“AÑO DE LA UNIVERSALIDAD DE LA SALUD”
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”.
REGLAMENTO DE
PRÁCTICAS PRE –
PROFESIONALES
2020
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 2
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 3
CAPÍTULO I
FINALIDAD
Artículo 1 El presente reglamento tiene por finalidad normar los criterios de
organización y desarrollo de las Practicas Pre Profesionales (PPP),
para consolidar y fortalecer las capacidades y competencias de los
estudiantes de las 6 carreras profesionales del Instituto de Educación
Superior Tecnológico Público “Pisco”: Administración de Empresas
Turísticas y Hoteleras, Administración de Servicios y Restaurantes,
Contabilidad, Computación e Informática, Enfermería Técnica y
Producción Agropecuaria, que estén en el Nuevo Diseño Curricular
Básico y, de esta manera estar en condiciones de obtener el
Certificado Modular y el Título de Profesional Técnico.
Artículo 2 Son fines del presente reglamento:
a) Contribuir al cumplimiento de las prácticas Pre - Profesionales a
desarrollarse en todas las Carreras Profesionales del Instituto de
Educación Superior Tecnológico Público “Pisco”.
b) Fortalecer la formación de los futuros profesionales técnicos en la
práctica laboral, aplicando las competencias y capacidades
adquiridas.
OBJETIVO
Artículo 3 Es objetivo del presente reglamento, establecer las normas y
procedimientos para la realización de las Prácticas Pre - Profesionales
de los estudiantes del “Instituto de Educación Superior Tecnológico
Público “Pisco”.
BASES LEGALES
Artículo 4 Son bases legales del presente reglamento:
 Constitución Política del Perú.
 Ley N° 28044, Ley General de Educación.
 Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 4
 D.S. N° 004-2010-ED “Reglamento de Ley 29394, Ley de Institutos
y Escuelas de Educación Superior”.
 R.M. N° 023-2010-ED “Plan de Adecuación de los Institutos y
Escuelas de Educación Superior a lo Dispuesto en la Ley N°
29394”.
 Resolución Ministerial N° 738- ED, Aprueban los normas para la
programación, ejecución y evaluación de las prácticas
profesionales en los Institutos Superiores. Estatales y no estatales.
 D.S. N° 002-97-TR. Ley de Formación y Promoción Laboral.
 Decreto Supremo N° 028-2007- ED. Aprueban Reglamento de
Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas
Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.
 R.D. 0929-2011-ED que aprueba la Directiva “Normas para la
aplicación del nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación
Superior Tecnológica, en Instituto de Educación Superior
Tecnológico e Instituto Superior de educación autorizados”.
 R.D. 0401-2010-ED que aprueba la Directiva “Normas para la
Practicas Pre - Profesionales de la Educación Superior
Tecnológica, en Instituto de Educación Superior Tecnológico e
Instituto Superior de educación autorizados”.
 RVM N° 178-2018 “Normas para el inicio del semestre académico”.
ALCANCE
Artículo 5 El presente reglamento tiene como alcance a:
 Dirección General.
 Jefe de Unidad Académica.
 Coordinación General de Prácticas Pre Profesionales.
 Jefatura de actividades productivas y empresariales.
 Jefes de Áreas Académicas.
 Coordinación de prácticas pre profesionales de cada área académica.
 Comunidad de estudiantes en general.
 Empresas, unidades de producción e instituciones de salud públicos y
privados.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 5
CAPÍTULO II
GENERALIDADES DE LA PRÁCTICA
PRE PROFESIONAL
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 6
CAPÍTULO II
GENERALIDADES DE LA PRÁCTICA PRE PROFESIONAL
DEFINICIÓN
Artículo 6 La práctica pre - profesional es el ejercicio de las capacidades
adquiridas durante el tiempo de estudios en forma secuencial y en una
situación real de trabajo, ejecutando actividades desde las más
simples hasta las más complejas, aplicando conocimientos y teorías
desarrolladas en las unidades didácticas.
CARACTERÍSTICAS
Artículo 7 La prácticas pre-profesional se caracteriza por ser:
a) Integral: Comprende todo el ámbito de su formación profesional,
permitiéndole desarrollar sus potencialidades bio-psico-social.
b) Gradual: Permite adquirir experiencias en forma progresiva,
garantizando que el practicante actúe con autonomía cada vez
mayor.
c) Realista: Permite desenvolverse en situaciones reales de trabajo,
desarrollando conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes y
actitudes.
FINALIDAD
Artículo 8 Consolidar y validar los aprendizajes adquiridos durante el proceso
formativo, en situaciones reales de trabajo.
OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL
Artículo 9 Objetivos de la Práctica pre - profesional:
a. Consolidar la formación integral de los estudiantes.
b. Promover el aprendizaje de nuevas tecnologías en los estudiantes.
c. Contribuir a la articulación de la formación profesional con las
necesidades del sector productivo y/o de servicio y, el desarrollo
local y regional.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 7
d. Vincular a los estudiantes con las empresas o instituciones
públicas o privadas, a través del desarrollo de las actividades
productivas y/o de servicio.
e. Promover la realización personal, social y profesional de los
egresados.
DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES
Artículo 10 En el Instituto se organizará el Comité de Prácticas Pre-profesionales
y un registro que permita facilitar el record de prácticas de cada
estudiante, para lo cual deberá contar con un record físico y virtual.
Artículo 11 En el IESTP “Pisco” el comité estará integrado por el Jefe de Unidad
Académico o quien haga sus veces, quien lo presidirá y los Jefes de
Área y/o responsables de Prácticas Profesionales.
Artículo 12 En el IESTP “Pisco” está organizado el COMITÉ DE PRACTICAS
PRE PROFESIONALES por Áreas Académicas, en donde el Jefe del
Área Académica lo presidirá y designara un Coordinador y a la vez los
supervisores por Módulos, responsables de la práctica pre
profesional.
DE LOS RESPONSABLES DE LAS PRÁCTICAS PRE -PROFESIONALES
Artículo 13 Las practicas pre- profesionales se desarrollan con la participación de
los representantes del IESTP “Pisco” (Sector Formativo) y la
Empresas (sector productivo y las Instituciones Prestadoras de Salud)
siendo:
Del I.E.S.T.P. “Pisco”
- Director General del I.E.S.T.P. “Pisco”.
- Jefe de Unidad Académica.
- Jefe de actividades productivas y empresariales.
- Jefe de Áreas Académicas.
- Coordinador General de prácticas.
- Docentes responsables de prácticas pre profesionales por Área
Académica.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 8
De la Empresa:
- Representante Legal o Coordinador de la Empresa.
- Institución Prestadora de Salud.
- Jefe de Capacitación.
ÁMBITO DE EJECUCIÓN DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL
Artículo 14 Son ámbitos de ejecución de la Práctica Pre Profesional del IESTP
“Pisco”:
a) Practicas pre-profesionales en el I.E.S.T.P. “Pisco”
Es programada dentro de la Institución, bajo la conducción directa
del personal responsable de las actividades productivas y/o de
servicio del instituto y/o actividad productiva o de servicio de
enseñanza - aprendizaje de cada una de las áreas académicas.
b) Practicas pre-profesionales Autogestionaria:
Es realizada por los estudiantes en forma independiente, previa
aprobación de proyectos de producción de bienes y/o prestación de
servicios y, aprobación del Comité de actividades Productivas. Es
autorizada y supervisada por los supervisores de la práctica.
c) Practica Pre-profesional en Empresas y /o Instituciones de
salud:
Se desarrolla en los centros de producción de bienes y/o prestación
de servicios del sector público o privado. Esta práctica es la más
recomendable por su naturaleza real e integral. Su ejecución está
supeditada a la gestión que realice la entidad educativa ante la
Empresa y/o instituciones de salud, para lo cual se debe celebrar
convenios por Áreas Académicas.
DURACIÓN Y PERÍODO DE EJECUCIÓN
Artículo 15 En el sistema modular el desarrollo de las prácticas pre-profesionales
de los estudiantes y egresados, del I.E.S.T.P. “Pisco”, se efectúa en
el proceso de su formación y al concluir cada módulo formativo. La
duración es equivalente mínimo al 35% del total de horas de la
formación específica de cada módulo profesional. Las horas serán
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detalladas en el reglamento específico de prácticas pre profesional de
cada Área Académica.
CARRERA PROFESIONAL: ENFERMERIA TECNICA
MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP
Atención Primaria en Salud 748 262
Servicios Técnico de Enfermería Asistencial 782 274
Servicios Técnicos de Enfermería Especializada 816 286
TOTAL 2346 822
CARRERA PROFESIONAL: CONTABILIDAD
MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP
Procesos Contables 666 233
Contabilidad Pública y Privada 918 321
Análisis Financiero 846 296
TOTAL 2430 850
CARRERA PROFESIONAL: PRODUCCION AGROPECUARIA
MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP
Producción de Cultivos 595 208
Producción de Animales Menores 357 125
Protección Agropecuaria 561 196
Producción de Plantas en Vivero 459 161
Producción de Animales Mayores 833 292
TOTAL 2805 982
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CARRERA PROFESIONAL: ADMINISTRACION DE EMPRESAS
TURISTICAS Y HOTELERAS
MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP
Gestión de Información en Organizaciones
Turísticas
756 265
Servicio de Hostelería 828 290
Servicios Turísticos de Guiado 648 227
Gerencia de Empresas Turísticas y Hoteleras 1044 365
TOTAL 3276 1147
CARRERA PROFESIONAL: COMPUTACION E INFORMATICA
MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP
Gestión de Soporte Técnico, Seguridad y
Tecnologías de la Información y Comunicación
765 268
Desarrollo de Software y Gestión de Base de
Datos
782 274
Gestión de Aplicaciones para Internet y
Producción Multimedia
799 280
TOTAL 2346 822
CARRERA PROFESIONAL: ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE
HOTELES Y RESTAURANTES
MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP
TOTAL 2346 822
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 11
Artículo 16 Las prácticas pre-profesionales se pueden realizar en:
- Periodos vacacionales
- En paralelo a la formación profesional o
- Al término del Módulo Profesional
INSCRIPCIÓN
Artículo 17 El estudiante podrá inscribirse por mesa de partes con solicitud
dirigida al director, y derivadas a cada Jefatura de Área Académica
para su respectivo tramite interno, quien a su vez organizará las
practicas pre profesionales con el comité de prácticas del área
cualquiera sea el ámbito de ejecución de cada carrera profesional. El
estudiante debe haber aprobados, por lo menos, el 90% de las
Unidades didácticas de su plan de estudios. De acuerdo con los
requerimientos de la práctica pre-profesional y naturaleza del Área
Académica, el comité de Área definirá los demás requisitos
académicos que debe cumplir el estudiante contemplado en el
reglamento de prácticas pre profesionales específico que deberá ser
adjuntado al presente.
SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN
Artículo 18 La supervisión de la práctica pre profesional, que desarrolle cada
estudiante, estará a cargo de un Coordinador del área académica
respectiva, designada por el jefe del área académica o un (a)
coordinador de la empresa según convenio.
Artículo 19 Los docentes encargados de la supervisión de la práctica pre
profesional, efectuaran visitas programadas por lo menos una vez a
la semana, a las empresas e instituciones en las cuales los
estudiantes realizan sus prácticas y recabaran la información
necesaria sobre su ejecución.
Artículo 20 Las horas de supervisión estarán consideradas dentro de las horas
lectivas en su jornada laboral del docente.
Artículo 21 La evaluación de la práctica pre- profesional, es CUALITATIVA y es
realizada por la persona a cargo de la supervisión o el responsable
designada por la empresa, microempresa, institución o proyecto
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 12
productivo o proyecto de enseñanza aprendizaje en el propio
I.E.S.T.P. “Pisco”.
Artículo 22 La evaluación debe establecer criterios que permitan conocer
aspectos de afianzamiento de conocimientos, consolidación de
aprendizaje y evaluación de capacidades y actitudes adquiridos en el
proceso formativo; para lo cual se deberá tomar en cuenta los
siguientes aspectos como mínimo:
- Organización y ejecución del trabajo.
- Capacidad técnica y empresarial.
- Cumplimiento en el trabajo.
- Calidad en la ejecución.
- Trabajo en equipo.
- Iniciativa.
- Aspecto actitudinal.
Artículo 23 La ponderación de los logros será cualitativa y realizada por el
responsable de la empresa , institución y/o proyectos, utilizando la
siguiente escala:
A: Muy buena (18-19-20)
B: Buena (15-16-17)
C: Aceptable (13 – 14)
D: Deficiente (menos de 12)
Los estudiantes que obtengan la ponderación D, “deficiente”, deben
volver a realizar la práctica pre profesional.
Artículo 24 La evaluación se registrará en acta específica/formato para las
prácticas pre profesionales de cada Área Académica.
Artículo 25 También se recurrirá al reglamento de prácticas pre profesional de
cada Área Académica.
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CAPÍTULO III
ADMINISTRACIÓN
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 14
CAPÍTULO III
ADMINISTRACIÓN
COORDINADOR GENERAL DE LA PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
Artículo 26 El Coordinador General de Prácticas Pre-Profesionales será elegido
por la Jefatura de Unidad Académica, a un docente que tenga el perfil
profesional y será reconocido por el Director General del Instituto con
Resolución Directoral.
Artículo 27 Las funciones del Coordinador General de Prácticas Pre-
Profesionales son:
a) Planificar y organizar el proceso de desarrollo de las prácticas pre-
profesionales a nivel de las carreras profesionales del IESTP
“Pisco” en coordinación con jefatura de Unidad Académica.
b) Gestionar la aprobación del plan de trabajo general de prácticas
pre-profesionales con una R.D. del IESTP “Pisco”.
c) Gestionar la designación y el reconocimiento de los coordinadores
de prácticas pre profesionales de cada carrera profesional con una
R.D y entrega de un documento de identificación (fotocheck).
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 15
d) Coordinar la elaboración del plan de trabajo de prácticas pre-
profesionales en cada carrera profesional y su aprobación con R.D.
e) Controlar el desarrollo de los planes programados de prácticas pre
profesionales de cada Carrera profesional del IESTP “Pisco”.
f) Solicitar el presupuesto para el cumplimiento de la supervisión de
las prácticas pre- profesionales (pago de movilidad).
g) Promover la firma de convenios, contratos, aportes y/o apoyo para
la realización de las prácticas pre profesionales con instituciones
públicas y/o privadas de acuerdo a la naturaleza de cada carrera
profesional; con los Coordinadores de Prácticas Pre-Profesionales,
Jefes de Áreas Académicas, Jefe de Unidad Académica, jefatura
de administración y Dirección General.
h) Monitorear y supervisar a los Coordinadores de Prácticas de las
carreras profesionales en el cumplimiento de los planes
presentados.
i) Promover el uso de un sistema de control de prácticas pre-
profesionales (fichas, registros, etc. de acuerdo a la naturaleza de
la carrera profesional).
j) Evaluar el desarrollo de las prácticas pre-profesionales en base a
los informes emitidos por los coordinadores de cada carrera
profesional.
k) Actualizar el Reglamento General de Prácticas Pre-Profesionales
del IESTP “Pisco” para un período de 3 años.
l) Informar periódicamente los avances sobre las actividades
realizadas por los Coordinadores de Prácticas Pre-Profesionales a
la jefatura de Unidad Académica.
m)El Coordinador General de Prácticas Pre-Profesionales del Instituto
deberá acogerse a las normas vigentes y políticas definidas y
presentar los informes respectivos.
COORDINADOR DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DEL ÁREA
ACADÉMICA
Artículo 28 Cada Jefe de Área Académica designará un Coordinador de Prácticas
Pre-Profesionales, quien rendirá informes al respectivo comité
pedagógico del Área Académica.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 16
Artículo 29 Son funciones de Coordinador de Prácticas Pre-Profesionales del
Área Académica:
a) Planificar y organizar el proceso de desarrollo de las prácticas pre
profesionales de su carrera profesional.
b) Elaborar y presentar el plan de trabajo de prácticas pre
profesionales de su carrera profesional.
c) Controlar el desarrollo programado de las prácticas pre
profesionales de su carrera profesional.
d) Promover la firma de convenios, contratos, aportes y/o apoyo para
la realización de las prácticas pre profesional con instituciones
públicas y/o privadas de su carrera profesional.
e) Monitorear y supervisar las prácticas de su carrera profesional en
el cumplimiento de su plan presentado.
f) Utilizar un sistema de control de prácticas pre profesionales (fichas,
registros, actas, etc. de acuerdo a la naturaleza de su carrera
profesional).
g) Evaluar el desarrollo de las prácticas pre profesionales en base a
los informes emitidos por los supervisores de la institución y de la
empresa.
h) Actualizar el reglamento interno de prácticas pre profesionales de
su carrera profesional de acuerdo al reglamento general.
i) Cumplir las normas vigentes y políticas definidas por el Comité
Educativo Institucional y presentar los informes respectivos.
j) Mantener contactos con las empresas y/o instituciones para
conseguir vacantes y revitalizar las relaciones existentes.
(Directorio actualizado)
k) Coordinar periódicamente con el representante de la empresa y/o
institución pública o privada para analizar la problemática de los
practicantes.
l) Evaluar las prácticas pre-profesional ejecutados, considerando los
informes proporcionados por las empresas e instituciones.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 17
m)Elaborar y gestionar los convenios para la realización de las
prácticas pre-profesionales.
n) Dar visto bueno a la constancia de práctica pre profesional emitido
por la jefatura de la carrera profesional.
o) Elaborar el programa formativo por cada módulo de acuerdo al
itinerario actual.
p) Coordinar y controlar el desempeño de los supervisores de práctica
pre-profesionales.
q) Informar al jefe de su carrera y al coordinador general de prácticas
pre-profesionales, de los problemas e inconvenientes que se
presenten durante el desarrollo de las prácticas pre-profesionales
y proponer alternativas de soluciones inmediatas.
r) Realizar la mejora continua del proceso de prácticas pre -
profesionales de su carrera profesional.
s) Informar a los estudiantes y egresados, sobre las prácticas en las
empresas y/o instituciones públicas y/o privadas.
t) Rellenar el libro de actas y/o registro considerando estudiantes
participantes, razón social empresa y/o institución, fecha de
prácticas y condición final de estudiante de acuerdo a la naturaleza
de su carrera profesional.
u) Otros aspectos no contemplados en el presente documento serán
resueltos en coordinación con jefatura de la carrera profesional y la
coordinación general prácticas pre-profesionales.
SUPERVISORAS DE PRÁCTICAS:
Artículo 30 Son funciones de los Supervisores de Prácticas:
a) Coordinar, apoyar y evaluar el desarrollo de las prácticas pre-
profesionales de acuerdo a su jornada laboral.
b) Orientar y motivar al estudiante en el desarrollo de sus prácticas
pre-profesionales.
c) Cumplir con el cronograma de supervisión.
d) Monitorear, supervisar e informar el desarrollo de las prácticas de
los estudiantes a su cargo en forma personalizada.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 18
e) Presentar el registro final de prácticas por modulo profesional en
forma semestral.
f) Conformar el Comité Evaluador para la evaluación final del
estudiante de acuerdo a la naturaleza de la carrera profesional.
RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA Y/O INSTITUCIÓN
Artículo 31 Son responsabilidad de la Empresa y/o Institución:
a) Firmar convenios con el I.E.S.T.P. “Pisco” a nombre de la Empresa
y/o Institución.
b) Designar a un responsable de la evaluación de la práctica pre-
profesionales.
c) Facilitar el acceso periódico a la empresa del supervisor (a) de las
prácticas pre-profesionales del I.E.S.T. “Pisco”.
d) Recoge y registra evidencias, de las competencias laborales
mostradas por el practicante.
e) Emite informe valorativo (evaluación cualitativa) de cada
practicante, al finalizar el periodo de práctica pre-profesional.
f) Otorgar el respectivo certificado o constancia de práctica pre-
profesional al estudiante indicando la cantidad de horas.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 19
CAPÍTULO IV
PROCEDIMIENTOS Y NORMAS
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 20
CAPÍTULO IV
PROCEDIMIENTOS Y NORMAS
Artículo 32 La práctica pre-profesional igualmente se podrá desarrollar bajo las
modalidades que establece la Ley de Promoción y Fomento del
Empleo D.S. Nº 002-97-TR y TUO 728.
DE LA CONVALIDACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
Artículo 33 La convalidación podrá ser total o parcial:
a) De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria del
Decreto Supremo Nº 028-2007-ED, los estudiantes que participen
en el desarrollo de actividades productivas y empresariales del
I.E.S.T.P. “Pisco”, podrán convalidar las horas de dichas
actividades productivas con la práctica pre- profesional.
b) Convalidación Total: Serán eximidos totalmente de realizar las
Prácticas Pre-Profesionales a aquellos estudiantes que se
encuentren trabajando o hayan trabajado por un período de más de
un año en empresas o instituciones, realizando funciones que por
sus características afines con los contenidos de los modulo
profesionales desarrollados durante su formación en el IESTP.
c) Convalidación parcial: Podrán ser eximidos parcialmente de
desarrollar las prácticas profesionales aquellos estudiantes que se
encuentren trabajando o hayan trabajado por un período de más de
un año en empresas o instituciones cuya actividad no esté
relacionada directamente con los estudios que realizan. Los
estudiantes que se acojan a este tipo de convalidación solo podrán
obtenerla por un número de horas que en el módulo se
correspondan con las capacidades terminales de calificación y/o
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 21
inserción profesional. En el caso de salud no se considera
exoneración parcial.
d) En caso de las Áreas Académicas de salud solo se considera la
exoneración total, siendo su actividad constatada por un
profesional experto
e) El estudiante presentará la documentación pertinente ante la
institución para su verificación por el Comité de Prácticas Pre-
Profesionales para establecer el porcentaje a convalidar y con el
visto bueno de la jefatura de Unidad Académica.
f) El número de horas a convalidarse será como máximo el 35% del
total de horas de los módulos de formación profesional.
g) La comisión responsable de las convalidaciones está integrada por:
- El Jefe del Área Académica.
- Dos Docentes del Área Académica, especializados en el módulo
profesional correspondiente.
PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
Artículo 34 Una vez que el estudiante cumpla con los requisitos contemplados en
este acuerdo, y los que definan las demás autoridades competentes
del IESTP “Pisco”, deberán seguir los siguientes pasos:
a) Inscribirse ante el coordinador de la Práctica pre Profesional de la
respectiva Área Académica.
b) Cumplir con el proceso de orientación que la Institución o el Área
Académica establezca con este fin.
c) Constancia de aprobación del módulo técnico profesional emitido
por la jefatura académica, cuando se realiza la práctica pre-
profesional al culminar el módulo.
d) Constancia de aprobación de la práctica pre-profesional del módulo
anterior.
e) Solicitar la carta de presentación dirigida a la empresa, institución
o entidad de salud.
f) Participar en los procesos establecidos para la selección en las
empresas y/o instituciones privadas o estatales.
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 22
g) En el caso de práctica autogestionaria el estudiante presentará el
plan de trabajo o proyecto con el consentimiento explícito del
módulo productivo ante el Comité del Área Académica y lograr su
aprobación.
h) Firmar el acta de inicio que se estipule para la ejecución de la
práctica (opcional en cada Área Académica).
i) Los estudiantes que cumplan con los requisitos exigidos están en
libertad de conseguir la empresa o institución donde realizar sus
prácticas (previa formalización con oficio y/o convenio de
colaboración entre el Instituto y la Empresa) o realizarlas en las
empresas con que la Institución tiene convenios suscritos y/o
oficios de intención suscritos con anterioridad.
j) En el caso de las áreas académicas de salud, se ceñirán a su
reglamento interno.
CAUSALES DE TÉRMINO DE LAS PRÁCTICAS
Artículo 35 Son causales de término de las prácticas:
a) Inasistencias frecuentes del practicante, al centro de trabajo o
impuntualidad no justificada.
b) Actitud incorrecta del practicante frente a los trabajadores o falta de
cumplimiento del programa formativo.
c) Cuando las actividades desarrolladas en la empresa no cumpla el
programa formativo.
d) Incumplimiento del reglamento interno de prácticas pre-
profesionales del área académica y/o de la empresa. Las
decisiones de término de las prácticas pre-profesionales, puede
llevarse a cabo por decisión unilateral de la empresa, I.E.S.T.P.
“Pisco” o de ambas instituciones.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 23
CAPÍTULO V
DEBERES DEL ESTUDIANTE
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 24
CAPÍTULO V
DEBERES DEL ESTUDIANTE
OBLIGACIONES
Artículo 36 El estudiante que se encuentre en un período de práctica debe cumplir
las siguientes obligaciones:
a) Asistir a las conferencias, reuniones y demás eventos que se
programen dentro de la práctica pre-profesional.
b) Los estudiantes deben portar su tarjeta de control de prácticas al
momento de iniciar sus prácticas y egresar del ambiente de
prácticas.
c) Presentar, en la fecha que se señale su tarjeta de control de
acuerdo con el reglamento del área académica correspondiente.
d) Informar de inmediato sobre todo cambio, dificultad u obstáculo que
se le presente en el desarrollo de su práctica.
e) Cumplir con el reglamento interno del área académica y de la
empresa y/o institución.
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 37 Debe cumplirse el itinerario planteado y adjunto al presente
reglamento.
Artículo 38 En caso que las prácticas pre-profesionales se efectúen al término de
la carrera; los egresados tendrán un plazo perentorio para su
cumplimiento, luego de haber concluido con sus estudios regulares.
Artículo 39 Los estudiantes tendrán derecho a recibir información y las
orientaciones específicas sobre el desarrollo de las prácticas pre-
profesionales en forma permanente. Se deberá adjuntar al presente,
los Reglamentos internos de prácticas pre profesionales que por su
naturaleza del área académica sean distintas a las planteadas,
aprobadas con Resolución Directoral.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 25
Artículo 40 Los aspectos no contemplados, serán resueltos por el I.E.S.T.P.
“Pisco” y sus órganos correspondientes.
Los casos de mayor complejidad serán consultados a la DRE Ica por el Director
General de la Institución para su resolución inmediata.
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REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 26
ANEXO
CARTA DE PRESENTACIÓN
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 27
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO
CARTA Nº -2019-D-IESTP PISCO
Señores:
………………………………………………………………………………………
Presente.-
ASUNTO: Solicito Prácticas Pre-Profesionales.
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes para manifestarle que el Instituto
de Educación Superior Tecnológico Público Pisco, imparte Formación
Profesional y Profesional Técnica en las carreras de:
 Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras.
 Computación e Informática
 Contabilidad
 Enfermería Técnica
 Producción Agropecuaria
 Administración de Servicios de Hoteles y Restaurantes
Los alumnos de nuestra institución al culminar su primer módulo de
estudios deben realizar Prácticas Pre-Profesionales en Empresas e
instituciones como la vuestra, para completar su formación integral en
virtud.
Por lo expuesto presento al Sr. (Srta.)
…………………………….………………………………………………………………
Con código de matrícula Nº ……………….., de la Carrera Profesional de……..
……………………………………………………………………………del turno…….
Para que pueda efectuar sus prácticas Pre Profesionales en su prestigiosa
Institución, correspondiente al módulo de:………………………… con una
duración equivalente al 35% del total de horas de la formación recibida en dicho
módulo técnico profesional lo que equivale a………. horas.
Agradeciéndole anticipadamente su alto espíritu de colaboración para
con la Educación Tecnológica, expreso a ustedes los sentimientos de mi más
estima personal.
Atentamente
_____________________________________
Director General (e) IESTP. PISCO
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 28
ANEXO
FICHA DE SUPERVISION DE
PRACTICAS PRE PROFESIONALES
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 29
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO
FICHA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO DE PRÁCTICAS PRE
PROFESIONALES
CARRERA PROFESIONAL: _____________________________________
1. Apellidos y Nombres del practicante:
_______________________________________________________________
2. Denominación del Módulo Técnico Profesional:
___________________________________________________
Duración de PPP:__________ hrs.
