Tomo DCCXLVI No. 1 México, D.F., lunes 2 de noviembre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Reguladora de Energía
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Comisión Federal de Competencia Económica
Avisos
Indice en página 110
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de
octubre del 2015, en 1 Municipio del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62,
63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7,
8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas
Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fondo de
Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno
Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número SGG 216-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, en cumplimiento al artículo 7
de las Reglas Generales, el Secretario General de Gobierno del Estado de Chihuahua, Lic. Mario Trevizo
Salazar, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural
perturbador, descrito como Granizada severa y Lluvia severa. La interacción de un centro de baja presión de
núcleo frío con una vaguada prefrontal extendida y con un pulso de la corriente en chorro ocasiona
precipitaciones intermitentes de 54 mm acompañadas de caída de granizo de hasta 3 cm de diámetro desde
las 14:00 del día 20 de octubre y continuando hasta la noche del día 21. Lo anterior provoca daños en
caminos, calles, avenidas e infraestructura pluvial, además de inundaciones en viviendas y daños en techos
debido a la acumulación y filtración de agua derivada de las lluvias fuertes e intermitentes. Del 20 de octubre
de 2015 al 21 de octubre de 2015, que afectó al municipio de Juárez.
Que con oficio B00.8.-661 de fecha 26 de octubre de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio número SGG 216-2015, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte
conducente que se corrobora el fenómeno de Granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de octubre del
2015, que afectó al municipio de Juárez del Estado de Chihuahua.
Que con fecha 27 de octubre de 2015, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Chihuahua presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria de
Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA
DE GRANIZADA SEVERA Y LLUVIA SEVERA LOS DÍAS 20 Y 21 DE OCTUBRE
DEL 2015, EN 1 MUNICIPIO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Juárez del Estado de Chihuahua, por la
ocurrencia de Granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de octubre del 2015.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a 27 de octubre de 2015.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 16 al
21 de octubre de 2015, en 52 municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62,
63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7,
8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas
Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fondo de
Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno
Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número 261/2015 de fecha 22 de octubre de 2015, en cumplimiento al artículo 7 de
las Reglas Generales, el Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Dr. Javier
Duarte de Ochoa, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural
perturbador, descrito como Lluvia severa, Inundación fluvial e Inundación pluvial del 16 de octubre de 2015 al
21 de octubre de 2015, que afectó a los municipios de Acayucan, Acula, Agua Dulce, Altotonga, Alvarado,
Amatitlán, Ángel R. Cabada, Atzalan, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chinameca,
Coatzacoalcos, Colipa, Cosamaloapan de Carpio, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Huayacocotla, Hueyapan de
Ocampo, Ignacio de la Llave, Isla, Ixhuatlán del Sureste, Ixmatlahuacan, Jalacingo, Jáltipan, Jesús Carranza,
José Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Las Minas, Las Vigas de Ramírez,
Lerdo de Tejada, Martínez de la Torre, Mecayapan, Minatitlán, Misantla, Moloacán, Nanchital de Lázaro
Cárdenas del Río, Nautla, Oluta, Otatitlán, Oteapan, Pajapan, Playa Vicente, Saltabarranca, San Andrés
Tuxtla, San Juan Evangelista, Santiago Sochiapan, San Rafael, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán,
Soconusco, Soteapan, Tancoco, Tatahuicapan de Juárez, Tatatila, Tecolutla, Texistepec, Tlacojalpan,
Tlacotalpan, Tlalixcoyan, Tlapacoyan, Tuxtilla, Uxpanapa, Vega de Alatorre, Veracruz, Yecuatla y Zaragoza.
Que con oficio B00.8.-662 de fecha 26 de octubre de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio número 261/2015, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte
conducente que se corrobora el fenómeno de Lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 16 al 21 de
octubre de 2015, que afectó por lluvia severa a los municipios Acayucan, Altotonga, Amatitlán, Ángel R.
Cabada, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chinameca, Colipa, Cosamaloapan de
Carpio, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Isla, Ixhuatlán del Sureste, lxmatlahuacan,
Jalacingo, Jáltipan, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Lerdo de Tejada, Mecayapan,
Minatitlán, Misantla, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, Playa
Vicente, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, Santiago Sochiapan, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán,
Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Tlacojalpan, Tuxtilla, Uxpanapa, Yecuatla y
Zaragoza, por inundación fluvial a los municipios Jesús Carranza, Martínez de la Torre, y San Rafael, por
inundación pluvial a los municipios Acula y Coatzacoalcos y por lluvia severa e inundación fluvial al municipio
de José Azueta del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Que con fecha 27 de octubre de 2015, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud
de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA E
INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL DEL 16 AL 21 DE OCTUBRE DE 2015, EN 52 MUNICIPIOS
DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre por lluvia severa a los municipios Acayucan, Altotonga,
Amatitlán, Ángel R. Cabada, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chinameca, Colipa,
Cosamaloapan de Carpio, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Isla, Ixhuatlán del Sureste,
lxmatlahuacan, Jalacingo, Jáltipan, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Lerdo de Tejada,
Mecayapan, Minatitlán, Misantla, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan,
Playa Vicente, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, Santiago Sochiapan, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán,
Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Tlacojalpan, Tuxtilla, Uxpanapa, Yecuatla y
Zaragoza, por inundación fluvial a los municipios Jesús Carranza, Martínez de la Torre, y San Rafael, por
inundación pluvial a los municipios Acula y Coatzacoalcos y por lluvia severa e inundación fluvial al municipio
de José Azueta del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por la ocurrencia de Lluvia severa e inundación
fluvial y pluvial del 16 al 21 de octubre de 2015.
4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a 27 de octubre de 2015.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de
2015, en los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX
y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se
emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficios número SPC/713/2015 y SPC/714/2015, recibidos con fecha 20 y 21 de octubre de
2015 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Secretario de Protección Civil del Estado
de Chiapas, Lic. Luis Manuel García Moreno, de conformidad con el artículo 31-B, Fracción III, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y en ausencia del Titular del Poder Ejecutivo
Estatal, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria
de Emergencia para los municipios de Pichucalco, Ixhuatán, Reforma, Juárez y Amatán de dicha Entidad
Federativa, por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial provocadas por la interacción de los
frentes fríos números 6 y 7 con el disturbio tropical localizado en el Golfo de Tehuantepec, durante los días 18,
19 y 20 de octubre de 2015; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de
Emergencias FONDEN.
Que mediante oficios número CNPC/1363/2015 y CNPC/1367/2015, de fechas 20 y 21 de octubre de
2015, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente
para, en su caso, emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Chiapas solicitados
en los oficios SPC/713/2015 y SPC/714/2015 referidos con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-658 de fecha 23 de octubre de 2015, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015,
para los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas.
Que el día 24 de octubre de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 610, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Pichucalco e
Ixhuatán del Estado de Chiapas, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de
2015, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir
de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de
abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA
SEVERA OCURRIDA LOS DÍAS 18, 19 Y 20 DE OCTUBRE DE 2015, EN LOS MUNICIPIOS DE
PICHUCALCO E IXHUATÁN DEL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas,
por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Chiapas pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS
y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de octubre de dos mil quince.- El Coordinador Nacional,
Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento
en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 39, fracción III del Código Fiscal
de la Federación, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como objetivo del Gobierno Federal llevar a
México a su máximo potencial, incrementando de manera sostenida e incluyente el desarrollo nacional en
beneficio de las familias mexicanas;
Que para el cumplimiento de dicho objetivo, se establecen cinco Metas Nacionales y se definen tres
Estrategias Transversales, entre las cuales se encuentra la de Democratizar la Productividad, en la que se
propone establecer políticas públicas que eliminen los obstáculos que impiden alcanzar el máximo potencial a
amplios sectores de la vida nacional y que generen los estímulos correctos para integrar a todos los
mexicanos en la economía formal, así como prever de manera integral la política de ingresos y gastos para
que las estrategias y programas del Gobierno Federal promuevan la formalidad e incentivar, entre todos los
actores de la actividad económica, el uso eficiente de los recursos productivos, con el propósito de que las
oportunidades y el desarrollo lleguen a todas las regiones, sectores y grupos de la población;
Que el Gobierno de la República tiene el compromiso de impulsar la competitividad del país y el desarrollo
económico, y para lograrlo se propone continuar incentivando el uso de medios de pago electrónicos como
son, entre otros, las tarjetas de crédito y de débito, a fin de disminuir el uso de pagos en efectivo y, con ello,
generar condiciones que favorezcan la formalización de la economía;
Que promover el uso de medios de pago electrónicos en las operaciones que realizan las familias redunda
en beneficios para los productores de bienes y prestadores de servicios que se encuentran dentro de la
economía formal;
Que para las familias el pago a través de medios de pago electrónicos resulta un método seguro, práctico
y fácil de realizar y para las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un
titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo a las Disposiciones de
carácter general aplicables a las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco de México, debido al
mayor uso de estos medios de pago, permite generar un mejor control administrativo sobre los contribuyentes,
lo cual, además, fomenta el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y se traduce en mayores ingresos para
el erario federal;
Que para lograr los objetivos indicados e incentivar a los comercios, en especial a las micro, pequeñas y
medianas empresas, para que establezcan como forma de pago los medios electrónicos mencionados, se
estima conveniente llevar a cabo durante el periodo llamado “El Buen Fin”, un sorteo conforme a las bases
que establezca el Servicio de Administración Tributaria, a efecto de premiar a los tarjetahabientes que realicen
compras de bienes o de servicios en ese periodo. La suma total de los montos a entregar como premios a los
tarjetahabientes no podrá exceder de la cantidad de $500,000,000.00 (quinientos millones de pesos
00/100 M.N.);
Que la entrega de los premios a los tarjetahabientes personas físicas, cuando éstos hayan utilizado como
medios de pago, entre otros, las tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del
periodo llamado "El Buen Fin", será por cuenta del Gobierno Federal y se llevará a cabo a través de las
entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se
pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo con las Disposiciones de carácter general aplicables a
las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco de México, por lo que es conveniente otorgar un
estímulo fiscal a dichas entidades, consistente en permitir acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o
por retenciones a terceros del mismo impuesto, el monto que hayan entregado como premio a sus
tarjetahabientes. Para tal efecto, la cantidad a acreditar por premio individual no podrá exceder de $10,000.00
(diez mil pesos 00/100 M.N.), ni será menor a $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.);
Que con el fin de que los tarjetahabientes reciban el valor del premio sin retención alguna de impuestos y
que ello no implique perjuicio a la recaudación de las entidades federativas y de los municipios por los
impuestos de carácter local que, en su caso, tengan establecidos para gravar la obtención de premios, es
necesario establecer que la Federación será quien pague por cuenta del ganador del premio el monto
correspondiente a los impuestos locales, y
6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Que la determinación de las personas físicas ganadoras se realizará a través del sorteo que al efecto
organice el Servicio de Administración Tributaria, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
Artículo Primero. Se otorga un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás entidades que emitan
tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo con
las Disposiciones de carácter general aplicables a las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco
de México, por la entrega de premios que efectúen, por cuenta del Gobierno Federal, a los tarjetahabientes
personas físicas cuando éstos hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o débito en la
adquisición de bienes o servicios dentro del periodo llamado “El Buen Fin". El estímulo consiste en acreditar
contra el impuesto sobre la renta propio o del retenido a terceros por este impuesto, el importe entregado
como premio a los tarjetahabientes.
También serán objeto del estímulo fiscal a que se refiere este artículo las entidades comerciales respecto
de las compras de bienes o servicios realizadas mediante tarjetas de servicios operadas en México por
entidades comerciales que no pertenezcan al sistema financiero, que a través de un contrato que regule el
uso de las mismas, permitan a sus usuarios personas físicas su utilización en diversos comercios afiliados a
dichas entidades diferentes a la emisora de la tarjeta, siempre y cuando cumplan con la obligación de
acreditar en la misma tarjeta el pago del premio, en caso de resultar ganadores sus clientes, en los términos
previstos en el presente Decreto, y conforme a las reglas de carácter general que para tales efectos emita el
Servicio de Administración Tributaria.
El monto de los premios deberá corresponder a aquellas cantidades efectivamente entregadas a los
tarjetahabientes personas físicas que hayan resultado ganadores en el sorteo que lleve a cabo el Servicio de
Administración Tributaria, respecto de los bienes y servicios que se adquieran en el periodo llamado “El Buen
Fin”, que comprende del 13 al 16 de noviembre de 2015.
El acreditamiento individual por operación no podrá ser menor a $250.00 (doscientos cincuenta pesos
00/100 M.N.) ni mayor a $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.). La suma total del monto de los premios
entregados por las entidades financieras y demás entidades mencionadas en los párrafos primero y segundo
de este artículo no podrá exceder en su conjunto de $500,000,000.00 (quinientos millones de pesos
00/100 M.N.).
Artículo Segundo. Para acceder a los beneficios de los estímulos fiscales a que se refiere este Decreto,
las entidades financieras y demás entidades señaladas en el artículo que antecede, deberán apegarse a las
bases que establezca el Servicio de Administración Tributaria para el sorteo, de conformidad con el permiso
que al efecto emita la Secretaría de Gobernación.
Las entidades financieras y demás entidades señaladas en el artículo Primero de este Decreto, pondrán a
disposición de la autoridad fiscal federal la información necesaria para la realización del sorteo y para la
verificación de la entrega de los premios.
La información vinculada con los ganadores proporcionada por las entidades financieras y demás
entidades a que se refiere el artículo Primero de este Decreto, estará sujeta a lo dispuesto en el tercer párrafo
del artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con base
en el aviso de privacidad que para tales efectos se establezca en las bases del sorteo derivado
de "El Buen Fin".
Artículo Tercero. Las entidades financieras y demás entidades descritas en el artículo Primero del
presente Decreto podrán acreditar el estímulo fiscal otorgado hasta agotarlo, en los meses siguientes a aquél
en que se realice la entrega de los premios a cada ganador, y una vez que se haya entregado al Servicio de
Administración Tributaria la información que determine a través de las reglas de carácter general.
Artículo Cuarto. El monto de los impuestos estatales que se generen por la obtención de los premios
derivados del sorteo que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria a que se refiere el presente
Decreto será cubierto por la Federación a la Entidad Federativa en donde se entregue el premio
correspondiente, a través del procedimiento de compensación permanente de fondos a que se refiere el
segundo párrafo del artículo 15 de la Ley de Coordinación Fiscal y establecido en los convenios de
colaboración administrativa en materia fiscal federal que tienen celebrados las entidades federativas
adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
La Federación cubrirá a los municipios, a través de la Entidad Federativa en donde se entregue el premio
respectivo, las cantidades que correspondan por la aplicación del impuesto municipal a la obtención de
premios, de conformidad con lo previsto en el presente artículo.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará a la Entidad Federativa los montos que le
correspondan a ésta y, en su caso, a sus municipios, derivados de la aplicación de sus respectivos impuestos
locales a la obtención de los premios, de conformidad con las reglas de carácter general que establezca el
Servicio de Administración Tributaria para tales efectos.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7
Artículo Quinto. Se exime a los beneficiarios de los estímulos previstos en este Decreto del pago del
Derecho por concepto de vigilancia que establece el artículo 27 de la Ley Federal de Derechos.
Artículo Sexto. Para efectos de los estímulos previstos en este Decreto, se releva a los beneficiarios de
los mismos de la obligación de presentar el aviso a que se refiere el artículo 25, primer párrafo del Código
Fiscal de la Federación.
Artículo Séptimo. El estímulo fiscal a que se refiere el presente Decreto, así como el importe de los
premios que se entreguen a los tarjetahabientes personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán
ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta.
Artículo Octavo. La aplicación del estímulo fiscal establecido en el presente Decreto no dará lugar a
devolución.
Artículo Noveno. El Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas de carácter general
necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto, así como las bases para la realización
del sorteo.
TRANSITORIO
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2016.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintinueve de octubre de
dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray
Caso.- Rúbrica.
DECRETO que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año,
correspondiente al ejercicio fiscal de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,
Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y 31 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del
Apartado B) del Artículo 123 Constitucional dispone que los servidores públicos cuya relación jurídica de
trabajo se regula por dicha Ley tienen derecho a un aguinaldo anual que será equivalente a 40 días de salario,
cuando menos, sin deducción alguna y que se deberá pagar el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el
otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero;
Que el Ejecutivo Federal a mi cargo ha decidido participar de una gratificación de fin de año al personal
civil de confianza, al personal del Servicio Exterior Mexicano y al asimilado a éste y al personal militar en
activo, así como hacer extensivo dicho beneficio a las personas físicas que prestan sus servicios mediante
contrato de honorarios en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con cargo a
recursos del capítulo de Servicios Personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración
Pública Federal;
Que en el mismo sentido, la gratificación de fin de año incluye a las personas que reciban haberes de
retiro, pensión militar, pensión civil, pensión de gracia, y los deudos de dichas personas a quienes se les haya
otorgado una pensión, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con
cargo al erario federal;
Que el otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año tiene su sustento en los principios de
justicia y de equidad, y
Que corresponde al Ejecutivo Federal, en el marco de sus atribuciones, dictar las normas y el
procedimiento que se deba aplicar para el pago del aguinaldo o gratificación de fin de año, he tenido a bien
expedir el siguiente
DECRETO
Del objeto y ámbito de aplicación institucional
Artículo Primero.- El presente Decreto tiene por objeto establecer las disposiciones para el otorgamiento
de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2015, que efectúen los
ejecutores de gasto siguientes:
8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
I. Dependencias: las Secretarías de Estado, incluyendo a sus órganos administrativos
desconcentrados; órganos reguladores coordinados en materia energética, y la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal.
Para los efectos del presente Decreto, quedan comprendidas en esta fracción la Oficina
de la Presidencia de la República, la Procuraduría General de la República y los tribunales
administrativos, y
II. Entidades: las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
Artículo Segundo.- Los poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como los entes autónomos
federales, en su caso, podrán tomar como base las disposiciones del presente Decreto para el pago del
aguinaldo o gratificación de fin de año, sin perjuicio del ejercicio de su autonomía.
De los principios para otorgar el aguinaldo o gratificación de fin de año
Artículo Tercero.- El otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año correspondiente a 2015 se
deberá regir bajo los principios de justicia y de equidad, en los términos de los lineamientos específicos a que
se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto.
De los sujetos
Artículo Cuarto.- Son sujetos de las disposiciones del presente Decreto, conforme a los esquemas de
remuneración, retribución, cuota de pensión o haber de retiro:
I. Los servidores públicos de las Dependencias y Entidades, cuya relación jurídica de trabajo se regula
por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del
Artículo 123 Constitucional, y
II. En forma extensiva, como un acto jurídico del Ejecutivo Federal, orientado en los principios de
justicia y de equidad:
a) El personal operativo de confianza de las Dependencias y Entidades;
b) El personal de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades, así como el personal del
Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional;
c) El personal del Servicio Exterior Mexicano y asimilado a éste, que se encuentre cumpliendo
funciones en las representaciones de México en el extranjero;
d) El personal militar en activo;
e) Las personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de
honorarios y con cargo a recursos del capítulo de Servicios Personales del Clasificador por
Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, que prestan sus servicios a las
Dependencias y Entidades, al Servicio Exterior Mexicano y a las Fuerzas Armadas, y
f) Las personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil, pensión de gracia o
los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con cargo al erario federal,
quienes recibirán la gratificación correspondiente a cada concepto al que tengan derecho. En
este inciso se incluye a los veteranos de la Revolución que disfruten de una pensión con cargo
al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de cuota
adicional con cargo al erario federal, quienes recibirán la gratificación correspondiente por cada
uno de esos conceptos al que tengan derecho.
Del otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año
Artículo Quinto.- El otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año se realizará conforme a lo
siguiente:
I. El aguinaldo a los servidores públicos a que se refiere la fracción I del Artículo Cuarto de este
Decreto, será equivalente a cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los
lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento, y
II. La gratificación de fin de año se otorgará en los términos siguientes:
a) A los sujetos a que se refiere la fracción II, incisos a) y b), del Artículo Cuarto de este Decreto,
cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos
específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento;
b) A los sujetos a que se refiere la fracción II, inciso c), del Artículo Cuarto de este Decreto,
cuarenta días de conformidad con las disposiciones contenidas en la normativa de sueldos que
les corresponda;
c) A los sujetos a que se refiere la fracción II, inciso d), del Artículo Cuarto de este Decreto,
cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos
específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9
d) A las personas físicas contratadas para prestar servicios profesionales bajo el régimen de
honorarios en los términos de la fracción II, inciso e), del Artículo Cuarto de este Decreto, hasta
cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos
específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento, y
e) A los pensionistas a que se refiere la fracción II, inciso f), del Artículo Cuarto de este Decreto,
cuarenta días de las cuotas que tengan asignadas. Si fueran varios los beneficiarios de una
pensión, el importe de la gratificación se distribuirá proporcionalmente entre ellos.
El pago del aguinaldo o gratificación de fin de año se realizará con cargo al presupuesto autorizado de las
Dependencias y Entidades, en la forma y términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que
se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto.
Artículo Sexto.- La parte de la gratificación de fin de año que se calcule con base en la compensación
garantizada que se otorga a los servidores públicos a que se refiere la fracción II, inciso b), del Artículo Cuarto
de este Decreto, será hasta por el equivalente a cuarenta días, en la forma y términos que se establezcan en
los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto y con cargo al
presupuesto autorizado de las Dependencias y Entidades. La gratificación que se otorgue tendrá el carácter
de no regularizable.
Artículo Séptimo.- El aguinaldo y la gratificación de fin de año a que se refieren los Artículos Quinto y
Sexto de este Decreto se podrán cubrir a partir del 11 de noviembre de 2015, en los términos que establezcan
los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento.
Del pago proporcional del aguinaldo o gratificación de fin de año
Artículo Octavo.- Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a entregar la parte proporcional del
aguinaldo o gratificación de fin de año que corresponda, en los casos en que los sujetos a que se refiere el
Artículo Cuarto de este Decreto hubieren prestado sus servicios por un periodo menor a un año.
De quienes no tienen derecho al aguinaldo o gratificación de fin de año
Artículo Noveno.- No tendrán derecho al aguinaldo o gratificación de fin de año:
I. Las personas físicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador
por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, así como aquéllas a las que se cubran
percepciones por cualquier concepto no previsto en los Artículos Quinto y Sexto de este Decreto o en
los lineamientos específicos y normativa a que dichos preceptos se refieren, y
II. El personal a que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las entidades
federativas.
De la operación y base de cálculo
Artículo Décimo.- El importe del aguinaldo o gratificación de fin de año se determinará con base en las
remuneraciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Para obtener la cuota diaria del servidor público que cobre sus remuneraciones por mes, éste se
computará de treinta días.
Artículo Décimo Primero.- El pago del aguinaldo o gratificación de fin de año se hará directamente a los
interesados en la misma forma e igual conducto por el que se les cubren sus remuneraciones ordinarias. En el
caso de los pensionistas, el monto correspondiente podrá cubrirse por medio de sus apoderados, conforme
hayan venido cobrando la pensión correspondiente.
Las Dependencias y Entidades realizarán los cálculos para determinar el importe correspondiente, que
permita efectuar las retenciones a que se refieren las disposiciones fiscales aplicables, conforme a los
lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto.
Artículo Décimo Segundo.- La gratificación de fin de año de los pensionistas del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado deberá cubrirse con recursos del presupuesto autorizado
de dicho Instituto.
De las disposiciones administrativas
Artículo Décimo Tercero.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá lineamientos específicos
que establezcan las disposiciones administrativas necesarias para la aplicación del presente Decreto.
Artículo Décimo Cuarto.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para interpretar el
presente Decreto para efectos administrativos.
TRANSITORIO
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, a los treinta días de octubre de dos mil quince.-
Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.
10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del
Acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y, 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX,
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal
la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico,
se le asignó el nombre oficial de Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”; en el que se actualizó la disponibilidad media anual y la ubicación geográfica del
acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual del acuífero Tolimán, clave 2207, obteniéndose un déficit de 0.622714
millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31
de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual del acuífero Tolimán, clave 2207, obteniéndose un déficit de 0.695072
millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de
junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Tolimán,
clave 2207, en el Estado de Querétaro, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana
NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua que establece las especificaciones y el método
para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el
Diario Oficial de la Federación;
Que en el acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, se encuentran vigentes los siguientes
instrumentos jurídicos:
a) “DECRETO que establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona de los
valles de Querétaro y San Juan del Río, en el Estado de Querétaro”, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 3 de enero de 1958, que comprende una superficie del 0.08 por ciento del acuífero
Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, en su porción este;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11
b) “DECRETO que declara de Interés público la conservación de los mantos acuíferos en la superficie
comprendida dentro de los límites geopolíticos de la zona circunvecina a los Valles de Querétaro y
San Juan del Río, Qro.” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero de 1976, que
cubre el 34.4 por ciento de la extensión del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro,
en su porción sur, y
c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el 65.52 por
ciento del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, se prohíbe la perforación de
pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que
tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento
de volúmenes autorizados o registrados, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita
realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo.
Que no obstante la existencia de los instrumentos jurídicos mencionados, en los últimos años se ha
generado una creciente demanda de agua, principalmente para uso agrícola y para el abastecimiento de la
población que requiere agua potable y servicios, indispensable para sostener el desarrollo y la continuidad de
las actividades socioeconómicas en la superficie del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, con el objetivo de definir si se presentan algunas de
las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del
ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios, a través
del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta
reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis
Potosí, Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo
que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO TOLIMÁN, CLAVE 2207, EN EL
ESTADO DE QUERÉTARO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE
ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Tolimán, clave 2207, ubicado en el Estado de Querétaro, en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Tolimán, clave 2207, se localiza en el centro del Estado de Querétaro, comprende una
superficie de 2,980 kilómetros cuadrados y abarca en su totalidad el Municipio de Tolimán y parcialmente los
municipios de Peñamiller, San Joaquín, Cadereyta de Montes, Colón, Pinal de Amoles, Landa de Matamoros
y Jalpan de Serra, todos ellos en el Estado de Querétaro y administrativamente corresponde a la Región
Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Los límites del acuífero Tolimán, clave 2207, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada
cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el
que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza
la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la
descripción geográfica de 202 acuíferos”; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto
de 2009.
ACUÍFERO 2207 TOLIMÁN
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
OBSERVACIONES
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 99 43 31.3 21 8 43.4
2 99 41 24.2 21 8 13
3 99 39 40.9 21 7 1.9
4 99 36 35.5 21 8 0.9
5 99 33 27.7 21 7 23.9
6 99 31 1.8 21 5 49
7 99 28 14.9 21 7 21.5
8 99 25 13.8 21 7 3.4
9 99 22 11.3 21 8 15.8
12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
10 99 20 45 21 11 18.3
11 99 19 38.1 21 9 12.9
12 99 19 45.4 21 7 48.2
DEL 12 AL 13 POR
EL LÍMITE ESTATAL
13 99 23 39.3 21 4 44.2
14 99 23 53.7 21 3 16.8
15 99 23 56.1 21 1 18.1
16 99 25 16.4 20 59 27.7
17 99 26 59.6 20 58 44.7
18 99 28 28.4 20 54 38.2
19 99 30 37.4 20 53 10.8
20 99 32 6.3 20 54 23.9
21 99 35 22.6 20 51 26.2
22 99 33 43.7 20 47 21.1
23 99 32 17.7 20 44 52.5
DEL 23 AL 24 POR
EL LÍMITE ESTATAL
24 99 32 2.4 20 42 21.7
25 99 33 55.4 20 40 20.3
26 99 36 38 20 41 41.2
27 99 38 4.7 20 42 45.7
28 99 39 36 20 41 20.7
29 99 40 58.5 20 43 6
30 99 44 0.8 20 43 27.2
31 99 47 53.8 20 46 41.4
32 99 52 41.3 20 44 45.6
33 99 55 41.4 20 45 1
34 99 56 11 20 46 0.8
35 99 57 58.1 20 45 46.4
36 100 1 28.7 20 49 40.5
37 100 6 31.1 20 46 30
38 100 9 23.5 20 46 23.4
39 100 11 17.8 20 47 43.6
40 100 11 39.9 20 50 54.2
41 100 14 16.3 20 52 38.5
42 100 13 14.1 20 53 26.6
43 100 12 3 20 56 11.9
DEL 43 AL 44 POR
EL LÍMITE ESTATAL
44 99 45 40.1 21 12 47.2
45 99 44 29.4 21 11 26.7
1 99 43 31.3 21 8 43.4
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con los resultados del Censo de Población y Vivienda por localidad, del Instituto Nacional de
Estadística y Geografía, para el año 2000 la población total en el área que comprende el acuífero Tolimán,
clave 2207, era de 72,314 habitantes; para el año 2005 de 76,135 habitantes y en el año 2010 era de 83,775
habitantes, que representan el 4.58 por ciento de la población en el Estado de Querétaro.
La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 505 localidades, de las cuales 2
son urbanas y concentraban en el año 2010 a 6,514 habitantes; mientras que las 503 localidades restantes
son rurales y concentraban a 77,261 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca
el acuífero, evaluada del año 2005 al 2010 fue de 2.0 por ciento anual, que es inferior a la tasa de crecimiento
estatal de 2.72 por ciento anual para el mismo lapso, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística
y Geografía.
Las principales ciudades ubicadas dentro del acuífero son San Pablo Tolimán con 3,667 habitantes y
Tolimán con 2,847 habitantes.
Con base en la población censada en 2010, se proyectó la población para el área del acuífero, resultando
106,756 habitantes para el 2030, de éstos, 18,854 habitantes distribuidos en 6 localidades urbanas y 87,901
habitantes en 499 rurales. En el área que corresponde al Municipio de Tolimán habría 30,129 habitantes, en
Cadereyta de Montes 27,039 habitantes, en Peñamiller 21,674, en San Joaquín 10,999, en Colón 9,737
y en Pinal de Amoles 7,071 habitantes.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13
En cuanto a la cobertura de agua potable, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010, en
localidades urbanas era de 87.7 por ciento, menor que la cobertura media a nivel nacional, que era de 95.4
por ciento; mientras que en localidades rurales la cobertura era de 98.9 por ciento, mayor que la cobertura
media nacional que era de 77.2 por ciento. En cuanto a la cobertura de alcantarillado en localidades urbanas
era de 86.2 por ciento, menor que la cobertura media nacional que era de 96.3 por ciento, mientras que en
localidades rurales la cobertura era de 71.0 por ciento, mayor que la cobertura media nacional que era
de 68.9 por ciento.
La población económicamente activa en la superficie del acuífero Tolimán, clave 2207, es de 26,315
habitantes; de los cuales, el 44 por ciento se dedica al sector terciario, 35 por ciento al sector secundario y el
22 por ciento al sector primario. El Producto Interno Bruto que genera la población económicamente activa
del acuífero es de aproximadamente 8,723.60 millones de pesos, que representa el 3.37 por ciento del
Producto Interno Bruto estatal.
La superficie agrícola total en el acuífero es de aproximadamente 22,623 hectáreas, de las cuales 549
hectáreas son de riego, cuya fuente es el agua subterránea. En 485 hectáreas se establecen cultivos básicos
como el maíz de grano y frijol; en 43.4 hectáreas se establecen cultivos hortícolas como el tomate verde y
tomate rojo y en 20.7 hectáreas se establecen frutales como el limón y guayaba. La actividad pecuaria
comprende principalmente la producción de gallináceas (1´492,982 cabezas) y con menor proporción la cría de
cabezas de ganado bovino, caprino, porcino, ovino y apícola. Estas actividades componen al sector primario
del acuífero al que se dedican 5,676 habitantes, que generan 584.82 millones de pesos aproximadamente.
La industria establecida en el acuífero es prácticamente nula ya que no se tiene ninguna unidad industrial;
sin embargo, el 35 por ciento de la población económicamente activa del acuífero se dedica a esta actividad,
lo cual indica que se desplazan fuera de los límites del acuífero para realizarla; dicha población genera
4,321 millones de pesos que representan el 1.7 por ciento del Producto Interno Bruto estatal.
En el sector terciario, integrado por los servicios de agua potable y saneamiento, comercios, transportes,
educación, hoteles, restaurantes y otros, se ocupa el 44 por ciento de la población económicamente activa
del acuífero y genera 3,817.72 millones de pesos que representan el 1.5 por ciento del Producto Interno
Bruto estatal.
3. MARCO FÍSICO
3.1 CLIMATOLOGÍA
Según la clasificación de Köppen, modificada por Enriqueta García, los climas que predominan en la
superficie que comprende el acuífero Tolimán, clave 2207, son semiárido-semicálido y semiárido templado,
los cuales abarcan el 36.52 y 33.77 por ciento de la superficie total del acuífero, respectivamente.
De acuerdo con la información climatológica registrada en el periodo 1981 al 2010, el acuífero Tolimán,
clave 2207, presentaba una temperatura media anual de 18.25 grados centígrados y una precipitación media
anual de 476.1 milímetros. La evapotranspiración potencial media anual era de 773.59 milímetros, valor que
sobrepasa a la precipitación pluvial, razón por la cual se considera al clima como semiárido.
3.2. FISIOGRAFÍA Y GEOMORFOLOGÍA
El acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentra emplazado en las Provincias Fisiográficas denominadas
Eje Neovolcánico, Meseta del Centro y Sierra Madre Oriental, y en las Subprovincias Llanuras y Sierras de
Querétaro e Hidalgo, Sierras y Llanuras del Norte de Guanajuato y Carso Huasteco.
Las topoformas representativas de la subprovincia Llanuras y Sierras de Querétaro e Hidalgo, que se
presentan dentro de los límites del acuífero, son sierras complejas y lomeríos constituidos por rocas
basálticas. En la subprovincia Sierras y Llanuras del Norte de Guanajuato, se encuentran sierras escarpadas y
mesetas con cañadas de materiales basálticos. En la subprovincia Carso Huasteco se encuentra la sierra alta
escarpada y de laderas convexas.
Las mayores elevaciones en el acuífero corresponden al Volcán Zamorano con 3,346 metros sobre el nivel
del mar, a los cerros El Espolón con 3,000 metros sobre el nivel del mar y El Frontón con 2,420 metros sobre
el nivel del mar; las menores elevaciones se presentan en la parte correspondiente al Municipio de Jalpan de
Serra y corresponden a 700 metros sobre el nivel del mar, aproximadamente.
3.3 GEOLOGÍA
En el área que conforma el acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentran expuestas rocas cuyas edades
varían del Jurásico al Reciente.
Las rocas más antiguas son una secuencia de rocas sedimentarias clásticas que afloran al norte del
poblado de Tolimán y están constituidas por lutitas arcillosas y lutitas calcáreas expuestas en estratificaciones
delgadas y fracturadas. Las rocas más recientes son los basaltos que afloran aisladamente como derrames
con fracturamiento intenso al sur de Tolimán.
A continuación se describe la columna estratigráfica simplificada:
Cretácico Inferior: Rocas calizas que se localizan en un afloramiento de reducida extensión, se
consideran de buena permeabilidad; sin embargo, por su posición topográfica en el área del acuífero Tolimán,
clave 2207, únicamente se manifiestan localmente en pequeños manantiales.
14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Terciario Inferior: Material clástico continental producto de la desintegración de las rocas preexistentes
que se encuentran cubiertas por este material en forma discordante y a su vez son cubiertas por derrames
ácidos de roca volcánica. Los materiales clásticos procedentes de lutitas dan origen a depósitos arcillosos con
permeabilidad baja; en tanto, los originados por calizas pueden considerarse con permeabilidad media, que
dependiendo de su posición topográfica podrían presentar áreas de recarga al acuífero.
Terciario Superior: Estas rocas de naturaleza ácida pueden ser bien diferenciadas en dos paquetes:
Ignimbrita Zamorano Miembro Inferior que presenta una alternancia en su mayoría de tobas vítreas de caída
libre ampliamente distribuida, con intercalación de tobas vitrocristalinas en menor escala, con algunos
horizontes pumíticos blanquecinos de grano fino con cierta piroconsolidación de estructura masiva fluidal; la
distribución de esta unidad en el acuífero es en la porción oeste, lo que indica baja a nula permeabilidad.
Ignimbrita Zamorano Miembro Superior que se encuentra en la porción norte, entre la localidad de Mesa de
Ramírez y El Madroño, en afloramientos de pequeñas extensiones que tienen permeabilidad secundaria
por fracturamiento y funcionan hidrogeológicamente como transmisores de agua con nula capacidad
de almacenamiento.
También se encuentran andesitas localizadas en afloramientos de reducida extensión al sureste de San
Pablo Tolimán y al este de los cerros Tesi, Malavates y Frontón; estas rocas formadas por lavas afaníticas con
apariencia basáltica tienen un comportamiento hidrogeológico regulado por el grado de fracturamiento; es
decir, si es abierto se considera de permeabilidad secundaria y constituye áreas de recarga, de lo contrario,
es un macizo impermeable.
Sistema Cuaternario: Rocas basálticas que se localizan al sur de Tolimán en pequeños afloramientos
aislados como derrames con fracturamiento intenso, funcionan como transmisores de agua a las formaciones
geológicas que le subyacen pero dada su reducida extensión resultan de poco interés desde el punto de vista
hidrogeológico.
Los depósitos aluviales que conforman el Valle de Tolimán, se localizan en los cauces de los principales
arroyos y ríos de la zona; estos depósitos consisten de gravas, arenas, limos y arcillas bien clasificados, que
tienen un espesor hasta de 20 metros. En esta unidad geológica se ubican los aprovechamientos de agua
subterránea que extraen mediante bombeo en norias, el agua que se encuentra a profundidades muy someras.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Tolimán, clave 2207, está ubicado dentro de la Región Hidrológica número 26 Pánuco y forma
parte de las cuencas hidrológicas Río Extóraz, Río Tolimán, Río Victoria y Embalse Zimapán.
Dentro de los límites del acuífero, la corriente superficial más importante es el Río Tolimán, que está
regulado por la Presa La Soledad; sus afluentes principales lo constituyen dos ríos de menor orden que
confluyen al cauce principal del Río Tolimán, tales como los ríos San Pedro y La Palma, así como un sin
número de arroyos tributarios.
El Río Tolimán nace en la porción suroeste del acuífero y adopta un rumbo hacia el noreste, es afluente
del Río Extóraz que recorre el norte del acuífero y que a su vez es afluente del Río Moctezuma.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1 El acuífero
El acuífero Tolimán, clave 2207, refleja un comportamiento de acuífero tipo libre o incluso de un acuífero
de aguas subálveas, constituido por rocas sedimentarías, principalmente por conglomerados y depósitos
aluviales que revisten la planicie que alcanzan espesores de hasta 20 metros en depósitos aluviales y más de
100 metros en conglomerados. La profundidad del nivel estático de los pozos en conglomerados, varía desde
los 20 a los 70 metros y la profundidad del nivel estático en norias que se encuentran en los depósitos
aluviales es de entre 8 y 2 metros.
5.2 Niveles del agua subterránea
En el acuífero Tolimán, clave 2207, la profundidad al nivel estático en los pozos varió en el año 2010 de
20 a 70 metros, encontrándose las mayores profundidades al sureste y norte de San Pablo Tolimán y las
menores al oeste del área de explotación, entre las comunidades Rancho Arcoiris y Rancho Santa Teresa,
mientras que en las norias, la profundidad al nivel estático varió de 2 a 8 metros.
La elevación del nivel estático, en el año 2010 se encontraba entre los 1,800 y los 1,525 metros sobre el
nivel del mar. Las mayores elevaciones se encuentran en la porción sureste del área de explotación.
El flujo de agua subterránea sigue sensiblemente las mismas direcciones que los escurrimientos
superficiales, teniendo una dirección predominante sureste-noreste; el agua subterránea se mueve con un
gradiente hidráulico medio de 0.025 hacia la corriente principal del Río Tolimán.
Debido a la falta de datos piezométricos históricos no fue posible elaborar configuraciones de evolución
del nivel estático, ni determinar por esta vía el cambio de almacenamiento en el acuífero.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15
5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
En el acuífero Tolimán, clave 2207, se tienen censados 63 pozos, de los cuales 28 corresponden a uso
agrícola, 15 para uso público urbano, 13 para usos múltiples, 5 para uso pecuario y 1 pozo para uso industrial.
De los 63 aprovechamientos se extrae un volumen de 2.4 millones de metros cúbicos anuales, de los
cuales, para uso agrícola se extrae el 51.67 por ciento del volumen total, para el uso público urbano el 33.75
por ciento, para uso pecuario 1.25 por ciento, para usos múltiples el 7.5 por ciento y para uso industrial 5.83
por ciento del total de extracción.
5.4 Calidad del agua subterránea
De acuerdo a los resultados fisicoquímicos que se han realizado a pozos y manantiales ubicados dentro
de la demarcación del acuífero Tolimán, clave 2207, se concluye que en general el agua subterránea del
acuífero es apta para todos los usos, ya que las concentraciones de los diferentes iones no sobrepasan los
límites máximos permisibles que establece la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994
Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe
someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre
de 2000.
Con base al punto anterior, se concluye que el agua del acuífero Tolimán, clave 2207, es en general de
buena calidad para consumo humano, excelente para el abrevadero y apropiada para el riego agrícola.
5.5 Modelo conceptual del acuífero
El área de explotación del acuífero Tolimán, clave 2207, está constituida por conglomerados y depósitos
aluviales que revisten la planicie y que alcanzan espesores de 20 metros en los depósitos aluviales y de más
de 100 metros en los conglomerados donde se encuentran las obras de captación de agua subterránea,
norias y pozos. La profundidad al nivel estático de los pozos que capta el acuífero en conglomerados, varía
desde los 20 a los 70 metros de profundidad, mientras que el nivel estático que captan las norias en los
depósitos aluviales es de entre 8 y 2 metros.
La recarga natural del acuífero tiene lugar por la infiltración de la lluvia en las serranías de la porción
noreste con elevación de 2,200 metros sobre el nivel del mar y desde las serranías del Volcán Zamorano con
elevaciones de 2,400 metros sobre el nivel del mar, hasta sus estribaciones que bordean el valle. Otra forma
de recarga natural del acuífero tiene lugar por la infiltración de la lluvia directamente sobre la superficie del
valle y por la infiltración de los escurrimientos superficiales y canales de distribución de riego superficial.
La descarga principal del acuífero se efectúa mediante la extracción por bombeo de las captaciones de
agua subterránea. Otras descargas del acuífero Tolimán, clave 2207, están representadas por las salidas
de flujo subterráneo al noroeste del valle y por la evapotranspiración, esta última en zonas donde el nivel
freático se encuentra a profundidades menores de 5 metros.
5.6 Balance de Agua Subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Tolimán,
clave 2207, es de 8.4 millones de metros cúbicos, integrada por 2.0 millones de metros cúbicos anuales de
entradas por flujo subterráneo, 4.6 millones de metros cúbicos anuales por recarga vertical por lluvia y 1.8
millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego y fugas en las redes de
distribución de agua potable; asimismo, la descarga del acuífero está integrada por 2.9 millones de metros
cúbicos anuales de salidas subterráneas, por 2.42 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del
acuífero y por 1.39 millones de metros cúbicos anuales que se descargan del acuífero por evapotranspiración.
El cambio de almacenamiento en el acuífero es de 1.69 millones de metros cúbicos anuales.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Tolimán, clave 2207, fue determinada
conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Conservación
del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media
anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002,
aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total -
Descarga natural
comprometida
-
Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual en el acuífero Tolimán, clave 2207, se calculó considerando una recarga
media anual de 8.4 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 2.9 millones
de metros cúbicos, que corresponden a las salidas subterráneas, y el volumen concesionado e inscrito en el
Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014, de 6.195072 millones de metros cúbicos
anuales, resultando un déficit de 0.695072 millones de metros cúbicos anuales.
16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
2207 TOLIMÁN 8.4 2.9 6.195072 2.4 0.000000 -0.695072
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que no existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, en el acuífero
Tolimán, clave 2207.
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables es de
5.5 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el
acuífero, menos la descarga natural comprometida.
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Actualmente el acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentra sujeto a las disposiciones de los siguientes
instrumentos jurídicos:
● “DECRETO que establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona de los
valles de Querétaro y San Juan del Río, en el Estado de Querétaro”, publicado en Diario Oficial de la
Federación el 03 de enero de 1958 que comprende una porción al este del acuífero Tolimán, clave
2207;
● “DECRETO que se declara de Interés público la conservación de los mantos acuíferos en la
superficie comprendida dentro de los límites geopolíticos de la zona circunvecina a los Valles de
Querétaro y San Juan del Río, Qro.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero
de 1976, que comprende una porción del acuífero Tolimán, clave 2207, y
● “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción
del acuífero Tolimán, clave 2207, que no se encuentra sujeta a las disposiciones de la veda
señalada, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la
extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o
registrados, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y
uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1. Escasez natural de agua
El área superficial del acuífero Tolimán, clave 2207, está ubicada en una región con clima semiárido-
semicálido y semiárido-templado, en la que se presenta una precipitación media anual de 476.1 milímetros,
mientras que la evaporación potencial media anual es de 773.59 milímetros; consecuentemente la mayor
parte del agua precipitada se evapora, por lo que el escurrimiento y la infiltración son reducidos. Los
escurrimientos superficiales en general son intermitentes, lo cual implica que la única fuente de
abastecimiento permanente y segura, sea el agua subterránea del acuífero, que se extrae a través
de captaciones y que descarga a través de manantiales que son aprovechados para los distintos usos.
Dicha circunstancia, además de la creciente demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades
básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y que la disponibilidad
media anual de agua subterránea en el acuífero, es nula, implica el riesgo de que se agraven los efectos
negativos de la explotación del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso,
por lo que es de interés público controlar la explotación, extracción, uso y aprovechamiento del agua
subterránea.
8.2. Sobreexplotación
Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos jurídicos referidos en el Octavo Considerando, en
el acuífero Tolimán, clave 2207, ya se presenta un abatimiento del nivel del agua subterránea, por lo que
persiste el riesgo de que se agraven los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales
como la inutilización de pozos y el incremento de costos de bombeo, así como el deterioro de la calidad del
agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero de un significativo desequilibrio hídrico que
pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
El incremento de la demanda de agua, principalmente para la actividad agrícola, ha puesto en condición
de sobreexplotación al acuífero, incrementando el déficit, situación que representa un freno para el desarrollo
de las actividades productivas que dependen del agua subterránea, impactando negativamente en el
ambiente y en el abastecimiento de agua para todos los habitantes.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17
9. CONCLUSIONES
● La disponibilidad media anual de agua subterránea es nula y presenta un déficit de 0.695072
millones de metros cúbicos anuales; por lo que, no existe volumen disponible para otorgar
concesiones o asignaciones, y el recurso hídrico subterráneo debe estar sujeto a una extracción,
explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental del acuífero
y detener su sobreexplotación.
● El acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentra sujeto a los instrumentos jurídicos a que se refiere el
Considerando Octavo del presente.
● Si bien dichos instrumentos han permitido disminuir los efectos de la sobreexplotación, persiste el
riesgo del abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo y el deterioro
de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma.
● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Tolimán, clave 2207.
● De los resultados expuestos, en el acuífero Tolimán, clave 2207, se presentan las causales de
utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas
a la protección y conservación del recurso hídrico, a la atención prioritaria de la problemática hídrica
en zonas de escasez natural y al control de su extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las
aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero;
el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas del subsuelo; causales que justifican el
establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de su extensión territorial, para
alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos.
● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme
a derecho, de usuarios y extracciones y con ello se organizará a todos los asignatarios y
concesionarios del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
● Suprimir la veda establecida mediante el “DECRETO que establece veda para el alumbramiento
de aguas del subsuelo en la zona de los valles de Querétaro y San Juan del Río, en el Estado de
Querétaro”, publicado en Diario Oficial de la Federación el 3 de enero de 1958, en la porción
correspondiente al acuífero Tolimán, clave 2207.
● Suprimir la veda establecida mediante el “DECRETO por el que se declara de Interés público la
conservación de los mantos acuíferos en la superficie comprendida dentro de los límites geopolíticos
de la zona circunvecina a los Valles de Querétaro y San Juan del Río, Qro.”, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 06 de febrero de 1976, en la porción correspondiente al acuífero Tolimán,
clave 2207.
● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Tolimán, clave 2207,
y que en la porción no vedada de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin efectos el
“ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en
las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se
indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo
dispuesto por su artículo primero transitorio.
● Una vez establecido el ordenamiento, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas,
conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional
del Agua.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias
de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites
y la extensión geográfica del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, estarán disponibles
para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que se ubican
en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y
en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo Organismo de Cuenca Golfo Norte en Calle Libramiento
Emilio Portes Gil Número 200, Colonia Miguel Alemán, Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Tamaulipas y en
la Dirección Local Querétaro, en Avenida Hidalgo número 293, Fraccionamiento Las Campanas, Código
Postal 76010, Santiago de Querétaro, Querétaro.
México, Distrito Federal, a los 7 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto
Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas
del Acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa
Golfo Norte.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal
la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio técnico, se
le asignó el nombre oficial de Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo;
Que el 3 de enero de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da
a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 30
acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se
indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual y se establecieron los límites del acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de las aguas nacionales
subterráneas del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307,
en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un déficit de 9.823607 millones de metros cúbicos anuales, con fecha
de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307,
en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un déficit de 9.554579 millones de metros cúbicos anuales, con fecha
de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA
Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las
especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”,
publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19
Que en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, se encuentran vigentes
los siguientes instrumentos jurídicos:
a) “ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en
los terrenos que ocupa y circundan a la población de Tecozautla, Hgo.”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 11 de febrero de 1956, que comprende una superficie de 27.9 por ciento del
acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, en su porción norte.
b) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el 72.1 por
ciento del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, se prohíbe la
perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro
mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del
subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, hasta en tanto se emita el
instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales
del subsuelo;
Que con los instrumentos jurídicos referidos en el considerando anterior, se ha evitado el aumento de
la extracción de agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y el que se agravara la
problemática del acuífero, aminorando los efectos adversos tales como el abatimiento del agua subterránea,
con el consecuente aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, el agotamiento de
manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua, que de seguirse presentando en la misma medida,
hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona y el impacto en
las actividades productivas que dependen de este recurso;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan
algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del
ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios
organizados en el Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos
en la cuarta reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad
de San Luis Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones
y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO HUICHAPAN-TECOZAUTLA, CLAVE 1307,
EN EL ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE
ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307, ubicado en el Estado de Hidalgo en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se localiza en el extremo suroeste del Estado de Hidalgo,
comprende una superficie de 1,448 kilómetros cuadrados y abarca casi en su totalidad a los municipios de
Huichapan, Tecozautla, Nopala de Villagrán, y muy pequeñas porciones de los municipios, Alfajayucan,
Chapantongo, Tasquillo y Zimapán, todos ellos en el Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero
corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa “Golfo Norte”.
Los límites del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, están definidos por los vértices de la poligonal
simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el
“ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de
las aguas subterráneas de 30 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las
regiones hidrológicas que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de enero de 2008:
20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
OBSERVACIONES
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 99 28 24.5 20 37 17.4
2 99 29 5.3 20 34 46.8
3 99 28 16.6 20 33 6.4
4 99 30 33.6 20 22 57.5
5 99 32 54.5 20 22 24.6
6 99 33 55.8 20 21 45.1
7 99 34 27.4 20 18 22.1
8 99 36 18.8 20 17 9.2
9 99 36 48.1 20 13 45.0
10 99 34 37.0 20 11 33.0
11 99 35 40.7 20 10 11.0
DEL 11 AL 12 POR EL
LÍMITE ESTATAL
12 99 37 46.1 20 8 41.0
DEL 12 AL 13 POR EL
LÍMITE ESTATAL
13 99 50 31.2 20 16 53.4
DEL 13 AL 14 POR EL
LÍMITE ESTATAL
14 99 51 28.7 20 27 32.6
DEL 14 AL 15 POR EL
LÍMITE ESTATAL
15 99 48 20.7 20 32 39.4
DEL 15 AL 16 POR EL
LÍMITE ESTATAL
16 99 30 3.2 20 39 43.1
17 99 29 13.4 20 39 12.7
1 99 28 24.5 20 37 17.4
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con los resultados de los censos y conteos de población y vivienda por localidad, del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía, para el año 2000, la población total en el área que comprende el acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307, era de 79,000 habitantes; en el año 2005, de 81,703 habitantes y en el
año 2010, de 90,181 habitantes, que representa el 3.38 por ciento de la población en el Estado de Hidalgo.
La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 245 localidades, de las cuales 4
corresponden a localidades urbanas y concentraban en el año 2010 a 21,726 habitantes, mientras que en 241
localidades rurales había 68,455 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca el
acuífero, evaluada del año 2005 al 2010 fue de 1.036 por ciento anual, que es inferior a la tasa de crecimiento
estatal de 1.7 por ciento anual, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
al año 2010.
Las principales ciudades ubicadas dentro del acuífero son Huichapan con 9,051 habitantes, Tecozautla
con 5,844 habitantes, San José Atlán con 3,557 habitantes y Tlaxcalilla con 3,274 habitantes.
De acuerdo con las proyecciones de crecimiento poblacional del Consejo Nacional de Población, en el año
2030, habrá en el Municipio de Huichapan 53,720 habitantes, en el Municipio de Tecozautla 43,133 habitantes
y en el de Nopala 17,575 habitantes, por lo que en conjunto en el año 2030 habrá en los tres municipios
114,428 habitantes.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21
La principal actividad socioeconómica en los municipios que integran el acuífero Huichapan-Tecozautla, es
la agricultura, actividad que consume más agua en la región. Los principales cultivos son el maíz, frijol, alfalfa,
calabaza, jitomate, avena, pepino, tomate, ajo, cacahuate, cebolla, chile verde, col, ejote, aguacate, durazno,
granada roja, guayaba, tejocote, nuez, uva y zapote.
En el año 2010, los municipios de Huichapan, Nopala de Villagrán y Tecozautla, presentaron una
superficie total agrícola de 36,286 hectáreas; Huichapan es el municipio con mayor superficie agrícola con un
43.44 por ciento del total de la superficie sembrada, seguido de Tecozautla con un 32.79 por ciento y
finalmente, Nopala de Villagrán con un 23.77 por ciento.
En los municipios de Huichapan, Tecozautla y Nopala de Villagrán, en el año 2010, la agricultura de
temporal ocupaba 23,842 hectáreas, que representan el 65.7 por ciento de la superficie sembrada, mientras
que la agricultura de riego ocupaba 12,444 hectáreas, que corresponden al 34.3 por ciento de la superficie
sembrada en los tres municipios. De las hectáreas regadas, solo el 34.22 por ciento depende del agua
subterránea, mientras que el resto utiliza agua superficial.
Debido a que los cultivos de riego tienen una mayor productividad respecto a los de temporal y los
ingresos percibidos en agricultura de riego son mayores, la demanda de agua es cada vez mayor.
En los municipios de Tecozautla y Huichapan es importante la producción de gallináceas, que para el año
2010, era de 20,469 y 5,651 toneladas, respectivamente. En la superficie del acuífero también se desarrolla
con menor producción la cría de cabezas de ganado bovino, caprino, porcino, vacuno y ovino; se practica la
avicultura y la apicultura, así como producción de huevo, leche, quesos y crema.
En cuanto a la actividad minera, en la región de Huichapan-Tecozautla, se produce mármol, calizas y
canteras, y se ubica una planta de Cementos Mexicanos, Sociedad Anónima de Capital Variable, que produce
8,800 toneladas por día.
El turismo aprovecha las aguas termales, para el servicio de balnearios como La Cruz de Piedra, El Geiser
y Taxhido; dentro de los cuales se encuentran dos manantiales termales que abastecen a las instalaciones.
3. MARCO FÍSICO
3.1 Climatología
En la superficie que comprende el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, predominan los climas
semiárido templado y semicálido semiárido en la porción norte, mientras que en la porción sur el clima es
templado subhúmedo. De acuerdo con la información climatológica con un registro de información que abarca
del año 1951 al 2010, en las estaciones meteorológicas Huichapan y Presa Madero, localizadas en el centro
del acuífero, la temperatura media anual es de 15.8 y 15.5 grados centígrados, respectivamente. En las
estaciones meteorológicas Maravillas y Tlaxcalilla, ubicadas al sur del acuífero, la temperatura media anual es
de 14.6 y 15.1 grados centígrados, respectivamente. En la estación Jonacapa, localizada al este del acuífero,
la temperatura media anual es de 15.4 grados centígrados. Conforme a la distribución de las isotermas, la
temperatura media anual en la superficie del acuífero se considera de 15.46 grados centígrados.
De acuerdo con el análisis de la precipitación en las mismas estaciones meteorológicas, la precipitación
media anual decrece de sur a norte de 660 a 440 milímetros, respectivamente; en las zonas topográficamente
altas las láminas de precipitación son de mayor magnitud y éstas se reducen conforme disminuye la
elevación. Conforme a la distribución de isoyetas la precipitación media anual en la superficie del acuífero es
de 524.84 milímetros anuales, en contraste con la evaporación potencial media anual de 1,585.42 milímetros.
3.2. Fisiografía y geomorfología
El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se encuentra emplazado en la Provincia Fisiográfica Eje
Neovolcánico. Esta provincia se caracteriza por cruzar la República Mexicana con una orientación regional
este-oeste, desde el Océano Pacífico hasta el Golfo de México, donde se encuentran las más elevadas
cumbres de México.
En el área que comprende el acuífero, se encuentran aparatos volcánicos, domos ígneos, volcanes
compuestos y conos cineríticos; entre los más importantes están la Caldera de Huichapan o El Astillero, el
estratovolcán constituido por los cerros de Nopala y La Estancia, y el de Taxbatha, los cuales representan las
máximas elevaciones en la región estudiada.
22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
La Caldera y cono volcánico de El Astillero es el rasgo geomorfológico más notable en la zona, cuyo
diámetro es de alrededor de 16 kilómetros. Además se encuentran en la región lomeríos, sierras, mesetas,
llanuras, planicies y barrancas.
Particularmente, en el Municipio de Tecozautla se ubican los cerros San Miguel, Colorado, de Sanabria y
Cerrito Blanco; en el Municipio de Huichapan se localiza una barranca conocida con el nombre Del Gallo; en
el Municipio de Nopala de Villagrán se encuentran los cerros del Cutejhé y Siempreviva, ubicados en la
comunidad de Maravillas. En las cercanías de la comunidad de San Sebastián Tenochtitlán se encuentra una
barranca muy grande llamada La Barca, que llega hasta la cabecera municipal.
3.3 Geología
El marco geológico donde se emplaza el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, ha sufrido varios
procesos geológicos de grandes magnitudes. Las rocas cretácicas son el resultado de los procesos de
sedimentación marina en plataformas y cuencas representadas por la Formación El Doctor, y las formaciones
Tamaulipas Superior y Soyatal, respectivamente, que ahora conforman grandes estructuras plegadas debido
a la Orogenia Laramide.
Por otra parte, el volcanismo asociado con la Faja Volcánica Transmexicana, se inicia en el Mioceno
Superior y prevalece hasta el Reciente, lo que generó importantes edificios volcánicos ubicados al centro y sur
del área que comprende el acuífero, que tienden a seguir patrones de fallas regionales con orientación
este-noreste-oeste-suroeste, que representan una zona de debilidad cortical. Los productos de esta
actividad volcánica presentan espesores considerables y se encuentran cubriendo parcialmente a la
secuencia sedimentaria.
La columna estratigráfica de la región de Huichapan-Tecozautla comprende del Cretácico Inferior al
Reciente y se caracteriza por presentar tres secuencias litológicas principales, representadas por rocas
carbonatadas del Cretácico, asociadas a procesos sedimentarios, andesitas y basaltos del Mioceno y rocas
piroclásticas y derrames del Plioceno al Reciente, generadas por procesos volcánicos. Las rocas cretácicas
corresponden a una secuencia de calizas dispuestas en estratos delgados y medianos, que se alternan con
intercalaciones de calizas arcillosas y lutitas en estratos delgados a laminares de baja permeabilidad.
Las rocas volcánicas están representadas por andesitas basálticas compactas y vesiculares, con
intercalaciones de brechas volcánicas del Mioceno, riolitas de composición intermedia a ácida, flujos
piroclásticos con fragmentos de rocas ácidas, riolitas, ignimbritas, tobas lacustres y derrames basálticos
intercalados con flujos de cenizas y brechas volcánicas del Oligoceno hasta el Reciente. Estas unidades
volcánicas presentan intenso fracturamiento que le confiere buena permeabilidad.
En las bajas de los valles afloran depósitos aluviales conformados por depósitos de pie de monte, suelos
residuales y abanicos aluviales constituidos por fragmentos del tamaño de cantos rodados a gravas,
del Cuaternario.
Las estructuras geológicas que afectan al área que comprende el acuífero, están ligadas a la evolución
y actividad tectónica de la Faja Volcánica Transmexicana; de forma regional, la orientación de las fallas y
fracturas, así como de los aparatos volcánicos es preferentemente en dirección este noreste-oeste suroeste
y nornoroeste-sursureste.
Las porciones noroeste, oeste y este del acuífero presentan un patrón de lineamientos con dirección
noreste-suroeste. Por otro lado el sistema de fallas y fracturas con tendencia al nornoroeste-sursureste, son
previas a la actividad volcánica, pero cabe la posibilidad de que algunas de estas estructuras se hayan
reactivado afectando a los aparatos volcánicos, como el colapso de la Caldera de Huichapan.
En el extremo noreste, sobre el cauce del Río San Juan, se presenta una falla inversa de rumbo norte-sur,
que permite observar rocas de la Formación Trancas sobre las calizas de la Formación El Doctor. Otra falla es
marcada por el Río Pathecitos o Tecozautla que se bifurca, convergiendo una de sus ramas con la
prolongación de la falla localizada al noreste del poblado de Tecozautla y la otra orientada hacia el aparato
volcánico El Astillero.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, está emplazado dentro de la Región Hidrológica 26
Pánuco, en la Subregión del Río Moctezuma. La cuenca hidrológica a la que pertenece el acuífero es la
Cuenca Río San Juan, en la subcuenca que conforman los ríos Tecozautla y San Francisco.
Dentro del acuífero, escurren de sur a norte los ríos Tecozautla y San Francisco-Hondo, ambos de
régimen perenne que convergen hacia el Río San Juan, que sirve como límite estatal y del acuífero, y que
desemboca a la Presa Zimapán, donde converge con el Río Tula y cambia su denominación a Río Moctezuma.
En la superficie del acuífero, hacia el suroeste, cerca de la localidad de Llano Largo, se ubica el Distrito de
Riego 096 Arroyo Zarco, y hacia el sureste, se encuentra la Presa Nopala, que surte de agua a la región
de Nopala. La Presa Francisco I. Madero se ubica sobre el Río Hondo, cuya agua se utiliza para uso pecuario
y agrícola de auxilio en la zona de Huichapan.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1 El acuífero
El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, es de tipo libre a semiconfinado, heterogéneo y anisótropo,
conformado predominantemente por un medio fracturado, en el que el agua subterránea se desplaza a través
de las fracturas de las rocas volcánicas. El acuífero está constituido por materiales volcánicos en espesores
de varios cientos de metros que consisten de ignimbritas fracturadas, coladas de lavas principalmente de
composición basáltica, de buena permeabilidad, intercaladas con tobas impermeables, así como materiales
piroclásticos y aluviones permeables intercalados con derrames de lavas basálticas y riolíticas. La alternancia
de derrames lávicos permeables con tobas impermeables da origen a diversos manantiales en la región. En
las zonas topográficamente elevadas los afloramientos de las rocas volcánicas funcionan como zonas de
recarga o dan origen a acuíferos colgados.
5.2 Niveles del agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel de saturación medida desde la superficie del terreno para el
acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el año 2011, variaba de 12 a 280 metros, las profundidades
mayores se presentan en las zonas topográficamente más altas, en el extremo suroeste del acuífero en las
localidades del Carmen, Huizcazol y La Mesilla, y decrecen hacia el centro del acuífero siguiendo la
topografía. En la zona de mayor explotación de agua subterránea, la profundidad del nivel de saturación se
encuentra entre los 50 y 100 metros; mientras que en la localidad Los Laureles se presentan profundidades de
10 a 15 metros y las menores profundidades se observan en el límite norte, hacia la zona de descarga en el
cauce del Río San Juan.
La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar, en el año 2011, variaba de 2,270 a
1,520 metros sobre el nivel del mar; las mayores elevaciones se presentan en la porción sur del acuífero,
y la menor elevación de 1,520 metros sobre el nivel del mar se presenta en la porción norte del acuífero, hacia
la descarga del acuífero, cerca de la Presa Zimapán. La dirección general del flujo subterráneo es de sur a
norte, con una salida subterránea hacia el Río San Juan.
Para el periodo comprendido del año 2006 al año 2011, las evoluciones del nivel estático oscilan entre
11.64 metros de abatimiento en la zona de Tecozautla y recuperaciones de hasta 9.65 metros. En la parte sur
del acuífero las evoluciones son de entre 2 y 5 metros de abatimiento en Nopala y Dañú. Hacia la parte central
del acuífero, el abatimiento observado es de 10 metros. En la zona de Tecozautla, se presentan abatimientos
de 2 a 7 metros, lo cual indica que los niveles del agua subterránea han descendido debido al régimen
intensivo de extracción. En la zona de descarga, en la Presa Zimapán, las evoluciones oscilan entre 1 metro
de recuperación y 3 metros de abatimiento.
5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
Según la información del censo de captaciones de agua subterránea llevado a cabo en 2011, por la
Comisión Nacional del Agua, se registraron 185 aprovechamientos, de los cuales 161 corresponden a pozos,
y 24 a manantiales; y del total de aprovechamientos, 151 son activos y 34 son inactivos; de los
aprovechamientos activos 21 son manantiales y 130 pozos.
24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
De los 151 aprovechamientos activos, se extrae un volumen de 52.3 millones de metros cúbicos anuales.
Respecto a la extracción por uso, se dedican 91 aprovechamientos para las actividades agrícolas, que en
conjunto extraen 40.79 millones de metros cúbicos anuales, que representan el 78.0 por ciento del volumen
total extraído, mientras que el uso público-urbano con 57 aprovechamientos, extrae 9.93 millones de metros
cúbicos anuales, que corresponde al 19 por ciento del total extraído. Le siguen en importancia los usos
pecuario, industrial y servicios; para cada uno de ellos, se extrae uno por ciento del volumen total de
extracción, que corresponde a 0.52 millones de metros cúbicos anuales para cada uno. Para servicios existen
dos aprovechamientos, para uso pecuario 4 aprovechamientos y para uso industrial 3 captaciones de agua
subterránea. Adicionalmente, existen 28 captaciones en las que no fue identificado el uso, sin embargo, la
extracción de estos aprovechamientos es menor al 0.1 por ciento de la extracción total.
Los aprovechamientos se encuentran distribuidos en todo el acuífero, sin embargo, se observa una gran
concentración de ellos en el Municipio de Tecozautla y sus alrededores hacia el noroeste del acuífero, donde
se observan los mayores abatimientos.
5.4 Calidad del agua subterránea
En el año 2006, se muestrearon 67 captaciones de agua subterránea, en el acuífero Huichapan-
Tecozautla, clave 1307, y las concentraciones de sólidos totales disueltos se agruparon en tres intervalos; las
concentraciones menores a 300 miligramos por litro, corresponden a agua de reciente infiltración, con poco
tiempo de contacto con los materiales geológicos; las concentraciones de sólidos totales disueltos de 300 a
600 miligramos por litro presentan mayor interacción con el material geológico y aquellas aguas con
concentraciones mayores a 600 miligramos por litro presentes en el acuífero corresponden a agua que ha
tenido mayor tiempo de residencia en el acuífero y por tanto, mayor interacción con el material geológico que
conforma el acuífero.
Todas las muestras analizadas se encuentran por debajo de los límites máximos permisibles, establecidos
para consumo humano en la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud
ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe
someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre
de 2000, por lo que se considera que el agua del acuífero es apta para consumo humano y riego, con
excepción de una muestra en el Geiser de Pathé, que excedió las concentraciones máximas permisibles
establecidas en la norma referida, para sodio, potasio y fluoruro.
En lo que se refiere al potencial para uso agrícola, se determinó a partir del Método de Wilcox, que el agua
subterránea corresponde a los tipos C1-S1 y C2-S1, por lo que son aptas para la actividad agrícola.
5.5 Modelo conceptual del acuífero
La recarga del acuífero proviene de la infiltración del agua de lluvia en las partes altas de las sierras, como
en los lomeríos, en los depósitos de pie de monte y en el valle, así como en las entradas del flujo subterráneo
y la recarga inducida procedente del retorno de riego en las zonas agrícolas y de las fugas en la red de
distribución de agua potable en las poblaciones urbanas.
El flujo del agua subterránea en el acuífero, adopta una dirección preferencial de sur a norte, alimentado
por las infiltraciones provenientes de las estribaciones de las sierras que limitan al valle, al oriente y poniente.
Finalmente, el flujo se concentra en la zona de Tecozautla y Gandhó, donde las condiciones en el subsuelo
son favorables para la extracción, por lo que en esta zona se concentra el mayor número de pozos, lo que
provoca la intercepción del flujo hacia el Río San Juan y la aparición de un cono de abatimiento local.
Las salidas del acuífero ocurren a través de la extracción por bombeo, salidas por flujo subterráneo y
manantiales. El carácter volcánico riolítico de la región ocasiona la presencia de focos termales en la mayor
parte de la zona, por lo que es común la presencia de agua termal, la que es más evidente en manantiales
que brotan sobre rocas ignimbríticas, principalmente al sur de San Miguel Caltepantla.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25
5.6 Balance de Agua Subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas la recarga total media anual que recibe el acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307, es de 56.7 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 37.5 millones
de metros cúbicos anuales de entradas por flujo subterráneo, 11.4 millones de metros cúbicos anuales por
recarga vertical por lluvia y 7.8 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego
y fugas en las redes de distribución de agua potable. Asimismo, la descarga del acuífero está integrada por
28.5 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas hacia el norte, 5.0 millones de metros
cúbicos anuales de descarga a través de manantiales y 52.3 millones de metros cúbicos anuales que se
extraen del acuífero y el cambio de almacenamiento en el acuífero es de -29.1 millones de metros cúbicos
anuales, en el que el signo negativo indica que la extracción es a costa de la reserva almacenada no
renovable del acuífero.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, fue
determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000,
Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la
disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de
abril de 2002, aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total -
Descarga natural
comprometida
-
Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se
determinó considerando una recarga media anual de 56.7 millones de metros cúbicos anuales; una descarga
natural comprometida de 33.5 millones de metros cúbicos anuales y el volumen concesionado e inscrito en el
Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 32.754579 millones de metros cúbicos
anuales, resultando un déficit de 9.554579 millones de metros cúbicos anuales:
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
1307 HUICHAPAN-TECOZAUTLA 56.7 33.5 32.754579 52.3 0.000000 -9.554579
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que no existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, en el acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307.
