Legislación Comunal 
Fedecundi 
Roberto Angel Conde
Etapas y desarrollo histórico 
de la organización comunal 
• Etapa de 1958 a 1970: La autogestión. 
• Etapa de 1970 a 1991: La clientelización. 
• Etapa de 1991 a 2002: Fortalecimiento 
institucional de la participación y declive 
financiero. 
• Etapa de 2002 a 2009. Reconstrucción. 
Fuente: Conpes 3661. Páginas 19 y 20.
Nuestra principal misión 
Promover, animar la 
organización y participación ciudadana 
•Recuperar la identidad. 
•Lograr mayores capacidades. 
•Recuperar la confianza. 
Organizaciones 
Comunales y 
sociales. 
Espacios de 
participación y 
concertación
Legislación Comunal 
• Leyes, decretos, resoluciones nacionales, ordenanzas 
departamentales y acuerdos municipales. 
• Expedidas en función de la actualización, eficacia y 
funcionamiento de los diferentes organismos comunales. 
• Como organizaciones cívicas, sociales y comunitarias de 
gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza 
solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio.
Normatividad Vigente - 
Específica Comunal 
• Ley 743 de 2002 
• Decreto Reglamentario 2350 de 2003 
• Decreto Nacional 890 de 2008. 
• Documento CONPES 3661 de 2010 
• Ordenanza …..
Normatividad Vigente 
Dónde consultar la legislación comunal? 
Vía Internet. 
En la oficina de Organismos Comunales , 
Secretarías de Participación Ciudadana.
Los Estatutos De La 
Organización Comunal: 
 Son las normas que orientan a cada organismo 
comunal. 
 Son adoptados y aprobados en la asamblea general de 
afiliados de cada entidad, de acuerdo a la ley. 
 Registrados en la entidad responsable de la Inspección, 
vigilancia y control, quien verifica la observancia de la 
ley. 
 Cada organismo comunal elabora y aprueba sus propios 
REGLAMENTOS INTERNOS, teniendo presente de no 
violar la ley ni los estatutos.
Estructura de la Legislación Comunal 
1 
Filosofía 
Comunal 
2 3 
Organización 
Comunal 
Sistema 
Electoral 
Economía y 
Administración 
4 
Sistema de 
Formación 
5 
Políticas de 
Fortalecimiento 
6 
Autocontrol 
y Control 
7
1 
Filosofía 
Comunal
1.1 Recuperar la filosofía Comunal 
Ley 743 de 2002 
• Principios rectores y fundamentos del desarrollo de la comunidad. 
(Título I. Artículos 1º. al 5º.). 
• Definición, Clasificación, Denominación, Territorio y Domicilio. (Título II. 
Capítulo I, Artículo 6º. al 14º. 
• Organización, forma de constituirse, estatutos. (Título II. Capítulo II, 
Artículo 15º. al 18º. 
• Objetivos y principios. (Título II. Capítulo III, Artículo 19º. Y 20º. 
• Afiliados. (Título II. Capítulos IV, Artículos 21º. al 26º.
1.1 Recuperar la filosofía Comunal 
Ley 743 de 2002 
Título II. Capítulos I al IV. Artículo 6º. AL 26º. 
• Concepto de acción comunal. 
• Fines del desarrollo de la comunidad. 
• Principios. 
• Finalidades de la organización comunal. 
Símbolos comunales: 
- Bandera. 
- Escudo. 
- Himno.
1.2 Principios rectores del 
desarrollo de la comunidad: 
• Reconocimiento y afirmación del individuo… en sus diferencias. 
• Reconocimiento de la agrupación organizada de personas… con 
prevalencia del interés común sobre el interés particular. 
• El desarrollo de la comunidad debe construirse con identidad 
cultural, sustentabilidad, equidad y justicia social, participación 
social y política. 
• El desarrollo de la comunidad debe promover la capacidad de 
negociación y autogestión de las organizaciones comunitarias.
1.3 Fundamentos del desarrollo 
de la comunidad: 
• Construcción de comunidad. 
