro. 051-91-PCM, corifome se desprende del Informe
   Escalafonario, que obra en autos; por lo que, soiicita la nulidad de la recurrida;

             Que, el promovido recurso cumple con las formalidades previstas en el numeral 207.1
    del articulo 207O y los articulas 20g0 y 2qla de la Ley del Procedimiento Administrativo General
    Nro. 27444, accionado con la finalidad de que el órgano jerárquicamente superior al emisor de
    la decisión impugnada revise, modifique y emita nuevo pronunciarnjento acorde a derecho, no
    siendo necesaria la presentación de nueva prueba por tratarse de aspectos de puro derecho;

           Que, sobre el particular se tiene que el articulo 2 O del &creto de Urgencia Nm.
    037-94, dispone que "( u partir del 01 de abril de 1994, se otorgará una
                           ...)
    bonificación especial a los sewiílur.es de la Administrcrcibn Pública ubicuhs en los
    niveles F-2, E-1, pr#fesionales, récnico.~y auxiliares, así como al personal
    conzprendido en la Escala Xro. 1I del Decreto Szdpremo ;Vro. 031-9 1-PCM que
    desempeña cargos dj~ectivoso jzfaturales; d~ co~forrniduda los montos S P ~ C I I L I ~ O S
(... j " por lo que, previa a la dacion de dicha norma, se estuvieron aplicando los alcances
                                                            ;
                                                    del Decreto Supremo Nro. 019-94-PCM;

                                                        Que, al respeca, el Tribunal Constitucional mediante Sentencia Nro. 2616-2004-ACTlC,
                                                    procedió a determinar a que servidores publicas les corresponde gozar la bonificación especial
                                                    dispuesta por el citado Decreto de Urgencia Nro. 0 3 7 4 , precisando que estos son:

                                                        a) Los que se encuentren en los niveles remunerativos F-1 y F-2 en la Escala Nro. j.
                                                        b) Los que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoria del grupo ocupacional
                                                           de los profesionales, es de~!r, comprendidcc en la Escala Nro. 7.
                                                                                          los
                                                        c) Los que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoria del gmpo ocupacional
                                                           de ¡OStécnicos, es decir los comprendidos en la Escala Nro. 8.
                                                        d) Los que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoria del gmpo ocupacional
                                                           de los auxiliares, es decir los comprendidos en la Escala Nro. 9.
                                                        e) Los que ocupen el nivel remunerativo en la Escala Nro. 71, siempre que desempeñen
                                                           cargos directivos o jefaturales del nivel F.3 a F.8, segun anexo del D.U. Nro. 037-
                                                           94;

                                  Que, asimismo el Tribunal Constituciorial en la sentencia recaída en el EXD. 3970-
                                                                                                              Nro.
                     3
                          2004-ACRC, deterrinó que al personal ASISTENCIAL, PROFESIONAL, ADMINISTRATIVO
                                                I
                          (TODOS SUS NIVELES) Y ESCALAFONADOS OEL SECTOR SALUD, están expresamente
                          excluidos del Decreto de Urgencia Nro. 037-94, no obstante al personal administrativo, que
                          tenga el nivel F-3 hacia delante y ostenten cargos Directivos o Jefaturales, les corresponde
                          dicha bonificación por estar comprendidos en la Escala Nro. 11. De otra parte es oportuno
                   -,,J..,
                          determinar a fin de dar cumplimiento irrestiicto al precedenle vinculante invocado, que al
                                     .-.. ,-
                                        ,



  .'    .       -.
                 '
                          observarse restricciones al personal profesional, debe entenderse que dichas restricciones son
                                 ,


-., .,..
ir
    '
            .
                                            '+S:
                          para los profesionales de la salud comprendidos en la escala Nro. 6. por encontrarse excluidos
..
    :
                       1. de la
            I b:,cp bonificacibn Es~ecial
                             I
                                                       ~torqadopor el Decreto de Urqencia Nro. 037-94, conforme se
,         ... , ., 8 desprende del numeral 11 del'ihvocado precedente vinculante (STC. Exp. Nro. 2616-2004-
                ,'%*
                 ,, ' .              , ,,   ,

