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Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 055 de 24 de enero de 2014
Elaborado en el marco del Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS
DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN
PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISION
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº LPI 007/2019-OFC
CUCE: 19-0291-00- 949189-1-1
(PRIMERA CONVOCATORIA)
SUPERVISIÓN TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL DE
LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE –
YAMPARAEZ
(CON CONDICIÓN SUSPENSIVA)
MAYO 2019
LA PAZ – BOLIVIA
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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CONTENIDO
1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN¡Error! Marcador no definido.
2. PROPONENTES ELEGIBLES...........................................¡Error! Marcador no definido.
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ¡Error!
Marcador no definido.
4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) ...¡Error!
Marcador no definido.
5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. ¡Error! Marcador no
definido.
6. GARANTÍAS ...............................................................¡Error! Marcador no definido.
7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS............¡Error! Marcador no definido.
8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES ... ¡Error! Marcador no
definido.
9. DECLARATORIA DESIERTA...........................................¡Error! Marcador no definido.
10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ....¡Error!
Marcador no definido.
11. RESOLUCIONES RECURRIBLES .....................................¡Error! Marcador no definido.
12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS ...................................¡Error! Marcador no definido.
13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ..................¡Error! Marcador no definido.
14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.. ¡Error! Marcador no
definido.
15. IDIOMA .....................................................................¡Error! Marcador no definido.
16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA.........................................¡Error! Marcador no definido.
17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.................................¡Error! Marcador no definido.
18. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL
PROPONENTE .......................................................................¡Error! Marcador no definido.
19. PROPUESTA ECONÓMICA.............................................¡Error! Marcador no definido.
20. PROPUESTA TÉCNICA..................................................¡Error! Marcador no definido.
21. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS .................................¡Error! Marcador no definido.
22. APERTURA DE PROPUESTAS........................................¡Error! Marcador no definido.
23. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS .....................................¡Error! Marcador no definido.
24. EVALUACIÓN PRELIMINAR ...........................................¡Error! Marcador no definido.
25. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO
¡Error! Marcador no definido.
26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD ......¡Error! Marcador no definido.
27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO ..... ¡Error! Marcador no
definido.
28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO ............ ¡Error! Marcador no
definido.
29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN ... ¡Error! Marcador no
definido.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA ...... ¡Error! Marcador no
definido.
31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS .¡Error! Marcador no definido.
32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO.......................................¡Error! Marcador no definido.
33. MODIFICACIONES AL CONTRATO..................................¡Error! Marcador no definido.
34. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA ...... ¡Error! Marcador no
definido.
35. CIERRE DEL CONTRATO...............................................¡Error! Marcador no definido.
36. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ...¡Error! Marcador no definido.
37. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ....... ¡Error! Marcador no
definido.
38. TÉRMINOS DE REFERENCIA .........................................¡Error! Marcador no definido.
39. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO .......................¡Error! Marcador no definido.
40. SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES.........¡Error! Marcador no definido.
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PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
SECCIÓN I
GENERALIDADES
1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de servicios de supervisión técnica se rige por el Decreto
Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de
Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente
Documento Base de Contratación (DBC).
2. PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
a) Empresas consultoras nacionales legalmente constituidas.
b) Asociación Accidental de empresas legalmente constituidas.
c) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales y extranjeras.
d) Empresas consultoras extranjeras legalmente constituidas y reconocidas
conforme a la legislación nacional.
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS
Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas:
3.1 Inspección Previa
La inspección es obligatoria para todos los potenciales proponentes.
El proponente deberá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar
establecidos en el presente DBC o por cuenta propia.
3.2 Consultas escritas sobre el DBC
Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC,
hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.
3.3 Reunión de Aclaración
Se realizará una Reunión de Aclaración en la fecha, hora y lugar señalados en el
presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas
sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser
tratadas en la Reunión de Aclaración.
Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales
proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de
la Reunión de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes
que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de los asistentes.
4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC)
4.1 La entidad convocante podrá ajustar el DBC con enmiendas, por iniciativa propia o
como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes de emitir la
Resolución de Aprobación del DBC.
Estas enmiendas deberán estar orientadas a modificar únicamente los Términos de
Referencia.
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4.2 El DBC será aprobado por Resolución expresa del RPC, misma que será notificada a
los potenciales proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las
NB-SABS.
5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez
(10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes
causas debidamente justificadas:
a) Enmiendas al DBC.
b) Causas de fuerza mayor.
c) Caso fortuito.
La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas
para la presentación de propuestas.
5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la
entidad convocante.
5.3 Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de
presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.
6. GARANTÍAS
6.1 Tipo de Garantías requerido
La entidad convocante, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-
SABS, podrá requerir los siguientes tipos de garantía:
a) Boleta de Garantía.
b) Garantía a Primer Requerimiento.
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
6.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando:
a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de
presentación de propuestas.
b) Se compruebe falsedad en la información presentada declarada en el
Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) Para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el
proponente adjudicado, no respalda lo señalado en su Formulario de
Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
d) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato uno o
varios de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de
Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el
retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente
justificadas y aceptadas por la entidad.
e) El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el
contrato en el plazo establecido salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito
u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
6.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo
no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos:
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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3
a) Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
b) Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento.
c) Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de
propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud.
d) Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de
Contratación.
e) Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación,
cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
f) Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado.
6.4 El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de
Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
7.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo
(fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
7.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier formulario de
Declaración requerido en el presente DBC.
b) Incumplimiento a la Declaración Jurada de Presentación de Propuesta
(Formulario A-1).
c) La falta de firma del personal propuesto Formulario Hoja de Vida del Gerente
(Formulario A-4) y Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-
5).
d) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones
establecidas en el presente DBC.
e) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la
evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto
Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
f) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica existiera
una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en
numeral con el monto expresado en literal.
g) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo
requerido en el presente DBC.
h) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta.
i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones
establecidas en el presente DBC.
j) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma
propuesta.
k) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
l) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
m) Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
n) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el
proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de
Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
o) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada no fuera
presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el
proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente el retraso, por
causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su
voluntad.
p) Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir
el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las
causales señaladas precedentemente.
8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
8.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad, los siguientes:
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a) Cuando los requisitos, condiciones y documentos y formularios de la propuesta
cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma que no inciden en
la validez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén
claramente señalados en el presente DBC.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo la Comisión
de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el
Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos
para la suscripción del contrato.
8.2 Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los
siguientes:
a) La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC.
b) La falta de firma del proponente, en el formulario de Presentación de Propuesta
(Formulario A-1).
c) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.
d) La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando la
evaluación sea por el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo,
donde el proponente no presenta la propuesta económica.
e) La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
f) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea.
g) La presentación de una Garantía diferente a la solicitada por la entidad
convocante, salvo que el tipo de garantía presentada sea de mayor solvencia.
h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor
al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no
supere el cero punto uno por ciento (0.1%).
i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al
solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere
los dos (2) días calendario.
j) Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de
Propuesta (Formulario A-1)y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta.
9. DECLARATORIA DESIERTA
El RPC declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el
Artículo 27 de las NB-SABS.
10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la
suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de
acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
11. RESOLUCIONES RECURRIBLES
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente
contra las resoluciones establecidas en el inciso a), del parágrafo I, del Artículo 90 de las
NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus
legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-
SABS.
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SECCIÓN II
PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en
el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos.
13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Todo el proceso de contratación, incluyendo los pagos a realizar, deberá efectuarse en
bolivianos.
Para Convocatorias Internacionales, los precios de la propuesta podrán ser expresados en
moneda extranjera. Los pagos se realizarán en moneda nacional, al tipo de cambio oficial
de comprade la moneda extranjera establecido por el Banco Central de Bolivia, en la fecha
de pago.
14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que
demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera
fuese su resultado, son asumidos exclusivamente por cada proponente, bajo su total
responsabilidad y cargo.
15. IDIOMA
La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien
entre el proponente y el convocante, deberán presentarse en idioma castellano.
16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA
16.1 La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario,
desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. En Convocatorias
Internacionales, la propuesta deberá tener una validez no menor a noventa (90)
días calendario.
16.2 En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o
interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante,
podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas,
disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se
considerará lo siguiente:
a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud será excluido del proceso, no
siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta.
c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá
necesariamente presentar una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de
su propuesta.
17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Todos los Formulario de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en
Declaraciones Juradas.
17.1 Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución
legal y su forma de participación, son:
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a).
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c) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-
3).
d) Formulario de Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
e) Formulario de Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
f) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6).
g) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco
por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente que exceda en
treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta establecida en el
presente DBC; y que cumpla con las características de renovable irrevocable y
de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo,
la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por
ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
17.2 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse
diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada
Asociado.
17.2.1 La documentación conjunta a presentar, es la siguiente
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b).
c) Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
d) Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
e) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6).
f) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero
punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del
proponente, que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de
validez de la propuesta, establecida en el DBC. Esta Garantía podrá
ser presentada por uno o más proponentes que conformarán la
Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de
renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de
la entidad convocante y cubra el monto requerido.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de
Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será
equivalente cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo
determinado por la entidad.
17.2.2 Cada asociado,en forma independiente, deberá presentar la siguiente
documentación:
a) Formulario de Identificación del Proponente para integrantes de la
Asociación Accidental (Formulario A-2b).
b) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente
(Formulario A-3).
La experiencia para Asociaciones Accidentales, será la suma de las
experiencias individualmente declaradas por las empresas que
integrarán la Asociación.
18. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL
PROPONENTE
18.1 Experiencia General y Específica del Proponente.
18.1.1 La experiencia del proponente será computada considerando los contratos
de supervisión técnica ejecutados durante los últimos diez (10)años, que
deberán ser acreditados con el certificado de cumplimiento de contrato o
su equivalente.
La experiencia general es el conjunto de servicios de supervisión técnica
realizados y la experiencia específica es el conjunto de servicios de
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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supervisión técnica similares al servicio de supervisión técnica objeto de la
contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no
viceversa, consiguientemente, los servicios de supervisión técnica similares
pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general.
18.1.2 En los casos de Asociación Accidental, la experiencia general y específica,
serán la suma de las experiencias individualmente demostradas por las
empresas que integran la Asociación.
18.1.3 La suma de los montos percibidos por la experiencia general señalada,
será calificada conforme los puntajes definidos en el Formulario V-2
Evaluación de la Propuesta Técnica.
18.1.4 Las áreas de experiencia específica de supervisión técnica que se
requieran, deberán ser definidas, por la entidad convocante, en el numeral
38 del presente DBC.
La entidad convocante debe establecer el tiempo mínimo requerido para la
validez de cada servicio de supervisión técnica conforme el numeral 40 del
presente DBC. El tiempo mínimo requerido para el servicio de supervisión
técnica, no deberá ser mayor a la mitad del tiempo estimado de realización
del servicio de supervisión técnica objeto de contratación.
18.1.5 Los servicios de supervisión técnica que cumplan con los requisitos
solicitados tanto de área de experiencia, como de tiempo mínimo de
ejecución, requeridas en el numeral 40; podrán ser considerados como
válidos para la evaluación en el Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta
Técnica.
18.2 Experiencia General y Específica del Personal Clave.
18.2.1 La experiencia del personal clave será computada considerando el conjunto
de contratos en los cuales el profesional ha desempeñado cargos similares
o superiores al requerido por la entidad convocante, que podrán ser
acreditados con certificado suscrito por la empresa o entidad para la cual
ha desempeñado el cargo declarado u otros documentos que avalen esta
participación.
La experiencia general es el conjunto de cargos iguales o superiores,
desarrollados por el personal clave en la ejecución de obras o supervisión
técnica, independientemente
del tipo de obra y la experiencia específica es el conjunto de cargos, en
supervisión técnica, que sean similares al objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no
viceversa. Esto quiere decir que los cargos en servicios de supervisión
técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia
general; sin embargo, los cargos en servicios de supervisión técnica en
general no pueden ser incluidos como experiencia específica.
18.2.2 La valoración de Experiencia Específica mínima requerida para el personal
clave deberá efectuarse considerando las condiciones de formación, cargo
a desempeñar, áreas de especialización y experiencia específica
requeridas, para el personal clave, en el numeral 39 del presente DBC
18.2.3 Para la calificación de Cursos o Seminarios del personal clave se
consideran las Áreas de Especialización establecidas por la entidad
convocante en el numeral 39 y la duración mínima de los mismos.
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19. PROPUESTA ECONÓMICA
Los proponentes deben presentar los siguientes documentos de la propuesta económica:
a) Propuesta Económica (Formulario B-1)
b) Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica (Formulario B-2).
c) Honorarios Mensuales del Personal Asignado (Formulario B-3).
d) Detalle de Alquileres y Misceláneos (Formulario B-4).
Cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo el
proponente no deberá presentar propuesta económica y si ésta hubiese sido presentada
no será considerada en la evaluación.
20. PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta técnica debe incluir:
a) Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1).
b) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
SECCIÓN III
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
21. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
21.1 Forma de presentación
21.1.1 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva
transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante,
citando el Número de Licitación, el Código Único de Contrataciones
Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
21.1.2 La propuesta deberá ser presentada en un ejemplar original y una copia,
identificando claramente el original.
21.1.3 El original de la propuesta deberá tener sus páginas numeradas, selladas y
rubricadas por el proponente, con excepción de la Garantía de Seriedad de
Propuesta.
21.1.4 La propuesta deberá incluir un índice, que permita la rápida ubicación de
los Formularios y documentos presentados.
21.2 Plazo y lugar de presentación:
21.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora)
fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC.
Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del
plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación
de propuestas, hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto.
21.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado
(Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su
propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.
21.3 Modificaciones y retiro de propuestas
21.3.1 Las propuestas presentadas solo podrán modificarse antes del plazo límite
establecido para el cierre de presentación de propuestas.
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Para este propósito, el proponente deberá solicitar por escrito la
devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia
escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
21.3.2 Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por
el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de
propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
21.3.3 Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas,
modificadas o alteradas de manera alguna.
22. APERTURA DE PROPUESTAS
22.1 La apertura de las propuestas será efectuada en acto público por la Comisión de
Calificación, inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de
propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia
de los proponentes o sus representantes que hayan decidido asistir, así como los
representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir
propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC,
que la convocatoria sea declarada desierta.
22.2 El Acto de Apertura comprenderá:
a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones
realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas, según el
Acta de Recepción.
Si hubiere lugar, se informará sobre los Recursos Administrativos de
Impugnación interpuestos contra la Resolución que aprueba el DBC.
b) Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas
dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes
y el precio total de sus propuestas económicas, excepto cuando se aplique el
método de selección y adjudicación de presupuesto fijo, donde el proponente
no presenta propuesta económica.
c) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la
metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente.
La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada
propuesta original, excepto la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Cuando no se ubique algún Formulario o documento requerido en el presente
DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del
proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o
aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su
representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura.
d) Registro, en el Formulario V–2, del nombre del proponente y del monto total de
su propuesta económica, excepto cuando se aplique el método de selección y
adjudicación de presupuesto fijo, donde el proponente no presenta propuesta
económica.
Cuando existan diferencias entre el monto literal y numeral de la propuesta
económica, prevalecerá el literal sobre el numeral.
e) Elaboración del Acta de Apertura, que debe ser suscrita por todos los
integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los
proponentes asistentes, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia
del Acta.
Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas
en el Acta.
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22.3 Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente,
siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de
evaluación.
Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse
de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
22.4 Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida, por la
Comisión de Calificación al RPC, en forma inmediata para efectos de eventual
excusa.
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN y ADJUDICACIÓN
23. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos
de Selección y Adjudicación:
a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo.
b) Calidad.
c) Presupuesto Fijo.
d) Menor Costo.
(Una vez definido el Método de Selección y Adjudicación, deberá suprimirse el
texto de los otros Métodos manteniendo la numeración y el título, colocando al
lado del título, el siguiente texto “No aplica este Método”).
24. EVALUACIÓN PRELIMINAR
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, la Comisión de Calificación
determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento
sustancial y la validez de los Formulario de la Propuesta yla Garantía de Seriedad de
Propuesta, utilizando el formulario V-1 correspondiente.
25. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y
COSTO
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: Propuesta Económica ) : 30 puntos
SEGUNDA ETAPA: Propuesta Técnica ) : 70 puntos
25.1 Evaluación del Costo o Propuesta Económica
25.1.1 Errores Aritméticos.
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica
en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y
literal, prevalecerá el literal;
b) Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos
por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la
propuesta será descalificada.
A la propuesta ajustada de menor valor se le asignará treinta (30)
puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje
inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
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Donde:
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación
Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
25.2 Evaluación Propuesta Técnica.
Las propuestas técnica contenida en los Formularios C-1, A-3, A-4 y A-5, será
evaluada aplicando el Método CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la
Metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos.
Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el
Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, de
acuerdo con el Formulario V-3.
El puntaje de la evaluación de la Propuesta Técnica , será el resultado final
obtenido de la aplicación de los Formularios C-1, A-3, A-4, A-5 y C-2, utilizando el
Formulario V-3.
Las propuestas que en la evaluación de la Propuesta Técnica ( ) no alcancen el
puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
25.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas las propuestas económica y técnica de cada propuesta se
determinará el puntaje total de cada una de ellas, utilizando el Formulario V-4,
de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
La Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que
obtuvo el mayor puntaje total ).
26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD “No aplica este Método”
27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO “No aplica este
Método”
28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO “No aplica este
Método”
29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta,
deberá contener mínimamente lo siguiente:
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a) Nómina de los proponentes.
b) Cuadros de Evaluación.
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
f) Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes.
30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
30.1 El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o
Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá
la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
30.2 En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o
sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos
a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o
Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y
Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la
recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la
Contraloría General del Estado.
30.3 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá
mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados.
b) Los resultados de la calificación.
c) Causales de descalificación, cuando corresponda.
d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
30.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los
proponentes, de acuerdo con en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación,
deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación
de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS
Una vez adjudicada la contratación, la MAE, el RPC, la Comisión de Calificación y el
proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la
magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita, aspecto que deberá ser
señalado en el Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas.
La Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, no dará lugar a ninguna modificación
del monto adjudicado.
En caso de que el proponente adjudicado no acepte las condiciones técnicas demandadas
por la entidad, se continuara con las condiciones técnicas adjudicadas.
SECCIÓN V
SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL CONTRATO
32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
32.1 El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los
originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario
de Presentación de Propuestas (Formulario A-1)excepto aquella documentación
cuya información se encuentre consignada en el Certificado del RUPE.
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Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE
presentado por el proponente, ingresando el código de verificación del Certificado
en el SICOES.
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que
no deberá ser menor a diez (10) días hábiles, computables a partir del vencimiento
del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación.
Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen o
cuando estos participen en una Asociación Accidental el plazo no deberá ser menor
a quince (15) días hábiles, considerando la necesidad de legalizaciones y
traducciones, cuando sea el caso.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo
otorgado, el proceso deberá continuar.
32.2 En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la
presentación de uno o varios documentos requeridos para la suscripción del
contrato, por causas de fuerza mayor o caso fortuito u otras causas debidamente
justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación
de documentos.
32.3 Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el
contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la
siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del
desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas
debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su
Garantía de Seriedad de Propuesta y se informará al SICOES, en cumplimiento al
inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS.
Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez
vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la
propuesta; sin embargo, no corresponde el registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los
documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones
requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro
en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la
propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
En los dos casos señalados precedentemente, el RPC deberá autorizar la
modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la
Resolución de Adjudicación.
32.4 En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la
Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%)
del anticipo solicitado.
33. MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación
a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o
varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%)
del monto del contrato principal.
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SECCIÓN VI
ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y CIERRE DE CONTRATO
34. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
La entrega de los resultados de la supervisión técnica deberá efectuarse cumpliendo con
las estipulaciones del contrato suscrito y de sus partes integrantes, que incluyen los
Términos de Referencia y el cronograma de presentación de los resultados de la
supervisión técnica.
La entidad contratante deberá establecer, en los Términos de Referencia, el plazo máximo
para la aprobación de los resultados de la supervisión técnica.
35. CIERRE DEL CONTRATO
Una vez emitido, por la Contraparte, el Informe Final de Conformidad, la Unidad
Solicitante, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás
estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades (si corresponde),
la devolución de garantía(s) y emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
SECCIÓN VII
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende
solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del
proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia,
estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.
Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la
entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá
contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de
entrega.
Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos
financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública
y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo.
Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una
obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados
en un Contrato.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de
supervisión técnica, mediante convocatoria pública.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad propia del proponente adjudicado, de
suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la
realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los
aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del
servicio.
Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido
contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en
representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor.
Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el
alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una
descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de
cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos
planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta.
Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la
entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica.
Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará
para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados.
Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de
trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en
el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para
llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado.
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Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del
contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece
a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista.
Proponente: Es la persona jurídica que muestra interés en participar en la licitación pública y
solicita el Documento Base de Contratación. En una segunda instancia, es la persona jurídica
que presenta una propuesta dentro de la licitación pública.
Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa
contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante
para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del
Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de
consultoría de acompañamiento.
Supervisor: Es la empresa consultora que ha sido o será contratada por el Contratante, para
que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.
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PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
36. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
1. DATOS DE LA CONTRATACIÓN
CUCE : 1 9 - 0 2 9 1 - 0 0 - 9 4 9 1 8 9 - 1 - 1
Objeto de la contratación : SUPERVISION TECNICA, AMBIENTAL DE LA CONSTRUCCION DE LA
DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ
(CON CONDICION SUSPENSIVA)
Modalidad : Licitación Pública
Código de la entidad para
identificar al proceso
: LPI 007/2019-OFC
Gestión : 2019
Precio Referencial :
Bs. 19.664.051,00 (Diecinueve Millones Seiscientos Sesenta y Cuatro Mil
Cincuenta y Un 00/100 Bolivianos)
Plazo para la ejecución de la
Supervisión
:
1025 días
calendario a
partir de la Orden
de Proceder.
Método de Selección y
Adjudicación
:
X a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo b) Calidad
c) Presupuesto Fijo c) Menor Costo
Tipo de convocatoria : a) Convocatoria Pública Nacional X b) Convocatoria Pública Internacional
Forma de Adjudicación : X Por el total
Tipo de garantía requerida
para la Garantía de Seriedad
de Propuestas
X a) Boleta de Garantía
: b) Garantía a Primer Requerimiento
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento
Tipo de Garantía requerida
para el Cumplimiento de
Contrato
x a) Boleta de Garantía
b) Garantía a Primer Requerimiento
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento
Señalar con que presupuesto
se inicia el proceso de
contratación
:
x a) Presupuesto de la gestión en curso.
b) Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciará una vez promulgada la
Ley del Presupuesto General del Estado de la siguiente gestión)
Organismos Financiadores : # Nombre del Organismo Financiador
(de acuerdo al clasificador vigente)
% de Financiamiento
1 CAF 80
2 APORTE LOCAL 20
2. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre de la Entidad : ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS
Domicilio
(fijado para el proceso de contratación)
: Ciudad Zona Dirección
LA PAZ CENTRAL
Av. Mariscal Santa
Cruz esq. Calle Oruro.
Edif. Centro de
Comunicaciones, Piso
8
Teléfono : 2159800
Fax : 2159840
Correo electrónico : rhuanca@abc.gob.bo
3 PERSONAL DE LA ENTIDAD
Máxima Autoridad Ejecutiva
(MAE) :
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo
Sanchez Escobar
Arturo
Vladimir
Presidente Ejecutivo a.i.
Responsable del Proceso de
Contratación (RPC) :
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo
Antezana Meruvia Eyber Omar Gerente Nacional Tecnico
Encargado de atender consultas :
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo
Huanca Condori
Remberto
Grover
Ingeniero I
4 SERVIDORES PÚBLICOS QUE OCUPAN CARGOS EJECUTIVOS HASTA EL TERCER NIVEL JERÁRQUICO DE
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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LA ESTRUCTURA ORGÁNICA SON:
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo
Sanchez Escobar Arturo Vladimir Presidente Ejecutivo a.i.
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo
Antezana Meruvia Eyber Omar Gerente Nacional Técnico
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo
Peñaranda Suarez Jenny Paula Gerente Nacional Jurídico
37. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de los Servicios de Supervisión Técnica se sujetará al siguiente
Cronograma de Plazos:
ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR
1. Publicación del DBC en el SICOES :
Día Mes Año
16 05 2019
2 Inspección Previa (si corresponde) :
Día Mes Año Hora Min.
23 05 2019 10 00
Previa Coordinación con la
Regional Chuquisaca
3 Consultas Escritas (fecha límite) :
Día Mes Año
27 05 2019
ABC – Oficina Central, Ed.
Centro de Comunicaciones La
Paz, Piso 8 Ventanilla Única
4 Reunión de Aclaración :
Día Mes Año Hora Min.
29 05 2019 15 30
ABC – Oficina Central, Ed.
Centro de Comunicaciones La
Paz, Piso 8 Área de
Contrataciones
5
Aprobación del DBC con las enmiendas
si hubieran (fecha límite)
:
Día Mes Año
03 06 2019
6
Notificación de aprobación del DBC
(fecha límite)
:
Día Mes Año
05 06 2019
7
Presentación y Apertura de Propuestas
(Fecha límite)
:
Día Mes Año Hora Min.
25 06 2019
Presentación:
15:00
Apertura:
15:30
Presentación y Apertura:
ABC – Oficina Central, Av.
Mariscal Santa Cruz, Edif.
Centro de Comunicaciones La
Paz, piso Nº 8, Área de
Contrataciones
8
Informe de Evaluación y
Recomendación de Adjudicación o
Declaratoria Desierta (fecha límite)
:
Día Mes Año
02 07 2019
9
Adjudicación o Declaratoria Desierta
(fecha límite)
:
Día Mes Año
05 07 2019
10
Notificación de la adjudicación o
declaratoria desierta (fecha límite)
:
Día Mes Año
09 07 2019
11
Presentación de documentos para
suscripción de contrato (fecha límite)
:
Día Mes Año
05 08 2019
12 Suscripción de contrato (fecha límite) :
Día Mes Año
14 08 2019
Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-
SABS
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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38.TERMINOS DE REFERENCIA
38.1 ANTECEDENTES
La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) tiene como misión la planificación y la gestión de la
Red Vial Fundamental, que comprende planificar, administrar, construir, mantener y operar las rutas
que conectan las principales capitales de los departamentos, así como rutas internacionales, para
posibilitar servicios de transporte terrestre eficientes, seguros y económicos.
En el contexto nacional de desarrollo vial, la Administradora Boliviana de Carreteras tiene como función
principal la administración de la pavimentación de la Red Fundamental que conecta principales capitales
de los Departamentos así como rutas internacionales, para posibilitar la integración nacional y la
integración de la economía boliviana al comercio exterior.
Sobre la base de los lineamientos de la estrategia nacional de transporte, inmerso en el Plan Nacional de
Desarrollo Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien, está llevando a cabo
diversos proyectos para el estudio, construcción y mejoramiento de infraestructura vial que permita la
vinculación entre las capitales de Departamento, por medio de la Red Vial Fundamental, de una forma
cómoda y segura durante todas las épocas del año.
El tramo carretero: "SUCRE - YAMPARAEZ", al formar parte de la Ruta Fundamental No. 006, se
encuentra considerada como prioridad nacional dentro del Plan Vial de la Administradora Boliviana de
Carreteras (ABC), integrando así al Departamento de Chuquisaca, en el contexto de la economía
nacional. Dentro de la estrategia de desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia, se tiene la
vinculación e integración caminera, a través de la construcción de infraestructura vial, razón por lo que
la construcción de la DOBLE VÍA: "SUCRE - YAMPARAEZ", es de vital importancia para el Departamento
de Chuquisaca; consecuentemente para el Estado Plurinacional de Bolivia, encontrándose entre las
prioridades, para el desarrollo de la producción y la integración de las comunidades por la que atraviesa
esta Doble Vía.
El Proyecto se plantea como parte de la aplicación de la política gubernamental de avanzar en integrar y
conectar al país en el marco de su planificación de desarrollo - Plan de Desarrollo Económico y Social
2016-2020-, en el cual se consignan carreteras de doble vía, producto del mayor crecimiento
experimentado por el país en estos últimos años, y el incremento del comercio y desarrollo.
La carretera propuesta es de vital importancia para el desarrollo del departamento de Chuquisaca y para
la mejora de la Diagonal Jaime Mendoza, sobre la cual CAF ha participado del financiamiento de diversos
tramos a lo largo de casi toda su extensión. Su construcción favorece el turismo hacia Sucre, ciudad
histórica de belleza colonial, ya que constituye una conexión directa al aeropuerto internacional de
Alcantarí.
El objetivo a corto plazo tiene una relación directa con la implementación del proyecto, ya que la
reducción de la accidentalidad en el tramo, con la construcción de una vía paralela a la actual permitirá
la circulación independiente para cada sentido a velocidades de operación superiores a las actuales,
evitando los accidentes de tránsito.
38.2 UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA CARRETERA
El tramo Sucre – Yamparaez, se encuentra ubicado en el departamento de Chuquisaca, correspondiente a
la ruta F-06 de la Red Vial Fundamental, siendo uno de los tramos carreteros más importantes del Dpto.
de Chuquisaca, ruta vial que conecta con las poblaciones de Tarabuco, Zudáñez, Padilla, Monteagudo y
otras poblaciones, con lalitud sur 19°04’24” y 65°14’25” longitud oeste de la ciudad de Sucre y 19°11’09”
latitud sur y 65°06’53” longitud oeste de la población de Yamparaez, conforme establece el Decreto
Supremo DS 25134 del sistema Nacional de Carreteras, la denominada Ruta Fundamental Nº 06 (F6) De
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La Red Vial Fundamental del País.
La vía actual tiene una longitud aproximada de 23.750 km, su inicio al término de la Avenida del Ejército
Nacional en Sucre y finaliza pasando la población de Yamparaez - en la primera intersección con un
camino rural con alturas que oscilan entre los 2.945,00 m.s.n.m. a los 3.155,00 m.s.n.m.
Las coordenadas de inicio y de fin del tramo:
Inicio: Km 345+320 Coordenada Norte
7889522
Coordenada Este
264265
Cota
2945msnm
Fin: Pob. Yamparaez Km 371+143.963 Coordenada Norte
7877256
Coordenada Este
277623
Cota 3155
msnm
El tramo se inicia saliendo de la ciudad de Sucre para luego llegar a la intersección del ingreso al
Aeropuerto de Alcántari y culminar en la población de Yamparaez.
38.3 OBJETIVO E IMPORTANCIA DEL PROYECTO
En el contexto nacional de desarrollo vial, la ABC creada mediante Ley N° 3507 del 27 de octubre de
2006; tiene como misión institucional la integración territorial del País a través de la gestión de la Red
Vial Fundamental (RVF). Sus actividades se enmarcan en la planificación, administración, estudios,
diseños, construcción, mantenimiento, conservación y operación; con el fin de contribuir al logro de
servicios de transporte terrestre eficiente, seguro y económico.
La fase de preparación de proyectos viales tiene como finalidad establecer la información necesaria para
la identificación caracterización y selección de la mejor alternativa a un problema o necesidad
detectada; en aras de establecer la mejor asignación de recursos públicos en la perspectiva del
bienestar económico y social del país.
En este sentido, surge la necesidad de encarar la Construcción de la Doble Vía Sucre Yamparaez
(RVF 006) permitiendo la circulación cómoda eficiente y segura.
Gran parte del tramo carretero Yamparaez - Sucre, corresponden a una carretera de montaña, que
atraviesa sectores de cadena montañosa donde las características topográficas e hidrológicas del
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lugar provocan arrastre de materiales y constantes derrumbes durante la época de lluvias, de forma
general en estos sectores montañosos los taludes son pronunciados.
A la fecha el nuevo Aeropuerto de Alcántari se encuentra en etapa de operación, el mismo cubre los
servicios y amplió la capacidad del actual Aeropuerto Juana Azurduy de Padilla debido a sus limitaciones
de operación.
38.4 OBJETIVOS DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL
El objetivo de los Servicios de Supervisión Técnica, Ambiental y Social, realizar el seguimiento y control
en la construcción de la obra, para lograr la óptima ejecución del Proyecto de “CONSTRUCCION
DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ”.
Las tareas principales de la supervisión técnica son:
 Replantear la Obra.
 Supervisar, controlar y verificar la calidad de los trabajos de construcción realizados por el
Contratista de acuerdo a los planos y Especificaciones Técnicas Generales y Especiales del
contrato de construcción, asegurando en todo momento el empleo de las técnicas,
procedimientos y materiales de la más alta calidad.
 Realizar el seguimiento y verificación de la parte Técnica, Ambiental y Financiera de la
construcción del Proyecto
 Realizar el seguimiento y control de la documentación generada en Obra por el constructor de
acuerdo a documentos de contrato.
 Realizar la Auditoria de Seguridad Vial
 Realizar un plan de Manejo de Trafico (Preliminar)
 Revisar y complementar (de ser necesario) los diseños de ingeniería incorporando las
recomendaciones de la Auditoria Vial.
 Realizar el Manejo y seguimiento de los aspectos inherentes a la seguridad vial durante la
construcción.
 Elaborar los planes y/o programas requeridos por el financiador, además de su implementación y
posterior seguimiento.
 Recomendar y efectuar las Recepciones de Obra de conformidad a lo contractualmente
establecido.
 Elaborar los planos de “Obra Concluida” conteniendo todas las mejoras o posibles modificaciones
que se ejecutaron en obra.
 Presentar el Informe Final, que incluya el plan de mantenimiento que se aplicará posterior a la
entrega definitiva de la obra.
 Realizar el control y seguimiento de todos los Aspectos Ambientales y Sociales requeridos por
CAF.
 Cierre del Proyecto.
38.5 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONSTRUCCIÓN
La tabla siguiente muestra una relación de los parámetros de diseño adoptados en el proyecto.
PARÁMETROS DE DISEÑO
Categoría de la Vía Camino
Clasificación funcional Colector
Código Tipo C (4)-60 C (4)-80
Trafico Promedio Diario “TPD” > 43.600 (Proyectado)
Control de Accesos Parcial
Número de calzadas 2
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Número de carriles 4 (dos por sentido)
Velocidad de Proyecto 60 km/h 80 km/h
Radio mínimo (curvas horizontales) 120 m 250 m
Radio mínimo Absoluto 124.5 m 255 m
Peralte Máximo 7 %
Parámetro “A” mínimo (espirales) 86.43 133.60
Longitud mínima de espiral 60 m 70 m
Longitud máxima de espiral 120 m 140 m
Pendiente longitudinal Máxima 8 % 8 %
Longitud mínima curvas verticales 60 m 80 m
Parámetro “k” en curvas verticales convexas 12/14.5/18 30/35.5/44
Parámetro “k” en curvas verticales cóncavas 14 25
Ancho de Carril 3.50 m
Ancho de bermas Internas 0.70 m 1.20 m
Ancho de bermas Externas 1.00 m 2.00 m
Sobre Ancho de Plataforma 0.50 m 0.50 m
Bombeo de los carriles 2.50 %
Bombeo de las bermas 2.50 %
Ancho del Cantero 2.00 m 3.00 m
Longitud de recta mínima en curvas consecutivas tipo “S” 84 m 112 m
Longitud de recta mínima en curvas consecutivas tipo ovoide 85/50 m 110/90 m
Coeficiente de fricción transversal 0.165 0.132
Longitud de arco mínima en curvas circulares horizontales
para 9 grados
17 m 35 m
Longitud de arco mínima en curvas circulares horizontales
para 20 grados
38 m 78 m
Velocidad de Diseño
Se verifica la velocidad de diseño seleccionada considerando la clasificación de la carretera, así como la
incidencia de los tramos adyacentes (inmediato anterior e inmediato posterior). En conclusión las
velocidades de diseño aplicadas son:
 En tramos rurales bidireccionales de dos carriles Vel = 80 km/h, verificando parámetros para velocidad
de 100 km/h
 En tramos urbanos unidireccionales de dos carriles Vel = 60 km/h, tramos en doble vía, verificando
parámetros para velocidad de 80 km/h. La velocidad es restringida debido a la cualidad urbana de los
segmentos.
Las velocidades de diseño señaladas, han sido empleadas cada una en el segmento correspondiente.
Dada la cualidad ganadera de la región y siendo que es común el paso de ganado por sobre la
plataforma es no-conveniente incentivar operaciones viales a elevadas velocidades, en los tramos
rurales, por lo que se recomienda restringir la velocidad máxima a 80 km/h vía señalización vertical.
Misma situación se presenta en tramos urbanos, donde la densidad de la circulación peatonal y el tráfico
urbano interno requieren de operaciones a velocidades controladas para garantizar la seguridad física de
las personas. Para este segmento se recomienda restringir la velocidad a 50 km/h.
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Secciones de terraplén y corte
Sección tipo A
Sección tipo B
Sección tipo C
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Sección Típica Rural 60 km/h
Sección Típica Rural 80 km/h
Diseño de Pavimentos
Aplicando los parámetros correspondientes, como el índice de servicialidad del proyecto, confiabilidad,
coeficientes de drenaje, estimación del módulo resiliente de la subrasante, coeficientes estructurales de las
capas, detallados en el cuadro, se verificó la estructura de pavimento según el siguiente cuadro resumen:
CARACTERÍSTICAS DE LAS CAPAS DEL PAVIMENTO
CAPA DESCRIPCIÓN ESPESOR CARACTERÍSTICAS
Capa de
Rodadura
Concreto Asfáltico
modificada con polímeros
tipo SBS
7.5 cm Mezcla de Concreto Asfáltica
Mezclada en Caliente.
Bermas Concreto Asfáltico
modificada con polímeros
tipo SBS.
3 cm Mezcla de Concreto Asfáltica
Mezclada en Caliente.
Capa Base Capa estabilizada
Granulométricamente con
material triturado
20 cm Grado de compactación 100% del
proctor modificado CBR > 80 %
Capa Sub
Base
Capa estabilizada
Granulométricamente con
material seleccionado
30 cm Grado de compactación 97% del
proctor modificado CBR > 40 %
Subrasante
Mejorada
Suelo seleccionado 20 cm Grado de compactación 95% del
proctor modificado CBR > 20%
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Diseño Hidráulico y de Drenaje
El escurrimiento de agua aportada por las cuencas adyacentes a la carretera requiere de obras que permitan
conducir y controlar las mismas, de tal forma que estas no afecten la estructura y el desarrollo de su
alineamiento, las obras de drenaje menor son las obras que recolectan las aguas y las conducen a las obras
de descarga, el presente estudio tiene por objeto la evaluación hidráulica y pre diseño de obras de
drenaje menor que garanticen la eliminación segura y rápida de las aguas resultantes de las
precipitaciones.
Solución Planteada
Nro.
Ubicaci
ón
Tipo
Dimensió
n
Longitud
Estimada
(m)
Pendiente
Estimada
(%)
Caudal
Diseño
(m3/s)
Caudal
Verificació
n (m3/s)
Velocidad
(m/s)
Obser
vacion
es
ALC-01
345+52
4
ASCH 1.5x1.5 20 0.7 0.46 0.49 0.8 Nuevo
ALC-02
345+92
0
ASCH 1.5x1.5 20 0.7 2.46 2.63 1.1 Nuevo
ALC-03
346+71
4
ASCH 1.5x1.5 28 0.7 1.52 1.63 1.7 Nuevo
ALC-04
347+19
4
ASCH 1.5x1.5 29 0.7 2.04 2.18 2.9 Nuevo
ALC-05
347+74
5
ASCH 1.5x1.5 31 5 0.56 0.6 0.9 Nuevo
ALC-06
347+98
4
ASCH 1.5x1.5 33.5 5 0.56 0.6 2.7 Nuevo
ALC-07
348+21
0
ASCH 1.5x1.5 26 0.7 1.31 1.4 1.5 Nuevo
ALC-08
348+67
2
ASCH 1.5x1.5 25 0.7 1.31 1.4 1.5 Nuevo
ALC-09
348+85
6
ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.28 0.3 0.6 Nuevo
ALC-10
348+97
6
ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.18 0.2 1.4 Nuevo
ALC-11
349+15
1
ASCH 1.5x1.5 25 0.7 0.18 0.2 1.4 Nuevo
ALC-12
349+88
5
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.26 0.28 0.6 Nuevo
ALC-13
351+10
5
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.59 0.62 0.9 Nuevo
ALC-14
351+29
5
ASCH 1.5x1.5 22.5 0.7 0.36 0.38 1.7 Nuevo
ALC-15
351+45
0
ASCH 1.5x1.5 24.5 0.7 0.36 0.38 1.8 Nuevo
ALC-16
351+64
8
ASCH 1.5x1.5 23 2 0.27 0.29 0.6 Nuevo
ALC-17
351+82
0
ASCH 1.5x1.5 31 4 0.27 0.29 2.6 Nuevo
ALC-18
352+14
1
ASCH 1.5x1.5 30 2 1.39 1.46 3.6 Nuevo
ALC-19
352+39
5
ASCH 1.5x1.5 22 0.7 0.26 0.28 0.6 Nuevo
ALC-20
352+79
9
ASCH 1.5x1.5 22 2 0.12 0.13 0.3 Nuevo
ALC-21
353+41
6
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.29 0.31 0.6 Nuevo
ALC-22
353+99
4
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.45 0.47 0.8 Nuevo
ALC-23
354+31
8
ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.99 1.04 3.9 Nuevo
ALC-24
354+55
7
ASCH 1.5x1.5 27.72 0.7 0.8 0.84 1.1 Nuevo
ALC-25
354+79
7
ASCH 3.0x2.5 23 0.7 0.8 0.84 1.1 Nuevo
ALC-26
355+52
6
ASCH 1.5x1.5 25 0.7 0.64 0.67 1.0 Nuevo
ALC-27
356+04
0
ASCH 1.5x1.5 23.5 0.7 0.64 0.67 2.0 Nuevo
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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25
ALC-28
356+31
6
ASCH 1.5x1.5 25 0.7 0.35 0.37 0.7 Nuevo
ALC-29
356+54
0
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 1.15 1.21 3.9 Nuevo
ALC-30
356+71
0
ASCH 1.5x1.5 22 4.5 0.43 0.45 3.2 Nuevo
ALC-31
356+97
5
ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.74 0.78 1.1 Nuevo
ALC-32
357+46
0
ASCH 1.5x1.5 25 0.7 1.13 1.19 0.7 Nuevo
ALC-33
357+82
0
ASCH 1.5x1.5 23.5 0.7 0.37 0.39 0.7 Nuevo
ALC-34
357+97
5
ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.37 0.39 2.9 Nuevo
ALC-35
358+22
5
ASCH 1.5x1.5 29.5 0.7 0.37 0.39 0.7 Nuevo
ALC-36
358+82
7
ASCH 1.5x1.5 26 0.7 1.48 1.55 1.7 Nuevo
ALC-37
359+27
1
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.59 0.62 0.9 Nuevo
ALC-38
359+51
5
ASCH 1.5x1.5 22 0.7 0.59 0.62 0.9 Nuevo
ALC-39
359+79
2
ASCH 1.5x1.5 22 4 1.6 1.67 4.4 Nuevo
ALC-40
360+07
9
ASCH 1.5x1.5 21.5 2 0.97 1.02 3.1 Nuevo
ALC-41
360+55
1
ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.64 0.67 3.4 Nuevo
ALC-42
361+03
0
ASCH 1.5x1.5 21 0.7 0.04 0.04 0.2 Nuevo
ALC-43
361+40
6
ASCH 1.5x1.5 25.15 0.7 0.64 0.68 1.0 Nuevo
ALC-44
361+71
9
ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.24 0.26 0.5 Nuevo
ALC-45
362+05
2
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.33 0.35 0.6 Nuevo
ALC-46
362+34
1
ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.48 0.51 3.2 Nuevo
ALC-47
362+58
2
ASCH 1.5x1.5 22.5 0.7 0.32 0.34 0.6 Nuevo
ALC-48
363+07
2
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.09 0.09 0.3 Nuevo
ALC-49
363+17
5
ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.41 0.44 3.0 Nuevo
ALC-50
363+62
9
ASCH 1.5x1.5 21.5 2 0.98 1.05 3.1 Nuevo
ALC-51
363+83
6
ASCH 1.5x1.5 23 0.7 1.66 1.77 1.8 Nuevo
ALC-52
364+07
7
ASCH 1.5x1.5 22.5 0.7 1.66 1.77 1.8 Nuevo
ALC-53
364+42
0
ASCH 3.0x2.5 24 0.7 1.81 1.93 0.9 Nuevo
ALC-54
364+85
1
ASCH 1.5x1.5 22.5 3 3.76 4.08 4.8 Nuevo
ALC-55
365+75
7
ADCH 2(2.0x1.5) 25.5 0.7 6.62 7.18 1.6 Nuevo
ALC-56
365+91
5
ASCH 1.5x1.5 29.5 0.7 1.47 1.59 1.6 Nuevo
ALC-57
366+23
4
ASCH 1.5x1.5 25 0.7 1.47 1.59 1.7 Nuevo
ALC-58
366+46
0
ADCH 2(2.0x1.5) 27.5 4 4 4.33 4.5 Nuevo
ALC-59
367+46
9
ASCH 1.5x1.5 27 0.7 2.05 2.23 2.9 Nuevo
ALC-60
368+23
8
ASCH 3.0x2.5 37 0.7 7.33 7.84 3.7 Nuevo
ALC-61
368+63
7
ASCH 1.5x1.5 30 0.7 2.46 2.63 3.1 Nuevo
ALC-62
369+75
7
ATCH 3(4.0x2.0) 28 0.7 35.47 37.8 1.5 Nuevo
ALC-63
369+92
0
ASCH 1.5x1.5 24.5 2 0.83 0.89 3.0 Nuevo
ALC-64
370+19
5
ASCH 1.5x1.5 22 3 0.83 0.89 3.4 Nuevo
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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ALC-65
370+75
2
ASCH 1.5x1.5 25.5 0.7 0.33 0.36 0.6 Nuevo
ALC-66
371+02
0
ASCH 1.5x1.5 31 0.7 2.88 3.09 3.2 Nuevo
RESUMEN DE ALCANTARILLAS CAJÓN
Código Descripción Total
ASCH 1.5x1.5 Alcantarilla cajón Simple 1.5 x1.5 60
ADCH 2.0x1.5 Alcantarilla cajón Doble 2.0 x1.5 2
ASCH 3.0x2.5 Alcantarilla cajón Simple 3.0 x 2.5 3
ATCH 4.0x2.0 Alcantarilla cajón Triple 4.0 x 2.0 1
TOTAL 66
Estudios básicos de Geotecnia
Bancos de Préstamo identificados
Se han localizado y estudiado 1 banco de préstamo y 5 yacimientos, el banco de préstamo está localizado a
11.5 km después del final del tramo en Yamparaez, y en cuanto se refiere al resto de los yacimientos están
ubicados 1 en el Puente Khota, 1 sobre el Rio Pilcomayo, 1 sobre el Rio Charcoma, 1 Sobre el Cachimayu y
la ultima 1 sobre el rio Yotala. Así mismo se han estudiado 2 canteras de roca para que puedan proporcionar
agregados gruesos y finos para las obras de hormigón y capa de rodadura.
Las coordenadas de los bancos de préstamos y yacimientos se muestran en la siguiente tabla:
Ubicación de Bancos de Préstamos - Yacimientos
Banco de Préstamo / Yacimiento
Coordenada
Norte
Coordenada
Este
Volumen
m3
Banco de préstamo Wuasa Cancha 7878875 285217 494.340,00
Yacimiento sobre el Puente Khota. 7872725 286630 99.412,00
Yacimiento sobre el Río Pilcomayo. 7858721 289339 2.970.000,00
Yacimiento sobre el Río Charcoma. 7890329 255448 238.945,00
Yacimiento sobre el Río Cachimayu 7880177 258208 105.286,00
Yacimiento Sobre el Río Yotala. 7880256 261917 48.484,00
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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38.6 SERVICIOS E INSTALACIONES QUE PRESTARÁ LA SUPERVISIÓN
Servicios De Campo Para El Supervisor
Instalaciones para el uso del Supervisor
La Supervisión será la encargada de proporcionar todas las instalaciones necesarias para garantizar la
buena ejecución de la Auditoria de Seguridad Vial, PRP, Revisión y Complementación del Estudio y todas
las actividades requeridas, hasta que se dé el Inicio Físico de Obras al Contratista.
Una vez se dé el Inicio Físico de Obras, la Contratista proporcionará las instalaciones para uso exclusivo
y permanente del Supervisor en el campamento implementado para el efecto. La provisión de estas
instalaciones no será reconocida al Contratista y dichos costos serán incluidos en sus gastos generales.
Estas instalaciones comprenderán mínimamente lo siguiente:
 Oficina Técnica y Administrativa para el Supervisor
 Instalaciones de Laboratorio para la Supervisión
 Viviendas para el personal superior
 Viviendas para el personal auxiliar
 Otros ambientes que autorice la Fiscalización
Las instalaciones mencionadas deberán estar provistas de áreas adecuadas y con todos los medios de
seguridad para su protección del mismo y de todo el personal.
El Contratista estará obligado a suministrar todo el personal necesario, en todas las instalaciones
mencionadas anteriormente, durante todo el tiempo que instruya el Supervisor, tales como serenos,
personal de mantenimiento, empleados domésticos y otros, así como garantizar las más altas normas
de seguridad, sanidad y limpieza.
Las instalaciones deberán contar en forma permanente con todos los servicios incluyendo energía
eléctrica, agua potable, alcantarillado, teléfono o equipo de radiocomunicación.
El Contratista no proporcionará y deberá ser incorporado en la Propuesta del Supervisor lo siguiente:
 Material fungible de oficina y secretariado tales como papel de escritorio, bolígrafos, lápices, etc.
 Equipo de reproducción y fotocopiado
 Equipo de computación, impresoras, plotters, faxes, etc.
 Equipo Topográfico como GPS, estación total, taquímetro, nivel, etc.
 Equipo de Laboratorio de Suelos, Asfaltos y Hormigones, densímetro nuclear y otros
 Ropa de trabajo e implementos de seguridad para el personal del Supervisor
Los detalles se encuentran establecidos en las Especificaciones Administrativas del estudio, debiendo el
Supervisor velar por el cumplimiento de las mismas.
Servicio de alimentación
La Supervisión será la encargada de proporcionar la alimentación necesaria a su personal durante la
ejecución de la Auditoria de Seguridad Vial, PRP, Revisión y Complementación del Estudio y todas las
actividades requeridas, hasta que se dé el Inicio Físico de Obras al Contratista.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Una vez se dé el Inicio Físico de Obras, la Contratista proporcionará el servicio de alimentación para el
equipo del Supervisor y para el personal de la FISCALIZACIÓN, el cual será reconocido para pago en
función del número de hombres/día (h x día) para los cuales los alimentos preparados han sido
consumidos por este personal.
Un hombre/día de servicio de alimentación se define como la atención de las comidas durante un día a
una persona, que incluye un desayuno, un almuerzo, un té y una cena. En caso de que una persona no
requiera las cuatro atenciones diarias mencionadas e incluidas en el hombre/día, las atenciones
efectivamente realizadas serán medidas sobre la base de porcentajes predefinidos.
Vehículos, mantenimiento, lubricantes y combustible
La Supervisión será la encargada de proporcionar la logística necesaria a su personal durante la
ejecución de la Auditoria de Seguridad Vial, PRP, Revisión y Complementación del Estudio y todas las
actividades requeridas, hasta que se dé el Inicio Físico de Obras al Contratista.
Los vehículos destinados al uso del personal Supervisor y del Contratante durante la etapa de
construcción del proyecto (fase de supervisión técnica y ambiental), serán adquiridos, proporcionados y
puestos a disposición del proyecto por la Contratista, este servicio deberá estar consignado en la
propuesta del Contratista y será medido por Unidad (und) para su reconocimiento económico.
El Contratista está obligado a suministrar los vehículos cumpliendo con todos los requisitos necesarios
en cuanto a impuestos, derechos, aranceles, etc., así como con todos los trámites requeridos para su
correcta circulación en el territorio boliviano y los correspondientes a la transferencia al Contratante,
una vez finalizada la Obra.
En caso de considerar la supervisión que el número de vehículos proporcionados es insuficiente,
deberá incluir el costo de los vehículos adicionales en los gastos generales de su propuesta económica;
dicho costo deberá incluir: alquiler, mantenimiento, lubricantes, combustible, etc.
El servicio de mantenimiento de los vehículos a ser provistos por el Contratista (al personal Supervisor
y del Contratante), estará cotizado en la propuesta del Contratista, y serán medidos para fines
de pago como el número de vehículos/mes (vehículos x mes), o meses parciales en los cuales tal
servicio, mantenimiento, lubricantes y combustibles será proporcionado por el Contratista.
El número de meses o fracciones de mes durante los cuales, algún vehículo esté fuera de servicio,
esperando reparaciones, mantenimiento o repuestos por más de un determinado número de días
consecutivos (a definir), será excluido de la medición. Este aspecto únicamente es válido para los
vehículos a ser provistos por el Contratista.
38.7 LISTADO DE EQUIPAMIENTO MÍNIMO
El equipamiento mínimo que la Supervisión Técnica debe implementar para la correcta ejecución de la
obra es:
 1 Laboratorios completo de Hormigones
 1 Laboratorios completo de Suelos
 1 Laboratorios de Asfaltos
 1 Densímetro eléctrico o nuclear (suelos)
 1 Densímetro eléctrico o nuclear (pavimento)
 GPS Estacionario Doble Frecuencia
 Estación total
 4 Nivel de Ingeniero
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Nota: Los laboratorios (Suelos, Hormigones y Asfaltos), deberán contar con todo el equipamiento
completo, que será necesario para la correcta supervisión de la Obra y ubicados de acuerdo a los frentes
de trabajo programados por el contratista, para el proyecto, la no presentación del Listado de
Equipamiento Mínimo será motivo de descalificación de la Propuesta.
Este listado no es limitativo y debe estar incorporado en el Formulario B-4 Alquileres y Misceláneos.
El proponente que se adjudique será el único responsable de proporcionar todo el equipo que sea
necesario para la conclusión satisfactoria de la obra dentro del plazo establecido en el contrato.
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
La Supervisión Técnica y Ambiental, dentro sus prestaciones deberá transferir tecnología y
conocimientos técnicos innovadores a la entidad Contratante. En tal sentido la propuesta
económica debe contemplar estos costos fijos en su propuesta la no contemplación significa la
inhabilitación de la propuesta.
La Supervisión Técnica y Ambiental, dentro su presupuesto deberá considerar la transferencia de
tecnología, para lo cual deberá contemplar en su propuesta económica un monto fijo de Bs.-
500.000,00 a ser destinado para la compra de equipos de control topográfico, para la entidad
contratante, en la definición de la misma se debe coordinar con la Gerencia Nacional técnica de
la entidad contratante ABC en la determinación y cantidad de los mismos sujetos a cotización.
38.8 PERSONAL CLAVE MINIMO REQUERIDO
38.8.1 Personal Clave Requerido Puntuable
El personal clave requerido puntuable para la ejecución de la SUPERVISION TÉCNICA, AMBIENTAL Y
SOCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ, es:
Gerente de Proyecto. 1 profesional Ing. Civil, con 10 años de experiencia general mínima en
proyectos viales y 7 años de experiencia específica, de acuerdo a lo solicitado en el numeral
39, a tiempo completo.
Especialista en diseño y construcción de carreteras. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de
experiencia general mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo
solicitado en el numeral 39, a tiempo completo.
Especialista en drenaje e hidrología. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia general
mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral
39, a tiempo completo.
Especialista en suelos, geotecnia y control de calidad. 1 profesional Ing. Civil y/o Geólogo con 7
años de experiencia general mínima en proyectos civiles y 5 años de experiencia específica de
acuerdo a lo solicitado en el numeral 39 a tiempo completo.
