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Como no ser
Sancionado Por
Sunat
Seis Consejos para que SUNAT no lo considere “omiso”
a la presentación de sus declaraciones mensuales
Los Contribuyentes que no presentan sus declaraciones
dentro del plazo (es decir de acuerdo al cronograma de
vencimientos) y no cumplen con regularizar dicha
obligación, son considerados omisos a la declaración. La
SUNAT le da algunos consejos a fin de evitar las
sanciones que estas omisiones generan.
1. Verifique la fecha de presentación de sus
Declaraciones del IGV-Renta (PDT 621).
Ingrese al portal de SUNAT www.sunat.gob.pe y en el
módulo de SOL en línea, use su clave SOL, y busque la
opción “Mis Declaraciones y pago” y marque el período
tributario o rango que desee consultar.
2. Use su clave SOL
Para acceder al módulo y presente por Internet
los PDT 621 que tenga por regularizar. Nota: por
seguridad no revele su clave a terceras personas,
en todo caso autorice cada mes claves
secundarias a su contador, exclusivamente para
que elabore sus declaraciones mensuales.
3. Presente cualquier Declaración Jurada mensual
Que haya omitido, porque si subsana
voluntariamente está obligación (es decir antes que
la SUNAT lo detecte), el importe de la multa tendrá
un descuento del 90% (porcentaje máximo de
rebaja del régimen de gradualidad.
4. En caso la Declaración omitida
Corresponda a un período tributario del año 2013, pague el
importe de S/. 370 (monto de la multa ya rebajada), a lo
cual debe adicionar los intereses moratorios que se
computan desde el día siguiente del vencimiento de la
obligación hasta la fecha de pago de la multa .
5. Para pagar el importe de su multa rebajada
Utilice la boleta de pago virtual 1662 para el pago a través
de Internet o el sistema pago fácil si prefiere hacerlo en la
ventanilla de un banco.
6. Consulte mensualmente su cronograma de
vencimientos de obligaciones
El cual se encuentra publicado en el portal de la SUNAT,
para que no incurra en una nueva omisión. Para conocerlo
tenga presente el último dígito de su RUC.
Siete Consejos para no ser considerado omiso al pago
mensual del IGV-Renta
Los contribuyentes que no pagan sus tributos dentro del
plazo y no regularizan dicho pago, son considerados como
“omisos al pago” . La SUNAT le da algunos consejos para no
incurrir en esta situación, para evitar sanciones y la aplicación
de intereses.
1. Verifique su última Declaración mensual presentada
por el IGV-Renta, a través del PDT 621.
Para ello ingrese al portal de SUNAT www.sunat.gob.pe y en
operaciones en Línea, con su Clave SOL, busque la opción
Mis Declaraciones y pago y marque el período tributario o
rango que desee consultar.
2. Si ha declarado y no ha pagado el tributo
Tendrá que pagar además intereses moratorios que se
computan desde el día siguiente de vencida su obligación (
la tasa de interés moratorio es del 1.2% mensual).
3. En caso la SUNAT
Le haya girado y notificado valores requiriéndole un pago,
considerándolo como omiso, no obstante que ya ha pagado
el total de su deuda, utilice el Formulario N° 194 de
“Comunicación para la Revocación, Modificación, sustitución
de Actos Administrativos”. En estos casos no es necesario
presentar un Recurso de Reclamación.
4. Para regularizar el tributo omitido
Se sugiere, consulte el saldo de su Cuenta de Detracciones
que tiene en el Banco de la Nación y usarlo para pagar el
tributo omitido u otras deudas tributarias. De esta manera
evitara que la SUNAT le gire Órdenes de Pago con intereses,
correspondientes al tributo omitido o dejado de pagar dentro
del plazo.
5. Use la Boleta de Pago Virtual N° 1662
Para cancelar por Internet el IGV –Renta no pagado en su
oportunidad, para lo cual basta que tenga una cuenta
bancaria afiliada o tarjeta de débito o crédito VISA. El
medio alternativo es pagar los tributos ante ventanilla de
un banco autorizado, mediante el sistema pago fácil,
dando datos del período tributario y el código del tributo.
6.Solicite fraccionar o Aplazar el pago de su deuda tributaria
Que la puede iniciar por Internet ante la SUNAT. Si reúne los
requisitos, La SUNAT le puede conceder un plazo máximo de
hasta 72 meses (6 años) para pagar la deuda. Cuídese de no
perder este beneficio, lo cual sucede si deja de pagar sus
cuotas oportunamente.
7. Utilice por Internet el formulario virtual N° 1693
“Solicitud de Modificación y/o inclusión de datos “, en los
casos que haya cometido un error en el RUC o período
tributario al momento de haber pagado sus impuestos.
