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NOM-035-STPS-2018
FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-
IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN
a.gonzalez.007@Outlook.com
https://consultoriasigma.wixsite.com/consultoria-sigma
OBJETIVO DE LA NORMA
Establecer los elementos para identificar, analizar y
prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como
para promover un entorno organizacional favorable
en los centros de trabajo.
CAMPO DE APLICACIÓN
• Para centros de trabajo en los que laboren hasta quince trabajadores deberán cumplir
con lo dispuesto por los numerales 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2 de la presente Norma;
• Para centros de trabajo en los que laboren entre dieciséis y cincuenta trabajadores
deberán cumplir con los numerales 5.1, 5.2, del 5.4 al 5.8, 7.1, inciso a), 7.2, del 7.4 al
7.9, y el Capítulo 8 de esta Norma, y
• Para centros de trabajo en los que laboren más de 50 trabajadores deberán cumplir con
los numerales 5.1, del 5.3 al 5.8, 7.1, inciso b), del 7.2 al 7.9 y el Capítulo 8 de la
presente Norma.
Aquellos centros de trabajo que cuenten con Certificado de cumplimiento con la norma
mexicana NMX-R-025-SCFI-2015, vigente, darán por esa condición cumplimiento con las
obligaciones y numerales siguientes: 5.1 inciso b); 8.1, inciso b); 8.2 incisos a), subinciso 2),
e) y g); y 5.7 inciso d).
¿QUÉ SON LOS FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL?
NOM-035-STPS-2018
Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y
de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de
trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos
o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.
Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas
de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador; la falta de control sobre el trabajo
(posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo
permite); las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo,
rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin períodos de
recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo
y las relaciones negativas en el trabajo.
¿QUÉ ES UN ENTORNO ORGANIZACIONAL FAVORABLE?
NOM-035-STPS-2018
Aquel en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la
empresa; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
la definición precisa de responsabilidades para los trabajadores del centro de
trabajo; la participación proactiva y comunicación entre trabajadores; la
distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares
conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del
desempeño.
OBLIGACIONES
DEL PATRÓN
5.1 Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una
política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
a) La prevención de los factores de riesgo psicosocial;
b) La prevención de la violencia laboral, y
c) La promoción de un entorno organizacional favorable.
DEFINICIÓN DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES:
La declaración de principios y compromisos que establece el patrón para prevenir los factores de riesgo
psicosocial y la violencia laboral, y para la promoción de un entorno organizacional favorable, con el objeto
de desarrollar una cultura en la que se procure el trabajo digno o decente, y la mejora continua de las
condiciones de trabajo.
NOTA: Ver Guía de Referencia IV de la NOM-035-STPS-2018, en donde se da un ejemplo de la política
de prevención de riesgos psicosociales.
Guía de Referencia IV
EJEMPLO DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES
En este centro de trabajo (Razón Social) en relación con la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la
prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable, se asumen los
compromisos siguientes:
• Es obligación de supervisores, gerentes y directores aplicar esta política y predicar con el ejemplo;
• Los actos de violencia laboral no son tolerados, así como ningún incidente que propicie factores de riesgo
psicosocial o acciones en contra del entorno organizacional favorable;
• Se aplican medidas encaminadas a la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la
violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable, para prevenir sus consecuencias
adversas;
• Se cuenta con un procedimiento de atención justo, que no permite represalias y evita reclamaciones abusivas o
carentes de fundamento, y que garantiza la confidencialidad de los casos;
• Se realizan acciones de sensibilización, programas de información y capacitación;
• Se divulgan de forma eficaz las políticas de prevención y las medidas de prevención;
• Todos los trabajadores participan para establecer y poner en práctica esta política en el lugar de trabajo;
Se respeta al ejercicio de los derechos del personal para observar sus creencias o prácticas o para satisfacer sus
necesidades relacionadas con la raza, sexo, religión, etnia o edad o cualquier otra condición que pueda dar
origen a la discriminación, y
• Se crean espacios de participación y consulta, teniendo en cuenta las ideas de los trabajadores y empleados.
Nota: La política deberá indicar a los responsables (con capacidad para su aplicación) y los recursos que se
disponen para cumplir con las políticas en todos los planos de la organización; la asignación de responsabilidades
tanto a las personas como a los equipos de trabajo, los cuales reciben la capacitación para la aplicación de las
políticas.
5.2 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, de acuerdo con lo
establecido en los numerales 7.1, inciso a), y 7.2, de esta Norma, tratándose de
centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores.
5.3 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno
organizacional, de conformidad con lo señalado en los numerales 7.1, inciso b),
7.2 y 7.3, respectivamente, de la presente Norma, tratándose de centros de
trabajo que tengan más de 50 trabajadores.
5.4 Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo
psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender
las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de
violencia laboral, con base en lo dispuesto por el Capítulo 8 de la presente Norma.
5.5 Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos
severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de
seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa. Ver Guía de
referencia I en la NOM-033-STPS-2018.
5.6 Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores
expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos
o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y
análisis de los factores de riesgo psicosocial, a que se refiere el numeral 7.1 y 7.2 de esta
Norma, así lo sugiera y/o existan quejas de violencia laboral mediante los mecanismos a que
alude el numeral 8.1, inciso b) de la presente Norma.
5.7 Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
a) La política de prevención de riesgos psicosociales;
b) Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional
favorable y los actos de violencia laboral;
c) Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los
factores de riesgo psicosocial;
d) Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional
favorable y para denunciar actos de violencia laboral;
e) Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial para los
centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, y de la identificación y análisis
de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional
tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, y
f) Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo
psicosocial.
5.8 Llevar los registros sobre:
a) Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y,
además, tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, de las
evaluaciones del entorno organizacional;
b) Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de
los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y
c) Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o
evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial,
a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.
Identificación y análisis de los factores
de riesgo psicosocial, y evaluación
del entorno organizacional
7.1 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación
del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente:
a) Los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, únicamente
deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo
psicosocial.
b) Los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, deberán realizar la
identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del
entorno organizacional.
7.2 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo
siguiente:
a) Las condiciones en el ambiente de trabajo
b) Las cargas de trabajo
c) La falta de control sobre el trabajo
d) Las jornadas de trabajo y rotación de turno
e) Interferencia en la relación trabajo-familia
f) Liderazgo negativo en el trabajo
g) Violencia laboral
7.3 La evaluación del entorno organizacional favorable deberá
comprender:
a) El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa;
b) La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
c) La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores;
d) La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y
los trabajadores;
e) La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales
regulares, y
f) La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
7.4 Los centros de trabajo podrán utilizar para identificar y analizar los factores de
riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, cualquier método que
contemple lo siguiente:
a) La aplicación de cuestionarios que cumplan con lo dispuesto por los numerales
7.2 y/o 7.3, según corresponda, y 7.5 de la presente Norma;
b) La forma como se deberá realizar la aplicación de los cuestionarios;
c) La manera de evaluar los cuestionarios, y
d) Los niveles de riesgo y la forma de determinarlos conforme a los resultados de
los cuestionarios.
NOTA: Ver Guías de referencia II o III de la NOM-035-STPS-2018
7.5 Los cuestionarios que desarrolle el centro de trabajo para la identificación y
análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno
organizacional, en caso de no utilizar los establecidos en las Guías de referencia
II y III de esta Norma, deberán estar validados conforme a lo siguiente:
a) La validación deberá realizarse en trabajadores cuyos centros de trabajo se
ubiquen en el territorio nacional;
b) El número de individuos que se utilizó para realizar la validación deberá ser
mayor o igual a 10 veces por cada reactivo contemplado inicialmente;
c) Tener medidas de consistencia interna con los coeficientes siguientes:
d) Tener validez de constructo mediante análisis factorial confirmatorio
cumpliendo con medidas e índices de ajuste siguientes:
e) Se apliquen en población trabajadora de características semejantes a la
población trabajadora en que se validó.
7.6 La identificación y análisis de los factores de
riesgo psicosocial y la evaluación del entorno
organizacional deberá integrarse al diagnóstico de
seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la
NOM-030-STPS-2009, vigente o las que la
sustituyan.
7.7 El resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo
psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá constar en
un informe que contenga lo siguiente:
a) Datos del centro de trabajo verificado:
b) Objetivo;
c) Principales actividades realizadas en el centro de trabajo;
d) Método utilizado conforme al numeral 7.4, de la presente Norma;
e) Resultados obtenidos de acuerdo con el numeral 7.4, inciso d) de esta
Norma,
f) Conclusiones;
g) Recomendaciones y acciones de intervención, en su caso, y
h) Datos del responsable de la evaluación;
7.8 El resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo
psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá estar
disponible para consulta de los trabajadores.
7.9 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la
evaluación del entorno organizacional deberá realizarse, al menos, cada
dos años.
Medidas de prevención y acciones de control de
los factores de riesgo psicosocial, de la
violencia laboral, y promoción del entorno
organizacional favorable
8. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y ACCIONES DE CONTROL DE LOS FACTORES DE
RIESGO PSICOSOCIAL, DE LA VIOLENCIA LABORAL, Y PROMOCIÓN DEL ENTORNO
ORGANIZACIONAL FAVORABLE
8.1 Prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción
del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo.