• Concertación, diálogos y pactos como estrategias del desarrollo. 
• Planeación como instrumento de gestión del desarrollo de la 
comunidad. 
• Incrementar la capacidad de gestión, autogestión y cogestión de 
la comunidad. 
• Educación comunitaria. 
• Construcción de organizaciones de base y empresas comunitarias. 
• Formas colectivas y rotatorias de liderazgo con revocatoria del 
mandato.
1.4 Definición de acción comunal: 
• Para efectos de esta ley, Acción Comunal, es una 
expresión social organizada, autónoma y solidaria 
de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un 
desarrollo integral, sostenible y sustentable 
construido a partir del ejercicio de la democracia 
participativa en la gestión del desarrollo de la 
comunidad.
1.5 Objetivos de los organismos comunales: 
 Pla nific a r e l De s a rro llo Inte g ra l y So s te nible d e la 
c o m unid a d (Fo rta le z a s y d e bilid a d e s ). 
 Cre a r y d e s a rro lla r p ro c e s o s p a ra e l e je rc ic io d e la 
De m o c ra c ia . 
 Cre a r y d e s a rro lla r p ro c e s o s e c o nó m ic o s , c ultura le s , 
re c re a tivo s y d e p o rtivo s . 
 Pre s e rva r la a rm o nía . 
 Pro m o ve r la p a rtic ip a c ió n d e la s m uje re s y lo s jó ve ne s . 
 Pro c ura r una m a y o r c o be rtura y c a lid a d e n lo s Se rvic io s 
Públic o s y e n la Se g urid a d So c ia l. 
 Inte g ra r e l tra ba jo c o m unita rio c o n o tra s o rg a niz a c io ne s .
1.5 Principios de los organismos comunales: 
• PRINCIPIO DE DEMOCRACIA 
• PRINCIPIO DE LA AUTONOMIA 
• PRINCIPIO DE LIBERTAD. 
• PRINCIPIO DE IGUALDAD Y RESPETO. 
• PRINCIPIO DE LA PREVALENCIA DEL INTERES COMUN. 
• PRINCIPIO DE LA BUENA FE. 
• PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD. 
• PRINCIPIO DE LA CAPACITACION. 
• PRINCIPIO DE LA ORGANIZACIÓN. 
• PRINCIPIO DE LA PARTICIPACION.
2 
Organización 
Comunal
2.1. Organismos comunales 
Nivel Nombre Afiliados Radio de 
Acción 
Primero grado o 
de base 
Juntas de Acción 
Comunal – JAC 
Personas 
naturales 
Barrio, Vereda, 
Sector 
Juntas de Vivienda 
Comunitaria - JVC 
Familias (*) 
Segundo Grado Asocomunales JAC y JVC Municipal (*) 
Tercer grado Federaciones Asocomunales Departamental o 
Grandes ciudades 
Cuarto grado Confederación Federaciones Nacional
2.2 El acumulado organizativo 
nacional 
Confederación 
Federaciones 
Aso juntas 
Juntas y juntas de vivienda 
comunitaria
2.3 Órganos de la democracia comunal 
Órgano de Dirección: Asamblea de afiliados (o delegados) 
Órgano de Administración: Junta Directiva 
Órganos de Ejecución: Comisiones de Trabajo, Empresariales 
o Secretarías Ejecutivas. 
Órgano de Control y Vigilancia: El Fiscal 
Órgano de Conciliación y de Justicia Comunal: Comisión 
de Convivencia y Conciliación. 
Órgano de Representación: Delegados al Organismo comunal de 
grado superior.
2.4 Organigrama comunal 
Delegados 
Comisión de Trabajo 
o Secretaría Ejecutiva 
Comisión Empresarial 
Asamblea 
Junta Directiva 
Fiscalía 
Delegados al orgsanismo superior 
Comisión de Convivencia 
y Conciliación 
Comisión de Trabajo o 
Secretaría Ejecutiva
2.5 Dignatarios: 
Órganos Dignatarios 
Junta Directiva 
(Consejo Comunal) 
Presidente 
Vicepresidente 
Tesorero/a 
Secretario/a 
Coordinadores de 
Comisiones (3 o más) 
Fiscal Fiscal 
Comisión de convivencia 
y conciliación 
3 dignatarios 
Delegados al organismo 
de grado Superior 
3 a las Asocomunales 
4 a las Federaciones 
9 a la Confederación 
+ el presidente por derecho propio
2.6 Consejo Comunal 
Órgano Dignatarios 
Junta 
Presidente, Vicepresidente. 