Especialista en Auditoria de Seguridad Vial. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia
general mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el
numeral 39, a requerimiento.
Especialista en pavimentos. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia general mínima en
proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a
requerimiento, como mínimo 15 meses.
Especialista en puentes y estructuras. 1 profesional Ing. Civil, con 7 años de experiencia general
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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mínima en proyectos civiles y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral
39, a tiempo completo.
Especialista ambiental. 1 profesional Ing. Ambiental o profesional de ramas afines (Biología, Ing.
Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal), con 6 años de experiencia general en gestión ambiental y 4
años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo, con
RENCA ACTUALIZADO.
Notas.
Para la presentación de la experiencia general y específica del personal clave, en caso de que el tiempo
en que las consultorías se sobrepongan, solo será tomada en cuenta una de las experiencias en ese
lapso sobrepuesto
La ABC se reserva el derecho de verificar la experiencia específica del personal clave en los proyectos
declarados
38.8.2 Personal Requerido No Puntuable
El personal clave requerido NO puntuable para la ejecución de la SUPERVISION TÉCNICA, AMBIENTAL Y
SOCIALDE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VIA SUCRE - YAMPARAEZ es:
Ingeniero en Diseño Geométrico de apoyo.- 1 profesional Ing. Civil con 5 años de experiencia
general mínima en proyectos civiles y 3 años de experiencia específica en diseño geométrico de
carreteras, a tiempo completo.
Ingeniero Residente.- 1 profesional Ing. Civil con 5 años de experiencia general mínima en proyectos
civiles y 3 años de experiencia específica, a tiempo completo
Inspector de carreteras.- 1 profesional Ing. Civil con 4 años de experiencia general mínima en
proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36 meses en la
fase de ejecución.
Inspector de drenaje e hidráulica.- 1 profesional Ing. Civil con 4 años de experiencia general mínima
en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36 meses en
la fase de ejecución.
Inspector de suelos y geotecnia.- 1 profesional Ing. Civil y/o Geólogo con 4 años de experiencia
general mínima en proyectos civiles y 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36
meses en la fase de ejecución.
Inspector de pavimentos.- 1 profesional Ing. Civil con 4 años de experiencia general mínima en
proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento minimo 36 meses en la
fase de ejecución.
Inspector de puentes y estructuras.- 1 profesional Ing. Civil, con 4 años de experiencia general
mínima en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36
meses en la fase de ejecución.
Inspector de cómputos.- 1 profesionales Ing. Civil con 3 años de experiencia general mínima en
proyectos civiles y al menos 1 año de experiencia específica en cómputos de carreteras, a tiempo
completo.
Topógrafos.- Niveladores.- Profesionales Licenciados o Técnicos en topografía con 4 años de
experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 3 años de experiencia específica en
carreteras, por todo el tiempo que dure la obra.
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Laboratoristas.- Especialistas en suelos y hormigones con 4 años de experiencia general mínima en
proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica en carreteras, por todo el tiempo que dure
la obra.
Técnicos Cadistas.- Especialista en CAD con 2 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
y al menos 1 año de experiencia específica en carreteras, por todo el tiempo que dure la obra
Personal de Apoyo.- Administrador, Secretaria, Choferes, Alarifes y Ayudantes de Laboratorio, por
todo el tiempo que dure la obra.
Equipo Multidisciplinario de Supervisión Socio ambiental.- Remitirse al numeral 38.10.6
Nota: El personal clave no calificable debe ser considerado solo para la propuesta económica como
profesional, no siendo necesario contar con el nombre del profesional ni su experiencia, vale decir que
para la propuesta no debe llenarse los formularios A-5 con estos profesionales ni presentar ningún
respaldo. Para el inicio de los servicios, la empresa adjudicada deberá presentar los documentos de los
profesionales para su aprobación por parte de la FISCALIZACIÓN de obra bajo el perfil señalado en este
numeral.
38.9 ALCANCE DE LOS SERVICIOS
La amplitud del trabajo y las obligaciones del Supervisor estarán de acuerdo a las necesidades del
proyecto a ejecutarse a satisfacción de la ABC y deberán cubrir el Alcance de Trabajo que se describe a
continuación con carácter enunciativo y no limitativo.
Fase 1: Productos Previos a la Construcción
Dentro de los Productos Previos a la Construcción a ser requeridos para la Fase 1, tendremos los
componentes técnicos y los ambientales, así como los sociales.
A continuación, se presentan los alcances técnicos:
Auditoria de Seguridad Vial
Dentro de los primeros cincuenta (50) días calendario posteriores a la Orden de Proceder de la
supervisión, presentará un informe especifico de la revisión por parte de la Auditoría de Seguridad Vial
(ASV) de los diseños finales, así como la evaluación y el plan de incorporación de las medidas de mejora
propuestas, y el plan de seguimiento que realizará la ASV durante la ejecución de las obras.
Esta Auditoria de Seguridad Vial, ASV, será realizada por un consultor externo, contratado por
supervisión.
La Supervisión debe evaluar la incorporación de una estación de peaje y estación de pesaje en el tramo,
en coordinación con la Subgerencia de Conservación Vial de la ABC.
Las actividades dependerán en gran medida de la fase del proyecto en la cual se realiza la Auditoría de
Seguridad Vial y el tipo de proyecto que se está evaluando.
El consultor responsable de realizar la auditoría de seguridad vial deberá mantener al menos una
reunión de inicio con la entidad contratante para solicitar los documentos de antecedentes que sean
necesarios para el diagnóstico del proyecto.
Los elementos a analizar en la auditoría son:
 Estrategia de gestión de tránsito, considerando aspectos tales como: velocidad límite,
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restricción vehicular tipo, usuarios vulnerables de la vía, disposiciones especiales para los peatones
y/o ciclistas, motociclistas, consideración de áreas de descanso, paradas y áreas de servicio,
seguridad en las intersecciones y accesos, etc. Verificar que las consecuencias climáticas y
meteorológicas se han tomado en cuenta, por ejemplo: precipitaciones, efectos de clima húmedo,
inundaciones, fuertes vientos, áreas propensas a niebla, etc.
 Elementos generales: criterios de diseño, la coherencia entre los elementos relevantes para la
seguridad vial, aspectos que tienen implicaciones adversas de seguridad, decisiones que se han
"fijado" como limitaciones al diseño que pueden llevar a un desempeño insatisfactorio de seguridad,
adecuación del ancho de vía para lograr una segura sección transversal teniendo en cuenta las
necesidades de todos los usuarios, etc.
 Elementos de diseño geométrico. Verificación de alineamiento horizontal con respecto a la: elección de
la velocidad de diseño; la consistencia a lo largo de la ruta y su enlace con curvas; provisión de curvas
de transición (espirales) en su caso, sobre anchos, carriles de aceleración y desaceleración en
intersecciones y cruces importantes, conectividad entre el diseño propuesto y la red de carreteras
existente; etc.. Verificación del alineamiento vertical con respecto: la consistencia a lo largo de la
ruta, distancia de visibilidad, etc. Comprobación de la combinación de alineamiento horizontal y
vertical para lograr: una adecuada distancia de visibilidad de frenado, una adecuada distancia de
adelantamiento, adecuada distancia de aproximación vista en las intersecciones, una adecuada
distancia de visibilidad donde hay una discontinuidad en la sección tipo, evitar la presencia inesperada
de zonas “ocultas” de pavimento.
 Diseño de intersecciones (punto importante en vías interurbanas por la velocidad que puede implicar
y en proyectos urbanos dado la gran cantidad de intersecciones), minimizando el número de puntos
potenciales de conflictos en intersecciones asegurando buena visibilidad: ángulo de la intersección,
elementos en conflicto en la intersección.
 Evitar problemas de percepción: deben ser lo suficientemente visibles y evidentes para los
constructores, considerando el viraje de los vehículos, restringiendo o limitando aperturas de las
medidas evitando así los virajes a la izquierda o en U.
 Utilizar un adecuado sistema de control en intersecciones, habilitando cruces de calzada seguros en
especial para peatones y ciclistas, incorporación de refugios e islas, además de evitar accesos
directos y frontales de vías nuevas que se conecten con vías de mayor jerarquía, reduciendo en lo
posible los accesos a la vía (vías interurbanas)
 Respecto a los accesos, evitar ubicar los mismos en lugares cercanos a curvas, además verificar la
presencia de bermas (vías interurbanas), presencia de una reserva central o mediana.
 Además de ver la necesidad de elementos como borde alertador, aceras adecuadas para usuarios de
modos no motorizados, presencia de reserva externa sin obstáculos (postes o árboles)
 Explicar la incidencia en la Seguridad Vial de factores como: superficie de rodadura, su
uniformidad, perfil y material suelto
 Pendientes. Verificar la existencia de: sectores con cuestas empinadas; curvas horizontales cerradas
en pendientes empinadas. Verificar la adecuación del perfil longitudinal para alcanzar la velocidad de
diseño apropiada, y la necesidad de elementos necesarios en caso de "vehículo lento".
 Sección transversal. Verificar la existencia de: número y ancho de los carriles de tráfico acorde a
las necesidades, ancho de bermas y zonas de parada de emergencia. Verificar: las alturas y
pendientes en barandas metálicas; el uso del tipo correcto de bordillos (evitar los bordillos de
barrera); distancias a las barreras y los tipos de barrera; transiciones apropiadas en los lugares
donde la sección transversal cambia significativamente; disposiciones especiales necesarios para los
usuarios vulnerables de la vía, tales como peatones, ciclistas, motociclistas; diferencias de nivel
entre las calzada de la carretera e intersecciones o entradas de acceso; que la caída de bordes del
pavimento se encuentra en niveles tolerables; obstrucción de la línea de visibilidad por pendientes a
través de cortes en las curvas, etc.
 Señalización vertical. Verificar que: se proporcione información precisa en lugar de la
orientación abstracta o información indefinida; las señales reglamentarias estén adecuadamente
proporcionadas y bien posicionada para el control; las señales de precaución son apropiadas, las
señales de advertencia innecesarios se identifican y eliminan; el dimensionamiento de las
placas está en función de las velocidades de circulación; el tamaño de la leyenda es el adecuado y
permite a los conductores a leer la información que se muestra en el tiempo disponible; que la
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altura de las señales es apropiada; retroreflectorización adecuada; el posicionamiento de las
señales no obstruya las líneas de visibilidad en las intersecciones y en el interior de las curvas; el
posicionamiento de las señales y la selección del tipo no se constituye en un peligro lateral
significativo; que la señales verticales se encuentran identificadas de forma adecuada en los planos;
etc.
 Señalización horizontal y delineación. Comprobar: el tipo de marcas de las líneas longitudinales
es correcto, en términos de línea patrón y anchura, y se muestran en los planos correspondientes;
que las líneas están colocadas correctamente para guiar vehículos en zonas de no adelantamiento,
en carriles de parada de emergencia, etc.; que todas las curvas horizontales y/o verticales tienen
líneas dobles marcadas según la distancia de no adelantamiento debidamente dimensionada; que las
líneas no puedan confundir o ser inesperados por los conductores; líneas dobles en cualquier curva;
el posicionamiento correcto de todas las líneas transversales como "stop", líneas de retención (o
"ceda el paso") y líneas para cruce de peatones en zonas urbanas; que las marcas viales tengan el
grado de retro efectividad necesario para mejorar la visibilidad nocturna noche visibilidad;
verificación de la existencia de delineadores retro-reflectantes para complementar las marcas
superficiales donde hay una necesidad de más distancia de visibilidad por la noche y delineación más
efectiva del pavimento; verificar existencia y la disposición de “ojos de gato” que complementen la
señalización en horario nocturno; etc..
 Explicar la incidencia en la Seguridad Vial de factores como: Mobiliario Vial, como ser, Iluminación
de la vía, pantalla anti – deslumbramiento, islas de tránsito, defensas camineras, vallas peatonales,
amortiguadores de impacto y otros dispositivos protectores, semáforos (visibilidad y operación),
alcantarillas y desagüe, cunetas de drenaje longitudinal, etc..
 Definición y ajuste de los volúmenes de las alcantarillas pendientes.
 Validación de la versión final de los estudios a diseño final, incluyendo las recomendaciones de la
ASV contempladas.
 Otros aspectos, que por la experiencia del Consultor sean necesarios tomar en cuenta en la ASV, y
que serán considerados en la evaluación de la oferta
El Consultor en base al estudio de accidentalidad, deberá realizar un análisis de la geometría de la
Carretera, desde el punto de vista de la seguridad vial, analizando la coordinación planialtimétrica de
la misma y otros elementos que influyen en la seguridad, utilizando el programa IHSDM o uno similar.
El especialista en ASV, tiene la obligación de verificar que todas las recomendaciones realizadas en el
informe especial de ASV hayan sido incorporadas en el estudio final de la Etapa 1 (elaboración del
Proyecto Ejecutivo).
Revisión y adecuación de las conexiones de la variante Yamparaez y el Sector urbano de
Sucre.
Se debe, hacer un análisis para la adecuación de la variante Yamparaez con la situación actual del lugar.
Se debe revisar y complementar el drenaje y el pavimento del sector urbano de Sucre.
Para dar cumplimiento a este cometido deben estar firmados los acuerdos con el municipio de
Yamparaez, Sucre y con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca.
Plan de Manejo de Tráfico y Plan de mantenimiento de la vía Durante la construcción.
Se realizara la elaboración del Plan de Manejo de Trafico (preliminar) para el Contratista, este plan
deberá garantizar el tránsito permanente en ambos sentidos durante la construcción de la obra y
contemplara, entre otros: señalización, desvíos provisionales habilitados, coordinación con la ejecución
de los nuevos puentes, pasos temporales, protección del peatón y todas aquellas medidas que
garanticen la menor afectación posible a la circulación de los vehículos. Además de la elaboración de un
Plan de mantenimiento de la vía durante las obras en base en ítems específicos.
Plazos para la ejecución de la Obra y Cronograma Físico Financiero
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Revisión del plazo previsto para la ejecución de las obras, además del cronograma de ejecución y
desembolsos y la actualización del Cronograma Físico - Financiero.
Medidas Ambientales y Sociales
Para su cumplimiento, los alcances respecto a los componentes ambientales y sociales están descritos
en el punto 38.10 para su desarrollo.
Matriz de Indicadores y Metas
Elaborar una matriz de indicadores y metas a nivel de los resultados y componentes, a corto, mediano y
largo plazo.
Elaboración del Proyecto Ejecutivo de la obra
El Proyecto Ejecutivo, deberá incorporar las recomendaciones, al diseño de la obra, de la Auditoría de
Seguridad Vial realizada por una entidad o consultor externo que podrá ser parte de las tareas de
supervisión. Así como las actualizaciones de los componentes ambientales y los sociales y las posibles
modificaciones que puedan surgir de las revisiones.
Fase 2: Supervisión Técnica, Ambiental y Social
Es necesario hacer notar que los trabajos de Supervisión Efectiva, iniciara de forma posterior a la
conclusión del plazo establecido para la Fase 1 y necesariamente a través de la instancia
correspondiente de la ABC se emitirá una orden por escrito para comenzar las actividades
correspondientes a dicha supervisión; ante la posibilidad de una discontinuidad de labores del consultor
entre las Fase 1 (Elaboración de los Productos Previos a la Construcción) y la Fase 2 (Supervisión
Técnica, Ambiental y Social), se deja claramente determinado que la ABC no reconocerá monto
económico alguno en caso de dicha discontinuidad.
A efectos de dejar claramente establecidas las responsabilidades de las partes, corresponde señalar los
siguientes aspectos puntuales:
Señalar que toda modificación o complementación al diseño que proponga la Supervisión, además de la
revisión y aprobación del Plan de Trafico del contratista, mismo que debe ser presentado a ABC hasta 80
días posteriores a la emisión de la orden de proceder al contratista, conduce a asumir la responsabilidad
técnica de estos conceptos e involucran la coordinación con el responsable del diseño y revisión de la
Gerencia Nacional Técnica de la ABC.
La supervisión debe apoyar a la contratista para gestionar las autorizaciones ante las entidades
necesarias para la aplicación del plan de manejo de tráfico.
Los trabajos de Supervisión que se presentan a continuación se encuentran agrupados por áreas de
trabajo con tareas que no necesariamente se hallan en orden secuencial de ejecución.
El Consultor deberá revisar, adecuar y complementar la Planificación y Metodología de Trabajo
presentada por el Contratista con los mejores criterios, considerando todos los problemas que pueden
presentarse.
Revisión y Aprobación del Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras
El Consultor deberá Revisar y Aprobar el Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras presentado por
el contratista en su propuesta y deberá hacer cumplir el mismo en beneficio de la obra.
Verificación del Cumplimiento del Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras.
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Verificación del cumplimiento del Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras, presentado por el
contratista en su propuesta.
Medición y Control de Volúmenes de Obra
 Verificación del cumplimiento de la ejecución de las obras de acuerdo a los
Alineamientos, Volúmenes de Obra y Especificaciones Técnicas Generales y Especiales descritas
en los documentos del Diseño Final de la carretera.
 Mediciones detalladas por ítem de trabajo ejecutado para determinar los volúmenes para la
certificación de las planillas de avance mensuales del Contratista.
 Mediciones detalladas por ítem de trabajo ejecutado para determinar los volúmenes de obra
definitivos para el Certificado Final de Pago del Contrato.
 Verificación de los puntos topográficos de referencia establecidos por el Contratista fuera de los
límites de la obra, en relación al estacado del eje efectuado por la Supervisión. Verificación de
los límites del derecho de vía establecidos por el Contratista sobre la
 base del estacado del Consultor y a los planos de construcción.
 Verificación de los controles de rasante para la plataforma, de línea y nivel para puentes,
alcantarillas, muros y otras estructuras, y para cualquier otro trabajo de replanteo realizado por
el Contratista.
Aprobación de Certificados de Pago
 Verificación adecuada y definitiva de los trabajos realizados por el Contratista y los volúmenes de
obra resultantes de cada mes, para la aprobación del certificado de pago correspondiente en los
plazos establecidos.
 Elaboración de formularios tipo u otro tipo de controles para la verificación de trabajos realizados
por el Contratista y para la aprobación de los certificados de pago correspondientes.
 Cuando se requieran ajustes en el Diseño, debido a condiciones que se revelen durante la
ejecución de las obras, la Supervisión presentará oportunamente las soluciones específicas
aprobadas por escrito a la ABC con relación a dichos cambios. Estas soluciones estarán basadas
en los criterios técnicos de la mejor práctica de ingeniería y el presupuesto y condiciones
económicas de la obra.
 Recibida la aceptación por escrito de la ABC, la Supervisión realizará los Diseños Finales
correspondientes introduciendo los cambios necesarios. La ejecución de estos trabajos nuevos
o modificados, será ordenada al Contratista a través de una Orden de Trabajo o de una Orden
de Cambio. La Supervisión emitirá una Orden de Trabajo cuando no se comprometan mayores
recursos o se consigne ajuste de cantidades. Asimismo emitirá una Orden de Cambio si se
incrementa o reduce el monto del contrato o se modifica el plazo de ejecución.
Obras de Arte y Estructuras
 Control de ejecución de las obras de arte menor y de otras estructuras requeridas en el Proyecto,
de acuerdo a Planos, Alineamientos y Especificaciones del Diseño Final de la Carretera.
 En las obras donde no se utilice hormigón, verificar la utilización de los materiales definidos en el
Diseño Final revisado, en su defecto, de otros materiales que sean equivalentes o mejores a los
propuestos, sin que ello implique incrementos en los costos de las obras.
 En la estructuras y obras de arte de hormigón armado, verificación de la resistencia del hormigón
mediante el levantamiento de muestras, curado y rotura de las mismas.
Geología y Geotecnia
 Evaluación de las condiciones geológicas y geotécnicas a lo largo del trazo de la vía, sobre la base
del estudio.
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 Complementación de esta información con una investigación cuidadosa de campo y la toma de
muestras que considere necesarias de la superficie expuesta del terreno, áreas de préstamo,
pozos de muestreo y ensayos de laboratorio.
 Verificación, cuando sea necesario, de la estabilidad de taludes, tanto en corte como en terraplén.
Pavimento
 Verificación del diseño estructural del tipo de pavimento elegido.
 Verificación de la calidad y características del Cemento y Asfalto a ser utilizado. Verificación en
laboratorio de la calidad de los materiales pétreos a utilizarse.
 Verificación de temperaturas y otros aspectos de elaboración, traslado, colocado, regularidad
superficial, etc. relacionados con la carpeta asfáltica y/o tratamientos superficiales.
 Una vez materializado la superficie de rodadura, el Supervisor realizará la verificación del diseño
de pavimento construido, empleando el análisis estadístico de los materiales de subrasante,
subbase, y base ejecutados, determinando el módulo dinámico de las mezclas asfálticas y
estableciendo los coeficientes estructurales de cada capa. Deberá verificar de igual manera los
parámetros de diseño empleados y el número de ESAL`s real en función del tráfico existente y
proyectado. Asimismo realizará una verificación mecánistica – empírica empleando el
software necesario para la determinación de esfuerzos y deformaciones de la estructura de
pavimento ante solicitaciones de carga y funciones de transferencia acordes a las situaciones
de emplazamiento del proyecto, de manera tal de establecer que los esfuerzos y
deformaciones de servicio resulten menores que los admisibles.
Controles Varios
 Verificación de que el Contratista ha movilizado oportunamente a la obra, el personal y equipo
ofertados en su propuesta, y en caso contrario exigirle el cumplimiento de estos requisitos.
 Verificación permanente de que el Contratista aplique en todas y cada una de las fases de trabajo
las mejores Normas de Ingeniería y Ética Profesional.
 Revisión y aprobación de los métodos de construcción de la Plataforma, Pavimento, Estructuras y
otras partes de la obra, incluyendo Encofrados y Planos de Taller preparados por el Contratista.
 Inspección permanente de las obras y ejecución de ensayos de campo para verificar que los
trabajos son ejecutados en cantidad y calidad de acuerdo con los Planos y Especificaciones.
 Verificación comparativa del progreso de los trabajos con relación al cronograma de construcción
vigente e informe por escrito a la ABC cuando cualquier fase del Proyecto comience a
retrasarse con relación al citado cronograma. La Supervisión deberá instruir al Contratista en
forma oportuna las medidas a tomarse para subsanar la demora o retraso mencionado.
 Control y Mantenimiento al día de todos los trabajos de gabinete, documentación, archivos y
mapoteca.
 Inspección de las obras y recomendación por escrito a la ABC con relación a la
Recepción Provisional o Inspección Final para recomendar la Recepción Definitiva del trabajo
motivo del Contrato de Construcción.
 La Supervisión tendrá la obligación de realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de
naturaleza técnica o administrativa de acuerdo con la mejor práctica de ingeniería o por las
necesidades del Proyecto, tenga la responsabilidad de realizar, aún cuando no haya sido
expresamente mencionado en los presentes Términos de Referencia o en el Contrato de
Supervisión.
 Organización de los Laboratorios de Campo por tramo, para verificar el cumplimiento de las
Especificaciones en todos los aspectos como ser calidad de los Suelos y Materiales utilizados,
Compactación de Terraplenes y del Paquete Estructural, Dosificación y Control de Temperaturas
en la Elaboración de Diluidos Asfálticos, Calidad de los Hormigones de Cemento Pórtland para
Obras de Arte Mayor y Menor, etc.
 Revisión y aprobación de los documentos presentados por el Contratista para los pagos
mensuales de avance de obra, precios y cumplimiento de las Especificaciones; certificación de
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dichos pagos mensuales y recomendación por escrito a la ABC para su pago.
 Preparación de Planos de “Obra Concluida” incluyendo todas las modificaciones efectuadas
durante el periodo de construcción, así como los planos de detalles constructivos ejecutados y
entrega a la ABC de tres impresiones de dichos planos en papel bond y dos copias en CDs.
 Utilización del paquete de diseño computarizado de carreteras en su última versión. Todas las
modificaciones al Diseño Final de la carretera que emanen durante los trabajos de construcción
se procesarán en el paquete computarizado propuesto.
 Preparación de los Planos de Taller o Planos Específicos de Trabajo que se requiera elaborar
durante el Proyecto, en dicho paquete.
Planes de Mantenimiento
 Entregar a la ABC, 90 días antes de la fecha prevista para la puesta en servicio de la carretera, el
Plan de Mantenimiento Rutinario para el año inmediatamente posterior a la entrega de obras.
 Entrega a la ABC, dentro de los 90 días siguientes a la entrega de las obras, un Plan General de
Mantenimiento Rutinario que cubra un periodo de cinco (5) años contabilizados a partir de la
fecha de la entrega definitiva de las obras.
Ensayos y Verificaciones
La ABC se reserva el derecho de realizar cuando crea conveniente, ensayos, inspecciones, mediciones
etc., con la finalidad de verificar el avance certificado del Contratista y el trabajo de la Supervisión, para
tal efecto la Supervisión pondrá disposición de la ABC Laboratorios, Equipos, etc.
En caso de verificarse incumplimiento en el proceso de aprobación de ítems certificados ya sea por
temas de Especificaciones y/o de medición, aparte de las sanciones contractuales, la Supervisión se hará
pasible a la multa del 1% del monto del contrato de la Supervisión.
38.10 COMPONENTE AMBIENTAL Y SOCIAL
38.10.1 GENERALIDADES
La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), en calidad de Promotor del Proyecto CONSTRUCCIÓN
DE LA DOBLE VÍA SUCRE YAMPARAEZ, implementará todos los lineamientos establecidos en el Estudio
de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Específico (EEIA-AE) aprobado por la Autoridad Ambiental
Competente (AAC), de manera que se garantice el cumplimiento de la normativa ambiental a través de
la minimización, control y/o mitigación de los impactos potenciales asociados a la construcción del tramo
carretero.
El Supervisión Ambiental tendrá bajo su responsabilidad efectuar las siguientes tareas principales: (i)
actualización de la documentación ambiental del proyecto, ii) monitoreo de los aspectos ambientales y
sociales directamente relacionados con las operaciones de construcción del tramo carretero, iii) el control
de la ejecución del PASA para garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación
ambiental previstos en el EEIA del proyecto, y iv) La Liberación del Derecho de Vía (DDV).
38.10.2 ACTIVIDADES – FUNCIONES A DESEMPEÑAR
El equipo de Supervisión Ambiental analizará la documentación ambiental con la que se cuenta, de
manera que la misma pueda ser utilizada en la gestión ambiental del proyecto, ya sea a través de su
validación o replanteo, de acuerdo a las condiciones ambientales y sociales previas a la etapa
constructiva. Posteriormente, la Supervisión verificará la adecuada implementación de las medidas de
prevención y mitigación ambiental por parte del Contratista, de conformidad con las especificaciones
técnicas, los diseños de las Obras Ambientales y la documentación técnica ambiental para el tramo.
Asimismo, tendrá a su cargo la Liberación del Derecho de Vía (DDV). En este marco, las actividades y
responsabilidades específicas de la Supervisión Ambiental serán:
Durante la etapa de revisión, validación y/o complementación del EEIA:
 Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de los sitios de explotación de
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materiales establecidos en el EEIA para la construcción de la vía.
 Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de fuentes de agua potenciales
establecidas en el EEIA para su utilización en el proyecto.
 Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de los sitios establecidos en el
EEIA para la disposición de material excedente.
 Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de los campamentos y plantas
industriales establecidos en el EEIA
 Elaboración de toda la documentación para la actualización de Licencia Ambiental, de acuerdo a lo
establecido en normativa ambiental vigente.
 Elaboración del Documento Ambiental Especifico (DAE), cuyo contenido se describe en la sección de
productos y resultados de los servicios.
 Actualización del Plan de Difusión y Comunicación, que involucre tanto a comunidades como a
usuarios de la carretera y que permita informar las ventajas e inconvenientes de la carretera, las
actividades que serán desarrolladas en obra, las áreas consideradas como riesgosas, los horarios y
vías alternativas durante la construcción de la carretera (en caso de cierre de vía), las medidas de
seguridad a adoptar durante la construcción, los posibles impactos y acciones para evitar la
interrupción de servicios (si lo amerita), cronograma de obras y responsables.
 Actualización del Programa de Relacionamiento Comunitario (PRC), reforzando los aspectos
relacionados a la resolución de conflictos según el análisis de actores que vaya a efectuarse.
Durante la etapa de construcción:
 Coordinar los procedimientos de planificación ambiental de las operaciones mediante las
autorizaciones de servicios, revisando los diseños y planos de construcción, y efectuando en tiempo
hábil observaciones y recomendaciones con relación a las medidas de protección ambiental.
 Evaluar continuamente la calidad ambiental y conflictividad social en el área de influencia de las
obras, verificando sistemáticamente el cumplimiento de las especificaciones del PPM – PASA
(actualizado) y la Licencia Ambiental. Al respecto, se deberá coordinar con la Empresa Contratista y
la ABC (Fiscalización), conforme sea necesario, para resolver los problemas directamente en el
campo.
 Con base en el PASA, coordinar y verificar la implementación de todas las medidas de prevención,
mitigación y programas planteados, de manera que todo este conjunto sean debidamente
implementado y monitoreado. En caso de identificar deficiencias, deberá proponer los
correspondientes ajustes y mejoras.
 Realizar el seguimiento y control de los aspectos ambientales de las actividades constructivas,
controlando que los impactos generados estén manejados en función de lo establecido en el PPM-
PASA.
 Inspeccionar periódicamente las áreas de intervención e influencia del proyecto, verificando la
conformidad con las especificaciones del PPM-PASA y la adecuada instalación, mantenimiento y
funcionamiento de las medidas de protección ambiental.
 Verificar acciones y asesorar al Contratista en las gestiones para la explotación de los Bancos de
Préstamo según lo definido en la Ley 3425 y el D.S. 0091, de tal manera de garantizar la
explotación de los bancos con el menor impacto ambiental y conflicto social, posible.
 Elaborar un procedimiento de No Conformidades y de las medidas correctivas, que será aprobado
por la ABC (Fiscalización), de manera que se pueda efectuar la verificación sistemática del
cumplimiento de las exigencias del PPM-PASA y de la DIA del proyecto, abriendo “no
conformidades” en caso de incumplimiento de las mismas por parte del Contratista.
 Asesorar al contratista con relación al diseño adecuado de las medidas de protección ambiental y de
medidas correctivas para la solución de no conformidades.
 Realizar el seguimiento de las No Conformidades, hasta la solución definitiva del problema y cierre
de la No Conformidad.
 Elaborar y presentar a la ABC los respectivos informes mensuales sobre el grado de cumplimiento
de la gestión ambiental del proyecto, aspecto que incluye la verificación de toda la información que
vaya a ser presentada por el contratista y la que genere el equipo ambiental de Supervisión. Estos
informes deberán señalar de forma clara el grado de cumplimiento de las Salvaguardas del
Organismo Financiador.
 Con base en la información presentada por el Contratista, deberá elaborarse y presentarse a la ABC
el Informe Semestral de Monitoreo Ambiental (IMA) para su presentación a la AAC.
 Al finalizar la etapa de ejecución, la Supervisión Ambiental deberá elaborar y presentar a la ABC
(Fiscalización) el informe Final de Monitoreo Ambiental correspondiente a la etapa de ejecución,
mismo que deberá ser puesto a consideración de la AAC. Este informe también deberá reflejar el
grado de cumplimiento de las Salvaguardas ambientales y sociales del organismo financiador.
 Presentar informes especiales de Medio Ambiente cada vez que se presenten situaciones
excepcionales y urgentes (como ser cambio significativo en las características del proyecto o del
medio natural o social donde éste se desarrollará y que puedan generar nuevos impactos
ambientales y sociales no previstos). Dichos informes podrán ser elaborados por propia iniciativa o
a requerimiento del Contratante.
 En caso de que se ejecuten variantes u otras obras o proyectos que no se encuentren identificadas
en el diseño, y que por su alcance requieran el trámite de otra licencia ambiental, la Supervisión
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deberá realizar el trámite correspondiente hasta la obtención del documento que corresponda
(licencia, autorización, etc), aspecto que será informado con anticipación a la ABC (Fiscalización)
debiendo tomarse en cuenta el periodo que demandará tal acción.
 Evaluar periódicamente la eficacia del sistema de Supervisión ambiental, verificando si existe: (i)
una efectiva y rápida detección y alerta de situaciones de no conformidad; (ii) respuestas
correctivas prontas y adecuadas; (iii) adopción de nuevas medidas preventivas y ajuste de prácticas
que lleven a evitar la repetición de problemas. En este sentido, se deberá Identificar los eventuales
puntos de falla e incluir recomendaciones de ajustes en los Informes.
 Advertir a la ABC (Fiscalización), la eventual ocurrencia de casos de: (i) incumplimientos de normas
ambientales y de lo establecido en los instrumentos de regulación ambiental de alcance particular;
(ii) demora injustificada para la corrección de no-conformidades; o (iii) situación de grave daño
ambiental, que pueden dar lugar a la aplicación de multas a la ABC; iv) posibles conflictos sociales
con la identificación de las causas. En este caso, en coordinación con la Empresa Contratista, el
equipo socio ambiental Supervisión deberá plantear las mejores soluciones que viabilicen la
ejecución del proyecto.
 Dar cumplimiento al procedimiento de aplicación de NO CONFORMIDADES, establecido en el
Contrato del Contratista
 Participar en reuniones convocadas por los habitantes de la zona, ya que se requiere que
Supervisión conozca de manera directa los posibles reclamos, quejas y potenciales conflictos, con el
fin de buscar soluciones que generen perjuicios a los objetivos del proyecto.
 Liberación del DDV a través de la aplicación de los procedimientos establecidos en el Programa de
Reposición de Pérdidas (PRP) y la información generada por el equipo PRP de Supervisión.
 En caso de realizarse algún hallazgo arqueológico y paleontológico en un frente de trabajo, ejecutar
las labores de rescate, que cuenten con la autorización de la UDAM para la continuación con los
trabajos, según la Ley 530.
 Evaluación, complementación (en caso de ser necesario) y elaboración de las carpetas o informes
para la Liberación del DDV.
 Evaluación de los resultados del avance del Programa de Reposición de Pérdidas y la Liberación del
DDV, así como su reporte en los Informes mensuales.
 La Supervisión será responsable de la Liberación Efectiva del DDV (se entiende como liberación
efectiva del DDV: la gestión y acompañamiento en el proceso de pago, desalojo y demolición de las
afectaciones a infraestructuras, servicios y otros).
 Dar la conformidad para la devolución de la Boleta de Garantía al Contratista, certificando el
cumplimiento de todas las responsabilidades ambientales de acuerdo a la situación verificada en el
Informe Inicial de Medio Ambiente, EEIA y estado final de medio ambiente del proyecto.
 En caso de multas, sanciones o procesos atribuibles a Supervisión por incumplimiento de la
normativa vigente o negligencia, los costos, procesos, multas y otros deberán ser asumidos por
Supervisión en su integridad.
 La Supervisión Ambiental deberá realizar durante la ejecución de la obra un programa de
información y capacitación ambiental destinado al personal del contratista y del consultor
(capataces, obreros, técnicos y otros).
 Previo a la recepción provisional, la Supervisión deberá garantizar el cierre de las áreas intervenidas
por el Contratista (bancos de préstamo, buzones, caminos de acceso, plantas industriales,
campamentos, etc.). Este aspecto deberá validarse a través de un informe que será presentado a la
Fiscalización para su aprobación y posterior remisión a la ABC.
38.10.3. LIBERACIÓN DEL DERECHO DE VÍA
Con la finalidad de que se pueda contar con áreas liberadas para la iniciación de los trabajos de construcción,
el Equipo del Programa de Reposición de Pérdidas (PRP) de la Empresa Supervisora deberá realizar los
trabajos inherentes a la liberación del Derecho de Vía (DDV) en cada frente de trabajo, en base a la
metodología correspondiente de la ABC. En tal sentido, la empresa de supervisión deberá planificar este
trabajo con la ABC (Fiscalización), debiendo presentar el correspondiente cronograma de actividades para la
ejecución de la LDDV.
En primera instancia, deberá revisar la documentación existente y compararla con la última versión del
diseño que se vaya a aprobar, determinando si la misma responde a los objetivos y reúne todas las
condiciones para la liberación del DDV. En todo caso, la Supervisión deberá generar un informe sobre la
revisión indicada y comenzar a trabajar en la LDDV una vez que se cuente con el diseño geométrico
aprobado para cada frente de trabajo. Al respecto, se aclara que la Empresa a cargo de la Supervisión del
Proyecto, como parte de su propuesta, correrá con los gastos asociados a la contratación de un Notario de
Fé Pública, el cual será contratado para el proceso de pago de las carpetas de afectaciones identificadas en
cada tramo.
El retraso en la aprobación de sub tramos por parte de Supervisión que signifique demora en la ejecución de
obras, será de absoluta responsabilidad de Supervisión, lo cual será sujeto a la apertura de no
conformidades y multas. En este sentido, los frentes de trabajo (diseños liberados) aprobados por
Supervisión deberán prever el tiempo suficiente para que el equipo de liberación pueda trabajar con el
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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levantamiento de información y proceso de carpetas.
Finalmente, se aclara que el equipo PRP de la Supervisión deberá analizar la pertinencia de la aplicación del
Uso Efectivo del DDV (UEDDV), este aspecto deberá ser evaluado y propuesto en un informe que considerará
los frentes de trabajo tomando en cuenta criterios técnicos, sociales, ambientales, económicos y culturales,
debiendo considerarse lo establecido en el EEIA, no obstante, en caso de requerirse un ancho de vía mayor,
deberá evaluarse y justificarse esta situación.
38.10.4. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL EQUIPO PRP
El Equipo de PRP de la Supervisión tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) Presentación del Equipo de Profesionales de la empresa de supervisión a cargo de la LDDV.
b) Solicitar una reunión de inducción, para la capacitación en la aplicación de los procedimientos de la
ABC para la LDDV.
c) Garantizar la LDDV en frentes de trabajo de al menos 50% de la longitud del tramo, antes
del inicio de obras, en coordinación con la ABC.
d) Presentar a la Subgerencia Socio Ambiental un cronograma de trabajo de presentación de carpetas de
afectación por Liberación del DDV, en el marco de los frentes de trabajo identificados
e) Coordinar proactivamente las actividades a realizar con todos los Especialistas PRP de la
Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) a través de la Subgerencia Socio Ambiental (GNT/SSA).
f) Elaboración de Propuesta de Informe de Uso Efectivo de Liberación del Derecho de Vía (UEDDV), en el
que se analice la pertinencia de su aplicación, en base a criterios técnicos, sociales, ambientales,
económicos y culturales coordinados con el Equipo PRP de la ABC.
g) Aplicar y respetar la normativa vigente, así como los procedimientos, metodologías y/o manuales
aplicados actualmente en la ABC para la liberación del DDV
h) Trabajar de forma exclusiva para el proyecto y permanecer en campo para el trabajo de ejecución del
PRP hasta la conclusión de la liberación efectiva del DDV. Al respecto, se aclara que los profesionales
contratados por la Supervisión para este fin, no podrán participar en otros proyectos de la ABC
mientras presten sus servicios para este proyecto.
i) En base a los alcances y funciones asignadas, deberá asumir responsabilidad sobre la obtención de
información, sistematización, y análisis de cada caso de los afectados identificados por la Liberación
del DDV. Asimismo, el equipo PRP será responsable de la consolidación de fichas de campo y de
gabinete en un expediente - carpeta de afectación.
j) Asesorar a la ABC respecto a los procesos de prevención y mitigación de impactos sociales por efectos
constructivos de la carretera y el DDV. También debe asesorar a la Entidad en temas de tierra y
territorio, así como la normativa vigente y otras normativas s en el marco de proyectos carreteros.
k) En coordinación con el Especialista Ambiental de Supervisión, el equipo de profesionales PRP asumirá
responsabilidad de la otorgación de frentes de trabajo a la contratista de forma oportuna a fin de
evitar la paralización de obras (STAND BY).
l) Analizar y plantear soluciones a problemas y/o denuncias que surjan durante el proceso de LDDV con
el fin de evitar cualquier conflicto. En casos especiales de conflictividad, el equipo PRP de la
Supervisión deberá reportar y alertar a la ABC sobre las situaciones que se presenten, planteando las
mejores soluciones.
m) Participar y emitir el criterio técnico dentro del marco de sus funciones en reuniones informativas e
interinstitucionales, entre ocupantes del DDV, autoridades representativas (indígenas, comunales,
sindicales, OTB’s, etc) y otras instancias en el marco de la problemática de la LDDV.
n) Realizar seguimiento y coordinación con las instancias que corresponda para que se proceda en
campo con la efectiva liberación del DDV ya compensado (indemnización o reposición), reportando el
avance a la ABC a fin de verificar la LDDV definida en cada tramo del proyecto. Elaborar informes
especiales y a requerimiento de la entidad Contratante (ABC a través de la Gerencia Nacional Técnica
- GNT y/o la Subgerencia Socio Ambiental - SSA) cuando se requiera.
o) Priorizar la Liberación del DDV en frentes de trabajo donde se hallen casos sensibles (casos de
afectados de alta vulnerabilidad; afectaciones a servicios; afectaciones a infraestructuras de salud,
educativas, religiosas, comunales y otros)
p) Verificar, complementar y desarrollar continuamente una Base de Datos completa (en formato SIG)
referida a las afectaciones del proyecto por efecto de la liberación del DDV, debiendo adjuntarse el
mismo con cada lote de carpetas de afectaciones presentadas, para su revisión y aprobación por
parte del Equipo PRP de la ABC, de acuerdo al cronograma aprobado y criterios ya establecidos.
q) Elaborar un cronograma de desalojo del inmueble y/o demolición de infraestructura una vez
realizada la respectiva compensación por la Liberación del DDV.
r) La Empresa Supervisora deberá establecer una oficina de Información y Relacionamiento
Comunitario en sitios estratégicos a fin de mantener informada a la población y afectados por LDDV.
s) Acompañar y supervisar el proceso de construcción de las nuevas edificaciones en casos de
reposiciones, mismas que deben ser fuera del DDV.
t) Brindar asesoramiento a las familias en los trámites respectivos para la consolidación de
documentación para el armado de carpetas de afectación por la Liberación del DDV.
u) Garantizar la presencia de un notario de fe pública y prever su pago, para el proceso de
Compensación (Indemnización y/o Reposición) de los afectados por el Derecho de Vía, debiendo
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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realizar el acompañamiento y prever la logística necesaria.
v) Para el componente arqueológico, realizar la liberación de los tramos priorizados (monitoreo, rescate
arqueológico y conservación preventiva). Asimismo, deberá dar cumplimiento a la Ley Nº 530. Se
aclara que el trabajo del especialista culminará con la liberación efectiva del proyecto, previa
aprobación de la ABC y la UDAM, para lo cual Supervisión deberá facilitar el equipo, herramientas y
logística necesaria para ejecutar las labores de campo y análisis de material arqueológico,
garantizando un lugar seguro para su resguardo final y, si el caso lo amerita, reforzar el equipo
arqueológico con más personal en campo.
38.10.5. PRODUCTOS Y RESULTADOS DE LOS SERVICIOS
El principal resultado esperado es que las obras de construcción del tramo vial, así como el inevitable
proceso de interacción social entre la obra y las comunidades locales, transcurran con el menor grado de
conflictos e impactos socio-ambientales. En este marco, el equipo de Supervisión generará los siguientes
informes y productos:
Durante la etapa de revisión, validación y/o complementación del EEIA:
- Documentación para la Actualización de la Licencia Ambiental (incluido el PPM y PASA actualizados)
de acuerdo a lo establecido en normativa ambiental vigente (6 meses)
- Informe de Revisión y actualización del PRP del EEIA, incluido el análisis de uso efectivo de DDV, si
corresponde (3 meses)
- Documento Ambiental Específico (DAE) donde se deberá reportar la información actualizada referida
a los siguientes aspectos (6 meses):
a) Situación ambiental y social actual, previa al inicio de obras
b) Fuentes de agua, con indicación de volúmenes a ser explotados y evidencia de la accesibilidad
técnica, social y legal a las mismas
c) Buzones de almacenamiento de material excedentario y bancos de préstamo
d) Plan de manejo de campamentos y áreas industriales
e) Actualización de las medidas de prevención y mitigación
f) Plan de hidrosiembra, que incluirá las áreas a ser intervenidas con esa técnica, su
cuantificación y costos respectivos,
g) Presupuesto ambiental actualizado y detallado, discriminando aquellos costos que se atribuirán
a los gastos generales del contratista y aquellos que se pagarán por ítems e identificando la
fuente de financiamiento.
- Plan de relacionamiento comunitario y resolución de conflictos, con identificación precisa de las
organizaciones representativas de la población, con las cuales interrelacionará durante la
construcción de la obra. (6 meses)
- Plan de difusión y comunicación, que involucre tanto a comunidades como usuarios de la carretera,
el cual deberá presentar metodologías de acuerdo a público al cual se dirige, e incluir la difusión de
la siguiente información (6 meses):
a) ventajas y problemas de la implementación de la carretera
b) actividades que serán desarrolladas en las carreteras
c) áreas consideradas de riesgo
d) horarios y/o vías alternativas (en caso de desvíos o cierre de vías)
e) medidas de seguridad para las comunidades vecinas
f) impacto sobre servicios
g) cronograma, presupuesto, responsables, en caso de que aplique.
- Plan de Gestión Social, para asegurar la socialización del proyecto antes y durante la
implementación del mismo; así como verificar el cumplimiento del Código de Conducta y la
implementación de un mecanismo permanente de atención de consultas, quejas e información. (6
meses)
- Acuerdos alcanzados para la explotación de bancos de préstamo y utilización de buzones de
material excedente, requeridos para 6 meses de obra. Posteriormente en un capitulo especifico de
los informes trimestrales, se presentara los acuerdos para los siguientes meses de trabajo. (6
meses)
- Evidencia de que se ha cumplido la LDDV en frentes de trabajo de al menos 50% de la
longitud del tramo. (6 meses)
Durante la etapa de construcción:
- Informes de Supervisión Ambiental mensuales, con evaluación sucinta de la situación del
cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación programadas, así como el resumen de no-
conformidades pendientes. El documento debe incluir reporte fotográfico. Deberá incorporarse los
informes sobre la evaluación y complementación de los programas de Manejo ambiental de los
sitios de explotación de materiales para la construcción de la vía y Manejo ambiental de fuentes de
agua potenciales a ser utilizadas en el proyecto.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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- Informe de Monitoreo Ambiental Semestral para la Autoridad Ambiental Competente Nacional, con
la interpretación de los análisis de laboratorios de acuerdo a los Reglamentos de la Ley de Medio
Ambiente.
- Informe Final de Supervisión Ambiental y visto-bueno para la liberación de la Boleta Bancaria de
Garantía de Cumplimiento de Contrato del Contratista.
- Elaboración de informes especiales de acuerdo a solicitud de la ABC, organismo financiador,
autoridad ambiental competente,
- Elaboración de programas de seguridad vial semestrales, que contemplen aspectos tales como
señalización, pasos temporales, protección del peatón y todas las medidas que garanticen la menor
afectación posible a los peatones que circulan por los alrededores de los sitios de obras.
- Evidencia de la conclusión de la LDDV de la totalidad del tramo a los 360 días a partir de la orden de
proceder al contratista
- Informes trimestrales (a ser presentados 10 días posteriores acabado el trimestre) y/o semestrales
(a ser presentados 10 días posteriores acabado el semestre) sobre la gestión ambiental y los
avances del Programa de Reposición de Perdidas.
- A la conclusión del proceso de Liberación del DDV, los profesionales deben elaborar el Informe de
cierre del PRP con la presentación de los siguientes contenidos:
 Memoria del proceso de liberación del DDV
 Planos de planta de la totalidad de las afectaciones
 Planos sobre imagen satelital con la totalidad de las afectaciones
 Planos de sectores donde se aplica el uso efectivo del DDV
 Planos de las obras de reposición (formato Cad)
 Planos de ubicación de afectación a servicios (públicos y privados)
 Base de datos alfanuméricos consolidados en una geodatabase (GDB)
 Mapas de afectaciones a escala a ser convenida con la ABC, elaborada en SIG
Se aclara que los planos y bases de datos completa (Información legal del Afectado, mejoras y
áreas de terreno liberadas y montos compensadas, Fotos, documentación pertinente digitalizada,
etc), deben ser elaborados a partir de un SIG.
- Una vez concluida la ejecución del proyecto, presentar el informe final de la gestión ambiental de la
obra.
Se aclara que todos los informes a ser presentados a la ABC deberán ser firmados por los especialistas a
cargo de su elaboración. Para el caso de los informes, los documentos deberán ser firmados por el
Especialista Ambiental (con RENCA), quien deberá asumir responsabilidad acerca de la veracidad de la
información.
38.10.6. PERSONAL MÍNIMO NECESARIO PARA EL EQUIPO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL
El control y seguimiento socio ambiental estará liderado por un Especialista Ambiental, quien coordinará las
acciones para la correcta aplicación de las medidas previstas en el PASA y la Liberación del Derecho de Vía.
A continuación se lista el equipo mínimo necesario para efectuar el Supervisión Socio Ambiental, mismo que
podrá ser incrementado para cumplir los objetivos del Proyecto:
- Un (01) Especialista Ambiental de Supervisión*, que coordinará todas las actividades de
seguimiento y control de las medidas propuestas en el EEIA y las actividades de Liberación del DDV
- Un (01) Especialista Social, que tendrá como función principal verificar el cumplimiento de los
programas sociales planteados en el EEIA y el Plan de Gestión Social, así como prevenir, alertar y
coordinar la solución de los conflictos sociales que vayan a generarse por la implementación del
Proyecto
- Equipo de Apoyo ambiental1
: un (01) inspector ambiental de apoyo al Especialista Ambiental
Principal, un especialista social de apoyo al especialista social principal y un (01) profesional en el área
forestal o de agronomía para ejecutar programas de revegetación (a requerimiento de la ABC)
- Equipo PRP, conformado por dos (02) Abogados, dos (02) Ingenieros Agrónomos, dos (02)
Arquitectos o Ingenieros Civiles, dos (02) Especialistas Sociales, un (01) Arqueólogo, dos (02) Cadistas
y dos (02) Topógrafos o agrimensores.
*Personal Puntuable
A continuación se describe el perfil profesional del personal que formará parte del equipo socio ambiental de
Supervisión.
Un (01) ESPECIALISTA AMBIENTAL: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional.
Ing. Ambiental o profesional de ramas afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal),
con 6 años de experiencia general en gestión ambiental y 4 años de experiencia específica de acuerdo
a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo, con RENCA ACTUALIZADO.
Un (01) ESPECIALISTA SOCIAL: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional.
Formación académica universitaria con grado de Licenciatura o equivalente en Sociología,
1
El Inspector Ambiental coadyuvará y cooperarán en el cumplimiento de las responsabilidades específicas al Especialista
Ambiental, no pudiendo delegar a este la responsabilidad del control y seguimiento.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Comunicación Social y/o Antropología. Se valorará los títulos de post grado, maestría y doctorado en
la temática social y/o ambiental.
Experiencia profesional general de 5 años y específica de 3 años en relacionamiento comunitario,
gestión social en proyectos lineales.
Se valorará la experiencia en proyectos carreteros, así como también la experiencia en gestión y
resolución de conflictos. Asimismo, se valorara la colegiatura en el colegio profesional que
corresponda.
Equipo de Apoyo Ambiental
Un (01) Inspector Ambiental: Perfil profesional con título en provisión nacional
Formación académica universitaria con grado de Licenciatura en Ing. Ambiental o profesional de ramas
afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal), Experiencia profesional general de 2
años y específica de 1 año en proyectos viales.
Se valorará la experiencia en proyectos carreteras en condición de inspector ambiental, ingeniero
ambiental de seguimiento y otros trabajos en el sector carretero.
Deberá contar con el registro profesional RENCA
Un (01) Ingeniero Forestal o Agrónomo (a requerimiento): Perfil profesional con título en
provisión nacional
Formación académica universitaria con grado de Licenciatura o equivalente en Ingeniería Forestal o
agronómica
Experiencia profesional general de 2 años y específica de 1 año en revegetación.
Se valorará la experiencia en proyectos carreteras.
Un (01) Especialista Social de Apoyo: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional.
Formación académica universitaria con grado de Licenciatura o equivalente en Sociología y/o
Antropología. Se valorará los títulos de post grado, maestría y doctorado en la temática social y/o
ambiental.
Experiencia profesional general de 3 años y específica de 1 año en proyectos lineales.
Se valorará la experiencia en proyectos carreteros así como también la experiencia en gestión y
resolución de conflictos. Asimismo, se valorará la colegiatura en el colegio profesional que
corresponda.
Personal del Programa de Reposición de Pérdidas PRP
Dos (02) Abogados: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional y Registro en el Ministerio de
Justicia
Experiencia profesional general de 4 años del ejercicio de la abogacía, experiencia específica de 2
años, de los cuales 1 año en adquisición y legalización de propiedades rurales, o en elaboración de
documentos de carácter legal y tramitación de procesos de registro de transferencia o en legalización
de propiedades rurales, o en conocimiento de la problemática agraria en el país y 1 año en procesos
de Liberación del DDV en proyectos lineales.
Adicionalmente experiencia en proyectos socio – legales, en trabajos con comunidades rurales, en
negociación y manejo de conflictos, en procesos de saneamiento de tierras y en equipos
multidisciplinarios.
Dos (02) Ingenieros agrónomos: Perfil profesional con título en Provisión Nacional y Registro en el
Colegio Profesional respectivo
Experiencia general de 4 años; experiencia específica mínima de 2 años, de los cuales 1 año en
avalúos o tasación de bienes rurales o agrícolas, o en proyectos de desarrollo productivo con enfoque
social, o trabajo con comunidades rurales, en trabajos en temas medio ambientales y con equipos
multidisciplinarios, en negociación y manejo de conflictos, en procesos de saneamiento de tierras y 1
año en procesos de Liberación del DDV en proyectos lineales.
Dos (02) Arquitectos o Ingenieros civiles: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional y
Registro en el Colegio o Sociedad Profesional que corresponda
Experiencia profesional general 4 años, experiencia específica mínima de 2 años, de los cuales 1 año
en avalúos o tasación de bienes urbanos, rurales y agrícolas, o diseño arquitectónico y 1 año en
procesos de Liberación del DDV en proyectos lineales.
Dos (02) Especialistas Sociales: Perfil profesional con título en provisión nacional a nivel
licenciatura en Antropología, Sociología o Trabajo Social
Experiencia profesional general de 4 años; Experiencia Específica mínima de 2 años, de los cuales 1
año en proyectos de desarrollo productivo con enfoque social, o trabajo con comunidades rurales,
pueblos indígenas, originarios y campesinos y 1 año en procesos de Liberación del DDV en proyectos
lineales.
Experiencia laboral en temas medio ambientales (no excluyente), trabajo con equipos
multidisciplinarios, en negociación y manejo de conflictos, en procesos de saneamiento de tierras.
Un (01) Arqueólogo: Perfil profesional con título en provisión nacional y académico a nivel
Licenciatura en Arqueología.
Experiencia general de 3 años; experiencia específica mínima de 2 años en diagnóstico, intervención y
mitigación, excavaciones arqueológicas, rescate arqueológico y/o asociado al seguimiento arqueológico
en estudios, obras, supervisión, fiscalización o similares.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Dos (02) CADISTAS: perfil profesional con título en provisión nacional en arquitectura, ingeniería
civil y/o ingeniería geográfica
Experiencia general 4 años, experiencia específica de 2 años computables y sustentados con
certificados trabajo a partir de la obtención del título académico (no se considerará meses de traslape-
sobreposición de tiempos).
Experiencia específica requerida: manejo de dibujo técnico especializado (dominio del paquete CAD,
Software SIG elaboración de planos arquitectónicos y otros relacionados).
