La resolución enmienda determina si la monitora designada por el tribunal tiene la facultad de solicitar información al Departamento de Educación sin coordinar previamente con los representantes legales de las partes. Resuelve que la monitora tiene la facultad de requerir documentos e informes del Departamento para verificar el cumplimiento con la sentencia, pero que las reuniones con personal del Departamento deben coordinarse con antelación.