Directiva 
Tesorero/a, Secretario/a 
Coordinadores de 
Comisiones (3 o más) 
Consejo 
Comunal 
Lo componen representantes 
de sectores organizados, según lo determine la 
asamblea general: 
Mujeres, jóvenes, trabajadores, comerciantes, 
economía solidaria, productores, ambientalistas, 
cultura, recreación y deporte, educación, adultos 
Mayores, etc. 
En cualquier caso su número no podrá ser inferior 
a nueve (9) miembros. 
Podrán establecer presidencia rotativa durante el período.
2.7 Los mínimos organizativos: 
1)Estatutos actualizados, de acuerdo a la ley. 
2)Personería jurídica vigente. 
3)Tres asambleas de afiliados al año. 
4)Dignatarios por ley y los estatutos, registrados y activos. 
5)Cada dignatario conoce y cumple sus funciones. 
6)Junta directiva se reúne periódicamente. 
7)Mínimo tres (3) comisiones de trabajo activas. 
8)Libros reglamentarios registrados y al día: Afiliados; actas; tesorería; 
inventarios; auxiliar de contratos o negocios. 
9)Obligaciones a afiliados y terceros al día: laborales, tributarios, proveedores.
3 
Sistema 
electoral 
Comunal
3. Sistema electoral Comunal 
• Elecciones generales de dignatarios: 
– Cuando se constituye la organización comunal. 
– Cada 4 años, último domingo de abril, primer año de los 
gobiernos municipales y departamentales. 
– Ante renuncia o remoción general de dignatarios 
• Elecciones parciales de dignatarios: 
– En cualquier momento del período de 4 años.
3. Sistema electoral Comunal 
• Se pueden elegir mediante dos (2) sistemas: LISTAS ó 
PLANCHAS. 
• Los cargos se asignan de acuerdo con el CUOCIENTE 
ELECTORAL Y SUS RESIDUOS. Esta elección debe hacerse en 
cinco (5) bloques por separado, así: 
• Bloque 1: Mesa Directiva. 
• Bloque 2: Fiscalía. 
• Bloque 3: Comisión de Convivencia y Conciliación. 
• Bloque 4: Coordinadores de las Comisiones de Trabajo y/o 
Empresariales (Secretarías Ejecutivas). 
• Bloque 5: Delegados al Organismo Comunal de grado superior.
4 
Gestión 
económica y 
Administrativa
4.1 Administración Comunal 
• Presupuestos de ingresos, gastos e inversiones 
(cuantías reglamentadas). 
• El patrimonio propio. 
• La Contabilidad. 
• Las obligaciones tributarias. 
• Libros reglamentarios. 
• El archivo y memoria de la organización.
4.2 Alternativas de gestión económica: 
• AAuuttooggeessttiióónn ccoommuunniittaarriiaa.. Actividades o proyectos 
rentables. 
• GGeessttiióónn eemmpprreessaarriiaall: Producción de bienes y/o 
prestación de servicios (contratación, convenios, 
alianzas). 
• GGeessttiióónn ppúúbblliiccaa. 
• CCooooppeerraacciióónn nacional e internacional. 
• Combinación de las anteriores. Ejemplo: programas 
de vivienda con autoconstrucción.
4.3 Comisiones empresariales 
 Se crean y ponen en funcionamiento cuando la 
asamblea de un organismo comunal decide 
adelantar actividades económicas o empresariales 
para la prestación de un servicio determinado o 
producción. 
 Por cada actividad económica se debe crear una 
comisión empresarial. 
