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PLIEGO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Versión SERCOP 1.1 (20 de febrero 2014) 
ÍNDICE 
I. CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA DE BIENES Y/O SERVICIOS 
SECCION I 
CONVOCATORIA 
SECCION II 
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA. 
2.1 Objeto 
2.2 Presupuesto referencial 
2.3 Especificaciones técnicas o términos de referencia 
SECCION III 
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 
3.1 Cronograma del procedimiento 
3.2 Vigencia de la oferta 
3.3 Precio de la Oferta 
3.4 Forma de presentar la oferta 
3.5 Plazo de Ejecución 
3.6 Forma de Pago 
SECCIÓN IV 
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TECNICAS 
4.1 Evaluación de la oferta 
4.1.1 Integridad de las ofertas 
4.1.2 Equipo Mínimo 
4.1.3 Personal técnico mínimo 
4.1.4 Experiencia general y específica mínima 
4.1.5 Experiencia mínima del personal técnico 
4.1.6 Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia 
4.1.7 Patrimonio (Personas Jurídicas) 
4.1.8 Porcentaje del Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo 
4.1.9 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta. 
4.1.10 Información Financiera de Referencia 
SECCIÓN V 
PUJA 
5.1 Oferta económica inicial 
5.2 Puja 
5.3 Negociación única
SECCIÓN VI 
OBLIGACIONES DE LAS PARTES 
6.1 Obligaciones del Contratista 
6.2 Obligaciones de la Contratante 
Nota: Edición del modelo de pliego.- La entidad contratante señalará en las condiciones particulares del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica las especificidades del procedimiento al que convoca y para el efecto detallará e individualizará las condiciones del mismo. En consecuencia, la entidad contratante asume la responsabilidad por los ajustes y/o modificaciones realizadas a las condiciones particulares del presente pliego, así como por la determinación y aplicabilidad de los formularios previstos para el presente proceso, y reemplazará todo texto que conste en paréntesis por el contenido pertinente. 
SUBASTA INVERSA ELECTRONICA 
SIE-DPACH-015-2014 
I. CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA 
SECCIÓN I 
CONVOCATORIA 
Se convoca a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores – RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para “IMPLEMENTAR EL CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. 
Aquellos proveedores que no hayan sido invitados automáticamente a través del Portal Institucional del SERCOP, siempre que estén registrados en la categoría del producto, CPC, correspondiente, podrán auto invitase, hasta antes de la fecha límite para presentación de ofertas para participar en el procedimiento. 
El presupuesto referencial es de USD. 30.140, 27 (TREINTA MIL CIENTO CUARENTA CON 27/100 dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de 60 días calendario, contados a partir de la entrega del anticipo. 
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes: 
1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del SERCOP (www.compraspublicas.gob.ec); únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la (entidad contratante) el valor de $ 0,00 de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP.
2. Los interesados podrán formular preguntas en el término de 2 días, contado a partir de la fecha de publicación, de acuerdo a lo que establezca la Dirección Provincial de Chimborazo. La Comisión Técnica y/o máxima autoridad o su delegado absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de 3 días subsiguientes a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones. 
3. La oferta se presentará de forma física en la Secretaría de la Dirección Provincial de Chimborazo, ubicada en la Ave. 9 de octubre, junto a la Quinta Macají; o de forma electrónica a través del Portal Institucional del SERCOP, caso en el que para ser válida deberá estar firmada electrónicamente; hasta las 16h00 del día 28 de agosto de 2014, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-. 
4. Si la calificación realizada por la Dirección Provincial de Chimborazo, ha sido aceptada por la máxima autoridad o su delegado, se dispondrá que los oferentes habilitados presenten sus ofertas económicas iniciales a través del Portal Institucional del SERCOP, las mismas que deberán ser inferiores al presupuesto referencial. 
Para poder participar del mecanismo electrónico en el Portal, al momento de realizarse la puja, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores 
5. En el día y hora señalados en el Convocatoria, se realizará la puja hacia la baja a través del Portal Institucional. 
6. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria 25 00 000 001 530402 0600 002 0000 0000 Edificios Locales Residencias y Cableado Estructurado (instalación mantenimiento y reparaciones). La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la contratación incluyéndose el IVA. Se otorgará un anticipo del 60%. 
7. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el presente pliego. 
8. La Dirección Provincial de Chimborazo se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna. 
Riobamba, 20 de agosto de 2014.
SECCIÓN II 
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA. 
2.1 Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de origen ecuatoriano de mejor costo, en los términos del numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP, para la “IMPLEMENTAR EL CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. 
Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará las ofertas que no se consideren ecuatorianas que se hubieren presentado. 
Presupuesto referencial: El presupuesto referencial es de USD. 30.140, 27 (TREINTA MIL CIENTO CUARENTA CON 27/100 dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, con sujeción al Plan Anual de Contratación respectivo), NO INCLUYE IVA. 
CÓDIGO CPC DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO GLOBAL 87390.00.1 IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DEL PROYECTO: ACCESO, FOMENTO Y LEGALIZACIÓN PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR CAMPESINA Global 1 32142.00 32142.00 Global 1 30147.27 30147.27 Presupuesto Referencial (SIN IVA) 30147.27 
2.2 Especificaciones técnicas o términos de referencia: Las especificaciones técnicas y/o términos de referencia para la presente contratación se detallan a continuación: 
El cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones debe ser completamente respaldado con catálogos, manuales hojas técnicas, etc. Se debe detallar la hoja y el datasheet donde se encuentra la especificación solicitada, las cuales deben adjuntarse necesariamente a la oferta en formato digital e impreso. 
El oferente debe incluir en la oferta para cada uno de los bienes y componentes descritos a lo largo del documento de especificaciones técnicas y términos de referencia: transporte, bodegaje, instalación, mano de obra, obra civil si fuese el caso, elementos listos para la puesta en operación, capacitación y todos los servicios asociados. 
METODOLOGIA DEL TRABAJO 
 Implementación 
La implementación de la red LAN en las oficinas deben realizarse siguiendo los principios y estándares establecidos por la ANSI EIA/TIA para el sistema de cableado estructurado.
El diseño de la red LAN, deberá ser dividido en forma modular, dividiendo los sistemas de cableado en subsistemas, el mismo que se realizará por áreas. Lo que ayudará en el futuro a la detección de fallas, problemas o cambios en los diseños así mismo a la solución de éstos y sobre todo en las ocasiones en que se realicen cambios en el diseño, se afectará lo menos posible, la red deberá ser diseñada con perspectivas de crecimiento altamente escalable y flexible para cubrir las necesidades futuras de la misma. 
Para la implementación de la red LAN antes de la ejecución del servicio se debe realizar el levantamiento de la información de las plantas arquitectónicas con sus acotaciones, medidas, y nombres de las áreas en un plano. 
Cableado Horizontal 
Este cableado hace referencia a la estructura de red de cada una de las áreas de trabajo que se encuentran en una misma edificación. La conexión de cada estación de trabajo se lo hará mediante un patch cord no menor a 7 pies a un cajetín de red que contendrá el Jack (terminaciones de los puntos de red). 
De este cajetín parten los cables de red que se tienden por la pared protegidos con canaletas de fácil apertura y sellado con sus elementos de sujeción llegando al patch panel que conectará al equipo de red no sin antes estar perfectamente organizados de manera horizontal, vertical y etiquetado, para la etiquetación de las placas de pared en cada una de las áreas de trabajo se utilizará la siguiente nomenclatura: 
PB-R01-01 
 Ubicación Planta Baja PB 
 Número de Rack 01 
 Punto de red 01. 
Las rutas y medios que se utilicen para la distribución del cableado en las áreas de trabajo se realizará considerando que no afecte la estética de las oficinas debiendo utilizar en estos casos rutas perimetrales. 
El cuarto de comunicaciones del edificio, deberá contar con un rack tipo armario cerrado de piso, con tapas desmontables en todos los lados en el cual se encuentran los siguientes accesorios: 
 Organizador horizontal 
 Manejadores verticales 
 Bandeja de alta resistencia 
 Ventiladores 
 Regletas de tomacorrientes con supresor 
Los trabajos se realizarán en el los horario y días a convenir. 
Estándares Internacionales Mínimos a Cumplir 
Estándar ANSI/TIA–568-C la cual es una actualización del estándar ANSI/TIA/EIA–568B. 
Estándar ANSI/TIA/EIA-569-A/B/ de Rutas y Espacios de Telecomunicaciones para Edificios Comerciales. Define la infraestructura del cableado de telecomunicaciones, a través de tubería, registros, pozos, trincheras, canal, entre otros, para su buen funcionamiento y desarrollo futuro.
EIA/TIA 607, define al sistema de tierra física y el de alimentación bajo las cuales se deberán de operar y proteger los elementos del sistema estructurado, para lo cual se requiere de la instalación de una puesta a tierra química con electrodo. 
Diseño de la Red 
Deberá existir el diseño gráfico sobre un plano que identifique con simbología a cada elemento de cableado de tal manera que al observar la imagen y al compararla con la simbología se pueda saber de manera rápida la información de cada elemento. La documentación consistirá en un concentrado de todos los planos, tablas y datos del proyecto en una memoria técnica además de la colocación de los etiquetados y colocado en el cuarto de comunicaciones. 
La red debe ser flexible en caso de reubicación del punto de red o reubicación del gabinete. 
Toda la Red debe ser Cat 6A, el cable debe tener chaqueta CMR que cumpla con las especificaciones ANSI/TIA/EIA-568-B.2-1 Para categoría 6A y con las especificaciones ISO / IEC 11801:2002, 
Los Patch panel deben ser modulares con sus Jack planos 
Se debe dimensionar las canaletas y ducterías de tal forma que quede un espacio libre de un 40 % para futuros crecimientos de la red. 
La localización de los puntos de red se encuentra en el Anexo 1, debiendo aclarar que pueden variar su ubicación de acuerdo a sitio de las estaciones de trabajo de los funcionarios. 
Capacitación /Acompañamiento/Documentación: 
El servicio de transferencia de conocimientos no tendrá costo extra para SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA y debe ser un valor agregado de la propuesta a presentar, los valores de la capacitación serán cubiertos en su totalidad por el oferente. 
Se deberá impartir mínimo 8 horas de capacitación al Técnico Informático de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y al Técnico Informático de la Coordinación Zonal 3, la misma que deberá realizársela en el sitio destinado para la instalación del Cableado Estructurado. 
Se designará un Técnico para que realice el acompañamiento y monitoreo en la implementación, recepción de la instalación y activación del cableado estructurado. 
La persona natural o jurídica contratada para realizar la implementación del cableado estructurado, puesta a tierra del cuarto de comunicaciones y/o relacionadas, deberá entregar la documentación correspondiente al proyecto en cuestión, a través de una Memoria Técnica con el siguiente contenido: 
Memoria Técnica 
 Índice. 
 Introducción del Sistema de cableado estructurado.
 Referencias Técnicas bajo las cuales se contrató el trabajo. 
 Descripción del Proyecto (de la instalación en base a normas y diagramas unifilares). 
 Fichas Técnicas de los elementos de conectividad instalados. 
 Planos de la red (Ubicación de racks, equipos, nodos, trayectoria de ducterías, canaletas, etc). 
 Diagramas de conexión. 
 Descripción de la nomenclatura de identificación de elementos de conectividad. 
 Tablas de identificación con número de todos y cada uno de los puntos instalados, ubicación y aplicación de los mismos (potencia, voz, datos). 
 Reporte impreso y en el archivo fuente del equipo, del 100% de cumplimiento de las pruebas pasivas en CAT 6A realizadas de cada punto de datos cumpliendo con las normas. 
 Notas: 
Todos los dibujos y diagramas deberán elaborarse en Autocad. 
Esta documentación será de uso exclusivo de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y deberá considerarse información confidencial, por lo que su reproducción parcial o total queda prohibida. 
La documentación resultante de todo el proyecto deberá ser entregada en formato impreso y electrónico, según las herramientas de software utilizadas para el efecto, mismas que deben ser de uso común en el mercado. 
El personal técnico que estará a cargo de la implementación e instalación, deberá tener la experiencia específica, para lo cual deberá coordinar los trabajos con el personal técnico de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y la Coordinación Zonal 3. 
La persona natural o jurídica deberá poseer más de 2 años de experiencia en la implementación de redes de datos y eléctricas en el mercado y poseer al menos 1 técnico instalador certificado de la marca en que la solución sea ofertada. 
La marca ofertada debe ofrecer una garantía técnica mínima de 25 años, sobre la instalación del cableado estructurado. 
Materiales y piezas: 
Detalle de las Características Básicas que deben tener los Componentes del Cableado Estructurado de Datos: 
Especificaciones técnicas cableado estructurado horizontal con categoría 6A 
Generales 
Las especificaciones técnicas descritas a continuación son características mínimas de cumplimiento obligatorio, por lo tanto las propuestas pueden superarlas pero no omitirlas, en tal situación, la oferta será descalificada. 
 Para la implementación del proyecto se emplearán solo equipos, materiales y accesorios nuevos que garanticen un comportamiento satisfactorio a largo plazo de acuerdo a las condiciones físicas a las que serán sometidas.
 Toda la solución del proyecto debe ser ejecutada, entregada y quedar operativa a entera satisfacción de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria. 
 El adjudicatario será el responsable de proveer todos los equipos, materiales, accesorios y personal que permita ejecutar el proyecto. Será responsabilidad del adjudicatario cubrir todos los costos que no hayan sido contemplados en su oferta y que al momento de la implementación sean requeridos. Adicionalmente el oferente será responsable de cubrir cualquier evento, accidente o calamidad que pueda suscitarse con sus empleados durante la ejecución de los trabajos del proyecto, sin que estos puedan ser imputados a la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria. 
 La Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria se reserva el derecho de verificar cualquier información o documento presentado por los oferentes. En el caso de comprobar falsificación o adulteración de la información la oferta quedará anulada automáticamente. 
 Para la solución de cableado estructurado, el canal completo deberá cumplir con las pruebas de rendimiento y desempeño de la ANSI/TIA/EIA 568-C.2-10 para 100 metros con cuatro (4) conectores en el canal según las especificaciones de la norma (incluyendo NEXT y FEXT). 
 Los componentes de la solución de cableado estructurado horizontal deberán tener certificaciones Internacionales para el efecto; tales como patchcord, cable utp, faceplate, patch panel y jacks. Además todos los componentes de la solución de cableado estructurado 6A horizontal deberán ser de un mismo fabricante. 
 Todo hardware de conexión y cable de telecomunicaciones debe estar manufacturado por un fabricante certificado ISO 9001 e ISO14001. Adjuntar los certificados. Certificaciones para categoría 6A UTP a 500 MHz o superiores. 
 El fabricante debe contar con una persona permanente (el 100% del tiempo) en Ecuador para soporte preventa y postventa, así como para el trámite de garantías localmente. Adjuntar certificado de fábrica correspondiente. 
 El sistema de cableado estructurado de datos tendrá una garantía expedida por el fabricante por un mínimo de 25 años sobre todos y cada uno de los componentes instalados. También la oferta vendrá acompañada de una carta emitida por el fabricante en donde se avala el respaldo del mismo a la empresa oferente y se asume un compromiso por la garantía. 
El Sistema de Cableado estructurado 6A UTP para los servicios de datos debe cumplir con las especificaciones de la ANSI/TIA–568-C para CATEGORIA 6A y las recomendaciones consignadas en los siguientes estándares: 
 ANSI/TIA–568-C la cual es una actualización del estándar ANSI/TIA/EIA–568B y detalla principalmente los siguientes elementos que deben cumplirse. 
 ANSI/TIA-568-C.0, "Generic Telecommunications Cabling for Customer Premises" 
 ANSI/TIA-568-C.1, "Commercial Building Telecommunications Cabling Standard" 
 ANSI/TIA-568-C.2, "Balanced Twisted-Pair Telecommunication Cabling and Components Standard". 
 ANSI/TIA/EIA-569-B Commercial Building Standard for Telecomunications Pathways and Spaces, que estandariza prácticas de diseño y construcción dentro y entre edificios, que son hechas en soporte de medios y/o equipos de telecomunicaciones tales como canaletas y guías, facilidades de entrada al edificio, armarios y/o closet de comunicaciones y cuarto de equipos. 
 ANSI/EIA/TIA-606A Administration Standard for the Telecomunications Commercial Building dura of Comercial Buildings, que da las guías para marcar y administrar los componentes de un sistema de Cableado estructurado 6A.
 J-STD-607A Commercial Building Grounding (Earthing) and Bonding Requeriments for Telecomunications, que describe los métodos estándares para distribuir las señales de tierra a través de un edificio. 
 UL 94 Estándar de UL que Prueba la Resistencia a la Propagación de la Flama en los productos. 
Cable Categoría 6A 
 El cable debe cumplir o superar las especificaciones de la norma TIA/EIA 568-C.2, Transmission Performance Specifications para Cable Categoría 6A(indicar marca). 
 El forro del cable debe tener impresa, como mínimo, la siguiente información: nombre del fabricante, número de parte, tipo de cable, número de pares, tipo de listado (v.gr. CMR). 
 No se aceptarán cables con conductores pegados u otros métodos de ensamblaje que requieran herramientas especiales para su terminación. 
 La chaqueta del cable debe ser continua, sin porosidades, con especificación de su cubierta CMR (UL). 
 Debe soportar el estándar IEEE 802.3af y IEEE 802.3at para aplicaciones PoE. 
Especificaciones mínimas: 
 Ancho de Banda: 1 – 500MHz. 
 ANSI/TIA/EIA-568-C.2 
 ISO/IEC 11801: 2002 - Norma Internacional que define los requerimientos básicos para el cableado estructurado, para soporte de transmisiones 10GBASE-T 
 ANSI/TIA-568-C.2, Categoría 6A. 
 Deber tener soporte para aplicaciones: Voz, FAX, T1, ISDN, 10BASE-T, 100BASETX, 100BASE-T4, 1000BASE-T, 10 GIGA. 
 Norma TIA/EIA Categoría 6A NEXT y ELFEXT (Par a par y Power Sum), atenuación, pérdidas de retorno, y retardo de propagación. 
 RoHS compliant. 
 Propiedades físicas: Tamaño del conductor UTP 23AWGx4P, el diámetro total de la chaqueta no debe exceder los 8mm. 
 Deben contar con Certificación ISO9001. Adjuntar los certificados. 
Paneles de Conexión (Patch Panel) Categoría 6A 
 Deben ser de la misma marca del cable CAT 6A ofertado (indicar marca) 
 El oferente debe cotizar la provisión e instalación de los Paneles de Conexión. 
 Debe considerar que la instalación supone el montaje de los Paneles de Conexión en el Rack, para lo cual el panel de conexión deberá venir con todos los accesorios y tornillos requeridos, sujetadores plásticos posteriores para el cable Cat 6A, porta etiquetas delantero para identificación de cada puerto. 
 Debe considerar que se incluye la provisión de los Paneles de Conexión, su montaje en el Rack y la conectorización de todos los cables Cat 6A en la parte posterior del Panel de Conexión, su etiquetación completa (puerto por puerto), y peinado de cables.
 Deben ser modulares puerto por puerto de tal forma que pueda ser posible cambiar un jack individualmente en caso de fallas y no se requiera tener que adquirir un bloque o módulo de 04 o 06 jacks ni tener que cambiar todo el Panel de Conexión. 
 Debe poseer un sistema de terminación que mantenga la geometría del cable y elimine el destrenzado de los pares en este proceso. 
 Deben poseer salidas modulares puerto por puerto. 
 La instalación en el Panel de Conexión deben ser realizada bajo el estándar T568B; de la misma manera que la terminación en el área de trabajo. 
 Debe permitir la puesta a tierra. 
 Deben aceptar jacks de colores o deben aceptar a inserción de íconos para facilitar la administración y manejo de la red de acuerdo con la norma ANSI/TIA/EIA 606A. 
 Deben permitir la instalación de los jacks ofertados. 
 Deben incluir organizadores posteriores para evitar incumplir el radio de curvatura de los cables al ingreso del Panel de Conexión. 
 Se deberán colocar módulos individuales / tapas en todos los puertos no utilizados del Panel de Conexión. 
 Deben contar con Certificación ISO 9001. Se deberá adjuntar los certificados. 
 Cumplimiento de la normativa RoHS. 
Placas (Face Plate) Categoría 6A 
 Las placas deben ser elaboradas por el mismo fabricante del cable Cat 6A. (indicar marca). 
 Placa de pared de puertos modulares para alojar diferentes tipos de conectores como UTP, STP, FIBRA. 
 Las placas deben ser UL listed registrados. La identificación de la marca debe estar impreso directamente sobre cada elemento. 
