6. TABLA DE CONTENIDOS
Momento 1 Momento 1
CONCEPTOS BASICOS
DEL SISTEMA GENERAL
DE RIESGOS
LABORALES
Momento 2
AFILIACIÓN ARL
Momento 3
REPORTE DE
NOVEDADES
7. OBJETIVO
GENERAL
Que nuestros empleadores afiliados y no
afilados conozcan los conceptos básicos del
SISITEMA DE RIESGOS LABORALES, así como
también, los beneficios que obtienen al
escogernos como su aseguradora.
8. Se define como el conjunto de
entidades públicas y privadas, normas y
procedimientos; destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores
de los efectos de las enfermedades y los
accidentes que puedan ocurrirles con
ocasión o como consecuencia del
trabajo que desarrollan; también
denominados accidentes de trabajo y
enfermedades laborales.
¿QUÉ ES EL SISTEMA
GENERAL DE RIESGOS
LABORALES?
9. ¿Quién conforma el Sistema
General de Riesgos Laborales
(SGRL)?
El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) lo
conforman:
✓ Las entidades encargadas de la Dirección, Control
y Vigilancia del Sistema como el Ministerio de Salud
y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el
Consejo Nacional de Riesgos Laborales, la
Superintendencia Nacional de Salud y la
Superintendencia Financiera de Colombia.
✓ Las ARL, es decir, las Administradoras de Riesgos
Laborales públicas y privadas.
✓ Los empleadores.
✓ Los trabajadores.
10. ¿Cuáles son las
responsabilidades en el
Sistema General de Riesgos
Laborales?
Las responsabilidades del Sistema General de
Riesgos Laborales son compartidas entre la
empresa, la ARL y el trabajador, y son:
✓ La empresa afilia a todos sus trabajadores al
Sistema y desarrolla programas de
prevención y control de los riesgos laborales.
✓ La ARL asesora y brinda asistencia técnica a
la empresa para el desarrollo de los
programas de prevención y, atiende a los
trabajadores que se accidentan o enferman
por causas propias del trabajo que
desarrollan.
✓ El trabajador cuida su salud, cumple las
normas de seguridad y salud en el trabajo,
definidas en la empresa.
11. ¿Cuáles son las funciones
de las Administradoras de
Riesgos Laborales (ARL)?
Las Administradoras de Riesgos Laborales, entre
otras funciones, están encargadas de:
✓ El recaudo de las cotizaciones que hacen las
empresas por sus trabajadores.
✓ La asesoría para la ejecución de los
programas de prevención que se realizarán
en la empresa.
✓ La atención médica y de rehabilitación de
los trabajadores que se accidenten o
enfermen por causas propias de su trabajo.
✓ El pago de las prestaciones económicas
como las incapacidades, pensiones de
invalidez y de sobrevivientes que se puedan
generar como consecuencia de los
accidentes o enfermedades laborales.
12. Responsabilidades del Empleador
✓ Pago y Traslado de cotización a la ARL en el plazo establecido
✓ Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los
ambientes de trabajo
✓ Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de
Salud Ocupacional y financiarlo
✓ Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado
los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales.
✓ Facilitar los espacios y tiempos para la capacitación de los
trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional y para
adelantar los programas de promoción y prevención
✓ Responder por perjuicios por la negligencia en la información
laboral
✓ Informar a la entidad Administradora de Riesgos Laborales a la que
está afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores(retiros y
afiliación)
Los riesgos serán cubiertos en su totalidad por el patrono en caso de no
haberse efectuado la inscripción del trabajador o no pagar
oportunamente las cotizaciones
13. AFILIACIÓN AL SGRL
Es el proceso mediante el cual se
vinculan empleadores nuevos o
trasladados al Sistema General de
Riesgos Laborales a través del
diligenciamiento del formulario de
afiliación electrónico establecido por la
Administradora de Riesgos Laborales.
También aplica en los casos de
vinculación de trabajadores
dependientes e independientes
(obligatoria o voluntaria) por estos
mismos medios incluyendo la página
web transaccional.
14. ¿Quiénes se Afilian?
La población trabajadora, empleadores,
contratantes, contratistas y trabajadores
independientes de afiliación obligatoria y
voluntaria como cualquier otra modalidad de
actividad laboral definido en las normas sean
incorporados y afiliados al sistema general de
riesgos laborales SGRL.
15. ¿Como afiliarme?
✓ Ingresa a www.positiva.gov.co
✓ Dirígete a la opción RIESGOS LABORALES y selecciona
Afiliaciones Empleadores e independientes.