 Cada comisión empresarial debe estar conformada 
por cinco afiliados como mínimo incluido el 
vicepresidente por derecho propio.
5 
Sistema de 
Formación 
Comunal
5.1 Sistema de Formación Comunal 
(Artículo 32, Decreto Reglamentario 2350 de 2003) 
Confederación 
Gobernaciones 
Federaciones 
Asocomunales 
Comisión 
Pedagógica 
Nacional 
Comisión 
Pedagógica 
Departamental 
Comisión 
Pedagógica 
Municipal 
Formadores 
Comunales 
Formadores 
Comunales 
PROGRAMA NACIONAL FORMADORES COMUNALES
5.3 Fases de implementación: 
• Fase I: Nacional (2006 – 2008). 
• Fase II: Departamental (2009 – 2011). 
• Fase III: Municipal (2011 en adelante).
5.2 Modelo de formación 
• Enfoque Pedagógico: 
– Desarrollo conceptual y técnico, acompañado por el afectivo, 
relacional, ético y político. 
– Dignidad humana, implica condiciones mínimas para la construcción 
de proyectos de vida. 
– Reflexión personal y colectiva. 
– Aprendizaje. 
• Educación Popular y educación de adultos.
5.4 Avances en Antioquia 
Programa Nacional Formación de Formadores para la acción 
comunal: 
 Número de subregiones Formadores Comunales certificados: 
 Número de Municipios con formadores comunales certificados 
 Número de líderes comunales e institucionales certificados: 
Inversión del Departamento ……. 
- No participaron los municipios de: …….. 
- Medellín con sus recursos, se responsabilizó de la formación de sus líderes.
6 
Políticas de 
Fortalecimiento 
Comunal
6. Políticas de Fortalecimiento de la 
organización Comunal 
• Nacional: Conpes 3661 - mayo 10 de 
2010. 
• Departamental: Ordenanza ….
6.1 Conpes 3661 de 2010
6.2 Ordenanza 
ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese la Política Pública para la Acción Comunal en 
el Departamento la cual se enmarca en el siguiente manifiesto: 
“Desarrollo Institucional: La construcción de la Política Pública para la 
Acción Comunal en el Departamento de Cundinamarca …..será el 
instrumento que hará posible fortalecer a los Organismos Comunales 
como una de las fuerzas que contribuye efectivamente al desarrollo 
local”. 
ARTICULO SEGUNDO. Objetivos: ..“Fortalecer a las Organismos Comunales 
de Acción Comunal para contribuir al desarrollo, formación y generación de 
capacidades para mejorar su gestión, organización e interlocución con el 
Estado, a través de una estrategia que facilite las herramientas para la 
correcta gestión, funcionamiento interno y sostenibilidad financiera de 
dichos organismos”.
6.2 Ordenanza de 
Son objetivos específicos de la Política Pública para la Acción Comunal en el 
Departamento de Cundinamarca: 
•Fortalecer la gestión, participación e identidad de la organización. 
•Desarrollar procesos de emprendimiento y de contratación con organismos 
comunales (autonomía y competitividad). 
•Implementar y consolidar procesos de formación en acción comunal 
(cualificación y capacidad de e incidencia) 
•Fortalecer el relacionamiento de los Organismos Comunales 
(reconocimiento, autonomía y empoderamiento). 
•Fortalecer la estructura y funcionamiento de los organismos comunales.
7 
Autocontrol y 
Control
7.1 Autocontrol - Fiscal 
 Esta pendiente de que se cumpla lo dispuesto en la legislación 
comunal vigente, los estatutos y reglamentos internos de 
trabajo. 
 Hace que se cumplan las decisiones tomadas en la 
organización. 
 Controla el manejo de bienes y recursos y, presenta los 
informes requeridos y de su competencia. 
 Cita a reunión de asamblea cuando no lo hace el presidente. 
 Refrenda con ocho (8) días de anticipación el cierre de libro 
de afiliados cuando se convoca a asamblea.
7.3 Vigilancia, Inspección y Control 
(Decreto 890 de 2008) 
 Ministerio del interior la ejerce para Confederación y 
Federaciones. 
