3
Lo más leído
6
Lo más leído
14
Lo más leído
PROCEDIMIENTOS
ESPECIALES


           Abogado José Rodríguez Ramírez
          Dirección de Concesiones Mineras
            jrodriguez@ingemmet.gob.pe
INDICE
I. Marco normativo

II. Procedimiento de Simultaneidad

III. Restricciones a la Actividad Minera

     Áreas Naturales Protegidas
     Áreas Urbana y Expansión Urbana

I. Proceso de Consulta a los Pueblos Indígenas
MARCO NORMATIVO
 Decreto Supremo N° 014-92-EM “Texto Único Ordenado de la
 Ley General de Minería”.
 Decreto    Supremo      N°     018-92-EM    “Reglamento     de
 Procedimientos Mineros”.
 Ley N° 26834 “Ley de Áreas Naturales Protegidas y su
 reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG”.
 Ley N° 27015 “Ley de Áreas Urbanas y de Expansión Urbana,
 modificada por la Ley N° 27560, y su reglamento, aprobado por
 Decreto Supremo N° 008-2002-EM”.
 Decreto      Supremo N° 023-2011-EM “Reglamento del
 Procedimiento para la aplicación del Derecho de Consulta a los
 Pueblos Indígenas para las Actividades Minero Energéticas”.
I. PROCEDIMIENTO DE SIMULTANEIDAD
Artículo 128 del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 26 Decreto Supremo N° 018-
92-EM

   Se presenta simultaneidad cuando dos o más peticionarios solicitan
   la misma poligonal, cuadrícula o conjunto de cuadrículas en el
   mismo día, hora y minuto.
                             TOTAL                                PARCIAL




                                        CUADRICULAS SIMULTANEAS
   CUADRICULAS SIMULTANEAS              REMATE DE AREA
   REMATE DE AREA
COMPETENCIA

Simultaneidad entre:

    Titulares del Régimen General – PPM
    / PMA…Tramita INGEMMET.

    Titulares con calificación de PPM y/o
    PMA…Tramita Gobierno Regional.

Los requisitos del petitorio son
evaluados por la autoridad competente
respectiva.


Art. 26 A, D.S. 018-92-EM
PRECIO BASE
• El 10% del precio base del remate deberá depositarse en la cuenta de
  remate indicada por el INGEMMET. (3% de la UIT hasta 100 hectáreas,
  incrementándose 0.2. UIT por cada 100 hectáreas o fracción).

• Deposito que deberá efectuarse con no menos de 24 horas de
  anticipación a la fecha y hora del remate.

• El original del comprobante deberá entregarse al inicio del remate o en
  fecha anterior.

• Constituye causal de abandono del área simultánea, el no
  cumplimiento de los requisitos antes referidos.

Art. 27, D.S. 018-92-EM
ACTO DE REMATE
El Director de Concesiones Mineras o la Autoridad Regional de ser el caso, abrirá
el acto de remate recibiendo el sobre cerrado, el mismo que deberá contener lo
siguiente:

a. La Carta Oferta (formal).
La Carta Oferta debe estar suscrita por el peticionario, su apoderado o
representante legal, indicando sus nombres, apellidos y el importe ofertado en
números y letras. La oferta y garantía de seriedad de oferta deben expresarse en
moneda nacional.

b. El comprobante del depósito, del 20% de su oferta.
Es causal de Abandono del área simultánea, la omisión o defecto de
cualesquiera de los requisitos antes señalados.

Art. 28, D.S. 018-92-EM
ACTA DE REMATE
•Los sobres recibidos serán abiertos y se dará lectura a las ofertas realizadas,
adjudicándose el área al postor que haya presentado la oferta más alta.
• En el supuesto en que dos o más propuestas empaten, se efectuará el sorteo en el
mismo acto.
• De todo lo actuado se sentará un acta en la que se indicará al adjudicatario y las ofertas
que se hubiesen formulado. Acta suscrita que será suscrita por el Director General de
Concesiones Mineras, por el adjudicatario y por los concurrentes que deseen hacerlo.