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de
23.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el
acuífero, menos la descarga natural comprometida.
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Actualmente el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se encuentra sujeto a las disposiciones de dos
instrumentos jurídicos:
● “ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en
los terrenos que ocupa y circundan a la población de Tecozautla, Hgo.”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 11 de febrero de 1956, que comprende una porción al norte del acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307.
26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
● “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción
del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, que no se encuentra sujeta a las disposiciones de la
veda señalada, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la
instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las
aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, hasta en
tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las
aguas nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1. Escasez natural de agua
El área superficial del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, está ubicado en una región con clima
semiárido, en la que se presenta una precipitación media anual de 524.84 milímetros y una elevada
evaporación potencial media anual de 1,585.42 milímetros anuales; consecuentemente, la mayor parte del
agua precipitada se evapora, por lo que el escurrimiento y la infiltración son reducidos.
Por otro lado, el cambio de uso de suelo de la cuenca que ocurre desde hace décadas, incrementa el
coeficiente de escurrimiento, reduce la recarga, incrementa la extracción de agua subterránea y disminuye el
flujo base y la descarga natural del acuífero, situación representada por el agotamiento de dos manantiales en
Huichapan y un manantial en Tecozautla.
Dichas circunstancias, además de la creciente demanda de agua subterránea en la región, para cubrir las
necesidades básicas de sus habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la misma y la nula
disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, genera
competencia por el recurso entre los diferentes usos e implica el riesgo de que se agraven los efectos
negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del
recurso.
8.2. Riesgo de sobreexplotación
Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos jurídicos referidos en el Noveno Considerando, el
acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, ya presenta abatimiento del nivel del agua subterránea, por lo
que persiste el riesgo de que se agraven los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales
como la inutilización de pozos, y el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de
los manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al
acuífero de un significativo desequilibrio hídrico que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas
que dependen del agua subterránea en esta región.
El incremento de la demanda de agua, principalmente para actividades agrícolas, pone en riesgo de que
se agrave la sobreexplotación del acuífero, incrementando el déficit, situación que podría convertirse en un
freno para el desarrollo de las actividades productivas que dependen del agua subterránea, lo que impactará
negativamente en el ambiente y en el abastecimiento de agua para todos los habitantes.
9. CONCLUSIONES
● En el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, la disponibilidad media anual de agua subterránea
es nula y presenta un déficit de 9.823607 millones de metros cúbicos anuales, por lo que no existe
volumen disponible para otorgar concesiones, asignaciones.
● La nula disponibilidad media anual de agua subterránea implica que el recurso hídrico subterráneo
debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la
sustentabilidad ambiental del acuífero.
● El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se encuentra sujeto a las disposiciones de los
instrumentos jurídicos referidos en el Considerando Noveno del presente. Dichos instrumentos han
permitido disminuir los efectos de la explotación intensiva, sin embargo, persiste el riesgo del
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27
abatimiento del nivel de saturación, con el consecuente incremento de los costos de bombeo, la
inutilización de pozos, la disminución o desaparición de los manantiales y del caudal base, así como
el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de
la misma.
● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307.
● De los resultados expuestos, en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se presentan
las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas
Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración de acuíferos;
a la atención prioritaria de la problemática hídrica en acuíferos con escasez natural; al control de la
extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, el restablecimiento del
equilibrio hidrológicos y la sustentabilidad ambiental; causales que justifican el establecimiento
del ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de
las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de la extensión territorial del acuífero
Huichapan-Tecozautla, clave 1307, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos.
● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme
a derecho, de usuarios y extracciones y con ello se organizará a todos los asignatarios
y concesionarios del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
● Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, la veda
establecida mediante el “ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el alumbramiento
de aguas del subsuelo en los terrenos que ocupa y circundan a la población de Tecozautla, Hgo.”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 1956.
● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la superficie del acuífero Huichapan-Tecozautla,
clave 1307; y que en la porción de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin efectos el
“ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por
su artículo primero transitorio.
● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión
Nacional del Agua.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias
de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites
y la extensión geográfica del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, estarán
disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que
se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de
México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en el
Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Libramiento Emilio Portes Gil número 200 Colonia Miguel Alemán,
Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas; y en la Dirección Local Hidalgo, en Boulevard
Felipe Ángeles número 1610, Colonia Santa Julia, Código Postal 42080, Ciudad de Pachuca de Soto, Estado
de Hidalgo.
México, Distrito Federal, a los 6 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto
Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del
Acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal
la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico,
se le asignó el nombre oficial de Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de aguas subterráneas de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Amajac, clave 1321, en el
Estado de Hidalgo;
Que el 14 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 142
acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas
que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero
Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 3.464885 millones de metros cúbicos
anuales, considerando los volúmenes inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo
de 2011;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de
Hidalgo, obteniéndose una disponibilidad media anual de 1.388121 millones de metros cúbicos anuales, con
fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativo que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de
Hidalgo, obteniéndose una disponibilidad media anual de 1.373121 millones de metros cúbicos anuales, con
fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Amajac,
clave 1321, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana
NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método
para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el
Diario Oficial de la Federación;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29
Que en el acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, se encuentran vigentes los siguientes
instrumentos jurídicos:
a) “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo
en la zona conocida por Cuenca o Valle de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
19 de agosto de 1954, que comprende una muy pequeña porción de la superficie del acuífero
Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo;
b) “DECRETO por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona
conocida como Valle de Tulancingo, en el Estado de Hidalgo”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación, el 23 de septiembre de 1965, que comprende una pequeña porción, del 4.5 por ciento de
la superficie del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, en su extremo sur.
c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción no
vedada del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, que en el mismo se señala, se
prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de
cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas
nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, sin contar con
concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se
emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas
nacionales del subsuelo;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las
causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento
procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios a través
del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta
reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis
Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por
lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO AMAJAC, CLAVE 1321, EN EL
ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE
ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Amajac, clave 1321, ubicado en el Estado de Hidalgo en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Amajac, clave 1321, se localiza en la porción central del Estado de Hidalgo, cubriendo una
superficie de 1,411 kilómetros cuadrados y comprende parcialmente a los municipios de Actopan, Atotonilco
El Grande, Cardonal, El Arenal, Eloxochitlan, Metztitlán, Mineral del Chico, Mineral del Monte, Omitlán de
Juárez, Santiago de Anaya y Tlahuiltepa; y una muy pequeña porción de los municipios de Huasca
de Ocampo y Pachuca de Soto, todos ellos perteneciente al Estado de Hidalgo. Administrativamente, el
acuífero corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Los límites del acuífero Amajac, clave 1321, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada
cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el
que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la
disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión,
la descripción geográfica de 202 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto
de 2009.
30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
ACUÍFERO 1321 AMAJAC
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 98 51 36.3 20 42 37.9
2 98 53 36.9 20 40 40.2
3 98 50 43.9 20 38 40.7
4 98 51 30.6 20 38 8.8
5 98 48 34.5 20 32 33.3
6 98 44 55.6 20 26 58.3
7 98 44 46.1 20 25 21.3
8 98 45 33.7 20 22 47.1
9 98 37 26.6 20 14 2.5
10 98 37 42.0 20 7 37.6
11 98 39 50.7 20 6 55.3
12 98 44 25.9 20 13 13.9
13 98 46 35.5 20 10 57.4
14 98 48 59.5 20 9 57.1
15 98 50 54.4 20 10 41.3
16 98 51 3.7 20 14 36.2
17 98 51 58.4 20 18 23.1
18 98 54 15.8 20 20 36.5
19 98 56 36.0 20 26 28.8
20 98 59 49.4 20 25 11.4
21 99 1 21.0 20 29 4.3
22 99 1 18.8 20 30 11.6
23 99 2 42.9 20 31 11.7
24 99 3 41.6 20 36 23.9
25 99 6 13.7 20 38 13.3
26 99 6 53.8 20 40 8.1
27 99 10 47.3 20 40 30.8
28 99 8 34.1 20 42 19.0
29 99 6 11.1 20 43 30.5
30 99 1 55.3 20 44 18.4
31 98 59 14.7 20 39 58.3
32 98 57 3.8 20 43 11.9
33 98 56 25.1 20 44 29.9
34 98 54 26.8 20 44 40.2
1 98 51 36.3 20 42 37.9
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
Con base a la información que emite el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población que
habitaba en la superficie del acuífero de Amajac, clave 1321, en el año 2000, era de 46,041 habitantes; para
el año 2005, de 44,352 habitantes y en el año 2010, de 50,230 habitantes, que representan el 5.2 por ciento
de la población en el Estado de Hidalgo.
La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 197 localidades, de las cuales, 2
corresponden a localidades urbanas y concentraban en el año 2010, a 16,166 habitantes, mientras que en
195 localidades rurales había 34,064 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca
el acuífero, evaluada al año 2010, fue de 3.0 por ciento anual, que es mayor a la tasa de crecimiento estatal
de 2.78 por ciento anual, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía al
año 2010.
Las ciudades ubicadas en la superficie del acuífero son Mineral del Monte con 11,015 habitantes y una
porción de la Ciudad de Atotonilco El Grande con 3,630 habitantes; las principales comunidades rurales
son La Estancia con 2,034 habitantes, Santa María Amajac con 1,699 pobladores, Fontezuelas con
2,045 habitantes, Carboneras con 1,226 habitantes y Omitlán de Juárez con 1,040 habitantes.
La principal actividad socioeconómica en los municipios que integran el acuífero Amajac, es la agricultura;
los principales cultivos son el maíz, avena, cebada, frijol y papa; le sigue la ganadería, la pesca y la caza.
En los municipios de Mineral del Monte, Mineral de Chico, Omitlán de Juárez y Atotonilco El Grande, en el
año 2010, presentaron una superficie total agrícola de 12,040.5 hectáreas; siendo el Municipio de Atotonilco
El Grande el de mayor superficie agrícola.
El desarrollo de la pesca ha sido un factor que ha impulsado el turismo, lo que propicia el aprovechamiento
de los manantiales que emanan en la región, en los poblados de Mineral del Chico, Huasca de Ocampo y
Mineral del Monte; con la producción de Trucha.
La actividad minera se desarrolla en una porción al sureste del acuífero, en las cabeceras municipales de
Real del Monte y Mineral del Chico, en los que se aprovecha la presencia de yacimientos minerales de plata,
oro, plomo, zinc, fierro y otros asociados.
En el Municipio de Mineral del Monte existen minas en desarrollo, como las compañías Real del Monte y
Pachuca, Sociedad Anónima de Capital Variable, La Minera y Metalurgia San Miguel, destacándose por las
torres que dan acceso a las minas más grandes del Estado como La Purísima, La Dificultad y La Dolores.
Dichas compañías mineras aportan al desarrollo económico de la población.
Además de la minería y la agricultura, el turismo en los poblados de Mineral del Monte y Mineral del Chico,
es una actividad económica importante, lo que permite que haya establecimientos diversos como
restaurantes, comercio y hoteles, permitiendo llevar un incremento de consumo de agua para abastecer la
actividad económica.
3. MARCO FÍSICO
3.1 Climatología
De acuerdo con la clasificación de climas elaborada por Köppen, modificada por Enriqueta García, para
las condiciones de la República Mexicana, en la superficie del acuífero se presentan dos tipos de climas;
semicálido húmedo, con abundantes lluvias en verano y un porcentaje de lluvia invernal menor del 5 por
ciento; mientras que hacia el sur y suroeste, en la zona que corresponde a la sierra, el clima es semicálido
húmedo con lluvia todo el año y un porcentaje de lluvia invernal menor del 18 por ciento.
Las variables climatológicas presentan cambios muy notables que son el resultado del efecto topográfico,
debido a la diferencia en la altitud. Los valores extremos se registran en las estaciones Omitlán, ubicada en la
región topográficamente más alta, y San Cristóbal que se localiza en el valle. Los valores medios anuales de
temperatura, precipitación y evaporación potencial para la estación Omitlán son 13.3 grados centígrados,
1,238 milímetros y 1,223 milímetros, respectivamente. En la estación San Cristóbal los valores promedio
anuales son 20.5 grados centígrados, 458 milímetros y 1,672 milímetros, respectivamente.
Para la determinación de las variables climatológicas se utilizó la información de 16 estaciones
climatológicas que tienen influencia en el área del acuífero: Atotonilco, Capula, El Cardonal, El Chico,
El Encino, El Santuario, Encarnación, Ixmiquilpan, Magdalena, Metztitlán, Omitlán, Real del Monte,
San Cristóbal, Sta. María Amajac, Santiago de Anaya y Tixqui. El registro en algunas de ellas comprende un
periodo de 30 años. Con estos datos y utilizando el método de los Polígonos de Thiessen, se determinaron
valores de precipitación y temperatura media anual de 1,096 milímetros y 17.9 grados centígrados,
respectivamente. Con respecto a la evaporación potencial, se obtuvo un valor de 1445.7 milímetros anuales.
32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
3.2 Fisiografía y geomorfología
El acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra en dos provincias fisiográficas, la Sierra Madre Oriental y la
Cordillera Volcánica Transmexicana; la primera corre en sentido paralelo a la Costa del Golfo de México
desde la frontera norte del país hasta sus límites con el Eje Neovolcánico que es, fundamentalmente, un
conjunto de sierras conformadas por estratos plegados de antiguas rocas sedimentarias marinas del Cretácico
y del Jurásico Superior, entre las que predominan las calizas y, en segundo término, las areniscas y las lutitas.
Esta aparece en el extremo centro y norte del territorio del acuífero, abarcando una porción de la subprovincia
denominada Karts Huasteco, constituida por rocas sedimentarias calcáreas y calcáreo-terrígenas, en especial
calizas e intercalaciones de lutitas con areniscas y calizas, así como conglomerados. En estas sierras el
plegamiento se manifiesta de múltiples maneras, pero su forma más notable es la que produce una topografía
de fuertes ondulados paralelos, semejantes a la superficie de un techo de lámina corrugada. Las crestas
reciben el nombre de anticlinales y los senos de sinclinales. El flexionamiento de las rocas en las cretas, las
estira y las fractura, haciéndolas más susceptibles a los procesos erosivos. En la Sierra Madre Oriental
predominan las rocas calizas, se han producido, particularmente en la porción media y sur de la misma,
considerables manifestaciones de karst, esto es, de geoformas resultantes de la disolución de la roca por el
agua. La intensa infiltración de agua al subsuelo ha formado extensos sistemas de cavernas y también ha
generado copiosos manantiales como Las Grutas de Tolantongo y San Pedro Tellapayac.
La Cordillera Volcánica Transmexicana, abarca prácticamente las porciones central y sur de la superficie
del acuífero Amajac, clave 1321, que constituyen los productos y estructuras volcánicas identificadas en la
zona, representada por los basaltos que coronan a las rocas sedimentarias que forman grandes extensiones
de mesetas.
La región en estudio está ubicada en una zona serrana constituida por rocas ígneas extrusivas del
Terciario Superior y rocas sedimentarias de edades que varían desde el Jurásico hasta el Reciente,
fuertemente fracturadas, falladas y disectadas por una gran cantidad de escorrentías que la han erosionado
a lo largo de decenas de miles de años. Las rocas ígneas presentan una composición variada, desde las
andesitas y dacitas hasta los basaltos; las rocas sedimentarias corresponden a intercalaciones de lutitas con
areniscas, calizas, conglomerados, brechas sedimentarias y aluviones.
Las zonas en donde predominan las calizas, los cerros en general se presentan redondeados, pero
algunas de las veces cortados por fallamientos; la densidad de drenaje es alta, con cauces
semiprofundos y taludes inclinados. En donde predominan las rocas sedimentarias calcáreo-terrígenas como
lutitas-areniscas- calizas, los cerros tienden a ser irregulares, mayormente disectadas y con cauces profundos
y taludes verticales.
La geoforma que rodea al acuífero Amajac queda representada al norponiente por los cerros El Santuario,
El Perico, Puerto Grande, La Araña, La Garza, Cordón Cerro Alto en la inmediación de la Laguna de
Metztitlán; para la zona centro del acuífero los limitan en forma lineal por los cerros al oriente, Mesa Los
Guerreros, Boludo y Cabeza de Toro; al poniente limitada por los cerros Verde, El Güero, La Paloma, Pelado,
Coxguada, La Bandera y Los Villistas; mientras que para el sur del acuífero queda limitada por los cerros
como El Alto, Los Cuervos, El Cielito, Alto Grande, San Antonio, La Cantera, Bondotas, Grande o Tanate,
Buenavista y Cabrera.
3.3 Geología
El marco geológico regional en la que se sitúa el acuífero Amajac pertenece a la Sierra Madre Oriental al
norte y a la Faja Volcánica Transmexicana al sur; en la primera, se identifican rocas sedimentarias antiguas,
formadas en distintos ambientes de depósitos marinos y continentales en formas plegadas y falladas
formadas desde el Pérmico Inferior, mientras que al sur del acuífero se emplazaron rocas volcánicas del
Pleistoceno al Reciente. Las secuencias litológico-estructurales existentes en la zona de Amajac, evidencian
el fuerte tectonismo y la gran diversidad de fenómenos de sedimentación y vulcanismo ocurridos desde el
Paleozoico hasta el reciente.
Los depósitos más antiguos están representados por rocas sedimentarias de la Formación
Las Trancas-Santuario del Kimmeridgiano-Aptiano constituida por lutitas y calizas formadas en ambiente
nerítico con gran aporte de terrígenos, con intercalaciones arcillo-calcáreas que se relacionan a las
transgresiones marinas, que aflora en una pequeña porción al noroeste, en la Localidad El Boxo, Cardonal;
esta secuencia le subyace a la Formación Abra-Tamasopo del Cretácico Aptiano constituida por calizas y
dolomías formadas por aguas profundas con poca circulación de ambiente reductor, las rocas de estos
depósitos se ubican en gran parte del acuífero, aflora en San Andrés Daboxtha, Cardonal.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33
Para el Albiano-Cenomaniano se formaron rocas calizas y brechas de tipo oligomíctico relacionada a la
Formación Tamabra de ambiente de depósito en una zona de mar abierto en el frente arrecifal, donde
la energía mecánica produjo erosión y se deslizaron como turbiditas sobre el talud donde se depositaron
carbonatos de un ambiente de baja energía; aflora en los flancos del acuífero como en la localidad de
El Nogal Cardonal.
Durante el mismo periodo del Cretácico se formó la Formación Agua Nueva, caracterizada por secuencias
de calizas arcillosas de estratificación delgada, ocasionalmente dolomitizada y recristalizada, su depósito es
de ambiente marino de aguas tranquilas de mar abierto con continuo aporte de terrígenos provenientes de
áreas lejanas; esta secuencia subyace a la Formación Soyatal del Turoniano Superior, constituida por lutitas y
calizas formadas en ambiente nerítico costero con aporte de terrígenos.
Para el Oligoceno-Mioceno la actividad volcánica se manifestó por la formación de rocas ígneas al sur del
acuífero, en el Oligoceno se depositaron tobas andesíticas, basaltos, dacitas y andesitas; y para el Mioceno
se formaron las tobas riolíticas, andesitas, basaltos y dacitas que afloran en los alrededores del Municipio de
Mineral del Chico y parte de Pachuca.
Los depósitos de rocas volcánicas más recientes son del Plioceno, relacionados a rocas como andesitas,
dacitas, basaltos, tobas riolíticas y latitas que afloran en las zonas serranas al norte de los poblados de
Mineral del Chico, Huasca, Omitlán de Juárez y Actopan. En las zonas bajas de los valles se depositan
clastos de origen aluvial del Reciente o el Holoceno.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Amajac, clave 1321, se localiza en la zona alta de la Región Hidrológica 26 Pánuco; en la
Subregión del Río Moctezuma, en la Cuenca Blanco Amajaque y en la Subcuenca del Río Amajac.
Dentro de la cuenca que conforma el acuífero Amajac, el drenaje comienza al sureste del acuífero a
elevaciones cercanas a los 2,000 metros sobre el nivel del mar, zona en donde nace el Río Amajac y continúa
hacia el noroeste cortando las sierras volcánicas en el inicio, hasta recorrer una longitud aproximada de 50
kilómetros, zona en donde el Río Amajac se encuentra a una elevación de 1,000 metros sobre el nivel del mar
aproximadamente. Eso representa un desnivel aproximado de 1,000 metros entre ambos puntos.
Hidrológicamente el acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra en una zona serrana, constituida por
materiales volcánicos al sur y sedimentarios al centro y norte de éste, por lo que el patrón de drenaje formado
es de tres tipos; dendrítico, radial y rectangular. Los drenajes de tipo radial y rectangular están ampliamente
regulados por las estructuras existentes; en el caso del drenaje radial, con zonas volcánicas y el drenaje
rectangular, por la presencia de fracturas y fallas.
La densidad de drenaje es variada, intensa en donde afloran las intercalaciones de lutitas con areniscas y
moderada, en las porciones en donde dominan las rocas volcánicas y las calizas. La mayoría de los
escurrimientos son de régimen intermitente, todos ellos afluentes del Río Amajac, que es de tipo perenne en
el inicio y final de su recorrido, debido a la presencia de manantiales que le aportan agua todo el año; en
temporada de estiaje, el río desaparece en la porción central del acuífero, donde los depósitos aluviales
presentan mayor espesor.
El Río Amajac corre de sureste a noroeste y nace en la Sierra de Pachuca, por los arroyos Bandola,
General y Aguacate. A la altura de Tezahuapa, ya dentro del Municipio de Atotonilco, el Río Amajac toma este
nombre, para continuar con dirección noroeste entre las colindancias de los municipios de Omitlán y Mineral
del Chico, Atotonilco el Grande y Actopan y Santiago de Anaya y Cardonal con Metztitlán, para al final confluir
con el Río Metztitlán en el extremo norte del acuífero, después de haber recorrido poco más de 60 kilómetros
en línea recta. Los principales afluentes por la margen izquierda se conocen como Arroyo Bandola,
Río General, Río Aguacate, Río Ocotillos, Arroyo El Chico y Magdalena, Arroyo Gualulo, Arroyo Milpitas,
Río San Nicolás, Arroyo El Senthe, Río Carrizal y Río Tolantongo, proveniente este último de las Grutas de
Tolantongo, el cual es de régimen perenne. Hacia la margen derecha, provenientes de la meseta de Huasca
Zoquital, los arroyos intermitentes de La Luna y Xhate.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1 El Acuífero
El acuífero Amajac se considera de tipo libre, heterogéneo y anisótropo, tanto en sentido vertical como
horizontal, constituido en su porción superior por sedimentos aluviales y fluviales de granulometría variada, de
espesor reducido que no sobrepasa los 10 metros, que constituyen los cauces y la llanura de inundación
del Río Amajac y sus arroyos tributarios; mismo que se explota principalmente mediante norias perforadas en
los subálveos del río y arroyos que satisfacen las necesidades del uso doméstico. En su porción inferior el
acuífero se aloja en una secuencia de calizas, areniscas y lutitas, así como rocas volcánicas conformadas por
tobas, brechas y basaltos, que presentan permeabilidad secundaria por fracturamiento.
34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Las calizas de las formaciones Tamaulipas Superior e Inferior, Tamabra, El Abra y El Doctor, constituyen
horizontes acuíferos profundos, y una fuente potencial de agua subterránea, que aún no ha sido explorada
en la zona.
Las fronteras al flujo subterráneo y el basamento geohidrológico del acuífero están representados por las
mismas rocas sedimentarias y volcánicas al desaparecer el fracturamiento, y por las lutitas, limolitas y
areniscas compactas, que forman parte de las secuencias calcáreo-arcillosas de las unidades litológicas que
afloran ampliamente en todo el acuífero.
Debido a la topografía accidentada y al carácter general impermeable de la zona serrana, los
escurrimientos fluyen de manera rápida sin permitir su infiltración. Solamente en la porción baja es posible la
acumulación de agua, conformando un acuífero de reducidas dimensiones y de baja capacidad de
almacenamiento, que presenta permeabilidad media.
En las porciones sur y centro del acuífero es común la existencia de pequeños manantiales que en forma
de “lloraderos” descargan localmente la infiltración del agua a través de las fracturas o por el contacto con
rocas impermeables.
5.2 Niveles de agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie del terreno, en el
acuífero Amajac varía de 10 a 300 metros, encontrándose los más someros en el pozo El Encino, cerca de la
población del mismo nombre, que abastece a diversas localidades ubicadas en la sierra, al oriente. El nivel del
agua subterránea se encuentra a 150 metros de profundidad en el pozo El Sauz, cercano a Omitlán y en el
tiro del poblado Real del Monte, la profundidad al nivel de saturación es cercana a los 300 metros. La cota de
elevación del nivel de saturación del agua subterránea, referido al nivel del mar, es de 2,036 metros sobre el
nivel del mar en el pozo El Encino a 2,255 metros sobre el nivel del mar en el pozo El Sauz, cercano a
Omitlán, en el tiro del Real del Monte la elevación al nivel de saturación varía de 2,150 a 2,300 metros sobre el
nivel del mar, mientras que al norte, los manantiales afloran a una cota de 800 metros sobre el nivel del mar.
La dirección del flujo de agua subterránea en el acuífero Amajac, clave 1321, ocurre del sur al norte,
siguiendo la topografía del terreno; ya que la parte más alta se encuentra en la porción sur del acuífero
con elevaciones de hasta 3,070 metros sobre el nivel del mar y desciende hacia el norte a la cota menor de
800 metros sobre el nivel del mar, donde descargan diversos manantiales.
Debido a que en el acuífero predominan los manantiales, la dirección de flujo del agua subterránea está
relacionada a las elevaciones de la ubicación topográfica de los manantiales, las cotas de los manantiales de
mayor elevación se ubican al sur y las de menor elevación topográfica al norte, por lo tanto, la dirección
del agua se define de suroriente a norponiente, descargando a la zona baja hacia la Laguna de Metztitlán.
Debido al escaso número de aprovechamientos que existen en el acuífero y al incipiente volumen de
extracción, se puede afirmar que las variaciones en el nivel del agua subterránea, no han sufrido alteraciones
importantes en el transcurso del tiempo, por lo que el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo.
5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
De acuerdo con el censo de captaciones de agua subterránea, realizado en el año 2010, por la Comisión
Nacional del Agua, en el acuífero Amajac, clave 1321, existen 136 captaciones de agua subterránea, de las
cuales 129 son manantiales, 2 norias y 5 pozos. Los pozos se ubican al sur del acuífero, en las cercanías de
las zonas urbanas, dos al norte de Santiago de Anaya, uno al nororiente de Atotonilco El Grande, uno en
Omitlán de Juárez y uno en Mineral del Monte. Las norias se centran en la parte sureste del acuífero, cerca
de las localidades de Santa María Amajac y Sauz Xathe, en el Municipio de Atotonilco El Grande.
El volumen de extracción calculado es de 9.8 millones de metros cúbicos anuales, destinados en su
totalidad al uso público-urbano para abastecimiento de agua potable a la parte alta de la Ciudad de Pachuca y
a las comunidades rurales que se ubican dentro del acuífero. Adicionalmente, a través de manantiales se
descarga un volumen anual de 64.0 millones de metros cúbicos anuales, destinados casi en su totalidad al
abastecimiento público-urbano y en menor proporción para usos de servicios y recreativo.
5.4 Calidad del agua subterránea
En el año 2010, se tomaron muestras de agua en 14 manantiales y una en un pozo para su análisis
fisicoquímico correspondiente, que incluyó la determinación de iones principales, temperatura, conductividad
eléctrica, potencial de hidrógeno, potencial de óxido-reducción, nitratos, dureza total, sólidos totales disueltos,
hierro y manganeso.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35
De manera general, las concentraciones de los diferentes iones y elementos no sobrepasan los límites
máximos permisibles que establece la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud
ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe
someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre
de 2000, con excepción de algunos manantiales en el poblado de Amajac.
El agua subterránea del acuífero Amajac, presenta una concentración de sólidos totales disueltos que
varía desde 78 miligramos por litro en algunos manantiales como Mineral de Chico, hasta 1,839 miligramos
por litro en los manantiales de Amajac y de 630 miligramos por litro en el agua de Tolantongo.
El potencial hidrógeno del agua en general es ácido, menor a 7, debido al poco contacto del agua
subterránea con medios calcáreos, mientras que el agua de los manantiales San Pablo Tetlapayac y
Tolantongo, con potencial hidrógeno de 7.5, indica el tránsito del agua subterránea por rocas calcáreas. Los
manantiales de la zona de Amajac, presentan elevado termalismo, ya que uno de ellos presenta una
temperatura de 51 grados centígrados a la descarga y alta concentración de sólidos totales disueltos que
rebasa el límite máximo permisible establecido por la norma referida.
En cuanto a la calidad del agua subterránea para uso agrícola, la clasificación del agua en función de la
salinidad y contenido de sodio mediante la aplicación del cuadro de Wilcox, la salinidad es de media a alta,
por lo que el agua no es recomendable para el riego. El agua del Manantial 4 de Amajac presenta alta
salinidad y alto contenido de sodio, por lo que no es apta para riego.
5.5 Balance de aguas subterráneas
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Amajac,
clave 1321, es de 166.0 millones de metros cúbicos anuales. Las salidas del acuífero ocurren principalmente a
través de la descarga natural, integrada por 97.8 millones de metros cúbicos anuales de descarga como flujo
base hacia los ríos Amajac y Tolantongo y 64.0 millones de metros cúbicos que descargan a través de
manantiales; así como la extracción a través de las captaciones de agua subterránea, que extraen 9.8
millones de metros cúbicos anuales.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRANEA
La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Amajac, clave 1321, fue determinada
conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación
del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media
anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002,
aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total - Descarga natural
comprometida
- Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Amajac, clave 1321, se determinó
considerando una recarga media anual de 166.0 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural
comprometida de 161.8 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde a la suma de manantiales y
descarga como flujo base a los ríos Amajac y Tolantongo y un volumen concesionado e inscrito en el Registro
Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 2.826879 metros cúbicos anuales, resultando una
disponibilidad media anual de agua subterránea de 1.373121 millones de metros cúbicos anuales.
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA “GOLFO NORTE”
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
1321 AMAJAC 166.0 161.8 2.826879 9.8 1.373121 0.000000
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero
Amajac, clave 1321.
El volumen máximo que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de
4.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el
acuífero, menos la descarga natural comprometida.
36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HIDRICOS
Actualmente, el acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra sujeto a las disposiciones de los siguientes
instrumentos jurídicos:
● “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo
en la zona conocida por Cuenca o Valle de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
19 de agosto de 1954, que comprende una muy pequeña porción de la superficie del acuífero
Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo;
● “DECRETO por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona
conocida como Valle de Tulancingo, en el Estado de Hidalgo”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 23 de septiembre de 1965, que comprende una pequeña parte del acuífero Amajac,
clave 1321, en su extremo sur.
● “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013 y que comprende la mayor parte
del acuífero, a través del cual en la porción del acuífero Amajac, clave 1321, no comprendida por el
Decreto señalado en el punto anterior, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras
de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el
alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de
volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o
autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que
permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo.
● “DECRETO por el que se declara como Área Natural Protegida con el carácter de la reserva de la
biosfera, la región conocida como Barranca de Metztitlán ubicada en los municipios de Acatlán,
Atotonilco El Grande, Eloxochitlan, de Huasca de Ocampo, de Metztitlán, de San Agustín Metztitlán,
de Metepec y de Zacualtipán de Ángeles en el Estado de Hidalgo, con una superficie total de
96,042-94-70.18 hectáreas”, publicado el 27 de noviembre de 2000. Comprende la zona oeste y
norte del acuífero de Amajac, clave 1321.
8. PROBLEMÁTICA
8.1 Escasez natural de agua
El acuífero Amajac, clave 1321, está ubicado en una región en el que se presenta una precipitación media
anual de 1,096 milímetros, y una evaporación potencial media anual de 1,445.7 milímetros, por lo que la
mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que la infiltración es reducida.
Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico, para cubrir las necesidades
básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma, principalmente para
uso agrícola, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, podría generar
competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos
negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios
del recurso.
8.2 Riesgo de sobreexplotación
En el acuífero Amajac, clave 1321, la extracción total es de 9.8 millones de metros cúbicos anuales, sin
embargo la descarga natural del acuífero como flujo base a los ríos Amajac y Tolantongo y a los manantiales
de la región, está estimada en 161.8 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe
el acuífero, está cuantificada en 166.0 millones de metros cúbicos anuales.
Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos jurídicos referidos en el Noveno Considerando del
presente, en el acuífero Amajac, clave 1321, existe el riesgo de que el incremento de la demanda de agua
subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como el abatimiento
de los niveles de agua subterránea, la reducción e incluso desaparición de los manantiales y del flujo base
hacia los Ríos Amajac y Tolantongo, con la afectación a los ecosistemas asociados, la inutilización de pozos,
el incremento de costos de bombeo, el deterioro de la calidad del agua subterránea; situación que podría
convertirse en un freno para el desarrollo de las actividades productivas que dependen del agua subterránea,
lo que impactará negativamente en el ambiente y en el abastecimiento de agua para todos los habitantes.
9. CONCLUSIONES
● En el acuífero Amajac, clave 1321, existe disponibilidad media anual de agua subterránea limitada
para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una
extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental,
y prevenir la sobreexplotación del acuífero.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37
● El acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra sujeto a las disposiciones de los instrumentos jurídicos
referidos en el Noveno Considerando del presente. Sin embargo, persiste el riesgo de que la
demanda supere la capacidad de renovación del acuífero con el consecuente abatimiento del nivel
de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los
manantiales y del flujo base hacia los ríos, con la consecuente afectación a los ecosistemas, así
como el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios
de la misma.
● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Amajac, clave 1321.
● De los resultados expuestos, en el acuífero Amajac, clave 1321, se presentan las causales de
utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas
a la protección, mejoramiento, conservación y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la
problemática hídrica; al control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del
subsuelo, así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero;
causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción,
explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de su
extensión territorial, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos.
● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme
a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los concesionarios y
asignatarios del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
● Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Amajac, clave 1321, la veda establecida mediante
el “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del
subsuelo en la zona conocida por Cuenca o Valle de México”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 19 de agosto de 1954.
● Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Amajac, clave 1321, la veda establecida mediante
el “DECRETO por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona
conocida como Valle de Tulancingo, en el Estado de Hidalgo”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 23 de septiembre de 1965.
● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Amajac, clave 1321,
y que en dicho acuífero, en la porción que en el mismo se señala, quede sin efectos el “ACUERDO
General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no
vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo
primero transitorio.
● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que establezca la Comisión Nacional
del Agua.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo
con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la
extensión geográfica del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, estarán disponibles para
consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que se ubican en
Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito
Federal, Código Postal 04340; en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Calle Libramiento Emilio Portes Gil
Número 200, Colonia Miguel Alemán, Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas y en la
Dirección Local Hidalgo, en Boulevard Valle de San Javier Número 727, Lote 28 Manzana I, Primera Sección,
Fraccionamiento Valle de San Javier, Ciudad Pachuca de Soto Hidalgo, Estado de Hidalgo, Código Postal 42086.
México, Distrito Federal, a los 6 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto
Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del
Acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, Región Hidrológico-Administrativa-Noroeste.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX,
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal
la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se
le asignó el nombre oficial de Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en
el Estado de Sonora;
Que el 14 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se da
a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 142 acuíferos
de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que
se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero
Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 5.005187 millones de metros
cúbicos anuales;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el
Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 6.511170 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de
corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el
Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 6.533636 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de
corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Río Bacanora,
clave 2637, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000,
Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la
disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de
la Federación;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39
Que en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, se encuentra vigente el siguiente
instrumento jurídico:
a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el
Estado de Sonora, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y
la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las
aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o
registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional
del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso
sustentable de las aguas nacionales del subsuelo;
Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de
agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la
explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente
aumento de los costos de extracción e inutilización de pozos, así como el deterioro de la calidad del agua, que
hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona e impacto en las
actividades productivas que dependen de este recurso;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38 párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, con el objeto de definir si se presentan algunas
de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del
ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios, a través
del Consejo de Cuenca de los Ríos Yaqui y Mátape, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en
la cuadragésima séptima reunión de trabajo de su Grupo de Seguimiento y Evaluación, realizada el 18 de
febrero de 2014, en Ciudad Obregón, en el Estado de Sonora, habiendo recibido sus comentarios,
observaciones y propuestas, por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO RÍO BACANORA, CLAVE 2637,
EN EL ESTADO DE SONORA, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA-NOROESTE
ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Río
Bacanora, clave 2637, ubicado en el Estado de Sonora, en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se localiza en la porción centro-oriental del Estado de Sonora, cubre
una superficie de 729 kilómetros cuadrados y comprende la mayor parte del Municipio de Bacanora, y
pequeñas porciones en los extremos este y oeste, de los municipios de Sahuaripa y Soyopa, respectivamente,
administrativamente corresponde a la región hidrológico-administrativa Noroeste.
Los límites del acuífero Río Bacanora, clave 2637, están definidos por los vértices de la poligonal
simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el
“ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor
precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de
agosto de 2009.
ACUÍFERO 2637 RÍO BACANORA
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 109 19 12.1 29 3 13.5
2 109 18 46.9 28 49 32.3
3 109 14 24.6 28 39 56.6
40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
4 109 17 25.9 28 39 39.3
5 109 19 44.6 28 37 38.6
6 109 25 29.8 28 47 51.0
7 109 29 42.4 28 50 45.2
8 109 30 43.1 28 52 44.4
9 109 31 54.9 28 58 57.8
10 109 28 40.0 29 0 44.0
11 109 28 11.7 29 4 2.3
12 109 24 33.9 29 5 59.4
1 109 19 12.1 29 3 13.5
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con los censos y conteos de población y vivienda, realizados por el Instituto Nacional de
Estadística y Geografía la población total que habitaba en la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637,
en el año 2005, era de 669 habitantes y en el año 2010, era de 704 habitantes, distribuidos en 10 localidades
rurales, la más importante es Bacanora con 547 habitantes y en las otras 9 localidades rurales se concentran
157 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional de los municipios que comprenden el acuífero Río
Bacanora, clave 2637, fue del 5.23 por ciento en el período del 2005 al 2010.
Las principales actividades económicas en el acuífero son la ganadería, la agricultura, la minería y la
industria. La ganadería es la principal actividad económica y está representada por la producción de ganado
bovino, teniendo como su principal objetivo la producción de becerros de engorda para la venta-exportación.
Se realiza en forma extensiva y ocasiona un alto índice de sobrepastoreo. La segunda actividad económica en
orden de importancia, es la agricultura y los principales cultivos son maíz, frijol y sorgo.
La actividad industrial se hace presente por la explotación del agave para la fabricación de vino Bacanora,
de una manera rústica, a través de un proceso de refinado para su envasado y distribución en el comercio.
Recientemente, en el área se ha desarrollado una importante actividad de exploración minera, que en su
caso, podría dar lugar a la explotación minera, lo que generaría un incremento importante en la demanda
de agua.
3. MARCO FÍSICO
3.1 Climatología
En la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, se presenta un clima semiseco- semicálido, al
norte y centro; mientras que en las porciones sur, este y oeste, predomina un clima subhúmedo templado. De
la información de las estaciones climatológicas localizadas en la zona de influencia del acuífero, y de acuerdo
al método de Thiessen, la temperatura media anual es de 22.2 grados centígrados, la precipitación media
anual es de 566 milímetros, la evaporación potencial es de 2,580 milímetros y la evapotranspiración real
obtenida, calculada con la fórmula de Turc, representa 549 milímetros.
3.2. Fisiografía y geomorfología
El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se localiza en la Provincia Fisiográfica Sierra Madre Occidental, en
la Subprovincia Sierras y Cañadas del Norte. Se caracteriza por presentar elevaciones que varían de 1,000 a
2,500 metros sobre el nivel del mar y sierras de laderas escarpadas, constituidas principalmente de rocas
volcánicas, entre las cuales se localizan algunos valles intermontanos.
En la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, se identificaron las siguientes unidades
geomorfológicas: laderas montañosas altas y bajas, lomeríos de pendientes estables y metaestables, y planicies.
3.3. Geología
En la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, afloran rocas que varían en edad desde el
Precámbrico hasta el Cuaternario, representadas por rocas sedimentarias, ígneas intrusivas y volcánicas.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41
Las unidades más antiguas se localizan en la Sierra El Chiltepín, se trata de un afloramiento de areniscas,
dolomías del Proterozoico Superior de muy baja permeabilidad. Del Paleozoico, afloran, en la porción oeste
del acuífero Río Bacanora, clave 2637, lutitas y calizas, mientras que en el norponiente calizas y areniscas.
Las calizas presentan un alto contenido de corales, crinoides y fusulínidos fósiles, con intercalaciones de
areniscas, lutitas y calcoarenitas. Del Mesozoico afloran rocas sedimentarias que incluyen lutitas, areniscas y
conglomerados, así como rocas volcanosedimentarias deformadas.
El Complejo Volcánico Superior está representado por la Formación Tarahumara, que está constituida por
rocas volcánicas de composición andesítica, dacítica y vulcanosedimentarias del Cretácico. Se presenta,
asimismo, el Complejo Volcánico Inferior, formado por andesitas verdes de textura afanítica, presentándose
en algunas áreas como aglomerados andesíticos y tobas andesíticas porfídicas, con variación a dacitas, traquitas
y riolitas, con escasas intercalaciones de areniscas, lutitas y calizas. Su edad es Cretácico-Terciario Temprano.
El basamento hidrogeológico de la región lo constituye un intrusivo granítico porfídico de edad Cretácico.
En la porción norte y en el límite sur del acuífero Río Bacanora, clave 2637, afloran tobas riolíticas,
ignimbritas, riolitas y riodacitas, de edad Oligo-Mioceno, que conforman las principales zonas de recarga del
acuífero. Su estructura es compacta y presenta fracturamiento medio, por lo que su permeabilidad varía
de media a baja.
La Formación Báucarit es una secuencia de rocas areniscas, arcillas y conglomerados de composición
polimíctica, bien estratificados y consolidados que afloran en los valles intermontanos y al pie de laderas
montañosas intemperizadas, al que se le asigna edad del Mioceno; en su parte inferior existen derrames de
basaltos intercalados con aglomerados basálticos. Esta formación tiene una amplia distribución en la zona,
sus afloramientos más importantes se presentan a lo largo del Río Bacanora, cruzando el acuífero de sur a
norte. Se considera el basamento hidrogeológico del material sedimentario reciente y funciona como confinante
entre el material granular que rellena la zona del valle y material fracturado de composición volcánica.
Los depósitos del Cuaternario los conforman abanicos aluviales y fluviales del Reciente, constituidos por
bloques, gravas, arenas, limos y arcillas producidos por el intemperismo de las rocas preexistentes; que se
encuentran a lo largo de los ríos, arroyos y planicies de inundación. La permeabilidad de estos materiales es
alta, aunque su espesor es reducido.
Los rasgos estructurales más sobresalientes consisten de un patrón de fallas y fracturas que conforman
dos grupos, uno con dirección noreste-suroeste y otro con dirección noroeste-sureste. Estos patrones
estructurales se correlacionan a la apertura del Golfo de California, que provocó la generación de fosas
tectónicas donde se acumularon gruesos paquetes de productos vulcanoclásticos y detríticos. Las fallas
normales se localizan en la porción noreste, en las inmediaciones de la Sierra El Chiltepín.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se ubica totalmente dentro de la Región Hidrológica 9 Sonora Sur,
dentro de la Cuenca del Río Yaqui y Subcuenca Río Bacanora. La corriente principal en la zona de estudio es
el Río Bacanora, que nace en la Sierra El Encinal, es de tipo intermitente y recorre el acuífero de sur a norte y
se une al Río Yaqui antes de integrarse a la Presa El Novillo y drena una superficie de 70.5 kilómetros
cuadrados. En la porción sur es alimentado por los arroyos intermitentes Las Pirinolas, El Capulín y La Salvia,
en la región central confluyen El Cochi, La Mina, Los Lobos y El Bajío de las Palmas, en el norte se unen los
arroyos La Guásima, Los Nopales y Los Hornitos. El drenaje es principalmente de tipo dendrítico y en menor
proporción paralelo.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1. El acuífero
El acuífero funciona como libre, heterogéneo y anisótropo, constituido por dos medios, el superior de tipo
granular y el inferior fracturado. El medio granular poroso está conformado por los depósitos no consolidados
y semi-consolidados que incluyen materiales clásticos de granulometría diversa como gravas, arenas, limos y
arcillas, y conglomerados polimícticos originados a partir del intemperismo y erosión de las rocas que afloran
en la región, así como los depósitos conglomeráticos consolidados de la Formación Báucarit. Su espesor
puede alcanzar 300 metros en el centro del valle. El medio fracturado subyace al medio granular y está alojado
en rocas sedimentarias y volcánicas. Las unidades de baja permeabilidad de la Formación Báucarit constituyen
capas confinantes entre el acuífero granular actualmente en explotación y la unidad volcánica fracturada.
42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
5.2. Niveles de agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. Para el año 2013, la profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie
del terreno, en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, en 13 aprovechamientos, variaba de 4 a 14 metros; la
profundidad al nivel aumenta gradualmente a lo largo del cauce de los ríos, conforme se asciende
topográficamente.
La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar en el año 2013, variaba de 420 a 900
metros sobre el nivel del mar, decreciendo por efectos de la topografía. Los valores máximos de elevación se
localizan al sur, entre las localidades La Mano y Los Alisos, desde donde descienden en dirección norte, hacia
las localidades Santa Teresa y El Destacamento.
La configuración de la elevación del nivel estático no demuestra alteraciones del flujo natural del agua
subterránea que indiquen la presencia de conos de abatimiento causados por la concentración de la
extracción y el volumen de extracción estimado es muy inferior a la recarga. Por lo que se considera que las
variaciones en el nivel del agua subterránea no han sufrido alteraciones importantes en el transcurso del
tiempo, por lo que el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo.
5.3. Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
De acuerdo con el censo de captaciones de agua subterránea realizado por la Comisión Nacional del
Agua, en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, existen 51 aprovechamientos, ubicados principalmente a lo
largo del cauce del Río Bacanora, de los cuales, 6 son pozos y 45 norias. De total de obras, 4 son para uso
agrícola, 28 para uso doméstico y pecuario, 11 para uso público-urbano y 8 para usos múltiples.
El volumen de extracción es de 2.1 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales, 1.9 millones
de metros cúbicos anuales, que corresponden al 90.5 por ciento se destinan al uso agrícola; 0.1 millones de
metros cúbicos anuales, que representan el 4.8 por ciento, se destinan para uso doméstico y pecuario y 0.1
millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al 4.7 por ciento, para uso público-urbano.
5.4. Balance de agua subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Río
Bacanora, clave 2637, es de 8.6 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 8.0 millones de metros
cúbicos anuales de entradas por flujo horizontal, 0.2 millones de metros cúbicos anuales por recarga vertical
por precipitación y 0.4 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego.
La descarga total del acuífero es de 8.6 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 2.1 millones de
metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero a través de las captaciones de agua subterránea,
2.7 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas y 3.8 millones de metros cúbicos anuales por
evapotranspiración. El cambio de almacenamiento en el acuífero se considera nulo.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, fue
determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000,
Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la
disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de
abril de 2002, aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga
total
- Descarga natural
comprometida
- Volumen concesionado e
inscrito en el Registro Público
de Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, se
determinó considerando una recarga media anual de 8.6 millones de metros cúbicos anuales; una descarga
natural comprometida nula; y el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua
al 30 de junio de 2014, de 2.066364 millones de metros cúbicos anuales, resultando una disponibilidad media
anual de agua subterránea de 6.533636 millones de metros cúbicos anuales.
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
2637 RÍO BACANORA 8.6 0 2.066364 2.1 6.533636 0.000000
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero Río Bacanora, clave 2637, para mantenerlo en
condiciones sustentables, es de 8.6 millones de metros cúbicos, que corresponde al volumen de recarga
media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida.
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Actualmente, en la extensión del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, se encuentra
vigente el siguiente instrumento jurídico:
a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, se
prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de
cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas
nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o
registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua,
hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso
sustentable de las aguas nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1. Escasez natural de agua
El acuífero Río Bacanora, clave 2637, está ubicado en una región con escasez natural del recurso hídrico,
con clima semiseco a subhúmedo, en la que se presenta una precipitación media anual de 566 milímetros en
la mayoría del acuífero y una evaporación potencial media de 2,580 milímetros anuales, por lo que la mayor
parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que el escurrimiento y la infiltración son reducidos.
Dicha circunstancia, además del posible incremento de la demanda de agua subterránea para cubrir las
necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y la
limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, podrían
generar competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los
efectos negativos de la explotación del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios
del recurso.
8.2. Riesgo de sobreexplotación
En el acuífero Río Bacanora, clave 2637, la extracción total a través de norias y pozos es de 2.1 millones
de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en 8.6 millones de
metros cúbicos anuales.
A pesar de que la población actual en la superficie del acuífero es reducida, y por tanto la extracción de
agua subterránea es incipiente, la cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza,
debido a que los usuarios que en los últimos años han adoptado nuevas tecnologías de producción agrícola,
cuya rápida expansión ha favorecido la construcción de un gran número de pozos en muy corto tiempo, con
una gran capacidad de extracción, propiciando la sobreexplotación de los acuíferos, podrían invadir el acuífero
Río Bacanora, clave 2637, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría notoriamente, la
disponibilidad del acuífero se vería comprometida y el acuífero correría el riesgo de sobreexplotarse en
el corto plazo.
El incremento de la demanda de agua subterránea, principalmente por parte de las empresas mineras,
han puesto presión sobre el recurso hídrico. En caso de que en el futuro el crecimiento de la población y el
desarrollo de las actividades productivas de la región demanden un volumen mayor de agua subterránea
al que recibe como recarga media anual, existe el riesgo potencial de sobreexplotar el acuífero.
Actualmente, aun con la existencia del instrumento referido en el Considerando Noveno del presente, en el
acuífero Río Bacanora, clave 2637, existe el riesgo de que el incremento de la demanda genere los efectos
perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua
subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, así como el deterioro de la calidad
del agua subterránea, por lo que es necesario prevenir la sobreexplotación, proteger al acuífero de un
desequilibrio hídrico y del deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas
que dependen del agua subterránea en esta región.
44 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
9. CONCLUSIONES
● En el acuífero Río Bacanora, clave 2637, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas
para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una
extracción, explotación y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental y
prevenir la sobreexplotación del acuífero.
● El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento
jurídico referido en el Considerando Noveno del presente.
● Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva; sin embargo, persiste
el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente
abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, y el deterioro de la
calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma.
● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Río Bacanora, clave 2637.
● De los resultados expuestos, en el acuífero Bacanora, clave 2637, se presentan las causales de
utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas
a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración de acuíferos; a la
atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su
extracción, explotación, uso o aprovechamiento; así como la sustentabilidad ambiental y la
prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un
ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas
del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Río Bacanora, clave 2637, para
alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos.
● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme
a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los concesionarios y
asignatarios del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Río Bacanora, clave
2637, y que quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el
libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por
su artículo primero transitorio.
● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la
Comisión Nacional del Agua.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias
de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites
y la extensión geográfica del acuífero Río Bacanora, clave 2637, estarán disponibles para consulta pública en
las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su nivel nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes
Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, código
postal 04340, y en el Organismo de Cuenca Noroeste, en Calle Comonfort y Boulevard Cultura, piso 3 Edificio
México, Colonia Villa de Seris, Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, Código Postal 83280.
México, Distrito Federal, a los días 7 del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto
Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 45
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, Región Hidrológico
Administrativa Noroeste.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX,
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal
la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se
le asignó el nombre oficial de Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave
0860, en el Estado de Chihuahua y se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea, con un
valor de 35.015481 millones de metros cúbicos anuales;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860,
en el Estado de Chihuahua, obteniéndose un valor de 24.844570 millones de metros cúbicos anuales, con
fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860,
en el Estado de Chihuahua, obteniéndose un valor de 23.820970 millones de metros cúbicos anuales, con
fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero
Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, se determinó de conformidad con la “NORMA
Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las
especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”,
publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
Que en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, se encuentran vigentes
los siguientes instrumentos jurídicos:
a) “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido, para el alumbramiento de aguas del subsuelo
en la zona conocida como región de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua”, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 1967, que abarca la porción sur del acuífero
Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua;
46 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
b) "DECRETO que declara de utilidad pública el establecimiento de la Unidad de Riego para el
Desarrollo Rural Tejolocachic, Municipio de Matachic, Chih.", publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 7 de diciembre de 1973, el cual aplica en una porción del acuífero Guerrero-Yepómera,
clave 0860, en el Estado de Chihuahua;
c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción no
vedada del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, que en el mismo se indica, se prohíbe la
perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro
mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del
subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar
con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto
se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas
nacionales del subsuelo;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, con el objeto de definir si se presentan
algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del
ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios, a través
del Consejo de Cuenca de los Ríos Yaqui y Mátape, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en
la cuadragésima séptima reunión de trabajo de su Grupo de Seguimiento y Evaluación, realizada el 18 de
febrero de 2014, en Ciudad Obregón, en el Estado de Sonora, habiendo recibido sus comentarios,
observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO GUERRERO-YEPÓMERA, CLAVE 0860,
EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, REGIÓN HIDROLÓGICO ADMINISTRATIVA NOROESTE
ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Guerrero-Yepómera, clave 0860, ubicado en el Estado de Chihuahua, en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se localiza en la porción occidental del Estado de Chihuahua
y cubre una superficie de 4,563 kilómetros cuadrados. Comprende parcialmente a los municipios de
Temósachic, Matachi, Guerrero y pequeñas porciones de Madera, Carichi, Bocoyna, Namiquipa, y
administrativamente corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Noroeste.
Los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, están definidos por los vértices de la poligonal
simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el
“ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor
precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", publicado en el Diario Oficial de la Federación con
fecha 28 de agosto de 2009.
ACUÍFERO 0860 GUERRERO-YEPÓMERA
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 107 37 51.6 28 59 31.4
2 107 38 4.8 28 56 3.8
3 107 34 58.3 28 47 48.9
4 107 24 23.3 28 43 20.3
5 107 19 5.9 28 37 33.5
6 107 8 45.3 28 38 48.1
7 107 7 32.2 28 36 27.1
8 107 4 58.0 28 33 25.9
9 107 5 9.1 28 29 28.2
10 107 3 27.2 28 22 16.4
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 47
11 107 15 11.4 28 15 49.4
12 107 12 15.8 28 11 49.3
13 107 5 53.1 28 5 39.0
14 107 7 31.4 28 1 34.4
15 107 15 5.2 28 3 39.9
16 107 20 52.8 27 59 46.1
17 107 28 13.7 27 59 16.0
18 107 37 7.3 28 5 34.6
19 107 42 35.6 28 8 21.7
20 107 35 46.3 28 15 4.9
21 107 40 0.0 28 16 59.1
22 107 36 28.1 28 24 19.9
23 107 35 55.1 28 30 3.4
24 107 43 36.7 28 34 35.0
25 107 46 51.1 28 39 15.4
26 107 45 42.3 28 44 12.2
27 107 50 11.8 28 47 54.2
28 107 52 45.0 28 49 13.0
29 107 51 51.7 28 58 51.8
30 107 53 28.6 29 10 22.8
31 107 48 52.8 29 12 37.3
32 107 43 13.1 29 9 0.0
33 107 41 47.4 29 7 24.2
1 107 37 51.6 28 59 31.4
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y
Geografía, la población total que habitaba en la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el
año 2010, era de 39,297 habitantes. La población está distribuida en 2 localidades urbanas que suman 16,681
habitantes, La Junta y Vicente Guerrero y 424 localidades rurales, que suman 22,616 habitantes. Se
estableció una tasa de crecimiento poblacional del 2.9 por ciento para el periodo 2000 al 2010, en los
municipios que comprenden el acuífero.
Las principales actividades económicas en el acuífero son la agricultura, la ganadería, la industria
maderera y la minería. Los principales cultivos de riego son durazno, manzana y ciruela, maíz, papa y cultivos
de temporal, como avena forrajera, frijol y sorgo grano. Se crían especies de bovinos de carne y leche,
porcinos, lanar, gallinas productoras de huevo, pollos de engorda y caprinos, y se cuenta con once frigoríficos.
En lo que respecta a la explotación forestal, existe arbolado comercial en aprovechamiento, caminos troceros,
un vivero forestal y varias plantaciones. El sector industrial está en una fábrica de refrescos donde se elabora
sidra y jugo de fruta. El sector minero cuenta con yacimientos susceptibles de explotación de oro, plata,
plomo, cobre, zinc, geodas, ágata y mercurio.
3. MARCO FÍSICO
3.1. Climatología
En la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, predomina el clima semifrío subhúmedo,
semiseco templado y templado subhúmedo. De la información de las estaciones climatológicas localizadas en
la zona de influencia del acuífero, y de acuerdo al método de Thiessen, la temperatura media anual es de
13 grados centígrados, la precipitación media anual es de 478 milímetros, y la evapotranspiración representa
413 milímetros y fue calculada con la fórmula de Turc.
3.2. Fisiografía y Geomorfología
El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se encuentra localizado en la Provincia de la Sierra Madre
Occidental, dicha provincia se caracteriza por una potente secuencia de rocas volcánicas, las que han
modelado una gran sierra con orientación preferencial nornoroeste-sursureste, sus rasgos orográficos más
importantes los constituyen altas montañas, disectadas por un conjunto de arroyos.
48 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
En la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860 se identificaron las siguientes unidades
geomorfológicas, ladera montañosa alta inestable, ladera montañosa alta metaestable, ladera montañosa baja
metaestable, lomerío estable, lomerío inestable, piedemonte estable, piedemonte metaestable, zona cultivada,
planicie aluvial y planicie con patrón divergente.
3.3. Geología
En la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, afloran unidades estratigráficas que varían
en edad del Paleozoico al Reciente.
El Paleozoico está representado por una secuencia sedimentaria de plataforma, conformada por calizas y
lutitas fosilíferas con marcas de oleaje. Las rocas del Cretácico están constituidas por pequeñas capas de
lutita laminar, caracterizadas por fósiles y con fracturamiento intenso.
En el Terciario Inferior se presentan derrames masivos de lava riolítica que forman pequeñas montañas
dómicas y lomeríos con fracturamiento escaso e intemperismo severo. El Terciario Medio se caracteriza por
una unidad volcánica constituida por una gran diversidad de tobas de las que se destacan las ignimbritas,
tobas pumíticas, arenosas y vítreas, asimismo presentan intercalaciones de derrames de riolita. El Plio-Cuaternario
está representado principalmente por basaltos, conglomerados y areniscas-conglomerados. Finalmente, se
encuentran los depósitos aluviales y lacustres de edad Cuaternaria, caracterizados por sedimentos
retrabajados por las corrientes fluviales y por depósitos limo-arcillosos, respectivamente.
Las rocas Cretácicas presentan plegamiento con ejes orientados en dirección nornoroeste-sursureste,
producto de los esfuerzos compresivos de la deformación Larámide del Cretácico Superior. El otro evento
tectónico que afectó a las rocas de la región, fue de naturaleza extensional, que originó una sucesión de fosas
y pilares definidos por el fallamiento normal paralelo, con orientación noroeste-sureste y norte-sur.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se localiza al suroeste de la Región Hidrológica 9, Sonora
Sur, en la Cuenca del Río Yaqui, dentro de la Subcuenca Río Papigochic.
Los principales escurrimientos superficiales en la zona son los ríos Papigochic y Basuchil, y el Arroyo
Yepómera, este último drena la parte norte del área, recibe los escurrimientos de un gran número de arroyos
provenientes de las partes altas e inicia su descenso pasando por las localidades de Yepómera y la Labor de
Guadalupe, hasta que desemboca sobre el Río Papigochic, a 1,860 metros sobre el nivel del mar, después de
recorrer una distancia aproximada de 15 kilómetros. Al continuar su curso el Río Papigochic llega a la Presa
Abraham González, a una elevación de 2,060 metros sobre el nivel del mar, a 1.8 kilómetros aguas arriba del
poblado de Guadalupe. Su curso es de 390 kilómetros. Constituye el origen del Río Yaqui, colector general de
esta región hidrológica.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1. El acuífero
El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, es de tipo libre, heterogéneo y anisótropo, constituido por dos
medios, el superior de tipo granular y el inferior fracturado. El medio granular, que actualmente está en
explotación, está conformado por sedimentos del Plio-Cuaternario, compuestos mayormente de
conglomerados y depósitos aluviales, que rellenan los valles. Estos almacenan y a la vez sirven como paso al
medio fracturado, conformado por la secuencia de tobas ácidas constituidas por ignimbritas, tobas pumíticas,
arenosas y vítreas, que aunque de menor permeabilidad, también contienen agua.
5.2. Niveles de agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. Para el año 2013, la profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie
del terreno, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en 55 aprovechamientos, variaba de 10 a 80
metros, aumenta gradualmente hacia el sur del acuífero, conforme se asciende topográficamente. Las
profundidades más someras del nivel de saturación se presentan al norte del acuífero, en las inmediaciones
de la localidad de Temósachi y Matachí. En las partes topográficamente más altas del acuífero, la profundidad
al nivel de saturación presenta una profundidad de 80 metros. La elevación del nivel de saturación con
respecto al nivel del mar en el año 2013, variaba de 1,800 a 2,230 metros sobre el nivel del mar. Para el
período 2009-2013, la evolución media anual fue de -1.0 metro, mientras que en zonas localizadas alcanzó
abatimientos de hasta -4.0 metros.
5.3. Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
De acuerdo con la información disponible, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, existen 331
captaciones de agua subterránea. El volumen de extracción es de 53.1 millones de metros cúbicos anuales.
La extracción en el acuífero está destinada principalmente al uso agrícola con un 88 por ciento, seguido por el
uso público urbano en un 7 por ciento, 3 por ciento para uso doméstico y el restante para uso industrial,
múltiples y pecuario.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 49
5.4. Balance de agua subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero
Guerrero-Yepómera, clave 0860, es de 146.0 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 18.3 millones
de metros cúbicos anuales por recarga inducida, 30.2 millones de metros cúbicos anuales de recarga por
infiltración de cauces y desde materiales conectados al acuífero, y 97.5 millones de metros cúbicos anuales
de infiltración por lluvia.
La descarga total del acuífero es de 146.0 millones de metros cúbicos anuales; la cual está integrada por
53.1 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero a través de las captaciones de agua
subterránea, y 92.9 millones de metros cúbicos anuales por evapotranspiración. El cambio de
almacenamiento en el acuífero se considera nulo.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, fue
determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000,
Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la
disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de
abril de 2002, aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total - Descarga natural
comprometida
- Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se
determinó considerando una recarga media anual de 146.0 millones de metros cúbicos anuales, una descarga
natural comprometida nula y el volumen de agua subterránea concesionado e inscrito en el Registro Público
de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 122.179030 millones de metros cúbicos anuales, resultando
una disponibilidad media anual de agua subterránea de 23.820970 millones de metros cúbicos anuales.
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
0860 GUERRERO- YEPÓMERA 146.0 0.0 122.179030 53.1 23.820970 0.000000
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero
Guerrero-Yepómera, clave 0860.
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, para mantenerlo
en condiciones sustentables, es de 146.0 millones de metros cúbicos, que corresponde al volumen de recarga
media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida.
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Actualmente, en la extensión del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, se
encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos:
a) “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido, para el alumbramiento de aguas del subsuelo
en la zona conocida como región de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua”, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 21 de Octubre de 1967, que abarca una porción al sur del acuífero
Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua;
b) "DECRETO que declara de utilidad pública el establecimiento de la Unidad de Riego para el
Desarrollo Rural Tejolocachic, Municipio de Matachic, Chih.", publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 7 de diciembre de 1973, el cual aplica en una porción del acuífero Guerrero-Yepómera,
clave 0860;
c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las
porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción no
vedada del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, que en el mismo se indica, se prohíbe la
perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro
50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del
subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar
con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto
se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas
nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1. Escasez natural de agua
El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, está ubicado en una región con escasez natural del recurso
hídrico, con clima semifrío subhúmedo, semiseco templado y templado subhúmedo, en la que se presenta una
precipitación media anual de 478 milímetros, y una evapotranspiración real media anual de 413 milímetros,
por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que el escurrimiento y la infiltración
son reducidos. La infiltración que recarga el acuífero, es reducida también por el hecho de que la mayor parte
del material geológico superficial está formado de rocas volcánicas de baja permeabilidad que favorecen que
el agua precipitada escurra y no se infiltre.
Dicha circunstancia, además del posible incremento de la demanda de agua subterránea, para cubrir las
necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y la
limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860,
podría generar competencia por el recurso entre los diferentes usos e implica el riesgo de que se generen
los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los
usuarios del recurso.
8.2. Riesgo de sobreexplotación
En el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, la extracción total a través de norias y pozos es de
53.1 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada
en 146.0 millones de metros cúbicos anuales.
La cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza, debido a que los usuarios que
en los últimos años han adoptado nuevas tecnologías de producción agrícola, cuya rápida expansión ha
favorecido la construcción de un gran número de pozos en muy corto tiempo, con una gran capacidad de
extracción, propiciando la sobreexplotación de los acuíferos, podrían invadir el acuífero Guerrero-Yepómera,
clave 0860, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría notoriamente, la disponibilidad del
acuífero se vería comprometida y el acuífero correría el riesgo de sobreexplotarse en el corto plazo.
El incremento de la demanda de agua subterránea, principalmente por parte de las empresas mineras,
han puesto presión sobre el recurso hídrico. En caso de que en el futuro el crecimiento de la población y el
desarrollo de las actividades productivas de la región demanden un volumen mayor de agua subterránea al
que recibe como recarga media anual, existe el riesgo potencial de sobreexplotar el acuífero.
El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, tiene una disponibilidad media anual de agua subterránea
limitada para impulsar el desarrollo de las actividades productivas. La extracción intensiva de agua
subterránea para satisfacer el incremento de la demanda podría originar un desequilibrio en la relación
recarga-extracción y causar sobreexplotación, impidiendo el impulso de las actividades productivas y
poniendo en riesgo el abastecimiento de agua para los habitantes de la región que dependen de este recurso.
Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos referidos en el Considerando Octavo del presente,
en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, ya se presenta una tendencia hacia el abatimiento del nivel del
agua subterránea, con abatimientos puntuales hasta 4.5 metros por año, por lo que existe el riesgo de que el
incremento de la demanda de agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación
intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento
de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales y caudal base hacia los ríos,
así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero de un
significativo desequilibrio hídrico y del deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades
socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
9. CONCLUSIONES
● En el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, existe disponibilidad media anual de aguas
subterráneas para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a
una extracción, explotación y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental y
prevenir la sobreexplotación del acuífero.
● El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se encuentra sujeto a las disposiciones de los
instrumentos jurídicos referidos en el Considerando Octavo del presente.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51
● Dichos instrumentos han permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva; sin embargo,
persiste el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el
consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la
disminución o desaparición del caudal base hacia el río y el deterioro de la calidad del agua
subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma.
● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860.
● De los resultados expuestos, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se presentan las
causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas
Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración
de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al
control de su extracción, explotación, uso o aprovechamiento; así como la sustentabilidad ambiental
y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un
ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas
del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860,
para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos.
● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a
derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los asignatarios y concesionarios
del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
● Suprimir dentro de los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, la veda establecida
mediante el “DECRETO por el que se declara veda por tiempo indefinido, para el alumbramiento de
aguas del subsuelo en la zona conocida como región de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua",
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 1967.
● Suprimir dentro de los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, la veda establecida
mediante el “DECRETO por el que se declara de utilidad pública el establecimiento de la Unidad de
Riego para el Desarrollo Rural Tejolocachic, Municipio de Matachic, Chih.", publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 1973.
● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Guerrero- Yepómera,
clave 0860, y que en la porción no vedada de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin
efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento
en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se
indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo
dispuesto por su artículo primero transitorio.
● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión
Nacional del Agua.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias
de cálculo con la que se elaboró el presente acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y
la extensión geográfica del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, estarán disponibles para consulta
pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su nivel nacional, que se ubican en Avenida
Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal,
código postal 04340, y en su nivel regional hidrológico-administrativo, en el Organismo de Cuenca Noroeste,
en Calle Comonfort y Boulevard Cultura, piso 3 edificio México, Colonia Villa de Seris, Ciudad de Hermosillo,
Estado de Sonora, código postal 83280.
México, Distrito Federal, a los 7 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto
Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
SECRETARIA DE ECONOMIA
DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-010-ANCE-2015,
NMX-J-169-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015,
NMX-J-597/1-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE-2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.-
Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.
DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015,
NMX-J-010-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2011), NMX-J-169-ANCE-2015 (CANCELA A LA
NMX-J-169-ANCE-2004), NMX-J-248-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-248-ANCE-2005), NMX-J-308/2-ANCE-2015,
NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-565/2-12-ANCE-2006), NMX-J-597/1-ANCE-2015 (CANCELA
A LA NMX-J-597/1-ANCE-2007), NMX-J-614/1-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-614/1-ANCE-2010) Y
NMX-J-673/23-ANCE-2015.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del
Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento
Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para
estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación,
mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la
responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado “Asociación de Normalización y
Certificación, A.C. (ANCE)”, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores
y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de
dicho organismo ubicado en Lázaro Cárdenas No. 869, Fracc. 3, Esq. con Júpiter, Col. Nueva Industrial
Vallejo, código postal 07700, México, D.F. y/o al correo electrónico: normalizacion@ance.org.mx, o consultarlo
gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de
Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código
postal 53950, Estado de México.
Las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015,
NMX-J-614/1-ANCE-2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015 entrarán en vigor 60 días naturales después de la
publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
Las normas mexicanas NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 y NMX-J-597/1-ANCE-2015
entrarán en vigor 180 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario
Oficial de la Federación.
