El documento trata sobre la protección jurídica del software en diferentes países. Explica que en Estados Unidos, el software debe demostrar una utilidad más allá de simples cálculos para ser patentable. En Colombia, el software libre está protegido por derechos de autor aún cuando sea obra colectiva. En Argentina, la ley evolucionó para incluir explícitamente la protección de software. Finalmente, en Perú y la CAN, el software se protege como obra literaria bajo derechos de autor.