1
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
1. Concepto y terminología
2. Distintos enfoques, filosofías, modelos y orientaciones que han marcado la diversidad
funcional.
3. Los Derechos humanos, el derecho a la diferencia; los principios de una vida
independiente y los preceptos éticos.
3
CONCEPTUALIZAR
CONCEPTUALIZAR
 Proporcionar/discutir/acotar/ampliar/enriquecer el
significado de los significantes
 No es igual a “definir”
 Los significados son construcciones humanas.
Conceptualizar sirve para dar sentido(s) a la(s)
realidad(es) que representa el lenguaje
MODELOS DE
DISCAPACIDAD
1º Modelo de la
prescindencia
2º Modelo rehabilitador
o médico
3º Modelo social
4º Modelo de la
diversidad
-OMS
-CIF
- Convención Internacional sobre los Derechos
de las Personas con discapacidad
-La CE
-Ley LISMI
-LIONDAU
-Ley 39/2006, de Prom. de la Autonomía Personal
y Aten. a las personas en sit. de dependencia.
-Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Influyen en las respuestas institucionales
Condiciona la propia construcción de la identidad de
las personas con discapacidad
…
9
 Causas divinas
 Carga para la sociedad
 La sociedad prescinde de ellas: eugenesia o aislamiento
SONVIDAS QUE NO MERECEN
LA PENA SERVIVIDAS
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
MODELO
SOCIAL
MODELO
MÉDICO
MODELO DE LA
DIVERSIDAD FUNCIONAL
Minusvalía Discapacidad Diversidad funcional
CONDICIÓN ONTOLÓGICA DEL CUERPO
TRES DEFINICIONES
13
 Cuerpo gobernado por
las ciencias naturales
 Cuerpo fragmentado
14
Cuerpo-cosa
 Natural
 Físico
 Neutro
 Objetivo
 Sensitivo
 Perceptivo
Filosofía cartesiana
 TRIPLE LAZO DEL CAPITALISMO: CUERPOS SANOS, BUENOSY BELLOS ÉXITO
SOCIAL
 TRIPLE LAZO DEL CAPITALISMO: CUERPOS ENFERMOS, MALOSY FEOS
 Causas científicas
 Problema individual: Las
“limitaciones” causan los
problemas
 Asimilación
 Actitud paternalista
 Promesa de la curación:
proyecto corporal
 Teoría de la tragedia
personal
La
curación
Terapias
Reestablecer
la dignidad
 CAPACIDAD DE LA TS
PARA CURAR A LA
OTRA PERSONA
INFLUENCIA EN EL TRABAJO SOCIAL:
Tratamiento social, diagnóstico social…
Final de la I Guerrra Mundial
Años 70
Mutilados
de guerra
Pensiones de
invalidez,
rehabilitación,
cuotas laborales…
Todas
 Aproximación segmentada a la
discapacidad
 Reforzar la estigmatización
 Olvido del papel que juega el
entorno en la expresión de la
discapacidad
 Olvido de aspectos fundamentales
como la calidad de vida, la
accesibilidad, la participación
social…
21
no puedo pensarme como una
parte del mundo,como simple
objeto de la biología,de la
psicología y la sociología,ni
encerrarme en el universo de
la ciencia.Todo cuanto sé del
mundo,incluso lo sabido por
ciencia,lo sé a partir de una
visión más o de una
experiencia del mundo sin la
cual nada significarían los
símbolos de la ciencia
(Merleau-Ponty, 1993: 8)
 Discapacidad tiene
causas sociales. Es una
construcción social y una
opresión
 Distinción deficiencia y
discapacidad (OMS).
 Discapacidad como
problema social: opresión
 Derecho a participar en
todas las esferas sociales
 Todas las personas son
dignas
ANTECEDENTES:
Años 70. EE.UU: Movimiento de
Vida Independiente
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
¿Qué significa ser independiente/ dependiente?
• Profesionales: actividades de autocuidado
• Colectivo: capacidad de autocontrol y toma de
decisiones
2 visiones
¡AMPLIAR EL TÉRMINO INDEPENDENCIA!