Dos (02) Topógrafos: Perfil Técnico Superior en topografía o en Agrimensura
Experiencia general mínima de 4 años, y 2 años de experiencia específica en relevamiento catastral
(rural-urbano), replanteo de carreteras.
Conocimiento en manejo y dominio de Estación total, Sistemas de Posicionamiento Global (GPS),
AutoCad, sistemas de Información Geográfico (ArGis, QGIS, etc.).
Se aclara que a objeto de evaluación de hojas de vida del personal socio ambiental propuesto, la
experiencia general será computada a partir de la obtención del título académico.
Por otra parte, el personal PRP propuesto por Supervisión para el proceso de Liberación del DDV
(Abogados, Ingenieros Agrónomos, Arquitectos y/o Ing. Civiles, Antropólogo-sociólogo- Trabajador Social y
Arqueólogo), será contratado en forma directa por Supervisión de acuerdo al perfil solicitado; para tal
efecto se presentará las hojas de vida de cada profesional en un plazo de 10 días calendario a la entrega
de la Orden de Proceder para su aprobación respectiva por la Sub Gerencia Socio Ambiental de la ABC.
Personal Mínimo para el Supervisión Socio Ambiental
Plazo mínimo de
asignación
(mes/hombre)
Especialistas “Clave”
(1) Especialista Ambiental
Tiempo que dure la
supervisión
(1) Especialista Social
Tiempo que dure la
supervisión
Equipo de Apoyo Socio Ambiental
(1) Inspector Ambiental
Tiempo que dure la
supervisión *
(1) Especialista Social
Tiempo que dure la
supervisión
(1) Ing. Forestal o agrónomo
A requerimiento de
ABC
Equipo PRP para el Proceso de Liberación del DDV
(2) Abogados (Especialidad en Derecho Agrario) 12 meses**
(2) Agrónomos (Avalúos, SIG) 12 meses **
(2) Arquitectos. Especialista en Avalúos y Diseños 12 meses **
(2) Sociólogos, Antropólogos y/o Trabajadores Sociales (Especialista Social) 12 meses **
(1) Arqueólogo 12 meses **
(2) Cadistas 12 meses **
(2) Técnicos Topógrafos o Agrimensores 12 meses **
* El requerimiento de los Técnicos estará en función a las tareas en cada etapa (validación del estudio y
construcción) y los frentes de intervención durante el periodo constructivo
** Se prevé que el tiempo de LDDV con dos equipos es de 12 meses. No obstante, en caso de retrasos
en la LDDV, Supervisión deberá asumir a su costo el tiempo adicional que se requiera.
En caso de identificarse que el personal asignado a tareas específicas no cumpla debidamente con sus
responsabilidades, la ABC se reservará el derecho de solicitar el cambio correspondiente de profesional
en un plazo no mayor a 15 días.
En caso de que la ABC verifique la ausencia reiterada de los profesionales propuestos, se aplicará una
multa de 35.000,00 Bs ante la tercera inasistencia en campo.
La Empresa Supervisora deberá garantizar del equipo profesionales PRP hasta el cierre final del proceso
de Liberación del DDV
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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La ABC verificará que los profesionales propuestos no figuren en otro proyecto, siendo esta una causa
de descalificación.
Fase 3 Cierre del proyecto.
Cierre de proyecto, tendrá una duración de 180 días calendario (6meses), es el periodo comprendido
entre la Entrega Provisional y Definitiva de la Obra, en la que se realizara la Elaboración del Informe
Final y liquidación de Contrato de la Obra y de Supervisión.
38.11 PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL.
El plazo máximo para la conclusión del Proyecto determinado por la Institución Contratante es de 1025
días calendario (34,17 meses) a partir de la orden de proceder, al servicio de supervisión, de acuerdo
al siguiente detalle:
Productos Previos a la Construcción (ASV, Informes
Ambientales, etc.)(1):
180 días calendario (6 meses)
Supervisión de obras(2): 665 días calendario (22,17 meses)
Cierre del proyecto Etapa Post - construcción (3) 180 días calendario (6 meses)
(1) El periodo de movilización (15 días calendario), es parte de la duración de la realización de
los Productos Previos a la Construcción
(2) Supervisión Técnica, Ambiental y Social en la etapa de Ejecución de las Obras, incluye
Replanteo Topográfico y el periodo de Movilización de la empresa contratista.
(38) Cierre de proyecto entre la Entrega Provisional y Definitiva de la Obra – Elaboración del Informe
Final y liquidación de Contrato de la Obra y de Supervisión.
Este último plazo corresponde a un período de garantía de 6 meses entre recepción provisional
y definitiva. Cuenta para establecer el plazo de servicio del contrato (1025 días calendario).
38.12 INFORMES Y CALENDARIO DE ACTIVIDADES
Con el objeto de mantener al Contratante permanentemente informado sobre la marcha de las obras, el
Consultor presentará los siguientes informes a la ABC:
38.12.1. Informe Inicial
Un informe inicial en 2 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales editables hasta los 15 días
calendario de la recepción de la Orden de Proceder de la Supervisión Técnica, conteniendo un programa
detallado de sus actividades e indicando como se propone ejecutar y concluir el trabajo durante el
período de ejecución de la obra, además frentes de obra para el Contratista. Este programa una vez
aprobado solamente podrá ser modificado con la aprobación escrita de la ABC.
En caso de incumplimiento en la presentación del Informe de Inicial dentro del plazo previsto, el
Consultor se hará pasible a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato.
38.12.2. Informes previos a la Construcción
Informe de medio término de la ASV.
Un informe de medio término de la ASV en 2 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales editables a los
30 días calendario de la emisión de la Orden de Proceder, conteniendo un detalle de las actividades
realizadas y los resultados parciales resultantes de la ASV, incorporando adicionalmente una
estimación del presupuesto necesario para implementar las recomendaciones de la ASV.
En caso de incumplimiento en la presentación de este informe dentro del plazo previsto, el Consultor
se hará pasible a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato.
Informe de los resultados y recomendaciones de la Auditoría de Seguridad Vial.
Informe de resultados y recomendaciones de la Auditoria de Seguridad Vial en 7 ejemplares impresos y
18 ejemplares digitales editables, que deberá ser entregado a la ABC hasta los cincuenta (50) días
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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calendario a partir de la Orden de Proceder, conteniendo una revisión completa del Diseño Final del
Proyecto, análisis del programa de construcción y las modificaciones al Proyecto con su correspondiente
Justificación Técnica este documento debe anexar Estudios de Campo, Memoria de Calculo, Planos a
Detalle, Cómputos Métricos, Presupuesto, y otros requerimientos que efectúe la ABC para su
aprobación. Este documento debe anexar mapas en imagen satelital con resolución igual o menor de 1m
por pixel, de las áreas de afectación dentro del Derecho Vía considerando una franja de 50 metros a cada
lado del eje de la carretera, asimismo deberá contener las correspondientes progresivas, reportes
fotográficos, etc. Este informe debe venir acompañado del EEIA para su remisión a la DGMA.
La Supervisión es la directa responsable de coordinar con la Fiscalización y los Especialistas de la Gerencia
Nacional de Proyectos para que el producto presentado sea aprobado en el menor plazo posible
atendiendo a las observaciones y con las complementaciones correspondientes.
Conjuntamente a esta presentación y en la misma cantidad de ejemplares físicos y digitales del informe de
revisión del diseño, el Supervisor presentará documentos independientes relacionados con: los
resultados y recomendaciones de la Auditoría de Seguridad Vial.
En caso de incumplimiento en la presentación del Informe de los resultados y recomendaciones de la
Auditoría e Seguridad Vial; dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa, de
acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato.
Se hace notar que independientemente de la aprobación del Informe de los resultados y
recomendaciones de la Auditoría e Seguridad Vía; SE APLICARÁ LA PENALIDAD establecida en el Inciso
a) de la cláusula Trigésima tercera del respectivo contrato, CADA VEZ QUE SE IDENTIFIQUEN falencias
en el diseño revisado y validado por el Supervisor o se generen modificaciones al mismo en la etapa de
ejecución. Cabe reiterar que en caso de que se identifique alguna necesidad adicional en el proyecto en
etapa de ejecución de actividades de construcción, la Supervisión asumirá su responsabilidad por la
omisión y tendrá la obligación de cubrir con sus recursos económicos cualquier incremento del
presupuesto de construcción que derive de dicha necesidad adicional.
La entidad Contratante a través de la Fiscalización, se reserva el derecho de realizar valoraciones en
este caso, y aplicar las sanciones a la firma Supervisora que estime convenientes, en el marco de las
previsiones contractuales.
Informe de Proyecto Ejecutivo.
Informe de la Proyecto Ejecutivo en 7 ejemplares impresos y 18 ejemplares digitales editables, que
deberá ser entregado a la ABC hasta los (90) días calendario a partir de la Orden de Proceder, o de
acuerdo al plazo propuesto, conteniendo una revisión completa del Diseño Final del Proyecto con las
modificaciones al Proyecto y su correspondiente justificación técnica e incorporando las recomendaciones
del “Informe de los resultados y recomendaciones de la Auditoria de Seguridad Vial”, además de las
modificaciones que resulten del análisis de la variante de Yamparaez y al sector Urbano de Sucre . Este
documento debe anexar Estudios de Campo, Memoria de Calculo, Planos a Detalle, Cómputos Métricos,
Presupuesto, y otros requerimientos establecidos por la ABC para su aprobación, dirigirse a todo lo
establecido en el 38.9 FASE 1 y 38.10.5.
La Consultora (Supervisión) es la directa responsable de coordinar a través de la Fiscalización y IRT, con
los Especialistas de la Gerencia Nacional Técnica para que el producto sea aprobado en el menor plazo
posible atendiendo a las observaciones y con las complementaciones correspondientes.
En caso de incumplimiento en la presentación, corrección y/o complementación del Informe de
Proyecto Ejecutivo del Diseño Final del Proyecto dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible
a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato.
Informes del componente socio-ambiental
De acuerdo a lo establecido en los presentes TDR (ver numeral 38.10. Componente Ambiental), los
informes a presentar en la etapa previa a la ejecución del proyecto (Revisión y actualización del PRP,
Análisis de las condiciones ambientales modificadas, DAE, Relacionamiento Comunitario y Resolución de
conflictos, Difusión y Comunicación, acuerdos/autorizaciones y de liberación del derecho de vía para el 50
% del tramo) deberán ser presentados en los plazos establecidos en el presente DBC en dos (02)
ejemplares impresos y cinco (05) ejemplares digitales. La revisión de documentos por parte de la
Fiscalización de ABC tendrá un plazo máximo de 10 días en los cuales se deberá elaborar un informe de
aceptación o rechazo del producto. En caso de presentarse observaciones por parte de Fiscalización, el
Consultor tendrá un plazo máximo de 10 días para enmendar o complementar el documento, debiendo la
Fiscalización emitir su informe de aceptación o rechazo en un plazo máximo de 10 días. En caso de
persistir las observaciones o en caso de no cumplir con los plazos establecidos para la presentación de
estos informes, el Consultor se hará pasible a las sanciones establecidas en el contrato.
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38.12.3. Informes Mensuales de la Supervisión Técnica
Presentación a la ABC de Informes Mensuales de progreso, valorativos técnico-económicos no repetitivos
y narrativos, en 2 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales, incluyendo Informes Específicos y
Fotográficos, que serán entregados hasta el día 10 del mes siguiente (o lo que establezca en contrato).
Se incluirán Diagramas de Progreso de todas las fases de construcción. En estos Informes se abarcarán
los siguientes aspectos indicados con carácter enunciativo, no limitativo:
 Generalidades, describiendo en forma sucinta antecedentes, como son: el Convenio de Préstamo,
Contrato de Servicios de Supervisión y Contrato de Construcción.
 Descripción breve del Proyecto, indicando Ubicación, Longitud y Características Principales.
 Descripción sucinta del Objeto de la Supervisión
 Relación del personal asignado al Proyecto, tanto de supervisión como de la construcción,
avance alcanzado en los trabajos realizados, descripción de tareas de Supervisión realizadas y
modificaciones introducidas al Proyecto.
 Verificacion del equipo minimo propuesto por el Contratista.
 Administración del Contrato, relación de las directivas y órdenes de cambio aprobadas o que
estén en trámite y hayan sido previstas con la debida oportunidad.
 Información financiera con inclusión de los recursos disponibles, sus asignaciones, gastos de
construcción e ingeniería en el mes y acumulados, curva de flujo de fondos.
 Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia que fuera cursada durante el mes entre
el Consultor y la ABC con relación al Proyecto.
 Fotografías mostrando la actividad cumplida en las obras.
 Actividades realizadas por la empresa constructora: Su organización, capacidad demostrada
por el personal técnico responsable, equipo disponible en obra indicando cantidad, calidad, estado
y rendimiento para una evaluación de sus posibilidades de cumplir con el plan de trabajos dentro
del plazo contractual.
 Progreso de la obra mediante descripción del avance alcanzado en los principales ítems de
trabajo. Análisis del cronograma de obra, su influencia y las recomendaciones para nivelar el
mismo en caso de retrasos.
 Gráficos que muestren el ritmo general de progreso de la obra comparando con el cronograma
vigente Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia que fuera cursada durante el
mes entre el Consultor y el Contratista con relación al Proyecto.
 Recomendaciones para incrementar el ritmo de avance de los ítems considerados críticos
para cumplir con el plazo contractual, mediante el incremento de equipo, personal y/o
modificaciones en los procedimientos constructivos y otros aspectos técnicos.
 Informe sobre las dificultades que pueden anticiparse en el futuro y recomendación de las
medidas a tomar para disminuir sus efectos con relación al avance de las obras.
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 Provisión de materiales informando sobre el cumplimiento del plan de acopios y su relación
con el plan de trabajos vigente.
 Calidad de los trabajos ejecutados y de los materiales incorporados a la obra.
 Seguimiento y control a la compra y acopio de los materiales de construcción.
La FISCALIZACIÓN o el Contratante, podrán requerir información adicional a la antes mencionada, de
manera tal de enriquecer dicho informe mensual.
En caso de incumplimiento en la presentación del Informe mensual dentro del plazo previsto, el
Consultor se hará pasible a una multa correspondiente al contrato por cada día de retraso, de acuerdo
a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato
38.12.4. Informes Ejecutivos
Informes Ejecutivos mensuales en 4 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales, proporcionando
información periódica sucinta del Proyecto, incluyendo recomendaciones puntuales al Contratista sobre
problemas que se presenten en obra, criterio valorativo y comentarios sobre el desarrollo de los trabajos.
Estos Informes Ejecutivos no deberán contar con más de 5 páginas, en las que se describan en forma
concisa y breve los aspectos más importantes ocurridos en el mes del reporte.
38.12.5. Informes Especiales, sobre temas específicos del
Proyecto.
Anualmente se presentará un Informe Especial que aborde las actividades realizadas en relación con la
ASV y las medidas de estabilización de taludes considerados en el proyecto.
La ABC podrá requerir al Consultor elaborar Informes Especiales, sin que ello signifique incremento
alguno en el costo de los servicios, en 4 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales, cuando se
presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal de la obra; o que
una vez concluida estas sean necesarias a juicio de la FISCALIZACIÓN o del Contratante.
El plazo de presentación será determinado por el Contratante en función de la respectiva problemática.
En estos casos se elevará al Fiscal de Obra un informe circunstanciado sobre el particular, conteniendo
las recomendaciones del Consultor para que la ABC pueda adoptar las decisiones más adecuadas.
En caso de incumplimiento en la presentación del Informe Especial dentro del plazo previsto a solicitud
del Fiscal o la ABC, el Consultor se hará pasible a una multa correspondiente al contrato por cada día de
retraso, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato.
38.12.6. Informe Final
Informe Final sobre la construcción de la obra en 7 ejemplares impresos y 18 ejemplares digitales a los
30 días de la Recepción Definitiva, con la descripción detallada de los volúmenes de trabajo ejecutado,
costos de construcción y supervisión, personal y equipos utilizados, cumplimiento de plazo, problemas
confrontados y soluciones adoptadas, aceptabilidad de la obra construida, y cualquier otro aspecto
relevante ocurrido durante la ejecución de los trabajos y recomendaciones para el mantenimiento
futuro y sugerencia para la ejecución de obras en el futuro. Debe contener este informe un volumen de
planos de “Obra Concluida”, los cuales se presentarán tres (3) ejemplares en tamaño normal, cinco (5)
en tamaño reducido tamaño doble carta y diez (10) ejemplares digitales.
En caso de incumplimiento en la presentación del Informe final dentro del plazo previsto, el Consultor se
hará pasible a una multa correspondiente al contrato por cada día de retraso, de acuerdo a lo indicado en
la cláusula 33 del modelo de contrato.
38.13 CONDICIONES DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO
Condiciones de la Oferta y Forma de Pago General
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La forma de pago del servicio será de acuerdo a los siguientes criterios:
Estas tareas se iniciarán una vez emitida la Orden de Proceder
No. FASE
PLAZO
Días Calendario
% DE PAGO FORMA DE PAGO
1 Productos Previos a la Construcción 180 10
A la aprobación del
Producto
2 Supervisión Técnica, Ambiental y Social 665 85
Mixta
Condicionada
3 Cierre del proyecto 180 5
A la aprobación del
Producto
100
Gastos de Elaboración de los Productos Previos a la Construcción. - Se reconocerá el 10% del
monto total, a continuación, se presenta una tabla con la descripción de los Productos y la forma de pago:
FASE DENOMINACION ACTIVIDADES
Plazo de
presentació
n del
Producto
(Días
Calendario)
% DE PAGO
FORMA DE
PAGO
1
Productos Previos a
la Construcción
Informe Inicial 15
60
A la aprobación
del grupo de
Productos
• Informe a Término Medio de la ASV 30
• Informe de Resultados y
recomendaciones de la ASV
50
Plan de Manejo de Trafico
90Plan de mantenimiento de la vía
Informe de Revisión y actualización del
PRP del EEIA
• Informe del Proyecto Ejecutivo que
incorpore las recomendaciones de la
ASV y PRP
90
Informe de Análisis de las condiciones
ambientales modificadas
180
40
A la aprobación
del grupo de
Productos
Documento Ambiental Específico (DAE)
180
Plan de relacionamiento comunitario y
resolución de conflictos
Plan de difusión y comunicación
Acuerdos alcanzados (Bancos de
Materiales)
La LDDV en frentes de trabajo de al
menos 50% de la longitud del tramo
100
Gastos de Supervisión en la Ejecución de Obra.- El pago debe incluir todo el Personal y Equipo que
la Supervisión considere necesario para llevar adelante el servicio de Supervisión de la ejecución de la
obra, la forma de pago será:
Por avance de obra bajo la modalidad de Mixta Condicionada, será el 85% de la Propuesta Económica o
en proporción al porcentaje de la Propuesta. El pago de este monto se hará efectivo en los certificados
mensuales. En base al avance de obra y la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales se efectuará el pago de
la siguiente manera:
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a) El monto cancelado a la SUPERVISIÓN en el certificado de pago de cada mes, será de acuerdo al
porcentaje de avance físico de obra ejecutado en el mes por el CONTRATISTA.
b) En caso de que el monto mensual establecido por avance de obra sea menor al
necesario para que la SUPERVISIÓN realice sus actividades de manera regular según su
propuesta actualizada; este monto mensual será incrementado hasta cubrir el monto mensual
según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales.
Este incremento acumulado no podrá exceder más del 10% del monto de su contrato y debe ser
deducido en el certificado de pago correspondiente al mes donde el monto mensual sea menor al
necesario, según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales, por avance de obra, esta deducción se
aplicará en uno o varios certificados hasta cubrir el 100% del monto incrementado.
A efectos de la aplicación del inciso b) el Supervisor en un plazo de diez días posteriores a la
actualización del cronograma de ejecución de obra del CONTRATISTA actualizará su propuesta, esto no
significa la variación de ningún porcentaje ni incremento de ningún componente, es simplemente la
reasignación de los recursos de su propuesta en conformidad al cronograma real de ejecución de la obra;
y elaborará su Planilla de Gastos Mínimos Mensuales; en base a los Costos Directos (Formularios
Actualizados B-3 y B-4) en ningún caso podrá incluirse en esta planilla los Costos Indirectos ni las
utilidades. Esta planilla deberá desglosar mensualmente y a detalle todos los gastos que estén en los
costos directos (Honorarios, Equipos, Computadoras, Comunicaciones, Subcontratos, Pasajes, Viáticos,
Otros de acuerdo a cada caso).
La Supervisión con el objetivo de optimizar los recursos económicos de su propuesta, tendrá la libertad
para asignar y retirar (no cambiar) el personal propuesto (Especialistas, Personal Técnico, Personal de
Apoyo, etc.), de acuerdo a las necesidades del avance de la obra y a las condiciones propias de cada
proyecto. El Supervisor elaborará el listado del personal que trabajó cada mes en función a los trabajos
programados y según el cronograma actualizado para ejecución de Obras, con la debida aprobación por la
Fiscalización.
En caso de que se generen ampliaciones de plazo de construcción, por causas (acciones u omisiones) no
imputables al Supervisor (aspecto que será analizado y valorado por la Fiscalización y/o el Contratante),
los recursos para cubrir los costos de Supervisión que acompañen a las actividades del Contratista en el
período ampliado, serán incorporados al presupuesto del consultor a través de los mecanismos
establecidos contractualmente y tomando en cuenta los límites de % de incremento permitidos.
Gastos de Cierre de Proyecto.- Será máximo el 5% de la Propuesta Económica. Debe incluir todo el
personal y equipo que la Supervisión considere necesario para llevar adelante el servicio entre la
Entrega Provisional y la Entrega Definitiva en el plazo establecido para este período, el pago se hará en
dos planillas:
- Primer pago a la mitad del plazo entre la entrega Provisional y Entrega Definitiva, el
30% del monto ofertado para gastos de cierre de proyecto.
- Una vez aprobado el Informe Final y los planos as built en los plazos establecidos en el contrato,
70% del monto ofertado para gastos de cierre de proyecto.
38.14 TIPO DE GARANTÍAS
Conforme establece el Artículo 20 del DS. 0181, la entidad convocante define que el tipo de
Garantías que debe presentarse es la siguiente:
- Boleta Bancaria de Garantía de seriedad de propuesta por el 0.5% del monto de la
propuesta (Esta Garantía podrá ser presentada por la Asociación o individualmente por uno o
más socios a nombre de la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de
renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido).
- Boleta Bancaria de Cumplimiento de Contrato por el 7% del monto de la propuesta (Esta
Garantía podrá ser presentada por la Asociación o individualmente por uno o más socios a
nombre de la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable,
irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido).
- Boleta Bancaria o Póliza de Seguro de Correcta Inversión de Anticipo hasta el 20% del monto
de contrato cuando se solicite este anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo
otorgado (Esta Garantía podrá ser presentada por la Asociación o individualmente por uno o
más socios a nombre de la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de
renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido).
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38.15 CONDICIONES ESPECIALES
Aspectos a considerar en la oferta.
Dentro de los documentos legales y administrativos de la propuesta se deberá incluir de manera
Obligatoria el certificado de inspección previa, el cual será proporcionado por el Contratante.
En el Formulario A-3 en la columna correspondiente al “Monto Bs.” en la Experiencia General y Específica,
los Proponentes deben llenar esta columna solo si tienen los respaldos correspondientes.
En el Formulario A-3 podrán (optativo) adjuntar en su propuesta copia simple de los respaldos, en caso
de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados de los trabajos detallados, en
original o fotocopia legalizada emitida por la entidad contratante, tal como indican el formulario A-3.
El proponente deberá disgregar el formulario B-2 para cada fase del proyecto, teniendo un consolidado
en un formulario B-2 delante de los presupuestos por fase.
La empresa Consultora elaborará de acuerdo al requerimiento del fiscal, diseños y adecuaciones al
proyecto.
Multas por morosidad:
a) Equivalente al 3 por 10.000,00 del monto total del Contrato por cada día de atraso; Cuando el
SUPERVISOR, no entregará los documentos establecidos en la cláusula Vigésima Séptima dentro de los
plazos previstos en el cronograma, en versión definitiva.
b) Penalidad equivalente al 1 por 1.000 del monto total del contrato efectuada la segunda llamada de
atención por el FISCAL DE OBRA, por un mismo hecho; cuando el SUPERVISOR incurra u omita los
siguientes aspectos:
 Cuando se demore más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por
escrito por la ENTIDAD o por el FISCAL DE OBRA, en asuntos relacionados con el objeto del
presente contrato.
 Falta de dotación de equipamientos establecidos en el Documento Base de contratación
 Desmovilización de personal propuesto por 5 días discontinuos en un mes.
 Por uso indebido del equipamiento u otro instrumento dotado por la entidad para el
desarrollo del servicio.
 Por incumplimiento a instrucciones impartidas por el fiscal de obra.
 Por la presentación de documentos solicitados incompletos o mal elaborados.
De establecer el FISCAL DE OBRA que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite máximo
del diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a
efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conformea lo estipulado en la
Cláusula Trigésima Tercera del Modelo de Contrato
Multas por cambio de personal
También el CONSULTOR se hará pasible a la multa de Bs50.000.- (cincuenta mil 00/100
Bolivianos), toda vez que solicite al Contratante, a través de la FISCALIZACIÓN, autorización para
sustituir a cualquier personal técnico, que habiendo sido evaluado en la calificación
técnica de su propuesta, no ingrese a prestar servicios o que prestando servicios, sea sustituido
por cualquier causa, excepto incapacidad física del profesional, caso de muerte o rendimiento bajo por
causas de salud. En cualquiera de los casos el CONSULTOR deberá acreditar oportunamente con los
certificados respectivos, la causa aducida.
La reincidencia en el cambio del personal clave por parte del consultor se hará también pasible a una
multa de Bs50.000.- (cincuenta mil 00/100 Bolivianos) por cada personal profesional cambiado.
Multas por excedente sobrevalorado
Cualquier modificación del presupuesto de obra o plazo planteado por la Supervisión podrá ser
evaluada por una comisión técnica especial, si la ABC lo considera necesario para ratificar la idoneidad
de la propuesta.
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Si la diferencia entre la modificación de la supervisión y la evaluación de la comisión supera el 5% del
monto evaluado, la supervisión será pasible a una multa del 20% del excedente sobrevalorado.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL DE OBRA, con
base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de
los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD
ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por
medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47
de la Ley N° 1178.
Documentos del personal clave calificable
Como documentación adjunta a la propuesta se deberán incluir copias fotostáticas de los títulos de
licenciatura, maestría (si la tuviera) y Doctorado (si la tuviera).
Además, se deberá adjuntar la fotocopia del carnet de identidad con aclaración de firma de los
profesionales propuestos.
Aportes a las AFP
En cumplimiento a la ley general del trabajo, todo el personal calificable, no calificable y administrativo
debe aportar a la AFP, se deberá anexar los recibos de los depósitos mensuales a la planilla de pago,
siendo requisito para el desembolso.
38.16. TÉRMINOS DE REFERENCIA GENERALES
38.16.1. Autoridad Del Supervisor.
El Supervisor tendrá facultad y responsabilidad de resolver todas las cuestiones referentes a calidad y
aceptación de los materiales empleados, trabajo ejecutado y su pago, progreso de obra, interpretación
de planos y especificaciones, y la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de obra,
asimismo deberá realizar la interpretación de planos y especificaciones del Proyecto.
38.16.2. Acceso A La Obra.
El Supervisor, su personal y el Fiscal de Obra, designado por el Contratante, los funcionarios de dicha
Entidad y funcionarios gubernamentales que sean autorizados por el Contratante, tendrán en todo
momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisión de materiales,
equipamiento e instalaciones debiendo el Contratista proporcionar todas las facilidades que sean
requeridas para este objetivo.
38.16.3. Instrucciones Por Escrito.
Todas las instrucciones emitidas por el Supervisor deberán ser realizadas por escrito, a menos que por
alguna razón justificada y con carácter excepcional el Supervisor considere necesario impartir dichas
instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista también deberá cumplirlas. Tales instrucciones
deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser
consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones serán escritas en el libro de
Órdenes.
Toda instrucción impartida por el Supervisor al Contratista, que no fuese representada sustentada y que
no sea cumplida, será considerada como negligencia del CONTRATISTA, que motivará responsabilidades.
Las instrucciones no cumplidas serán debidamente reportadas y las obras ejecutadas en desacato con las
instrucciones del Supervisor no serán aprobadas por el mismo y deberán descontarse de la planilla
respectiva.
38.16.4. Orden De Proceder Al Supervisor.
A objeto que el Supervisor dé inicio a sus servicios, el Contratante a través de la FISCALIZACIÓN o de la
instancia de la ABC que administra el contrato (oficina departamental, oficina central, etc.), emitirá la
Orden de Proceder mediante una carta expresa.
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38.16.5. Inicio De Los Servicios.
Los Servicios del Supervisor darán inicio una vez impartida la orden de proceder, inicialmente deberá
realizar la elaboración de los Productos Previos a la Construcción, correspondiente a la Fase 1.
Sin embargo se aclara que entre la presentación de los Productos Previos a la Construcción y la Orden de
Proceder a la Contratista, existe la posibilidad de una discontinuidad de labores del consultor, esta
misma no será reconocida por la ABC.
Una vez emitida la Orden de Proceder al Contratista, dará inicio a la Fase 2 correspondiente a todas las
actividades de supervisión de la obra.
38.16.6. Responsabilidad Profesional.
El Supervisor, asumirá la responsabilidad técnica total de los servicios profesionales presentados bajo
contrato.
El conocimiento a detalle de todos los documentos y planos con los que se ha contratado la obra, son de
su directa responsabilidad, por lo que no puede aducir desconocimiento alguno para eximirse de la
responsabilidad final y total de la Supervisión Técnica de la obra.
38.16.7. Responsabilidad Civil.
En el caso que el Supervisor, en ejercicio de sus funciones, de lugar a que se emerja daño económico al
Estado, será responsable de resarcir el mismo, una vez que mediante la acción legal correspondiente se
haya demostrado tal hecho.
38.16.8. Responsabilidad Solidaria Y Mancomunada.
En el caso de Asociaciones Accidentales, las firmas componentes de la Supervisión Técnica, serán
responsables solidarias y mancomunadas del cumplimiento del contrato así como en el caso de cualquier
demanda legal.
38.16.9. Propiedad De Los Documentos.
Los originales de los documentos, libretas de campo, memorias de cálculo, planos, diseños y otros
documentos que elabore el Supervisor con relación a la obra, serán de propiedad del Contratante y en
consecuencia deberán ser entregados a éste en su totalidad y bajo inventario, quedando
absolutamente prohibida la difusión de dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento
previo y por escrito del Contratante.
38.16.10. Revisión Del Diseño Y Planos De Contrato.
Los servicios del Supervisor se iniciarán con la revisión minuciosa del Diseño Final con los que ha sido
contratada la obra de Construcción, los que deberán ser analizados de acuerdo a las condiciones
existentes en el terreno, en forma previa al proceso de movilización.
38.16.11. Replanteo Físico Y Trabajos Topográficos.
El Supervisor procederá al control de los trabajos topográficos iníciales, consistentes en el replanteo,
nivelación y levantamiento de secciones transversales, que servirán de base para la elaboración de las
Órdenes de Trabajo al Contratista, si se hace necesario.
Para la ejecución adecuada de esta actividad el Supervisor, deberá disponer en la obra de los
instrumentos que garanticen los trabajos.
38.16.12. Orden De Proceder Al Contratista.
El Supervisor con conocimiento de la FISCALIZACIÓN, emitirá la Carta de Orden de Proceder al
Contratista, a partir de la misma comenzará a correr el plazo contractual de ejecución de la obra.
38.16.13. Periodo De Movilización.
El periodo de movilización del Contratista establecido comienza a correr en la fecha de emisión de la
Orden de Proceder.
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38.16.14. Posesión Física Del Derecho De Vía (Si Corresponde A La Obra).
Inmediatamente después de ser emitida el inicio de obras, el Contratante y el Supervisor, darán al
Contratista la posesión física del Derecho de Vía al 50% de la longitud del proyecto, a objeto de permitirle
la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma de obra aprobado.
38.16.15. Análisis Y Aprobación Del Cronograma O Programa De Ejecución De Obras.
El Contratista, en el periodo de movilización, dentro del plazo previsto en su contrato siguiente a la
emisión de la Orden de Proceder, deberá presentar a consideración del Supervisor, un cronograma o
programa detallado de ejecución de la obra, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la
ejecución de los diferentes trabajos, incluyendo cualquier modificación debidamente justificada con
relación al cronograma presentado con su propuesta, respetando el plazo total de ejecución de obra
aprobado por el Contratante. Este documento deberá estar ajustado en fecha a la de emisión de Orden
de Proceder al Contratista.
El cronograma o programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el método de Camino Crítico
(CPM), el método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio para el Supervisor y el Fiscal
de Obra.
38.16.16. Ritmo De Progreso De La Obra.
El Supervisor realizará mensualmente la evaluación del progreso de la obra con relación al programa de
trabajo vigente y al cronograma de pagos.
Si en opinión del Supervisor, el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lento y,
por tanto no garantiza su terminación en el plazo previsto, el Supervisor de forma independiente a la
aplicación de multas previstas en el contrato de obra, notificará por escrito sobre esta situación al
Contratista, quien deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra
dentro del plazo vigente. Así mismo hará conocer copia de esta comunicación al Fiscal de Obra.
Si en el plazo prudencial fijado por el Supervisor el Contratista no logra recuperar el atraso producido,
estará obligado a presentar a consideración del Supervisor un nuevo cronograma o programa acelerado
de trabajos a partir del avance alcanzado, incorporando equipo adicional a su costo y aplicación de
rendimientos razonables que garanticen la terminación de la obra en el plazo final establecido.
38.16.17. Suspensión Temporal De Los Trabajos O Paralización Temporal De Los Trabajos.
El Supervisor mediante orden escrita al Contratista, podrá suspender en forma temporal, sea parcial o
totalmente la ejecución de la obra, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes
circunstancias en el lugar de trabajo del Contratista:
a) Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecución de los trabajos
programados.
b) Situación emergente de desastres naturales, fuerza mayor o caso fortuito. Si el
Contratista se ve obligado a suspender los trabajos por causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito,
hará conocer esta situación al Supervisor, de forma escrita (en el Libro de Ordenes o por carta
expresa), dentro de los diez (10) días calendario subsiguientes al inicio del acontecimiento.
c) Condiciones de inseguridad para el personal del Contratista y del Supervisor, así como para el
tráfico vehicular y el público en general, por causas ajenas al Contratista.
d) Incumplimiento de las órdenes impartidas por el Supervisor.
e) Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del Contratista. En cualquier caso
de suspensión o paralización temporal de los trabajos, se levantará la medida tan pronto cesen
las causas que motivaron la misma. En el caso de los incisos a), b) y c) la suspensión temporal
dará derecho al Contratista a solicitar ampliación de plazo del contrato al Contratante a través
del Supervisor, quien emitirá un informe del caso aceptando y validando lo requerido. En el
caso de los incisos d) y e), la suspensión temporal no dará derecho alguno al Contratista
para solicitar ampliación de plazo del Contrato, por lo que en caso que hiciese tal requerimiento
será negado directamente por el Supervisor.
38.16.18. Plazo Para La Ejecución De La Obra Y Causas Para Su Ampliación.
El plazo dentro del cual debe ser terminada la obra, será el estipulado en el contrato de obra. Sin
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embargo debe tomarse en cuenta que en el lapso que dure la ejecución de la obra, pueden presentarse
circunstancias o razones que determinen que el plazo contractual puede ser ampliado, considerándose
como causas sustentables las siguientes:
Por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados con documentos y aprobados por
el Supervisor.
Por desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.) en el
lugar de las obras o que impidan a la misma el acceso del personal, equipo, materiales o suministros
logísticos necesarios para la continuación de los trabajos.
Por incremento necesario en las cantidades de obra que determinen un lapso mayor de actividad del
Contratista, previa compensación con las cantidades de obra que pudiese haber sido reducidas. Dicho
incremento deberá estar autorizado mediante una Orden de Cambio sustentada técnica y
económicamente.
Toda solicitud o reclamo de ampliación de plazo de contrato deberá ser presentada por escrito dentro de
los treinta (30) días calendario subsiguientes a que se haya producido el hecho. El Contratista deberá
justificar razonablemente ante el Supervisor, el lapso de ampliación que requiere, sin cuyo requisito la
solicitud de ampliación no podrá ser considerada por el Supervisor ni por el Contratante.
A objeto de la ampliación de plazo, el Supervisor según el análisis de la documentación presentada,
elaborará la respectiva Orden, junto a un informe específico sobre la procedencia de la ampliación de
plazo.
38.16.19. Mantenimiento De Obra En Ejecución.
El Contratista deberá mantener la obra de ejecución, en todas sus partes terminadas, en buenas
condiciones, evitando que la acción de agentes atmosféricos o de otra naturaleza ocasione daños, los que
de producirse deberán ser inmediatamente reparados, a satisfacción del Supervisor.
La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligación dará lugar a que las cantidades de
obra afectadas sean descontadas de los volúmenes de obra ejecutada, hasta que su reparación o
reconstrucción haya sido satisfactoriamente realizada.
Se exceptúa de este mantenimiento los daños que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales
(temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o
intensidad hagan imprevisibles o inútiles las medidas de preservación de la obra.
38.16.20. Inspección De La Calidad De Los Trabajos.
El Supervisor ejercerá la inspección y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las
especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra.
El Contratista deberá proporcionar rápidamente y sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las
facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del
Supervisor, que serán efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo.
El personal de inspección del Supervisor estará autorizado para llamar la atención del Contratista sobre
cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones técnicas para suspender todo trabajo
mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos.
Las instrucciones y observaciones verbales del personal del Supervisor deberán ser ratificadas por escrito,
en el libro de Órdenes, que para el efecto deberá tener disponible el Contratista.
Ningún trabajo será cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobación del Supervisor, y el Contratista
estará obligado a solicitar dicha aprobación, dando aviso al Supervisor con la debida anticipación,
cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición
obligará al Contratista a realizar por su parte todos los trabajos que considere necesarios el Supervisor
para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorización.
Es responsabilidad del Contratista cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o
ausencia del personal del campo asignado por el Supervisor en cualquier fase de los trabajos, no podrá
en modo alguno exonerar al Contratista de su responsabilidad para la ejecución de la obra de acuerdo
con el Contrato.
38.16.21. Remoción De Trabajos Defectuosos.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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56
Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros
documentos técnicos del Contrato será considerado trabajo defectuoso.
Cualquier trabajo defectuoso observado por el Supervisor antes de la recepción definitiva de la obra, que
sea resultado de mala ejecución, del empleo del material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier
otra causa, será removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la supervisión.
Si el Contratista no ejecutara la remoción de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstrucción
dentro del plazo razonablemente establecido por el Supervisor, el Contratante está facultado a realizar
dichos trabajos mediante terceros. Todos los gastos que demande esta acción, serán pagados por el
contratista y en consecuencia el importe se descontará de su planilla o certificado de obra, o de su
garantía de cumplimiento de contrato.
38.16.22. Mediciones.
Las cantidades de obra consignadas en los Formularios de propuesta del Contratista, son cantidades
estimadas y no deberán tomarse como cantidades inamovibles del trabajo a ser ejecutado por el
Contratista, pudiendo ser incrementadas o disminuidas dentro del margen del diez por ciento (10%) del
monto total del Contrato, por causas debidamente justificadas.
Todas las cantidades de trabajo realmente ejecutado de acuerdo a lo establecido en el contrato, serán
medidas netas en las unidades especificadas en el respectivo Formulario de la propuesta.
Excepto cuando los planos o las especificaciones técnicas especiales lo establezcan de otra manera, todas
las longitudes y distancias deberán medirse en proyección horizontal.
Las estructuras serán medidas de acuerdo con las líneas y cotas indicadas en los planos tomando en
cuenta cualquier modificación ordenada por el Supervisor, por escrito.
38.16.23. Nuevos Ítems De Trabajo No Incluidos En El Contrato.
En caso que durante la ejecución de la obra se requiera la realización de trabajos no consignados en los
ítems de contrato, los precios para cualquier nuevo ítem de trabajo, serán convenidos de mutuo acuerdo,
pero no podrán exceder del costo calculado por el Supervisor en más del diez por ciento 10%.
Los precios convenidos para cualquier nuevo ítem de trabajo y las modificaciones al plazo del Contrato, si
corresponden deberán incorporarse al contrato, a través del instrumento correspondiente preparado con
los sustentos técnicos y económicos respectivos por el Supervisor, que deberá ser aprobado por el Fiscal
de Obra.
En caso de que no pueda llegarse a un acuerdo con respecto a estos precios el Contratista continuará con
la ejecución de la obra sobre una base de precio de que considere el costo más el porcentaje.
38.16.24. Inmodificabilidad De Los Precios Unitarios De Contrato.
Los precios unitarios del Contrato deberán mantenerse inmodificables durante la ejecución de la obra,
inclusive en el caso de que las cantidades de los ítems de contrato fuesen incrementados mediante Orden
de Cambio.
38.16.25. Certificados Y Planillas Mensuales De Pago.
Mensualmente el Contratista presentará por escrito y con la fecha respectiva, un certificado o planilla por
el total de trabajo ejecutado hasta la fecha, emergente de la medición conjunta realizada con el
Supervisor, para la aprobación de esta.
El valor del pago mensual de los ítems de contrato durante el mes en cuestión será: El monto acumulado
por los ítems ejecutados hasta la fecha.
Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior.
Menos la amortización del anticipo otorgado para movilización, de acuerdo al porcentaje establecido.
38.16.26. Firma Y Fecha En El Certificado De Pago.
Cada certificado de pago deberá necesariamente llevar las siguientes firmas y la fecha en que se efectúan
las mismas:
 Firma del Contratista y fecha de entrega al Supervisor.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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 Firma del Supervisor y fecha de entrega al Fiscal de Obra.
 Firma del Fiscal de Obra, fecha de remisión a la dependencia que realiza la administración
del contrato.
 Firma de la instancia responsable de la administración del contrato, fecha de autorización
del pago.
38.16.27. Incumplimiento En La Conclusión De La Obra Dentro Del Plazo De Contrato.
De acuerdo con las estipulaciones del Contrato de obra referente al plazo para la terminación de la obra,
por cada día de atraso en la conclusión de la misma, que no se encuentre debidamente justificado, el
Contratista pagará una multa por mora, cuyo monto se establecerá en el Contrato.
38.16.28. Terminación De La Obra.
A la terminación de la obra, el Contratista mediante carta expresa solicitará al Supervisor, el
señalamiento de día y hora para la realización de una inspección conjunta, para verificar que todos los
trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y
especificaciones, por consiguiente la obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega
provisional.
Realizada la inspección y una vez que el Supervisor considere técnicamente, que toda la obra se
encuentra satisfactoriamente terminada, elaborará un informe para conocimiento del Contratante a través
del Fiscal de Obra, estableciendo la procedencia de la recepción provisional, señalando día y hora a este
fin.
Este trámite deberá procesarse en un tiempo máximo de cinco (5) días hábiles computables a partir de la
solicitud de recepción provisional, o acorde a los tiempos definidos contractualmente.
38.16.29. Recepción Provisional De La Obra.
Una vez concluida la obra y de no mediar objeciones ni observaciones serias con la calidad y la
conclusión de la obra, luego del recorrido de inspección conjunta entre el Supervisor, el Contratista y los
representantes técnicos del Contratante como observadores; el Supervisor procederá a la recepción
provisional de la obra, bajo su directa responsabilidad técnica, suscribiendo el Acta correspondiente con
el Gerente de Proyecto en la que se indicará claramente el estado final de la obra, haciéndose constar si
corresponde, todos los trabajos de corrección o complementación que el Contratista debe ejecutar dentro
del período de prueba. Esta Acta también deberá ser suscrita por el Contratista (Superintendente de
Obra).
La fecha de solicitud de recepción provisional servirá para efectos del cómputo del plazo de ejecución de
la obra.
38.16.30. Recepción Definitiva.
Cumplidos los días calendarios requeridos, subsiguientes a la recepción provisional tendrá lugar la
recepción definitiva de la obra. A este objeto el Contratista, mediante carta expresa indicará que han sido
subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitará al Supervisor fije día y hora para la
recepción definitiva de la Obra.
El Supervisor en consulta con el Contratante, fijará día y hora para el verificativo de la inspección técnica
final, que si corresponde se procederá a la recepción definitiva de la obra.
A este acto concurrirá el Superintendente de la Obra en representación legal del Contratista, el Gerente
de Proyecto en representación legal del Supervisor y los representantes técnicos que a este efecto
acredite el Contratante.
La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si no surgen observaciones,
procederá a la redacción y firma del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a
responsabilidad de la entidad Contratante, como propietaria, a los efectos de su utilización y
mantenimiento.
38.16.31. Certificado Final De Pago.
Inmediatamente después de que la obra haya sido concluida a satisfacción del Contratante y entregada
definitivamente por el Contratista y el Supervisor, éste procederá a la preparación del certificado de
medición final, el cual será sometido al conocimiento, aceptación u observaciones del Contratista, en
forma escrita.
El Contratante no tendrá responsabilidad alguna hacia el Contratista por cualquier reclamo emergente o
relacionado con el contrato o la ejecución de la obra, o a menos que dicho reclamo esté
plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Con la aprobación del Supervisor el certificado final de pago seguirá en trámite de aceptación final y pago
por el Contratante.
ESTOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, SON ENUNCIATIVOS Y DE ORIENTACIÓN, NO SON
LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE, SI ASI LO DESEA Y A OBJETO DE DEMOSTRAR SU
HABILIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, PUEDE MEJORARLO.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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39. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
El personal técnico clave requerido, es el siguiente:
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
N° Formación Cargo a desempeñar
Áreas de especialización Experiencia específica (*)
Cursos / seminarios
realizados
Tiempo mínimo de
duración del curso
para ser
considerado en la
evaluación (en
horas)
Área
Tiempo mínimo de
desarrollo en la
ejecución de obra,
fiscalización o de
supervisión técnica
para ser
considerada en la
evaluación (en
meses)
1 ING. CIVIL GERENTE DE PROYECTO
CARRETERAS 200
GERENTE EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
ESTRUCTIRAS 200
SUB GERENTE EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
GERENCIA O
ADMINISTRACION DE
PROYECTOS
200
SUPERINTENDENTE EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
COSTOS 200
JEFE DE FISCALIZACION
EN PROYECTOS
CARRETEROS
6
JEFE DE CONTROL Y
MONITOREO EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
2 ING. CIVIL
ESPECIALISTA EN
AUDITORIAS DE
SEGURIDAD VIAL
INGENIERÍA VIAL O
CARRETERAS/AUDITORI
A DE SEGURIDAD VIAL
200
ESPECIALISTA EN
AUDITORIA DE
SEGURIDAD VIAL Y
TRAFICO
3
SEGURIDAD DE
AUDITORIA VIAL
200
SUPERVISOR
ESPECIALISTA EN
AUDITORIA DE
SEGURIDAD VIAL Y
TRAFICO
3
TRAFICO 200
ESPECIALISTA EN
SEGURIDAD DE
AUDITORIA VIAL EN
INSTITUCIONES
PÚBLICAS QUE
ADMINISTRAN VÍAS O
CARRETERAS.
3
MATERIALES Y
DISPOSITIVOS DE
SEGURIDAD Y TRAFICO
200
ESPECIALISTA EN
AUDITORIA DE
SEGURIDAD VIAL Y
TRAFICO EN PROYECTOS
DE ESTUDIO.
3
RECONSTRUCCIÓN E
INVESTIGACIÓN DE
ACCIDENTES, GESTIÓN
DE SEGURIDAD VIAL, EL
FACTOR Y GESTIÓN DE
TRÁNSITO
3 ING. CIVIL
ESPECIALISTA EN
DISEÑO Y
CONSTRUCCION DE
CARRETERAS
CARRETERAS 200
DIRECTOR DE OBRAS EN
PROYECTOS
CARRETEROS.
6
ESTRUCTURAS 200
ESPECIALISTA EN
CARRETERAS EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
DISEÑO GEOMETRICO 200
FISCAL DE OBRA
ESPECIALISTA EN
DISEÑO Y/O
CONSTRUCCION DE
PROYECTOS
CARRETEROS
6
TOPOGRAFIA 200
SUPERINTENDENTE EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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60
TRAZADO DE
CARRETERAS
200
ESPECIALISTA EN
DISEÑO GEOMÉTRICO
EN PROYECTOS
CARRETEROS
6
RESIDENTE DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
4 ING. CIVIL
ESPECIALISTA EN
DRENAJE E HIDROLOGÍA
HIDROLOGIA 200
DIRECTOR DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
CONTROL DE CUENCAS 200
ESPECIALISTA EN
OBRAS DE DRENAJE E
HIDROLOGÍA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
HIDRAULICA 200
FISCAL DE OBRA
ESPECIALISTA EN
OBRAS DE DRENAJE E
HIDROLOGÍA
6
CARRETERAS 200
ELABORACION DE
ESTUDIOS CARRETEROS
ESPECIALISTA EN
OBRAS DE DRENAJE E
HIDROLOGÍA Y/O
GESTION DE RIESGOS
6
ING. DE MONITOREO O
ING. SEGUIMIENTO EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
RESIDENTE DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
5 ING. CIVIL O GEOLOGO
ESPECIALISTA SUELOS,
GEOTECNIA Y CONTROL
DE CALIDAD
SUELOS 200
ING. DE MONITOREO
ING. SEGUIMIENTO EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
MATERIALES 200
DIRECTOR DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
GEOTECNIA 200
ESPECIALISTA SUELOS Y
CONTROL DE CALIDAD
EN PROYECTOS
CARRETEROS
6
MECANICA DE SUELOS Y
ROCAS
200
FISCAL DE OBRA
ESPECIALISTA SUELOS Y
GEOTECNIA
6
CONTROL DE CALIDAD 200
ESPECIALISTA EN
CONTROL DE CALIDAD
EN PROYECTOS
CARRETEROS
6
6 ING. CIVIL
ESPECIALISTA EN
PAVIMENTOS
CARRETERAS 200
ING. DE MONITOREO O
ING. SEGUIMIENTO EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
PAVIMENTOS 200
DIRECTOR DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
ASFALTOS 200
ESPECIALISTA EN
PAVIMENTOS EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
PAQUETE ESTRUCTURAL 200
FISCAL DE OBRA EN
PROYECTOS CARRTEROS
6
RECICLADO DE
PAVIMENTOS
200
SUPERINTENDENTE EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
PILOTES
200 RESIDENTE DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
7 ING. CIVIL
ESPECIALISTA EN
PUENTES Y
ESTRUCTURAS
CARRETERAS 200
ING. DE MONITOREO O
ING. SEGUIMIENTO EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
PUENTES 200
DIRECTOR DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
ESTRUCTURAS 200
ESPECIALISTA EN
PUENTES Y
6
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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ESTRUCTURAS EN
PROYECTOS
CARRETEROS
COSTOS 200
FISCAL DE OBRA
ESPECIALISTA EN
PUENTES Y
ESTRUCTURAS
6
HORMIGONES 200
SUPERINTENDENTE EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
ESTRUCTURAS SISMO
REISITENTES
200 RESIDENTE DE OBRA EN
PROYECTOS
CARRETEROS
6
8
ING. AMBIENTAL O
RAMAS AFINES SEGÚN
EL NUMERAL 8.1.1.
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
MEDIO AMBIENTE 200
ING. DE MONITOREO O
ING. SEGUIMIENTO
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
6
GESTIÓN AMBIENTAL EN
CARRETERAS
200
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
6
LEGISLACION
AMBIENTAL
200
FISCAL DE OBRA
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
6
MANEJO Y CONTROL DE
CUENCAS
200
ELABORACION DE
ESTUDIOS CARRETEROS
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
6
GESTION DE RIESGOS 200
TRABAJOS CON
EQUIPOS
MULTIDISCIPLINARIOS
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
6
(*) El tiempo requerido para la experiencia específica, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de supervisión
técnica.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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40. SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES
La valoración de servicios de supervisión técnica similares debe considerar las siguientes
categorías:
# Área de experiencia específica requerida
Tiempo mínimo requerido de
desarrollo en la ejecución de obra,
fiscalización o de supervisión
técnica para ser considerado en la
evaluación de la experiencia
específica del proponente (en meses)
1 Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura. 6
2 Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos 6
3 Construcciones aeroportuarias y ferroviarias. 6
4
Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de:
Drenaje, capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo.
6
5 Pavimentos flexibles en vías urbanas. 6
6
Estudios de Factibilidad, Impacto Ambiental y Diseño Final de Carreteras de Red
Vial Fundamental de Bolivia o equivalente en su país.*
6
7 Interventorías, Asistencia Técnica y Dirección de Obras Viales 6
1. El tiempo requerido para la experiencia similar, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de
supervisión técnica.
2. Cuando el plazo de ejecución de un servicio de supervisión técnica, detallado por el proponente en el Formulario A-4, cumpla con este
requisito de tiempo, será considerado válido para tomarlo en cuenta como experiencia específica.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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CLASIFICACIÓN DE OBRAS PARA LA DETERMINACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES DE
SUPERVISIÓN TÉCNICA
a) Proyectos Viales:
- Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura.
- Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Túneles, puentes y viaductos comprendidos en la construcción, mantenimiento y
mejoramiento de carreteras y caminos.
- Construcciones aeroportuarias, portuarias y ferroviarias.
- Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de: Drenaje,
capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo.
- Muros de contención, obras de drenaje y de arte, comprendidas en la
construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Enlosetados
- Empedrados
- Adoquinados
- Cunetas, aceras y cordones
- Pavimentos rígidos y flexibles en vías urbanas.
b) Para Obras de Saneamiento Básico y Riego:
- Redes de agua potable
- Redes de alcantarillado sanitario y pluvial
- Obras civiles para redes en general
- Plantas de tratamiento
- Obras de rieljgo, y micro riego
- Drenaje fluvial cerrado o abierto
- Rellenos sanitarios
c) Obras Hidráulicas:
- Diques, presas y represas
- Túneles de trasvase
- Canales
- Embovedados
- Regulación de ríos
- Puertos fluviales
- Mantenimiento y reparación de obras hidráulicas
- Defensivos
d) Edificaciones:
- Edificios
- Hospitales
- Centros de salud
- Centros educativos
- Centros sociales y comerciales
- Instalaciones deportivas y recreativas
- Terminales
- Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares
- Galpones y Hangares
- Remodelaciones y restauraciones.
f) Obras especiales:
- Montaje de Sub-estaciones
- Tendido de líneas eléctricas
- Tendido de ductos y poliductos
- Instalación de redes de gas.
- Tendido de líneas telefónicas
- Puentes y Viaductos.
- Túneles, independiente del tipo de revestimiento
- Perforación de pozos.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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PARTE III
ANEXO 1
CONVOCATORIA PARA LA PUBLICACIÓN
ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° LPI 007/2019-OFC
PRIMERA CONVOCATORIA
Se convoca públicamente a presentar propuestas para el proceso detallado a continuación, para lo cual los interesados podrán
recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES, de acuerdo a la siguiente información:
Objeto de la contratación :
SUPERVISION TÉCNICA, AMBIENTAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE –
YAMPARAEZ (CON CONDICIÓN SUSPENSIVA)
CUCE : 19-0291-00-949189-1-1
Tipo de convocatoria : LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL
Forma de adjudicación : POR EL TOTAL
Método de Selección y Adjudicación : CALIDAD, PROPUESTA TECNICA Y COSTO
Precio Referencial :
Bs19.664.051,00 (Diecinueve Millones Seiscientos Sesenta y Cuatro Mil Cincuenta y Un
00/100 Bolivianos)
Encargado de atender consultas : Ing. Remberto Grover Huanca Condori
Teléfono : (591) 2159800 Int. 2077
Fax : (591) 2159840
Correo Electrónico para consultas : rhuanca@abc.gob.bo
Presentación de Propuestas :
25 de Junio de 2019, Horas 15:00; ABC – Oficina Central, Av. Mcal.