 Gobernación la ejerce para Asojuntas, JAC y JVC en 116 
municipios. 
 Alcaldías la ejercen para Asojuntas, JAC y JVC en municipios: 
….
Nuestra principal misión 
Promover, animar la 
organización y participación ciudadana 
•Recuperar la identidad. 
•Lograr mayores capacidades. 
•Recuperar la confianza. 
Organizaciones 
Comunales y 
sociales. 
Espacios de 
participación y 
concertación
¡ MUCHAS GRACIAS ! 
SOMOS COMUNITARIOS 
FEDECUNDI 
COMISION DE CONVIVENCIA Y CONCILIACION 
• OFICINA SIN 
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www.SIN... 
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  • 1. Legislación Comunal Fedecundi Roberto Angel Conde
  • 2. Etapas y desarrollo histórico de la organización comunal • Etapa de 1958 a 1970: La autogestión. • Etapa de 1970 a 1991: La clientelización. • Etapa de 1991 a 2002: Fortalecimiento institucional de la participación y declive financiero. • Etapa de 2002 a 2009. Reconstrucción. Fuente: Conpes 3661. Páginas 19 y 20.
  • 3. Nuestra principal misión Promover, animar la organización y participación ciudadana •Recuperar la identidad. •Lograr mayores capacidades. •Recuperar la confianza. Organizaciones Comunales y sociales. Espacios de participación y concertación
  • 4. Legislación Comunal • Leyes, decretos, resoluciones nacionales, ordenanzas departamentales y acuerdos municipales. • Expedidas en función de la actualización, eficacia y funcionamiento de los diferentes organismos comunales. • Como organizaciones cívicas, sociales y comunitarias de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio.
  • 5. Normatividad Vigente - Específica Comunal • Ley 743 de 2002 • Decreto Reglamentario 2350 de 2003 • Decreto Nacional 890 de 2008. • Documento CONPES 3661 de 2010 • Ordenanza …..
  • 6. Normatividad Vigente Dónde consultar la legislación comunal? Vía Internet. En la oficina de Organismos Comunales , Secretarías de Participación Ciudadana.
  • 7. Los Estatutos De La Organización Comunal:  Son las normas que orientan a cada organismo comunal.  Son adoptados y aprobados en la asamblea general de afiliados de cada entidad, de acuerdo a la ley.  Registrados en la entidad responsable de la Inspección, vigilancia y control, quien verifica la observancia de la ley.  Cada organismo comunal elabora y aprueba sus propios REGLAMENTOS INTERNOS, teniendo presente de no violar la ley ni los estatutos.
  • 8. Estructura de la Legislación Comunal 1 Filosofía Comunal 2 3 Organización Comunal Sistema Electoral Economía y Administración 4 Sistema de Formación 5 Políticas de Fortalecimiento 6 Autocontrol y Control 7
  • 10. 1.1 Recuperar la filosofía Comunal Ley 743 de 2002 • Principios rectores y fundamentos del desarrollo de la comunidad. (Título I. Artículos 1º. al 5º.). • Definición, Clasificación, Denominación, Territorio y Domicilio. (Título II. Capítulo I, Artículo 6º. al 14º. • Organización, forma de constituirse, estatutos. (Título II. Capítulo II, Artículo 15º. al 18º. • Objetivos y principios. (Título II. Capítulo III, Artículo 19º. Y 20º. • Afiliados. (Título II. Capítulos IV, Artículos 21º. al 26º.
  • 11. 1.1 Recuperar la filosofía Comunal Ley 743 de 2002 Título II. Capítulos I al IV. Artículo 6º. AL 26º. • Concepto de acción comunal. • Fines del desarrollo de la comunidad. • Principios. • Finalidades de la organización comunal. Símbolos comunales: - Bandera. - Escudo. - Himno.
