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REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-48-No.508-2013
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Considerando:
Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema
de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,
regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos
actores con la Función Ejecutiva"; acordó
Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El
Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería
jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa financiera y
operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna
del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la
Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana. (...)";
Que, el artículo 169, literal j), de la LOES, establece como atribución y deber del Consejo
de Educación Superior (CES): "Aprobar la creación de carreras y programas de
grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas";
Que, en ejercicio de las facultades previstas en los literales j) y u) del artículo 169 de la
LOES, el 18 de enero de 2012, el Pleno de este Consejo, mediante Resolución RPC-
SO-03-No.014-2012, expidió el Reglamento de Presentación y Aprobación de
Carreras y Programas de Grado y Postgrado de las Universidades y Escuelas
Politécnicas, el mismo que establece las normas que rigen la presentación y
aprobación de proyectos de creación de carreras y programas de grado y postgrado,
hasta el nivel de maestría, a ser impartidos por las universidades y escuelas
politécnicas;
Que, mediante Resolución RPC-SE-13-No.051-2013, de 21 de noviembre de 2013, el
Pleno del CES, expidió el nuevo Reglamento de Régimen Académico, que regula y
orienta el quehacer académico de las instituciones de educación superior en sus
diversos niveles de formación;
Que, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT),
mediante Oficio SENESCYT-SGES-2013-3938-CO, de 17 de octubre de 2013, remitió
al CES el informe técnico del proyecto presentado por la Universidad Politécnica
Estatal del Carchi (UPEC), para la creación de la carrera de Ingeniería en Logística,
modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, provincia del Carchi;
Que, la SENESCYT, mediante Oficio SENESCYT-SGES-2013-4118-CO, de 30 de octubre de
2013, remitió al CES el informe técnico del proyecto presentado por la UPEC, para la
creación de la carrera de Administración Pública, modalidad presencial. a impartirse
en la ciudad de Tulcán, provincia del Carchi;
Que, la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su
Sexagésima Sexta Sesión Ordinaria, realizada ellO de diciembre de 2013, una vez
Pá.ina 1 de 3 (J-
CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR
'. CES~!> -._-
analizados los informes técnicos de la Comisión, referentes a los proyectos
presentados por la UPECpara la creación de las carreras de Ingeniería en Logística y
Administración Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán,
mediante Acuerdo ACU-SO-66-N1307-2013, recomendó al Pleno del CES la
aprobación de las mismas, en base al contenido del indicado Acuerdo;
Que, una vez conocidos y analizados los informes elaborados por la Comisión Permanente
de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en relación a la aprobación de los
proyectos de creación de las carreras de Ingeniería en Logística y Administración
Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, presentadas por
la UPEC, se estima pertinente acoger el contenido del mismo;
Que, la aprobación del proyecto de la carrera de Ingeniería en Logística, modalidad
presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, presentada por la UPEC, es
fundamental, en virtud de que en su zona actualmente no existe una oferta
académica con sus características; en virtud de lo cual, su ejecución posibilitará, por
la ubicación geográfica en la que se impartirá, el potenciamiento del desarrollo del
mercado;
Que, la aprobación del proyecto de la carrera de Administración Pública, modalidad
presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, presentada por la UPEC, se estima
importante, debido a dado que no existe oferta académica igual en la provincia del
Carchi, ni en la zona a la que pertenece; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior.
RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los proyectos presentados por la Universidad Politécnica Estatal del
Carchi (UPEe) para la creación de las carreras de Ingeniería en Logística y Administración
Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, de conformidad con el
siguiente detalle:
UNIVERSIDAD
RPC-SO-48- INGENIERiA EN POLITÉCNICA INGENIERO/A TERCER
1074165552-No.508
LOGíSflCA ESTATAL DEL EN LOGíSTICA NIVEL
PRESENCIAL 11JLCÁN
-001 -2013
CARCHI
UNIVERSIDAD
RPC-SQ-48-
ADMINISTRACiÓN POLITÉCNICA ADMINISTRADO TERCER
1074165334-No.508
PÚBLICA R/A PÚBLlCO/A
PRESENCIAL 11JLCÁN
ESTATAL DEL NIVEL
-002 -2013
CARCHI
Artículo 2.- Las carreras aprobadas en el artículo precedente tendrán vigencia de un año,
contado a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de conformidad con la
Disposición Transitoria Segunda del Reglamento de Régimen Académico.
Av. República E7-226 y Diego de Almagro
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.· Notificar con el contenido de la presente Resolución a la Secretaría de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SEGUNDA,- Notificar con el contenido de la presente Resolución a la Universidad
Politécnica Estatal del Carchi.
DISPOSICiÓN TRANSITORIA
ÚNICA.- Una vez habilitada la plataforma informática del CES para la presentación de
proyectos de carreras, la UPEC podrá presentar los proyectos de nuevas carreras,
aj ustándose a los parámetros establecidos en el Reglamento de Régimen Académico.
DISPOSICiÓN FINAL
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su
publicación en la Gaceta Oficial del CES.