 Debe incluir tornillos de fijación a la caja plástica y etiquetas de identificación para cada puerto. 
 Debe estar hechos de materiales ABS, PVC o superior. 
 Deben contar con Certificación ISO 9001 del fabricante. Se deberá adjuntar los certificados. 
 Cumplimiento de la normativa RoHS. 
Jacks Categoría 6A 
 Deben ser elaborados por el mismo fabricante del cable Cat 6A. (indicar marca). 
 Debe tener desempeño certificado en un canal con 4 conexiones, de 100m bajo los requerimientos de la norma TIA/EIA 568-C.2, para soportar transmisiones de 10Gbase-T en un barrido de frecuencias 1 a 500 Mhz.. 
 Debe poseer un sistema de terminación que mantenga la geometría del cable y elimine el destrenzado de los pares en este proceso. 
 Deben ser modulares. 
 Debe ser de dos piezas, el conector y la tapa protectora del cable. 
 Debe aceptar conectores tipo plug de 6 u 8 posiciones sin que estos sufran daño alguno.
 La tapa protectora del cable debe poseer un sistema que asegure de forma mecánica la chaqueta cable para evitar que este se desprenda por exceso de tensión 
 Los conectores deben poderse identificar claramente con etiquetas o iconos la identificación será hecha en los Paneles de Conexión (patch panels) y en las placas (face plates). 
 El material del conector debe ser plástico y metal y el de la tapa protectora de cables podrá ser de plástico resistente. 
 Los contactos frontales del jack deberán estar chapados con 50 micropulgadas de oro para un rendimiento superior. 
 Los conectores deben ser listados UL Listed 
 Deben contar con Certificación ISO9001. Se deberá adjuntar los certificados. 
 Cumplimiento de la normativa RoHS. 
Cordones de Conexión (Patch-Cords) Categoría 6A 
 Deben ser de la misma marca del cable CAT 6A ofertado (indicar marca). 
 El oferente debe cotizar la provisión e instalación de los cordones de conexión necesarios. 
 Deben cumplir los parámetros de la TIA/EIA 568-C.2. 
 Los conectores de los Patch Cords deben contar con un sistema de protección para las lengüetas que impida que éstas se atasquen con otros cables al ser retirados de los Racks. 
 Las longitudes de los Patch Cords no deben ser menores a 7 pies para las áreas de trabajo y de 3 pies para los gabinetes de comunicaciones, se aceptarán equivalencias siempre que no sean de longitudes menores a las especificadas. 
 Los cordones de conexión deben cumplir la categoría 6A, deben ser preconectorizados en fábrica y deben incluir “boots” o botas de protección del conector RJ45 para liberar la tensión. 
 Los contactos frontales del jack deberán estar chapados con 50 micropulgadas de oro para un rendimiento superior. 
 Deben contar con Certificación ISO9001. Se deberá adjuntar los certificados. 
 Cumplimiento de la normativa RoHS. 
 Deberá proveer identificación de nivel de desempeño, longitud y número de control de calidad para futura trazabilidad. 
 Los cuatro pares deberán estar envueltos por una cinta matriz y una chaqueta retardante de flama. La cinta matriz deberá suprimir el efecto de diafonía externa (alien crosstalk) permitiendo la transmisión 10 Gb/s. 
Canalización 
 La empresa oferente será la responsable de realizar todas las obras civiles necesarias para estas instalaciones. 
 Por ningún concepto y bajo ninguna circunstancia se instalarán otro tipo de tubería, bandejas, canaletas que no sean las especificadas en las normas y estándares. 
 El acoplamiento de la tubería, canaletas y las cajas de conexión o salidas, se hará mediante conectores apropiados, y por ningún concepto se permitirá la unión directa sin accesorios.
 Cualquier tramo de tubería que se encuentre entre salida y cajas de conexión, no presentará curvaturas más que un equivalente a las especificadas en la normativa ANSI/EIA/TIA 568.C. 
 Toda la tubería deberá instalarse como un sistema completo antes que los cables sean pasados en su interior, además deberán limpiarse de manera apropiada para evitar la humedad y otros materiales que impidan el paso del cable. 
 Las conexiones serán aseguradas de manera que no sean aflojadas por vibraciones, esfuerzos normales o algún otro factor que afecte a las mismas. 
 Canaleta plástica 
 La necesaria para dejar operativa la solución. 
 Ideal para instalación sobrepuesta 
 Certificaciones ISO y UL 
 Material: PVC 
 No conductiva 
 Estructura sólida y de alta durabilidad 
 Dimensión mínima para distribución: 40 x 25 mm 
 En todo cambio de dirección de canaleta deberá utilizarse el accesorio adecuado (ángulo plano, interno, externo, derivación en T), de las mismas características de las canaletas. No se admitirá cambios sin accesorios. 
 El número de conductores que pueden instalarse dentro de la canaleta, no deberá exceder el indicado por el Código Eléctrico Nacional. 
 Cajas de Salida Plástica 
 La necesaria para dejar operativa la solución 
 Altura: 40 mm 
 Autoextinguible 
 La tapa se ajusta rápidamente mediante tornillos de plástico de 1/4 de vuelta. 
 Debe permitir la instalación de tomacorrientes polarizados 15A, 120- 127VAC y faceplates para datos. 
 Tubería metálica EMT 
 La necesaria para dejar operativa la solución 
 Tubo metálico galvanizado en caliente, para instalaciones eléctricas, liviano de 3m de longitud. Deberá cumplir con las normas de fabricación ANSI c80.3 y normas de seguridad ul797, así como el artículo 358 de la NEC. 
 Todas las tuberías metálicas y sus accesorios de conexión, interconexión soporte y anclaje deben cumplir con al menos las siguientes características 
 Unión metálica: galvanizada en caliente de tornillo, apropiada para tubo liviano. Deberá cumplir con las normas de fabricación UL514B, así como el artículo 358 de la NEC. 
 Conector metálico: galvanizada en caliente de tornillo, apropiada para conexión de tubo liviano a caja metálica galvanizada. Deberá cumplir con las normas de fabricación ul514b, así como el artículo 358 de la NEC. 
 Cajas y accesorios: caja metálica, galvanizada de dimensiones acorde a aplicación con tapa. Deberá cumplir con las normas de fabricación UL514B, así como el artículo 358 de la NEC. 
 Abrazaderas y grapas: metálica, galvanizada en caliente para tubo EMT.
 No se permitirán más de tres curvas de 90° o su equivalente, en cada tramo de tuberías entre cajas. 
 Los cortes de tubería deben ser perpendiculares al eje longitudinal y eliminando toda rebaba. 
 Se podrá optar por el uso de tubería metálica anillada (flexible) para derivaciones menores. 
Identificación, Señalización y Ordenamiento 
 Todos los elementos del Sistema de Cableado Estructurado incluyendo: Cables, Placas, Jacks de Placas, Paneles de Conexión, Jack de Paneles de Conexión, Racks, El cuarto de telecomunicaciones, deberán contar con una identificación única de acuerdo a lo indicado por la ANSI/TIA/EIA 606B. 
Todas las identificaciones deberán ser impresas con impresora láser, NO se aceptarán impresiones en impresora de tinta, matricial o a mano. 
 En Todos los casos la identificación deberá ser fácilmente visible y deberá estar basada en etiquetas adhesivas siendo necesaria que adicionalmente cuenten con alguna protección plástica que impida el contacto directo de las manos con la impresión. 
 Todos los cables deberán agruparse por zonas usando cintas tipo velcro los mismos que deberán incluso colocarse dentro de los Ordenadores de Cables Verticales antes del ingreso de cables a los Ordenadores Horizontales, no se permitirá el uso de amarras plásticas para esta labor. 
 El contratista deberá entregar la respectiva documentación de etiquetado organizada en una base de datos, la cual debe contener información detallada de cada uno de los elementos 
Rack cerrado de piso puerta de malla de 42 UR 
 Debe ser rack de piso con puerta de malla de 42 UR construido en acero laminado en frio. 
 Dimensiones: 2055 (alto) x 800 (ancho)x 1000(profundidad) mm 
Incluye: 
 4 ventiladores de 110 v. 
 1 bandeja fija de sujeción 4 parantes465mmx700mm. 
 1 bandeja corrediza de sujeción 4 parantes. 
 4 parantes ajustables 
 2 organizadores verticales metálicos 80x80 mm 
 Tuercas y tornillos para montaje de accesorios 
 Garruchas y bases niveladoras 
 Puerta frontal de malla con cerradura, apertura 180grados 
 Puertas laterales desmontables con cerraduras 
 2 puertas posteriores de malla, apertura 180 grados 
 Unidades de rack marcadas 
 Multitoma vertical de 24 tomas simples 
 Organizador de 80x80 19"UR 
 El rack debe cumplir las normas ANSI/EIA RS-310-D, DIN41491, PART 1, IEC297-2, DIN41494, PART 7, GB/T3047.2-92 
 Deben tener impreso de fábrica la numeración de cada unidad de rack. 
 Incluir una barra TGB para el aterrizaje del rack. 
 Regleta vertical
 Número de regletas que sean necesarias para dejar operativa la solución. 
 Regleta vertical de 24 salidas eléctricas y un cordón de alimentación de 3 m. 
 Deberá ser de la misma marca del rack 
 Organizador horizontal 
 Número de organizadores que sean necesarias para dejar operativa la solución. 
 Deben ser de 2 unidades de rack (2 RU), color negro y de 19” de ancho. 
 Deberá contar con una dimensión mínima de 80mm x 80mm. 
 Deberá ser de la misma marca del rack. 
 Las superficies deberán ser curvadas para mantener el radio de curvatura de los cables. 
 Deberá contar con tapas abisagradas, para evitar la pérdida de las mismas. 
 Deben contar con orificios en la base que permitan el paso del cable a su parte posterior. 
Sistema puesta a tierra 
 Para el sistema de puesta a tierra se deberá usar electrodo químico compacto de grafito, 1 metro de longitud, 0.1 metros de diámetro mínimo, conductor #4 awg. 
 Desde el sistema de puesta a tierra se deberá llevar un cable # 2 hacia una barra de tierra para conexión de tierras a nivel del medidor. 
 Se deberá colocar una rejilla de inspección de 30cmx30cm mínimo. 
 Las conexiones de los conductores de puesta a tierra deberá realizarse utilizando soldadura del tipo exotérmica. 
 El electrodo y el conductor se enterrarán a una profundidad de al menos 30 cms bajo el nivel del piso terminado y se dejarán los respectivos chicotes con su chaqueta que estarán protegidos dentro del electrodo para evitar corrosión. 
 En caso de que la dependencia disponga de otras mallas de tierra, se deberá realizar la unión equipotencial de todas las mallas existentes, con el fin de mantener la seguridad en la instalación. 
 El oferente deberá considerar en su oferta que el número de electrodos está en función del valor de resistividad del terreno y la forma electrogeométrica puede influir de manera importante en el valor de resistencia final. 
 Incluir una capacitación para el mantenimiento del sistema de tierra, para al menos 2 personas de la dependencia. 
Detalle de las Características Mínimas que deben tener los equipos activos 
SWITCH CISCO CATALYS 2960S 
Incluye: 
 10/100/1000 Ethernet Interfaces: 48 (interno) 
 Uplink Interfaces: 4 SFP 
 Software : LAN BASE 
 Available PoE Power: 370W 
 Flash memory: 64 MB
 DRAM: 128 MB 
 Forwarding bandwidth: 88Gbps 
 Maximum active VLANs: 255 
 VLAN IDs available: 4000 
 Maximum transmission unit (MTU) - L3 packet: 9198 bytes 
 Jumbo frame - Ethernet frame: 9216 bytes 
 Forwarding Rate: 77.4 mpps 
 Dimensiones cm : 4.5 x 44.5 x 38.6 
 Soporte 8 x 5x NBD working days 
 Voltaje: 100 to 240 VAC 
 Limited LifeTime Hardware Warranty 
 Montaje. 
ACCES POINT CISCO 1602I 
Incluye: 
 Dual-band controller-based 802.11a/g/n 
 Interfaces 
 10/100/1000BASE-T autosensing (RJ-45) 
 Management console port (RJ-45) 
 System memory 
 256 MB DRAM 
 32 MB flash 
 Power Supply and Power Injector: 100 to 240 VAC; 50 to 60 Hz 
 Dimensiones : 22.1 x 22.1 x 4.7 cm 
 Soporte 8 x 5 x NBD working days 
 Compatible con WLC de Cisco 
 Limited Lifetime Hardware Warrantyç 
 Montaje. 
UPS 
 Potencia: 1000VA / 800W, Tecnología:on line, 
 Tiempo Respaldo / min: 21,4 
 (400 W) / 7,2 (800W), 
 KIT DE RIELES (4postes) 
 Montaje. 
La oferta debe adjuntar catálogos técnicos u otros documentos que permitan validar las características técnicas de los componentes y materiales ofertados.
SECCION III 
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente: (este cronograma constará en el Portal Institucional del SERCOP) 
(Las fechas asignadas deberán considerarse en días hábiles, no se deberán contemplar fechas que correspondan a fin de semana o feriados) 
Concepto Día Hora 
Fecha de publicación del proceso en el Portal 
20/08/2014 
15H00 
Fecha límite para efectuar preguntas 
22/08/2014 
10H00 
Fecha límite para emitir respuestas y aclaraciones 
25/08/2014 
10H00 
Fecha límite recepción oferta técnica 
28/08/2014 
16H00 
Fecha límite calificación técnica de participantes 
04/09/2014 
10H00 
Fecha inicio de puja 
04/09/2014 
13H00 
Fecha final de puja 
04/09/2014 
13H15 
Fecha estimada de adjudicación 
04/09/2014 
17H00 
El término para la convalidación de errores será de (número) días, de acuerdo al siguiente cronograma 
Concepto Día Hora 
Fecha límite para solicitar convalidación de errores 
01/09/2014 
10H00 
Fecha límite para convalidación errores 
03/09/2014 
10H00 
Fecha estimada de adjudicación 
04/09/2014 
17H00 
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta 30 días. En caso de que no se señale una fecha estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. 
3.3 Precio de la Oferta: 
El precio de la oferta se formulará a través de la herramienta del Portal Institucional del SERCOP y no será visible para la entidad contratante ni los oferentes interesados hasta cuando la Dirección Provincial de Chimborazo haya habilitado al oferente para subir la oferta económica inicial. 
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa. 
(Para el caso de prestación de servicios: El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación de los términos de en cumplimiento referencia correspondientes y a plena satisfacción de la Dirección Provincial de Chimborazo). 
3.4 Forma de presentar la oferta: La oferta se presentará en un sobre único en la Secretaría de la Dirección Provincial de Chimborazo, hasta la fecha y hora indicadas en la convocatoria.
La oferta se podrá presentar a través del Portal Institucional completando el formulario electrónico, o bien en forma física. Para este segundo caso, se presentará En un sobre que contenga la siguiente ilustración: 
SUBASTA INVERSA ELECTRONICA 
“CÓDIGO DEL PROCESO: “SIE-DPACH-015-2014” 
SOBRE UNICO 
Señor 
Víctor Germán Anguieta Pérez 
Director Provincial de Chimborazo 
Presente 
PRESENTADA POR: ____________________________________ 
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción. 
La Dirección Provincial de Chimborazo recibirá las ofertas técnicas, conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción. 
No se exigirá a los oferentes la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de Proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notariada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir con la entrega notariada de documentos para la suscripción del contrato, (de ser el caso). 
3.5 Plazo de Ejecución: El plazo de entrega de los bienes es de 60 días calendario, contados a partir de la entrega del anticipo. 
3.6 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el número 6 de la Convocatoria. 
3.6.1 Anticipo: Se entregará un anticipo del 50% del valor del contrato. 
SECCIÓN IV 
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TECNICAS 
4.1 Evaluación de la oferta: Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”. 
4.1.1 Integridad de la oferta: La integridad de la oferta técnica se evaluará considerando la presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego, de acuerdo con el siguiente detalle:
I. Formulario de la Oferta: 
1.1 Presentación y compromiso; 
1.2 Datos generales del oferente; 
1.3 Identificación de socios, accionistas, partícipes mayoritarios del oferente en caso de ser persona jurídica; 
1.4 Situación financiera del oferente; 
1.5 Componente de los bienes y servicios ofertados; 
1.6 Oferta Económica Incial; 
1.7 Experiencia del oferente. (Detalle en caso de ser específico) 
(Soporte técnico en caso de haber sido exigido) 
1.8 Personal técnico propuesto para el proyecto. (En caso que la entidad contratante requiera para la prestación de servicio). 
1.9 Equipo mínimo requerido (En caso que la entidad contratante requiera para la prestación de servicio) 
1.10 Valor agregado ecuatoriano de la oferta 
1.11 Cálculo del porcentaje de valor agregado ecuatoriano de los bienes o 1.11 servicios, respecto del costo de producción 
II. Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente) 
4.1.2 Equipo mínimo: 
En todos los casos, se evaluará la disponibilidad del equipo mínimo de certificación del cableado estructurado solicitado, y no su propiedad. En esta lógica, bajo ningún concepto se considerará como criterio de admisibilidad de las ofertas o como parámetro de calificación, el establecimiento de porcentaje alguno de equipo mínimo de propiedad del oferente. La propiedad del equipo no será condición a calificar ni tampoco se construirán parámetros en función de esa condición. 
4.1.3 Personal técnico mínimo: 
El personal técnico para la implementación y adiestramiento en el uso del servicio adquirido, será dotado por mínimo 2 personas, los cuales deberán estar capacitados y poseer experiencia en las Normas Eléctricas y de cableado estructurado. 
4.1.4 Experiencia general y específica mínima: 
a. La experiencia mínima que deberá acreditar el oferente es de 2 años en trabajos similares exitosos, cuyos montos contractuales sumados o individuales sean iguales o superior al presupuesto referencial establecido para el presente proceso. 
Para acreditar experiencia se deberá presentar 2 certificaciones emitidas por las personas con quienes hayan suscritos contratos. 
b. El oferente deberá presentar certificado de distribuidor autorizado, este certificado debe ser dirigido a la Dirección Provincial de Chimborazo con referencia del código y objeto del proceso. 
c. Para la determinación del cumplimiento de la experiencia general mínima y específica se estará también a las reglas de participación expedidas por el SERCOP para los procedimientos de contratación.
d. La experiencia específica mínima deberá estar directamente relacionada con el objeto de la contratación. 
4.1.5 Experiencia mínima del personal técnico: 
a. La experiencia que cada uno de los miembros del personal técnico mínimo deberá acreditar como mínimo, es de dos años, y acorde con la actividad. . Adjuntar hoja de Vida. 
b. Se reconocerá la experiencia adquirida, si el certificado emitido por el contratista o el representante legal de la entidad contratante demuestra su participación efectiva, en la ejecución de determinado objeto contractual. Presentar certificado. 
c. Se sustentará la experiencia, con la presentación de certificados. 
d. El oferente deberá contar con un líder técnico con formación profesional y certificado como instalador autorizado que garantice las buenas prácticas de instalación y administración del mismo. Adjuntar hoja de Vida del líder técnico y certificado como instalador autorizado. 
e. En el caso de tener dependencia el técnico deberá pertenecer a la nómina del oferente por al menos un año, para lo cual debe adjuntar el certificado el IESS que lo demuestre y hoja de vida del técnico o adjuntar el contrato de servicios profesionales en el caso de no tener dependencia. 
4.1.6 Especificaciones técnicas o Términos de referencia: 
La Dirección Provincial de Chimborazo deberá verificar que cada oferente en la oferta que ha presentado, dé cumplimiento expreso y puntual a las especificaciones técnicas de los bienes que se pretende adquirir o, términos de referencia para los servicios que se pretende contratar, de conformidad con lo detallado en el numeral 2.3 del pliego. 
4.1.7 Patrimonio (Aplicable a personas jurídicas): 
La Dirección Provincial de Chimborazo verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la relación que se determine con respecto del presupuesto referencial conforme las regulaciones expedidas por el SERCOP. 
4.1.8 Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo: 
La entidad contratante deberá verificar si alguno o algunos o todos los oferentes cumplen con el porcentaje mínimo sectorial ecuatoriano, determinado por el SERCOP. Sólo él o los participantes que cumplen con el porcentaje mínimo sectorial ecuatoriano continuarán en el procedimiento. 
Únicamente cuando en los procedimientos de contratación no hubiere oferta u ofertas de bienes y/o servicios considerados de origen ecuatoriano, la (entidad contratante), continuará el procedimiento con las ofertas de origen extranjero. 