  • 12. 1.2 Principios rectores del desarrollo de la comunidad: • Reconocimiento y afirmación del individuo… en sus diferencias. • Reconocimiento de la agrupación organizada de personas… con prevalencia del interés común sobre el interés particular. • El desarrollo de la comunidad debe construirse con identidad cultural, sustentabilidad, equidad y justicia social, participación social y política. • El desarrollo de la comunidad debe promover la capacidad de negociación y autogestión de las organizaciones comunitarias.
  • 13. 1.3 Fundamentos del desarrollo de la comunidad: • Construcción de comunidad. • Concertación, diálogos y pactos como estrategias del desarrollo. • Planeación como instrumento de gestión del desarrollo de la comunidad. • Incrementar la capacidad de gestión, autogestión y cogestión de la comunidad. • Educación comunitaria. • Construcción de organizaciones de base y empresas comunitarias. • Formas colectivas y rotatorias de liderazgo con revocatoria del mandato.
  • 14. 1.4 Definición de acción comunal: • Para efectos de esta ley, Acción Comunal, es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad.
  • 15. 1.5 Objetivos de los organismos comunales:  Pla nific a r e l De s a rro llo Inte g ra l y So s te nible d e la c o m unid a d (Fo rta le z a s y d e bilid a d e s ).  Cre a r y d e s a rro lla r p ro c e s o s p a ra e l e je rc ic io d e la De m o c ra c ia .  Cre a r y d e s a rro lla r p ro c e s o s e c o nó m ic o s , c ultura le s , re c re a tivo s y d e p o rtivo s .  Pre s e rva r la a rm o nía .  Pro m o ve r la p a rtic ip a c ió n d e la s m uje re s y lo s jó ve ne s .  Pro c ura r una m a y o r c o be rtura y c a lid a d e n lo s Se rvic io s Públic o s y e n la Se g urid a d So c ia l.  Inte g ra r e l tra ba jo c o m unita rio c o n o tra s o rg a niz a c io ne s .
  • 16. 1.5 Principios de los organismos comunales: • PRINCIPIO DE DEMOCRACIA • PRINCIPIO DE LA AUTONOMIA • PRINCIPIO DE LIBERTAD. • PRINCIPIO DE IGUALDAD Y RESPETO. • PRINCIPIO DE LA PREVALENCIA DEL INTERES COMUN. • PRINCIPIO DE LA BUENA FE. • PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD. • PRINCIPIO DE LA CAPACITACION. • PRINCIPIO DE LA ORGANIZACIÓN. • PRINCIPIO DE LA PARTICIPACION.
  • 18. 2.1. Organismos comunales Nivel Nombre Afiliados Radio de Acción Primero grado o de base Juntas de Acción Comunal – JAC Personas naturales Barrio, Vereda, Sector Juntas de Vivienda Comunitaria - JVC Familias (*) Segundo Grado Asocomunales JAC y JVC Municipal (*) Tercer grado Federaciones Asocomunales Departamental o Grandes ciudades Cuarto grado Confederación Federaciones Nacional
  • 19. 2.2 El acumulado organizativo nacional Confederación Federaciones Aso juntas Juntas y juntas de vivienda comunitaria
  • 20. 2.3 Órganos de la democracia comunal Órgano de Dirección: Asamblea de afiliados (o delegados) Órgano de Administración: Junta Directiva Órganos de Ejecución: Comisiones de Trabajo, Empresariales o Secretarías Ejecutivas. Órgano de Control y Vigilancia: El Fiscal Órgano de Conciliación y de Justicia Comunal: Comisión de Convivencia y Conciliación. Órgano de Representación: Delegados al Organismo comunal de grado superior.