Seis Consejos para que sus declaraciones sean veraces
En caso se haya dado cuenta que su empresa, no ha
declarado todos sus ingresos, ha declarado un crédito
fiscal exagerado, haya consignado aumentos indebidos de
saldos o créditos a favor, o ha obtenido en forma indebida
notas de crédito negociables, en algún período tributario
estará en infracción tributaria.
Evite contingencias tributarias , teniendo en cuenta lo
siguiente:
1. Compruebe
Compruebe que sus Registros de Compras y de Ventas
estén legalizados antes de su uso y que las operaciones
registradas en ellos, estén sustentadas con comprobantes
de pago debidamente autorizados. En el caso de las
Facturas de compra y Tickets con derecho a crédito fiscal
el IGV debe estar discriminado.
2. Verifique
Verifique que todos los costos y gastos que registre y haya
contabilizado, tengan relación directa con la actividad de su
empresa. De ninguna manera registre en sus libros y registros
contables, facturas u otros comprobantes que sustenten gastos
personales o familiares, porque no sirven para sustentar
crédito fiscal ni son deducibles como gasto de su empresa.
3. Bancarice
Bancarice todas sus operaciones de compra y obligaciones
por gastos mayores a US$ 1,000 dólares o S/ 3,500 nuevos
soles, utilizando los medios de pago que se usan en el
sistema financiero, caso contrario no podrá deducir el
crédito fiscal del IGV, deducir gastos, ni solicitar
devoluciones de impuestos por estas operaciones.
4. Verifique A sus Proveedores
Verifique que sus proveedores sean contribuyentes
habidos y estén habilitados para emitir facturas. Para ello
consulte los Ruc´s en el portal de la SUNAT .Además
guarde y archive las guías de remisión, órdenes de
compra, kardex, e-mails y cualquier otro documento que
acredite el ciclo de sus operaciones de compra.
5.Nunca Intente
No intente ingresar a su contabilidad facturas por
operaciones de compra que nunca se realizaron, porque
la SUNAT las va a observar como “ no fehacientes “ , con
lo cual no le validará el crédito fiscal y el costo o gasto
por estas operaciones inexistentes, y le emitirá
Resoluciones de Determinación y de Multa.
6. Presente Declaración Jurada Rectificatoria
Antes que la SUNAT lo detecte, en caso usted perciba que
ha omitido algún ingreso o renta gravados, o en caso haya
disminuido el importe correcto de su impuesto. En estos
casos, la rebaja en la multa alcanza hasta el 95%, por ser
una subsanación que se realiza de manera voluntaria.
WWW.VISUALCONT.COM

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Como no ser sancionado por sunat

  • 2. Seis Consejos para que SUNAT no lo considere “omiso” a la presentación de sus declaraciones mensuales Los Contribuyentes que no presentan sus declaraciones dentro del plazo (es decir de acuerdo al cronograma de vencimientos) y no cumplen con regularizar dicha obligación, son considerados omisos a la declaración. La SUNAT le da algunos consejos a fin de evitar las sanciones que estas omisiones generan.
  • 3. 1. Verifique la fecha de presentación de sus Declaraciones del IGV-Renta (PDT 621). Ingrese al portal de SUNAT www.sunat.gob.pe y en el módulo de SOL en línea, use su clave SOL, y busque la opción “Mis Declaraciones y pago” y marque el período tributario o rango que desee consultar.
  • 4. 2. Use su clave SOL Para acceder al módulo y presente por Internet los PDT 621 que tenga por regularizar. Nota: por seguridad no revele su clave a terceras personas, en todo caso autorice cada mes claves secundarias a su contador, exclusivamente para que elabore sus declaraciones mensuales.
  • 5. 3. Presente cualquier Declaración Jurada mensual Que haya omitido, porque si subsana voluntariamente está obligación (es decir antes que la SUNAT lo detecte), el importe de la multa tendrá un descuento del 90% (porcentaje máximo de rebaja del régimen de gradualidad.
  • 6. 4. En caso la Declaración omitida Corresponda a un período tributario del año 2013, pague el importe de S/. 370 (monto de la multa ya rebajada), a lo cual debe adicionar los intereses moratorios que se computan desde el día siguiente del vencimiento de la obligación hasta la fecha de pago de la multa .
  • 7. 5. Para pagar el importe de su multa rebajada Utilice la boleta de pago virtual 1662 para el pago a través de Internet o el sistema pago fácil si prefiere hacerlo en la ventanilla de un banco.
  • 8. 6. Consulte mensualmente su cronograma de vencimientos de obligaciones El cual se encuentra publicado en el portal de la SUNAT, para que no incurra en una nueva omisión. Para conocerlo tenga presente el último dígito de su RUC.
  • 9. Siete Consejos para no ser considerado omiso al pago mensual del IGV-Renta Los contribuyentes que no pagan sus tributos dentro del plazo y no regularizan dicho pago, son considerados como “omisos al pago” . La SUNAT le da algunos consejos para no incurrir en esta situación, para evitar sanciones y la aplicación de intereses.