Ejercicio de sus derechos como ciudadanas:
 Eliminación de obstáculos y promoción de entornos accesibles
 Eliminación de prohibiciones legales
 Eliminación de estereotipos
MODELO
SOCIAL MODELO MÉDICO-
REHABILITADOR
Capacidad No capacidad
¿Dónde pongo la atención?
INTERVENCIÓN
Autogestión y
emprendeduría
MODELO
SOCIAL
MODELO MÉDICO-
REHABILITADOR
Capacidad Dis- Capacidad
A- normales
Normales
Sanos
Enfermos
Independientes
MODELO “CON” MODELO “SIN”
Dependientes
BINARISMO
 Dispacacitadas ----- Personas con discapacidad
DEFINICIÓN
MANTIENE ÉNFASIS EN
LAS NO CAPACIDADES
Deficiencia
(impairment)
Discapacidad
(disability)
 No tiene en cuenta las experiencias de las personas con discapacidad,
ni las diferencias dentro del colectivo
 No tiene en cuenta otras opresiones

Ambas son sociales
• ¿De qué manera
entienden los diferentes
modelos la diversidad
funcional de Marion?
• ¿Cuál es la intervención
a realizar desde cada
uno de estos modelos?
• ¿Qué implicaciones
tiene para Marion?
30
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Inicios: Foro de Vida Independiente y Divertad (2001)
• Complementar el modelo social y reducir problemas discriminación
• Giro epistemológico
Superar dualismo capacidad/discapacidad
Dignidad y Derechos Humanos
 Dar solución a personas con todo tipo de
diversidad funcional
 Proyección de imagen positiva
 Participación directa y no representativa de
las personas con diversidad funcional en
diferentes ámbitos políticos
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Los Derechos humanos, el derecho a la diferencia; los principios de
una vida independiente y los preceptos éticos.
Los que nos desplazamos de forma distinta,
los que reciben las sensaciones de otra forma
o los que interpretan el mundo de forma muy diferente,
no tenemos por qué estar enfermos,
podemos ser felices, podemos amar y ser amados,podemos aportar cosas,
incluso tomar iniciativas y ser útiles.
Manuel Lobato Galindo
Activista en Vida Independiente
36
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
https://www.youtube.com/watch?time_continue=3&v=1KYrdqdLoYw
 Comparecencia de Ismael Lloréns, presidente de la Federación de Vida Independiente
(FEVI) en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso
para informar y trasladar propuestas y demandas sobre vida independiente y
asistencia personal. Comparecencia el martes 20 de febrero de 2018.
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Deficiencia: toda pérdida o anormalidad de una estructura o función
psicológica, fisiológica o anatómica.
Discapacidad: toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia,
de la capacidad de realizar una actividad en la forma o margen que se
considera normal.
Minusvalía: situación de desventaja social como consecuencia de
una deficiencia o discapacidad, que limita o impide el desempeño de
un rol que es normal en su caso, en función de edad, sexo, factores
sociales y culturales.
 Déficit en el
funcionamiento
 Limitación en la
actividad
 Restricción en la
participación
 Deficiencia
 Discapacidad
 Minusvalía
como la pérdida o anormalidad
de una parte del cuerpo o de una
función fisiológica o mental
las dificultades que una persona
puede tener en la ejecución de
las actividades
como los problemas que una
persona puede experimentar en
su implicación en situaciones
vitales
(Muyor, 2011)
DISCAPACIDAD
 Ratificado y en vigor en España desde 2008
 Marcó un antes y un después en la legislación
 Carácter vinculante
 La discapacidad (DF) deja de ser una cuestión de
salud para convertirse en una cuestión de DD.HH.
 Art. 1
El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar
el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales por todas las personas con
discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las
personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan
deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo
plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su
participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de
condiciones con las demás.
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las
propias decisiones, y la independencia de las personas;
b) La no discriminación;
c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la
diversidad y la condición humanas;
e) La igualdad de oportunidades;
f) La accesibilidad;
g) La igualdad entre el hombre y la mujer;
h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su
derecho a preservar su identidad.
PRINCIPIOS
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Constitución
Española
1978
la LISMI (Ley 13/1982,
de 7 de abril, de
Integración Social de
los Minusválidos)
Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y
Atención a las personas en
situación de dependencia.