  • 21. 2.4 Organigrama comunal Delegados Comisión de Trabajo o Secretaría Ejecutiva Comisión Empresarial Asamblea Junta Directiva Fiscalía Delegados al orgsanismo superior Comisión de Convivencia y Conciliación Comisión de Trabajo o Secretaría Ejecutiva
  • 22. 2.5 Dignatarios: Órganos Dignatarios Junta Directiva (Consejo Comunal) Presidente Vicepresidente Tesorero/a Secretario/a Coordinadores de Comisiones (3 o más) Fiscal Fiscal Comisión de convivencia y conciliación 3 dignatarios Delegados al organismo de grado Superior 3 a las Asocomunales 4 a las Federaciones 9 a la Confederación + el presidente por derecho propio
  • 23. 2.6 Consejo Comunal Órgano Dignatarios Junta Presidente, Vicepresidente. Directiva Tesorero/a, Secretario/a Coordinadores de Comisiones (3 o más) Consejo Comunal Lo componen representantes de sectores organizados, según lo determine la asamblea general: Mujeres, jóvenes, trabajadores, comerciantes, economía solidaria, productores, ambientalistas, cultura, recreación y deporte, educación, adultos Mayores, etc. En cualquier caso su número no podrá ser inferior a nueve (9) miembros. Podrán establecer presidencia rotativa durante el período.
  • 24. 2.7 Los mínimos organizativos: 1)Estatutos actualizados, de acuerdo a la ley. 2)Personería jurídica vigente. 3)Tres asambleas de afiliados al año. 4)Dignatarios por ley y los estatutos, registrados y activos. 5)Cada dignatario conoce y cumple sus funciones. 6)Junta directiva se reúne periódicamente. 7)Mínimo tres (3) comisiones de trabajo activas. 8)Libros reglamentarios registrados y al día: Afiliados; actas; tesorería; inventarios; auxiliar de contratos o negocios. 9)Obligaciones a afiliados y terceros al día: laborales, tributarios, proveedores.
  • 26. 3. Sistema electoral Comunal • Elecciones generales de dignatarios: – Cuando se constituye la organización comunal. – Cada 4 años, último domingo de abril, primer año de los gobiernos municipales y departamentales. – Ante renuncia o remoción general de dignatarios • Elecciones parciales de dignatarios: – En cualquier momento del período de 4 años.
  • 27. 3. Sistema electoral Comunal • Se pueden elegir mediante dos (2) sistemas: LISTAS ó PLANCHAS. • Los cargos se asignan de acuerdo con el CUOCIENTE ELECTORAL Y SUS RESIDUOS. Esta elección debe hacerse en cinco (5) bloques por separado, así: • Bloque 1: Mesa Directiva. • Bloque 2: Fiscalía. • Bloque 3: Comisión de Convivencia y Conciliación. • Bloque 4: Coordinadores de las Comisiones de Trabajo y/o Empresariales (Secretarías Ejecutivas). • Bloque 5: Delegados al Organismo Comunal de grado superior.
  • 28. 4 Gestión económica y Administrativa
  • 29. 4.1 Administración Comunal • Presupuestos de ingresos, gastos e inversiones (cuantías reglamentadas). • El patrimonio propio. • La Contabilidad. • Las obligaciones tributarias. • Libros reglamentarios. • El archivo y memoria de la organización.
  • 30. 4.2 Alternativas de gestión económica: • AAuuttooggeessttiióónn ccoommuunniittaarriiaa.. Actividades o proyectos rentables. • GGeessttiióónn eemmpprreessaarriiaall: Producción de bienes y/o prestación de servicios (contratación, convenios, alianzas). • GGeessttiióónn ppúúbblliiccaa. • CCooooppeerraacciióónn nacional e internacional. • Combinación de las anteriores. Ejemplo: programas de vivienda con autoconstrucción.
  • 31. 4.3 Comisiones empresariales  Se crean y ponen en funcionamiento cuando la asamblea de un organismo comunal decide adelantar actividades económicas o empresariales para la prestación de un servicio determinado o producción.  Por cada actividad económica se debe crear una comisión empresarial.  Cada comisión empresarial debe estar conformada por cinco afiliados como mínimo incluido el vicepresidente por derecho propio.
  • 32. 5 Sistema de Formación Comunal
  • 33. 5.1 Sistema de Formación Comunal (Artículo 32, Decreto Reglamentario 2350 de 2003) Confederación Gobernaciones Federaciones Asocomunales Comisión Pedagógica Nacional Comisión Pedagógica Departamental Comisión Pedagógica Municipal Formadores Comunales Formadores Comunales PROGRAMA NACIONAL FORMADORES COMUNALES
  • 34. 5.3 Fases de implementación: • Fase I: Nacional (2006 – 2008). • Fase II: Departamental (2009 – 2011). • Fase III: Municipal (2011 en adelante).