4.1.9 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:
Parámetro Cumple No Cumple Observaciones 
Integridad de la Oferta 
Equipo mínimo 
Personal técnico mínimo 
Experiencia general mínima 
Experiencia específica mínima 
Experiencia mínima del personal técnico 
Especificaciones técnicas / Términos de referencia 
Patrimonio (Personas Jurídicas) * 
Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo (VAE) 
Otro(s) parámetro(s) resuelto por la entidad contratante 
* El patrimonio del oferente, como parámetro de evaluación, se aplicará siempre que el presupuesto referencial sea igual o superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000002 por el presupuesto inicial del estado del correspondiente. 
Únicamente aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos requeridos por la (entidad contratante), se habilitarán a fin de que los oferentes envíen sus ofertas a través del portal institucional del SERCOP para participar en la puja. 
4.1.10 Información Financiera de Referencia: PRESENTAR DECLARACIÓN IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2013. 
Análisis de los Índices Financieros: Las entidades contratantes especificarán y determinarán cuál(es) es (son) el (los) índice(s) financieros y, cuál es el valor mínimo/máximo aceptable respecto de éstos. 
Los índices regularmente aceptados son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); Índice de Endeudamiento (menor a 1,5), siendo estos índices y valores recomendados, pudiendo la entidad contratante modificarlos a su criterio Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal correspondiente y/o los balances presentados al órgano de control respectivo. 
Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación: 
Índice Indicador solicitado Observaciones 
Solvencia* 
Endeudamiento* 
Otro índice resuelto por la entidad contratante * 
*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s).
4.1.11 Lugar de entrega: 
Será implementado en las oficinas de La Dirección Distrital Centro Oriental de Tierras y Reforma Agraria, ubicado en Riobamba en la Av. Unidad Nacional y Calicuchima (esquina). 
4.1.12. Deberá presentar una GARANTÍA TÉCNICA (Esta garantía presentará el oferente adjudicado previo a la suscripción del contrato): En los siguientes términos: 
El proveedor deberá tener el respaldo de la marca para instalar partes, accesorios, soluciones y repuestos de la marca seleccionada. 
El fabricante debe contar con un representante de la fábrica en el Ecuador para el trámite local de las garantías 
La garantía de instalación que deberá presentar el oferente debe ser emitida por el Fabricante de la solución de cableado estructurado por un tiempo mínimo de 25 años, en la que se especifique una garantía de fabricación de los componentes, performance, aplicaciones y mano de obra. 
La garantía por mano de obra por parte del fabricante significa que en caso de que algún producto con falla de fábrica, aplicación presente o futura que se desarrolle para trabajar sobre la categoría solicitada, no cumpla con lo solicitado tenga que ser cambiada, el fabricante se comprometerá a cubrir con el total de costos (mano de obra por re-instalación, viáticos, pasajes, etc, los gastos que fueran necesarios) que demande dichos cambios adicionalmente al cambio de productos, independientemente si es que el postor (oferente) existiera o no a la fecha de presentado el problema, sin perjuicio alguno para el cliente. 
La garantía deberá contemplar el cambio de componentes incluyendo el servicio ante el incumplimiento por falla de origen de los componentes, por falla de los parámetros de performance solicitados y por falla de las aplicaciones garantizadas. Estos cambios se realizarán a solicitud del cliente y con la comprobación del postor o fabricante del producto. 
El Servicio del Mantenimiento, Reparación y Reemplazo de puntos de cableado Estructurado para la red LAN, para lo cual el proveedor ofertante deberá realizar las inspecciones respectivas a fin de presentar su oferta de acuerdo a las especificaciones técnicas indicadas. Se debe respetar las condiciones, criterios y especificaciones constantes en este documento, lo cual será la única referencia válida. El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones técnicas y a plena satisfacción del contratante " IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA ". 
Los precios presentados por el proveedor ofertante son de exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa. 
Los equipos ofertados deben ser nuevos (no re-manufacturados), garantizados contra defectos de fabricación y fallas de instalación, no deben estar descontinuados o
próximos de descontinuarse por el fabricante, con la obligación de su inmediato reemplazo (no únicamente reparación), en caso de detectarse daños de esta naturaleza. 
Los equipos deben ser entregados: instalados, probados, certificados y funcionando correctamente con las últimas versiones de sistemas operativos, con actualizaciones sin costo durante el tiempo de garantía, la configuración de éstos se hará en conjunto con el personal de Planta central del MAGAP, Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y la Coordinación Zonal 3 
Además el oferente se compromete a brindar soporte 8x5xNBD en sitio con el personal certificado cuando la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria lo requiera por 1 año. 
El sistema ofertado debe ser garantizado contra defectos de fabricación, con la obligación de su inmediato reemplazo (no únicamente reparación), en caso de detectarse daños de esta naturaleza. 
Garantía equipos activos 
Garantía de los equipos por parte del fabricante: Garantía técnica mínimo 1 año en los equipos y partes proporcionadas. Incluye el reemplazo de partes, piezas o el equipo completo de ser necesario. 
 Derecho a actualización de las versiones de software de los equipos, durante el período de validez de la garantía técnica. 
 La garantía debe ser brindada por el fabricante de los equipos. 
 Los equipos ofertados deben ser nuevos (no re manufacturados), garantizados contra defectos de fabricación y fallas de instalación, con la obligación de su inmediato reemplazo (no únicamente reparación), en caso de detectarse 
 Todos los componentes deben tener actualización de software y firmware de al menos 1 año 
Otras Obligaciones del Proveedor: 
A más de las obligaciones ya establecidas en el presente término de referencia, el proveedor está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en alguna norma legal específicamente aplicable. 
SECCIÓN V 
PUJA 
5.1 Oferta económica inicial: Los proveedores cuya oferta haya sido calificada y habilitada, deberán enviar la oferta económica inicial a través del Portal Institucional del SERCOP a fin de participar en la puja. 
Las ofertas económicas iniciales presentadas a través del Portal Institucional del SERCOP, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de resultar adjudicado, aun cuando no participare en el acto de la puja.
El oferente deberá presentar en la oferta, el formulario -Oferta Económica Inicial- con los precios unitarios inicialmente propuestos de los bienes y servicios a suministrar, cuyo valor total será subido por el oferente al portal como oferta económica inicial, en caso de resultar habilitado. Concluida la puja o negociación, en caso de que el oferente resulte adjudicado, el valor resultante de la puja o negociación deberá adecuarse a lo previsto en el cuadro del formulario indicado, con los precios unitarios que justifican el monto final adjudicado, información que se trasladará al contrato. 
5.2 Puja: En el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la puja hacia la baja a través del Portal Institucional del SERCOP, en la cual participarán únicamente los proveedores que hayan enviado su oferta económica inicial, a cuyas ofertas se aplicarán los márgenes de preferencia conforme el siguiente detalle, según corresponda. 
Si la Subasta se realiza entre proveedores de bienes o servicios de origen ecuatoriano se establecerán los márgenes de preferencia con relación al tamaño del proveedor, de acuerdo con el siguiente cuadro: 
TIPO DE PROVEEDOR MARGEN DE PREFERENCIA 
Mediano 
(Grande) 5% 
MYPE 
(Mediano) 5% 
(Grande) 10% 
Estos márgenes de preferencia no son aplicables en el caso de que participen únicamente ofertas, que no se consideren de origen ecuatoriano. 
El porcentaje de variación mínimo durante la puja será del: (la entidad contratante determinará el porcentaje (2%) de variación mínima de la puja). 
5.3 Negociación: De existir una sola oferta calificada, o si una sola oferta resultare habilitada, o un solo oferente presentare su oferta económica inicial, se realizará una sesión de negociación de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del RGLOSNCP. 
SECCIÓN VI 
OBLIGACIONES DE LAS PARTES 
6.1 Obligaciones del Contratista: 
 Garantizar el cumplimiento de porcentaje Valor Agregado Ecuatoriano ofertado. 
 Dar cumplimiento cabal a lo establecido en el presente pliego de acuerdo con los términos y condiciones del contrato. 
(Acorde con la naturaleza de la contratación la entidad contratante podrá establecer condiciones adicionales que considere pertinentes.) 
6.2 Obligaciones de la Contratante: 
 Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo 3 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
 Para el caso de servicios, de ser necesario, previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo (número de días) contados a partir de la decisión de la máxima autoridad. 
 Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
MODELO DE PLIEGO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Versión SERCOP 1.1 (20 de febrero 2014) 
II. CONDICIONES GENERALES DE LA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA DE BIENES Y/O SERVICIOS 
ÍNDICE 
SECCIÓN I 
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 
1.1 Comisión Técnica 
1.2 Participantes 
1.3 Presentación y apertura de ofertas técnicas 
1.4 Inhabilidades 
1.5 Obligaciones de los Oferentes 
1.6 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones 
1.7 Modificación de los Pliegos 
1.8 Convalidación de errores de forma 
1.9 Causas de Rechazo 
1.10 Adjudicación y notificación 
1.11 Garantías 
1.12 Cancelación del Procedimiento 
1.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto 
1.14 Adjudicatario Fallido 
1.15 Suscripción del Contrato 
1.16 Moneda de Cotización y Pago 
1.17 Reclamos 
1.18 Administración del Contrato 
1.19 Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE 
1.20 Control ambiental 
1.21 Autoinvitación 
1.22 Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes 
1.23 Inconsistencias, simulación y/o inexactitud de la información 
SECCIÓN II 
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 
2.2. Parámetros de evaluación 
2.3 De la evaluación 
2.4 Índices Financieros 
2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas 
SECCIÓN III 
FASE CONTRACTUAL 
3.1 Ejecución del contrato:
NOTAS - Edición del modelo de pliego: Las condiciones generales no son materia de ajuste y/o modificaciones por parte de las entidades contratantes. Las condiciones generales son principios básicos, estipulaciones o cláusulas establecidas, con el objeto de regular la relación con los partícipes en el presente procedimiento de contratación pública, en el marco de la legislación aplicable. Las resoluciones y disposiciones administrativas dictadas por el SERCOP que se emitan durante el procedimiento, quedan incorporadas al Pliego de Condiciones Generales y se aplicarán de manera obligatoria. 
II. CONDICIONES GENERALES PARA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA 
Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación general para el procedimiento de subasta inversa electrónica para la adquisición de bienes y/o prestación de servicios normalizados, atendiendo la definición establecida en el numeral 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, y en el artículo 42 de su Reglamento General, que no consten en el Catálogo Electrónico, cuya cuantía supere el monto equivalente al 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado. 
SECCIÓN I 
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION 
1.1 Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas técnicas de bienes/servicios de origen ecuatoriano, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en este pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto. 
Cuando no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante continuará el procedimiento con las ofertas de bienes y/o servicios de origen extranjero. 
En los procedimientos de Subasta Inversa cuyo presupuesto referencial sea igual o inferior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000002 por el monto del presupuesto inicial del estado, no se requerirá de la conformación de la Comisión Técnica referida en el primer inciso de este numeral. 
1.2 Participantes: La convocatoria está dirigida a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, que oferten bienes/servicios normalizados y tengan interés en participar en este procedimiento. 
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá encontrarse suscrito en instrumento público, de acuerdo con la Resolución que el SERCOP emita para el efecto.
En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio y lo inscribirán en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos. 
1.3 Presentación y apertura de ofertas: La oferta se podrá presentar de forma física o de forma electrónica. De ser física, se entregará en un sobre único en la Secretaría de la Dirección Provincial de Chimborazo cuando fuere el caso la máxima autoridad o su delegado; de presentarse en forma electrónica, se lo hará a través del Portal Institucional del SERCOP, y para el efecto y ser válida, deberá contar con la respectiva firma electrónica. La oferta, en cualquiera de las formas señaladas, deberá presentarse hasta la fecha y hora indicadas en la convocatoria. 
Si al analizar las ofertas presentadas, la entidad contratante determinare la existencia de uno o más errores de forma, reprogramará el cronograma del proceso en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. Para tal fin otorgará a los oferentes entre dos y máximo cinco días hábiles a partir de la correspondiente notificación. 
Para poder participar en el procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores. 
Una hora más tarde de aquella fijada como límite para la presentación de las ofertas, se procederá a su apertura, hayan sido éstas presentadas de forma física y/o electrónica. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en el lugar, día y hora fijados en la convocatoria. 
De la apertura, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica o Responsable del Proceso, o cuando fuere del caso la máxima autoridad o su delegado, con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá al Portal Institucional www.compraspublicas.gob.ec. 
a) Nombre de los oferentes; 
b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente; 
c) Número de hojas de cada oferta; 
1.4 Inhabilidades: No podrán participar en el procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, contempladas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; 110 y 111 del RGLOSNCP; y, en las Resoluciones emitidas por el SERCOP. 
De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP. 
1.5 Obligaciones de los Oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta. 
1.6 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene facultad y derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su
delegado de ser el caso, a través del Portal Institucional, la respuesta a su inquietud o consulta conforme a la convocatoria. La Entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del portal, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria. 
1.7 Modificación de los Pliegos: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado podrán emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del SERCOP, hasta el término máximo de responder preguntas. 
La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal Institucional y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa para contestar las preguntas y realizar aclaraciones así como en la etapa de calificación de participantes. 
1.8 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, los oferentes, en el término previsto en el cronograma contado a partir de la fecha de notificación podrán convalidarlos, previa petición de la entidad contratante, conforme a lo previsto en el artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP y en las resoluciones emitidas por el SERCOP. 
1.9 Causas de Rechazo: Luego de evaluados los documentos de la oferta técnica, la Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado rechazará una oferta por las siguientes causas: 
1.9.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego. 
1.9.2 Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello. 
1.9.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP. 
1.9.4 Si el contenido de cualquiera de los acápites de los formularios difiriere del previsto en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información. 
1.9.5 Si el oferente no hubiere atendido la petición de convalidación, en el término fijado para el efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del RGLOSNCP y en la resolución emitida por el SERCOP, siempre y cuando el error no convalidado constituya causal de rechazo. 
1.9.6 Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores -RUP.. 
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La
entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento. 
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. 
Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta. 
1.10 Adjudicación y notificación: La máxima autoridad de la Dirección Provincial de Chimborazo, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas técnicas y los posteriores resultados de la puja, adjudicará el contrato a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme a los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada y con sujeción al contenido de la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. La adjudicación será total. 
La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la realizará a través del Portal Institucional del SERCOP. 
1.11 Garantías: En forma previa a la suscripción de los contratos derivados del presente procedimiento, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a lo previsto en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem. 
1.11.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco (5%) del monto total del mismo en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato. No se exigirá esta garantía en el caso de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago. Tampoco se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. 
1.11.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto, la que deberá ser presentada previo la entrega del mismo. 
El valor que por concepto de anticipo otorgará la entidad contratante al contratista, no podrá ser superior al setenta por ciento (60%) del monto adjudicado. El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperture en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido. 
El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El Administrador del Contrato designado por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo o ejecución contractual. 
1.11.3 Cuando fuere del caso, las garantías técnicas de los bienes materia del contrato que deben ser entregadas por el contratista, cumplirán las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP. En caso contrario, el adjudicatario
deberá entregar una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP por el valor total de los bienes. 
Los términos de la garantía técnica solicitada deberán observar lo establecido en las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública en lo que respecta a la aplicación de la vigencia tecnológica, en los casos pertinentes. 
La entidad contratante no podrá exigir garantía adicional alguna a las previstas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Sin embargo, podrá requerir los seguros o condiciones de protección para las personas que presten sus servicios en la provisión, entrega y colocación de bienes y en cualquier tipo de prestación de servicios, que considere pertinentes. 
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP y 118 del RGLOSNCP. 
1.12 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas técnicas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP. 
1.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, hasta antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP, según corresponda. 
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad o su delegado podrá disponer su archivo o su reapertura. 
1.14 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado le declarará adjudicatario fallido conforme lo previsto en el artículo 35 de la LOSNCP, y seguirá el procedimiento previsto en la LOSNCP y la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. Una vez que el SERCOP haya sido notificado con tal resolución, actualizará el Registro de Incumplimientos, suspendiendo del RUP al infractor y procederá de conformidad con lo prescrito en el artículo 98 de la LOSNCP. 
Cuando la entidad contratante haya cumplido lo previsto en el párrafo precedente, llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, quien deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta, en los términos que la presentara, hasta la suscripción del contrato, siempre que convenga a los intereses nacionales o institucionales. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el procedimiento por oferta fallida, sin perjuicio de la declaración de fallido al segundo adjudicatario. 
1.15 Suscripción del Contrato: Dentro del término de 15 días, contado a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, es decir, a partir de la fecha en la cual la entidad contratante haya publicado en el Portal Institucional del SERCOP la Resolución correspondiente, suscribirá el contrato que es parte integrante de este pliego, de
acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de en su Reglamento General y lo publicará en el Portal Institucional . La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita. 
1.16 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. 
1.17 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP y el procedimiento correspondiente. 
1.18 Administración del Contrato: La Dirección Provincial de Chimborazo designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. El administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas. 
El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular la CONTRATISTA. 
El Administrador será el encargado de la administración de las garantías, durante todo el período de vigencia del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (Tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. 
Respecto de su gestión reportará a la autoridad institucional señalada en el contrato, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. 
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente la CONTRATISTA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren. 
1.19 Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE: Es obligatoria, la aplicación del Valor Agregado Ecuatoriano como uno de los criterios de evaluación y adjudicación en todos los procedimientos de adquisición de bienes y/o prestación de servicios. 
El porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano es el valor mínimo a cumplir para definir si un bien y/o servicio es de origen ecuatoriano. 
La metodología a utilizar para la determinación del Valor Agregado Ecuatoriano de las ofertas en los procedimientos para la contratación de bienes y servicios, será la expedida por el SERCOP, que es parte de la resolución respectiva. 
Para que una oferta sea considerada como de origen ecuatoriano, el Valor de Agregado Ecuatoriano de ella, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al dispuesto en la resolución expedida por el SERCOP para el efecto.
El valor agregado de una oferta se lo obtendrá a partir de la información que los proveedores suministrarán a través del formulario “Declaración de Agregado Ecuatoriano” que es parte de la resolución expedida para el efecto. 
Se presentará un formulario por cada tipo de bienes y servicios que fueran parte del proceso de contratación, según su tipología, y se utilizará la metodología señalada. 
Toda entidad contratante deberá, en forma obligatoria, incorporar en las actas de entrega-recepción, sean parciales o definitivas, la declaración del contratista respecto del cumplimiento del Valor Agregado Ecuatoriano propuesto y aceptado para los bienes y/o servicios entregados o prestados; y, para el caso de que el contratista no sea productor de los bienes contratados, como parte del proceso de entrega recepción, deberá adjuntar obligatoriamente las facturas de su adquisición. 
1.20 Control ambiental: En los casos que sea necesario, el contratista deberá realizar todas las actividades necesarias para evitar impactos ambientales negativos, durante el período de ejecución contractual, cumpliendo con la normativa ambiental vigente 
1.21 Autoinvitación: La autoinvitación, con excepción de los procedimientos de menor cuantía, es una opción del Portal Institucional que podrá ser utilizada por cualquier oferente interesado en participar en el presente procedimiento, que no se hubiere registrado en el Código del Clasificador Central de Producto (CPC) correspondiente, para lo cual deberá proceder previamente a recategorizarse en el Portal Institucional del SERCOP. 
1.22 Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes: En el caso de que la entidad contratante considerare necesario el cumplimiento de una visita técnica al sitio donde se deberán entregar/instalar los bienes, éstas se podrán realizar en cualquier momento y hasta la fecha límite de entrega de ofertas. En ningún caso este requisito será obligatorio ni las condiciones de la visita podrán ser discriminatorias. 
1.23 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. 
SECCIÓN II 
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: La evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP. Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentren aptos para esta calificación.
En los procedimientos de Menor Cuantía y Subasta Inversa Electrónica no se cumplirá la etapa de evaluación valorada pues en el primer caso, de entre los participantes que, habiendo presentado su manifestación de interés, cumplieran con las capacidades mínimas, las especificaciones técnicas y el origen ecuatoriano del bien o servicio, se invitará a uno solo de ellos para presentar su oferta; mientras que en el segundo, se los habilitará para participar en la puja electrónica. 
2.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación previstos por el SERCOP, pudiendo escoger adicionalmente otros que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas. 
La entidad contratante, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de evaluación publicados en el Portal Institucional del SERCOP sean los que realmente se utilizarán en el procedimiento. 
2.3. De la evaluación:- Las capacidades requeridas a través de los parámetros de evaluación serán analizadas con cualquiera de estas opciones: 
a) Utilizando una única etapa de evaluación a través de la metodología “Cumple/No Cumple”, cuando se trate de un procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, Menor Cuantía de obras, bienes o servicios, y, contratación directa de consultoría; y, 
b) Utilizando las dos etapas de evaluación señaladas en el numeral 2.1, para todos los demás procedimientos de contratación de régimen común; la primera, bajo la metodología “Cumple / No Cumple” y posteriormente, solo con los oferentes calificados, la segunda que será “Por Puntaje” a través del Portal Institucional del SERCOP. 