                .
       *            &)
                     .
               , . '-1
         - + . s : ~ ACTTC));
                     "




                                                             Que, reahzada la evaluación de la pretensión planteada y los actuados obrante en
                                                    autos, se desprende que el recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, ostento diversos cargos             .L




                                                    Directivos en la Dirección Regional de Salud - Ayacucho, covhme se desprende de los actos
                                                    resolutivos de Designación y10 encargatura y el Informe Eaalafonario de fecha 03 de
                                                    setiembre del 2010, en los Niveles Remunerativos F-3 y F-4, considerado dentm de la Escala
                                                    Nro. 11 del Decreto Supremo Nro. 057-91-PCM, siendo de exclusiva responsabilidad del
                                                    referido Sector, determinar con exactitud el peiodo de ejercicioi"de la funcibn direcriva
                                                    decempeiíada por el recurrente; en consecuencia, deviene pertinente reconocer la pretensión
                                                    planteada, previa deducción de los montos indebidamente percibidos por una errtinea
                                                    aplicacien del Decreto Supremo Nro. 019-94-PCM;
l.
                                                                       *"   *n l.,r.---



                                                 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

                                                       Resolución Ejecutiva Regional



                               Ayacucho,
                                                     3 1 E N E 2011
                                      Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a lo dispuesto por el
       ,,$'l
                             Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nro. 27444 y en uso de las facuitades conferidas por
,'
     .- i * : í r y $ - k $ a Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nro. 27867, modificada por las Leyes Nros. 27902.
      :,   ,

                                   3,2896 1,28968 y 29053.

                                SE RESUELVE:
                   --
                                ARTICULO PRIMERO,- DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de
                        Apelacion promovido por el recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, contra la Resolucion
                        Directoral Regional Nro. 0070-2008-GWORS-OAJ-DG de fecha 04 de febrero de 2008; en
                        consecuencia, NULA E INSUBSISTENTE la recurrida resolución, por los fundamentos
                        expuestos en los considerandos del presente acto resolutivo.

                               ARTICULO SEGUNDO,- DISPONER, que la Diteccion Regional de Salud - Ayacucho,
                        expida nuevo acto resolutivo contemplando el reconocimiento de la Bonificación Especial
                                  por el D.U. Nro. 037-94 a favor del recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI,
                                  desde la fecha de la configuración del derecho, y10 por el tiempo efectivo en el
                                 de diversos cargos Directivos de la Direccibn Regional de Saiud - Ayacucho, con
                                deducción de los montos otorgados por aplicacibn del D.S. Nro. 019-94-PCM.
               i                ARTICULO TERCERO.. ESTABLECER que el pago del derecho reconocido
                        precedentemente se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestaria de la Unidad Ejecutora
                        del Sector a que pertenece el recurrente.

                               ARTICULO CUARTO.. DECLARAR agotada la via administrativa.

                                ARTICULO QUINTO.- TRANSCRIBIR el presente acto resolutivo al interesado, a la
                        Dirección Regional de Salud - Ayacucho y a ias estructuras orgánicas competentes de ésta
                        entidad regional, con las formalidades prescritas por Ley.

                                                          COMUN~QUESE ARCHIVESE.
                                                REG~STRESE,          Y
                                                                                          GOBfERFJO REG:flnrAL AYACUCHO
                                                                                                SECWETP.:::          *;-1i"v'ERAL
                                                                                                                          (;c
                                                                                                             ir: C:-!r;!it~l    IBKc.collrcrRn
                                                                                                             11;ye   trl!wnpc!on oficial,