 Art. 29, D.S. 018-92-EM




DEPÓSITO DE LA OFERTA
•Pago de saldo de oferta dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha del remate.
•Presentación del original del comprobante de pago, dentro de los 3 días hábiles
siguientes a la fecha de efectuado el pago.

Art. 31, D.S. Nº 018-92-EM
NO DEPOSITA OFERTA
•Perderá el depósito del 10% del precio base del remate, así como el depósito de
seriedad de oferta y se declara el abandono el área simultánea del petitorio.
Art. 32, D.S. Nº 018-92-EM


INEXISTENCIA DE SIMULTANEIDAD
•Cuando al acto del remate sólo asiste uno de los interesados, se entenderá
que los demás han hecho abandono de su petitorio y se declarará inexistente
la simultaneidad.
Art. 33, D.S. Nº 018-92-EM



ABANDONO DE LOS PETITORIOS
SIMULTÁNEOS
•Cuando no se presentan postores, se declara desierto y el abandono los
petitorios simultáneos.
Art. 34, D.S. Nº 018-92-EM
II. RESTRICCIONES A LA ACTIVIDAD MINERA


     Existen áreas que por disposición
     legal están restringidas a la
     actividad minera.
                                                PATRIMONIO CULTURAL




AREA URBANA Y/O EXPANSION URBANA   OLEODUCTOS   LAGUNAS
II. RESTRICCIONES A LA ACTIVIDAD MINERA

•AREAS NATURALES PROTEGIDAS


•Las Áreas Naturales Protegidas son los
espacios continentales y/o marinos del
territorio nacional, reconocidos y
declarados como tales, para conservar la
diversidad biológica y demás valores
asociados de interés cultural, paisajístico
y científico, así como por su contribución
al desarrollo sostenible del país.

•Art. 1, Ley 26834
PROCEDIMIENTO EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS

                                         INFORME
                 INFORME                 SERNANP                          PUBLICACIONES     4
                 TECNICO                 FAVORABLE
                                                              3



                            OFICIO           2
     PETITORIO      1       SERNANP
                                                                          REDUCCION Y
                                                                          PUBLICACIONES
                                        INFORME
                 INFORME                SERNANP                3                            4
                 LEGAL                  DESFAVORABLE
                                                                          CANCELACION




1.    Se requiere emisión de compatibilidad del SERNANP, Art. 116 del D.S. N° 038-2001-AG
2.    Sin plazo. Se evalúa respuesta y grado de superposición.
3.    Se emiten los informes técnico y legal
4.    30 días hábiles para publicar y 60 días calendario para presentar
SANTUARIO NACIONAL
                     8193




                     8191
                                              AREA A RESPETAR
MACHU PICCHU




                     8189




                     8187



                            229   231   233           235
ZONA URBANA Y EXPANSION URBANA


•ÁREAS URBANAS

No se otorgarán títulos de concesión
minera metálica y no metálica, ni se
admitirán solicitudes de petitorios
mineros en áreas urbanas que hayan
sido o sean calificadas como tales por
ordenanza municipal expedida por la
Municipalidad Provincial.


•Art. 1, Ley 27015, modificado por Ley 27560
•ÁREAS DE EXPANSION URBANA

•El otorgamiento de título de concesiones
mineras metálicas y no metálicas en áreas
de expansión urbana, calificadas como
tales por ordenanza municipal vigente en
la fecha de formulación del petitorio,
previo Acuerdo de Concejo de la
Municipalidad Provincial correspondiente.

•Art. 2, Ley Nº 27015, modificado por Ley Nº 27560
•OFICIO A LA MUNICIPALIDAD

•El INGEMMET         oficiará a la
municipalidad provincial cuando de la
información que dispone se evidencie
la posibilidad que el petitorio se
encuentre en área urbana, aunque no
exista la ordenanza que la defina como
tal.

•Para estos efectos, el INGEMMET no
otorgará el título antes de sesenta (60)
días hábiles desde que se remitió el
oficio por vía postal a la municipalidad.