Santa Cruz, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, Piso 8 Área de
Contrataciones.
Acto de Apertura de Propuestas
(Fecha, Hora y Dirección)
:
25 de Junio de 2019, Horas 15:30; ABC – Oficina Central, Av. Mcal.
Santa Cruz, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, Piso 8 Área de
Contrataciones.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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ANEXO 2
FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Documentos Legales y Administrativos
Formulario A-1 Presentación de la Propuesta.
Formulario A-2a Identificación del Proponente para Empresas
Formulario A-2b Identificación del Proponente para Asociaciones Accidentales
Formulario A-3 Experiencia General y Específica del proponente
Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente
Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave
Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento
Documentos de la Propuesta Económica
Formulario B-1 Propuesta Económica
Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica
Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado
Formulario B-4 Alquileres y Misceláneos
Documento para Especificaciones Técnicas Solicitadas y Propuestas
Formulario C-1 Propuesta Técnica.
Formulario C-2 Condiciones Adicionales
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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FORMULARIO A-1
PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(Para Empresas o Asociaciones Accidentales)
1.DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
CUCE: - - - - -
SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
2.MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario)
(El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio de Supervisión Técnica)
DESCRIPCIÓN
MONTO NUMERAL
(Bs.)
MONTO LITERAL
PLAZO DE
VALIDEZ
A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta,
declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los
siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y
Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
c) Declaro, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento,
establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de
contratación.
d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como
los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las
estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato
e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad
convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a
través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las
consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la
presentación de propuestas.
f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la
presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica,
suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la
información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de
comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar
la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, sin perjuicio de lo
dispuesto en normativa específica.
g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación,
autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
h) Declaro haber realizado la Inspección Previa.
i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado – RUPE, una
vez presentada mi propuesta en la entidad convocante. (Excepto aquellos proponentes
que ya se encuentren inscritos en el RUPE)
j) Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier
tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad
convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y
administrativas correspondientes.
k) Acepto a sola firma de este documento, que todos los Formularios presentados se tienen
por suscritos, excepto los formularios A-4 y A-5 que deberán ser suscritos por el
personal propuesto.
l) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuestos, se encuentran inscritos en los
registros que prevé la normativa vigente y que éstos no se encuentran como personal
propuesto en otras propuestas.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente
documentación en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información
se encuentre consignada en el Certificado del RUPE, aceptando que el incumplimiento es causal
de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, cada socio, presentará
la documentación detallada a continuación; excepto los documentos señalados en los incisos a),
d), i), j) y l), que deberán ser presentados por la Asociación Accidental en forma conjunta.
a) Certificado del RUPE que respalde la información declarada en su propuesta.
b) Documento de Constitución para empresas para proponentes que no se encuentren
inscritos en el Registro de Comercio.
c) Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal
inherente a su constitución así lo prevea.
d) Poder General Amplio y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades
para presentar propuestas y suscribir contratos inscritos en el Registro de Comercio, esta
inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a
su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un
Representante Legal, no deberán presentar este Poder.
e) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) valido y activo.
f) Declaración Jurada de Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, con el sello
del Banco, excepto las empresas de reciente creación.
g) Certificado de Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado (CGE).
h) Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo
y al Sistema Integral de Pensiones. En caso de Asociaciones Accidentales cada asociado
deberá cumplir esta condición.
i) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto
del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada
por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las
características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto
requerido.
j) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
k) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica del proponente.
l) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica, y Formación del
personal propuesto.
(Firma del proponente)
(Nombre completo del proponente)
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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FORMULARIO A-2a
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE
Nombre del proponente o Razón
Social:
País Ciudad Dirección
Domicilio Principal:
Teléfonos:
Número de Identificación Tributaria:
(Valido y Activo)
NIT
Matricula de Comercio:
(Actualizada)
Número de
Matricula
Fecha de inscripción
(Día Mes Año)
2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE(Suprimir este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante
Legal).
Apellido
Paterno
Apellido
Materno
Nombre(s)
Nombre del Representante
Legal
:
Número
Cédula de Identidad del
Representante Legal
:
Número
de
Testimonio
Lugar de emisión
Fecha de Expedición
(Día Mes Año)
Poder del Representante
Legal
:
Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos
Declaro que el Poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la
inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia)
3. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES
Solicito que las notificaciones me
sean remitidas vía:
Fax:
Correo Electrónico:
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
69
FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
Denominación de la Asociación
Accidental
:
Asociados
:
#
Nombre del
Asociado % de Participación
1
2
3
Número de
Testimonio Lugar
Fecha de expedición
(Día mes Año)
Testimonio de contrato :
Nombre de la Empresa Líder :
2. DATOS DE CONTACTO DE LA EMPRESA LIDER
País : Ciudad :
Dirección Principal :
Teléfonos : Fax :
Correo electrónico :
3. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s)
Nombre del representante legal :
Número
Cédula de Identidad :
Número de
Testimonio Lugar
Fecha de expedición
(Día mes Año)
Poder del representante legal :
Dirección del Representante
Legal :
Teléfonos : Fax :
Correo electrónico :
Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contrato
4. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES
Solicito que las notificaciones
me sean remitidas vía:
Fax:
Correo Electrónico:
5. EMPRESAS INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN
Cada integrante de la Asociación Accidental deberá llenar el Formato para identificación de integrantes de Asociaciones Accidentales
que se encuentra a continuación
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
70
FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PARA INTEGRANTES DE LA
ASOCIACIÓNACCIDENTAL
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE
Nombre del proponente o Razón
Social:
Número de Identificación Tributaria:
(Valido y Activo)
NIT
Matricula de Comercio:
(Vigente)
Número de
Matricula
Fecha de expedición
(Día Mes Año)
2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Suprimir este numeral cuando el asociado sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un
Representante Legal).
Apellido
Paterno
Apellido
Materno
Nombre(s)
Nombre del Representante
Legal
:
Número
Cédula de Identidad del
Representante Legal
:
Número de
Testimonio
Lugar de emisión
Fecha de Expedición
(Día Mes Año)
Poder del Representante
Legal
:
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
71
FORMULARIO A-3
EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
[NOMBRE DE LA PROPONENTE]
N° Entidad Contratante
Objeto de la
Contratación
Lugar de Realización
Monto final
percibido por el
contrato en Bs.
Periodo de Ejecución Forma de
Participación
(Asociado/ no
Asociado)
Inicio Fin
1
2
3
4
5
…
N
TOTAL PERCIBIDO
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a
presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
[NOMBRE DE LA PROPONENTE]
N° Entidad Contratante
Objeto de la
Contratación
Lugar de
Realización
Monto final
percibido por el
contrato en Bs.
Periodo de Ejecución Forma de
Participación
(Asociado/No
Asociado)
Inicio Fin
Tiempo de
Ejecución
1
2
3
4
5
…
N
TOTAL PERCIBIDO
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a
presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
72
FORMULARIO A-4
HOJA DE VIDA DEL GERENTE
1. DATOS GENERALES
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s)
Nombre Completo :
Número Lugar de expedición
Cédula de Identidad :
Edad :
Nacionalidad :
Profesión :
Número de Registro Profesional :
2. FORMACIÓN ACADÉMICA
Universidad / Institución
Fechas
Grado Académico
Título en Provisión
NacionalDesde Hasta
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN
Universidad / Institución
Fechas
Nombre del Curso
Duración en
HorasDesde Hasta
4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA
N° Entidad / Empresa Objeto de la Contratación Monto (Bs.) Cargo
Fecha (día/mes/año)
Desde Hasta
1
2
N.
5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
DE OBRA
N° Entidad / Empresa Objeto de la Contratación Monto (Bs.) Cargo
Fecha (día/mes/año)
Desde Hasta
1
2
N
6. DECLARACIÓN JURADA
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me
comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o
de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la
Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano.
El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse
propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta.
Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha]
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se
compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.
(Firma del Profesional Propuesto)
(Nombre completo del Profesional Propuesto)
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
73
FORMULARIO A-5
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE
1. DATOS GENERALES
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s)
Nombre Completo :
Número Lugar de Expedición
Cédula de Identidad :
Edad :
Nacionalidad :
Profesión :
Número de Registro Profesional :
2. FORMACIÓN ACADÉMICA
Universidad / Institución
Fechas
Grado Académico
Título en Provisión
NacionalDesde Hasta
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN
Universidad / Institución
Fechas
Nombre del Curso
Duración en
HorasDesde Hasta
4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA
N° Entidad / Empresa Objeto Monto (En Bs.) Cargo
Fecha (día/mes/año)
Desde Hasta
1
2
N
5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
DE OBRA
N° Entidad / Empresa Objeto Monto (En Bs.) Cargo
Fecha (día/mes/año)
Desde Hasta
1
2
N
DECLARACIÓN JURADA
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me
comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo], únicamente con [Nombre de la empresa o
de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la
Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano.
El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse
propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta.
Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha]
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se
compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.
(Firma del Profesional Propuesto)
(Nombre completo del Profesional Propuesto)
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
74
FORMULARIO A-6
RELACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
CONCEPTO DESCRIPCIÓN MONTO
INMUEBLES
VEHÍCULOS
EQUIPO PRINCIPAL
EQUIPO SECUNDARIO
EQUIPO DE APOYO
OTROS
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
75
FORMULARIO Nº B-1
PROPUESTA ECONOMICA
Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es
necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y
este fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.)
DETALLE DEL SERVICIO DE Supervisión MONTO TOTAL Bs (Literal) MONTO TOTAL Bs (Numeral)
SUPERVISION TECNICA, AMBIENTAL Y
SOCIAL DE LA CONSTRUCCION DE LA
DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ
(CON CONDICIÓN SUSPENSIVA)
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
76
FORMULARIO B-2
PRESUPUESTO TOTAL DEL COSTO
DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
DESCRIPCIÓN Monto (Bs)
I
COSTOS DIRECTOS
A Honorarios mensuales del personal asignado (Formulario B-3)
B Alquiler y Misceláneos (Formulario B-4).
SUB TOTAL COSTOS DIRECTOS (A+B)
II
COSTOS INDIRECTOS
C Gastos Generales.
D Impuestos y otros (*).
SUB TOTAL COSTOS INDIRECTOS (C+D)
III UTILIDAD
COSTO TOTAL DEL SERVICIO (I + II + III)
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
77
FORMULARIO B-3
HONORARIOS MENSUALES DEL PERSONAL ASIGNADO
(En Bolivianos)
Nómina Especialidad
Actividades a
desarrollar
Periodo
Honorario por
periodo
Costo
honorarios
Profesionales
1
2
…
N
Técnicos
1
2
…
N
Administrativos
1
2
…
N
Auxiliares
1
2
…
N
Total
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
78
FORMULARIO B-4
ALQUILERES Y MISCELÁNEOS
N° CONCEPTO CANTIDAD UNIDAD
COSTO
UNITARIO
(En Bolivianos)
COSTO
TOTAL
1 Oficinas
2 Vehículos, combustible y mantenimiento
3 Equipos (Computadoras, graficadores, reproducciones y otros)
4 Comunicaciones
5 Subcontratos
6 Pasajes
7 Viáticos
8 Otros (detalle de acuerdo a cada caso)
TOTAL
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
79
FORMULARIO C-1
PROPUESTA TÉCNICA
Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 38, 39 y 40.
Propuesta(*)
Objetivos del Servicio de Consultoría
Alcance
Metodología
Plan de trabajo
La Experiencia General y Especifica de la Empresa debe cumplir mínimamente los siguientes requisitos:
(mismo que deberá ser llenado en el formulario correspondiente)
Experiencia General en Servicios de Consultoría, mínimo 5 proyectos (en los últimos 10 años).
Experiencia General en Servicios de Consultoría, valor total en Consultorías (en los últimos 10 años) mayor al 70% del
Precio Referencial del objeto de la contratación.
Experiencia Específica, Consultoría similar de acuerdo al numeral 40, mínimo 2 proyectos (en los últimos 10 años).
La Experiencia General y Especifica del Gerente y el Personal Clave debe cumplir mínimamente los siguientes
requisitos (mismos que deberán ser llenados en los formularios correspondientes)
Gerente de Proyecto.
Profesional Ing. Civil
10 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
Mínimo 7 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo.
Especialista en Diseño y construcción de carreteras
Profesional Ing. Civil
7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo.
Especialista en drenaje e hidrología
Profesional Ing. Civil
7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo.
Especialista en suelos, geotecnia y control de calidad
Profesional Ing. Civil
7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39 a tiempo completo.
Especialista en Auditoria de Seguridad Vial
Profesional Ing. Civil
7 años de experiencia general mínima en proyectos viales.
5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a requerimiento.
Especialista en Pavimentos
Profesional Ing. Civil
7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a requerimiento.
Especialista en puentes y estructuras
Profesional Ing. Civil
7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles
5 años mínimo de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo.
Especialista Ambiental.
Profesional Ing. Ambiental o ramas afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal)
6 años de experiencia general en gestión ambiental
4 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo, con RENCA
ACTUALIZADO
(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de
trabajo.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
80
FORMULARIO C-2
CONDICIONES ADICIONALES
Para ser llenado por la Entidad convocante
(llenar de manera previa a la publicación del DBC)
Para ser llenado por el proponente al
momento de elaborar su propuesta
# Condiciones Adicionales Solicitadas (*)
Puntaje asignado (definir
puntaje) (**)
Condiciones Adicionales Propuestas
(***)
1
Experiencia General en Servicios de
Supervisión Técnica, valor total en
supervisiones técnicas (en los últimos 7
años) mayor al 100% del Precio Referencial
del objeto de la contratación.
4
2
Experiencia Específica, en servicios de
Supervisión Técnica similar (concluida), más
de 3 proyectos (en los últimos 7 años).
4
3
Gerente de Proyecto, Experiencia específica
en Gerencia de Servicios de Supervisión
Técnica de proyectos similares concluidos
(Adicionales a lo evaluado en el Formulario
C-1), 1 Punto por cada proyecto, hasta un
máximo de 3 Puntos.
3
Formación académica Gerente de Proyecto,
se asignará un punto a cada curso
correspondiente al área de especialización
de acuerdo al Numeral 39, hasta un máximo
de 2 puntos
2
4
Especialista en Diseño y construcción de
carreteras, se asignará 1 punto por cada
servicio similar concluido, (Adicionales a lo
evaluado en el Formulario C-1), hasta un
máximo de 3 puntos.
3
5
Formación académica del Especialista en
Diseño y Construcción de carreteras se
asignará un punto a cada curso
correspondiente al área de especialización
de acuerdo al Numeral 39, hasta un máximo
de 3 puntos
3
6
Se asignara hasta un máximo de 3 puntos
por el mejoramiento de la propuesta en
Relación de Instalaciones y Equipamiento del
formulario A-6, en referencia a los vehículos
a disposición de la supervisión durante la
Fase de Supervisión Técnica, Ambiental y
Social del proyecto.
3
7
Especialista Ambiental, se asignará 1 punto
por cada servicio similar concluido,
(Adicionales a lo evaluado en el Formulario
C-1), hasta un máximo de 3 puntos.
3
8
Formación académica del Especialista
Ambiental, se asignará dos puntos en caso
de que el especialista cuente con formación
a nivel maestría en alguna de las áreas
señaladas en el numeral 39.
2
9
Mejoramiento de oferta en cuanto al listado
de equipo mínimos destinados a laboratorios
de suelos, adicionando 1 equipo más.
2
Mejoramiento de oferta en cuanto al listado
de equipo mínimos destinados a laboratorios
de hormigones, adicionando 1 equipo más.
2
10
Objetivo y alcance, existen mejoras
adicionales en la oferta
1
11 Metodología coherente 1
12
Plan de trabajo con detalles de acuerdo con
el alcance y la metodología
2
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
81
(*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia general o
especifica del Proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de
Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y
proporcionalidad.
(**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35
puntos.
(***)El proponente podrá ofertar condiciones adicionales superiores a las solicitadas en el presente
Formulario, que mejoren la calidad del servicio de Supervisión Técnica ofertado, siempre que estas
características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido el servicio
Supervisión Técnica.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
82
ANEXO 4
FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Formulario V-1a Evaluación Preliminar para Empresas.
Formulario V-1b Evaluación Preliminar para Asociaciones Accidentales.
Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Económica.
Formulario V-3 Evaluación de la Propuesta Técnica.
Formulario V-4 Resumen de la evaluación Técnica y Económica
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
83
FORMULARIO V-1a
EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para empresas)
DATOS GENERALES DEL PROCESO
CUCE : - - - - -
Objeto de la contratación :
Nombre del Proponente :
Propuesta Económica :
Número de Páginas de la Propuesta :
REQUISITOS EVALUADOS
Verificación
(Acto de Apertura)
Evaluación Preliminar
(Sesión Reservada)
PRESENTÓ
Pagina N°
SI NO CONTINUA DESCALIFICA
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta.
2. Formulario A-2a Identificación del Proponente, según
corresponda.
3. Formulario A-3. Experiencia General y Especifica del
Proponente
4. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente.
5. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal
Clave.
6. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento.
7. Garantía de Seriedad de Propuesta.
PROPUESTA TÉCNICA
8. Formulario C-1.Propuesta Técnica
9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales
PROPUESTA ECONÓMICA
10. Formulario B-1. Propuesta Económica
11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de
Supervisión Técnica.
12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado.
13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
84
FORMULARIO V-1b
EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Asociaciones Accidentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO
CUCE : - - - - -
Objeto de la contratación :
Nombre del Proponente :
:
Propuesta Económica :
Número de Páginas de la propuesta :
REQUISITOS EVALUADOS
Verificación
(Acto de Apertura)
Evaluación Preliminar
(Sesión Reservada)
PRESENTÓ
Pagina N°
SI NO CONTINUA DESCALIFICA
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta.
2. Formulario A-2b Identificación del Proponente
3. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente.
4. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave.
5. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento
6. Garantía de Seriedad de Propuesta.
Además cada socio en forma independiente presentará:
7. Formulario A-3. Experiencia General y Específica del
Proponente
PROPUESTA TÉCNICA
8. Formulario C-1.Propuesta Técnica
9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales
PROPUESTA ECONÓMICA
10. Formulario B-1.Propuesta Económica.
11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de
Supervisión Técnica.
12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado.
13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
85
FORMULARIO V-2
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
(Este formulario no es aplicable para el método de selección y adjudicación de
presupuesto fijo.)
DATOS GENERALES DEL PROCESO
CUCE : - - - - -
Objeto de la contratación :
N°
NOMBRE DEL
PROPONENTE
PROPUESTA
ECONÓMICA
(PE)
ORDEN DE LA
PROPUESTA A
PARTIR DEL MENOR
VALOR
OBSERVACIONES
1
2
3
…
N
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
86
FORMULARIO V-3
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Formulario C-1
(Llenado por la Entidad)
PROPONENTES
Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n
Cumple
No
cumple
Cumple
No
cumple
Cumple No cumple Cumple No cumple
METODOLOGÍA
CUMPLE/NO CUMPLE
(señalar si cumple o no
cumple)
(señalar si cumple o no
cumple)
(señalar si cumple o no
cumple)
(señalar si cumple o no
cumple)
EXPERIENCIA Y OTROS
ASPECTOS TÉCNICOS
PROPONENTES
Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n
Cumple
No
cumple
Cumple
No
cumple
Cumple No cumple Cumple No cumple
Formulario A-3
Experiencia General y
Especifica del Proponente
Formulario A-4
Hoja de Vida del Gerente.
Formulario A-5
Hoja de Vida del Personal
Clave.
Formulario A-6
Relación de Instalaciones y
Equipamiento
METODOLOGÍA
CUMPLE/NO CUMPLE
(señalar si cumple o no
cumple)
(señalar si cumple o no
cumple)
(señalar si cumple o no
cumple)
(señalar si cumple o no
cumple)
CONDICIONES ADICIONALES
Formulario C-2
(Llenado por la entidad)
PROPONENTES
Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n
Puntaje
Asignado
Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido
Criterio 1
Criterio 2
Criterio n
PUNTAJE TOTAL DE
LAS CONDICIONES
ADICIONALES
35
(Sumar los puntajes
obtenidos de cada
condición)
(Sumar los puntajes
obtenidos de cada
condición)
(Sumar los
puntajes
obtenidos de
cada condición)
(Sumar los
puntajes
obtenidos de
cada condición)
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN
TÉCNICA
PUNTAJE
ASIGNADO
Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n
Puntaje de la Evaluación
CUMPLE/NO CUMPLE
35
(si cumple, asignar
35 puntos)
(si cumple, asignar
35 puntos)
(si cumple, asignar
35 puntos)
Puntaje de las Condiciones
Adicionales
35
Puntaje total de la Evaluación de la
Propuesta Técnica (PT)
70
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
87
FORMULARIO V-4
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(Este Formulario es aplicable solo cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación
Calidad, Propuesta Técnica y Costo. Caso contrario suprimir este Formulario)
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:
ABREVIACIÓN DESCRIPCIÓN PUNTAJE ASIGNADO
PE Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica 30 puntos
PT Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica 70 puntos
PTP PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA 100 puntos
RESUMEN DE EVALUACIÓN PROPONENTES
Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n
Puntaje de la Evaluación de la
Propuesta Económica(de acuerdo
con lo establecido en el Sub Numeral
25.1.1)
Puntaje de la Evaluación de la
Propuesta Técnica, del Formulario V-
3.
PUNTAJE TOTAL
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
88
ANEXO 5
MODELO DE CONTRATO
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- Partes Contratantes
SEGUNDA.- Antecedentes Legales del Contrato
TERCERA.- Objeto del Contrato
CUARTA.- Plazo de Prestación del Servicio
QUINTA.- Monto del Contrato
SEXTA.- Anticipo
SÉPTIMA.- Garantías
OCTAVA.- Domicilio a efectos de Notificación
NOVENA.- Vigencia del Contrato
DÉCIMA.- Documentos de Contrato
DÉCIMA PRIMERA.- Idioma
DÉCIMA SEGUNDA.- Legislación Aplicable al Contrato
DÉCIMA TERCERA.- Derechos del Supervisor
DÉCIMA CUARTA.- Estipulaciones sobre Impuestos
DÉCIMA QUINTA.- Cumplimiento de Leyes Laborales
DÉCIMA SÉXTA.- Protocolización del Contrato
DÉCIMA SÉPTIMA.- Subcontratos
DÉCIMA OCTAVA Intransferibilidad del Contrato
DÉCIMA NOVENA.- Causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito
VIGÉSIMA.- Terminación del Contrato
- Por Cumplimiento
- Por Resolución
VIGÉSIMA PRIMERA.- Solución de Controversias
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Modificaciones a Contrato
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA.- Inicio de Prestación del Servicio
VIGÉSIMA CUARTA.- Fiscalización del Servicio
VIGÉSIMA QUINTA.- Representante del Supervisor
VIGÉSIMA SEXTA.- Personal del Supervisor
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Informes
VIGÉSIMA OCTAVA.- Aprobación de Documentos y Propiedad de los Mismos
VIGÉSIMA NOVENA.- Forma de Pago
TRIGÉSIMA.- Facturación
TRIGÉSIMA PRIMERA.- Modificaciones al Servicio
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Pago por Servicios Adicionales
TRIGÉSIMA TERCERA.- Morosidad y sus Penalidades
TRIGÉSIMA CUARTA.- Responsabilidad y Obligaciones del Supervisor
TRIGÉSIMA QUINTA.- Suspensión de Actividades
TRIGÉSIMA SÉXTA.- Certificado de Liquidación Final
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Procedimiento de Pago del Certificado de Liquidación Final
TRIGÉSIMA OCTAVA.- Conformidad
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
89
MINUTA DE CONTRATO
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE ___________
(registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato)
En el registro de Escrituras Públicas a su cargo sírvase usted insertar el presente contrato de
Servicios de Supervisión Técnica, para _____________________ (registrar el tipo de obra a
ser supervisada y el lugar) sujeto a las siguientes cláusulas:
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES)
Dirá usted que las partes Contratantes son: ______(registrar de forma clara y detallada el
nombre de la ENTIDAD), con NIT N° ________(señalar el número de identificación
tributaria), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara el domicilio de la
ENTIDAD), en ___________ (señalar el departamento)representada legalmente por
______________ (Registrar el nombre de la MAE o del servidor público a quien se delga
la competencia para la suscripción de contrato, y la Resolución de delegación
correspondiente)en calidad de _________ (señalar el cargo de servidor público de
suscribe el contrato), que en adelante se denominará la ENTIDAD y
la___________(Registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por
__________ (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del
representante legal habilitado para la suscripción del contrato), en virtud del Testimonio
de Poder Nº _______ (Registrar el número) otorgado ante __________________ (Registrar
el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgado el Poder), el __________
(Registrar la fecha, día, mes y año) en la __________ (Registrar el lugar donde fue
otorgado el Poder), que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y
suscriben el presente Contrato de Servicios de Supervisión Técnica.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO)
Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº ___________ (registrar el
número de la Licitación), convocó a empresas consultoras, interesadas en la prestación de
servicios de Supervisión Técnica para que presenten sus propuestas, de acuerdo con los
Términos de Referencia y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación,
aprobado mediante Resolución Nº ____ de ______ (registrar el número y fecha de la
Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación),proceso de contratación
realizado en el marco del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas
Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y sus modificaciones.
Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas
presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de
Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC) de la ENTIDAD,
el mismo que fue aprobado y en base al cual, se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº
_______________ (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar
la prestación del servicio a __________________ (registrar la razón social del adjudicado),
al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la
ENTIDAD.
(Si el RPC en caso excepcional decide adjudicar el servicio a un proponente que no sea
el recomendado por la Comisión de Calificación, debe adecuarse la redacción de la
presente cláusula).
TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA DEL CONTRATO)
El objeto del presente contrato es la prestación de Servicios de Supervisión Técnica __________
(Describir de forma detallada el servicio a ser prestado) que en adelante se el SERVICIO,
para _______ (Señalar la causa de la contratación), prestados por el SUPERVISOR, de
conformidad con el DBC y la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente
contrato.
El SUPERVISOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos
necesarios para SERVICIO hasta su conclusión, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato,
a los documentos que forman parte de él y dando cumplimiento a las normas, condiciones,
precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del servicio y
características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas
contractuales contenidas en el presente instrumento legal.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Para la correcta prestación del SERVICIO hasta su conclusión, dentro de los Términos de
Referencia que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad del
mismo, el SUPERVISOR se obliga a prestar el servicio, con el personal profesional idóneo y
equipo ofertado, así como todo lo necesario de acuerdo con los documentos de contratación y
propuesta presentada.
CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO)
El SUPERVISOR desarrollará sus actividades, hasta la entrega de la obra, de forma
satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance de trabajo, la propuesta adjudicada, los
Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de ___________________
(Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio, entre
paréntesis) días calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el Fiscal de
Obra expida la Orden de Proceder.
El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle:
1. Movilización ___________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal)
días calendario.
2. Periodo de realización y presentación de Productos Previos a la Construcción de acuerdo al
numeral 38.13 del DBC (Antes de la ejecución de la obra) ___________ (Registrar el
número de días de forma numérica y literal) días calendario.
3. Periodo de realización de la Supervisión (durante la ejecución de la obra, hasta la entrega
provisional) ___________ (registrar el número de días de forma numérica) días
calendario.
4. Período de elaboración del Informe Final (lapso que media entre la recepción provisional y la
recepción definitiva de la obra) _____________ (Registrar el número de días de forma
numérica y literal) días calendario.
5. Periodo de aprobación del Informe Final, por parte de la entidad _______________
(Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario.
Emitida, por escrito, la Orden de Proceder comenzará a correr el plazo de prestación del servicio,
mismo que podrá ser ampliado en los casos siguientes:
a) Por modificación del servicio, por parte de la ENTIDAD, mediante el procedimiento
establecido en la cláusula Trigésima Primera, incrementando o instruyendo la realización de
otros servicios de supervisión relacionados al objeto del presente contrato, lo que será
consignado en el Contrato Modificatorio.
b) Por demora en el pago de certificados de prestación del servicio,
c) Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo.
QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO)
(En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar
expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de
cambio oficial de compra, establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la
facturación).
El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente
Contrato es de: ______________ (Registrar en forma numérica y literal el monto del
Contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En
contrataciones de empresas extranjeras asociadas con nacionales el monto del
contrato podrá ser en moneda extranjera). Este precio corresponde a la propuesta
adjudicada establecida en la propuesta económica que forma parte de este Contrato.
Queda establecido que los precios consignados en la propuesta adjudicada incluyen todos los
elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del
servicio de Supervisión Técnica. Este precio también comprende todos los costos referidos a
salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, gastos de
seguro de equipo y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos, es decir todo otro
costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total del
servicio, hasta su conclusión.
Es de exclusiva responsabilidad del SUPERVISOR, prestar los servicios contratados dentro del
monto establecido como costo del servicio, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por
servicios que excedan dicho monto, a excepción de aquellos autorizados expresamente por
escrito mediante los instrumentos técnico-legales previstos en este Contrato.
SEXTA.- (ANTICIPO)
Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del SUPERVISOR, podrá
otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
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contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos, contra entrega de una
Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser
desembolsado. El importe del anticipo será descontado en ____ (indicar el número de
certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes)certificados de pago,
hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR
no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma
literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en
caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio
estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y
ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener
su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el
SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al
monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su
ejecución.
(En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula del
contrato)
SÉPTIMA.- (GARANTÍAS)
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
El SUPERVISOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en
todas sus partes con la _____ (registrar el tipo de garantía) Nº _______emitida por ______
(registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el ________ de ____________
de 20 ___ con vigencia hasta el __________ de _______________ del 20__, a la orden de
______(Registrar el nombre o razón social de la entidad), por el siete por ciento (7 %) del
monto del Contrato, equivalente a: _________________ (registrar el monto de la garantía
en forma literal) ____________ (registrar el monto de la garantía en forma numérica,
entre paréntesis).
El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el
SUPERVISOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, a su sólo requerimiento, sin necesidad de
ningún trámite o acción judicial.
Empero, si se procediera a la recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en
forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrito por
ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato,
juntamente con la Certificado de Cumplimiento de Contrato.
EL SUPERVISOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de
Contrato durante la vigencia de éste. El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la
vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al
SUPERVISOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
GARANTÍA DE CORRECTA INVERSIÓN DE ANTICIPO.
El SUPERVISOR entregara a la ENTIDAD ________________ (Registrar el tipo de garantía
a ser presentada) a la orden de ________ (Registrar el nombre de la entidad), por el cien
por ciento (100%) del monto del anticipo solicitado por el SUPERVISOR que corresponde a
________ (registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá
exceder el veinte por ciento (20%) del monto del contrato) con vigencia hasta la
amortización total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR
no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma
literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en
caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio
estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y
ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
92
su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el
SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto
al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD
su ejecución.
Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo en caso de
haberse otorgado anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá
la responsabilidad del FISCAL DE OBRA.
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN)
Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será enviada:
Al SUPERVISOR:
__________ (registrar el domicilio que señale el SUPERVISOR, especificando calle y
número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
A LA ENTIDAD:
_______ (registrar el domicilio de la Entidad, especificando calle y número del
inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO) La vigencia del presente contrato, entrará en
vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas
hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él.
DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO) Forman para del contrato los siguientes
documentos:
10.1 Documento Base de Contratación,
10.2 Resolución de Aprobación del DBC con aclaraciones y/o enmiendas si existiesen.
10.3 Propuesta adjudicada.
10.4 Resolución de Adjudicación.
10.5 Acta de Concertación de mejores Condiciones Técnicas, cuando corresponda.
10.6 Otros documentos específicos de acuerdo a la contratación, ____________
(registrar los que correspondan).
10.7 Certificado del RUPE.
10.8 Garantía de Cumplimiento de Contrato.
10.9 Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (cuando corresponda).
10.10 Contrato de Asociación Accidental (cuando corresponda).
10.11 Poder General del Representante Legal (cuando corresponda).
10.12 Otros documentos necesarios de acuerdo al objeto de la contratación (señalar los
que correspondan).
DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA) El presente Contrato, toda la documentación aplicable al
mismo y la que emerja de la documentación de la prestación del servicio, deben ser elaborados
en idioma castellano.
DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato, al
ser de naturaleza administrativa, se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes
disposiciones:
- Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
- Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de
Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
- Ley del Presupuesto General del Estado, aprobado para la gestión.
- Otras disposiciones relacionadas directamente con la normativa anteriormente señalada.
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR, tiene derecho a
plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de LA ENTIDAD, por falta
de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al FISCAL DE
OBRA, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso.
El FISCAL DE OBRA, dentro del lapso impostergable de diez (10) días hábiles de recibido el
reclamo, analizará el mismo, debiendo emitir su informe - recomendación a la ENTIDAD, para
que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en
su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará
por escrito, a los fines de la respuesta al SUPERVISOR.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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93
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL DE OBRA podrá
solicitar el análisis del reclamo a las dependencias técnica, financiera o legal según corresponda,
a objeto de procesar la respuesta al SUPERVISOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinticinco (25) días hábiles,
computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL DE OBRA. (Si el
plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en
concordancia con el plazo de contrato).
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo
establecido en esta cláusula.
DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del
SUPERVISOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de
la propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos
adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el
SUPERVISOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha
normativa.
DÉCIMA QUINTA.- (CUMPLIMIENTO DE LEYES LABORALES) El SUPERVISOR deberá dar
estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia
respecto a su personal.
El SUPERVISOR será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra
cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de
incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
DÉCIMA SEXTA.- (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO) La presente minuta, será
protocolizada con todas las formalidades de Ley por la ENTIDAD. El importe por concepto de
protocolización debe ser pagado por el SUPERVISOR. Esta protocolización contendrá los
siguientes documentos:
- Minuta del Contrato (original).
- Documento legal de representación de la ENTIDAD y Poder del Representante Legal del
SUPERVISOR (fotocopias legalizadas).
- Garantía (s) (fotocopia simple).
En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado,
servirá a los efectos de Ley y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes.
DÉCIMA SÉPTIMA.- (SUBCONTRATOS) Cuando esta previsión de subcontrato estuviese
autorizada, el SUPERVISOR podrá efectuar subcontrataciones, que acumuladas no deberán
exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor total de este Contrato, siendo el SUPERVISOR
directo y exclusivo responsable por los trabajos, su calidad y la perfección de ellos, así como
también por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en
el servicio.
En ningún caso el SUPERVISOR podrá pretender autorización para subcontratos que no
hubiesen sido expresamente previstos en su propuesta.
Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al SUPERVISOR del
cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato.
DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El SUPERVISOR bajo ningún
título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública,
procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la
MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
DÉCIMA NOVENA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de
exceptuar al SUPERVISOR de determinadas responsabilidades durante la vigencia del presente
contrato, el FISCAL DE OBRA tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o
caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una
fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios,
inundaciones y otros desastres naturales).
Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable,
proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo:
conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el
proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de lo previsto en el
Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e
imprescindible en cada caso, el SUPERVISOR deberá recabar del FISCAL DE OBRA un
certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles
de ocurrido el hecho, sin el cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar luego al
FISCAL DE OBRA, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del
plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades.
En caso que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante Contrato
Modificatorio conforme se estipula en la Cláusula Trigésima Primera.
VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO)El presente contrato concluirá por una de las
siguientes causas:
20.1Por Cumplimiento de Contrato De forma normal, una vez que ambas partes hayan dado
cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará
constar por escrito, en el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
20.2Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de
terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el
SUPERVISOR, acuerdan las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato:
20.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al
SUPERVISOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del
Contrato, en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento en la iniciación de los servicios, si emitida la Orden de
Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona
de los trabajos. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede
ser reducido).
b) Por disolución del SUPERVISOR (sea Empresa Consultora o Asociación
Accidental de Empresas Consultoras).
c) Por quiebra declarada del SUPERVISOR.
d) Por suspensión del servicio sin justificación, por __________ (registrar los
días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario
continuos, sin autorización escrita del FISCAL DE OBRA.
e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo
ofertados, de acuerdo al Cronograma.
f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin
que el SUPERVISOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar
su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente.
g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de
Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas del FISCAL DE
OBRA.
h) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales
que afecten al servicio.
i) Por subcontratación de una parte del servicio sin que ésta haya sido prevista
en la propuesta y/o sin contar con la autorización escrita del FISCAL DE
OBRA.
j) Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Trigésima Tercera,
alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato – decisión optativa de
la ENTIDAD, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria.
20.2.2 Resolución a requerimiento del SUPERVISOR por causales atribuibles a la
ENTIDAD. El SUPERVISOR, podrá proceder al trámite de resolución del
Contrato, en los siguientes casos:
a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD o emanadas del
FISCAL DE OBRA, con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de
la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario.
b) Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD a través del FISCAL
DE OBRA, pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de obra
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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sin emisión del necesario Contrato Modificatorio, que en el caso de
incrementos garantice el pago.
c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de
servicios aprobado por el FISCAL DE OBRA, por más de cuarenta y cinco (45)
días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado de
prestación de servicios por el FISCAL DE OBRA, a la ENTIDAD.
20.3Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por
cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el SUPERVISOR darán aviso escrito
mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato,
estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se
enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomaran las
medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el
requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de
intensión de resolución será retirado.
En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles no existe
ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el
SUPERVISOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante
carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al
SUPERVISOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de
Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de Correcta Inversión de
Anticipo (en caso de haberse otorgado), hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si
aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y
no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. El FISCAL DE OBRA a solicitud
de la ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al
SUPERVISOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se
reconocerá al SUPERVISOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base
en el certificado de cómputo final de servicios prestados, emitido por el FISCAL DE OBRA,
el SUPERVISOR preparará el Certificado de Liquidación Final, estableciendo saldos en
favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes.
Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del SUPERVISOR, éste
tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la
desmovilización y los compromisos adquiridos por el SUPERVISOR para la prestación del
servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
20.4Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o
al SUPERVISOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del
servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una
situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la
conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada
comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa.
LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, vía FISCAL DE OBRA,
suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha
comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo de acuerdo a las
instrucciones que al efecto emita el FISCAL DE OBRA.
El SUPERVISOR conjuntamente con el FISCAL DE OBRA, procederán a la verificación del
servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el
SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio,
debidamente documentados. Asimismo, el FISCAL DE OBRA liquidará los costos
proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros
gastos que a juicio del FISCAL DE OBRA fueran considerados sujetos a reembolso. Con
estos datos el FISCAL DE OBRA elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite
de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena.
VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS). En caso de surgir controversias
sobre los derechos y obligaciones de las partes, durante la ejecución del presente contrato, las
partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, DBC, propuesta adjudicada, sometidas
a la jurisdicción coactiva fiscal.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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VIGÉSIMA SEGUNDA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente contrato no podrá
ser modificado, excepto por causas señaladas en el Documento Base de Contratación previo
acuerdo entre partes.
Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas
por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y financiamiento.
La referida modificación, se realizará de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no
deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA- (INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO) La prestación del
servicio se hará efectiva, a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR reciba de forma escrita
la Orden de Proceder.
VIGÉSIMA CUARTA.- (FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el
seguimiento y control del servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, la ENTIDAD desarrollará
las funciones de FISCALIZACIÓN, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como
FISCAL DE OBRA a un Profesional Técnico especializado en ________(Especificar la
profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico
especializado en ____________ especificar la profesión – que ejercerá la función de
fiscalización) de la planta de personal de la entidad contratante.
El FISCAL DE OBRA, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de
todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el
SUPERVISOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del
mismo.
El FISCAL DE OBRA, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar
los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las
atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente la ENTIDAD.
La ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, observará y evaluará permanentemente el
desempeño del SUPERVISOR, a objeto de exigirle en su caso, mejor desempeño y eficiencia en
la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones.
VIGÉSIMA QUINTA.- (REPRESENTANTE DEL SUPERVISOR) Designa como su representante
legal en el servicio, al GERENTE DE PROYECTO, profesional calificado en la propuesta del
SUPERVISOR, como profesional titulado, con suficiente experiencia en la dirección de
supervisiones similares, que lo califiquen como idóneo para llevar a cabo satisfactoriamente la
prestación del servicio, será presentado oficialmente antes del inicio del trabajo, mediante
comunicación escrita dirigida al FISCAL DE OBRA.
El GERENTE DE PROYECTO tendrá residencia en el lugar previsto en el Documento Base de
Contratación; prestará servicios a tiempo completo y está facultado para:
a) Dirigir el servicio de Supervisión Técnica de la obra.
b) Representar al SUPERVISOR durante toda la prestación del servicio.
c) Mantener permanentemente informado al FISCAL DE OBRA sobre todos los aspectos
relacionados con el servicio y la obra.
d) Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del SUPERVISOR.
e) Presentar el Organigrama completo del personal del SUPERVISOR, asignado al servicio.
f) Es el responsable del control de la asistencia, así como de la conducta y ética profesional
de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas
en caso necesario.
g) Cuidará de la economía con la que debe desarrollarse la prestación del servicio de
Supervisión Técnica, así como de la obra que supervisa, a efectos de cumplir con el
presupuesto asignado.
En caso de ausencia temporal de la obra, por causas emergentes del presente contrato, u otras
de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través del
FISCAL DE OBRA; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad
para actuar en legal representación del SUPERVISOR.
Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de
gravedad, caso contrario el SUPERVISOR deberá proceder a sustituir al GERENTE de proyecto,
presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor
calificación que el que será reemplazado.
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Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo GERENTE, éste recién entrará en ejercicio
de la función; cualquier acto anterior es nulo.
VIGÉSIMA SÉXTA.- (PERSONAL DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR cumplirá sus deberes
y responsabilidades asignando al servicio, el personal profesional y técnico experimentado, de
acuerdo al número y especialidades señaladas en su propuesta, así como en ulteriores
modificaciones aconsejables de acuerdo al programa de trabajo, con aprobación previa y escrita
del FISCAL DE OBRA. Cualquier cambio en esta nómina tendrá carácter excepcional, y será
debidamente justificado por el SUPERVISOR.
26.1 Retiro de personal del SUPERVISOR a solicitud de la ENTIDAD: EL SUPERVISOR
retirará del servicio a cualquier empleado cuyo cambio justificado sea solicitado por el
FISCAL DE OBRA, sustituyéndolo por otro de nivel similar o superior. En este caso, los
gastos que resulten emergentes del cambio, correrán por cuenta del SUPERVISOR.
26.2 Seguros: El SUPERVISOR contratará los seguros, por los conceptos siguientes, cuyo
costo está incluido en los precios de contrato:
a) Accidentes o incapacidad para el personal del SUPERVISOR, de acuerdo a la Ley
General del Trabajo de Bolivia.
b) Seguro contra todo riesgo, de los vehículos y equipo asignados al servicio.
26.3 Coordinación con la oficina central del SUPERVISOR: El personal del SUPERVISOR
de la Oficina Principal de éste, coordinará y efectuará un control adecuado de la marcha
del servicio, manteniendo contacto permanente con el GERENTE DEL PROYECTO (o con
el suplente legal de éste), visitando periódicamente y cuantas veces sea necesario, en el
lugar de prestación del servicio las oficinas y lugares de trabajo. Los salarios, pasajes y
viáticos del personal que realice esta coordinación o seguimiento, no serán reconocidos
de forma separada, por cuanto forman parte de los costos indirectos de la propuesta del
SUPERVISOR.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (INFORMES) El SUPERVISOR, someterá a la consideración y
aprobación de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, los siguientes informes:
27.1Informe Inicial: Un informe inicial, en ___________ (Registrar el número)
ejemplares, a los ___________(Registrar el plazo de forma literal) días calendario de
la recepción de la Orden de Proceder, conteniendo un cronograma detallado de sus
actividades, ajustado a la fecha de Orden de Proceder, indicando como se propone
ejecutar y concluir el servicio. Este cronograma, una vez aprobado, solamente podrá ser
modificado con la aprobación escrita de la ENTIDAD, en la instancia competente.
27.2Informes Previos a la Construcción: Estos Informes se detallan en el numeral 38.13. de
los Términos de Referencia del DBC, tanto en producto como en plazo, en ___________
(Registrar el número) ejemplares.
27.3Informes Periódicos: Los informes periódicos (no repetitivos), en
______________(registrar el número) ejemplares serán presentados Al FISCAL DE
OBRA y contendrán el avance del producto final contratado, consignado en el Documento
Base de Contratación y un detalle de:
a) Problemas más importantes encontrados en la prestación del servicio o en el
desarrollo de obra y el criterio técnico que sustentó las soluciones aplicadas en cada
caso.
b) Personal empleado por el SUPERVISOR en el periodo reportado.
c) Actividades realizadas por el SUPERVISOR.
d) Estado de avance de la obra en comparación con el cronograma de ejecución
vigente.
e) Comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista y con el FISCAL
DE OBRA.
f) Información sobre modificaciones (si se procesaron en el periodo).
g) Información miscelánea.
(Si se trata de productos intermedios completos, la Entidad Contratante debe
registrar en esta cláusula dichos productos de forma específica, en sustitución
de lo precedentemente detallado).
27.4Informes Especiales: Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia,
incidan en el desarrollo normal del servicio o de la obra, a requerimiento de la ENTIDAD
a través del FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR emitirá informe especial sobre el tema
especifico requerido, en _________ (Establecer el número) ejemplares, conteniendo el
detalle y las recomendaciones para que la ENTIDAD pueda adoptar las decisiones más
adecuadas.
27.5 Producto Final: En el lapso que medie entre la recepción provisional y la recepción
definitiva de la obra, el SUPERVISOR emitirá un informe final del servicio de supervisión
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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técnica que le cupo realizar, incluyendo todos los aspectos y elementos previstos en el
Alcance de Trabajo y Propuesta presentada.
Este informe contendrá también las respectivas conclusiones y recomendaciones (De
mantenimiento si corresponde al tipo de obra) a efectos de que la ENTIDAD tome
y asuma las acciones técnicas, económicas, legales u otras que correspondan.
El informe final debe ser presentado por el SUPERVISOR dentro del plazo previsto,
en_______ (Especificar el número) ejemplares.
El informe final, deberá ser analizado por la ENTIDAD, en el nivel operativo
correspondiente dentro del plazo máximo de veinte (20) días calendario desde su
presentación. Emitida su aceptación y aprobación por el FISCAL DE OBRA, éste
autorizará el pago final a favor del SUPERVISOR.
En caso que el informe final presentado fuese observado por el FISCAL DE OBRA,
dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, el mismo será devuelto al
SUPERVISOR, para que éste realice ya sea las complementaciones o correcciones
pertinentes, dentro del plazo que el FISCAL DE OBRA prevea al efecto de forma
expresa en la carta de devolución del informe final.
Concluido el plazo señalado, el SUPERVISOR presentará el informe final y el trámite de
aprobación, se procesará conforme lo previsto en la presente Cláusula.
VIGÉSIMA OCTAVA.- (APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y PROPIEDAD DE LOS MISMOS)
28.1 Procedimiento de aprobación: El FISCAL DE OBRA, una vez recibidos los informes,
revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen
del supervisión y hará conocer al SUPERVISOR sus observaciones dentro del plazo
máximo de _____ (registrar el plazo literalmente de acuerdo a la magnitud del
servicio y registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles
computados a partir de la fecha de su presentación. Este plazo no incluye el de las
posibles observaciones, comentarios o solicitudes de información adicionales.
EL SUPERVISOR se obliga a satisfacer dentro del plazo de _____ (registrar el plazo
literalmente, de acuerdo a la magnitud de lo requerido) ______ (registrar el
plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de su recepción, cualquier
pedido de aclaración efectuado por el FISCAL DE OBRA o a través de éste de la
ENTIDAD.
Si dentro de los ____ (registrar el plazo literalmente, de acuerdo a la magnitud
del servicio) (registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días
hábiles de la presentación de los documentos, el FISCAL DE OBRA no envía sus
observaciones al SUPERVISOR, se aplicará el silencio administrativo positivo, o sea que
las partes considerarán que dichos documentos cuentan con la aprobación del FISCAL
DE OBRA.
28.2 Propiedad de los documentos emergentes de la Supervisión: El informe final en
original, copia y fotocopias del mismo, como su soporte magnético, y otros documentos
resultantes de la prestación del servicio, así como todo material que se genere durante
los servicios del SUPERVISOR, son de propiedad de la ENTIDAD y en consecuencia,
deberán ser entregados a ésta a la finalización de los servicios de Supervisión, quedando
absolutamente prohibido al SUPERVISOR difundir dicha documentación, total o
parcialmente, sin consentimiento escrito previo de la ENTIDAD.
El presente Contrato otorga a la ENTIDAD el derecho de autor, derechos de patente y
cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los documentos emergentes
de la Supervisión, en cumplimiento del Contrato.
El SUPERVISOR está prohibido de divulgar o revelar cualquier información reservada y
confidencial a la que pueda tener acceso en la ejecución del Contrato, a menos que se le
haya autorizado por escrito. Esta prohibición se extiende igualmente a los empleados,
representantes y subcontratistas del SUPERVISOR.
El SUPERVISOR solo podrá mencionar el servicio a terceros, como prueba de sus
antecedentes profesionales, sobre lo cual la ENTIDAD emitirá la certificación detallada
pertinente.
VIGÉSIMA NOVENA.- (FORMA DE PAGO)
Los pagos para las fases de Productos Previos a la Construcción y Cierre del Proyecto,
serán efectuados en conformidad al procedimiento establecido en el numeral 38.
Términos de Referencia, punto A. TÉRMINOS DE REFERENCIA ESPECÍFICOS,
subnumeral 38.13. CONDICIONES DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO, del DBC.
El pago será paralelo al progreso del servicio de Supervisión de acuerdo al avance de la
obra bajo una modalidad mixta condicionada, a este fin, mensualmente y dentro de los
cinco (5) días hábiles siguientes a cada mes vencido, el SUPERVISOR presentará su planilla
de pago.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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99
En base al avance de obra y la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales, se efectuará el
pago de la siguiente manera:
a) El monto cancelado a la SUPERVISIÓN en el certificado de pago de cada mes, será
de acuerdo al porcentaje de avance físico de obra ejecutado en el mes por el
CONTRATISTA.
b) En caso de que el monto mensual establecido por avance de obra sea menor al
necesario para que la SUPERVISIÓN realice sus actividades de manera regular
según su propuesta actualizada; este monto mensual será incrementado hasta
cubrir el monto mensual según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales.
Este incremento acumulado no podrá exceder más del 20% del monto de su
contrato y debe ser deducido en el certificado de pago correspondiente al mes donde
el monto mensual según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales sea menor al
monto certificado por avance de obra, esta deducción se aplicará en uno o varios
certificados hasta cubrir el 100% del monto incrementado.
A efectos de la aplicación del inciso b) el SUPERVISOR en un plazo de diez días
posteriores a la actualización del cronograma de ejecución de obra del CONTRATISTA
actualizará su propuesta, esto no significa la variación de ningún porcentaje ni
incremento de ningún componente, es simplemente la reasignación de los recursos de
su propuesta en conformidad al cronograma real de ejecución de la obra; y elaborará
su Planilla de Gastos Mínimos Mensuales; en base a los Costos Directos (Formularios
Actualizados B-3 y B-4) en ningún caso podrá incluirse en esta planilla los Costos
Indirectos ni las utilidades.
El SUPERVISOR presentará al FISCAL DE OBRA, para su revisión en versión definitiva, el
informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado por el
Gerente de Proyecto, que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios establecidos, de
acuerdo a los trabajos desarrollados.
De no presentar el SUPERVISOR el informe periódico y el respectivo certificado de pago dentro
del plazo previsto; los días de demora serán contabilizados por el FISCAL DE OBRA, a efectos
de deducir los mismos del plazo que la ENTIDAD en su caso pueda demorar en la efectivización
del pago del citado certificado.
El FISCAL DE OBRA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir el
informe periódico y en versión definitiva el certificado de pago; indicará por escrito su
aprobación o devolverá el informe y el certificado para que se enmienden los motivos de
rechazo, debiendo el SUPERVISOR, en éste último caso, realizar las correcciones necesarias y
volver a presentar el informe y certificado, con la nueva fecha.
El informe periódico y el certificado de pago aprobado por el FISCAL DE OBRA, (con la fecha de
aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda, para el procesamiento del pago.
En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de tres (3) días
hábiles computables desde su recepción.
El pago de cada certificado de prestación de servicios, se realizará dentro de los treinta (30) días
hábiles siguientes a la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la
ENTIDAD para el pago.
El SUPERVISOR recibirá el pago del monto certificado, menos las deducciones que
correspondiesen. Si el pago del certificado no se realizara dentro de los treinta y tres (33) días
hábiles computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia
prevista de la ENTIDAD para el pago; el SUPERVISOR tendrá derecho a reclamar por el
tiempo transcurrido desde el día treinta y tres (33) hasta el día en que se haga efectivo el pago,
la ampliación de plazo por día de demora. Si en ese tiempo, el pago que se realiza es parcial,
sólo podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje al que falta recibir en
pago.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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100
Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de
aprobación del certificado de pago por el FISCAL DE OBRA; el SUPERVISOR tiene el derecho
de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a
partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual
promedio ponderada nominal del sistema bancario para depósitos en caja de ahorro en moneda
nacional que publica periódicamente el Banco Central de Bolivia, de la semana anterior a la que
se vaya a fijar el interés, el mismo que será dividido en trescientos sesenta y cinco (365) días y
multiplicado por los días de retraso en que incurra la ENTIDAD.
En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo
corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.
A este fin el SUPERVISOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago (en días),
mediante nota dirigida al FISCAL DE OBRA dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a
la fecha de haberse hecho efectivo el pago parcial o total, quien pondrá de inmediato a
conocimiento de la ENTIDAD, para que independientemente del pago de intereses, establezca
las causas de la demora de pago y asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las
responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan.
En cada caso, el informe del FISCAL DE OBRA consignará también la deducción de los días de
demora en la presentación del certificado en que en su caso hubiese incurrido el SUPERVISOR.
En caso de que el SUPERVISOR, no presente al FISCAL DE OBRA el respectivo certificado de
avance de obra hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en la presente
Cláusula, el FISCAL DE OBRA deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del
servicio prestado que disponga y la enviará para la firma del GERENTE DE PROYECTO, con la
respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las
implicancias posteriores de esta omisión.
El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, será el establecido precedentemente.
TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El SUPERVISOR emitirá la factura correspondiente a favor de
la ENTIDAD una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados
por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no
hará efectivo el pago.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- (MODIFICACIONES AL SERVICIO)
31.1 Sólo podrán introducirse modificaciones a la prestación de los servicios de supervisión
establecidos en el objeto del presente Contrato, en caso de aplicación del inciso a) del
Artículo 89 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
31.2 La ENTIDAD, o el FISCAL DE OBRA designado, previo el trámite respectivo de
aprobación, podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias y con
tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito al SUPERVISOR y éste deberá
cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones:
a) Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano del servicio de
Supervisión.
b) Incrementar o disminuir cualquier parte del servicio previsto en el Contrato.
c) Prestar servicios adicionales inherentes a la Supervisión de la misma obra, que
sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios establecidos en el
Contrato.
Ninguna de estas modificaciones podrá viciar o invalidar el Contrato, ni serán ejecutadas
por el SUPERVISOR sin una orden previa escrita.