3. Fecha de inicio de PPP:________________; Término de PPP:
____________
4. Nombre de la Empresa, Institución o Centro de Prácticas:
_______________________________________________________________
Dirección:_____________________________________Teléfono:__________
Docente Supervisor:______________________________________________
N° de VISITA
FECHA DE
SUPERVISIÓN
TAREAS O
ACTIVIDADES
DESARROLLADAS
ESTADO DE
AVANCE
(En horas y %)
OBSERVACIONES
Dificultades detectadas durante las prácticas:
_______________________________________________________________
Sugerencias y Recomendaciones:
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
Supervisor de Prácticas IESTP PISCO Practicante
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 30
ANEXO
INFORME VALORATIVO DE LAS
PRACTICAS PRE PROFESIONALES
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 31
HOJA DE EVALUACIÓN
DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL EN LA EMPRESA
DIA DD MES MM AÑO AAAA
HOJA DE EVALUACIÓN
DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL EN LA EMPRESA
1. ESTUDIANTE: A- PATERNO A- MATERNO NOMBRES
1. ESTUDIANTE: A- PATERNO A- MATERNO NOMBRES
3. MODULO TÉCNICO PROFESIONAL:
3. MODULO TÉCNICO PROFESIONAL:
4. PERIODO DE EVALUACIÓN: DEL DD MM AAAA AL DD MM AAAA TOTAL HORAS
4. PERIODO DE EVALUACIÓN: DEL DD MM AAAA AL DD MM AAAA TOTAL HORAS
5. RAZÓN SOCIAL DE EMPRESA O INSTITUCIÓN:
5. RAZÓN SOCIAL DE EMPRESA O INSTITUCIÓN:
DIRECCIÓN TELÉFONO E-MAIL
CARGO AREA E-MAIL
7. LUGAR DE PRÁCTICA: OFICINA TALLER LABORATORIO GRANJA O CAMPO ALMACÉN OTRO
:
8. HORARIO DE PRÁCTICAS: DE 0 0 : 0 0 A 0 0 : 0 0 HORAS DIARIAS
9. TAREAS ASIGNADAS DURANTE LA PRACTITCA EN TERMINOS GENERALES:
A.
B.
C.
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO DE “PISCO”
I. DATOS GENERALES
2. CARRERA PROFESIONAL: COMPUTACION E INFORMATICA
6. CALIFICADOR DE LA EMPRESA: A- PATERNO A - MATERNO NOMBRES
:
II. INSTRUCCIONES PARA LA EVALUACIÓN
 UTILIZAR BOLIGRAFO COLOR NEGRO LÍQUIDO APARA EL LENADO DE LA PRESENTE HOJA DE
EVALUACIÓN.
 LA PONDERACIÓN CUALITATIVA DEL NIVEL DE COMPETENCIAS LABORALES LOGRADOS POR EL
PRACTICANTE SERÁ CALIFICADO POR LA PERSONA A CARGO DE LA EVALUACIÓN EN LA EMPRESA
Y/O PROYECTO DE PRODUCCIÓN, UTILIZANDO LA ESCALA QUE SE INDICA ABAJO.
 LA PRESENTE HOJA DE EVALUACIÓN SERÁ REMITIDA AL INSTITUTO CON EL PORTADOR
(PRACTICANTE) O EN SU DEFECTO POR UN DOCENTE DESIGNADO
LITERAL A B C D
DIA DD
MES MM
AÑO AAAA
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 32
SEMÁNTICA MUY BUENA BUENA ACEPTABLE DEFICIENTE
III. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN CUALITATIVA
A. ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
EVALUACION
CUALITATIVA
A-B-C-D
1 DEMUESTRA SEGURIDAD, HABILIDAD Y CAPACIDAD EN EL TRABAJO.
2 PROGRAMA ACCIONES CONVENIENTEMENTE EN SU TRABAJO.
3 DOSIFICA EL TIEMPO DE MANERA ÓPTIMA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS
ENCOMENDADAS
4 CALIDAD, PRESENTACIÓN EN TAREAS CULMINADAS
5 UTILIZA ADECUADAMENTE LOS EQUIPOS, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS.
B. CAPACIDAD TECNICO EMPRESARIAL
6 IDENTIFICA LA MISIÓN Y VISIÓN DE LA EMPRESA.
7 PLANTEA SUGERENCIAS PARA MEJORAR EL ORDEN, LIMPIEZA, Y SEGURIDAD DE LOS
RECURSOS
8 DEMUESTRA LIDERAZGO
9 TOMA DECISIONES ACERTADAS Y OPORTUNAS
10 CREATIVIDAD PARA CONCEBIR, ORGANIZAR Y DIRIGIR PROYECTOS DE PRODUCCIÓN
O PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
C. TRABAJO EN EQUIPO Y CUMPLIMIENTO
11 COOPERA CON LA CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS.
12 ES PUNTUAL CON LA ASISTENCIA
13 DISCIPLINADO EN LA REALIZACIÓN DE TAREAS.
14 DEMUESTRA INICIATIVA POR APRENDER COSAS NUEVAS.
15 COMPARTE Y RESUELVE PROBLEMAS CON LOS MIEMBROS DEL EQUIPO
D. INICIATIVA Y CALIDAD EN LA EJECUCIÓN DE TAREAS Y ACTIVIDADES
16 SE COMUNICA ASERTIVAMENTE CON LOS DEMÁS
17 PARTICIPA ACTIVAMENTE EN LAS ACTIVIDADES EXTRA LABORALES (DEPORTIVOS Y/O
CULTURALES) DE LA EMPRESA.
18 DEMUESTRA EMPATÍA Y UNA ACTITUD RECEPTIVA
19 REALIZA TAREAS NO ASIGNADAS COMO APOYO A SU COMPAÑERO Y AL LOGRO DE
LOS OBJETIVOS DE LA ENTIDAD
20 EJECUTA ACCIONES DE ADIESTRAMIENTO ESPONTÁNEO A SUS COMPAÑEROS DE
TRABAJO, CUANDO LO REQUIERE EL CASO.
(LA SUMA TOTAL DE VALORES CUANTITATIVOS DIVIDIDOS ENTRE VEINTE (20) DEFINIRÁN EL GRADO DE ADQUISICIÓN DE
CUALIFICACIONES LABORALES DEL PRACTICANTE, DESARROLLADOS EN EL MODULO O CONJUNTO DE UNIDADES DE COMPETENCIA
INTEGRADAS EN EL ÁMBITO DE UNA FUNCIÓN PRODUCTIVAD. LA MISMA QUE DEBERÁ SER Y ENUNCIADA EN FORMA SEMÁNTICA, ASI
COMO SU FORMA LITERAL, Y SU EQUIVALENTE NUMÉRICO).
PONDERACION CUALIFICADA DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL
MODULAR
SEMÁNTICA ( ) LITERAL ( )
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 33
FIRMA Y SELLO REPRESENTANTE EMPRESA
ANEXO
CONSTANCIA DE HABER
REALIZADO
SATISFACTORIAMENTE LAS
PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
(POR LA EMPRESA O INSTITUCIÓN)
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 34
CONSTANCIA DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES
EL QUE SUSCRIBE, HACE CONSTAR LO SIGUIENTE:
Que Don (ña) APELLIDOS Y NOMBRES________, alumno del
Instituto de Educación Superior Tecnológico Público PISCO, en la Carrera
Profesional de ____________________________ ha realizado
satisfactoriamente sus Prácticas Pre-Profesionales, referente al Módulo N°
___:_____________________________, con un total de ______ horas,
efectuadas en el periodo del_____________ al_______________________.
Se expide la presente constancia a solicitud del interesado, para los fines
que estime conveniente.
Pisco, _____ de ______________ del 2020.
___________________________________________
Firma y Sello del representante de la Empresa o Institución.
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 35
ANEXO
CONVENIO
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 36
“Año ----------------------------------”
CONVENIO DE PRÁCTICAS PRE – PROFESIONALES
Conste por el presente convenio que celebra de una parte el INSTITUTO DE
EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO “PISCO” DE PISCO,
representado por su Directora General -------------------------, identificada con DNI N° ---
------- con domicilio en la Av. Las Américas S/N con número telefónico 056-536860 con
correo electrónico---------------------, de otra parte la Institución Educativa N° -----------.
Representado por el ------------------------ con DNI N° -----------, con domicilio en--------
------------------, teléfono ----------con Email -------------------
PRIMERO: El INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO
PÚBLICO “PISCO”, como Institución Pública dependiente del Ministerio de Educación
orienta su gestión hacia la formación y perfeccionamiento de los estudiantes de las
Carreras Profesionales de PRODUCCION, AGROPECUARIA, CONTABILIDAD,
ENFERMERIA TECNICA, COMPUTACION E INFORMATICA
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TURISTICAS Y HOTELERAS,
ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE HOTELES Y RESTAURANTES, y que
siendo necesario contar con un centro de prácticas para realizar las mismas en sus
diferentes módulos y/o etapas.
SEGUNDO: Dentro de la Programación Curricular de las diferentes Carreras
Profesionales que oferta el INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO, se considera las practicas Pre – Profesionales de
los participantes en tiempos determinados y en condiciones reales de trabajo las que se
deben cumplir para poder obtener la certificación correspondiente en las Carreras
Profesionales antes mencionadas.
TERCERO: El -------------------------. Representado por el ------------------------- con DNI
N° ----------------------, con domicilio en ------------------------------, teléfono ----------------
-- con Email -------------------- Posibilita a que los participantes de las Carreras antes
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 37
mencionadas puedan hacer sus Prácticas Pre – Profesionales para lo cual se compromete
en aceptar de acuerdo a sus necesidades, quienes deberán cumplir con las disposiciones,
normas y horarios que establezca la Empresa.
CUARTO: Los participantes que cumplan sus Prácticas Pre – Profesionales el
representante ------------------------- con DNI N° -----------------, con domicilio en ---------
------------------, teléfono ----------------- con Email ---------------------------------- Podrá
tomar decisiones para su calificación y desempeño que el practicante lo estará realizando
en base a una ficha de calificación que es otorgado por el IEST Pisco.