Ley 51/2003, de 2 de diciembre,
de igualdad de oportunidades,
no discriminación y accesibilidad
universal de las personas con
discapacidad (LIONDAU)
Ley 49/2007, de 26 de diciembre, de
infracciones y sanciones en materia de
igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal
de las personas con discapacidad
Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la
Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su
inclusión social
Art. 49
Los poderes públicos realizarán una política de
previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de
los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que
prestarán la atención especializada que requieran y los
ampararán especialmente para el disfrute de los
derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.
Art. 10.1 Dignidad
Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del
individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan
o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,
económica, cultural y social.
Art. 9.2. Igualdad material y participación
Art. 14. Igualdad de oportunidades y no discriminación
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de
nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la
personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de
la paz social.
 A efectos de esta ley se entiende por minusválido “toda aquella persona cuyas
posibilidades de integración educativa, laboral o social se encuentren reducidas
como consecuencia de una deficiencia, previsiblemente permanente, de carácter
congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales”.
Influencia
- Declaración de los Derechos del Deficiente Mental (1971)
- Declaración de los Derechos de los Minusválidos (1975)
ASAMBLEA
GENERAL DE
NACIONES
UNIDAS
ESCASA APLICABILIDAD
“….Dignidad de los disminuidos en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales
para su completa realización personal y su total integración social…”
“…constituyendo una obligación del Estado la prevención, los cuidados médicos y
psicológicos, la rehabilitación adecuada, la educación, la orientación, la integración
laboral, la garantía de unos derechos económicos, jurídicos, sociales mínimos y la
Seguridad Social
Artículo 1.
Artículo 3.1.
1. Las Empresas públicas y privadas que empleen un número de trabajadores fijos
que exceda de cincuenta vendrán obligadas a emplear un número de trabajadores
minusválidos no inferior al dos por ciento de la plantilla.
 Art. 38
Será finalidad primordial de la política de empleo de trabajadores minusválidos su
integración en el sistema ordinario de trabajo o, en su defecto, su incorporación al
sistema productivo mediante la fórmula especial de trabajo protegido que se
menciona en el artículo cuarenta y uno
 Art. 37
1. Los minusválidos que por razón de la naturaleza o de las consecuencias de sus minusvalías
no puedan, provisional o definitivamente, 'ejercer una actividad laboral en las condiciones
habituales, deberán ser empleados en Centros Especiales de Empleo, cuando su capacidad
de trabajo sea igual o superior a un porcentaje de la capacidad habitual que se fijará por la
,correspondiente norma reguladora de la relación laboral de carácter especial de los
trabajadores minusválidos que presten sus ,servicios en Centros Especiales de Empleo.
2. Cuando la capacidad residual de los minusválidos no alcanzara el porcentaje establecido en
el apartado anterior, accederán en su caso a los Centros Ocupacionales previstos en el titulo
VIII de esta Ley.
 Art. 41
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
 LISMI
Incumplimiento de la ley
RD 27/2000, de 14 de enero, por el
que se establecen medidas
alternativas de carácter excepcional
al cumplimiento de la cuota de
reserva del 2 por 100 en favor de
trabajadores discapacitados en
empresas de 50 o más trabajadores.
MEDIDAS ALTERNATIVAS, RD 364/2005, de
8 de abril, por el que se regula el
cumplimiento alternativo con carácter
excepcional de la cuota de reserva en favor
de los trabajadores con discapacidad
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de
agosto, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Infracciones y
Sanciones en el Orden Social
 Tratado de Amsterdam
 Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea
 Tratado de Niza
 Consejo de la Comisión Europea de
1996 sobre Igualdad de Oportunidades
de las personas con minusvalías
 Directiva 2000/78/ CE de 27 de
noviembre de 2000, relativa al
establecimiento de un marco general
para la igualdad de trato en el empleo y
la ocupación
 Directiva 2000/43/CE de 29 junio de
2000 relativa a la aplicación del
principio de igualdad
 …
LIONDAU
 Art. 1.2 A los efectos de esta ley, tendrán la consideración de personas con
discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se
considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior
al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan
reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de
total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas
que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por
incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. La acreditación
del grado de minusvalía se realizará en los términos establecidos
reglamentariamente y tendrá validez en todo el territorio nacional.