31.3 El FISCAL DE OBRA o la ENTIDAD, puede ordenar las modificaciones únicamente a
través de un Contrato Modificatorio, sólo en caso extraordinario en que el servicio deba
ser complementado y se determine una modificación significativa en la Supervisión que
conlleve un decremento o incremento en los plazos o alcance. El FISCAL DE OBRA
deberá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y
razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta(s) modificación(es) no
deberá(n) exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. En caso de
que signifique una disminución en el servicio, deberá concertarse previamente con el
SUPERVISOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. El informe-recomendación y
antecedentes será cursado por el FISCAL DE OBRA a la ENTIDAD, quien luego de su
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
101
análisis a través de __________________ (Registrar el nombre de la dependencia
responsable del seguimiento del servicio), realizará el procesamiento del análisis
legal y formulación del Contrato, antes de su suscripción.
31.4 El Contrato Modificatorio debe ser emitido y suscrito de forma previa a la prestación de
los servicios por parte del SUPERVISOR, en ningún caso constituye un documento
regularizador de procedimiento de prestación de los servicios, excepto en casos de
emergencia probada, que incida en la prestación del servicio objeto de la Supervisión.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (PAGO POR SERVICIOS ADICIONALES) Los servicios adicionales
ordenados conforme la modalidad descrita en la cláusula Trigésima Primera, serán pagados
según lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio.
En caso de existir estos servicios adicionales prestados, el SUPERVISOR de forma mensual
consignará los mismos en el certificado de pago.
TRIGÉSIMA TERCERA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las
partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor debidamente comprobados por el FISCAL
DE OBRA, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas:
Multas por morosidad:
a) Equivalente al 3 por 10.000,00 del monto total del Contrato por cada día de atraso;
Cuando el SUPERVISOR, no entregará los documentos establecidos en la cláusula
Vigésima Séptima dentro de los plazos previstos en el cronograma, en versión
definitiva.
b) Penalidad equivalente al 1 por 1.000 del monto total del contrato efectuada la
segunda llamada de atención por el FISCAL DE OBRA, por un mismo hecho; cuando
el SUPERVISOR incurra u omita los siguientes aspectos:
 Cuando se demore más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas
formuladas por escrito por la ENTIDAD o por el FISCAL DE OBRA, en asuntos
relacionados con el objeto del presente contrato.
 Falta de dotación de equipamientos establecidos en el Documento Base de
contratación
 Desmovilización de personal propuesto por 5 días discontinuos en un mes.
 Por uso indebido del equipamiento u otro instrumento dotado por la entidad para
el desarrollo del servicio.
 Por incumplimiento a instrucciones impartidas por el fiscal de obra.
 Por la presentación de documentos solicitados incompletos o mal elaborados.
De establecer el FISCAL DE OBRA que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al
límite máximo del diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente
esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si
corresponde, conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima.
Multas por cambio de personal.
El SUPERVISOR se hará pasible a la multa de Bs. 50.000.- (Cincuenta Mil 00/100
Bolivianos), toda vez que solicite a la ENTIDAD, a través del FISCAL DE OBRA,
autorización para sustituir a cualquier personal técnico, que habiendo sido evaluado
en la calificación técnica de su propuesta, no ingrese a prestar servicios o que
prestando servicios, sea sustituido por cualquier causa, excepto incapacidad física
del profesional, caso de muerte o rendimiento bajo por causas de salud. En
cualquiera de los casos el SUPERVISOR deberá acreditar oportunamente con los
certificados respectivos, la causa aducida.
La reincidencia en el cambio del personal clave por parte del SUPERVISOR se hará
también pasible a una multa de Bs. 50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos) por
cada personal profesional cambiado.
Multas por excedente sobrevalorado.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
102
Cualquier modificación del presupuesto de obra o plazo planteado por el SUPERVISOR
podrá ser evaluada por una comisión técnica especial, si la ABC lo considera necesario
para ratificar la idoneidad de la propuesta.
Si la diferencia entre la modificación de la supervisión y la evaluación de la comisión
supera el 5% del monto evaluado, la supervisión será pasible a una multa del 20% del
excedente sobrevalorado.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL DE
OBRA, con base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su
directa responsabilidad, de los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación
Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y
proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la
naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley N° 1178.
TRIGÉSIMA CUARTA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR)
34.1 Responsabilidad Técnica: El SUPERVISOR asume la responsabilidad técnica absoluta,
de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo
establecido en los Términos de Referencia y propuesta técnico-económica, por lo que
deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia
profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En
consecuencia el SUPERVISOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este
Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier
aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar
su participación.
En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, hará conocer a la
Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el
servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el SUPERVISOR
es responsable ante el Estado.
El SUPERVISOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos
indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los
pagos que de estos deriven.
No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos
o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del
servicio encomendado al SUPERVISOR, o de los resultados o recomendaciones de éste.
Bajo esta responsabilidad se establece que el SUPERVISOR, se hará pasible a las
sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía
legal correspondiente.
34.2 Responsabilidad Civil: El SUPERVISOR será el único responsable por reclamos
judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u
omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.
TRIGÉSIMA QUINTA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para
suspender temporalmente los servicios que presta el SUPERVISOR en la supervisión técnica de
la obra, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones
convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al SUPERVISOR por escrito por
intermedio del FISCAL DE OBRA, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en
los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o
parcial.
En este caso la ENTIDAD reconocerá a favor del SUPERVISOR los gastos en que éste incurra
por mantenimiento del personal en la obra objeto de la Supervisión, siempre y cuando el lapso
de la suspensión sea mayor a los (10) diez días calendario. A los efectos del pago de estos
gastos, el FISCAL DE OBRA llevará el control respectivo de personal paralizado y elaborará el
respectivo informe conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se
sustente el pago y la ampliación del plazo.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus
servicios en la supervisión técnica de la obra, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor,
caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al SUPERVISOR en la
prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Cuando el servicio fuera
totalmente suspendido por más de diez (10) días calendario a efectos de reconocimiento del
pago, se seguirá el procedimiento ya previsto en la presente Cláusula.
Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia del SUPERVISOR en observar
y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
103
del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna
ampliación del plazo del servicio, ni corresponderá pago alguno por el personal parado.
TRIGÉSIMA SEXTA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la entrega del informe final, el
SUPERVISOR elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio y lo
presentará al FISCAL DE OBRA, en versión definitiva con fecha y firma del Gerente del
Proyecto.
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD no darán por finalizada la revisión de la liquidación, si el
SUPERVISOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del
contrato y de sus documentos anexos, por lo que el FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD podrán
efectuar correcciones en el Certificado de Liquidación Final y se reservarán el derecho de que
aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía
coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que
resultasen como indebidamente pagados al SUPERVISOR.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un certificado de terminación del servicio de
supervisión técnica, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el
trámite precedentemente especificado.
Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al SUPERVISOR, por negligencia o
impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- (PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL CERTIFICADO DE
LIQUIDACIÓN FINAL)
El SUPERVISOR deberá tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado de
Liquidación Final los siguientes conceptos:
a) Sumas anteriores ya pagadas en los certificados mensuales.
b) Reposición de daños, si hubieren.
c) El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos
pendientes.
d) Las multas y penalidades, si hubieren.
e) Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiere hecho efectivo
oportunamente.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere
tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta
(30) calendario de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por
la ENTIDAD.
Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por el FISCAL DE
OBRA, éste lo remitirá a la dependencia de la ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio,
para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de
no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo.
Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula Vigésima Novena del presente Contrato,
para el pago de saldos en caso que existiesen
TRIGÉSIMA OCTAVA.- (CONDICION SUSPENSIVA)
De conformidad a lo previsto en la Resolución Administrativa ABC/PRE/133/2018 de 08 de mayo
de 2018 queda establecido que la vigencia del presente Contrato se encuentra con modalidad de
condición suspensiva, siendo atribución solo de la entidad contratante, declararla como cumplida
o fallida, siendo el hecho futuro y eventual los siguientes:
- En el caso de financiamiento externo, se suscriba el respectivo Convenio de Crédito
(financiamiento), el mismo sea aprobado mediante Ley y se dé cumplimiento a la Constitución
Política del Estado, y se cuente con la respectiva certificación presupuestaria por la totalidad del
monto del contrato.
- En el caso de financiamiento interno, se realicen las gestiones necesarias para la asignación y
gestiones presupuestarias y se cuente con la respectiva certificación presupuestaria por la
totalidad del monto del contrato.
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
___________________________________________________________________________________________________
104
- El SUPERVISOR entregue a conformidad del CONTRATANTE la respectiva garantía de
cumplimiento de contrato dentro del plazo de hasta veinte (20) días hábiles, computables desde
el requerimiento que realice el CONTRATANTE.
- La condición impuesta en el inciso a) de esta Cláusula debe ser cumplida en el plazo de hasta
doce (12) meses de suscrito el presente Contrato.
Se deja establecido que el presente Contrato quedará sin efecto legal alguno en caso de no
cumplirse con cualquiera de las condiciones antes señaladas, quedando exonerada la ENTIDAD
ante cualquier reclamo por concepto de gastos y otra responsabilidad en la que haya incurrido el
proponente.
Asimismo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, se debe mantener vigente hasta 40 días
hábiles después de levantarse la condición suspensiva, la cual podrá ser ejecutada en caso de
que el SUPERVISOR no presente la Garantía de cumplimiento de Contrato en el plazo
establecido.
TRIGÉSIMA NOVENA.- (CONFORMIDAD) En señal de conformidad y para su fiel y estricto
cumplimiento firman el presente Contrato, en cuatro ejemplares en idioma castellano de un
mismo tenor y validez, el ___________ (Registrar el nombre y el cargo del responsable de
la suscripción del Contrato de Supervisión), en representación legal de la ENTIDAD, y
el__________ (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISOR, habilitado
para la firma del Contrato) en representación legal del SUPERVISOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante
la Contraloría General del Estado.
Usted Señor Notario se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y
seguridad.
(Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribirá el Contrato)
(Registrar el nombre y cargo del Funcionario
habilitado para la firma del contrato)
(Registrar el nombre del SUPERVISOR)

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  • 1. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ i Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 055 de 24 de enero de 2014 Elaborado en el marco del Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISION LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº LPI 007/2019-OFC CUCE: 19-0291-00- 949189-1-1 (PRIMERA CONVOCATORIA) SUPERVISIÓN TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ (CON CONDICIÓN SUSPENSIVA) MAYO 2019 LA PAZ – BOLIVIA
  • 2. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ ii CONTENIDO 1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN¡Error! Marcador no definido. 2. PROPONENTES ELEGIBLES...........................................¡Error! Marcador no definido. 3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ¡Error! Marcador no definido. 4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) ...¡Error! Marcador no definido. 5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. ¡Error! Marcador no definido. 6. GARANTÍAS ...............................................................¡Error! Marcador no definido. 7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS............¡Error! Marcador no definido. 8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES ... ¡Error! Marcador no definido. 9. DECLARATORIA DESIERTA...........................................¡Error! Marcador no definido. 10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ....¡Error! Marcador no definido. 11. RESOLUCIONES RECURRIBLES .....................................¡Error! Marcador no definido. 12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS ...................................¡Error! Marcador no definido. 13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ..................¡Error! Marcador no definido. 14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.. ¡Error! Marcador no definido. 15. IDIOMA .....................................................................¡Error! Marcador no definido. 16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA.........................................¡Error! Marcador no definido. 17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.................................¡Error! Marcador no definido. 18. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE .......................................................................¡Error! Marcador no definido. 19. PROPUESTA ECONÓMICA.............................................¡Error! Marcador no definido. 20. PROPUESTA TÉCNICA..................................................¡Error! Marcador no definido. 21. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS .................................¡Error! Marcador no definido. 22. APERTURA DE PROPUESTAS........................................¡Error! Marcador no definido. 23. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS .....................................¡Error! Marcador no definido. 24. EVALUACIÓN PRELIMINAR ...........................................¡Error! Marcador no definido. 25. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO ¡Error! Marcador no definido. 26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD ......¡Error! Marcador no definido. 27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO ..... ¡Error! Marcador no definido. 28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO ............ ¡Error! Marcador no definido. 29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN ... ¡Error! Marcador no definido.
  • 3. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ iii 30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA ...... ¡Error! Marcador no definido. 31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS .¡Error! Marcador no definido. 32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO.......................................¡Error! Marcador no definido. 33. MODIFICACIONES AL CONTRATO..................................¡Error! Marcador no definido. 34. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA ...... ¡Error! Marcador no definido. 35. CIERRE DEL CONTRATO...............................................¡Error! Marcador no definido. 36. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ...¡Error! Marcador no definido. 37. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ....... ¡Error! Marcador no definido. 38. TÉRMINOS DE REFERENCIA .........................................¡Error! Marcador no definido. 39. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO .......................¡Error! Marcador no definido. 40. SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES.........¡Error! Marcador no definido.
  • 4. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 1 PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES SECCIÓN I GENERALIDADES 1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de servicios de supervisión técnica se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC). 2. PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes: a) Empresas consultoras nacionales legalmente constituidas. b) Asociación Accidental de empresas legalmente constituidas. c) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales y extranjeras. d) Empresas consultoras extranjeras legalmente constituidas y reconocidas conforme a la legislación nacional. 3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas: 3.1 Inspección Previa La inspección es obligatoria para todos los potenciales proponentes. El proponente deberá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar establecidos en el presente DBC o por cuenta propia. 3.2 Consultas escritas sobre el DBC Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC. 3.3 Reunión de Aclaración Se realizará una Reunión de Aclaración en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación. Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración. Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de los asistentes. 4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) 4.1 La entidad convocante podrá ajustar el DBC con enmiendas, por iniciativa propia o como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes de emitir la Resolución de Aprobación del DBC. Estas enmiendas deberán estar orientadas a modificar únicamente los Términos de Referencia.
  • 5. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 2 4.2 El DBC será aprobado por Resolución expresa del RPC, misma que será notificada a los potenciales proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. 5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas: a) Enmiendas al DBC. b) Causas de fuerza mayor. c) Caso fortuito. La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas. 5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante. 5.3 Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC. 6. GARANTÍAS 6.1 Tipo de Garantías requerido La entidad convocante, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB- SABS, podrá requerir los siguientes tipos de garantía: a) Boleta de Garantía. b) Garantía a Primer Requerimiento. c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. 6.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando: a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. b) Se compruebe falsedad en la información presentada declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). c) Para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en su Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). d) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato uno o varios de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. e) El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. 6.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos:
  • 6. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 3 a) Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. b) Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento. c) Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud. d) Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. e) Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. f) Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado. 6.4 El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato. 7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 7.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC. 7.2 Las causales de descalificación son: a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier formulario de Declaración requerido en el presente DBC. b) Incumplimiento a la Declaración Jurada de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). c) La falta de firma del personal propuesto Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4) y Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A- 5). d) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. e) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. f) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal. g) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC. h) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta. i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. j) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta. k) Cuando el proponente presente dos o más propuestas. l) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras. m) Cuando la propuesta presente errores no subsanables. n) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). o) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente el retraso, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad. p) Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato. La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente. 8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 8.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad, los siguientes:
  • 7. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 4 a) Cuando los requisitos, condiciones y documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC. b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma que no inciden en la validez y legalidad de la propuesta presentada. c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC. Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato. 8.2 Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes: a) La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC. b) La falta de firma del proponente, en el formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). c) La falta de la propuesta técnica o parte de ella. d) La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando la evaluación sea por el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta la propuesta económica. e) La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta. f) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea. g) La presentación de una Garantía diferente a la solicitada por la entidad convocante, salvo que el tipo de garantía presentada sea de mayor solvencia. h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%). i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario. j) Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1)y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta. 9. DECLARATORIA DESIERTA El RPC declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS. 10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS. 11. RESOLUCIONES RECURRIBLES Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso a), del parágrafo I, del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB- SABS.
  • 8. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 5 SECCIÓN II PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS 12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos. 13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Todo el proceso de contratación, incluyendo los pagos a realizar, deberá efectuarse en bolivianos. Para Convocatorias Internacionales, los precios de la propuesta podrán ser expresados en moneda extranjera. Los pagos se realizarán en moneda nacional, al tipo de cambio oficial de comprade la moneda extranjera establecido por el Banco Central de Bolivia, en la fecha de pago. 14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera fuese su resultado, son asumidos exclusivamente por cada proponente, bajo su total responsabilidad y cargo. 15. IDIOMA La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien entre el proponente y el convocante, deberán presentarse en idioma castellano. 16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA 16.1 La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. En Convocatorias Internacionales, la propuesta deberá tener una validez no menor a noventa (90) días calendario. 16.2 En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante, podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente: a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud será excluido del proceso, no siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta. c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá necesariamente presentar una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta. 17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA Todos los Formulario de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas. 17.1 Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución legal y su forma de participación, son: a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a).
  • 9. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 6 c) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A- 3). d) Formulario de Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4). e) Formulario de Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5). f) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6). g) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta establecida en el presente DBC; y que cumpla con las características de renovable irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad. 17.2 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada Asociado. 17.2.1 La documentación conjunta a presentar, es la siguiente a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b). c) Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4). d) Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5). e) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6). f) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente, que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta, establecida en el DBC. Esta Garantía podrá ser presentada por uno o más proponentes que conformarán la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante y cubra el monto requerido. En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad. 17.2.2 Cada asociado,en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación: a) Formulario de Identificación del Proponente para integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A-2b). b) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-3). La experiencia para Asociaciones Accidentales, será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integrarán la Asociación. 18. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 18.1 Experiencia General y Específica del Proponente. 18.1.1 La experiencia del proponente será computada considerando los contratos de supervisión técnica ejecutados durante los últimos diez (10)años, que deberán ser acreditados con el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente. La experiencia general es el conjunto de servicios de supervisión técnica realizados y la experiencia específica es el conjunto de servicios de
  • 10. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 7 supervisión técnica similares al servicio de supervisión técnica objeto de la contratación. La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa, consiguientemente, los servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general. 18.1.2 En los casos de Asociación Accidental, la experiencia general y específica, serán la suma de las experiencias individualmente demostradas por las empresas que integran la Asociación. 18.1.3 La suma de los montos percibidos por la experiencia general señalada, será calificada conforme los puntajes definidos en el Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Técnica. 18.1.4 Las áreas de experiencia específica de supervisión técnica que se requieran, deberán ser definidas, por la entidad convocante, en el numeral 38 del presente DBC. La entidad convocante debe establecer el tiempo mínimo requerido para la validez de cada servicio de supervisión técnica conforme el numeral 40 del presente DBC. El tiempo mínimo requerido para el servicio de supervisión técnica, no deberá ser mayor a la mitad del tiempo estimado de realización del servicio de supervisión técnica objeto de contratación. 18.1.5 Los servicios de supervisión técnica que cumplan con los requisitos solicitados tanto de área de experiencia, como de tiempo mínimo de ejecución, requeridas en el numeral 40; podrán ser considerados como válidos para la evaluación en el Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Técnica. 18.2 Experiencia General y Específica del Personal Clave. 18.2.1 La experiencia del personal clave será computada considerando el conjunto de contratos en los cuales el profesional ha desempeñado cargos similares o superiores al requerido por la entidad convocante, que podrán ser acreditados con certificado suscrito por la empresa o entidad para la cual ha desempeñado el cargo declarado u otros documentos que avalen esta participación. La experiencia general es el conjunto de cargos iguales o superiores, desarrollados por el personal clave en la ejecución de obras o supervisión técnica, independientemente del tipo de obra y la experiencia específica es el conjunto de cargos, en supervisión técnica, que sean similares al objeto de la contratación. La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa. Esto quiere decir que los cargos en servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general; sin embargo, los cargos en servicios de supervisión técnica en general no pueden ser incluidos como experiencia específica. 18.2.2 La valoración de Experiencia Específica mínima requerida para el personal clave deberá efectuarse considerando las condiciones de formación, cargo a desempeñar, áreas de especialización y experiencia específica requeridas, para el personal clave, en el numeral 39 del presente DBC 18.2.3 Para la calificación de Cursos o Seminarios del personal clave se consideran las Áreas de Especialización establecidas por la entidad convocante en el numeral 39 y la duración mínima de los mismos.
  • 11. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 8 19. PROPUESTA ECONÓMICA Los proponentes deben presentar los siguientes documentos de la propuesta económica: a) Propuesta Económica (Formulario B-1) b) Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica (Formulario B-2). c) Honorarios Mensuales del Personal Asignado (Formulario B-3). d) Detalle de Alquileres y Misceláneos (Formulario B-4). Cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo el proponente no deberá presentar propuesta económica y si ésta hubiese sido presentada no será considerada en la evaluación. 20. PROPUESTA TÉCNICA La propuesta técnica debe incluir: a) Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1). b) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2). SECCIÓN III PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 21. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 21.1 Forma de presentación 21.1.1 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante, citando el Número de Licitación, el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria. 21.1.2 La propuesta deberá ser presentada en un ejemplar original y una copia, identificando claramente el original. 21.1.3 El original de la propuesta deberá tener sus páginas numeradas, selladas y rubricadas por el proponente, con excepción de la Garantía de Seriedad de Propuesta. 21.1.4 La propuesta deberá incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los Formularios y documentos presentados. 21.2 Plazo y lugar de presentación: 21.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC. Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas, hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto. 21.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido. 21.3 Modificaciones y retiro de propuestas 21.3.1 Las propuestas presentadas solo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas.
  • 12. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 9 Para este propósito, el proponente deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante. Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación. 21.3.2 Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas. La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita. 21.3.3 Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna. 22. APERTURA DE PROPUESTAS 22.1 La apertura de las propuestas será efectuada en acto público por la Comisión de Calificación, inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC. El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes que hayan decidido asistir, así como los representantes de la sociedad que quieran participar. El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC, que la convocatoria sea declarada desierta. 22.2 El Acto de Apertura comprenderá: a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas, según el Acta de Recepción. Si hubiere lugar, se informará sobre los Recursos Administrativos de Impugnación interpuestos contra la Resolución que aprueba el DBC. b) Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes y el precio total de sus propuestas económicas, excepto cuando se aplique el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. c) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente. La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original, excepto la Garantía de Seriedad de Propuesta. Cuando no se ubique algún Formulario o documento requerido en el presente DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura. d) Registro, en el Formulario V–2, del nombre del proponente y del monto total de su propuesta económica, excepto cuando se aplique el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. Cuando existan diferencias entre el monto literal y numeral de la propuesta económica, prevalecerá el literal sobre el numeral. e) Elaboración del Acta de Apertura, que debe ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los proponentes asistentes, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia del Acta. Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas en el Acta.
  • 13. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 10 22.3 Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación. Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas. 22.4 Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida, por la Comisión de Calificación al RPC, en forma inmediata para efectos de eventual excusa. SECCIÓN IV EVALUACIÓN y ADJUDICACIÓN 23. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La entidad, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación: a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo. b) Calidad. c) Presupuesto Fijo. d) Menor Costo. (Una vez definido el Método de Selección y Adjudicación, deberá suprimirse el texto de los otros Métodos manteniendo la numeración y el título, colocando al lado del título, el siguiente texto “No aplica este Método”). 24. EVALUACIÓN PRELIMINAR Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, la Comisión de Calificación determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formulario de la Propuesta yla Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el formulario V-1 correspondiente. 25. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes: PRIMERA ETAPA: Propuesta Económica ) : 30 puntos SEGUNDA ETAPA: Propuesta Técnica ) : 70 puntos 25.1 Evaluación del Costo o Propuesta Económica 25.1.1 Errores Aritméticos. Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente: a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal; b) Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la propuesta será descalificada. A la propuesta ajustada de menor valor se le asignará treinta (30) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
  • 14. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 11 Donde: Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica. 25.2 Evaluación Propuesta Técnica. Las propuestas técnica contenida en los Formularios C-1, A-3, A-4 y A-5, será evaluada aplicando el Método CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3. A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la Metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, de acuerdo con el Formulario V-3. El puntaje de la evaluación de la Propuesta Técnica , será el resultado final obtenido de la aplicación de los Formularios C-1, A-3, A-4, A-5 y C-2, utilizando el Formulario V-3. Las propuestas que en la evaluación de la Propuesta Técnica ( ) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas. 25.3 Determinación del Puntaje Total Una vez calificadas las propuestas económica y técnica de cada propuesta se determinará el puntaje total de cada una de ellas, utilizando el Formulario V-4, de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde: La Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total ). 26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD “No aplica este Método” 27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO “No aplica este Método” 28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO “No aplica este Método” 29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
  • 15. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 12 a) Nómina de los proponentes. b) Cuadros de Evaluación. c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. f) Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes. 30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 30.1 El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 30.2 En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma deberá ser publicado en el SICOES. Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado. 30.3 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información: a) Nómina de los participantes y precios ofertados. b) Los resultados de la calificación. c) Causales de descalificación, cuando corresponda. d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda. 30.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes, de acuerdo con en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS Una vez adjudicada la contratación, la MAE, el RPC, la Comisión de Calificación y el proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita, aspecto que deberá ser señalado en el Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas. La Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, no dará lugar a ninguna modificación del monto adjudicado. En caso de que el proponente adjudicado no acepte las condiciones técnicas demandadas por la entidad, se continuara con las condiciones técnicas adjudicadas. SECCIÓN V SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL CONTRATO 32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO 32.1 El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1)excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado del RUPE.
  • 16. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 13 Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE presentado por el proponente, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES. La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a diez (10) días hábiles, computables a partir del vencimiento del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación. Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen o cuando estos participen en una Asociación Accidental el plazo no deberá ser menor a quince (15) días hábiles, considerando la necesidad de legalizaciones y traducciones, cuando sea el caso. Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso deberá continuar. 32.2 En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la suscripción del contrato, por causas de fuerza mayor o caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos. 32.3 Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS. Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta; sin embargo, no corresponde el registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta En los dos casos señalados precedentemente, el RPC deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la Resolución de Adjudicación. 32.4 En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado. 33. MODIFICACIONES AL CONTRATO El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
  • 17. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 14 SECCIÓN VI ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y CIERRE DE CONTRATO 34. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA La entrega de los resultados de la supervisión técnica deberá efectuarse cumpliendo con las estipulaciones del contrato suscrito y de sus partes integrantes, que incluyen los Términos de Referencia y el cronograma de presentación de los resultados de la supervisión técnica. La entidad contratante deberá establecer, en los Términos de Referencia, el plazo máximo para la aprobación de los resultados de la supervisión técnica. 35. CIERRE DEL CONTRATO Una vez emitido, por la Contraparte, el Informe Final de Conformidad, la Unidad Solicitante, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades (si corresponde), la devolución de garantía(s) y emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato. SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos. Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega. Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra. Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo. Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato. Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública. Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad propia del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito. Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del servicio. Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor. Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta. Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica. Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados. Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado.
  • 18. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 15 Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista. Proponente: Es la persona jurídica que muestra interés en participar en la licitación pública y solicita el Documento Base de Contratación. En una segunda instancia, es la persona jurídica que presenta una propuesta dentro de la licitación pública. Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento. Supervisor: Es la empresa consultora que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.
  • 19. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 16 PARTE II INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN 36. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 1. DATOS DE LA CONTRATACIÓN CUCE : 1 9 - 0 2 9 1 - 0 0 - 9 4 9 1 8 9 - 1 - 1 Objeto de la contratación : SUPERVISION TECNICA, AMBIENTAL DE LA CONSTRUCCION DE LA DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ (CON CONDICION SUSPENSIVA) Modalidad : Licitación Pública Código de la entidad para identificar al proceso : LPI 007/2019-OFC Gestión : 2019 Precio Referencial : Bs. 19.664.051,00 (Diecinueve Millones Seiscientos Sesenta y Cuatro Mil Cincuenta y Un 00/100 Bolivianos) Plazo para la ejecución de la Supervisión : 1025 días calendario a partir de la Orden de Proceder. Método de Selección y Adjudicación : X a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo b) Calidad c) Presupuesto Fijo c) Menor Costo Tipo de convocatoria : a) Convocatoria Pública Nacional X b) Convocatoria Pública Internacional Forma de Adjudicación : X Por el total Tipo de garantía requerida para la Garantía de Seriedad de Propuestas X a) Boleta de Garantía : b) Garantía a Primer Requerimiento c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento Tipo de Garantía requerida para el Cumplimiento de Contrato x a) Boleta de Garantía b) Garantía a Primer Requerimiento c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento Señalar con que presupuesto se inicia el proceso de contratación : x a) Presupuesto de la gestión en curso. b) Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciará una vez promulgada la Ley del Presupuesto General del Estado de la siguiente gestión) Organismos Financiadores : # Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) % de Financiamiento 1 CAF 80 2 APORTE LOCAL 20 2. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD CONVOCANTE Nombre de la Entidad : ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS Domicilio (fijado para el proceso de contratación) : Ciudad Zona Dirección LA PAZ CENTRAL Av. Mariscal Santa Cruz esq. Calle Oruro. Edif. Centro de Comunicaciones, Piso 8 Teléfono : 2159800 Fax : 2159840 Correo electrónico : rhuanca@abc.gob.bo 3 PERSONAL DE LA ENTIDAD Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) : Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Sanchez Escobar Arturo Vladimir Presidente Ejecutivo a.i. Responsable del Proceso de Contratación (RPC) : Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Antezana Meruvia Eyber Omar Gerente Nacional Tecnico Encargado de atender consultas : Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Huanca Condori Remberto Grover Ingeniero I 4 SERVIDORES PÚBLICOS QUE OCUPAN CARGOS EJECUTIVOS HASTA EL TERCER NIVEL JERÁRQUICO DE
  • 20. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 17 LA ESTRUCTURA ORGÁNICA SON: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo Sanchez Escobar Arturo Vladimir Presidente Ejecutivo a.i. Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Antezana Meruvia Eyber Omar Gerente Nacional Técnico Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Peñaranda Suarez Jenny Paula Gerente Nacional Jurídico 37. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de los Servicios de Supervisión Técnica se sujetará al siguiente Cronograma de Plazos: ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR 1. Publicación del DBC en el SICOES : Día Mes Año 16 05 2019 2 Inspección Previa (si corresponde) : Día Mes Año Hora Min. 23 05 2019 10 00 Previa Coordinación con la Regional Chuquisaca 3 Consultas Escritas (fecha límite) : Día Mes Año 27 05 2019 ABC – Oficina Central, Ed. Centro de Comunicaciones La Paz, Piso 8 Ventanilla Única 4 Reunión de Aclaración : Día Mes Año Hora Min. 29 05 2019 15 30 ABC – Oficina Central, Ed. Centro de Comunicaciones La Paz, Piso 8 Área de Contrataciones 5 Aprobación del DBC con las enmiendas si hubieran (fecha límite) : Día Mes Año 03 06 2019 6 Notificación de aprobación del DBC (fecha límite) : Día Mes Año 05 06 2019 7 Presentación y Apertura de Propuestas (Fecha límite) : Día Mes Año Hora Min. 25 06 2019 Presentación: 15:00 Apertura: 15:30 Presentación y Apertura: ABC – Oficina Central, Av. Mariscal Santa Cruz, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, piso Nº 8, Área de Contrataciones 8 Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) : Día Mes Año 02 07 2019 9 Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) : Día Mes Año 05 07 2019 10 Notificación de la adjudicación o declaratoria desierta (fecha límite) : Día Mes Año 09 07 2019 11 Presentación de documentos para suscripción de contrato (fecha límite) : Día Mes Año 05 08 2019 12 Suscripción de contrato (fecha límite) : Día Mes Año 14 08 2019 Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB- SABS
  • 21. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 18 38.TERMINOS DE REFERENCIA 38.1 ANTECEDENTES La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) tiene como misión la planificación y la gestión de la Red Vial Fundamental, que comprende planificar, administrar, construir, mantener y operar las rutas que conectan las principales capitales de los departamentos, así como rutas internacionales, para posibilitar servicios de transporte terrestre eficientes, seguros y económicos. En el contexto nacional de desarrollo vial, la Administradora Boliviana de Carreteras tiene como función principal la administración de la pavimentación de la Red Fundamental que conecta principales capitales de los Departamentos así como rutas internacionales, para posibilitar la integración nacional y la integración de la economía boliviana al comercio exterior. Sobre la base de los lineamientos de la estrategia nacional de transporte, inmerso en el Plan Nacional de Desarrollo Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien, está llevando a cabo diversos proyectos para el estudio, construcción y mejoramiento de infraestructura vial que permita la vinculación entre las capitales de Departamento, por medio de la Red Vial Fundamental, de una forma cómoda y segura durante todas las épocas del año. El tramo carretero: "SUCRE - YAMPARAEZ", al formar parte de la Ruta Fundamental No. 006, se encuentra considerada como prioridad nacional dentro del Plan Vial de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), integrando así al Departamento de Chuquisaca, en el contexto de la economía nacional. Dentro de la estrategia de desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia, se tiene la vinculación e integración caminera, a través de la construcción de infraestructura vial, razón por lo que la construcción de la DOBLE VÍA: "SUCRE - YAMPARAEZ", es de vital importancia para el Departamento de Chuquisaca; consecuentemente para el Estado Plurinacional de Bolivia, encontrándose entre las prioridades, para el desarrollo de la producción y la integración de las comunidades por la que atraviesa esta Doble Vía. El Proyecto se plantea como parte de la aplicación de la política gubernamental de avanzar en integrar y conectar al país en el marco de su planificación de desarrollo - Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020-, en el cual se consignan carreteras de doble vía, producto del mayor crecimiento experimentado por el país en estos últimos años, y el incremento del comercio y desarrollo. La carretera propuesta es de vital importancia para el desarrollo del departamento de Chuquisaca y para la mejora de la Diagonal Jaime Mendoza, sobre la cual CAF ha participado del financiamiento de diversos tramos a lo largo de casi toda su extensión. Su construcción favorece el turismo hacia Sucre, ciudad histórica de belleza colonial, ya que constituye una conexión directa al aeropuerto internacional de Alcantarí. El objetivo a corto plazo tiene una relación directa con la implementación del proyecto, ya que la reducción de la accidentalidad en el tramo, con la construcción de una vía paralela a la actual permitirá la circulación independiente para cada sentido a velocidades de operación superiores a las actuales, evitando los accidentes de tránsito. 38.2 UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA CARRETERA El tramo Sucre – Yamparaez, se encuentra ubicado en el departamento de Chuquisaca, correspondiente a la ruta F-06 de la Red Vial Fundamental, siendo uno de los tramos carreteros más importantes del Dpto. de Chuquisaca, ruta vial que conecta con las poblaciones de Tarabuco, Zudáñez, Padilla, Monteagudo y otras poblaciones, con lalitud sur 19°04’24” y 65°14’25” longitud oeste de la ciudad de Sucre y 19°11’09” latitud sur y 65°06’53” longitud oeste de la población de Yamparaez, conforme establece el Decreto Supremo DS 25134 del sistema Nacional de Carreteras, la denominada Ruta Fundamental Nº 06 (F6) De
  • 22. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 19 La Red Vial Fundamental del País. La vía actual tiene una longitud aproximada de 23.750 km, su inicio al término de la Avenida del Ejército Nacional en Sucre y finaliza pasando la población de Yamparaez - en la primera intersección con un camino rural con alturas que oscilan entre los 2.945,00 m.s.n.m. a los 3.155,00 m.s.n.m. Las coordenadas de inicio y de fin del tramo: Inicio: Km 345+320 Coordenada Norte 7889522 Coordenada Este 264265 Cota 2945msnm Fin: Pob. Yamparaez Km 371+143.963 Coordenada Norte 7877256 Coordenada Este 277623 Cota 3155 msnm El tramo se inicia saliendo de la ciudad de Sucre para luego llegar a la intersección del ingreso al Aeropuerto de Alcántari y culminar en la población de Yamparaez. 38.3 OBJETIVO E IMPORTANCIA DEL PROYECTO En el contexto nacional de desarrollo vial, la ABC creada mediante Ley N° 3507 del 27 de octubre de 2006; tiene como misión institucional la integración territorial del País a través de la gestión de la Red Vial Fundamental (RVF). Sus actividades se enmarcan en la planificación, administración, estudios, diseños, construcción, mantenimiento, conservación y operación; con el fin de contribuir al logro de servicios de transporte terrestre eficiente, seguro y económico. La fase de preparación de proyectos viales tiene como finalidad establecer la información necesaria para la identificación caracterización y selección de la mejor alternativa a un problema o necesidad detectada; en aras de establecer la mejor asignación de recursos públicos en la perspectiva del bienestar económico y social del país. En este sentido, surge la necesidad de encarar la Construcción de la Doble Vía Sucre Yamparaez (RVF 006) permitiendo la circulación cómoda eficiente y segura. Gran parte del tramo carretero Yamparaez - Sucre, corresponden a una carretera de montaña, que atraviesa sectores de cadena montañosa donde las características topográficas e hidrológicas del
  • 23. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 20 lugar provocan arrastre de materiales y constantes derrumbes durante la época de lluvias, de forma general en estos sectores montañosos los taludes son pronunciados. A la fecha el nuevo Aeropuerto de Alcántari se encuentra en etapa de operación, el mismo cubre los servicios y amplió la capacidad del actual Aeropuerto Juana Azurduy de Padilla debido a sus limitaciones de operación. 38.4 OBJETIVOS DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL El objetivo de los Servicios de Supervisión Técnica, Ambiental y Social, realizar el seguimiento y control en la construcción de la obra, para lograr la óptima ejecución del Proyecto de “CONSTRUCCION DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ”. Las tareas principales de la supervisión técnica son:  Replantear la Obra.  Supervisar, controlar y verificar la calidad de los trabajos de construcción realizados por el Contratista de acuerdo a los planos y Especificaciones Técnicas Generales y Especiales del contrato de construcción, asegurando en todo momento el empleo de las técnicas, procedimientos y materiales de la más alta calidad.  Realizar el seguimiento y verificación de la parte Técnica, Ambiental y Financiera de la construcción del Proyecto  Realizar el seguimiento y control de la documentación generada en Obra por el constructor de acuerdo a documentos de contrato.  Realizar la Auditoria de Seguridad Vial  Realizar un plan de Manejo de Trafico (Preliminar)  Revisar y complementar (de ser necesario) los diseños de ingeniería incorporando las recomendaciones de la Auditoria Vial.  Realizar el Manejo y seguimiento de los aspectos inherentes a la seguridad vial durante la construcción.  Elaborar los planes y/o programas requeridos por el financiador, además de su implementación y posterior seguimiento.  Recomendar y efectuar las Recepciones de Obra de conformidad a lo contractualmente establecido.  Elaborar los planos de “Obra Concluida” conteniendo todas las mejoras o posibles modificaciones que se ejecutaron en obra.  Presentar el Informe Final, que incluya el plan de mantenimiento que se aplicará posterior a la entrega definitiva de la obra.  Realizar el control y seguimiento de todos los Aspectos Ambientales y Sociales requeridos por CAF.  Cierre del Proyecto. 38.5 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONSTRUCCIÓN La tabla siguiente muestra una relación de los parámetros de diseño adoptados en el proyecto. PARÁMETROS DE DISEÑO Categoría de la Vía Camino Clasificación funcional Colector Código Tipo C (4)-60 C (4)-80 Trafico Promedio Diario “TPD” > 43.600 (Proyectado) Control de Accesos Parcial Número de calzadas 2
  • 24. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 21 Número de carriles 4 (dos por sentido) Velocidad de Proyecto 60 km/h 80 km/h Radio mínimo (curvas horizontales) 120 m 250 m Radio mínimo Absoluto 124.5 m 255 m Peralte Máximo 7 % Parámetro “A” mínimo (espirales) 86.43 133.60 Longitud mínima de espiral 60 m 70 m Longitud máxima de espiral 120 m 140 m Pendiente longitudinal Máxima 8 % 8 % Longitud mínima curvas verticales 60 m 80 m Parámetro “k” en curvas verticales convexas 12/14.5/18 30/35.5/44 Parámetro “k” en curvas verticales cóncavas 14 25 Ancho de Carril 3.50 m Ancho de bermas Internas 0.70 m 1.20 m Ancho de bermas Externas 1.00 m 2.00 m Sobre Ancho de Plataforma 0.50 m 0.50 m Bombeo de los carriles 2.50 % Bombeo de las bermas 2.50 % Ancho del Cantero 2.00 m 3.00 m Longitud de recta mínima en curvas consecutivas tipo “S” 84 m 112 m Longitud de recta mínima en curvas consecutivas tipo ovoide 85/50 m 110/90 m Coeficiente de fricción transversal 0.165 0.132 Longitud de arco mínima en curvas circulares horizontales para 9 grados 17 m 35 m Longitud de arco mínima en curvas circulares horizontales para 20 grados 38 m 78 m Velocidad de Diseño Se verifica la velocidad de diseño seleccionada considerando la clasificación de la carretera, así como la incidencia de los tramos adyacentes (inmediato anterior e inmediato posterior). En conclusión las velocidades de diseño aplicadas son:  En tramos rurales bidireccionales de dos carriles Vel = 80 km/h, verificando parámetros para velocidad de 100 km/h  En tramos urbanos unidireccionales de dos carriles Vel = 60 km/h, tramos en doble vía, verificando parámetros para velocidad de 80 km/h. La velocidad es restringida debido a la cualidad urbana de los segmentos. Las velocidades de diseño señaladas, han sido empleadas cada una en el segmento correspondiente. Dada la cualidad ganadera de la región y siendo que es común el paso de ganado por sobre la plataforma es no-conveniente incentivar operaciones viales a elevadas velocidades, en los tramos rurales, por lo que se recomienda restringir la velocidad máxima a 80 km/h vía señalización vertical. Misma situación se presenta en tramos urbanos, donde la densidad de la circulación peatonal y el tráfico urbano interno requieren de operaciones a velocidades controladas para garantizar la seguridad física de las personas. Para este segmento se recomienda restringir la velocidad a 50 km/h.
  • 25. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 22 Secciones de terraplén y corte Sección tipo A Sección tipo B Sección tipo C
  • 26. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 23 Sección Típica Rural 60 km/h Sección Típica Rural 80 km/h Diseño de Pavimentos Aplicando los parámetros correspondientes, como el índice de servicialidad del proyecto, confiabilidad, coeficientes de drenaje, estimación del módulo resiliente de la subrasante, coeficientes estructurales de las capas, detallados en el cuadro, se verificó la estructura de pavimento según el siguiente cuadro resumen: CARACTERÍSTICAS DE LAS CAPAS DEL PAVIMENTO CAPA DESCRIPCIÓN ESPESOR CARACTERÍSTICAS Capa de Rodadura Concreto Asfáltico modificada con polímeros tipo SBS 7.5 cm Mezcla de Concreto Asfáltica Mezclada en Caliente. Bermas Concreto Asfáltico modificada con polímeros tipo SBS. 3 cm Mezcla de Concreto Asfáltica Mezclada en Caliente. Capa Base Capa estabilizada Granulométricamente con material triturado 20 cm Grado de compactación 100% del proctor modificado CBR > 80 % Capa Sub Base Capa estabilizada Granulométricamente con material seleccionado 30 cm Grado de compactación 97% del proctor modificado CBR > 40 % Subrasante Mejorada Suelo seleccionado 20 cm Grado de compactación 95% del proctor modificado CBR > 20%
  • 27. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 24 Diseño Hidráulico y de Drenaje El escurrimiento de agua aportada por las cuencas adyacentes a la carretera requiere de obras que permitan conducir y controlar las mismas, de tal forma que estas no afecten la estructura y el desarrollo de su alineamiento, las obras de drenaje menor son las obras que recolectan las aguas y las conducen a las obras de descarga, el presente estudio tiene por objeto la evaluación hidráulica y pre diseño de obras de drenaje menor que garanticen la eliminación segura y rápida de las aguas resultantes de las precipitaciones. Solución Planteada Nro. Ubicaci ón Tipo Dimensió n Longitud Estimada (m) Pendiente Estimada (%) Caudal Diseño (m3/s) Caudal Verificació n (m3/s) Velocidad (m/s) Obser vacion es ALC-01 345+52 4 ASCH 1.5x1.5 20 0.7 0.46 0.49 0.8 Nuevo ALC-02 345+92 0 ASCH 1.5x1.5 20 0.7 2.46 2.63 1.1 Nuevo ALC-03 346+71 4 ASCH 1.5x1.5 28 0.7 1.52 1.63 1.7 Nuevo ALC-04 347+19 4 ASCH 1.5x1.5 29 0.7 2.04 2.18 2.9 Nuevo ALC-05 347+74 5 ASCH 1.5x1.5 31 5 0.56 0.6 0.9 Nuevo ALC-06 347+98 4 ASCH 1.5x1.5 33.5 5 0.56 0.6 2.7 Nuevo ALC-07 348+21 0 ASCH 1.5x1.5 26 0.7 1.31 1.4 1.5 Nuevo ALC-08 348+67 2 ASCH 1.5x1.5 25 0.7 1.31 1.4 1.5 Nuevo ALC-09 348+85 6 ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.28 0.3 0.6 Nuevo ALC-10 348+97 6 ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.18 0.2 1.4 Nuevo ALC-11 349+15 1 ASCH 1.5x1.5 25 0.7 0.18 0.2 1.4 Nuevo ALC-12 349+88 5 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.26 0.28 0.6 Nuevo ALC-13 351+10 5 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.59 0.62 0.9 Nuevo ALC-14 351+29 5 ASCH 1.5x1.5 22.5 0.7 0.36 0.38 1.7 Nuevo ALC-15 351+45 0 ASCH 1.5x1.5 24.5 0.7 0.36 0.38 1.8 Nuevo ALC-16 351+64 8 ASCH 1.5x1.5 23 2 0.27 0.29 0.6 Nuevo ALC-17 351+82 0 ASCH 1.5x1.5 31 4 0.27 0.29 2.6 Nuevo ALC-18 352+14 1 ASCH 1.5x1.5 30 2 1.39 1.46 3.6 Nuevo ALC-19 352+39 5 ASCH 1.5x1.5 22 0.7 0.26 0.28 0.6 Nuevo ALC-20 352+79 9 ASCH 1.5x1.5 22 2 0.12 0.13 0.3 Nuevo ALC-21 353+41 6 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.29 0.31 0.6 Nuevo ALC-22 353+99 4 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.45 0.47 0.8 Nuevo ALC-23 354+31 8 ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.99 1.04 3.9 Nuevo ALC-24 354+55 7 ASCH 1.5x1.5 27.72 0.7 0.8 0.84 1.1 Nuevo ALC-25 354+79 7 ASCH 3.0x2.5 23 0.7 0.8 0.84 1.1 Nuevo ALC-26 355+52 6 ASCH 1.5x1.5 25 0.7 0.64 0.67 1.0 Nuevo ALC-27 356+04 0 ASCH 1.5x1.5 23.5 0.7 0.64 0.67 2.0 Nuevo
  • 28. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 25 ALC-28 356+31 6 ASCH 1.5x1.5 25 0.7 0.35 0.37 0.7 Nuevo ALC-29 356+54 0 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 1.15 1.21 3.9 Nuevo ALC-30 356+71 0 ASCH 1.5x1.5 22 4.5 0.43 0.45 3.2 Nuevo ALC-31 356+97 5 ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.74 0.78 1.1 Nuevo ALC-32 357+46 0 ASCH 1.5x1.5 25 0.7 1.13 1.19 0.7 Nuevo ALC-33 357+82 0 ASCH 1.5x1.5 23.5 0.7 0.37 0.39 0.7 Nuevo ALC-34 357+97 5 ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.37 0.39 2.9 Nuevo ALC-35 358+22 5 ASCH 1.5x1.5 29.5 0.7 0.37 0.39 0.7 Nuevo ALC-36 358+82 7 ASCH 1.5x1.5 26 0.7 1.48 1.55 1.7 Nuevo ALC-37 359+27 1 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.59 0.62 0.9 Nuevo ALC-38 359+51 5 ASCH 1.5x1.5 22 0.7 0.59 0.62 0.9 Nuevo ALC-39 359+79 2 ASCH 1.5x1.5 22 4 1.6 1.67 4.4 Nuevo ALC-40 360+07 9 ASCH 1.5x1.5 21.5 2 0.97 1.02 3.1 Nuevo ALC-41 360+55 1 ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.64 0.67 3.4 Nuevo ALC-42 361+03 0 ASCH 1.5x1.5 21 0.7 0.04 0.04 0.2 Nuevo ALC-43 361+40 6 ASCH 1.5x1.5 25.15 0.7 0.64 0.68 1.0 Nuevo ALC-44 361+71 9 ASCH 1.5x1.5 26 0.7 0.24 0.26 0.5 Nuevo ALC-45 362+05 2 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.33 0.35 0.6 Nuevo ALC-46 362+34 1 ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.48 0.51 3.2 Nuevo ALC-47 362+58 2 ASCH 1.5x1.5 22.5 0.7 0.32 0.34 0.6 Nuevo ALC-48 363+07 2 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 0.09 0.09 0.3 Nuevo ALC-49 363+17 5 ASCH 1.5x1.5 21.5 4 0.41 0.44 3.0 Nuevo ALC-50 363+62 9 ASCH 1.5x1.5 21.5 2 0.98 1.05 3.1 Nuevo ALC-51 363+83 6 ASCH 1.5x1.5 23 0.7 1.66 1.77 1.8 Nuevo ALC-52 364+07 7 ASCH 1.5x1.5 22.5 0.7 1.66 1.77 1.8 Nuevo ALC-53 364+42 0 ASCH 3.0x2.5 24 0.7 1.81 1.93 0.9 Nuevo ALC-54 364+85 1 ASCH 1.5x1.5 22.5 3 3.76 4.08 4.8 Nuevo ALC-55 365+75 7 ADCH 2(2.0x1.5) 25.5 0.7 6.62 7.18 1.6 Nuevo ALC-56 365+91 5 ASCH 1.5x1.5 29.5 0.7 1.47 1.59 1.6 Nuevo ALC-57 366+23 4 ASCH 1.5x1.5 25 0.7 1.47 1.59 1.7 Nuevo ALC-58 366+46 0 ADCH 2(2.0x1.5) 27.5 4 4 4.33 4.5 Nuevo ALC-59 367+46 9 ASCH 1.5x1.5 27 0.7 2.05 2.23 2.9 Nuevo ALC-60 368+23 8 ASCH 3.0x2.5 37 0.7 7.33 7.84 3.7 Nuevo ALC-61 368+63 7 ASCH 1.5x1.5 30 0.7 2.46 2.63 3.1 Nuevo ALC-62 369+75 7 ATCH 3(4.0x2.0) 28 0.7 35.47 37.8 1.5 Nuevo ALC-63 369+92 0 ASCH 1.5x1.5 24.5 2 0.83 0.89 3.0 Nuevo ALC-64 370+19 5 ASCH 1.5x1.5 22 3 0.83 0.89 3.4 Nuevo
  • 29. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 26 ALC-65 370+75 2 ASCH 1.5x1.5 25.5 0.7 0.33 0.36 0.6 Nuevo ALC-66 371+02 0 ASCH 1.5x1.5 31 0.7 2.88 3.09 3.2 Nuevo RESUMEN DE ALCANTARILLAS CAJÓN Código Descripción Total ASCH 1.5x1.5 Alcantarilla cajón Simple 1.5 x1.5 60 ADCH 2.0x1.5 Alcantarilla cajón Doble 2.0 x1.5 2 ASCH 3.0x2.5 Alcantarilla cajón Simple 3.0 x 2.5 3 ATCH 4.0x2.0 Alcantarilla cajón Triple 4.0 x 2.0 1 TOTAL 66 Estudios básicos de Geotecnia Bancos de Préstamo identificados Se han localizado y estudiado 1 banco de préstamo y 5 yacimientos, el banco de préstamo está localizado a 11.5 km después del final del tramo en Yamparaez, y en cuanto se refiere al resto de los yacimientos están ubicados 1 en el Puente Khota, 1 sobre el Rio Pilcomayo, 1 sobre el Rio Charcoma, 1 Sobre el Cachimayu y la ultima 1 sobre el rio Yotala. Así mismo se han estudiado 2 canteras de roca para que puedan proporcionar agregados gruesos y finos para las obras de hormigón y capa de rodadura. Las coordenadas de los bancos de préstamos y yacimientos se muestran en la siguiente tabla: Ubicación de Bancos de Préstamos - Yacimientos Banco de Préstamo / Yacimiento Coordenada Norte Coordenada Este Volumen m3 Banco de préstamo Wuasa Cancha 7878875 285217 494.340,00 Yacimiento sobre el Puente Khota. 7872725 286630 99.412,00 Yacimiento sobre el Río Pilcomayo. 7858721 289339 2.970.000,00 Yacimiento sobre el Río Charcoma. 7890329 255448 238.945,00 Yacimiento sobre el Río Cachimayu 7880177 258208 105.286,00 Yacimiento Sobre el Río Yotala. 7880256 261917 48.484,00
  • 30. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 27 38.6 SERVICIOS E INSTALACIONES QUE PRESTARÁ LA SUPERVISIÓN Servicios De Campo Para El Supervisor Instalaciones para el uso del Supervisor La Supervisión será la encargada de proporcionar todas las instalaciones necesarias para garantizar la buena ejecución de la Auditoria de Seguridad Vial, PRP, Revisión y Complementación del Estudio y todas las actividades requeridas, hasta que se dé el Inicio Físico de Obras al Contratista. Una vez se dé el Inicio Físico de Obras, la Contratista proporcionará las instalaciones para uso exclusivo y permanente del Supervisor en el campamento implementado para el efecto. La provisión de estas instalaciones no será reconocida al Contratista y dichos costos serán incluidos en sus gastos generales. Estas instalaciones comprenderán mínimamente lo siguiente:  Oficina Técnica y Administrativa para el Supervisor  Instalaciones de Laboratorio para la Supervisión  Viviendas para el personal superior  Viviendas para el personal auxiliar  Otros ambientes que autorice la Fiscalización Las instalaciones mencionadas deberán estar provistas de áreas adecuadas y con todos los medios de seguridad para su protección del mismo y de todo el personal. El Contratista estará obligado a suministrar todo el personal necesario, en todas las instalaciones mencionadas anteriormente, durante todo el tiempo que instruya el Supervisor, tales como serenos, personal de mantenimiento, empleados domésticos y otros, así como garantizar las más altas normas de seguridad, sanidad y limpieza. Las instalaciones deberán contar en forma permanente con todos los servicios incluyendo energía eléctrica, agua potable, alcantarillado, teléfono o equipo de radiocomunicación. El Contratista no proporcionará y deberá ser incorporado en la Propuesta del Supervisor lo siguiente:  Material fungible de oficina y secretariado tales como papel de escritorio, bolígrafos, lápices, etc.  Equipo de reproducción y fotocopiado  Equipo de computación, impresoras, plotters, faxes, etc.  Equipo Topográfico como GPS, estación total, taquímetro, nivel, etc.  Equipo de Laboratorio de Suelos, Asfaltos y Hormigones, densímetro nuclear y otros  Ropa de trabajo e implementos de seguridad para el personal del Supervisor Los detalles se encuentran establecidos en las Especificaciones Administrativas del estudio, debiendo el Supervisor velar por el cumplimiento de las mismas. Servicio de alimentación La Supervisión será la encargada de proporcionar la alimentación necesaria a su personal durante la ejecución de la Auditoria de Seguridad Vial, PRP, Revisión y Complementación del Estudio y todas las actividades requeridas, hasta que se dé el Inicio Físico de Obras al Contratista.