La norma mexicana NMX-J-169-ANCE-2015 entrará en vigor 540 días naturales después de la publicación
de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CÓDIGO TÍTULO DE LA NORMA
NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015
PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSIÓN-PARTE 11:
PORTAFUSIBLES PARA FUSIBLES BASE EDISON TIPO C Y TIPO S
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana aplica a los portafusibles y dispositivos para alojar fusibles a emplearse en circuitos
eléctricos de acuerdo con la norma de instalaciones eléctricas.
Los requisitos de esta Norma Mexicana cubren:
a) Los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles Tipo C y Tipo S, que se describen en
la NMX-J-009/248-11-ANCE.
b) Dispositivos que se destinan para añadirse a portafusibles para fusibles base Edison, para rechazar
fusibles con intervalos de mayor capacidad de corriente.
c) Dispositivos que se destinan para adaptar fusibles Tipo S para utilizarse en portafusibles para
fusibles Tipo base Edison.
Esta Norma Mexicana establece las características, construcción, condiciones de operación, marcado y
condiciones de prueba para los portafusibles para fusibles base Edison Tipo C y Tipo S.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 53
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no coincide con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento
de elaborar la Norma Mexicana.
Bibliografía
• NMX-J-009/248/11-ANCE-2006, Fusibles para baja tensión-Parte 11: Fusibles tipo tapón. Declaratoria
de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio de 2006.
• UL 4248-11 Ed.1, Fuseholders-Part 11: Type C (Edison Base) and type S plug fuse.
• CAN/CSA C22.2 No. 4248.11, Fuseholders-Part 11: Type C (Edison Base) and type S plug fuse.
NMX-J-010-ANCE-2015
CONDUCTORES-CONDUCTORES CON AISLAMIENTO
TERMOPLÁSTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V-
ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2011;
NORMA REFERIDA EN LA NOM-063-SCFI-2001)
Objetivo y campo de aplicación
1.1 Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para los conductores monoconductores y
multiconductores con aislamiento termoplástico para 600 V, para utilizarse en instalaciones
eléctricas.
1.2 Esta norma también establece los requisitos para los cables para bombas sumergibles, con
o sin cubiertas.
Estos cables no se designan por alguna letra que los identifique.
1.3 Se establecen los requisitos para los cables multiconductores con aislamiento y cubierta
termoplásticos para 600 V.
1.4 Los productos que se especifican en esta norma pueden tener aplicaciones que no se especifican
en la norma de instalaciones eléctricas.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con la Norma Internacional “IEC 60227-1, Polyvinyl chloride insulated cables of
rated voltages up to and including 450/750 V-Part 1: General requirements, ed3.0 (2007-10)”, no es posible
concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes:
a) Las áreas de la sección transversal en mm2
que se especifican en la Norma Mexicana son
diferentes de las que se indican en la Norma Internacional, ya que el cable se destina para su
utilización en instalaciones eléctricas en las que se conectan a equipos y dispositivos eléctricos,
tales como: receptáculos, apagadores, interruptores termomagnéticos, cajas derivación, entre otros;
cuyos medios de conexión internos son de dimensiones con valores acordes a las secciones
transversales de los conductores que se especifican en este documento; por lo que esta Norma
Mexicana garantiza compatibilidad mecánica con los productos y equipos arriba mencionados.
b) La Norma Internacional indica la tensión máxima de utilización, la cual es para fase a tierra de
450 V y entre fases de 750 V, en tanto que la tensión eléctrica máxima de utilización normalizada
en baja tensión que se utiliza en México es de 480 V entre fases, por lo anterior en esta Norma
Mexicana se indica 600 V como la tensión máxima de diseño del aislamiento de los conductores
eléctricos. Especificar una tensión mayor, tal como lo indica la Norma Internacional, da como
resultado un sobredimensionamiento de los conductores eléctricos y todo su equipo asociado, tal
como soportería, canalizaciones, dispositivos de protección, entre otros; lo cual incrementa el costo
por adquisición y mano de obra de las instalaciones eléctricas de manera innecesaria para los
requerimientos técnicos de seguridad que establece la NOM-001-SEDE-2012.
Bibliografía
• IEC 60227-1 ed3.0 (2007-10), Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including
450/750 V-Part 1: General requirements.
• UL 83 Ed.15, Thermoplastic-insulated wires and cables.
• CSA C22.2 No. 75-08, Thermoplastic insulated wires and cables.
54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
NMX-J-169-ANCE-2015
TRANSFORMADORES Y AUTOTRANSFORMADORES DE
DISTRIBUCIÓN Y POTENCIA-MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA A
LA NMX-J-169-ANCE-2004; NORMA REFERIDA EN LA NOM-002-
SEDE-2010)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana tiene por objeto establecer las pruebas y métodos de prueba para transformadores
y autotransformadores de distribución y potencia, inmersos en líquido aislante.
En las normas de transformadores (especificaciones), se listan las pruebas y los tipos de prueba aplicables
a los transformadores. La secuencia en que se presentan en esta Norma Mexicana es sólo una
recomendación del orden en que pueden aplicarse las pruebas y puede modificarse de acuerdo con
necesidades y aplicaciones particulares.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con la Norma Internacional “IEC 60076-1, Power transformers-Part 1: General,
ed3.0 (2011-04)”, no es posible concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes:
a) La presente Norma Mexicana, a diferencia de la Norma internacional, incluye los métodos de
prueba de hermeticidad; prueba a circuitos de control, medición y fuerza; prueba de corriente de
excitación monofásica a tensión reducida; prueba de presión negativa; prueba de humedad
residual; prueba hidrostática; prueba de resistencia de aislamiento del núcleo a tierra; y prueba de
cromatografía de gases.
b) Asimismo, difiere en los métodos de prueba de nivel de ruido audible, prueba de impulso, prueba de
cortocircuito y prueba de impedancia de secuencia cero, debido a que la Norma Internacional
permite el uso de otro método.
Los métodos de prueba que se incluyen en la presente Norma Mexicana reflejan las prácticas nacionales
y son congruentes con la infraestructura nacional actual.
Bibliografía
• IEC 60076-1 ed3.0 (2011-04), Power transformers-Part 1: General.
• IEC 60137 ed6.0 (2008-07), Insulated bushings for alternating voltages above 1 000 V.
• IEEE C57.12.90-2010, Test code for liquid-immersed distribution, power, and regulating transformers.
NMX-J-248-ANCE-2015
AISLADORES PARA LÍNEAS AÉREAS-AISLADORES
POLIMÉRICOS POSTE LÍNEA PARA SISTEMAS DE C.A. CON UNA
TENSIÓN NOMINAL MAYOR QUE 1 000 V-DEFINICIONES,
MÉTODOS DE PRUEBA Y CRITERIO DE ACEPTACIÓN (CANCELA
A LA NMX-J-248-ANCE-2005)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana aplica a aisladores poste línea de material compuesto con un soporte de carga y
núcleo sólido aislante cilíndrico hecho de fibras (usualmente vidrio) en una matriz constituida básicamente
de resina, una cubierta de material polimérico (exterior al núcleo aislante) y accesorios permanentemente
fijos al núcleo aislante.
Los aisladores poliméricos poste línea cubiertos por esta norma están sujetos a cargas de flexión, tensión
y compresión, cuando proporcionan soporte a los conductores de línea. Su uso es para sistemas de líneas
aéreas de corriente alterna con tensión nominal mayor que 1 000 V y a una frecuencia no mayor que
100 Hz.
El objetivo de esta norma es:
a) Definir los términos que se utilizan;
b) Establecer los métodos de prueba; y
c) Establecer los criterios de aceptación o falla.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 61952, Insulators for overhead lines-
Composite line post insulators for A.C. systems with a nominal voltage greater than 1 000 V-Definitions,
test methods and acceptance criteria, ed2.0 (2008-05)” y difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al
que aplica la
diferencia
Desviación técnica/Justificación
5
Para esta Norma Mexicana, se reemplaza el contenido del Capítulo 5,
Identificación.
Con motivo de unificar la designación de los aisladores poste línea tomando
como base sus características técnicas electromecánicas, dado que
actualmente no existe una Norma Internacional que los defina.
10.1
Se modifica el inciso 10.1 para incluir pruebas adicionales aplicables a los
aisladores poste línea.
Lo anterior para mayor claridad en la ejecución de las pruebas, haciendo
referencia a los incisos específicos en las Normas Mexicanas a las que se hace
referencia.
11.1
Para esta Norma Mexicana, se reemplaza la referencia a la Norma Internacional
por la Norma Mexicana correspondiente, lo anterior con objeto de cumplir con lo
que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas
que se relacionan.
Tabla 3
Se consideran de carácter informativo las referencias a la IEC 60383-2, debido
a que su consulta no es necesaria para la correcta aplicación de la Norma
Mexicana.
11.1.1
Para esta Norma Mexicana, se reemplaza la referencia a la IEC 60383-1 por la
disposición de montaje que se indica en la desviación 5 D1.
Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo
que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización.
12.1
Se modifica el segundo párrafo del inciso 12.1 debido a que la selección de
muestras se realiza como parte de los procedimientos de evaluación de la
conformidad.
Adicionalmente se modifica el último párrafo para incluir una referencia
específica al método magnético, misma que no se define en la Norma
Internacional.
13.1
Se modifica el primer párrafo del inciso 13.1, se elimina la especificación de la
carga de tensión mayor o igual que 50 % de la STL, ya que el valor de la STL
se define en la tabla D1 la cual es de 5 kN tomando a éste como un valor fijo.
Bibliografía
• NMX-B-119-1983, Industria siderúrgica-Dureza Rockwell y Rockwell superficial en productos de hierro
y acero-Método de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el
13 de junio de 1983.
• NMX-H-004-SCFI-2008, Industria siderúrgica-Productos de hierro y acero recubiertos con cinc
(galvanizados por inmersión en caliente)-Especificaciones y métodos de prueba. Declaratoria de
vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2009.
• NMX-J-150/1-ANCE-2008, Coordinación de aislamiento-Parte 1: Definiciones, principios y reglas.
Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2008.
56 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
• NMX-J-271/1-ANCE-2007, Técnicas de prueba en alta tensión-Parte 1: Definiciones generales y
requisitos de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de
abril de 2008.
• NMX-J-523/471-ANCE-2012, Vocabulario electrotécnico-Parte 471: Aisladores. Declaratoria de
vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2012.
• NMX-Z-012/1-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 1: Información general y
aplicaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre
de 1987.
• NMX-Z-012/2-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y
gráficas. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre
de 1987.
• NMX-Z-012/3-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 3: Regla de cálculo para la
determinación de planes de muestreo. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 31 de julio de 1987.
• IEC 60383-1 ed4.0 (1993-04), Insulators for overhead lines with a nominal voltage above 1 000 V-
Part 1: Ceramic or glass insulator units for a.c. systems-Definitions, test methods and acceptance
criteria.
• IEC 61952 ed2.0 (2008-05), Insulators for overhead lines-Composite line post insulators for A.C.
systems with a nominal voltage greater than 1 000 V-Definitions, test methods and acceptance criteria.
NMX-J-308/2-ANCE-2015
EQUIPO ELÉCTRICO EN SERVICIO IMPREGNADO DE ACEITE
MINERAL-GUÍA PARA MUESTREO DE GASES Y ACEITES
MINERALES PARA ANÁLISIS DE GASES LIBRES Y DISUELTOS
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma Mexicana proporciona las técnicas de muestreo de gases libres de los relevadores
colectores de gases y del muestreo del aceite en el que se sumergen equipos tales como transformadores
de potencia, reactores, transformadores de medida, boquillas, cables y capacitores tipo tanque,
sumergidos en aceite. Se especifican tres métodos de muestreo de gases libres y tres métodos de
muestreo de aceite; la selección del método que se utiliza depende del equipo y de la cantidad de aceite
que se requiere analizar.
Los gases disueltos en aceite, se extraen del aceite antes de analizarlos. Se describen tres métodos
básicos, uno que utiliza la extracción por vacío (desgasificación Toepler y parcial), otro por desplazamiento
de los gases que se disuelven por el burbujeo de un gas portador a través de una muestra de aceite
(despojador) y por último con la partición de los gases entre la muestra de aceite y un pequeño volumen
del gas portador (espacio de cabeza). Los gases se analizan cuantitativamente después de extraerlos a
través de una cromatografía de gases. Los gases libres colectados de los relevadores, se analizan sin
tratamiento preliminar.
El método preferente para asegurar el comportamiento de la extracción de gas y el equipo de análisis,
considerados de forma conjunta como un solo sistema, es la desgasificación de muestras de aceite con
concentraciones de gases conocidas (gas patrón en aceite) y el análisis cuantitativo de los gases
extraídos. Se indican dos métodos de preparación de mezclas de gases patrón en aceite.
Para la comprobación diaria del desempeño del cromatógrafo, es conveniente utilizar una mezcla de gases
patrón de concentración conocida que contenga una cantidad de cada gas similar a la de los gases que se
extraen del aceite de los transformadores.
Las técnicas que se describen consideran, por una parte, los problemas característicos del análisis que se
asocian con las pruebas de aceptación en fábrica, en donde el contenido de gas del aceite es
generalmente muy bajo; por otro lado también se consideran los problemas que se presentan en la
supervisión del equipo en campo, en donde las muestras que se transportan pueden contaminarse con
aire despresurizado y donde las diferencias considerables en la temperatura del ambiente pueden existir
entre la ubicación del equipo bajo prueba y la del laboratorio.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 60567, Oil-filled electrical equipment-
Sampling of gases and analysis of free and dissolved gases-Guidance, ed4.0 (2011-10)” y difiere en los
puntos siguientes:
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 57
Capítulo/Inciso al que
aplica la diferencia
Desviación técnica/Justificación
3.2.1 Para esta Norma Mexicana, se reemplaza la
referencia al Apéndice B de la Norma
Internacional IEC 60475 por el Apéndice F de
la presente Norma Mexicana, lo anterior con
objeto de cumplir con lo que se indica en la
fracción IV del artículo 28 del Reglamento de
la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, traduciendo y adecuando el
texto de la Norma Internacional e
integrándolo a la presente norma.
Adicionalmente, se sustituye el uso de la
válvula de paso por la válvula de tres vías. Lo
anterior debido que su uso es más común en
la práctica nacional y está soportado por la
infraestructura de los laboratorios de prueba
del país. Se considera que el método de la
práctica nacional tiene resultados
equivalentes.
Figura 1, 3.2.2 Para esta Norma Mexicana se elimina el uso
de la válvula de paso (2) del equipo de
muestreo de gas con jeringa en el
procedimiento de prueba. Lo anterior, debido
que su uso no es común en la práctica
nacional ni en la infraestructura de los
laboratorios de prueba del país. Se considera
que el método de la práctica nacional tiene
resultados equivalentes.
3.5, 3.6, 4 Para esta Norma Mexicana, se elimina la
referencia a la Norma Internacional IEC
60475 (incisos 4.2 a 4.4) y se incluye el
contenido de los incisos de dicha Norma
Internacional en los incisos 3.5 y 3.6 de esta
Norma Mexicana; los requisitos de etiquetado
del inciso 4.4 de la IEC 60475 se agregan al
Capítulo 4 de la presente norma, en un
formato de lista para facilitar su lectura.
Lo anterior con objeto de cumplir con lo que
se indica en la fracción IV del artículo 28 del
Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, traduciendo y
adecuando el texto de la Norma Internacional
e integrándolo a la presente norma.
5.1, 5.2.2, 5.2.3 Para esta Norma Mexicana, se elimina la
referencia a la Norma Internacional IEC
60475. El contenido de la Norma
Internacional se incluye en el inciso 3.5 de
esta norma.
Lo anterior con objeto de cumplir con lo que
se indica en la fracción IV del artículo 28 del
Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, traduciendo y
adecuando el texto de la Norma Internacional
e integrándolo a la presente norma.
58 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
6.2.2.1, 9.3.1 Para esta Norma Mexicana, deben sustituirse
las referencias a las Normas Internacionales
por las Normas Mexicanas correspondientes.
Lo anterior con objeto de cumplir con lo que
se indica en la fracción IV del artículo 28 del
Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, haciendo
referencia a las Normas Mexicanas que se
relacionan.
3 Inciso a): Se agrega la referencia a la Norma
Mexicana NMX-J-123-ANCE. Lo anterior
para proporcionar el método para determinar
la densidad relativa, de acuerdo con las
prácticas nacionales de seguridad.
6.3.2, 7.2.3, 7.3.3, 8.7 En 6.3.2 inciso b): Se elimina el uso de perlas
de agitación y se modifica la capacidad de las
jeringas, para permitir un volumen de 30 mL
a 100 mL.
En 6.3.2 inciso d): Se agrega la condición
normalizada de 0 °C. Lo anterior en
consideración a la práctica nacional y la
infraestructura de los laboratorios nacionales.
Se considera que el método de la práctica
nacional tiene resultados equivalentes.
En 7.2.3 inciso e): Se establece un límite
para la cantidad mínima de aceite que puede
constituir una muestra de aceite.
En 7.2.3 inciso k): Se modifican las
condiciones normalizadas para incluir la
condición de 0 °C.
En 7.3.3 inciso g): Se modifican las
condiciones normalizadas para incluir la
condición de 0 °C.
En 8.7 se agrega la condición normalizada de
0 °C y una ecuación para tomar en cuenta
esta condición.
Lo anterior en consideración a la práctica
nacional y la infraestructura de los
laboratorios nacionales. Se considera que el
método de la práctica nacional tiene
resultados equivalentes.
Figura 9 Para la presente Norma Mexicana se corrige
la figura 9, para eliminar la asignación de una
misma etiqueta a distintos tipos de bomba.
Lo anterior para enmendar el error en la
asignación de etiquetas.
7.3.2 Inciso e): Se cambia la referencia al inciso f)
de 7.2.2, por la referencia al inciso e) de
7.2.2. Lo anterior debido a que existe un error
en la Norma Internacional al no existir el
inciso f) en 7.2.2.
7.5.3.5 Se modifica el texto de 7.5.3.5 para indicar el
método para determinar la densidad del
aceite que está de acuerdo con las prácticas
nacionales de seguridad y aseguramiento de
la calidad.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59
Tabla 4 Se agregan a la tabla los coeficientes de
partición para aceite parafínico. Lo anterior
en consideración de que los equipos dentro
de la infraestructura nacional, continúan
presentando esta clase de líquido aislante.
9.3.2 Para esta Norma Mexicana se agrega el
límite de detección para las pruebas
interlaboratorio. Lo anterior por considerarlo
un factor importante para la repetibilidad de
las pruebas.
10 Inciso h): Para esta Norma Mexicana se
agrega en el informe de resultados, una
mención de la temperatura normalizada que
se usa. Lo anterior en consecuencia a la
inclusión de la temperatura normalizada de
0 °C en los métodos de prueba de la
presente norma.
Bibliografía
• IEC 60475 ed2.0 (2011-10), Method of sampling insulating liquids.
• IEC 60567 ed4.0 (2011-10), Oil-filled electrical equipment-Sampling of gases and analysis of free and
dissolved gases-Guidance.
NMX-J-565/2-12-ANCE-2015
PRUEBAS DE PELIGRO POR INCENDIO-PARTE 2-12: MÉTODOS
DE PRUEBA BASADOS EN HILO INCANDESCENTE/CALIENTE-
MÉTODO DE PRUEBA DEL ÍNDICE DE INFLAMABILIDAD DE HILO
INCANDESCENTE PARA MATERIALES (CANCELA A LA
NMX-J-565/2-12-ANCE-2006; NORMA REFERIDA EN LA
NOM-003-SCFI-2014)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana específica los detalles del método de prueba de hilo incandescente, que se aplica a
los especímenes de prueba de material eléctrico aislante sólido u otros materiales sólidos para la prueba
de inflamabilidad para determinar el índice de inflamabilidad de hilo incandescente (GWFI).
El GWFI es la temperatura mayor, que se determina durante este procedimiento normalizado, en el cual el
material probado:
a) No se enciende o si lo hace, se apaga dentro de 30 s después de retirar el hilo incandescente y no
se consume totalmente; y
b) Si ocurre goteo fundido, no se enciende el papel tisú.
Este método de prueba es una prueba de materiales que se realiza en una serie de especímenes de
prueba normalizados. Los datos que se obtienen, junto con los datos del método de prueba de temperatura
de ignición del hilo incandescente (GWIT) para materiales de la NMX-J-565/2-13-ANCE, pueden utilizarse
en un proceso de preselección de acuerdo con la NMX-J-565/1-30-ANCE para determinar la capacidad
de los materiales para cumplir con los requisitos de la NMX-J-565/2-11-ANCE.
Esta norma básica de seguridad se destina para utilizarse en la elaboración de normas de acuerdo con los
principios que se establecen en la NMX-J-645-ANCE.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma coincide totalmente con la Norma Internacional “IEC 60695-2-12, Fire hazard testing-Part 2-12:
Glowing/hot-wire based test methods-Glow-wire flammability index (GWFI) test method for materials, ed2.1
(2014-02)”.
Bibliografía
• IEC 60695-2-12 ed2.1 (2014-02), Fire hazard testing-Part 2-12: Glowing/hot-wire based test methods-
Glow-wire flammability index (GWFI) test method for materials.
• ISO 291:2008 ed.4, Plastics-Standard atmospheres for conditioning and testing
60 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
NMX-J-597/1-ANCE-2015
COORDINACIÓN DE AISLAMIENTO PARA LOS EQUIPOS EN
SISTEMAS DE BAJA TENSIÓN-PARTE 1: PRINCIPIOS,
REQUISITOS Y PRUEBAS (CANCELA A LANMX-J-597/1-ANCE-
2007; NORMA REFERIDA EN LA NOM-003-SCFI-2014)
Objetivo y campo de aplicación
Esta norma específica las características para la coordinación de aislamiento de los equipos eléctricos que
se utilizan dentro de sistemas de baja tensión. Esta norma se aplica a los equipos que se utilizan hasta
2 000 m sobre el nivel del mar y que tienen una tensión asignada hasta 1 000 V en corriente alterna, con
un intervalo de frecuencias hasta 30 kHz; o que tienen una tensión asignada hasta 1 500 V para corriente
directa.
Esta norma establece requisitos para las distancias de aislamiento, distancias de fuga y aislamiento sólido
de los equipos, tomando en consideración criterios de desempeño del mismo. Esta norma incluye métodos
de pruebas eléctricas con respecto a la coordinación de aislamiento.
Los valores mínimos para las distancias de aislamiento que se especifican en esta norma, no se aplican
cuando existe un ambiente de gases ionizados. Cuando se presenten este tipo de casos, el Comité
Técnico correspondiente puede especificar las condiciones especiales.
El objetivo de esta norma básica de seguridad es establecer una guía para los Comités Técnicos
responsables de diferentes equipos, con la finalidad de que éstos puedan establecer requisitos en las
normas particulares, de manera que se logre una coordinación de aislamiento.
Esta norma proporciona la información necesaria para que los Comités Técnicos tengan una guía cuando
se especifican distancias de aislamiento, distancias de fuga y aislamiento sólido para los equipos.
Esta norma es aplicable en caso que las normas de producto no especifiquen valores de distancias de
aislamiento, distancias de fuga y requisitos para el aislamiento sólido o en caso de que no existan normas
de producto.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 60664-1, Insulation coordination for
equipment within low-voltage systems-Part 1: Principles, requirements and tests, ed2.0 (2007-04)” y difiere
en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al que
aplica la diferencia
Desviación técnica/Justificación
4.8.1.3, 4.8.1.4, 5.1.7,
C.1.1
Para esta Norma Mexicana, debe sustituirse la referencia a la
Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente. Con
el objetivo de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo
que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia
a las Normas Mexicanas que se relacionan.
5.1.2.3
Para esta Norma Mexicana, la frecuencia de 50 Hz no se toma en
cuenta, siendo únicamente aplicable la frecuencia de 60 Hz.
De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y
considerando que una frecuencia de operación o prueba diferente
puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos.
5.2.1
En tanto no se desarrolló la Norma Mexicana correspondiente, la
referencia a la norma IEC 60664-5 se considera informativa.
Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con
lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo
referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.
Bibliografía
• IEC 60664-1 ed2.0 (2007-04), Insulation coordination for equipment within low-voltage systems-Part 1:
Principles, requirements and tests.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 61
NMX-J-614/1-ANCE-2015
AISLADORES POLIMÉRICOS DE ALTA TENSIÓN PARA USO
INTERIOR Y EXTERIOR-PARTE 1: DEFINICIONES GENERALES,
MÉTODOS DE PRUEBA Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN
(CANCELA A LA NMX-J-614/1-ANCE-2010)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana aplica a aisladores poliméricos cuyo cuerpo aislante consiste de uno o varios
materiales orgánicos. Los aisladores poliméricos cubiertos por esta norma incluyen a los aisladores de
núcleo sólido y aisladores huecos. Su función es para uso en líneas aéreas y equipos interiores y
exteriores de alta tensión.
El objetivo de esta norma es:
a) Definir los términos comunes que se utilizan para aisladores poliméricos;
b) Describir los métodos de prueba comunes para pruebas de diseño en aisladores poliméricos; y
c) Describir los criterios de aceptación o falla, si aplica.
Estas pruebas, criterios y recomendaciones tienen el propósito de asegurar un tiempo satisfactorio de vida
útil bajo condiciones normales de operación y ambientales. Esta norma se aplica en conjunto con las
Normas Mexicanas de producto correspondiente.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 62217, Polymeric HV insulators for
indoor and outdoor use-General definitions, test methods and acceptance criteria, ed2.0 (2012-09)” y
difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al que
aplica la diferencia
Desviación técnica/Justificación
5, tabla 1, 9.2.4,
9.2.7.4.1 y 9.3.1.1
Para esta Norma Mexicana se modifica el contenido del segundo párrafo del
Capítulo 5 con el fin de referir a la Norma Mexicana que contiene condiciones
ambientales especiales que prevalecen en México, así como sustituirse la
referencia a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente.
Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo
que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización.
9.3
Para esta Norma Mexicana se adicionan dos métodos de prueba: Prueba de
estabilidad oxidativa del hule silicón mediante calorimetría – diferencial
de barrido y Prueba de la obtención de espectro infrarrojo para análisis
cualitativo del hule silicón.
Lo anterior debido a que estos métodos de prueba, son indispensables para
corroborar el funcionamiento correcto de los aisladores poliméricos. Dichos
métodos de prueba son una práctica eficaz de ingeniería en México.
9.3.3, Apéndice DB,
Apéndice DC
Para esta Norma Mexicana se agregan dos métodos de prueba
normalizados, adicional al descrito en el inciso 9.3.3. Dichos métodos de
prueba son: Prueba de la rueda y Prueba de esfuerzos múltiples. El usuario
de esta Norma Mexicana debe seleccionar uno de los tres métodos de
prueba para comprobar la resistencia del diseño del aislador a los esfuerzos
que se producen por la actividad de las descargas eléctricas.
Lo anterior debido a que dichos métodos de prueba son una práctica eficaz
de ingeniería en México que demuestran el desempeño de los aislamientos
en condiciones de contaminación.
Bibliografía
• IEC 62217 ed2.0 (2012-09), Polymeric HV insulators for indoor and outdoor use-General definitions,
test methods and acceptance criteria.
• ISO 4892-1:1999 ed.2, Plastics-Methods of exposure to laboratory light sources-Part 1: General
guidance.
62 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
• ISO 4892-2:2013 ed.3, Plastics-Methods of exposure to laboratory light sources-Part 2: Xenon-arc
lamps.
• ISO 4892-3:2013 ed.3, Plastics-Methods of exposure to laboratory light sources-Part 3: Fluorescent
UV lamps.
NMX-J-673/23-ANCE-2015
AEROGENERADORES-PARTE 23: PRUEBAS ESTRUCTURALES
DE ESCALA COMPLETA DE LAS CUCHILLAS DEL ROTOR
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana proporciona los requisitos para las pruebas estructurales de escala completa de las
cuchillas (también conocidas como aspas) del aerogenerador y de la interpretación y comprobación de los
resultados que se obtienen. La norma se enfoca en aspectos de pruebas que se relacionan con la
evaluación de la integridad de la cuchilla, para utilizarse por fabricantes e investigadores de tercera parte.
En esta Norma Mexicana se consideran las pruebas siguientes:
a) Pruebas de carga estática;
b) Pruebas de fatiga;
c) Pruebas de carga estática después de las pruebas de fatiga; y
d) Pruebas para determinar otras propiedades de la cuchilla.
El propósito de las pruebas es confirmar, a un nivel aceptable de probabilidad, que toda la población de un
tipo de cuchilla cumple con las hipótesis del diseño.
Se asume que los datos necesarios para definir los parámetros de las pruebas están disponibles y
basados en la norma para los requisitos de diseño para los aerogeneradores, tal como la
NMX-J-673/1-ANCE o equivalente.
Las cargas de diseño y los datos del material de la cuchilla se consideran puntos de partida para
establecer y evaluar las cargas de prueba. La evaluación de las cargas de diseño con respecto a las
cargas reales en los aerogeneradores está fuera del campo de aplicación de esta norma.
Para la presente Norma Mexicana, la mayoría de los principios son aplicables a cualquier configuración de
aerogenerador, tamaño y material.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 61400-23, Wind turbines-Part 23: Full-
scale structural testing of rotor blades, ed1.0 (2014-04)” y difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al
que aplica la
diferencia
Desviación técnica/Justificación
6
Para esta Norma Mexicana, se modifica el inciso e).
Lo anterior considerando que el requisito fundamental se relaciona con el
cumplimiento con los requisitos aplicables a los productos y materiales y
no a la exigencia de los productos certificados.
10.1.2 y 12.2
Para esta Norma Mexicana, el esquema de calibración de los instrumentos
se considera de carácter informativo, debido a que los requisitos aplicables
para los instrumentos utilizados en los laboratorios no son parte del
objetivo y campo de aplicación de esta Norma Mexicana.
Bibliografía
IEC 61400-23 ed1.0 (2014-04), Wind turbines-Part 23: Full-scale structural testing of rotor blades.
México, D.F., a 24 de septiembre de 2015.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la
Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 63
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
ACUERDO de Coordinación Específico para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat,
Vertientes General e Intervenciones Preventivas, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, que suscriben la
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua.
Acuerdo de Coordinación Específico para la Distribución y Ejercicio de los Subsidios del
Programa Hábitat, Vertientes General e Intervenciones Preventivas, correspondiente al
ejercicio fiscal 2015 y al Municipio de Cuauhtémoc perteneciente al Estado de Chihuahua,
suscrito el 27 de febrero del año dos mil quince
ACUERDO DE COORDINACIÓN ESPECÍFICO PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL
PROGRAMA HÁBITAT, VERTIENTES GENERAL E INTERVENCIONES PREVENTIVAS, CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL 2015 Y AL ESTADO DE CHIHUAHUA, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO
SUCESIVO “LA SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y
VIVIENDA, MTRO. RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO ESTATAL DE
“LA SEDATU” EN LA ENTIDAD FEDERATIVA, ING. GUSTAVO CHÁVEZ HAGELSIEB; Y POR LA OTRA, EL MUNICIPIO
DE CUAUHTÉMOC, EN LO SUCESIVO “EL MUNICIPIO”, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL,
LIC. HELIODORO JUÁREZ GONZÁLEZ, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del
Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que se encuentra
reglamentado en la Ley de Planeación, ordenamiento que en su artículo 28 establece que las
acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los Programas que de él
emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de
las entidades federativas.
II. En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece entre sus objetivos, estrategias
y líneas de acción, garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población y
fortalecer el desarrollo de capacidades en los hogares con carencias para contribuir a mejorar su
calidad de vida e incrementar su capacidad productiva, así como generar esquemas de desarrollo
comunitario a través de procesos de participación social para transitar hacia una sociedad equitativa
e incluyente.
III. En el marco anterior, el Ejecutivo Federal, como una de sus acciones de gobierno, estableció el
Programa Hábitat, con el que busca contribuir al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, Meta II.
México Incluyente, Objetivo 2.5 Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna,
Estrategia 2.5.1 Transitar hacia un modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente que
procure vivienda digna para los mexicanos, Estrategia Transversal II Gobierno Cercano y Moderno,
Estrategia Transversal III Perspectiva de Género.
Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Objetivo 3 Consolidar ciudades
compactas, productivas, competitivas, incluyentes y sustentables, que faciliten la movilidad y eleven
la calidad de vida de sus habitantes, Estrategia 3.3 Promover la mejora de la infraestructura,
equipamiento, servicios, espacios y movilidad urbana sustentable en coordinación con gobiernos
estatales y municipales.
Programa Nacional de Desarrollo Urbano, Objetivo 1 Controlar la expansión de las manchas urbanas
y consolidar las ciudades para mejorar la calidad de vida de los habitantes, Estrategia 1.5 Apoyar
la construcción, renovación y mantenimiento del equipamiento e infraestructura para fomentar la
densificación y consolidación de las zonas urbanas estratégicas; Objetivo 2 Consolidar un modelo de
Desarrollo urbano que genere bienestar para los ciudadanos, garantizando la sustentabilidad social,
económica y ambiental, Estrategia 2.2 Impulsar la sustentabilidad social, promoviendo una cultura de
convivencia y participación ciudadana y fortaleciendo el tejido social de las comunidades.
Sistema Nacional para la Cruzada Nacional contra el Hambre y del Programa Nacional para la
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
IV. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los
gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la
coordinación que se requiera a efecto de que esos gobiernos participen en la planeación nacional
del desarrollo.
V. Los artículos 3, fracción XXI, 29 y 30 y el Anexo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de
diciembre de 2014, establecen que el Programa Hábitat es un programa de subsidios del Ramo
Administrativo 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Asimismo, el artículo 31 de este Decreto
señala que los subsidios federales se destinarán en las entidades federativas, en los términos de las
disposiciones aplicables.
VI. Conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
corresponde a “LA SEDATU”, el despacho de entre otros asuntos, el impulsar en coordinación con
las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para
su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con
criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades
y zonas metropolitanas del país.
VII. El segundo párrafo del artículo 5o. transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, establece “Las menciones contenidas en
otras leyes, reglamentos y en general en cualquier otra disposición, respecto de las Secretarías
cuyas funciones se reforman por virtud de este Decreto, se entenderán referidas a las dependencias
que, respectivamente, adquieren tales funciones”.
VIII. El 31 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano por el que se emiten las Reglas de Operación
del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2015, en lo sucesivo “Las Reglas de Operación”.
IX. El objetivo general del Programa Hábitat es contribuir a consolidar ciudades compactas, productivas,
competitivas, incluyentes y sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de vida de sus
habitantes mediante el apoyo a hogares asentados en las zonas de actuación con estrategias de
planeación territorial para la realización de obras integrales de infraestructura básica y
complementaria que promuevan la conectividad y accesibilidad; así como la dotación de Centros de
Desarrollo Comunitario donde se ofrecen cursos y talleres que atienden la integralidad del individuo
y la comunidad.
X. Con base en lo dispuesto en los artículos 2, 7, fracción X, 9, 13, 16, 35, fracción III y 36 del
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicado el 2
de abril de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y el artículo 24 de “Las Reglas de Operación”,
“LA SEDATU”, a través de la Unidad de Programas de Apoyo a la Infraestructura y Servicios de
la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Unidad de Programas de Apoyo a la
Infraestructura y Servicios, en lo sucesivo “LA UPAIS”, y de la Delegación Estatal en la entidad
federativa, en lo sucesivo “LA DELEGACIÓN”, instrumenta el Programa Hábitat.
XI. El C. Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa Hábitat,
V/500/SDUV/019/2015, de fecha 13 de febrero de 2015, comunicó a los delegados estatales de esta
Secretaría la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por vertiente y entidad
federativa para el ejercicio fiscal 2015.
XII. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado
en el DOF el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán
apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, y con el propósito de contribuir al
cumplimiento de sus objetivos, el Programa dará prioridad a las personas, familias, zonas y ciudades
que para tales fines se determinen.
DECLARACIONES
DECLARA “LA SEDATU”, POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES:
I. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo establecido
en los artículos 1, 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
II. Que conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, tiene entre otras, la de impulsar, en coordinación con las autoridades estatales
y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 65
aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios
uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas
metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva
infraestructura de comunicaciones y de servicios, así como las demás que le fijen expresamente las
leyes y reglamentos.
III. Que el C. Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda cuenta con las facultades para celebrar
este Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7, fracción X del Reglamento Interior de
la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
IV. Que el Delegado Estatal de “LA SEDATU” firma el presente acuerdo, con fundamento a lo
establecido en los artículos 35 y 36 del Reglamento Interior de “LA SEDATU”.
V. Que señala como domicilio para los efectos del presente Acuerdo, el ubicado en la Avenida
Constituyentes número 1070, Piso 5, Colonia Lomas Altas, Delegación Miguel Hidalgo, Código
Postal 11950, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
DECLARA “EL MUNICIPIO”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:
I. Que en su calidad de Ejecutor del Programa cuenta conforme lo señalan los artículos 7 fracción V, de
“Las Reglas de Operación” y 9 del Anexo I del Programa Hábitat, en lo sucesivo “El Anexo 1” con el
Plan de Acción Integral, el cual al menos contiene los requisitos que dichos numerales contempla y
que fue revisado y validado por la Instancia competente previo a la firma del presente acuerdo.
II. Que de conformidad con los artículos 115-II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 153 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, 8 y 11 del
Código Municipal para el Estado de Chihuahua, es una Institución de Orden Público con la
personalidad jurídica, patrimonio propio y parte integrante del Estado y base de su organización
territorial, política y administrativa.
III. Que sus representantes gozan de las facultades para suscribir y obligarse en el presente Contrato,
de conformidad con lo dispuesto por los artículo 2, 29-XXI, 35-II, 36-B, 64-XI y 71-III del Código
Municipal para el Estado de Chihuahua.
IV. Que para efectos del presente convenio, señala como domicilio legal el ubicado en Avenida Allende
No. 15 de la Colonia Centro, en la Ciudad de Cuauhtémoc, Chihuahua, y tiene como Registro
Federal de Contribuyentes (RFC) el MCU270101TK7.
DECLARACIÓN CONJUNTA DE LAS PARTES:
Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34,
36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III,
23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y
demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3,
fracción XXI, 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015;
7 fracción X, 9, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano; las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2015 y subsecuentes; así como
en lo previsto por los artículos 11, 28 y 29 del Código Municipal del Estado de Chihuahua, “LA SEDATU”
y “EL MUNICIPIO”, en lo sucesivo “LAS PARTES”, han decidido establecer sus compromisos con arreglo
a las siguientes:
CLÁUSULAS
CAPÍTULO I. DEL OBJETO
PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación específico tiene por objeto convenir entre “LAS PARTES”
la identificación de las zonas de actuación del Programa Hábitat en el presente ejercicio fiscal, el monto de los
subsidios federales y locales a distribuir, los derechos y obligaciones de “LAS PARTES”, así como las bases
para la operación y el ejercicio de los recursos de este Programa, con el propósito de contribuir al
mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de los hogares asentados en las zonas de actuación del
Programa, a través de la regeneración urbana y el desarrollo comunitario, promoviendo el derecho a la ciudad.
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de los
subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, se sujetarán a lo que establece la normativa
federal, “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1” y el Anexo Técnico de cada proyecto (Formato PH-01).
66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
CAPÍTULO II. DE LAS CIUDADES, ZONAS METROPOLITANAS Y ZONAS DE
ACTUACIÓN DEL PROGRAMA HÁBITAT SELECCIONADOS
TERCERA. “LAS PARTES” acuerdan que los subsidios federales y los recursos financieros locales
aportados en el marco del Programa Hábitat se ejercerán en las zonas de atención del Programa Hábitat
seleccionados, que se señalan en el Anexo I de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Ciudades
y Zonas de Actuación Seleccionadas”, el cual está suscrito por el Subsecretario de Desarrollo Urbano y
Vivienda, el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, y por “EL MUNICIPIO”, y forma parte integral del presente
Acuerdo de Coordinación.
“EL MUNICIPIO” manifiesta que las zonas de actuación del Programa Hábitat, que se señalan en el Anexo I
de este Acuerdo de Coordinación, cumplen con los criterios de elegibilidad y de selección establecidos en
4.1, 4.2, 5.3.1 y 5.3.2, Artículos 6, 7, 10 y 11, respectivamente, de “Las Reglas de Operación”.
CUARTA. El Programa Hábitat dará atención prioritaria a las zonas, microrregiones, municipios y
localidades que concentran a la población objetivo de la Cruzada Nacional contra el Hambre; esto es, las
personas en situación de pobreza alimentaria extrema. En la medida de sus posibilidades normativas,
financieras y operativas, el Programa Hábitat ajustará su estrategia de cobertura para ampliar el acceso a los
beneficios y la atención de las personas en pobreza alimentaria extrema, con base en la estimulación de
indicadores y el planteamiento de metas especialmente diseñadas para la población antes referida.
CAPÍTULO III. DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES
QUINTA. “LAS PARTES” acuerdan que los subsidios federales destinados a la entidad federativa se
distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II de este Acuerdo de Coordinación,
denominado “Subsidios Federales Autorizados”, el cual está suscrito por Subsecretario de Desarrollo Urbano
y Vivienda, el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, y por “EL MUNICIPIO”, y forma parte integral del presente
Acuerdo de Coordinación.
SEXTA. La ministración de los subsidios federales para el Programa Hábitat se efectuará considerando
el calendario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en apego a lo establecido por el
artículo 18, numeral 4.10 de “El Anexo 1”.
SÉPTIMA. De conformidad con lo establecido en “Las Reglas de Operación”, “EL MUNICIPIO” será
el ejecutor de los proyectos del Programa Hábitat, o en su caso la entidad federativa o el Gobierno del
Distrito Federal.
En caso de que los gobiernos de las entidades federativas participen con aportación local o ejecución de
obras y acciones para el Programa, deberán suscribir el instrumento jurídico de coordinación que se celebren
entre “LA SEDATU” y “EL MUNICIPIO”. En dicho instrumento jurídico quedarán establecidas todas las
responsabilidades conferidas a cada una de las partes de conformidad con “Las Reglas de Operación”,
“El Anexo 1” y demás disposiciones jurídicas aplicables.
“LA DELEGACIÓN” será la responsable del proceso operativo presupuestal y financiero de los
subsidios federales en “EL MUNICIPIO”, el Ejecutor será el responsable del ejercicio y comprobación
de los subsidios federales y de los recursos financieros locales aportados al Programa Hábitat.
CAPÍTULO IV. DE LOS RECURSOS FINANCIEROS APORTADOS POR LA
ENTIDAD FEDERATIVA Y POR “EL MUNICIPIO”
OCTAVA. “EL MUNICIPIO” y en su caso la entidad federativa, adoptarán el esquema de aportación
señalado en el artículo 21 de “Las Reglas de Operación”, que establece los porcentajes de aportaciones
Federales y locales, máximos y mínimos según sea el caso, los cuales se podrán convenir siempre que se
respete la estructura financiera propuesta en el referido artículo.
NOVENA. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos financieros que serán aportados por
“EL MUNICIPIO” y en su caso por la entidad federativa se distribuyen de conformidad con lo señalado en el
Anexo III de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Aportaciones de Recursos Financieros Locales”,
el cual está suscrito por Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Delegado Estatal de “LA SEDATU”,
y por “EL MUNICIPIO”, y forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación.
“EL MUNICIPIO”, y en su caso a la entidad federativa, se comprometen a aportar oportunamente al
Programa Hábitat los recursos financieros, señalados en el Anexo III de este Acuerdo de Coordinación en
la cuenta productiva específica que se aperturará para tales efectos, observando los periodos de tiempo
establecidos en el artículo 7 fracción IV Inciso b) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal 2015.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 67
CAPÍTULO V. DE LAS RESPONSABILIDADES
DÉCIMA. “LA SEDATU” se compromete a:
a) Apoyar con subsidios federales la ejecución del Programa Hábitat, con la participación que
corresponda a “EL MUNICIPIO”, de conformidad con la Cláusula Octava de este instrumento.
b) Revisar, evaluar y aprobar las obras y acciones de manera oportuna, previa revisión y validación de
“LA DELEGACIÓN” en la entidad federativa.
c) Efectuar oportunamente, por conducto de “LA DELEGACIÓN”, el seguimiento de avances y
resultados físicos y financieros de los proyectos, con base en la información de los expedientes
técnicos, la registrada en el Sistema de Información de “LA SEDATU” y la obtenida en las
verificaciones que realice en campo, en los términos establecidos por el numeral 12.4.5, artículo 37
de “Las Reglas de Operación”. Lo anterior para estar en aptitud de remitir los informes trimestrales a
la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
y a la Secretaría de la Función Pública, así como al Organismo Financiero Internacional, en su caso.
d) Apoyar al ejecutor en la integración y operación de instancias de contraloría social, de conformidad
con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento, “Las Reglas de
Operación”, así como en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción
y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por
la Secretaría de la Función Pública.
e) Otorgar a “EL MUNICIPIO” y a “LA DELEGACIÓN”, previa solicitud a “LA UPAIS”, acceso al sistema
de información de “LA SEDATU”, con la finalidad de obtener simultáneamente información relativa a
los avances y resultados físicos y financieros de los proyectos.
f) Las demás que resulten aplicables conforme a lo que señalan “Las Reglas de Operación” y “El Anexo 1”.
DÉCIMA PRIMERA. “EL MUNICIPIO” en su carácter de instancia de gobierno, se compromete a:
a) Apoyar el cumplimiento de los objetivos y las metas del Programa Hábitat.
b) Promover y verificar que los recursos financieros federales y locales aportados al Programa Hábitat
se ejerzan de conformidad con lo dispuesto en la legislación federal aplicable, en “Las Reglas de
Operación” y en “El Anexo 1”.
c) En caso de que los bienes muebles financiados con recursos del Programa Hábitat sean sustraídos
indebidamente del lugar donde se ubicaban o habían sido instalados, efectuar lo conducente para
restituirlos en la misma cantidad, calidad y especie, independientemente de realizar las gestiones
jurídicas y administrativas que procedan.
DÉCIMA SEGUNDA. “EL MUNICIPIO” en su carácter de ejecutor del Programa Hábitat, se compromete a:
a) Aplicar los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados al Programa Hábitat,
conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Decreto
de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1”, el Anexo Técnico del proyecto
(Formato PH-01), así como en lo establecido en otras normas federales aplicables.
b) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios federales y locales ejercidos y el avance
de metas del Programa Hábitat; para lo cual abrirá una cuenta bancaria productiva específica para la
administración de los recursos federales del Programa Hábitat de conformidad con el artículo 69 de
la Ley General de Contabilidad Gubernamental; en la cual se manejará exclusivamente los recursos
federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni
las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones.
Asimismo, conforme lo señalado en el numeral 11.4, artículo 27 fracción XIV de “Las Reglas de
Operación”, deberá remitir mensualmente a “LA DELEGACIÓN” copia del estado de cuenta
correspondiente; enterar los rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación, así como
informar de esto último a “LA DELEGACIÓN”.
c) Aperturar una cuenta bancaria para el manejo de las aportaciones locales que correspondan.
68 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
d) Gestionar ante “LA DELEGACIÓN” los pagos respectivos según la normatividad correspondiente
hasta la terminación del proyecto autorizado y será responsable de presentar a “LA DELEGACIÓN”
la documentación que acredite y compruebe su conclusión. Lo anterior, en observancia al numeral
12.4.4, Artículo 36 de “Las Reglas de Operación” así como a “El Anexo 1”.
e) Supervisar las obras o acciones del proyecto autorizado, así como verificar que en su ejecución se
cumpla con la normatividad aplicable.
f) Presentar a “LA DELEGACIÓN” los documentos faltantes de los avances físicos y financieros
de los proyectos apoyados por el Programa Hábitat. Lo anterior, en observancia al numeral 12.4.5,
Artículo 37 de “Las Reglas de Operación”.
g) Formular la correspondiente acta de entrega-recepción de cada una de las obras terminadas, y en el
caso de acciones elaborar un informe de resultados. Deberá remitir una copia de la misma a
“LA DELEGACIÓN”, según sea el caso, en un plazo que no exceda los treinta días naturales
siguientes a la conclusión del proyecto.
h) Manifestar expresamente en el acta de entrega-recepción o en el informe de resultados, el
compromiso de dar mantenimiento, conservar, vigilar y sufragar la continua y adecuada operación de
inmuebles, obras y/o equipos financiados con recursos del Programa Hábitat.
i) Deberán mantener en operación los Centros de Desarrollo Comunitario apoyados por el Programa
Hábitat para los fines acordados, al menos durante los cinco años posteriores a la fecha de la
entrega recepción del inmueble, con el fin de garantizar la permanencia de los servicios sociales que
ofrecen, asimismo los ejecutores deberán programar y presupuestar acciones sociales en dichos
inmuebles en el presente ejercicio fiscal.
j) Proporcionar oportunamente el mantenimiento de las obras o equipos apoyados con recursos del
Programa Hábitat. Los bienes muebles adquiridos con recursos del Programa Hábitat, durante su
vida útil, deberán ser utilizados para el cumplimiento de sus objetivos, debiendo incorporar al
inventario correspondiente e informar a “LA DELEGACIÓN” sobre el responsable de su uso y resguardo.
k) Proporcionar a las instancias de fiscalización, control y auditoría correspondiente, la información
requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en
dichas materias.
l) Cumplir con las responsabilidades generales cuando actúen como instancia ejecutora contempladas
en el numeral 11.4, Artículo 27 de “Las Reglas de Operación”.
m) En su caso, reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos federales no ejercidos
y/o no comprobados al cierre del ejercicio fiscal, así como los rendimientos financieros que se
hubieran generado a la fecha límite establecida para este fin, sin que medie requerimiento de
autoridad, conforme a lo dispuesto por el artículo 54, tercer párrafo y 82 de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 224, penúltimo párrafo de su Reglamento.
n) Presentar la suficiencia presupuestal destinada a cubrir su aportación para la ejecución de los
proyectos que sean aprobados para su inclusión a los beneficios del Programa Hábitat, a fin de
garantizar el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo.
o) Las demás que resulten aplicables conforme a lo que señalan “Las Reglas de Operación” y “El Anexo 1”.
CAPÍTULO VI. DE LA REASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS
DÉCIMA TERCERA. “LA SEDATU”, a través de “LA UPAIS” podrá realizar reasignaciones de los
subsidios no comprometidos por “EL MUNICIPIO” después de la fecha límite para presentar propuestas, que
señala el oficio de distribución, con el propósito de atender las solicitudes elegibles en otros municipios de la
misma entidad federativa o de otras entidades, las cuales deberán cumplir con los requisitos del numeral
12.4.6, Artículo 38 de “Las Reglas de Operación”.
A partir del 30 de abril del 2015, “LA SEDATU” a través de “LA UPAIS” podrá realizar mensualmente
evaluaciones del avance de las obras y acciones y del ejercicio de los recursos en “EL MUNICIPIO”. Los
recursos que no hubieran sido ejercidos o comprometidos, o cuyas obras y acciones no tuvieran avance de
acuerdo a lo programado en el Anexo Técnico, serán reasignados conforme se establece en “El Anexo 1”.
Dichas reasignaciones presupuestarias serán notificadas por “LA DELEGACIÓN” a “EL MUNICIPIO”.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 69
CAPÍTULO VII. DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA HÁBITAT
DÉCIMA CUARTA. “EL MUNICIPIO” se compromete que cuando funja como instancia ejecutora del
Programa Hábitat actualizará durante los primeros cinco (5) días hábiles del mes la información registrada en
el Sistema de información sobre los avances físicos y financieros de todos los proyectos apoyados por el
Programa Hábitat. En caso de que “LA DELEGACIÓN” detecte información faltante, notificará por escrito a
la(s) instancia(s) ejecutora(s) dentro de un plazo no mayor a cinco (5) días naturales; las instancias ejecutoras
deberán presentar la información y documentación faltante en un plazo que no exceda de tres (3) días hábiles
contados a partir de la recepción del comunicado.
El Ejecutor, por conducto del Sistema de Información, comunicará de las obras y acciones concluidas,
así como de sus resultados físicos y financieros, a más tardar a los quince días naturales a la fecha de
su conclusión.
DÉCIMA QUINTA. “EL MUNICIPIO”, cuando funja como ejecutor del Programa Hábitat, se compromete a
otorgar las facilidades necesarias a “LA SEDATU” para que ésta realice visitas de seguimiento a las obras y
acciones realizadas con subsidios federales, así como para tener acceso a equipos, materiales, información,
registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas.
DÉCIMA SEXTA. “EL MUNICIPIO”, se compromete a atender lo señalado en los numerales 12.4.7,
artículo 39 Actas de Entrega-Recepción; 12.4.5, artículo 37 Avances Físico-Financieros; 12.4.9, artículo 41
Recursos no devengados 12.4.8 artículo 40 Cierre de Ejercicio, de “Las Reglas de Operación”, informando de
manera oportuna a “LA DELEGACIÓN” y a “EL ESTADO”, de ser el caso.
DÉCIMA SÉPTIMA. “EL MUNICIPIO” se compromete a apoyar a “LA SEDATU” en las acciones que
se lleven a cabo para la evaluación externa del Programa Hábitat conforme lo establecen “Las Reglas de
Operación” y demás normatividad aplicable.
CAPÍTULO VIII. ESTIPULACIONES FINALES
DÉCIMA OCTAVA. “LA SEDATU” en cualquier momento podrá rescindir el presente instrumento jurídico,
sin que medie resolución judicial y sin responsabilidad alguna, cuando “EL MUNICIPIO” incurra en cualquiera
de los siguientes supuestos:
a) No cumplan en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación, y lo
establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015; la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, “Las Reglas de Operación”,
“El Anexo 1”, el Anexo Técnico del proyecto (Formato PH-01), así como a lo dispuesto en otras
normas federales y locales aplicables.
b) Cuando se detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento al Acuerdo de
Coordinación así como del instrumento que en su caso lo modifique.
c) Apliquen los subsidios federales y/o recursos financieros a fines distintos de los pactados.
d) Cuando no se reciba oportunamente la aportación de recursos de “EL MUNICIPIO”.
e) Cuando se detecten condiciones inadecuadas de operación en obras apoyadas con recursos del
Programa Hábitat en el año en curso o en ejercicios anteriores.
f) Por falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en “Las Reglas
de Operación”, “El Anexo 1”, Acuerdo de Coordinación, así como del instrumento que en su caso
lo modifiquen.
DÉCIMA NOVENA. El presente Acuerdo de Coordinación se podrá dar por terminado de manera
anticipada por alguna de las siguientes causas:
a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza.
b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable.
c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Acuerdo de Coordinación.
70 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
VIGÉSIMA. El presente Acuerdo de Coordinación y sus anexos se podrán modificar de común acuerdo
por “LAS PARTES”, a través del instrumento correspondiente. Las modificaciones serán suscritas por los
siguientes servidores públicos debidamente acreditados en la fecha en que se firmen los documentos: el
Delegado Federal de “LA SEDATU” y “EL MUNICIPIO” correspondiente. Sólo en el caso de que “EL ESTADO”
participe con recursos financieros en el proyecto específico que se modifica, será necesario que el
instrumento sea suscrito también por el representante del mismo.
VIGÉSIMA PRIMERA. Las modificaciones a los Anexos del presente Acuerdo se informarán por escrito a
“LA UPAIS” para su debida valoración y validación. En el caso específico de las modificaciones al Anexo III,
éstas serán registradas por los ejecutores en el Sistema de Información de “LA SEDATU”.
VIGÉSIMA SEGUNDA. Una vez concluido el presente ejercicio fiscal y realizado el Cierre de Ejercicio
correspondiente, el Delegado Estatal de “LA SEDATU” elaborará y suscribirá el Acta de Hechos del Cierre
del Ejercicio Fiscal, en la que se consignará la información definitiva de lo señalado en los Anexos I, II y III del
presente Acuerdo de Coordinación. Copia de esta Acta será entregada a “EL MUNICIPIO”, y a “LA UPAIS”
de “LA SEDATU”.
VIGÉSIMA TERCERA. Para el transparente ejercicio de los recursos federales “LAS PARTES”, convienen
que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleven a cabo las instancias ejecutoras sobre la
ejecución de obras y acciones materia del Programa Hábitat aquí convenido, apoyadas parcial o totalmente
con subsidios federales, deberán observar las directrices, lineamientos y normativa federal aplicable.
La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas
deberán identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la
Bandera y el Himno Nacionales, Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de
la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 y 28 de la Ley General de Desarrollo Social e incluir la siguiente
leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos al desarrollo social”.
VIGÉSIMA CUARTA. “LAS PARTES”, manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus
respectivas competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento
del presente Acuerdo, así como convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto
en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás
disposiciones jurídicas aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo, que no
puedan ser resueltas de común acuerdo conocerá la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los términos
del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIGÉSIMA QUINTA. RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN DEL ACUERDO. Para efectos del
cumplimiento de las obligaciones derivadas de este Instrumento Legal, “LAS PARTES” designan como sus
representantes a las siguientes personas:
Por parte de “LA SEDATU”, al Mtro. Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez, Subsecretario de Desarrollo
Urbano y Vivienda y al Ing. Gustavo Chávez Hagelsieb, Delegado de “LA SEDATU” en Chihuahua.
Por parte de “EL MUNICIPIO” al Lic. Heliodoro Juárez González, Presidente Municipal de
Cuauhtémoc, Chihuahua.
VIGÉSIMA SEXTA. Este Acuerdo de Coordinación y sus Anexos I, II y III surten sus efectos a partir de la
fecha de su firma y hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. El presente Acuerdo de
Coordinación deberá publicarse, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario
Oficial de la Federación y en el órgano oficial de difusión del gobierno de la entidad federativa, con el propósito
de que la población conozca las acciones coordinadas entre la Federación y el Estado de Chihuahua.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente
Acuerdo de Coordinación en 5 ejemplares, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del
mes de febrero de dos mil quince.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda,
Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez
Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez
González.- Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 71
Anexo I
“Ciudades y Zonas de Actuación Seleccionadas”
“LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales y locales del Programa Hábitat, Vertientes General e
Intervenciones Preventivas, se ejercerán en las siguientes ciudades o zonas metropolitanas, consideradas
como zonas de actuación:
Ciudad o Zona Metropolitana Municipio Clave de las Zonas de Actuación
Cuauhtémoc Cuauhtémoc 08017101, 08017102 y 08017103
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo
en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la
SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.-
El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente
Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica.
Anexo II
“Subsidios Federales Autorizados”
“LAS PARTES” acuerdan que “LA SEDATU” destinará recursos federales del Programa Hábitat al
Municipio de Cuauhtémoc perteneciente al Estado de Chihuahua, subsidios federales por la cantidad
de $5’022,213.00 (cinco millones veintidós mil doscientos trece pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán
como sigue:
Municipio Vertiente General Vertiente Intervenciones
Preventivas
Total
Cuauhtémoc $5’022,213.00 $0.00 $5’022,213.00
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo
en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la
SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.-
El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente
Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica.
Anexo III
“Aportaciones de Recursos Financieros Locales”
“LAS PARTES” acuerdan que “EL MUNICIPIO” aportará al Programa Hábitat recursos financieros por
la cantidad de $3’348,142.00 (tres millones trescientos cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y dos pesos
00/100 M.N.), que se distribuirán como sigue:
Municipio
Recursos aportados
por “EL ESTADO”
Recursos aportados
por “EL MUNICIPIO”
Total
Vertiente
General
Vertiente
Intervenciones
Preventivas
Vertiente
General
Vertiente
Intervenciones
Preventivas
Vertiente
General
Vertiente
Intervenciones
Preventivas
Cuauhtémoc $0.00 $0.00 $3’348,142.00 $0.00 $3’348,142.00 $0.00
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo
en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la
SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.-
El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente
Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica.
72 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio La Merced Fracción, expediente 830682, Municipio
de Amatenango del Valle, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la
Propiedad Rural.
RESOLUCION
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830682, Y
RESULTANDOS
1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE
DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO
830682, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO
TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "LA MERCED
FRACCION", CON UNA SUPERFICIE DE 3-09-94 (TRES HECTAREAS, NUEVE AREAS, NOVENTA Y CUATRO
CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS.
2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
CHIAPAS EL 3 DE OCTUBRE DE 2007, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 9 DE FEBRERO
DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 16 DE NOVIEMBRE DE 2007, CON EL
PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE
FUERAN NECESARIAS.
3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719258, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015
EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION
GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 32 MINUTOS, 58 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
20 MINUTOS, 04 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: ALFONSO NAVARRO GOMEZ Y EJIDO "CHANAL"
AL SUR: MARIANO HERNANDEZ GOMEZ Y PEDRO NAVARRO LOPEZ
AL ESTE: EJIDO "CHANAL" Y MARIANO HERNANDEZ GOMEZ
AL OESTE: PEDRO NAVARRO LOPEZ Y ALFONSO NAVARRO GOMEZ
CONSIDERANDOS
I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION
DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE
LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27
CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o.
FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO.
II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE
DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS,
NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE
ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO,
ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719258, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL
DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA
DE 3-09-94 (TRES HECTAREAS, NUEVE AREAS, NOVENTA Y CUATRO CENTIAREAS), CON LAS
COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 73
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 32 MINUTOS, 58 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
20 MINUTOS, 04 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: ALFONSO NAVARRO GOMEZ Y EJIDO "CHANAL"
AL SUR: MARIANO HERNANDEZ GOMEZ Y PEDRO NAVARRO LOPEZ
AL ESTE: EJIDO "CHANAL" Y MARIANO HERNANDEZ GOMEZ
AL OESTE: PEDRO NAVARRO LOPEZ Y ALFONSO NAVARRO GOMEZ
III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO
A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y
FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE
RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN
TECNICO CORRESPONDIENTE.
POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "LA MERCED FRACCION", CON
SUPERFICIE DE 3-09-94 (TRES HECTAREAS, NUEVE AREAS, NOVENTA Y CUATRO CENTIAREAS), UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y
UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL
DE SU PUBLICACION.
TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL
REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González
Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Laguna de San Caralampio, expediente 830683,
Municipio de Amatenango del Valle, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la
Propiedad Rural.
RESOLUCION
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830683, Y
RESULTANDOS
1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE
DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE
NUMERO 830683, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO
TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "LAGUNA DE SAN
CARALAMPIO", CON UNA SUPERFICIE DE 10-54-15 (DIEZ HECTAREAS, CINCUENTA Y CUATRO AREAS,
QUINCE CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO
DE CHIAPAS.
2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE CHIAPAS EL 3 DE OCTUBRE DE 2007, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 25 DE
SEPTIEMBRE DE 2007 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2007, CON
EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE
FUERAN NECESARIAS.
74 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719259, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015
EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION
GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 29 MINUTOS, 16 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
20 MINUTOS, 59 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: JULIAN LOPEZ SANTIZ Y DOMINGO LOPEZ GOMEZ
AL SUR: DOMINGO MENDEZ PEREZ Y AGUSTIN LOPEZ SANTIZ
AL ESTE: DOMINGO LOPEZ GOMEZ, AGUSTIN LOPEZ GOMEZ Y DOMINGO MENDEZ PEREZ
AL OESTE: MIGUEL GONZALEZ HERNANDEZ, AGUSTIN LOPEZ SANTIZ Y JULIAN LOPEZ SANTIZ
CONSIDERANDOS
I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION
DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE
LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27
CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o.
FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO.
II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE
DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS,
NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE
ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO,
ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719259, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL
DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA
DE 10-54-15 (DIEZ HECTAREAS, CINCUENTA Y CUATRO AREAS, QUINCE CENTIAREAS), CON LAS
COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 29 MINUTOS, 16 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20
MINUTOS, 59 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: JULIAN LOPEZ SANTIZ Y DOMINGO LOPEZ GOMEZ
AL SUR: DOMINGO MENDEZ PEREZ Y AGUSTIN LOPEZ SANTIZ
AL ESTE: DOMINGO LOPEZ GOMEZ, AGUSTIN LOPEZ GOMEZ Y DOMINGO MENDEZ PEREZ
AL OESTE: MIGUEL GONZALEZ HERNANDEZ, AGUSTIN LOPEZ SANTIZ Y JULIAN LOPEZ SANTIZ
III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO
A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y
FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE
RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN
TECNICO CORRESPONDIENTE.
POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "LAGUNA DE SAN CARALAMPIO",
CON SUPERFICIE DE 10-54-15 (DIEZ HECTAREAS, CINCUENTA Y CUATRO AREAS, QUINCE CENTIAREAS),
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS,
MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL
DE SU PUBLICACION.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 75
TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL
REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González
Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Las Peras, expediente 830684, Municipio de
Amatenango del Valle, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la
Propiedad Rural.
RESOLUCION
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830684, Y
RESULTANDOS
1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE
DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE
NUMERO 830684, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO
TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "LAS PERAS", CON UNA
SUPERFICIE DE 0-21-16 (CERO HECTAREAS, VEINTIUN AREAS, DIECISEIS CENTIAREAS), LOCALIZADO
EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS.
2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
CHIAPAS EL 26 DE OCTUBRE DE 2005, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL
21 DE DICIEMBRE DE 2005 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 16 DE MARZO DE 2006, CON
EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE
FUERAN NECESARIAS.
3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719260, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015
EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION
GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 30 MINUTOS, 18 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
19 MINUTOS, 33 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: BERTA ESCANDON NAVARRO
AL SUR: RAFAEL VALDEZ ESTRADA
AL ESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES
AL OESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES
CONSIDERANDOS
I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION
DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE
LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27
CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o.
FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO.
II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE
DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS,
NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE
ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
76 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO,
ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719260, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL
DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA
DE 0-21-16 (CERO HECTAREAS, VEINTIUN AREAS, DIECISEIS CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS
GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 30 MINUTOS, 18 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
19 MINUTOS, 33 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: BERTA ESCANDON NAVARRO
AL SUR: RAFAEL VALDEZ ESTRADA
AL ESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES
AL OESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES
III.- QUE DURANTE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE SE APERSONARON LOS
POSEEDORES DE LOS PREDIOS QUE COLINDAN CON EL TERRENO DE QUE SE TRATA EN LA
PRESENTE, QUIENES FIRMARON DE CONFORMIDAD EL ACTA EN LA QUE SE ESTABLECEN LAS
COLINDANCIAS CON EL PREDIO EN CUESTION Y QUE SE DESCRIBEN EN LOS TRABAJOS TECNICOS
QUE OBRAN EN SU EXPEDIENTE.
POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "LAS PERAS", CON SUPERFICIE
DE 0-21-16 (CERO HECTAREAS, VEINTIUN AREAS, DIECISEIS CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION
GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL
DE SU PUBLICACION.
TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL
REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González
Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio San Antonio, expediente 830687, Municipio de
Amatenango del Valle, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la
Propiedad Rural.
RESOLUCION
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830687, Y
RESULTANDOS
1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE
DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO
830687, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO
TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "SAN ANTONIO", CON
UNA SUPERFICIE DE 3-31-43 (TRES HECTAREAS, TREINTA Y UN AREAS, CUARENTA Y TRES
CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 77
2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
CHIAPAS EL 16 DE ENERO DE 2008, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 4 DE MARZO
DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 14 DE MARZO DE 2008, CON EL PROPOSITO DE
REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS.
3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719261, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015
EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION
GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 33 MINUTOS, 07 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
20 MINUTOS, 50 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y CATARINO NAVARRO ESCANDON
AL SUR: JULIAN NAVARRO GOMEZ, ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y DOMINGO NAVARRO LOPEZ
AL ESTE: CATARINO NAVARRO ESCANDON Y JULIAN NAVARRO GOMEZ
AL OESTE: DOMINGO NAVARRO LOPEZ Y ENEMECIO NAVARRO LOPEZ
CONSIDERANDOS
I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION
DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE
LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27
CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o.
FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO.
II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE
DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS,
NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE
ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO,
ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719261, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL
DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA
DE 3-31-43 (TRES HECTAREAS, TREINTA Y UN AREAS, CUARENTA Y TRES CENTIAREAS), CON LAS
COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 33 MINUTOS, 07 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
20 MINUTOS, 50 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y CATARINO NAVARRO ESCANDON
AL SUR: JULIAN NAVARRO GOMEZ, ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y DOMINGO NAVARRO LOPEZ
AL ESTE: CATARINO NAVARRO ESCANDON Y JULIAN NAVARRO GOMEZ
AL OESTE: DOMINGO NAVARRO LOPEZ Y ENEMECIO NAVARRO LOPEZ
III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO
A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y
FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE
RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN
TECNICO CORRESPONDIENTE.
POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "SAN ANTONIO", CON SUPERFICIE
DE 3-31-43 (TRES HECTAREAS, TREINTA Y UN AREAS, CUARENTA Y TRES CENTIAREAS), UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y
UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
78 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL
DE SU PUBLICACION.
TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL
REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González
Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Parcela 66, expediente 740763, Municipio de
Huixtán, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la
Propiedad Rural.
RESOLUCION
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 740763, Y
RESULTANDOS
1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE
DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO
740763, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO
TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "PARCELA 66", CON
UNA SUPERFICIE DE 0-13-67 (CERO HECTAREAS, TRECE AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS),
LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN DEL ESTADO DE CHIAPAS.
2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
CHIAPAS EL 14 DE ENERO DE 2009, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 5 DE DICIEMBRE
DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 2 DE ABRIL DE 2009, CON EL PROPOSITO DE
REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS.
3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719246, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015
EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION
GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 34 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
26 MINUTOS, 14 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: PEDRO HERNANDEZ TON
AL SUR: GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ
AL ESTE: PEDRO HERNANDEZ TON Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ
AL OESTE: LUCIA GONZALEZ GOMEZ Y GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ
CONSIDERANDOS
I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION
DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE
LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27
CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o.
FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79
II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE
DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS,
NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE
ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO,
ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719246, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL
DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA
DE 0-13-67 (CERO HECTAREAS, TRECE AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS), CON LAS
COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 34 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
26 MINUTOS, 14 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: PEDRO HERNANDEZ TON
AL SUR: GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ
AL ESTE: PEDRO HERNANDEZ TON Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ
AL OESTE: LUCIA GONZALEZ GOMEZ Y GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ
III.- QUE DURANTE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE SE APERSONARON LOS
POSEEDORES DE LOS PREDIOS QUE COLINDAN CON EL TERRENO DE QUE SE TRATA EN
LA PRESENTE, QUIENES FIRMARON DE CONFORMIDAD EL ACTA EN LA QUE SE ESTABLECEN LAS
COLINDANCIAS CON EL PREDIO EN CUESTION Y QUE SE DESCRIBEN EN LOS TRABAJOS TECNICOS
QUE OBRAN EN SU EXPEDIENTE.
POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "PARCELA 66", CON SUPERFICIE DE
0-13-67 (CERO HECTAREAS, TRECE AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO
DE HUIXTAN, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS
EN LA PRESENTE RESOLUCION.
SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL
DE SU PUBLICACION.
TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL
REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González
Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Parcela 52, expediente 740764, Municipio de
Huixtán, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la
Propiedad Rural.
RESOLUCION
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 740764, Y
RESULTANDOS
1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE
DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE
NUMERO 740764, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO
TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "PARCELA 52", CON
UNA SUPERFICIE DE 0-39-41 (CERO HECTAREAS, TREINTA Y NUEVE AREAS, CUARENTA Y UNA
CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN DEL ESTADO DE CHIAPAS.
80 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
CHIAPAS EL 14 DE ENERO DE 2009, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 5 DE DICIEMBRE
DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE ABRIL DE 2009, CON EL PROPOSITO DE
REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS.
3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719247, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015
EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION
GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 44 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE
92 GRADOS, 26 MINUTOS, 17 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: TERRENOS EN POSESION DE BIENES COMUNALES HUIXTAN
AL SUR: PEDRO VAZQUEZ ENRIQUEZ
AL ESTE: JOSE SANTIZ VAZQUEZ
AL OESTE: MANUEL PEREZ SANTIZ
CONSIDERANDOS
I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION
DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE
LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27
CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o.
FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO.
II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE
DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS,
NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE
ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO,
ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719247, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL
DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA
DE 0-39-41 (CERO HECTAREAS, TREINTA Y NUEVE AREAS, CUARENTA Y UNA CENTIAREAS), CON LAS
COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 44 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS,
26 MINUTOS, 17 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: TERRENOS EN POSESION DE BIENES COMUNALES HUIXTAN
AL SUR: PEDRO VAZQUEZ ENRIQUEZ
AL ESTE: JOSE SANTIZ VAZQUEZ
AL OESTE: MANUEL PEREZ SANTIZ
III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO
A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y
FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE
RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN
TECNICO CORRESPONDIENTE.
POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES:
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "PARCELA 52", CON SUPERFICIE DE
0-39-41 (CERO HECTAREAS, TREINTA Y NUEVE AREAS, CUARENTA Y UNA CENTIAREAS), UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE HUIXTAN, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA
DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81
SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL
DE SU PUBLICACION.
TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO
DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL
REGISTRO AGRARIO NACIONAL.
ASI LO PROVEYO Y FIRMA
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano,
Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González
Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Barreño Fracción 6, con una superficie
aproximada de 12-18-87.533 hectáreas, Municipio de Satevó, Chih.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “BARREÑO FRACCION 6”,
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SATEVO, ESTADO DE CHIHUAHUA.
El Departamento de Investigación y Análisis adscrito a la Dirección General Adjunta de Regularización de
la Propiedad Rural; dependiente de la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la
extinta Secretaría de la Reforma Agraria; hoy Dirección General de la Propiedad Rural de la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio número 162144, de fecha 10 de octubre de 2012,
expediente sin número, autorizó a la Delegación Estatal para que comisionara perito deslindador, la cual con
oficio número F/408, de fecha 5 de agosto de 2015, me ha autorizado para que con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 107 al 110 del entonces vigente Reglamento de la Ley
Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio
presuntamente propiedad nacional denominado “Barreño Fracción 6”, con una superficie aproximada de
12-18-87.533 hectáreas, ubicado en el Municipio de Satevó, Estado de Chihuahua, el cual cuenta con las
siguientes colindancias:
AL NORTE: EJIDO SATEVO
AL SUR: RIO SAN PEDRO
AL ESTE: TERRENO NACIONAL BARREÑO FRACCION 7
AL OESTE: TERRENO NACIONAL BARREÑO FRACCION 5
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del Reglamento
de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento y de la Propiedad Rural, deberá publicarse por una sola vez, en
el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chihuahua, en el
periódico de mayor circulación que corresponda, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo
terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la
realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del periodo de 30 días hábiles, a partir de
la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo
que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin
se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la
Delegación Estatal, con domicilio en Avenida Universidad número 1110, colonia Santo Niño de la ciudad de
Chihuahua, Estado de Chihuahua.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido
notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados.
Atentamente
Chihuahua, Chih., a 26 de septiembre de 2015.- El Perito Deslindador, Martín Gustavo Luévano Frías.-
Rúbrica.
82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
COMISION REGULADORA DE ENERGIA
ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica el calendario de las bases de la licitación
pública internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento del primer permiso de distribución
de gas natural para la zona geográfica de Morelia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de
Energía.- Secretaría Ejecutiva.- SE/9730/2015.
Al público en general
En cumplimiento al Acuerdo Cuarto del Acuerdo A/049/2015, emitido el 7 de octubre de 2015, se publica
en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, las modificaciones tanto al calendario previsto en la disposición 2.31, como a
las fechas establecidas en la disposición 2.24 de las Bases de la Licitación Pública Internacional
LIC-GAS-021-2012, para quedar como sigue:
2.31 La Licitación se desarrollará conforme al calendario siguiente:
ACTO FECHA HORA
Adquisición Bases de Licitación Del 5 al 23 de agosto de
2013
Lunes a jueves de 9:00 a
14:00 h y de 15:00 a 18:00 h;
Viernes de 9:00 a 14:00 h
Junta de aclaraciones 6 de septiembre de 2013 12:00 h
Segunda junta de aclaraciones 5 de noviembre de 2014 12:00 h
Solicitud de confirmación o modificación de
la información presentada por los
participantes a la Comisión Federal de
Competencia Económica con fecha límite
del 19 de septiembre de 2013
10 de agosto de 2015*
Tercera junta de aclaraciones 13 de noviembre de 2015 12:00 h
Notificación de la resolución de la Comisión
Federal de Competencia Económica a los
participantes
30 de noviembre de 2015*
Presentación y apertura de ofertas técnicas 4 de diciembre de 2015 12:00 h
Presentación y apertura de ofertas
económicas
18 de diciembre de 2015 12:00 h
Emisión del Fallo de la Licitación 22 de enero de 2016*
Otorgamiento del Permiso 22 de febrero de 2016*
*Fechas límite
2.24 Las preguntas y las consultas relativas a la Licitación deberán presentarse por escrito. La Comisión
sólo atenderá las preguntas y consultas adicionales que sean presentadas a partir del 7 de agosto de 2013 y
hasta el 17 de noviembre de 2015. Las respuestas que por escrito dé la Comisión se harán del conocimiento
de todas las personas que hayan adquirido o que adquieran estas Bases. Las preguntas se agruparán según
la fecha en que sean presentadas siguiendo el orden de las disposiciones de las Bases y las respuestas
correspondientes se darán a conocer, según sea el caso, en las fechas señaladas para llevar a cabo las
juntas de aclaraciones a que se refiere la disposición 2.19 anterior cuando las preguntas se hayan presentado
a más tardar el 4 de noviembre de 2015, y a más tardar el 27 de noviembre de 2015 cuando se hayan
presentado posteriormente.
Atentamente
México, D.F., a 22 de octubre de 2015.- El Secretario Ejecutivo, Luis Alonso González de Alba.- Rúbrica.
(R.- 421540)
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
ACUERDO General número 19/2015, de veintiséis de octubre de dos mil quince, del Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, por el que se dispone el aplazamiento del dictado de la Resolución en los amparos en revisión
del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de
acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el
pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la Educación Media Superior y la Superior -Principios de
Gratuidad en la Educación y Autonomía Universitaria-.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACUERDO GENERAL NÚMERO 19/2015, DE VEINTISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE, DEL PLENO DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE DISPONE EL APLAZAMIENTO DEL DICTADO DE
LA RESOLUCIÓN EN LOS AMPAROS EN REVISIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS
DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DE ACUERDOS DEL CONSEJO
UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO, RELACIONADOS CON EL
PAGO DE CUOTAS A CARGO DE LOS ALUMNOS QUE CURSEN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y LA SUPERIOR
-PRINCIPIOS DE GRATUIDAD EN LA EDUCACIÓN Y AUTONOMÍA UNIVERSITARIA-.
CONSIDERANDO:
PRIMERO. El artículo 94, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
otorga al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad para expedir acuerdos generales a fin
de remitir a los Tribunales Colegiados de Circuito, para mayor prontitud en el despacho de los asuntos,
aquellos en los que hubiere establecido jurisprudencia o los que, conforme a los referidos acuerdos, la propia
Suprema Corte determine para una mejor impartición de justicia;
SEGUNDO. En términos de lo establecido en los artículos 11, fracciones VI y XXI, y 37, fracción IX, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno puede, a través de acuerdos generales,
remitir los asuntos de su competencia para su resolución a los Tribunales Colegiados de Circuito; y, en ese
supuesto, éstos serán competentes para resolverlos;
TERCERO. El trece de mayo de dos mil trece el Tribunal Pleno emitió el Acuerdo General 5/2013,
modificado por última vez mediante Instrumento Normativo del veintiocho de septiembre de dos mil quince,
relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno conservará para su resolución, y el envío de los de su
competencia originaria a las Salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito;
CUARTO. En el Punto Cuarto, fracción I, inciso B), del Acuerdo General Plenario referido en el
Considerando Tercero que antecede, se prevé: “(…) CUARTO. De los asuntos de la competencia originaria de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las salvedades especificadas en los Puntos Segundo y
Tercero de este Acuerdo General, corresponderá resolver a los Tribunales Colegiados de Circuito: I. Los
recursos de revisión en contra de sentencias pronunciadas por los Jueces de Distrito o los Tribunales
Unitarios de Circuito, cuando: (…) B) En la demanda se hubiere impugnado una ley local, un reglamento
federal o local, o cualquier disposición de observancia general, salvo aquéllos en los que el análisis de
constitucionalidad respectivo implique fijar el alcance de un derecho humano previsto en tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, respecto del cual no exista jurisprudencia del Pleno
o de las Salas de este Alto Tribunal, sin menoscabo de que la Sala en la que se radique el recurso respectivo
determine que su resolución corresponde a un Tribunal Colegiado de Circuito; (…)”;
QUINTO. En la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación están pendientes de
resolverse diversos amparos en revisión en los que subsiste el problema de constitucionalidad de acuerdos
del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago
de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la educación media superior y la superior -principios de
gratuidad en la educación y autonomía universitaria-. Asimismo, atendiendo a lo informado por los Tribunales
Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito,
así como por el Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, en los citados
órganos colegiados, se encuentran radicados diversos amparos en revisión en los que subsiste el referido
problema de constitucionalidad;
SEXTO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del
Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación puede aplazar mediante acuerdos generales la resolución de juicios de amparo
pendientes de resolver, por lo que resulta aplicable supletoriamente a la Ley de Amparo, en términos de lo
señalado en el párrafo segundo de su artículo 2o., lo previsto en el diverso 366 del Código Federal de
84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Procedimientos Civiles, en cuanto a la atribución para decretar la suspensión del proceso cuando la decisión
no pueda pronunciarse hasta que se dicte resolución en otro negocio, supuesto que se actualiza cuando
existen juicios de amparo pendientes de resolver en los tribunales del Poder Judicial de la Federación en los
que se plantean cuestiones que serán definidas por aquél; máxime, si se trata de asuntos de la competencia
originaria de este Alto Tribunal que los Tribunales Colegiados de Circuito pueden resolver en ejercicio de
competencia delegada, y
SÉPTIMO. Con el fin de preservar el derecho a la seguridad jurídica de los gobernados establecido en los
artículos 14 y 16 constitucionales, considerando además que la institución del aplazamiento o suspensión del
dictado de la resolución está prevista en el artículo 366 antes invocado, por aplicación supletoria de éste, se
estima conveniente acordar el aplazamiento de los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales
Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo
Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago de cuotas a
cargo de los alumnos que cursen la educación media superior y la superior -principios de gratuidad en la
educación y autonomía universitaria-.
En consecuencia, con fundamento en lo antes mencionado, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación expide el siguiente:
ACUERDO:
ÚNICO. En tanto la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fija el o los criterios
correspondientes, y se emite el Acuerdo General Plenario relativo, en los amparos en revisión del
conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad
de acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados
con el pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la educación media superior y la superior -principios
de gratuidad en la educación y autonomía universitaria-, se deberá continuar el trámite hasta el estado de
resolución y aplazar el dictado de ésta.
TRANSITORIOS:
PRIMERO. Este Acuerdo General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación, en el
Semanario Judicial de la Federación y, en términos de lo dispuesto en el artículo 7, fracción XIV, de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y, en su momento, en el diverso
70, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en medios electrónicos
de consulta pública; y hágase del conocimiento del Consejo de la Judicatura Federal y, para su cumplimiento,
de los Juzgados de Distrito y de los Tribunales Colegiados de Circuito.
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ministro Luis María Aguilar Morales.-
Rúbrica.- El Secretario General de Acuerdos, Rafael Coello Cetina.- Rúbrica.
El licenciado Rafael Coello Cetina, Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, CERTIFICA: Este ACUERDO GENERAL NÚMERO 19/2015, DE VEINTISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL
QUINCE, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE DISPONE EL
APLAZAMIENTO DEL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN EN LOS AMPAROS EN REVISIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS
TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DE
ACUERDOS DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO,
RELACIONADOS CON EL PAGO DE CUOTAS A CARGO DE LOS ALUMNOS QUE CURSEN LA EDUCACIÓN MEDIA
SUPERIOR Y LA SUPERIOR -PRINCIPIOS DE GRATUIDAD EN LA EDUCACIÓN Y AUTONOMÍA UNIVERSITARIA-, fue
emitido por el Tribunal Pleno en Sesión Privada celebrada el día de hoy, por unanimidad de once votos de los
señores Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos,
José Fernando Franco González Salas, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan N.
Silva Meza, Eduardo Medina Mora I., Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Alberto Pérez Dayán y
Presidente Luis María Aguilar Morales.- México, Distrito Federal, a veintiséis de octubre de dos mil quince.-
Rúbrica.
EL LICENCIADO RAFAEL COELLO CETINA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: CERTIFICA: Que esta copia fotostática constante de nueve fojas útiles concuerda
fiel y exactamente con el original del Acuerdo General Plenario 19/2015, que obra en los archivos de la
sección de instrumentos normativos de esta Secretaría General de Acuerdos y se expide para su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.- México, Distrito Federal, a veintiséis de octubre de dos mil quince.-
Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85
COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA
ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones generales y políticas de recursos humanos de la Comisión
Federal de Competencia Económica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de
Competencia Económica.- Pleno.
ACUERDO No. DARH-001/2015
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES GENERALES Y POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS
DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
México, Distrito Federal a diez de septiembre de dos mil quince.- Reunido el Órgano de Gobierno de esta
Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE o Comisión”) en la sede de la misma.- La
Comisionada Presidente, Alejandra Palacios Prieto, y los Comisionados: Alejandro Ildefonso Castañeda
Sabido, Benjamín Contreras Astiazarán, Eduardo Martínez Chombo, Martín Moguel Gloria, Jesús Ignacio
Navarro Zermeño, y Francisco Javier Núñez Melgoza, manifiestan su conformidad para celebrar una sesión
para la emisión del presente acuerdo, en atención a los siguientes:
ANTECEDENTES
1. El once de junio de dos mil trece, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el
que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y
105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
telecomunicaciones”; por medio del cual se crea un nuevo Órgano Constitucional Autónomo
denominado Comisión Federal de Competencia Económica;
2. El veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley
Federal de Competencia Económica (LFCE), misma que en su artículo 10 reconoce la naturaleza
jurídica de la Comisión como Órgano Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
que ejerce su presupuesto de forma autónoma;
3. El ocho de julio de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto
Orgánico de la Comisión (Estatuto).
En virtud de los Antecedentes y
CONSIDERANDO
Que el Plan Estratégico 2014-2017 de la COFECE, indica en su línea estratégica IV.1 que se deberá
establecer un modelo integral de gestión del talento humano, que prevea los mecanismos para el
reclutamiento, capacitación, estímulos, promoción, desarrollo continuo y evaluación del desempeño de
personal; ello, para asegurar la atracción, retención y desarrollo del talento humano, a fin de ser una
institución de excelencia, reconocida por su apego a la legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y
profesionalismo;
Que el citado Plan Estratégico establece en su línea estratégica IV.3 asegurar que el personal de las áreas
operativas de la Comisión cuente con las capacidades necesarias para cumplir sus responsabilidades
mediante un esquema integral de capacitación y especialización;
Que el Estatuto establece en su artículo 5, fracción XXXIII, la atribución del Pleno para emitir
Disposiciones Generales para el reclutamiento, selección y permanencia del personal; por lo que es necesario
establecer las políticas de recursos humanos que regulen el ingreso del personal y la estabilidad laboral
dentro de la COFECE para dar continuidad a los programas y proyectos que inciden en el cumplimiento de
su misión;
Que el mismo artículo 5, en su fracción XXXVII, indica que es atribución del Pleno aprobar comités de
carácter consultivo o resolutivo, en los que determinará su integración, así como sus reglas de operación
y funcionamiento;
Que el artículo 12, fracción XXII, del Estatuto, señala que corresponde al Presidente, entre otras
atribuciones, proponer al Pleno, para su aprobación, las políticas en recursos humanos; y los diversos 23, 24,
fracciones IV y VI, así como el 38, fracción XXI, faculta a la Dirección General de Administración para
administrar los mecanismos de reclutamiento, selección y permanencia del personal, servicio social y
prácticas profesionales, así como los de estímulos y recompensas establecidos conforme a las normas
y procedimientos aplicables, y
Que con políticas claras sobre reclutamiento, capacitación, estímulos, promoción y evaluación del
desempeño de personal, la COFECE contará con servidores públicos calificados, profesionales y
especializados para cumplir con eficiencia las obligaciones que le fija la LFCE.
86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
En virtud de lo anterior:
SE ACUERDA
Único.- Emitir las Disposiciones Generales y Políticas de Recursos Humanos de la Comisión Federal de
Competencia Económica, de acuerdo con lo siguiente:
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Del Objeto y Definiciones
Artículo 1.- Las Disposiciones Generales tienen como objeto:
I. Promover la profesionalización y capacitación del personal de la Comisión para el desarrollo de
competencias afines con los objetivos institucionales;
II. Fomentar la permanencia y el desarrollo profesional del personal, a través del Sistema de Gestión
de Talento, y
III. Establecer los procedimientos de reclutamiento, selección e ingreso a la Comisión, así como la
evaluación de desempeño de personal, incentivos y reconocimientos.
Artículo 2.- Las Disposiciones Generales son aplicables a todo el personal de la Comisión, quien en todo
momento se conducirá con apego a las disposiciones jurídicas aplicables para el desempeño de sus funciones
y coadyuvará al cumplimiento de la misión, visión y objetivos institucionales de la COFECE.
Se excluye de la aplicación de las Disposiciones Generales a las personas físicas contratadas para prestar
servicios profesionales bajo el régimen de honorarios.
Artículo 3.- Para los efectos de las Disposiciones Generales, se entiende por:
I. Área de adscripción: Unidad Administrativa en la que una persona realiza las funciones
inherentes a un puesto específico;
II. Área sustantiva: Es la encargada de llevar a cabo los trabajos propios de la misión institucional
que consiste en garantizar la libre competencia y concurrencia, y prevenir, investigar y combatir los
monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, emitir lineamientos para
regular los insumos esenciales y eliminar las barreras a la competencia, así como las demás
restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen la
Constitución, los tratados y las leyes;
III. Ascenso: Es el movimiento del personal para ocupar puestos de mayor jerarquía o
responsabilidad al que ocupan, si existe disponibilidad presupuestal para ello;
IV. Aspirante: La persona que cumpla con el perfil y los requisitos necesarios para participar en los
procedimientos de reclutamiento y selección con la finalidad de ocupar una plaza de nueva
creación o una plaza vacante, en los términos previstos en las Disposiciones Generales;
V. Becario: La persona que siendo estudiante o que haya concluido sus estudios, se integre a la
Comisión para realizar prácticas profesionales para desarrollar un proyecto que sirva de
experiencia para adentrarse al mercado laboral, y que gozará de una retribución económica;
Asimismo, se llamarán becarios a las personas procedentes de instituciones afines del país o del
extranjero, con quienes se hayan celebrado convenios de intercambio o apoyo, para llevar a cabo
proyectos de formación, alta especialización o investigación, relacionadas con las materias de
la Comisión;
VI. Cambio de adscripción: Es el movimiento vertical u horizontal de los servidores públicos de una
Unidad Administrativa a otra;
VII. Catálogo de Puestos: Es el instrumento técnico que describe los puestos de la COFECE,
mediante su denominación, adscripción, funciones y remuneración, entre otros;
VIII. Capacidades: Los conocimientos, habilidades y aptitudes, requeridos para el desempeño de
un puesto;
IX. Capacitación: Proceso por el cual una persona es inducida, actualizada, desarrollada y
especializada para el eficiente desempeño de su puesto y para el ejercicio de funciones de mayor
responsabilidad o de naturaleza diversa;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87
X. Creación de plaza: Incorporación de una plaza a la estructura orgánica, ocupacional y salarial;
XI. COFECE o Comisión: Comisión Federal de Competencia Económica;
XII. Competencias: Habilidades demostradas para aplicar conocimientos y aptitudes;
XIII. Cursos: Las acciones tales como talleres, conferencias, diplomados, seminarios y demás medios
de aprendizaje que permiten inducir, preparar, capacitar, actualizar y/o especializar a los
servidores públicos;
XIV. Detección de Necesidades de Capacitación: Es el proceso que tiene el propósito de identificar
las áreas de conocimiento, aptitudes o habilidades que requieren abordarse o reforzarse mediante
acciones de capacitación para los servidores públicos de la Comisión, a fin de contribuir al logro
de objetivos;
XV. DGA: Dirección General de Administración;
XVI. DGARH: Dirección General Adjunta de Recursos Humanos;
XVII. Dirección de Presupuesto: Dirección General Adjunta de Presupuesto y Finanzas;
XVIII. Disposiciones Generales: Disposiciones Generales y Políticas de Recursos Humanos de la
Comisión Federal de Competencia Económica;
XIX. Estatuto: Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica;
XX. Estructura ocupacional: Conjunto de puestos con funciones definidas, delimitadas y concretas
que permiten el cumplimiento de los objetivos de las Unidades Administrativas, la cual se vincula a
la estructura orgánica;
XXI. Estructura orgánica: Es la forma en que se organizan las relaciones entre las diferentes
autoridades en las que recae la toma de decisiones, la administración y operación;
XXII. LFCE: Ley Federal de Competencia Económica;
XXIII. Perfil del puesto: Se integra con los requisitos que deberán cubrir los servidores públicos para
desempeñar de manera adecuada las funciones de un puesto;
XXIV. Pleno: Órgano de Gobierno de la Comisión Federal de Competencia Económica;
XXV. Plaza: La posición presupuestaria que respalda un puesto en la estructura ocupacional o plantilla,
que sólo puede ser ocupada por un servidor público y que tiene una adscripción determinada;
XXVI. Programa Anual del Sistema: Documento que integra las directrices estratégicas y de carácter
administrativo que se requieren para hacer efectiva la operación de los procesos del Sistema;
XXVII. Promoción: Es el movimiento horizontal del personal que se da en el grado y/o serie salarial, lo
que se refleja en una mejora en su remuneración, cuando la Dirección de Presupuesto manifieste
que existe disponibilidad presupuestal para ello;
XXVIII. Puesto: La unidad impersonal establecida en el Catálogo que implica deberes específicos y
delimita jerarquías y capacidades para su desempeño;
XXIX. Puesto Tipo: Aquel que se repite en dos o más ocasiones y es idéntico en su denominación,
descripción, perfil y valuación;
XXX. Rotación: Es el cambio temporal en la asignación de los servidores públicos de la Unidad
Administrativa de origen;
XXXI. Servidor público: Persona que desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza;
XXXII. Sistema: Sistema de Gestión de Talento de la COFECE;
XXXIII. Tabulador: El instrumento que permite representar los valores monetarios con los que se
identifican los importes por concepto de sueldos y salarios en términos mensuales o anuales, que
aplican a cada puesto, en función del grupo, grado o serie, según corresponda, de acuerdo con los
distintos tipos de personal, y
XXXIV. Unidades Administrativas: Pleno, Presidencia, Autoridad Investigadora, Secretaría Técnica,
Contraloría Interna y Delegaciones en el interior de la República Mexicana.
88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
CAPÍTULO II
Del personal y estructura organizacional
Artículo 4.- Para efectos de las Disposiciones Generales, el personal de la Comisión se clasifica en:
I. Personal operativo y de enlace que comprende al personal que realiza labores de apoyo, técnicas
o administrativas;
II. De mando, que comprende los puestos de:
a) Mando Medio que comprende el nivel de Director General Adjunto a Jefe de Departamento,
homólogos o equivalentes, y
b) Mando Superior que comprende el nivel de Comisionado Presidente, Comisionados,
Titulares de Unidad y Directores Generales.
Artículo 5.- La planeación de la estructura organizacional, es el proceso mediante el cual la DGA,
dictamina y procesa la modificación de la estructura orgánica y ocupacional.
Artículo 6.- La modificación de la estructura ocupacional será aprobada por acuerdo de la DGA, a
propuesta de las Unidades Administrativas, siempre que se cuente con dictamen presupuestal emitido por la
Dirección de Presupuesto y el funcional emitido por la DGARH, de conformidad con los lineamientos que para
el efecto se expidan.
Artículo 7.- La determinación de las funciones que correspondan a los puestos, de los requisitos y del
perfil de los ocupantes, serán establecidos por las Unidades Administrativas y conforme a la metodología que
al efecto determine la DGA.
Artículo 8.- El Titular de la DGA, en el ámbito de sus atribuciones, realizará las acciones necesarias para
que se cumpla lo establecido en las Disposiciones Generales, sin perjuicio de la observancia a los
lineamientos o procedimientos que resulten aplicables y deriven de las normas de carácter administrativo,
fiscal, laboral y de seguridad social.
Artículo 9.- La DGA se apoyará para la aplicación de las Disposiciones Generales en la DGARH y la
Dirección de Presupuesto.
TÍTULO SEGUNDO
De la Gestión de Talento
CAPÍTULO I
Del Sistema de Gestión de Talento
Artículo 10.- El Sistema de Gestión de Talento tiene como objetivo promover la profesionalización y
especialización de manera eficiente, transparente y en igualdad de condiciones para el personal de
la COFECE.
Artículo 11.- Para su debida implementación, el Sistema se integra de los siguientes procesos:
I. Reclutamiento y selección;
II. Ingreso;
III. Desarrollo profesional;
IV. Capacitación;
V. Evaluación del desempeño de personal;
VI. Incentivos y reconocimientos;
VII. Derechos y obligaciones, y
VIII. Separación.
Artículo 12.- El Comité de Gestión de Talento es el órgano de planeación, coordinación, supervisión y
evaluación del Sistema.
Este Comité estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Comisión:
I. Presidente: Un Comisionado, propuesto por el Comisionado Presidente y aprobado por el Pleno;
II. Coordinador: El titular de la DGA;
III. Secretario Técnico: El Director de Seguimiento y Control de la Dirección General de Planeación
y Evaluación;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89
IV. Vocales:
a) Un representante del Comisionado Presidente;
b) El Director General de Planeación y Evaluación;
c) El Titular de la Dirección General Adjunta de Asuntos Internacionales, y
d) El Titular de la DGARH.
En casos necesarios, le corresponderá al Comité resolver sobre la modificación a la integración del mismo.
Artículo 13.- Los integrantes del Comité de Gestión de Talento tendrán voz y voto.
Las decisiones se tomarán por mayoría de votación. Cuando exista empate el Presidente tendrá voto
de calidad.
Sólo los vocales del Comité, podrán nombrar suplentes cuando por causas de fuerza mayor no puedan
asistir a la sesión a la que fueran convocados.
El Comité de Gestión de Talento sesionará válidamente con la mayoría de sus miembros, podrá tener
invitados especiales, con voz pero sin derecho a voto, en sus sesiones cuando la presencia sea necesaria
para un tema específico de carácter técnico y coadyuve al logro de los objetivos del proyecto.
Artículo 14.- El Comité de Gestión de Talento contará con las siguientes atribuciones:
I. Opinar sobre las propuestas de disposiciones normativas para la operación del Sistema;
II. Aprobar los mecanismos generales de selección y evaluación del Sistema;
III. Aprobar las metodologías específicas de evaluación del desempeño de personal;
IV. Aprobar las actas de sus sesiones;
V. Aprobar el Programa Anual del Sistema y el Programa Anual de Capacitación;
VI. Conocer de las excepciones para el ingreso de personal con el grado y serie más bajo
del tabulador;
VII. Aprobar las convocatorias internas que se le presenten, previa justificación del superior jerárquico
en términos de lo dispuesto en la fracción II del artículo 19 de estas Disposiciones Generales;
VIII. Determinar la creación de los grupos de trabajo necesarios para el funcionamiento del Sistema y
los miembros que deban integrarlas;
IX. Resolver sobre las solicitudes de beca y capacitaciones internacionales para la realización de
estudios de especialización o posgrado;
X. Resolver sobre las solicitudes de intercambio de servidores públicos con instituciones afines en el
país o en el extranjero;
XI. Resolver solicitudes de licencias con o sin goce de sueldo;
XII. Evaluar anualmente la operación y resultados del Sistema, a fin de dictar las medidas o
recomendaciones que permitan mejorar su operación y resultados;
XIII. Informar semestralmente al Pleno de sus actividades, y
XIV. Las demás que le confieran las Disposiciones Generales.
Le corresponde al titular de la DGA proporcionar al Comité de Gestión de Talento la información necesaria
para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, así como las propuestas de operación necesarias para el
adecuado funcionamiento del Sistema.
Artículo 15.- La normativa que se emita en materia de Gestión de Talento se regirá por lo siguiente:
I. Igualdad de oportunidades para el ingreso, promoción, otorgamiento de incentivos,
reconocimientos y para la capacitación del personal, con base en la experiencia, desempeño,
aptitudes, conocimientos y en los resultados de la evaluación del desempeño de personal, y
II. Capacitación y desarrollo del personal relacionado con la actividad sustantiva.
Artículo 16.- Corresponde al Titular de la DGA las siguientes atribuciones:
I. Analizar los resultados de la evaluación del desempeño de personal con el fin de detectar áreas
de oportunidad;
II. Emitir los lineamientos que se deriven de las Disposiciones Generales;
III. Someter a consideración del Comité de Gestión de Talento el Programa Anual del Sistema y el
Programa Anual de Capacitación;
90 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
IV. Ejecutar, controlar y supervisar los procedimientos establecidos en las Disposiciones Generales;
V. Emitir las disposiciones que regirán en particular, la forma y tiempos en que deberán solicitarse las
modificaciones, cambios de adscripción y transferencias de los puestos;
VI. Emitir las convocatorias de rotación del personal;
VII. Aprobar los lineamientos de carácter administrativo para la operación de los procesos del Sistema;
VIII. Formular las propuestas de incremento, actualización o adecuación a los tabuladores;
IX. Determinar la metodología para el establecimiento de las funciones que correspondan a los
puestos, de los requisitos y del perfil de los ocupantes;
X. Promover las aplicaciones y soluciones tecnológicas en la sistematización de los procedimientos y
la información en materia de organización y recursos humanos;
XI. Establecer los mecanismos de control, validación y seguimiento de la estructura ocupacional;
XII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en relación a la materia de modificación de estructuras
y/o asignación de las plazas que soliciten las Unidades Administrativas;
XIII. Actualizar los organigramas de las Unidades Administrativas;
XIV. Apoyar a las Unidades Administrativas en la elaboración de la descripción, perfil y valuación
de puestos;
XV. Actualizar el Catálogo de Puestos, y
XVI. Las demás que deriven de las Disposiciones Generales.
CAPÍTULO II
Del reclutamiento y selección
Artículo 17.- La etapa de reclutamiento tendrá como objetivo atraer aspirantes internos y externos que
cumplan con la descripción de perfiles, competencia y requisitos para ocupar un puesto dentro de la Comisión.
Dicha etapa se inicia cuando se genera una vacante o se crea una plaza nueva en alguna de las Unidades
Administrativas y el área responsable solicita a la DGA su ocupación.
Artículo 18.- El concurso será la vía primordial para la ocupación de vacantes, el cual se llevará a cabo
mediante la emisión de convocatoria pública.
Artículo 19.- La convocatoria pública será:
I. Abierta: Para el proceso de ingreso en el que podrá participar cualquier persona interesada, que
cumpla los requisitos y el perfil del puesto, o
II. Interna: Para el proceso de ascenso o promoción del personal de la Comisión. El superior
jerárquico justificará los motivos para emitir convocatoria interna y los someterá a aprobación del
Comité de Gestión de Talento.
Artículo 20.- Las convocatorias públicas abiertas deberán ser distribuidas en todos los medios posibles
que permitan su más amplia difusión.
Artículo 21.- Las fuentes de reclutamiento para ocupar plazas vacantes son las siguientes:
I. Servidores públicos en activo, y
II. Aspirantes externos.
Artículo 22.- Las convocatorias para concursar cualquier plaza contendrán, cuando menos, la siguiente
información:
I. Características del puesto;
II. Funciones principales a desempeñar;
III. Requisitos para concursar el puesto, que aseguren el profesionalismo y la experiencia en el área
que se concurse, de acuerdo con el Catálogo de Puestos;
IV. La documentación necesaria para participar por el puesto a concurso;
V. Fecha límite de entrega de dicha documentación;
VI. Fecha de aplicación de las evaluaciones y/o exámenes correspondientes, y
VII. Fecha en que se comunicará la determinación.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 91
Artículo 23.- El concurso deberá considerar al menos las evaluaciones de habilidades, capacidades o
conocimientos generales y conocimientos técnicos sobre el puesto para el que se concursa, a fin de asegurar
que el candidato cumple con el perfil requerido.
Artículo 24.- Para el registro de los aspirantes, la DGA establecerá un mecanismo que permita asignar un
número de folio personal y que permita mantener el anonimato de los datos de los aspirantes que cubran los
requisitos y sean aceptados en los procesos de selección. Este número de folio será el medio de identificación
de los aspirantes que les permitirá dar seguimiento al proceso de selección, hasta la etapa de entrevistas.
Artículo 25.- El proceso de selección deberá asegurar la participación en igualdad de género, de
oportunidades, así como el reconocimiento y valoración del personal interno conforme a los resultados de la
evaluación del desempeño de personal.
Artículo 26.- En caso de que exista igualdad de calificaciones en las evaluaciones del concurso cerrado,
se ponderarán los siguientes criterios:
I. Al servidor público de la Comisión que haya obtenido una mayor calificación en la evaluación del
desempeño de personal;
II. A quien haya impartido capacitación interna, y
III. Quien haya obtenido mejores resultados en las capacitaciones recibidas.
El criterio de desempate para concursos abiertos será el siguiente:
I. Posea mayor experiencia para el área requerida, y
II. Posea mayor grado académico.
Artículo 27.- El aspirante que haya sido designado para ocupar una plaza vacante no podrá participar en
el mecanismo de selección para la ocupación de otra, hasta después de un año.
CAPÍTULO III
Del ingreso
Artículo 28.- El ingreso se llevará a cabo conforme a las presentes Disposiciones Generales y aquellas de
carácter laboral, administrativo y presupuestario que resulten aplicables.
Artículo 29.- Para que se lleve a cabo la ocupación de un puesto de igual o mayor jerarquía, es
indispensable la existencia de una plaza vacante.
Artículo 30.- El ingreso comprende el reclutamiento y la selección de aspirantes, la ocupación de
vacantes, así como la expedición de nombramientos y la adscripción en los puestos establecidos en el
Catálogo de Puestos.
Artículo 31.- En el ingreso no se discriminará a nadie por razones de sexo, edad, capacidades diferentes,
religión, estado civil, origen étnico, condición social, preferencia sexual, estado de salud, gravidez o
cualquier otra.
Artículo 32.- El ingreso será con el grado y serie más bajo de la estructura salarial del tabulador.
En casos justificados por el titular de la Unidad Administrativa, se podrá ingresar con el nivel salarial de la
plaza vacante. Dichos casos deberán ser aprobados por el Comité de Gestión de Talento.
Artículo 33.- Serán procesos de ingreso y ocupación de puestos vacantes:
I. La promoción;
II. El concurso celebrado mediante convocatoria pública abierta;
III. La incorporación temporal por licencias, y
IV. La designación directa en los casos previstos por la LFCE, Titulares de Unidad, Directores
Generales, personal que reporte de manera directa a los integrantes del Pleno, así como en
aquellos casos de niveles de personal operativo y enlace que determine el titular de la Unidad
Administrativa que corresponda.
Estos procesos de ingreso se regirán por los procedimientos específicos que emita la DGA.
Artículo 34.- En casos extraordinarios y cuando por la alta especialización del perfil y la urgencia en la
ocupación de la vacante amerite, a juicio del Titular de la Unidad Administrativa, un proceso expedito, se
podrá ocupar una vacante mediante la presentación de ternas, cumpliendo con los procedimientos específicos
que emita la DGA.
92 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
CAPÍTULO IV
Del desarrollo profesional
Artículo 35.- El desarrollo profesional del personal, es el proceso que tiene por objetivo que los servidores
públicos adquieran nuevos conocimientos, se especialicen, desarrollen nuevas habilidades que les
proporcionen elementos para ocupar plazas vacantes de igual o mayor jerarquía, en puestos acordes a su
perfil y especialidad.
A través de este proceso se buscará el desarrollo y crecimiento profesional de los servidores públicos.
Artículo 36.- El desarrollo profesional podrá resultar en trayectorias verticales, horizontales y bajo un
esquema de especialización, en los distintos puestos de la estructura, de acuerdo con lo siguiente:
I. Trayectorias verticales o ascensos, que implican movimientos a posiciones ascendentes, donde
las funciones son más complejas y de mayor responsabilidad;
II. Trayectorias horizontales que pueden implicar promociones con movimientos de puesto, o
salariales en un mismo nivel de responsabilidad, siempre que se cumplan condiciones de
equivalencia u homologación, y
III. Rotación en las propias áreas de adscripción o en otras áreas, conservando el mismo nivel
jerárquico y salarial del puesto, con fines de desarrollo del talento y adquisición de experiencia
práctica en diferentes Unidades Administrativas.
Artículo 37.- La evaluación del desempeño de personal y las acciones de capacitación servirán para
conocer la afinidad del candidato con el perfil del puesto, por lo que los ascensos y promociones deberán
sustentarse en los resultados de ésta.
Artículo 38.- Los servidores públicos adscritos en áreas sustantivas podrán estar sujetos a un programa
de rotación con otras Unidades Administrativas, en un puesto tipo o análogo, de acuerdo con las necesidades
del servicio.
Dicho programa es un esquema de formación integral de los servidores públicos, el que permitirá adquirir
conocimientos integrales y desarrollo de habilidades para desempeñarse en diversos puestos.
Artículo 39.- El esquema de rotación será temporal y se llevará de acuerdo con las necesidades del
servicio en la Comisión, así como a los intereses de desarrollo profesional, laboral y personal de los
servidores públicos.
Artículo 40.- La promoción permite a los servidores públicos tener acceso a un grado y/o serie más alto
en la estructura de remuneraciones, sin tener que cambiar de puesto, en función de los resultados de la
evaluación del desempeño de personal, la capacitación, los méritos, así como la disponibilidad presupuestal
con que se cuente.
En caso de que un servidor público tenga resultados sobresalientes en la evaluación del desempeño de
personal, y previa autorización del Comité de Gestión de Talento, se podrá aplicar una promoción hasta por
dos series.
Artículo 41.- Las promociones serán programadas anualmente de conformidad con la disponibilidad
presupuestaria, pudiendo aplicarse en cualquier fecha del año, sujetándose a la determinación de la Dirección
de Presupuesto sobre disponibilidad presupuestaria, de acuerdo a los criterios que emita la DGA.
Le corresponde a la Dirección de Presupuesto determinar, de manera anual, si se cuenta con
disponibilidad presupuestal para llevar a cabo promociones.
Artículo 42.- La promoción estará sujeta a la emisión de convocatoria cuando existan los recursos
presupuestales que permitan la movilidad en series y grados.
Como requisito para que los servidores públicos tengan acceso a una serie o un grado superior, deberán
obtener una calificación igual o superior a ocho punto cinco en una escala de cero a diez en la evaluación del
desempeño de personal y cumplir con los siguientes requisitos:
Cuando ingresen con el grado y serie más bajo de la estructura salarial del tabulador:
Grado A Serie 1 Ingreso
Serie 2 Tener por lo menos un año en la Comisión
Serie 3 Tener por lo menos año y medio en la Comisión
Serie 4 Tener por lo menos dos años en la Comisión
Serie 5 Tener por lo menos dos años y medio en la Comisión
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 93
Grado B Serie 1 Tener por lo menos tres años en la Comisión
Serie 2 Tener por lo menos tres años y medio en la Comisión
Serie 3 Tener por lo menos cuatro años en la Comisión
Serie 4 Tener por lo menos cuatro años y medio en la Comisión
Serie 5 Tener por lo menos cinco años en la Comisión
Grado C Serie 1 Tener por lo menos cinco años y medio en la Comisión
Serie 2 Tener por lo menos seis años en la Comisión
Serie 3 Tener por lo menos seis años y medio en la Comisión
Serie 4 Tener por lo menos siete años en la Comisión
Serie 5 Tener por lo menos siete años y medio en la Comisión
Aquellos servidores públicos que no ingresen con el grado y serie más bajo de la estructura salarial del
tabulador, a partir del grado y serie que ingresen, deberán tener por lo menos año y medio para poder
ascender a la siguiente serie y así sucesivamente.
Artículo 43.- Los movimientos salariales en la estructura ocupacional se basarán estrictamente en los
procesos de promoción y ascenso que regulan las Disposiciones Generales.
CAPÍTULO V
De la capacitación
Artículo 44.- La DGA, a través de la DGARH, llevará a cabo la Detección de Necesidades de
Capacitación, que será la base del Programa Anual de Capacitación, del cual se informará al Comité de
Gestión de Talento.
Con esta detección de necesidades, se determinarán las acciones de capacitación, tanto obligatorias
como optativas, considerando las condiciones, características y necesidades particulares de los puestos, para
proponer acciones diferenciadas de capacitación para cada uno de ellos.
Artículo 45.- La capacitación tendrá los siguientes objetivos:
I. Desarrollar, complementar, incrementar o actualizar los conocimientos y habilidades del personal;
II. Preparar al personal para funciones de mayor responsabilidad y jerarquía, y
III. Propiciar el comportamiento ético del personal, a través del desarrollo humano y de los valores
institucionales.
Artículo 46.- El proceso de capacitación se regirá por lo siguiente:
I. Transmitir los conocimientos básicos requeridos por los servidores públicos sobre el marco jurídico
de actuación establecidos en la LFCE;
II. Especializar, actualizar y/o complementar la educación formal que estén relacionadas con el
puesto desempeñado, y
III. Proporcionar opciones de superación institucional, profesional y personal dentro de la Comisión.
Artículo 47.- La capacitación se integrará de cursos obligatorios y optativos, los cuales deberán estar
vinculados a las funciones y necesidades de desarrollo de los servidores públicos, a fin de que dominen los
conocimientos y desarrollen las habilidades necesarias para el adecuado desarrollo de sus funciones.
Los servidores públicos deberán obtener calificaciones aprobatorias en los cursos obligatorios. Las
calificaciones aprobatorias se establecerán en los lineamientos respectivos.
Artículo 48.- La inscripción a cursos de capacitación optativos por parte de los servidores públicos deberá
contar con la autorización del Titular de la Unidad Administrativa o del Director General o titular del área de
su adscripción.
Artículo 49.- La COFECE podrá celebrar convenios con instituciones educativas, centros de investigación
e instituciones públicas o privadas, con el fin de que se realicen intercambios, estudios, estancias
profesionales, investigaciones, impartición o participación en cursos especializados y cualquier otra modalidad
de capacitación que se estime conveniente, que coadyuve a cubrir las necesidades institucionales de
formación profesional de los servidores públicos.
94 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
De acuerdo con el presupuesto autorizado, la COFECE cubrirá los gastos que se originen con motivo de
los cursos que se impartan; o en su caso apoyará a los servidores públicos para el logro de objetivos
de la capacitación.
Artículo 50.- La COFECE podrá celebrar convenios de intercambio de servidores públicos con
instituciones afines en el país o en el extranjero para llevar a cabo proyectos de formación, alta
especialización, investigación o pasantías estrictamente relacionadas y vinculadas con las funciones y materia
del quehacer institucional de la Comisión.
En estos casos, y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, podrá apoyar mediante el otorgamiento
de becas, pago de viáticos y de transporte dentro del territorio nacional, o en el extranjero, previa autorización
del Titular de la Unidad Administrativa que requiera y justifique los beneficios que reportará a la Comisión,
sujetándose a las disposiciones establecidas en los convenios respectivos.
Artículo 51.- En el caso de capacitaciones en el extranjero, se analizarán con base en méritos del servidor
público y criterios de calidad de la pasantía o capacitación propuesta, al igual que la pertinencia y relevancia
de éstas para cumplir con los objetivos de la Comisión y con el análisis de los sectores prioritarios
establecidos en el Plan Estratégico. Los apoyos económicos se harán conforme a la disponibilidad
presupuestal y a lo establecido en el convenio respectivo.
Artículo 52.- La DGA debe emitir los lineamientos en los que se establecerá el procedimiento por el cual
los servidores públicos de la Comisión podrán obtener becas para cursos, diplomados o programas de
educación formal en instituciones nacionales. De igual manera, en coordinación con la Unidad de Planeación,
Vinculación y Asuntos Internacionales, se establecerá en dichos lineamientos lo concerniente a las
capacitaciones internacionales y en su caso, otorgamiento de becas.
Artículo 53.- Los servidores públicos podrán obtener apoyo económico para la realización de
capacitaciones internacionales en el extranjero de conformidad con los requisitos que se establezcan en los
lineamientos correspondientes, previo conocimiento del Comité de Gestión de Talento.
CAPÍTULO VI
De la evaluación del desempeño de personal
Artículo 54.- La evaluación del desempeño de personal es el conjunto de procedimientos para llevar a
cabo la medición y valoración cuantitativa y cualitativa del rendimiento de los servidores públicos en su
puesto. Ésta operará a través de un grupo de indicadores previamente definidos por cada Unidad
Administrativa, para un periodo de evaluación determinado, con el fin de proporcionar la retroalimentación que
refuerce acciones de mejora, y en su caso, el establecimiento de planes de acción para llevarlas a cabo.
Artículo 55.- La evaluación del desempeño de personal tiene como objetivos, los siguientes:
I. Evaluar a los servidores públicos en el cumplimiento de sus funciones, tomando en cuenta las
metas establecidas, la capacitación recibida y su contribución al cumplimiento de las funciones de
su área;
II. Determinar, en su caso, el otorgamiento de incentivos al desempeño destacado;
III. Determinar la posibilidad de promoción del servidor público;
IV. Identificar los casos de desempeño no satisfactorio, para establecer un plan de trabajo que
permita al servidor público desarrollar habilidades para mejorar su desempeño, y
V. Detectar las necesidades de capacitación de los servidores públicos.
Los criterios específicos se establecerán en los lineamientos que para el efecto emita la DGA.
CAPÍTULO VII
De los incentivos
Artículo 56.- Los incentivos son los reconocimientos, beneficios o retribuciones, que la COFECE podrá
otorgar a los servidores públicos, pudiendo ser económicos o no económicos, de conformidad con la
disponibilidad presupuestal, y atendiendo los lineamientos que para el efecto emita la DGA.
CAPÍTULO VIII
Del período vacacional, días de descanso, suspensión de labores y licencias
Artículo 57.- El personal gozará de vacaciones y días de descanso obligatorios en las fechas en que se
suspendan labores, atendiendo a lo dispuesto en el Acuerdo correspondiente, mediante el cual la Comisión
Federal de Competencia Económica da a conocer el calendario de suspensión de labores, para el año
que corresponda.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95
Artículo 58.- Cuando por necesidades de la COFECE un servidor público no pueda disfrutar del período
vacacional, disfrutará de ellas una vez que haya desaparecido la causa que impidió el disfrute de éstas, previa
autorización del Titular del Área o del Director General, sin que proceda acumulación de periodos. En caso de
que el servidor público no haya podido disfrutar del periodo vacacional, éste no podrá ser compensado con
remuneración alguna.
Artículo 59.- La licencia es el acto por el cual un servidor público, previa autorización del Titular de la
Unidad Administrativa en la que se encuentre adscrito, puede dejar de desempeñar las funciones propias de
su cargo de manera temporal, previa justificación y de manera excepcional.
Artículo 60.- Para obtener una licencia, el servidor público deberá tener una antigüedad en la COFECE
superior a un año y dirigir su solicitud por escrito al Titular de la Unidad Administrativa al que se
encuentre adscrito.
Artículo 61.- El personal podrá gozar de una licencia sin goce de sueldo cuando ocurran y se acrediten
circunstancias en que resulte indispensable para el servidor público separarse del servicio. La autorización
debe otorgarse conforme a las siguientes consideraciones:
I. Hasta por treinta días naturales al año, a quienes tengan más de un año de antigüedad;
II. Hasta por sesenta días naturales al año, a quienes tengan de un año seis meses un día a tres
años de antigüedad;
III. Hasta por noventa días naturales al año, a quienes tengan más de tres años de antigüedad, y
IV. Hasta por doce meses, a quienes tengan un año de antigüedad y que hayan sido admitidos en un
programa de posgrado o especialización, que requiera tiempo completo.
Corresponderá a la DGA autorizar, en casos extraordinarios, que se dupliquen los días de licencia, a
propuesta del Titular de la Unidad Administrativa del servidor público que lo solicite.
Artículo 62.- La solicitud de licencia sin goce de sueldo deberá presentarse por escrito con el visto bueno
del Titular de Unidad Administrativa ante la DGA, con veinte días naturales de anticipación a la fecha de su
inicio. En casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá presentar hasta con tres días hábiles
de anticipación.
Artículo 63.- La DGA comunicará la resolución al interesado mediante oficio. En caso de aprobación, la
DGARH expedirá el formato de notificación que corresponda en el que se hará constar la fecha de inicio y
término de la licencia.
Artículo 64.- Cuando el servidor público se reincorpore a su plaza y al desempeño de su puesto, podrá
hacer uso inmediato de todas las prestaciones a que tiene derecho como servidor público.
Artículo 65.- Se podrán otorgar licencias con goce de sueldo por los motivos siguientes:
I. Paternidad y cuidados paternos;
II. Adopción;
III. Matrimonio civil, y
IV. Fallecimiento de cónyuge, concubina o concubinario, de ascendiente o descendiente en primer
grado.
Artículo 66.- La licencia por paternidad tiene lugar con motivo del nacimiento de uno o más hijos y
comprende cinco días hábiles consecutivos, contados a partir del día del nacimiento.
Deberá solicitarse por el servidor público, cuando sea posible, por lo menos tres días antes del nacimiento;
en caso contrario, deberá informarlo al área de adscripción y presentar, dentro de los diez días hábiles
posteriores, el certificado médico de nacimiento del menor, expedido por un centro de salud público o privado
que acredite su paternidad. Además, en un plazo que no exceda de treinta días naturales, deberá presentar al
área de su adscripción el acta de nacimiento correspondiente, documento que deberá ser remitido a la
DGARH para los efectos conducentes.
Artículo 67.- La licencia por paternidad, es aplicable únicamente a los servidores públicos, más no a las
servidoras públicas, en tanto que éstas gozan de la licencia por maternidad prevista por la Ley del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y por la Ley Federal de los Trabajadores al
Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
96 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Artículo 68.- La licencia por adopción tiene lugar cuando un servidor público adopte, individualmente o en
pareja, a un menor, la licencia será de cinco días.
Si la persona adoptada es recién nacida y su vida está en peligro, la licencia podrá ser hasta de veinte
días hábiles.
En el supuesto de que la adopción sea de dos o más personas, los periodos no serán acumulables.
El servidor público deberá presentar, dentro de los quince días naturales siguientes al goce de la licencia,
copia del documento que avale la adopción.
Artículo 69.- Las licencias por matrimonio civil se otorgarán hasta por diez días hábiles. La solicitud
deberá presentarse cuando menos quince días naturales antes del evento.
El servidor público deberá presentar, dentro de los quince días naturales siguientes al goce de la licencia,
copia del acta de matrimonio.
Artículo 70.- Por fallecimiento de cónyuge, concubina o concubinario, ascendiente o descendiente en
primer grado, se otorgará licencia hasta por cinco días hábiles.
En este caso el servidor público deberá informar el suceso al Titular de la Unidad Administrativa, quien lo
hará del conocimiento de la DGARH por escrito para la validación correspondiente.
Dentro del plazo de treinta días naturales posteriores al deceso que motivó la licencia, se deberá presentar
el acta de defunción correspondiente ante DGARH, para acreditar la legitimidad de la misma.
Artículo 71.- En el supuesto de no presentarse el documento comprobatorio que justifique la procedencia
de alguna de las licencias a que se refiere este Capítulo, se considerará que se otorgó sin goce de sueldo,
con independencia de las medidas administrativas que, en su caso, resulten aplicables por faltas injustificadas
o el abandono del empleo.
Artículo 72.- Cualquier otro tipo de licencia con goce de sueldo no podrá ser mayor a un mes y se
autorizará exclusivamente por causas relacionadas con la capacitación del servidor público vinculadas al
ejercicio de sus funciones o por motivos justificados, salvo los casos extraordinarios que autorice el Comité.
La solicitud deberá contar con el visto bueno del Titular de la Unidad Administrativa de adscripción del
solicitante y será autorizada por el Comité de Gestión de Talento.
Artículo 73.- La COFECE podrá realizar contrataciones por tiempo determinado para cubrir una plaza
vacante, por el tiempo que dure la licencia sin goce de sueldo.
Artículo 74.- Bajo ningún supuesto adicional a los previstos por el presente Capítulo, los servidores
públicos podrán ausentarse de manera injustificada de su jornada laboral.
Cuando exista causa justificada de retiro de la jornada o falta de asistencia, deberá expedir una constancia
el superior inmediato.
CAPÍTULO IX
De los derechos, obligaciones y separación
Artículo 75.- Para efectos de las Disposiciones Generales, los servidores públicos tendrán los siguientes
derechos:
I. A que se le expida el nombramiento como servidor público de la COFECE, una vez cubiertos los
requisitos establecidos en las disposiciones aplicables;
II. A percibir las remuneraciones correspondientes a su puesto, además de los estímulos que se
prevean en el presente ordenamiento y en el Manual de Remuneraciones de los
servidores públicos;
III. A tener acceso a la capacitación y actualización en los términos de las Disposiciones Generales
para el mejor desempeño de sus funciones;
IV. A ser evaluado con base en los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y
profesionalismo, y conocer el resultado de las evaluaciones que haya sustentado, y
V. A las demás que se deriven de las Disposiciones Generales.
Artículo 76.- Para efectos de las Disposiciones Generales, son obligaciones de los servidores públicos:
I. Ejercer sus funciones con estricto apego a los principios que rigen el Sistema de Gestión
de Talento;
II. Participar y aprobar las evaluaciones de desempeño de personal y capacitación;
III. Aportar los elementos necesarios para la evaluación de su desempeño;
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 97
IV. Participar en los programas de capacitación obligatoria que comprende la actualización,
especialización y educación formal, sin menoscabo de otras condiciones de desempeño que deba
cubrir, en los términos que establezca su nombramiento;
V. Observar el Código de Ética y Conducta;
VI. Asistir puntualmente a sus labores;
VII. Proporcionar la información y documentación de los asuntos que lleva al momento de su
separación, así como los asuntos pendientes, especificando aquellos prioritarios, al servidor
público que se designe para suplirlo en sus ausencias temporales o definitivas;
VIII. Abstenerse de incurrir en actos u omisiones que pongan en riesgo la seguridad del personal,
bienes, documentación u objetos de la COFECE o de las personas que allí se encuentren;
IX. Excusarse de conocer asuntos que puedan implicar conflicto de intereses con las funciones
que desempeña;
X. Desempeñar sus labores con cuidado y esmero apropiados, observando las instrucciones que
reciban de sus superiores jerárquicos;
XI. Mantener actualizados sus conocimientos y habilidades de acuerdo con su puesto y nivel de
especialidad, requerido para el adecuado desempeño de sus funciones;
XII. Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos que conozca, en
términos de la Ley de la materia, y
XIII. Las demás que señalen las Disposiciones Generales.
Artículo 77.- El nombramiento o designación de los servidores públicos sólo dejará de surtir efectos sin
responsabilidad para la COFECE, cuando incurra en alguna de las causas que establece el artículo 46 de la
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123
Constitucional.
Artículo 78.- Con independencia de lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos, no podrán laborar en la misma Unidad Administrativa, a que se refiere la fracción
XXXIV del artículo 3 de estas Disposiciones Generales, servidores públicos que guarden relación familiar,
incluyendo su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles.
Artículo 79.- Las Unidades Administrativas deben de comunicar a la DGA, las bajas de los servidores
públicos que les estén adscritos, en un plazo de tres días hábiles a partir de la separación, a efecto de que se
tomen las previsiones necesarias para no generar pagos indebidos y realice los demás trámites que en su
caso procedan.
Artículo 80.- Los servidores públicos, de conformidad con la disponibilidad presupuestal, podrán gozar del
apoyo parcial o total de servicio de comedor en las instalaciones de la Comisión o fuera de éstas, ya sea
mediante dotación de vales, prestación directa del servicio o mediante la celebración de convenios con
establecimientos, así como de apoyo en actividades de formación, deportivas, recreativas y de esparcimiento.
TÍTULO TERCERO
De los becarios y el servicio social
Artículo 81.- La Comisión gestionará un programa de servicio social, prácticas profesionales o de
becarios, con diversas instituciones de educación superior a fin de que los estudiantes puedan llevar a cabo
proyectos específicos o de investigación, en los horarios y con los servicios y apoyos económicos o en
especie, que determine la DGA, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria con que cuente. El
tiempo de elaboración de proyecto deberá ser no menor de seis meses y no mayor a dos años, y no
será prorrogable.
Artículo 82.- Los becarios procedentes de instituciones afines del país o del extranjero, recibirán los
apoyos que se hayan establecido en el convenio respectivo. La COFECE expedirá los documentos que
acrediten la conclusión de las actividades de estudio y práctica profesional de conformidad con el tipo de
proyecto de formación, alta especialización o investigación que hayan llevado a cabo.
Artículo 83.- Al concluir con su programa de formación, los estudiantes deberán reincorporarse a su
institución académica.
Artículo 84.- Las Unidades Administrativas solicitarán a la DGARH, el número de prestadores de servicio
social, prácticas profesionales o becarios que requieran, de acuerdo con sus necesidades.
98 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Artículo 85.- El prestador de servicio social, de prácticas profesionales o becario que se asigne, deberá
desarrollar actividades dentro del programa por el cual fue solicitado y desempeñar funciones de acuerdo con
su perfil académico.
Artículo 86.- Los prestadores de servicio social, prácticas profesionales o becarios deberán reportar
mensualmente y por escrito a su Unidad Administrativa y a la DGARH, los avances correspondientes al
desarrollo de sus tareas. La DGARH remitirá los reportes a las instituciones educativas correspondientes.
TÍTULO CUARTO
De las disposiciones finales
Artículo 87.- Corresponde a la DGA interpretar las Disposiciones Generales para efectos administrativos y
resolver sobre los casos no previstos, así como emitir los criterios o disposiciones complementarias,
observando los principios y criterios señalados en las mismas.
En caso de que por motivos plenamente justificados se requiera de la excepción de alguna de las
disposiciones establecidas en el presente instrumento el Comité de Gestión de Talento podrá presentarlo al
Pleno para su resolución, a petición del Secretario Técnico, la Autoridad Investigadora o alguno de
los Comisionados.
TRANSITORIOS
Primero.- Las disposiciones del presente Acuerdo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en
el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Para el cumplimiento de lo previsto en el presente Acuerdo, se abrogan las Disposiciones que
Regulan el Reclutamiento, Selección e Ingreso del Personal en la Comisión Federal de Competencia
Económica, publicadas por el Titular de la Dirección General de Administración el 30 de septiembre de 2013,
así como las Disposiciones que Regulan la Capacitación de los Servidores Públicos de la Comisión Federal
de Competencia Económica, publicadas por el Titular de la Dirección General de Administración, el 21 de
noviembre de 2013.
Tercero.- La DGA emitirá el Catálogo de Puestos dentro de los sesenta días hábiles posteriores a la
entrada en vigor de las Disposiciones Generales.
Cuarto.- La DGA emitirá los procedimientos específicos para el desahogo de los procesos de ingreso y
ocupación de vacantes, así como los lineamientos para la elaboración y aplicación de metodologías,
mecanismos y herramientas de evaluación de los procesos del Sistema, dentro de los cuarenta y cinco días
hábiles siguientes a la entrada en vigor de las Disposiciones Generales.
La implementación de los procesos del Sistema dará inicio a más tardar dentro de los cuarenta y cinco
días hábiles siguientes a la emisión de los lineamientos señalados en el párrafo anterior.
Quinto.- Los derechos adquiridos, por los servidores públicos de la extinta Comisión Federal de
Competencia, en materia laboral y de seguridad social antes de la constitución de la Cofece como un Órgano
Autónomo, seguirán vigentes.
Sexto.- Los trámites de ingreso y ocupación de vacantes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor
de las Disposiciones Generales continuarán hasta su conclusión en términos de la normatividad vigente al
momento de su inicio.
Séptimo.- Para efectos de los artículos 42 y 60 de las Disposiciones Generales, el plazo de inicio para la
obtención de licencias y promociones se contará a partir de la constitución de la Comisión como
Órgano Autónomo.
Así lo acordó y firmó el Pleno, por unanimidad de votos, en sesión del diez de septiembre de dos mil
quince, con fundamento en los artículos citados a lo largo del presente acuerdo y de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 28, párrafos décimo cuarto y vigésimo, fracción II, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior, ante la fe del Secretario Técnico, quien actúa con fundamento en
los artículos 4, fracción IV, 18 y 20 fracciones XXVI, XXVII y LVI del Estatuto Orgánico de la COFECE.
La Presidenta, Alejandra Palacios Prieto.- Rúbrica.- Los Comisionados: Jesús Ignacio Navarro
Zermeño, Martín Moguel Gloria, Benjamín Contreras Astiazarán, Alejandro Ildefonso Castañeda
Sabido, Francisco Javier Núñez Melgoza y Eduardo Martínez Chombo.- Rúbricas.- El Secretario Técnico,
Roberto I. Villarreal Gonda.- Rúbrica.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 99
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia
Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
Tercero Interesado:
José Constantino Rosalío Naranjo García.
Por este conducto, se ordena emplazar al tercero interesado: José Constantino Rosalío Naranjo García,
dentro del juicio de amparo directo 63/2015, promovido por Gibrán Orozco Mendoza contra actos del
Magistrado de la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y otras autoridades, en cuya
demanda de garantías se señala:
IV. Acto reclamado: la sentencia de 12 de Septiembre de 2011, dictada en el toca 204/2011.
VI. Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14, 16 y 20.
Se hace saber al tercero interesado de mérito que debe presentarse ante este tribunal colegiado, a
defender sus derechos, apercibido que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose
las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente.
Guanajuato, Gto., veintinueve de septiembre de 2015.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito.
Lic. Angélica María Flores Veloz.
Rúbrica.
(R.- 420939)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
TERCERA INTERESADA:
LA MENOR CON LAS SIGLAS JPTG, REPRESENTADA POR SU PROGENITORA
MA. DOLORES GARCÍA HERNÁNDEZ
Por este conducto, se ordena emplazar a la menor tercera interesada con las siglas JPTG, representada
por su progenitora Ma. Dolores García Hernández, dentro del juicio de amparo 681/2014, promovido por
José de Jesús Torres Padilla, por conducto de su defensor particular Christian Serna Hernández, contra actos
del Magistrado de la Segunda Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y otras autoridades en
cuya demanda de amparo se señalan:
Acto reclamado: la sentencia de 1 de septiembre de 2014, dictada en el toca 174/2014.
Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14, 16, 17 y 22.
Se hace saber a la tercera interesada de mérito que debe presentarse ante este Tribunal Colegiado, a
defender sus derechos, apercibida que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose
las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente.
Guanajuato, Gto., 30 de septiembre de 2015.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Decimosexto Circuito.
Angélica María Flores Veloz.
Rúbrica. (R.- 420941)
100 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
EDICTO
Al margen sello con Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de
la Federación.
En los autos del juicio de amparo directo 106/2015, promovido por IHAM SOLIS DÍAZ, contra la sentencia
de ocho de abril de dos mil quince, dictada por la Tercera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de México con residencia en Ecatepec de Morelos, en el toca de apelación
09/2015, se ordenó correr traslado al tercero interesado DAVID VILCHIS SALCEDO, por medio de edictos,
para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación,
comparezca ante este Tribunal, en defensa de sus intereses si así lo estima conveniente; queda a su
disposición en la Secretaría de Acuerdos del Tribunal, copia simple de la demanda de amparo.
También se le apercibe para que en caso de no comparecer por sí o por medio de su representante legal,
dentro del término referido, se tendrá por hecho el emplazamiento y las ulteriores notificaciones se le harán
por lista que se fije en un lugar visible y de fácil acceso a este Tribunal.
Toluca, Estado de México, uno de octubre de dos mil quince.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Segundo Circuito.
Licenciada Rosalva Carranza Peña
Rúbrica.
(R.- 420425)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de México
Naucalpan de Juárez
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación, Juzgado 14o de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez.
A: treinta de septiembre de dos mil quince. En el juicio de amparo 495-2015-I-C, promovido por Héctor
Jiménez Ramírez, se ordenó emplazar al tercero interesado Armando Francisco Rivera Beltrán, para que si a
su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le corresponda en el juicio de garantías citado.
En la demanda respectiva se señaló se señaló como acto reclamado la confirmación del auto de plazo
constitucional de vinculación a proceso, como autoridades responsables a la Primera Sala Colegiada Penal de
Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, y como preceptos constitucionales
violados, los artículos 1°, 14, 16, 17, 19, 20, 21 y 133. Se hace del conocimiento del tercero interesado que la
audiencia constitucional se fijó para las nueve horas con dieciséis minutos del cinco de octubre de dos mil
quince, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Teniendo 30 días hábiles
para comparecer a partir de la última publicación. Queda a su disposición copia de la demanda.
El Secretario.
Salvador Leyva Nava
Rúbrica.
(R.- 420438)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado
H. Matamoros, Tamaulipas
EDICTO
Terceros interesados Blanca Aurora Beltri Coria y Juan Francisco Caballero de la Rosa, por este
conducto se les comunica que Yessica Anamidia García Dávalos, promovió demanda de amparo, en el que
reclama la resolución de segunda instancia número veinte de dieciocho de febrero de dos mil quince y su
ejecución, derivados del toca civil 19/2015, deducido del juicio hipotecario número 500/2012, radicado ante el
Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, con sede en esta
ciudad, registrándose la misma bajo el número 248/2015-VIII; por lo que se les hace saber que se ordenó su
emplazamiento al presente juicio de amparo; asimismo, que deberán comparecer, si así conviniere a sus
intereses, ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 101
Tamaulipas, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, el cual se
publicará tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación en la República Mexicana; y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta
localidad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se les
realizarán por lista que se publica en este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 26, fracción III,
de la Ley de Amparo.
Matamoros, Tamaulipas, a 22 de septiembre de 2015.
El Juez de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas.
Lic. Francisco Javier Cavazos Argüelles.
Rúbrica.
La Secretaria.
Lic. María Dolores Camacho Díaz.
Rúbrica.
(R.- 420772)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
EDICTO
Al margen sello con Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de
la Federación.
En los autos del juicio de amparo directo 150/2015, promovido por ANDRÉS DE LA CRUZ CHÁVEZ,
contra la sentencia de siete de abril de dos mil nueve, dictada por la Primera Sala Colegiada Penal de Toluca
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 71/2009, se ordenó correr
traslado a la tercera interesada Inés Primero Flores, por medio de edictos, para que dentro del término de
treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal, en
defensa de sus intereses si así lo estiman conveniente; queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos
del Tribunal, copia simple de la demanda de amparo.
También se le apercibe para que en caso de no comparecer por sí o por medio de su representante legal,
dentro del término referido, se tendrá por hecho el emplazamiento y las ulteriores notificaciones se les harán
por lista que se fije en un lugar visible y de fácil acceso a este Tribunal.
Toluca, Estado de México, treinta de septiembre de dos mil quince.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materia Penal del Segundo Circuito.
Licenciada Rosalva Carranza Peña.
Rúbrica.
(R.- 420417)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado 2do. de Distrito
Villahermosa, Tabasco
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación, Juzgado Segundo de Distrito, Villahermosa, Tabasco, veintidós de septiembre de dos mil quince.
A: el tercero interesado Francisco Jiménez. En el juicio de amparo 1605/2013-III, promovido por Maday
Trinidad Álvarez Álvarez, se ordenó emplazar por edictos al tercero interesado, para que si a su interés
conviene, comparezca a ejercer los derechos que le corresponda en el juicio de amparo indirecto citado. En la
demanda respectiva se señaló como acto reclamado la resolución de veintidós de mayo de dos mil trece y sus
consecuencias legales, dictada en el recurso en revisión 116/2013, por el Instituto Tabasqueño de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, se señaló como autoridad responsable al citado instituto y
otra, y como preceptos constitucionales violados, los artículos 1, 6, 8, 14, 16, 17 y 33. Se hace del
conocimiento al tercero interesado que la audiencia constitucional se encuentra reservada.
Queda a su disposición copia de la demanda en la Secretaría de este Juzgado Segundo de Distrito por el
término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente a aquel que surta sus efectos la última
publicación de los edictos.
El Secretario
Juan Carlos Meza Ochoa.
Rúbrica.
(R.- 420943)
102 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito
en Coatzacoalcos, Veracruz
EDICTO
José Ramón Tamayo Reyes
(Tercero Interesado).
En cumplimiento al acuerdo de veintitrés de septiembre de dos mil quince, emitido en el juicio de amparo
273/2013-VI, promovido por Klemens Kalupar, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia, del Distrito
Judicial de Coatzacoalcos, en el que demandó como acto reclamado el auto de formal prisión de cuatro de
diciembre de dos mil doce, dictado en los autos de la causa penal 226/2012-IV, en contra del quejoso como
probable responsable del delito de fraude genérico, mismos que deberán ser publicados por tres veces y de
siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los periódicos de mayor
circulación que se edite en la República Mexicana; asimismo, se le hace saber, que deberá presentarse ante
este Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, residente en Coatzacoalcos, dentro del
término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos
(9 de noviembre de 2015), a defender sus derechos en el presente juicio de amparo.