•Art. 3, D.S. Nº 008-2002-EM
PROCEDIMIENTO EN ZONA URBANA Y EXPANSION URBANA
            INFORME
            TECNICO




                                                                   RECHAZO
                        SE REQUIERE
                 1      INFORMACION         ACUERDO
PETITORIO
                        TECNICA             DE CONSEJO

                                                                   RESOLUCION
                                                                                         PUBLICACIONES
                               2                  3                MINISTERIAL


            INFORME                                                       4                    5
            LEGAL




   1.     Se requiere al peticionario la Información Técnica.
   2.     15 días hábiles para que el peticionario presente la Información Técnica.
   3.     60 días calendario para que la Municipalidad Provincial emita Acuerdo de Consejo.
   4.     De emitirse Acuerdo de Consejo favorable, se remite expediente al MEM para que autorice
          otorgamiento del título. Sin plazo.
   5.   30 días hábiles para publicar y 60 días calendario para presentar.
PROCESO DE CONSULTA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS


  Aplicación Temporal.
  Entidad responsable y Destinatario.
  Fuente de Información.
  Proceso de Consulta.
APLICACIÓN TEMPORAL


   El Reglamento se aplica únicamente a los petitorios mineros
   formulados a partir del 13 de mayo del 2011.


Primera Disposición Transitoria del Reglamento
«Los procedimientos administrativos iniciados antes de la vigencia de la
presente norma se regirán por las normas de participación ciudadana
vigentes en dicha oportunidad.»
ENTIDAD RESPONSABLE                             DESTINATARIO


    INGEMMET                                    PUEBLOS INDIGENAS
Artículo 1 del Reglamento
«1.2 El Ministerio de Energía y Minas,       Artículo 2 del Reglamento
PERUPETRO S.A., INGEMMET, IPEN,              «La Consulta tiene por finalidad llegar
OSINERGMIN y los Gobiernos Regionales a      a un acuerdo con los pueblos
través de las Direcciones Regionales de      indígenas sobre las mediadas del
Energía y Minas o las que hagan sus veces    Sector Minero Energético señaladas en
en el ámbito de las competencias             el presente Reglamento, susceptibles
transferidas por el Sector Energía y Minas
en     el   marco del        proceso    de   de afectarlos directamente y en qué
descentralización, son las entidades del     medida.»
Sector Energía y Minas responsables de
llevar a cabo y supervisar los procesos de
Consulta.»
FUENTE DE INFORMACION

                                                         a)Instituciones representativas de cada
                                                         pueblo indígena, elegidas de acuerdo a sus
                                                         usos y costumbres.
                                                         b)Relación de pueblos indígenas (para
                                                         precisar información de a) es necesario
                                                         determinar cuales son los pueblos que
                                                         califican como indígenas).
                                                         c)Ámbito territorial de cada pueblo
                                                         indígena (Reglamento no especifica qué
                                                         entidad es fuente de información).




Segundo párrafo del artículo 8 del Reglamento
«Señalar a los pueblos indígenas susceptibles de ser afectados directamente. En el caso de medidas
normativas deberá dirigirse a sus organizaciones indígenas representativas de carácter nacional. En
el caso de medidas administrativas deberá dirigirse a las instituciones representativas de cada
pueblo indígena susceptible de ser afectado directamente. En ambos casos, dicha representación
deberá estar acreditada ante el Ministerio de Cultura.»
PROCESO DE CONSULTA

                  NO

OFICIO
MINISTERIO
CULTURA
                                              REMITE (I.B.P)                                                                                 5
                                                                      FASE(S)
                  SI         PROCEDE          A LOS PUEBLOS
                                                                      DE            1ra FASE                                SI
     1                       CONSULTA         INDÍGENAS PARA
                                                                      DIALOGO
                                                                                                        ACUERDO                    TITULO
                                              SU EVALUACION


                                 2                    3                   4                                      NO
                                                                                                                 2da FASE
                                                                                                  6
                                                                                                                            SI
                                                                                                        ACUERDO



1)    Pueblos Indígenas en el área del petitorio y acreditados ante MC.
                                                                                                                 NO
2)    Pueblos Indígenas susceptibles de ser afectados, medida materia de consulta y como ésta
      les afectaría.                                                                                  DECISIÓN
3)    Plazo de 20 días hábiles.
4)    Plazo máximo de 20 días hábiles.
5)    Fundamentado en : análisis del resultado del proceso de consulta y el contenido del acta,
      considerando el interés nacional, el desarrollo sostenible, Convenio Nº 169 de la OIT,
                                                                                                                                 ADECUARLA
      Constitución Política del Perú y Sentencia del Tribunal Constitucional.
                                                                                                                                 TITULO
6)    Plazo no mayor de 6 días hábiles desde la culminación de la 1ra. Fase aplicándose los
      mismos procedimientos y plazo de la primera fase.                                                                          DENIEGA
GRACIAS