a) Vida independiente: Ejercer el poder de decisión sobre su propia existencia y participar
activamente en la vida de su comunidad, conforme al derecho al libre desarrollo de la
personalidad.
b) Normalización: Poder llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos,
bienes y servicios que están a disposición de cualquier otra persona.
c) Accesibilidad universal: la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes,
productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser
comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas.
d) Diseño para todos: Que los entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos,
instrumentos, dispositivos o herramientas, puedan ser utilizados por todas las personas.
e) Diálogo civil: las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus
familias participan en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas
oficiales que se desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad.
f) Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad: No planes, programas y acciones
específicos, pensados exclusivamente para estas personas, sino que comprenden las políticas y
líneas de acción de carácter general.
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Sanciones: leves, graves o muy graves MULTA
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
Personas con diversidad funcional aproximación.pdf
 LISMI
 LIONDAU (2003)
 LEY DE
INFRACCIONESY
SANCIONES
(2007)
LEY GENERAL DE DISCAPACIDAD
(REAL DECRETO LEGISLATIVO
1/2013)
 Art. 2
a) Discapacidad: es una situación que resulta de la interacción entre
las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y
cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las
demás.
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Personas con diversidad funcional aproximación.pdf

  • 1. 1
  • 3. 1. Concepto y terminología 2. Distintos enfoques, filosofías, modelos y orientaciones que han marcado la diversidad funcional. 3. Los Derechos humanos, el derecho a la diferencia; los principios de una vida independiente y los preceptos éticos. 3
  • 5. CONCEPTUALIZAR  Proporcionar/discutir/acotar/ampliar/enriquecer el significado de los significantes  No es igual a “definir”  Los significados son construcciones humanas. Conceptualizar sirve para dar sentido(s) a la(s) realidad(es) que representa el lenguaje
  • 6. MODELOS DE DISCAPACIDAD 1º Modelo de la prescindencia 2º Modelo rehabilitador o médico 3º Modelo social 4º Modelo de la diversidad -OMS -CIF - Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad -La CE -Ley LISMI -LIONDAU -Ley 39/2006, de Prom. de la Autonomía Personal y Aten. a las personas en sit. de dependencia. -Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social
  • 8. Influyen en las respuestas institucionales Condiciona la propia construcción de la identidad de las personas con discapacidad …
  • 9. 9
  • 10.  Causas divinas  Carga para la sociedad  La sociedad prescinde de ellas: eugenesia o aislamiento SONVIDAS QUE NO MERECEN LA PENA SERVIVIDAS
  • 12. MODELO SOCIAL MODELO MÉDICO MODELO DE LA DIVERSIDAD FUNCIONAL Minusvalía Discapacidad Diversidad funcional CONDICIÓN ONTOLÓGICA DEL CUERPO TRES DEFINICIONES
  • 13. 13
  • 14.  Cuerpo gobernado por las ciencias naturales  Cuerpo fragmentado 14
  • 15. Cuerpo-cosa  Natural  Físico  Neutro  Objetivo  Sensitivo  Perceptivo Filosofía cartesiana
  • 16.  TRIPLE LAZO DEL CAPITALISMO: CUERPOS SANOS, BUENOSY BELLOS ÉXITO SOCIAL
  • 17.  TRIPLE LAZO DEL CAPITALISMO: CUERPOS ENFERMOS, MALOSY FEOS
  • 18.  Causas científicas  Problema individual: Las “limitaciones” causan los problemas  Asimilación  Actitud paternalista  Promesa de la curación: proyecto corporal  Teoría de la tragedia personal La curación Terapias Reestablecer la dignidad
  • 19.  CAPACIDAD DE LA TS PARA CURAR A LA OTRA PERSONA INFLUENCIA EN EL TRABAJO SOCIAL: Tratamiento social, diagnóstico social… Final de la I Guerrra Mundial Años 70 Mutilados de guerra Pensiones de invalidez, rehabilitación, cuotas laborales… Todas
  • 20.  Aproximación segmentada a la discapacidad  Reforzar la estigmatización  Olvido del papel que juega el entorno en la expresión de la discapacidad  Olvido de aspectos fundamentales como la calidad de vida, la accesibilidad, la participación social…
  • 21. 21 no puedo pensarme como una parte del mundo,como simple objeto de la biología,de la psicología y la sociología,ni encerrarme en el universo de la ciencia.Todo cuanto sé del mundo,incluso lo sabido por ciencia,lo sé a partir de una visión más o de una experiencia del mundo sin la cual nada significarían los símbolos de la ciencia (Merleau-Ponty, 1993: 8)
  • 22.  Discapacidad tiene causas sociales. Es una construcción social y una opresión  Distinción deficiencia y discapacidad (OMS).  Discapacidad como problema social: opresión  Derecho a participar en todas las esferas sociales  Todas las personas son dignas ANTECEDENTES: Años 70. EE.UU: Movimiento de Vida Independiente
  • 24. ¿Qué significa ser independiente/ dependiente? • Profesionales: actividades de autocuidado • Colectivo: capacidad de autocontrol y toma de decisiones 2 visiones ¡AMPLIAR EL TÉRMINO INDEPENDENCIA!
  • 25. Ejercicio de sus derechos como ciudadanas:  Eliminación de obstáculos y promoción de entornos accesibles  Eliminación de prohibiciones legales  Eliminación de estereotipos
  • 26. MODELO SOCIAL MODELO MÉDICO- REHABILITADOR Capacidad No capacidad ¿Dónde pongo la atención? INTERVENCIÓN Autogestión y emprendeduría
  • 27. MODELO SOCIAL MODELO MÉDICO- REHABILITADOR Capacidad Dis- Capacidad A- normales Normales Sanos Enfermos Independientes MODELO “CON” MODELO “SIN” Dependientes BINARISMO
  • 28.  Dispacacitadas ----- Personas con discapacidad DEFINICIÓN MANTIENE ÉNFASIS EN LAS NO CAPACIDADES Deficiencia (impairment) Discapacidad (disability)  No tiene en cuenta las experiencias de las personas con discapacidad, ni las diferencias dentro del colectivo  No tiene en cuenta otras opresiones  Ambas son sociales
  • 29. • ¿De qué manera entienden los diferentes modelos la diversidad funcional de Marion? • ¿Cuál es la intervención a realizar desde cada uno de estos modelos? • ¿Qué implicaciones tiene para Marion?
  • 30. 30
  • 32. Inicios: Foro de Vida Independiente y Divertad (2001) • Complementar el modelo social y reducir problemas discriminación • Giro epistemológico Superar dualismo capacidad/discapacidad Dignidad y Derechos Humanos
  • 33.  Dar solución a personas con todo tipo de diversidad funcional  Proyección de imagen positiva  Participación directa y no representativa de las personas con diversidad funcional en diferentes ámbitos políticos
  • 36. Los Derechos humanos, el derecho a la diferencia; los principios de una vida independiente y los preceptos éticos. Los que nos desplazamos de forma distinta, los que reciben las sensaciones de otra forma o los que interpretan el mundo de forma muy diferente, no tenemos por qué estar enfermos, podemos ser felices, podemos amar y ser amados,podemos aportar cosas, incluso tomar iniciativas y ser útiles. Manuel Lobato Galindo Activista en Vida Independiente 36
  • 38. https://www.youtube.com/watch?time_continue=3&v=1KYrdqdLoYw  Comparecencia de Ismael Lloréns, presidente de la Federación de Vida Independiente (FEVI) en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso para informar y trasladar propuestas y demandas sobre vida independiente y asistencia personal. Comparecencia el martes 20 de febrero de 2018.
  • 40. Deficiencia: toda pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica. Discapacidad: toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia, de la capacidad de realizar una actividad en la forma o margen que se considera normal. Minusvalía: situación de desventaja social como consecuencia de una deficiencia o discapacidad, que limita o impide el desempeño de un rol que es normal en su caso, en función de edad, sexo, factores sociales y culturales.
  • 41.  Déficit en el funcionamiento  Limitación en la actividad  Restricción en la participación  Deficiencia  Discapacidad  Minusvalía como la pérdida o anormalidad de una parte del cuerpo o de una función fisiológica o mental las dificultades que una persona puede tener en la ejecución de las actividades como los problemas que una persona puede experimentar en su implicación en situaciones vitales (Muyor, 2011) DISCAPACIDAD
  • 42.  Ratificado y en vigor en España desde 2008  Marcó un antes y un después en la legislación  Carácter vinculante  La discapacidad (DF) deja de ser una cuestión de salud para convertirse en una cuestión de DD.HH.
