Este documento resume las obligaciones de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para personas que han recibido el paro o han trabajado como autónomos. Indica que aquellos cuyos ingresos no superan los 11,200 euros o 1,500 euros del segundo o sucesivos pagadores no están obligados a presentar el IRPF. También, quienes han solicitado el pago único de la prestación del paro y se han mantenido como autónomos durante 5 años no necesitan presentar el IRPF.