8.2 Las acciones y programas para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la
promoción de un entorno organizacional favorable y la prevención de la violencia laboral, referidas en el
numeral anterior.
8.3 Los centros de trabajo cuyo resultado de las evaluaciones a que se refieren los numerales 7.1 al 7.4,
conforme a los criterios establecidos en el método aplicado, determinen la necesidad de desarrollar
acciones de control, éstas se deberán implementar a través de un Programa que cumpla con lo previsto
por el numeral 8.4 de la presente Norma.
8.4 El Programa para la atención de los factores de riesgo psicosocial, y en su caso, para propiciar
un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.
Sesión de
Preguntas y
Respuestas
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  • 1. NOM-035-STPS-2018 FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO- IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN a.gonzalez.007@Outlook.com https://consultoriasigma.wixsite.com/consultoria-sigma
  • 2. OBJETIVO DE LA NORMA Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
  • 3. CAMPO DE APLICACIÓN • Para centros de trabajo en los que laboren hasta quince trabajadores deberán cumplir con lo dispuesto por los numerales 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2 de la presente Norma; • Para centros de trabajo en los que laboren entre dieciséis y cincuenta trabajadores deberán cumplir con los numerales 5.1, 5.2, del 5.4 al 5.8, 7.1, inciso a), 7.2, del 7.4 al 7.9, y el Capítulo 8 de esta Norma, y • Para centros de trabajo en los que laboren más de 50 trabajadores deberán cumplir con los numerales 5.1, del 5.3 al 5.8, 7.1, inciso b), del 7.2 al 7.9 y el Capítulo 8 de la presente Norma. Aquellos centros de trabajo que cuenten con Certificado de cumplimiento con la norma mexicana NMX-R-025-SCFI-2015, vigente, darán por esa condición cumplimiento con las obligaciones y numerales siguientes: 5.1 inciso b); 8.1, inciso b); 8.2 incisos a), subinciso 2), e) y g); y 5.7 inciso d).
  • 4. ¿QUÉ SON LOS FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL? NOM-035-STPS-2018 Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador; la falta de control sobre el trabajo (posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo permite); las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo.
  • 5. ¿QUÉ ES UN ENTORNO ORGANIZACIONAL FAVORABLE? NOM-035-STPS-2018 Aquel en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los trabajadores del centro de trabajo; la participación proactiva y comunicación entre trabajadores; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.
  • 7. 5.1 Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: a) La prevención de los factores de riesgo psicosocial; b) La prevención de la violencia laboral, y c) La promoción de un entorno organizacional favorable. DEFINICIÓN DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES: La declaración de principios y compromisos que establece el patrón para prevenir los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, y para la promoción de un entorno organizacional favorable, con el objeto de desarrollar una cultura en la que se procure el trabajo digno o decente, y la mejora continua de las condiciones de trabajo. NOTA: Ver Guía de Referencia IV de la NOM-035-STPS-2018, en donde se da un ejemplo de la política de prevención de riesgos psicosociales.
  • 8. Guía de Referencia IV EJEMPLO DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES En este centro de trabajo (Razón Social) en relación con la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable, se asumen los compromisos siguientes: • Es obligación de supervisores, gerentes y directores aplicar esta política y predicar con el ejemplo; • Los actos de violencia laboral no son tolerados, así como ningún incidente que propicie factores de riesgo psicosocial o acciones en contra del entorno organizacional favorable; • Se aplican medidas encaminadas a la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable, para prevenir sus consecuencias adversas; • Se cuenta con un procedimiento de atención justo, que no permite represalias y evita reclamaciones abusivas o carentes de fundamento, y que garantiza la confidencialidad de los casos; • Se realizan acciones de sensibilización, programas de información y capacitación; • Se divulgan de forma eficaz las políticas de prevención y las medidas de prevención; • Todos los trabajadores participan para establecer y poner en práctica esta política en el lugar de trabajo; Se respeta al ejercicio de los derechos del personal para observar sus creencias o prácticas o para satisfacer sus necesidades relacionadas con la raza, sexo, religión, etnia o edad o cualquier otra condición que pueda dar origen a la discriminación, y • Se crean espacios de participación y consulta, teniendo en cuenta las ideas de los trabajadores y empleados. Nota: La política deberá indicar a los responsables (con capacidad para su aplicación) y los recursos que se disponen para cumplir con las políticas en todos los planos de la organización; la asignación de responsabilidades tanto a las personas como a los equipos de trabajo, los cuales reciben la capacitación para la aplicación de las políticas.