Notifíquese.
Así lo proveyó y firma el licenciado Ángel Aristeo Granados González, Secretario del Juzgado
Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, Encargado del Despacho en funciones de Juez, por
licencia concedida al titular en el oficio CCJ/ST/3595/2015, de once de agosto de dos mil quince, suscrito
por el Secretario Técnico de Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en términos
del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, asistido del licenciado
Humberto Juárez Molina, Secretario que autoriza. DOY FE.
Atentamente
Coatzacoalcos, Veracruz, 23 de septiembre de 2015.
El Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito
en el Estado de Veracruz.
Lic. Humberto Juárez Molina.
Rúbrica.
(R.- 420326)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
DC-382/2015
“EDICTOS”
En los autos del juicio de amparo directo DC-382/2015, promovido por María Guadalupe Gómez
Cervantes, por su propio derecho, contra actos del Juez Vigésimo Tercero de lo Civil de Cuantía Menor del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y al desconocerse el domicilio del tercero interesado César
Guillermo Rodríguez Vega, se ha ordenado por auto de catorce de julio de dos mil quince, emplazarlo a juicio
por medio de Edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la
Federación, así como en el periódico de “El Sol de México”, en atención a lo dispuesto en el Artículo 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo tanto, queda a
disposición de dicho tercero interesado en la Secretaría de este Séptimo Tribunal Colegiado, copia simple de
la demanda y sus anexos y se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, los que se computarán
a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este
Tribunal Colegiado a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y, asimismo, señale domicilio para oír
y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún
las de carácter personal, se le harán por medio de la lista de acuerdos de este Tribunal.
Atentamente
México, Distrito Federal, trece de Octubre de 2015.
Secretaria de Acuerdos
Gloria Orta Herrera
Rúbrica.
(R.- 421289)
AVISO AL PÚBLICO
Se comunica que para la publicación de los estados financieros éstos deberán ser capturados en cualquier
procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 103
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,
con residencia en Tampico
EDICTO
A quien represente legalmente la sucesión de Celina Sobrevilla Ponce.
En cumplimiento al auto de once de septiembre de dos mil quince, dictado en el amparo indirecto 78/2015,
promovido por Pedro Escobar Maya, quien por escrito presentado el veintitrés de enero de dos mil quince,
solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia
del Ramo Penal, con sede en Ciudad Madero, Tamaulipas, que hizo consistir en: La negativa de la autoridad
responsable ordenadora, de dictar el auto o acuerdo correspondiente al cierre de instrucción, en los autos de
la causa penal 1246/2011, del índice del Juez responsable que se instruye contra el aquí quejoso por el delito
de lesiones. Por razón de turno correspondió conocer de la demanda a este Juzgado Décimo de Distrito en el
Estado de Tamaulipas, en esta ciudad; por auto de veintiséis de enero de dos mil quince, se admitió a trámite
la demanda de amparo. Por proveído de once de septiembre de dos mil quince, se señalaron las doce horas
del diecisiete de diciembre de dos mil quince, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace de
su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la
demanda de amparo y auto admisorio; deberá presentarse al juicio dentro del término de treinta días,
contados a partir de la última publicación de los edictos, apercibida que, si no comparece, se continuará el
juicio y por su incomparecencia se le hará las posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por
medio de lista que se publique en los estrados de este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta
del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento.
Atentamente.
Tampico, Tamaulipas, 11 de septiembre de 2015
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas.
Lic. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón.
Rúbrica.
Secretaria
Lic. Maribel Blanco Casanova.
Rúbrica.
(R.- 419802)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,
con residencia en Tampico
EDICTO
MARCOS SALAZAR MANCILLA.
En cumplimiento al auto de once de septiembre de dos mil quince, dictado en el amparo indirecto
751/2015, promovido por SALVADOR CRUZ AHUMADA, POR CONDUCTO DE SU DEFENSORA ROCIÓ
AHUMADA PUGA, quien por escrito presentado el ocho de mayo de dos mil quince, solicitó el amparo y la
protección de la Justicia Federal contra actos de la Sala Regional de la Zona Sur del Estado, con sede en
Altamira, Tamaulipas, que hizo consistir en: La resolución de veinte abril de dos mil quince, dentro del Toca
Penal 161/2015, mediante la cual confirmó el auto de bien preso emitido por el Juez Segundo Penal de
Primera Instancia, dentro de la causa penal 231/2010. Por razón de turno correspondió conocer de la
demanda a este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, en esta ciudad; por auto de once de
mayo de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de once de septiembre
de dos mil quince, se señalaron las diez horas del diecisiete de diciembre de dos mil quince, para la
celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado
de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio; deberá
presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los
edictos, apercibido que, si no comparece, se continuará el juicio y por su incomparecencia se le hará las
posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados de
este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el
tiempo del emplazamiento.
Atentamente.
Tampico, Tamaulipas, 11 de septiembre de 2015
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas.
Lic. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón.
Rúbrica.
Secretaria
Lic. Maribel Blanco Casanova.
Rúbrica.
(R.- 419810)
104 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias
Penal y Administrativa del Octavo Circuito,
con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza
EDICTO
Antonio Ortiz de la Cruz, Jorge Aarón Ortiz Solís,
Javier Alejandro Padilla Cruz.
(Terceros interesados)
En los autos del juicio de amparo directo número 340/2015 penal, promovido por el quejoso Juan Carlos
Luna Collazo, en contra de la sentencia de tres de diciembre de dos mil diez, dictada por la Sala Colegiada
Mixta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Durango, con residencia en Gómez Palacio; con fecha
quince de septiembre de dos mil quince, se dictó un auto en el cual se ordenó el emplazamiento de la
demanda de amparo directo, además de la notificación del auto admisorio de veintiuno de septiembre de la
anualidad en curso, a los diversos terceros interesados Antonio Ortiz de la Cruz, Jorge Aarón Ortiz Solís y
Javier Alejandro Padilla Cruz, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete
días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior por ser el de mayor circulación
nacional, haciéndole saber que deberá presentarse ante este Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y
Administrativa del Octavo Circuito, con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza, dentro del plazo de (30)
treinta días, contado a partir del día hábil siguiente de aquél en que surta sus efectos la última publicación de
los edictos referidos, haciéndoles de su conocimiento que si pasado este plazo, no comparecen por sí o por
conducto de apoderado que pueda representarles, se seguirá el trámite del juicio, haciéndosele las ulteriores
notificaciones por medio de lista; además, que obrará fijada en la puerta de este órgano constitucional, una
copia íntegra del presente edicto, por todo el tiempo del emplazamiento.
Torreón, Coahuila de Zaragoza a 22 de septiembre de 2015.
La Secretaria de Acuerdos.
Lic. Adriana Almazán Mendiola.
Rúbrica.
(R.- 420053)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del Octavo Circuito,
con sede en Torreón, Coahuila de Zaragoza
EDICTO
Vicente Herrera Chávez
(Tercero Interesado)
En los autos del juicio de amparo directo número 484/2015 laboral, interpuesto por el quejoso Heriberto
Gamboa Madrigal, por conducto de su apoderado legal, licenciado Antonio Palacio Ramírez, contra el laudo
de diez de febrero de la presente anualidad, dictado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con
residencia en esta ciudad; con fecha once se septiembre del año en curso, se dictó un auto en el cual se
ordena el emplazamiento de la demanda de amparo directo que nos ocupa, así como la notificación del auto
admisorio de fecha dieciséis de junio del año en que se actúa, al diverso tercero interesado Vicente Herrera
Chávez, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles, en el
Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior por ser el de mayor circulación nacional, haciéndole
saber que deberá presentarse ante este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del
Octavo Circuito, con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza, dentro del término de (30) treinta días,
contados a partir del día hábil siguiente de aquél en que surta sus efectos la última publicación de los referidos
edictos, haciéndole de su conocimiento que si pasado este término, no comparece por sí o a través de
apoderado o representante legal, se seguirá el trámite del juicio de amparo directo, haciéndosele las ulteriores
notificaciones por medio de lista; además, que obrará fijada en la puerta de este órgano constitucional, una
copia íntegra del presente edicto, por todo el tiempo del emplazamiento.
Torreón, Coahuila de Zaragoza, a 11 de Septiembre de 2015.
El Secretario de Acuerdos.
Lic. Héctor Espinoza Hernández.
Rúbrica.
(R.- 420057)
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado,
con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de
Distrito en el Estado de Chiapas.
Zoraida Guadalupe Guillén Arroyo. Tercera interesada en el lugar en que se encuentre.
En el juicio de amparo 885/2015, promovido por Martha Patricia Esponda Cáceres, apoderada legal de
Roberto Carlos Nájera Ventura, contra actos de la Junta Especial número Tres de la Local
de Conciliación y Arbitraje en el Estado, residente en esta ciudad y otra autoridad, radicado en este
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, sito en Palacio de Justicia Federal, Edificio “B”, Planta
Baja, Boulevard Ángel Albino Corzo, número 2641, Colonia Las Palmas, código postal 29049, Tuxtla
Gutiérrez, Chiapas, en el que se dictó el acuerdo de fecha cuatro de mayo de dos mil quince, mediante el cual
se ordenó emplazarle al presente juicio, en virtud de que se le ha señalado como tercera interesada y, como
se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres
veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación
en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 fracción III, inciso ), de la
Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley en cita;
haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente al de la
última publicación por sí o por su apoderado, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le
surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano
judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia
constitucional se encuentra prevista para las nueve horas del once de diciembre de dos mil quince. Fíjese
en la puerta de este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación.
Atentamente.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 28 de septiembre de 2015.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito
en el Estado de Chiapas.
José Luis Castro Coutiño.
Rúbrica.
(R.- 420940)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
de Amparo y Juicios Federales
en el Estado de Querétaro
Juicio de Amparo: 874/2015-IV
Quejoso: Francisco Javier Bosques Urquiza
Fecha de Publicación:
EMPLAZAMIENTO.
Tercera perjudicada.- Ricardo Luis Vera Rojas.
En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la radicación del juicio de amparo ventilado
bajo el expediente número 874/2015-IV, promovido por Francisco Javier Bosque Urquiza, contra actos del
Juez Octavo de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Querétaro, juicio en el cual, con
fundamento en lo dispuesto por la fracción III, inciso b) del artículo 5° de la Ley de Amparo, le recae el
carácter de tercero interesado, emplazándosele por este conducto para que en el plazo de treinta días
contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de amparo de
mérito, apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes
notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos
de este Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, quedando a su
disposición las copias simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, por tres veces consecutivas de siete en
siete días.
Asimismo, que la celebración de la audiencia constitucional se encuentra prevista para las once horas
con cinco minutos del uno de septiembre de dos mil quince.
Atentamente.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo
y Juicios Federales en el Estado de Querétaro.
Licenciado Ángel Michel Covarrubias.
Rúbrica.
(R.- 420945)
106 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
de Coahuila de Zaragoza
Juicio de Amparo Indirecto 523/2015
EDICTO
A LA PERSONA QUE REPRESENTE LOS DERECHOS DE LOS BIENES DE LA TERCERO
INTERESADA MARÍA DE LA SOLEDAD VALDÉS DÁVILA.
(Tercero interesada en el juicio de amparo indirecto 523/2015)
Presente.
Por medio del presente, a usted A LA PERSONA QUE REPRESENTE LOS DERECHOS DE LOS
BIENES DE LA TERCERO INTERESADA MARÍA DE LA SOLEDAD VALDÉS DÁVILA, se le da a conocer
que en los autos del juicio de amparo indirecto número 523/2015, promovido por Virgilio Ramírez Álvarez,
contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, residente en esta ciudad, por auto del veintiséis de
agosto del actual, se ordenó, como ahora se hace, emplazarla a juicio por edictos, en su carácter de tercero
interesada, mismos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN y en un periódico particular, ya sea el UNIVERSAL, REFORMA y/o EL NORTE, a fin de
hacerle del conocimiento sobre el acuerdo del veintiséis de mayo de dos mil quince, mediante el cual se
admitió la demanda de amparo promovida por el quejoso de referencia, contra actos de la referida autoridad
judicial, consistentes en esencia en lo siguiente: “la resolución del incidente de nulidad de actuaciones, dictado
con fecha 15 de mayo de 2015 y la resolución de fecha 9 de julio de dos mil catorce, mediante la cual se
declara prescrito la acción de ejecución por parte de la Junta de Conciliación y Arbitraje, toda vez que no se le
a notificado legalmente el laudo.” De igual modo, se le hace saber que deberá presentarse ante este Juzgado
Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila Zaragoza, con sede en Saltillo, dentro del término de
TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, y que en caso
de no comparecer, se seguirá el juicio por sus trámites legales, efectuándose las ulteriores notificaciones aún
las de carácter personal por lista de acuerdos que se fijará en los estrados de este Juzgado Federal. Además,
se le informa que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las ONCE HORAS CON
CINCUENTA MINUTOS DEL VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, y que la copia simple
de la demanda de amparo queda a su disposición en la Secretaría del Juzgado de Distrito. Lo anterior, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio a la
Ley de Amparo.
Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a dos de septiembre de dos mil quince.
Juez Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila
Héctor Alejandro Treviño de la Garza
Rúbrica.
(R.- 420942)
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
DIRECTORIO
Conmutador: 50 93 32 00
Coordinación de Inserciones: Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081
Coordinación de Avisos y Licitaciones Ext. 35084
Subdirección de Producción: Ext. 35007
Venta de ejemplares y Suscripciones: Exts. 35003 y 35008
Servicios al público e informática Ext. 35012
Domicilio: Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc, México, D.F.
C.P. 06500
México, D.F.
Horarios de Atención
Inserciones en el Diario Oficial de la Federación: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas
Venta de ejemplares: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 107
AVISOS GENERALES
“BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES”, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA
De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos Sociales, y en los artículos 172, 181, 183 y 184 de la
Ley General de Sociedades Mercantiles se CONVOCA a los accionistas de “BECH, INDUSTRIAL
TECHNOLOGIES”, S.A. DE C.V. a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse en Primera Convocatoria el
día 18 de noviembre de 2015 a las 18:45 horas en el domicilio ubicado en las calles de Montecito 38, piso 17,
oficina 15, colonia Nápoles, delegación Benito Juárez C.P. 03810, México, D.F., la cual se desarrollará
atendiendo a la siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Suscripción de acciones y pago del aumento de capital conforme a lo dispuesto en la Asamblea
General Ordinaria de Accionistas de fecha 13 de octubre del año 2015 .
2.- Discusión y en su caso aprobación de las acciones legales formuladas en contra del señor Isaias
Hernández Nava por haberse abstenido de rendir cuentas a la Asamblea de Accionistas por los ejercicios
sociales de los periodos de 2012, 2013, 2014 y parcial al día 30 de abril del año 2015.
3.- Revocación de poderes.
4.- Asuntos Generales.
México, D.F. a 27 de septiembre del año 2015
Presidente del Consejo de Administración
Felipe Acosta Núñez
Rúbrica.
(R.- 421564)
JCM PUEBLA SOLAR CORP, S.A.P.I. DE C.V.
CONVOCATORIA
Con fundamento en los artículos 183, 184, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, 16 de
la Ley del Mercado de Valores así como por las cláusulas Décima Quinta y Décima Sexta de los estatutos
sociales de JCM PUEBLA SOLAR CORP, S.A.P.I DE C.V., convoco a sus accionistas a la Asamblea General
Extraordinaria de Accionistas que se celebrará a las 11:00 horas del 27 de noviembre de 2015, en el domicilio
social de la Sociedad, en las oficinas ubicadas en Campos Elíseos No. 385-B, 5° piso, Colonia Chapultepec
Polanco, Código Postal 11560, en México, Distrito Federal, para tratar y resolver los asuntos que se contienen
en el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.- Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación para realizar una reforma a los estatutos sociales de la
Sociedad integrando ciertas disposiciones del Convenio Unánime de Accionistas y su respectivo Convenio
Modificatorio.
2.- Designación de quienes habrán de fungir como miembros propietarios del Consejo de Administración y
Comisario de la Sociedad a partir de la fecha de la Asamblea que por la presente se convoca. Revocación
de poderes.
3.- Designación de delegados que den cumplimiento y formalicen las resoluciones adoptadas por
la Asamblea.
Para tener derecho a ser admitidos, participar y votar en la Asamblea que por la presente se convoca, los
accionistas deberán: 1) aparecer inscritos como tales en el Libro de Registro de Acciones que JCM Puebla
Solar Corp, S.A.P.I. de C.V. lleva en términos del artículo 128 de la Ley General de Sociedades Mercantiles,
conforme a lo dispuesto por la cláusula Novena de los estatutos sociales de la Sociedad; y 2) obtener en las
oficinas ubicadas en Campos Elíseos 385 B, 5º piso, Colonia Chapultepec Polanco, 11560, en México, Distrito
Federal, a más tardar el 25 de noviembre de 2015, Tarjeta de Admisión a la Asamblea que por la presente se
convoca, expedida a la persona que acredite ser accionista, conforme a lo dispuesto por la cláusula Décimo
Sexta de los estatutos sociales de la Sociedad.
México, Distrito Federal, a 30 de octubre de 2015.
Presidente del Consejo de Administración.
Michael John Bruce Strait
Rúbrica.
(R.- 421539)
108 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
INMOBILIARIA BALAND, S. A.
CONVOCATORIA
De conformidad con lo establecido en las cláusulas vigésima primera y vigésima quinta de los estatutos
sociales y el artículo 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el suscrito administrador único de la
sociedad, convoca a los señores accionistas de INMOBILIARIA BALAND, S. A. a una ASAMBLEA GENERAL
ORDINARIA, que tendrá verificativo a las nueve horas con treinta minutos del día dieciséis de noviembre del
año en curso en el siguiente domicilio: el despacho 403 de la avenida Insurgentes Sur número 1657
en la colonia Guadalupe Inn, delegación Álvaro Obregón, código postal 01020 de esta ciudad capital,
bajo la siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Declaración de estar instalada la asamblea.
2.- Discusión aprobación o modificación, en su caso, del informe anual a que se refiere el enunciado
general del artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles respecto de las operaciones realizadas
por la sociedad durante los ejercicios sociales terminados el treinta y uno de diciembre de los años 2008,
2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, tomando en cuenta el informe del Comisario.
3.- En su caso, designación o ratificación del Administrador Único, Comisario y demás funcionarios
de la sociedad.
4.- Determinación de la remuneración del Administrador y Comisario de la sociedad.
5.- Designación de delegados que formalicen las resoluciones que se adopten.
6.- Levantamiento y aprobación del acta respectiva.
De conformidad con lo establecido por el artículo 173 de la Ley General de Sociedades Mercantiles queda
a la disposición de los señores accionistas en el domicilio de la sociedad, los informes a que se refiere el
enunciado general del artículo 172 de la citada ley, incluyendo el informe del Comisario.
México, D.F. a 22 de octubre del año 2015.
El Administrador Único
Lic. César Balcazar Victoria
Rúbrica.
(R.- 421562)
“BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES” S.A. DE C.V.
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V.
FELIPE ACOSTA NUÑEZ, en mi carácter de Presidente del Consejo de Administración de la sociedad
BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V. y en cumplimiento a los acuerdos tomados en la
Asamblea General Ordinaria de Accionistas de esta sociedad, de fecha 13 de octubre del año en curso, en
este acto les notifico el acuerdo de la emisión de 1,000 (un mil) nuevas acciones nominativas por un valor
cada una de ellas de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) y como consecuencia de ello el aumento del
Capital Social en su parte variable, por lo tanto, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles y por el artículo Octavo del Estatuto Social, se les concede el término de
QUINCE DIAS naturales siguientes a la fecha de notificación de la presente, para que exhiban exclusivamente
ante la Tesorería de la sociedad, ubicada en el domicilio ubicado en las calles de Montecito número 38
Piso 31, oficina 26, en la colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, en México Distrito Federal,
en un horario entre las 9:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes, cheque certificado o de caja, a nombre de
BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V., por el importe que corresponda al porcentaje de su
participación accionaria, debiendo anexar al mismo su certificado de participación accionaria correspondiente,
para la emisión del nuevo certificado.
En caso de que dentro del término concedido para hacer valer su derecho del tanto, no sea exhibido ante
la Tesorería de la sociedad el Cheque de Caja o Certificado (el cual deberá ser cobrado efectivamente) y su
certificado de participación accionaria, se entenderá por no ejercitado el mismo y se procederá en su caso
conforme a los acuerdos de la asamblea de mérito.
México, D.F. a 24 de octubre de 2015
Bech, Industrial Technologies S.A. de C.V.
Presidente del Consejo de Administración
Felipe Acosta Núñez
Rúbrica.
(R.- 421565)
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 109
ASOCIACION NACIONAL DE INTERPRETES, S.G.C. DE I. P.
(A.N.D.I.)
CANCELACIÓN DE PRIMERA CONVOCATORIA
POR MEDIO DE LA PRESENTE, EL CONSEJO DIRECTIVO INFORMA A TODOS SUS APRECIABLES
SOCIOS QUE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR SE CANCELA LA PRIMERA CONVOCATORIA A
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS CONVOCADA PARA EL PROXIMO DÍA 3 DE NOVIEMBRE
DEL PRESENTE AÑO, POR LO QUE NO SE LLEVARÁ A CABO.
Atentamente
México, D.F., a 2 de noviembre de 2015
A.N.D.I. S.G.C. de I.P.
Presidente del Consejo Directivo
Mario Casillas
Rúbrica.
(R.- 421547)
CENTRO INTEGRAL DE NEGOCIOS
VANGUARDIA S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México, D.F., a 19 de Octubre de 2015
Liquidador
Esperanza Llano El Cid
Rúbrica.
(R.- 420927)
DANAMIS SOLUCIONES SUSTENTABLES
S DE R.L DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México, D.F., a 19 de Octubre de 2015
Liquidador
Esperanza Llano El Cid
Rúbrica.
(R.- 420929)
MRS MODEL MANAGEMENT SC
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México, D.F., a 19 de Octubre de 2015
Liquidador
Esperanza Llano El Cid
Rúbrica.
(R.- 420931)
WALFARE SERVICIOS PARA LA SALUD, S.C.P.
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México, D.F., a 19 de Octubre de 2015
Liquidador
Esperanza Llano El Cid
Rúbrica.
(R.- 420932)
TOGETHER IN SERVICES S. DE R.L. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México, D.F., a 19 de Octubre de 2015
Liquidador
Esperanza Llano El Cid
Rúbrica.
(R.- 420934)
AUDITUM ESPECIALISTAS Y CONSULTORES
JURIDICOS SC
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México, D.F., a 19 de Octubre de 2015
Liquidador
Esperanza Llano El Cid
Rúbrica.
(R.- 420935)
110 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
INDICE
PRIMERA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de granizada severa y lluvia severa los días 20
y 21 de octubre del 2015, en 1 Municipio del Estado de Chihuahua ................................................ 2
Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial
y pluvial del 16 al 21 de octubre de 2015, en 52 municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de
la Llave ............................................................................................................................................. 3
Declaratoria de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de
octubre de 2015, en los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas .................... 4
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago
electrónicos ...................................................................................................................................... 5
Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin
de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 .......................................................................... 7
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, Región Hidrológico-
Administrativa Golfo Norte ................................................................................................................ 10
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, Región
Hidrológico-Administrativa Golfo Norte ............................................................................................. 18
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-
Administrativa Golfo Norte ................................................................................................................ 28
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, Región
Hidrológico-Administrativa-Noroeste ................................................................................................ 38
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, Región
Hidrológico Administrativa Noroeste ................................................................................................. 45
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 111
SECRETARIA DE ECONOMIA
Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015,
NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-169-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015,
NMX-J-565/2-12-ANCE-2015, NMX-J-597/1-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE-2015 y
NMX-J-673/23-ANCE-2015 ................................................................................................................... 52
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Acuerdo de Coordinación Específico para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa
Hábitat, Vertientes General e Intervenciones Preventivas, correspondiente al ejercicio fiscal 2015,
que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Municipio de
Cuauhtémoc, Chihuahua .................................................................................................................. 63
Resolución que declara como terreno nacional el predio La Merced Fracción, expediente 830682,
Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ....................................................................................... 72
Resolución que declara como terreno nacional el predio Laguna de San Caralampio, expediente
830683, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ......................................................................... 73
Resolución que declara como terreno nacional el predio Las Peras, expediente 830684, Municipio
de Amatenango del Valle, Chis. ....................................................................................................... 75
Resolución que declara como terreno nacional el predio San Antonio, expediente 830687,
Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ....................................................................................... 76
Resolución que declara como terreno nacional el predio Parcela 66, expediente 740763,
Municipio de Huixtán, Chis. .............................................................................................................. 78
Resolución que declara como terreno nacional el predio Parcela 52, expediente 740764,
Municipio de Huixtán, Chis. .............................................................................................................. 79
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Barreño Fracción 6,
con una superficie aproximada de 12-18-87.533 hectáreas, Municipio de Satevó, Chih. ................ 81
COMISION REGULADORA DE ENERGIA
Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica el calendario de las bases de la
licitación pública internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento del primer
permiso de distribución de gas natural para la zona geográfica de Morelia ..................................... 82
112 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Acuerdo General número 19/2015, de veintiséis de octubre de dos mil quince, del Pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se dispone el aplazamiento del dictado
de la Resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de
Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo
Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago
de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la Educación Media Superior y la Superior
-Principios de Gratuidad en la Educación y Autonomía Universitaria- .............................................. 83
______________________________
COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones generales y políticas de recursos humanos de la
Comisión Federal de Competencia Económica ................................................................................ 85
AVISOS
Judiciales y generales ...................................................................................................................... 99
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE SALUD
Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el
fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la
Secretaría de Salud y el Gobierno del Distrito Federal ..................................................................... 1
Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el
fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la
Secretaría de Salud y el Estado de Guanajuato ............................................................................... 42
Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el
fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la
Secretaría de Salud y el Estado de Hidalgo ..................................................................................... 86
__________________ ● __________________
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación
Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx
Impreso en Talleres Gráficos de México-México
*021115-17.00* Esta edición consta de dos secciones
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE SALUD
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento
de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Gobierno del
Distrito Federal.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA
EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 1 DE
ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN
DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA
VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA
DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL
DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES;
LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA
PARTE, EL EJECUTIVO DEL DISTRITO FEDERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO
DEL DF”, REPRESENTADO POR EL DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO
FEDERAL Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL CON LA
PARTICIPACIÓN DE EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL,
CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “EL EJECUTIVO DEL DF”, celebraron el
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL
FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS,
con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales e insumos federales a “EL EJECUTIVO
DEL DF”, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 y 13,
apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a “EL EJECUTIVO DEL DF”, la adecuada
instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la
Salud, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO
PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y
en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO DEL DF”.
III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el
que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de
Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el
cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha
modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar
adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión
Nacional contra las Adicciones.
2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades
administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo
sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se
adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los
numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera,
Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO
PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o
insumos federales ministrados a “EL EJECUTIVO DEL DF”.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara:
I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. “EL EJECUTIVO DEL DF”, por medio de su representante, declara:
II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
III. Las partes declaran conjuntamente:
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente
instrumento.
III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los
términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3
del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así
como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
…
I. DECLARA ”LA SECRETARÍA”:
…
2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le
corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción
de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de
ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas
por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad
de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los
secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que
se contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros
nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47
del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el
presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que
en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
….
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3
PRIMERA.- …
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
(Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la Salud y Determinantes
Sociales
P 014 7,764,817.00 0.00 7,764,817.00
2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 9,000,000.00 0.00 9,000,000.00
Subtotal: 16,764,817.00 0.00 16,764,817.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica
U 009 5,540,105.00 0.00 5,540,105.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por
Laboratorio)
U 009 5,000,000.00 0.00 5,000,000.00
Subtotal: 10,540,105.00 0.00 10,540,105.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental P 014 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 0.00 0.00 0.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial P 014 2,630,000.00 0.00 2,630,000.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos
Vulnerables
P 014 500,000.00 0.00 500,000.00
Subtotal: 3,130,000.00 0.00 3,130,000.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer de la
Mujer
P 017 5,068,656.36 0.00 5,068,656.36
2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 11,320,932.67 0.00 11,320,932.67
3 Salud Sexual y Reproductiva para
Adolescentes
P 017 2,879,925.75 0.00 2,879,925.75
4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 4,191,414.00 0.00 4,191,414.00
5 Prevención y Atención de la Violencia
Familiar y de Género
P 017 9,839,116.00 1,200,878.52 11,039,994.52
6 Igualdad de Género en Salud P 017 48,000.00 1,772.10 49,772.10
Subtotal: 33,348,044.78 1,202,650.62 34,550,695.40
4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 21,499.04 138,782.00 160,281.04
2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros
Vectores
P 014 4,017,450.11 0.00 4,017,450.11
5 Prevención y Control del Paludismo U 009 198,669.00 0.00 198,669.00
6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad de
Chagas
U 009 0.00 0.00 0.00
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación por
Picadura de Alacrán
P 014 0.00 0.00 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 4,627,394.00 0.00 4,627,394.00
11 Prevención y Control de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
U 008 7,625,650.00 0.00 7,625,650.00
12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los
Problemas de Salud Bucal
P 014 57,955.50 0.00 57,955.50
14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 331,050.00 196,507.00 527,557.00
15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y
Desastres
U 009 500,000.00 0.00 500,000.00
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
U 009 250,000.00 0.00 250,000.00
Subtotal: 17,629,667.65 335,289.00 17,964,956.65
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70
Subtotal: 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación Universal E 036 4,252,165.00 91,390,925.52 95,643,090.52
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 521,328.00 0.00 521,328.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 393,008.00 0.00 393,008.00
Subtotal: 5,166,501.00 91,390,925.52 96,557,426.52
Total de recursos federales a ministrar a
"EL EJECUTIVO DEL DF"
95,463,819.93 94,821,254.34 190,285,074.27
…
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5
SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA” ministrará a “EL EJECUTIVO DEL DF” recursos federales hasta por la cantidad de
$190,285,074.27 (ciento noventa millones doscientos ochenta y cinco mil setenta y cuatro pesos 27/100 M.N.),
con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan
“LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales por un monto de $95,463,819.93 (noventa y cinco millones
cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos diecinueve pesos 93/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de
Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para
tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma
determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se
ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas de
“EL EJECUTIVO DEL DF”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los rendimientos
financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que
“LA SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas de
conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 28
de Febrero de 2013.
Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud
y/o Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO DEL DF”
definidos como insumos federales, por un monto total de $94,821,254.34 (noventa y cuatro millones
ochocientos veintiún mil doscientos cincuenta y cuatro pesos 34/100 M.N.) serán entregados directamente a la
Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, y serán aplicados, de manera
exclusiva, en “LOS PROGRAMAS” señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
…
CUARTA.- APLICACIÓN.- …
…
…
…
Para las contrataciones de personal que realice “EL EJECUTIVO DEL DF”, a partir del 1 de abril del 2015,
con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio
Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de
personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE.
…
SEXTA.- …
…
VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados
responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través
del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la
terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos
respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del
avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el
cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de
este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a
cabo de conformidad con este instrumento.
6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos
para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información
específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología,
los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud
de la Infancia y la Adolescencia.
…
XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de
“LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la
asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones
generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos
Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de
Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades;
para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con
cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud
Pública del Distrito Federal de “EL EJECUTIVO DEL DF”, de acuerdo con lo que para tal efecto se
señale en el “SIAFFASPE”.
…
ANEXO 1
DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS
PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE
CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL EJECUTIVO DEL DISTRITO
FEDERAL POR CONDUCTO DE “EL EJECUTIVO DEL DF”.
…
1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud
3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología
4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud
Mental
5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la
Prevención de Accidentes
6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de
Género y Salud Reproductiva
7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades
8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la
Prevención y el Control del VIH/SIDA
9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de
la Infancia y la Adolescencia
…
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)7
ANEXO 2
Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Promoción de
la Salud y
Determinantes
Sociales
7,764,817.00 0.00 7,764,817.00 24,140,335.50 0.00 0.00 24,140,335.50 0.00 0.00 0.00 31,905,152.50
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y
Actividad Física
9,000,000.00 0.00 9,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9,000,000.00
TOTALES 16,764,817.00 0.00 16,764,817.00 24,140,335.50 0.00 0.00 24,140,335.50 0.00 0.00 0.00 40,905,152.50
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Sistema
Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
5,540,105.00 0.00 5,540,105.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,540,105.00
2 SINAVE
(Componente
de Vigilancia
por Laboratorio)
5,000,000.00 0.00 5,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,000,000.00
TOTALES 10,540,105.00 0.00 10,540,105.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 10,540,105.00
8(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Salud Mental 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50
TOTALES 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Seguridad Vial 2,630,000.00 0.00 2,630,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,630,000.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos
Vulnerables
500,000.00 0.00 500,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 500,000.00
TOTALES 3,130,000.00 0.00 3,130,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,130,000.00
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)9
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y
Control del
Cáncer de la
Mujer
0.00 5,068,656.36 5,068,656.36 78,453,940.00 0.00 0.00 78,453,940.00 0.00 0.00 0.00 83,522,596.36
2 Salud Materna
y Perinatal
0.00 11,320,932.67 11,320,932.67 44,157,306.50 0.00 19,313,784.00 63,471,090.50 0.00 0.00 0.00 74,792,023.17
3 Salud Sexual y
Reproductiva
para
Adolescentes
2,223,535.25 656,390.50 2,879,925.75 9,421,400.00 0.00 0.00 9,421,400.00 0.00 0.00 0.00 12,301,325.75
4 Planificación
Familiar y
Anticoncepción
2,477,616.00 1,713,798.00 4,191,414.00 23,216,464.00 37,031,640.49 0.00 60,248,104.49 0.00 0.00 0.00 64,439,518.49
5 Prevención y
Atención de la
Violencia
Familiar y de
Género
700,443.00 9,138,673.00 9,839,116.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9,839,116.00
6 Igualdad de
Género en
Salud
48,000.00 0.00 48,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 48,000.00
TOTALES 5,449,594.25 27,898,450.53 33,348,044.78 155,249,110.50 37,031,640.49 19,313,784.00 211,594,534.99 0.00 0.00 0.00 244,942,579.77
10(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No.
PROGRAMA DE
ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y Control
de la Rabia Humana
21,499.04 0.00 21,499.04 3,574,145.00 0.00 0.00 3,574,145.00 0.00 0.00 0.00 3,595,644.04
2 Prevención y Control
de la Brucelosis
0.00 0.00 0.00 8,232.28 0.00 0.00 8,232.28 0.00 0.00 0.00 8,232.28
3 Prevención y Control
de la Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control
de Dengue y Otros
Vectores
4,017,450.11 0.00 4,017,450.11 2,782.32 0.00 0.00 2,782.32 0.00 0.00 0.00 4,020,232.43
5 Prevención y Control
del Paludismo
198,669.00 0.00 198,669.00 5,318.40 0.00 0.00 5,318.40 0.00 0.00 0.00 203,987.40
6 Eliminación de la
Oncocercosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control
de la Enfermedad de
Chagas
0.00 0.00 0.00 1,775,556.50 0.00 0.00 1,775,556.50 0.00 0.00 0.00 1,775,556.50
8 Prevención y Control
de las Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control
de la Intoxicación por
Picadura de Alacrán
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
10 Prevención y Control
de la Diabetes
1,091,000.00 3,536,394.00 4,627,394.00 38,278,960.00 0.00 1,997,802.00 40,276,762.00 0.00 0.00 0.00 44,904,156.00
11 Prevención y Control
de la Obesidad y
Riesgo
Cardiovascular
2,016,000.00 5,609,650.00 7,625,650.00 11,582,662.50 0.00 150,408.00 11,733,070.50 0.00 0.00 0.00 19,358,720.50
12 Atención del
Envejecimiento
0.00 0.00 0.00 4,014,316.08 0.00 0.00 4,014,316.08 0.00 0.00 0.00 4,014,316.08
13 Prevención,
Detección y Control
de los Problemas de
Salud Bucal
57,955.50 0.00 57,955.50 52,787,147.94 0.00 0.00 52,787,147.94 0.00 0.00 0.00 52,845,103.44
14 Prevención y Control
de la Tuberculosis
331,050.00 0.00 331,050.00 1,178,369.32 0.00 0.00 1,178,369.32 0.00 0.00 0.00 1,509,419.32
15 Eliminación de la
Lepra
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
16 Atención de
Urgencias
Epidemiológicas y
Desastres
500,000.00 0.00 500,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 500,000.00
17 Prevención de
Enfermedades
Diarreicas Agudas y
Cólera
0.00 250,000.00 250,000.00 531,709.02 0.00 0.00 531,709.02 0.00 0.00 0.00 781,709.02
TOTALES 8,233,623.65 9,396,044.00 17,629,667.65 113,739,199.36 0.00 2,148,210.00 115,887,409.36 0.00 0.00 0.00 133,517,077.01
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)11
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Respuesta al
VIH/SIDA e ITS
1,645,690.00 7,238,994.50 8,884,684.50 2,846,455.00 0.00 0.00 2,846,455.00 379,822,672.28 55,252,692.00 435,075,364.28 446,806,503.78
TOTALES 1,645,690.00 7,238,994.50 8,884,684.50 2,846,455.00 0.00 0.00 2,846,455.00 379,822,672.28 55,252,692.00 435,075,364.28 446,806,503.78
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Vacunación
Universal
0.00 4,252,165.00 4,252,165.00 31,724,113.00 102,186,381.48 0.00 133,910,494.48 0.00 0.00 0.00 138,162,659.48
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 521,328.00 521,328.00 22,757,500.00 0.00 163,080.00 22,920,580.00 0.00 0.00 0.00 23,441,908.00
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 393,008.00 393,008.00 122,400.00 0.00 0.00 122,400.00 0.00 0.00 0.00 515,408.00
TOTALES 0.00 5,166,501.00 5,166,501.00 54,604,013.00 102,186,381.48 163,080.00 156,953,474.48 0.00 0.00 0.00 162,119,975.48
12(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
Gran Total
No.
TODOS LOS
PROGRAMAS
DE ACCIÓN
ESPECÍFICOS
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
TOTAL 45,763,829.90 49,699,990.03 95,463,819.93 362,814,634.86 139,218,021.97 21,625,074.00 523,657,730.83 379,822,672.28 55,252,692.00 435,075,364.28 1,054,196,915.04
NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de
financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12.
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
RAMO 12
No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS SMS XXI INSUMOS TOTAL
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
2 Salud Materna y Perinatal 0.00 0.00 0.00
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13
ANEXO 3
Calendario de Ministraciones
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales
Febrero 4,764,817.00
Mayo 3,000,000.00
Subtotal 7,764,817.00
2 Entornos y Comunidades Saludables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Alimentación y Actividad Física
Febrero 3,000,000.00
Mayo 6,000,000.00
Subtotal 9,000,000.00
Total 16,764,817.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Febrero 5,540,105.00
Subtotal 5,540,105.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio)
Febrero 0.00
Mayo 5,000,000.00
Subtotal 5,000,000.00
Total 10,540,105.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Salud Mental
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
Total 0.00
14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Seguridad Vial
Febrero 2,600,000.00
Mayo 30,000.00
Subtotal 2,630,000.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
Febrero 200,000.00
Mayo 300,000.00
Subtotal 500,000.00
Total 3,130,000.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer
Febrero 4,869,598.36
Mayo 199,058.00
Subtotal 5,068,656.36
2 Salud Materna y Perinatal
Febrero 8,729,547.00
Abril 2,458,565.91
Marzo 132,819.76
Subtotal 11,320,932.67
3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes
Febrero 2,665,868.88
Mayo 214,056.87
Subtotal 2,879,925.75
4 Planificación Familiar y Anticoncepción
Febrero 3,646,250.56
Mayo 545,163.44
Subtotal 4,191,414.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15
5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género
Febrero 9,839,116.00
Subtotal 9,839,116.00
6 Igualdad de Género en Salud
Febrero 0.00
Junio 48,000.00
Subtotal 48,000.00
Total 33,348,044.78
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control de la Rabia Humana
Febrero 17,525.08
Marzo 3,973.96
Subtotal 21,499.04
2 Prevención y Control de la Brucelosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores
Febrero 4,017,450.11
Subtotal 4,017,450.11
5 Prevención y Control del Paludismo
Febrero 198,669.00
Subtotal 198,669.00
6 Eliminación de la Oncocercosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes
Febrero 4,627,394.00
Subtotal 4,627,394.00
11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular
Febrero 5,456,752.68
Marzo 2,168,897.32
Subtotal 7,625,650.00
12 Atención del Envejecimiento
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal
Febrero 54,760.95
Marzo 3,194.55
Subtotal 57,955.50
14 Prevención y Control de la Tuberculosis
Febrero 261,437.10
Marzo 69,612.90
Subtotal 331,050.00
15 Eliminación de la Lepra
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres
Febrero 500,000.00
Subtotal 500,000.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera
Febrero 250,000.00
Subtotal 250,000.00
Total 17,629,667.65
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS
Febrero 1,400,000.00
Abril 245,690.00
Junio 7,238,994.50
Subtotal 8,884,684.50
Total 8,884,684.50
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Vacunación Universal
Febrero 1,323,675.66
Abril 2,928,489.34
Subtotal 4,252,165.00
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia
Febrero 410,006.96
Abril 111,321.04
Subtotal 521,328.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia
Febrero 359,714.94
Abril 33,293.06
Subtotal 393,008.00
Total 5,166,501.00
Gran total 95,463,819.93
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se
indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración
del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
18(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
ANEXO 4
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.3.1 Componente Número de ferias de la salud dirigidas
a migrantes en los sitios de origen,
tránsito, destino y retorno realizadas
Número de ferias de la salud
dirigidas a migrantes en los sitios
de origen, tránsito, destino y
retorno programadas
320 Porcentaje de ferias de
promoción de la salud dirigidas a
migrantes en los sitios de origen,
tránsito, destino y retorno.
10
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.4.1 Actividad Número de ferias interculturales
realizadas en municipios indígenas
Número de ferias interculturales
programadas en municipios
indígenas
24 Porcentaje de ferias de la salud
interculturales desarrolladas en
municipios indígenas
1
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas de
nivel básico y medio superior validadas
como Promotoras de la Salud
Meta programada de escuelas
validadas como Promotoras de la
Salud
12,275 Porcentaje de escuelas validadas
como promotoras de la salud
236
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.1.1 Componente Número de eventos de capacitación en
promoción de la salud para personal
de salud
Número de eventos de
capacitación en promoción de la
salud para personal de salud
programados
292 Porcentaje de cursos de
capacitación y actualización
dirigidos al personal de
promoción de la salud estatal,
jurisdiccional y local
20
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.2.1 Componente Número de talleres para población
general realizados
2 talleres por unidad de primer nivel
por 10 meses
264,800 Porcentaje de talleres
comunitarios para la promoción
de la salud, dirigidos a la
población general
9,080
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
4.1.1 Componente Número de materiales educativos con
enfoque de mercadotecnia social en
salud realizados
Número de materiales educativos
con enfoque de mercadotecnia
social en salud programados
256 Porcentaje de materiales
educativos elaborados con
enfoque de mercadotecnia social
en salud
88
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
5.1.1 Componente Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones
programadas
1,043 Porcentaje de visitas y acciones
de supervisión integral y
evaluación realizadas
880
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la
población usuaria de los servicios
estatales de salud, presenta la Cartilla
Nacional de Salud
Total de consultas otorgadas a la
población usuaria de los Servicios
Estatales de Salud
54 Porcentaje de consultas en las
que la población usuaria de los
servicios estatales de salud,
presenta la Cartilla Nacional de
Salud
20
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)19
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
7.1.1 Componente Número de entidades federativas con
grupos intersectorial estatal de
promoción de la salud
Número de entidades federativas
existentes en el país
6 Porcentaje de entidades
federativas con grupo
intersectorial estatal de
promoción de la salud y
determinantes sociales
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.1.1 Actividad Curso-taller para procuradoras(es) de
salud realizados
Curso-taller para agentes de salud
programados
5,000 Porcentaje de cursos-taller para
agentes de salud
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.2.1 Actividad Número de municipios a los que se
otorgó capacitación a su personal en el
año
Número total de municipios en el
año
849 Porcentaje de municipios a los
que se le otorgó capacitación de
Promoción de la Salud a su
personal.
16
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación
para personal de promoción de la
salud realizados
Número de eventos de
capacitación para personal de
promoción de la salud
programados
32 Porcentaje de eventos de
capacitación para personal de
promoción de la salud
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.1.1 Actividad Número de informes de trabajo
intersectorial realizados en las
jurisdicciones sanitarias
Número de informes de trabajo
intersectorial programados en las
jurisdicciones sanitarias
240 Porcentaje de informes de trabajo
y planeación intersectorial en las
jurisdicciones sanitarias
16
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y ejecución
de acciones de los comités estatales
de comunidades saludables realizadas
Reuniones de planeación y
ejecución de acciones de los
comités estatales de comunidades
saludables programadas
64 Porcentaje de reuniones de
planeación y ejecución de
acciones de los comités estatales
de comunidades saludables
2
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.4.1 Actividad Número de comunidades acreditadas
como saludables
Número de comunidades
programadas para acreditar como
saludables
1,500 Porcentaje de comunidades
acreditadas como saludables
16
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.5.1 Actividad Número de espacios públicos
acreditados como saludables
Número de espacios públicos
programados para acreditar como
saludables
800 Porcentaje de espacios públicos
acreditados como saludables
16
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.1.1 Componente Número de municipios activos en el
año
Número total de municipios en el
año
1,137 Porcentaje de municipios activos 2
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.2.1 Componente Número de municipios asesorados
para la elaboración de proyectos
municipales
Número de municipios
programados para asesoría en la
elaboración de proyectos de
promoción de la salud
400 Porcentaje de municipios
asesorados en la elaboración
proyectos municipales de
promoción de la salud
5
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.4.1 Actividad Número de promotores de la salud
capacitados en alimentación correcta a
niños menores de cinco años, mujeres
embarazadas y mujeres en lactancia
de los municipios que participan en la
cruzada contra el hambre
Número total de promotores de la
salud de los municipios que
participan en la cruzada contra el
hambre
900 Porcentaje de promotores de la
salud capacitados en
alimentación correcta a menores
de cinco años, mujeres
embarazadas y mujeres en
periodo de lactancia
9
20(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.5.1 Actividad Número de ferias de promoción de la
salud para prevención de la violencia
realizadas
Número de ferias de promoción de
la salud para prevención de la
violencia programadas
150 Porcentaje de ferias integrales de
promoción de la salud para la
prevención de la violencia en
espacios públicos
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.6.1 Actividad Número de eventos locales realizados
que favorezcan la alimentación
correcta y la activación física
Número de eventos locales
programados que favorezcan la
alimentación correcta y la
activación física
100 Porcentaje de eventos locales
que favorezcan la alimentación
correcta y la activación física
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.7.1 Actividad Número de municipios que realizan
acciones de comunicación educativa
sobre los efectos del cambio climático
en la salud
Número de municipios
programados para realizar
acciones de comunicación
educativa sobre los efectos del
cambio climático en la salud
1,000 Porcentaje de municipios con
acciones de comunicación
educativa sobre los efectos del
cambio climático en la salud
16
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.8.1 Actividad Número de reuniones con presidentes
municipales realizadas
Número de reuniones con
presidentes municipales
programadas
32 Porcentaje de reuniones con
presidentes municipales
4
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.9.1 Actividad Número de municipios certificados
como promotores de la salud en el año
Número total de municipios en el
año
420 Porcentaje de municipios
certificados como promotores de
la salud
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.1.1 Actividad Número de jurisdicciones que cuentan
con los formatos de registro de las
intervenciones del programa
Número total de jurisdicciones en la
entidad
240 Cobertura de jurisdicciones
sanitarias que cuentan con los
formatos y la información sobre
los mecanismos para el correcto
registro de las actividades
16
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión al
programa realizadas en el año
Número de visitas de supervisión
programadas en el año
180 Porcentaje de visitas de
supervisión al programa
4
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.2.2 Actividad Número de municipios con proyectos
supervisados en el año
Número de municipios con
proyectos apoyados en el año
159 Porcentaje de Municipios
supervisados con proyectos
apoyados
2
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.3.1 Actividad Número total de proyectos municipales
ganadores, con rendición de cuentas
Número total de proyectos
ganadores
100 Porcentaje de proyectos
municipales ganadores con
rendición de cuentas
1
3 Alimentación y Actividad
Física
1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la
alimentación correcta y el
consumo de agua simple potable
en diferentes entornos.
10
3 Alimentación y Actividad
Física
3.1.1 Actividad Campañas realizadas Campañas programadas 96 Número de campañas educativas
sectoriales de promoción de
estilos de vida saludables.
3
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)21
3 Alimentación y Actividad
Física
5.1.1 Actividad Número de eventos realizados Número de eventos programados 64 Número de eventos realizados
para la difusión de la cultura
alimentaria tradicional
2
3 Alimentación y Actividad
Física
6.1.1 Actividad Capacitaciones impartidas Capacitaciones programadas 32 Número de cursos de
capacitación para fortalecer las
competencias del personal de
salud sobre alimentación
correcta, consumo de agua
simple, actividad física y lactancia
materna.
1
3 Alimentación y Actividad
Física
7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones
programadas
128 Número de supervisiones de las
actividades derivadas del
programa.
4
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con
incremento en 0.3 puntos con
respecto del año anterior en
cada una de las entidades
federativas.
Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad
general de los sistemas prioritarios.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.2 Propósito Número de Boletines publicados
en la página de la entidad por
semana acumulables.
Número programado de boletines
por publicar en el año (52 o 53).
95 Porcentaje de cumplimiento de
Boletines publicados
95
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.3 Propósito Número de unidades
hospitalarias de la Secretaría de
Salud con técnico capturista
contratado por meses.
Número de hospitales de la
Secretaría de Salud que cumplan
con los requisitos para formar parte
de la RHOVE.
90 Reporte oportuno y consistente de los
casos sujetos a vigilancia
epidemiológica que cuenten con
plataforma informática (RHOVE,
Diabetes y Registro Nacional de
Cáncer).
90
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.4 Actividad Número de unidades equipadas. Número de unidades por equipar. 80 Asegurar la operación de los Sistemas
de Vigilancia Epidemiológica en todas
las Jurisdicciones y Hospitales
RHOVE, USMI y del Registro Nacional
de Cáncer.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.2.1 Propósito Panoramas publicados 4 panoramas anuales. 80 Publicación trimestral de panorama de
DM-II, de Morbilidad Materna Severa y
otras enfermedades No Transmisibles.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados
(en cada nivel jurisdiccional)
Número sistemas programados
para evaluación en las
jurisdicciones
80 Índice de Verificación del cumplimiento
de los procedimientos de vigilancia
epidemiológica correspondientes.
80
22(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
5.1.1 Actividad Personal aprobado con curso de
posgrado (Diplomado y
maestría) en epidemiología.
Personal programado para cursar
diplomado y maestría en
epidemiología.
80 Porcentaje de alumnos capacitados. 80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
6.1.1 Actividad Equipo adquirido Equipo planeado 90 Porcentaje de UIES creadas o
fortalecidas.
90
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
6.1.2 Actividad Número de centros estatales
instalados.
Número de centros estatales
programados.
90 Instalación de un centro estatal para el
RSI.
90
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2 Actividad Número de muestras
procesadas del Marco Analítico
Básico
Número de muestras aceptadas
del Marco Analítico Básico
95 Porcentaje de cobertura del servicio
diagnóstico del Marco Analítico Básico
95
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
6.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 100 Porcentaje de cumplimiento del
programa de capacitación para
fortalecer la competencia técnica
100
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
SIN DATOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios
Estatales de Lesiones con acta
de creación
Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de Lesiones
instalados
1
1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios
Estatales de Lesiones que
proporcionan semestralmente
información al Observatorio
Nacional
Número de Observatorios
Estatales de Lesiones instalados
8 Observatorios Estatales de Lesiones
operando
1
1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de
edad de 10 a 49 años que ha
recibido pláticas de
sensibilización sobre seguridad
vial en las entidades federativas
Total de población del grupo de
edad de 10 a 49 años
1 Población sensibilizada por los promotores
de seguridad vial
68,155
1 Seguridad Vial 4.1.1 Componente Número de Consejos Estatales
para la Prevención de
Accidentes conformados
Total de entidades federativas 23 Consejos Estatales para la Prevención de
Accidentes conformados
1
1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales
para la Prevención de
Accidentes activos
Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la Prevención de
Accidentes activos
1
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)23
1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios
prioritarios que aplican controles
de alcoholimetría
Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican controles
de alcoholimetría
16
1 Seguridad Vial 6.1.1 Componente Número de entidades
federativas que cuentan con
Centro Regulador de Urgencias
Médicas en operación
Total de entidades federativas 14 Entidades federativas que cuentan con
Centro Regulador de Urgencias Médicas en
operación
1
2 Prevención de
Accidentes en Grupos
Vulnerables
3.1.1 Actividad Número de instituciones
participantes en el diseño del
Modelo Integral de Prevención
de Accidentes en Grupos
Vulnerables
Total de instituciones convocadas
para el diseño del Modelo
Integral de Prevención de
Accidentes en Grupos
Vulnerables
50 Se convocará a instituciones del sector
público y privado, así como a organismos no
gubernamentales e instituciones
internacionales para conformar un grupo de
trabajo para el diseño y eventual operación
del Modelo Integral de Prevención de
Accidentes en Grupos Vulnerables. Dicho
grupo de trabajo sesionará periódicamente
tomando acuerdos para el desarrollo y la
conclusión del citado documento en el
periodo establecido por el STCONAPRA
1
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
1.1.1 Actividad Número de informes de campaña
enviados al CNEGSR
Número de entidades federativas
con convenio AFASPE
100 Proporción de entidades con
informe de campaña del mes del
cáncer de la mujer
100
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con
mastografía de tamizaje
Mujeres de 40 a 69 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/2
24 Cobertura de detección de cáncer
de mama con mastografía
30
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con
citología o prueba de VPH de
primera vez
Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer
cérvico uterino en mujeres de 25 a
64 años
46
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas
con prueba de VPH
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/5
58 Proporción de mujeres de 35 a 64
años tamizadas con prueba de
VPH
40
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos
capacitados y certificados
Número de citotecnólogos que
interpretan citologías de tamizaje
50 Capacitación y certificación de
citotecnólogos
53
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5
evaluación diagnóstica
Mujeres con BIRADS 4 y 5 en
mastografía de tamizaje
95 Cobertura de evaluación
diagnóstica de casos sospechosos
de cáncer en la mujer
95
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología que recibieron
atención colposcópica
Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología
95 Proporción de mujeres de 25 a 64
años con resultado de LEIAG o
cáncer con evaluación
colposcópica
95
24(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional
80 Proporción de entidades que
cuentan con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
100
2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de
primera vez otorgadas en el primer
trimestre gestacional
Total de consultas de primera vez
sin importar trimestre gestacional
40 Porcentaje de consultas prenatales
de primera vez otorgadas en el
primer trimestre gestacional
35
2 Salud Materna y Perinatal 1.2.1 Actividad Número de Posadas AME que
cumplen con los requisitos
establecidos
Total de Posadas AME
funcionando
98 Porcentaje de Posadas AME que
cumplen con los requisitos
establecidos
80
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz
neonatal realizadas
Número de nacimientos en mujeres
sin Seguridad Social
90 Cobertura de prueba de tamiz
neonatal entre recién nacidos sin
Seguridad Social
90
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud
capacitado en parto respetuosos
(humanizado)
Número de personal de salud
programado a capacitar en parto
respetuoso (humanizado)
100 Porcentaje de personal de salud
capacitado en atención de parto
respetuoso (humanizado).
100
2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Numero de insumos esenciales para
emergencias obstétricas y
neonatales adquiridos
Número de emergencias
obstétricas y neonatales atendidas
100 Porcentaje de insumos esenciales
adquiridos para la atención de
emergencias obstétricas y
neonatales
90
2 Salud Materna y Perinatal 6.3.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas en salud materna y
neonatal
Total de visitas de supervisión en el
programa de salud materna y
perinatal programadas en el año
100 Porcentaje de supervisiones
realizadas para revisar las
actividades de salud materna y
neonatal
100
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
2.2.1 Propósito Número de Promotores y brigadistas
capacitados en temas de Salud
Sexual y Reproductiva
Total de Promotores y brigadistas
activos
100 Porcentaje de Promotores y
Brigadistas activos capacitados
40
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios
amigables implementados para la
atención de la salud sexual y
reproductiva de la población
adolescente.
Número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente en operación al cierre
del 2014.
236 Incremento porcentual en el
número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente.
50
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.2.1 Actividad Servicios amigables con
acreditación
Servicios amigables registrados 15 Servicios amigables acreditados 8
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros
realizadas en el periodo
Número de acciones extramuros
programadas en el periodo
1,152 Actividades extramuros y
comunitarias realizadas a través de
los servicios amigables
50
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas
para la atención en los servicios
amigables
Número de personas programadas
para capacitar en los servicios
amigables para población
adolescente
2,560 Personal capacitado y sensibilizado
en los servicios amigables para
población adolescente
150
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)25
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en
medios masivos de comunicación
Número de campañas
programadas.
32 Número de campañas difundidas. 1
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas
durante el año
Personas programadas para ser
capacitadas en el año. (mín. 70 x
32 entidades)
2,240 Personal capacitado respecto del
programado
100
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un
método anticonceptivo durante el
post-evento obstétrico.
Total de eventos obstétricos
atendidos
800,000 Cobertura de anticoncepción
postevento obstétrico.
50,205
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios
activos de métodos anticonceptivos
en la Secretaría de Salud
Mujeres de 15 a 49 años de edad
(casadas o unidas),
responsabilidad de la SSa.
4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos
anticonceptivos en la Secretaría de
Salud
97,000
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas a jurisdicciones sanitarias
al año
Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión
por jurisdicción sanitaria al año.
32
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
6.3.1 Actividad Número de unidades médicas con
servicios de planificación familiar
instalados para la atención de
mujeres con alto riesgo obstétrico.
Número de unidades médicas
programadas para instalar servicios
de planificación familiar para la
atención de mujeres con alto riesgo
obstétrico.
28 Número de servicios de
planificación familiar instalados
para la atención de mujeres con
alto riesgo obstétrico.
1
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.1.1 Actividad Número de herramientas de
detección aplicadas a mujeres de 15
años y más que presentaron
marcadores de riesgo de violencia
familiar y de género.
Número de herramientas de
detección programadas para su
aplicación
1,897,644 Porcentaje de herramientas
detección aplicadas a mujeres de
15 años y más respecto de las
herramientas programadas.
136,260
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.1.2 Actividad Número de herramientas de
evaluación de riesgos aplicadas a
los casos positivos a violencia
familiar y de género
Número de herramientas de
evaluación de riesgos programadas
para su aplicación
398,505 Porcentaje de herramientas de
evaluación de riesgos aplicadas a
los casos positivos a violencia
familiar y de género respecto de las
herramientas programadas
28,615
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.2.1 Actividad Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
capacitado y sensibilizado en la
NOM 046
Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
programado para la capacitación
en la NOM046
3,225 Porcentaje de personal médico
capacitado en la NOM-046 en
relación a lo programado
210
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y
más, unidas en situación de
violencia severa atendidas en los
servicios especializados
Cálculo de mujeres de 15 años y
más unidas, usuarias de los
servicios de salud que se espera
reciban atención especializada por
violencia severa
234,053 Porcentaje de mujeres en situación
de violencia familiar y de género
severa atendidas en servicios
especializados respecto de las
esperadas
16,629
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.4.1 Actividad Número de grupos formados de
reeducación de víctimas
Número de grupos programados de
reeducación de víctimas
656 Porcentaje de grupos formados de
reeducación de víctimas en
relación a los programados
24
26(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
5.1.1 Componente Número de material de promoción y
difusión elaborado
Número de material de promoción y
difusión programado para la
elaboración
7 Porcentaje de material de
promoción y difusión elaborado en
relación a lo programado
7
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
6.2.1 Actividad Número de grupos formados de re-
educación de agresores
Número de grupos programados de
re-educación de agresores
656 Porcentaje de grupos formados de
re-educación de agresores
24
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
7.2.1 Componente Número de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual, que
fueron atendidas en las primeras
72 hrs. en unidades de salud y se
les brindó profilaxis para VIH/SIDA
Casos esperados en las unidades
de salud de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual en las
primeras 72 hrs.
5,843 Porcentaje de casos de violación
sexual atendidos en las primeras
72 hrs. con profilaxis en relación
con los casos esperados
492
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social
capacitado
Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social a
capacitar
14,912 Porcentaje de personal de salud de
medicina, enfermería y trabajo
social capacitado en género en
salud en el marco de los derechos
humanos.
1,600
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.2 Actividad Número de hospitales con un
directivo/a capacitado
Número de hospitales con un
directivo/a a capacitar en el año
550 Porcentaje de hospitales con un
directivo/a capacitados en género
en salud con respecto a los
derechos humanos.
24
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica
aplicadas
Dosis de vacuna antirrábica
programadas a aplicar
18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica
aplicada en perros y gatos
1,300,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
2.2.1 Componente Número de personas agredidas o
contactos que inician tratamiento
Número de personas agredidas o
contactos valoradas según la
normatividad
24 Personas agredidas o contactos
que inician tratamiento antirrábico
24
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1 Componente Número de perros y gatos
esterilizados
Número de perros y gatos
programados a esterilizar
511,105 Número de perros y gatos
esterilizados en lugares de alta
marginación
50,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.2.1 Componente Perros y gatos agresores, ferales y
sospechosos de padecer rabia,
controlados en áreas de alta
marginación
Perros y gatos agresores, ferales y
sospechosos de padecer rabia, a
controlar en áreas de alta
marginación
510,875 Perros y gatos agresores, ferales y
sospechosos de padecer rabia, en
control en áreas de alta
marginación
27,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia enviadas al
laboratorio
Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia programadas a
enviar al laboratorio
47,400 Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia enviadas al
laboratorio
2,700
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)27
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
4.1.2 Componente Muestras de cerebro de otros
animales sospechosos de padecer
rabia enviadas al laboratorio
Muestras de cerebro de otros
animales sospechosos de padecer
rabia programadas a enviar al
laboratorio
1,722 Muestras de cerebro de otros
animales sospechosos de padecer
rabia enviadas al laboratorio
1,722
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura
de Información en Plataforma
Número de Semanas en el periodo 48 Mide la regularidad en el reporte
semanal de actividades mediante el
porcentaje de registro en
Plataforma de manera trimestral
48
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de
indicadores entomológicos de
ovitrampas en las Localidades
Prioritarias
16
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.3.2 Actividad Total de casos probables a los que
se les toma una muestra de sangre
para diagnóstico.
Total de casos probables de
paludismo reportados.
100 El indicador mide el porcentaje de
casos probables que fueron
estudiados en el laboratorio a partir
de una gota gruesa de sangre.
100
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación realizadas.
Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación
programadas.
4 Indicador de proceso que presenta
la proporción de Comités Estatales
de Certificación que lograron la
certificación de áreas libres de
paludismo para su entidad
federativa. El indicador expresa el
acumulado anual de entidades
federativas que alcanzan la
certificación.
4
5 Prevención y Control del
Paludismo
3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con
perspectiva de género para la
vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
Personal de salud que participa en
la vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
100 Indicador de proceso que cuantifica
el porcentaje de cumplimiento de
las acciones de capacitación
previstas.
100
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
4.2.1 Propósito Número de tratamientos
supervisados
Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica
el total de casos confirmados que
se ministrará tratamiento
supervisados.
5
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
5.2.1 Actividad Número de serologías positivas
realizadas en donantes de sangre
doblemente reactivos
Número donantes de sangre
doblemente reactivos
2,085 Indicador de proceso: Cuantifica el
incremento anual en el número de
pruebas de tamizaje que son
tomadas y confirmadas
serológicamente en centros de
transfusión sanguínea.
30
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
4.2.2 Actividad Número de casos por intoxicación
por picadura de alacrán IPPA
atendidos antes de 30 minutos
Total de casos notificados por
intoxicación por picadura de
alacrán IPPA
100 El indicador medirá el número de
casos a los que se les ministre con
oportunidad el tratamiento
faboterápico específico, estimado
por aquellos pacientes que son
tratados en los primeros 30 minutos
después de ser picados por el
alacrán.
2
28(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.1.1 Propósito Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento al que al
menos se le realizó una medición
anual con hemoglobina glucosilada
(HbA1c) en población de 20 años y
más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud, realizados
Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento al que al
menos se le realizó una medición
anual con hemoglobina glucosilada
(HbA1c) en población de 20 años y
más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud, programadas
86,378 Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento al que al
menos se le realizó una medición
anual con hemoglobina glucosilada
(HbA1c) en población de 20 años y
más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud.
5,543
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.2.1 Propósito Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento, que
alcanzan el control con
hemoglobina glucosilada (HbA1c)
por debajo del 7% en población de
20 años y más en el Secretaría de
Salud, realizados.
Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento, que
alcanzan el control con
hemoglobina glucosilada (HbA1c)
por debajo del 7% en población de
20 años y más en el Secretaría de
Salud, programadas
8,551 Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento, que
alcanzan el control con
hemoglobina glucosilada (HbA1c)
por debajo del 7% en población de
20 años y más en el Secretaría de
Salud.
549
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.2.2 Propósito Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el primer
nivel de atención realizados
Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el primer
nivel de atención programados
450 Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el primer
nivel de atención.
8
10 Prevención y Control de la
Diabetes
4.1.1 Propósito Número de personal de salud que
fue actualizado en el primer nivel
de atención y aprobó la
capacitación de enfermedades
crónicas no transmisibles en la
Secretaría de Salud, realizados
Número de personal de salud que
fue actualizado en el primer nivel
de atención y aprobó la
capacitación de enfermedades
crónicas no transmisibles en la
Secretaría de Salud, programados.
24 Número de personal de salud que
fue actualizado en el primer nivel
de atención y aprobó la
capacitación de enfermedades
crónicas no transmisibles en la
Secretaría de Salud.
24
10 Prevención y Control de la
Diabetes
5.1.1 Propósito Número de unidades en el primer
nivel de atención con la
supervisión de autoridad estatal,
con abasto oportuno y suficiente
de medicamentos para el control
de la ECNT, realizados
Número de unidades en el primer
nivel de atención con la
supervisión de autoridad estatal,
con abasto oportuno y suficiente
de medicamentos para el control
de la ECNT, programados
27 Número de unidades en el primer
nivel de atención con la supervisión
de autoridad estatal, con abasto
oportuno y suficiente de
medicamentos para el control de la
ECNT.
27
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
1.1.1 Actividad Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más realizadas
Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más programadas
22,613,439 Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
1,675,620
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
control responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
tratamiento responsabilidad de la
Secretaría de Salud
482,873 Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
control responsabilidad de la
Secretaría de Salud
23,633
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
4.1.1 Propósito Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
en control, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que se
encuentran en tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
172,995 Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que en
control, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
10,115
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)29
12 Atención del Envejecimiento 1.1.1 Actividad Número de supervisiones y/o
asesorías realizadas
Número de supervisiones y/o
asesorías programadas
30 Supervisión y/o asesoría 32
12 Atención del Envejecimiento 1.2.1 Propósito Número de COESAEN Activos Número de COESAEN Activos
programados
6 Comités Estatales de Atención al
Envejecimiento (COESAEN)
Activos
6
12 Atención del Envejecimiento 2.1.1 Componente Número de capacitaciones sobre
temas de alto impacto en la salud
de la persona adulta mayor
realizados
Número de cursos sobre temas de
alto impacto en la salud de la
persona adulta mayor
programados
5 Capacitación sobre temas de alto
impacto en la salud de la persona
adulta mayor
5
12 Atención del Envejecimiento 4.1.1 Fin Número de actividades de
orientación realizadas para la
implementación de centros de día
Número de actividades de
orientación programadas para la
implementación de centros de día
2 Orientación para la implementación
de centros de día para las
entidades federativas
2
12 Atención del Envejecimiento 5.1.5 Actividad Total de acciones realizadas sobre
detección y de control realizadas
durante la SSGG a población de
60 años y más
Total de acciones programadas
sobre detección y de control
realizadas durante la SSGG a
población de 60 años y más
60 Semana de Salud para Gente
Grande (SSGG)
60
12 Atención del Envejecimiento 6.1.1 Componente Programa Estatal de Atención de la
salud de la Persona Adulta Mayor
elaborado de acuerdo a los
lineamientos nacionales
Programa Estatal de Atención de la
salud de la Persona Adulta Mayor
esperado de acuerdo a los
lineamientos nacionales
1 Programa Estatal de Acción
Específico en Envejecimiento
1
12 Atención del Envejecimiento 6.2.1 Componente Número de boletines realizados Número de boletines programados 4 Boletín Caminando a la Excelencia
sobre Envejecimiento
4
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
3.2.1 Actividad Semanas Estatales de Salud Bucal
realizadas.
Semanas Estatales de Salud Bucal
programadas.
64 Semanas Estatales de Salud Bucal. 2
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
5.1.1 Actividad Actividades Curativas Asistenciales
Realizadas.
Actividades Curativas Asistenciales
Programadas.
22,802,442 Actividades Curativo Asistenciales
(intramuros).
1,572,070
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
7.4.1 Actividad Investigación en salud bucal
realizadas.
Investigación en salud bucal
programados.
16 Investigación en materia de salud
bucal.
1
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
7.6.1 Actividad Cursos de capacitaciones
realizados.
Cursos de capacitación
programados.
64 Cursos de capacitación
estomatológica.
2
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de
salud bucal realizadas.
Supervisiones al programa de
salud bucal programadas.
4,635 Supervisión del programa de salud
bucal.
771
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas
realizadas.
Consultas estomatológicas
programadas.
9,421,700 Consultas estomatológicas. 726,111
30(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.2.1 Actividad Número de eventos de
capacitación en tuberculosis
realizados
Número de eventos de
capacitación en tuberculosis
programados
156 Cumplimiento de eventos de
capacitación
2
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.3.1 Actividad Número de eventos de
capacitación dirigidos al personal
de la Red TAES de Enfermería
realizados
Número de eventos de
capacitación dirigidos al personal
de la Red TAES de Enfermería
programados
32 Porcentaje de cumplimiento de
eventos de capacitación dirigidos al
personal de la Red TAES de
Enfermería
1
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.1 Componente Número de sintomáticos
respiratorios identificados
Número de sintomáticos
respiratorios programados
290,823 Cobertura de detección de
sintomáticos respiratorios
11,182
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1 Propósito Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
que ingresaron al tratamiento con
fármacos de segunda línea.
Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
para recibir esquema de
tratamiento con fármacos de
segunda línea programados.
263 Cobertura de tratamiento de
personas con tuberculosis
farmacorresistente
7
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1 Actividad Número de campañas educativas
realizadas en tuberculosis (spot de
radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
Total de campañas educativas
programadas en tuberculosis (spot
de radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
96 Número de materiales educativos
en tuberculosis elaborados
3
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y
supervisión realizadas
Número de visitas de asesoría y
supervisión programadas
854 Porcentaje de cumplimiento de
visitas de supervisión
16
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
6.2.1 Actividad Número de proyectos de
investigación operativa
documentados
Número de proyectos de
investigación operativa
programados
32 Publicación de resultados de
investigación operativa estatales y
del nivel nacional
1
15 Eliminación de la Lepra 1.1.1 Actividad Número de eventos de
capacitación de lepra realizados.
Número de eventos de
capacitación de lepra
programados.
33 Porcentaje de cumplimiento de
eventos de capacitación enfocados
al manejo integral de personas
afectadas por lepra.
1
15 Eliminación de la Lepra 1.2.1 Propósito Casos nuevos de lepra
identificados.
Casos nuevos de lepra
programados.
197 Porcentaje de casos nuevos de
lepra encontrados de manera
trimestral entre contactos de
pacientes y en sintomáticos
dermatológicos.
2
15 Eliminación de la Lepra 2.1.1 Actividad Número de baciloscopias e
histopatologías realizadas a casos
en prevalencia y en vigilancia
postratamiento.
Número de baciloscopias e
histopatologías programadas a
casos en prevalencia y en
vigilancia postratamiento.
3,708 Porcentaje de toma de
baciloscopias e histopatologías
realizadas a casos en prevalencia y
en vigilancia postratamiento.
52
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)31
15 Eliminación de la Lepra 4.1.1 Propósito Número de casos curados en el
año en curso.
Número de casos que ingresan a
tratamiento 2 años atrás.
131 Porcentaje de curación de casos de
lepra que ingresan a tratamiento
con esquema multibacilar.
3
15 Eliminación de la Lepra 5.2.1 Actividad Número de eventos realizados en
donde se entregó material de
difusión.
Número de eventos programados
en donde se entregó material de
difusión.
33 Cumplimiento de entrega de
material de difusión en eventos.
1
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal para
la Seguridad en Salud realizadas.
Reuniones del Comité Estatal para
la Seguridad en Salud
programadas.
4 Porcentaje de reuniones del
Comités Estatales para la
Seguridad en Salud
4
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
3.1.1 Actividad Cursos de capacitación realizados Cursos de capacitación
programados
2 Porcentaje de cursos de
capacitación para el personal
involucrado en la operación del
programa.
2
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas
conformadas
Kits de reservas estratégicas
programados
3 Porcentaje de kits de reservas
estratégicas conformadas.
3
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) atendidas en
menos de 48 horas
Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) registradas
10 Porcentaje de emergencias en
salud atendidas en forma oportuna
(< de 48 hrs).
10
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
4 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
16
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de
hisopo rectal realizados.
Total estatal de EDAS notificadas
en el SUIVE de las unidades
seleccionadas.
2 Porcentaje de casos de EDA que
acuden a unidades de atención del
sector salud con muestra con HR.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos‒taller para
personal de salud.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos
realizados
Total de operativos preventivos
programados
2 Porcentaje de operativos
preventivos en áreas de riesgo
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA y
cólera realizadas
Campañas preventivas para EDA y
cólera programadas
1 Porcentaje de campañas
preventivas para EDA y cólera.
1
32(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Respuesta al VIH/SIDA e
ITS
2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas con
VIH e ITS en Servicios
Especializados.
Personas en control y en TAR
registrados en el SALVAR
156 Condones distribuidos para la
prevención en personas con VIH
e ITS.
156
1 Respuesta al VIH/SIDA e
ITS
4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por la
Secretaría de Salud (excluyendo las
detecciones en mujeres
embarazadas).
Meta de detecciones de VIH a
realizar.
967,472 Porcentaje de detección del VIH
(Secretaría de Salud).
32,965
1 Respuesta al VIH/SIDA e
ITS
4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud con carga viral indetectable.
Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud.
72 Porcentaje de personas en
tratamiento ARV en Control
Virológico (Secretaría de Salud).
72
1 Respuesta al VIH/SIDA e
ITS
4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a
tratamiento para la TB activa en la
Secretaría de Salud
Personas con TB y VIH en la
Secretaría de Salud.
100 Porcentaje de personas en TAR
que se refirieron a tratamiento
para la TB activa (Secretaría de
Salud).
100
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema
de vacunación en niños menores de un 1
año de edad , que correspondan del área
de responsabilidad de Secretaría de
Salud de acuerdo a la distribución
poblacional de responsabilidad
institucional
Niños menores de 1 año de edad
de acuerdo a la distribución
poblacional de responsabilidad
institucional.
90 Porcentaje de cobertura de
vacunación con esquema
completo en menores de 1 año.
90
1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin
registradas en Semanas Nacionales de
Salud.
Total de dosis de vacuna Sabin
programados para Semanas
Nacionales de Salud.
90 Logros de biológicos aplicados
en Semanas Nacionales de
Salud para el Programa de
Vacunación Universal (Sabin)
90
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
4.1.1 Actividad Número de personal de salud capacitado
de los Servicios de Salud en el primer
nivel de atención en Atención Integrada
en la Infancia y la Adolescencia.
Total de personal de salud de los
Servicios de Salud del primer nivel
de atención.
20 Personal de salud operativo del
Primer Nivel de Atención
capacitado en atención integrada
en la infancia y la adolescencia.
10
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en
prevención y atención de cáncer en la
infancia y adolescencia
Total de capacitaciones
programadas en prevención y
atención de cáncer en la infancia y
adolescencia
75 Porcentaje de capacitaciones al
personal de salud en prevención
y atención del cáncer en
menores de 18 años
75
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el Registro
de Cáncer en Niñas, Niños y
Adolescentes
Total de casos registrados en el
Sistema del Fondo de Protección
contra Gastos Catastróficos
80 Evaluación y análisis de los
sistemas de información
relacionados al cáncer en la
infancia y adolescencia
80
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)33
ANEXO 5
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg
envase con un dispositivo.
1,774.98 4,765.00 8,457,779.70
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg
etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales)
25.30 10,861.00 274,783.30
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa
contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una
ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml
35.42 14,735.00 521,913.70
34(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de
noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml.
35.42 3,834.00 135,800.28
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona solución inyectable oleosa cada ampolleta contiene: enantato de noretisterona
200 mg envase con una ampolleta de 1 ml.
37.59 6,891.00 259,032.69
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante y
aplicador.
1,160.64 20,631.00 23,945,163.84
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene: norelgestromina 6.00 mg
etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches.
160.88 17,469.00 2,810,412.72
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel
0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas.
10.66 8,223.00 87,657.18
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 2,605.00 212,724.30
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos.
Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual.
52.95 4,161.00 220,324.95
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos intrauterino. T de cobre, 380 a. Anticonceptivo estéril con 380 mm2, de cobre,
plástico grado médico 77% y sulfato de bario usp 23%, con filamento largo de 30 cm con tubo
insertor, tope y émbolo insertor.
11.61 7,831.00 90,917.91
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos dispositivo intrauterino, t de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre
enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical
de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de
plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador
montable con tope cervical.
36.37 416.00 15,129.92
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
7.2.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,440.81 492.00 1,200,878.52
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3
43.50 10.00 435.00
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género en programas
de salud
37.62 30.00 1,128.60
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud
20.85 10.00 208.50
TOTAL: 38,234,291.11
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)35
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I.,
Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml.
253.00 50.00 12,650.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 556.00 109,532.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 200.00 16,600.00
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos)
Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el tratamiento
de casos de tuberculosis farmacorresistente
5,926.00 32.00 189,632.00
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo
electrónico.
6,875.00 1.00 6,875.00
TOTAL: 335,289.00
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 13,884.00 1,892,389.20
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de
atazanavir. Envase con 30 cápsulas.
2,764.85 15,037.00 41,575,049.45
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg
envase con 60 tabletas.
1,712.32 9,125.00 15,624,920.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Enfuvirtida solución inyectable cada frasco ámpula con liofilizado contiene: enfuvirtida 108 mg
envase con 60 frascos ámpula con liofilizado y 60 frascos ámpula con 1.1 ml de agua
inyectable.
22,449.79 91.00 2,042,930.89
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 32.00 26,723.20
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir.
Envase con 60 tabletas.
470.47 4,999.00 2,351,879.53
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 216.00 697,541.76
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina cápsula cada cápsula contiene: emtricitabina 200 mg envase con 30 cápsulas. 530.16 1,715.00 909,224.40
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil
fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir
disoproxilo envase con 30 tabletas.
2,000.12 8,017.00 16,034,962.04
36(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Fosamprenavir tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: fosamprenavir cálcico
equivalente a 700 mg de fosamprenavir envase con 60 tabletas recubiertas.
2,140.70 53.00 113,457.10
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de
darunavir envase con 60 tabletas.
4,978.59 1,649.00 8,209,694.91
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30
comprimidos recubiertos.
371.83 13,280.00 4,937,902.40
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg
de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas.
1,379.32 8,562.00 11,809,737.84
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene:
tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil
emtricitabina 200 mg envase con 30 tabletas recubiertas.
2,124.62 23,048.00 48,968,241.76
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 239.00 136,230.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 7,901.00 1,659,210.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 1,083.00 5,879,899.41
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase
frasco ámbar con 160 ml y dosificador.
1,714.00 18.00 30,852.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg
de raltegravir envase con 60 comprimidos.
5,308.92 2,612.00 13,866,899.04
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con
84 cápsulas o tabletas cada uno.
347.96 24,635.00 8,571,994.60
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 341.00 271,071.13
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase
con 60 tabletas.
1,100.00 2.00 2,200.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con
120 tabletas
2,656.00 14,956.00 39,723,136.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente a
500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos
2,207.00 4,042.00 8,920,694.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 7,273.00 2,793,995.68
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas.
657.47 952.00 625,911.44
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas.
1,056.91 2,626.00 2,775,445.66
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 25.00 165,561.75
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 122.00 807,941.34
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,404.15 58,353.00 140,289,364.95
TOTAL: 381,715,061.48
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)37
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de
bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331
200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o TOKIO 172 200 000-3 000 000
ufc o montreal 200 000 3 200 000 ufc o Moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco
ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml.
*semilla mérieux.
10.15 127,400.00 1,293,110.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna
antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b
suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide
diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a
40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina
filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus
de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud*
haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de
antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con
toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en
frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para
reconstituir con la suspensión de la jeringa.
142.80 341,600.00 48,780,480.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de
0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston-
zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados
en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o
103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en
células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50
envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente.
12.09 338,300.00 4,090,047.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos
purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a,
12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco
ámpula de 2.5 ml.
92.20 37,000.00 3,411,400.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada
uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna anti influenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 452,552.00 22,315,339.12
38(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada
uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 76,740.00 3,784,049.40
1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable
cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico
no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8
mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias
tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml.
136.00 45,000.00 6,120,000.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml
contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis).
10.00 159,650.00 1,596,500.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo
reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3
2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui
envase con un tubo de plástico con 2 ml.
53.92 174,800.00 9,425,216.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg 4 -
2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a -
2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa
prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja.
183.80 243,800.00 44,810,440.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada
uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 179,060.00 8,829,448.60
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada
uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 553,048.00 27,270,796.88
1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con
0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml.
156.96 75,500.00 11,850,480.00
TOTAL: 193,577,307.00
Gran total 613,861,948.59
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)39
APÉNDICE
La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de
Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por
“LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO DEL DF” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS
PROGRAMAS”.
Resumen de recursos por fuente de financiamiento
(Monto pesos)
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la
Salud y
Determinantes
Sociales
7,764,817.00 0.00 7,764,817.00 1,197,991.00 0.00 0.00 0.00 1,197,991.00 24,140,335.50 0.00 0.00 33,103,143.50
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 375,860.00 0.00 0.00 0.00 375,860.00 0.00 0.00 0.00 375,860.00
3 Alimentación y
Actividad Física
9,000,000.00 0.00 9,000,000.00 400,000.00 0.00 0.00 0.00 400,000.00 0.00 0.00 0.00 9,400,000.00
Total: 16,764,817.00 0.00 16,764,817.00 1,973,851.00 0.00 0.00 0.00 1,973,851.00 24,140,335.50 0.00 0.00 42,879,003.50
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
5,540,105.00 0.00 5,540,105.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 6,540,116.00
2 SINAVE
(Componente de
Vigilancia por
Laboratorio)
5,000,000.00 0.00 5,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,000,000.00
Total: 10,540,105.00 0.00 10,540,105.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 11,540,116.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50
Total: 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial 2,630,000.00 0.00 2,630,000.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 3,029,500.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos Vulnerables
500,000.00 0.00 500,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 500,000.00
Total: 3,130,000.00 0.00 3,130,000.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 3,529,500.00
40(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIERO
S
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer de
la Mujer
5,068,656.36 0.00 5,068,656.36 4,638,050.00 0.00 0.00 0.00 4,638,050.00 78,453,940.00 0.00 0.00 88,160,646.36
2 Salud Materna y Perinatal 11,320,932.67 0.00 11,320,932.67 2,205,088.80 0.00 0.00 0.00 2,205,088.80 63,471,090.50 0.00 0.00 76,997,111.97
3 Salud Sexual y Reproductiva para
Adolescentes
2,879,925.75 0.00 2,879,925.75 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9,421,400.00 0.00 0.00 12,301,325.75
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4,191,414.00 0.00 4,191,414.00 1,432,800.00 0.00 0.00 0.00 1,432,800.00 60,248,104.49 0.00 0.00 65,872,318.49
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
9,839,116.00 1,200,878.52 11,039,994.52 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 11,039,994.52
6 Igualdad de Género en Salud 48,000.00 1,772.10 49,772.10 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 49,772.10
Total: 33,348,044.78 1,202,650.62 34,550,695.40 8,275,938.80 0.00 0.00 0.00 8,275,938.80 211,594,534.99 0.00 0.00 254,421,169.19
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia
Humana
21,499.04 138,782.00 160,281.04 36,265,650.00 0.00 0.00 0.00 36,265,650.00 3,574,145.00 0.00 0.00 40,000,076.04
2 Prevención y Control de la
Brucelosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 8,232.28 0.00 0.00 8,232.28
3 Prevención y Control de la
Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y
Otros Vectores
4,017,450.11 0.00 4,017,450.11 100,000.02 0.00 0.00 0.00 100,000.02 2,782.32 0.00 0.00 4,120,232.45
5 Prevención y Control del Paludismo 198,669.00 0.00 198,669.00 275,000.01 0.00 0.00 0.00 275,000.01 5,318.40 0.00 0.00 478,987.41
6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
0.00 0.00 0.00 125,000.14 0.00 0.00 0.00 125,000.14 1,775,556.50 0.00 0.00 1,900,556.64
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de Alacrán
0.00 0.00 0.00 125,000.13 0.00 0.00 0.00 125,000.13 0.00 0.00 0.00 125,000.13
10 Prevención y Control de la Diabetes 4,627,394.00 0.00 4,627,394.00 378,000.00 0.00 0.00 0.00 378,000.00 40,276,762.00 0.00 0.00 45,282,156.00
11 Prevención y Control de la Obesidad
y Riesgo Cardiovascular
7,625,650.00 0.00 7,625,650.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 11,733,070.50 0.00 0.00 19,358,720.50
12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 1,625,000.00 0.00 0.00 0.00 1,625,000.00 4,014,316.08 0.00 0.00 5,639,316.08
13 Prevención, Detección y Control de
los Problemas de Salud Bucal
57,955.50 0.00 57,955.50 5,671,703.77 0.00 0.00 0.00 5,671,703.77 52,787,147.94 0.00 0.00 58,516,807.21
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
331,050.00 196,507.00 527,557.00 457,800.00 0.00 0.00 0.00 457,800.00 1,178,369.32 0.00 0.00 2,163,726.32
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 312,435.00 0.00 0.00 0.00 312,435.00 0.00 0.00 0.00 312,435.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
500,000.00 0.00 500,000.00 689,415.55 0.00 0.00 0.00 689,415.55 0.00 0.00 0.00 1,189,415.55
17 Prevención de Enfermedades
Diarreicas Agudas y Cólera
250,000.00 0.00 250,000.00 1,800,000.00 0.00 0.00 0.00 1,800,000.00 531,709.02 0.00 0.00 2,581,709.02
Total: 17,629,667.65 335,289.00 17,964,956.65 47,825,004.62 0.00 0.00 0.00 47,825,004.62 115,887,409.36 0.00 0.00 181,677,370.63
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70 765,000.00 0.00 0.00 0.00 765,000.00 2,846,455.00 0.00 435,075,364.28 449,463,892.98
Total: 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70 765,000.00 0.00 0.00 0.00 765,000.00 2,846,455.00 0.00 435,075,364.28 449,463,892.98
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)41
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación
Universal
4,252,165.00 91,390,925.52 95,643,090.52 20,000,081.00 0.00 0.00 0.00 20,000,081.00 133,910,494.48 0.00 0.00 249,553,666.00
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
521,328.00 0.00 521,328.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 22,920,580.00 0.00 0.00 23,441,908.00
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
393,008.00 0.00 393,008.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 122,400.00 0.00 0.00 515,408.00
Total: 5,166,501.00 91,390,925.52 96,557,426.52 20,000,081.00 0.00 0.00 0.00 20,000,081.00 156,953,474.48 0.00 0.00 273,510,982.00
Gran Total: 95,463,819.93 94,821,254.34 190,285,074.27 80,239,386.42 0.00 0.00 0.00 80,239,386.42 523,657,730.83 0.00 435,075,364.28 1,229,257,555.80
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con
el contenido del presente Convenio Modificatorio.
TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del
“CONVENIO PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones.
CUARTA. Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten
irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en
razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.
Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la
Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud,
Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de
Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar
Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director
General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro
Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y
la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del DF: el Secretario de Salud del Distrito Federal y Director General de Servicios de
Salud Pública del Distrito Federal, José Armando Ahued Ortega.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas del Distrito Federal, Edgar Abraham Amador Zamora.-
Rúbrica.
42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento
de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado
de Guanajuato.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA
EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 01
DE ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE
LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE
LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA
GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA
CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL
DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE
GUANAJUATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR.
FRANCISCO IGNACIO ORTÍZ ALDANA, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD
PÚBLICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO CON LA PARTICIPACIÓN DEL C.P. JUAN IGNACIO MARTÍN SOLÍS,
SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN Y LA LIC. MA. ISABEL TINOCO TORRES,
SECRETARIA DE LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE
ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar
recursos presupuestarios federales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 y 13, apartado B de la Ley General
de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación así como fortalecer la
integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se
denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio
Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto
apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a
sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el
que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de
Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el
cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha
modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar
adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión
Nacional contra las Adicciones.
IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades
administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo
sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se
adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los
numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera,
Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO
PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o
insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara:
I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara:
II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43
III. Las partes declaran conjuntamente:
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente
instrumento.
III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los
términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3
del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así
como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
…
I. DECLARA “LA SECRETARÍA”:
…
2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le
corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción
de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de
ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas
por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad
de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los
secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que
se contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros
nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47
del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el
presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que
en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
…
PRIMERA.- …
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
(Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la Salud y Determinantes
Sociales
P 014 5,227,511.00 0.00 5,227,511.00
2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00
Subtotal: 8,227,511.00 0.00 8,227,511.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica
U 009 2,654,108.00 0.00 2,654,108.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por
Laboratorio)
U 009 1,000,000.00 42,084.00 1,042,084.00
Subtotal: 3,654,108.00 42,084.00 3,696,192.00
44 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental P 014 450,000.00 0.00 450,000.00
Subtotal: 450,000.00 0.00 450,000.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial P 014 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos
Vulnerables
P 014 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer de la
Mujer
P 017 6,081,962.12 0.00 6,081,962.12
2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 14,031,526.62 0.00 14,031,526.62
3 Salud Sexual y Reproductiva para
Adolescentes
P 017 3,679,918.55 0.00 3,679,918.55
4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 4,520,426.00 0.00 4,520,426.00
5 Prevención y Atención de la Violencia
Familiar y de Género
P 017 8,220,740.00 610,202.50 8,830,942.50
6 Igualdad de Género en Salud P 017 229,344.00 17,465.90 246,809.90
Subtotal: 36,763,917.29 627,668.40 37,391,585.69
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 21,499.04 266,193.00 287,692.04
2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros
Vectores
P 014 1,696,066.40 5,048,639.88 6,744,706.28
5 Prevención y Control del Paludismo U 009 218,669.00 0.00 218,669.00
6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad de
Chagas
U 009 0.00 0.00 0.00
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación
por Picadura de Alacrán
P 014 42,000.00 0.00 42,000.00
10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 1,220,973.50 0.00 1,220,973.50
11 Prevención y Control de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
U 008 2,861,058.00 0.00 2,861,058.00
12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los
Problemas de Salud Bucal
P 014 251,999.50 0.00 251,999.50
14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 431,050.00 77,987.00 509,037.00
15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y
Desastres
U 009 600,000.00 0.00 600,000.00
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
U 009 250,000.00 0.00 250,000.00
Subtotal: 7,593,315.44 5,392,819.88 12,986,135.32
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 45
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00
Subtotal: 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación Universal E 036 4,030,311.00 80,226,845.51 84,257,156.51
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 1,203,696.00 0.00 1,203,696.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 502,070.00 0.00 502,070.00
Subtotal: 5,736,077.00 80,226,845.51 85,962,922.51
Total de recursos federales a ministrar a "LA
ENTIDAD"
64,688,678.73 87,484,797.79 152,173,476.52
…
SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA” ministrará a “LA ENTIDAD” recursos federales hasta por la cantidad de $152,173,476.52
(ciento cincuenta y dos millones ciento setenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos 52/100 M.N.), con
cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan
“LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales por un monto de $64,688,678.73 (sesenta y cuatro millones
seiscientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y ocho pesos 73/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de
Finanzas, Inversión y Administración de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta
establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria
que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se
hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas,
Inversión y Administración de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los
rendimientos financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA
SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, Inversión y
Administración de conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE
COORDINACIÓN, suscrito el 27 de Agosto de 2012.
Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora al Instituto de Salud
Pública del Estado de Guanajuato.
Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” definidos como
insumos federales, por un monto total de $87,484,797.79 (ochenta y siete millones cuatrocientos ochenta y
cuatro mil setecientos noventa y siete pesos 79/100 M.N.) serán entregados directamente al Instituto de Salud
Pública del Estado de Guanajuato, y serán aplicados, de manera exclusiva, en “LOS PROGRAMAS”
señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
…
CUARTA.- APLICACIÓN.- …
…
…
…
Para las contrataciones de personal que realice “LA ENTIDAD”, a partir del 01 de abril del 2015, con los
recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio
Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de
personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE.
…
46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
SEXTA.- …
…
VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados
responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través
del Módulo Informes Trimestrales de el “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la
terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos
respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del
avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el
cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de
este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a
cabo de conformidad con este instrumento.
VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos
para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información
específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología,
los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud
de la Infancia y la Adolescencia.
…
XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de
“LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la
asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones
generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos
Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de
Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades;
para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con
cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o del Instituto de Salud Pública del Estado de
Guanajuato de “LA ENTIDAD”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el “SIAFFASPE”.
…
ANEXO 1
DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS
PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE
CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO DE GUANAJUATO
POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
…
1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud
3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología
4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud
Mental
5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la
Prevención de Accidentes
6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de
Género y Salud Reproductiva
7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades
8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la
Prevención y el Control del VIH/SIDA
9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de
la Infancia y la Adolescencia
…
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)47
ANEXO 2
Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Promoción de la
Salud y
Determinantes
Sociales
5,227,511.00 0.00 5,227,511.00 100,048,558.00 0.00 0.00 100,048,558.00 0.00 0.00 0.00 105,276,069.00
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y
Actividad Física
3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,000,000.00
TOTALES 8,227,511.00 0.00 8,227,511.00 100,048,558.00 0.00 0.00 100,048,558.00 0.00 0.00 0.00 108,276,069.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Sistema
Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
2,654,108.00 0.00 2,654,108.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,654,108.00
2 SINAVE
(Componente
de Vigilancia
por Laboratorio)
1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,000,000.00
TOTALES 3,654,108.00 0.00 3,654,108.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,654,108.00
48(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Salud Mental 0.00 450,000.00 450,000.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 0.00 42,714,101.00
TOTALES 0.00 450,000.00 450,000.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 0.00 42,714,101.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Seguridad Vial 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,247,500.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos
Vulnerables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTALES 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,247,500.00
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)49
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y
Control del
Cáncer de la
Mujer
0.00 6,081,962.12 6,081,962.12 38,024,541.30 0.00 0.00 38,024,541.30 0.00 0.00 0.00 44,106,503.42
2 Salud Materna
y Perinatal
0.00 14,031,526.62 14,031,526.62 62,725,891.89 0.00 0.00 62,725,891.89 0.00 0.00 0.00 76,757,418.51
3 Salud Sexual y
Reproductiva
para
Adolescentes
2,650,742.55 1,029,176.00 3,679,918.55 26,822,510.00 0.00 0.00 26,822,510.00 0.00 0.00 0.00 30,502,428.55
4 Planificación
Familiar y
Anticoncepción
2,999,424.00 1,521,002.00 4,520,426.00 32,643,665.20 61,998,308.90 0.00 94,641,974.10 0.00 0.00 0.00 99,162,400.10
5 Prevención y
Atención de la
Violencia
Familiar y de
Género
661,067.00 7,559,673.00 8,220,740.00 5,212,207.00 0.00 0.00 5,212,207.00 0.00 0.00 0.00 13,432,947.00
6 Igualdad de
Género en
Salud
229,344.00 0.00 229,344.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 229,344.00
TOTALES 6,540,577.55 30,223,339.74 36,763,917.29 165,428,815.39 61,998,308.90 0.00 227,427,124.29 0.00 0.00 0.00 264,191,041.58
50(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y Control
de la Rabia Humana
21,499.04 0.00 21,499.04 490,902.00 0.00 0.00 490,902.00 0.00 0.00 0.00 512,401.04
2 Prevención y Control
de la Brucelosis
0.00 0.00 0.00 214,789.95 0.00 0.00 214,789.95 0.00 0.00 0.00 214,789.95
3 Prevención y Control
de la Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control
de Dengue y Otros
Vectores
1,696,066.40 0.00 1,696,066.40 7,000.00 0.00 0.00 7,000.00 0.00 0.00 0.00 1,703,066.40
5 Prevención y Control
del Paludismo
218,669.00 0.00 218,669.00 14,420.00 0.00 0.00 14,420.00 0.00 0.00 0.00 233,089.00
6 Eliminación de la
Oncocercosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control
de la Enfermedad de
Chagas
0.00 0.00 0.00 37,500.00 0.00 0.00 37,500.00 0.00 0.00 0.00 37,500.00
8 Prevención y Control
de las Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control
de la Intoxicación por
Picadura de Alacrán
42,000.00 0.00 42,000.00 16,499,048.00 0.00 0.00 16,499,048.00 0.00 0.00 0.00 16,541,048.00
10 Prevención y Control
de la Diabetes
1,006,500.00 214,473.50 1,220,973.50 191,868,313.90 0.00 0.00 191,868,313.90 0.00 0.00 0.00 193,089,287.40
11 Prevención y Control
de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
0.00 2,861,058.00 2,861,058.00 278,030,096.09 0.00 0.00 278,030,096.09 0.00 0.00 0.00 280,891,154.09
12 Atención del
Envejecimiento
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección
y Control de los
Problemas de Salud
Bucal
251,999.50 0.00 251,999.50 35,407,235.17 0.00 0.00 35,407,235.17 0.00 0.00 0.00 35,659,234.67
14 Prevención y Control
de la Tuberculosis
431,050.00 0.00 431,050.00 12,654,047.32 0.00 0.00 12,654,047.32 0.00 0.00 0.00 13,085,097.32
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 8,222.00 0.00 0.00 8,222.00 0.00 0.00 0.00 8,222.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y
Desastres
600,000.00 0.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 600,000.00
17 Prevención de
Enfermedades
Diarreicas Agudas y
Cólera
0.00 250,000.00 250,000.00 579,400.00 0.00 0.00 579,400.00 0.00 0.00 0.00 829,400.00
TOTALES 4,267,783.94 3,325,531.50 7,593,315.44 535,810,974.43 0.00 0.00 535,810,974.43 0.00 0.00 0.00 543,404,289.87
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)51
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Respuesta al
VIH/SIDA e ITS
16,250.00 0.00 16,250.00 31,941,452.00 0.00 0.00 31,941,452.00 71,169,555.27 12,834,654.00 84,004,209.27 115,961,911.27
TOTALES 16,250.00 0.00 16,250.00 31,941,452.00 0.00 0.00 31,941,452.00 71,169,555.27 12,834,654.00 84,004,209.27 115,961,911.27
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Vacunación
Universal
0.00 4,030,311.00 4,030,311.00 53,060,254.16 88,876,303.49 0.00 141,936,557.65 0.00 0.00 0.00 145,966,868.65
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 1,203,696.00 1,203,696.00 21,698,966.75 0.00 0.00 21,698,966.75 0.00 0.00 0.00 22,902,662.75
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 502,070.00 502,070.00 699,050.00 0.00 0.00 699,050.00 0.00 0.00 0.00 1,201,120.00
TOTALES 0.00 5,736,077.00 5,736,077.00 75,458,270.91 88,876,303.49 0.00 164,334,574.40 0.00 0.00 0.00 170,070,651.40
52(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
Gran Total
No.
TODOS LOS
PROGRAMAS
DE ACCIÓN
ESPECÍFICOS
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
TOTAL 24,953,730.49 39,734,948.24 64,688,678.73 950,952,171.73 150,874,612.39 0.00 1,101,826,784.12 71,169,555.27 12,834,654.00 84,004,209.27 1,250,519,672.12
NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de
financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12.
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
RAMO 12
No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS SMS XXI INSUMOS TOTAL
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
2 Salud Materna y Perinatal 0.00 8,679,936.00 8,679,936.00
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53
ANEXO 3
Calendario de Ministraciones
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales
Febrero 5,227,511.00
Subtotal 5,227,511.00
2 Entornos y Comunidades Saludables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Alimentación y Actividad Física
Febrero 3,000,000.00
Subtotal 3,000,000.00
Total 8,227,511.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Febrero 2,654,108.00
Subtotal 2,654,108.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio)
Febrero 1,000,000.00
Subtotal 1,000,000.00
Total 3,654,108.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Salud Mental
Febrero 450,000.00
Subtotal 450,000.00
Total 450,000.00
54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Seguridad Vial
Febrero 2,247,500.00
Subtotal 2,247,500.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
Total 2,247,500.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer
Febrero 5,187,201.25
Mayo 894,760.87
Subtotal 6,081,962.12
2 Salud Materna y Perinatal
Febrero 0.00
Abril 10,998,557.74
Mayo 3,032,968.88
Subtotal 14,031,526.62
3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes
Febrero 2,523,700.00
Mayo 1,156,218.55
Subtotal 3,679,918.55
4 Planificación Familiar y Anticoncepción
Febrero 3,749,135.20
Mayo 771,290.80
Subtotal 4,520,426.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55
5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género
Febrero 5,100,819.00
Mayo 3,119,921.00
Subtotal 8,220,740.00
6 Igualdad de Género en Salud
Febrero 0.00
Mayo 229,344.00
Subtotal 229,344.00
Total 36,763,917.29
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control de la Rabia Humana
Febrero 21,499.04
Subtotal 21,499.04
2 Prevención y Control de la Brucelosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores
Febrero 1,696,066.40
Subtotal 1,696,066.40
5 Prevención y Control del Paludismo
Febrero 218,669.00
Subtotal 218,669.00
6 Eliminación de la Oncocercosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán
Febrero 42,000.00
Subtotal 42,000.00
10 Prevención y Control de la Diabetes
Febrero 1,220,973.50
Subtotal 1,220,973.50
11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular
Febrero 2,861,058.00
Subtotal 2,861,058.00
12 Atención del Envejecimiento
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal
Febrero 251,999.50
Subtotal 251,999.50
14 Prevención y Control de la Tuberculosis
Febrero 361,437.10
Marzo 69,612.90
Subtotal 431,050.00
15 Eliminación de la Lepra
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres
Febrero 600,000.00
Subtotal 600,000.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera
Febrero 250,000.00
Subtotal 250,000.00
Total 7,593,315.44
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS
Febrero 16,250.00
Subtotal 16,250.00
Total 16,250.00
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Vacunación Universal
Febrero 1,150,377.08
Abril 2,879,933.92
Subtotal 4,030,311.00
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia
Febrero 927,361.38
Abril 276,334.62
Subtotal 1,203,696.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia
Febrero 499,117.53
Abril 2,952.47
Subtotal 502,070.00
Total 5,736,077.00
Gran total 64,688,678.73
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se
indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración
del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
58(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
ANEXO 4
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.3.1 Componente Número de ferias de la salud dirigidas
a migrantes en los sitios de origen,
tránsito, destino y retorno realizadas
Número de ferias de la salud
dirigidas a migrantes en los sitios
de origen, tránsito, destino y
retorno programadas
320 Porcentaje de ferias de promoción
de la salud dirigidas a migrantes en
los sitios de origen, tránsito, destino
y retorno.
10
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas de
nivel básico y medio superior
validadas como Promotoras de la
Salud
Meta programada de escuelas
validadas como Promotoras de la
Salud
12,275 Porcentaje de escuelas validadas
como promotoras de la salud
489
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.2.1 Componente Número de talleres para población
general realizados
2 talleres por unidad de primer
nivel por 10 meses
264,800 Porcentaje de talleres comunitarios
para la promoción de la salud,
dirigidos a la población general
24,520
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
4.1.1 Componente Número de materiales educativos con
enfoque de mercadotecnia social en
salud realizados
Número de materiales educativos
con enfoque de mercadotecnia
social en salud programados
256 Porcentaje de materiales
educativos elaborados con enfoque
de mercadotecnia social en salud
213
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
5.1.1 Componente Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones
programadas
1,043 Porcentaje de visitas y acciones de
supervisión integral y evaluación
realizadas
73
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la
población usuaria de los servicios
estatales de salud, presenta la Cartilla
Nacional de Salud
Total de consultas otorgadas a la
población usuaria de los Servicios
Estatales de Salud
54 Porcentaje de consultas en las que
la población usuaria de los
servicios estatales de salud,
presenta la Cartilla Nacional de
Salud
70
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
7.1.1 Componente Número de entidades federativas con
grupos intersectorial estatal de
promoción de la salud
Número de entidades federativas
existentes en el país
6 Porcentaje de entidades federativas
con grupo intersectorial estatal de
promoción de la salud y
determinantes sociales
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.1.1 Actividad Curso-taller para procuradoras(es) de
salud realizados
Curso-taller para agentes de salud
programados
5,000 Porcentaje de cursos-taller para
agentes de salud de salud
4,672
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.2.1 Actividad Número de municipios a los que se
otorgó capacitación a su personal en
el año
Número total de municipios en el
año
849 Porcentaje de municipios a los que
se le otorgó capacitación de
Promoción de la Salud a su
personal.
46
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación
para personal de promoción de la
salud realizados
Número de eventos de
capacitación para personal de
promoción de la salud
programados
32 Porcentaje de eventos de
capacitación para personal de
promoción de la salud
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.1.1 Actividad Número de informes de trabajo
intersectorial realizados en las
jurisdicciones sanitarias
Número de informes de trabajo
intersectorial programados en las
jurisdicciones sanitarias
240 Porcentaje de informes de trabajo y
planeación intersectorial en las
jurisdicciones sanitarias
8
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)59
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.2.1 Actividad Número de jurisdicciones sanitarias
con información sobre comunidades
en acción entregada
Número de jurisdicciones
sanitarias con información sobre
comunidades en acción
programadas
240 Porcentaje de jurisdicciones
sanitarias con información sobre
comunidades en acción
8
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y ejecución
de acciones de los comités estatales
de comunidades saludables
realizadas
Reuniones de planeación y
ejecución de acciones de los
comités estatales de comunidades
saludables programadas
64 Porcentaje de reuniones de
planeación y ejecución de acciones
de los comités estatales de
comunidades saludables
3
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.4.1 Actividad Número de comunidades acreditadas
como saludables
Número de comunidades
programadas para acreditar como
saludables
1,500 Porcentaje de comunidades
acreditadas como saludables
146
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.5.1 Actividad Número de espacios públicos
acreditados como saludables
Número de espacios públicos
programados para acreditar como
saludables
800 Porcentaje de espacios públicos
acreditados como saludables
424
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.1.1 Componente Número de municipios activos en el
año
Número total de municipios en el
año
1,137 Porcentaje de municipios activos 46
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.3.1 Actividad Número de municipios de alta y muy
alta marginación incorporados en
el año
Número total de municipios de alta
y muy alta marginación en el año
200 Porcentaje de municipios de alta y
muy alta marginación incorporados
al programa
2
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.4.1 Actividad Número de promotores de la salud
capacitados en alimentación correcta
a niños menores de cinco años,
mujeres embarazadas y mujeres en
lactancia de los municipios que
participan en la cruzada contra el
hambre
Número total de promotores de la
salud de los municipios que
participan en la cruzada contra el
hambre
900 Porcentaje de promotores de la
salud capacitados en alimentación
correcta a menores de cinco años,
mujeres embarazadas y mujeres en
periodo de lactancia
405
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.5.1 Actividad Número de ferias de promoción de la
salud para prevención de la violencia
realizadas
Número de ferias de promoción de
la salud para prevención de la
violencia programadas
150 Porcentaje de ferias integrales de
promoción de la salud para la
prevención de la violencia en
espacios públicos
26
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.6.1 Actividad Número de eventos locales realizados
que favorezcan la alimentación
correcta y la activación física
Número de eventos locales
programados que favorezcan la
alimentación correcta y la
activación física
100 Porcentaje de eventos locales que
favorezcan la alimentación correcta
y la activación física
46
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.7.1 Actividad Número de municipios que realizan
acciones de comunicación educativa
sobre los efectos del cambio climático
en la salud
Número de municipios
programados para realizar
acciones de comunicación
educativa sobre los efectos del
cambio climático en la salud
1,000 Porcentaje de municipios con
acciones de comunicación
educativa sobre los efectos del
cambio climático en la salud
46
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.8.1 Actividad Número de reuniones con presidentes
municipales realizadas
Número de reuniones con
presidentes municipales
programadas
32 Porcentaje de reuniones con
presidentes municipales
5
60(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.9.1 Actividad Número de municipios certificados
como promotores de la salud en el
año
Número total de municipios en el
año
420 Porcentaje de municipios
certificados como promotores de la
salud
46
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión al
programa realizadas en el año
Número de visitas de supervisión
programadas en el año
180 Porcentaje de visitas de supervisión
al programa
8
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.2.2 Actividad Número de municipios con proyectos
supervisados en el año
Número de municipios con
proyectos apoyados en el año
159 Porcentaje de Municipios
supervisados con proyectos
apoyados
8
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.3.1 Actividad Número total de proyectos
municipales ganadores, con rendición
de cuentas
Número total de proyectos
ganadores
100 Porcentaje de proyectos
municipales ganadores con
rendición de cuentas
8
3 Alimentación y Actividad
Física
1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la
alimentación correcta y el consumo
de agua simple potable en
diferentes entornos.
10
3 Alimentación y Actividad
Física
2.1.1 Actividad Eventos educativos realizadas. Eventos educativos programadas. 160 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la actividad
física en diferentes entornos.
5
3 Alimentación y Actividad
Física
3.1.1 Actividad Campañas realizadas Campañas programadas 96 Número de campañas educativas
sectoriales de promoción de estilos
de vida saludables.
3
3 Alimentación y Actividad
Física
4.2.1 Actividad Sesiones educativas realizadas Sesiones educativas programadas 768 Número de sesiones educativas
sobre los beneficios de la lactancia
materna exclusiva y la alimentación
complementaria.
3,324
3 Alimentación y Actividad
Física
5.1.1 Actividad Número de eventos realizados Número de eventos programados 64 Número de eventos realizados para
la difusión de la cultura alimentaria
tradicional
2
3 Alimentación y Actividad
Física
6.1.1 Actividad Capacitaciones impartidas Capacitaciones programadas 32 Número de cursos de capacitación
para fortalecer las competencias
del personal de salud sobre
alimentación correcta, consumo de
agua simple, actividad física y
lactancia materna.
1
3 Alimentación y Actividad
Física
7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones
programadas
128 Número de supervisiones de las
actividades derivadas del
programa.
4
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)61
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con
incremento en 0.3 puntos con
respecto del año anterior en
cada una de las entidades
federativas.
Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad
general de los sistemas prioritarios.
8
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.2 Propósito Número de Boletines publicados
en la página de la entidad por
semana acumulables.
Número programado de boletines
por publicar en el año (52 o 53).
95 Porcentaje de cumplimiento de
Boletines publicados
52
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.3 Propósito Número de unidades
hospitalarias de la Secretaría de
Salud con técnico capturista
contratado por meses.
Número de hospitales de la
Secretaría de Salud que cumplan
con los requisitos para formar
parte de la RHOVE.
90 Reporte oportuno y consistente de los
casos sujetos a vigilancia
epidemiológica que cuenten con
plataforma informática (RHOVE,
Diabetes y Registro Nacional de
Cáncer).
17
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.4 Actividad Número de unidades equipadas. Número de unidades por equipar. 80 Asegurar la operación de los Sistemas
de Vigilancia Epidemiológica en todas
las Jurisdicciones y Hospitales
RHOVE, USMI y del Registro Nacional
de Cáncer.
30
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.2.1 Propósito Panoramas publicados 4 panoramas anuales. 80 Publicación trimestral de panorama de
DM-II, de Morbilidad Materna Severa y
otras enfermedades No Transmisibles.
4
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados
(en cada nivel jurisdiccional)
Número sistemas programados
para evaluación en las
jurisdicciones
80 Índice de Verificación del cumplimiento
de los procedimientos de vigilancia
epidemiológica correspondientes.
8
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
5.1.1 Actividad Personal aprobado con curso de
posgrado (Diplomado y
maestría) en epidemiología.
Personal programado para cursar
diplomado y maestría en
epidemiología.
80 Porcentaje de alumnos capacitados. 50
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
6.1.1 Actividad Equipo adquirido equipo planeado 90 Porcentaje de UIES creadas o
fortalecidas.
8
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
4.1.1 Propósito Número de diagnósticos con
reconocimiento a la competencia
técnica por el InDRE
Número de diagnósticos
programados a la competencia
técnica por el InDRE
5 Reconocimiento a la competencia
técnica por el InDRE de los
diagnósticos del marco analítico básico
declarados por el LESP
5
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
4.2.1 Actividad Avance en el Índice de
Desempeño año del curso vs.
Índice de Desempeño del año
anterior
Avance Programado en el Índice
de Desempeño del año en curso
1 Medir el índice de desempeño de los
diagnósticos del marco analítico básico
declarados por el LESP
1
62(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.1 Actividad Número de Diagnósticos que
realizan del Marco Analítico
Básico
Número de Diagnósticos del Marco
Analítico Básico
27 Cobertura del Marco Analítico Básico 27
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2 Actividad Número de muestras
procesadas del Marco Analítico
Básico
Número de muestras aceptadas
del Marco Analítico Básico
95 Porcentaje de cobertura del servicio
diagnóstico del Marco Analítico Básico
95
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Salud Mental 4.4.3 Fin Número de prendas de ropa de calle Total de prendas de ropa de
calle existentes
50 Porcentaje de prendas de ropa de calle
existente en el hospital
50
1 Salud Mental 4.5.1 Componente Número de usuarios que asisten
voluntariamente a los talleres de
rehabilitación Psicosocial
Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten
voluntariamente a los talleres de
rehabilitación Psicosocial bajo los
lineamientos del Manual de Programas
de Rehabilitación Psicosocial
30
1 Salud Mental 4.5.2 Actividad Número de usuarios que reciben
apoyo económico por cada ocasión
que asisten a los talleres de
Rehabilitación Psicosocial
Total de usuarios que asisten al
taller
100 Porcentaje de usuarios que reciben
apoyo económico cuando asisten a los
talleres de Rehabilitación Psicosocial
100
1 Salud Mental 4.5.4 Fin Banco de Reforzadores Funcional Banco de Reforzadores 1 Existencia de un Banco de Reforzadores
Funcional
1
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de
Lesiones con acta de creación
Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de
Lesiones instalados
1
1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de
Lesiones que proporcionan
semestralmente información al
Observatorio Nacional
Número de Observatorios
Estatales de Lesiones instalados
8 Observatorios Estatales de
Lesiones operando
1
1 Seguridad Vial 2.2.1 Componente Número de municipios prioritarios con
propuesta de adecuación integral del
marco legal en materia de seguridad vial
Total de municipios prioritarios 27 Municipios prioritarios con
propuesta de adecuación integral
del marco legal en materia de
seguridad vial
4
1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de
10 a 49 años que ha recibido pláticas de
sensibilización sobre seguridad vial en las
entidades federativas
Total de población del grupo de
edad de 10 a 49 años
1 Población sensibilizada por los
promotores de seguridad vial
46,198
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)63
1 Seguridad Vial 4.1.1 Componente Número de Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes conformados
Total de entidades federativas 23 Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes
conformados
1
1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes activos
Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes activos
1
1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que
aplican controles de alcoholimetría
Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican
controles de alcoholimetría
10
1 Seguridad Vial 6.1.1 Componente Número de entidades federativas que
cuentan con Centro Regulador de
Urgencias Médicas en operación
Total de entidades federativas 14 Entidades federativas que
cuentan con Centro Regulador de
Urgencias Médicas en operación
1
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
1.1.1 Actividad Número de informes de campaña
enviados al CNEGSR
Número de entidades federativas
con convenio AFASPE
100 Proporción de entidades con
informe de campaña del mes del
cáncer de la mujer
100
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con
mastografía de tamizaje
Mujeres de 40 a 69 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/2
24 Cobertura de detección de cáncer
de mama con mastografía
25
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con
citología o prueba de VPH de
primera vez
Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer
cérvico uterino en mujeres de 25 a
64 años
62
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas
con prueba de VPH
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/5
58 Proporción de mujeres de 35 a 64
años tamizadas con prueba de
VPH
45
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
5.2.1 Actividad Número de mujeres viviendo con
VIH atendidas en CAPASITS o SAE
que cuentan con detección de
cáncer de cuello uterino en el último
año
Número de mujeres viviendo con
VIH atendidas en CAPASITS
o SAE
70 Proporción de mujeres viviendo con
VIH que cuentan con detección de
cáncer de cuello uterino en el
último año
70
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
6.4.1 Actividad Mastógrafos fijos con
funcionamiento igual o menor
a 10 años
Mastógrafos fijos en la entidad 100 Proporción de mastógrafos fijos
con funcionamiento igual o menor a
10 años
80
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos
capacitados y certificados
Número de citotecnólogos que
interpretan citologías de tamizaje
50 Capacitación y certificación de
citotecnólogos
50
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5
evaluación diagnóstica
Mujeres con BIRADS 4 y 5 en
mastografía de tamizaje
95 Cobertura de evaluación
diagnóstica de casos sospechosos
de cáncer en la mujer
95
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología que recibieron
atención colposcópica
Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología
95 Proporción de mujeres de 25 a 64
años con resultado de LEIAG o
cáncer con evaluación
colposcópica
95
64(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional
80 Proporción de entidades que
cuentan con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
100
2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de
primera vez otorgadas en el primer
trimestre gestacional
Total de consultas de primera vez
sin importar trimestre gestacional
40 Porcentaje de consultas prenatales
de primera vez otorgadas en el
primer trimestre gestacional
40
2 Salud Materna y Perinatal 1.2.1 Actividad Número de Posadas AME que
cumplen con los requisitos
establecidos
Total de Posadas AME
funcionando
98 Porcentaje de Posadas AME que
cumplen con los requisitos
establecidos
50
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz
neonatal realizadas
Número de nacimientos en mujeres
sin Seguridad Social
90 Cobertura de prueba de tamiz
neonatal entre recién nacidos sin
Seguridad Social
90
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.1 Actividad Número de médicos especialistas
actualizados en atención de
emergencias obstétricas de
hospitales resolutivos seleccionados
Total de médicos especialistas en
hospitales resolutivos
seleccionados
50 Porcentaje de médicos
especialistas actualizados en
atención de emergencias
obstétricas de hospitales
resolutivos seleccionados
10
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud
capacitado en parto respetuosos
(humanizado)
Número de personal de salud
programado a capacitar en parto
respetuoso (humanizado)
100 Porcentaje de personal de salud
capacitado en atención de parto
respetuoso (humanizado).
10
2 Salud Materna y Perinatal 3.2.2 Actividad Número de parteras capacitadas y
evaluadas
Total de parteras tradicionales
activas
60 Porcentaje de parteras capacitadas
y evaluadas en atención obstétrica
y neonatal
60
2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Número de insumos esenciales para
emergencias obstétricas y
neonatales adquiridos
Número de emergencias
obstétricas y neonatales atendidas
100 Porcentaje de insumos esenciales
adquiridos para la atención de
emergencias obstétricas y
neonatales
98
2 Salud Materna y Perinatal 6.3.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas en salud materna y
neonatal
Total de visitas de supervisión en el
programa de salud materna y
perinatal programadas en el año
100 Porcentaje de supervisiones
realizadas para revisar las
actividades de salud materna y
neonatal
100
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
2.2.1 Propósito Número de Promotores y brigadistas
capacitados en temas de Salud
Sexual y Reproductiva
Total de Promotores y brigadistas
activos
100 Porcentaje de Promotores y
Brigadistas activos capacitados
100
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios
amigables implementados para la
atención de la salud sexual y
reproductiva de la población
adolescente.
Número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente en operación al cierre
del 2014.
236 Incremento porcentual en el
número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente.
6
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.2.1 Actividad Servicios amigables con
acreditación
Servicios amigables registrados 15 Servicios amigables acreditados 100
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)65
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros
realizadas en el periodo
Número de acciones extramuros
programadas en el periodo
1,152 Actividades extramuros y
comunitarias realizadas a través de
los servicios amigables
36
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas
para la atención en los servicios
amigables
Número de personas programadas
para capacitar en los servicios
amigables para población
adolescente
2,560 Personal capacitado y sensibilizado
en los servicios amigables para
población adolescente
159
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
4.4.1 Componente Mujeres adolescentes usuarias
activas de métodos anticonceptivos,
Población responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Total de población de mujeres
adolescentes responsabilidad de la
Secretaría de Salud, con vida
sexual activa
52 Cobertura de usuarias activas de
métodos anticonceptivos, en
mujeres adolescentes
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
83
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en
medios masivos de comunicación
Número de campañas
programadas.
32 Número de campañas difundidas. 1
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas
durante el año
Personas programadas para ser
capacitadas en el año. (mín. 70 x
32 entidades)
2,240 Personal capacitado respecto del
programado
120
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un
método anticonceptivo durante el
post-evento obstétrico.
Total de eventos obstétricos
atendidos
800,000 Cobertura de anticoncepción
postevento obstétrico.
54,415
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios
activos de métodos anticonceptivos
en la Secretaría de Salud
Mujeres de 15 a 49 años de edad
(casadas o unidas),
responsabilidad de la SSa.
4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos
anticonceptivos en la Secretaría de
Salud
400,332
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas a jurisdicciones sanitarias
al año
Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión
por jurisdicción sanitaria al año.
16
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
6.3.1 Actividad Número de unidades médicas con
servicios de planificación familiar
instalados para la atención de
mujeres con alto riesgo obstétrico.
Número de unidades médicas
programadas para instalar servicios
de planificación familiar para la
atención de mujeres con alto riesgo
obstétrico.
28 Número de servicios de
planificación familiar instalados
para la atención de mujeres con
alto riesgo obstétrico.
16
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.1.1 Actividad Número de herramientas de
detección aplicadas a mujeres de 15
años y más que presentaron
marcadores de riesgo de violencia
familiar y de género.
Número de herramientas de
detección programadas para su
aplicación
1,897,644 Porcentaje de herramientas
detección aplicadas a mujeres de
15 años y más respecto de las
herramientas programadas.
112,103
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.1.2 Actividad Número de herramientas de
evaluación de riesgos aplicadas a
los casos positivos a violencia
familiar y de género
Número de herramientas de
evaluación de riesgos programadas
para su aplicación
398,505 Porcentaje de herramientas de
evaluación de riesgos aplicadas a
los casos positivos a violencia
familiar y de género respecto de las
herramientas programadas
23,542
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.2.1 Actividad Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
capacitado y sensibilizado en la
NOM 046
Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
programado para la capacitación
en la NOM 046
3,225 Porcentaje de personal médico
capacitado en la NOM-046 en
relación a lo programado
225
66(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y
más, unidas en situación de
violencia severa atendidas en los
servicios especializados
Cálculo de mujeres de 15 años y
más unidas, usuarias de los
servicios de salud que se espera
reciban atención especializada por
violencia severa
234,053 Porcentaje de mujeres en situación
de violencia familiar y de género
severa atendidas en servicios
especializados respecto de las
esperadas
13,681
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión a
unidades de salud realizadas
Número de visita de supervisión a
unidades de salud programadas
284 Porcentaje de visitas de
supervisión de Violencia Familiar y
de Género realizadas en relación a
las programadas
8
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.4.1 Actividad Número de grupos formados de
reeducación de víctimas
Número de grupos programados de
reeducación de víctimas
656 Porcentaje de grupos formados de
reeducación de víctimas en
relación a los programados
32
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
5.1.1 Componente Número de material de promoción y
difusión elaborado
Número de material de promoción y
difusión programado para la
elaboración
7 Porcentaje de material de
promoción y difusión elaborado en
relación a lo programado
7
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
6.2.1 Actividad Número de grupos formados de
reeducación de agresores
Número de grupos programados de
reeducación de agresores
656 Porcentaje de grupos formados de
reeducación de agresores
32
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
7.2.1 Componente Número de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual, que
fueron atendidas en las primeras
72 hrs. en unidades de salud y se
les brindó profilaxis para VIH/SIDA
Casos esperados en las unidades
de salud de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual en las
primeras 72 hrs.
5,843 Porcentaje de casos de violación
sexual atendidos en las primeras
72 hrs. con profilaxis en relación
con los casos esperados
250
6 Igualdad de Género en
Salud
1.3.1 Actividad Número de unidades de salud con
acciones de atención con
perspectiva de género
Número de unidades de salud
programadas para desarrollar
acciones de atención con
perspectiva de género
28 Porcentaje de unidades de salud
programadas con acciones de
atención con perspectiva de género
realizadas
2
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social
capacitado
Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social a
capacitar
14,912 Porcentaje de personal de salud de
medicina, enfermería y trabajo
social capacitado en género en
salud en el marco de los derechos
humanos.
270
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.2 Actividad Número de hospitales con un
directivo/a capacitado
Número de hospitales con un
directivo/a a capacitar en el año
550 Porcentaje de hospitales con un
directivo/a capacitados en género
en salud con respecto a los
derechos humanos.
9
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)67
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica
aplicadas
Dosis de vacuna antirrábica
programadas a aplicar
18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada
en perros y gatos
931,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1 Componente Número de perros y gatos
esterilizados
Número de perros y gatos
programados a esterilizar
511,105 Número de perros y gatos
esterilizados en lugares de alta
marginación
32,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.2.1 Componente Perros y gatos agresores, ferales
y sospechosos de padecer rabia,
controlados en áreas de alta
marginación
Perros y gatos agresores, ferales
y sospechosos de padecer rabia,
a controlar en áreas de alta
marginación
510,875 Perros y gatos agresores, ferales y
sospechosos de padecer rabia, en
control en áreas de alta marginación
39,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia enviadas al
laboratorio
Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia programadas a
enviar al laboratorio
47,400 Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos de
padecer rabia enviadas al laboratorio
6,500
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
1.1.1 Propósito Números de reuniones de
Comités Intersectoriales
realizadas
Números de reuniones de
Comités Intersectoriales
programadas
4 Mide el funcionamiento trimestral de
los Comités mediante el porcentaje
de cumplimiento de reuniones
programadas.
4
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.1.1 Propósito Número de Semanas con
Captura de Información en
Plataforma
Número de Semanas en el
periodo
48 Mide la regularidad en el reporte
semanal de actividades mediante el
porcentaje de registro en Plataforma
de manera trimestral
48
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.3.1 Propósito Índice de Condición de Vivienda
obtenido en Localidades
prioritarias
Localidades prioritarias
Programadas
628 Mide la probabilidad trimestral
estratificada de que una vivienda sea
infestada por el vector de acuerdo a
las características de las viviendas
por sector.
9
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.6.1 Actividad Casos nuevos de dengue
tratados
Casos nuevos de dengue
notificados
100 Mide la proporción de tratamiento a
casos nuevos de Dengue.
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de
indicadores entomológicos de
ovitrampas en las Localidades
Prioritarias
9
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.1 Propósito Número de Localidades con
Acciones de Control Larvario
Número de Localidades de
Riesgo Programadas
628 Mide trimestralmente el cumplimiento
en las acciones de control larvario en
las localidades de riesgo.
9
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2 Propósito Número de Localidades
prioritarias con Acciones de
Nebulización Espacial en ULV
Número de Localidades
prioritarias Programadas
628 Mide trimestralmente el porcentaje
de cumplimiento de nebulización
espacial en localidades prioritarias
9
68(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3 Propósito Casos Probables atendidos con
acciones de Rociado
Intradomiciliar reportados en la
Plataforma de Vigilancia
Entomológica y Control Integral
del Vector
Casos Probables Notificados en
la Plataforma del SINAVE
100 Mide trimestral el porcentaje de
cumplimiento de atención con
rociado residual intradomiciliar a
casos probables reportados en la
Plataforma del SINAVE
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.4.1 Propósito Localidades Prioritarias con
Encuesta y Verificación Larvaria
Localidades Intervenidas para
Control Larvario
628 Mide trimestralmente el porcentaje
de Localidades prioritarias con
encuesta y verificación larvaria en
localidades intervenidas con Control
Larvario.
9
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.3.2 Actividad Total de casos probables a los
que se les toma una muestra de
sangre para diagnóstico.
Total de casos probables de
paludismo reportados.
100 El indicador mide el porcentaje de
casos probables que fueron
estudiados en el laboratorio a partir
de una gota gruesa de sangre.
100
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación
realizadas.
Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación
programadas.
4 Indicador de proceso que presenta la
proporción de Comités Estatales de
Certificación que lograron la
certificación de áreas libres de
paludismo para su entidad
federativa. El indicador expresa el
acumulado anual de entidades
federativas que alcanzan la
certificación.
4
5 Prevención y Control del
Paludismo
2.1.1 Actividad Número de puestos de
notificación en localidades de
riesgo visitados para promoción
de la notificación.
Número de puestos de
notificación en localidades de
riesgo programados para visitas
de promoción de notificación.
85 Indicador de proceso que estima la
proporción de puestos de notificación
que se mantienen productivos
mensualmente.
8
5 Prevención y Control del
Paludismo
3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con
perspectiva de género para la
vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
Personal de salud que participa
en la vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
100 Indicador de proceso que cuantifica
el porcentaje de cumplimiento de las
acciones de capacitación previstas.
100
5 Prevención y Control del
Paludismo
4.1.1 Actividad Localidades prioritarias con
infestación larvaria menor al 1%
de caladas positivas posterior a la
intervención comunitaria.
Localidades prioritarias con
medición de infestación larvaria
previa a la intervención
comunitaria.
100 Indicador de proceso que mide la
proporción de localidades tratadas
por la comunidad para control
larvario y que lograron reducir la
infestación del vector a menos del
1% de caladas positivas.
9
5 Prevención y Control del
Paludismo
5.1.1 Actividad Número de localidades
prioritarias con eliminación de
criaderos de anofelinos con
participación comunitaria.
Número de localidades
prioritarias con eliminación de
criaderos de anofelinos con
participación comunitaria.
100 Indicador de proceso de estima la
cobertura de localidades prioritarias
con eliminación de criaderos y
hábitats de los vectores, con
participación comunitaria.
100
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)69
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
1.1.1 Actividad Número de serologías realizadas
en menores de cinco años
Número de serologías en
menores de cinco años
programadas
3,872 Indicador de proceso que estima el
cumplimiento en la meta de toma de
muestra serológica a menores de
cinco años de edad, residentes de
localidades prioritarias.
Con el resultado de la serología se
explorará la reducción de la
transmisión intradomiciliaria
mediante la reducción en la
positividad de serologías en menores
de cinco años a razón de ser la
mayor permanencia de personas de
ese grupo de edad en el domicilio.
4
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
1.1.2 Actividad Número de localidades
prioritarias con estudios
entomológicos realizados antes y
después de la actividad de
control químico
Número de localidades con
estudios entomológicos
programados en las localidades
prioritarias
94 Indicador de proceso que cuantifica
el número de localidades prioritarias
que deberán ser encuestadas
entomológicamente, previos y
posteriores a las intervenciones de
control químico
4
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
2.2.1 Actividad Número de localidades
prioritarias con viviendas
mejoradas con encalado exterior
Número de localidades con sus
viviendas programadas
47 Promover el mejoramiento de las
viviendas (encalado exterior en el
20% de las viviendas), en
localidades prioritarias
9
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas
con insecticida residual
Número de localidades
programadas a rociar
94 Indicador de proceso que cuantifica
el número de localidades prioritarias
con rociado intradomiciliar, aplicado
en dos ciclos.
4
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
4.2.1 Propósito Número de tratamientos
supervisados
Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica
el total de casos confirmados que se
ministrará tratamiento supervisados.
3
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
5.2.1 Actividad Número de serologías positivas
realizadas en donantes de sangre
doblemente reactivos
Número donantes de sangre
doblemente reactivos
2,085 Indicador de proceso: Cuantifica el
incremento anual en el número de
pruebas de tamizaje que son
tomadas y confirmadas
serológicamente en centros de
transfusión sanguínea.
70
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
1.1.1 Propósito Número de localidades con
encuestas entomológicas
realizadas
Número de localidades
prioritarias programadas
80 Medir el avance trimestral de las
encuestas entomológicas previas y
posteriores para Alacranes
realizadas en localidades prioritarias
2
70(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
2.2.1 Actividad Número de viviendas mejoradas
con colocación de cielo raso y
encalado de paredes exteriores.
Número de viviendas
programadas en localidades
prioritarias (20%)
130 Mejoramiento de la vivienda en 325
localidades acumuladas en el
periodo. Estimada por mejoras con
materiales locales en paredes y
techo, eliminación de sitios de
refugio de alacranes
intradomiciliarios mediante
ordenamiento del medio, instalación
de cielo raso, pabellones mosquitero
en camas o cualquier otro sitio de
reposo y pernocta.
9
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas Número de localidades
programadas a rociar
130 Se pretende establecer el control
químico del vector mediante rociado
residual intradomiciliario restringido a
localidades prioritarias de alta
incidencia.
2
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
4.2.1 Actividad Número voluntarios activos en
localidades prioritarias
Número de localidades
prioritarias programadas
100 Pretende mejorar el acceso a
servicios de salud de calidad
capacitando personal comunitario
voluntario para que aplique de
manera oportuna el tratamiento
específico en la misma localidad
donde ocurra la picadura de alacrán.
9
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
4.2.2 Actividad Número de casos por intoxicación
por picadura de alacrán IPPA
atendidos antes de 30 minutos
Total de casos notificados por
intoxicación por picadura de
alacrán IPPA
100 El indicador medirá el número de
casos a los que se les ministre con
oportunidad el tratamiento
faboterápico específico, estimado por
aquellos pacientes que son tratados
en los primeros 30 minutos después
de ser picados por el alacrán.
100
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
4.3.1 Fin Número de casos registrados en
el SUIVE
Número de casos esperados para
el 2015
231,399 Pretende vigilar el impacto de las
acciones de prevención y
autocuidado a través del monitoreo
de la reducción en el número de
casos de Intoxicación por Picadura
de Alacrán.
35,000
10 Prevención y Control de la
Diabetes
2.1.1 Propósito Número de grupos preventivos
formados y en función, en las
UNEMEs EC realizados
Número de grupos preventivos
formados y en función, en las
UNEMEs EC programados
65 Número de grupos preventivos
formados y en función en las
UNEMEs EC
9
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.1.1 Propósito Número de pacientes con
diabetes mellitus en tratamiento
al que al menos se le realizó una
medición anual con hemoglobina
glucosilada (HbA1c) en población
de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud, realizados
Número de pacientes con
diabetes mellitus en tratamiento
al que al menos se le realizó una
medición anual con hemoglobina
glucosilada (HbA1c) en población
de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud, programadas
86,378 Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento al que al
menos se le realizó una medición
anual con hemoglobina glucosilada
(HbA1c) en población de 20 años y
más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud.
4,490
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)71
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.2.2 Propósito Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el
primer nivel de atención
realizados
Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el
primer nivel de atención
programados
450 Número de Grupos de Ayuda Mutua
EC acreditados en el primer nivel de
atención.
30
10 Prevención y Control de la
Diabetes
5.1.1 Propósito Número de unidades en el primer
nivel de atención con la
supervisión de autoridad estatal,
con abasto oportuno y suficiente
de medicamentos para el control
de la ECNT, realizados
Número de unidades en el primer
nivel de atención con la
supervisión de autoridad estatal,
con abasto oportuno y suficiente
de medicamentos para el control
de la ECNT, programados
27 Número de unidades en el primer
nivel de atención con la supervisión
de autoridad estatal, con abasto
oportuno y suficiente de
medicamentos para el control de la
ECNT.
27
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
1.1.1 Actividad Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más realizadas
Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más programadas
22,613,439 Número de detecciones de obesidad,
hipertensión arterial y dislipidemias
en población de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
1,367,431
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
1.3.1 Actividad Porcentaje de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, realizadas durante la
Semana Nacional del Corazón
Porcentaje de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, programadas
durante la Semana Nacional del
Corazón
90 Porcentaje de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, realizadas durante la
Semana Nacional del Corazón
68,371
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.1.1 Fin Número de casos de hipertensión
arterial en pacientes de 20 años y
más, que ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
Número de casos de hipertensión
arterial programados para
ingresar a tratamiento , en
pacientes de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
237,016 Número de casos de hipertensión
arterial en pacientes de 20 años y
más, que ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
12,586
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
CONTROL responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
TRATAMIENTO responsabilidad
de la Secretaría de Salud
482,873 Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
control responsabilidad de la
Secretaría de Salud
31,519
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
3.5.1 Propósito Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más
programados por ingresar a
tratamiento, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
228,815 Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
6,184
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
3.6.1 Propósito Número de casos de dislipidemia
en población de 20 años y más
que ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
programados por ingresar a
tratamiento, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
104,530 Número de casos de dislipidemias en
población de 20 años y más que
INGRESAN a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
4,854
72(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
4.1.1 Propósito Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
en control, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
se encuentran en tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
172,995 Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que en
control, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
10,026
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
4.2.1 Propósito Número de casos de
dislipidemias en población de 20
años y más en control,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
Número de casos de
dislipidemias en población de 20
años y más en tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
127,382 Número de casos de dislipidemias en
población de 20 años y más en
control, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
11,360
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
3.2.1 Actividad Semanas Estatales de Salud
Bucal realizadas.
Semanas Estatales de Salud
Bucal programadas.
64 Semanas Estatales de Salud Bucal. 2
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
4.4.1 Actividad Actividades Preventivas
Extramuros realizadas.
Actividades Preventivas
Extramuros Programadas.
134,390,949 Actividades de Prevención
(extramuros).
5,443,551
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
4.7.1 Actividad Curso de capacitación de la
estrategia SOFAR realizados.
Cursos de capacitación de la
estrategia SOFAR programados.
7 Capacitación SOFAR 1
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
5.1.1 Actividad Actividades Curativas
Asistenciales Realizadas.
Actividades Curativas
Asistenciales Programadas.
22,802,442 Actividades Curativo Asistenciales
(intramuros).
1,489,333
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
6.4.1 Actividad Tratamientos Restaurativos
Atraumáticos realizados.
Tratamientos Restaurativos
Atraumáticos programadas.
159,634 Tratamiento Restaurativo
Atraumático.
4,088
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
7.4.1 Actividad Investigación en salud bucal
realizadas.
Investigación en salud bucal
programados.
16 Investigación en materia de salud
bucal.
1
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
7.5.1 Fin Unidades aplicativas con material
de promoción.
Total unidades aplicativas con
servicio de odontología.
4,635 Promoción de la Salud Bucal. 191
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
7.6.1 Actividad Cursos de capacitaciones
realizados.
Cursos de capacitación
programados.
64 Cursos de capacitación
estomatológica.
2
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de
salud bucal realizadas.
Supervisiones al programa de
salud bucal programadas.
4,635 Supervisión del programa de salud
bucal.
263
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas
realizadas.
Consultas estomatológicas
programadas.
9,421,700 Consultas estomatológicas. 519,874
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)73
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.1 Componente Número de sintomáticos
respiratorios identificados
Número de sintomáticos
respiratorios programados
290,823 Cobertura de detección de
sintomáticos respiratorios
11,739
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1 Propósito Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
que ingresaron al tratamiento con
fármacos de segunda línea.
Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
para recibir esquema de
tratamiento con fármacos de
segunda línea programados.
263 Cobertura de tratamiento de
personas con tuberculosis
farmacorresistente
4
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1 Actividad Número de campañas educativas
realizadas en tuberculosis (spot
de radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
Total de campañas educativas
programadas en tuberculosis
(spot de radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
96 Número de materiales educativos en
tuberculosis elaborados
3
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y
supervisión realizadas
Número de visitas de asesoría y
supervisión programadas
854 Porcentaje de cumplimiento de
visitas de supervisión
32
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal
para la Seguridad en Salud
realizadas.
Reuniones del Comité Estatal
para la Seguridad en Salud
programadas.
4 Porcentaje de reuniones del Comités
Estatales para la Seguridad en Salud
4
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
3.1.1 Actividad Cursos de capacitación
realizados
Cursos de capacitación
programados
2 Porcentaje de cursos de capacitación
para el personal involucrado en la
operación del programa.
