Procesal Penal
29.40
Ubicar el reglamento de documentación policial referido al atestado o parte policial
(pág 65) Reglamento informe policial
Manual de documentación Policial
Se encuentra en el Capítulo X
ATESTADO POLICIAL
A. Definición:
Documento policial que contiene la información del hecho criminal, diligencias realizadas, análisis y
evaluación de los hechos, conclusiones, situación del implicado y especies, finalmente los anexos.
Constituye el instrumento policial de denuncia ante la autoridad competente, en los lugares donde no
se encuentra en vigencia el nuevo Código Procesal Penal.
B. Consideraciones para su formulación:
1. Debe contener detalles objetivos basados en hechos concretos y probados.
2. Seguirá un proceso metodológico de análisis y síntesis.
3. Las conclusiones deben ser precisas y determinantes.
4. La redacción debe hacerse en tercera persona.
C. Contenido:
1. La forma y circunstancias de la comisión o infracción punible.
2. La identificación de los agraviados, testigos y de los presuntos autores y cómplices.
3. La individualización y el grado de responsabilidad de los implicados.
4. Las circunstancias agravantes y atenuantes.
5. Los elementos probatorios del delito.
D. Estructura:
1. Encabezamiento
a. Membrete de la Unidad.
b. Denominación, número, año y siglas de la Dependencia Policial.
c. Asunto, indicando el hecho o infracción punible, lugar y fecha de la comisión; nombres, apellidos,
“alias” (si fuera el caso) y edad de los presuntos autores y agraviados, montos; y autoridades
competentes que deben conocer el hecho.
2. Cuerpo
a. Información.- Transcripción de la denuncia, ocurrencia u otro documento que dio origen a la
investigación.
b. Investigaciones.- Consignar las diligencias practicadas para obtener los indicios, evidencias que
permitan identificar al autor o autores, y determinar la forma y circunstancias como se produjeron los
hechos; comprende:
(1) Inspección Técnico – Policial (ITP).- Referida al examen inmediato y minucioso en la escena del
delito bajo los lineamientos criminalísticas y policiales.
(2) Entrevistas e interrogatorios.
(3) Confrontaciones.
(4) Actas.
(5) Registros de personas, vehículos o domicilios.
(6) Decomisos e Incautaciones.
(7) Reconocimiento Médico Legal.
(8) Peritajes y Exámenes.
(9) Citaciones.
(10) Detenciones.
(12) Otros.
(13) Resumen de Manifestaciones.- Síntesis de las partes más importantes de las declaraciones
obtenidas.
(14) Evaluación de elementos probatorios.- Análisis, cotejo y valoración de los indicios, evidencias,
pericias, exámenes complementarios y de las declaraciones recibidas, de acuerdo a las
circunstancias.
c. Antecedentes.-
(1) Referenciales (Policiales, INTERPOL, DIRIN, DIRANDRO, DIRCOTE, DIRSEG entre otros).
(2) Antecedentes policiales
(3) Requisitorias.
(4) Datos de identificación (RENIEC).
d. Análisis de los hechos.- Aplicando la metodología de la investigación criminal.
e. Conclusiones.- Determina el grado de responsabilidad de los implicados, precisando de manera
clara los artículos donde se encuentre tipificada la conducta punible.
f. Situación de los implicados, especies o bienes.- Es la condición o situación legal de los
implicados al final de la investigación (detenido, citado, otros), de las especies y bienes (incautada,
inmovilizada, comisada, otros)
g. Anexos.- Comprende:
(1) Manifestaciones o referencias.
(2) Confrontaciones.
(3) Peritajes, resultados de exámenes.
La Constitución Política del Perú en su artículo 166 establece la finalidad fundamental de la Policía
Nacional del Perú; para cumplir esta misión debe perennizar su actuación mediante diversos
documentos de uso exclusivo en la Policía Nacional del Perú, por lo que resulta necesaria la
actualización y adecuación del Manual de Documentación aplicado a la función policial.
Finalidad de la Policía Nacional
Artículo 166.- La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y
restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el
cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y
combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.