Se estará a la metodología “Cumple / No Cumple” cuando el objetivo sea la determinación de cumplimiento de una condición o capacidad mínima por parte del oferente y que sea exigida por la entidad contratante (Requisitos mínimos). 
Los índices financieros previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante, en caso de ser considerados, no constituirán un requisito mínimo de obligatorio cumplimiento y en consecuencia tendrán un carácter informativo. 
Se estará a la metodología “Por Puntaje” cuando el objetivo sea el establecimiento de mejores condiciones o capacidades de entre los oferentes que han acreditado previamente una condición o capacidad mínima requerida. 
a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas y verificación de requisitos mínimos. 
Metodología “Cumple/ No Cumple”- 
a.1.- Integridad de las ofertas:- 
Se revisará que las ofertas incluyan en el formulario de la oferta los documentos requeridos en las condiciones particulares del pliego conforme el siguiente detalle: 
I. Formulario de la Oferta 
II. Formulario de Compromiso de Asociación o Consorcio (De ser el caso)
El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en las Condiciones Particulares de los Pliegos para los Contratos de Consultoría. 
a.2. Verificación de requisitos mínimos y especificaciones técnicas: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar definidos y dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se considerarán parámetros técnico- económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento. 
De acuerdo a la naturaleza del objeto de la contratación, la Entidad podrá acoger y considerar varios parámetros de entre los establecidos en el Portal Institucional del SERCOP o los sugeridos a manera de ejemplo: experiencia general, experiencia específica, experiencia personal técnico, etc. El cumplimiento de los parámetros deberá ser absoluto, de manera afirmativa o negativa. Solamente aquellas ofertas que cumplieran con todos los parámetros establecidos podrán habilitarse para la siguiente etapa del proceso. 
En el caso que la entidad contratante considere necesario añadir un parámetro adicional éste deberá ser debidamente sustentado, relacionado con el objeto de la contratación y no contravenir la LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP; deberá estar completamente definido, no será restrictivo ni discriminatorio y deberá establecer su indicador y el medio de comprobación. 
Únicamente de aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, el oferente será habilitado para presentar su oferta económica inicial a fin de que pueda participar en la puja; las demás serán descalificadas. 
2.4. Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos, por lo que, los señalados en el modelo de pliegos expedidos por el SERCOP, en la “Sección IV: Evaluación de las Ofertas”, de las “Condiciones Particulares”, son referenciales. 
2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario Único de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego. 
SECCIÓN III 
FASE CONTRACTUAL 
3.1 Ejecución del contrato: 
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El contratista prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el contratista analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por
razones no imputables al contratista, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso. 
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del contratista. 
3.1.2 Cumplimiento de especificaciones o términos de referencia: Todos los bienes a entregar o servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con las especificaciones y términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el contratista descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. 
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el contratista no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto. 
3.1.3 Personal del contratista: El contratista de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia. 
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al contratista, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones. 
3.1.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen para le cabal cumplimiento del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la administración del contrato. 
Los bienes a ser suministrados por el contratista serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La administración podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos bienes que requieran de un tratamiento o manejo especial, se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales. 
Los bienes almacenados, aun cuando se haya aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones. 
3.1.5 Obligaciones del contratista: El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida
protección del público y personal del contratista mismo, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. 
Los sueldos y salarios del contratista con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. 
El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal. 
Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social. 
El contratista se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. 
El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito. 
3.1.6 Obligaciones de la contratante: 
 Designar al administrador del contrato. 
 Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna. 
 Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna. 
 Las demás, determinadas en el pliego precontractual. 
3.1.7 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al contratista se cumplirá el artículo 101 de la LOSNCP. 
3.1.8 Administrador del Contrato.- El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual. 
Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (Tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. 
Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
MODELO DE PLIEGO DEL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Versión SERCOP 1.1 (20 de febrero 2014) 
III. FORMULARIOS SECCIÓN I 
FORMULARIO DE LA OFERTA 
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO 
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE 
1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES. 
1.4 SITUACIÓN FINANCIERA 
1.5 COMPONENTES DE LOS BIENES O SERVICIOS OFERTADOS 
1.6 OFERTA ECONÓMICA INICIAL 
1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 
1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO 
1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO 
1.10 VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA: 
1.11 CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE CADA PRODUCTO RESPECTO DE SU COSTO DE PRODUCCIÓN 
SECCIÓN II 
FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA 
NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. 
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO 
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por la Dirección Provincial de Chimborazo para “IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”, luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que: 
1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento. 
2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 
3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación. 
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos y materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización. 
5. Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; suministrará todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para su uso inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas solicitadas (bienes)/ prestará los servicios, de acuerdo con los pliegos, especificaciones técnicas, términos de referencia e instrucciones(servicios); en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos
obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes. 
6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual. 
7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado. 
8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la Entidad Contratante ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente. 
9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información del pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas. 
10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto. 
11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar el suministro o prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo. 
12. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor. 
13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del SERCOP y demás normativa que le sea aplicable. 
14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha
falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar. 
15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. 
16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable. 
17. En caso de que sea adjudicatario, conviene en: 
a) Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días) 
b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP. 
(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP). 
FIRMA DEL OFERENTE 
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE 
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso). 
Ciudad: 
Calle (principal) 
No: 
Calle (intersección): 
Teléfono(s): 
Correo electrónico 
Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): 
R.U.C:
1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES. 
A. DECLARACIÓN 
En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 
1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionista o partícipes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUP para participar en los procedimientos de contratación pública; 
2. Que la compañía a la que represento ……(el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES. 
(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.) 
3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.(Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa) 
4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente. 
5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. 
6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante: 
a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública – LOSNCP-; 
b. Descalifique a mi representada como oferente; o, 
c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. 
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. 
B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES: TIPO DE PERSONA JURÍDICA:
Compañía Anónima 
Compañía de Responsabilidad Limitada 
Compañía Mixta 
Compañía en Nombre Colectivo 
Compañía en Comandita Simple 
Sociedad Civil 
Corporación 
Fundación 
Asociación o consorcio 
Otra 
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica Domicilio Fiscal 
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato: Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica Domicilio Fiscal 
Notas: 
1. Este formato 1.3 del Formulario de la oferta solo será llenado por personas jurídicas. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.) 
2. La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal de descalificación de la oferta.
3. Las personas naturales no están obligadas a presentar el Formato 1.3 del Formulario de la Oferta. 
1.4 SITUACIÓN FINANCIERA 
La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio de Rentas Internas SRI. 
El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro: 
Índice Indicador solicitado Indicador declarado por el oferente Observaciones 
Solvencia* 
Endeudamiento* 
Otro índice resuelto por la entidad contratante * 
*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s). 
1.5 COMPONENTES DE LOS (BIENES O SERVICIOS) OFERTADOS 
El oferente deberá llenar la siguiente tabla de los componentes de los (bienes o servicios), en la cual se deben incluir todos y cada uno de los rubros ofertados, que respondan a los requerimientos de la Dirección Provincial de Chimborazo. 
Especificación Técnica - Términos de Referencia Requeridos Especificación Técnica –Términos de Referencia Ofertados
1.6 OFERTA ECONÓMICA INICIAL 
El oferente deberá presentar en la oferta, el presente formulario con los precios unitarios inicialmente propuestos de los bienes y servicios a suministrar, cuyo valor total será subido por el oferente al portal como oferta económica inicial, en caso de resultar habilitado. Concluida la puja o negociación, en caso de que el oferente resulte adjudicado, el valor resultante de la puja o negociación deberá adecuarse a lo previsto en el presente cuadro, con los precios unitarios que justifican el monto final adjudicado, información que se trasladará al contrato. 
Código CPC Descripción del bien o servicio Unidad Cantidad Precio Unitario Precio Total** (Oferta Económica Inicial) 
Oferta Económica Inicial US$ 
(Nota: Estos precios no incluyen IVA) 
PRECIO INICIAL OFERTADO: US$ ______ 
** Nota: Tenga en cuenta que este valor, de la Oferta Económica Inicial, debe ser el mismo registrado en el formato 1.10 “Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta”, como ΣPTi.
1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 
Contratante Objeto del contrato (descripción de los bienes o servicios) Monto del Contrato Plazo contractual Fechas de ejecución Observaciones Inicio Terminación 
1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO 
La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación. 
No. Cargo / Función Experiencia en trabajos similares Observaciones 
1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO 
La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación. 
Detalle del equipo Año de fabricación Ubicación actual Propietario actual Matrícula No. * Observaciones 
* La columna con la información de matrícula, deberá ser completada por el oferente exclusivamente tratándose de vehículos y equipo caminero.
PROYESCTO EP 7898100
1.10 VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA: 
Ítem 
CPC 
Descripción 
Cantidad 
Unidad 
Precio unitario 
Precio total 
Peso relativo (%) (PTi/ΣPti) 
A* (USD) 
A* (%) 
B* (USD) 
B* (%) 
C* (USD) 
C* (%) 
D* (USD) 
D* (%) 
E* (USD) 
E* (%) 
ΣA:E* (%) 
VAEO 
1 
C1 
PU1 
PT1 
PR1 
VAE1 
PR1 x VAE1 
2 
C2 
PU2 
PT2 
PR2 
VAE2 
PR1 x VAE2 
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n 
Cn 
PUn 
PTn 
PRn 
VAEn 
PRn x VAEn 
TOTAL 
Σ PTi 
Σ = 100% 
Σ (PRi x VAEi)
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
*Nota: 
1. Los valores en dólares de los elementos del Valor Agregado Ecuatoriano de cada Ítem (A, B, C, D, E) se tomarán del formato 1.11. 
2. Tomar en cuenta las instrucciones señaladas en el formato 1.11. 
3. La información del formato 1.10 sirve para completar el formato electrónico de la oferta, en el Portal Institucional del SERCOP, para el cálculo del porcentaje del Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta sobre el cual se determina la condición de origen ecuatoriana o extranjera que esta acredita. 
4. En consecuencia no deberá olvidarse de subir a la herramienta informática del portal institucional del SERCOP los valores de precio para las casillas (A, B, C, D y E). 
5. En los procedimientos de menor cuantía, cotización y licitación, la oferta económica se obtendrá a partir del precio total del formato 1.10 y se cargará automáticamente. Por tanto en estos procedimientos el proveedor, genera la oferta económica a partir de la información registrada en el formato 1.10. Únicamente en los procedimientos de Subasta Inversa Electrónica el proveedor deberá subir el valor de su oferta económica, el que deberá ser exactamente igual al calculado por el formulario electrónico de la herramienta. 
6. En la herramienta informática la columna “Precio referencial”, es llenada automáticamente por el sistema. 
1.11 CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO RESPECTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN 
(Se presentará este formato por cada uno de los tipos de bien o servicio que son parte de la oferta) Descripción ELEMENTOS DE COSTO DE PRODUCCIÓN DEL BIEN O DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CPC 
Código CPC del producto Descripción 
Descripción del producto (bien o Servicio) Cantidad 
Cantidad solicitada por la entidad Unidad 
Unidad de medida del producto (Bien o Servicio) 
ELEMENTO 
DESCRIPCION 
COSTO DE PRODUCCIÓN 
PORCENTAJE a 
% del valor de materia prima, materiales e insumos de origen ecuatoriano de aplicación directa al bien o servicio. 
A 
(A/PT*) x 100 b 
% del valor de mano de obra utilizada en el país para la fabricación del bien o prestación del servicio. 
B 
(B/PT*) x 100 c 
% del valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la elaboración del bien o prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual. 
(El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento) 
C 
(C/PT*) x 100 d 
% del valor de servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas nacionales para la fabricación del bien o prestación del servicio. 
D 
(D/PT*) x 100 e 
% del valor de depreciación de equipos instalados en las plantas industriales en Ecuador empleados para la fabricación del bien, o prestación del servicio, de acuerdo a los siguientes criterios: 
- Para la fabricación de bienes o prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación. 
- El valor de depreciación utilizado para el cálculo será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos. 
- El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el período realmente utilizado directamente en la 
E 
(E/PT*) x 100
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
fabricación del bien o prestación del servicio objeto de la oferta. VALOR AGREGADO ECUATORIANO DEL PRODUCTO (%)  CT  A:E (%) 
Notas: 
1. CT* significa: Costo de producción del bien o de prestación del servicio. 
2. Instrucciones que deberá observar el proveedor para llenar el formato 1.11, que se utiliza para calcular el Valor Agregado Ecuatoriano por cada ítem ofertado: 
2.1 El proveedor utilizará el formato 1.11 por cada uno de los ítems ofertados. 
2.2. En la columna costo el proveedor registrará los valores correspondientes al Costo de cada elemento (A, B, C, D, E) para la producción de cada uno de los ítems ofertados. 
2.3. Para el cálculo porcentual de cada elemento del costo (A, B, C, D y E), se deberá considerar el Costo de cada elemento (A, B, C, D, E) para la producción de cada uno de los ítems ofertados, conforme la fórmula constante en cada una de las casillas. 
2.4. El costo de las casillas (A, B, C, D y E) del formato 1.11, se registrará en las casillas (A, B, C, D, y E) del formato 1.10 en la herramienta informática. 
2.5 El proveedor al momento de enviar su oferta a través de la herramienta informática de Portal Institucional del SERCOP, deberá registrar los valores de costo registrados en las casillas A, B, C, D y E del formato 1.10, en el formato electrónico correspondiente, información que servirá para el cálculo automático que la herramienta informática realiza para determinar el Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta. 
2.6 El proveedor deberá adjuntar a su oferta documental, que presenta ante la entidad contratante, todos los formatos 1.11 utilizados para el cálculo del VAE de cada ítem ofertado; así como el formato 1.10 que representa el Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta. 
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario, 
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FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)* 
(LUGAR Y FECHA)
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO 
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………., todos debidamente registrados en el RUP. 
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para…………………. 
En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP, aplicable a este caso. 
Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle: 
(Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido) 
Atentamente, 
Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2 
RUC No. RUC No. 
Promitente Consorciado (n) 
RUC No.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
PROYECTO DE CONTRATO 
IV. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Dirección Provincial de Chimborazo, representada por el Ing. Víctor Germán Anguieta Pérez, en calidad de Director Provincial de Chimborazo, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas: 
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES: 
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la “IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. 
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego de SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (SIE- DPACH-015-2014 para “IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. 
1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria No. 25 00 000 001 530402 0600 002 0000 0000 Edificios Locales Residencias y Cableado Estructurado (instalación mantenimiento y reparaciones), conforme consta en la certificación conferida por la Lic. Sandra Zambrano, Responsable de la Unidad Administrativa Financiera de la Dirección Provincial de Chimborazo, mediante Certificación No. 97 de fecha 11 de agosto del 2014. 
1.4 Se realizó la respectiva convocatoria el 20 de agosto del 2014, a través del Portal Institucional. 
1.5 Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario). 
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos: 
a) El pliego (Condiciones Particulares del Pliego CPP y Condiciones Generales del Pliego CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en la página institucional del SERCOP. 
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman. 
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA. 
e) La resolución de adjudicación. 
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. 
(Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el Portal Institucional.). 
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO 
3.01 El Contratista se obliga con la (CONTRATANTE) a (suministrar, instalar y entregar debidamente funcionando los bienes) (proveer los servicios requeridos) ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, (designar lugar de entrega o sitio), según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato. 
3.02 (Caso de bienes) Adicionalmente el CONTRATISTA proporcionará el soporte técnico, los mantenimientos preventivo y correctivo respectivos por el lapso de (….) contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega recepción única, periodo que corresponde al de vigencia de la garantía técnica; entregará la documentación de los bienes; y, brindará la capacitación necesaria para (número) servidores (en las instalaciones de la Entidad Contratante), impartida por personal certificado por el fabricante) de ser el caso. 
Para el caso de adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en los que requiera de equipos informáticos, equipos de impresión, vehículos y equipos médicos, se deberá aplicar el principio de vigencia tecnológica de conformidad a las regulaciones expedidas por el SERCOP. 
(Caso de servicios) (Estipúlese lo que la Entidad Contratante considere pertinente en cuanto a correctivos o actualizaciones del servicio que recibirá, incluyendo riesgos, de ser el caso). 
Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO 
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA, valor que se desglosa como se indica a continuación: 
 (Para bienes incluir tabla de cantidades y precios corregida de la oferta) (Para servicios incluir tabla del precio ofertado con su desglose). 
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1. 
Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO 
(En esta cláusula la Entidad Contratante detallará la forma de pago. De contemplarse la entrega de anticipo (hasta un máximo del 70%) del valor contractual, se deberá establecer la fecha máxima del pago del mismo.) 
El anticipo que la CONTRATANTE haya entregado al CONTRATISTA para la adquisición de los bienes y/o prestación del servicio, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. 
(En el caso de adquisición de bienes, los pagos totales o parciales se realizarán contra el Acta o Actas de Entrega Recepción Total o Parcial de los bienes adquiridos). 
(En el caso de servicios, serán pagados contra la presentación de la correspondiente planilla o planillas, previa aprobación de la Entidad Contratante). 
No habrá lugar a alegar mora de la CONTRATANTE, mientras no se amortice la totalidad del anticipo otorgado 
Cláusula Sexta.- GARANTÍAS 
6.1 En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral…. del Pliego de condiciones generales para las contrataciones de bienes y servicios que son parte del presente contrato). 
6.2 Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE. 
Cláusula Séptima.- PLAZO 
7.1 (Caso de bienes) El plazo para la entrega de la totalidad de los bienes contratados, (instalados, puestos en funcionamiento, así como la capacitación, de ser el caso) a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de días, meses o años), contados a partir de (fecha de entrega del anticipo o suscripción del contrato). 
(Caso de servicios) El plazo para la prestación de los servicios contratados a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de días, meses o años), contados a partir de (fecha de entrega del anticipo o suscripción del contrato). 
Cláusula Octava.- MULTAS 
8.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa de (valor establecido por la Entidad Contratante, de acuerdo a la naturaleza del contrato, en ningún caso podrá ser menos al 1 por 1.000 del valor del contrato). (El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la Entidad en función del incumplimiento y de la contratación). 
Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS 
(Para bienes, que no correspondan al sistema de precios unitarios: El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, coso contrario se deberá aplicar lo
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
establecido en el artículo 141 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública). 
(Para servicios cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios: el contrato se sujetará al sistema de reajuste de precios previsto en los artículos 126, y 140 del Reglamento General de la LOSNCP). 
Nota: (Esta cláusula no será aplicable si las partes han convenido, según lo previsto en el pliego correspondiente, en la renuncia del reajuste de precios, caso en el cual se establecerá en su lugar una disposición específica en ese sentido). 
Cláusula Décima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: 
10.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato. 
10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual. 
Cláusula Undécima.- TERMINACION DEL CONTRATO 
11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato. 
11.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales: 
a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación; 
b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA; 
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada. 
d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.5 del formulario de la oferta - Presentación y compromiso;
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
e) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. 
f) (La Entidad Contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.) 
11.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. 
Cláusula Duodécima.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 
12.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante. 
(En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 13.1.- “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”. 
12.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato. 
Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 
13.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos. 
Cláusula Décima Cuarta.- DOMICILIO 
14.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio). 
14.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: 
La CONTRATANTE: (dirección y teléfonos, correo electrónico). 
El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico). 
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
Cláusula Décima Quinta.- ACEPTACION DE LAS PARTES: 
15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo. 
15.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. 
Dado, en la ciudad de Riobamba, a 
___________________________ _____________________________ 
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y/o prestación de servicios son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes y los contratistas que celebren este tipo de contratos , provenientes de procedimientos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como “LICITACIÓN”, “COTIZACIÓN”, “MENOR CUANTÍA” Y “SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA”. 
Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: 
a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal. 
b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. 
c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. 
d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”. 
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: 
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato. 
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables. 
c. “Contratista”, es el oferente adjudicatario. 
d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 
f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica. 
g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación / cotización / menor cuantía o subasta inversa electrónica. 
h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios. 
i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública. 
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO 
Lo previsto en la cláusula quinta de las Condiciones Particulares del contrato, y además: 
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONTRATISTA autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual. 
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. 
2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP. 
2.3 Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del administrador del contrato. 
2.4 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato. 