                                                                                                                     A?~.ntaniente,

Más contenido relacionado

PPT
Acto Administrativo Modulo 6
DOC
Demanda de cumplimiento constitucional 037
PDF
Deposito tipo c_ejercicios_tiro
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOC
Demanda contenciosa administrativa de reposisión
PDF
Articulo62 cst
Acto Administrativo Modulo 6
Demanda de cumplimiento constitucional 037
Deposito tipo c_ejercicios_tiro
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda contenciosa administrativa de reposisión
Articulo62 cst

La actualidad más candente (15)

DOCX
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
DOCX
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 977
DOC
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
PDF
Sentencia de primer instancia declara infundada la demanda
PDF
Sentencia de vista que revoca la apelada y declara fundada la demanda
DOCX
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 97
DOC
Demanda de preparación de clases
PDF
Sunafil - Resolución N° 064-2016 - Aprueban Protocolo para la fiscalización d...
DOCX
Demanda cumplimiento constitucional
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional
PDF
Huelga medica
PDF
Actualizacion licencia tipo_c
DOC
MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PDF
TUPA MUNI MIRAFLORES
DOC
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Tratamiento de la prescripción en el nuevo procedimiento administrativo disci...
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 977
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Sentencia de primer instancia declara infundada la demanda
Sentencia de vista que revoca la apelada y declara fundada la demanda
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 97
Demanda de preparación de clases
Sunafil - Resolución N° 064-2016 - Aprueban Protocolo para la fiscalización d...
Demanda cumplimiento constitucional
Demanda de cumplimiento constitucional
Huelga medica
Actualizacion licencia tipo_c
MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TUPA MUNI MIRAFLORES
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Publicidad

Destacado (20)

PDF
1 los plazos_para_interponer_los_recursos_administrativos_impugnativos
PPT
01 11 desarrollo del pca. dr. juan linares[1]
PDF
El_procedimiento_sancionador
PPT
El Silencio Administrativo
PPT
Recursos
PPT
Ley del silencio administrativo
DOCX
Cómo hacer uso del silencio administrativo negativo modelo de recurso admin...
PPT
Procedimiento Admnistrativo
PDF
El silencio administrativo
DOCX
Los principios de la potestad sancionadora.
PDF
Curso Procedimiento Administrativo Sancionador ENE.2014 - Dr. Miguel Aguilar ...
PPTX
Juicio de nulidad
PPT
12.06. validez del acto administrativo y declaraci+¦n de invalidez. dr. ricar...
PPT
Proceso contencioso administrativo ii rev.
PDF
El Procedimiento Administrativo Sancionador - C_G_R del Perú
PPTX
Metodología Simplificación Administrativa
PPT
POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA (francisco carruitero)
PDF
PromPeru exportaciones 2013
PPTX
Ley de procedimiento administrativo general 27444
PPT
Ley 27444
1 los plazos_para_interponer_los_recursos_administrativos_impugnativos
01 11 desarrollo del pca. dr. juan linares[1]
El_procedimiento_sancionador
El Silencio Administrativo
Recursos
Ley del silencio administrativo
Cómo hacer uso del silencio administrativo negativo modelo de recurso admin...
Procedimiento Admnistrativo
El silencio administrativo
Los principios de la potestad sancionadora.
Curso Procedimiento Administrativo Sancionador ENE.2014 - Dr. Miguel Aguilar ...
Juicio de nulidad
12.06. validez del acto administrativo y declaraci+¦n de invalidez. dr. ricar...
Proceso contencioso administrativo ii rev.
El Procedimiento Administrativo Sancionador - C_G_R del Perú
Metodología Simplificación Administrativa
POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA (francisco carruitero)
PromPeru exportaciones 2013
Ley de procedimiento administrativo general 27444
Ley 27444
Publicidad

Similar a Niveles y escalas (20)