  • 31. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 28 Una vez se dé el Inicio Físico de Obras, la Contratista proporcionará el servicio de alimentación para el equipo del Supervisor y para el personal de la FISCALIZACIÓN, el cual será reconocido para pago en función del número de hombres/día (h x día) para los cuales los alimentos preparados han sido consumidos por este personal. Un hombre/día de servicio de alimentación se define como la atención de las comidas durante un día a una persona, que incluye un desayuno, un almuerzo, un té y una cena. En caso de que una persona no requiera las cuatro atenciones diarias mencionadas e incluidas en el hombre/día, las atenciones efectivamente realizadas serán medidas sobre la base de porcentajes predefinidos. Vehículos, mantenimiento, lubricantes y combustible La Supervisión será la encargada de proporcionar la logística necesaria a su personal durante la ejecución de la Auditoria de Seguridad Vial, PRP, Revisión y Complementación del Estudio y todas las actividades requeridas, hasta que se dé el Inicio Físico de Obras al Contratista. Los vehículos destinados al uso del personal Supervisor y del Contratante durante la etapa de construcción del proyecto (fase de supervisión técnica y ambiental), serán adquiridos, proporcionados y puestos a disposición del proyecto por la Contratista, este servicio deberá estar consignado en la propuesta del Contratista y será medido por Unidad (und) para su reconocimiento económico. El Contratista está obligado a suministrar los vehículos cumpliendo con todos los requisitos necesarios en cuanto a impuestos, derechos, aranceles, etc., así como con todos los trámites requeridos para su correcta circulación en el territorio boliviano y los correspondientes a la transferencia al Contratante, una vez finalizada la Obra. En caso de considerar la supervisión que el número de vehículos proporcionados es insuficiente, deberá incluir el costo de los vehículos adicionales en los gastos generales de su propuesta económica; dicho costo deberá incluir: alquiler, mantenimiento, lubricantes, combustible, etc. El servicio de mantenimiento de los vehículos a ser provistos por el Contratista (al personal Supervisor y del Contratante), estará cotizado en la propuesta del Contratista, y serán medidos para fines de pago como el número de vehículos/mes (vehículos x mes), o meses parciales en los cuales tal servicio, mantenimiento, lubricantes y combustibles será proporcionado por el Contratista. El número de meses o fracciones de mes durante los cuales, algún vehículo esté fuera de servicio, esperando reparaciones, mantenimiento o repuestos por más de un determinado número de días consecutivos (a definir), será excluido de la medición. Este aspecto únicamente es válido para los vehículos a ser provistos por el Contratista. 38.7 LISTADO DE EQUIPAMIENTO MÍNIMO El equipamiento mínimo que la Supervisión Técnica debe implementar para la correcta ejecución de la obra es:  1 Laboratorios completo de Hormigones  1 Laboratorios completo de Suelos  1 Laboratorios de Asfaltos  1 Densímetro eléctrico o nuclear (suelos)  1 Densímetro eléctrico o nuclear (pavimento)  GPS Estacionario Doble Frecuencia  Estación total  4 Nivel de Ingeniero
  • 32. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 29 Nota: Los laboratorios (Suelos, Hormigones y Asfaltos), deberán contar con todo el equipamiento completo, que será necesario para la correcta supervisión de la Obra y ubicados de acuerdo a los frentes de trabajo programados por el contratista, para el proyecto, la no presentación del Listado de Equipamiento Mínimo será motivo de descalificación de la Propuesta. Este listado no es limitativo y debe estar incorporado en el Formulario B-4 Alquileres y Misceláneos. El proponente que se adjudique será el único responsable de proporcionar todo el equipo que sea necesario para la conclusión satisfactoria de la obra dentro del plazo establecido en el contrato. TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA La Supervisión Técnica y Ambiental, dentro sus prestaciones deberá transferir tecnología y conocimientos técnicos innovadores a la entidad Contratante. En tal sentido la propuesta económica debe contemplar estos costos fijos en su propuesta la no contemplación significa la inhabilitación de la propuesta. La Supervisión Técnica y Ambiental, dentro su presupuesto deberá considerar la transferencia de tecnología, para lo cual deberá contemplar en su propuesta económica un monto fijo de Bs.- 500.000,00 a ser destinado para la compra de equipos de control topográfico, para la entidad contratante, en la definición de la misma se debe coordinar con la Gerencia Nacional técnica de la entidad contratante ABC en la determinación y cantidad de los mismos sujetos a cotización. 38.8 PERSONAL CLAVE MINIMO REQUERIDO 38.8.1 Personal Clave Requerido Puntuable El personal clave requerido puntuable para la ejecución de la SUPERVISION TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ, es: Gerente de Proyecto. 1 profesional Ing. Civil, con 10 años de experiencia general mínima en proyectos viales y 7 años de experiencia específica, de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista en diseño y construcción de carreteras. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia general mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista en drenaje e hidrología. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia general mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista en suelos, geotecnia y control de calidad. 1 profesional Ing. Civil y/o Geólogo con 7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39 a tiempo completo. Especialista en Auditoria de Seguridad Vial. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia general mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a requerimiento. Especialista en pavimentos. 1 profesional Ing. Civil con 7 años de experiencia general mínima en proyectos viales y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a requerimiento, como mínimo 15 meses. Especialista en puentes y estructuras. 1 profesional Ing. Civil, con 7 años de experiencia general
  • 33. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 30 mínima en proyectos civiles y 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista ambiental. 1 profesional Ing. Ambiental o profesional de ramas afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal), con 6 años de experiencia general en gestión ambiental y 4 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo, con RENCA ACTUALIZADO. Notas. Para la presentación de la experiencia general y específica del personal clave, en caso de que el tiempo en que las consultorías se sobrepongan, solo será tomada en cuenta una de las experiencias en ese lapso sobrepuesto La ABC se reserva el derecho de verificar la experiencia específica del personal clave en los proyectos declarados 38.8.2 Personal Requerido No Puntuable El personal clave requerido NO puntuable para la ejecución de la SUPERVISION TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIALDE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VIA SUCRE - YAMPARAEZ es: Ingeniero en Diseño Geométrico de apoyo.- 1 profesional Ing. Civil con 5 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y 3 años de experiencia específica en diseño geométrico de carreteras, a tiempo completo. Ingeniero Residente.- 1 profesional Ing. Civil con 5 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y 3 años de experiencia específica, a tiempo completo Inspector de carreteras.- 1 profesional Ing. Civil con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36 meses en la fase de ejecución. Inspector de drenaje e hidráulica.- 1 profesional Ing. Civil con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36 meses en la fase de ejecución. Inspector de suelos y geotecnia.- 1 profesional Ing. Civil y/o Geólogo con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36 meses en la fase de ejecución. Inspector de pavimentos.- 1 profesional Ing. Civil con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento minimo 36 meses en la fase de ejecución. Inspector de puentes y estructuras.- 1 profesional Ing. Civil, con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica, a requerimiento mínimo 36 meses en la fase de ejecución. Inspector de cómputos.- 1 profesionales Ing. Civil con 3 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 1 año de experiencia específica en cómputos de carreteras, a tiempo completo. Topógrafos.- Niveladores.- Profesionales Licenciados o Técnicos en topografía con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 3 años de experiencia específica en carreteras, por todo el tiempo que dure la obra.
  • 34. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 31 Laboratoristas.- Especialistas en suelos y hormigones con 4 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 2 años de experiencia específica en carreteras, por todo el tiempo que dure la obra. Técnicos Cadistas.- Especialista en CAD con 2 años de experiencia general mínima en proyectos civiles y al menos 1 año de experiencia específica en carreteras, por todo el tiempo que dure la obra Personal de Apoyo.- Administrador, Secretaria, Choferes, Alarifes y Ayudantes de Laboratorio, por todo el tiempo que dure la obra. Equipo Multidisciplinario de Supervisión Socio ambiental.- Remitirse al numeral 38.10.6 Nota: El personal clave no calificable debe ser considerado solo para la propuesta económica como profesional, no siendo necesario contar con el nombre del profesional ni su experiencia, vale decir que para la propuesta no debe llenarse los formularios A-5 con estos profesionales ni presentar ningún respaldo. Para el inicio de los servicios, la empresa adjudicada deberá presentar los documentos de los profesionales para su aprobación por parte de la FISCALIZACIÓN de obra bajo el perfil señalado en este numeral. 38.9 ALCANCE DE LOS SERVICIOS La amplitud del trabajo y las obligaciones del Supervisor estarán de acuerdo a las necesidades del proyecto a ejecutarse a satisfacción de la ABC y deberán cubrir el Alcance de Trabajo que se describe a continuación con carácter enunciativo y no limitativo. Fase 1: Productos Previos a la Construcción Dentro de los Productos Previos a la Construcción a ser requeridos para la Fase 1, tendremos los componentes técnicos y los ambientales, así como los sociales. A continuación, se presentan los alcances técnicos: Auditoria de Seguridad Vial Dentro de los primeros cincuenta (50) días calendario posteriores a la Orden de Proceder de la supervisión, presentará un informe especifico de la revisión por parte de la Auditoría de Seguridad Vial (ASV) de los diseños finales, así como la evaluación y el plan de incorporación de las medidas de mejora propuestas, y el plan de seguimiento que realizará la ASV durante la ejecución de las obras. Esta Auditoria de Seguridad Vial, ASV, será realizada por un consultor externo, contratado por supervisión. La Supervisión debe evaluar la incorporación de una estación de peaje y estación de pesaje en el tramo, en coordinación con la Subgerencia de Conservación Vial de la ABC. Las actividades dependerán en gran medida de la fase del proyecto en la cual se realiza la Auditoría de Seguridad Vial y el tipo de proyecto que se está evaluando. El consultor responsable de realizar la auditoría de seguridad vial deberá mantener al menos una reunión de inicio con la entidad contratante para solicitar los documentos de antecedentes que sean necesarios para el diagnóstico del proyecto. Los elementos a analizar en la auditoría son:  Estrategia de gestión de tránsito, considerando aspectos tales como: velocidad límite,
  • 35. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 32 restricción vehicular tipo, usuarios vulnerables de la vía, disposiciones especiales para los peatones y/o ciclistas, motociclistas, consideración de áreas de descanso, paradas y áreas de servicio, seguridad en las intersecciones y accesos, etc. Verificar que las consecuencias climáticas y meteorológicas se han tomado en cuenta, por ejemplo: precipitaciones, efectos de clima húmedo, inundaciones, fuertes vientos, áreas propensas a niebla, etc.  Elementos generales: criterios de diseño, la coherencia entre los elementos relevantes para la seguridad vial, aspectos que tienen implicaciones adversas de seguridad, decisiones que se han "fijado" como limitaciones al diseño que pueden llevar a un desempeño insatisfactorio de seguridad, adecuación del ancho de vía para lograr una segura sección transversal teniendo en cuenta las necesidades de todos los usuarios, etc.  Elementos de diseño geométrico. Verificación de alineamiento horizontal con respecto a la: elección de la velocidad de diseño; la consistencia a lo largo de la ruta y su enlace con curvas; provisión de curvas de transición (espirales) en su caso, sobre anchos, carriles de aceleración y desaceleración en intersecciones y cruces importantes, conectividad entre el diseño propuesto y la red de carreteras existente; etc.. Verificación del alineamiento vertical con respecto: la consistencia a lo largo de la ruta, distancia de visibilidad, etc. Comprobación de la combinación de alineamiento horizontal y vertical para lograr: una adecuada distancia de visibilidad de frenado, una adecuada distancia de adelantamiento, adecuada distancia de aproximación vista en las intersecciones, una adecuada distancia de visibilidad donde hay una discontinuidad en la sección tipo, evitar la presencia inesperada de zonas “ocultas” de pavimento.  Diseño de intersecciones (punto importante en vías interurbanas por la velocidad que puede implicar y en proyectos urbanos dado la gran cantidad de intersecciones), minimizando el número de puntos potenciales de conflictos en intersecciones asegurando buena visibilidad: ángulo de la intersección, elementos en conflicto en la intersección.  Evitar problemas de percepción: deben ser lo suficientemente visibles y evidentes para los constructores, considerando el viraje de los vehículos, restringiendo o limitando aperturas de las medidas evitando así los virajes a la izquierda o en U.  Utilizar un adecuado sistema de control en intersecciones, habilitando cruces de calzada seguros en especial para peatones y ciclistas, incorporación de refugios e islas, además de evitar accesos directos y frontales de vías nuevas que se conecten con vías de mayor jerarquía, reduciendo en lo posible los accesos a la vía (vías interurbanas)  Respecto a los accesos, evitar ubicar los mismos en lugares cercanos a curvas, además verificar la presencia de bermas (vías interurbanas), presencia de una reserva central o mediana.  Además de ver la necesidad de elementos como borde alertador, aceras adecuadas para usuarios de modos no motorizados, presencia de reserva externa sin obstáculos (postes o árboles)  Explicar la incidencia en la Seguridad Vial de factores como: superficie de rodadura, su uniformidad, perfil y material suelto  Pendientes. Verificar la existencia de: sectores con cuestas empinadas; curvas horizontales cerradas en pendientes empinadas. Verificar la adecuación del perfil longitudinal para alcanzar la velocidad de diseño apropiada, y la necesidad de elementos necesarios en caso de "vehículo lento".  Sección transversal. Verificar la existencia de: número y ancho de los carriles de tráfico acorde a las necesidades, ancho de bermas y zonas de parada de emergencia. Verificar: las alturas y pendientes en barandas metálicas; el uso del tipo correcto de bordillos (evitar los bordillos de barrera); distancias a las barreras y los tipos de barrera; transiciones apropiadas en los lugares donde la sección transversal cambia significativamente; disposiciones especiales necesarios para los usuarios vulnerables de la vía, tales como peatones, ciclistas, motociclistas; diferencias de nivel entre las calzada de la carretera e intersecciones o entradas de acceso; que la caída de bordes del pavimento se encuentra en niveles tolerables; obstrucción de la línea de visibilidad por pendientes a través de cortes en las curvas, etc.  Señalización vertical. Verificar que: se proporcione información precisa en lugar de la orientación abstracta o información indefinida; las señales reglamentarias estén adecuadamente proporcionadas y bien posicionada para el control; las señales de precaución son apropiadas, las señales de advertencia innecesarios se identifican y eliminan; el dimensionamiento de las placas está en función de las velocidades de circulación; el tamaño de la leyenda es el adecuado y permite a los conductores a leer la información que se muestra en el tiempo disponible; que la
  • 36. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 33 altura de las señales es apropiada; retroreflectorización adecuada; el posicionamiento de las señales no obstruya las líneas de visibilidad en las intersecciones y en el interior de las curvas; el posicionamiento de las señales y la selección del tipo no se constituye en un peligro lateral significativo; que la señales verticales se encuentran identificadas de forma adecuada en los planos; etc.  Señalización horizontal y delineación. Comprobar: el tipo de marcas de las líneas longitudinales es correcto, en términos de línea patrón y anchura, y se muestran en los planos correspondientes; que las líneas están colocadas correctamente para guiar vehículos en zonas de no adelantamiento, en carriles de parada de emergencia, etc.; que todas las curvas horizontales y/o verticales tienen líneas dobles marcadas según la distancia de no adelantamiento debidamente dimensionada; que las líneas no puedan confundir o ser inesperados por los conductores; líneas dobles en cualquier curva; el posicionamiento correcto de todas las líneas transversales como "stop", líneas de retención (o "ceda el paso") y líneas para cruce de peatones en zonas urbanas; que las marcas viales tengan el grado de retro efectividad necesario para mejorar la visibilidad nocturna noche visibilidad; verificación de la existencia de delineadores retro-reflectantes para complementar las marcas superficiales donde hay una necesidad de más distancia de visibilidad por la noche y delineación más efectiva del pavimento; verificar existencia y la disposición de “ojos de gato” que complementen la señalización en horario nocturno; etc..  Explicar la incidencia en la Seguridad Vial de factores como: Mobiliario Vial, como ser, Iluminación de la vía, pantalla anti – deslumbramiento, islas de tránsito, defensas camineras, vallas peatonales, amortiguadores de impacto y otros dispositivos protectores, semáforos (visibilidad y operación), alcantarillas y desagüe, cunetas de drenaje longitudinal, etc..  Definición y ajuste de los volúmenes de las alcantarillas pendientes.  Validación de la versión final de los estudios a diseño final, incluyendo las recomendaciones de la ASV contempladas.  Otros aspectos, que por la experiencia del Consultor sean necesarios tomar en cuenta en la ASV, y que serán considerados en la evaluación de la oferta El Consultor en base al estudio de accidentalidad, deberá realizar un análisis de la geometría de la Carretera, desde el punto de vista de la seguridad vial, analizando la coordinación planialtimétrica de la misma y otros elementos que influyen en la seguridad, utilizando el programa IHSDM o uno similar. El especialista en ASV, tiene la obligación de verificar que todas las recomendaciones realizadas en el informe especial de ASV hayan sido incorporadas en el estudio final de la Etapa 1 (elaboración del Proyecto Ejecutivo). Revisión y adecuación de las conexiones de la variante Yamparaez y el Sector urbano de Sucre. Se debe, hacer un análisis para la adecuación de la variante Yamparaez con la situación actual del lugar. Se debe revisar y complementar el drenaje y el pavimento del sector urbano de Sucre. Para dar cumplimiento a este cometido deben estar firmados los acuerdos con el municipio de Yamparaez, Sucre y con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca. Plan de Manejo de Tráfico y Plan de mantenimiento de la vía Durante la construcción. Se realizara la elaboración del Plan de Manejo de Trafico (preliminar) para el Contratista, este plan deberá garantizar el tránsito permanente en ambos sentidos durante la construcción de la obra y contemplara, entre otros: señalización, desvíos provisionales habilitados, coordinación con la ejecución de los nuevos puentes, pasos temporales, protección del peatón y todas aquellas medidas que garanticen la menor afectación posible a la circulación de los vehículos. Además de la elaboración de un Plan de mantenimiento de la vía durante las obras en base en ítems específicos. Plazos para la ejecución de la Obra y Cronograma Físico Financiero
  • 37. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 34 Revisión del plazo previsto para la ejecución de las obras, además del cronograma de ejecución y desembolsos y la actualización del Cronograma Físico - Financiero. Medidas Ambientales y Sociales Para su cumplimiento, los alcances respecto a los componentes ambientales y sociales están descritos en el punto 38.10 para su desarrollo. Matriz de Indicadores y Metas Elaborar una matriz de indicadores y metas a nivel de los resultados y componentes, a corto, mediano y largo plazo. Elaboración del Proyecto Ejecutivo de la obra El Proyecto Ejecutivo, deberá incorporar las recomendaciones, al diseño de la obra, de la Auditoría de Seguridad Vial realizada por una entidad o consultor externo que podrá ser parte de las tareas de supervisión. Así como las actualizaciones de los componentes ambientales y los sociales y las posibles modificaciones que puedan surgir de las revisiones. Fase 2: Supervisión Técnica, Ambiental y Social Es necesario hacer notar que los trabajos de Supervisión Efectiva, iniciara de forma posterior a la conclusión del plazo establecido para la Fase 1 y necesariamente a través de la instancia correspondiente de la ABC se emitirá una orden por escrito para comenzar las actividades correspondientes a dicha supervisión; ante la posibilidad de una discontinuidad de labores del consultor entre las Fase 1 (Elaboración de los Productos Previos a la Construcción) y la Fase 2 (Supervisión Técnica, Ambiental y Social), se deja claramente determinado que la ABC no reconocerá monto económico alguno en caso de dicha discontinuidad. A efectos de dejar claramente establecidas las responsabilidades de las partes, corresponde señalar los siguientes aspectos puntuales: Señalar que toda modificación o complementación al diseño que proponga la Supervisión, además de la revisión y aprobación del Plan de Trafico del contratista, mismo que debe ser presentado a ABC hasta 80 días posteriores a la emisión de la orden de proceder al contratista, conduce a asumir la responsabilidad técnica de estos conceptos e involucran la coordinación con el responsable del diseño y revisión de la Gerencia Nacional Técnica de la ABC. La supervisión debe apoyar a la contratista para gestionar las autorizaciones ante las entidades necesarias para la aplicación del plan de manejo de tráfico. Los trabajos de Supervisión que se presentan a continuación se encuentran agrupados por áreas de trabajo con tareas que no necesariamente se hallan en orden secuencial de ejecución. El Consultor deberá revisar, adecuar y complementar la Planificación y Metodología de Trabajo presentada por el Contratista con los mejores criterios, considerando todos los problemas que pueden presentarse. Revisión y Aprobación del Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras El Consultor deberá Revisar y Aprobar el Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras presentado por el contratista en su propuesta y deberá hacer cumplir el mismo en beneficio de la obra. Verificación del Cumplimiento del Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras.
  • 38. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 35 Verificación del cumplimiento del Plan de Calidad para la Ejecución de las Obras, presentado por el contratista en su propuesta. Medición y Control de Volúmenes de Obra  Verificación del cumplimiento de la ejecución de las obras de acuerdo a los Alineamientos, Volúmenes de Obra y Especificaciones Técnicas Generales y Especiales descritas en los documentos del Diseño Final de la carretera.  Mediciones detalladas por ítem de trabajo ejecutado para determinar los volúmenes para la certificación de las planillas de avance mensuales del Contratista.  Mediciones detalladas por ítem de trabajo ejecutado para determinar los volúmenes de obra definitivos para el Certificado Final de Pago del Contrato.  Verificación de los puntos topográficos de referencia establecidos por el Contratista fuera de los límites de la obra, en relación al estacado del eje efectuado por la Supervisión. Verificación de los límites del derecho de vía establecidos por el Contratista sobre la  base del estacado del Consultor y a los planos de construcción.  Verificación de los controles de rasante para la plataforma, de línea y nivel para puentes, alcantarillas, muros y otras estructuras, y para cualquier otro trabajo de replanteo realizado por el Contratista. Aprobación de Certificados de Pago  Verificación adecuada y definitiva de los trabajos realizados por el Contratista y los volúmenes de obra resultantes de cada mes, para la aprobación del certificado de pago correspondiente en los plazos establecidos.  Elaboración de formularios tipo u otro tipo de controles para la verificación de trabajos realizados por el Contratista y para la aprobación de los certificados de pago correspondientes.  Cuando se requieran ajustes en el Diseño, debido a condiciones que se revelen durante la ejecución de las obras, la Supervisión presentará oportunamente las soluciones específicas aprobadas por escrito a la ABC con relación a dichos cambios. Estas soluciones estarán basadas en los criterios técnicos de la mejor práctica de ingeniería y el presupuesto y condiciones económicas de la obra.  Recibida la aceptación por escrito de la ABC, la Supervisión realizará los Diseños Finales correspondientes introduciendo los cambios necesarios. La ejecución de estos trabajos nuevos o modificados, será ordenada al Contratista a través de una Orden de Trabajo o de una Orden de Cambio. La Supervisión emitirá una Orden de Trabajo cuando no se comprometan mayores recursos o se consigne ajuste de cantidades. Asimismo emitirá una Orden de Cambio si se incrementa o reduce el monto del contrato o se modifica el plazo de ejecución. Obras de Arte y Estructuras  Control de ejecución de las obras de arte menor y de otras estructuras requeridas en el Proyecto, de acuerdo a Planos, Alineamientos y Especificaciones del Diseño Final de la Carretera.  En las obras donde no se utilice hormigón, verificar la utilización de los materiales definidos en el Diseño Final revisado, en su defecto, de otros materiales que sean equivalentes o mejores a los propuestos, sin que ello implique incrementos en los costos de las obras.  En la estructuras y obras de arte de hormigón armado, verificación de la resistencia del hormigón mediante el levantamiento de muestras, curado y rotura de las mismas. Geología y Geotecnia  Evaluación de las condiciones geológicas y geotécnicas a lo largo del trazo de la vía, sobre la base del estudio.
  • 39. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 36  Complementación de esta información con una investigación cuidadosa de campo y la toma de muestras que considere necesarias de la superficie expuesta del terreno, áreas de préstamo, pozos de muestreo y ensayos de laboratorio.  Verificación, cuando sea necesario, de la estabilidad de taludes, tanto en corte como en terraplén. Pavimento  Verificación del diseño estructural del tipo de pavimento elegido.  Verificación de la calidad y características del Cemento y Asfalto a ser utilizado. Verificación en laboratorio de la calidad de los materiales pétreos a utilizarse.  Verificación de temperaturas y otros aspectos de elaboración, traslado, colocado, regularidad superficial, etc. relacionados con la carpeta asfáltica y/o tratamientos superficiales.  Una vez materializado la superficie de rodadura, el Supervisor realizará la verificación del diseño de pavimento construido, empleando el análisis estadístico de los materiales de subrasante, subbase, y base ejecutados, determinando el módulo dinámico de las mezclas asfálticas y estableciendo los coeficientes estructurales de cada capa. Deberá verificar de igual manera los parámetros de diseño empleados y el número de ESAL`s real en función del tráfico existente y proyectado. Asimismo realizará una verificación mecánistica – empírica empleando el software necesario para la determinación de esfuerzos y deformaciones de la estructura de pavimento ante solicitaciones de carga y funciones de transferencia acordes a las situaciones de emplazamiento del proyecto, de manera tal de establecer que los esfuerzos y deformaciones de servicio resulten menores que los admisibles. Controles Varios  Verificación de que el Contratista ha movilizado oportunamente a la obra, el personal y equipo ofertados en su propuesta, y en caso contrario exigirle el cumplimiento de estos requisitos.  Verificación permanente de que el Contratista aplique en todas y cada una de las fases de trabajo las mejores Normas de Ingeniería y Ética Profesional.  Revisión y aprobación de los métodos de construcción de la Plataforma, Pavimento, Estructuras y otras partes de la obra, incluyendo Encofrados y Planos de Taller preparados por el Contratista.  Inspección permanente de las obras y ejecución de ensayos de campo para verificar que los trabajos son ejecutados en cantidad y calidad de acuerdo con los Planos y Especificaciones.  Verificación comparativa del progreso de los trabajos con relación al cronograma de construcción vigente e informe por escrito a la ABC cuando cualquier fase del Proyecto comience a retrasarse con relación al citado cronograma. La Supervisión deberá instruir al Contratista en forma oportuna las medidas a tomarse para subsanar la demora o retraso mencionado.  Control y Mantenimiento al día de todos los trabajos de gabinete, documentación, archivos y mapoteca.  Inspección de las obras y recomendación por escrito a la ABC con relación a la Recepción Provisional o Inspección Final para recomendar la Recepción Definitiva del trabajo motivo del Contrato de Construcción.  La Supervisión tendrá la obligación de realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de naturaleza técnica o administrativa de acuerdo con la mejor práctica de ingeniería o por las necesidades del Proyecto, tenga la responsabilidad de realizar, aún cuando no haya sido expresamente mencionado en los presentes Términos de Referencia o en el Contrato de Supervisión.  Organización de los Laboratorios de Campo por tramo, para verificar el cumplimiento de las Especificaciones en todos los aspectos como ser calidad de los Suelos y Materiales utilizados, Compactación de Terraplenes y del Paquete Estructural, Dosificación y Control de Temperaturas en la Elaboración de Diluidos Asfálticos, Calidad de los Hormigones de Cemento Pórtland para Obras de Arte Mayor y Menor, etc.  Revisión y aprobación de los documentos presentados por el Contratista para los pagos mensuales de avance de obra, precios y cumplimiento de las Especificaciones; certificación de
  • 40. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 37 dichos pagos mensuales y recomendación por escrito a la ABC para su pago.  Preparación de Planos de “Obra Concluida” incluyendo todas las modificaciones efectuadas durante el periodo de construcción, así como los planos de detalles constructivos ejecutados y entrega a la ABC de tres impresiones de dichos planos en papel bond y dos copias en CDs.  Utilización del paquete de diseño computarizado de carreteras en su última versión. Todas las modificaciones al Diseño Final de la carretera que emanen durante los trabajos de construcción se procesarán en el paquete computarizado propuesto.  Preparación de los Planos de Taller o Planos Específicos de Trabajo que se requiera elaborar durante el Proyecto, en dicho paquete. Planes de Mantenimiento  Entregar a la ABC, 90 días antes de la fecha prevista para la puesta en servicio de la carretera, el Plan de Mantenimiento Rutinario para el año inmediatamente posterior a la entrega de obras.  Entrega a la ABC, dentro de los 90 días siguientes a la entrega de las obras, un Plan General de Mantenimiento Rutinario que cubra un periodo de cinco (5) años contabilizados a partir de la fecha de la entrega definitiva de las obras. Ensayos y Verificaciones La ABC se reserva el derecho de realizar cuando crea conveniente, ensayos, inspecciones, mediciones etc., con la finalidad de verificar el avance certificado del Contratista y el trabajo de la Supervisión, para tal efecto la Supervisión pondrá disposición de la ABC Laboratorios, Equipos, etc. En caso de verificarse incumplimiento en el proceso de aprobación de ítems certificados ya sea por temas de Especificaciones y/o de medición, aparte de las sanciones contractuales, la Supervisión se hará pasible a la multa del 1% del monto del contrato de la Supervisión. 38.10 COMPONENTE AMBIENTAL Y SOCIAL 38.10.1 GENERALIDADES La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), en calidad de Promotor del Proyecto CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE YAMPARAEZ, implementará todos los lineamientos establecidos en el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Específico (EEIA-AE) aprobado por la Autoridad Ambiental Competente (AAC), de manera que se garantice el cumplimiento de la normativa ambiental a través de la minimización, control y/o mitigación de los impactos potenciales asociados a la construcción del tramo carretero. El Supervisión Ambiental tendrá bajo su responsabilidad efectuar las siguientes tareas principales: (i) actualización de la documentación ambiental del proyecto, ii) monitoreo de los aspectos ambientales y sociales directamente relacionados con las operaciones de construcción del tramo carretero, iii) el control de la ejecución del PASA para garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación ambiental previstos en el EEIA del proyecto, y iv) La Liberación del Derecho de Vía (DDV). 38.10.2 ACTIVIDADES – FUNCIONES A DESEMPEÑAR El equipo de Supervisión Ambiental analizará la documentación ambiental con la que se cuenta, de manera que la misma pueda ser utilizada en la gestión ambiental del proyecto, ya sea a través de su validación o replanteo, de acuerdo a las condiciones ambientales y sociales previas a la etapa constructiva. Posteriormente, la Supervisión verificará la adecuada implementación de las medidas de prevención y mitigación ambiental por parte del Contratista, de conformidad con las especificaciones técnicas, los diseños de las Obras Ambientales y la documentación técnica ambiental para el tramo. Asimismo, tendrá a su cargo la Liberación del Derecho de Vía (DDV). En este marco, las actividades y responsabilidades específicas de la Supervisión Ambiental serán: Durante la etapa de revisión, validación y/o complementación del EEIA:  Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de los sitios de explotación de
  • 41. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 38 materiales establecidos en el EEIA para la construcción de la vía.  Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de fuentes de agua potenciales establecidas en el EEIA para su utilización en el proyecto.  Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de los sitios establecidos en el EEIA para la disposición de material excedente.  Verificación, validación o replanteo del manejo ambiental y social de los campamentos y plantas industriales establecidos en el EEIA  Elaboración de toda la documentación para la actualización de Licencia Ambiental, de acuerdo a lo establecido en normativa ambiental vigente.  Elaboración del Documento Ambiental Especifico (DAE), cuyo contenido se describe en la sección de productos y resultados de los servicios.  Actualización del Plan de Difusión y Comunicación, que involucre tanto a comunidades como a usuarios de la carretera y que permita informar las ventajas e inconvenientes de la carretera, las actividades que serán desarrolladas en obra, las áreas consideradas como riesgosas, los horarios y vías alternativas durante la construcción de la carretera (en caso de cierre de vía), las medidas de seguridad a adoptar durante la construcción, los posibles impactos y acciones para evitar la interrupción de servicios (si lo amerita), cronograma de obras y responsables.  Actualización del Programa de Relacionamiento Comunitario (PRC), reforzando los aspectos relacionados a la resolución de conflictos según el análisis de actores que vaya a efectuarse. Durante la etapa de construcción:  Coordinar los procedimientos de planificación ambiental de las operaciones mediante las autorizaciones de servicios, revisando los diseños y planos de construcción, y efectuando en tiempo hábil observaciones y recomendaciones con relación a las medidas de protección ambiental.  Evaluar continuamente la calidad ambiental y conflictividad social en el área de influencia de las obras, verificando sistemáticamente el cumplimiento de las especificaciones del PPM – PASA (actualizado) y la Licencia Ambiental. Al respecto, se deberá coordinar con la Empresa Contratista y la ABC (Fiscalización), conforme sea necesario, para resolver los problemas directamente en el campo.  Con base en el PASA, coordinar y verificar la implementación de todas las medidas de prevención, mitigación y programas planteados, de manera que todo este conjunto sean debidamente implementado y monitoreado. En caso de identificar deficiencias, deberá proponer los correspondientes ajustes y mejoras.  Realizar el seguimiento y control de los aspectos ambientales de las actividades constructivas, controlando que los impactos generados estén manejados en función de lo establecido en el PPM- PASA.  Inspeccionar periódicamente las áreas de intervención e influencia del proyecto, verificando la conformidad con las especificaciones del PPM-PASA y la adecuada instalación, mantenimiento y funcionamiento de las medidas de protección ambiental.  Verificar acciones y asesorar al Contratista en las gestiones para la explotación de los Bancos de Préstamo según lo definido en la Ley 3425 y el D.S. 0091, de tal manera de garantizar la explotación de los bancos con el menor impacto ambiental y conflicto social, posible.  Elaborar un procedimiento de No Conformidades y de las medidas correctivas, que será aprobado por la ABC (Fiscalización), de manera que se pueda efectuar la verificación sistemática del cumplimiento de las exigencias del PPM-PASA y de la DIA del proyecto, abriendo “no conformidades” en caso de incumplimiento de las mismas por parte del Contratista.  Asesorar al contratista con relación al diseño adecuado de las medidas de protección ambiental y de medidas correctivas para la solución de no conformidades.  Realizar el seguimiento de las No Conformidades, hasta la solución definitiva del problema y cierre de la No Conformidad.  Elaborar y presentar a la ABC los respectivos informes mensuales sobre el grado de cumplimiento de la gestión ambiental del proyecto, aspecto que incluye la verificación de toda la información que vaya a ser presentada por el contratista y la que genere el equipo ambiental de Supervisión. Estos informes deberán señalar de forma clara el grado de cumplimiento de las Salvaguardas del Organismo Financiador.  Con base en la información presentada por el Contratista, deberá elaborarse y presentarse a la ABC el Informe Semestral de Monitoreo Ambiental (IMA) para su presentación a la AAC.  Al finalizar la etapa de ejecución, la Supervisión Ambiental deberá elaborar y presentar a la ABC (Fiscalización) el informe Final de Monitoreo Ambiental correspondiente a la etapa de ejecución, mismo que deberá ser puesto a consideración de la AAC. Este informe también deberá reflejar el grado de cumplimiento de las Salvaguardas ambientales y sociales del organismo financiador.  Presentar informes especiales de Medio Ambiente cada vez que se presenten situaciones excepcionales y urgentes (como ser cambio significativo en las características del proyecto o del medio natural o social donde éste se desarrollará y que puedan generar nuevos impactos ambientales y sociales no previstos). Dichos informes podrán ser elaborados por propia iniciativa o a requerimiento del Contratante.  En caso de que se ejecuten variantes u otras obras o proyectos que no se encuentren identificadas en el diseño, y que por su alcance requieran el trámite de otra licencia ambiental, la Supervisión
  • 42. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 39 deberá realizar el trámite correspondiente hasta la obtención del documento que corresponda (licencia, autorización, etc), aspecto que será informado con anticipación a la ABC (Fiscalización) debiendo tomarse en cuenta el periodo que demandará tal acción.  Evaluar periódicamente la eficacia del sistema de Supervisión ambiental, verificando si existe: (i) una efectiva y rápida detección y alerta de situaciones de no conformidad; (ii) respuestas correctivas prontas y adecuadas; (iii) adopción de nuevas medidas preventivas y ajuste de prácticas que lleven a evitar la repetición de problemas. En este sentido, se deberá Identificar los eventuales puntos de falla e incluir recomendaciones de ajustes en los Informes.  Advertir a la ABC (Fiscalización), la eventual ocurrencia de casos de: (i) incumplimientos de normas ambientales y de lo establecido en los instrumentos de regulación ambiental de alcance particular; (ii) demora injustificada para la corrección de no-conformidades; o (iii) situación de grave daño ambiental, que pueden dar lugar a la aplicación de multas a la ABC; iv) posibles conflictos sociales con la identificación de las causas. En este caso, en coordinación con la Empresa Contratista, el equipo socio ambiental Supervisión deberá plantear las mejores soluciones que viabilicen la ejecución del proyecto.  Dar cumplimiento al procedimiento de aplicación de NO CONFORMIDADES, establecido en el Contrato del Contratista  Participar en reuniones convocadas por los habitantes de la zona, ya que se requiere que Supervisión conozca de manera directa los posibles reclamos, quejas y potenciales conflictos, con el fin de buscar soluciones que generen perjuicios a los objetivos del proyecto.  Liberación del DDV a través de la aplicación de los procedimientos establecidos en el Programa de Reposición de Pérdidas (PRP) y la información generada por el equipo PRP de Supervisión.  En caso de realizarse algún hallazgo arqueológico y paleontológico en un frente de trabajo, ejecutar las labores de rescate, que cuenten con la autorización de la UDAM para la continuación con los trabajos, según la Ley 530.  Evaluación, complementación (en caso de ser necesario) y elaboración de las carpetas o informes para la Liberación del DDV.  Evaluación de los resultados del avance del Programa de Reposición de Pérdidas y la Liberación del DDV, así como su reporte en los Informes mensuales.  La Supervisión será responsable de la Liberación Efectiva del DDV (se entiende como liberación efectiva del DDV: la gestión y acompañamiento en el proceso de pago, desalojo y demolición de las afectaciones a infraestructuras, servicios y otros).  Dar la conformidad para la devolución de la Boleta de Garantía al Contratista, certificando el cumplimiento de todas las responsabilidades ambientales de acuerdo a la situación verificada en el Informe Inicial de Medio Ambiente, EEIA y estado final de medio ambiente del proyecto.  En caso de multas, sanciones o procesos atribuibles a Supervisión por incumplimiento de la normativa vigente o negligencia, los costos, procesos, multas y otros deberán ser asumidos por Supervisión en su integridad.  La Supervisión Ambiental deberá realizar durante la ejecución de la obra un programa de información y capacitación ambiental destinado al personal del contratista y del consultor (capataces, obreros, técnicos y otros).  Previo a la recepción provisional, la Supervisión deberá garantizar el cierre de las áreas intervenidas por el Contratista (bancos de préstamo, buzones, caminos de acceso, plantas industriales, campamentos, etc.). Este aspecto deberá validarse a través de un informe que será presentado a la Fiscalización para su aprobación y posterior remisión a la ABC. 38.10.3. LIBERACIÓN DEL DERECHO DE VÍA Con la finalidad de que se pueda contar con áreas liberadas para la iniciación de los trabajos de construcción, el Equipo del Programa de Reposición de Pérdidas (PRP) de la Empresa Supervisora deberá realizar los trabajos inherentes a la liberación del Derecho de Vía (DDV) en cada frente de trabajo, en base a la metodología correspondiente de la ABC. En tal sentido, la empresa de supervisión deberá planificar este trabajo con la ABC (Fiscalización), debiendo presentar el correspondiente cronograma de actividades para la ejecución de la LDDV. En primera instancia, deberá revisar la documentación existente y compararla con la última versión del diseño que se vaya a aprobar, determinando si la misma responde a los objetivos y reúne todas las condiciones para la liberación del DDV. En todo caso, la Supervisión deberá generar un informe sobre la revisión indicada y comenzar a trabajar en la LDDV una vez que se cuente con el diseño geométrico aprobado para cada frente de trabajo. Al respecto, se aclara que la Empresa a cargo de la Supervisión del Proyecto, como parte de su propuesta, correrá con los gastos asociados a la contratación de un Notario de Fé Pública, el cual será contratado para el proceso de pago de las carpetas de afectaciones identificadas en cada tramo. El retraso en la aprobación de sub tramos por parte de Supervisión que signifique demora en la ejecución de obras, será de absoluta responsabilidad de Supervisión, lo cual será sujeto a la apertura de no conformidades y multas. En este sentido, los frentes de trabajo (diseños liberados) aprobados por Supervisión deberán prever el tiempo suficiente para que el equipo de liberación pueda trabajar con el
  • 43. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 40 levantamiento de información y proceso de carpetas. Finalmente, se aclara que el equipo PRP de la Supervisión deberá analizar la pertinencia de la aplicación del Uso Efectivo del DDV (UEDDV), este aspecto deberá ser evaluado y propuesto en un informe que considerará los frentes de trabajo tomando en cuenta criterios técnicos, sociales, ambientales, económicos y culturales, debiendo considerarse lo establecido en el EEIA, no obstante, en caso de requerirse un ancho de vía mayor, deberá evaluarse y justificarse esta situación. 38.10.4. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL EQUIPO PRP El Equipo de PRP de la Supervisión tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) Presentación del Equipo de Profesionales de la empresa de supervisión a cargo de la LDDV. b) Solicitar una reunión de inducción, para la capacitación en la aplicación de los procedimientos de la ABC para la LDDV. c) Garantizar la LDDV en frentes de trabajo de al menos 50% de la longitud del tramo, antes del inicio de obras, en coordinación con la ABC. d) Presentar a la Subgerencia Socio Ambiental un cronograma de trabajo de presentación de carpetas de afectación por Liberación del DDV, en el marco de los frentes de trabajo identificados e) Coordinar proactivamente las actividades a realizar con todos los Especialistas PRP de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) a través de la Subgerencia Socio Ambiental (GNT/SSA). f) Elaboración de Propuesta de Informe de Uso Efectivo de Liberación del Derecho de Vía (UEDDV), en el que se analice la pertinencia de su aplicación, en base a criterios técnicos, sociales, ambientales, económicos y culturales coordinados con el Equipo PRP de la ABC. g) Aplicar y respetar la normativa vigente, así como los procedimientos, metodologías y/o manuales aplicados actualmente en la ABC para la liberación del DDV h) Trabajar de forma exclusiva para el proyecto y permanecer en campo para el trabajo de ejecución del PRP hasta la conclusión de la liberación efectiva del DDV. Al respecto, se aclara que los profesionales contratados por la Supervisión para este fin, no podrán participar en otros proyectos de la ABC mientras presten sus servicios para este proyecto. i) En base a los alcances y funciones asignadas, deberá asumir responsabilidad sobre la obtención de información, sistematización, y análisis de cada caso de los afectados identificados por la Liberación del DDV. Asimismo, el equipo PRP será responsable de la consolidación de fichas de campo y de gabinete en un expediente - carpeta de afectación. j) Asesorar a la ABC respecto a los procesos de prevención y mitigación de impactos sociales por efectos constructivos de la carretera y el DDV. También debe asesorar a la Entidad en temas de tierra y territorio, así como la normativa vigente y otras normativas s en el marco de proyectos carreteros. k) En coordinación con el Especialista Ambiental de Supervisión, el equipo de profesionales PRP asumirá responsabilidad de la otorgación de frentes de trabajo a la contratista de forma oportuna a fin de evitar la paralización de obras (STAND BY). l) Analizar y plantear soluciones a problemas y/o denuncias que surjan durante el proceso de LDDV con el fin de evitar cualquier conflicto. En casos especiales de conflictividad, el equipo PRP de la Supervisión deberá reportar y alertar a la ABC sobre las situaciones que se presenten, planteando las mejores soluciones. m) Participar y emitir el criterio técnico dentro del marco de sus funciones en reuniones informativas e interinstitucionales, entre ocupantes del DDV, autoridades representativas (indígenas, comunales, sindicales, OTB’s, etc) y otras instancias en el marco de la problemática de la LDDV. n) Realizar seguimiento y coordinación con las instancias que corresponda para que se proceda en campo con la efectiva liberación del DDV ya compensado (indemnización o reposición), reportando el avance a la ABC a fin de verificar la LDDV definida en cada tramo del proyecto. Elaborar informes especiales y a requerimiento de la entidad Contratante (ABC a través de la Gerencia Nacional Técnica - GNT y/o la Subgerencia Socio Ambiental - SSA) cuando se requiera. o) Priorizar la Liberación del DDV en frentes de trabajo donde se hallen casos sensibles (casos de afectados de alta vulnerabilidad; afectaciones a servicios; afectaciones a infraestructuras de salud, educativas, religiosas, comunales y otros) p) Verificar, complementar y desarrollar continuamente una Base de Datos completa (en formato SIG) referida a las afectaciones del proyecto por efecto de la liberación del DDV, debiendo adjuntarse el mismo con cada lote de carpetas de afectaciones presentadas, para su revisión y aprobación por parte del Equipo PRP de la ABC, de acuerdo al cronograma aprobado y criterios ya establecidos. q) Elaborar un cronograma de desalojo del inmueble y/o demolición de infraestructura una vez realizada la respectiva compensación por la Liberación del DDV. r) La Empresa Supervisora deberá establecer una oficina de Información y Relacionamiento Comunitario en sitios estratégicos a fin de mantener informada a la población y afectados por LDDV. s) Acompañar y supervisar el proceso de construcción de las nuevas edificaciones en casos de reposiciones, mismas que deben ser fuera del DDV. t) Brindar asesoramiento a las familias en los trámites respectivos para la consolidación de documentación para el armado de carpetas de afectación por la Liberación del DDV. u) Garantizar la presencia de un notario de fe pública y prever su pago, para el proceso de Compensación (Indemnización y/o Reposición) de los afectados por el Derecho de Vía, debiendo
  • 44. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 41 realizar el acompañamiento y prever la logística necesaria. v) Para el componente arqueológico, realizar la liberación de los tramos priorizados (monitoreo, rescate arqueológico y conservación preventiva). Asimismo, deberá dar cumplimiento a la Ley Nº 530. Se aclara que el trabajo del especialista culminará con la liberación efectiva del proyecto, previa aprobación de la ABC y la UDAM, para lo cual Supervisión deberá facilitar el equipo, herramientas y logística necesaria para ejecutar las labores de campo y análisis de material arqueológico, garantizando un lugar seguro para su resguardo final y, si el caso lo amerita, reforzar el equipo arqueológico con más personal en campo. 38.10.5. PRODUCTOS Y RESULTADOS DE LOS SERVICIOS El principal resultado esperado es que las obras de construcción del tramo vial, así como el inevitable proceso de interacción social entre la obra y las comunidades locales, transcurran con el menor grado de conflictos e impactos socio-ambientales. En este marco, el equipo de Supervisión generará los siguientes informes y productos: Durante la etapa de revisión, validación y/o complementación del EEIA: - Documentación para la Actualización de la Licencia Ambiental (incluido el PPM y PASA actualizados) de acuerdo a lo establecido en normativa ambiental vigente (6 meses) - Informe de Revisión y actualización del PRP del EEIA, incluido el análisis de uso efectivo de DDV, si corresponde (3 meses) - Documento Ambiental Específico (DAE) donde se deberá reportar la información actualizada referida a los siguientes aspectos (6 meses): a) Situación ambiental y social actual, previa al inicio de obras b) Fuentes de agua, con indicación de volúmenes a ser explotados y evidencia de la accesibilidad técnica, social y legal a las mismas c) Buzones de almacenamiento de material excedentario y bancos de préstamo d) Plan de manejo de campamentos y áreas industriales e) Actualización de las medidas de prevención y mitigación f) Plan de hidrosiembra, que incluirá las áreas a ser intervenidas con esa técnica, su cuantificación y costos respectivos, g) Presupuesto ambiental actualizado y detallado, discriminando aquellos costos que se atribuirán a los gastos generales del contratista y aquellos que se pagarán por ítems e identificando la fuente de financiamiento. - Plan de relacionamiento comunitario y resolución de conflictos, con identificación precisa de las organizaciones representativas de la población, con las cuales interrelacionará durante la construcción de la obra. (6 meses) - Plan de difusión y comunicación, que involucre tanto a comunidades como usuarios de la carretera, el cual deberá presentar metodologías de acuerdo a público al cual se dirige, e incluir la difusión de la siguiente información (6 meses): a) ventajas y problemas de la implementación de la carretera b) actividades que serán desarrolladas en las carreteras c) áreas consideradas de riesgo d) horarios y/o vías alternativas (en caso de desvíos o cierre de vías) e) medidas de seguridad para las comunidades vecinas f) impacto sobre servicios g) cronograma, presupuesto, responsables, en caso de que aplique. - Plan de Gestión Social, para asegurar la socialización del proyecto antes y durante la implementación del mismo; así como verificar el cumplimiento del Código de Conducta y la implementación de un mecanismo permanente de atención de consultas, quejas e información. (6 meses) - Acuerdos alcanzados para la explotación de bancos de préstamo y utilización de buzones de material excedente, requeridos para 6 meses de obra. Posteriormente en un capitulo especifico de los informes trimestrales, se presentara los acuerdos para los siguientes meses de trabajo. (6 meses) - Evidencia de que se ha cumplido la LDDV en frentes de trabajo de al menos 50% de la longitud del tramo. (6 meses) Durante la etapa de construcción: - Informes de Supervisión Ambiental mensuales, con evaluación sucinta de la situación del cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación programadas, así como el resumen de no- conformidades pendientes. El documento debe incluir reporte fotográfico. Deberá incorporarse los informes sobre la evaluación y complementación de los programas de Manejo ambiental de los sitios de explotación de materiales para la construcción de la vía y Manejo ambiental de fuentes de agua potenciales a ser utilizadas en el proyecto.
  • 45. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 42 - Informe de Monitoreo Ambiental Semestral para la Autoridad Ambiental Competente Nacional, con la interpretación de los análisis de laboratorios de acuerdo a los Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente. - Informe Final de Supervisión Ambiental y visto-bueno para la liberación de la Boleta Bancaria de Garantía de Cumplimiento de Contrato del Contratista. - Elaboración de informes especiales de acuerdo a solicitud de la ABC, organismo financiador, autoridad ambiental competente, - Elaboración de programas de seguridad vial semestrales, que contemplen aspectos tales como señalización, pasos temporales, protección del peatón y todas las medidas que garanticen la menor afectación posible a los peatones que circulan por los alrededores de los sitios de obras. - Evidencia de la conclusión de la LDDV de la totalidad del tramo a los 360 días a partir de la orden de proceder al contratista - Informes trimestrales (a ser presentados 10 días posteriores acabado el trimestre) y/o semestrales (a ser presentados 10 días posteriores acabado el semestre) sobre la gestión ambiental y los avances del Programa de Reposición de Perdidas. - A la conclusión del proceso de Liberación del DDV, los profesionales deben elaborar el Informe de cierre del PRP con la presentación de los siguientes contenidos:  Memoria del proceso de liberación del DDV  Planos de planta de la totalidad de las afectaciones  Planos sobre imagen satelital con la totalidad de las afectaciones  Planos de sectores donde se aplica el uso efectivo del DDV  Planos de las obras de reposición (formato Cad)  Planos de ubicación de afectación a servicios (públicos y privados)  Base de datos alfanuméricos consolidados en una geodatabase (GDB)  Mapas de afectaciones a escala a ser convenida con la ABC, elaborada en SIG Se aclara que los planos y bases de datos completa (Información legal del Afectado, mejoras y áreas de terreno liberadas y montos compensadas, Fotos, documentación pertinente digitalizada, etc), deben ser elaborados a partir de un SIG. - Una vez concluida la ejecución del proyecto, presentar el informe final de la gestión ambiental de la obra. Se aclara que todos los informes a ser presentados a la ABC deberán ser firmados por los especialistas a cargo de su elaboración. Para el caso de los informes, los documentos deberán ser firmados por el Especialista Ambiental (con RENCA), quien deberá asumir responsabilidad acerca de la veracidad de la información. 38.10.6. PERSONAL MÍNIMO NECESARIO PARA EL EQUIPO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL El control y seguimiento socio ambiental estará liderado por un Especialista Ambiental, quien coordinará las acciones para la correcta aplicación de las medidas previstas en el PASA y la Liberación del Derecho de Vía. A continuación se lista el equipo mínimo necesario para efectuar el Supervisión Socio Ambiental, mismo que podrá ser incrementado para cumplir los objetivos del Proyecto: - Un (01) Especialista Ambiental de Supervisión*, que coordinará todas las actividades de seguimiento y control de las medidas propuestas en el EEIA y las actividades de Liberación del DDV - Un (01) Especialista Social, que tendrá como función principal verificar el cumplimiento de los programas sociales planteados en el EEIA y el Plan de Gestión Social, así como prevenir, alertar y coordinar la solución de los conflictos sociales que vayan a generarse por la implementación del Proyecto - Equipo de Apoyo ambiental1 : un (01) inspector ambiental de apoyo al Especialista Ambiental Principal, un especialista social de apoyo al especialista social principal y un (01) profesional en el área forestal o de agronomía para ejecutar programas de revegetación (a requerimiento de la ABC) - Equipo PRP, conformado por dos (02) Abogados, dos (02) Ingenieros Agrónomos, dos (02) Arquitectos o Ingenieros Civiles, dos (02) Especialistas Sociales, un (01) Arqueólogo, dos (02) Cadistas y dos (02) Topógrafos o agrimensores. *Personal Puntuable A continuación se describe el perfil profesional del personal que formará parte del equipo socio ambiental de Supervisión. Un (01) ESPECIALISTA AMBIENTAL: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional. Ing. Ambiental o profesional de ramas afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal), con 6 años de experiencia general en gestión ambiental y 4 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo, con RENCA ACTUALIZADO. Un (01) ESPECIALISTA SOCIAL: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional. Formación académica universitaria con grado de Licenciatura o equivalente en Sociología, 1 El Inspector Ambiental coadyuvará y cooperarán en el cumplimiento de las responsabilidades específicas al Especialista Ambiental, no pudiendo delegar a este la responsabilidad del control y seguimiento.
  • 46. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 43 Comunicación Social y/o Antropología. Se valorará los títulos de post grado, maestría y doctorado en la temática social y/o ambiental. Experiencia profesional general de 5 años y específica de 3 años en relacionamiento comunitario, gestión social en proyectos lineales. Se valorará la experiencia en proyectos carreteros, así como también la experiencia en gestión y resolución de conflictos. Asimismo, se valorara la colegiatura en el colegio profesional que corresponda. Equipo de Apoyo Ambiental Un (01) Inspector Ambiental: Perfil profesional con título en provisión nacional Formación académica universitaria con grado de Licenciatura en Ing. Ambiental o profesional de ramas afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal), Experiencia profesional general de 2 años y específica de 1 año en proyectos viales. Se valorará la experiencia en proyectos carreteras en condición de inspector ambiental, ingeniero ambiental de seguimiento y otros trabajos en el sector carretero. Deberá contar con el registro profesional RENCA Un (01) Ingeniero Forestal o Agrónomo (a requerimiento): Perfil profesional con título en provisión nacional Formación académica universitaria con grado de Licenciatura o equivalente en Ingeniería Forestal o agronómica Experiencia profesional general de 2 años y específica de 1 año en revegetación. Se valorará la experiencia en proyectos carreteras. Un (01) Especialista Social de Apoyo: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional. Formación académica universitaria con grado de Licenciatura o equivalente en Sociología y/o Antropología. Se valorará los títulos de post grado, maestría y doctorado en la temática social y/o ambiental. Experiencia profesional general de 3 años y específica de 1 año en proyectos lineales. Se valorará la experiencia en proyectos carreteros así como también la experiencia en gestión y resolución de conflictos. Asimismo, se valorará la colegiatura en el colegio profesional que corresponda. Personal del Programa de Reposición de Pérdidas PRP Dos (02) Abogados: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional y Registro en el Ministerio de Justicia Experiencia profesional general de 4 años del ejercicio de la abogacía, experiencia específica de 2 años, de los cuales 1 año en adquisición y legalización de propiedades rurales, o en elaboración de documentos de carácter legal y tramitación de procesos de registro de transferencia o en legalización de propiedades rurales, o en conocimiento de la problemática agraria en el país y 1 año en procesos de Liberación del DDV en proyectos lineales. Adicionalmente experiencia en proyectos socio – legales, en trabajos con comunidades rurales, en negociación y manejo de conflictos, en procesos de saneamiento de tierras y en equipos multidisciplinarios. Dos (02) Ingenieros agrónomos: Perfil profesional con título en Provisión Nacional y Registro en el Colegio Profesional respectivo Experiencia general de 4 años; experiencia específica mínima de 2 años, de los cuales 1 año en avalúos o tasación de bienes rurales o agrícolas, o en proyectos de desarrollo productivo con enfoque social, o trabajo con comunidades rurales, en trabajos en temas medio ambientales y con equipos multidisciplinarios, en negociación y manejo de conflictos, en procesos de saneamiento de tierras y 1 año en procesos de Liberación del DDV en proyectos lineales. Dos (02) Arquitectos o Ingenieros civiles: Perfil profesional con Título en Provisión Nacional y Registro en el Colegio o Sociedad Profesional que corresponda Experiencia profesional general 4 años, experiencia específica mínima de 2 años, de los cuales 1 año en avalúos o tasación de bienes urbanos, rurales y agrícolas, o diseño arquitectónico y 1 año en procesos de Liberación del DDV en proyectos lineales. Dos (02) Especialistas Sociales: Perfil profesional con título en provisión nacional a nivel licenciatura en Antropología, Sociología o Trabajo Social Experiencia profesional general de 4 años; Experiencia Específica mínima de 2 años, de los cuales 1 año en proyectos de desarrollo productivo con enfoque social, o trabajo con comunidades rurales, pueblos indígenas, originarios y campesinos y 1 año en procesos de Liberación del DDV en proyectos lineales. Experiencia laboral en temas medio ambientales (no excluyente), trabajo con equipos multidisciplinarios, en negociación y manejo de conflictos, en procesos de saneamiento de tierras. Un (01) Arqueólogo: Perfil profesional con título en provisión nacional y académico a nivel Licenciatura en Arqueología. Experiencia general de 3 años; experiencia específica mínima de 2 años en diagnóstico, intervención y mitigación, excavaciones arqueológicas, rescate arqueológico y/o asociado al seguimiento arqueológico en estudios, obras, supervisión, fiscalización o similares.