2.5 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS 
3.1 Lo contemplado en la cláusula sexta de las condiciones particulares del contrato y la Ley. 
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos: 
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato: 
a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA. 
b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento. 
3.2.2 La del anticipo: 
a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento. 
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato. 
3.2.3 La técnica: 
a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato. 
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO 
4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos: 
a) Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo. 
b) Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA. 
c) Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos- contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato. 
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 
A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato, las siguientes: 
5.1 El contratista se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración. 
5.2 El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. 
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato. 
5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el en el pliego, y cumplir con el porcentaje mínimo de valor agregado ecuatoriano ofertado. 
5.4 El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. 
5.5 El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista. 
5.6 EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 
6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato. 
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS (Aplica únicamente para Servicios), 
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP. 
Cláusula Octava.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO 
(De acuerdo al artículo 81 de la LOSNCP, en los contratos de adquisición de bienes y prestación de servicios, existirá solamente la recepción definitiva, sin perjuicio de que, de acuerdo a la naturaleza del contrato -si se estableciere que el contrato es de tracto sucesivo, es decir, si se conviene en recibir los bienes o el servicio por etapas o de manera sucesiva-, puedan efectuarse recepciones parciales). 
La recepción del [objeto de la contratación] se realizará a entera satisfacción de la CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento mencionado, y formará parte del acta. 
8.1 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP. 
Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 
9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. 
La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. 
9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA. 
Cláusula Décima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 
10.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista. 
10.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley. 
(Hasta aquí el texto de las condiciones generales de los contratos para la adquisición de bienes o contratación de servicios). 
NOTA: Las Condiciones Generales de los contratos de Subasta Inversa de bienes y/o servicios, no requieren firma por parte de los representantes de la entidad contratante ni del contratista, puesto que están incorporadas como parte integrante del Contrato, conforme la cláusula segunda “DOCUMENTOS DEL CONTRATO” de las condiciones particulares del contrato.

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  • 1. PLIEGO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Versión SERCOP 1.1 (20 de febrero 2014) ÍNDICE I. CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA DE BIENES Y/O SERVICIOS SECCION I CONVOCATORIA SECCION II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto 2.2 Presupuesto referencial 2.3 Especificaciones técnicas o términos de referencia SECCION III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Precio de la Oferta 3.4 Forma de presentar la oferta 3.5 Plazo de Ejecución 3.6 Forma de Pago SECCIÓN IV EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TECNICAS 4.1 Evaluación de la oferta 4.1.1 Integridad de las ofertas 4.1.2 Equipo Mínimo 4.1.3 Personal técnico mínimo 4.1.4 Experiencia general y específica mínima 4.1.5 Experiencia mínima del personal técnico 4.1.6 Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia 4.1.7 Patrimonio (Personas Jurídicas) 4.1.8 Porcentaje del Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo 4.1.9 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta. 4.1.10 Información Financiera de Referencia SECCIÓN V PUJA 5.1 Oferta económica inicial 5.2 Puja 5.3 Negociación única
  • 2. SECCIÓN VI OBLIGACIONES DE LAS PARTES 6.1 Obligaciones del Contratista 6.2 Obligaciones de la Contratante Nota: Edición del modelo de pliego.- La entidad contratante señalará en las condiciones particulares del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica las especificidades del procedimiento al que convoca y para el efecto detallará e individualizará las condiciones del mismo. En consecuencia, la entidad contratante asume la responsabilidad por los ajustes y/o modificaciones realizadas a las condiciones particulares del presente pliego, así como por la determinación y aplicabilidad de los formularios previstos para el presente proceso, y reemplazará todo texto que conste en paréntesis por el contenido pertinente. SUBASTA INVERSA ELECTRONICA SIE-DPACH-015-2014 I. CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA SECCIÓN I CONVOCATORIA Se convoca a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores – RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para “IMPLEMENTAR EL CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. Aquellos proveedores que no hayan sido invitados automáticamente a través del Portal Institucional del SERCOP, siempre que estén registrados en la categoría del producto, CPC, correspondiente, podrán auto invitase, hasta antes de la fecha límite para presentación de ofertas para participar en el procedimiento. El presupuesto referencial es de USD. 30.140, 27 (TREINTA MIL CIENTO CUARENTA CON 27/100 dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de 60 días calendario, contados a partir de la entrega del anticipo. Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes: 1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del SERCOP (www.compraspublicas.gob.ec); únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la (entidad contratante) el valor de $ 0,00 de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP.
  • 3. 2. Los interesados podrán formular preguntas en el término de 2 días, contado a partir de la fecha de publicación, de acuerdo a lo que establezca la Dirección Provincial de Chimborazo. La Comisión Técnica y/o máxima autoridad o su delegado absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de 3 días subsiguientes a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones. 3. La oferta se presentará de forma física en la Secretaría de la Dirección Provincial de Chimborazo, ubicada en la Ave. 9 de octubre, junto a la Quinta Macají; o de forma electrónica a través del Portal Institucional del SERCOP, caso en el que para ser válida deberá estar firmada electrónicamente; hasta las 16h00 del día 28 de agosto de 2014, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-. 4. Si la calificación realizada por la Dirección Provincial de Chimborazo, ha sido aceptada por la máxima autoridad o su delegado, se dispondrá que los oferentes habilitados presenten sus ofertas económicas iniciales a través del Portal Institucional del SERCOP, las mismas que deberán ser inferiores al presupuesto referencial. Para poder participar del mecanismo electrónico en el Portal, al momento de realizarse la puja, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores 5. En el día y hora señalados en el Convocatoria, se realizará la puja hacia la baja a través del Portal Institucional. 6. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria 25 00 000 001 530402 0600 002 0000 0000 Edificios Locales Residencias y Cableado Estructurado (instalación mantenimiento y reparaciones). La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la contratación incluyéndose el IVA. Se otorgará un anticipo del 60%. 7. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el presente pliego. 8. La Dirección Provincial de Chimborazo se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna. Riobamba, 20 de agosto de 2014.
  • 4. SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de origen ecuatoriano de mejor costo, en los términos del numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP, para la “IMPLEMENTAR EL CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará las ofertas que no se consideren ecuatorianas que se hubieren presentado. Presupuesto referencial: El presupuesto referencial es de USD. 30.140, 27 (TREINTA MIL CIENTO CUARENTA CON 27/100 dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, con sujeción al Plan Anual de Contratación respectivo), NO INCLUYE IVA. CÓDIGO CPC DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO GLOBAL 87390.00.1 IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DEL PROYECTO: ACCESO, FOMENTO Y LEGALIZACIÓN PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR CAMPESINA Global 1 32142.00 32142.00 Global 1 30147.27 30147.27 Presupuesto Referencial (SIN IVA) 30147.27 2.2 Especificaciones técnicas o términos de referencia: Las especificaciones técnicas y/o términos de referencia para la presente contratación se detallan a continuación: El cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones debe ser completamente respaldado con catálogos, manuales hojas técnicas, etc. Se debe detallar la hoja y el datasheet donde se encuentra la especificación solicitada, las cuales deben adjuntarse necesariamente a la oferta en formato digital e impreso. El oferente debe incluir en la oferta para cada uno de los bienes y componentes descritos a lo largo del documento de especificaciones técnicas y términos de referencia: transporte, bodegaje, instalación, mano de obra, obra civil si fuese el caso, elementos listos para la puesta en operación, capacitación y todos los servicios asociados. METODOLOGIA DEL TRABAJO  Implementación La implementación de la red LAN en las oficinas deben realizarse siguiendo los principios y estándares establecidos por la ANSI EIA/TIA para el sistema de cableado estructurado.
  • 5. El diseño de la red LAN, deberá ser dividido en forma modular, dividiendo los sistemas de cableado en subsistemas, el mismo que se realizará por áreas. Lo que ayudará en el futuro a la detección de fallas, problemas o cambios en los diseños así mismo a la solución de éstos y sobre todo en las ocasiones en que se realicen cambios en el diseño, se afectará lo menos posible, la red deberá ser diseñada con perspectivas de crecimiento altamente escalable y flexible para cubrir las necesidades futuras de la misma. Para la implementación de la red LAN antes de la ejecución del servicio se debe realizar el levantamiento de la información de las plantas arquitectónicas con sus acotaciones, medidas, y nombres de las áreas en un plano. Cableado Horizontal Este cableado hace referencia a la estructura de red de cada una de las áreas de trabajo que se encuentran en una misma edificación. La conexión de cada estación de trabajo se lo hará mediante un patch cord no menor a 7 pies a un cajetín de red que contendrá el Jack (terminaciones de los puntos de red). De este cajetín parten los cables de red que se tienden por la pared protegidos con canaletas de fácil apertura y sellado con sus elementos de sujeción llegando al patch panel que conectará al equipo de red no sin antes estar perfectamente organizados de manera horizontal, vertical y etiquetado, para la etiquetación de las placas de pared en cada una de las áreas de trabajo se utilizará la siguiente nomenclatura: PB-R01-01  Ubicación Planta Baja PB  Número de Rack 01  Punto de red 01. Las rutas y medios que se utilicen para la distribución del cableado en las áreas de trabajo se realizará considerando que no afecte la estética de las oficinas debiendo utilizar en estos casos rutas perimetrales. El cuarto de comunicaciones del edificio, deberá contar con un rack tipo armario cerrado de piso, con tapas desmontables en todos los lados en el cual se encuentran los siguientes accesorios:  Organizador horizontal  Manejadores verticales  Bandeja de alta resistencia  Ventiladores  Regletas de tomacorrientes con supresor Los trabajos se realizarán en el los horario y días a convenir. Estándares Internacionales Mínimos a Cumplir Estándar ANSI/TIA–568-C la cual es una actualización del estándar ANSI/TIA/EIA–568B. Estándar ANSI/TIA/EIA-569-A/B/ de Rutas y Espacios de Telecomunicaciones para Edificios Comerciales. Define la infraestructura del cableado de telecomunicaciones, a través de tubería, registros, pozos, trincheras, canal, entre otros, para su buen funcionamiento y desarrollo futuro.
  • 6. EIA/TIA 607, define al sistema de tierra física y el de alimentación bajo las cuales se deberán de operar y proteger los elementos del sistema estructurado, para lo cual se requiere de la instalación de una puesta a tierra química con electrodo. Diseño de la Red Deberá existir el diseño gráfico sobre un plano que identifique con simbología a cada elemento de cableado de tal manera que al observar la imagen y al compararla con la simbología se pueda saber de manera rápida la información de cada elemento. La documentación consistirá en un concentrado de todos los planos, tablas y datos del proyecto en una memoria técnica además de la colocación de los etiquetados y colocado en el cuarto de comunicaciones. La red debe ser flexible en caso de reubicación del punto de red o reubicación del gabinete. Toda la Red debe ser Cat 6A, el cable debe tener chaqueta CMR que cumpla con las especificaciones ANSI/TIA/EIA-568-B.2-1 Para categoría 6A y con las especificaciones ISO / IEC 11801:2002, Los Patch panel deben ser modulares con sus Jack planos Se debe dimensionar las canaletas y ducterías de tal forma que quede un espacio libre de un 40 % para futuros crecimientos de la red. La localización de los puntos de red se encuentra en el Anexo 1, debiendo aclarar que pueden variar su ubicación de acuerdo a sitio de las estaciones de trabajo de los funcionarios. Capacitación /Acompañamiento/Documentación: El servicio de transferencia de conocimientos no tendrá costo extra para SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA y debe ser un valor agregado de la propuesta a presentar, los valores de la capacitación serán cubiertos en su totalidad por el oferente. Se deberá impartir mínimo 8 horas de capacitación al Técnico Informático de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y al Técnico Informático de la Coordinación Zonal 3, la misma que deberá realizársela en el sitio destinado para la instalación del Cableado Estructurado. Se designará un Técnico para que realice el acompañamiento y monitoreo en la implementación, recepción de la instalación y activación del cableado estructurado. La persona natural o jurídica contratada para realizar la implementación del cableado estructurado, puesta a tierra del cuarto de comunicaciones y/o relacionadas, deberá entregar la documentación correspondiente al proyecto en cuestión, a través de una Memoria Técnica con el siguiente contenido: Memoria Técnica  Índice.  Introducción del Sistema de cableado estructurado.
  • 7.  Referencias Técnicas bajo las cuales se contrató el trabajo.  Descripción del Proyecto (de la instalación en base a normas y diagramas unifilares).  Fichas Técnicas de los elementos de conectividad instalados.  Planos de la red (Ubicación de racks, equipos, nodos, trayectoria de ducterías, canaletas, etc).  Diagramas de conexión.  Descripción de la nomenclatura de identificación de elementos de conectividad.  Tablas de identificación con número de todos y cada uno de los puntos instalados, ubicación y aplicación de los mismos (potencia, voz, datos).  Reporte impreso y en el archivo fuente del equipo, del 100% de cumplimiento de las pruebas pasivas en CAT 6A realizadas de cada punto de datos cumpliendo con las normas.  Notas: Todos los dibujos y diagramas deberán elaborarse en Autocad. Esta documentación será de uso exclusivo de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y deberá considerarse información confidencial, por lo que su reproducción parcial o total queda prohibida. La documentación resultante de todo el proyecto deberá ser entregada en formato impreso y electrónico, según las herramientas de software utilizadas para el efecto, mismas que deben ser de uso común en el mercado. El personal técnico que estará a cargo de la implementación e instalación, deberá tener la experiencia específica, para lo cual deberá coordinar los trabajos con el personal técnico de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y la Coordinación Zonal 3. La persona natural o jurídica deberá poseer más de 2 años de experiencia en la implementación de redes de datos y eléctricas en el mercado y poseer al menos 1 técnico instalador certificado de la marca en que la solución sea ofertada. La marca ofertada debe ofrecer una garantía técnica mínima de 25 años, sobre la instalación del cableado estructurado. Materiales y piezas: Detalle de las Características Básicas que deben tener los Componentes del Cableado Estructurado de Datos: Especificaciones técnicas cableado estructurado horizontal con categoría 6A Generales Las especificaciones técnicas descritas a continuación son características mínimas de cumplimiento obligatorio, por lo tanto las propuestas pueden superarlas pero no omitirlas, en tal situación, la oferta será descalificada.  Para la implementación del proyecto se emplearán solo equipos, materiales y accesorios nuevos que garanticen un comportamiento satisfactorio a largo plazo de acuerdo a las condiciones físicas a las que serán sometidas.
  • 8.  Toda la solución del proyecto debe ser ejecutada, entregada y quedar operativa a entera satisfacción de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria.  El adjudicatario será el responsable de proveer todos los equipos, materiales, accesorios y personal que permita ejecutar el proyecto. Será responsabilidad del adjudicatario cubrir todos los costos que no hayan sido contemplados en su oferta y que al momento de la implementación sean requeridos. Adicionalmente el oferente será responsable de cubrir cualquier evento, accidente o calamidad que pueda suscitarse con sus empleados durante la ejecución de los trabajos del proyecto, sin que estos puedan ser imputados a la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria.  La Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria se reserva el derecho de verificar cualquier información o documento presentado por los oferentes. En el caso de comprobar falsificación o adulteración de la información la oferta quedará anulada automáticamente.  Para la solución de cableado estructurado, el canal completo deberá cumplir con las pruebas de rendimiento y desempeño de la ANSI/TIA/EIA 568-C.2-10 para 100 metros con cuatro (4) conectores en el canal según las especificaciones de la norma (incluyendo NEXT y FEXT).  Los componentes de la solución de cableado estructurado horizontal deberán tener certificaciones Internacionales para el efecto; tales como patchcord, cable utp, faceplate, patch panel y jacks. Además todos los componentes de la solución de cableado estructurado 6A horizontal deberán ser de un mismo fabricante.  Todo hardware de conexión y cable de telecomunicaciones debe estar manufacturado por un fabricante certificado ISO 9001 e ISO14001. Adjuntar los certificados. Certificaciones para categoría 6A UTP a 500 MHz o superiores.  El fabricante debe contar con una persona permanente (el 100% del tiempo) en Ecuador para soporte preventa y postventa, así como para el trámite de garantías localmente. Adjuntar certificado de fábrica correspondiente.  El sistema de cableado estructurado de datos tendrá una garantía expedida por el fabricante por un mínimo de 25 años sobre todos y cada uno de los componentes instalados. También la oferta vendrá acompañada de una carta emitida por el fabricante en donde se avala el respaldo del mismo a la empresa oferente y se asume un compromiso por la garantía. El Sistema de Cableado estructurado 6A UTP para los servicios de datos debe cumplir con las especificaciones de la ANSI/TIA–568-C para CATEGORIA 6A y las recomendaciones consignadas en los siguientes estándares:  ANSI/TIA–568-C la cual es una actualización del estándar ANSI/TIA/EIA–568B y detalla principalmente los siguientes elementos que deben cumplirse.  ANSI/TIA-568-C.0, "Generic Telecommunications Cabling for Customer Premises"  ANSI/TIA-568-C.1, "Commercial Building Telecommunications Cabling Standard"  ANSI/TIA-568-C.2, "Balanced Twisted-Pair Telecommunication Cabling and Components Standard".  ANSI/TIA/EIA-569-B Commercial Building Standard for Telecomunications Pathways and Spaces, que estandariza prácticas de diseño y construcción dentro y entre edificios, que son hechas en soporte de medios y/o equipos de telecomunicaciones tales como canaletas y guías, facilidades de entrada al edificio, armarios y/o closet de comunicaciones y cuarto de equipos.  ANSI/EIA/TIA-606A Administration Standard for the Telecomunications Commercial Building dura of Comercial Buildings, que da las guías para marcar y administrar los componentes de un sistema de Cableado estructurado 6A.
  • 9.  J-STD-607A Commercial Building Grounding (Earthing) and Bonding Requeriments for Telecomunications, que describe los métodos estándares para distribuir las señales de tierra a través de un edificio.  UL 94 Estándar de UL que Prueba la Resistencia a la Propagación de la Flama en los productos. Cable Categoría 6A  El cable debe cumplir o superar las especificaciones de la norma TIA/EIA 568-C.2, Transmission Performance Specifications para Cable Categoría 6A(indicar marca).  El forro del cable debe tener impresa, como mínimo, la siguiente información: nombre del fabricante, número de parte, tipo de cable, número de pares, tipo de listado (v.gr. CMR).  No se aceptarán cables con conductores pegados u otros métodos de ensamblaje que requieran herramientas especiales para su terminación.  La chaqueta del cable debe ser continua, sin porosidades, con especificación de su cubierta CMR (UL).  Debe soportar el estándar IEEE 802.3af y IEEE 802.3at para aplicaciones PoE. Especificaciones mínimas:  Ancho de Banda: 1 – 500MHz.  ANSI/TIA/EIA-568-C.2  ISO/IEC 11801: 2002 - Norma Internacional que define los requerimientos básicos para el cableado estructurado, para soporte de transmisiones 10GBASE-T  ANSI/TIA-568-C.2, Categoría 6A.  Deber tener soporte para aplicaciones: Voz, FAX, T1, ISDN, 10BASE-T, 100BASETX, 100BASE-T4, 1000BASE-T, 10 GIGA.  Norma TIA/EIA Categoría 6A NEXT y ELFEXT (Par a par y Power Sum), atenuación, pérdidas de retorno, y retardo de propagación.  RoHS compliant.  Propiedades físicas: Tamaño del conductor UTP 23AWGx4P, el diámetro total de la chaqueta no debe exceder los 8mm.  Deben contar con Certificación ISO9001. Adjuntar los certificados. Paneles de Conexión (Patch Panel) Categoría 6A  Deben ser de la misma marca del cable CAT 6A ofertado (indicar marca)  El oferente debe cotizar la provisión e instalación de los Paneles de Conexión.  Debe considerar que la instalación supone el montaje de los Paneles de Conexión en el Rack, para lo cual el panel de conexión deberá venir con todos los accesorios y tornillos requeridos, sujetadores plásticos posteriores para el cable Cat 6A, porta etiquetas delantero para identificación de cada puerto.  Debe considerar que se incluye la provisión de los Paneles de Conexión, su montaje en el Rack y la conectorización de todos los cables Cat 6A en la parte posterior del Panel de Conexión, su etiquetación completa (puerto por puerto), y peinado de cables.