Más contenido relacionado

PPT
Procedimiento Ordinario Minero
PPTX
Procedimiento ordinario minero
PPTX
Tema 07 mg-concesiones mineras
PPT
Procedimiento Simultaneidad
PPTX
Contratos mineros (convertido)
PDF
ley de mineria
PPTX
Concesiones de beneficio y autorizacion de beneficios
PDF
Procedimiento Ordinario Minero
Procedimiento Ordinario Minero
Procedimiento ordinario minero
Tema 07 mg-concesiones mineras
Procedimiento Simultaneidad
Contratos mineros (convertido)
ley de mineria
Concesiones de beneficio y autorizacion de beneficios
Procedimiento Ordinario Minero

La actualidad más candente (20)

PPT
PDF
La Concesion Minera En El Peru
PPT
Tema 06 mg- actividades minería
PDF
Solicitud de Petitorios Mineros, Acumulaciones y Unidades Económicas Administ...
PDF
PPT
Litigación oral (teoría del caso)
PPTX
Petitorio minero unsa
PDF
Concesiones Mineras: Evaluación Técnica
PPT
Procedimiento Ordinario Minero
PPTX
Acumulación y División
PPT
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA ACTIVIDAD MINERA EN EL PERÚ
PPTX
El Catastro Minero y SNCP
PDF
PPT
Contratos mineros
DOCX
DOCUMENTO PRIVADO DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL, RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y COM...
PPT
Procedimiento Oposición
PPTX
Solicitud de concesiones mineras
PPT
Proceso de habeas data
PDF
PPTX
Demanda en desalojo por falta de pago ante el juzgado de paz.
La Concesion Minera En El Peru
Tema 06 mg- actividades minería
Solicitud de Petitorios Mineros, Acumulaciones y Unidades Económicas Administ...
Litigación oral (teoría del caso)
Petitorio minero unsa
Concesiones Mineras: Evaluación Técnica
Procedimiento Ordinario Minero
Acumulación y División
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA ACTIVIDAD MINERA EN EL PERÚ
El Catastro Minero y SNCP
Contratos mineros
DOCUMENTO PRIVADO DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL, RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y COM...
Procedimiento Oposición
Solicitud de concesiones mineras
Proceso de habeas data
Demanda en desalojo por falta de pago ante el juzgado de paz.
Publicidad

Similar a Procedimientos Especiales (20)

PDF
AREAS RESTRINGUIDAS A LA ACTIVIDAD MINERO 2019
PPT
CONCESIONES MINERAS Y PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL
PDF
POM OD - JUNÍN.pptx.pdf
DOCX
Nomas tecnico legales
PDF
Proceso de consulta a los pueblos indígenas
PPT
CONCESIÓN MINERA MI-340 (UNSCH)
PPTX
Normativa Minera
PPT
Minería en Bogotá: Las problemáticas están a la vuelta de la esquina
PPTX
Normativa minera
PDF
Catastro de áreas restringidas a la Actividad Minera - CARAM
DOCX
Derecho minero
PPT
Minería en Bogotá: Las problemáticas están a la vuelta de la esquina
PPTX
Permisología minera
PDF
Guia de Constitucion de Concesiones
PDF
Estudio a la realidad de las concesiones mineras
PDF
Estudio a la realidad de las concesiones mineras
DOCX
Tarea concesión minera
PPTX
derecho minero procedimiento ordinario.pptx
DOCX
Cómo es el proceso de habilitación urbana-CO01.docx
PDF
Plan 94 ds nº 018-92_2008
AREAS RESTRINGUIDAS A LA ACTIVIDAD MINERO 2019
CONCESIONES MINERAS Y PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL
POM OD - JUNÍN.pptx.pdf
Nomas tecnico legales
Proceso de consulta a los pueblos indígenas
CONCESIÓN MINERA MI-340 (UNSCH)
Normativa Minera
Minería en Bogotá: Las problemáticas están a la vuelta de la esquina
Normativa minera
Catastro de áreas restringidas a la Actividad Minera - CARAM
Derecho minero
Minería en Bogotá: Las problemáticas están a la vuelta de la esquina
Permisología minera
Guia de Constitucion de Concesiones
Estudio a la realidad de las concesiones mineras
Estudio a la realidad de las concesiones mineras
Tarea concesión minera
derecho minero procedimiento ordinario.pptx
Cómo es el proceso de habilitación urbana-CO01.docx
Plan 94 ds nº 018-92_2008
Publicidad