#####################################
31.10
Carpeta Auxiliar
Buscar reglamento
Hoja de estrategia de investigación
REGLAMENTO DE LA CARPETA FISCAL
CAPÍTULO I. —NORMAS GENERALES
Artículo 4º.— Carpeta fiscal
La carpeta fiscal es el instrumento técnico de trabajo que se abre para la documentación de las
actuaciones de la investigación y contiene lo siguiente:
1. La denuncia
2. El Informe Policial de ser el caso
3. Las diligencias de investigación que se hubieran realizado o dispuesto
ejecutar
4. Los documentos obtenidos
5. Los dictámenes periciales realizados
6. Las actas levantadas
7. Las disposiciones emitidas
8. Las providencias dictadas
9. Los requerimientos formulados
10. Las resoluciones emitidas por el Juez de la Investigación Preparatoria, y,
11. Toda documentación útil a los fines de la investigación.
Esta constituye la carpeta original, y será la que se remita al Juez con los requerimientos de acusación,
sobreseimiento y otras actuaciones que así lo exijan y en la forma prevista en el Código Procesal
Penal.
Los demás documentos e instrumentos de trabajo, como formatos, resúmenes, notificaciones, oficios,
cargos, copias, hipótesis y estrategias de trabajo relacionadas con la investigación y con el proceso,
entre otros, conforman la carpeta auxiliar, que se conserva en la Fiscalía para fines del trabajo fiscal
y verificación de los actos procesales realizados.
#####################################
38:00
Buscar una disposición de formalización de continuación de la investigación preparatoria:
336 incs 2
a que hechos corresponde; ¿cómo es la solución típica?, aspectos
#####################################
45:50
Averiguar sobre el impedimento de salida de Vizcarra
Pasa de la preliminar a la preparatoria, porque ya no tiene la envestidura que le facultaba el cargo de
presidente.
Para hechos anteriores no tiene protección
La jueza María de los Ángeles Álvarez declaró fundado el requerimiento de 18 meses de impedimento
de salida del país contra el expresidente Martín Vizcarra por el caso Club de la Construcción. La
medida no será apelada por la defensa legal del exmandatario.
El fiscal Germán Juárez Atoche, fiscal provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa
Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, formuló requerimiento de impedimento de
salida del país por 12 meses contra el expresidente Martín Vizcarra Cornejo.
Vizcarra acudió esta mañana al Ministerio Público para cumplir con una citación por el caso Club de
la Construcción, pero la diligencia fue postergada.
Vizcarra Cornejo estuvo junto a su abogado Fernando Ugaz, quien lo acompañó durante la
presentación del exmandatario ante el Pleno del Congreso por la moción de vacancia.
****Obrainsa e ICCGSA por las obras Lomas de Ilo y Hospital de la región.
La disposición de formalización y continuación de la Investigación preparatoria
Tacna, 02 de Mayo del 2014
Son varios los imputados, entre funcionarios, empleados de seguridad, y bueno la joyita aquí es Fidel
Carita
Fidel Carita, mediante convocatoria contrata como agentes de seguridad ciudadana de la
Municipalidad provincial de Tacna-- fecha 27 enero 2011.
Pero dichos agentes en vez de dar los servicios para los q fueron contratados, lo que hicieron fue
brindar seguridad privada a la casa de Fidel Carita, además de apoyar en la limpieza de la casa.
Vestían de ropa civil.
Desde febrero hasta diciembre
En el 2012 y 2013 o que hacían ya era cuidar la casa, pero sin contrato con la municipalidad, sino con
pago directo.
Y posteriormente, el pago se hacía con dinero de la EPS Tacna, ya que era presidente de la junta de
accionistas de la EPS, a través de planillas.
Uno de estos agentes de seguridad, aparece como si hubiese laborado en algunas obras de
ampliación de red de agua entre otros
Delito de Peculado Doloso 387 CP-
3 empleados de la subgerencia de seguridad ciudadana de la municipalidad Provincial de Tacna,
prestaron servicios de seguridad privada.
Así también cuando estos agentes deberían cumplir su labor en la EPS, en realidad prestaban
servicios de seguridad privada
Malversación de fondos 389 CP-
Destinó dinero de la Municipalidad para pagar a estos supuestos agentes de seguridad.
Además de Fidel Carita, Gerente general, jefe de logística de la EPS, haber destinado dinero de la
EPS para seguridad privada.
Juan Yuri Arcaya, prestó auxilio dolosamente para que se cometa este delito de peculado, pues este
se encargaba de registrar como presentes en la asistencia, de sus verdaderas labores.
Encubrimiento Real 405
Asociación ilícita para delinquir 317
SE DISPONE
Recepción de la declaración
Recepción de declaración ampliatoria de los imputados.
Requerimiento del informe del monto de las prestaciones a la Municipalidad Provincial de Tacna.
Requerimiento del informe del monto de las prestaciones a la EPS.
Requerimiento de las pruebas de audio video fotografías.
Requiere que estas pruebas pasen por un pericia para establecer su autenticidad.
Requiere la transcripción y visualización de estos.