  • 35. 5.2 Modelo de formación • Enfoque Pedagógico: – Desarrollo conceptual y técnico, acompañado por el afectivo, relacional, ético y político. – Dignidad humana, implica condiciones mínimas para la construcción de proyectos de vida. – Reflexión personal y colectiva. – Aprendizaje. • Educación Popular y educación de adultos.
  • 36. 5.4 Avances en Antioquia Programa Nacional Formación de Formadores para la acción comunal:  Número de subregiones Formadores Comunales certificados:  Número de Municipios con formadores comunales certificados  Número de líderes comunales e institucionales certificados: Inversión del Departamento ……. - No participaron los municipios de: …….. - Medellín con sus recursos, se responsabilizó de la formación de sus líderes.
  • 37. 6 Políticas de Fortalecimiento Comunal
  • 38. 6. Políticas de Fortalecimiento de la organización Comunal • Nacional: Conpes 3661 - mayo 10 de 2010. • Departamental: Ordenanza ….
  • 39. 6.1 Conpes 3661 de 2010
  • 40. 6.2 Ordenanza ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese la Política Pública para la Acción Comunal en el Departamento la cual se enmarca en el siguiente manifiesto: “Desarrollo Institucional: La construcción de la Política Pública para la Acción Comunal en el Departamento de Cundinamarca …..será el instrumento que hará posible fortalecer a los Organismos Comunales como una de las fuerzas que contribuye efectivamente al desarrollo local”. ARTICULO SEGUNDO. Objetivos: ..“Fortalecer a las Organismos Comunales de Acción Comunal para contribuir al desarrollo, formación y generación de capacidades para mejorar su gestión, organización e interlocución con el Estado, a través de una estrategia que facilite las herramientas para la correcta gestión, funcionamiento interno y sostenibilidad financiera de dichos organismos”.
  • 41. 6.2 Ordenanza de Son objetivos específicos de la Política Pública para la Acción Comunal en el Departamento de Cundinamarca: •Fortalecer la gestión, participación e identidad de la organización. •Desarrollar procesos de emprendimiento y de contratación con organismos comunales (autonomía y competitividad). •Implementar y consolidar procesos de formación en acción comunal (cualificación y capacidad de e incidencia) •Fortalecer el relacionamiento de los Organismos Comunales (reconocimiento, autonomía y empoderamiento). •Fortalecer la estructura y funcionamiento de los organismos comunales.
  • 42. 7 Autocontrol y Control
  • 43. 7.1 Autocontrol - Fiscal  Esta pendiente de que se cumpla lo dispuesto en la legislación comunal vigente, los estatutos y reglamentos internos de trabajo.  Hace que se cumplan las decisiones tomadas en la organización.  Controla el manejo de bienes y recursos y, presenta los informes requeridos y de su competencia.  Cita a reunión de asamblea cuando no lo hace el presidente.  Refrenda con ocho (8) días de anticipación el cierre de libro de afiliados cuando se convoca a asamblea.
  • 44. 7.3 Vigilancia, Inspección y Control (Decreto 890 de 2008)  Ministerio del interior la ejerce para Confederación y Federaciones.  Gobernación la ejerce para Asojuntas, JAC y JVC en 116 municipios.  Alcaldías la ejercen para Asojuntas, JAC y JVC en municipios: ….
  • 45. Nuestra principal misión Promover, animar la organización y participación ciudadana •Recuperar la identidad. •Lograr mayores capacidades. •Recuperar la confianza. Organizaciones Comunales y sociales. Espacios de participación y concertación
  • 46. ¡ MUCHAS GRACIAS ! SOMOS COMUNITARIOS FEDECUNDI COMISION DE CONVIVENCIA Y CONCILIACION • OFICINA SIN • PISO SIN, OFICINA SIN www.SIN... Teléfonos: SIN