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Presentación1
CATEDRÁTICO:
        M.C. REBECA RAMIREZ AHUMADA

                  MATERIA:
           DESARROLLO SUSTENTABLE
                  ACD - 0908
                    2-3-5

               UNIDAD IV:
  ESTRATEGIAS PARA LA SUSTENTABILIDAD

                    EQUIPO:
             SERVICIOS AMBIENTALES

                    INGENIERIA CIVIL

Cerro Azul , Ver.                 Noviembre del 2012
CRUZ ESTEVEZ      CUERVO RAMIREZ    DE LA CRUZ CRUZ   MARTINEZ LARA
 MIGUEL ANGEL         VANESSA             EFRAIN        LUIS ALFONSO




                      OSORIO CRUZ    REYES MARTINEZ    REYES MARTINEZ
MONTIEL MARTINEZ                     ANGEL DE JESUS    JESUS RAYMUNDO
 MARIA SUSANA        JULIO ALBERTO
Presentación1
Hoy en día, algunos grupos
sociales que no dependen de
ningún        organismo          de
gobierno, luchan para que las
necesidades       actuales       no
comprometan el acceso a la
riqueza del medio ambiente de los
futuros habitantes de la tierra.
A esta nueva preocupación
 y política se le empezó a
    llamar “Desarrollo
        Sostenible”.

Aunque el termino nace en
           1987
El     termino     “Desarrollo
Sostenible” tomó fuerza, a
partir de la Cumbre de Río en
1992,     en   los   discursos
políticos     y     en     las
organizaciones dedicadas a
promover el buen uso de los
recursos naturales.
Ya han pasado 10 años en
los cuales dicho termino ha
sido plasmado en actas,
documentos,    acuerdos   y
propósitos oficiales de los
Estados.
La    Conferencia   de    las
Naciones sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo fue
una de las Cumbres de la
Tierra – Organizadas por la
ONU – Celebrada en Río de
Janeiro en Brasil del 3 al 14
de Junio de 1992
A esta Cumbre asistieron:

•125 Jefes de Estado y de Gobierno

•178 Países

•400 Representantes de ONGS

(Organizaciones No Gubernamentales)
Se estudiaron temas sobre la salud,
la vivienda, la contaminación del
aire, la gestión de los mares,
bosques       y    montañas,     la
desertificación, la gestión de los
recursos hídricos y el saneamiento,
la gestión de la agricultura, la
gestión de residuos.
La cumbre de la Tierra fue un
  acontecimiento histórico de
       gran significado.

Ya que hizo del medio ambiente
 una prioridad a nivel mundial .
Fue testigo de la aprobación de la
convención sobre el cambio climático,
el cual    afirma las necesidades de
reducir las emisiones de gases de
efecto invernadero.

    Este fue el Protocolo de Kioto.
Presentación1
Presentación1
1. Declaración de
 Rio de Janeiro
   sobre Medio
   Ambiente y
    Desarrollo
2. Convenio Sobre la
Diversidad Biológica
3. Declaración
sobre los Bosques y
 Masas Forestales
4. Convenio Marco sobre
   el Cambio Climático
Presentación1
PRINCIPIO 1:
Los seres humanos constituyen el centro de
las preocupaciones relacionadas con el
desarrollo sostenible. Tienen derecho a una
vida saludable y productiva en armonía con la
naturaleza.
Principio 2.

De conformidad con la Carta de las
Naciones Unidas y los principios
del derecho internacional, los
Estados     tienen    el   derecho
soberano     de   aprovechar   sus
propios    recursos    según   sus
propias políticas ambientales y de
desarrollo.
PRINCIPIO 3:

Los    estados    deberán     promulgar    leyes
ambientales    eficaces.   Las    normas,    los
objetivos de ordenación       y las prioridades
ambientales deberán reflejar el contexto
ambiental y de desarrollo al que se aplican.
PRINCIPIO 4:
El derecho al desarrollo debe
ejercerse en forma tal que
responda equitativamente a las
necesidades de desarrollo y
ambientales        de      las
generaciones    presentes    y
futuras.
PRINCIPIO 5:
Con el fin de lograr el
desarrollo    sostenible,  la
protección      del    medio
ambiente deberá constituir
parte      integrante     del
proceso de desarrollo y no
puede     considerarse    en
forma aislada.
PRINCIPIO 6:
Se deberá dar especial prioridad a la
situación y las necesidades especiales de
los países en desarrollo, en particular los
países menos adelantados y los más
vulnerables desde el punto de vista
ambiental.
Principio 7. Los Estados deberán cooperar con espíritu de
solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer
la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En
vista de que han contribuido en distinta medida a la
degradación del medio ambiente mundial, los Estados
tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas.




Principio 8. Para alcanzar el desarrollo sostenible y una
mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados
deberían reducir y eliminar las modalidades de producción
y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas
apropiadas.
Principio 9. Los Estados deberían cooperar en el
fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el
desarrollo sostenible, aumentando el saber científico
mediante el intercambio de conocimientos científicos y
tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación,
la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas,
tecnologías nuevas e innovadoras.




Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones
ambientales es con la participación de todos los
ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.
Principio 11. Los Estados deberán promulgar leyes
eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los
objetivos de ordenación y las prioridades ambientales
deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al
que se aplican.




Principio 12. Los Estados deberían cooperar en la
promoción de un sistema económico internacional
favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y
el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de
abordar en mejor forma los problemas de la degradación
ambiental.
Principio 13. Los Estados deberán desarrollar la
legislación nacional relativa a la responsabilidad y la
indemnización    respecto   de   las  víctimas   de  la
contaminación y otros daños ambientales.



Principio   14.    Los   Estados    deberían    cooperar
efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la
transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades
y sustancias que causen degradación ambiental.



Principio 15. Con el fin de proteger el medio ambiente, los
Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de
precaución conforme a sus capacidades.
Principio 16. Las autoridades nacionales deberían
procurar fomentar la internalización de los costos
ambientales y el uso de instrumentos económicos,
teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina
debe.
Principio 17. Deberá emprenderse una evaluación del
impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional,
respecto    de   cualquier   actividad  propuesta   que
probablemente haya de producir un impacto negativo
considerable en el medio ambiente y que este sujeta a la
decisión de una autoridad nacional competente.
Principio   18.    Los    Estados    deberán   notificar
inmediatamente a otros Estados de los desastres
naturales u otras situaciones de emergencia que puedan
producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de
esos Estados.
Principio 19. Los Estados deberán proporcionar la información pertinente y
notificar previamente y en forma oportuna a los Estados que posiblemente
resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos
ambientales transfronterizos adversos, y deberan celebrar consultas con esos
Estados en una fecha temprana y de buena fe.
Principio 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación
del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con
su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.
Principio 21. Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los
jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el
desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos.
Principio 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades, asi como otras
comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del
medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas
tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su
identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el
logro del desarrollo sostenible.
Principio 23. Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales
de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación.
Principio 24. La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible.
En consecuencia, los Estados deberán respetar las disposiciones de derecho
internacional que protegen al medio ambiente en épocas de conflicto
armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, según sea necesario.
Principio 25. La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son
interdependientes e inseparables.

Principio 26. Los Estados deberán resolver pacíficamente todas sus
controversias sobre el medio ambiente por medios que corresponda con
arreglo a la Carta de las Naciones Unidas.

Principio 27. Los Estados y las personas deberán cooperar de buena fe y con
espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta
Declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera
del desarrollo sostenible.