  • 10. 1. Verifique su última Declaración mensual presentada por el IGV-Renta, a través del PDT 621. Para ello ingrese al portal de SUNAT www.sunat.gob.pe y en operaciones en Línea, con su Clave SOL, busque la opción Mis Declaraciones y pago y marque el período tributario o rango que desee consultar.
  • 11. 2. Si ha declarado y no ha pagado el tributo Tendrá que pagar además intereses moratorios que se computan desde el día siguiente de vencida su obligación ( la tasa de interés moratorio es del 1.2% mensual).
  • 12. 3. En caso la SUNAT Le haya girado y notificado valores requiriéndole un pago, considerándolo como omiso, no obstante que ya ha pagado el total de su deuda, utilice el Formulario N° 194 de “Comunicación para la Revocación, Modificación, sustitución de Actos Administrativos”. En estos casos no es necesario presentar un Recurso de Reclamación.
  • 13. 4. Para regularizar el tributo omitido Se sugiere, consulte el saldo de su Cuenta de Detracciones que tiene en el Banco de la Nación y usarlo para pagar el tributo omitido u otras deudas tributarias. De esta manera evitara que la SUNAT le gire Órdenes de Pago con intereses, correspondientes al tributo omitido o dejado de pagar dentro del plazo.
  • 14. 5. Use la Boleta de Pago Virtual N° 1662 Para cancelar por Internet el IGV –Renta no pagado en su oportunidad, para lo cual basta que tenga una cuenta bancaria afiliada o tarjeta de débito o crédito VISA. El medio alternativo es pagar los tributos ante ventanilla de un banco autorizado, mediante el sistema pago fácil, dando datos del período tributario y el código del tributo.
  • 15. 6.Solicite fraccionar o Aplazar el pago de su deuda tributaria Que la puede iniciar por Internet ante la SUNAT. Si reúne los requisitos, La SUNAT le puede conceder un plazo máximo de hasta 72 meses (6 años) para pagar la deuda. Cuídese de no perder este beneficio, lo cual sucede si deja de pagar sus cuotas oportunamente.
  • 16. 7. Utilice por Internet el formulario virtual N° 1693 “Solicitud de Modificación y/o inclusión de datos “, en los casos que haya cometido un error en el RUC o período tributario al momento de haber pagado sus impuestos.
  • 17. Seis Consejos para que sus declaraciones sean veraces En caso se haya dado cuenta que su empresa, no ha declarado todos sus ingresos, ha declarado un crédito fiscal exagerado, haya consignado aumentos indebidos de saldos o créditos a favor, o ha obtenido en forma indebida notas de crédito negociables, en algún período tributario estará en infracción tributaria. Evite contingencias tributarias , teniendo en cuenta lo siguiente:
  • 18. 1. Compruebe Compruebe que sus Registros de Compras y de Ventas estén legalizados antes de su uso y que las operaciones registradas en ellos, estén sustentadas con comprobantes de pago debidamente autorizados. En el caso de las Facturas de compra y Tickets con derecho a crédito fiscal el IGV debe estar discriminado.
  • 19. 2. Verifique Verifique que todos los costos y gastos que registre y haya contabilizado, tengan relación directa con la actividad de su empresa. De ninguna manera registre en sus libros y registros contables, facturas u otros comprobantes que sustenten gastos personales o familiares, porque no sirven para sustentar crédito fiscal ni son deducibles como gasto de su empresa.
  • 20. 3. Bancarice Bancarice todas sus operaciones de compra y obligaciones por gastos mayores a US$ 1,000 dólares o S/ 3,500 nuevos soles, utilizando los medios de pago que se usan en el sistema financiero, caso contrario no podrá deducir el crédito fiscal del IGV, deducir gastos, ni solicitar devoluciones de impuestos por estas operaciones.
  • 21. 4. Verifique A sus Proveedores Verifique que sus proveedores sean contribuyentes habidos y estén habilitados para emitir facturas. Para ello consulte los Ruc´s en el portal de la SUNAT .Además guarde y archive las guías de remisión, órdenes de compra, kardex, e-mails y cualquier otro documento que acredite el ciclo de sus operaciones de compra.
  • 22. 5.Nunca Intente No intente ingresar a su contabilidad facturas por operaciones de compra que nunca se realizaron, porque la SUNAT las va a observar como “ no fehacientes “ , con lo cual no le validará el crédito fiscal y el costo o gasto por estas operaciones inexistentes, y le emitirá Resoluciones de Determinación y de Multa.
  • 23. 6. Presente Declaración Jurada Rectificatoria Antes que la SUNAT lo detecte, en caso usted perciba que ha omitido algún ingreso o renta gravados, o en caso haya disminuido el importe correcto de su impuesto. En estos casos, la rebaja en la multa alcanza hasta el 95%, por ser una subsanación que se realiza de manera voluntaria.