Más de Sector Energía y Minas - INGEMMET (20)

PPTX
Conozca cuales son las zonas más vulnerables en caso de derrumbes y huaicos e...
PDF
Geoquímica en el Orógeno Peruano Herramienta Exitosa en Prospección Minera y ...
PPT
Comercio Exterior de Rocas y Minerales Industriales del Perú 2000 -20013
PDF
The Future Copper Endowment in Peru
PDF
Evaluación Potencial Minero
PDF
Inventario Regional de Recursos Minerales
PPTX
Investigaciones Geologicas Regionales en Recursos Minerales y Energéticos jor...
PPTX
Información de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo para la Zonificaci...
PPTX
Investigaciones Geológicas Regionales en Paleontología
PPTX
Investigaciones Geológicas Regionales relacionadas a recursos energéticos
PPTX
Investigaciones Geológicas Regionales, relacionadas a recursos minerales
PPTX
Proceso de Estudios de Investigación de Geología Regional
PPTX
PPTX
Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia
PPTX
Catastro de Áreas Restringidas
PPTX
Catastro Minero, ingreso y mantenimiento
PPT
Registro de Actos Registrales
PPTX
Aspectos Técnicos de Evaluación
PPTX
Archivo: Fondo Minero
Conozca cuales son las zonas más vulnerables en caso de derrumbes y huaicos e...
Geoquímica en el Orógeno Peruano Herramienta Exitosa en Prospección Minera y ...
Comercio Exterior de Rocas y Minerales Industriales del Perú 2000 -20013
The Future Copper Endowment in Peru
Evaluación Potencial Minero
Inventario Regional de Recursos Minerales
Investigaciones Geologicas Regionales en Recursos Minerales y Energéticos jor...
Información de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo para la Zonificaci...
Investigaciones Geológicas Regionales en Paleontología
Investigaciones Geológicas Regionales relacionadas a recursos energéticos
Investigaciones Geológicas Regionales, relacionadas a recursos minerales
Proceso de Estudios de Investigación de Geología Regional
Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia
Catastro de Áreas Restringidas
Catastro Minero, ingreso y mantenimiento
Registro de Actos Registrales
Aspectos Técnicos de Evaluación
Archivo: Fondo Minero

Último (20)