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  • 2. CATEDRÁTICO: M.C. REBECA RAMIREZ AHUMADA MATERIA: DESARROLLO SUSTENTABLE ACD - 0908 2-3-5 UNIDAD IV: ESTRATEGIAS PARA LA SUSTENTABILIDAD EQUIPO: SERVICIOS AMBIENTALES INGENIERIA CIVIL Cerro Azul , Ver. Noviembre del 2012
  • 3. CRUZ ESTEVEZ CUERVO RAMIREZ DE LA CRUZ CRUZ MARTINEZ LARA MIGUEL ANGEL VANESSA EFRAIN LUIS ALFONSO OSORIO CRUZ REYES MARTINEZ REYES MARTINEZ MONTIEL MARTINEZ ANGEL DE JESUS JESUS RAYMUNDO MARIA SUSANA JULIO ALBERTO
  • 5. Hoy en día, algunos grupos sociales que no dependen de ningún organismo de gobierno, luchan para que las necesidades actuales no comprometan el acceso a la riqueza del medio ambiente de los futuros habitantes de la tierra.
  • 6. A esta nueva preocupación y política se le empezó a llamar “Desarrollo Sostenible”. Aunque el termino nace en 1987
  • 7. El termino “Desarrollo Sostenible” tomó fuerza, a partir de la Cumbre de Río en 1992, en los discursos políticos y en las organizaciones dedicadas a promover el buen uso de los recursos naturales.
  • 8. Ya han pasado 10 años en los cuales dicho termino ha sido plasmado en actas, documentos, acuerdos y propósitos oficiales de los Estados.
  • 9. La Conferencia de las Naciones sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo fue una de las Cumbres de la Tierra – Organizadas por la ONU – Celebrada en Río de Janeiro en Brasil del 3 al 14 de Junio de 1992
  • 10. A esta Cumbre asistieron: •125 Jefes de Estado y de Gobierno •178 Países •400 Representantes de ONGS (Organizaciones No Gubernamentales)
  • 11. Se estudiaron temas sobre la salud, la vivienda, la contaminación del aire, la gestión de los mares, bosques y montañas, la desertificación, la gestión de los recursos hídricos y el saneamiento, la gestión de la agricultura, la gestión de residuos.
  • 12. La cumbre de la Tierra fue un acontecimiento histórico de gran significado. Ya que hizo del medio ambiente una prioridad a nivel mundial .
  • 13. Fue testigo de la aprobación de la convención sobre el cambio climático, el cual afirma las necesidades de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Este fue el Protocolo de Kioto.
  • 16. 1. Declaración de Rio de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo
  • 17. 2. Convenio Sobre la Diversidad Biológica
  • 18. 3. Declaración sobre los Bosques y Masas Forestales
  • 19. 4. Convenio Marco sobre el Cambio Climático
  • 21. PRINCIPIO 1: Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
  • 22. Principio 2. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo.
  • 23. PRINCIPIO 3: Los estados deberán promulgar leyes ambientales eficaces. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberán reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican.
  • 24. PRINCIPIO 4: El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
  • 25. PRINCIPIO 5: Con el fin de lograr el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no puede considerarse en forma aislada.
  • 26. PRINCIPIO 6: Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables desde el punto de vista ambiental.
  • 27. Principio 7. Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Principio 8. Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
  • 28. Principio 9. Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías nuevas e innovadoras. Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.
  • 29. Principio 11. Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Principio 12. Los Estados deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental.
  • 30. Principio 13. Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. Principio 14. Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental. Principio 15. Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades.
  • 31. Principio 16. Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe. Principio 17. Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que este sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente. Principio 18. Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados.
  • 32. Principio 19. Los Estados deberán proporcionar la información pertinente y notificar previamente y en forma oportuna a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adversos, y deberan celebrar consultas con esos Estados en una fecha temprana y de buena fe. Principio 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible. Principio 21. Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos.
  • 33. Principio 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades, asi como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible. Principio 23. Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación. Principio 24. La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estados deberán respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, según sea necesario.
  • 34. Principio 25. La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables. Principio 26. Los Estados deberán resolver pacíficamente todas sus controversias sobre el medio ambiente por medios que corresponda con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas. Principio 27. Los Estados y las personas deberán cooperar de buena fe y con espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta Declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible.