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Consejería Jurídica del Ejecutivo
Organigrama (estructura)
Objetivos
 Misión
Brindar asesoría y apoyo técnico jurídico al C. Presidente de la República en todos aquellos
asuntos que éste le encomiende, en particular en la opinión de proyectos de iniciativas
de reformas constitucionales, leyes, decretos, tratados internacionales, reglamentos,
acuerdos, nombramientos y demás instrumentos normativos de su competencia; así
como representarlo en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ante los tribunales federales,
del fuero común y ante toda autoridad en los asuntos y procedimientos jurisdiccionales
o en cualquier asunto o procedimiento en el que tenga interés o injerencia.
Procurar la congruencia de los criterios jurídicos entre dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
La persona titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal preside la Comisión de
Estudios Jurídicos del Gobierno Federal, cuyo objetivo consiste en coordinar los
programas de normatividad jurídica que permitan la actualización y simplificación del
orden normativo jurídico de la Administración Pública Federal.
 Visión
Consolidar a la Consejería Jurídica como una instancia garante de la constitucionalidad y
legalidad de los actos jurídicos del Presidente de la República, así como respaldo para las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en la actualización y
mejora del marco jurídico aplicable a la administración Pública.1
1
Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal. DOF 26-03-2012
Funciones generales
 I.- Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos
asuntos que éste le encomiende;
 II.- Someter a consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República
todos los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que se presenten al
Congreso de la Unión o a una de sus Cámaras, así como a la Asamblea de
Representantes del Distrito Federal, y darle opinión sobre dichos proyectos;
 III.- Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados
a celebrar con otros países y organismos internacionales;
 IV.- Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos,
nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de
carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración y, en su caso, firma
del Presidente de la República;
 V.- Prestar asesoría jurídica cuando el Presidente de la República así lo
acuerde, en asuntos en que intervengan varias dependencias de la
Administración Pública Federal, así como en los previstos en el artículo 29
constitucional;
 VI.- Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración
Pública Federal que apruebe el Presidente de la República y procurar la
congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades;
Funciones generales
 VII.- Presidir la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal, integrada por los responsables
de las unidades de asuntos jurídicos de cada dependencia de la Administración Pública Federal, la
que tendrá por objeto la coordinación en materia jurídica de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
 El Consejero Jurídico podrá opinar previamente sobre el nombramiento y, en su caso, solicitar la
remoción de los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal;
 VIII.- Participar, junto con las demás dependencias competentes, en la actualización y simplificación
del orden normativo jurídico;
 IX.- Prestar apoyo y asesoría en materia técnico jurídica a las entidades federativas que lo soliciten,
sin perjuicio de la competencia de otras dependencias;
 X. Representar al Presidente de la República, cuando éste así lo acuerde, en las acciones y
controversias a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como en los demás juicios en que el titular del Ejecutivo Federal intervenga con
cualquier carácter. La representación a que se refiere esta fracción comprende el desahogo de todo
tipo de pruebas;
 XI. Ejercer, cuando así se lo haya solicitado algún Secretario de Estado, y atendiendo a las leyes
reglamentarias y a los acuerdos generales que al efecto emita el Presidente de la República, la
facultad a que se refiere el noveno párrafo del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, solicitando al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la atención
prioritaria de los juicios de amparo, controversias constitucionales o acciones de
inconstitucionalidad, y
 XII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Actividades (programas específicos)
Tiene a su cargo revisar y validar los decretos, acuerdos y
demás instrumentos jurídicos que se sometan a
consideración del Presidente de la República, así como los
proyectos de iniciativas de ley que el Titular del Ejecutivo
presenta al Congreso de la Unión, cuidando que estos, en
su contenido y forma, están apegados a la Constitución y
las Leyes que de ella emanen.