Requiere antecedentes penales y policiales de los imputados.
Además de las diligencias q considere necesarias.
y por último:
Que se ponga en conocimiento del Juez de Inv Preparatoria de Tacna

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  • 1. Procesal Penal 29.40 Ubicar el reglamento de documentación policial referido al atestado o parte policial (pág 65) Reglamento informe policial Manual de documentación Policial Se encuentra en el Capítulo X ATESTADO POLICIAL A. Definición: Documento policial que contiene la información del hecho criminal, diligencias realizadas, análisis y evaluación de los hechos, conclusiones, situación del implicado y especies, finalmente los anexos. Constituye el instrumento policial de denuncia ante la autoridad competente, en los lugares donde no se encuentra en vigencia el nuevo Código Procesal Penal. B. Consideraciones para su formulación: 1. Debe contener detalles objetivos basados en hechos concretos y probados. 2. Seguirá un proceso metodológico de análisis y síntesis. 3. Las conclusiones deben ser precisas y determinantes. 4. La redacción debe hacerse en tercera persona. C. Contenido: 1. La forma y circunstancias de la comisión o infracción punible. 2. La identificación de los agraviados, testigos y de los presuntos autores y cómplices. 3. La individualización y el grado de responsabilidad de los implicados. 4. Las circunstancias agravantes y atenuantes. 5. Los elementos probatorios del delito. D. Estructura: 1. Encabezamiento a. Membrete de la Unidad. b. Denominación, número, año y siglas de la Dependencia Policial. c. Asunto, indicando el hecho o infracción punible, lugar y fecha de la comisión; nombres, apellidos, “alias” (si fuera el caso) y edad de los presuntos autores y agraviados, montos; y autoridades competentes que deben conocer el hecho. 2. Cuerpo a. Información.- Transcripción de la denuncia, ocurrencia u otro documento que dio origen a la investigación. b. Investigaciones.- Consignar las diligencias practicadas para obtener los indicios, evidencias que permitan identificar al autor o autores, y determinar la forma y circunstancias como se produjeron los hechos; comprende: (1) Inspección Técnico – Policial (ITP).- Referida al examen inmediato y minucioso en la escena del delito bajo los lineamientos criminalísticas y policiales. (2) Entrevistas e interrogatorios. (3) Confrontaciones. (4) Actas. (5) Registros de personas, vehículos o domicilios. (6) Decomisos e Incautaciones. (7) Reconocimiento Médico Legal. (8) Peritajes y Exámenes. (9) Citaciones. (10) Detenciones. (12) Otros. (13) Resumen de Manifestaciones.- Síntesis de las partes más importantes de las declaraciones obtenidas. (14) Evaluación de elementos probatorios.- Análisis, cotejo y valoración de los indicios, evidencias, pericias, exámenes complementarios y de las declaraciones recibidas, de acuerdo a las circunstancias. c. Antecedentes.- (1) Referenciales (Policiales, INTERPOL, DIRIN, DIRANDRO, DIRCOTE, DIRSEG entre otros). (2) Antecedentes policiales (3) Requisitorias. (4) Datos de identificación (RENIEC). d. Análisis de los hechos.- Aplicando la metodología de la investigación criminal. e. Conclusiones.- Determina el grado de responsabilidad de los implicados, precisando de manera clara los artículos donde se encuentre tipificada la conducta punible. f. Situación de los implicados, especies o bienes.- Es la condición o situación legal de los implicados al final de la investigación (detenido, citado, otros), de las especies y bienes (incautada, inmovilizada, comisada, otros) g. Anexos.- Comprende: (1) Manifestaciones o referencias. (2) Confrontaciones. (3) Peritajes, resultados de exámenes. La Constitución Política del Perú en su artículo 166 establece la finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú; para cumplir esta misión debe perennizar su actuación mediante diversos documentos de uso exclusivo en la Policía Nacional del Perú, por lo que resulta necesaria la actualización y adecuación del Manual de Documentación aplicado a la función policial. Finalidad de la Policía Nacional Artículo 166.- La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras. ##################################### 31.10 Carpeta Auxiliar Buscar reglamento Hoja de estrategia de investigación REGLAMENTO DE LA CARPETA FISCAL CAPÍTULO I. —NORMAS GENERALES
