La ley 19.530, promulgada el 24 de agosto, obliga a empresas e instituciones públicas y privadas a contar con salas de lactancia materna, asegurando privacidad, seguridad, e higiene para las usuarias. Esta norma aplica a lugares con 20 o más mujeres o 50 o más empleados, y los espacios deben ser acondicionados en un plazo de nueve meses. El incumplimiento será fiscalizado por los ministerios de salud pública y de trabajo, con sanciones económicas correspondientes.