PPT
Acto administrativo modulo 6
PDF
Art. 1 del D.U. 037-94
DOCX
Demanda contenciosa administrativa du 037
PDF
Resolucion ejecutiva-regional-nr-804-2015-gr-apurimac-gr.
PDF
Resolucion ejecutiva-regional-nr-804-2015-gr-apurimac-gr.
DOCX
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
DOCX
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
DOCX
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
DOCX
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
PPT
Jurisprudencia proceso contencioso administrativo en peru
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOC
Demanda de cumplimiento constitucional 037 - 94
DOC
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Acto administrativo modulo 6
Art. 1 del D.U. 037-94
Demanda contenciosa administrativa du 037
Resolucion ejecutiva-regional-nr-804-2015-gr-apurimac-gr.
Resolucion ejecutiva-regional-nr-804-2015-gr-apurimac-gr.
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
Jurisprudencia proceso contencioso administrativo en peru
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda de cumplimiento constitucional 037 - 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de decreto de urgencia 037 94.

Último (20)

PPTX
Tema 1 Taller de tecnologia y proceso tecnologico.pptx
PDF
ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS - TICS (SENA).pdf
DOCX
Guía 5. Test de orientación Vocacional 2.docx
PPTX
Control de calidad en productos de frutas
DOCX
Trabajo grupal.docxjsjsjsksjsjsskksjsjsjsj
PPTX
Acronis Cyber Protect Cloud para Ciber Proteccion y Ciber Seguridad LATAM - A...
PPTX
la-historia-de-la-medicina Edna Silva.pptx
DOCX
Trabajo informatica joel torres 10-.....................
PPTX
ccna: redes de nat ipv4 stharlling cande
PDF
informe_fichas1y2_corregido.docx (2) (1).pdf
PPTX
El uso de las TIC en la vida cotidiana..
PDF
MANUAL de recursos humanos para ODOO.pdf
PDF
PRESENTACIÓN GENERAL MIPIG - MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN
PPTX
modulo seguimiento 1 para iniciantes del
PDF
Teoría de estadística descriptiva y aplicaciones .pdf
PDF
capacitación de aire acondicionado Bgh r 410
PDF
Estrategia de Apoyo de Daylin Castaño (5).pdf
PDF
Tips de Seguridad para evitar clonar sus claves del portal bancario.pdf
PDF
MANUAL TECNOLOGÍA SER MINISTERIO EDUCACIÓN
DOCX
TRABAJO GRUPAL (5) (1).docxjesjssjsjjskss
Tema 1 Taller de tecnologia y proceso tecnologico.pptx
ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS - TICS (SENA).pdf
Guía 5. Test de orientación Vocacional 2.docx
Control de calidad en productos de frutas
Trabajo grupal.docxjsjsjsksjsjsskksjsjsjsj
Acronis Cyber Protect Cloud para Ciber Proteccion y Ciber Seguridad LATAM - A...
la-historia-de-la-medicina Edna Silva.pptx
Trabajo informatica joel torres 10-.....................
ccna: redes de nat ipv4 stharlling cande
informe_fichas1y2_corregido.docx (2) (1).pdf
El uso de las TIC en la vida cotidiana..
MANUAL de recursos humanos para ODOO.pdf
PRESENTACIÓN GENERAL MIPIG - MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN
modulo seguimiento 1 para iniciantes del
Teoría de estadística descriptiva y aplicaciones .pdf
capacitación de aire acondicionado Bgh r 410
Estrategia de Apoyo de Daylin Castaño (5).pdf
Tips de Seguridad para evitar clonar sus claves del portal bancario.pdf
MANUAL TECNOLOGÍA SER MINISTERIO EDUCACIÓN
TRABAJO GRUPAL (5) (1).docxjesjssjsjjskss