QUINTO: Las Practicas Pre – Profesionales de los participantes concluirán al término
de concluir el total de las horas de los diferentes Módulos Profesionales, según la fecha
de inicio, para la realización de las prácticas.
El presente convenio podrá concluir antes de su vencimiento por decisión del
representante ------------------- con DNI N° --------------------, con domicilio en ------------
-------, teléfono ----------------- con Email --------------------------------
SEXTO: El ------------------------- con DNI N° -------------, con domicilio en ---------------
----------, teléfono --------- con Email -------------------. Hace saber que el presente
convenio no origina vínculo laboral con la otra parte. Se firma el presente convenio por
ambas partes, en señal de conformidad el día --------------.
------------------------------------------------------------ ------------- -------------------
------------------------------------------
DIRECTORA GENERAL DEL IEST PISCO EMPRESARIO
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”
REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 38

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  • 1. “AÑO DE LA UNIVERSALIDAD DE LA SALUD” INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE – PROFESIONALES 2020
  • 2. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 2 CAPÍTULO I GENERALIDADES
  • 3. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 3 CAPÍTULO I FINALIDAD Artículo 1 El presente reglamento tiene por finalidad normar los criterios de organización y desarrollo de las Practicas Pre Profesionales (PPP), para consolidar y fortalecer las capacidades y competencias de los estudiantes de las 6 carreras profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Pisco”: Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras, Administración de Servicios y Restaurantes, Contabilidad, Computación e Informática, Enfermería Técnica y Producción Agropecuaria, que estén en el Nuevo Diseño Curricular Básico y, de esta manera estar en condiciones de obtener el Certificado Modular y el Título de Profesional Técnico. Artículo 2 Son fines del presente reglamento: a) Contribuir al cumplimiento de las prácticas Pre - Profesionales a desarrollarse en todas las Carreras Profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Pisco”. b) Fortalecer la formación de los futuros profesionales técnicos en la práctica laboral, aplicando las competencias y capacidades adquiridas. OBJETIVO Artículo 3 Es objetivo del presente reglamento, establecer las normas y procedimientos para la realización de las Prácticas Pre - Profesionales de los estudiantes del “Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Pisco”. BASES LEGALES Artículo 4 Son bases legales del presente reglamento:  Constitución Política del Perú.  Ley N° 28044, Ley General de Educación.  Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.
  • 4. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 4  D.S. N° 004-2010-ED “Reglamento de Ley 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior”.  R.M. N° 023-2010-ED “Plan de Adecuación de los Institutos y Escuelas de Educación Superior a lo Dispuesto en la Ley N° 29394”.  Resolución Ministerial N° 738- ED, Aprueban los normas para la programación, ejecución y evaluación de las prácticas profesionales en los Institutos Superiores. Estatales y no estatales.  D.S. N° 002-97-TR. Ley de Formación y Promoción Laboral.  Decreto Supremo N° 028-2007- ED. Aprueban Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.  R.D. 0929-2011-ED que aprueba la Directiva “Normas para la aplicación del nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica, en Instituto de Educación Superior Tecnológico e Instituto Superior de educación autorizados”.  R.D. 0401-2010-ED que aprueba la Directiva “Normas para la Practicas Pre - Profesionales de la Educación Superior Tecnológica, en Instituto de Educación Superior Tecnológico e Instituto Superior de educación autorizados”.  RVM N° 178-2018 “Normas para el inicio del semestre académico”. ALCANCE Artículo 5 El presente reglamento tiene como alcance a:  Dirección General.  Jefe de Unidad Académica.  Coordinación General de Prácticas Pre Profesionales.  Jefatura de actividades productivas y empresariales.  Jefes de Áreas Académicas.  Coordinación de prácticas pre profesionales de cada área académica.  Comunidad de estudiantes en general.  Empresas, unidades de producción e instituciones de salud públicos y privados.
  • 5. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 5 CAPÍTULO II GENERALIDADES DE LA PRÁCTICA PRE PROFESIONAL
  • 6. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 6 CAPÍTULO II GENERALIDADES DE LA PRÁCTICA PRE PROFESIONAL DEFINICIÓN Artículo 6 La práctica pre - profesional es el ejercicio de las capacidades adquiridas durante el tiempo de estudios en forma secuencial y en una situación real de trabajo, ejecutando actividades desde las más simples hasta las más complejas, aplicando conocimientos y teorías desarrolladas en las unidades didácticas. CARACTERÍSTICAS Artículo 7 La prácticas pre-profesional se caracteriza por ser: a) Integral: Comprende todo el ámbito de su formación profesional, permitiéndole desarrollar sus potencialidades bio-psico-social. b) Gradual: Permite adquirir experiencias en forma progresiva, garantizando que el practicante actúe con autonomía cada vez mayor. c) Realista: Permite desenvolverse en situaciones reales de trabajo, desarrollando conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes y actitudes. FINALIDAD Artículo 8 Consolidar y validar los aprendizajes adquiridos durante el proceso formativo, en situaciones reales de trabajo. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Artículo 9 Objetivos de la Práctica pre - profesional: a. Consolidar la formación integral de los estudiantes. b. Promover el aprendizaje de nuevas tecnologías en los estudiantes. c. Contribuir a la articulación de la formación profesional con las necesidades del sector productivo y/o de servicio y, el desarrollo local y regional.
  • 7. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 7 d. Vincular a los estudiantes con las empresas o instituciones públicas o privadas, a través del desarrollo de las actividades productivas y/o de servicio. e. Promover la realización personal, social y profesional de los egresados. DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES Artículo 10 En el Instituto se organizará el Comité de Prácticas Pre-profesionales y un registro que permita facilitar el record de prácticas de cada estudiante, para lo cual deberá contar con un record físico y virtual. Artículo 11 En el IESTP “Pisco” el comité estará integrado por el Jefe de Unidad Académico o quien haga sus veces, quien lo presidirá y los Jefes de Área y/o responsables de Prácticas Profesionales. Artículo 12 En el IESTP “Pisco” está organizado el COMITÉ DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES por Áreas Académicas, en donde el Jefe del Área Académica lo presidirá y designara un Coordinador y a la vez los supervisores por Módulos, responsables de la práctica pre profesional. DE LOS RESPONSABLES DE LAS PRÁCTICAS PRE -PROFESIONALES Artículo 13 Las practicas pre- profesionales se desarrollan con la participación de los representantes del IESTP “Pisco” (Sector Formativo) y la Empresas (sector productivo y las Instituciones Prestadoras de Salud) siendo: Del I.E.S.T.P. “Pisco” - Director General del I.E.S.T.P. “Pisco”. - Jefe de Unidad Académica. - Jefe de actividades productivas y empresariales. - Jefe de Áreas Académicas. - Coordinador General de prácticas. - Docentes responsables de prácticas pre profesionales por Área Académica.
  • 8. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 8 De la Empresa: - Representante Legal o Coordinador de la Empresa. - Institución Prestadora de Salud. - Jefe de Capacitación. ÁMBITO DE EJECUCIÓN DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Artículo 14 Son ámbitos de ejecución de la Práctica Pre Profesional del IESTP “Pisco”: a) Practicas pre-profesionales en el I.E.S.T.P. “Pisco” Es programada dentro de la Institución, bajo la conducción directa del personal responsable de las actividades productivas y/o de servicio del instituto y/o actividad productiva o de servicio de enseñanza - aprendizaje de cada una de las áreas académicas. b) Practicas pre-profesionales Autogestionaria: Es realizada por los estudiantes en forma independiente, previa aprobación de proyectos de producción de bienes y/o prestación de servicios y, aprobación del Comité de actividades Productivas. Es autorizada y supervisada por los supervisores de la práctica. c) Practica Pre-profesional en Empresas y /o Instituciones de salud: Se desarrolla en los centros de producción de bienes y/o prestación de servicios del sector público o privado. Esta práctica es la más recomendable por su naturaleza real e integral. Su ejecución está supeditada a la gestión que realice la entidad educativa ante la Empresa y/o instituciones de salud, para lo cual se debe celebrar convenios por Áreas Académicas. DURACIÓN Y PERÍODO DE EJECUCIÓN Artículo 15 En el sistema modular el desarrollo de las prácticas pre-profesionales de los estudiantes y egresados, del I.E.S.T.P. “Pisco”, se efectúa en el proceso de su formación y al concluir cada módulo formativo. La duración es equivalente mínimo al 35% del total de horas de la formación específica de cada módulo profesional. Las horas serán
  • 9. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 9 detalladas en el reglamento específico de prácticas pre profesional de cada Área Académica. CARRERA PROFESIONAL: ENFERMERIA TECNICA MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP Atención Primaria en Salud 748 262 Servicios Técnico de Enfermería Asistencial 782 274 Servicios Técnicos de Enfermería Especializada 816 286 TOTAL 2346 822 CARRERA PROFESIONAL: CONTABILIDAD MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP Procesos Contables 666 233 Contabilidad Pública y Privada 918 321 Análisis Financiero 846 296 TOTAL 2430 850 CARRERA PROFESIONAL: PRODUCCION AGROPECUARIA MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP Producción de Cultivos 595 208 Producción de Animales Menores 357 125 Protección Agropecuaria 561 196 Producción de Plantas en Vivero 459 161 Producción de Animales Mayores 833 292 TOTAL 2805 982