Representar al Presidente de la República cuando este así
lo acuerde, en las acciones de inconstitucionalidad y
controversias constitucionales previstas en el artículo 105
constitucional, así como en todos aquellos juicios en que
el Titular del Ejecutivo Federal intervenga con cualquier
carácter.2
2
Idem
Obligaciones
Las dependencias de la Administración Pública Federal enviarán
a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal los proyectos de
iniciativas de leyes o decretos a ser sometidos al Congreso de la
Unión, a una de sus cámaras o a la Asamblea de Representantes
del Distrito Federal, por lo menos con un mes de anticipación a
la fecha en que se pretendan presentar, salvo en los casos de las
iniciativas de ley de ingresos y proyecto de presupuesto de
egresos de la Federación, y en aquellos otros de notoria
urgencia a juicio del Presidente de la República. Estos últimos
serán sometidos al Titular del Poder Ejecutivo Federal por
conducto de la Consejería Jurídica. Las demás dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal proporcionarán
oportunamente a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal la
información y apoyo que requiera para el cumplimiento de sus
funciones
Ejemplos de casos documentados
donde haya intervenido
En junio de 2015 se instaló la Red Interna Virtual de
Innovación (RIVI), siendo éste el foro conformado por el
Titular del Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de
la Gestión Pública y personal de la Consejería y otras
Dependencias que tienen interés y deseo de participar y
compartir sus conocimientos, experiencias, herramientas,
metodologías, etc., para la generación de nuevas ideas que
transformen la operación en la Administración Pública
Federal.
Presenta licitaciones para contratos: como ejemplo la
licitación LA-037000001-N34-2015 donde la CJEF presenta
licitación para contratar servicios de estacionamiento de
vehículos oficiales.3
3
Innovación, Transferencia del Conocimiento y Mejores Prácticas, Recuperado el 23
de marzo 2016 de http://www.gob.mx/cjef/acciones-y-programas/innovacion-
transferencia-del-conocimiento-y-mejores-practicas?idiom=es
Fuentes:
Ley Orgánica De La Administración Pública Federal
(Últimas Reformas DOF 30-12-2015), Recuperado el 23 de
marzo 2016 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_30dic1
5.pdf
(Lunes 26 de marzo de 2012 Diario Oficial) “Manual de
Organización General de la Consejería Jurídica del
Ejecutivo Federal”, Recuperado el 23 de marzo 2016 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n50.pdf
Estructura, Acciones y Programas y ¿Qué hacemos?,
Recuperado el 23 de marzo 2016 de
http://www.gob.mx/cjef
Fuentes:
Ley Orgánica De La Administración Pública Federal
(Últimas Reformas DOF 30-12-2015), Recuperado el 23 de
marzo 2016 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_30dic1
5.pdf
(Lunes 26 de marzo de 2012 Diario Oficial) “Manual de
Organización General de la Consejería Jurídica del
Ejecutivo Federal”, Recuperado el 23 de marzo 2016 de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n50.pdf
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  • 3. Objetivos  Misión Brindar asesoría y apoyo técnico jurídico al C. Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende, en particular en la opinión de proyectos de iniciativas de reformas constitucionales, leyes, decretos, tratados internacionales, reglamentos, acuerdos, nombramientos y demás instrumentos normativos de su competencia; así como representarlo en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ante los tribunales federales, del fuero común y ante toda autoridad en los asuntos y procedimientos jurisdiccionales o en cualquier asunto o procedimiento en el que tenga interés o injerencia. Procurar la congruencia de los criterios jurídicos entre dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. La persona titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal preside la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal, cuyo objetivo consiste en coordinar los programas de normatividad jurídica que permitan la actualización y simplificación del orden normativo jurídico de la Administración Pública Federal.  Visión Consolidar a la Consejería Jurídica como una instancia garante de la constitucionalidad y legalidad de los actos jurídicos del Presidente de la República, así como respaldo para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en la actualización y mejora del marco jurídico aplicable a la administración Pública.1 1 Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. DOF 26-03-2012
  • 4. Funciones generales  I.- Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende;  II.- Someter a consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República todos los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que se presenten al Congreso de la Unión o a una de sus Cámaras, así como a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, y darle opinión sobre dichos proyectos;  III.- Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales;  IV.- Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República;  V.- Prestar asesoría jurídica cuando el Presidente de la República así lo acuerde, en asuntos en que intervengan varias dependencias de la Administración Pública Federal, así como en los previstos en el artículo 29 constitucional;  VI.- Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública Federal que apruebe el Presidente de la República y procurar la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades;