  • 9. 5.2 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, de acuerdo con lo establecido en los numerales 7.1, inciso a), y 7.2, de esta Norma, tratándose de centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores. 5.3 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, de conformidad con lo señalado en los numerales 7.1, inciso b), 7.2 y 7.3, respectivamente, de la presente Norma, tratándose de centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores. 5.4 Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral, con base en lo dispuesto por el Capítulo 8 de la presente Norma.
  • 10. 5.5 Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa. Ver Guía de referencia I en la NOM-033-STPS-2018. 5.6 Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, a que se refiere el numeral 7.1 y 7.2 de esta Norma, así lo sugiera y/o existan quejas de violencia laboral mediante los mecanismos a que alude el numeral 8.1, inciso b) de la presente Norma.
  • 11. 5.7 Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre: a) La política de prevención de riesgos psicosociales; b) Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral; c) Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial; d) Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral; e) Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial para los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, y de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, y f) Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.
  • 12. 5.8 Llevar los registros sobre: a) Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, además, tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, de las evaluaciones del entorno organizacional; b) Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y c) Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.
  • 13. Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, y evaluación del entorno organizacional
  • 14. 7.1 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente: a) Los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, únicamente deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial. b) Los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional.
  • 15. 7.2 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo siguiente: a) Las condiciones en el ambiente de trabajo b) Las cargas de trabajo c) La falta de control sobre el trabajo d) Las jornadas de trabajo y rotación de turno e) Interferencia en la relación trabajo-familia f) Liderazgo negativo en el trabajo g) Violencia laboral
  • 16. 7.3 La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender: a) El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa; b) La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; c) La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores; d) La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores; e) La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y f) La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
  • 17. 7.4 Los centros de trabajo podrán utilizar para identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, cualquier método que contemple lo siguiente: a) La aplicación de cuestionarios que cumplan con lo dispuesto por los numerales 7.2 y/o 7.3, según corresponda, y 7.5 de la presente Norma; b) La forma como se deberá realizar la aplicación de los cuestionarios; c) La manera de evaluar los cuestionarios, y d) Los niveles de riesgo y la forma de determinarlos conforme a los resultados de los cuestionarios. NOTA: Ver Guías de referencia II o III de la NOM-035-STPS-2018
  • 18. 7.5 Los cuestionarios que desarrolle el centro de trabajo para la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional, en caso de no utilizar los establecidos en las Guías de referencia II y III de esta Norma, deberán estar validados conforme a lo siguiente: a) La validación deberá realizarse en trabajadores cuyos centros de trabajo se ubiquen en el territorio nacional; b) El número de individuos que se utilizó para realizar la validación deberá ser mayor o igual a 10 veces por cada reactivo contemplado inicialmente; c) Tener medidas de consistencia interna con los coeficientes siguientes: d) Tener validez de constructo mediante análisis factorial confirmatorio cumpliendo con medidas e índices de ajuste siguientes: e) Se apliquen en población trabajadora de características semejantes a la población trabajadora en que se validó.
  • 19. 7.6 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la NOM-030-STPS-2009, vigente o las que la sustituyan.
  • 20. 7.7 El resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá constar en un informe que contenga lo siguiente: a) Datos del centro de trabajo verificado: b) Objetivo; c) Principales actividades realizadas en el centro de trabajo; d) Método utilizado conforme al numeral 7.4, de la presente Norma; e) Resultados obtenidos de acuerdo con el numeral 7.4, inciso d) de esta Norma, f) Conclusiones; g) Recomendaciones y acciones de intervención, en su caso, y h) Datos del responsable de la evaluación;
  • 21. 7.8 El resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá estar disponible para consulta de los trabajadores. 7.9 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá realizarse, al menos, cada dos años.
  • 22. Medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, de la violencia laboral, y promoción del entorno organizacional favorable
  • 23. 8. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y ACCIONES DE CONTROL DE LOS FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL, DE LA VIOLENCIA LABORAL, Y PROMOCIÓN DEL ENTORNO ORGANIZACIONAL FAVORABLE 8.1 Prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo. 8.2 Las acciones y programas para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable y la prevención de la violencia laboral, referidas en el numeral anterior. 8.3 Los centros de trabajo cuyo resultado de las evaluaciones a que se refieren los numerales 7.1 al 7.4, conforme a los criterios establecidos en el método aplicado, determinen la necesidad de desarrollar acciones de control, éstas se deberán implementar a través de un Programa que cumpla con lo previsto por el numeral 8.4 de la presente Norma. 8.4 El Programa para la atención de los factores de riesgo psicosocial, y en su caso, para propiciar un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.