  • 10. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 10 CARRERA PROFESIONAL: ADMINISTRACION DE EMPRESAS TURISTICAS Y HOTELERAS MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP Gestión de Información en Organizaciones Turísticas 756 265 Servicio de Hostelería 828 290 Servicios Turísticos de Guiado 648 227 Gerencia de Empresas Turísticas y Hoteleras 1044 365 TOTAL 3276 1147 CARRERA PROFESIONAL: COMPUTACION E INFORMATICA MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP Gestión de Soporte Técnico, Seguridad y Tecnologías de la Información y Comunicación 765 268 Desarrollo de Software y Gestión de Base de Datos 782 274 Gestión de Aplicaciones para Internet y Producción Multimedia 799 280 TOTAL 2346 822 CARRERA PROFESIONAL: ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE HOTELES Y RESTAURANTES MODULOS TECNICOS PROFESIONALES N° de hrs. por Modulo N° hrs.de PPP TOTAL 2346 822
  • 11. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 11 Artículo 16 Las prácticas pre-profesionales se pueden realizar en: - Periodos vacacionales - En paralelo a la formación profesional o - Al término del Módulo Profesional INSCRIPCIÓN Artículo 17 El estudiante podrá inscribirse por mesa de partes con solicitud dirigida al director, y derivadas a cada Jefatura de Área Académica para su respectivo tramite interno, quien a su vez organizará las practicas pre profesionales con el comité de prácticas del área cualquiera sea el ámbito de ejecución de cada carrera profesional. El estudiante debe haber aprobados, por lo menos, el 90% de las Unidades didácticas de su plan de estudios. De acuerdo con los requerimientos de la práctica pre-profesional y naturaleza del Área Académica, el comité de Área definirá los demás requisitos académicos que debe cumplir el estudiante contemplado en el reglamento de prácticas pre profesionales específico que deberá ser adjuntado al presente. SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN Artículo 18 La supervisión de la práctica pre profesional, que desarrolle cada estudiante, estará a cargo de un Coordinador del área académica respectiva, designada por el jefe del área académica o un (a) coordinador de la empresa según convenio. Artículo 19 Los docentes encargados de la supervisión de la práctica pre profesional, efectuaran visitas programadas por lo menos una vez a la semana, a las empresas e instituciones en las cuales los estudiantes realizan sus prácticas y recabaran la información necesaria sobre su ejecución. Artículo 20 Las horas de supervisión estarán consideradas dentro de las horas lectivas en su jornada laboral del docente. Artículo 21 La evaluación de la práctica pre- profesional, es CUALITATIVA y es realizada por la persona a cargo de la supervisión o el responsable designada por la empresa, microempresa, institución o proyecto
  • 12. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 12 productivo o proyecto de enseñanza aprendizaje en el propio I.E.S.T.P. “Pisco”. Artículo 22 La evaluación debe establecer criterios que permitan conocer aspectos de afianzamiento de conocimientos, consolidación de aprendizaje y evaluación de capacidades y actitudes adquiridos en el proceso formativo; para lo cual se deberá tomar en cuenta los siguientes aspectos como mínimo: - Organización y ejecución del trabajo. - Capacidad técnica y empresarial. - Cumplimiento en el trabajo. - Calidad en la ejecución. - Trabajo en equipo. - Iniciativa. - Aspecto actitudinal. Artículo 23 La ponderación de los logros será cualitativa y realizada por el responsable de la empresa , institución y/o proyectos, utilizando la siguiente escala: A: Muy buena (18-19-20) B: Buena (15-16-17) C: Aceptable (13 – 14) D: Deficiente (menos de 12) Los estudiantes que obtengan la ponderación D, “deficiente”, deben volver a realizar la práctica pre profesional. Artículo 24 La evaluación se registrará en acta específica/formato para las prácticas pre profesionales de cada Área Académica. Artículo 25 También se recurrirá al reglamento de prácticas pre profesional de cada Área Académica.
  • 13. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 13 CAPÍTULO III ADMINISTRACIÓN
  • 14. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 14 CAPÍTULO III ADMINISTRACIÓN COORDINADOR GENERAL DE LA PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES Artículo 26 El Coordinador General de Prácticas Pre-Profesionales será elegido por la Jefatura de Unidad Académica, a un docente que tenga el perfil profesional y será reconocido por el Director General del Instituto con Resolución Directoral. Artículo 27 Las funciones del Coordinador General de Prácticas Pre- Profesionales son: a) Planificar y organizar el proceso de desarrollo de las prácticas pre- profesionales a nivel de las carreras profesionales del IESTP “Pisco” en coordinación con jefatura de Unidad Académica. b) Gestionar la aprobación del plan de trabajo general de prácticas pre-profesionales con una R.D. del IESTP “Pisco”. c) Gestionar la designación y el reconocimiento de los coordinadores de prácticas pre profesionales de cada carrera profesional con una R.D y entrega de un documento de identificación (fotocheck).
  • 15. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 15 d) Coordinar la elaboración del plan de trabajo de prácticas pre- profesionales en cada carrera profesional y su aprobación con R.D. e) Controlar el desarrollo de los planes programados de prácticas pre profesionales de cada Carrera profesional del IESTP “Pisco”. f) Solicitar el presupuesto para el cumplimiento de la supervisión de las prácticas pre- profesionales (pago de movilidad). g) Promover la firma de convenios, contratos, aportes y/o apoyo para la realización de las prácticas pre profesionales con instituciones públicas y/o privadas de acuerdo a la naturaleza de cada carrera profesional; con los Coordinadores de Prácticas Pre-Profesionales, Jefes de Áreas Académicas, Jefe de Unidad Académica, jefatura de administración y Dirección General. h) Monitorear y supervisar a los Coordinadores de Prácticas de las carreras profesionales en el cumplimiento de los planes presentados. i) Promover el uso de un sistema de control de prácticas pre- profesionales (fichas, registros, etc. de acuerdo a la naturaleza de la carrera profesional). j) Evaluar el desarrollo de las prácticas pre-profesionales en base a los informes emitidos por los coordinadores de cada carrera profesional. k) Actualizar el Reglamento General de Prácticas Pre-Profesionales del IESTP “Pisco” para un período de 3 años. l) Informar periódicamente los avances sobre las actividades realizadas por los Coordinadores de Prácticas Pre-Profesionales a la jefatura de Unidad Académica. m)El Coordinador General de Prácticas Pre-Profesionales del Instituto deberá acogerse a las normas vigentes y políticas definidas y presentar los informes respectivos. COORDINADOR DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DEL ÁREA ACADÉMICA Artículo 28 Cada Jefe de Área Académica designará un Coordinador de Prácticas Pre-Profesionales, quien rendirá informes al respectivo comité pedagógico del Área Académica.
  • 16. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 16 Artículo 29 Son funciones de Coordinador de Prácticas Pre-Profesionales del Área Académica: a) Planificar y organizar el proceso de desarrollo de las prácticas pre profesionales de su carrera profesional. b) Elaborar y presentar el plan de trabajo de prácticas pre profesionales de su carrera profesional. c) Controlar el desarrollo programado de las prácticas pre profesionales de su carrera profesional. d) Promover la firma de convenios, contratos, aportes y/o apoyo para la realización de las prácticas pre profesional con instituciones públicas y/o privadas de su carrera profesional. e) Monitorear y supervisar las prácticas de su carrera profesional en el cumplimiento de su plan presentado. f) Utilizar un sistema de control de prácticas pre profesionales (fichas, registros, actas, etc. de acuerdo a la naturaleza de su carrera profesional). g) Evaluar el desarrollo de las prácticas pre profesionales en base a los informes emitidos por los supervisores de la institución y de la empresa. h) Actualizar el reglamento interno de prácticas pre profesionales de su carrera profesional de acuerdo al reglamento general. i) Cumplir las normas vigentes y políticas definidas por el Comité Educativo Institucional y presentar los informes respectivos. j) Mantener contactos con las empresas y/o instituciones para conseguir vacantes y revitalizar las relaciones existentes. (Directorio actualizado) k) Coordinar periódicamente con el representante de la empresa y/o institución pública o privada para analizar la problemática de los practicantes. l) Evaluar las prácticas pre-profesional ejecutados, considerando los informes proporcionados por las empresas e instituciones.
  • 17. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 17 m)Elaborar y gestionar los convenios para la realización de las prácticas pre-profesionales. n) Dar visto bueno a la constancia de práctica pre profesional emitido por la jefatura de la carrera profesional. o) Elaborar el programa formativo por cada módulo de acuerdo al itinerario actual. p) Coordinar y controlar el desempeño de los supervisores de práctica pre-profesionales. q) Informar al jefe de su carrera y al coordinador general de prácticas pre-profesionales, de los problemas e inconvenientes que se presenten durante el desarrollo de las prácticas pre-profesionales y proponer alternativas de soluciones inmediatas. r) Realizar la mejora continua del proceso de prácticas pre - profesionales de su carrera profesional. s) Informar a los estudiantes y egresados, sobre las prácticas en las empresas y/o instituciones públicas y/o privadas. t) Rellenar el libro de actas y/o registro considerando estudiantes participantes, razón social empresa y/o institución, fecha de prácticas y condición final de estudiante de acuerdo a la naturaleza de su carrera profesional. u) Otros aspectos no contemplados en el presente documento serán resueltos en coordinación con jefatura de la carrera profesional y la coordinación general prácticas pre-profesionales. SUPERVISORAS DE PRÁCTICAS: Artículo 30 Son funciones de los Supervisores de Prácticas: a) Coordinar, apoyar y evaluar el desarrollo de las prácticas pre- profesionales de acuerdo a su jornada laboral. b) Orientar y motivar al estudiante en el desarrollo de sus prácticas pre-profesionales. c) Cumplir con el cronograma de supervisión. d) Monitorear, supervisar e informar el desarrollo de las prácticas de los estudiantes a su cargo en forma personalizada.