✓ Ingresa y lee atentamente las indicaciones de
bienvenida al portal dando doble clic en el
botón“continuar”.
✓ Si ya realizaste el proceso de registro (enrolamiento),
ingresa con el usuario y contraseña asignado, de lo
contrario deberás realizar este proceso, seleccionando
la opción Registrarse y respondiendo las preguntas allí
indicadas.
✓ Si tienes algún inconveniente con el proceso, puedes
acceder a través de la opción “Soporte en Línea”
ubicado en la parte superior izquierda de la pantalla.
• Para realizar este proceso asegúrate de utilizar Google
Chrome.
• No abandones el sistema durante la ejecución de este
proceso, pues genera un bloqueo por inactividad.
• Recuerda que nuestro proceso de afiliación de
Empleadores, trabajadores dependientes e
independientes es 100% virtual.
RECOMENDACIONES
16. AFILIACIÓN DE EMPLEADORES
Si deseas afiliarte a Positiva Compañía de Seguros S.A. como empleador para asegurar a tus
trabajadores, ten en cuenta los siguientes pasos:
Ingresa al portal transaccional www.positivaenlinea.gov.co y selecciona la opción
"Registrarse".
1.Sigue paso a paso las instrucciones que te señala el sistema.
2.Debes estar atento al correo electrónico registrado ya que a este se enviará toda la
información respecto a la solicitud de afiliación en línea.
3.Al finalizar todos los pasos, te enviaremos un correo de bienvenida, adjunto encontraras el
formulario de afiliación, certificado de afiliación y una cartilla de autocuidado.
Documentos requeridos
✓ Fotocopia del RUT.
✓ Fotocopia de documento de identidad del Representante Legal.
✓ Certificado de la Cámara de Comercio expedido con fecha no mayor a noventa días.
Nota: No se acepta Matrícula Mercantil no renovada.
✓ El NIT de la empresa debe estar reportado en el certificado de Cámara y Comercio.
✓ Al momento de la afiliación, serán exigidos los permisos o autorizaciones emitidas por las
autoridades gubernamentales a las empresas con actividades económicas que los
requieran: Empresas de Transporte, Empresas de Servicios Temporales, Cooperativas,
Agremiaciones de Afiliación Colectiva, entre otros.
Nota: Todo empleador natural o jurídico que
realice actos de comercio debe inscribirse en
el Registro Mercantil y presentar certificado de
cámara de comercio. Este lineamiento está
sustentado en el artículo 20 del código de
comercio. Para la asignación de la actividad
económica en la afiliación inicial prevalece la
registrada en el RUT, información que será
cotejada con lo declarado en la entrevista y lo
registrado en el proceso de afiliación. El
certificado de cámara de comercio expedido
para persona natural o jurídica se utilizará
para verificar la información acerca de los
datos de constitución del empleador, su
vigencia, los datos de contactabilidad y del
representante legal. Lo anterior no aplica para
empleadores de servicio doméstico.
17. AFILIACIÓN DE TRABAJADORES DEPENDIENTES
Para realizar la afiliación de tus trabajadores, ten en cuenta los
siguientes pasos:
✓ El empleador deberá ingresar al Portal Transaccional con el
usuario y contraseña asignado.
✓ Selecciona la opción EMPLEADOR
✓ Selecciona la opción AFILIAR TRABAJADORES
✓ Diligencia la información correspondiente a cada uno de los
campos del formulario y das clic en SIGUIENTE
✓ Una vez culminado el diligenciamiento del formulario se te
generará un certificado de radicación, te aclaramos que no
un certificado de afiliación.
18. AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES CON
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Para realizar la afiliación como trabajador independiente, ten en
cuenta los siguientes pasos:
✓ Ingresa con el usuario y contraseña asignado, de lo contrario
deberás realizar el proceso de enrolamiento, seleccionando la
opción Registrarse y respondiendo las preguntas allí indicadas.
✓ Para iniciar el registro de afiliación da clic en la opción “Nueva
solicitud”
✓ Diligencia completamente los campos del formulario.
Documentos requeridos
✓ Fotocopia documento de identificación.
✓ Fotocopia contrato prestación de servicios.
✓ Fotocopia de la afiliación o certificación de la EPS o Fosyga y AFP o
copia del último pago realizado como independiente (debe
corresponder al mes inmediatamente anterior o actual al momento
de la afiliación).
19. AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES VOLUNTARIOS
Para realizar la afiliación como trabajador independiente, ten en cuenta
los siguientes pasos:
✓ Ingresa con el usuario y contraseña asignado, de lo contrario deberás
realizar el proceso de enrolamiento, seleccionando la opción
Registrarse y respondiendo las preguntas allí indicadas.
✓ Para iniciar el registro de afiliación da clic en la opción “Nueva
solicitud”
✓ Diligencia completamente los campos del formulario.
Documentos requeridos
✓ Fotocopia documento de identificación.
✓ Fotocopia de la afiliación o certificación de la EPS o Fosyga y AFP o
copia del último pago realizado como independiente (debe
corresponder al mes inmediatamente anterior o actual al momento de
la afiliación).
✓ Certificado del examen pre-ocupacional (resolución 144 de 2017),
expedido por médico especialista en salud ocupacional o medicina
del trabajo con fecha de expedición no mayor a 365 días calendario.
20. NOVEDADES
Son los hechos que
afectan al monto de
las cotizaciones a
cargo de los
aportantes o de las
obligaciones
económicas que
estos tienen frente al
sistema, en PILA se
conocen con siglas.
➢ Incapacidad General – IGE
➢ Suspensión Temporal - Licencia No
Remunerada o Comisión de Servicios –
SLN
➢ Licencia Maternidad – LMA
➢ Variación Transitoria de Salario – VST
➢ Vacaciones – VAC
➢ Aportes Voluntarios Pensiones – AVP
➢ Incapacidad de Riesgos Laborales - IRL
➢ Ingreso – ING
➢ Retiro – RET
➢ Traslado desde otra EPS – TDE
➢ Traslado a otra EPS – TAE
➢ Traslado desde otra AFP – TDP
➢ Traslado a otra AFP – TAP
➢ Variación permanente de salario – VSP
➢ Variación centro de trabajo - VCT
• Transitorias: Son las que
afectan temporalmente el
monto de las obligaciones
económicas, las cuales son:
Estas novedades deben ser
reportadas a través del Operador
de Información PILA
• Permanentes: Son las que
afectan la cotización base
con determinada entidad
administradora.
Para el reporte de estas
novedades contamos con un
portal transaccional
Existen dos tipos
de novedades:
21. REPORTE DE NOVEDADES EMPLEADOR
Para realizar el reporte de novedades
como empleador, tenemos a tu disposición
el portal transaccional, por favor ten en
cuenta los siguientes pasos:
✓El empleador deberá ingresar al Portal
Transaccional con el usuario y contraseña
asignado.
✓Selecciona la opción EMPLEADOR
✓Despliega la opción NOVEDADES y luego
la opción Actualizar Datos de Empleador
22. REPORTE DE NOVEDADES TRABAJADOR
Para realizar el reporte de novedades De
tus trabajadores dependientes e
independientes, por favor ten en cuenta los
siguientes pasos:
✓El empleador deberá ingresar al Portal
Transaccional con el usuario y contraseña
asignado.
✓Selecciona la opción EMPLEADOR
✓Una vez ingresas al módulo de
NOVEDADES, das clic en la opción
Actualizar Datos de Trabajador
✓Ingresa el tipo y número de documento
del trabajador y Tipo de vinculación
laboral
23. REPORTE DE NOVEDADES
TRABAJADOR INDEPENDIENTE
Para realizar el reporte de novedades
como trabajador independiente, por
favor ten en cuenta los siguientes pasos:
✓El trabajador Independiente deberá
ingresar al Portal Transaccional con el
usuario y contraseña asignado.
✓Selecciona la opción “TRABAJADOR –
SOLICITANTE DE PRESTACIONES”
✓Despliega la opción “AFILIACIÓN Y
NOVEDADES INDEPENDIENTES” y
posteriormente das clic en
“Actualización de datos
independientes”
25. PREGUNTAS
1
2
3
Una de las siguientes son Responsabilidades del Empleador ante el
Sistema General de Riesgos Laborales.
Quienes se afilian al Sistema General de Riesgos Laborales
Las siguientes novedades se pueden reportar a través de nuestro portal
transaccional.
27. Para una mejor atención y servicio al
cliente, disponemos de los siguientes
canales de comunicación
educavirtual@positiva.gov.co positiva.educa@positiva.gov.co
EDUCACIÓN VIRTUAL –
CURSOS DE OBLIGATORIO
CUMPLIMIENTO
EDUCACIÓN PRESENCIAL Y
TALLERES WEB