  • 47. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 44 Dos (02) CADISTAS: perfil profesional con título en provisión nacional en arquitectura, ingeniería civil y/o ingeniería geográfica Experiencia general 4 años, experiencia específica de 2 años computables y sustentados con certificados trabajo a partir de la obtención del título académico (no se considerará meses de traslape- sobreposición de tiempos). Experiencia específica requerida: manejo de dibujo técnico especializado (dominio del paquete CAD, Software SIG elaboración de planos arquitectónicos y otros relacionados). Dos (02) Topógrafos: Perfil Técnico Superior en topografía o en Agrimensura Experiencia general mínima de 4 años, y 2 años de experiencia específica en relevamiento catastral (rural-urbano), replanteo de carreteras. Conocimiento en manejo y dominio de Estación total, Sistemas de Posicionamiento Global (GPS), AutoCad, sistemas de Información Geográfico (ArGis, QGIS, etc.). Se aclara que a objeto de evaluación de hojas de vida del personal socio ambiental propuesto, la experiencia general será computada a partir de la obtención del título académico. Por otra parte, el personal PRP propuesto por Supervisión para el proceso de Liberación del DDV (Abogados, Ingenieros Agrónomos, Arquitectos y/o Ing. Civiles, Antropólogo-sociólogo- Trabajador Social y Arqueólogo), será contratado en forma directa por Supervisión de acuerdo al perfil solicitado; para tal efecto se presentará las hojas de vida de cada profesional en un plazo de 10 días calendario a la entrega de la Orden de Proceder para su aprobación respectiva por la Sub Gerencia Socio Ambiental de la ABC. Personal Mínimo para el Supervisión Socio Ambiental Plazo mínimo de asignación (mes/hombre) Especialistas “Clave” (1) Especialista Ambiental Tiempo que dure la supervisión (1) Especialista Social Tiempo que dure la supervisión Equipo de Apoyo Socio Ambiental (1) Inspector Ambiental Tiempo que dure la supervisión * (1) Especialista Social Tiempo que dure la supervisión (1) Ing. Forestal o agrónomo A requerimiento de ABC Equipo PRP para el Proceso de Liberación del DDV (2) Abogados (Especialidad en Derecho Agrario) 12 meses** (2) Agrónomos (Avalúos, SIG) 12 meses ** (2) Arquitectos. Especialista en Avalúos y Diseños 12 meses ** (2) Sociólogos, Antropólogos y/o Trabajadores Sociales (Especialista Social) 12 meses ** (1) Arqueólogo 12 meses ** (2) Cadistas 12 meses ** (2) Técnicos Topógrafos o Agrimensores 12 meses ** * El requerimiento de los Técnicos estará en función a las tareas en cada etapa (validación del estudio y construcción) y los frentes de intervención durante el periodo constructivo ** Se prevé que el tiempo de LDDV con dos equipos es de 12 meses. No obstante, en caso de retrasos en la LDDV, Supervisión deberá asumir a su costo el tiempo adicional que se requiera. En caso de identificarse que el personal asignado a tareas específicas no cumpla debidamente con sus responsabilidades, la ABC se reservará el derecho de solicitar el cambio correspondiente de profesional en un plazo no mayor a 15 días. En caso de que la ABC verifique la ausencia reiterada de los profesionales propuestos, se aplicará una multa de 35.000,00 Bs ante la tercera inasistencia en campo. La Empresa Supervisora deberá garantizar del equipo profesionales PRP hasta el cierre final del proceso de Liberación del DDV
  • 48. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 45 La ABC verificará que los profesionales propuestos no figuren en otro proyecto, siendo esta una causa de descalificación. Fase 3 Cierre del proyecto. Cierre de proyecto, tendrá una duración de 180 días calendario (6meses), es el periodo comprendido entre la Entrega Provisional y Definitiva de la Obra, en la que se realizara la Elaboración del Informe Final y liquidación de Contrato de la Obra y de Supervisión. 38.11 PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL. El plazo máximo para la conclusión del Proyecto determinado por la Institución Contratante es de 1025 días calendario (34,17 meses) a partir de la orden de proceder, al servicio de supervisión, de acuerdo al siguiente detalle: Productos Previos a la Construcción (ASV, Informes Ambientales, etc.)(1): 180 días calendario (6 meses) Supervisión de obras(2): 665 días calendario (22,17 meses) Cierre del proyecto Etapa Post - construcción (3) 180 días calendario (6 meses) (1) El periodo de movilización (15 días calendario), es parte de la duración de la realización de los Productos Previos a la Construcción (2) Supervisión Técnica, Ambiental y Social en la etapa de Ejecución de las Obras, incluye Replanteo Topográfico y el periodo de Movilización de la empresa contratista. (38) Cierre de proyecto entre la Entrega Provisional y Definitiva de la Obra – Elaboración del Informe Final y liquidación de Contrato de la Obra y de Supervisión. Este último plazo corresponde a un período de garantía de 6 meses entre recepción provisional y definitiva. Cuenta para establecer el plazo de servicio del contrato (1025 días calendario). 38.12 INFORMES Y CALENDARIO DE ACTIVIDADES Con el objeto de mantener al Contratante permanentemente informado sobre la marcha de las obras, el Consultor presentará los siguientes informes a la ABC: 38.12.1. Informe Inicial Un informe inicial en 2 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales editables hasta los 15 días calendario de la recepción de la Orden de Proceder de la Supervisión Técnica, conteniendo un programa detallado de sus actividades e indicando como se propone ejecutar y concluir el trabajo durante el período de ejecución de la obra, además frentes de obra para el Contratista. Este programa una vez aprobado solamente podrá ser modificado con la aprobación escrita de la ABC. En caso de incumplimiento en la presentación del Informe de Inicial dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato. 38.12.2. Informes previos a la Construcción Informe de medio término de la ASV. Un informe de medio término de la ASV en 2 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales editables a los 30 días calendario de la emisión de la Orden de Proceder, conteniendo un detalle de las actividades realizadas y los resultados parciales resultantes de la ASV, incorporando adicionalmente una estimación del presupuesto necesario para implementar las recomendaciones de la ASV. En caso de incumplimiento en la presentación de este informe dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato. Informe de los resultados y recomendaciones de la Auditoría de Seguridad Vial. Informe de resultados y recomendaciones de la Auditoria de Seguridad Vial en 7 ejemplares impresos y 18 ejemplares digitales editables, que deberá ser entregado a la ABC hasta los cincuenta (50) días
  • 49. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 46 calendario a partir de la Orden de Proceder, conteniendo una revisión completa del Diseño Final del Proyecto, análisis del programa de construcción y las modificaciones al Proyecto con su correspondiente Justificación Técnica este documento debe anexar Estudios de Campo, Memoria de Calculo, Planos a Detalle, Cómputos Métricos, Presupuesto, y otros requerimientos que efectúe la ABC para su aprobación. Este documento debe anexar mapas en imagen satelital con resolución igual o menor de 1m por pixel, de las áreas de afectación dentro del Derecho Vía considerando una franja de 50 metros a cada lado del eje de la carretera, asimismo deberá contener las correspondientes progresivas, reportes fotográficos, etc. Este informe debe venir acompañado del EEIA para su remisión a la DGMA. La Supervisión es la directa responsable de coordinar con la Fiscalización y los Especialistas de la Gerencia Nacional de Proyectos para que el producto presentado sea aprobado en el menor plazo posible atendiendo a las observaciones y con las complementaciones correspondientes. Conjuntamente a esta presentación y en la misma cantidad de ejemplares físicos y digitales del informe de revisión del diseño, el Supervisor presentará documentos independientes relacionados con: los resultados y recomendaciones de la Auditoría de Seguridad Vial. En caso de incumplimiento en la presentación del Informe de los resultados y recomendaciones de la Auditoría e Seguridad Vial; dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato. Se hace notar que independientemente de la aprobación del Informe de los resultados y recomendaciones de la Auditoría e Seguridad Vía; SE APLICARÁ LA PENALIDAD establecida en el Inciso a) de la cláusula Trigésima tercera del respectivo contrato, CADA VEZ QUE SE IDENTIFIQUEN falencias en el diseño revisado y validado por el Supervisor o se generen modificaciones al mismo en la etapa de ejecución. Cabe reiterar que en caso de que se identifique alguna necesidad adicional en el proyecto en etapa de ejecución de actividades de construcción, la Supervisión asumirá su responsabilidad por la omisión y tendrá la obligación de cubrir con sus recursos económicos cualquier incremento del presupuesto de construcción que derive de dicha necesidad adicional. La entidad Contratante a través de la Fiscalización, se reserva el derecho de realizar valoraciones en este caso, y aplicar las sanciones a la firma Supervisora que estime convenientes, en el marco de las previsiones contractuales. Informe de Proyecto Ejecutivo. Informe de la Proyecto Ejecutivo en 7 ejemplares impresos y 18 ejemplares digitales editables, que deberá ser entregado a la ABC hasta los (90) días calendario a partir de la Orden de Proceder, o de acuerdo al plazo propuesto, conteniendo una revisión completa del Diseño Final del Proyecto con las modificaciones al Proyecto y su correspondiente justificación técnica e incorporando las recomendaciones del “Informe de los resultados y recomendaciones de la Auditoria de Seguridad Vial”, además de las modificaciones que resulten del análisis de la variante de Yamparaez y al sector Urbano de Sucre . Este documento debe anexar Estudios de Campo, Memoria de Calculo, Planos a Detalle, Cómputos Métricos, Presupuesto, y otros requerimientos establecidos por la ABC para su aprobación, dirigirse a todo lo establecido en el 38.9 FASE 1 y 38.10.5. La Consultora (Supervisión) es la directa responsable de coordinar a través de la Fiscalización y IRT, con los Especialistas de la Gerencia Nacional Técnica para que el producto sea aprobado en el menor plazo posible atendiendo a las observaciones y con las complementaciones correspondientes. En caso de incumplimiento en la presentación, corrección y/o complementación del Informe de Proyecto Ejecutivo del Diseño Final del Proyecto dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato. Informes del componente socio-ambiental De acuerdo a lo establecido en los presentes TDR (ver numeral 38.10. Componente Ambiental), los informes a presentar en la etapa previa a la ejecución del proyecto (Revisión y actualización del PRP, Análisis de las condiciones ambientales modificadas, DAE, Relacionamiento Comunitario y Resolución de conflictos, Difusión y Comunicación, acuerdos/autorizaciones y de liberación del derecho de vía para el 50 % del tramo) deberán ser presentados en los plazos establecidos en el presente DBC en dos (02) ejemplares impresos y cinco (05) ejemplares digitales. La revisión de documentos por parte de la Fiscalización de ABC tendrá un plazo máximo de 10 días en los cuales se deberá elaborar un informe de aceptación o rechazo del producto. En caso de presentarse observaciones por parte de Fiscalización, el Consultor tendrá un plazo máximo de 10 días para enmendar o complementar el documento, debiendo la Fiscalización emitir su informe de aceptación o rechazo en un plazo máximo de 10 días. En caso de persistir las observaciones o en caso de no cumplir con los plazos establecidos para la presentación de estos informes, el Consultor se hará pasible a las sanciones establecidas en el contrato.
  • 50. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 47 38.12.3. Informes Mensuales de la Supervisión Técnica Presentación a la ABC de Informes Mensuales de progreso, valorativos técnico-económicos no repetitivos y narrativos, en 2 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales, incluyendo Informes Específicos y Fotográficos, que serán entregados hasta el día 10 del mes siguiente (o lo que establezca en contrato). Se incluirán Diagramas de Progreso de todas las fases de construcción. En estos Informes se abarcarán los siguientes aspectos indicados con carácter enunciativo, no limitativo:  Generalidades, describiendo en forma sucinta antecedentes, como son: el Convenio de Préstamo, Contrato de Servicios de Supervisión y Contrato de Construcción.  Descripción breve del Proyecto, indicando Ubicación, Longitud y Características Principales.  Descripción sucinta del Objeto de la Supervisión  Relación del personal asignado al Proyecto, tanto de supervisión como de la construcción, avance alcanzado en los trabajos realizados, descripción de tareas de Supervisión realizadas y modificaciones introducidas al Proyecto.  Verificacion del equipo minimo propuesto por el Contratista.  Administración del Contrato, relación de las directivas y órdenes de cambio aprobadas o que estén en trámite y hayan sido previstas con la debida oportunidad.  Información financiera con inclusión de los recursos disponibles, sus asignaciones, gastos de construcción e ingeniería en el mes y acumulados, curva de flujo de fondos.  Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia que fuera cursada durante el mes entre el Consultor y la ABC con relación al Proyecto.  Fotografías mostrando la actividad cumplida en las obras.  Actividades realizadas por la empresa constructora: Su organización, capacidad demostrada por el personal técnico responsable, equipo disponible en obra indicando cantidad, calidad, estado y rendimiento para una evaluación de sus posibilidades de cumplir con el plan de trabajos dentro del plazo contractual.  Progreso de la obra mediante descripción del avance alcanzado en los principales ítems de trabajo. Análisis del cronograma de obra, su influencia y las recomendaciones para nivelar el mismo en caso de retrasos.  Gráficos que muestren el ritmo general de progreso de la obra comparando con el cronograma vigente Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia que fuera cursada durante el mes entre el Consultor y el Contratista con relación al Proyecto.  Recomendaciones para incrementar el ritmo de avance de los ítems considerados críticos para cumplir con el plazo contractual, mediante el incremento de equipo, personal y/o modificaciones en los procedimientos constructivos y otros aspectos técnicos.  Informe sobre las dificultades que pueden anticiparse en el futuro y recomendación de las medidas a tomar para disminuir sus efectos con relación al avance de las obras.
  • 51. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 48  Provisión de materiales informando sobre el cumplimiento del plan de acopios y su relación con el plan de trabajos vigente.  Calidad de los trabajos ejecutados y de los materiales incorporados a la obra.  Seguimiento y control a la compra y acopio de los materiales de construcción. La FISCALIZACIÓN o el Contratante, podrán requerir información adicional a la antes mencionada, de manera tal de enriquecer dicho informe mensual. En caso de incumplimiento en la presentación del Informe mensual dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa correspondiente al contrato por cada día de retraso, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato 38.12.4. Informes Ejecutivos Informes Ejecutivos mensuales en 4 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales, proporcionando información periódica sucinta del Proyecto, incluyendo recomendaciones puntuales al Contratista sobre problemas que se presenten en obra, criterio valorativo y comentarios sobre el desarrollo de los trabajos. Estos Informes Ejecutivos no deberán contar con más de 5 páginas, en las que se describan en forma concisa y breve los aspectos más importantes ocurridos en el mes del reporte. 38.12.5. Informes Especiales, sobre temas específicos del Proyecto. Anualmente se presentará un Informe Especial que aborde las actividades realizadas en relación con la ASV y las medidas de estabilización de taludes considerados en el proyecto. La ABC podrá requerir al Consultor elaborar Informes Especiales, sin que ello signifique incremento alguno en el costo de los servicios, en 4 ejemplares impresos y 5 ejemplares digitales, cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal de la obra; o que una vez concluida estas sean necesarias a juicio de la FISCALIZACIÓN o del Contratante. El plazo de presentación será determinado por el Contratante en función de la respectiva problemática. En estos casos se elevará al Fiscal de Obra un informe circunstanciado sobre el particular, conteniendo las recomendaciones del Consultor para que la ABC pueda adoptar las decisiones más adecuadas. En caso de incumplimiento en la presentación del Informe Especial dentro del plazo previsto a solicitud del Fiscal o la ABC, el Consultor se hará pasible a una multa correspondiente al contrato por cada día de retraso, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato. 38.12.6. Informe Final Informe Final sobre la construcción de la obra en 7 ejemplares impresos y 18 ejemplares digitales a los 30 días de la Recepción Definitiva, con la descripción detallada de los volúmenes de trabajo ejecutado, costos de construcción y supervisión, personal y equipos utilizados, cumplimiento de plazo, problemas confrontados y soluciones adoptadas, aceptabilidad de la obra construida, y cualquier otro aspecto relevante ocurrido durante la ejecución de los trabajos y recomendaciones para el mantenimiento futuro y sugerencia para la ejecución de obras en el futuro. Debe contener este informe un volumen de planos de “Obra Concluida”, los cuales se presentarán tres (3) ejemplares en tamaño normal, cinco (5) en tamaño reducido tamaño doble carta y diez (10) ejemplares digitales. En caso de incumplimiento en la presentación del Informe final dentro del plazo previsto, el Consultor se hará pasible a una multa correspondiente al contrato por cada día de retraso, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 33 del modelo de contrato. 38.13 CONDICIONES DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO Condiciones de la Oferta y Forma de Pago General
  • 52. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 49 La forma de pago del servicio será de acuerdo a los siguientes criterios: Estas tareas se iniciarán una vez emitida la Orden de Proceder No. FASE PLAZO Días Calendario % DE PAGO FORMA DE PAGO 1 Productos Previos a la Construcción 180 10 A la aprobación del Producto 2 Supervisión Técnica, Ambiental y Social 665 85 Mixta Condicionada 3 Cierre del proyecto 180 5 A la aprobación del Producto 100 Gastos de Elaboración de los Productos Previos a la Construcción. - Se reconocerá el 10% del monto total, a continuación, se presenta una tabla con la descripción de los Productos y la forma de pago: FASE DENOMINACION ACTIVIDADES Plazo de presentació n del Producto (Días Calendario) % DE PAGO FORMA DE PAGO 1 Productos Previos a la Construcción Informe Inicial 15 60 A la aprobación del grupo de Productos • Informe a Término Medio de la ASV 30 • Informe de Resultados y recomendaciones de la ASV 50 Plan de Manejo de Trafico 90Plan de mantenimiento de la vía Informe de Revisión y actualización del PRP del EEIA • Informe del Proyecto Ejecutivo que incorpore las recomendaciones de la ASV y PRP 90 Informe de Análisis de las condiciones ambientales modificadas 180 40 A la aprobación del grupo de Productos Documento Ambiental Específico (DAE) 180 Plan de relacionamiento comunitario y resolución de conflictos Plan de difusión y comunicación Acuerdos alcanzados (Bancos de Materiales) La LDDV en frentes de trabajo de al menos 50% de la longitud del tramo 100 Gastos de Supervisión en la Ejecución de Obra.- El pago debe incluir todo el Personal y Equipo que la Supervisión considere necesario para llevar adelante el servicio de Supervisión de la ejecución de la obra, la forma de pago será: Por avance de obra bajo la modalidad de Mixta Condicionada, será el 85% de la Propuesta Económica o en proporción al porcentaje de la Propuesta. El pago de este monto se hará efectivo en los certificados mensuales. En base al avance de obra y la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales se efectuará el pago de la siguiente manera:
  • 53. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 50 a) El monto cancelado a la SUPERVISIÓN en el certificado de pago de cada mes, será de acuerdo al porcentaje de avance físico de obra ejecutado en el mes por el CONTRATISTA. b) En caso de que el monto mensual establecido por avance de obra sea menor al necesario para que la SUPERVISIÓN realice sus actividades de manera regular según su propuesta actualizada; este monto mensual será incrementado hasta cubrir el monto mensual según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales. Este incremento acumulado no podrá exceder más del 10% del monto de su contrato y debe ser deducido en el certificado de pago correspondiente al mes donde el monto mensual sea menor al necesario, según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales, por avance de obra, esta deducción se aplicará en uno o varios certificados hasta cubrir el 100% del monto incrementado. A efectos de la aplicación del inciso b) el Supervisor en un plazo de diez días posteriores a la actualización del cronograma de ejecución de obra del CONTRATISTA actualizará su propuesta, esto no significa la variación de ningún porcentaje ni incremento de ningún componente, es simplemente la reasignación de los recursos de su propuesta en conformidad al cronograma real de ejecución de la obra; y elaborará su Planilla de Gastos Mínimos Mensuales; en base a los Costos Directos (Formularios Actualizados B-3 y B-4) en ningún caso podrá incluirse en esta planilla los Costos Indirectos ni las utilidades. Esta planilla deberá desglosar mensualmente y a detalle todos los gastos que estén en los costos directos (Honorarios, Equipos, Computadoras, Comunicaciones, Subcontratos, Pasajes, Viáticos, Otros de acuerdo a cada caso). La Supervisión con el objetivo de optimizar los recursos económicos de su propuesta, tendrá la libertad para asignar y retirar (no cambiar) el personal propuesto (Especialistas, Personal Técnico, Personal de Apoyo, etc.), de acuerdo a las necesidades del avance de la obra y a las condiciones propias de cada proyecto. El Supervisor elaborará el listado del personal que trabajó cada mes en función a los trabajos programados y según el cronograma actualizado para ejecución de Obras, con la debida aprobación por la Fiscalización. En caso de que se generen ampliaciones de plazo de construcción, por causas (acciones u omisiones) no imputables al Supervisor (aspecto que será analizado y valorado por la Fiscalización y/o el Contratante), los recursos para cubrir los costos de Supervisión que acompañen a las actividades del Contratista en el período ampliado, serán incorporados al presupuesto del consultor a través de los mecanismos establecidos contractualmente y tomando en cuenta los límites de % de incremento permitidos. Gastos de Cierre de Proyecto.- Será máximo el 5% de la Propuesta Económica. Debe incluir todo el personal y equipo que la Supervisión considere necesario para llevar adelante el servicio entre la Entrega Provisional y la Entrega Definitiva en el plazo establecido para este período, el pago se hará en dos planillas: - Primer pago a la mitad del plazo entre la entrega Provisional y Entrega Definitiva, el 30% del monto ofertado para gastos de cierre de proyecto. - Una vez aprobado el Informe Final y los planos as built en los plazos establecidos en el contrato, 70% del monto ofertado para gastos de cierre de proyecto. 38.14 TIPO DE GARANTÍAS Conforme establece el Artículo 20 del DS. 0181, la entidad convocante define que el tipo de Garantías que debe presentarse es la siguiente: - Boleta Bancaria de Garantía de seriedad de propuesta por el 0.5% del monto de la propuesta (Esta Garantía podrá ser presentada por la Asociación o individualmente por uno o más socios a nombre de la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido). - Boleta Bancaria de Cumplimiento de Contrato por el 7% del monto de la propuesta (Esta Garantía podrá ser presentada por la Asociación o individualmente por uno o más socios a nombre de la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido). - Boleta Bancaria o Póliza de Seguro de Correcta Inversión de Anticipo hasta el 20% del monto de contrato cuando se solicite este anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado (Esta Garantía podrá ser presentada por la Asociación o individualmente por uno o más socios a nombre de la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido).
  • 54. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 51 38.15 CONDICIONES ESPECIALES Aspectos a considerar en la oferta. Dentro de los documentos legales y administrativos de la propuesta se deberá incluir de manera Obligatoria el certificado de inspección previa, el cual será proporcionado por el Contratante. En el Formulario A-3 en la columna correspondiente al “Monto Bs.” en la Experiencia General y Específica, los Proponentes deben llenar esta columna solo si tienen los respaldos correspondientes. En el Formulario A-3 podrán (optativo) adjuntar en su propuesta copia simple de los respaldos, en caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados de los trabajos detallados, en original o fotocopia legalizada emitida por la entidad contratante, tal como indican el formulario A-3. El proponente deberá disgregar el formulario B-2 para cada fase del proyecto, teniendo un consolidado en un formulario B-2 delante de los presupuestos por fase. La empresa Consultora elaborará de acuerdo al requerimiento del fiscal, diseños y adecuaciones al proyecto. Multas por morosidad: a) Equivalente al 3 por 10.000,00 del monto total del Contrato por cada día de atraso; Cuando el SUPERVISOR, no entregará los documentos establecidos en la cláusula Vigésima Séptima dentro de los plazos previstos en el cronograma, en versión definitiva. b) Penalidad equivalente al 1 por 1.000 del monto total del contrato efectuada la segunda llamada de atención por el FISCAL DE OBRA, por un mismo hecho; cuando el SUPERVISOR incurra u omita los siguientes aspectos:  Cuando se demore más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por el FISCAL DE OBRA, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.  Falta de dotación de equipamientos establecidos en el Documento Base de contratación  Desmovilización de personal propuesto por 5 días discontinuos en un mes.  Por uso indebido del equipamiento u otro instrumento dotado por la entidad para el desarrollo del servicio.  Por incumplimiento a instrucciones impartidas por el fiscal de obra.  Por la presentación de documentos solicitados incompletos o mal elaborados. De establecer el FISCAL DE OBRA que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite máximo del diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conformea lo estipulado en la Cláusula Trigésima Tercera del Modelo de Contrato Multas por cambio de personal También el CONSULTOR se hará pasible a la multa de Bs50.000.- (cincuenta mil 00/100 Bolivianos), toda vez que solicite al Contratante, a través de la FISCALIZACIÓN, autorización para sustituir a cualquier personal técnico, que habiendo sido evaluado en la calificación técnica de su propuesta, no ingrese a prestar servicios o que prestando servicios, sea sustituido por cualquier causa, excepto incapacidad física del profesional, caso de muerte o rendimiento bajo por causas de salud. En cualquiera de los casos el CONSULTOR deberá acreditar oportunamente con los certificados respectivos, la causa aducida. La reincidencia en el cambio del personal clave por parte del consultor se hará también pasible a una multa de Bs50.000.- (cincuenta mil 00/100 Bolivianos) por cada personal profesional cambiado. Multas por excedente sobrevalorado Cualquier modificación del presupuesto de obra o plazo planteado por la Supervisión podrá ser evaluada por una comisión técnica especial, si la ABC lo considera necesario para ratificar la idoneidad de la propuesta.
  • 55. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 52 Si la diferencia entre la modificación de la supervisión y la evaluación de la comisión supera el 5% del monto evaluado, la supervisión será pasible a una multa del 20% del excedente sobrevalorado. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL DE OBRA, con base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley N° 1178. Documentos del personal clave calificable Como documentación adjunta a la propuesta se deberán incluir copias fotostáticas de los títulos de licenciatura, maestría (si la tuviera) y Doctorado (si la tuviera). Además, se deberá adjuntar la fotocopia del carnet de identidad con aclaración de firma de los profesionales propuestos. Aportes a las AFP En cumplimiento a la ley general del trabajo, todo el personal calificable, no calificable y administrativo debe aportar a la AFP, se deberá anexar los recibos de los depósitos mensuales a la planilla de pago, siendo requisito para el desembolso. 38.16. TÉRMINOS DE REFERENCIA GENERALES 38.16.1. Autoridad Del Supervisor. El Supervisor tendrá facultad y responsabilidad de resolver todas las cuestiones referentes a calidad y aceptación de los materiales empleados, trabajo ejecutado y su pago, progreso de obra, interpretación de planos y especificaciones, y la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de obra, asimismo deberá realizar la interpretación de planos y especificaciones del Proyecto. 38.16.2. Acceso A La Obra. El Supervisor, su personal y el Fiscal de Obra, designado por el Contratante, los funcionarios de dicha Entidad y funcionarios gubernamentales que sean autorizados por el Contratante, tendrán en todo momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisión de materiales, equipamiento e instalaciones debiendo el Contratista proporcionar todas las facilidades que sean requeridas para este objetivo. 38.16.3. Instrucciones Por Escrito. Todas las instrucciones emitidas por el Supervisor deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional el Supervisor considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista también deberá cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones serán escritas en el libro de Órdenes. Toda instrucción impartida por el Supervisor al Contratista, que no fuese representada sustentada y que no sea cumplida, será considerada como negligencia del CONTRATISTA, que motivará responsabilidades. Las instrucciones no cumplidas serán debidamente reportadas y las obras ejecutadas en desacato con las instrucciones del Supervisor no serán aprobadas por el mismo y deberán descontarse de la planilla respectiva. 38.16.4. Orden De Proceder Al Supervisor. A objeto que el Supervisor dé inicio a sus servicios, el Contratante a través de la FISCALIZACIÓN o de la instancia de la ABC que administra el contrato (oficina departamental, oficina central, etc.), emitirá la Orden de Proceder mediante una carta expresa.
  • 56. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 53 38.16.5. Inicio De Los Servicios. Los Servicios del Supervisor darán inicio una vez impartida la orden de proceder, inicialmente deberá realizar la elaboración de los Productos Previos a la Construcción, correspondiente a la Fase 1. Sin embargo se aclara que entre la presentación de los Productos Previos a la Construcción y la Orden de Proceder a la Contratista, existe la posibilidad de una discontinuidad de labores del consultor, esta misma no será reconocida por la ABC. Una vez emitida la Orden de Proceder al Contratista, dará inicio a la Fase 2 correspondiente a todas las actividades de supervisión de la obra. 38.16.6. Responsabilidad Profesional. El Supervisor, asumirá la responsabilidad técnica total de los servicios profesionales presentados bajo contrato. El conocimiento a detalle de todos los documentos y planos con los que se ha contratado la obra, son de su directa responsabilidad, por lo que no puede aducir desconocimiento alguno para eximirse de la responsabilidad final y total de la Supervisión Técnica de la obra. 38.16.7. Responsabilidad Civil. En el caso que el Supervisor, en ejercicio de sus funciones, de lugar a que se emerja daño económico al Estado, será responsable de resarcir el mismo, una vez que mediante la acción legal correspondiente se haya demostrado tal hecho. 38.16.8. Responsabilidad Solidaria Y Mancomunada. En el caso de Asociaciones Accidentales, las firmas componentes de la Supervisión Técnica, serán responsables solidarias y mancomunadas del cumplimiento del contrato así como en el caso de cualquier demanda legal. 38.16.9. Propiedad De Los Documentos. Los originales de los documentos, libretas de campo, memorias de cálculo, planos, diseños y otros documentos que elabore el Supervisor con relación a la obra, serán de propiedad del Contratante y en consecuencia deberán ser entregados a éste en su totalidad y bajo inventario, quedando absolutamente prohibida la difusión de dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento previo y por escrito del Contratante. 38.16.10. Revisión Del Diseño Y Planos De Contrato. Los servicios del Supervisor se iniciarán con la revisión minuciosa del Diseño Final con los que ha sido contratada la obra de Construcción, los que deberán ser analizados de acuerdo a las condiciones existentes en el terreno, en forma previa al proceso de movilización. 38.16.11. Replanteo Físico Y Trabajos Topográficos. El Supervisor procederá al control de los trabajos topográficos iníciales, consistentes en el replanteo, nivelación y levantamiento de secciones transversales, que servirán de base para la elaboración de las Órdenes de Trabajo al Contratista, si se hace necesario. Para la ejecución adecuada de esta actividad el Supervisor, deberá disponer en la obra de los instrumentos que garanticen los trabajos. 38.16.12. Orden De Proceder Al Contratista. El Supervisor con conocimiento de la FISCALIZACIÓN, emitirá la Carta de Orden de Proceder al Contratista, a partir de la misma comenzará a correr el plazo contractual de ejecución de la obra. 38.16.13. Periodo De Movilización. El periodo de movilización del Contratista establecido comienza a correr en la fecha de emisión de la Orden de Proceder.
  • 57. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 54 38.16.14. Posesión Física Del Derecho De Vía (Si Corresponde A La Obra). Inmediatamente después de ser emitida el inicio de obras, el Contratante y el Supervisor, darán al Contratista la posesión física del Derecho de Vía al 50% de la longitud del proyecto, a objeto de permitirle la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma de obra aprobado. 38.16.15. Análisis Y Aprobación Del Cronograma O Programa De Ejecución De Obras. El Contratista, en el periodo de movilización, dentro del plazo previsto en su contrato siguiente a la emisión de la Orden de Proceder, deberá presentar a consideración del Supervisor, un cronograma o programa detallado de ejecución de la obra, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos, incluyendo cualquier modificación debidamente justificada con relación al cronograma presentado con su propuesta, respetando el plazo total de ejecución de obra aprobado por el Contratante. Este documento deberá estar ajustado en fecha a la de emisión de Orden de Proceder al Contratista. El cronograma o programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el método de Camino Crítico (CPM), el método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio para el Supervisor y el Fiscal de Obra. 38.16.16. Ritmo De Progreso De La Obra. El Supervisor realizará mensualmente la evaluación del progreso de la obra con relación al programa de trabajo vigente y al cronograma de pagos. Si en opinión del Supervisor, el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lento y, por tanto no garantiza su terminación en el plazo previsto, el Supervisor de forma independiente a la aplicación de multas previstas en el contrato de obra, notificará por escrito sobre esta situación al Contratista, quien deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. Así mismo hará conocer copia de esta comunicación al Fiscal de Obra. Si en el plazo prudencial fijado por el Supervisor el Contratista no logra recuperar el atraso producido, estará obligado a presentar a consideración del Supervisor un nuevo cronograma o programa acelerado de trabajos a partir del avance alcanzado, incorporando equipo adicional a su costo y aplicación de rendimientos razonables que garanticen la terminación de la obra en el plazo final establecido. 38.16.17. Suspensión Temporal De Los Trabajos O Paralización Temporal De Los Trabajos. El Supervisor mediante orden escrita al Contratista, podrá suspender en forma temporal, sea parcial o totalmente la ejecución de la obra, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes circunstancias en el lugar de trabajo del Contratista: a) Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecución de los trabajos programados. b) Situación emergente de desastres naturales, fuerza mayor o caso fortuito. Si el Contratista se ve obligado a suspender los trabajos por causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, hará conocer esta situación al Supervisor, de forma escrita (en el Libro de Ordenes o por carta expresa), dentro de los diez (10) días calendario subsiguientes al inicio del acontecimiento. c) Condiciones de inseguridad para el personal del Contratista y del Supervisor, así como para el tráfico vehicular y el público en general, por causas ajenas al Contratista. d) Incumplimiento de las órdenes impartidas por el Supervisor. e) Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del Contratista. En cualquier caso de suspensión o paralización temporal de los trabajos, se levantará la medida tan pronto cesen las causas que motivaron la misma. En el caso de los incisos a), b) y c) la suspensión temporal dará derecho al Contratista a solicitar ampliación de plazo del contrato al Contratante a través del Supervisor, quien emitirá un informe del caso aceptando y validando lo requerido. En el caso de los incisos d) y e), la suspensión temporal no dará derecho alguno al Contratista para solicitar ampliación de plazo del Contrato, por lo que en caso que hiciese tal requerimiento será negado directamente por el Supervisor. 38.16.18. Plazo Para La Ejecución De La Obra Y Causas Para Su Ampliación. El plazo dentro del cual debe ser terminada la obra, será el estipulado en el contrato de obra. Sin
  • 58. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 55 embargo debe tomarse en cuenta que en el lapso que dure la ejecución de la obra, pueden presentarse circunstancias o razones que determinen que el plazo contractual puede ser ampliado, considerándose como causas sustentables las siguientes: Por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados con documentos y aprobados por el Supervisor. Por desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.) en el lugar de las obras o que impidan a la misma el acceso del personal, equipo, materiales o suministros logísticos necesarios para la continuación de los trabajos. Por incremento necesario en las cantidades de obra que determinen un lapso mayor de actividad del Contratista, previa compensación con las cantidades de obra que pudiese haber sido reducidas. Dicho incremento deberá estar autorizado mediante una Orden de Cambio sustentada técnica y económicamente. Toda solicitud o reclamo de ampliación de plazo de contrato deberá ser presentada por escrito dentro de los treinta (30) días calendario subsiguientes a que se haya producido el hecho. El Contratista deberá justificar razonablemente ante el Supervisor, el lapso de ampliación que requiere, sin cuyo requisito la solicitud de ampliación no podrá ser considerada por el Supervisor ni por el Contratante. A objeto de la ampliación de plazo, el Supervisor según el análisis de la documentación presentada, elaborará la respectiva Orden, junto a un informe específico sobre la procedencia de la ampliación de plazo. 38.16.19. Mantenimiento De Obra En Ejecución. El Contratista deberá mantener la obra de ejecución, en todas sus partes terminadas, en buenas condiciones, evitando que la acción de agentes atmosféricos o de otra naturaleza ocasione daños, los que de producirse deberán ser inmediatamente reparados, a satisfacción del Supervisor. La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligación dará lugar a que las cantidades de obra afectadas sean descontadas de los volúmenes de obra ejecutada, hasta que su reparación o reconstrucción haya sido satisfactoriamente realizada. Se exceptúa de este mantenimiento los daños que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o intensidad hagan imprevisibles o inútiles las medidas de preservación de la obra. 38.16.20. Inspección De La Calidad De Los Trabajos. El Supervisor ejercerá la inspección y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra. El Contratista deberá proporcionar rápidamente y sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del Supervisor, que serán efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo. El personal de inspección del Supervisor estará autorizado para llamar la atención del Contratista sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones técnicas para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos. Las instrucciones y observaciones verbales del personal del Supervisor deberán ser ratificadas por escrito, en el libro de Órdenes, que para el efecto deberá tener disponible el Contratista. Ningún trabajo será cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobación del Supervisor, y el Contratista estará obligado a solicitar dicha aprobación, dando aviso al Supervisor con la debida anticipación, cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición obligará al Contratista a realizar por su parte todos los trabajos que considere necesarios el Supervisor para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorización. Es responsabilidad del Contratista cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o ausencia del personal del campo asignado por el Supervisor en cualquier fase de los trabajos, no podrá en modo alguno exonerar al Contratista de su responsabilidad para la ejecución de la obra de acuerdo con el Contrato. 38.16.21. Remoción De Trabajos Defectuosos.
  • 59. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 56 Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos técnicos del Contrato será considerado trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado por el Supervisor antes de la recepción definitiva de la obra, que sea resultado de mala ejecución, del empleo del material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier otra causa, será removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la supervisión. Si el Contratista no ejecutara la remoción de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstrucción dentro del plazo razonablemente establecido por el Supervisor, el Contratante está facultado a realizar dichos trabajos mediante terceros. Todos los gastos que demande esta acción, serán pagados por el contratista y en consecuencia el importe se descontará de su planilla o certificado de obra, o de su garantía de cumplimiento de contrato. 38.16.22. Mediciones. Las cantidades de obra consignadas en los Formularios de propuesta del Contratista, son cantidades estimadas y no deberán tomarse como cantidades inamovibles del trabajo a ser ejecutado por el Contratista, pudiendo ser incrementadas o disminuidas dentro del margen del diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, por causas debidamente justificadas. Todas las cantidades de trabajo realmente ejecutado de acuerdo a lo establecido en el contrato, serán medidas netas en las unidades especificadas en el respectivo Formulario de la propuesta. Excepto cuando los planos o las especificaciones técnicas especiales lo establezcan de otra manera, todas las longitudes y distancias deberán medirse en proyección horizontal. Las estructuras serán medidas de acuerdo con las líneas y cotas indicadas en los planos tomando en cuenta cualquier modificación ordenada por el Supervisor, por escrito. 38.16.23. Nuevos Ítems De Trabajo No Incluidos En El Contrato. En caso que durante la ejecución de la obra se requiera la realización de trabajos no consignados en los ítems de contrato, los precios para cualquier nuevo ítem de trabajo, serán convenidos de mutuo acuerdo, pero no podrán exceder del costo calculado por el Supervisor en más del diez por ciento 10%. Los precios convenidos para cualquier nuevo ítem de trabajo y las modificaciones al plazo del Contrato, si corresponden deberán incorporarse al contrato, a través del instrumento correspondiente preparado con los sustentos técnicos y económicos respectivos por el Supervisor, que deberá ser aprobado por el Fiscal de Obra. En caso de que no pueda llegarse a un acuerdo con respecto a estos precios el Contratista continuará con la ejecución de la obra sobre una base de precio de que considere el costo más el porcentaje. 38.16.24. Inmodificabilidad De Los Precios Unitarios De Contrato. Los precios unitarios del Contrato deberán mantenerse inmodificables durante la ejecución de la obra, inclusive en el caso de que las cantidades de los ítems de contrato fuesen incrementados mediante Orden de Cambio. 38.16.25. Certificados Y Planillas Mensuales De Pago. Mensualmente el Contratista presentará por escrito y con la fecha respectiva, un certificado o planilla por el total de trabajo ejecutado hasta la fecha, emergente de la medición conjunta realizada con el Supervisor, para la aprobación de esta. El valor del pago mensual de los ítems de contrato durante el mes en cuestión será: El monto acumulado por los ítems ejecutados hasta la fecha. Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior. Menos la amortización del anticipo otorgado para movilización, de acuerdo al porcentaje establecido. 38.16.26. Firma Y Fecha En El Certificado De Pago. Cada certificado de pago deberá necesariamente llevar las siguientes firmas y la fecha en que se efectúan las mismas:  Firma del Contratista y fecha de entrega al Supervisor.
  • 60. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 57  Firma del Supervisor y fecha de entrega al Fiscal de Obra.  Firma del Fiscal de Obra, fecha de remisión a la dependencia que realiza la administración del contrato.  Firma de la instancia responsable de la administración del contrato, fecha de autorización del pago. 38.16.27. Incumplimiento En La Conclusión De La Obra Dentro Del Plazo De Contrato. De acuerdo con las estipulaciones del Contrato de obra referente al plazo para la terminación de la obra, por cada día de atraso en la conclusión de la misma, que no se encuentre debidamente justificado, el Contratista pagará una multa por mora, cuyo monto se establecerá en el Contrato. 38.16.28. Terminación De La Obra. A la terminación de la obra, el Contratista mediante carta expresa solicitará al Supervisor, el señalamiento de día y hora para la realización de una inspección conjunta, para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones, por consiguiente la obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega provisional. Realizada la inspección y una vez que el Supervisor considere técnicamente, que toda la obra se encuentra satisfactoriamente terminada, elaborará un informe para conocimiento del Contratante a través del Fiscal de Obra, estableciendo la procedencia de la recepción provisional, señalando día y hora a este fin. Este trámite deberá procesarse en un tiempo máximo de cinco (5) días hábiles computables a partir de la solicitud de recepción provisional, o acorde a los tiempos definidos contractualmente. 38.16.29. Recepción Provisional De La Obra. Una vez concluida la obra y de no mediar objeciones ni observaciones serias con la calidad y la conclusión de la obra, luego del recorrido de inspección conjunta entre el Supervisor, el Contratista y los representantes técnicos del Contratante como observadores; el Supervisor procederá a la recepción provisional de la obra, bajo su directa responsabilidad técnica, suscribiendo el Acta correspondiente con el Gerente de Proyecto en la que se indicará claramente el estado final de la obra, haciéndose constar si corresponde, todos los trabajos de corrección o complementación que el Contratista debe ejecutar dentro del período de prueba. Esta Acta también deberá ser suscrita por el Contratista (Superintendente de Obra). La fecha de solicitud de recepción provisional servirá para efectos del cómputo del plazo de ejecución de la obra. 38.16.30. Recepción Definitiva. Cumplidos los días calendarios requeridos, subsiguientes a la recepción provisional tendrá lugar la recepción definitiva de la obra. A este objeto el Contratista, mediante carta expresa indicará que han sido subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitará al Supervisor fije día y hora para la recepción definitiva de la Obra. El Supervisor en consulta con el Contratante, fijará día y hora para el verificativo de la inspección técnica final, que si corresponde se procederá a la recepción definitiva de la obra. A este acto concurrirá el Superintendente de la Obra en representación legal del Contratista, el Gerente de Proyecto en representación legal del Supervisor y los representantes técnicos que a este efecto acredite el Contratante. La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si no surgen observaciones, procederá a la redacción y firma del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a responsabilidad de la entidad Contratante, como propietaria, a los efectos de su utilización y mantenimiento. 38.16.31. Certificado Final De Pago. Inmediatamente después de que la obra haya sido concluida a satisfacción del Contratante y entregada definitivamente por el Contratista y el Supervisor, éste procederá a la preparación del certificado de medición final, el cual será sometido al conocimiento, aceptación u observaciones del Contratista, en forma escrita. El Contratante no tendrá responsabilidad alguna hacia el Contratista por cualquier reclamo emergente o relacionado con el contrato o la ejecución de la obra, o a menos que dicho reclamo esté plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas.
  • 61. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 58 Con la aprobación del Supervisor el certificado final de pago seguirá en trámite de aceptación final y pago por el Contratante. ESTOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, SON ENUNCIATIVOS Y DE ORIENTACIÓN, NO SON LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE, SI ASI LO DESEA Y A OBJETO DE DEMOSTRAR SU HABILIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, PUEDE MEJORARLO.
  • 62. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 59 39. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO El personal técnico clave requerido, es el siguiente: PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO N° Formación Cargo a desempeñar Áreas de especialización Experiencia específica (*) Cursos / seminarios realizados Tiempo mínimo de duración del curso para ser considerado en la evaluación (en horas) Área Tiempo mínimo de desarrollo en la ejecución de obra, fiscalización o de supervisión técnica para ser considerada en la evaluación (en meses) 1 ING. CIVIL GERENTE DE PROYECTO CARRETERAS 200 GERENTE EN PROYECTOS CARRETEROS 6 ESTRUCTIRAS 200 SUB GERENTE EN PROYECTOS CARRETEROS 6 GERENCIA O ADMINISTRACION DE PROYECTOS 200 SUPERINTENDENTE EN PROYECTOS CARRETEROS 6 COSTOS 200 JEFE DE FISCALIZACION EN PROYECTOS CARRETEROS 6 JEFE DE CONTROL Y MONITOREO EN PROYECTOS CARRETEROS 6 2 ING. CIVIL ESPECIALISTA EN AUDITORIAS DE SEGURIDAD VIAL INGENIERÍA VIAL O CARRETERAS/AUDITORI A DE SEGURIDAD VIAL 200 ESPECIALISTA EN AUDITORIA DE SEGURIDAD VIAL Y TRAFICO 3 SEGURIDAD DE AUDITORIA VIAL 200 SUPERVISOR ESPECIALISTA EN AUDITORIA DE SEGURIDAD VIAL Y TRAFICO 3 TRAFICO 200 ESPECIALISTA EN SEGURIDAD DE AUDITORIA VIAL EN INSTITUCIONES PÚBLICAS QUE ADMINISTRAN VÍAS O CARRETERAS. 3 MATERIALES Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD Y TRAFICO 200 ESPECIALISTA EN AUDITORIA DE SEGURIDAD VIAL Y TRAFICO EN PROYECTOS DE ESTUDIO. 3 RECONSTRUCCIÓN E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES, GESTIÓN DE SEGURIDAD VIAL, EL FACTOR Y GESTIÓN DE TRÁNSITO 3 ING. CIVIL ESPECIALISTA EN DISEÑO Y CONSTRUCCION DE CARRETERAS CARRETERAS 200 DIRECTOR DE OBRAS EN PROYECTOS CARRETEROS. 6 ESTRUCTURAS 200 ESPECIALISTA EN CARRETERAS EN PROYECTOS CARRETEROS 6 DISEÑO GEOMETRICO 200 FISCAL DE OBRA ESPECIALISTA EN DISEÑO Y/O CONSTRUCCION DE PROYECTOS CARRETEROS 6 TOPOGRAFIA 200 SUPERINTENDENTE EN PROYECTOS CARRETEROS 6
  • 63. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 60 TRAZADO DE CARRETERAS 200 ESPECIALISTA EN DISEÑO GEOMÉTRICO EN PROYECTOS CARRETEROS 6 RESIDENTE DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 4 ING. CIVIL ESPECIALISTA EN DRENAJE E HIDROLOGÍA HIDROLOGIA 200 DIRECTOR DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 CONTROL DE CUENCAS 200 ESPECIALISTA EN OBRAS DE DRENAJE E HIDROLOGÍA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 HIDRAULICA 200 FISCAL DE OBRA ESPECIALISTA EN OBRAS DE DRENAJE E HIDROLOGÍA 6 CARRETERAS 200 ELABORACION DE ESTUDIOS CARRETEROS ESPECIALISTA EN OBRAS DE DRENAJE E HIDROLOGÍA Y/O GESTION DE RIESGOS 6 ING. DE MONITOREO O ING. SEGUIMIENTO EN PROYECTOS CARRETEROS 6 RESIDENTE DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 5 ING. CIVIL O GEOLOGO ESPECIALISTA SUELOS, GEOTECNIA Y CONTROL DE CALIDAD SUELOS 200 ING. DE MONITOREO ING. SEGUIMIENTO EN PROYECTOS CARRETEROS 6 MATERIALES 200 DIRECTOR DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 GEOTECNIA 200 ESPECIALISTA SUELOS Y CONTROL DE CALIDAD EN PROYECTOS CARRETEROS 6 MECANICA DE SUELOS Y ROCAS 200 FISCAL DE OBRA ESPECIALISTA SUELOS Y GEOTECNIA 6 CONTROL DE CALIDAD 200 ESPECIALISTA EN CONTROL DE CALIDAD EN PROYECTOS CARRETEROS 6 6 ING. CIVIL ESPECIALISTA EN PAVIMENTOS CARRETERAS 200 ING. DE MONITOREO O ING. SEGUIMIENTO EN PROYECTOS CARRETEROS 6 PAVIMENTOS 200 DIRECTOR DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 ASFALTOS 200 ESPECIALISTA EN PAVIMENTOS EN PROYECTOS CARRETEROS 6 PAQUETE ESTRUCTURAL 200 FISCAL DE OBRA EN PROYECTOS CARRTEROS 6 RECICLADO DE PAVIMENTOS 200 SUPERINTENDENTE EN PROYECTOS CARRETEROS 6 PILOTES 200 RESIDENTE DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 7 ING. CIVIL ESPECIALISTA EN PUENTES Y ESTRUCTURAS CARRETERAS 200 ING. DE MONITOREO O ING. SEGUIMIENTO EN PROYECTOS CARRETEROS 6 PUENTES 200 DIRECTOR DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 ESTRUCTURAS 200 ESPECIALISTA EN PUENTES Y 6
  • 64. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 61 ESTRUCTURAS EN PROYECTOS CARRETEROS COSTOS 200 FISCAL DE OBRA ESPECIALISTA EN PUENTES Y ESTRUCTURAS 6 HORMIGONES 200 SUPERINTENDENTE EN PROYECTOS CARRETEROS 6 ESTRUCTURAS SISMO REISITENTES 200 RESIDENTE DE OBRA EN PROYECTOS CARRETEROS 6 8 ING. AMBIENTAL O RAMAS AFINES SEGÚN EL NUMERAL 8.1.1. ESPECIALISTA AMBIENTAL MEDIO AMBIENTE 200 ING. DE MONITOREO O ING. SEGUIMIENTO ESPECIALISTA AMBIENTAL 6 GESTIÓN AMBIENTAL EN CARRETERAS 200 ESPECIALISTA AMBIENTAL 6 LEGISLACION AMBIENTAL 200 FISCAL DE OBRA ESPECIALISTA AMBIENTAL 6 MANEJO Y CONTROL DE CUENCAS 200 ELABORACION DE ESTUDIOS CARRETEROS ESPECIALISTA AMBIENTAL 6 GESTION DE RIESGOS 200 TRABAJOS CON EQUIPOS MULTIDISCIPLINARIOS ESPECIALISTA AMBIENTAL 6 (*) El tiempo requerido para la experiencia específica, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de supervisión técnica.
  • 65. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 62 40. SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES La valoración de servicios de supervisión técnica similares debe considerar las siguientes categorías: # Área de experiencia específica requerida Tiempo mínimo requerido de desarrollo en la ejecución de obra, fiscalización o de supervisión técnica para ser considerado en la evaluación de la experiencia específica del proponente (en meses) 1 Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura. 6 2 Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos 6 3 Construcciones aeroportuarias y ferroviarias. 6 4 Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de: Drenaje, capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo. 6 5 Pavimentos flexibles en vías urbanas. 6 6 Estudios de Factibilidad, Impacto Ambiental y Diseño Final de Carreteras de Red Vial Fundamental de Bolivia o equivalente en su país.* 6 7 Interventorías, Asistencia Técnica y Dirección de Obras Viales 6 1. El tiempo requerido para la experiencia similar, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de supervisión técnica. 2. Cuando el plazo de ejecución de un servicio de supervisión técnica, detallado por el proponente en el Formulario A-4, cumpla con este requisito de tiempo, será considerado válido para tomarlo en cuenta como experiencia específica.
  • 66. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 63 CLASIFICACIÓN DE OBRAS PARA LA DETERMINACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA a) Proyectos Viales: - Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura. - Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos. - Túneles, puentes y viaductos comprendidos en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos. - Construcciones aeroportuarias, portuarias y ferroviarias. - Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de: Drenaje, capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo. - Muros de contención, obras de drenaje y de arte, comprendidas en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos. - Enlosetados - Empedrados - Adoquinados - Cunetas, aceras y cordones - Pavimentos rígidos y flexibles en vías urbanas. b) Para Obras de Saneamiento Básico y Riego: - Redes de agua potable - Redes de alcantarillado sanitario y pluvial - Obras civiles para redes en general - Plantas de tratamiento - Obras de rieljgo, y micro riego - Drenaje fluvial cerrado o abierto - Rellenos sanitarios c) Obras Hidráulicas: - Diques, presas y represas - Túneles de trasvase - Canales - Embovedados - Regulación de ríos - Puertos fluviales - Mantenimiento y reparación de obras hidráulicas - Defensivos d) Edificaciones: - Edificios - Hospitales - Centros de salud - Centros educativos - Centros sociales y comerciales - Instalaciones deportivas y recreativas - Terminales - Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares - Galpones y Hangares - Remodelaciones y restauraciones. f) Obras especiales: - Montaje de Sub-estaciones - Tendido de líneas eléctricas - Tendido de ductos y poliductos - Instalación de redes de gas. - Tendido de líneas telefónicas - Puentes y Viaductos. - Túneles, independiente del tipo de revestimiento - Perforación de pozos.