PDF
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
PPTX
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
PPTX
4. Qué es un computador PARA GRADO CUARTO.pptx
PDF
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
PPTX
RESUMENES JULIO - QUIRÓFANO HOSPITAL GENERAL PUYO.pptx
PDF
Los10 Mandamientos de la Actitud Mental Positiva Ccesa007.pdf
PDF
Manual del Gobierno Escolar -MINEDUC.pdf
PDF
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
PDF
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
DOC
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
PDF
Ernst Cassirer - Antropologia Filosofica.pdf
DOC
4°_GRADO_-_SESIONES_DEL_11_AL_15_DE_AGOSTO.doc
PDF
CURRICULAR DE PRIMARIA santa ursula..pdf
DOCX
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
PDF
La Formacion Universitaria en Nuevos Escenarios Ccesa007.pdf
PDF
Telos 127 Generacion Al fa Beta - fundaciontelefonica
PPTX
TEMA 1ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL CUERPO, MEDIO INTERNO Y HOMEOSTASIS (3) [Aut...
DOCX
PLAN DE AREA DE CIENCIAS SOCIALES TODOS LOS GRUPOS
PDF
La lluvia sabe por qué: una historia sobre amistad, resiliencia y esperanza e...
PPTX
Clase 3 del silabo-gestion y control financiero
ciencia_tecnologia_sociedad Mitcham Carl. (1994)..pdf
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
4. Qué es un computador PARA GRADO CUARTO.pptx
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
RESUMENES JULIO - QUIRÓFANO HOSPITAL GENERAL PUYO.pptx
Los10 Mandamientos de la Actitud Mental Positiva Ccesa007.pdf
Manual del Gobierno Escolar -MINEDUC.pdf
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
Ernst Cassirer - Antropologia Filosofica.pdf
4°_GRADO_-_SESIONES_DEL_11_AL_15_DE_AGOSTO.doc
CURRICULAR DE PRIMARIA santa ursula..pdf
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
La Formacion Universitaria en Nuevos Escenarios Ccesa007.pdf
Telos 127 Generacion Al fa Beta - fundaciontelefonica
TEMA 1ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL CUERPO, MEDIO INTERNO Y HOMEOSTASIS (3) [Aut...
PLAN DE AREA DE CIENCIAS SOCIALES TODOS LOS GRUPOS
La lluvia sabe por qué: una historia sobre amistad, resiliencia y esperanza e...
Clase 3 del silabo-gestion y control financiero