  • 18. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 18 e) Presentar el registro final de prácticas por modulo profesional en forma semestral. f) Conformar el Comité Evaluador para la evaluación final del estudiante de acuerdo a la naturaleza de la carrera profesional. RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA Y/O INSTITUCIÓN Artículo 31 Son responsabilidad de la Empresa y/o Institución: a) Firmar convenios con el I.E.S.T.P. “Pisco” a nombre de la Empresa y/o Institución. b) Designar a un responsable de la evaluación de la práctica pre- profesionales. c) Facilitar el acceso periódico a la empresa del supervisor (a) de las prácticas pre-profesionales del I.E.S.T. “Pisco”. d) Recoge y registra evidencias, de las competencias laborales mostradas por el practicante. e) Emite informe valorativo (evaluación cualitativa) de cada practicante, al finalizar el periodo de práctica pre-profesional. f) Otorgar el respectivo certificado o constancia de práctica pre- profesional al estudiante indicando la cantidad de horas.
  • 19. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 19 CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS Y NORMAS
  • 20. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 20 CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS Y NORMAS Artículo 32 La práctica pre-profesional igualmente se podrá desarrollar bajo las modalidades que establece la Ley de Promoción y Fomento del Empleo D.S. Nº 002-97-TR y TUO 728. DE LA CONVALIDACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES Artículo 33 La convalidación podrá ser total o parcial: a) De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 028-2007-ED, los estudiantes que participen en el desarrollo de actividades productivas y empresariales del I.E.S.T.P. “Pisco”, podrán convalidar las horas de dichas actividades productivas con la práctica pre- profesional. b) Convalidación Total: Serán eximidos totalmente de realizar las Prácticas Pre-Profesionales a aquellos estudiantes que se encuentren trabajando o hayan trabajado por un período de más de un año en empresas o instituciones, realizando funciones que por sus características afines con los contenidos de los modulo profesionales desarrollados durante su formación en el IESTP. c) Convalidación parcial: Podrán ser eximidos parcialmente de desarrollar las prácticas profesionales aquellos estudiantes que se encuentren trabajando o hayan trabajado por un período de más de un año en empresas o instituciones cuya actividad no esté relacionada directamente con los estudios que realizan. Los estudiantes que se acojan a este tipo de convalidación solo podrán obtenerla por un número de horas que en el módulo se correspondan con las capacidades terminales de calificación y/o
  • 21. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 21 inserción profesional. En el caso de salud no se considera exoneración parcial. d) En caso de las Áreas Académicas de salud solo se considera la exoneración total, siendo su actividad constatada por un profesional experto e) El estudiante presentará la documentación pertinente ante la institución para su verificación por el Comité de Prácticas Pre- Profesionales para establecer el porcentaje a convalidar y con el visto bueno de la jefatura de Unidad Académica. f) El número de horas a convalidarse será como máximo el 35% del total de horas de los módulos de formación profesional. g) La comisión responsable de las convalidaciones está integrada por: - El Jefe del Área Académica. - Dos Docentes del Área Académica, especializados en el módulo profesional correspondiente. PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES Artículo 34 Una vez que el estudiante cumpla con los requisitos contemplados en este acuerdo, y los que definan las demás autoridades competentes del IESTP “Pisco”, deberán seguir los siguientes pasos: a) Inscribirse ante el coordinador de la Práctica pre Profesional de la respectiva Área Académica. b) Cumplir con el proceso de orientación que la Institución o el Área Académica establezca con este fin. c) Constancia de aprobación del módulo técnico profesional emitido por la jefatura académica, cuando se realiza la práctica pre- profesional al culminar el módulo. d) Constancia de aprobación de la práctica pre-profesional del módulo anterior. e) Solicitar la carta de presentación dirigida a la empresa, institución o entidad de salud. f) Participar en los procesos establecidos para la selección en las empresas y/o instituciones privadas o estatales.
  • 22. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 22 g) En el caso de práctica autogestionaria el estudiante presentará el plan de trabajo o proyecto con el consentimiento explícito del módulo productivo ante el Comité del Área Académica y lograr su aprobación. h) Firmar el acta de inicio que se estipule para la ejecución de la práctica (opcional en cada Área Académica). i) Los estudiantes que cumplan con los requisitos exigidos están en libertad de conseguir la empresa o institución donde realizar sus prácticas (previa formalización con oficio y/o convenio de colaboración entre el Instituto y la Empresa) o realizarlas en las empresas con que la Institución tiene convenios suscritos y/o oficios de intención suscritos con anterioridad. j) En el caso de las áreas académicas de salud, se ceñirán a su reglamento interno. CAUSALES DE TÉRMINO DE LAS PRÁCTICAS Artículo 35 Son causales de término de las prácticas: a) Inasistencias frecuentes del practicante, al centro de trabajo o impuntualidad no justificada. b) Actitud incorrecta del practicante frente a los trabajadores o falta de cumplimiento del programa formativo. c) Cuando las actividades desarrolladas en la empresa no cumpla el programa formativo. d) Incumplimiento del reglamento interno de prácticas pre- profesionales del área académica y/o de la empresa. Las decisiones de término de las prácticas pre-profesionales, puede llevarse a cabo por decisión unilateral de la empresa, I.E.S.T.P. “Pisco” o de ambas instituciones.
  • 23. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 23 CAPÍTULO V DEBERES DEL ESTUDIANTE
  • 24. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 24 CAPÍTULO V DEBERES DEL ESTUDIANTE OBLIGACIONES Artículo 36 El estudiante que se encuentre en un período de práctica debe cumplir las siguientes obligaciones: a) Asistir a las conferencias, reuniones y demás eventos que se programen dentro de la práctica pre-profesional. b) Los estudiantes deben portar su tarjeta de control de prácticas al momento de iniciar sus prácticas y egresar del ambiente de prácticas. c) Presentar, en la fecha que se señale su tarjeta de control de acuerdo con el reglamento del área académica correspondiente. d) Informar de inmediato sobre todo cambio, dificultad u obstáculo que se le presente en el desarrollo de su práctica. e) Cumplir con el reglamento interno del área académica y de la empresa y/o institución. DISPOSICIONES FINALES Artículo 37 Debe cumplirse el itinerario planteado y adjunto al presente reglamento. Artículo 38 En caso que las prácticas pre-profesionales se efectúen al término de la carrera; los egresados tendrán un plazo perentorio para su cumplimiento, luego de haber concluido con sus estudios regulares. Artículo 39 Los estudiantes tendrán derecho a recibir información y las orientaciones específicas sobre el desarrollo de las prácticas pre- profesionales en forma permanente. Se deberá adjuntar al presente, los Reglamentos internos de prácticas pre profesionales que por su naturaleza del área académica sean distintas a las planteadas, aprobadas con Resolución Directoral.
  • 25. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 25 Artículo 40 Los aspectos no contemplados, serán resueltos por el I.E.S.T.P. “Pisco” y sus órganos correspondientes. Los casos de mayor complejidad serán consultados a la DRE Ica por el Director General de la Institución para su resolución inmediata.