2
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas
conformadas
Kits de reservas estratégicas
programados
3 Porcentaje de kits de reservas
estratégicas conformadas.
3
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) atendidas en
menos de 48 horas
Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) registradas
10 Porcentaje de emergencias en salud
atendidas en forma oportuna (< de
48 hrs).
10
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
4 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
1.1.1 Actividad Reuniones trimestrales del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera realizadas
Reuniones trimestrales del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera programadas.
4 Porcentaje de reuniones del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de
hisopo rectal realizados.
Total estatal de EDAS notificadas
en el SUIVE de las unidades
seleccionadas.
2 Porcentaje de casos de EDA que
acuden a unidades de atención del
sector salud con muestra con HR.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos-taller para
personal de salud.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos
realizados
Total de operativos preventivos
programados
2 Porcentaje de operativos preventivos
en áreas de riesgo
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA
y cólera realizadas
Campañas preventivas para EDA
y cólera programadas
1 Porcentaje de campañas preventivas
para EDA y cólera.
1
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
3 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
3
74(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas
con VIH e ITS en Servicios
Especializados.
Personas en control y en TAR
registrados en el SALVAR
156 Condones distribuidos para la
prevención en personas con VIH
e ITS.
156
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por
la Secretaría de Salud (excluyendo
las detecciones en mujeres
embarazadas).
Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH
(Secretaría de Salud).
87,360
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud con carga viral indetectable.
Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud.
72 Porcentaje de personas en
tratamiento ARV en Control
Virológico (Secretaría de Salud).
72
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a
tratamiento para la TB activa en la
Secretaría de Salud
Personas con TB y VIH en la
Secretaría de Salud.
100 Porcentaje de personas en TAR
que se refirieron a tratamiento
para la TB activa (Secretaría de
Salud).
100
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
6.2.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año
base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de VIH y sida
por transmisión vertical
Meta de porcentaje de cambio entre el
año base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de VIH y sida por
transmisión vertical.
100 Porcentaje de cumplimiento del
cambio entre el año base y el año
de registro de casos nuevos
confirmados de VIH y sida por
transmisión vertical.
100
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema
de vacunación en niños menores de un
1 año de edad , que correspondan del
área de responsabilidad de Secretaría
de Salud de acuerdo a la distribución
poblacional de responsabilidad
institucional
Niños menores de 1 año de edad de
acuerdo a la distribución poblacional
de responsabilidad institucional.
90 Porcentaje de cobertura de
vacunación con esquema
completo en menores de 1 año.
90
1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin
registradas en Semanas Nacionales de
Salud.
Total de dosis de vacuna Sabin
programados para Semanas
Nacionales de Salud.
90 Logros de biológicos aplicados
en Semanas Nacionales de
Salud para el Programa de
Vacunación Universal (Sabin)
90
1 Vacunación Universal 1.3.1 Actividad Número de capacitaciones realizadas
del Programa de vacunación Universal a
personal de salud
Total de capacitaciones para
personal de salud programadas por
el Programa de Vacunación
Universal
90 Capacitaciones realizadas del
Programa de Vacunación
Universal al personal de salud
involucrado.
90
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)75
1 Vacunación Universal 1.4.1 Propósito Número de supervisiones realizadas al
Programa de Vacunación Universal.
Número de supervisiones
programadas al Programa de
Vacunación Universal.
90 Supervisión realizada del
Programa de Vacunación
Universal.
90
1 Vacunación Universal 1.5.1 Fin Dosis de vacunas de SRP registradas
en el SIS
Niños de un año de edad de
responsabilidad institucional
90 Cobertura de vacunación de
SRP al año de edad
90
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
3.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas al
Programa de Atención a la Salud de la
Infancia y la Adolescencia en el año
Número de supervisiones
programadas al Programa de
Atención a la Salud de la Infancia y
la Adolescencia en el año
80 Porcentaje de supervisiones
realizadas al Programa de
Atención a la Salud de la
Infancia y la Adolescencia
en el año
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
1.1.1 Actividad Supervisiones realizadas a unidades
médicas acreditadas en oncología
pediátrica y de primer nivel de atención
Supervisiones programadas a
unidades médicas acreditadas en
oncología pediátrica y de primer
nivel de atención
80 Supervisiones realizadas a
unidades médicas acreditadas
en oncología pediátrica y de
primer nivel de atención
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
1.2.1 Actividad Sesiones de los Consejos Estatales de
Prevención y Tratamiento del Cáncer en
la Infancia y Adolescencia y sus comités
realizadas
Sesiones de los Consejos Estatales
de Prevención y Tratamiento del
Cáncer en la Infancia y Adolescencia
y sus comités programadas
100 Evaluación de los Consejos
Estatales de Prevención y
Tratamiento del Cáncer en la
Infancia y Adolescencia
(COECIA)
100
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en
prevención y atención de cáncer en la
infancia y adolescencia
Total de capacitaciones
programadas en prevención y
atención de cáncer en la infancia y
adolescencia
75 Porcentaje de capacitaciones al
personal de salud en prevención
y atención del cáncer en
menores de 18 años
75
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
2.3.1 Fin No. de pacientes detectados en etapas
tempranas
Total de pacientes detectados por la
herramienta
65 Pacientes detectados en etapas
tempranas de la enfermedad
65
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el
Registro de Cáncer en Niñas, Niños y
Adolescentes
Total de casos registrados en el
Sistema del Fondo de Protección
contra Gastos Catastróficos
80 Evaluación y análisis de los
sistemas de información
relacionados al cáncer en la
infancia y adolescencia
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
3.3.1 Propósito Número de pacientes localizados Número de pacientes con
seguimientos incompletos
70 Pacientes menores de 18 años
con cáncer localizados
70
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
4.1.1 Actividad Material de difusión Realizado Material de difusión programado 80 Material de Difusión relacionado
al Programa Sigamos
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
4.1.2 Actividad Capacitaciones realizadas en temas de
Sigamos Aprendiendo en el Hospital
Realizar 3 capacitaciones en temas
de Sigamos Aprendiendo en el
Hospital
66 Capacitaciones en temas de
Sigamos Aprendiendo en el
Hospital
66
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
76(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
ANEXO 5
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Sustancias biológicas
Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de
Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud
Pública
1.00 42,084.00 42,084.00
TOTAL: 42,084.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Papel prueba de TSH. Papel filtro de algodón 100% sin aditivos, especial para recolección y
transporte de sangre de neonatos, con impresión de cuatro círculos punteados de un
centímetro de diámetro cada uno y de las palabras nombre y con número progresivo. Paquete
con 10 hojas, máximo 100.
11.64 69,120.00 804,556.80
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de la Hormona Estimulante de la Tiroides Tirotrofina
(TSH), en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles
internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 69,120.00 1,282,867.20
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)77
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de 17/ Alfa Hidroxi Progesterona, en sangre total de
neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número
de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 71,040.00 1,318,502.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de Fenilalanina, en sangre total de neonatos,
colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de
pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 71,040.00 1,318,502.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de Galactosa Total, en sangre total de neonatos
colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de
pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 71,040.00 1,318,502.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas.
Descripción complementaria: Para determinación de fibrosis quística, Para mínimo 96
pruebas. RTC.
18.56 71,040.00 1,318,502.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas.
Descripción complementaria: Determinación de la deficiencia de la Biotinidasa. Para mínimo
96 pruebas. RTC.
18.56 71,040.00 1,318,502.40
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg
envase con un dispositivo.
1,774.98 8,708.00 15,456,525.84
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg
etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales)
25.30 90,030.00 2,277,759.00
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Desogestrel y etinilestradiol tableta cada tableta contiene: desogestrel 0.15 mg etinilestradiol
0.03 mg envase con 28 tabletas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales).
25.30 2,663.00 67,373.90
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa
contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una
ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml
35.42 101,055.00 3,579,368.10
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de
noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml.
35.42 10,403.00 368,474.26
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona solución inyectable oleosa cada ampolleta contiene: enantato de noretisterona
200 mg envase con una ampolleta de 1 ml.
37.59 126,371.00 4,750,285.89
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante
y aplicador.
1,160.64 24,393.00 28,311,491.52
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene: norelgestromina 6.00 mg
etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches.
160.88 28,463.00 4,579,127.44
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel
0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas.
10.66 3,996.00 42,597.36
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 17,240.00 1,407,818.40
78(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos.
Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual.
52.95 16,645.00 881,352.75
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos intrauterino. T de cobre, 380 a. Anticonceptivo estéril con 380 mm2, de cobre,
plástico grado médico 77% y sulfato de bario usp 23%, con filamento largo de 30 cm con tubo
insertor, tope y émbolo insertor.
11.61 22,221.00 257,985.81
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos dispositivo intrauterino, t de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre
enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical
de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de
plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador
montable con tope cervical.
36.37 499.00 18,148.63
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
7.2.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,440.81 250.00 610,202.50
6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género
37.62 100.00 3,762.00
6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Género y Salud / Porta Post it
68.94 60.00 4,136.40
6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Género y Salud / Porta Clips imantado
56.95 60.00 3,417.00
6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Género y Salud / Libreta para notas en curpiel
129.40 20.00 2,588.00
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3
43.50 10.00 435.00
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud
20.85 150.00 3,127.50
TOTAL: 71,305,913.30
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I.,
Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml.
253.00 96.00 24,288.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 1,067.00 210,199.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 382.00 31,706.00
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Larvicida Biorracional al 7.5% en cajas con 4000 tabletas
23,211.62 12.00 278,539.44
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)79
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en tambos
de 208 litros
107,889.71 22.00 2,373,573.62
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado concentrado emulsionable al 49% en
caja de 12 litros
14,608.92 16.00 233,742.72
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida carbamato de acción residual al 70% en cuñete de
4.5 kg con 180 sobres de 25 gramos
14,509.28 20.00 290,185.60
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida Carbamato de Acción Residual al 80% polvo
humectable en cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos
37,451.97 50.00 1,872,598.50
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos)
Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el
tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente
5,926.00 12.00 71,112.00
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo
electrónico.
6,875.00 1.00 6,875.00
TOTAL: 5,392,819.88
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 1,830.00 249,429.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por
inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche para
mínimo 24 pruebas. TATC.
1,899.50 498.00 945,951.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de
atazanavir. Envase con 30 cápsulas.
2,764.85 2,785.00 7,700,107.25
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg
envase con 60 tabletas.
1,712.32 1,029.00 1,761,977.28
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 1,148.00 958,694.80
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir solución cada 100 ml contienen: sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir.
Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora.
578.00 199.00 115,022.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir.
Envase con 60 tabletas.
470.47 1,127.00 530,219.69
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 49.00 158,238.64
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina cápsula cada cápsula contiene: emtricitabina 200 mg envase con 30 cápsulas. 530.16 141.00 74,752.56
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil
fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir
disoproxilo envase con 30 tabletas.
2,000.12 1,329.00 2,658,159.48
80(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de
darunavir envase con 60 tabletas.
4,978.59 388.00 1,931,692.92
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30
comprimidos recubiertos.
371.83 2,462.00 915,445.46
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg
de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas.
1,379.32 1,803.00 2,486,913.96
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene:
tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil emtricitabina
200 mg envase con 30 tabletas recubiertas.
2,124.62 3,339.00 7,094,106.18
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina suspensión cada 100 mililitros contienen: nevirapina hemihidratada equivalente a
1 g de nevirapina envase con 240 ml con dosificador.
332.80 37.00 12,313.60
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 418.00 238,260.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 788.00 165,480.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 193.00 1,047,849.11
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase frasco
ámbar con 160 ml y dosificador.
1,714.00 510.00 874,140.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg
de raltegravir envase con 60 comprimidos.
5,308.92 647.00 3,434,871.24
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con
84 cápsulas o tabletas cada uno.
347.96 4,148.00 1,443,338.08
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 10.00 7,949.30
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase
con 60 tabletas.
1,100.00 1.00 1,100.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con
120 tabletas
2,656.00 2,416.00 6,416,896.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente
a 500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos
2,207.00 484.00 1,068,188.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 651.00 250,088.16
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas.
657.47 113.00 74,294.11
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas.
1,056.91 683.00 721,869.53
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 142.00 940,390.74
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 119.00 788,073.93
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,404.15 11,355.00 27,299,123.25
TOTAL: 72,364,935.27
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)81
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de
bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331
200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o tokio 172 200 000-3 000 000 ufc
o montreal 200 000 3 200 000 ufc o moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco
ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml.
*semilla mérieux.
10.15 124,600.00 1,264,690.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna
antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b
suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide
diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a
40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina
filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus
de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud*
haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de
antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con
toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en
frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para
reconstituir con la suspensión de la jeringa.
142.80 337,900.00 48,252,120.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de
0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston-
zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados
en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o
103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en
células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50
envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente.
12.09 372,200.00 4,499,898.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos
purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a,
12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco
ámpula de 2.5 ml.
92.20 17,700.00 1,631,940.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 257,761.00 12,710,194.91
82(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 92,460.00 4,559,202.60
1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable
cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico
no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8
mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias
tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml.
136.00 42,300.00 5,752,800.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml
contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis).
10.00 155,600.00 1,556,000.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo
reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3
2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui
envase con un tubo de plástico con 2 ml.
53.92 164,300.00 8,859,056.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg 4 -
2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a -
2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa
prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja.
183.80 243,000.00 44,663,400.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 215,740.00 10,638,139.40
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada
uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 277,139.00 13,665,724.09
1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con
0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml.
156.96 70,400.00 11,049,984.00
TOTAL: 169,103,149.00
Gran total 318,208,901.45
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)83
APÉNDICE
La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de
Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por
“LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS
PROGRAMAS”.
Resumen de recursos por fuente de financiamiento
(Monto pesos)
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la
Salud y
Determinantes
Sociales
5,227,511.00 0.00 5,227,511.00 2,172,091.00 0.00 0.00 0.00 2,172,091.00 100,048,558.00 0.00 0.00 107,448,160.00
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 2,358,043.00 0.00 0.00 0.00 2,358,043.00 0.00 0.00 0.00 2,358,043.00
3 Alimentación y
Actividad Física
3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,000,000.00
Total: 8,227,511.00 0.00 8,227,511.00 4,530,134.00 0.00 0.00 0.00 4,530,134.00 100,048,558.00 0.00 0.00 112,806,203.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
2,654,108.00 0.00 2,654,108.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 3,732,908.00
2 SINAVE
(Componente de
Vigilancia por
Laboratorio)
1,000,000.00 42,084.00 1,042,084.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,042,084.00
Total: 3,654,108.00 42,084.00 3,696,192.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 4,774,992.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental 450,000.00 0.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,714,101.00
Total: 450,000.00 0.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,714,101.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 2,847,500.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos Vulnerables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Total: 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 2,847,500.00
84(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO
E INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer
de la Mujer
6,081,962.12 0.00 6,081,962.12 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 38,024,541.30 0.00 0.00 44,106,503.42
2 Salud Materna y Perinatal 14,031,526.62 0.00 14,031,526.62 700,000.00 0.00 0.00 0.00 700,000.00 62,725,891.89 8,679,936.00 0.00 86,137,354.51
3 Salud Sexual y Reproductiva
para Adolescentes
3,679,918.55 0.00 3,679,918.55 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 26,822,510.00 0.00 0.00 30,502,428.55
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4,520,426.00 0.00 4,520,426.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 94,641,974.10 0.00 0.00 99,162,400.10
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
8,220,740.00 610,202.50 8,830,942.50 400,001.00 0.00 0.00 0.00 400,001.00 5,212,207.00 0.00 0.00 14,443,150.50
6 Igualdad de Género en Salud 229,344.00 17,465.90 246,809.90 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 246,809.90
Total: 36,763,917.29 627,668.40 37,391,585.69 1,100,001.00 0.00 0.00 0.00 1,100,001.00 227,427,124.29 8,679,936.00 0.00 274,598,646.98
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
21,499.04 266,193.00 287,692.04 12,987,382.50 0.00 0.00 0.00 12,987,382.50 490,902.00 0.00 0.00 13,765,976.54
2 Prevención y Control de la
Brucelosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 214,789.95 0.00 0.00 214,789.95
3 Prevención y Control de la
Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue
y Otros Vectores
1,696,066.40 5,048,639.88 6,744,706.28 19,425,984.40 0.00 0.00 0.00 19,425,984.40 7,000.00 0.00 0.00 26,177,690.68
5 Prevención y Control del
Paludismo
218,669.00 0.00 218,669.00 366,000.00 0.00 0.00 0.00 366,000.00 14,420.00 0.00 0.00 599,089.00
6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
0.00 0.00 0.00 25,000.00 0.00 0.00 0.00 25,000.00 37,500.00 0.00 0.00 62,500.00
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
42,000.00 0.00 42,000.00 190,000.00 0.00 0.00 0.00 190,000.00 16,499,048.00 0.00 0.00 16,731,048.00
10 Prevención y Control de la
Diabetes
1,220,973.50 0.00 1,220,973.50 1,193,626.00 0.00 0.00 0.00 1,193,626.00 191,868,313.90 0.00 0.00 194,282,913.40
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2,861,058.00 0.00 2,861,058.00 890,778.00 0.00 0.00 0.00 890,778.00 278,030,096.09 0.00 0.00 281,781,932.09
12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección y Control
de los Problemas de Salud
Bucal
251,999.50 0.00 251,999.50 2,754,146.21 0.00 0.00 0.00 2,754,146.21 35,407,235.17 0.00 0.00 38,413,380.88
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
431,050.00 77,987.00 509,037.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 12,654,047.32 0.00 0.00 13,163,084.32
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 8,222.00 0.00 0.00 8,222.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
600,000.00 0.00 600,000.00 1,058,000.00 77,351.00 0.00 0.00 1,135,351.00 0.00 0.00 0.00 1,735,351.00
17 Prevención de Enfermedades
Diarreicas Agudas y Cólera
250,000.00 0.00 250,000.00 241,000.00 0.00 0.00 0.00 241,000.00 579,400.00 0.00 0.00 1,070,400.00
Total: 7,593,315.44 5,392,819.88 12,986,135.32 39,131,917.11 77,351.00 0.00 0.00 39,209,268.11 535,810,974.43 0.00 0.00 588,006,377.86
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00 690,400.00 0.00 0.00 0.00 690,400.00 31,941,452.00 0.00 84,004,209.27 117,847,691.27
Total: 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00 690,400.00 0.00 0.00 0.00 690,400.00 31,941,452.00 0.00 84,004,209.27 117,847,691.27
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)85
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación
Universal
4,030,311.00 80,226,845.51 84,257,156.51 10,337,833.62 0.00 0.00 0.00 10,337,833.62 141,936,557.65 0.00 0.00 236,531,547.78
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
1,203,696.00 0.00 1,203,696.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 21,698,966.75 0.00 0.00 22,902,662.75
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
502,070.00 0.00 502,070.00 3,921,859.00 0.00 0.00 0.00 3,921,859.00 699,050.00 0.00 0.00 5,122,979.00
Total: 5,736,077.00 80,226,845.51 85,962,922.51 14,259,692.62 0.00 0.00 0.00 14,259,692.62 164,334,574.40 0.00 0.00 264,557,189.53
Gran Total: 64,688,678.73 87,484,797.79 152,173,476.52 61,390,944.73 77,351.00 0.00 0.00 61,468,295.73 1,101,826,784.12 8,679,936.00 84,004,209.27 1,408,152,701.64
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con
el contenido del presente Convenio Modificatorio.
TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO
PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones.
CUARTA.- Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten
irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en
razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.
Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la
Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud,
Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de
Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar
Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director
General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro
Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y
la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud Pública del Estado de
Guanajuato, Francisco Ignacio Ortíz Aldana.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, Juan Ignacio Martín Solís.- Rúbrica.- La Secretaria
de la Transparencia y Rendición de Cuentas, Ma. Isabel Tinoco Torres.- Rúbrica.
86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento
de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado
de Hidalgo.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA
EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 1 DE
ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE
LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN
DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA
VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA
DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE
EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA.
PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL
CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE HIDALGO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADA POR LA
LIC. EDNA GERALDINA GARCÍA GORDILLO, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS
DE SALUD DE HIDALGO CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LA ROCHA WAITE, SECRETARIO
DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO, CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE
ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar
recursos presupuestarios federales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 y 13, apartado B de la Ley General
de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación, así como fortalecer la
integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se
denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO
PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación
y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el
que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de
Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el
cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha
modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar
adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión
Nacional contra las Adicciones.
IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades
administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo
sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se
adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los
numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, los numerales 4 y 6 del
apartado II. Declaraciones de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así
como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a
“LA ENTIDAD”.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara:
I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO
PRINCIPAL”.
II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara:
II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 2, 3 y 5 insertas en el “CONVENIO
PRINCIPAL”.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 87
III. Las partes declaran conjuntamente:
III.1.Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
III.2.Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los
términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3
del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, los numerales 4 y 6 del apartado II. Declaraciones de
“LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el
Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
…
I. DECLARA ”LA SECRETARÍA”:
…
2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le
corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción
de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de
ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas
por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad
de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los
secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que
se contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros
nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47
del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el
presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que
en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
…
II. DECLARA “LA ENTIDAD”:
…
4. Que la Lic. Edna Geraldina García Gordillo, Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios
de Salud de Hidalgo, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con el artículo 35
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, y Artículo 10, fracciones I y
XV del Decreto Gubernamental publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 18 de
Noviembre de 1996, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud
de Hidalgo; así como lo dispuesto por el artículo 12 fracción I, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud, publicado en el Periódico Oficial del Estado, en fecha 29 de septiembre de 2014
y lo establecido en el artículo 22 fracción XXI, del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de
Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 14 de marzo de 2005; cargo que quedó
debidamente acreditado con el nombramiento expedido por el Lic. José Francisco Olvera Ruiz,
Gobernador del Estado, con fecha 26 de enero de 2015.
…
6. Que el Secretario de Finanzas y Administración asiste a la suscripción del presente Convenio, de
conformidad con los Artículos 13 Fracción II, y 25 fracciones I, V y XI de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Hidalgo, cuya personalidad quedó acreditada mediante
fotocopia simple de su Nombramiento de fecha 13 de marzo de 2012, durante la suscripción de
"EL ACUERDO MARCO".
…
88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
PRIMERA.- …
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
(Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la Salud y Determinantes
Sociales
P 014 1,580,331.00 0.00 1,580,331.00
2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00
Subtotal: 4,580,331.00 0.00 4,580,331.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica
U 009 3,033,325.00 0.00 3,033,325.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por
Laboratorio)
U 009 1,000,000.00 89,129.00 1,089,129.00
Subtotal: 4,033,325.00 89,129.00 4,122,454.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental P 014 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00
Subtotal: 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial P 014 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos
Vulnerables
P 014 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer de la
Mujer
P 017 11,245,546.44 0.00 11,245,546.44
2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 13,763,924.09 0.00 13,763,924.09
3 Salud Sexual y Reproductiva para
Adolescentes
P 017 3,494,466.55 0.00 3,494,466.55
4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 4,612,204.75 0.00 4,612,204.75
5 Prevención y Atención de la Violencia
Familiar y de Género
P 017 5,305,216.00 329,509.35 5,634,725.35
6 Igualdad de Género en Salud P 017 238,012.00 3,109.20 241,121.20
Subtotal: 38,659,369.83 332,618.55 38,991,988.38
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 258,671.54 266,106.00 524,777.54
2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros
Vectores
P 014 1,391,316.00 2,309,065.44 3,700,381.44
5 Prevención y Control del Paludismo U 009 226,669.00 0.00 226,669.00
6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad de
Chagas
U 009 166,500.00 0.00 166,500.00
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación
por Picadura de Alacrán
P 014 0.00 0.00 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 592,890.00 0.00 592,890.00
11 Prevención y Control de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
U 008 6,521,974.00 0.00 6,521,974.00
12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los
Problemas de Salud Bucal
P 014 54,600.00 0.00 54,600.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89
14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 0.00 66,135.00 66,135.00
15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y
Desastres
U 009 900,000.00 0.00 900,000.00
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
U 009 350,000.00 0.00 350,000.00
Subtotal: 10,462,620.54 2,641,306.44 13,103,926.98
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00
Subtotal: 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación Universal E 036 3,917,850.00 38,823,998.71 42,741,848.71
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 337,260.00 0.00 337,260.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 810,043.85 0.00 810,043.85
Subtotal: 5,065,153.85 38,823,998.71 43,889,152.56
Total de recursos federales a ministrar a
"LA ENTIDAD"
70,215,034.22 42,132,893.70 112,347,927.92
…
SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA” ministrará a “LA ENTIDAD” recursos federales hasta por la cantidad de $112,347,927.92
(ciento doce millones trescientos cuarenta y siete mil novecientos veintisiete pesos 92/100 M.N.), con cargo al
presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan
“LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales por un monto de $70,215,034.22 (setenta millones doscientos
quince mil treinta y cuatro pesos 22/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Administración del
Gobierno del Estado de Hidalgo de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta
establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria
que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se
hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y
Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos a la
Unidad Ejecutora junto con los rendimientos financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días
hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la
Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo de conformidad con los alcances
establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 10 de Octubre de 2012.
Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud
y Dirección General de los Servicios de Salud de Hidalgo.
Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” definidos como
insumos federales, por un monto total de $42,132,893.70 (cuarenta y dos millones ciento treinta y dos mil
ochocientos noventa y tres pesos 70/100 M.N.) serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y
Dirección General de los Servicios de Salud de Hidalgo, y serán aplicados, de manera exclusiva, en
“LOS PROGRAMAS” señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
…
CUARTA.- APLICACIÓN.- …
…
…
…
Para las contrataciones de personal que realice “LA ENTIDAD”, a partir del 1 de abril del 2015, con los
recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio
Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de
personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE.
…
90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
SEXTA.-…
…
VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados
responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través
del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la
terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos
respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del
avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el
cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de
este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve
a cabo de conformidad con este instrumento.
VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos
para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información
específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología,
los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud
de la Infancia y la Adolescencia.
…
XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de
“LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la
asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones
generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos
Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de
Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades;
para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con
cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o de la Secretaría de Salud y Dirección General de los
Servicios de Salud de Hidalgo de “LA ENTIDAD”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en
el “SIAFFASPE”.
…
ANEXO 1
DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS
PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE
CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE HIDALGO POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
…
1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud
3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología
4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud
Mental
5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la
Prevención de Accidentes
6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de
Género y Salud Reproductiva
7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades
8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la
Prevención y el Control del VIH/SIDA
9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de
la Infancia y la Adolescencia
…
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)91
ANEXO 2
Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Promoción de
la Salud y
Determinantes
Sociales
1,580,331.00 0.00 1,580,331.00 8,768,000.00 0.00 0.00 8,768,000.00 0.00 0.00 0.00 10,348,331.00
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y
Actividad Física
3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,000,000.00
TOTALES 4,580,331.00 0.00 4,580,331.00 8,768,000.00 0.00 0.00 8,768,000.00 0.00 0.00 0.00 13,348,331.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/ INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Sistema
Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
3,033,325.00 0.00 3,033,325.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,033,325.00
2 SINAVE
(Componente
de Vigilancia
por Laboratorio)
1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,000,000.00
TOTALES 4,033,325.00 0.00 4,033,325.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4,033,325.00
92(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Salud Mental 0.00 5,400,000.00 5,400,000.00 1,146,612.00 0.00 0.00 1,146,612.00 0.00 0.00 0.00 6,546,612.00
TOTALES 0.00 5,400,000.00 5,400,000.00 1,146,612.00 0.00 0.00 1,146,612.00 0.00 0.00 0.00 6,546,612.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Seguridad Vial 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,100,000.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos
Vulnerables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTALES 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,100,000.00
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)93
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y
Control del
Cáncer de la
Mujer
0.00 11,245,546.44 11,245,546.44 21,379,397.75 0.00 0.00 21,379,397.75 0.00 0.00 0.00 32,624,944.19
2 Salud Materna
y Perinatal
0.00 13,763,924.09 13,763,924.09 11,367,758.71 0.00 7,496,319.60 18,864,078.31 0.00 0.00 0.00 32,628,002.40
3 Salud Sexual y
Reproductiva
para
Adolescentes
2,071,526.55 1,422,940.00 3,494,466.55 2,798.32 0.00 0.00 2,798.32 0.00 0.00 0.00 3,497,264.87
4 Planificación
Familiar y
Anticoncepción
1,728,642.75 2,883,562.00 4,612,204.75 3,686,302.94 16,299,860.98 0.00 19,986,163.92 0.00 0.00 0.00 24,598,368.67
5 Prevención y
Atención de la
Violencia
Familiar y de
Género
100,000.00 5,205,216.00 5,305,216.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,305,216.00
6 Igualdad de
Género en
Salud
238,012.00 0.00 238,012.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 238,012.00
TOTALES 4,138,181.30 34,521,188.53 38,659,369.83 36,436,257.72 16,299,860.98 7,496,319.60 60,232,438.30 0.00 0.00 0.00 98,891,808.13
94(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y Control
de la Rabia Humana
258,671.54 0.00 258,671.54 1,719,688.77 0.00 0.00 1,719,688.77 0.00 0.00 0.00 1,978,360.31
2 Prevención y Control
de la Brucelosis
0.00 0.00 0.00 7,664.88 0.00 0.00 7,664.88 0.00 0.00 0.00 7,664.88
3 Prevención y Control
de la Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control
de Dengue y Otros
Vectores
1,391,316.00 0.00 1,391,316.00 17,754.07 0.00 0.00 17,754.07 0.00 0.00 0.00 1,409,070.07
5 Prevención y Control
del Paludismo
226,669.00 0.00 226,669.00 43,727.20 0.00 0.00 43,727.20 0.00 0.00 0.00 270,396.20
6 Eliminación de la
Oncocercosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control
de la Enfermedad de
Chagas
166,500.00 0.00 166,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 166,500.00
8 Prevención y Control
de las Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control
de la Intoxicación por
Picadura de Alacrán
0.00 0.00 0.00 1,633,509.72 0.00 0.00 1,633,509.72 0.00 0.00 0.00 1,633,509.72
10 Prevención y Control
de la Diabetes
592,890.00 0.00 592,890.00 11,533,956.53 0.00 8,819,671.41 20,353,627.94 0.00 0.00 0.00 20,946,517.94
11 Prevención y Control
de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
616,000.00 5,905,974.00 6,521,974.00 12,624,463.71 0.00 494,100.00 13,118,563.71 0.00 0.00 0.00 19,640,537.71
12 Atención del
Envejecimiento
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección
y Control de los
Problemas de Salud
Bucal
54,600.00 0.00 54,600.00 11,616,539.09 0.00 0.00 11,616,539.09 0.00 0.00 0.00 11,671,139.09
14 Prevención y Control
de la Tuberculosis
0.00 0.00 0.00 2,386,391.20 0.00 0.00 2,386,391.20 0.00 0.00 0.00 2,386,391.20
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y
Desastres
900,000.00 0.00 900,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 900,000.00
17 Prevención de
Enfermedades
Diarreicas Agudas y
Cólera
0.00 350,000.00 350,000.00 312,650.74 0.00 0.00 312,650.74 0.00 0.00 0.00 662,650.74
TOTALES 4,206,646.54 6,255,974.00 10,462,620.54 41,896,345.91 0.00 9,313,771.41 51,210,117.32 0.00 0.00 0.00 61,672,737.86
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)95
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Respuesta al
VIH/SIDA e ITS
549,530.00 364,704.00 914,234.00 4,399,421.35 0.00 0.00 4,399,421.35 27,025,501.00 4,187,247.00 31,212,748.00 36,526,403.35
TOTALES 549,530.00 364,704.00 914,234.00 4,399,421.35 0.00 0.00 4,399,421.35 27,025,501.00 4,187,247.00 31,212,748.00 36,526,403.35
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Vacunación
Universal
0.00 3,917,850.00 3,917,850.00 32,366,936.74 42,700,757.29 0.00 75,067,694.03 0.00 0.00 0.00 78,985,544.03
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 337,260.00 337,260.00 3,283,005.56 0.00 38,000.00 3,321,005.56 0.00 0.00 0.00 3,658,265.56
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 810,043.85 810,043.85 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 810,043.85
TOTALES 0.00 5,065,153.85 5,065,153.85 35,649,942.30 42,700,757.29 38,000.00 78,388,699.59 0.00 0.00 0.00 83,453,853.44
96(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
Gran Total
No.
TODOS LOS
PROGRAMAS
DE ACCIÓN
ESPECÍFICOS
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/ INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
TOTAL 18,608,013.84 51,607,020.38 70,215,034.22 128,296,579.28 59,000,618.27 16,848,091.01 204,145,288.56 27,025,501.00 4,187,247.00 31,212,748.00 305,573,070.78
NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de
financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12.
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
RAMO 12
No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
SMS XXI RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
SMS XXI INSUMOS TOTAL
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
2 Salud Materna y Perinatal 0.00 4,221,888.00 4,221,888.00
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97
ANEXO 3
Calendario de Ministraciones
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales
Febrero 1,580,331.00
Subtotal 1,580,331.00
2 Entornos y Comunidades Saludables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Alimentación y Actividad Física
Febrero 3,000,000.00
Subtotal 3,000,000.00
Total 4,580,331.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Febrero 3,033,325.00
Subtotal 3,033,325.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio)
Febrero 1,000,000.00
Subtotal 1,000,000.00
Total 4,033,325.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Salud Mental
Febrero 2,400,000.00
Mayo 3,000,000.00
Subtotal 5,400,000.00
Total 5,400,000.00
98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Seguridad Vial
Febrero 1,100,000.00
Subtotal 1,100,000.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
Total 1,100,000.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer
Febrero 10,909,736.44
Mayo 335,810.00
Subtotal 11,245,546.44
2 Salud Materna y Perinatal
Febrero 0.00
Abril 11,081,946.16
Junio 2,681,977.93
Subtotal 13,763,924.09
3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes
Febrero 3,187,092.50
Junio 307,374.05
Subtotal 3,494,466.55
4 Planificación Familiar y Anticoncepción
Febrero 4,249,135.19
Junio 363,069.56
Subtotal 4,612,204.75
5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género
Febrero 5,305,216.00
Subtotal 5,305,216.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99
6 Igualdad de Género en Salud
Febrero 238,012.00
Subtotal 238,012.00
Total 38,659,369.83
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control de la Rabia Humana
Febrero 258,671.54
Subtotal 258,671.54
2 Prevención y Control de la Brucelosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores
Febrero 1,258,776.00
Mayo 132,540.00
Subtotal 1,391,316.00
5 Prevención y Control del Paludismo
Febrero 226,669.00
Subtotal 226,669.00
6 Eliminación de la Oncocercosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas
Febrero 165,500.00
Mayo 1,000.00
Subtotal 166,500.00
100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes
Febrero 592,890.00
Subtotal 592,890.00
11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular
Febrero 5,767,249.08
Marzo 754,724.92
Subtotal 6,521,974.00
12 Atención del Envejecimiento
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal
Febrero 54,600.00
Subtotal 54,600.00
14 Prevención y Control de la Tuberculosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
15 Eliminación de la Lepra
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres
Febrero 500,000.00
Marzo 400,000.00
Subtotal 900,000.00
Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera
Febrero 350,000.00
Subtotal 350,000.00
Total 10,462,620.54
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS
Febrero 508,750.00
Abril 40,780.00
Junio 364,704.00
Subtotal 914,234.00
Total 914,234.00
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Vacunación Universal
Febrero 1,216,006.78
Abril 2,701,843.22
Subtotal 3,917,850.00
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia
Febrero 268,782.58
Abril 68,477.42
Subtotal 337,260.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia
Febrero 708,273.38
Abril 101,770.47
Subtotal 810,043.85
Total 5,065,153.85
Gran total 70,215,034.22
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se
indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración
del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
102(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
ANEXO 4
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.3.1 Componente Número de ferias de la salud
dirigidas a migrantes en los sitios
de origen, tránsito, destino y
retorno realizadas
Número de ferias de la salud
dirigidas a migrantes en los sitios de
origen, tránsito, destino y retorno
programadas
320 Porcentaje de ferias de promoción de
la salud dirigidas a migrantes en los
sitios de origen, tránsito, destino y
retorno.
10
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.4.1 Actividad Número de ferias interculturales
realizadas en municipios
indígenas
Número de ferias interculturales
programadas en municipios
indígenas
24 Porcentaje de ferias de la salud
interculturales desarrolladas en
municipios indígenas
3
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.5.2 Componente Número total de escuelas
públicas de nivel básico y medio
superior validadas como
Promotoras de la Salud
Meta programada de escuelas
validadas como Promotoras de la
Salud
12,275 Porcentaje de escuelas validadas
como promotoras de la salud
160
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.1.2 Componente Número de promotores HLI
certificados en el "Estándar de
competencias de promoción de
programas públicos de salud en
la población hablante de lengua
indígena".
Número de promotores HLI
programados a certificar en el
"Estándar de competencias de
promoción de programas públicos de
salud en la población hablante de
lengua indígena".
64 Porcentaje de promotores de salud
hablantes de lengua indígena (HLI)
certificados en el "Estándar de
competencias de promoción de
programas públicos de salud en la
población hablante de lengua
indígena".
12
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.2.1 Componente Número de talleres para
población general realizados
2 talleres por unidad de primer nivel
por 10 meses
264,800 Porcentaje de talleres comunitarios
para la promoción de la salud,
dirigidos a la población general
23,376
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
4.1.1 Componente Número de materiales educativos
con enfoque de mercadotecnia
social en salud realizados
Número de materiales educativos
con enfoque de mercadotecnia social
en salud programados
256 Porcentaje de materiales educativos
elaborados con enfoque de
mercadotecnia social en salud
85
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
6.1.1 Propósito Número de consultas en las que
la población usuaria de los
servicios estatales de salud,
presenta la Cartilla Nacional de
Salud
Total de consultas otorgadas a la
población usuaria de los Servicios
Estatales de Salud
54 Porcentaje de consultas en las que la
población usuaria de los servicios
estatales de salud, presenta la
Cartilla Nacional de Salud
70
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
7.1.1 Componente Número de entidades federativas
con grupos intersectorial estatal
de promoción de la salud
Número de entidades federativas
existentes en el país
6 Porcentaje de entidades federativas
con grupo intersectorial estatal de
promoción de la salud y
determinantes sociales
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y
ejecución de acciones de los
comités estatales de
comunidades saludables
realizadas
Reuniones de planeación y ejecución
de acciones de los comités estatales
de comunidades saludables
programadas
64 Porcentaje de reuniones de
planeación y ejecución de acciones
de los comités estatales de
comunidades saludables
4
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.4.1 Actividad Número de comunidades
acreditadas como saludables
Número de comunidades
programadas para acreditar como
saludables
1,500 Porcentaje de comunidades
acreditadas como saludables
63
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)103
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.5.1 Actividad Número de espacios públicos
acreditados como saludables
Número de espacios públicos
programados para acreditar como
saludables
800 Porcentaje de espacios públicos
acreditados como saludables
126
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.7.1 Actividad Número de municipios que
realizan acciones de
comunicación educativa sobre los
efectos del cambio climático en la
salud
Número de municipios programados
para realizar acciones de
comunicación educativa sobre los
efectos del cambio climático en la
salud
1,000 Porcentaje de municipios con
acciones de comunicación educativa
sobre los efectos del cambio
climático en la salud
17
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.9.1 Actividad Número de municipios
certificados como promotores de
la salud en el año
Número total de municipios en el año 420 Porcentaje de municipios certificados
como promotores de la salud
17
3 Alimentación y Actividad
Física
1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la alimentación
correcta y el consumo de agua
simple potable en diferentes
entornos.
10
3 Alimentación y Actividad
Física
2.1.1 Actividad Eventos educativos realizados. Eventos educativos programados. 160 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la actividad
física en diferentes entornos.
5
3 Alimentación y Actividad
Física
3.1.1 Actividad Campañas realizadas Campañas programadas 96 Número de campañas educativas
sectoriales de promoción de estilos
de vida saludables.
1
3 Alimentación y Actividad
Física
4.2.1 Actividad Sesiones educativas realizadas Sesiones educativas programadas 768 Número de sesiones educativas
sobre los beneficios de la lactancia
materna exclusiva y la alimentación
complementaria.
2,016
3 Alimentación y Actividad
Física
5.1.1 Actividad Número de eventos realizados Número de eventos programados 64 Número de eventos realizados para
la difusión de la cultura alimentaria
tradicional
2
3 Alimentación y Actividad
Física
6.1.1 Actividad Capacitaciones impartidas Capacitaciones programadas 32 Número de cursos de capacitación
para fortalecer las competencias del
personal de salud sobre alimentación
correcta, consumo de agua simple,
actividad física y lactancia materna.
1
3 Alimentación y Actividad
Física
7.1.1 Actividad Número de supervisiones
realizadas
Número de supervisiones
programadas
128 Número de supervisiones de las
actividades derivadas del programa.
6
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con
incremento en 0.3 puntos con
respecto del año anterior en
cada una de las entidades
federativas.
Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad
general de los sistemas prioritarios.
79
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.2 Propósito Número de Boletines publicados
en la página de la entidad por
semana acumulables.
Número programado de boletines
por publicar en el año (52 o 53).
95 Porcentaje de cumplimiento de
Boletines publicados
95
104(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.3 Propósito Número de unidades
hospitalarias de la Secretaría de
Salud con técnico capturista
contratado por meses.
Número de hospitales de la
Secretaría de Salud que cumplan
con los requisitos para formar
parte de la RHOVE.
90 Reporte oportuno y consistente de los
casos sujetos a vigilancia
epidemiológica que cuenten con
plataforma informática (RHOVE,
Diabetes y Registro Nacional de
Cáncer).
90
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.4 Actividad Número de unidades equipadas. Número de unidades por equipar. 80 Asegurar la operación de los Sistemas
de Vigilancia Epidemiológica en todas
las Jurisdicciones y Hospitales
RHOVE, USMI y del Registro Nacional
de Cáncer.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.2.1 Propósito Panoramas publicados 4 panoramas anuales. 80 Publicación trimestral de panorama de
DM-II, de Morbilidad Materna Severa y
otras enfermedades No Transmisibles.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados
(en cada nivel jurisdiccional)
Número sistemas programados
para evaluación en las
jurisdicciones
80 Índice de Verificación del cumplimiento
de los procedimientos de vigilancia
epidemiológica correspondientes.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
5.1.1 Actividad Personal aprobado con curso de
posgrado (Diplomado y
maestría) en epidemiología.
Personal programado para cursar
diplomado y maestría en
epidemiología.
80 Porcentaje de alumnos capacitados. 80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
6.1.1 Actividad Equipo adquirido Equipo planeado 90 Porcentaje de UIES creadas o
fortalecidas.
90
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
6.1.2 Actividad Número de centros estatales
instalados.
Número de centros estatales
programados.
90 Instalación de un centro estatal para el
RSI.
90
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
4.1.1 Propósito Número de diagnósticos con
reconocimiento a la competencia
técnica por el InDRE
Número de diagnósticos
programados a la competencia
técnica por el InDRE
5 Reconocimiento a la competencia
técnica por el InDRE de los
diagnósticos del marco analítico básico
declarados por el LESP
5
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
4.2.1 Actividad Avance en el Índice de
Desempeño año del curso vs.
Índice de Desempeño del año
anterior
Avance Programado en el Índice
de Desempeño del año en curso
1 Medir el índice de desempeño de los
diagnósticos del marco analítico básico
declarados por el LESP
1
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.1 Actividad Número de Diagnósticos que
realizan del Marco Analítico
Básico
Número de Diagnósticos del Marco
Analítico Básico
27 Cobertura del Marco Analítico Básico 27
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2 Actividad Número de muestras
procesadas del Marco Analítico
Básico
Número de muestras aceptadas
del Marco Analítico Básico
95 Porcentaje de cobertura del servicio
diagnóstico del Marco Analítico Básico
95
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.3 Actividad Número de muestras
procesadas en tiempo de
diagnóstico del Marco Analítico
Básico
Número de muestras aceptadas
del Marco Analítico Básico
90 Porcentaje de Oportunidad del servicio
diagnóstico del Marco Analítico Básico
90
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)105
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Salud Mental 1.2.1 Actividad Número de campañas realizadas Número de centros de salud más
número de centros integrales de
salud mental
100 Campañas informativas sobre los
signos y síntomas más frecuentes en
centros de salud y centros integrales
de salud mental
17
1 Salud Mental 1.2.3 Actividad Porcentaje de Usuarias que
participaron en psicoeducación
Número total de Usuarias 50 Realizar Psicoeducación a Usuarias
del Hospital Psiquiátrico
50
1 Salud Mental 2.3.4 Fin Número de casas de medio camino o
departamentos independientes
operando
Número de casas de medio
camino o departamentos
independientes programados
1 Número de residencias comunitarias
para lograr la vida independiente,
autosuficiente y libre de violencia de
las usuarias del hospital psiquiátrico
1
1 Salud Mental 2.3.6 Fin Número de usuarias que reciben
psicoterapia individual
Total de usuarias 20 Porcentaje de usuarias que reciben
psicoterapia individual
20
1 Salud Mental 2.3.8 Propósito Programa de autoempleo o comienzo
de microindustria para usuarias
Hospital Psiquiátrico 1 Programa de autoempleo o comienzo
de microindustria para usuarias
1
1 Salud Mental 2.3.9 Actividad Número de usuarias que reciben
apoyo económico para permisos
terapéuticos
Número de usuarias que reciben
permisos terapéuticos
100 Porcentaje de usuarias que reciben
apoyo económico para permisos
terapéuticos
100
1 Salud Mental 2.3.10 Actividad Número de usuarias que reciben
apoyo económico para estudiar o
aprender un oficio
Número de usuarias que solicitan
apoyo económico para estudiar o
aprender un oficio
100 Porcentaje de usuarias que reciben
apoyo económico para estudiar o
aprender un oficio
100
1 Salud Mental 2.3.11 Actividad Número de usuarias que asisten a
actividades recreativas y culturales
intra y extramuros en el hospital
psiquiátrico
Número Total de usuarias en el
hospital psiquiátrico
75 Porcentaje de usuarias que asisten a
actividades recreativas y culturales
intra y extramuros en el hospital
psiquiátrico
75
1 Salud Mental 4.4.3 Fin Número de prendas de ropa de calle Total de prendas de ropa de calle
existentes
50 Porcentaje de prendas de ropa de calle
existente en el hospital
1
1 Salud Mental 4.5.1 Componente Número de usuarios que asisten
voluntariamente a los talleres de
rehabilitación Psicosocial
Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten
voluntariamente a los talleres de
rehabilitación Psicosocial bajo los
lineamientos del Manual de Programas
de Rehabilitación Psicosocial
30
1 Salud Mental 4.5.2 Actividad Número de usuarios que reciben
apoyo económico por cada ocasión
que asisten a los talleres de
Rehabilitación Psicosocial
Total de usuarios que asisten al
taller
100 Porcentaje de usuarios que reciben
apoyo económico cuando asisten a los
talleres de Rehabilitación Psicosocial
100
1 Salud Mental 4.5.3 Actividad Número de usuarios que asisten
voluntariamente a salidas
terapéuticas
Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten
voluntariamente a salidas terapéuticas
bajo los lineamientos del Manual de
Rehabilitación Psicosocial
30
106(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
1 Salud Mental 4.5.4 Fin Banco de Reforzadores Funcional Banco de Reforzadores 1 Existencia de un Banco de
Reforzadores Funcional
1
1 Salud Mental 5.1.6 Actividad Número de personal capacitado
sobre Perspectiva de Género para la
prevención y atención a la violencia
en el marco de los Derechos
Humanos
Total de Personal 20 Capacitación y sensibilización dirigida
al personal sobre Perspectiva de
Género para la prevención y atención a
la violencia en el marco de los
Derechos Humanos
20
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de
Lesiones con acta de creación
Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de
Lesiones instalados
1
1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de
Lesiones que proporcionan
semestralmente información al
Observatorio Nacional
Número de Observatorios
Estatales de Lesiones instalados
8 Observatorios Estatales de
Lesiones operando
1
1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de
10 a 49 años que ha recibido pláticas de
sensibilización sobre seguridad vial en las
entidades federativas
Total de población del grupo de
edad de 10 a 49 años
1 Población sensibilizada por los
promotores de seguridad vial
22,457
1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes activos
Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes activos
1
1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que
aplican controles de alcoholimetría
Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que
aplican controles de
alcoholimetría
3
1 Seguridad Vial 6.1.1 Componente Número de entidades federativas que
cuentan con Centro Regulador de
Urgencias Médicas en operación
Total de entidades federativas 14 Entidades federativas que
cuentan con Centro Regulador
de Urgencias Médicas en
operación
1
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
1.1.1 Actividad Número de informes de campaña
enviados al CNEGSR
Número de entidades federativas
con convenio AFASPE
100 Proporción de entidades con
informe de campaña del mes del
cáncer de la mujer
100
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con
mastografía de tamizaje
Mujeres de 40 a 69 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/2
24 Cobertura de detección de cáncer
de mama con mastografía
27
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)107
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con
citología o prueba de VPH de
primera vez
Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer
cérvico uterino en mujeres de 25 a
64 años
64
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas
con prueba de VPH
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/5
58 Proporción de mujeres de 35 a 64
años tamizadas con prueba de
VPH
40
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
6.4.1 Actividad Mastógrafos fijos con
funcionamiento igual o menor a 10
años
Mastógrafos fijos en la entidad 100 Proporción de mastógrafos fijos
con funcionamiento igual o menor
a 10 años
80
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos
capacitados y certificados
Número de citotecnólogos que
interpretan citologías de tamizaje
50 Capacitación y certificación de
citotecnólogos
53
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5
evaluación diagnóstica
Mujeres con BIRADS 4 y 5 en
mastografía de tamizaje
95 Cobertura de evaluación
diagnóstica de casos sospechosos
de cáncer en la mujer
95
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología que recibieron
atención colposcópica
Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología
95 Proporción de mujeres de 25 a 64
años con resultado de LEIAG o
cáncer con evaluación
colposcópica
95
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional
80 Proporción de entidades que
cuentan con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
100
2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de
primera vez otorgadas en el primer
trimestre gestacional
Total de consultas de primera vez
sin importar trimestre gestacional
40 Porcentaje de consultas prenatales
de primera vez otorgadas en el
primer trimestre gestacional
20
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz
neonatal realizadas
Número de nacimientos en mujeres
sin Seguridad Social
90 Cobertura de prueba de tamiz
neonatal entre recién nacidos sin
Seguridad Social
90
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.1 Actividad Número de médicos especialistas
actualizados en atención de
emergencias obstétricas de
hospitales resolutivos seleccionados
Total de médicos especialistas en
hospitales resolutivos seleccionados
50 Porcentaje de médicos
especialistas actualizados en
atención de emergencias
obstétricas de hospitales
resolutivos seleccionados
10
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud
capacitado en parto respetuoso
(humanizado)
Número de personal de salud
programado a capacitar en parto
respetuoso (humanizado)
100 Porcentaje de personal de salud
capacitado en atención de parto
respetuoso (humanizado).
15
2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Número de insumos esenciales
para emergencias obstétricas y
neonatales adquiridos
Número de emergencias obstétricas
y neonatales atendidas
100 Porcentaje de insumos esenciales
adquiridos para la atención de
emergencias obstétricas y
neonatales
100
108(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
2.2.1 Propósito Número de Promotores y
brigadistas capacitados en temas
de Salud Sexual y Reproductiva
Total de Promotores y brigadistas
activos
100 Porcentaje de Promotores y
Brigadistas activos capacitados
100
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios
amigables implementados para la
atención de la salud sexual y
reproductiva de la población
adolescente.
Número de servicios amigables para
la atención de la salud sexual y
reproductiva de la población
adolescente en operación al cierre
del 2014.
236 Incremento porcentual en el
número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente.
5
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.2.1 Actividad Servicios amigables con
acreditación
Servicios amigables registrados 15 Servicios amigables acreditados 15
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros
realizadas en el periodo
Número de acciones extramuros
programadas en el periodo
1,152 Actividades extramuros y
comunitarias realizadas a través de
los servicios amigables
40
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas
para la atención en los servicios
amigables
Número de personas programadas
para capacitar en los servicios
amigables para población
adolescente
2,560 Personal capacitado y
sensibilizado en los servicios
amigables para población
adolescente
85
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en
medios masivos de comunicación
Número de campañas
programadas.
32 Número de campañas difundidas. 1
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.1.1 Propósito Número de métodos
anticonceptivos con abasto
adecuado en almacenes y centros
de atención.
Número de métodos anticonceptivos
que se ofertan en la Secretaria de
Salud
100 Situación de abastecimiento de
métodos anticonceptivos.
13
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas
durante el año
Personas programadas para ser
capacitadas en el año. (mín. 70 x 32
entidades)
2,240 Personal capacitado respecto del
programado
100
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un
método anticonceptivo durante el
post-evento obstétrico.
Total de eventos obstétricos
atendidos
800,000 Cobertura de anticoncepción
postevento obstétrico.
16,265
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios
activos de métodos anticonceptivos
en la Secretaría de Salud
Mujeres de 15 a 49 años de edad
(casadas o unidas), responsabilidad
de la SSa.
4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos
anticonceptivos en la Secretaría de
Salud
145,741
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas a jurisdicciones
sanitarias al año
Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión
por jurisdicción sanitaria al año.
34
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
6.3.1 Actividad Número de unidades médicas con
servicios de planificación familiar
instalados para la atención de
mujeres con alto riesgo obstétrico.
Número de unidades médicas
programadas para instalar servicios
de planificación familiar para la
atención de mujeres con alto riesgo
obstétrico.
28 Número de servicios de
planificación familiar instalados
para la atención de mujeres con
alto riesgo obstétrico.
1
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
8.2.1 Actividad Número de vasectomías realizadas Hombres de 20 a 64 años
responsabilidad de la SSa
10 Vasectomías realizadas por cada
10 mil hombres de 20 a 64 años,
responsabilidad de la SSa.
474
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)109
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
8.3.2 Propósito Número de nuevos médicos
acreditados en la técnica de
vasectomía sin bisturí
Número de médicos programados
para acreditar en la técnica de
vasectomía sin bisturí
20 número de nuevos médicos
acreditados en la técnica de
vasectomía sin bisturí
1
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.2.1 Actividad Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
capacitado y sensibilizado en la
NOM 046
Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
programado para la capacitación en
la NOM046
3,225 Porcentaje de personal médico
capacitado en la NOM-046 en
relación a lo programado
105
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y
más, unidas en situación de
violencia severa atendidas en los
servicios especializados
Cálculo de mujeres de 15 años y
más unidas, usuarias de los
servicios de salud que se espera
reciban atención especializada por
violencia severa
234,053 Porcentaje de mujeres en situación
de violencia familiar y de género
severa atendidas en servicios
especializados respecto de las
esperadas
6,009
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.4.1 Actividad Número de grupos formados de
reeducación de víctimas
Número de grupos programados de
reeducación de víctimas
656 Porcentaje de grupos formados de
reeducación de víctimas en
relación a los programados
32
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
5.1.1 Componente Número de material de promoción y
difusión elaborado
Número de material de promoción y
difusión programado para la
elaboración
7 Porcentaje de material de
promoción y difusión elaborado en
relación a lo programado
7
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
6.2.1 Actividad Número de grupos formados de
reeducación de agresores
Número de grupos programados de
reeducación de agresores
656 Porcentaje de grupos formados de
reeducación de agresores
32
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
7.2.1 Componente Número de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual, que
fueron atendidas en las primeras 72
hrs. en unidades de salud y se les
brindó profilaxis para VIH/SIDA
Casos esperados en las unidades
de salud de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual en las
primeras 72 hrs.
5,843 Porcentaje de casos de violación
sexual atendidos en las primeras
72 hrs. con profilaxis en relación
con los casos esperados
135
6 Igualdad de Género en
Salud
1.3.1 Actividad Número de unidades de salud con
acciones de atención con
perspectiva de género
Número de unidades de salud
programadas para desarrollar
acciones de atención con
perspectiva de género
28 Porcentaje de unidades de salud
programadas con acciones de
atención con perspectiva de
género realizadas
2
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social
capacitado
Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social a
capacitar
14,912 Porcentaje de personal de salud de
medicina, enfermería y trabajo
social capacitado en género en
salud en el marco de los derechos
humanos.
533
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.2 Actividad Número de hospitales con un
directivo/a capacitado
Número de hospitales con un
directivo/a a capacitar en el año
550 Porcentaje de hospitales con un
directivo/a capacitados en género
en salud con respecto a los
derechos humanos.
17
110(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica
aplicadas
Dosis de vacuna antirrábica
programadas a aplicar
18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada
en perros y gatos
792,617
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
2.2.1 Componente Número de personas agredidas o
contactos que inician tratamiento
Número de personas agredidas o
contactos valoradas según la
normatividad
24 Personas agredidas o contactos que
inician tratamiento antirrábico
24
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1 Componente Número de perros y gatos
esterilizados
Número de perros y gatos
programados a esterilizar
511,105 Número de perros y gatos
esterilizados en lugares de alta
marginación
27,583
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.2.1 Componente Perros y gatos agresores, ferales
y sospechosos de padecer rabia,
controlados en áreas de alta
marginación
Perros y gatos agresores, ferales
y sospechosos de padecer rabia,
a controlar en áreas de alta
marginación
510,875 Perros y gatos agresores, ferales y
sospechosos de padecer rabia, en
control en áreas de alta marginación
41,375
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia enviadas al
laboratorio
Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia programadas a
enviar al laboratorio
47,400 Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos de
padecer rabia enviadas al laboratorio
2,774
2 Prevención y Control de la
Brucelosis
3.2.1 Componente Número de pacientes
confirmados de brucelosis que
reciben tratamiento primario
Número de pacientes nuevos de
brucelosis confirmados por
SAT/2ME
100 Pacientes confirmados de brucelosis
que reciben tratamiento
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
1.1.1 Propósito Números de reuniones de
Comités Intersectoriales
realizadas
Números de reuniones de
Comités Intersectoriales
programadas
4 Mide el funcionamiento trimestral de
los Comités mediante el porcentaje
de cumplimiento de reuniones
programadas.
2
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura
de Información en Plataforma
Número de Semanas en el
periodo
48 Mide la regularidad en el reporte
semanal de actividades mediante el
porcentaje de registro en Plataforma
de manera trimestral
48
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.6.1 Actividad Casos nuevos de dengue
tratados
Casos nuevos de dengue
notificados
100 Mide la proporción de tratamiento a
casos nuevos de Dengue.
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de
indicadores entomológicos de
ovitrampas en las Localidades
Prioritarias
9
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.1 Propósito Número de Localidades con
Acciones de Control Larvario
Número de Localidades de
Riesgo Programadas
628 Mide trimestralmente el
cumplimiento en las acciones de
control larvario en las localidades de
riesgo.
9
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)111
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2 Propósito Número de Localidades
prioritarias con Acciones de
Nebulización Espacial en ULV
Número de Localidades
prioritarias Programadas
628 Mide trimestralmente el porcentaje
de cumplimiento de nebulización
espacial en localidades prioritarias
9
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3 Propósito Casos Probables atendidos con
acciones de Rociado
Intradomiciliar reportados en la
Plataforma de Vigilancia
Entomológica y Control Integral
del Vector
Casos Probables Notificados en
la Plataforma del SINAVE
100 Mide trimestral el porcentaje de
cumplimiento de atención con
rociado residual intradomiciliar a
casos probables reportados en la
Plataforma del SINAVE
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.4.1 Propósito Localidades Prioritarias con
Encuesta y Verificación Larvaria
Localidades Intervenidas para
Control Larvario
628 Mide trimestralmente el porcentaje
de Localidades prioritarias con
encuesta y verificación larvaria en
localidades intervenidas con Control
Larvario.
9
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.3.2 Actividad Total de casos probables a los
que se les toma una muestra de
sangre para diagnóstico.
Total de casos probables de
paludismo reportados.
100 El indicador mide el porcentaje de
casos probables que fueron
estudiados en el laboratorio a partir
de una gota gruesa de sangre.
100
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación
realizadas.
Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación
programadas.
4 Indicador de proceso que presenta
la proporción de Comités Estatales
de Certificación que lograron la
certificación de áreas libres de
paludismo para su entidad
federativa. El indicador expresa el
acumulado anual de entidades
federativas que alcanzan la
certificación.
4
5 Prevención y Control del
Paludismo
3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con
perspectiva de género para la
vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
Personal de salud que participa
en la vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
100 Indicador de proceso que cuantifica
el porcentaje de cumplimiento de las
acciones de capacitación previstas.
100
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
1.1.2 Actividad Número de localidades prioritarias
con estudios entomológicos
realizados antes y después de la
actividad de control químico
Número de localidades con
estudios entomológicos
programados en las localidades
prioritarias
94 Indicador de proceso que cuantifica
el número de localidades prioritarias
que deberán ser encuestadas
entomológicamente, previos y
posteriores a las intervenciones de
control químico
2
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas
con insecticida residual
Número de localidades
programadas a rociar
94 Indicador de proceso que cuantifica
el número de localidades prioritarias
con rociado intradomiciliar, aplicado
en dos ciclos.
2
112(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
4.2.1 Propósito Número de tratamientos
supervisados
Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica
el total de casos confirmados que se
ministrará tratamiento supervisados.
10
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
4.2.2 Actividad Número de casos por intoxicación
por picadura de alacrán IPPA
atendidos antes de 30 minutos
Total de casos notificados por
intoxicación por picadura de
alacrán IPPA
100 El indicador medirá el número de
casos a los que se les ministre con
oportunidad el tratamiento
faboterápico específico, estimado
por aquellos pacientes que son
tratados en los primeros 30 minutos
después de ser picados por el
alacrán.
100
10 Prevención y Control de la
Diabetes
1.1.1 Propósito Detecciones de diabetes mellitus
realizadas en la población de 20
años y más, población de
responsabilidad de la Secretaría
de Salud.
Detecciones de diabetes mellitus
programadas en la población de
20 años y más, población de
responsabilidad de la Secretaría
de Salud.
10,924,367 Número de detecciones de diabetes
mellitus realizadas en la población
de 20 años y más, población de
responsabilidad de la Secretaría de
Salud.
264,423
10 Prevención y Control de la
Diabetes
2.1.1 Propósito Número de grupos preventivos
formados y en función, en las
UNEMEs EC realizados
Número de grupos preventivos
formados y en función, en las
UNEMEs EC programados
65 Número de grupos preventivos
formados y en función en las
UNEMEs EC
65
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.1.1 Propósito Número de pacientes con
diabetes mellitus en tratamiento al
que al menos se le realizó una
medición anual con hemoglobina
glucosilada (HbA1c) en población
de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud, realizados
Número de pacientes con
diabetes mellitus en tratamiento al
que al menos se le realizó una
medición anual con hemoglobina
glucosilada (HbA1c) en población
de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud, programadas
86,378 Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento al que al
menos se le realizó una medición
anual con hemoglobina glucosilada
(HbA1c) en población de 20 años y
más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud.
2,504
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.2.2 Propósito Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el
primer nivel de atención
realizados
Número de Grupos de Ayuda
Mutua EC acreditados en el
primer nivel de atención
programados
450 Número de Grupos de Ayuda Mutua
EC acreditados en el primer nivel de
atención.
63
10 Prevención y Control de la
Diabetes
5.1.1 Propósito Número de unidades en el primer
nivel de atención con la
supervisión de autoridad estatal,
con abasto oportuno y suficiente
de medicamentos para el control
de la ECNT, realizados
Número de unidades en el primer
nivel de atención con la
supervisión de autoridad estatal,
con abasto oportuno y suficiente
de medicamentos para el control
de la ECNT, programados
27 Número de unidades en el primer
nivel de atención con la supervisión
de autoridad estatal, con abasto
oportuno y suficiente de
medicamentos para el control de la
ECNT.
27
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
1.1.1 Actividad Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más realizadas
Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más programadas
22,613,439 Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
547,356
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)113
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
1.3.1 Actividad Porcentaje de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, realizadas durante la
Semana Nacional del Corazón
Porcentaje de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, programadas
durante la Semana Nacional del
Corazón
90 Porcentaje de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, realizadas durante la
Semana Nacional del Corazón
90
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.1.1 Fin Número de casos de hipertensión
arterial en pacientes de 20 años y
más, que ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
Número de casos de hipertensión
arterial programados para
ingresar a tratamiento , en
pacientes de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
237,016 Número de casos de hipertensión
arterial en pacientes de 20 años y
más, que ingresan a tratamiento,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
7,340
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
CONTROL responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
TRATAMIENTO responsabilidad
de la Secretaría de Salud
482,873 Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
control responsabilidad de la
Secretaría de Salud
14,490
12 Atención del Envejecimiento 1.1.1 Actividad Número de supervisiones y/o
asesorías realizadas
Número de supervisiones y/o
asesorías programadas
30 Supervisión y/o asesoría 30
12 Atención del Envejecimiento 1.2.1 Propósito Número de COESAEN Activos Número de COESAEN Activos
programados
6 Comités Estatales de Atención al
Envejecimiento (COESAEN) Activos
6
12 Atención del Envejecimiento 2.1.1 Componente Número de capacitaciones sobre
temas de alto impacto en la salud
de la persona adulta mayor
realizados
Número de cursos sobre temas
de alto impacto en la salud de la
persona adulta mayor
programados
5 Capacitación sobre temas de alto
impacto en la salud de la persona
adulta mayor
5
12 Atención del Envejecimiento 4.1.1 Fin Número de actividades de
orientación realizadas para la
implementación de centros de día
Número de actividades de
orientación programadas para la
implementación de centros de día
2 Orientación para la implementación
de centros de día para las entidades
federativas
1
12 Atención del Envejecimiento 5.1.1 Actividad Detecciones realizadas de
síndromes geriátricos (caídas e
incontinencia urinaria) en la
población adulta mayor no
asegurada
Detecciones programadas de
síndromes geriátricos (caídas e
incontinencia urinaria) en la
población adulta mayor no
asegurada
20 Detección de síndromes geriátricos
(caídas e incontinencia urinaria) en
personas adultas mayores no
aseguradas
20
12 Atención del Envejecimiento 5.1.3 Componente Detecciones realizadas de
hiperplasia prostática benigna en
la población masculina de 45
años y más no asegurada
Detecciones programadas de
hiperplasia prostática benigna en
población masculina de 45 años y
más no asegurada
50 Detección de Hiperplasia prostática
Benigna en población masculina de
45 años y más no asegurados
50
12 Atención del Envejecimiento 5.1.5 Actividad Total de acciones realizadas
sobre detección y de control
realizadas durante la SSGG a
población de 60 años y más
Total de acciones programadas
sobre detección y de control
realizadas durante la SSGG a
población de 60 años y más
60 Semana de Salud para Gente
Grande (SSGG)
60
114(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
3.2.1 Actividad Semanas Estatales de Salud
Bucal realizadas.
Semanas Estatales de Salud
Bucal programadas.
64 Semanas Estatales de Salud Bucal. 2
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
4.3.1 Actividad Actividades Preventivas
Intramuros Realizadas.
Actividades Preventivas
Intramuros Programadas.
36,685,640 Actividades de Prevención
(intramuros).
1,473,232
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
4.4.1 Actividad Actividades Preventivas
Extramuros realizadas.
Actividades Preventivas
Extramuros Programadas.
134,390,949 Actividades de Prevención
(extramuros).
3,763,360
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
5.1.1 Actividad Actividades Curativas
Asistenciales Realizadas.
Actividades Curativas
Asistenciales Programadas.
22,802,442 Actividades Curativo Asistenciales
(intramuros).
825,144
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
7.6.1 Actividad Cursos de capacitaciones
realizados.
Cursos de capacitación
programados.
64 Cursos de capacitación
estomatológica.
3
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de
salud bucal realizadas.
Supervisiones al programa de
salud bucal programadas.
4,635 Supervisión del programa de salud
bucal.
207
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas
realizadas.
Consultas estomatológicas
programadas.
9,421,700 Consultas estomatológicas. 319,509
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.2.1 Actividad Número de eventos de
capacitación en tuberculosis
realizados
Número de eventos de
capacitación en tuberculosis
programados
156 Cumplimiento de eventos de
capacitación
7
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.3.1 Actividad Número de eventos de
capacitación dirigidos al personal
de la Red TAES de Enfermería
realizados
Número de eventos de
capacitación dirigidos al personal
de la Red TAES de Enfermería
programados
32 Porcentaje de cumplimiento de
eventos de capacitación dirigidos al
personal de la Red TAES de
Enfermería
1
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.1 Componente Número de sintomáticos
respiratorios identificados
Número de sintomáticos
respiratorios programados
290,823 Cobertura de detección de
sintomáticos respiratorios
15,703
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.2 Componente Número de casos de tuberculosis
ingresados a tratamiento
Número total de casos
registrados de tuberculosis
programados
14,030 Cobertura de tratamiento de casos
de tuberculosis registrados
189
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.3 Actividad Número de contactos menores de
5 años con terapia preventiva con
isoniacida
Número de contactos menores de
5 años con terapia preventiva con
isoniacida programados
4,149 Cobertura de Terapia Preventiva con
Isoniacida (TPI) a niñas y niños
menores de 5 años de edad
contactos de casos con casos de
tuberculosis pulmonar
50
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)115
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1 Propósito Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
que ingresaron al tratamiento con
fármacos de segunda línea.
Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
para recibir esquema de
tratamiento con fármacos de
segunda línea programados.
263 Cobertura de tratamiento de
personas con tuberculosis
farmacorresistente
4
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
3.4.1 Actividad Número de personas con VIH que
requirieron terapia preventiva con
isoniacida
Número de personas con VIH
programadas para terapia
preventiva con isoniacida
22,842 Cobertura de terapia preventiva con
isoniacida en personas con VIH que
la requieran
148
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1 Actividad Número de campañas educativas
realizadas en tuberculosis (spot
de radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
Total de campañas educativas
programadas en tuberculosis
(spot de radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
96 Número de materiales educativos en
tuberculosis elaborados
3
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y
supervisión realizadas
Número de visitas de asesoría y
supervisión programadas
854 Porcentaje de cumplimiento de
visitas de supervisión
30
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
6.2.1 Actividad Número de proyectos de
investigación operativa
documentados
Número de proyectos de
investigación operativa
programados
32 Publicación de resultados de
investigación operativa estatales y
del nivel nacional
1
15 Eliminación de la Lepra 1.1.1 Actividad Número de eventos de
capacitación de lepra realizados.