  • 43.  Art. 1 El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
  • 47. a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas; b) La no discriminación; c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad; d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas; e) La igualdad de oportunidades; f) La accesibilidad; g) La igualdad entre el hombre y la mujer; h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad. PRINCIPIOS
  • 49. Constitución Española 1978 la LISMI (Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos) Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU) Ley 49/2007, de 26 de diciembre, de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social
  • 50. Art. 49 Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.
  • 51. Art. 10.1 Dignidad Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Art. 9.2. Igualdad material y participación Art. 14. Igualdad de oportunidades y no discriminación Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
  • 52.  A efectos de esta ley se entiende por minusválido “toda aquella persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se encuentren reducidas como consecuencia de una deficiencia, previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales”. Influencia - Declaración de los Derechos del Deficiente Mental (1971) - Declaración de los Derechos de los Minusválidos (1975) ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS ESCASA APLICABILIDAD
  • 53. “….Dignidad de los disminuidos en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales para su completa realización personal y su total integración social…” “…constituyendo una obligación del Estado la prevención, los cuidados médicos y psicológicos, la rehabilitación adecuada, la educación, la orientación, la integración laboral, la garantía de unos derechos económicos, jurídicos, sociales mínimos y la Seguridad Social Artículo 1. Artículo 3.1.
  • 54. 1. Las Empresas públicas y privadas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de cincuenta vendrán obligadas a emplear un número de trabajadores minusválidos no inferior al dos por ciento de la plantilla.  Art. 38 Será finalidad primordial de la política de empleo de trabajadores minusválidos su integración en el sistema ordinario de trabajo o, en su defecto, su incorporación al sistema productivo mediante la fórmula especial de trabajo protegido que se menciona en el artículo cuarenta y uno  Art. 37
  • 55. 1. Los minusválidos que por razón de la naturaleza o de las consecuencias de sus minusvalías no puedan, provisional o definitivamente, 'ejercer una actividad laboral en las condiciones habituales, deberán ser empleados en Centros Especiales de Empleo, cuando su capacidad de trabajo sea igual o superior a un porcentaje de la capacidad habitual que se fijará por la ,correspondiente norma reguladora de la relación laboral de carácter especial de los trabajadores minusválidos que presten sus ,servicios en Centros Especiales de Empleo. 2. Cuando la capacidad residual de los minusválidos no alcanzara el porcentaje establecido en el apartado anterior, accederán en su caso a los Centros Ocupacionales previstos en el titulo VIII de esta Ley.  Art. 41
  • 57.  LISMI Incumplimiento de la ley RD 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores. MEDIDAS ALTERNATIVAS, RD 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
  • 58.  Tratado de Amsterdam  Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea  Tratado de Niza  Consejo de la Comisión Europea de 1996 sobre Igualdad de Oportunidades de las personas con minusvalías  Directiva 2000/78/ CE de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación  Directiva 2000/43/CE de 29 junio de 2000 relativa a la aplicación del principio de igualdad  … LIONDAU
  • 59.  Art. 1.2 A los efectos de esta ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. La acreditación del grado de minusvalía se realizará en los términos establecidos reglamentariamente y tendrá validez en todo el territorio nacional.
  • 60. a) Vida independiente: Ejercer el poder de decisión sobre su propia existencia y participar activamente en la vida de su comunidad, conforme al derecho al libre desarrollo de la personalidad. b) Normalización: Poder llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que están a disposición de cualquier otra persona. c) Accesibilidad universal: la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas. d) Diseño para todos: Que los entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o herramientas, puedan ser utilizados por todas las personas. e) Diálogo civil: las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias participan en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas oficiales que se desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad. f) Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad: No planes, programas y acciones específicos, pensados exclusivamente para estas personas, sino que comprenden las políticas y líneas de acción de carácter general.
  • 62. Sanciones: leves, graves o muy graves MULTA
  • 65.  LISMI  LIONDAU (2003)  LEY DE INFRACCIONESY SANCIONES (2007) LEY GENERAL DE DISCAPACIDAD (REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013)
  • 66.  Art. 2 a) Discapacidad: es una situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.