Procedimientos Especiales

  • 1. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES Abogado José Rodríguez Ramírez Dirección de Concesiones Mineras jrodriguez@ingemmet.gob.pe
  • 2. INDICE I. Marco normativo II. Procedimiento de Simultaneidad III. Restricciones a la Actividad Minera Áreas Naturales Protegidas Áreas Urbana y Expansión Urbana I. Proceso de Consulta a los Pueblos Indígenas
  • 3. MARCO NORMATIVO Decreto Supremo N° 014-92-EM “Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería”. Decreto Supremo N° 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”. Ley N° 26834 “Ley de Áreas Naturales Protegidas y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG”. Ley N° 27015 “Ley de Áreas Urbanas y de Expansión Urbana, modificada por la Ley N° 27560, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-EM”. Decreto Supremo N° 023-2011-EM “Reglamento del Procedimiento para la aplicación del Derecho de Consulta a los Pueblos Indígenas para las Actividades Minero Energéticas”.
  • 4. I. PROCEDIMIENTO DE SIMULTANEIDAD Artículo 128 del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 26 Decreto Supremo N° 018- 92-EM Se presenta simultaneidad cuando dos o más peticionarios solicitan la misma poligonal, cuadrícula o conjunto de cuadrículas en el mismo día, hora y minuto. TOTAL PARCIAL CUADRICULAS SIMULTANEAS CUADRICULAS SIMULTANEAS REMATE DE AREA REMATE DE AREA
  • 5. COMPETENCIA Simultaneidad entre: Titulares del Régimen General – PPM / PMA…Tramita INGEMMET. Titulares con calificación de PPM y/o PMA…Tramita Gobierno Regional. Los requisitos del petitorio son evaluados por la autoridad competente respectiva. Art. 26 A, D.S. 018-92-EM
  • 6. PRECIO BASE • El 10% del precio base del remate deberá depositarse en la cuenta de remate indicada por el INGEMMET. (3% de la UIT hasta 100 hectáreas, incrementándose 0.2. UIT por cada 100 hectáreas o fracción). • Deposito que deberá efectuarse con no menos de 24 horas de anticipación a la fecha y hora del remate. • El original del comprobante deberá entregarse al inicio del remate o en fecha anterior. • Constituye causal de abandono del área simultánea, el no cumplimiento de los requisitos antes referidos. Art. 27, D.S. 018-92-EM
  • 7. ACTO DE REMATE El Director de Concesiones Mineras o la Autoridad Regional de ser el caso, abrirá el acto de remate recibiendo el sobre cerrado, el mismo que deberá contener lo siguiente: a. La Carta Oferta (formal). La Carta Oferta debe estar suscrita por el peticionario, su apoderado o representante legal, indicando sus nombres, apellidos y el importe ofertado en números y letras. La oferta y garantía de seriedad de oferta deben expresarse en moneda nacional. b. El comprobante del depósito, del 20% de su oferta. Es causal de Abandono del área simultánea, la omisión o defecto de cualesquiera de los requisitos antes señalados. Art. 28, D.S. 018-92-EM
  • 8. ACTA DE REMATE •Los sobres recibidos serán abiertos y se dará lectura a las ofertas realizadas, adjudicándose el área al postor que haya presentado la oferta más alta. • En el supuesto en que dos o más propuestas empaten, se efectuará el sorteo en el mismo acto. • De todo lo actuado se sentará un acta en la que se indicará al adjudicatario y las ofertas que se hubiesen formulado. Acta suscrita que será suscrita por el Director General de Concesiones Mineras, por el adjudicatario y por los concurrentes que deseen hacerlo. Art. 29, D.S. 018-92-EM DEPÓSITO DE LA OFERTA •Pago de saldo de oferta dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha del remate. •Presentación del original del comprobante de pago, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de efectuado el pago. Art. 31, D.S. Nº 018-92-EM
  • 9. NO DEPOSITA OFERTA •Perderá el depósito del 10% del precio base del remate, así como el depósito de seriedad de oferta y se declara el abandono el área simultánea del petitorio. Art. 32, D.S. Nº 018-92-EM INEXISTENCIA DE SIMULTANEIDAD •Cuando al acto del remate sólo asiste uno de los interesados, se entenderá que los demás han hecho abandono de su petitorio y se declarará inexistente la simultaneidad. Art. 33, D.S. Nº 018-92-EM ABANDONO DE LOS PETITORIOS SIMULTÁNEOS •Cuando no se presentan postores, se declara desierto y el abandono los petitorios simultáneos. Art. 34, D.S. Nº 018-92-EM
  • 10. II. RESTRICCIONES A LA ACTIVIDAD MINERA Existen áreas que por disposición legal están restringidas a la actividad minera. PATRIMONIO CULTURAL AREA URBANA Y/O EXPANSION URBANA OLEODUCTOS LAGUNAS
  • 11. II. RESTRICCIONES A LA ACTIVIDAD MINERA •AREAS NATURALES PROTEGIDAS •Las Áreas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, reconocidos y declarados como tales, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. •Art. 1, Ley 26834
  • 12. PROCEDIMIENTO EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS INFORME INFORME SERNANP PUBLICACIONES 4 TECNICO FAVORABLE 3 OFICIO 2 PETITORIO 1 SERNANP REDUCCION Y PUBLICACIONES INFORME INFORME SERNANP 3 4 LEGAL DESFAVORABLE CANCELACION 1. Se requiere emisión de compatibilidad del SERNANP, Art. 116 del D.S. N° 038-2001-AG 2. Sin plazo. Se evalúa respuesta y grado de superposición. 3. Se emiten los informes técnico y legal 4. 30 días hábiles para publicar y 60 días calendario para presentar