  • 2. Artículo 4º.— Carpeta fiscal La carpeta fiscal es el instrumento técnico de trabajo que se abre para la documentación de las actuaciones de la investigación y contiene lo siguiente: 1. La denuncia 2. El Informe Policial de ser el caso 3. Las diligencias de investigación que se hubieran realizado o dispuesto ejecutar 4. Los documentos obtenidos 5. Los dictámenes periciales realizados 6. Las actas levantadas 7. Las disposiciones emitidas 8. Las providencias dictadas 9. Los requerimientos formulados 10. Las resoluciones emitidas por el Juez de la Investigación Preparatoria, y, 11. Toda documentación útil a los fines de la investigación. Esta constituye la carpeta original, y será la que se remita al Juez con los requerimientos de acusación, sobreseimiento y otras actuaciones que así lo exijan y en la forma prevista en el Código Procesal Penal. Los demás documentos e instrumentos de trabajo, como formatos, resúmenes, notificaciones, oficios, cargos, copias, hipótesis y estrategias de trabajo relacionadas con la investigación y con el proceso, entre otros, conforman la carpeta auxiliar, que se conserva en la Fiscalía para fines del trabajo fiscal y verificación de los actos procesales realizados. ##################################### 38:00 Buscar una disposición de formalización de continuación de la investigación preparatoria: 336 incs 2 a que hechos corresponde; ¿cómo es la solución típica?, aspectos ##################################### 45:50 Averiguar sobre el impedimento de salida de Vizcarra Pasa de la preliminar a la preparatoria, porque ya no tiene la envestidura que le facultaba el cargo de presidente. Para hechos anteriores no tiene protección La jueza María de los Ángeles Álvarez declaró fundado el requerimiento de 18 meses de impedimento de salida del país contra el expresidente Martín Vizcarra por el caso Club de la Construcción. La medida no será apelada por la defensa legal del exmandatario. El fiscal Germán Juárez Atoche, fiscal provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, formuló requerimiento de impedimento de salida del país por 12 meses contra el expresidente Martín Vizcarra Cornejo. Vizcarra acudió esta mañana al Ministerio Público para cumplir con una citación por el caso Club de la Construcción, pero la diligencia fue postergada. Vizcarra Cornejo estuvo junto a su abogado Fernando Ugaz, quien lo acompañó durante la presentación del exmandatario ante el Pleno del Congreso por la moción de vacancia. ****Obrainsa e ICCGSA por las obras Lomas de Ilo y Hospital de la región.
  • 3. La disposición de formalización y continuación de la Investigación preparatoria Tacna, 02 de Mayo del 2014 Son varios los imputados, entre funcionarios, empleados de seguridad, y bueno la joyita aquí es Fidel Carita Fidel Carita, mediante convocatoria contrata como agentes de seguridad ciudadana de la Municipalidad provincial de Tacna-- fecha 27 enero 2011. Pero dichos agentes en vez de dar los servicios para los q fueron contratados, lo que hicieron fue brindar seguridad privada a la casa de Fidel Carita, además de apoyar en la limpieza de la casa. Vestían de ropa civil. Desde febrero hasta diciembre En el 2012 y 2013 o que hacían ya era cuidar la casa, pero sin contrato con la municipalidad, sino con pago directo. Y posteriormente, el pago se hacía con dinero de la EPS Tacna, ya que era presidente de la junta de accionistas de la EPS, a través de planillas. Uno de estos agentes de seguridad, aparece como si hubiese laborado en algunas obras de ampliación de red de agua entre otros Delito de Peculado Doloso 387 CP- 3 empleados de la subgerencia de seguridad ciudadana de la municipalidad Provincial de Tacna, prestaron servicios de seguridad privada. Así también cuando estos agentes deberían cumplir su labor en la EPS, en realidad prestaban servicios de seguridad privada Malversación de fondos 389 CP- Destinó dinero de la Municipalidad para pagar a estos supuestos agentes de seguridad. Además de Fidel Carita, Gerente general, jefe de logística de la EPS, haber destinado dinero de la EPS para seguridad privada. Juan Yuri Arcaya, prestó auxilio dolosamente para que se cometa este delito de peculado, pues este se encargaba de registrar como presentes en la asistencia, de sus verdaderas labores. Encubrimiento Real 405 Asociación ilícita para delinquir 317 SE DISPONE Recepción de la declaración Recepción de declaración ampliatoria de los imputados. Requerimiento del informe del monto de las prestaciones a la Municipalidad Provincial de Tacna. Requerimiento del informe del monto de las prestaciones a la EPS. Requerimiento de las pruebas de audio video fotografías. Requiere que estas pruebas pasen por un pericia para establecer su autenticidad. Requiere la transcripción y visualización de estos. Requiere antecedentes penales y policiales de los imputados. Además de las diligencias q considere necesarias. y por último: Que se ponga en conocimiento del Juez de Inv Preparatoria de Tacna