  • 5. Funciones generales  VII.- Presidir la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal, integrada por los responsables de las unidades de asuntos jurídicos de cada dependencia de la Administración Pública Federal, la que tendrá por objeto la coordinación en materia jurídica de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.  El Consejero Jurídico podrá opinar previamente sobre el nombramiento y, en su caso, solicitar la remoción de los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;  VIII.- Participar, junto con las demás dependencias competentes, en la actualización y simplificación del orden normativo jurídico;  IX.- Prestar apoyo y asesoría en materia técnico jurídica a las entidades federativas que lo soliciten, sin perjuicio de la competencia de otras dependencias;  X. Representar al Presidente de la República, cuando éste así lo acuerde, en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los demás juicios en que el titular del Ejecutivo Federal intervenga con cualquier carácter. La representación a que se refiere esta fracción comprende el desahogo de todo tipo de pruebas;  XI. Ejercer, cuando así se lo haya solicitado algún Secretario de Estado, y atendiendo a las leyes reglamentarias y a los acuerdos generales que al efecto emita el Presidente de la República, la facultad a que se refiere el noveno párrafo del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicitando al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la atención prioritaria de los juicios de amparo, controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, y  XII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
  • 6. Actividades (programas específicos) Tiene a su cargo revisar y validar los decretos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos que se sometan a consideración del Presidente de la República, así como los proyectos de iniciativas de ley que el Titular del Ejecutivo presenta al Congreso de la Unión, cuidando que estos, en su contenido y forma, están apegados a la Constitución y las Leyes que de ella emanen. Representar al Presidente de la República cuando este así lo acuerde, en las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales previstas en el artículo 105 constitucional, así como en todos aquellos juicios en que el Titular del Ejecutivo Federal intervenga con cualquier carácter.2 2 Idem
  • 7. Obligaciones Las dependencias de la Administración Pública Federal enviarán a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal los proyectos de iniciativas de leyes o decretos a ser sometidos al Congreso de la Unión, a una de sus cámaras o a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, por lo menos con un mes de anticipación a la fecha en que se pretendan presentar, salvo en los casos de las iniciativas de ley de ingresos y proyecto de presupuesto de egresos de la Federación, y en aquellos otros de notoria urgencia a juicio del Presidente de la República. Estos últimos serán sometidos al Titular del Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Consejería Jurídica. Las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal proporcionarán oportunamente a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal la información y apoyo que requiera para el cumplimiento de sus funciones
  • 8. Ejemplos de casos documentados donde haya intervenido En junio de 2015 se instaló la Red Interna Virtual de Innovación (RIVI), siendo éste el foro conformado por el Titular del Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública y personal de la Consejería y otras Dependencias que tienen interés y deseo de participar y compartir sus conocimientos, experiencias, herramientas, metodologías, etc., para la generación de nuevas ideas que transformen la operación en la Administración Pública Federal. Presenta licitaciones para contratos: como ejemplo la licitación LA-037000001-N34-2015 donde la CJEF presenta licitación para contratar servicios de estacionamiento de vehículos oficiales.3 3 Innovación, Transferencia del Conocimiento y Mejores Prácticas, Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.gob.mx/cjef/acciones-y-programas/innovacion- transferencia-del-conocimiento-y-mejores-practicas?idiom=es
  • 9. Fuentes: Ley Orgánica De La Administración Pública Federal (Últimas Reformas DOF 30-12-2015), Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_30dic1 5.pdf (Lunes 26 de marzo de 2012 Diario Oficial) “Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal”, Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n50.pdf Estructura, Acciones y Programas y ¿Qué hacemos?, Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.gob.mx/cjef
  • 10. Fuentes: Ley Orgánica De La Administración Pública Federal (Últimas Reformas DOF 30-12-2015), Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_30dic1 5.pdf (Lunes 26 de marzo de 2012 Diario Oficial) “Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal”, Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n50.pdf Estructura, Acciones y Programas y ¿Qué hacemos?, Recuperado el 23 de marzo 2016 de http://www.gob.mx/cjef