  • 13. SANTUARIO NACIONAL 8193 8191 AREA A RESPETAR MACHU PICCHU 8189 8187 229 231 233 235
  • 14. ZONA URBANA Y EXPANSION URBANA •ÁREAS URBANAS No se otorgarán títulos de concesión minera metálica y no metálica, ni se admitirán solicitudes de petitorios mineros en áreas urbanas que hayan sido o sean calificadas como tales por ordenanza municipal expedida por la Municipalidad Provincial. •Art. 1, Ley 27015, modificado por Ley 27560
  • 15. •ÁREAS DE EXPANSION URBANA •El otorgamiento de título de concesiones mineras metálicas y no metálicas en áreas de expansión urbana, calificadas como tales por ordenanza municipal vigente en la fecha de formulación del petitorio, previo Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial correspondiente. •Art. 2, Ley Nº 27015, modificado por Ley Nº 27560
  • 16. •OFICIO A LA MUNICIPALIDAD •El INGEMMET oficiará a la municipalidad provincial cuando de la información que dispone se evidencie la posibilidad que el petitorio se encuentre en área urbana, aunque no exista la ordenanza que la defina como tal. •Para estos efectos, el INGEMMET no otorgará el título antes de sesenta (60) días hábiles desde que se remitió el oficio por vía postal a la municipalidad. •Art. 3, D.S. Nº 008-2002-EM
  • 17. PROCEDIMIENTO EN ZONA URBANA Y EXPANSION URBANA INFORME TECNICO RECHAZO SE REQUIERE 1 INFORMACION ACUERDO PETITORIO TECNICA DE CONSEJO RESOLUCION PUBLICACIONES 2 3 MINISTERIAL INFORME 4 5 LEGAL 1. Se requiere al peticionario la Información Técnica. 2. 15 días hábiles para que el peticionario presente la Información Técnica. 3. 60 días calendario para que la Municipalidad Provincial emita Acuerdo de Consejo. 4. De emitirse Acuerdo de Consejo favorable, se remite expediente al MEM para que autorice otorgamiento del título. Sin plazo. 5. 30 días hábiles para publicar y 60 días calendario para presentar.
  • 18. PROCESO DE CONSULTA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS Aplicación Temporal. Entidad responsable y Destinatario. Fuente de Información. Proceso de Consulta.
  • 19. APLICACIÓN TEMPORAL El Reglamento se aplica únicamente a los petitorios mineros formulados a partir del 13 de mayo del 2011. Primera Disposición Transitoria del Reglamento «Los procedimientos administrativos iniciados antes de la vigencia de la presente norma se regirán por las normas de participación ciudadana vigentes en dicha oportunidad.»
  • 20. ENTIDAD RESPONSABLE DESTINATARIO INGEMMET PUEBLOS INDIGENAS Artículo 1 del Reglamento «1.2 El Ministerio de Energía y Minas, Artículo 2 del Reglamento PERUPETRO S.A., INGEMMET, IPEN, «La Consulta tiene por finalidad llegar OSINERGMIN y los Gobiernos Regionales a a un acuerdo con los pueblos través de las Direcciones Regionales de indígenas sobre las mediadas del Energía y Minas o las que hagan sus veces Sector Minero Energético señaladas en en el ámbito de las competencias el presente Reglamento, susceptibles transferidas por el Sector Energía y Minas en el marco del proceso de de afectarlos directamente y en qué descentralización, son las entidades del medida.» Sector Energía y Minas responsables de llevar a cabo y supervisar los procesos de Consulta.»
  • 21. FUENTE DE INFORMACION a)Instituciones representativas de cada pueblo indígena, elegidas de acuerdo a sus usos y costumbres. b)Relación de pueblos indígenas (para precisar información de a) es necesario determinar cuales son los pueblos que califican como indígenas). c)Ámbito territorial de cada pueblo indígena (Reglamento no especifica qué entidad es fuente de información). Segundo párrafo del artículo 8 del Reglamento «Señalar a los pueblos indígenas susceptibles de ser afectados directamente. En el caso de medidas normativas deberá dirigirse a sus organizaciones indígenas representativas de carácter nacional. En el caso de medidas administrativas deberá dirigirse a las instituciones representativas de cada pueblo indígena susceptible de ser afectado directamente. En ambos casos, dicha representación deberá estar acreditada ante el Ministerio de Cultura.»
  • 22. PROCESO DE CONSULTA NO OFICIO MINISTERIO CULTURA REMITE (I.B.P) 5 FASE(S) SI PROCEDE A LOS PUEBLOS DE 1ra FASE SI 1 CONSULTA INDÍGENAS PARA DIALOGO ACUERDO TITULO SU EVALUACION 2 3 4 NO 2da FASE 6 SI ACUERDO 1) Pueblos Indígenas en el área del petitorio y acreditados ante MC. NO 2) Pueblos Indígenas susceptibles de ser afectados, medida materia de consulta y como ésta les afectaría. DECISIÓN 3) Plazo de 20 días hábiles. 4) Plazo máximo de 20 días hábiles. 5) Fundamentado en : análisis del resultado del proceso de consulta y el contenido del acta, considerando el interés nacional, el desarrollo sostenible, Convenio Nº 169 de la OIT, ADECUARLA Constitución Política del Perú y Sentencia del Tribunal Constitucional. TITULO 6) Plazo no mayor de 6 días hábiles desde la culminación de la 1ra. Fase aplicándose los mismos procedimientos y plazo de la primera fase. DENIEGA