  • 67. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 64 PARTE III ANEXO 1 CONVOCATORIA PARA LA PUBLICACIÓN ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° LPI 007/2019-OFC PRIMERA CONVOCATORIA Se convoca públicamente a presentar propuestas para el proceso detallado a continuación, para lo cual los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES, de acuerdo a la siguiente información: Objeto de la contratación : SUPERVISION TÉCNICA, AMBIENTAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ (CON CONDICIÓN SUSPENSIVA) CUCE : 19-0291-00-949189-1-1 Tipo de convocatoria : LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL Forma de adjudicación : POR EL TOTAL Método de Selección y Adjudicación : CALIDAD, PROPUESTA TECNICA Y COSTO Precio Referencial : Bs19.664.051,00 (Diecinueve Millones Seiscientos Sesenta y Cuatro Mil Cincuenta y Un 00/100 Bolivianos) Encargado de atender consultas : Ing. Remberto Grover Huanca Condori Teléfono : (591) 2159800 Int. 2077 Fax : (591) 2159840 Correo Electrónico para consultas : rhuanca@abc.gob.bo Presentación de Propuestas : 25 de Junio de 2019, Horas 15:00; ABC – Oficina Central, Av. Mcal. Santa Cruz, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, Piso 8 Área de Contrataciones. Acto de Apertura de Propuestas (Fecha, Hora y Dirección) : 25 de Junio de 2019, Horas 15:30; ABC – Oficina Central, Av. Mcal. Santa Cruz, Edif. Centro de Comunicaciones La Paz, Piso 8 Área de Contrataciones.
  • 68. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 65 ANEXO 2 FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Documentos Legales y Administrativos Formulario A-1 Presentación de la Propuesta. Formulario A-2a Identificación del Proponente para Empresas Formulario A-2b Identificación del Proponente para Asociaciones Accidentales Formulario A-3 Experiencia General y Específica del proponente Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento Documentos de la Propuesta Económica Formulario B-1 Propuesta Económica Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado Formulario B-4 Alquileres y Misceláneos Documento para Especificaciones Técnicas Solicitadas y Propuestas Formulario C-1 Propuesta Técnica. Formulario C-2 Condiciones Adicionales
  • 69. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 66 FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA (Para Empresas o Asociaciones Accidentales) 1.DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - - SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: 2.MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario) (El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio de Supervisión Técnica) DESCRIPCIÓN MONTO NUMERAL (Bs.) MONTO LITERAL PLAZO DE VALIDEZ A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos: I.- De las Condiciones del Proceso a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC. b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación. c) Declaro, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación. d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica. g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes. h) Declaro haber realizado la Inspección Previa. i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado – RUPE, una vez presentada mi propuesta en la entidad convocante. (Excepto aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el RUPE) j) Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes. k) Acepto a sola firma de este documento, que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos, excepto los formularios A-4 y A-5 que deberán ser suscritos por el personal propuesto. l) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuestos, se encuentran inscritos en los registros que prevé la normativa vigente y que éstos no se encuentran como personal propuesto en otras propuestas.
  • 70. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 67 II.- De la Presentación de Documentos En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado del RUPE, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, cada socio, presentará la documentación detallada a continuación; excepto los documentos señalados en los incisos a), d), i), j) y l), que deberán ser presentados por la Asociación Accidental en forma conjunta. a) Certificado del RUPE que respalde la información declarada en su propuesta. b) Documento de Constitución para empresas para proponentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Comercio. c) Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. d) Poder General Amplio y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos inscritos en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder. e) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) valido y activo. f) Declaración Jurada de Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, con el sello del Banco, excepto las empresas de reciente creación. g) Certificado de Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado (CGE). h) Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones. En caso de Asociaciones Accidentales cada asociado deberá cumplir esta condición. i) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido. j) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental. k) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica del proponente. l) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica, y Formación del personal propuesto. (Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)
  • 71. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 68 FORMULARIO A-2a IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Empresas) 1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente o Razón Social: País Ciudad Dirección Domicilio Principal: Teléfonos: Número de Identificación Tributaria: (Valido y Activo) NIT Matricula de Comercio: (Actualizada) Número de Matricula Fecha de inscripción (Día Mes Año) 2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE(Suprimir este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Nombre del Representante Legal : Número Cédula de Identidad del Representante Legal : Número de Testimonio Lugar de emisión Fecha de Expedición (Día Mes Año) Poder del Representante Legal : Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos Declaro que el Poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia) 3. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax: Correo Electrónico:
  • 72. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 69 FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Asociaciones Accidentales) 1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Denominación de la Asociación Accidental : Asociados : # Nombre del Asociado % de Participación 1 2 3 Número de Testimonio Lugar Fecha de expedición (Día mes Año) Testimonio de contrato : Nombre de la Empresa Líder : 2. DATOS DE CONTACTO DE LA EMPRESA LIDER País : Ciudad : Dirección Principal : Teléfonos : Fax : Correo electrónico : 3. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Nombre del representante legal : Número Cédula de Identidad : Número de Testimonio Lugar Fecha de expedición (Día mes Año) Poder del representante legal : Dirección del Representante Legal : Teléfonos : Fax : Correo electrónico : Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contrato 4. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax: Correo Electrónico: 5. EMPRESAS INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN Cada integrante de la Asociación Accidental deberá llenar el Formato para identificación de integrantes de Asociaciones Accidentales que se encuentra a continuación
  • 73. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 70 FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PARA INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓNACCIDENTAL 1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente o Razón Social: Número de Identificación Tributaria: (Valido y Activo) NIT Matricula de Comercio: (Vigente) Número de Matricula Fecha de expedición (Día Mes Año) 2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Suprimir este numeral cuando el asociado sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Nombre del Representante Legal : Número Cédula de Identidad del Representante Legal : Número de Testimonio Lugar de emisión Fecha de Expedición (Día Mes Año) Poder del Representante Legal :
  • 74. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 71 FORMULARIO A-3 EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE [NOMBRE DE LA PROPONENTE] N° Entidad Contratante Objeto de la Contratación Lugar de Realización Monto final percibido por el contrato en Bs. Periodo de Ejecución Forma de Participación (Asociado/ no Asociado) Inicio Fin 1 2 3 4 5 … N TOTAL PERCIBIDO NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE [NOMBRE DE LA PROPONENTE] N° Entidad Contratante Objeto de la Contratación Lugar de Realización Monto final percibido por el contrato en Bs. Periodo de Ejecución Forma de Participación (Asociado/No Asociado) Inicio Fin Tiempo de Ejecución 1 2 3 4 5 … N TOTAL PERCIBIDO NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.
  • 75. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 72 FORMULARIO A-4 HOJA DE VIDA DEL GERENTE 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Nombre Completo : Número Lugar de expedición Cédula de Identidad : Edad : Nacionalidad : Profesión : Número de Registro Profesional : 2. FORMACIÓN ACADÉMICA Universidad / Institución Fechas Grado Académico Título en Provisión NacionalDesde Hasta 3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución Fechas Nombre del Curso Duración en HorasDesde Hasta 4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N° Entidad / Empresa Objeto de la Contratación Monto (Bs.) Cargo Fecha (día/mes/año) Desde Hasta 1 2 N. 5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N° Entidad / Empresa Objeto de la Contratación Monto (Bs.) Cargo Fecha (día/mes/año) Desde Hasta 1 2 N 6. DECLARACIÓN JURADA Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. (Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
  • 76. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 73 FORMULARIO A-5 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Nombre Completo : Número Lugar de Expedición Cédula de Identidad : Edad : Nacionalidad : Profesión : Número de Registro Profesional : 2. FORMACIÓN ACADÉMICA Universidad / Institución Fechas Grado Académico Título en Provisión NacionalDesde Hasta 3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución Fechas Nombre del Curso Duración en HorasDesde Hasta 4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N° Entidad / Empresa Objeto Monto (En Bs.) Cargo Fecha (día/mes/año) Desde Hasta 1 2 N 5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N° Entidad / Empresa Objeto Monto (En Bs.) Cargo Fecha (día/mes/año) Desde Hasta 1 2 N DECLARACIÓN JURADA Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. (Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
  • 77. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 74 FORMULARIO A-6 RELACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN MONTO INMUEBLES VEHÍCULOS EQUIPO PRINCIPAL EQUIPO SECUNDARIO EQUIPO DE APOYO OTROS
  • 78. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 75 FORMULARIO Nº B-1 PROPUESTA ECONOMICA Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y este fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.) DETALLE DEL SERVICIO DE Supervisión MONTO TOTAL Bs (Literal) MONTO TOTAL Bs (Numeral) SUPERVISION TECNICA, AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA CONSTRUCCION DE LA DOBLE VÍA SUCRE – YAMPARAEZ (CON CONDICIÓN SUSPENSIVA)
  • 79. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 76 FORMULARIO B-2 PRESUPUESTO TOTAL DEL COSTO DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DESCRIPCIÓN Monto (Bs) I COSTOS DIRECTOS A Honorarios mensuales del personal asignado (Formulario B-3) B Alquiler y Misceláneos (Formulario B-4). SUB TOTAL COSTOS DIRECTOS (A+B) II COSTOS INDIRECTOS C Gastos Generales. D Impuestos y otros (*). SUB TOTAL COSTOS INDIRECTOS (C+D) III UTILIDAD COSTO TOTAL DEL SERVICIO (I + II + III)
  • 80. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 77 FORMULARIO B-3 HONORARIOS MENSUALES DEL PERSONAL ASIGNADO (En Bolivianos) Nómina Especialidad Actividades a desarrollar Periodo Honorario por periodo Costo honorarios Profesionales 1 2 … N Técnicos 1 2 … N Administrativos 1 2 … N Auxiliares 1 2 … N Total
  • 81. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 78 FORMULARIO B-4 ALQUILERES Y MISCELÁNEOS N° CONCEPTO CANTIDAD UNIDAD COSTO UNITARIO (En Bolivianos) COSTO TOTAL 1 Oficinas 2 Vehículos, combustible y mantenimiento 3 Equipos (Computadoras, graficadores, reproducciones y otros) 4 Comunicaciones 5 Subcontratos 6 Pasajes 7 Viáticos 8 Otros (detalle de acuerdo a cada caso) TOTAL
  • 82. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 79 FORMULARIO C-1 PROPUESTA TÉCNICA Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 38, 39 y 40. Propuesta(*) Objetivos del Servicio de Consultoría Alcance Metodología Plan de trabajo La Experiencia General y Especifica de la Empresa debe cumplir mínimamente los siguientes requisitos: (mismo que deberá ser llenado en el formulario correspondiente) Experiencia General en Servicios de Consultoría, mínimo 5 proyectos (en los últimos 10 años). Experiencia General en Servicios de Consultoría, valor total en Consultorías (en los últimos 10 años) mayor al 70% del Precio Referencial del objeto de la contratación. Experiencia Específica, Consultoría similar de acuerdo al numeral 40, mínimo 2 proyectos (en los últimos 10 años). La Experiencia General y Especifica del Gerente y el Personal Clave debe cumplir mínimamente los siguientes requisitos (mismos que deberán ser llenados en los formularios correspondientes) Gerente de Proyecto. Profesional Ing. Civil 10 años de experiencia general mínima en proyectos civiles Mínimo 7 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista en Diseño y construcción de carreteras Profesional Ing. Civil 7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista en drenaje e hidrología Profesional Ing. Civil 7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista en suelos, geotecnia y control de calidad Profesional Ing. Civil 7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39 a tiempo completo. Especialista en Auditoria de Seguridad Vial Profesional Ing. Civil 7 años de experiencia general mínima en proyectos viales. 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a requerimiento. Especialista en Pavimentos Profesional Ing. Civil 7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles 5 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a requerimiento. Especialista en puentes y estructuras Profesional Ing. Civil 7 años de experiencia general mínima en proyectos civiles 5 años mínimo de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo. Especialista Ambiental. Profesional Ing. Ambiental o ramas afines (Biología, Ing. Civil, Geológica, Agrónomo y/o Forestal) 6 años de experiencia general en gestión ambiental 4 años de experiencia específica de acuerdo a lo solicitado en el numeral 39, a tiempo completo, con RENCA ACTUALIZADO (*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.
  • 83. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 80 FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta # Condiciones Adicionales Solicitadas (*) Puntaje asignado (definir puntaje) (**) Condiciones Adicionales Propuestas (***) 1 Experiencia General en Servicios de Supervisión Técnica, valor total en supervisiones técnicas (en los últimos 7 años) mayor al 100% del Precio Referencial del objeto de la contratación. 4 2 Experiencia Específica, en servicios de Supervisión Técnica similar (concluida), más de 3 proyectos (en los últimos 7 años). 4 3 Gerente de Proyecto, Experiencia específica en Gerencia de Servicios de Supervisión Técnica de proyectos similares concluidos (Adicionales a lo evaluado en el Formulario C-1), 1 Punto por cada proyecto, hasta un máximo de 3 Puntos. 3 Formación académica Gerente de Proyecto, se asignará un punto a cada curso correspondiente al área de especialización de acuerdo al Numeral 39, hasta un máximo de 2 puntos 2 4 Especialista en Diseño y construcción de carreteras, se asignará 1 punto por cada servicio similar concluido, (Adicionales a lo evaluado en el Formulario C-1), hasta un máximo de 3 puntos. 3 5 Formación académica del Especialista en Diseño y Construcción de carreteras se asignará un punto a cada curso correspondiente al área de especialización de acuerdo al Numeral 39, hasta un máximo de 3 puntos 3 6 Se asignara hasta un máximo de 3 puntos por el mejoramiento de la propuesta en Relación de Instalaciones y Equipamiento del formulario A-6, en referencia a los vehículos a disposición de la supervisión durante la Fase de Supervisión Técnica, Ambiental y Social del proyecto. 3 7 Especialista Ambiental, se asignará 1 punto por cada servicio similar concluido, (Adicionales a lo evaluado en el Formulario C-1), hasta un máximo de 3 puntos. 3 8 Formación académica del Especialista Ambiental, se asignará dos puntos en caso de que el especialista cuente con formación a nivel maestría en alguna de las áreas señaladas en el numeral 39. 2 9 Mejoramiento de oferta en cuanto al listado de equipo mínimos destinados a laboratorios de suelos, adicionando 1 equipo más. 2 Mejoramiento de oferta en cuanto al listado de equipo mínimos destinados a laboratorios de hormigones, adicionando 1 equipo más. 2 10 Objetivo y alcance, existen mejoras adicionales en la oferta 1 11 Metodología coherente 1 12 Plan de trabajo con detalles de acuerdo con el alcance y la metodología 2
  • 84. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 81 (*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia general o especifica del Proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad. (**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35 puntos. (***)El proponente podrá ofertar condiciones adicionales superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad del servicio de Supervisión Técnica ofertado, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido el servicio Supervisión Técnica.
  • 85. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 82 ANEXO 4 FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS Formulario V-1a Evaluación Preliminar para Empresas. Formulario V-1b Evaluación Preliminar para Asociaciones Accidentales. Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Económica. Formulario V-3 Evaluación de la Propuesta Técnica. Formulario V-4 Resumen de la evaluación Técnica y Económica
  • 86. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 83 FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR (Para empresas) DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE : - - - - - Objeto de la contratación : Nombre del Proponente : Propuesta Económica : Número de Páginas de la Propuesta : REQUISITOS EVALUADOS Verificación (Acto de Apertura) Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) PRESENTÓ Pagina N° SI NO CONTINUA DESCALIFICA DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS 1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta. 2. Formulario A-2a Identificación del Proponente, según corresponda. 3. Formulario A-3. Experiencia General y Especifica del Proponente 4. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente. 5. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave. 6. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento. 7. Garantía de Seriedad de Propuesta. PROPUESTA TÉCNICA 8. Formulario C-1.Propuesta Técnica 9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales PROPUESTA ECONÓMICA 10. Formulario B-1. Propuesta Económica 11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica. 12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado. 13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos
  • 87. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 84 FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR (Para Asociaciones Accidentales) DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE : - - - - - Objeto de la contratación : Nombre del Proponente : : Propuesta Económica : Número de Páginas de la propuesta : REQUISITOS EVALUADOS Verificación (Acto de Apertura) Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) PRESENTÓ Pagina N° SI NO CONTINUA DESCALIFICA DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS 1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta. 2. Formulario A-2b Identificación del Proponente 3. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente. 4. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave. 5. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento 6. Garantía de Seriedad de Propuesta. Además cada socio en forma independiente presentará: 7. Formulario A-3. Experiencia General y Específica del Proponente PROPUESTA TÉCNICA 8. Formulario C-1.Propuesta Técnica 9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales PROPUESTA ECONÓMICA 10. Formulario B-1.Propuesta Económica. 11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica. 12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado. 13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos
  • 88. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 85 FORMULARIO V-2 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (Este formulario no es aplicable para el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo.) DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE : - - - - - Objeto de la contratación : N° NOMBRE DEL PROPONENTE PROPUESTA ECONÓMICA (PE) ORDEN DE LA PROPUESTA A PARTIR DEL MENOR VALOR OBSERVACIONES 1 2 3 … N
  • 89. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 86 FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA Formulario C-1 (Llenado por la Entidad) PROPONENTES Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n Cumple No cumple Cumple No cumple Cumple No cumple Cumple No cumple METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE (señalar si cumple o no cumple) (señalar si cumple o no cumple) (señalar si cumple o no cumple) (señalar si cumple o no cumple) EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS PROPONENTES Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n Cumple No cumple Cumple No cumple Cumple No cumple Cumple No cumple Formulario A-3 Experiencia General y Especifica del Proponente Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente. Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave. Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE (señalar si cumple o no cumple) (señalar si cumple o no cumple) (señalar si cumple o no cumple) (señalar si cumple o no cumple) CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) PROPONENTES Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n Puntaje Asignado Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido Criterio 1 Criterio 2 Criterio n PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES 35 (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA PUNTAJE ASIGNADO Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE 35 (si cumple, asignar 35 puntos) (si cumple, asignar 35 puntos) (si cumple, asignar 35 puntos) Puntaje de las Condiciones Adicionales 35 Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT) 70
  • 90. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 87 FORMULARIO V-4 RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA (Este Formulario es aplicable solo cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo. Caso contrario suprimir este Formulario) Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente: ABREVIACIÓN DESCRIPCIÓN PUNTAJE ASIGNADO PE Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica 30 puntos PT Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica 70 puntos PTP PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA 100 puntos RESUMEN DE EVALUACIÓN PROPONENTES Proponente A Proponente B Proponente C Proponente n Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica(de acuerdo con lo establecido en el Sub Numeral 25.1.1) Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica, del Formulario V- 3. PUNTAJE TOTAL
  • 91. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 88 ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PRIMERA.- Partes Contratantes SEGUNDA.- Antecedentes Legales del Contrato TERCERA.- Objeto del Contrato CUARTA.- Plazo de Prestación del Servicio QUINTA.- Monto del Contrato SEXTA.- Anticipo SÉPTIMA.- Garantías OCTAVA.- Domicilio a efectos de Notificación NOVENA.- Vigencia del Contrato DÉCIMA.- Documentos de Contrato DÉCIMA PRIMERA.- Idioma DÉCIMA SEGUNDA.- Legislación Aplicable al Contrato DÉCIMA TERCERA.- Derechos del Supervisor DÉCIMA CUARTA.- Estipulaciones sobre Impuestos DÉCIMA QUINTA.- Cumplimiento de Leyes Laborales DÉCIMA SÉXTA.- Protocolización del Contrato DÉCIMA SÉPTIMA.- Subcontratos DÉCIMA OCTAVA Intransferibilidad del Contrato DÉCIMA NOVENA.- Causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito VIGÉSIMA.- Terminación del Contrato - Por Cumplimiento - Por Resolución VIGÉSIMA PRIMERA.- Solución de Controversias VIGÉSIMA SEGUNDA.- Modificaciones a Contrato II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO VIGÉSIMA TERCERA.- Inicio de Prestación del Servicio VIGÉSIMA CUARTA.- Fiscalización del Servicio VIGÉSIMA QUINTA.- Representante del Supervisor VIGÉSIMA SEXTA.- Personal del Supervisor VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Informes VIGÉSIMA OCTAVA.- Aprobación de Documentos y Propiedad de los Mismos VIGÉSIMA NOVENA.- Forma de Pago TRIGÉSIMA.- Facturación TRIGÉSIMA PRIMERA.- Modificaciones al Servicio TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Pago por Servicios Adicionales TRIGÉSIMA TERCERA.- Morosidad y sus Penalidades TRIGÉSIMA CUARTA.- Responsabilidad y Obligaciones del Supervisor TRIGÉSIMA QUINTA.- Suspensión de Actividades TRIGÉSIMA SÉXTA.- Certificado de Liquidación Final TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Procedimiento de Pago del Certificado de Liquidación Final TRIGÉSIMA OCTAVA.- Conformidad
  • 92. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 89 MINUTA DE CONTRATO SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE ___________ (registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato) En el registro de Escrituras Públicas a su cargo sírvase usted insertar el presente contrato de Servicios de Supervisión Técnica, para _____________________ (registrar el tipo de obra a ser supervisada y el lugar) sujeto a las siguientes cláusulas: I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES) Dirá usted que las partes Contratantes son: ______(registrar de forma clara y detallada el nombre de la ENTIDAD), con NIT N° ________(señalar el número de identificación tributaria), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara el domicilio de la ENTIDAD), en ___________ (señalar el departamento)representada legalmente por ______________ (Registrar el nombre de la MAE o del servidor público a quien se delga la competencia para la suscripción de contrato, y la Resolución de delegación correspondiente)en calidad de _________ (señalar el cargo de servidor público de suscribe el contrato), que en adelante se denominará la ENTIDAD y la___________(Registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por __________ (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del contrato), en virtud del Testimonio de Poder Nº _______ (Registrar el número) otorgado ante __________________ (Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgado el Poder), el __________ (Registrar la fecha, día, mes y año) en la __________ (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Servicios de Supervisión Técnica. SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº ___________ (registrar el número de la Licitación), convocó a empresas consultoras, interesadas en la prestación de servicios de Supervisión Técnica para que presenten sus propuestas, de acuerdo con los Términos de Referencia y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación, aprobado mediante Resolución Nº ____ de ______ (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación),proceso de contratación realizado en el marco del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y sus modificaciones. Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC) de la ENTIDAD, el mismo que fue aprobado y en base al cual, se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº _______________ (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la prestación del servicio a __________________ (registrar la razón social del adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD. (Si el RPC en caso excepcional decide adjudicar el servicio a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, debe adecuarse la redacción de la presente cláusula). TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA DEL CONTRATO) El objeto del presente contrato es la prestación de Servicios de Supervisión Técnica __________ (Describir de forma detallada el servicio a ser prestado) que en adelante se el SERVICIO, para _______ (Señalar la causa de la contratación), prestados por el SUPERVISOR, de conformidad con el DBC y la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente contrato. El SUPERVISOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos necesarios para SERVICIO hasta su conclusión, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de él y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del servicio y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento legal.
  • 93. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 90 Para la correcta prestación del SERVICIO hasta su conclusión, dentro de los Términos de Referencia que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad del mismo, el SUPERVISOR se obliga a prestar el servicio, con el personal profesional idóneo y equipo ofertado, así como todo lo necesario de acuerdo con los documentos de contratación y propuesta presentada. CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El SUPERVISOR desarrollará sus actividades, hasta la entrega de la obra, de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance de trabajo, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de ___________________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio, entre paréntesis) días calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el Fiscal de Obra expida la Orden de Proceder. El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle: 1. Movilización ___________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. 2. Periodo de realización y presentación de Productos Previos a la Construcción de acuerdo al numeral 38.13 del DBC (Antes de la ejecución de la obra) ___________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. 3. Periodo de realización de la Supervisión (durante la ejecución de la obra, hasta la entrega provisional) ___________ (registrar el número de días de forma numérica) días calendario. 4. Período de elaboración del Informe Final (lapso que media entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra) _____________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. 5. Periodo de aprobación del Informe Final, por parte de la entidad _______________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. Emitida, por escrito, la Orden de Proceder comenzará a correr el plazo de prestación del servicio, mismo que podrá ser ampliado en los casos siguientes: a) Por modificación del servicio, por parte de la ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en la cláusula Trigésima Primera, incrementando o instruyendo la realización de otros servicios de supervisión relacionados al objeto del presente contrato, lo que será consignado en el Contrato Modificatorio. b) Por demora en el pago de certificados de prestación del servicio, c) Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO) (En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de compra, establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación). El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente Contrato es de: ______________ (Registrar en forma numérica y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En contrataciones de empresas extranjeras asociadas con nacionales el monto del contrato podrá ser en moneda extranjera). Este precio corresponde a la propuesta adjudicada establecida en la propuesta económica que forma parte de este Contrato. Queda establecido que los precios consignados en la propuesta adjudicada incluyen todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del servicio de Supervisión Técnica. Este precio también comprende todos los costos referidos a salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, gastos de seguro de equipo y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos, es decir todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total del servicio, hasta su conclusión. Es de exclusiva responsabilidad del SUPERVISOR, prestar los servicios contratados dentro del monto establecido como costo del servicio, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto, a excepción de aquellos autorizados expresamente por escrito mediante los instrumentos técnico-legales previstos en este Contrato. SEXTA.- (ANTICIPO) Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del SUPERVISOR, podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del
  • 94. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 91 contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser desembolsado. El importe del anticipo será descontado en ____ (indicar el número de certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes)certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo. El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste. Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente. LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. (En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula del contrato) SÉPTIMA.- (GARANTÍAS) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El SUPERVISOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la _____ (registrar el tipo de garantía) Nº _______emitida por ______ (registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el ________ de ____________ de 20 ___ con vigencia hasta el __________ de _______________ del 20__, a la orden de ______(Registrar el nombre o razón social de la entidad), por el siete por ciento (7 %) del monto del Contrato, equivalente a: _________________ (registrar el monto de la garantía en forma literal) ____________ (registrar el monto de la garantía en forma numérica, entre paréntesis). El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el SUPERVISOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, a su sólo requerimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Empero, si se procediera a la recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrito por ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con la Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL SUPERVISOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. GARANTÍA DE CORRECTA INVERSIÓN DE ANTICIPO. El SUPERVISOR entregara a la ENTIDAD ________________ (Registrar el tipo de garantía a ser presentada) a la orden de ________ (Registrar el nombre de la entidad), por el cien por ciento (100%) del monto del anticipo solicitado por el SUPERVISOR que corresponde a ________ (registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá exceder el veinte por ciento (20%) del monto del contrato) con vigencia hasta la amortización total del anticipo. El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste. Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener
  • 95. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 92 su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente. El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo en caso de haberse otorgado anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá la responsabilidad del FISCAL DE OBRA. OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será enviada: Al SUPERVISOR: __________ (registrar el domicilio que señale el SUPERVISOR, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad) A LA ENTIDAD: _______ (registrar el domicilio de la Entidad, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad) NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO) La vigencia del presente contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él. DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO) Forman para del contrato los siguientes documentos: 10.1 Documento Base de Contratación, 10.2 Resolución de Aprobación del DBC con aclaraciones y/o enmiendas si existiesen. 10.3 Propuesta adjudicada. 10.4 Resolución de Adjudicación. 10.5 Acta de Concertación de mejores Condiciones Técnicas, cuando corresponda. 10.6 Otros documentos específicos de acuerdo a la contratación, ____________ (registrar los que correspondan). 10.7 Certificado del RUPE. 10.8 Garantía de Cumplimiento de Contrato. 10.9 Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (cuando corresponda). 10.10 Contrato de Asociación Accidental (cuando corresponda). 10.11 Poder General del Representante Legal (cuando corresponda). 10.12 Otros documentos necesarios de acuerdo al objeto de la contratación (señalar los que correspondan). DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA) El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la documentación de la prestación del servicio, deben ser elaborados en idioma castellano. DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato, al ser de naturaleza administrativa, se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones: - Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. - Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones. - Ley del Presupuesto General del Estado, aprobado para la gestión. - Otras disposiciones relacionadas directamente con la normativa anteriormente señalada. DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de LA ENTIDAD, por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al FISCAL DE OBRA, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. El FISCAL DE OBRA, dentro del lapso impostergable de diez (10) días hábiles de recibido el reclamo, analizará el mismo, debiendo emitir su informe - recomendación a la ENTIDAD, para que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará por escrito, a los fines de la respuesta al SUPERVISOR.
  • 96. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 93 En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL DE OBRA podrá solicitar el análisis del reclamo a las dependencias técnica, financiera o legal según corresponda, a objeto de procesar la respuesta al SUPERVISOR. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinticinco (25) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL DE OBRA. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula. DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del SUPERVISOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta. En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el SUPERVISOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa. DÉCIMA QUINTA.- (CUMPLIMIENTO DE LEYES LABORALES) El SUPERVISOR deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia respecto a su personal. El SUPERVISOR será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social. DÉCIMA SEXTA.- (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO) La presente minuta, será protocolizada con todas las formalidades de Ley por la ENTIDAD. El importe por concepto de protocolización debe ser pagado por el SUPERVISOR. Esta protocolización contendrá los siguientes documentos: - Minuta del Contrato (original). - Documento legal de representación de la ENTIDAD y Poder del Representante Legal del SUPERVISOR (fotocopias legalizadas). - Garantía (s) (fotocopia simple). En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos de Ley y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes. DÉCIMA SÉPTIMA.- (SUBCONTRATOS) Cuando esta previsión de subcontrato estuviese autorizada, el SUPERVISOR podrá efectuar subcontrataciones, que acumuladas no deberán exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor total de este Contrato, siendo el SUPERVISOR directo y exclusivo responsable por los trabajos, su calidad y la perfección de ellos, así como también por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en el servicio. En ningún caso el SUPERVISOR podrá pretender autorización para subcontratos que no hubiesen sido expresamente previstos en su propuesta. Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al SUPERVISOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato. DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El SUPERVISOR bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato. En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato. DÉCIMA NOVENA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de exceptuar al SUPERVISOR de determinadas responsabilidades durante la vigencia del presente contrato, el FISCAL DE OBRA tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato.
  • 97. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 94 Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de lo previsto en el Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el SUPERVISOR deberá recabar del FISCAL DE OBRA un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin el cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar luego al FISCAL DE OBRA, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades. En caso que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante Contrato Modificatorio conforme se estipula en la Cláusula Trigésima Primera. VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO)El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas: 20.1Por Cumplimiento de Contrato De forma normal, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito, en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. 20.2Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el SUPERVISOR, acuerdan las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato: 20.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al SUPERVISOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por incumplimiento en la iniciación de los servicios, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona de los trabajos. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido). b) Por disolución del SUPERVISOR (sea Empresa Consultora o Asociación Accidental de Empresas Consultoras). c) Por quiebra declarada del SUPERVISOR. d) Por suspensión del servicio sin justificación, por __________ (registrar los días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita del FISCAL DE OBRA. e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo al Cronograma. f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el SUPERVISOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente. g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas del FISCAL DE OBRA. h) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al servicio. i) Por subcontratación de una parte del servicio sin que ésta haya sido prevista en la propuesta y/o sin contar con la autorización escrita del FISCAL DE OBRA. j) Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Trigésima Tercera, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato – decisión optativa de la ENTIDAD, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria. 20.2.2 Resolución a requerimiento del SUPERVISOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El SUPERVISOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD o emanadas del FISCAL DE OBRA, con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario. b) Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de obra
  • 98. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 95 sin emisión del necesario Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago. c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de servicios aprobado por el FISCAL DE OBRA, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado de prestación de servicios por el FISCAL DE OBRA, a la ENTIDAD. 20.3Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el SUPERVISOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce. Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado. En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el SUPERVISOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva. Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al SUPERVISOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de Correcta Inversión de Anticipo (en caso de haberse otorgado), hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. El FISCAL DE OBRA a solicitud de la ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al SUPERVISOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se reconocerá al SUPERVISOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en el certificado de cómputo final de servicios prestados, emitido por el FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR preparará el Certificado de Liquidación Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes. Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del SUPERVISOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el SUPERVISOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados. 20.4Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa. LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, vía FISCAL DE OBRA, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita el FISCAL DE OBRA. El SUPERVISOR conjuntamente con el FISCAL DE OBRA, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, el FISCAL DE OBRA liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio del FISCAL DE OBRA fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos el FISCAL DE OBRA elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena. VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS). En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes, durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, DBC, propuesta adjudicada, sometidas a la jurisdicción coactiva fiscal.
  • 99. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 96 VIGÉSIMA SEGUNDA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente contrato no podrá ser modificado, excepto por causas señaladas en el Documento Base de Contratación previo acuerdo entre partes. Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y financiamiento. La referida modificación, se realizará de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO VIGÉSIMA TERCERA- (INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO) La prestación del servicio se hará efectiva, a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR reciba de forma escrita la Orden de Proceder. VIGÉSIMA CUARTA.- (FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de FISCALIZACIÓN, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como FISCAL DE OBRA a un Profesional Técnico especializado en ________(Especificar la profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en ____________ especificar la profesión – que ejercerá la función de fiscalización) de la planta de personal de la entidad contratante. El FISCAL DE OBRA, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo. El FISCAL DE OBRA, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente la ENTIDAD. La ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, observará y evaluará permanentemente el desempeño del SUPERVISOR, a objeto de exigirle en su caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones. VIGÉSIMA QUINTA.- (REPRESENTANTE DEL SUPERVISOR) Designa como su representante legal en el servicio, al GERENTE DE PROYECTO, profesional calificado en la propuesta del SUPERVISOR, como profesional titulado, con suficiente experiencia en la dirección de supervisiones similares, que lo califiquen como idóneo para llevar a cabo satisfactoriamente la prestación del servicio, será presentado oficialmente antes del inicio del trabajo, mediante comunicación escrita dirigida al FISCAL DE OBRA. El GERENTE DE PROYECTO tendrá residencia en el lugar previsto en el Documento Base de Contratación; prestará servicios a tiempo completo y está facultado para: a) Dirigir el servicio de Supervisión Técnica de la obra. b) Representar al SUPERVISOR durante toda la prestación del servicio. c) Mantener permanentemente informado al FISCAL DE OBRA sobre todos los aspectos relacionados con el servicio y la obra. d) Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del SUPERVISOR. e) Presentar el Organigrama completo del personal del SUPERVISOR, asignado al servicio. f) Es el responsable del control de la asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario. g) Cuidará de la economía con la que debe desarrollarse la prestación del servicio de Supervisión Técnica, así como de la obra que supervisa, a efectos de cumplir con el presupuesto asignado. En caso de ausencia temporal de la obra, por causas emergentes del presente contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en legal representación del SUPERVISOR. Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad, caso contrario el SUPERVISOR deberá proceder a sustituir al GERENTE de proyecto, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado.
  • 100. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 97 Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo GERENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función; cualquier acto anterior es nulo. VIGÉSIMA SÉXTA.- (PERSONAL DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR cumplirá sus deberes y responsabilidades asignando al servicio, el personal profesional y técnico experimentado, de acuerdo al número y especialidades señaladas en su propuesta, así como en ulteriores modificaciones aconsejables de acuerdo al programa de trabajo, con aprobación previa y escrita del FISCAL DE OBRA. Cualquier cambio en esta nómina tendrá carácter excepcional, y será debidamente justificado por el SUPERVISOR. 26.1 Retiro de personal del SUPERVISOR a solicitud de la ENTIDAD: EL SUPERVISOR retirará del servicio a cualquier empleado cuyo cambio justificado sea solicitado por el FISCAL DE OBRA, sustituyéndolo por otro de nivel similar o superior. En este caso, los gastos que resulten emergentes del cambio, correrán por cuenta del SUPERVISOR. 26.2 Seguros: El SUPERVISOR contratará los seguros, por los conceptos siguientes, cuyo costo está incluido en los precios de contrato: a) Accidentes o incapacidad para el personal del SUPERVISOR, de acuerdo a la Ley General del Trabajo de Bolivia. b) Seguro contra todo riesgo, de los vehículos y equipo asignados al servicio. 26.3 Coordinación con la oficina central del SUPERVISOR: El personal del SUPERVISOR de la Oficina Principal de éste, coordinará y efectuará un control adecuado de la marcha del servicio, manteniendo contacto permanente con el GERENTE DEL PROYECTO (o con el suplente legal de éste), visitando periódicamente y cuantas veces sea necesario, en el lugar de prestación del servicio las oficinas y lugares de trabajo. Los salarios, pasajes y viáticos del personal que realice esta coordinación o seguimiento, no serán reconocidos de forma separada, por cuanto forman parte de los costos indirectos de la propuesta del SUPERVISOR. VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (INFORMES) El SUPERVISOR, someterá a la consideración y aprobación de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, los siguientes informes: 27.1Informe Inicial: Un informe inicial, en ___________ (Registrar el número) ejemplares, a los ___________(Registrar el plazo de forma literal) días calendario de la recepción de la Orden de Proceder, conteniendo un cronograma detallado de sus actividades, ajustado a la fecha de Orden de Proceder, indicando como se propone ejecutar y concluir el servicio. Este cronograma, una vez aprobado, solamente podrá ser modificado con la aprobación escrita de la ENTIDAD, en la instancia competente. 27.2Informes Previos a la Construcción: Estos Informes se detallan en el numeral 38.13. de los Términos de Referencia del DBC, tanto en producto como en plazo, en ___________ (Registrar el número) ejemplares. 27.3Informes Periódicos: Los informes periódicos (no repetitivos), en ______________(registrar el número) ejemplares serán presentados Al FISCAL DE OBRA y contendrán el avance del producto final contratado, consignado en el Documento Base de Contratación y un detalle de: a) Problemas más importantes encontrados en la prestación del servicio o en el desarrollo de obra y el criterio técnico que sustentó las soluciones aplicadas en cada caso. b) Personal empleado por el SUPERVISOR en el periodo reportado. c) Actividades realizadas por el SUPERVISOR. d) Estado de avance de la obra en comparación con el cronograma de ejecución vigente. e) Comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista y con el FISCAL DE OBRA. f) Información sobre modificaciones (si se procesaron en el periodo). g) Información miscelánea. (Si se trata de productos intermedios completos, la Entidad Contratante debe registrar en esta cláusula dichos productos de forma específica, en sustitución de lo precedentemente detallado). 27.4Informes Especiales: Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal del servicio o de la obra, a requerimiento de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR emitirá informe especial sobre el tema especifico requerido, en _________ (Establecer el número) ejemplares, conteniendo el detalle y las recomendaciones para que la ENTIDAD pueda adoptar las decisiones más adecuadas. 27.5 Producto Final: En el lapso que medie entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra, el SUPERVISOR emitirá un informe final del servicio de supervisión
  • 101. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 98 técnica que le cupo realizar, incluyendo todos los aspectos y elementos previstos en el Alcance de Trabajo y Propuesta presentada. Este informe contendrá también las respectivas conclusiones y recomendaciones (De mantenimiento si corresponde al tipo de obra) a efectos de que la ENTIDAD tome y asuma las acciones técnicas, económicas, legales u otras que correspondan. El informe final debe ser presentado por el SUPERVISOR dentro del plazo previsto, en_______ (Especificar el número) ejemplares. El informe final, deberá ser analizado por la ENTIDAD, en el nivel operativo correspondiente dentro del plazo máximo de veinte (20) días calendario desde su presentación. Emitida su aceptación y aprobación por el FISCAL DE OBRA, éste autorizará el pago final a favor del SUPERVISOR. En caso que el informe final presentado fuese observado por el FISCAL DE OBRA, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, el mismo será devuelto al SUPERVISOR, para que éste realice ya sea las complementaciones o correcciones pertinentes, dentro del plazo que el FISCAL DE OBRA prevea al efecto de forma expresa en la carta de devolución del informe final. Concluido el plazo señalado, el SUPERVISOR presentará el informe final y el trámite de aprobación, se procesará conforme lo previsto en la presente Cláusula. VIGÉSIMA OCTAVA.- (APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y PROPIEDAD DE LOS MISMOS) 28.1 Procedimiento de aprobación: El FISCAL DE OBRA, una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen del supervisión y hará conocer al SUPERVISOR sus observaciones dentro del plazo máximo de _____ (registrar el plazo literalmente de acuerdo a la magnitud del servicio y registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles computados a partir de la fecha de su presentación. Este plazo no incluye el de las posibles observaciones, comentarios o solicitudes de información adicionales. EL SUPERVISOR se obliga a satisfacer dentro del plazo de _____ (registrar el plazo literalmente, de acuerdo a la magnitud de lo requerido) ______ (registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de su recepción, cualquier pedido de aclaración efectuado por el FISCAL DE OBRA o a través de éste de la ENTIDAD. Si dentro de los ____ (registrar el plazo literalmente, de acuerdo a la magnitud del servicio) (registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de la presentación de los documentos, el FISCAL DE OBRA no envía sus observaciones al SUPERVISOR, se aplicará el silencio administrativo positivo, o sea que las partes considerarán que dichos documentos cuentan con la aprobación del FISCAL DE OBRA. 28.2 Propiedad de los documentos emergentes de la Supervisión: El informe final en original, copia y fotocopias del mismo, como su soporte magnético, y otros documentos resultantes de la prestación del servicio, así como todo material que se genere durante los servicios del SUPERVISOR, son de propiedad de la ENTIDAD y en consecuencia, deberán ser entregados a ésta a la finalización de los servicios de Supervisión, quedando absolutamente prohibido al SUPERVISOR difundir dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento escrito previo de la ENTIDAD. El presente Contrato otorga a la ENTIDAD el derecho de autor, derechos de patente y cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los documentos emergentes de la Supervisión, en cumplimiento del Contrato. El SUPERVISOR está prohibido de divulgar o revelar cualquier información reservada y confidencial a la que pueda tener acceso en la ejecución del Contrato, a menos que se le haya autorizado por escrito. Esta prohibición se extiende igualmente a los empleados, representantes y subcontratistas del SUPERVISOR. El SUPERVISOR solo podrá mencionar el servicio a terceros, como prueba de sus antecedentes profesionales, sobre lo cual la ENTIDAD emitirá la certificación detallada pertinente. VIGÉSIMA NOVENA.- (FORMA DE PAGO) Los pagos para las fases de Productos Previos a la Construcción y Cierre del Proyecto, serán efectuados en conformidad al procedimiento establecido en el numeral 38. Términos de Referencia, punto A. TÉRMINOS DE REFERENCIA ESPECÍFICOS, subnumeral 38.13. CONDICIONES DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO, del DBC. El pago será paralelo al progreso del servicio de Supervisión de acuerdo al avance de la obra bajo una modalidad mixta condicionada, a este fin, mensualmente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada mes vencido, el SUPERVISOR presentará su planilla de pago.
  • 102. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 99 En base al avance de obra y la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales, se efectuará el pago de la siguiente manera: a) El monto cancelado a la SUPERVISIÓN en el certificado de pago de cada mes, será de acuerdo al porcentaje de avance físico de obra ejecutado en el mes por el CONTRATISTA. b) En caso de que el monto mensual establecido por avance de obra sea menor al necesario para que la SUPERVISIÓN realice sus actividades de manera regular según su propuesta actualizada; este monto mensual será incrementado hasta cubrir el monto mensual según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales. Este incremento acumulado no podrá exceder más del 20% del monto de su contrato y debe ser deducido en el certificado de pago correspondiente al mes donde el monto mensual según la Planilla de Gastos Mínimos Mensuales sea menor al monto certificado por avance de obra, esta deducción se aplicará en uno o varios certificados hasta cubrir el 100% del monto incrementado. A efectos de la aplicación del inciso b) el SUPERVISOR en un plazo de diez días posteriores a la actualización del cronograma de ejecución de obra del CONTRATISTA actualizará su propuesta, esto no significa la variación de ningún porcentaje ni incremento de ningún componente, es simplemente la reasignación de los recursos de su propuesta en conformidad al cronograma real de ejecución de la obra; y elaborará su Planilla de Gastos Mínimos Mensuales; en base a los Costos Directos (Formularios Actualizados B-3 y B-4) en ningún caso podrá incluirse en esta planilla los Costos Indirectos ni las utilidades. El SUPERVISOR presentará al FISCAL DE OBRA, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado por el Gerente de Proyecto, que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios establecidos, de acuerdo a los trabajos desarrollados. De no presentar el SUPERVISOR el informe periódico y el respectivo certificado de pago dentro del plazo previsto; los días de demora serán contabilizados por el FISCAL DE OBRA, a efectos de deducir los mismos del plazo que la ENTIDAD en su caso pueda demorar en la efectivización del pago del citado certificado. El FISCAL DE OBRA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir el informe periódico y en versión definitiva el certificado de pago; indicará por escrito su aprobación o devolverá el informe y el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el SUPERVISOR, en éste último caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el informe y certificado, con la nueva fecha. El informe periódico y el certificado de pago aprobado por el FISCAL DE OBRA, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda, para el procesamiento del pago. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción. El pago de cada certificado de prestación de servicios, se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD para el pago. El SUPERVISOR recibirá el pago del monto certificado, menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado no se realizara dentro de los treinta y tres (33) días hábiles computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD para el pago; el SUPERVISOR tendrá derecho a reclamar por el tiempo transcurrido desde el día treinta y tres (33) hasta el día en que se haga efectivo el pago, la ampliación de plazo por día de demora. Si en ese tiempo, el pago que se realiza es parcial, sólo podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje al que falta recibir en pago.
  • 103. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 100 Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago por el FISCAL DE OBRA; el SUPERVISOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario para depósitos en caja de ahorro en moneda nacional que publica periódicamente el Banco Central de Bolivia, de la semana anterior a la que se vaya a fijar el interés, el mismo que será dividido en trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicado por los días de retraso en que incurra la ENTIDAD. En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado. A este fin el SUPERVISOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago (en días), mediante nota dirigida al FISCAL DE OBRA dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a la fecha de haberse hecho efectivo el pago parcial o total, quien pondrá de inmediato a conocimiento de la ENTIDAD, para que independientemente del pago de intereses, establezca las causas de la demora de pago y asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan. En cada caso, el informe del FISCAL DE OBRA consignará también la deducción de los días de demora en la presentación del certificado en que en su caso hubiese incurrido el SUPERVISOR. En caso de que el SUPERVISOR, no presente al FISCAL DE OBRA el respectivo certificado de avance de obra hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en la presente Cláusula, el FISCAL DE OBRA deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del servicio prestado que disponga y la enviará para la firma del GERENTE DE PROYECTO, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicancias posteriores de esta omisión. El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, será el establecido precedentemente. TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El SUPERVISOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago. TRIGÉSIMA PRIMERA.- (MODIFICACIONES AL SERVICIO) 31.1 Sólo podrán introducirse modificaciones a la prestación de los servicios de supervisión establecidos en el objeto del presente Contrato, en caso de aplicación del inciso a) del Artículo 89 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. 31.2 La ENTIDAD, o el FISCAL DE OBRA designado, previo el trámite respectivo de aprobación, podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias y con tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito al SUPERVISOR y éste deberá cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones: a) Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano del servicio de Supervisión. b) Incrementar o disminuir cualquier parte del servicio previsto en el Contrato. c) Prestar servicios adicionales inherentes a la Supervisión de la misma obra, que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios establecidos en el Contrato. Ninguna de estas modificaciones podrá viciar o invalidar el Contrato, ni serán ejecutadas por el SUPERVISOR sin una orden previa escrita. 31.3 El FISCAL DE OBRA o la ENTIDAD, puede ordenar las modificaciones únicamente a través de un Contrato Modificatorio, sólo en caso extraordinario en que el servicio deba ser complementado y se determine una modificación significativa en la Supervisión que conlleve un decremento o incremento en los plazos o alcance. El FISCAL DE OBRA deberá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta(s) modificación(es) no deberá(n) exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. En caso de que signifique una disminución en el servicio, deberá concertarse previamente con el SUPERVISOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. El informe-recomendación y antecedentes será cursado por el FISCAL DE OBRA a la ENTIDAD, quien luego de su
  • 104. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 101 análisis a través de __________________ (Registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento del servicio), realizará el procesamiento del análisis legal y formulación del Contrato, antes de su suscripción. 31.4 El Contrato Modificatorio debe ser emitido y suscrito de forma previa a la prestación de los servicios por parte del SUPERVISOR, en ningún caso constituye un documento regularizador de procedimiento de prestación de los servicios, excepto en casos de emergencia probada, que incida en la prestación del servicio objeto de la Supervisión. TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (PAGO POR SERVICIOS ADICIONALES) Los servicios adicionales ordenados conforme la modalidad descrita en la cláusula Trigésima Primera, serán pagados según lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio. En caso de existir estos servicios adicionales prestados, el SUPERVISOR de forma mensual consignará los mismos en el certificado de pago. TRIGÉSIMA TERCERA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor debidamente comprobados por el FISCAL DE OBRA, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas: Multas por morosidad: a) Equivalente al 3 por 10.000,00 del monto total del Contrato por cada día de atraso; Cuando el SUPERVISOR, no entregará los documentos establecidos en la cláusula Vigésima Séptima dentro de los plazos previstos en el cronograma, en versión definitiva. b) Penalidad equivalente al 1 por 1.000 del monto total del contrato efectuada la segunda llamada de atención por el FISCAL DE OBRA, por un mismo hecho; cuando el SUPERVISOR incurra u omita los siguientes aspectos:  Cuando se demore más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por el FISCAL DE OBRA, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.  Falta de dotación de equipamientos establecidos en el Documento Base de contratación  Desmovilización de personal propuesto por 5 días discontinuos en un mes.  Por uso indebido del equipamiento u otro instrumento dotado por la entidad para el desarrollo del servicio.  Por incumplimiento a instrucciones impartidas por el fiscal de obra.  Por la presentación de documentos solicitados incompletos o mal elaborados. De establecer el FISCAL DE OBRA que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite máximo del diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima. Multas por cambio de personal. El SUPERVISOR se hará pasible a la multa de Bs. 50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos), toda vez que solicite a la ENTIDAD, a través del FISCAL DE OBRA, autorización para sustituir a cualquier personal técnico, que habiendo sido evaluado en la calificación técnica de su propuesta, no ingrese a prestar servicios o que prestando servicios, sea sustituido por cualquier causa, excepto incapacidad física del profesional, caso de muerte o rendimiento bajo por causas de salud. En cualquiera de los casos el SUPERVISOR deberá acreditar oportunamente con los certificados respectivos, la causa aducida. La reincidencia en el cambio del personal clave por parte del SUPERVISOR se hará también pasible a una multa de Bs. 50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos) por cada personal profesional cambiado. Multas por excedente sobrevalorado.
  • 105. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 102 Cualquier modificación del presupuesto de obra o plazo planteado por el SUPERVISOR podrá ser evaluada por una comisión técnica especial, si la ABC lo considera necesario para ratificar la idoneidad de la propuesta. Si la diferencia entre la modificación de la supervisión y la evaluación de la comisión supera el 5% del monto evaluado, la supervisión será pasible a una multa del 20% del excedente sobrevalorado. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL DE OBRA, con base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley N° 1178. TRIGÉSIMA CUARTA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR) 34.1 Responsabilidad Técnica: El SUPERVISOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y propuesta técnico-económica, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En consecuencia el SUPERVISOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación. En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el SUPERVISOR es responsable ante el Estado. El SUPERVISOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los pagos que de estos deriven. No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del servicio encomendado al SUPERVISOR, o de los resultados o recomendaciones de éste. Bajo esta responsabilidad se establece que el SUPERVISOR, se hará pasible a las sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía legal correspondiente. 34.2 Responsabilidad Civil: El SUPERVISOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato. TRIGÉSIMA QUINTA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente los servicios que presta el SUPERVISOR en la supervisión técnica de la obra, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al SUPERVISOR por escrito por intermedio del FISCAL DE OBRA, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial. En este caso la ENTIDAD reconocerá a favor del SUPERVISOR los gastos en que éste incurra por mantenimiento del personal en la obra objeto de la Supervisión, siempre y cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los (10) diez días calendario. A los efectos del pago de estos gastos, el FISCAL DE OBRA llevará el control respectivo de personal paralizado y elaborará el respectivo informe conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se sustente el pago y la ampliación del plazo. Asimismo, el SUPERVISOR podrá comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la supervisión técnica de la obra, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al SUPERVISOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Cuando el servicio fuera totalmente suspendido por más de diez (10) días calendario a efectos de reconocimiento del pago, se seguirá el procedimiento ya previsto en la presente Cláusula. Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia del SUPERVISOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte
  • 106. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 103 del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna ampliación del plazo del servicio, ni corresponderá pago alguno por el personal parado. TRIGÉSIMA SEXTA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la entrega del informe final, el SUPERVISOR elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio y lo presentará al FISCAL DE OBRA, en versión definitiva con fecha y firma del Gerente del Proyecto. El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD no darán por finalizada la revisión de la liquidación, si el SUPERVISOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del contrato y de sus documentos anexos, por lo que el FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD podrán efectuar correcciones en el Certificado de Liquidación Final y se reservarán el derecho de que aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que resultasen como indebidamente pagados al SUPERVISOR. El cierre de contrato deberá ser acreditado con un certificado de terminación del servicio de supervisión técnica, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado. Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al SUPERVISOR, por negligencia o impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación. TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- (PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL) El SUPERVISOR deberá tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado de Liquidación Final los siguientes conceptos: a) Sumas anteriores ya pagadas en los certificados mensuales. b) Reposición de daños, si hubieren. c) El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes. d) Las multas y penalidades, si hubieren. e) Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiere hecho efectivo oportunamente. Asimismo, el SUPERVISOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) calendario de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por el FISCAL DE OBRA, éste lo remitirá a la dependencia de la ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio, para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo. Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula Vigésima Novena del presente Contrato, para el pago de saldos en caso que existiesen TRIGÉSIMA OCTAVA.- (CONDICION SUSPENSIVA) De conformidad a lo previsto en la Resolución Administrativa ABC/PRE/133/2018 de 08 de mayo de 2018 queda establecido que la vigencia del presente Contrato se encuentra con modalidad de condición suspensiva, siendo atribución solo de la entidad contratante, declararla como cumplida o fallida, siendo el hecho futuro y eventual los siguientes: - En el caso de financiamiento externo, se suscriba el respectivo Convenio de Crédito (financiamiento), el mismo sea aprobado mediante Ley y se dé cumplimiento a la Constitución Política del Estado, y se cuente con la respectiva certificación presupuestaria por la totalidad del monto del contrato. - En el caso de financiamiento interno, se realicen las gestiones necesarias para la asignación y gestiones presupuestarias y se cuente con la respectiva certificación presupuestaria por la totalidad del monto del contrato.
  • 107. Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública ___________________________________________________________________________________________________ 104 - El SUPERVISOR entregue a conformidad del CONTRATANTE la respectiva garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo de hasta veinte (20) días hábiles, computables desde el requerimiento que realice el CONTRATANTE. - La condición impuesta en el inciso a) de esta Cláusula debe ser cumplida en el plazo de hasta doce (12) meses de suscrito el presente Contrato. Se deja establecido que el presente Contrato quedará sin efecto legal alguno en caso de no cumplirse con cualquiera de las condiciones antes señaladas, quedando exonerada la ENTIDAD ante cualquier reclamo por concepto de gastos y otra responsabilidad en la que haya incurrido el proponente. Asimismo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, se debe mantener vigente hasta 40 días hábiles después de levantarse la condición suspensiva, la cual podrá ser ejecutada en caso de que el SUPERVISOR no presente la Garantía de cumplimiento de Contrato en el plazo establecido. TRIGÉSIMA NOVENA.- (CONFORMIDAD) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento firman el presente Contrato, en cuatro ejemplares en idioma castellano de un mismo tenor y validez, el ___________ (Registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Supervisión), en representación legal de la ENTIDAD, y el__________ (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISOR, habilitado para la firma del Contrato) en representación legal del SUPERVISOR. Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado. Usted Señor Notario se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y seguridad. (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribirá el Contrato) (Registrar el nombre y cargo del Funcionario habilitado para la firma del contrato) (Registrar el nombre del SUPERVISOR)