Niveles y escalas

  • 1. Pi L+ . ... - GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Resolución Ejecutiva Regional VISTO; el expediente administrativo Nro. 05974 del 26 de mayo de 2010, en sesenta y cinco (65) folios, sobre Recurso Administrativo de Apelacion promovido por el recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, contra la Resolución Directoral Regional Nro. 0070-2008- GRNDRS-OAJ-OG de fecha 04 de febrero de 2008; la Opinión Legal Nro. 400-2010- GRAIORAJ-UAA-EHA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto por el articulo 20 de la Ley Orginica de Gobiernos Regionales Nro. 27867, modificada por las leyes Nros. 27902,28013,28961, 28968 y 29053, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia política, econiimica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nro. 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que consagra los principios rectores del procedimiento administrativo, denotandose el de legalidad, debido procedimiento, verdad material, entre otros; Que, mediante la recurrida Resolucion Directoral Regional Nro. 0070-2008-GRAIDRS- OAJ-DG de fecha 04 de febrero de 2008, declaró infundada la solicitud del recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, sobre otorgamiento de la Bonificacion Especial dispuesta por el Decreto de Urgencia Nro. 037-94, por los fundamentos ahí contenidos. Aspectos que el recurrente considera lesivo a sus derechos e intereses; por lo que, mediante escrito de fecha 26 de mayo de 2010, interpone recurso administrativo de apelación, argumentando se le otorgue la Bonificación Especial dispuesta por el Decreto de Urgencia Nro. 037-94, por el que desempetió diversos cargos Directivos (Designado), de la DirecaOn Regional de Salud - Ayacucho, en los Niveles Remunerativos F-3 y F-4, considerado dentro de la Escala Nro. 71 del Decreto Supremo Nro. 051-91-PCM, corifome se desprende del Informe Escalafonario, que obra en autos; por lo que, soiicita la nulidad de la recurrida; Que, el promovido recurso cumple con las formalidades previstas en el numeral 207.1 del articulo 207O y los articulas 20g0 y 2qla de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nro. 27444, accionado con la finalidad de que el órgano jerárquicamente superior al emisor de la decisión impugnada revise, modifique y emita nuevo pronunciarnjento acorde a derecho, no siendo necesaria la presentación de nueva prueba por tratarse de aspectos de puro derecho; Que, sobre el particular se tiene que el articulo 2 O del &creto de Urgencia Nm. 037-94, dispone que "( u partir del 01 de abril de 1994, se otorgará una ...) bonificación especial a los sewiílur.es de la Administrcrcibn Pública ubicuhs en los niveles F-2, E-1, pr#fesionales, récnico.~y auxiliares, así como al personal conzprendido en la Escala Xro. 1I del Decreto Szdpremo ;Vro. 031-9 1-PCM que desempeña cargos dj~ectivoso jzfaturales; d~ co~forrniduda los montos S P ~ C I I L I ~ O S
  • 2. (... j " por lo que, previa a la dacion de dicha norma, se estuvieron aplicando los alcances ; del Decreto Supremo Nro. 019-94-PCM; Que, al respeca, el Tribunal Constitucional mediante Sentencia Nro. 2616-2004-ACTlC, procedió a determinar a que servidores publicas les corresponde gozar la bonificación especial dispuesta por el citado Decreto de Urgencia Nro. 0 3 7 4 , precisando que estos son: a) Los que se encuentren en los niveles remunerativos F-1 y F-2 en la Escala Nro. j. b) Los que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoria del grupo ocupacional de los profesionales, es de~!r, comprendidcc en la Escala Nro. 7. los c) Los que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoria del gmpo ocupacional de ¡OStécnicos, es decir los comprendidos en la Escala Nro. 8. d) Los que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoria del gmpo ocupacional de los auxiliares, es decir los comprendidos en la Escala Nro. 9. e) Los que ocupen el nivel remunerativo en la Escala Nro. 71, siempre que desempeñen cargos directivos o jefaturales del nivel F.3 a