  • 26. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 26 ANEXO CARTA DE PRESENTACIÓN
  • 27. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 27 INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO CARTA Nº -2019-D-IESTP PISCO Señores: ……………………………………………………………………………………… Presente.- ASUNTO: Solicito Prácticas Pre-Profesionales. Tengo el agrado de dirigirme a ustedes para manifestarle que el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Pisco, imparte Formación Profesional y Profesional Técnica en las carreras de:  Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras.  Computación e Informática  Contabilidad  Enfermería Técnica  Producción Agropecuaria  Administración de Servicios de Hoteles y Restaurantes Los alumnos de nuestra institución al culminar su primer módulo de estudios deben realizar Prácticas Pre-Profesionales en Empresas e instituciones como la vuestra, para completar su formación integral en virtud. Por lo expuesto presento al Sr. (Srta.) …………………………….……………………………………………………………… Con código de matrícula Nº ……………….., de la Carrera Profesional de…….. ……………………………………………………………………………del turno……. Para que pueda efectuar sus prácticas Pre Profesionales en su prestigiosa Institución, correspondiente al módulo de:………………………… con una duración equivalente al 35% del total de horas de la formación recibida en dicho módulo técnico profesional lo que equivale a………. horas. Agradeciéndole anticipadamente su alto espíritu de colaboración para con la Educación Tecnológica, expreso a ustedes los sentimientos de mi más estima personal. Atentamente _____________________________________ Director General (e) IESTP. PISCO
  • 28. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 28 ANEXO FICHA DE SUPERVISION DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES
  • 29. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 29 INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO FICHA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES CARRERA PROFESIONAL: _____________________________________ 1. Apellidos y Nombres del practicante: _______________________________________________________________ 2. Denominación del Módulo Técnico Profesional: ___________________________________________________ Duración de PPP:__________ hrs. 3. Fecha de inicio de PPP:________________; Término de PPP: ____________ 4. Nombre de la Empresa, Institución o Centro de Prácticas: _______________________________________________________________ Dirección:_____________________________________Teléfono:__________ Docente Supervisor:______________________________________________ N° de VISITA FECHA DE SUPERVISIÓN TAREAS O ACTIVIDADES DESARROLLADAS ESTADO DE AVANCE (En horas y %) OBSERVACIONES Dificultades detectadas durante las prácticas: _______________________________________________________________ Sugerencias y Recomendaciones: _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ Supervisor de Prácticas IESTP PISCO Practicante
  • 30. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 30 ANEXO INFORME VALORATIVO DE LAS PRACTICAS PRE PROFESIONALES
  • 31. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 31 HOJA DE EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL EN LA EMPRESA DIA DD MES MM AÑO AAAA HOJA DE EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL EN LA EMPRESA 1. ESTUDIANTE: A- PATERNO A- MATERNO NOMBRES 1. ESTUDIANTE: A- PATERNO A- MATERNO NOMBRES 3. MODULO TÉCNICO PROFESIONAL: 3. MODULO TÉCNICO PROFESIONAL: 4. PERIODO DE EVALUACIÓN: DEL DD MM AAAA AL DD MM AAAA TOTAL HORAS 4. PERIODO DE EVALUACIÓN: DEL DD MM AAAA AL DD MM AAAA TOTAL HORAS 5. RAZÓN SOCIAL DE EMPRESA O INSTITUCIÓN: 5. RAZÓN SOCIAL DE EMPRESA O INSTITUCIÓN: DIRECCIÓN TELÉFONO E-MAIL CARGO AREA E-MAIL 7. LUGAR DE PRÁCTICA: OFICINA TALLER LABORATORIO GRANJA O CAMPO ALMACÉN OTRO : 8. HORARIO DE PRÁCTICAS: DE 0 0 : 0 0 A 0 0 : 0 0 HORAS DIARIAS 9. TAREAS ASIGNADAS DURANTE LA PRACTITCA EN TERMINOS GENERALES: A. B. C. INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO DE “PISCO” I. DATOS GENERALES 2. CARRERA PROFESIONAL: COMPUTACION E INFORMATICA 6. CALIFICADOR DE LA EMPRESA: A- PATERNO A - MATERNO NOMBRES : II. INSTRUCCIONES PARA LA EVALUACIÓN  UTILIZAR BOLIGRAFO COLOR NEGRO LÍQUIDO APARA EL LENADO DE LA PRESENTE HOJA DE EVALUACIÓN.  LA PONDERACIÓN CUALITATIVA DEL NIVEL DE COMPETENCIAS LABORALES LOGRADOS POR EL PRACTICANTE SERÁ CALIFICADO POR LA PERSONA A CARGO DE LA EVALUACIÓN EN LA EMPRESA Y/O PROYECTO DE PRODUCCIÓN, UTILIZANDO LA ESCALA QUE SE INDICA ABAJO.  LA PRESENTE HOJA DE EVALUACIÓN SERÁ REMITIDA AL INSTITUTO CON EL PORTADOR (PRACTICANTE) O EN SU DEFECTO POR UN DOCENTE DESIGNADO LITERAL A B C D DIA DD MES MM AÑO AAAA
  • 32. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 32 SEMÁNTICA MUY BUENA BUENA ACEPTABLE DEFICIENTE III. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN CUALITATIVA A. ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO EVALUACION CUALITATIVA A-B-C-D 1 DEMUESTRA SEGURIDAD, HABILIDAD Y CAPACIDAD EN EL TRABAJO. 2 PROGRAMA ACCIONES CONVENIENTEMENTE EN SU TRABAJO. 3 DOSIFICA EL TIEMPO DE MANERA ÓPTIMA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS ENCOMENDADAS 4 CALIDAD, PRESENTACIÓN EN TAREAS CULMINADAS 5 UTILIZA ADECUADAMENTE LOS EQUIPOS, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS. B. CAPACIDAD TECNICO EMPRESARIAL 6 IDENTIFICA LA MISIÓN Y VISIÓN DE LA EMPRESA. 7 PLANTEA SUGERENCIAS PARA MEJORAR EL ORDEN, LIMPIEZA, Y SEGURIDAD DE LOS RECURSOS 8 DEMUESTRA LIDERAZGO 9 TOMA DECISIONES ACERTADAS Y OPORTUNAS 10 CREATIVIDAD PARA CONCEBIR, ORGANIZAR Y DIRIGIR PROYECTOS DE PRODUCCIÓN O PRESTACIÓN DE SERVICIOS. C. TRABAJO EN EQUIPO Y CUMPLIMIENTO 11 COOPERA CON LA CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS. 12 ES PUNTUAL CON LA ASISTENCIA 13 DISCIPLINADO EN LA REALIZACIÓN DE TAREAS. 14 DEMUESTRA INICIATIVA POR APRENDER COSAS NUEVAS. 15 COMPARTE Y RESUELVE PROBLEMAS CON LOS MIEMBROS DEL EQUIPO D. INICIATIVA Y CALIDAD EN LA EJECUCIÓN DE TAREAS Y ACTIVIDADES 16 SE COMUNICA ASERTIVAMENTE CON LOS DEMÁS 17 PARTICIPA ACTIVAMENTE EN LAS ACTIVIDADES EXTRA LABORALES (DEPORTIVOS Y/O CULTURALES) DE LA EMPRESA. 18 DEMUESTRA EMPATÍA Y UNA ACTITUD RECEPTIVA 19 REALIZA TAREAS NO ASIGNADAS COMO APOYO A SU COMPAÑERO Y AL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE LA ENTIDAD 20 EJECUTA ACCIONES DE ADIESTRAMIENTO ESPONTÁNEO A SUS COMPAÑEROS DE TRABAJO, CUANDO LO REQUIERE EL CASO. (LA SUMA TOTAL DE VALORES CUANTITATIVOS DIVIDIDOS ENTRE VEINTE (20) DEFINIRÁN EL GRADO DE ADQUISICIÓN DE CUALIFICACIONES LABORALES DEL PRACTICANTE, DESARROLLADOS EN EL MODULO O CONJUNTO DE UNIDADES DE COMPETENCIA INTEGRADAS EN EL ÁMBITO DE UNA FUNCIÓN PRODUCTIVAD. LA MISMA QUE DEBERÁ SER Y ENUNCIADA EN FORMA SEMÁNTICA, ASI COMO SU FORMA LITERAL, Y SU EQUIVALENTE NUMÉRICO). PONDERACION CUALIFICADA DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL MODULAR SEMÁNTICA ( ) LITERAL ( )
  • 33. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 33 FIRMA Y SELLO REPRESENTANTE EMPRESA ANEXO CONSTANCIA DE HABER REALIZADO SATISFACTORIAMENTE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES (POR LA EMPRESA O INSTITUCIÓN)
  • 34. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 34 CONSTANCIA DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES EL QUE SUSCRIBE, HACE CONSTAR LO SIGUIENTE: Que Don (ña) APELLIDOS Y NOMBRES________, alumno del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público PISCO, en la Carrera Profesional de ____________________________ ha realizado satisfactoriamente sus Prácticas Pre-Profesionales, referente al Módulo N° ___:_____________________________, con un total de ______ horas, efectuadas en el periodo del_____________ al_______________________. Se expide la presente constancia a solicitud del interesado, para los fines que estime conveniente. Pisco, _____ de ______________ del 2020. ___________________________________________ Firma y Sello del representante de la Empresa o Institución.
  • 35. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 35 ANEXO CONVENIO
  • 36. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 36 “Año ----------------------------------” CONVENIO DE PRÁCTICAS PRE – PROFESIONALES Conste por el presente convenio que celebra de una parte el INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO “PISCO” DE PISCO, representado por su Directora General -------------------------, identificada con DNI N° --- ------- con domicilio en la Av. Las Américas S/N con número telefónico 056-536860 con correo electrónico---------------------, de otra parte la Institución Educativa N° -----------. Representado por el ------------------------ con DNI N° -----------, con domicilio en-------- ------------------, teléfono ----------con Email ------------------- PRIMERO: El INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO”, como Institución Pública dependiente del Ministerio de Educación orienta su gestión hacia la formación y perfeccionamiento de los estudiantes de las Carreras Profesionales de PRODUCCION, AGROPECUARIA, CONTABILIDAD, ENFERMERIA TECNICA, COMPUTACION E INFORMATICA ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TURISTICAS Y HOTELERAS, ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE HOTELES Y RESTAURANTES, y que siendo necesario contar con un centro de prácticas para realizar las mismas en sus diferentes módulos y/o etapas. SEGUNDO: Dentro de la Programación Curricular de las diferentes Carreras Profesionales que oferta el INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO PISCO, se considera las practicas Pre – Profesionales de los participantes en tiempos determinados y en condiciones reales de trabajo las que se deben cumplir para poder obtener la certificación correspondiente en las Carreras Profesionales antes mencionadas. TERCERO: El -------------------------. Representado por el ------------------------- con DNI N° ----------------------, con domicilio en ------------------------------, teléfono ---------------- -- con Email -------------------- Posibilita a que los participantes de las Carreras antes
  • 37. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 37 mencionadas puedan hacer sus Prácticas Pre – Profesionales para lo cual se compromete en aceptar de acuerdo a sus necesidades, quienes deberán cumplir con las disposiciones, normas y horarios que establezca la Empresa. CUARTO: Los participantes que cumplan sus Prácticas Pre – Profesionales el representante ------------------------- con DNI N° -----------------, con domicilio en --------- ------------------, teléfono ----------------- con Email ---------------------------------- Podrá tomar decisiones para su calificación y desempeño que el practicante lo estará realizando en base a una ficha de calificación que es otorgado por el IEST Pisco. QUINTO: Las Practicas Pre – Profesionales de los participantes concluirán al término de concluir el total de las horas de los diferentes Módulos Profesionales, según la fecha de inicio, para la realización de las prácticas. El presente convenio podrá concluir antes de su vencimiento por decisión del representante ------------------- con DNI N° --------------------, con domicilio en ------------ -------, teléfono ----------------- con Email -------------------------------- SEXTO: El ------------------------- con DNI N° -------------, con domicilio en --------------- ----------, teléfono --------- con Email -------------------. Hace saber que el presente convenio no origina vínculo laboral con la otra parte. Se firma el presente convenio por ambas partes, en señal de conformidad el día --------------. ------------------------------------------------------------ ------------- ------------------- ------------------------------------------ DIRECTORA GENERAL DEL IEST PISCO EMPRESARIO
  • 38. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PISCO” REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES 38