Dada en la Ciudad de San Francisco de Quito. D. M., en la Cuadragésima Octava Sesión
Ordinaria del Pleno del Consejo de Educación Superior, a los dieciocho (18) días del mes de
diciembre de 2013.
amírez Gallegos
SIDENTE
NSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
J!!!:.J:¿t/to-
•
Marcelo Calderón Vintimilla
SECRETARIO GENERAL
CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
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RPC-SO-48-No 508-2013

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RPC-SO-48-No 508-2013

  • 1. REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-48-No.508-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva"; acordó Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana. (...)"; Que, el artículo 169, literal j), de la LOES, establece como atribución y deber del Consejo de Educación Superior (CES): "Aprobar la creación de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas"; Que, en ejercicio de las facultades previstas en los literales j) y u) del artículo 169 de la LOES, el 18 de enero de 2012, el Pleno de este Consejo, mediante Resolución RPC- SO-03-No.014-2012, expidió el Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de Grado y Postgrado de las Universidades y Escuelas Politécnicas, el mismo que establece las normas que rigen la presentación y aprobación de proyectos de creación de carreras y programas de grado y postgrado, hasta el nivel de maestría, a ser impartidos por las universidades y escuelas politécnicas; Que, mediante Resolución RPC-SE-13-No.051-2013, de 21 de noviembre de 2013, el Pleno del CES, expidió el nuevo Reglamento de Régimen Académico, que regula y orienta el quehacer académico de las instituciones de educación superior en sus diversos niveles de formación; Que, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), mediante Oficio SENESCYT-SGES-2013-3938-CO, de 17 de octubre de 2013, remitió al CES el informe técnico del proyecto presentado por la Universidad Politécnica Estatal del Carchi (UPEC), para la creación de la carrera de Ingeniería en Logística, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, provincia del Carchi; Que, la SENESCYT, mediante Oficio SENESCYT-SGES-2013-4118-CO, de 30 de octubre de 2013, remitió al CES el informe técnico del proyecto presentado por la UPEC, para la creación de la carrera de Administración Pública, modalidad presencial. a impartirse en la ciudad de Tulcán, provincia del Carchi; Que, la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su Sexagésima Sexta Sesión Ordinaria, realizada ellO de diciembre de 2013, una vez Pá.ina 1 de 3 (J-
  • 2. CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR '. CES~!> -._- analizados los informes técnicos de la Comisión, referentes a los proyectos presentados por la UPECpara la creación de las carreras de Ingeniería en Logística y Administración Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, mediante Acuerdo ACU-SO-66-N1307-2013, recomendó al Pleno del CES la aprobación de las mismas, en base al contenido del indicado Acuerdo; Que, una vez conocidos y analizados los informes elaborados por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en relación a la aprobación de los proyectos de creación de las carreras de Ingeniería en Logística y Administración Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, presentadas por la UPEC, se estima pertinente acoger el contenido del mismo; Que, la aprobación del proyecto de la carrera de Ingeniería en Logística, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, presentada por la UPEC, es fundamental, en virtud de que en su zona actualmente no existe una oferta académica con sus características; en virtud de lo cual, su ejecución posibilitará, por la ubicación geográfica en la que se impartirá, el potenciamiento del desarrollo del mercado; Que, la aprobación del proyecto de la carrera de Administración Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, presentada por la UPEC, se estima importante, debido a dado que no existe oferta académica igual en la provincia del Carchi, ni en la zona a la que pertenece; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior. RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los proyectos presentados por la Universidad Politécnica Estatal del Carchi (UPEe) para la creación de las carreras de Ingeniería en Logística y Administración Pública, modalidad presencial, a impartirse en la ciudad de Tulcán, de conformidad con el siguiente detalle: UNIVERSIDAD RPC-SO-48- INGENIERiA EN POLITÉCNICA INGENIERO/A TERCER 1074165552-No.508 LOGíSflCA ESTATAL DEL EN LOGíSTICA NIVEL PRESENCIAL 11JLCÁN -001 -2013 CARCHI UNIVERSIDAD RPC-SQ-48- ADMINISTRACiÓN POLITÉCNICA ADMINISTRADO TERCER 1074165334-No.508 PÚBLICA R/A PÚBLlCO/A PRESENCIAL 11JLCÁN ESTATAL DEL NIVEL -002 -2013 CARCHI Artículo 2.- Las carreras aprobadas en el artículo precedente tendrán vigencia de un año, contado a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de conformidad con la Disposición Transitoria Segunda del Reglamento de Régimen Académico. Av. República E7-226 y Diego de Almagro Página 2 de 3t
  • 3. REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.· Notificar con el contenido de la presente Resolución a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. SEGUNDA,- Notificar con el contenido de la presente Resolución a la Universidad Politécnica Estatal del Carchi. DISPOSICiÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Una vez habilitada la plataforma informática del CES para la presentación de proyectos de carreras, la UPEC podrá presentar los proyectos de nuevas carreras, aj ustándose a los parámetros establecidos en el Reglamento de Régimen Académico. DISPOSICiÓN FINAL La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del CES. Dada en la Ciudad de San Francisco de Quito. D. M., en la Cuadragésima Octava Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo de Educación Superior, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de 2013. amírez Gallegos SIDENTE NSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR J!!!:.J:¿t/to- • Marcelo Calderón Vintimilla SECRETARIO GENERAL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Páe'ina 3 de 3 t2.