F.8, segun anexo del D.U. Nro. 037- 94; Que, asimismo el Tribunal Constituciorial en la sentencia recaída en el EXD. 3970- Nro. 3 2004-ACRC, deterrinó que al personal ASISTENCIAL, PROFESIONAL, ADMINISTRATIVO I (TODOS SUS NIVELES) Y ESCALAFONADOS OEL SECTOR SALUD, están expresamente excluidos del Decreto de Urgencia Nro. 037-94, no obstante al personal administrativo, que tenga el nivel F-3 hacia delante y ostenten cargos Directivos o Jefaturales, les corresponde dicha bonificación por estar comprendidos en la Escala Nro. 11. De otra parte es oportuno -,,J.., determinar a fin de dar cumplimiento irrestiicto al precedenle vinculante invocado, que al .-.. ,- , .' . -. ' observarse restricciones al personal profesional, debe entenderse que dichas restricciones son , -., .,.. ir ' . '+S: para los profesionales de la salud comprendidos en la escala Nro. 6. por encontrarse excluidos .. : 1. de la I b:,cp bonificacibn Es~ecial I ~torqadopor el Decreto de Urqencia Nro. 037-94, conforme se , ... , ., 8 desprende del numeral 11 del'ihvocado precedente vinculante (STC. Exp. Nro. 2616-2004- ,'%* ,, ' . , ,, , . * &) . , . '-1 - + . s : ~ ACTTC)); " Que, reahzada la evaluación de la pretensión planteada y los actuados obrante en autos, se desprende que el recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, ostento diversos cargos .L Directivos en la Dirección Regional de Salud - Ayacucho, covhme se desprende de los actos resolutivos de Designación y10 encargatura y el Informe Eaalafonario de fecha 03 de setiembre del 2010, en los Niveles Remunerativos F-3 y F-4, considerado dentm de la Escala Nro. 11 del Decreto Supremo Nro. 057-91-PCM, siendo de exclusiva responsabilidad del referido Sector, determinar con exactitud el peiodo de ejercicioi"de la funcibn direcriva decempeiíada por el recurrente; en consecuencia, deviene pertinente reconocer la pretensión planteada, previa deducción de los montos indebidamente percibidos por una errtinea aplicacien del Decreto Supremo Nro. 019-94-PCM;
  • 3. l. *" *n l.,r.--- GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Resolución Ejecutiva Regional Ayacucho, 3 1 E N E 2011 Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a lo dispuesto por el ,,$'l Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nro. 27444 y en uso de las facuitades conferidas por ,' .- i * : í r y $ - k $ a Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nro. 27867, modificada por las Leyes Nros. 27902. :, , 3,2896 1,28968 y 29053. SE RESUELVE: -- ARTICULO PRIMERO,- DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Apelacion promovido por el recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, contra la Resolucion Directoral Regional Nro. 0070-2008-GWORS-OAJ-DG de fecha 04 de febrero de 2008; en consecuencia, NULA E INSUBSISTENTE la recurrida resolución, por los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto resolutivo. ARTICULO SEGUNDO,- DISPONER, que la Diteccion Regional de Salud - Ayacucho, expida nuevo acto resolutivo contemplando el reconocimiento de la Bonificación Especial por el D.U. Nro. 037-94 a favor del recurrente RICARDO ALCARRAZ CURI, desde la fecha de la configuración del derecho, y10 por el tiempo efectivo en el de diversos cargos Directivos de la Direccibn Regional de Saiud - Ayacucho, con deducción de los montos otorgados por aplicacibn del D.S. Nro. 019-94-PCM. i ARTICULO TERCERO.. ESTABLECER que el pago del derecho reconocido precedentemente se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestaria de la Unidad Ejecutora del Sector a que pertenece el recurrente. ARTICULO CUARTO.. DECLARAR agotada la via administrativa. ARTICULO QUINTO.- TRANSCRIBIR el presente acto resolutivo al interesado, a la Dirección Regional de Salud - Ayacucho y a ias estructuras orgánicas competentes de ésta entidad regional, con las formalidades prescritas por Ley. COMUN~QUESE ARCHIVESE. REG~STRESE, Y GOBfERFJO REG:flnrAL AYACUCHO SECWETP.::: *;-1i"v'ERAL (;c ir: C:-!r;!it~l IBKc.collrcrRn 11;ye trl!wnpc!on oficial, A?~.ntaniente,