La suspensión del contrato de trabajo puede ser perfecta o imperfecta. La suspensión perfecta implica que cesan tanto la obligación del trabajador de prestar servicios como la del empleador de pagar la remuneración. La suspensión imperfecta significa que el empleador debe pagar la remuneración aunque no haya prestación de servicios. Entre las causales de suspensión se encuentran la invalidez temporal, la licencia por maternidad, paternidad o lactancia, las vacaciones anuales pagadas, la huelga legalmente declarada, y sanciones