  • 10.  Deben ser modulares puerto por puerto de tal forma que pueda ser posible cambiar un jack individualmente en caso de fallas y no se requiera tener que adquirir un bloque o módulo de 04 o 06 jacks ni tener que cambiar todo el Panel de Conexión.  Debe poseer un sistema de terminación que mantenga la geometría del cable y elimine el destrenzado de los pares en este proceso.  Deben poseer salidas modulares puerto por puerto.  La instalación en el Panel de Conexión deben ser realizada bajo el estándar T568B; de la misma manera que la terminación en el área de trabajo.  Debe permitir la puesta a tierra.  Deben aceptar jacks de colores o deben aceptar a inserción de íconos para facilitar la administración y manejo de la red de acuerdo con la norma ANSI/TIA/EIA 606A.  Deben permitir la instalación de los jacks ofertados.  Deben incluir organizadores posteriores para evitar incumplir el radio de curvatura de los cables al ingreso del Panel de Conexión.  Se deberán colocar módulos individuales / tapas en todos los puertos no utilizados del Panel de Conexión.  Deben contar con Certificación ISO 9001. Se deberá adjuntar los certificados.  Cumplimiento de la normativa RoHS. Placas (Face Plate) Categoría 6A  Las placas deben ser elaboradas por el mismo fabricante del cable Cat 6A. (indicar marca).  Placa de pared de puertos modulares para alojar diferentes tipos de conectores como UTP, STP, FIBRA.  Las placas deben ser UL listed registrados. La identificación de la marca debe estar impreso directamente sobre cada elemento.  Debe incluir tornillos de fijación a la caja plástica y etiquetas de identificación para cada puerto.  Debe estar hechos de materiales ABS, PVC o superior.  Deben contar con Certificación ISO 9001 del fabricante. Se deberá adjuntar los certificados.  Cumplimiento de la normativa RoHS. Jacks Categoría 6A  Deben ser elaborados por el mismo fabricante del cable Cat 6A. (indicar marca).  Debe tener desempeño certificado en un canal con 4 conexiones, de 100m bajo los requerimientos de la norma TIA/EIA 568-C.2, para soportar transmisiones de 10Gbase-T en un barrido de frecuencias 1 a 500 Mhz..  Debe poseer un sistema de terminación que mantenga la geometría del cable y elimine el destrenzado de los pares en este proceso.  Deben ser modulares.  Debe ser de dos piezas, el conector y la tapa protectora del cable.  Debe aceptar conectores tipo plug de 6 u 8 posiciones sin que estos sufran daño alguno.
  • 11.  La tapa protectora del cable debe poseer un sistema que asegure de forma mecánica la chaqueta cable para evitar que este se desprenda por exceso de tensión  Los conectores deben poderse identificar claramente con etiquetas o iconos la identificación será hecha en los Paneles de Conexión (patch panels) y en las placas (face plates).  El material del conector debe ser plástico y metal y el de la tapa protectora de cables podrá ser de plástico resistente.  Los contactos frontales del jack deberán estar chapados con 50 micropulgadas de oro para un rendimiento superior.  Los conectores deben ser listados UL Listed  Deben contar con Certificación ISO9001. Se deberá adjuntar los certificados.  Cumplimiento de la normativa RoHS. Cordones de Conexión (Patch-Cords) Categoría 6A  Deben ser de la misma marca del cable CAT 6A ofertado (indicar marca).  El oferente debe cotizar la provisión e instalación de los cordones de conexión necesarios.  Deben cumplir los parámetros de la TIA/EIA 568-C.2.  Los conectores de los Patch Cords deben contar con un sistema de protección para las lengüetas que impida que éstas se atasquen con otros cables al ser retirados de los Racks.  Las longitudes de los Patch Cords no deben ser menores a 7 pies para las áreas de trabajo y de 3 pies para los gabinetes de comunicaciones, se aceptarán equivalencias siempre que no sean de longitudes menores a las especificadas.  Los cordones de conexión deben cumplir la categoría 6A, deben ser preconectorizados en fábrica y deben incluir “boots” o botas de protección del conector RJ45 para liberar la tensión.  Los contactos frontales del jack deberán estar chapados con 50 micropulgadas de oro para un rendimiento superior.  Deben contar con Certificación ISO9001. Se deberá adjuntar los certificados.  Cumplimiento de la normativa RoHS.  Deberá proveer identificación de nivel de desempeño, longitud y número de control de calidad para futura trazabilidad.  Los cuatro pares deberán estar envueltos por una cinta matriz y una chaqueta retardante de flama. La cinta matriz deberá suprimir el efecto de diafonía externa (alien crosstalk) permitiendo la transmisión 10 Gb/s. Canalización  La empresa oferente será la responsable de realizar todas las obras civiles necesarias para estas instalaciones.  Por ningún concepto y bajo ninguna circunstancia se instalarán otro tipo de tubería, bandejas, canaletas que no sean las especificadas en las normas y estándares.  El acoplamiento de la tubería, canaletas y las cajas de conexión o salidas, se hará mediante conectores apropiados, y por ningún concepto se permitirá la unión directa sin accesorios.
  • 12.  Cualquier tramo de tubería que se encuentre entre salida y cajas de conexión, no presentará curvaturas más que un equivalente a las especificadas en la normativa ANSI/EIA/TIA 568.C.  Toda la tubería deberá instalarse como un sistema completo antes que los cables sean pasados en su interior, además deberán limpiarse de manera apropiada para evitar la humedad y otros materiales que impidan el paso del cable.  Las conexiones serán aseguradas de manera que no sean aflojadas por vibraciones, esfuerzos normales o algún otro factor que afecte a las mismas.  Canaleta plástica  La necesaria para dejar operativa la solución.  Ideal para instalación sobrepuesta  Certificaciones ISO y UL  Material: PVC  No conductiva  Estructura sólida y de alta durabilidad  Dimensión mínima para distribución: 40 x 25 mm  En todo cambio de dirección de canaleta deberá utilizarse el accesorio adecuado (ángulo plano, interno, externo, derivación en T), de las mismas características de las canaletas. No se admitirá cambios sin accesorios.  El número de conductores que pueden instalarse dentro de la canaleta, no deberá exceder el indicado por el Código Eléctrico Nacional.  Cajas de Salida Plástica  La necesaria para dejar operativa la solución  Altura: 40 mm  Autoextinguible  La tapa se ajusta rápidamente mediante tornillos de plástico de 1/4 de vuelta.  Debe permitir la instalación de tomacorrientes polarizados 15A, 120- 127VAC y faceplates para datos.  Tubería metálica EMT  La necesaria para dejar operativa la solución  Tubo metálico galvanizado en caliente, para instalaciones eléctricas, liviano de 3m de longitud. Deberá cumplir con las normas de fabricación ANSI c80.3 y normas de seguridad ul797, así como el artículo 358 de la NEC.  Todas las tuberías metálicas y sus accesorios de conexión, interconexión soporte y anclaje deben cumplir con al menos las siguientes características  Unión metálica: galvanizada en caliente de tornillo, apropiada para tubo liviano. Deberá cumplir con las normas de fabricación UL514B, así como el artículo 358 de la NEC.  Conector metálico: galvanizada en caliente de tornillo, apropiada para conexión de tubo liviano a caja metálica galvanizada. Deberá cumplir con las normas de fabricación ul514b, así como el artículo 358 de la NEC.  Cajas y accesorios: caja metálica, galvanizada de dimensiones acorde a aplicación con tapa. Deberá cumplir con las normas de fabricación UL514B, así como el artículo 358 de la NEC.  Abrazaderas y grapas: metálica, galvanizada en caliente para tubo EMT.
  • 13.  No se permitirán más de tres curvas de 90° o su equivalente, en cada tramo de tuberías entre cajas.  Los cortes de tubería deben ser perpendiculares al eje longitudinal y eliminando toda rebaba.  Se podrá optar por el uso de tubería metálica anillada (flexible) para derivaciones menores. Identificación, Señalización y Ordenamiento  Todos los elementos del Sistema de Cableado Estructurado incluyendo: Cables, Placas, Jacks de Placas, Paneles de Conexión, Jack de Paneles de Conexión, Racks, El cuarto de telecomunicaciones, deberán contar con una identificación única de acuerdo a lo indicado por la ANSI/TIA/EIA 606B. Todas las identificaciones deberán ser impresas con impresora láser, NO se aceptarán impresiones en impresora de tinta, matricial o a mano.  En Todos los casos la identificación deberá ser fácilmente visible y deberá estar basada en etiquetas adhesivas siendo necesaria que adicionalmente cuenten con alguna protección plástica que impida el contacto directo de las manos con la impresión.  Todos los cables deberán agruparse por zonas usando cintas tipo velcro los mismos que deberán incluso colocarse dentro de los Ordenadores de Cables Verticales antes del ingreso de cables a los Ordenadores Horizontales, no se permitirá el uso de amarras plásticas para esta labor.  El contratista deberá entregar la respectiva documentación de etiquetado organizada en una base de datos, la cual debe contener información detallada de cada uno de los elementos Rack cerrado de piso puerta de malla de 42 UR  Debe ser rack de piso con puerta de malla de 42 UR construido en acero laminado en frio.  Dimensiones: 2055 (alto) x 800 (ancho)x 1000(profundidad) mm Incluye:  4 ventiladores de 110 v.  1 bandeja fija de sujeción 4 parantes465mmx700mm.  1 bandeja corrediza de sujeción 4 parantes.  4 parantes ajustables  2 organizadores verticales metálicos 80x80 mm  Tuercas y tornillos para montaje de accesorios  Garruchas y bases niveladoras  Puerta frontal de malla con cerradura, apertura 180grados  Puertas laterales desmontables con cerraduras  2 puertas posteriores de malla, apertura 180 grados  Unidades de rack marcadas  Multitoma vertical de 24 tomas simples  Organizador de 80x80 19"UR  El rack debe cumplir las normas ANSI/EIA RS-310-D, DIN41491, PART 1, IEC297-2, DIN41494, PART 7, GB/T3047.2-92  Deben tener impreso de fábrica la numeración de cada unidad de rack.  Incluir una barra TGB para el aterrizaje del rack.  Regleta vertical
  • 14.  Número de regletas que sean necesarias para dejar operativa la solución.  Regleta vertical de 24 salidas eléctricas y un cordón de alimentación de 3 m.  Deberá ser de la misma marca del rack  Organizador horizontal  Número de organizadores que sean necesarias para dejar operativa la solución.  Deben ser de 2 unidades de rack (2 RU), color negro y de 19” de ancho.  Deberá contar con una dimensión mínima de 80mm x 80mm.  Deberá ser de la misma marca del rack.  Las superficies deberán ser curvadas para mantener el radio de curvatura de los cables.  Deberá contar con tapas abisagradas, para evitar la pérdida de las mismas.  Deben contar con orificios en la base que permitan el paso del cable a su parte posterior. Sistema puesta a tierra  Para el sistema de puesta a tierra se deberá usar electrodo químico compacto de grafito, 1 metro de longitud, 0.1 metros de diámetro mínimo, conductor #4 awg.  Desde el sistema de puesta a tierra se deberá llevar un cable # 2 hacia una barra de tierra para conexión de tierras a nivel del medidor.  Se deberá colocar una rejilla de inspección de 30cmx30cm mínimo.  Las conexiones de los conductores de puesta a tierra deberá realizarse utilizando soldadura del tipo exotérmica.  El electrodo y el conductor se enterrarán a una profundidad de al menos 30 cms bajo el nivel del piso terminado y se dejarán los respectivos chicotes con su chaqueta que estarán protegidos dentro del electrodo para evitar corrosión.  En caso de que la dependencia disponga de otras mallas de tierra, se deberá realizar la unión equipotencial de todas las mallas existentes, con el fin de mantener la seguridad en la instalación.  El oferente deberá considerar en su oferta que el número de electrodos está en función del valor de resistividad del terreno y la forma electrogeométrica puede influir de manera importante en el valor de resistencia final.  Incluir una capacitación para el mantenimiento del sistema de tierra, para al menos 2 personas de la dependencia. Detalle de las Características Mínimas que deben tener los equipos activos SWITCH CISCO CATALYS 2960S Incluye:  10/100/1000 Ethernet Interfaces: 48 (interno)  Uplink Interfaces: 4 SFP  Software : LAN BASE  Available PoE Power: 370W  Flash memory: 64 MB
  • 15.  DRAM: 128 MB  Forwarding bandwidth: 88Gbps  Maximum active VLANs: 255  VLAN IDs available: 4000  Maximum transmission unit (MTU) - L3 packet: 9198 bytes  Jumbo frame - Ethernet frame: 9216 bytes  Forwarding Rate: 77.4 mpps  Dimensiones cm : 4.5 x 44.5 x 38.6  Soporte 8 x 5x NBD working days  Voltaje: 100 to 240 VAC  Limited LifeTime Hardware Warranty  Montaje. ACCES POINT CISCO 1602I Incluye:  Dual-band controller-based 802.11a/g/n  Interfaces  10/100/1000BASE-T autosensing (RJ-45)  Management console port (RJ-45)  System memory  256 MB DRAM  32 MB flash  Power Supply and Power Injector: 100 to 240 VAC; 50 to 60 Hz  Dimensiones : 22.1 x 22.1 x 4.7 cm  Soporte 8 x 5 x NBD working days  Compatible con WLC de Cisco  Limited Lifetime Hardware Warrantyç  Montaje. UPS  Potencia: 1000VA / 800W, Tecnología:on line,  Tiempo Respaldo / min: 21,4  (400 W) / 7,2 (800W),  KIT DE RIELES (4postes)  Montaje. La oferta debe adjuntar catálogos técnicos u otros documentos que permitan validar las características técnicas de los componentes y materiales ofertados.
  • 16. SECCION III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente: (este cronograma constará en el Portal Institucional del SERCOP) (Las fechas asignadas deberán considerarse en días hábiles, no se deberán contemplar fechas que correspondan a fin de semana o feriados) Concepto Día Hora Fecha de publicación del proceso en el Portal 20/08/2014 15H00 Fecha límite para efectuar preguntas 22/08/2014 10H00 Fecha límite para emitir respuestas y aclaraciones 25/08/2014 10H00 Fecha límite recepción oferta técnica 28/08/2014 16H00 Fecha límite calificación técnica de participantes 04/09/2014 10H00 Fecha inicio de puja 04/09/2014 13H00 Fecha final de puja 04/09/2014 13H15 Fecha estimada de adjudicación 04/09/2014 17H00 El término para la convalidación de errores será de (número) días, de acuerdo al siguiente cronograma Concepto Día Hora Fecha límite para solicitar convalidación de errores 01/09/2014 10H00 Fecha límite para convalidación errores 03/09/2014 10H00 Fecha estimada de adjudicación 04/09/2014 17H00 3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta 30 días. En caso de que no se señale una fecha estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. 3.3 Precio de la Oferta: El precio de la oferta se formulará a través de la herramienta del Portal Institucional del SERCOP y no será visible para la entidad contratante ni los oferentes interesados hasta cuando la Dirección Provincial de Chimborazo haya habilitado al oferente para subir la oferta económica inicial. Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa. (Para el caso de prestación de servicios: El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación de los términos de en cumplimiento referencia correspondientes y a plena satisfacción de la Dirección Provincial de Chimborazo). 3.4 Forma de presentar la oferta: La oferta se presentará en un sobre único en la Secretaría de la Dirección Provincial de Chimborazo, hasta la fecha y hora indicadas en la convocatoria.
  • 17. La oferta se podrá presentar a través del Portal Institucional completando el formulario electrónico, o bien en forma física. Para este segundo caso, se presentará En un sobre que contenga la siguiente ilustración: SUBASTA INVERSA ELECTRONICA “CÓDIGO DEL PROCESO: “SIE-DPACH-015-2014” SOBRE UNICO Señor Víctor Germán Anguieta Pérez Director Provincial de Chimborazo Presente PRESENTADA POR: ____________________________________ No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción. La Dirección Provincial de Chimborazo recibirá las ofertas técnicas, conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción. No se exigirá a los oferentes la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de Proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notariada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir con la entrega notariada de documentos para la suscripción del contrato, (de ser el caso). 3.5 Plazo de Ejecución: El plazo de entrega de los bienes es de 60 días calendario, contados a partir de la entrega del anticipo. 3.6 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el número 6 de la Convocatoria. 3.6.1 Anticipo: Se entregará un anticipo del 50% del valor del contrato. SECCIÓN IV EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TECNICAS 4.1 Evaluación de la oferta: Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”. 4.1.1 Integridad de la oferta: La integridad de la oferta técnica se evaluará considerando la presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego, de acuerdo con el siguiente detalle:
  • 18. I. Formulario de la Oferta: 1.1 Presentación y compromiso; 1.2 Datos generales del oferente; 1.3 Identificación de socios, accionistas, partícipes mayoritarios del oferente en caso de ser persona jurídica; 1.4 Situación financiera del oferente; 1.5 Componente de los bienes y servicios ofertados; 1.6 Oferta Económica Incial; 1.7 Experiencia del oferente. (Detalle en caso de ser específico) (Soporte técnico en caso de haber sido exigido) 1.8 Personal técnico propuesto para el proyecto. (En caso que la entidad contratante requiera para la prestación de servicio). 1.9 Equipo mínimo requerido (En caso que la entidad contratante requiera para la prestación de servicio) 1.10 Valor agregado ecuatoriano de la oferta 1.11 Cálculo del porcentaje de valor agregado ecuatoriano de los bienes o 1.11 servicios, respecto del costo de producción II. Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente) 4.1.2 Equipo mínimo: En todos los casos, se evaluará la disponibilidad del equipo mínimo de certificación del cableado estructurado solicitado, y no su propiedad. En esta lógica, bajo ningún concepto se considerará como criterio de admisibilidad de las ofertas o como parámetro de calificación, el establecimiento de porcentaje alguno de equipo mínimo de propiedad del oferente. La propiedad del equipo no será condición a calificar ni tampoco se construirán parámetros en función de esa condición. 4.1.3 Personal técnico mínimo: El personal técnico para la implementación y adiestramiento en el uso del servicio adquirido, será dotado por mínimo 2 personas, los cuales deberán estar capacitados y poseer experiencia en las Normas Eléctricas y de cableado estructurado. 4.1.4 Experiencia general y específica mínima: a. La experiencia mínima que deberá acreditar el oferente es de 2 años en trabajos similares exitosos, cuyos montos contractuales sumados o individuales sean iguales o superior al presupuesto referencial establecido para el presente proceso. Para acreditar experiencia se deberá presentar 2 certificaciones emitidas por las personas con quienes hayan suscritos contratos. b. El oferente deberá presentar certificado de distribuidor autorizado, este certificado debe ser dirigido a la Dirección Provincial de Chimborazo con referencia del código y objeto del proceso. c. Para la determinación del cumplimiento de la experiencia general mínima y específica se estará también a las reglas de participación expedidas por el SERCOP para los procedimientos de contratación.
  • 19. d. La experiencia específica mínima deberá estar directamente relacionada con el objeto de la contratación. 4.1.5 Experiencia mínima del personal técnico: a. La experiencia que cada uno de los miembros del personal técnico mínimo deberá acreditar como mínimo, es de dos años, y acorde con la actividad. . Adjuntar hoja de Vida. b. Se reconocerá la experiencia adquirida, si el certificado emitido por el contratista o el representante legal de la entidad contratante demuestra su participación efectiva, en la ejecución de determinado objeto contractual. Presentar certificado. c. Se sustentará la experiencia, con la presentación de certificados. d. El oferente deberá contar con un líder técnico con formación profesional y certificado como instalador autorizado que garantice las buenas prácticas de instalación y administración del mismo. Adjuntar hoja de Vida del líder técnico y certificado como instalador autorizado. e. En el caso de tener dependencia el técnico deberá pertenecer a la nómina del oferente por al menos un año, para lo cual debe adjuntar el certificado el IESS que lo demuestre y hoja de vida del técnico o adjuntar el contrato de servicios profesionales en el caso de no tener dependencia. 4.1.6 Especificaciones técnicas o Términos de referencia: La Dirección Provincial de Chimborazo deberá verificar que cada oferente en la oferta que ha presentado, dé cumplimiento expreso y puntual a las especificaciones técnicas de los bienes que se pretende adquirir o, términos de referencia para los servicios que se pretende contratar, de conformidad con lo detallado en el numeral 2.3 del pliego. 4.1.7 Patrimonio (Aplicable a personas jurídicas): La Dirección Provincial de Chimborazo verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la relación que se determine con respecto del presupuesto referencial conforme las regulaciones expedidas por el SERCOP. 4.1.8 Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo: La entidad contratante deberá verificar si alguno o algunos o todos los oferentes cumplen con el porcentaje mínimo sectorial ecuatoriano, determinado por el SERCOP. Sólo él o los participantes que cumplen con el porcentaje mínimo sectorial ecuatoriano continuarán en el procedimiento. Únicamente cuando en los procedimientos de contratación no hubiere oferta u ofertas de bienes y/o servicios considerados de origen ecuatoriano, la (entidad contratante), continuará el procedimiento con las ofertas de origen extranjero. 4.1.9 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:
  • 20. Parámetro Cumple No Cumple Observaciones Integridad de la Oferta Equipo mínimo Personal técnico mínimo Experiencia general mínima Experiencia específica mínima Experiencia mínima del personal técnico Especificaciones técnicas / Términos de referencia Patrimonio (Personas Jurídicas) * Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo (VAE) Otro(s) parámetro(s) resuelto por la entidad contratante * El patrimonio del oferente, como parámetro de evaluación, se aplicará siempre que el presupuesto referencial sea igual o superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000002 por el presupuesto inicial del estado del correspondiente. Únicamente aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos requeridos por la (entidad contratante), se habilitarán a fin de que los oferentes envíen sus ofertas a través del portal institucional del SERCOP para participar en la puja. 4.1.10 Información Financiera de Referencia: PRESENTAR DECLARACIÓN IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2013. Análisis de los Índices Financieros: Las entidades contratantes especificarán y determinarán cuál(es) es (son) el (los) índice(s) financieros y, cuál es el valor mínimo/máximo aceptable respecto de éstos. Los índices regularmente aceptados son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); Índice de Endeudamiento (menor a 1,5), siendo estos índices y valores recomendados, pudiendo la entidad contratante modificarlos a su criterio Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal correspondiente y/o los balances presentados al órgano de control respectivo. Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación: Índice Indicador solicitado Observaciones Solvencia* Endeudamiento* Otro índice resuelto por la entidad contratante * *Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s).
  • 21. 4.1.11 Lugar de entrega: Será implementado en las oficinas de La Dirección Distrital Centro Oriental de Tierras y Reforma Agraria, ubicado en Riobamba en la Av. Unidad Nacional y Calicuchima (esquina). 4.1.12. Deberá presentar una GARANTÍA TÉCNICA (Esta garantía presentará el oferente adjudicado previo a la suscripción del contrato): En los siguientes términos: El proveedor deberá tener el respaldo de la marca para instalar partes, accesorios, soluciones y repuestos de la marca seleccionada. El fabricante debe contar con un representante de la fábrica en el Ecuador para el trámite local de las garantías La garantía de instalación que deberá presentar el oferente debe ser emitida por el Fabricante de la solución de cableado estructurado por un tiempo mínimo de 25 años, en la que se especifique una garantía de fabricación de los componentes, performance, aplicaciones y mano de obra. La garantía por mano de obra por parte del fabricante significa que en caso de que algún producto con falla de fábrica, aplicación presente o futura que se desarrolle para trabajar sobre la categoría solicitada, no cumpla con lo solicitado tenga que ser cambiada, el fabricante se comprometerá a cubrir con el total de costos (mano de obra por re-instalación, viáticos, pasajes, etc, los gastos que fueran necesarios) que demande dichos cambios adicionalmente al cambio de productos, independientemente si es que el postor (oferente) existiera o no a la fecha de presentado el problema, sin perjuicio alguno para el cliente. La garantía deberá contemplar el cambio de componentes incluyendo el servicio ante el incumplimiento por falla de origen de los componentes, por falla de los parámetros de performance solicitados y por falla de las aplicaciones garantizadas. Estos cambios se realizarán a solicitud del cliente y con la comprobación del postor o fabricante del producto. El Servicio del Mantenimiento, Reparación y Reemplazo de puntos de cableado Estructurado para la red LAN, para lo cual el proveedor ofertante deberá realizar las inspecciones respectivas a fin de presentar su oferta de acuerdo a las especificaciones técnicas indicadas. Se debe respetar las condiciones, criterios y especificaciones constantes en este documento, lo cual será la única referencia válida. El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones técnicas y a plena satisfacción del contratante " IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA ". Los precios presentados por el proveedor ofertante son de exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa. Los equipos ofertados deben ser nuevos (no re-manufacturados), garantizados contra defectos de fabricación y fallas de instalación, no deben estar descontinuados o
  • 22. próximos de descontinuarse por el fabricante, con la obligación de su inmediato reemplazo (no únicamente reparación), en caso de detectarse daños de esta naturaleza. Los equipos deben ser entregados: instalados, probados, certificados y funcionando correctamente con las últimas versiones de sistemas operativos, con actualizaciones sin costo durante el tiempo de garantía, la configuración de éstos se hará en conjunto con el personal de Planta central del MAGAP, Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria y la Coordinación Zonal 3 Además el oferente se compromete a brindar soporte 8x5xNBD en sitio con el personal certificado cuando la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria lo requiera por 1 año. El sistema ofertado debe ser garantizado contra defectos de fabricación, con la obligación de su inmediato reemplazo (no únicamente reparación), en caso de detectarse daños de esta naturaleza. Garantía equipos activos Garantía de los equipos por parte del fabricante: Garantía técnica mínimo 1 año en los equipos y partes proporcionadas. Incluye el reemplazo de partes, piezas o el equipo completo de ser necesario.  Derecho a actualización de las versiones de software de los equipos, durante el período de validez de la garantía técnica.  La garantía debe ser brindada por el fabricante de los equipos.  Los equipos ofertados deben ser nuevos (no re manufacturados), garantizados contra defectos de fabricación y fallas de instalación, con la obligación de su inmediato reemplazo (no únicamente reparación), en caso de detectarse  Todos los componentes deben tener actualización de software y firmware de al menos 1 año Otras Obligaciones del Proveedor: A más de las obligaciones ya establecidas en el presente término de referencia, el proveedor está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en alguna norma legal específicamente aplicable. SECCIÓN V PUJA 5.1 Oferta económica inicial: Los proveedores cuya oferta haya sido calificada y habilitada, deberán enviar la oferta económica inicial a través del Portal Institucional del SERCOP a fin de participar en la puja. Las ofertas económicas iniciales presentadas a través del Portal Institucional del SERCOP, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de resultar adjudicado, aun cuando no participare en el acto de la puja.
  • 23. El oferente deberá presentar en la oferta, el formulario -Oferta Económica Inicial- con los precios unitarios inicialmente propuestos de los bienes y servicios a suministrar, cuyo valor total será subido por el oferente al portal como oferta económica inicial, en caso de resultar habilitado. Concluida la puja o negociación, en caso de que el oferente resulte adjudicado, el valor resultante de la puja o negociación deberá adecuarse a lo previsto en el cuadro del formulario indicado, con los precios unitarios que justifican el monto final adjudicado, información que se trasladará al contrato. 5.2 Puja: En el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la puja hacia la baja a través del Portal Institucional del SERCOP, en la cual participarán únicamente los proveedores que hayan enviado su oferta económica inicial, a cuyas ofertas se aplicarán los márgenes de preferencia conforme el siguiente detalle, según corresponda. Si la Subasta se realiza entre proveedores de bienes o servicios de origen ecuatoriano se establecerán los márgenes de preferencia con relación al tamaño del proveedor, de acuerdo con el siguiente cuadro: TIPO DE PROVEEDOR MARGEN DE PREFERENCIA Mediano (Grande) 5% MYPE (Mediano) 5% (Grande) 10% Estos márgenes de preferencia no son aplicables en el caso de que participen únicamente ofertas, que no se consideren de origen ecuatoriano. El porcentaje de variación mínimo durante la puja será del: (la entidad contratante determinará el porcentaje (2%) de variación mínima de la puja). 5.3 Negociación: De existir una sola oferta calificada, o si una sola oferta resultare habilitada, o un solo oferente presentare su oferta económica inicial, se realizará una sesión de negociación de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del RGLOSNCP. SECCIÓN VI OBLIGACIONES DE LAS PARTES 6.1 Obligaciones del Contratista:  Garantizar el cumplimiento de porcentaje Valor Agregado Ecuatoriano ofertado.  Dar cumplimiento cabal a lo establecido en el presente pliego de acuerdo con los términos y condiciones del contrato. (Acorde con la naturaleza de la contratación la entidad contratante podrá establecer condiciones adicionales que considere pertinentes.) 6.2 Obligaciones de la Contratante:  Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo 3 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
  • 24.  Para el caso de servicios, de ser necesario, previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo (número de días) contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.  Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
  • 25. MODELO DE PLIEGO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Versión SERCOP 1.1 (20 de febrero 2014) II. CONDICIONES GENERALES DE LA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA DE BIENES Y/O SERVICIOS ÍNDICE SECCIÓN I DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica 1.2 Participantes 1.3 Presentación y apertura de ofertas técnicas 1.4 Inhabilidades 1.5 Obligaciones de los Oferentes 1.6 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones 1.7 Modificación de los Pliegos 1.8 Convalidación de errores de forma 1.9 Causas de Rechazo 1.10 Adjudicación y notificación 1.11 Garantías 1.12 Cancelación del Procedimiento 1.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto 1.14 Adjudicatario Fallido 1.15 Suscripción del Contrato 1.16 Moneda de Cotización y Pago 1.17 Reclamos 1.18 Administración del Contrato 1.19 Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE 1.20 Control ambiental 1.21 Autoinvitación 1.22 Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes 1.23 Inconsistencias, simulación y/o inexactitud de la información SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices Financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL 3.1 Ejecución del contrato:
  • 26. NOTAS - Edición del modelo de pliego: Las condiciones generales no son materia de ajuste y/o modificaciones por parte de las entidades contratantes. Las condiciones generales son principios básicos, estipulaciones o cláusulas establecidas, con el objeto de regular la relación con los partícipes en el presente procedimiento de contratación pública, en el marco de la legislación aplicable. Las resoluciones y disposiciones administrativas dictadas por el SERCOP que se emitan durante el procedimiento, quedan incorporadas al Pliego de Condiciones Generales y se aplicarán de manera obligatoria. II. CONDICIONES GENERALES PARA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación general para el procedimiento de subasta inversa electrónica para la adquisición de bienes y/o prestación de servicios normalizados, atendiendo la definición establecida en el numeral 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, y en el artículo 42 de su Reglamento General, que no consten en el Catálogo Electrónico, cuya cuantía supere el monto equivalente al 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado. SECCIÓN I DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION 1.1 Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas técnicas de bienes/servicios de origen ecuatoriano, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en este pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto. Cuando no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante continuará el procedimiento con las ofertas de bienes y/o servicios de origen extranjero. En los procedimientos de Subasta Inversa cuyo presupuesto referencial sea igual o inferior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000002 por el monto del presupuesto inicial del estado, no se requerirá de la conformación de la Comisión Técnica referida en el primer inciso de este numeral. 1.2 Participantes: La convocatoria está dirigida a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, que oferten bienes/servicios normalizados y tengan interés en participar en este procedimiento. Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá encontrarse suscrito en instrumento público, de acuerdo con la Resolución que el SERCOP emita para el efecto.
  • 27. En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio y lo inscribirán en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos. 1.3 Presentación y apertura de ofertas: La oferta se podrá presentar de forma física o de forma electrónica. De ser física, se entregará en un sobre único en la Secretaría de la Dirección Provincial de Chimborazo cuando fuere el caso la máxima autoridad o su delegado; de presentarse en forma electrónica, se lo hará a través del Portal Institucional del SERCOP, y para el efecto y ser válida, deberá contar con la respectiva firma electrónica. La oferta, en cualquiera de las formas señaladas, deberá presentarse hasta la fecha y hora indicadas en la convocatoria. Si al analizar las ofertas presentadas, la entidad contratante determinare la existencia de uno o más errores de forma, reprogramará el cronograma del proceso en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. Para tal fin otorgará a los oferentes entre dos y máximo cinco días hábiles a partir de la correspondiente notificación. Para poder participar en el procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores. Una hora más tarde de aquella fijada como límite para la presentación de las ofertas, se procederá a su apertura, hayan sido éstas presentadas de forma física y/o electrónica. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en el lugar, día y hora fijados en la convocatoria. De la apertura, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica o Responsable del Proceso, o cuando fuere del caso la máxima autoridad o su delegado, con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá al Portal Institucional www.compraspublicas.gob.ec. a) Nombre de los oferentes; b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente; c) Número de hojas de cada oferta; 1.4 Inhabilidades: No podrán participar en el procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, contempladas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; 110 y 111 del RGLOSNCP; y, en las Resoluciones emitidas por el SERCOP. De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP. 1.5 Obligaciones de los Oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta. 1.6 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene facultad y derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su
  • 28. delegado de ser el caso, a través del Portal Institucional, la respuesta a su inquietud o consulta conforme a la convocatoria. La Entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del portal, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria. 1.7 Modificación de los Pliegos: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado podrán emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del SERCOP, hasta el término máximo de responder preguntas. La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal Institucional y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa para contestar las preguntas y realizar aclaraciones así como en la etapa de calificación de participantes. 1.8 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, los oferentes, en el término previsto en el cronograma contado a partir de la fecha de notificación podrán convalidarlos, previa petición de la entidad contratante, conforme a lo previsto en el artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP y en las resoluciones emitidas por el SERCOP. 1.9 Causas de Rechazo: Luego de evaluados los documentos de la oferta técnica, la Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado rechazará una oferta por las siguientes causas: 1.9.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego. 1.9.2 Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello. 1.9.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP. 1.9.4 Si el contenido de cualquiera de los acápites de los formularios difiriere del previsto en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información. 1.9.5 Si el oferente no hubiere atendido la petición de convalidación, en el término fijado para el efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del RGLOSNCP y en la resolución emitida por el SERCOP, siempre y cuando el error no convalidado constituya causal de rechazo. 1.9.6 Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores -RUP.. Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La
  • 29. entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento. La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta. 1.10 Adjudicación y notificación: La máxima autoridad de la Dirección Provincial de Chimborazo, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas técnicas y los posteriores resultados de la puja, adjudicará el contrato a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme a los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada y con sujeción al contenido de la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. La adjudicación será total. La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la realizará a través del Portal Institucional del SERCOP. 1.11 Garantías: En forma previa a la suscripción de los contratos derivados del presente procedimiento, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a lo previsto en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem. 1.11.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco (5%) del monto total del mismo en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato. No se exigirá esta garantía en el caso de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago. Tampoco se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. 1.11.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto, la que deberá ser presentada previo la entrega del mismo. El valor que por concepto de anticipo otorgará la entidad contratante al contratista, no podrá ser superior al setenta por ciento (60%) del monto adjudicado. El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperture en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido. El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El Administrador del Contrato designado por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo o ejecución contractual. 1.11.3 Cuando fuere del caso, las garantías técnicas de los bienes materia del contrato que deben ser entregadas por el contratista, cumplirán las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP. En caso contrario, el adjudicatario
  • 30. deberá entregar una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP por el valor total de los bienes. Los términos de la garantía técnica solicitada deberán observar lo establecido en las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública en lo que respecta a la aplicación de la vigencia tecnológica, en los casos pertinentes. La entidad contratante no podrá exigir garantía adicional alguna a las previstas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Sin embargo, podrá requerir los seguros o condiciones de protección para las personas que presten sus servicios en la provisión, entrega y colocación de bienes y en cualquier tipo de prestación de servicios, que considere pertinentes. Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP y 118 del RGLOSNCP. 1.12 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas técnicas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP. 1.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, hasta antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP, según corresponda. Dicha declaratoria se realizará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad o su delegado podrá disponer su archivo o su reapertura. 1.14 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado le declarará adjudicatario fallido conforme lo previsto en el artículo 35 de la LOSNCP, y seguirá el procedimiento previsto en la LOSNCP y la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. Una vez que el SERCOP haya sido notificado con tal resolución, actualizará el Registro de Incumplimientos, suspendiendo del RUP al infractor y procederá de conformidad con lo prescrito en el artículo 98 de la LOSNCP. Cuando la entidad contratante haya cumplido lo previsto en el párrafo precedente, llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, quien deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta, en los términos que la presentara, hasta la suscripción del contrato, siempre que convenga a los intereses nacionales o institucionales. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el procedimiento por oferta fallida, sin perjuicio de la declaración de fallido al segundo adjudicatario. 1.15 Suscripción del Contrato: Dentro del término de 15 días, contado a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, es decir, a partir de la fecha en la cual la entidad contratante haya publicado en el Portal Institucional del SERCOP la Resolución correspondiente, suscribirá el contrato que es parte integrante de este pliego, de
  • 31. acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de en su Reglamento General y lo publicará en el Portal Institucional . La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita. 1.16 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. 1.17 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP y el procedimiento correspondiente. 1.18 Administración del Contrato: La Dirección Provincial de Chimborazo designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. El administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas. El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular la CONTRATISTA. El Administrador será el encargado de la administración de las garantías, durante todo el período de vigencia del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (Tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. Respecto de su gestión reportará a la autoridad institucional señalada en el contrato, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente la CONTRATISTA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren. 1.19 Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE: Es obligatoria, la aplicación del Valor Agregado Ecuatoriano como uno de los criterios de evaluación y adjudicación en todos los procedimientos de adquisición de bienes y/o prestación de servicios. El porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano es el valor mínimo a cumplir para definir si un bien y/o servicio es de origen ecuatoriano. La metodología a utilizar para la determinación del Valor Agregado Ecuatoriano de las ofertas en los procedimientos para la contratación de bienes y servicios, será la expedida por el SERCOP, que es parte de la resolución respectiva. Para que una oferta sea considerada como de origen ecuatoriano, el Valor de Agregado Ecuatoriano de ella, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al dispuesto en la resolución expedida por el SERCOP para el efecto.
  • 32. El valor agregado de una oferta se lo obtendrá a partir de la información que los proveedores suministrarán a través del formulario “Declaración de Agregado Ecuatoriano” que es parte de la resolución expedida para el efecto. Se presentará un formulario por cada tipo de bienes y servicios que fueran parte del proceso de contratación, según su tipología, y se utilizará la metodología señalada. Toda entidad contratante deberá, en forma obligatoria, incorporar en las actas de entrega-recepción, sean parciales o definitivas, la declaración del contratista respecto del cumplimiento del Valor Agregado Ecuatoriano propuesto y aceptado para los bienes y/o servicios entregados o prestados; y, para el caso de que el contratista no sea productor de los bienes contratados, como parte del proceso de entrega recepción, deberá adjuntar obligatoriamente las facturas de su adquisición. 1.20 Control ambiental: En los casos que sea necesario, el contratista deberá realizar todas las actividades necesarias para evitar impactos ambientales negativos, durante el período de ejecución contractual, cumpliendo con la normativa ambiental vigente 1.21 Autoinvitación: La autoinvitación, con excepción de los procedimientos de menor cuantía, es una opción del Portal Institucional que podrá ser utilizada por cualquier oferente interesado en participar en el presente procedimiento, que no se hubiere registrado en el Código del Clasificador Central de Producto (CPC) correspondiente, para lo cual deberá proceder previamente a recategorizarse en el Portal Institucional del SERCOP. 1.22 Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes: En el caso de que la entidad contratante considerare necesario el cumplimiento de una visita técnica al sitio donde se deberán entregar/instalar los bienes, éstas se podrán realizar en cualquier momento y hasta la fecha límite de entrega de ofertas. En ningún caso este requisito será obligatorio ni las condiciones de la visita podrán ser discriminatorias. 1.23 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: La evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP. Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentren aptos para esta calificación.
  • 33. En los procedimientos de Menor Cuantía y Subasta Inversa Electrónica no se cumplirá la etapa de evaluación valorada pues en el primer caso, de entre los participantes que, habiendo presentado su manifestación de interés, cumplieran con las capacidades mínimas, las especificaciones técnicas y el origen ecuatoriano del bien o servicio, se invitará a uno solo de ellos para presentar su oferta; mientras que en el segundo, se los habilitará para participar en la puja electrónica. 2.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación previstos por el SERCOP, pudiendo escoger adicionalmente otros que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas. La entidad contratante, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de evaluación publicados en el Portal Institucional del SERCOP sean los que realmente se utilizarán en el procedimiento. 2.3. De la evaluación:- Las capacidades requeridas a través de los parámetros de evaluación serán analizadas con cualquiera de estas opciones: a) Utilizando una única etapa de evaluación a través de la metodología “Cumple/No Cumple”, cuando se trate de un procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, Menor Cuantía de obras, bienes o servicios, y, contratación directa de consultoría; y, b) Utilizando las dos etapas de evaluación señaladas en el numeral 2.1, para todos los demás procedimientos de contratación de régimen común; la primera, bajo la metodología “Cumple / No Cumple” y posteriormente, solo con los oferentes calificados, la segunda que será “Por Puntaje” a través del Portal Institucional del SERCOP. Se estará a la metodología “Cumple / No Cumple” cuando el objetivo sea la determinación de cumplimiento de una condición o capacidad mínima por parte del oferente y que sea exigida por la entidad contratante (Requisitos mínimos). Los índices financieros previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante, en caso de ser considerados, no constituirán un requisito mínimo de obligatorio cumplimiento y en consecuencia tendrán un carácter informativo. Se estará a la metodología “Por Puntaje” cuando el objetivo sea el establecimiento de mejores condiciones o capacidades de entre los oferentes que han acreditado previamente una condición o capacidad mínima requerida. a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas y verificación de requisitos mínimos. Metodología “Cumple/ No Cumple”- a.1.- Integridad de las ofertas:- Se revisará que las ofertas incluyan en el formulario de la oferta los documentos requeridos en las condiciones particulares del pliego conforme el siguiente detalle: I. Formulario de la Oferta II. Formulario de Compromiso de Asociación o Consorcio (De ser el caso)
  • 34. El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en las Condiciones Particulares de los Pliegos para los Contratos de Consultoría. a.2. Verificación de requisitos mínimos y especificaciones técnicas: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar definidos y dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se considerarán parámetros técnico- económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento. De acuerdo a la naturaleza del objeto de la contratación, la Entidad podrá acoger y considerar varios parámetros de entre los establecidos en el Portal Institucional del SERCOP o los sugeridos a manera de ejemplo: experiencia general, experiencia específica, experiencia personal técnico, etc. El cumplimiento de los parámetros deberá ser absoluto, de manera afirmativa o negativa. Solamente aquellas ofertas que cumplieran con todos los parámetros establecidos podrán habilitarse para la siguiente etapa del proceso. En el caso que la entidad contratante considere necesario añadir un parámetro adicional éste deberá ser debidamente sustentado, relacionado con el objeto de la contratación y no contravenir la LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP; deberá estar completamente definido, no será restrictivo ni discriminatorio y deberá establecer su indicador y el medio de comprobación. Únicamente de aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, el oferente será habilitado para presentar su oferta económica inicial a fin de que pueda participar en la puja; las demás serán descalificadas. 2.4. Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos, por lo que, los señalados en el modelo de pliegos expedidos por el SERCOP, en la “Sección IV: Evaluación de las Ofertas”, de las “Condiciones Particulares”, son referenciales. 2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario Único de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego. SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL 3.1 Ejecución del contrato: 3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El contratista prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el contratista analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por
  • 35. razones no imputables al contratista, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso. Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del contratista. 3.1.2 Cumplimiento de especificaciones o términos de referencia: Todos los bienes a entregar o servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con las especificaciones y términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el contratista descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el contratista no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto. 3.1.3 Personal del contratista: El contratista de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia. El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al contratista, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones. 3.1.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen para le cabal cumplimiento del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la administración del contrato. Los bienes a ser suministrados por el contratista serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La administración podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos bienes que requieran de un tratamiento o manejo especial, se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales. Los bienes almacenados, aun cuando se haya aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones. 3.1.5 Obligaciones del contratista: El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida
  • 36. protección del público y personal del contratista mismo, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. Los sueldos y salarios del contratista con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal. Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social. El contratista se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito. 3.1.6 Obligaciones de la contratante:  Designar al administrador del contrato.  Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.  Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.  Las demás, determinadas en el pliego precontractual. 3.1.7 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al contratista se cumplirá el artículo 101 de la LOSNCP. 3.1.8 Administrador del Contrato.- El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual. Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (Tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
  • 37. MODELO DE PLIEGO DEL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Versión SERCOP 1.1 (20 de febrero 2014) III. FORMULARIOS SECCIÓN I FORMULARIO DE LA OFERTA 1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO 1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE 1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES. 1.4 SITUACIÓN FINANCIERA 1.5 COMPONENTES DE LOS BIENES O SERVICIOS OFERTADOS 1.6 OFERTA ECONÓMICA INICIAL 1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO 1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO 1.10 VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA: 1.11 CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE CADA PRODUCTO RESPECTO DE SU COSTO DE PRODUCCIÓN SECCIÓN II FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
  • 38. SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. 1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por la Dirección Provincial de Chimborazo para “IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”, luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que: 1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación. 4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos y materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización. 5. Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; suministrará todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para su uso inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas solicitadas (bienes)/ prestará los servicios, de acuerdo con los pliegos, especificaciones técnicas, términos de referencia e instrucciones(servicios); en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos
  • 39. obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes. 6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual. 7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado. 8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la Entidad Contratante ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente. 9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información del pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas. 10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto. 11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar el suministro o prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo. 12. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor. 13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del SERCOP y demás normativa que le sea aplicable. 14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha
  • 40. falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar. 15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. 16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable. 17. En caso de que sea adjudicatario, conviene en: a) Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días) b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP. (Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP). FIRMA DEL OFERENTE 1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso). Ciudad: Calle (principal) No: Calle (intersección): Teléfono(s): Correo electrónico Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): R.U.C:
  • 41. 1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES. A. DECLARACIÓN En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionista o partícipes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUP para participar en los procedimientos de contratación pública; 2. Que la compañía a la que represento ……(el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES. (En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.) 3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.(Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa) 4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente. 5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. 6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante: a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública – LOSNCP-; b. Descalifique a mi representada como oferente; o, c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES: TIPO DE PERSONA JURÍDICA:
  • 42. Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica Domicilio Fiscal NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato: Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica Domicilio Fiscal Notas: 1. Este formato 1.3 del Formulario de la oferta solo será llenado por personas jurídicas. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.) 2. La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal de descalificación de la oferta.
  • 43. 3. Las personas naturales no están obligadas a presentar el Formato 1.3 del Formulario de la Oferta. 1.4 SITUACIÓN FINANCIERA La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio de Rentas Internas SRI. El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro: Índice Indicador solicitado Indicador declarado por el oferente Observaciones Solvencia* Endeudamiento* Otro índice resuelto por la entidad contratante * *Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s). 1.5 COMPONENTES DE LOS (BIENES O SERVICIOS) OFERTADOS El oferente deberá llenar la siguiente tabla de los componentes de los (bienes o servicios), en la cual se deben incluir todos y cada uno de los rubros ofertados, que respondan a los requerimientos de la Dirección Provincial de Chimborazo. Especificación Técnica - Términos de Referencia Requeridos Especificación Técnica –Términos de Referencia Ofertados
  • 44. 1.6 OFERTA ECONÓMICA INICIAL El oferente deberá presentar en la oferta, el presente formulario con los precios unitarios inicialmente propuestos de los bienes y servicios a suministrar, cuyo valor total será subido por el oferente al portal como oferta económica inicial, en caso de resultar habilitado. Concluida la puja o negociación, en caso de que el oferente resulte adjudicado, el valor resultante de la puja o negociación deberá adecuarse a lo previsto en el presente cuadro, con los precios unitarios que justifican el monto final adjudicado, información que se trasladará al contrato. Código CPC Descripción del bien o servicio Unidad Cantidad Precio Unitario Precio Total** (Oferta Económica Inicial) Oferta Económica Inicial US$ (Nota: Estos precios no incluyen IVA) PRECIO INICIAL OFERTADO: US$ ______ ** Nota: Tenga en cuenta que este valor, de la Oferta Económica Inicial, debe ser el mismo registrado en el formato 1.10 “Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta”, como ΣPTi.
  • 45. 1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Contratante Objeto del contrato (descripción de los bienes o servicios) Monto del Contrato Plazo contractual Fechas de ejecución Observaciones Inicio Terminación 1.8 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación. No. Cargo / Función Experiencia en trabajos similares Observaciones 1.9 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación. Detalle del equipo Año de fabricación Ubicación actual Propietario actual Matrícula No. * Observaciones * La columna con la información de matrícula, deberá ser completada por el oferente exclusivamente tratándose de vehículos y equipo caminero.
  • 47. 1.10 VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA: Ítem CPC Descripción Cantidad Unidad Precio unitario Precio total Peso relativo (%) (PTi/ΣPti) A* (USD) A* (%) B* (USD) B* (%) C* (USD) C* (%) D* (USD) D* (%) E* (USD) E* (%) ΣA:E* (%) VAEO 1 C1 PU1 PT1 PR1 VAE1 PR1 x VAE1 2 C2 PU2 PT2 PR2 VAE2 PR1 x VAE2 ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- ---- n Cn PUn PTn PRn VAEn PRn x VAEn TOTAL Σ PTi Σ = 100% Σ (PRi x VAEi)
  • 48. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA *Nota: 1. Los valores en dólares de los elementos del Valor Agregado Ecuatoriano de cada Ítem (A, B, C, D, E) se tomarán del formato 1.11. 2. Tomar en cuenta las instrucciones señaladas en el formato 1.11. 3. La información del formato 1.10 sirve para completar el formato electrónico de la oferta, en el Portal Institucional del SERCOP, para el cálculo del porcentaje del Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta sobre el cual se determina la condición de origen ecuatoriana o extranjera que esta acredita. 4. En consecuencia no deberá olvidarse de subir a la herramienta informática del portal institucional del SERCOP los valores de precio para las casillas (A, B, C, D y E). 5. En los procedimientos de menor cuantía, cotización y licitación, la oferta económica se obtendrá a partir del precio total del formato 1.10 y se cargará automáticamente. Por tanto en estos procedimientos el proveedor, genera la oferta económica a partir de la información registrada en el formato 1.10. Únicamente en los procedimientos de Subasta Inversa Electrónica el proveedor deberá subir el valor de su oferta económica, el que deberá ser exactamente igual al calculado por el formulario electrónico de la herramienta. 6. En la herramienta informática la columna “Precio referencial”, es llenada automáticamente por el sistema. 1.11 CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO RESPECTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN (Se presentará este formato por cada uno de los tipos de bien o servicio que son parte de la oferta) Descripción ELEMENTOS DE COSTO DE PRODUCCIÓN DEL BIEN O DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CPC Código CPC del producto Descripción Descripción del producto (bien o Servicio) Cantidad Cantidad solicitada por la entidad Unidad Unidad de medida del producto (Bien o Servicio) ELEMENTO DESCRIPCION COSTO DE PRODUCCIÓN PORCENTAJE a % del valor de materia prima, materiales e insumos de origen ecuatoriano de aplicación directa al bien o servicio. A (A/PT*) x 100 b % del valor de mano de obra utilizada en el país para la fabricación del bien o prestación del servicio. B (B/PT*) x 100 c % del valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la elaboración del bien o prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual. (El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento) C (C/PT*) x 100 d % del valor de servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas nacionales para la fabricación del bien o prestación del servicio. D (D/PT*) x 100 e % del valor de depreciación de equipos instalados en las plantas industriales en Ecuador empleados para la fabricación del bien, o prestación del servicio, de acuerdo a los siguientes criterios: - Para la fabricación de bienes o prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación. - El valor de depreciación utilizado para el cálculo será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos. - El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el período realmente utilizado directamente en la E (E/PT*) x 100
  • 49. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA fabricación del bien o prestación del servicio objeto de la oferta. VALOR AGREGADO ECUATORIANO DEL PRODUCTO (%)  CT  A:E (%) Notas: 1. CT* significa: Costo de producción del bien o de prestación del servicio. 2. Instrucciones que deberá observar el proveedor para llenar el formato 1.11, que se utiliza para calcular el Valor Agregado Ecuatoriano por cada ítem ofertado: 2.1 El proveedor utilizará el formato 1.11 por cada uno de los ítems ofertados. 2.2. En la columna costo el proveedor registrará los valores correspondientes al Costo de cada elemento (A, B, C, D, E) para la producción de cada uno de los ítems ofertados. 2.3. Para el cálculo porcentual de cada elemento del costo (A, B, C, D y E), se deberá considerar el Costo de cada elemento (A, B, C, D, E) para la producción de cada uno de los ítems ofertados, conforme la fórmula constante en cada una de las casillas. 2.4. El costo de las casillas (A, B, C, D y E) del formato 1.11, se registrará en las casillas (A, B, C, D, y E) del formato 1.10 en la herramienta informática. 2.5 El proveedor al momento de enviar su oferta a través de la herramienta informática de Portal Institucional del SERCOP, deberá registrar los valores de costo registrados en las casillas A, B, C, D y E del formato 1.10, en el formato electrónico correspondiente, información que servirá para el cálculo automático que la herramienta informática realiza para determinar el Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta. 2.6 El proveedor deberá adjuntar a su oferta documental, que presenta ante la entidad contratante, todos los formatos 1.11 utilizados para el cálculo del VAE de cada ítem ofertado; así como el formato 1.10 que representa el Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta. Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario, ------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)* (LUGAR Y FECHA)
  • 50. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………., todos debidamente registrados en el RUP. Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para…………………. En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP, aplicable a este caso. Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle: (Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido) Atentamente, Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2 RUC No. RUC No. Promitente Consorciado (n) RUC No.
  • 51. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA PROYECTO DE CONTRATO IV. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Dirección Provincial de Chimborazo, representada por el Ing. Víctor Germán Anguieta Pérez, en calidad de Director Provincial de Chimborazo, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas: Cláusula Primera.- ANTECEDENTES: 1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la “IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. 1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego de SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (SIE- DPACH-015-2014 para “IMPLEMENTACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO, SISTEMA PUESTA A TIERRA DEL CUARTO DE COMUNICACIONES Y EQUIPAMIENTO ACTIVO DE CONECTIVIDAD PARA EL EDIFICIO DEL DISTRITO CENTRO ORIENTAL DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA”. 1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria No. 25 00 000 001 530402 0600 002 0000 0000 Edificios Locales Residencias y Cableado Estructurado (instalación mantenimiento y reparaciones), conforme consta en la certificación conferida por la Lic. Sandra Zambrano, Responsable de la Unidad Administrativa Financiera de la Dirección Provincial de Chimborazo, mediante Certificación No. 97 de fecha 11 de agosto del 2014. 1.4 Se realizó la respectiva convocatoria el 20 de agosto del 2014, a través del Portal Institucional. 1.5 Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario). Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos: a) El pliego (Condiciones Particulares del Pliego CPP y Condiciones Generales del Pliego CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
  • 52. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA b) Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en la página institucional del SERCOP. c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman. d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA. e) La resolución de adjudicación. f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. (Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el Portal Institucional.). Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO 3.01 El Contratista se obliga con la (CONTRATANTE) a (suministrar, instalar y entregar debidamente funcionando los bienes) (proveer los servicios requeridos) ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, (designar lugar de entrega o sitio), según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato. 3.02 (Caso de bienes) Adicionalmente el CONTRATISTA proporcionará el soporte técnico, los mantenimientos preventivo y correctivo respectivos por el lapso de (….) contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega recepción única, periodo que corresponde al de vigencia de la garantía técnica; entregará la documentación de los bienes; y, brindará la capacitación necesaria para (número) servidores (en las instalaciones de la Entidad Contratante), impartida por personal certificado por el fabricante) de ser el caso. Para el caso de adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en los que requiera de equipos informáticos, equipos de impresión, vehículos y equipos médicos, se deberá aplicar el principio de vigencia tecnológica de conformidad a las regulaciones expedidas por el SERCOP. (Caso de servicios) (Estipúlese lo que la Entidad Contratante considere pertinente en cuanto a correctivos o actualizaciones del servicio que recibirá, incluyendo riesgos, de ser el caso). Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO 4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA, valor que se desglosa como se indica a continuación:  (Para bienes incluir tabla de cantidades y precios corregida de la oferta) (Para servicios incluir tabla del precio ofertado con su desglose). 4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese
  • 53. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1. Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO (En esta cláusula la Entidad Contratante detallará la forma de pago. De contemplarse la entrega de anticipo (hasta un máximo del 70%) del valor contractual, se deberá establecer la fecha máxima del pago del mismo.) El anticipo que la CONTRATANTE haya entregado al CONTRATISTA para la adquisición de los bienes y/o prestación del servicio, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. (En el caso de adquisición de bienes, los pagos totales o parciales se realizarán contra el Acta o Actas de Entrega Recepción Total o Parcial de los bienes adquiridos). (En el caso de servicios, serán pagados contra la presentación de la correspondiente planilla o planillas, previa aprobación de la Entidad Contratante). No habrá lugar a alegar mora de la CONTRATANTE, mientras no se amortice la totalidad del anticipo otorgado Cláusula Sexta.- GARANTÍAS 6.1 En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral…. del Pliego de condiciones generales para las contrataciones de bienes y servicios que son parte del presente contrato). 6.2 Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE. Cláusula Séptima.- PLAZO 7.1 (Caso de bienes) El plazo para la entrega de la totalidad de los bienes contratados, (instalados, puestos en funcionamiento, así como la capacitación, de ser el caso) a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de días, meses o años), contados a partir de (fecha de entrega del anticipo o suscripción del contrato). (Caso de servicios) El plazo para la prestación de los servicios contratados a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de días, meses o años), contados a partir de (fecha de entrega del anticipo o suscripción del contrato). Cláusula Octava.- MULTAS 8.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa de (valor establecido por la Entidad Contratante, de acuerdo a la naturaleza del contrato, en ningún caso podrá ser menos al 1 por 1.000 del valor del contrato). (El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la Entidad en función del incumplimiento y de la contratación). Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS (Para bienes, que no correspondan al sistema de precios unitarios: El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, coso contrario se deberá aplicar lo
  • 54. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA establecido en el artículo 141 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública). (Para servicios cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios: el contrato se sujetará al sistema de reajuste de precios previsto en los artículos 126, y 140 del Reglamento General de la LOSNCP). Nota: (Esta cláusula no será aplicable si las partes han convenido, según lo previsto en el pliego correspondiente, en la renuncia del reajuste de precios, caso en el cual se establecerá en su lugar una disposición específica en ese sentido). Cláusula Décima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: 10.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato. 10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual. Cláusula Undécima.- TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato. 11.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales: a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación; b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA; c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada. d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.5 del formulario de la oferta - Presentación y compromiso;
  • 55. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA e) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. f) (La Entidad Contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.) 11.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. Cláusula Duodécima.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 12.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante. (En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 13.1.- “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”. 12.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato. Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 13.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos. Cláusula Décima Cuarta.- DOMICILIO 14.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio). 14.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La CONTRATANTE: (dirección y teléfonos, correo electrónico). El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico). Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
  • 56. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Cláusula Décima Quinta.- ACEPTACION DE LAS PARTES: 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo. 15.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Dado, en la ciudad de Riobamba, a ___________________________ _____________________________ LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
  • 57. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y/o prestación de servicios son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes y los contratistas que celebren este tipo de contratos , provenientes de procedimientos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como “LICITACIÓN”, “COTIZACIÓN”, “MENOR CUANTÍA” Y “SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA”. Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal. b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”. 1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato. b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables. c. “Contratista”, es el oferente adjudicatario. d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
  • 58. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica. g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación / cotización / menor cuantía o subasta inversa electrónica. h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios. i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública. Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO Lo previsto en la cláusula quinta de las Condiciones Particulares del contrato, y además: 2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONTRATISTA autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual. El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. 2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP. 2.3 Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del administrador del contrato. 2.4 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato. 2.5 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
  • 59. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Cláusula Tercera.- GARANTÍAS 3.1 Lo contemplado en la cláusula sexta de las condiciones particulares del contrato y la Ley. 3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos: 3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato: a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA. b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento. 3.2.2 La del anticipo: a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento. b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato. 3.2.3 La técnica: a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato. Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO 4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos: a) Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo. b) Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA. c) Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos- contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
  • 60. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato. Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato, las siguientes: 5.1 El contratista se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración. 5.2 El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato. 5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el en el pliego, y cumplir con el porcentaje mínimo de valor agregado ecuatoriano ofertado. 5.4 El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. 5.5 El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista. 5.6 EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
  • 61. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato. Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS (Aplica únicamente para Servicios), 7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP. Cláusula Octava.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO (De acuerdo al artículo 81 de la LOSNCP, en los contratos de adquisición de bienes y prestación de servicios, existirá solamente la recepción definitiva, sin perjuicio de que, de acuerdo a la naturaleza del contrato -si se estableciere que el contrato es de tracto sucesivo, es decir, si se conviene en recibir los bienes o el servicio por etapas o de manera sucesiva-, puedan efectuarse recepciones parciales). La recepción del [objeto de la contratación] se realizará a entera satisfacción de la CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento mencionado, y formará parte del acta. 8.1 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP. Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA. Cláusula Décima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
  • 62. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA 10.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista. 10.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley. (Hasta aquí el texto de las condiciones generales de los contratos para la adquisición de bienes o contratación de servicios). NOTA: Las Condiciones Generales de los contratos de Subasta Inversa de bienes y/o servicios, no requieren firma por parte de los representantes de la entidad contratante ni del contratista, puesto que están incorporadas como parte integrante del Contrato, conforme la cláusula segunda “DOCUMENTOS DEL CONTRATO” de las condiciones particulares del contrato.