Número de eventos de
capacitación de lepra
programados.
33 Porcentaje de cumplimiento de
eventos de capacitación enfocados
al manejo integral de personas
afectadas por lepra.
1
15 Eliminación de la Lepra 2.1.1 Actividad Número de baciloscopias e
histopatologías realizadas a
casos en prevalencia y en
vigilancia postratamiento.
Número de baciloscopias e
histopatologías programadas a
casos en prevalencia y en
vigilancia postratamiento.
3,708 Porcentaje de toma de baciloscopias
e histopatologías realizadas a casos
en prevalencia y en vigilancia
postratamiento.
6
15 Eliminación de la Lepra 5.2.1 Actividad Número de eventos realizados en
donde se entregó material de
difusión.
Número de eventos programados
en donde se entregó material de
difusión.
33 Cumplimiento de entrega de material
de difusión en eventos.
2
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal
para la Seguridad en Salud
realizadas.
Reuniones del Comité Estatal
para la Seguridad en Salud
programadas.
4 Porcentaje de reuniones de Comités
Estatales para la Seguridad en
Salud
4
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
3.1.1 Actividad Cursos de capacitación
realizados
Cursos de capacitación
programados
2 Porcentaje de cursos de
capacitación para el personal
involucrado en la operación del
programa.
2
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas
conformadas
Kits de reservas estratégicas
programadas
3 Porcentaje de kits de reservas
estratégicas conformadas.
3
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) atendidas en
menos de 48 horas
Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) registradas
10 Porcentaje de emergencias en salud
atendidas en forma oportuna
(< de 48 hrs).
10
116(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
4 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
10
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
1.1.1 Actividad Reuniones trimestrales del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera realizadas
Reuniones trimestrales del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera programadas.
4 Porcentaje de reuniones del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de
hisopo rectal realizados.
Total estatal de EDAS notificadas
en el SUIVE de las unidades
seleccionadas.
2 Porcentaje de casos de EDA que
acuden a unidades de atención del
sector salud con muestra con HR.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos‒taller para
personal de salud.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos
realizados
Total de operativos preventivos
programados
2 Porcentaje de operativos preventivos
en áreas de riesgo
5
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA
y cólera realizadas
Campañas preventivas para EDA
y cólera programadas
1 Porcentaje de campañas preventivas
para EDA y cólera.
1
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
5.1.1 Actividad Evaluaciones trimestrales
realizadas
Evaluaciones trimestrales
programadas
4 Porcentaje de reportes de
evaluación del programa.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
3 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
8
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas
con VIH e ITS en Servicios
Especializados.
Personas en control y en TAR
registrados en el SALVAR
156 Condones distribuidos para la
prevención en personas con VIH
e ITS.
156
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por
la Secretaría de Salud (excluyendo
las detecciones en mujeres
embarazadas).
Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH
(Secretaría de Salud).
23,467
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud con carga viral indetectable.
Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud.
72 Porcentaje de personas en
tratamiento ARV en Control
Virológico (Secretaría de Salud).
72
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a
tratamiento para la TB activa en la
Secretaría de Salud
Personas con TB y VIH en la
Secretaría de Salud.
100 Porcentaje de personas en TAR
que se refirieron a tratamiento
para la TB activa (Secretaría de
Salud).
100
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)117
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
5.1.1 Componente Consultas de ITS subsecuentes en
la Secretaría de Salud.
Consultas de ITS de primera vez en la
Secretaría de Salud.
100 Porcentaje de seguimiento de las
ITS (Secretaría de Salud).
100
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
6.2.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año
base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de VIH y sida
por transmisión vertical
Meta de porcentaje de cambio entre el
año base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de VIH y sida por
transmisión vertical.
100 Porcentaje de cumplimiento del
cambio entre el año base y el año
de registro de casos nuevos
confirmados de VIH y sida por
transmisión vertical.
100
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
6.3.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año
base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de sífilis
congénita.
Meta de porcentaje de cambio entre el
año base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de sífilis
congénita.
100 Porcentaje de cumplimiento del
cambio entre el año base y el año
de registro de casos nuevos
confirmados de sífilis congénita.
100
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema
de vacunación en niños menores de un
1 año de edad, que correspondan del
área de responsabilidad de Secretaría
de Salud de acuerdo a la distribución
poblacional de responsabilidad
institucional
Niños menores de 1 año de edad
de acuerdo a la distribución
poblacional de responsabilidad
institucional.
90 Porcentaje de cobertura de
vacunación con esquema
completo en menores de 1 año.
90
1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin
registradas en Semanas Nacionales de
Salud.
Total de dosis de vacuna Sabin
programados para Semanas
Nacionales de Salud.
90 Logros de biológicos aplicados en
Semanas Nacionales de Salud
para el Programa de Vacunación
Universal (Sabin)
90
1 Vacunación Universal 1.3.1 Actividad Número de capacitaciones realizadas
del Programa de vacunación Universal a
personal de salud
Total de capacitaciones para
personal de salud programadas por
el Programa de Vacunación
Universal
90 Capacitaciones realizadas del
Programa de Vacunación
Universal al personal de salud
involucrado.
90
1 Vacunación Universal 1.4.1 Propósito Número de supervisiones realizadas al
Programa de Vacunación Universal.
Número de supervisiones
programadas al Programa de
Vacunación Universal.
90 Supervisión realizada del
Programa de Vacunación
Universal.
90
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
3.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas al
Programa de Atención a la Salud de la
Infancia y la Adolescencia en el año
Número de supervisiones
programadas al Programa de
Atención a la Salud de la Infancia y
la Adolescencia en el año
80 Porcentaje de supervisiones
realizadas al Programa de
Atención a la Salud de la Infancia
y la Adolescencia en el año
80
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
4.1.1 Actividad Número de personal de salud
capacitado de los Servicios de Salud en
el primer nivel de atención en Atención
Integrada en la Infancia y la
Adolescencia.
Total de personal de salud de los
Servicios de Salud del primer nivel
de atención.
20 Personal de salud operativo del
Primer Nivel de Atención
capacitado en atención integrada
en la infancia y la adolescencia.
10
118(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
5.1.1 Propósito Número de niños menores de cinco
años con Enfermedad Diarreica Aguda
de primera vez que reciben tratamiento
con Plan A o B.
Número de niños menores de cinco
años con Enfermedad Diarreica
Aguda de primera vez en el año.
95 Niños menores de cinco años con
Enfermedad Diarreica Aguda que
reciben tratamiento con Plan A o
B.
95
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
5.2.2 Actividad Número de niños menores de cinco
años con Enfermedades Respiratorias
Agudas que reciben tratamiento
antibiótico.
Número de niños menores de cinco
años con Enfermedades
Respiratorias Agudas de primera
vez.
30 Niños menores de cinco años con
Enfermedades Respiratorias
Agudas que reciben tratamiento
antibiótico.
30
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
6.1.1 Actividad Número de Jurisdicciones Sanitarias que
realizaron la Semana de Salud de la
Adolescencia en el Estado
Total de Jurisdicciones Sanitarias
del Estado
100 Porcentaje de Jurisdicciones
Sanitarias que realizaron la
Semana Nacional de Salud de la
Adolescencia en cada Entidad
Federativa
100
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
6.2.1 Actividad Número de Grupos de Adolescentes
Promotores de la Salud formados en
cada Entidad Federativa
Total de Grupos de Adolescentes
Promotores de la Salud
programados en cada Entidad
Federativa
80 Total de Grupos de Adolescentes
Promotores de la Salud formados
en cada Entidad Federativa
80
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
6.3.1 Actividad Número de Reuniones del Grupo de
Atención Integral para la Salud de la
Adolescencia realizadas anualmente
Total de Reuniones programadas
del Grupo de Atención Integral para
la Salud de la Adolescencia
programadas
100 Reuniones del Grupo de Atención
Integral para la Salud de la
Adolescencia (GAIA)
100
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
1.1.1 Actividad Supervisiones realizadas a unidades
médicas acreditadas en oncología
pediátrica y de primer nivel de atención
Supervisiones programadas a
unidades médicas acreditadas en
oncología pediátrica y de primer
nivel de atención
80 Supervisiones realizadas a
unidades médicas acreditadas en
oncología pediátrica y de primer
nivel de atención
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en
prevención y atención de cáncer en la
infancia y adolescencia
Total de capacitaciones
programadas en prevención y
atención de cáncer en la infancia y
adolescencia
75 Porcentaje de capacitaciones al
personal de salud en prevención
y atención del cáncer en menores
de 18 años
75
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el Registro
de Cáncer en Niñas, Niños y
Adolescentes
Total de casos registrados en el
Sistema del Fondo de Protección
contra Gastos Catastróficos
80 Evaluación y análisis de los
sistemas de información
relacionados al cáncer en la
infancia y adolescencia
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
4.1.1 Actividad Material de difusión Realizado Material de difusión programado 80 Material de Difusión relacionado
al Programa Sigamos
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
4.1.2 Actividad Capacitaciones realizadas en temas de
Sigamos Aprendiendo en el Hospital
Realizar 3 capacitaciones en temas
de Sigamos Aprendiendo en el
Hospital
66 Capacitaciones en temas de
Sigamos Aprendiendo en el
Hospital
1
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)119
ANEXO 5
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Sustancias biológicas
Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de
Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud
Pública
1.00 89,129.00 89,129.00
TOTAL: 89,129.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas.
Descripción complementaria: Para determinación de fibrosis quística. Para mínimo 96
pruebas. RTC.
18.56 34,560.00 641,433.60
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas.
Descripción complementaria: Determinación de la deficiencia de la Biotinidasa. Para mínimo
96 pruebas. RTC.
18.56 34,560.00 641,433.60
120(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Papel prueba de TSH. Papel filtro de algodón 100% sin aditivos, especial para recolección y
transporte de sangre de neonatos, con impresión de cuatro círculos punteados de un
centímetro de diámetro cada uno y de las palabras nombre y con número progresivo. Paquete
con 10 hojas, máximo 100.
11.64 33,600.00 391,104.00
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de la Hormona Estimulante de la Tiroides Tirotrofina
(TSH), en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles
internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 33,600.00 623,616.00
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de 17/Alfa Hidroxi Progesterona, en sangre total de
neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número
de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 34,560.00 641,433.60
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de Fenilalanina, en sangre total de neonatos,
colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de
pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 34,560.00 641,433.60
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de Galactosa Total, en sangre total de neonatos
colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de
pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 34,560.00 641,433.60
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg
envase con un dispositivo.
1,774.98 2,543.00 4,513,774.14
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg
etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales)
25.30 10,088.00 255,226.40
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Desogestrel y etinilestradiol tableta cada tableta contiene: desogestrel 0.15 mg etinilestradiol
0.03 mg envase con 28 tabletas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales).
25.30 83.00 2,099.90
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa
contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una
ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml
35.42 360.00 12,751.20
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de
noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml.
35.42 38,135.00 1,350,741.70
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante
y aplicador.
1,160.64 7,668.00 8,899,787.52
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene:
norelgestromina 6.00 mg
etinilestradiol 0.60 mg
envase con 3 parches.
160.88 4,429.00 712,537.52
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene:
levonorgestrel 0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas.
10.66 617.00 6,577.22
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 3,041.00 248,328.06
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos.
Envase con 1, 2 o 3 piezas en empaque individual.
52.95 3,403.00 180,188.85
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)121
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos intrauterino. T de cobre, 380 a. Anticonceptivo estéril con 380 mm2, de cobre,
plástico grado médico 77% y sulfato de bario usp 23%, con filamento largo de 30 cm con tubo
insertor, tope y émbolo insertor.
11.61 9,546.00 110,829.06
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos dispositivo intrauterino, t de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre
enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical
de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de
plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador
montable con tope cervical.
36.37 193.00 7,019.41
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
7.2.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,440.81 135.00 329,509.35
6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género
37.62 30.00 1,128.60
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3
43.50 10.00 435.00
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género en programas de
salud
37.62 30.00 1,128.60
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud
20.85 20.00 417.00
TOTAL: 20,854,367.53
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I.,
Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml.
253.00 95.00 24,035.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 1,067.00 210,199.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 384.00 31,872.00
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Insecticida Microbiano BTI en cajas con 24 tarros de 500 gramos
14,866.56 10.00 148,665.60
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Larvicida Biorracional al 7.5% en cajas con 4000 tabletas
23,211.62 2.00 46,423.24
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida organofosforado al 44% base agua en bidones
de 20 litros
12,650.00 70.00 885,500.00
122(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado concentrado emulsionable al 49% en
caja de 12 litros
14,608.92 50.00 730,446.00
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida carbamato de acción residual al 70% en cuñete de
4.5 kg con 180 sobres de 25 gramos
14,509.28 24.00 348,222.72
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida Carbamato de Acción Residual al 80% polvo
humectable en cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos
37,451.97 4.00 149,807.88
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos)
Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el
tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente
5,926.00 10.00 59,260.00
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo
electrónico.
6,875.00 1.00 6,875.00
TOTAL: 2,641,306.44
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.6 Ramo 12-Apoyo Federal Jeringas para insulina, de plástico grado médico; graduada de 0 a 100 unidades, con
capacidad de 1 ml. Con aguja de acero inoxidable, longitud 13 mm, calibre 27 g. Estéril y
desechable.
Descripción complementaria: Sin espacio muerto
2.50 40,000.00 100,000.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 1,070.00 145,841.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 100 mg envase con 100 cápsulas. 210.00 328.00 68,880.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de
atazanavir. Envase con 30 cápsulas.
2,764.85 601.00 1,661,674.85
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg
envase con 60 tabletas.
1,712.32 352.00 602,736.64
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 295.00 246,354.50
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir.
Envase con 60 tabletas.
470.47 387.00 182,071.89
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 29.00 93,651.44
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil
fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir
disoproxilo envase con 30 tabletas.
2,000.12 538.00 1,076,064.56
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)123
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Fosamprenavir tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: fosamprenavir cálcico
equivalente a 700 mg de fosamprenavir envase con 60 tabletas recubiertas.
2,140.70 48.00 102,753.60
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de
darunavir envase con 60 tabletas.
4,978.59 97.00 482,923.23
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30
comprimidos recubiertos.
371.83 1,078.00 400,832.74
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg
de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas.
1,379.32 1,060.00 1,462,079.20
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene:
tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil emtricitabina
200 mg envase con 30 tabletas recubiertas.
2,124.62 1,855.00 3,941,170.10
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 165.00 94,050.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 252.00 52,920.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 57.00 309,468.39
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase frasco
ámbar con 160 ml y dosificador.
1,714.00 49.00 83,986.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg
de raltegravir envase con 60 comprimidos.
5,308.92 151.00 801,646.92
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con
84 cápsulas o tabletas cada uno.
347.96 1,513.00 526,463.48
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 158.00 125,598.94
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase
con 60 tabletas.
1,100.00 137.00 150,700.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con
120 tabletas
2,656.00 2,035.00 5,404,960.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente
a 500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos
2,207.00 373.00 823,211.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 274.00 105,259.84
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas.
657.47 9.00 5,917.23
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas.
1,056.91 202.00 213,495.82
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 13.00 86,092.11
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 6.00 39,734.82
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,404.15 3,278.00 7,880,803.70
TOTAL: 27,271,342.00
124(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de
bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa
1331 200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o tokio 172 200 000-3 000 000
ufc o montreal 200 000 3 200 000 ufc o moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco
ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml. *semilla
mérieux.
10.15 57,600.00 584,640.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna
antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b
suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide diftérico
purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a 40 ui
toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina
filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus de
la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud*
haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de antígeno
d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con toxoides
diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en frasco
ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para
reconstituir con la suspensión de la jeringa.
142.80 155,900.00 22,262,520.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de
0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston-
zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados
en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o 103
a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en células
diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50 envase
con liofilizado para 10 dosis y diluyente.
12.09 179,100.00 2,165,319.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos
purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a,
12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco
ámpula de 2.5 ml.
92.20 10,000.00 922,000.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 153,031.00 7,545,958.61
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)125
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 42,810.00 2,110,961.10
1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable
cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico
no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8 mg
pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias tipos 2
y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml.
136.00 19,600.00 2,665,600.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml contiene:
agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis).
10.00 56,700.00 567,000.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo
reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3
2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui
envase con un tubo de plástico con 2 ml.
53.92 50,000.00 2,696,000.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg
4 - 2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a
- 2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa
prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja.
183.80 112,000.00 20,585,600.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 99,890.00 4,925,575.90
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con
5 ml cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 172,969.00 8,529,101.39
1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con
0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml.
156.96 38,000.00 5,964,480.00
TOTAL: 81,524,756.00
Gran total 132,380,900.97
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
126(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
APÉNDICE
La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de
Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados
por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de
“LOS PROGRAMAS”.
Resumen de recursos por fuente de financiamiento
(Monto pesos)
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la
Salud y
Determinantes
Sociales
1,580,331.00 0.00 1,580,331.00 739,173.19 0.00 0.00 0.00 739,173.19 8,768,000.00 0.00 0.00 11,087,504.19
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 293,820.54 0.00 0.00 16,580.00 310,400.54 0.00 0.00 0.00 310,400.54
3 Alimentación y
Actividad Física
3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 360,039.40 0.00 0.00 10,700.00 370,739.40 0.00 0.00 0.00 3,370,739.40
Total: 4,580,331.00 0.00 4,580,331.00 1,393,033.13 0.00 0.00 27,280.00 1,420,313.13 8,768,000.00 0.00 0.00 14,768,644.13
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
3,033,325.00 0.00 3,033,325.00 1,081,289.61 1,167,181.31 0.00 31,954.00 2,280,424.92 0.00 0.00 0.00 5,313,749.92
2 SINAVE
(Componente de
Vigilancia por
Laboratorio)
1,000,000.00 89,129.00 1,089,129.00 3,808,428.50 896,550.50 0.00 0.00 4,704,979.00 0.00 0.00 0.00 5,794,108.00
Total: 4,033,325.00 89,129.00 4,122,454.00 4,889,718.11 2,063,731.81 0.00 31,954.00 6,985,403.92 0.00 0.00 0.00 11,107,857.92
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00 63,162,738.66 2,460,678.59 0.00 2,072,060.49 67,695,477.74 1,146,612.00 0.00 0.00 74,242,089.74
Total: 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00 63,162,738.66 2,460,678.59 0.00 2,072,060.49 67,695,477.74 1,146,612.00 0.00 0.00 74,242,089.74
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 1,111,119.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos Vulnerables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Total: 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 1,111,119.00
Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)127
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer
de la Mujer
11,245,546.44 0.00 11,245,546.44 2,289,552.44 3,416,012.52 5,915.00 178,532.13 5,890,012.09 21,379,397.75 0.00 0.00 38,514,956.28
2 Salud Materna y Perinatal 13,763,924.09 0.00 13,763,924.09 490,494.54 689,671.12 780,799.43 4,826,012.59 6,786,977.68 18,864,078.31 4,221,888.00 0.00 43,636,868.08
3 Salud Sexual y Reproductiva
para Adolescentes
3,494,466.55 0.00 3,494,466.55 55,451.60 0.00 0.00 0.00 55,451.60 2,798.32 0.00 0.00 3,552,716.47
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4,612,204.75 0.00 4,612,204.75 827,948.01 76,356.91 78,161.24 109,097.45 1,091,563.61 19,986,163.92 0.00 0.00 25,689,932.28
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
5,305,216.00 329,509.35 5,634,725.35 6,316,238.85 0.00 0.00 0.00 6,316,238.85 0.00 0.00 0.00 11,950,964.20
6 Igualdad de Género en Salud 238,012.00 3,109.20 241,121.20 153,554.88 0.00 0.00 0.00 153,554.88 0.00 0.00 0.00 394,676.08
Total: 38,659,369.83 332,618.55 38,991,988.38 10,133,240.32 4,182,040.55 864,875.67 5,113,642.17 20,293,798.71 60,232,438.30 4,221,888.00 0.00 123,740,113.39
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia
Humana
258,671.54 266,106.00 524,777.54 8,293,301.48 13,777,343.73 0.00 139.40 22,070,784.61 1,719,688.77 0.00 0.00 24,315,250.92
2 Prevención y Control de la
Brucelosis
0.00 0.00 0.00 23,702.29 0.00 402.15 18,156.52 42,260.96 7,664.88 0.00 0.00 49,925.84
3 Prevención y Control de la
Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue
y Otros Vectores
1,391,316.00 2,309,065.44 3,700,381.44 5,420,081.33 17,920,360.88 0.00 0.00 23,340,442.21 17,754.07 0.00 0.00 27,058,577.72
5 Prevención y Control del
Paludismo
226,669.00 0.00 226,669.00 43,304.23 45,617.52 0.00 0.00 88,921.75 43,727.20 0.00 0.00 359,317.95
6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
166,500.00 0.00 166,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 166,500.00
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de
Alacrán
0.00 0.00 0.00 1,342,320.51 0.00 0.00 0.00 1,342,320.51 1,633,509.72 0.00 0.00 2,975,830.23
10 Prevención y Control de la
Diabetes
592,890.00 0.00 592,890.00 2,972,409.69 2,989,371.57 2,418,626.80 4,412,807.77 12,793,215.83 20,353,627.94 0.00 0.00 33,739,733.77
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
6,521,974.00 0.00 6,521,974.00 8,119,099.73 11,461.00 811,159.51 2,833,975.14 11,775,695.38 13,118,563.71 0.00 0.00 31,416,233.09
12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 1,216,554.31 3,157,156.63 0.00 734,739.80 5,108,450.74 0.00 0.00 0.00 5,108,450.74
13 Prevención, Detección y Control
de los Problemas de Salud Bucal
54,600.00 0.00 54,600.00 1,064,247.01 345,993.55 0.00 352,414.80 1,762,655.36 11,616,539.09 0.00 0.00 13,433,794.45
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
0.00 66,135.00 66,135.00 425,312.02 3,006,734.04 272,222.88 975,006.28 4,679,275.22 2,386,391.20 0.00 0.00 7,131,801.42
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 6,100.00 0.00 0.00 0.00 6,100.00 0.00 0.00 0.00 6,100.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
900,000.00 0.00 900,000.00 448,580.19 252,038.78 0.00 0.00 700,618.97 0.00 0.00 0.00 1,600,618.97
17 Prevención de Enfermedades
Diarreicas Agudas y Cólera
350,000.00 0.00 350,000.00 1,736,038.83 310,622.19 96,320.16 94,921.63 2,237,902.81 312,650.74 0.00 0.00 2,900,553.55
Total: 10,462,620.54 2,641,306.44 13,103,926.98 31,111,051.62 41,816,699.89 3,598,731.50 9,422,161.34 85,948,644.35 51,210,117.32 0.00 0.00 150,262,688.65
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00 3,954,211.44 2,535,862.04 0.00 1,224,258.96 7,714,332.44 4,399,421.35 0.00 31,212,748.00 44,486,576.79
Total: 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00 3,954,211.44 2,535,862.04 0.00 1,224,258.96 7,714,332.44 4,399,421.35 0.00 31,212,748.00 44,486,576.79
128(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación
Universal
3,917,850.00 38,823,998.71 42,741,848.71 17,692,745.25 4,302,720.00 0.00 0.00 21,995,465.25 75,067,694.03 0.00 0.00 139,805,007.99
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
337,260.00 0.00 337,260.00 2,389,361.25 4,255.83 69.00 34.50 2,393,720.58 3,321,005.56 0.00 0.00 6,051,986.14
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
810,043.85 0.00 810,043.85 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 810,043.85
Total: 5,065,153.85 38,823,998.71 43,889,152.56 20,082,106.50 4,306,975.83 69.00 34.50 24,389,185.83 78,388,699.59 0.00 0.00 146,667,037.98
Gran Total: 70,215,034.22 42,132,893.70 112,347,927.92 134,737,218.78 57,365,988.71 4,463,676.17 17,891,391.46 214,458,275.12 204,145,288.56 4,221,888.00 31,212,748.00 566,386,127.60
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con
el contenido del presente Convenio Modificatorio.
TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO
PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones.
CUARTA.- Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten
irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en
razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.
Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la
Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud,
Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de
Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar
Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director
General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro
Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y
la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por la Entidad: la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud de Hidalgo, Edna
Geraldina García Gordillo.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo, Aunard Agustín de la Rocha Waite.-
Rúbrica.

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  • 1. Tomo DCCXLVI No. 1 México, D.F., lunes 2 de noviembre de 2015 CONTENIDO Secretaría de Gobernación Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Economía Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Comisión Reguladora de Energía Suprema Corte de Justicia de la Nación Comisión Federal de Competencia Económica Avisos Indice en página 110 $17.00 EJEMPLAR
  • 2. 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de octubre del 2015, en 1 Municipio del Estado de Chihuahua. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno Federal el día 31 de enero de 2011, y CONSIDERANDO Que mediante oficio número SGG 216-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Secretario General de Gobierno del Estado de Chihuahua, Lic. Mario Trevizo Salazar, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como Granizada severa y Lluvia severa. La interacción de un centro de baja presión de núcleo frío con una vaguada prefrontal extendida y con un pulso de la corriente en chorro ocasiona precipitaciones intermitentes de 54 mm acompañadas de caída de granizo de hasta 3 cm de diámetro desde las 14:00 del día 20 de octubre y continuando hasta la noche del día 21. Lo anterior provoca daños en caminos, calles, avenidas e infraestructura pluvial, además de inundaciones en viviendas y daños en techos debido a la acumulación y filtración de agua derivada de las lluvias fuertes e intermitentes. Del 20 de octubre de 2015 al 21 de octubre de 2015, que afectó al municipio de Juárez. Que con oficio B00.8.-661 de fecha 26 de octubre de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al oficio número SGG 216-2015, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de Granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de octubre del 2015, que afectó al municipio de Juárez del Estado de Chihuahua. Que con fecha 27 de octubre de 2015, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del Estado de Chihuahua presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva. Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente: DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE GRANIZADA SEVERA Y LLUVIA SEVERA LOS DÍAS 20 Y 21 DE OCTUBRE DEL 2015, EN 1 MUNICIPIO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Juárez del Estado de Chihuahua, por la ocurrencia de Granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de octubre del 2015. Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil, y las Reglas Generales. Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de las Reglas Generales. México, Distrito Federal, a 27 de octubre de 2015.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
  • 3. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 16 al 21 de octubre de 2015, en 52 municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9 y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno Federal el día 31 de enero de 2011, y CONSIDERANDO Que mediante oficio número 261/2015 de fecha 22 de octubre de 2015, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Dr. Javier Duarte de Ochoa, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como Lluvia severa, Inundación fluvial e Inundación pluvial del 16 de octubre de 2015 al 21 de octubre de 2015, que afectó a los municipios de Acayucan, Acula, Agua Dulce, Altotonga, Alvarado, Amatitlán, Ángel R. Cabada, Atzalan, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chinameca, Coatzacoalcos, Colipa, Cosamaloapan de Carpio, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Huayacocotla, Hueyapan de Ocampo, Ignacio de la Llave, Isla, Ixhuatlán del Sureste, Ixmatlahuacan, Jalacingo, Jáltipan, Jesús Carranza, José Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Lerdo de Tejada, Martínez de la Torre, Mecayapan, Minatitlán, Misantla, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Nautla, Oluta, Otatitlán, Oteapan, Pajapan, Playa Vicente, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, San Juan Evangelista, Santiago Sochiapan, San Rafael, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tancoco, Tatahuicapan de Juárez, Tatatila, Tecolutla, Texistepec, Tlacojalpan, Tlacotalpan, Tlalixcoyan, Tlapacoyan, Tuxtilla, Uxpanapa, Vega de Alatorre, Veracruz, Yecuatla y Zaragoza. Que con oficio B00.8.-662 de fecha 26 de octubre de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al oficio número 261/2015, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de Lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 16 al 21 de octubre de 2015, que afectó por lluvia severa a los municipios Acayucan, Altotonga, Amatitlán, Ángel R. Cabada, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chinameca, Colipa, Cosamaloapan de Carpio, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Isla, Ixhuatlán del Sureste, lxmatlahuacan, Jalacingo, Jáltipan, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Lerdo de Tejada, Mecayapan, Minatitlán, Misantla, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, Playa Vicente, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, Santiago Sochiapan, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Tlacojalpan, Tuxtilla, Uxpanapa, Yecuatla y Zaragoza, por inundación fluvial a los municipios Jesús Carranza, Martínez de la Torre, y San Rafael, por inundación pluvial a los municipios Acula y Coatzacoalcos y por lluvia severa e inundación fluvial al municipio de José Azueta del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Que con fecha 27 de octubre de 2015, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave presentó a la Secretaría de Gobernación la Solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva. Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente: DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL DEL 16 AL 21 DE OCTUBRE DE 2015, EN 52 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre por lluvia severa a los municipios Acayucan, Altotonga, Amatitlán, Ángel R. Cabada, Carlos A. Carrillo, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chinameca, Colipa, Cosamaloapan de Carpio, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Isla, Ixhuatlán del Sureste, lxmatlahuacan, Jalacingo, Jáltipan, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Lerdo de Tejada, Mecayapan, Minatitlán, Misantla, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, Playa Vicente, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, Santiago Sochiapan, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Tlacojalpan, Tuxtilla, Uxpanapa, Yecuatla y Zaragoza, por inundación fluvial a los municipios Jesús Carranza, Martínez de la Torre, y San Rafael, por inundación pluvial a los municipios Acula y Coatzacoalcos y por lluvia severa e inundación fluvial al municipio de José Azueta del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por la ocurrencia de Lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 16 al 21 de octubre de 2015.
  • 4. 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil, y las Reglas Generales. Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de las Reglas Generales. México, Distrito Federal, a 27 de octubre de 2015.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica. DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015, en los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y CONSIDERANDO Que mediante oficios número SPC/713/2015 y SPC/714/2015, recibidos con fecha 20 y 21 de octubre de 2015 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Secretario de Protección Civil del Estado de Chiapas, Lic. Luis Manuel García Moreno, de conformidad con el artículo 31-B, Fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y en ausencia del Titular del Poder Ejecutivo Estatal, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Pichucalco, Ixhuatán, Reforma, Juárez y Amatán de dicha Entidad Federativa, por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial provocadas por la interacción de los frentes fríos números 6 y 7 con el disturbio tropical localizado en el Golfo de Tehuantepec, durante los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN. Que mediante oficios número CNPC/1363/2015 y CNPC/1367/2015, de fechas 20 y 21 de octubre de 2015, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Chiapas solicitados en los oficios SPC/713/2015 y SPC/714/2015 referidos con anterioridad. Que con oficio número B00.8.-658 de fecha 23 de octubre de 2015, la CONAGUA emitió el dictamen técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015, para los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas. Que el día 24 de octubre de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 610, mediante el cual se dio a conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada. Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente: DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA OCURRIDA LOS DÍAS 18, 19 Y 20 DE OCTUBRE DE 2015, EN LOS MUNICIPIOS DE PICHUCALCO E IXHUATÁN DEL ESTADO DE CHIAPAS Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015. Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Chiapas pueda acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación. Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud. Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10, fracción IV de los LINEAMIENTOS. México, Distrito Federal, a veinticuatro de octubre de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
  • 5. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 39, fracción III del Código Fiscal de la Federación, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como objetivo del Gobierno Federal llevar a México a su máximo potencial, incrementando de manera sostenida e incluyente el desarrollo nacional en beneficio de las familias mexicanas; Que para el cumplimiento de dicho objetivo, se establecen cinco Metas Nacionales y se definen tres Estrategias Transversales, entre las cuales se encuentra la de Democratizar la Productividad, en la que se propone establecer políticas públicas que eliminen los obstáculos que impiden alcanzar el máximo potencial a amplios sectores de la vida nacional y que generen los estímulos correctos para integrar a todos los mexicanos en la economía formal, así como prever de manera integral la política de ingresos y gastos para que las estrategias y programas del Gobierno Federal promuevan la formalidad e incentivar, entre todos los actores de la actividad económica, el uso eficiente de los recursos productivos, con el propósito de que las oportunidades y el desarrollo lleguen a todas las regiones, sectores y grupos de la población; Que el Gobierno de la República tiene el compromiso de impulsar la competitividad del país y el desarrollo económico, y para lograrlo se propone continuar incentivando el uso de medios de pago electrónicos como son, entre otros, las tarjetas de crédito y de débito, a fin de disminuir el uso de pagos en efectivo y, con ello, generar condiciones que favorezcan la formalización de la economía; Que promover el uso de medios de pago electrónicos en las operaciones que realizan las familias redunda en beneficios para los productores de bienes y prestadores de servicios que se encuentran dentro de la economía formal; Que para las familias el pago a través de medios de pago electrónicos resulta un método seguro, práctico y fácil de realizar y para las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo a las Disposiciones de carácter general aplicables a las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco de México, debido al mayor uso de estos medios de pago, permite generar un mejor control administrativo sobre los contribuyentes, lo cual, además, fomenta el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y se traduce en mayores ingresos para el erario federal; Que para lograr los objetivos indicados e incentivar a los comercios, en especial a las micro, pequeñas y medianas empresas, para que establezcan como forma de pago los medios electrónicos mencionados, se estima conveniente llevar a cabo durante el periodo llamado “El Buen Fin”, un sorteo conforme a las bases que establezca el Servicio de Administración Tributaria, a efecto de premiar a los tarjetahabientes que realicen compras de bienes o de servicios en ese periodo. La suma total de los montos a entregar como premios a los tarjetahabientes no podrá exceder de la cantidad de $500,000,000.00 (quinientos millones de pesos 00/100 M.N.); Que la entrega de los premios a los tarjetahabientes personas físicas, cuando éstos hayan utilizado como medios de pago, entre otros, las tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del periodo llamado "El Buen Fin", será por cuenta del Gobierno Federal y se llevará a cabo a través de las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo con las Disposiciones de carácter general aplicables a las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco de México, por lo que es conveniente otorgar un estímulo fiscal a dichas entidades, consistente en permitir acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o por retenciones a terceros del mismo impuesto, el monto que hayan entregado como premio a sus tarjetahabientes. Para tal efecto, la cantidad a acreditar por premio individual no podrá exceder de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.), ni será menor a $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.); Que con el fin de que los tarjetahabientes reciban el valor del premio sin retención alguna de impuestos y que ello no implique perjuicio a la recaudación de las entidades federativas y de los municipios por los impuestos de carácter local que, en su caso, tengan establecidos para gravar la obtención de premios, es necesario establecer que la Federación será quien pague por cuenta del ganador del premio el monto correspondiente a los impuestos locales, y
  • 6. 6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Que la determinación de las personas físicas ganadoras se realizará a través del sorteo que al efecto organice el Servicio de Administración Tributaria, he tenido a bien expedir el siguiente DECRETO Artículo Primero. Se otorga un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo con las Disposiciones de carácter general aplicables a las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco de México, por la entrega de premios que efectúen, por cuenta del Gobierno Federal, a los tarjetahabientes personas físicas cuando éstos hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del periodo llamado “El Buen Fin". El estímulo consiste en acreditar contra el impuesto sobre la renta propio o del retenido a terceros por este impuesto, el importe entregado como premio a los tarjetahabientes. También serán objeto del estímulo fiscal a que se refiere este artículo las entidades comerciales respecto de las compras de bienes o servicios realizadas mediante tarjetas de servicios operadas en México por entidades comerciales que no pertenezcan al sistema financiero, que a través de un contrato que regule el uso de las mismas, permitan a sus usuarios personas físicas su utilización en diversos comercios afiliados a dichas entidades diferentes a la emisora de la tarjeta, siempre y cuando cumplan con la obligación de acreditar en la misma tarjeta el pago del premio, en caso de resultar ganadores sus clientes, en los términos previstos en el presente Decreto, y conforme a las reglas de carácter general que para tales efectos emita el Servicio de Administración Tributaria. El monto de los premios deberá corresponder a aquellas cantidades efectivamente entregadas a los tarjetahabientes personas físicas que hayan resultado ganadores en el sorteo que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria, respecto de los bienes y servicios que se adquieran en el periodo llamado “El Buen Fin”, que comprende del 13 al 16 de noviembre de 2015. El acreditamiento individual por operación no podrá ser menor a $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) ni mayor a $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.). La suma total del monto de los premios entregados por las entidades financieras y demás entidades mencionadas en los párrafos primero y segundo de este artículo no podrá exceder en su conjunto de $500,000,000.00 (quinientos millones de pesos 00/100 M.N.). Artículo Segundo. Para acceder a los beneficios de los estímulos fiscales a que se refiere este Decreto, las entidades financieras y demás entidades señaladas en el artículo que antecede, deberán apegarse a las bases que establezca el Servicio de Administración Tributaria para el sorteo, de conformidad con el permiso que al efecto emita la Secretaría de Gobernación. Las entidades financieras y demás entidades señaladas en el artículo Primero de este Decreto, pondrán a disposición de la autoridad fiscal federal la información necesaria para la realización del sorteo y para la verificación de la entrega de los premios. La información vinculada con los ganadores proporcionada por las entidades financieras y demás entidades a que se refiere el artículo Primero de este Decreto, estará sujeta a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con base en el aviso de privacidad que para tales efectos se establezca en las bases del sorteo derivado de "El Buen Fin". Artículo Tercero. Las entidades financieras y demás entidades descritas en el artículo Primero del presente Decreto podrán acreditar el estímulo fiscal otorgado hasta agotarlo, en los meses siguientes a aquél en que se realice la entrega de los premios a cada ganador, y una vez que se haya entregado al Servicio de Administración Tributaria la información que determine a través de las reglas de carácter general. Artículo Cuarto. El monto de los impuestos estatales que se generen por la obtención de los premios derivados del sorteo que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria a que se refiere el presente Decreto será cubierto por la Federación a la Entidad Federativa en donde se entregue el premio correspondiente, a través del procedimiento de compensación permanente de fondos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 15 de la Ley de Coordinación Fiscal y establecido en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal que tienen celebrados las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. La Federación cubrirá a los municipios, a través de la Entidad Federativa en donde se entregue el premio respectivo, las cantidades que correspondan por la aplicación del impuesto municipal a la obtención de premios, de conformidad con lo previsto en el presente artículo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará a la Entidad Federativa los montos que le correspondan a ésta y, en su caso, a sus municipios, derivados de la aplicación de sus respectivos impuestos locales a la obtención de los premios, de conformidad con las reglas de carácter general que establezca el Servicio de Administración Tributaria para tales efectos.
  • 7. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7 Artículo Quinto. Se exime a los beneficiarios de los estímulos previstos en este Decreto del pago del Derecho por concepto de vigilancia que establece el artículo 27 de la Ley Federal de Derechos. Artículo Sexto. Para efectos de los estímulos previstos en este Decreto, se releva a los beneficiarios de los mismos de la obligación de presentar el aviso a que se refiere el artículo 25, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación. Artículo Séptimo. El estímulo fiscal a que se refiere el presente Decreto, así como el importe de los premios que se entreguen a los tarjetahabientes personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta. Artículo Octavo. La aplicación del estímulo fiscal establecido en el presente Decreto no dará lugar a devolución. Artículo Noveno. El Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto, así como las bases para la realización del sorteo. TRANSITORIO Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2016. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintinueve de octubre de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica. DECRETO que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2015. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y CONSIDERANDO Que el artículo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional dispone que los servidores públicos cuya relación jurídica de trabajo se regula por dicha Ley tienen derecho a un aguinaldo anual que será equivalente a 40 días de salario, cuando menos, sin deducción alguna y que se deberá pagar el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero; Que el Ejecutivo Federal a mi cargo ha decidido participar de una gratificación de fin de año al personal civil de confianza, al personal del Servicio Exterior Mexicano y al asimilado a éste y al personal militar en activo, así como hacer extensivo dicho beneficio a las personas físicas que prestan sus servicios mediante contrato de honorarios en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con cargo a recursos del capítulo de Servicios Personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal; Que en el mismo sentido, la gratificación de fin de año incluye a las personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil, pensión de gracia, y los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con cargo al erario federal; Que el otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año tiene su sustento en los principios de justicia y de equidad, y Que corresponde al Ejecutivo Federal, en el marco de sus atribuciones, dictar las normas y el procedimiento que se deba aplicar para el pago del aguinaldo o gratificación de fin de año, he tenido a bien expedir el siguiente DECRETO Del objeto y ámbito de aplicación institucional Artículo Primero.- El presente Decreto tiene por objeto establecer las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2015, que efectúen los ejecutores de gasto siguientes:
  • 8. 8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 I. Dependencias: las Secretarías de Estado, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados; órganos reguladores coordinados en materia energética, y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Para los efectos del presente Decreto, quedan comprendidas en esta fracción la Oficina de la Presidencia de la República, la Procuraduría General de la República y los tribunales administrativos, y II. Entidades: las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal. Artículo Segundo.- Los poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como los entes autónomos federales, en su caso, podrán tomar como base las disposiciones del presente Decreto para el pago del aguinaldo o gratificación de fin de año, sin perjuicio del ejercicio de su autonomía. De los principios para otorgar el aguinaldo o gratificación de fin de año Artículo Tercero.- El otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año correspondiente a 2015 se deberá regir bajo los principios de justicia y de equidad, en los términos de los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto. De los sujetos Artículo Cuarto.- Son sujetos de las disposiciones del presente Decreto, conforme a los esquemas de remuneración, retribución, cuota de pensión o haber de retiro: I. Los servidores públicos de las Dependencias y Entidades, cuya relación jurídica de trabajo se regula por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, y II. En forma extensiva, como un acto jurídico del Ejecutivo Federal, orientado en los principios de justicia y de equidad: a) El personal operativo de confianza de las Dependencias y Entidades; b) El personal de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades, así como el personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional; c) El personal del Servicio Exterior Mexicano y asimilado a éste, que se encuentre cumpliendo funciones en las representaciones de México en el extranjero; d) El personal militar en activo; e) Las personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de honorarios y con cargo a recursos del capítulo de Servicios Personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, que prestan sus servicios a las Dependencias y Entidades, al Servicio Exterior Mexicano y a las Fuerzas Armadas, y f) Las personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil, pensión de gracia o los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con cargo al erario federal, quienes recibirán la gratificación correspondiente a cada concepto al que tengan derecho. En este inciso se incluye a los veteranos de la Revolución que disfruten de una pensión con cargo al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de cuota adicional con cargo al erario federal, quienes recibirán la gratificación correspondiente por cada uno de esos conceptos al que tengan derecho. Del otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año Artículo Quinto.- El otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año se realizará conforme a lo siguiente: I. El aguinaldo a los servidores públicos a que se refiere la fracción I del Artículo Cuarto de este Decreto, será equivalente a cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento, y II. La gratificación de fin de año se otorgará en los términos siguientes: a) A los sujetos a que se refiere la fracción II, incisos a) y b), del Artículo Cuarto de este Decreto, cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento; b) A los sujetos a que se refiere la fracción II, inciso c), del Artículo Cuarto de este Decreto, cuarenta días de conformidad con las disposiciones contenidas en la normativa de sueldos que les corresponda; c) A los sujetos a que se refiere la fracción II, inciso d), del Artículo Cuarto de este Decreto, cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento;
  • 9. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9 d) A las personas físicas contratadas para prestar servicios profesionales bajo el régimen de honorarios en los términos de la fracción II, inciso e), del Artículo Cuarto de este Decreto, hasta cuarenta días, sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento, y e) A los pensionistas a que se refiere la fracción II, inciso f), del Artículo Cuarto de este Decreto, cuarenta días de las cuotas que tengan asignadas. Si fueran varios los beneficiarios de una pensión, el importe de la gratificación se distribuirá proporcionalmente entre ellos. El pago del aguinaldo o gratificación de fin de año se realizará con cargo al presupuesto autorizado de las Dependencias y Entidades, en la forma y términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto. Artículo Sexto.- La parte de la gratificación de fin de año que se calcule con base en la compensación garantizada que se otorga a los servidores públicos a que se refiere la fracción II, inciso b), del Artículo Cuarto de este Decreto, será hasta por el equivalente a cuarenta días, en la forma y términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto y con cargo al presupuesto autorizado de las Dependencias y Entidades. La gratificación que se otorgue tendrá el carácter de no regularizable. Artículo Séptimo.- El aguinaldo y la gratificación de fin de año a que se refieren los Artículos Quinto y Sexto de este Decreto se podrán cubrir a partir del 11 de noviembre de 2015, en los términos que establezcan los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este ordenamiento. Del pago proporcional del aguinaldo o gratificación de fin de año Artículo Octavo.- Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a entregar la parte proporcional del aguinaldo o gratificación de fin de año que corresponda, en los casos en que los sujetos a que se refiere el Artículo Cuarto de este Decreto hubieren prestado sus servicios por un periodo menor a un año. De quienes no tienen derecho al aguinaldo o gratificación de fin de año Artículo Noveno.- No tendrán derecho al aguinaldo o gratificación de fin de año: I. Las personas físicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, así como aquéllas a las que se cubran percepciones por cualquier concepto no previsto en los Artículos Quinto y Sexto de este Decreto o en los lineamientos específicos y normativa a que dichos preceptos se refieren, y II. El personal a que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las entidades federativas. De la operación y base de cálculo Artículo Décimo.- El importe del aguinaldo o gratificación de fin de año se determinará con base en las remuneraciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Para obtener la cuota diaria del servidor público que cobre sus remuneraciones por mes, éste se computará de treinta días. Artículo Décimo Primero.- El pago del aguinaldo o gratificación de fin de año se hará directamente a los interesados en la misma forma e igual conducto por el que se les cubren sus remuneraciones ordinarias. En el caso de los pensionistas, el monto correspondiente podrá cubrirse por medio de sus apoderados, conforme hayan venido cobrando la pensión correspondiente. Las Dependencias y Entidades realizarán los cálculos para determinar el importe correspondiente, que permita efectuar las retenciones a que se refieren las disposiciones fiscales aplicables, conforme a los lineamientos específicos a que se refiere el Artículo Décimo Tercero de este Decreto. Artículo Décimo Segundo.- La gratificación de fin de año de los pensionistas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado deberá cubrirse con recursos del presupuesto autorizado de dicho Instituto. De las disposiciones administrativas Artículo Décimo Tercero.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá lineamientos específicos que establezcan las disposiciones administrativas necesarias para la aplicación del presente Decreto. Artículo Décimo Cuarto.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para interpretar el presente Decreto para efectos administrativos. TRANSITORIO Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, a los treinta días de octubre de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.
  • 10. 10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y, 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico, se le asignó el nombre oficial de Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”; en el que se actualizó la disponibilidad media anual y la ubicación geográfica del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual del acuífero Tolimán, clave 2207, obteniéndose un déficit de 0.622714 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual del acuífero Tolimán, clave 2207, obteniéndose un déficit de 0.695072 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación; Que en el acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: a) “DECRETO que establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona de los valles de Querétaro y San Juan del Río, en el Estado de Querétaro”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de enero de 1958, que comprende una superficie del 0.08 por ciento del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, en su porción este;
  • 11. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11 b) “DECRETO que declara de Interés público la conservación de los mantos acuíferos en la superficie comprendida dentro de los límites geopolíticos de la zona circunvecina a los Valles de Querétaro y San Juan del Río, Qro.” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero de 1976, que cubre el 34.4 por ciento de la extensión del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, en su porción sur, y c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el 65.52 por ciento del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. Que no obstante la existencia de los instrumentos jurídicos mencionados, en los últimos años se ha generado una creciente demanda de agua, principalmente para uso agrícola y para el abastecimiento de la población que requiere agua potable y servicios, indispensable para sostener el desarrollo y la continuidad de las actividades socioeconómicas en la superficie del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios, a través del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis Potosí, Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO TOLIMÁN, CLAVE 2207, EN EL ESTADO DE QUERÉTARO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Tolimán, clave 2207, ubicado en el Estado de Querétaro, en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Tolimán, clave 2207, se localiza en el centro del Estado de Querétaro, comprende una superficie de 2,980 kilómetros cuadrados y abarca en su totalidad el Municipio de Tolimán y parcialmente los municipios de Peñamiller, San Joaquín, Cadereyta de Montes, Colón, Pinal de Amoles, Landa de Matamoros y Jalpan de Serra, todos ellos en el Estado de Querétaro y administrativamente corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Los límites del acuífero Tolimán, clave 2207, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009. ACUÍFERO 2207 TOLIMÁN VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 99 43 31.3 21 8 43.4 2 99 41 24.2 21 8 13 3 99 39 40.9 21 7 1.9 4 99 36 35.5 21 8 0.9 5 99 33 27.7 21 7 23.9 6 99 31 1.8 21 5 49 7 99 28 14.9 21 7 21.5 8 99 25 13.8 21 7 3.4 9 99 22 11.3 21 8 15.8
  • 12. 12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 10 99 20 45 21 11 18.3 11 99 19 38.1 21 9 12.9 12 99 19 45.4 21 7 48.2 DEL 12 AL 13 POR EL LÍMITE ESTATAL 13 99 23 39.3 21 4 44.2 14 99 23 53.7 21 3 16.8 15 99 23 56.1 21 1 18.1 16 99 25 16.4 20 59 27.7 17 99 26 59.6 20 58 44.7 18 99 28 28.4 20 54 38.2 19 99 30 37.4 20 53 10.8 20 99 32 6.3 20 54 23.9 21 99 35 22.6 20 51 26.2 22 99 33 43.7 20 47 21.1 23 99 32 17.7 20 44 52.5 DEL 23 AL 24 POR EL LÍMITE ESTATAL 24 99 32 2.4 20 42 21.7 25 99 33 55.4 20 40 20.3 26 99 36 38 20 41 41.2 27 99 38 4.7 20 42 45.7 28 99 39 36 20 41 20.7 29 99 40 58.5 20 43 6 30 99 44 0.8 20 43 27.2 31 99 47 53.8 20 46 41.4 32 99 52 41.3 20 44 45.6 33 99 55 41.4 20 45 1 34 99 56 11 20 46 0.8 35 99 57 58.1 20 45 46.4 36 100 1 28.7 20 49 40.5 37 100 6 31.1 20 46 30 38 100 9 23.5 20 46 23.4 39 100 11 17.8 20 47 43.6 40 100 11 39.9 20 50 54.2 41 100 14 16.3 20 52 38.5 42 100 13 14.1 20 53 26.6 43 100 12 3 20 56 11.9 DEL 43 AL 44 POR EL LÍMITE ESTATAL 44 99 45 40.1 21 12 47.2 45 99 44 29.4 21 11 26.7 1 99 43 31.3 21 8 43.4 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con los resultados del Censo de Población y Vivienda por localidad, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para el año 2000 la población total en el área que comprende el acuífero Tolimán, clave 2207, era de 72,314 habitantes; para el año 2005 de 76,135 habitantes y en el año 2010 era de 83,775 habitantes, que representan el 4.58 por ciento de la población en el Estado de Querétaro. La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 505 localidades, de las cuales 2 son urbanas y concentraban en el año 2010 a 6,514 habitantes; mientras que las 503 localidades restantes son rurales y concentraban a 77,261 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca el acuífero, evaluada del año 2005 al 2010 fue de 2.0 por ciento anual, que es inferior a la tasa de crecimiento estatal de 2.72 por ciento anual para el mismo lapso, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Las principales ciudades ubicadas dentro del acuífero son San Pablo Tolimán con 3,667 habitantes y Tolimán con 2,847 habitantes. Con base en la población censada en 2010, se proyectó la población para el área del acuífero, resultando 106,756 habitantes para el 2030, de éstos, 18,854 habitantes distribuidos en 6 localidades urbanas y 87,901 habitantes en 499 rurales. En el área que corresponde al Municipio de Tolimán habría 30,129 habitantes, en Cadereyta de Montes 27,039 habitantes, en Peñamiller 21,674, en San Joaquín 10,999, en Colón 9,737 y en Pinal de Amoles 7,071 habitantes.
  • 13. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13 En cuanto a la cobertura de agua potable, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010, en localidades urbanas era de 87.7 por ciento, menor que la cobertura media a nivel nacional, que era de 95.4 por ciento; mientras que en localidades rurales la cobertura era de 98.9 por ciento, mayor que la cobertura media nacional que era de 77.2 por ciento. En cuanto a la cobertura de alcantarillado en localidades urbanas era de 86.2 por ciento, menor que la cobertura media nacional que era de 96.3 por ciento, mientras que en localidades rurales la cobertura era de 71.0 por ciento, mayor que la cobertura media nacional que era de 68.9 por ciento. La población económicamente activa en la superficie del acuífero Tolimán, clave 2207, es de 26,315 habitantes; de los cuales, el 44 por ciento se dedica al sector terciario, 35 por ciento al sector secundario y el 22 por ciento al sector primario. El Producto Interno Bruto que genera la población económicamente activa del acuífero es de aproximadamente 8,723.60 millones de pesos, que representa el 3.37 por ciento del Producto Interno Bruto estatal. La superficie agrícola total en el acuífero es de aproximadamente 22,623 hectáreas, de las cuales 549 hectáreas son de riego, cuya fuente es el agua subterránea. En 485 hectáreas se establecen cultivos básicos como el maíz de grano y frijol; en 43.4 hectáreas se establecen cultivos hortícolas como el tomate verde y tomate rojo y en 20.7 hectáreas se establecen frutales como el limón y guayaba. La actividad pecuaria comprende principalmente la producción de gallináceas (1´492,982 cabezas) y con menor proporción la cría de cabezas de ganado bovino, caprino, porcino, ovino y apícola. Estas actividades componen al sector primario del acuífero al que se dedican 5,676 habitantes, que generan 584.82 millones de pesos aproximadamente. La industria establecida en el acuífero es prácticamente nula ya que no se tiene ninguna unidad industrial; sin embargo, el 35 por ciento de la población económicamente activa del acuífero se dedica a esta actividad, lo cual indica que se desplazan fuera de los límites del acuífero para realizarla; dicha población genera 4,321 millones de pesos que representan el 1.7 por ciento del Producto Interno Bruto estatal. En el sector terciario, integrado por los servicios de agua potable y saneamiento, comercios, transportes, educación, hoteles, restaurantes y otros, se ocupa el 44 por ciento de la población económicamente activa del acuífero y genera 3,817.72 millones de pesos que representan el 1.5 por ciento del Producto Interno Bruto estatal. 3. MARCO FÍSICO 3.1 CLIMATOLOGÍA Según la clasificación de Köppen, modificada por Enriqueta García, los climas que predominan en la superficie que comprende el acuífero Tolimán, clave 2207, son semiárido-semicálido y semiárido templado, los cuales abarcan el 36.52 y 33.77 por ciento de la superficie total del acuífero, respectivamente. De acuerdo con la información climatológica registrada en el periodo 1981 al 2010, el acuífero Tolimán, clave 2207, presentaba una temperatura media anual de 18.25 grados centígrados y una precipitación media anual de 476.1 milímetros. La evapotranspiración potencial media anual era de 773.59 milímetros, valor que sobrepasa a la precipitación pluvial, razón por la cual se considera al clima como semiárido. 3.2. FISIOGRAFÍA Y GEOMORFOLOGÍA El acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentra emplazado en las Provincias Fisiográficas denominadas Eje Neovolcánico, Meseta del Centro y Sierra Madre Oriental, y en las Subprovincias Llanuras y Sierras de Querétaro e Hidalgo, Sierras y Llanuras del Norte de Guanajuato y Carso Huasteco. Las topoformas representativas de la subprovincia Llanuras y Sierras de Querétaro e Hidalgo, que se presentan dentro de los límites del acuífero, son sierras complejas y lomeríos constituidos por rocas basálticas. En la subprovincia Sierras y Llanuras del Norte de Guanajuato, se encuentran sierras escarpadas y mesetas con cañadas de materiales basálticos. En la subprovincia Carso Huasteco se encuentra la sierra alta escarpada y de laderas convexas. Las mayores elevaciones en el acuífero corresponden al Volcán Zamorano con 3,346 metros sobre el nivel del mar, a los cerros El Espolón con 3,000 metros sobre el nivel del mar y El Frontón con 2,420 metros sobre el nivel del mar; las menores elevaciones se presentan en la parte correspondiente al Municipio de Jalpan de Serra y corresponden a 700 metros sobre el nivel del mar, aproximadamente. 3.3 GEOLOGÍA En el área que conforma el acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentran expuestas rocas cuyas edades varían del Jurásico al Reciente. Las rocas más antiguas son una secuencia de rocas sedimentarias clásticas que afloran al norte del poblado de Tolimán y están constituidas por lutitas arcillosas y lutitas calcáreas expuestas en estratificaciones delgadas y fracturadas. Las rocas más recientes son los basaltos que afloran aisladamente como derrames con fracturamiento intenso al sur de Tolimán. A continuación se describe la columna estratigráfica simplificada: Cretácico Inferior: Rocas calizas que se localizan en un afloramiento de reducida extensión, se consideran de buena permeabilidad; sin embargo, por su posición topográfica en el área del acuífero Tolimán, clave 2207, únicamente se manifiestan localmente en pequeños manantiales.
  • 14. 14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Terciario Inferior: Material clástico continental producto de la desintegración de las rocas preexistentes que se encuentran cubiertas por este material en forma discordante y a su vez son cubiertas por derrames ácidos de roca volcánica. Los materiales clásticos procedentes de lutitas dan origen a depósitos arcillosos con permeabilidad baja; en tanto, los originados por calizas pueden considerarse con permeabilidad media, que dependiendo de su posición topográfica podrían presentar áreas de recarga al acuífero. Terciario Superior: Estas rocas de naturaleza ácida pueden ser bien diferenciadas en dos paquetes: Ignimbrita Zamorano Miembro Inferior que presenta una alternancia en su mayoría de tobas vítreas de caída libre ampliamente distribuida, con intercalación de tobas vitrocristalinas en menor escala, con algunos horizontes pumíticos blanquecinos de grano fino con cierta piroconsolidación de estructura masiva fluidal; la distribución de esta unidad en el acuífero es en la porción oeste, lo que indica baja a nula permeabilidad. Ignimbrita Zamorano Miembro Superior que se encuentra en la porción norte, entre la localidad de Mesa de Ramírez y El Madroño, en afloramientos de pequeñas extensiones que tienen permeabilidad secundaria por fracturamiento y funcionan hidrogeológicamente como transmisores de agua con nula capacidad de almacenamiento. También se encuentran andesitas localizadas en afloramientos de reducida extensión al sureste de San Pablo Tolimán y al este de los cerros Tesi, Malavates y Frontón; estas rocas formadas por lavas afaníticas con apariencia basáltica tienen un comportamiento hidrogeológico regulado por el grado de fracturamiento; es decir, si es abierto se considera de permeabilidad secundaria y constituye áreas de recarga, de lo contrario, es un macizo impermeable. Sistema Cuaternario: Rocas basálticas que se localizan al sur de Tolimán en pequeños afloramientos aislados como derrames con fracturamiento intenso, funcionan como transmisores de agua a las formaciones geológicas que le subyacen pero dada su reducida extensión resultan de poco interés desde el punto de vista hidrogeológico. Los depósitos aluviales que conforman el Valle de Tolimán, se localizan en los cauces de los principales arroyos y ríos de la zona; estos depósitos consisten de gravas, arenas, limos y arcillas bien clasificados, que tienen un espesor hasta de 20 metros. En esta unidad geológica se ubican los aprovechamientos de agua subterránea que extraen mediante bombeo en norias, el agua que se encuentra a profundidades muy someras. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Tolimán, clave 2207, está ubicado dentro de la Región Hidrológica número 26 Pánuco y forma parte de las cuencas hidrológicas Río Extóraz, Río Tolimán, Río Victoria y Embalse Zimapán. Dentro de los límites del acuífero, la corriente superficial más importante es el Río Tolimán, que está regulado por la Presa La Soledad; sus afluentes principales lo constituyen dos ríos de menor orden que confluyen al cauce principal del Río Tolimán, tales como los ríos San Pedro y La Palma, así como un sin número de arroyos tributarios. El Río Tolimán nace en la porción suroeste del acuífero y adopta un rumbo hacia el noreste, es afluente del Río Extóraz que recorre el norte del acuífero y que a su vez es afluente del Río Moctezuma. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1 El acuífero El acuífero Tolimán, clave 2207, refleja un comportamiento de acuífero tipo libre o incluso de un acuífero de aguas subálveas, constituido por rocas sedimentarías, principalmente por conglomerados y depósitos aluviales que revisten la planicie que alcanzan espesores de hasta 20 metros en depósitos aluviales y más de 100 metros en conglomerados. La profundidad del nivel estático de los pozos en conglomerados, varía desde los 20 a los 70 metros y la profundidad del nivel estático en norias que se encuentran en los depósitos aluviales es de entre 8 y 2 metros. 5.2 Niveles del agua subterránea En el acuífero Tolimán, clave 2207, la profundidad al nivel estático en los pozos varió en el año 2010 de 20 a 70 metros, encontrándose las mayores profundidades al sureste y norte de San Pablo Tolimán y las menores al oeste del área de explotación, entre las comunidades Rancho Arcoiris y Rancho Santa Teresa, mientras que en las norias, la profundidad al nivel estático varió de 2 a 8 metros. La elevación del nivel estático, en el año 2010 se encontraba entre los 1,800 y los 1,525 metros sobre el nivel del mar. Las mayores elevaciones se encuentran en la porción sureste del área de explotación. El flujo de agua subterránea sigue sensiblemente las mismas direcciones que los escurrimientos superficiales, teniendo una dirección predominante sureste-noreste; el agua subterránea se mueve con un gradiente hidráulico medio de 0.025 hacia la corriente principal del Río Tolimán. Debido a la falta de datos piezométricos históricos no fue posible elaborar configuraciones de evolución del nivel estático, ni determinar por esta vía el cambio de almacenamiento en el acuífero.
  • 15. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15 5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos En el acuífero Tolimán, clave 2207, se tienen censados 63 pozos, de los cuales 28 corresponden a uso agrícola, 15 para uso público urbano, 13 para usos múltiples, 5 para uso pecuario y 1 pozo para uso industrial. De los 63 aprovechamientos se extrae un volumen de 2.4 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales, para uso agrícola se extrae el 51.67 por ciento del volumen total, para el uso público urbano el 33.75 por ciento, para uso pecuario 1.25 por ciento, para usos múltiples el 7.5 por ciento y para uso industrial 5.83 por ciento del total de extracción. 5.4 Calidad del agua subterránea De acuerdo a los resultados fisicoquímicos que se han realizado a pozos y manantiales ubicados dentro de la demarcación del acuífero Tolimán, clave 2207, se concluye que en general el agua subterránea del acuífero es apta para todos los usos, ya que las concentraciones de los diferentes iones no sobrepasan los límites máximos permisibles que establece la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000. Con base al punto anterior, se concluye que el agua del acuífero Tolimán, clave 2207, es en general de buena calidad para consumo humano, excelente para el abrevadero y apropiada para el riego agrícola. 5.5 Modelo conceptual del acuífero El área de explotación del acuífero Tolimán, clave 2207, está constituida por conglomerados y depósitos aluviales que revisten la planicie y que alcanzan espesores de 20 metros en los depósitos aluviales y de más de 100 metros en los conglomerados donde se encuentran las obras de captación de agua subterránea, norias y pozos. La profundidad al nivel estático de los pozos que capta el acuífero en conglomerados, varía desde los 20 a los 70 metros de profundidad, mientras que el nivel estático que captan las norias en los depósitos aluviales es de entre 8 y 2 metros. La recarga natural del acuífero tiene lugar por la infiltración de la lluvia en las serranías de la porción noreste con elevación de 2,200 metros sobre el nivel del mar y desde las serranías del Volcán Zamorano con elevaciones de 2,400 metros sobre el nivel del mar, hasta sus estribaciones que bordean el valle. Otra forma de recarga natural del acuífero tiene lugar por la infiltración de la lluvia directamente sobre la superficie del valle y por la infiltración de los escurrimientos superficiales y canales de distribución de riego superficial. La descarga principal del acuífero se efectúa mediante la extracción por bombeo de las captaciones de agua subterránea. Otras descargas del acuífero Tolimán, clave 2207, están representadas por las salidas de flujo subterráneo al noroeste del valle y por la evapotranspiración, esta última en zonas donde el nivel freático se encuentra a profundidades menores de 5 metros. 5.6 Balance de Agua Subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Tolimán, clave 2207, es de 8.4 millones de metros cúbicos, integrada por 2.0 millones de metros cúbicos anuales de entradas por flujo subterráneo, 4.6 millones de metros cúbicos anuales por recarga vertical por lluvia y 1.8 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego y fugas en las redes de distribución de agua potable; asimismo, la descarga del acuífero está integrada por 2.9 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas, por 2.42 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero y por 1.39 millones de metros cúbicos anuales que se descargan del acuífero por evapotranspiración. El cambio de almacenamiento en el acuífero es de 1.69 millones de metros cúbicos anuales. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Tolimán, clave 2207, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual en el acuífero Tolimán, clave 2207, se calculó considerando una recarga media anual de 8.4 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 2.9 millones de metros cúbicos, que corresponden a las salidas subterráneas, y el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014, de 6.195072 millones de metros cúbicos anuales, resultando un déficit de 0.695072 millones de metros cúbicos anuales.
  • 16. 16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 2207 TOLIMÁN 8.4 2.9 6.195072 2.4 0.000000 -0.695072 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que no existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, en el acuífero Tolimán, clave 2207. El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables es de 5.5 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida. 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Actualmente el acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentra sujeto a las disposiciones de los siguientes instrumentos jurídicos: ● “DECRETO que establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona de los valles de Querétaro y San Juan del Río, en el Estado de Querétaro”, publicado en Diario Oficial de la Federación el 03 de enero de 1958 que comprende una porción al este del acuífero Tolimán, clave 2207; ● “DECRETO que se declara de Interés público la conservación de los mantos acuíferos en la superficie comprendida dentro de los límites geopolíticos de la zona circunvecina a los Valles de Querétaro y San Juan del Río, Qro.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero de 1976, que comprende una porción del acuífero Tolimán, clave 2207, y ● “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción del acuífero Tolimán, clave 2207, que no se encuentra sujeta a las disposiciones de la veda señalada, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1. Escasez natural de agua El área superficial del acuífero Tolimán, clave 2207, está ubicada en una región con clima semiárido- semicálido y semiárido-templado, en la que se presenta una precipitación media anual de 476.1 milímetros, mientras que la evaporación potencial media anual es de 773.59 milímetros; consecuentemente la mayor parte del agua precipitada se evapora, por lo que el escurrimiento y la infiltración son reducidos. Los escurrimientos superficiales en general son intermitentes, lo cual implica que la única fuente de abastecimiento permanente y segura, sea el agua subterránea del acuífero, que se extrae a través de captaciones y que descarga a través de manantiales que son aprovechados para los distintos usos. Dicha circunstancia, además de la creciente demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y que la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, es nula, implica el riesgo de que se agraven los efectos negativos de la explotación del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso, por lo que es de interés público controlar la explotación, extracción, uso y aprovechamiento del agua subterránea. 8.2. Sobreexplotación Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos jurídicos referidos en el Octavo Considerando, en el acuífero Tolimán, clave 2207, ya se presenta un abatimiento del nivel del agua subterránea, por lo que persiste el riesgo de que se agraven los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la inutilización de pozos y el incremento de costos de bombeo, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero de un significativo desequilibrio hídrico que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región. El incremento de la demanda de agua, principalmente para la actividad agrícola, ha puesto en condición de sobreexplotación al acuífero, incrementando el déficit, situación que representa un freno para el desarrollo de las actividades productivas que dependen del agua subterránea, impactando negativamente en el ambiente y en el abastecimiento de agua para todos los habitantes.
  • 17. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17 9. CONCLUSIONES ● La disponibilidad media anual de agua subterránea es nula y presenta un déficit de 0.695072 millones de metros cúbicos anuales; por lo que, no existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, y el recurso hídrico subterráneo debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental del acuífero y detener su sobreexplotación. ● El acuífero Tolimán, clave 2207, se encuentra sujeto a los instrumentos jurídicos a que se refiere el Considerando Octavo del presente. ● Si bien dichos instrumentos han permitido disminuir los efectos de la sobreexplotación, persiste el riesgo del abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. ● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Tolimán, clave 2207. ● De los resultados expuestos, en el acuífero Tolimán, clave 2207, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección y conservación del recurso hídrico, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas del subsuelo; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de su extensión territorial, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. ● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones y con ello se organizará a todos los asignatarios y concesionarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES ● Suprimir la veda establecida mediante el “DECRETO que establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona de los valles de Querétaro y San Juan del Río, en el Estado de Querétaro”, publicado en Diario Oficial de la Federación el 3 de enero de 1958, en la porción correspondiente al acuífero Tolimán, clave 2207. ● Suprimir la veda establecida mediante el “DECRETO por el que se declara de Interés público la conservación de los mantos acuíferos en la superficie comprendida dentro de los límites geopolíticos de la zona circunvecina a los Valles de Querétaro y San Juan del Río, Qro.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de febrero de 1976, en la porción correspondiente al acuífero Tolimán, clave 2207. ● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Tolimán, clave 2207, y que en la porción no vedada de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. ● Una vez establecido el ordenamiento, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo Organismo de Cuenca Golfo Norte en Calle Libramiento Emilio Portes Gil Número 200, Colonia Miguel Alemán, Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Tamaulipas y en la Dirección Local Querétaro, en Avenida Hidalgo número 293, Fraccionamiento Las Campanas, Código Postal 76010, Santiago de Querétaro, Querétaro. México, Distrito Federal, a los 7 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 18. 18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio técnico, se le asignó el nombre oficial de Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo; Que el 3 de enero de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 30 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual y se establecieron los límites del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de las aguas nacionales subterráneas del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un déficit de 9.823607 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un déficit de 9.554579 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
  • 19. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19 Que en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: a) “ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en los terrenos que ocupa y circundan a la población de Tecozautla, Hgo.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 1956, que comprende una superficie de 27.9 por ciento del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, en su porción norte. b) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el 72.1 por ciento del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que con los instrumentos jurídicos referidos en el considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y el que se agravara la problemática del acuífero, aminorando los efectos adversos tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, el agotamiento de manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua, que de seguirse presentando en la misma medida, hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona y el impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios organizados en el Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO HUICHAPAN-TECOZAUTLA, CLAVE 1307, EN EL ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, ubicado en el Estado de Hidalgo en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se localiza en el extremo suroeste del Estado de Hidalgo, comprende una superficie de 1,448 kilómetros cuadrados y abarca casi en su totalidad a los municipios de Huichapan, Tecozautla, Nopala de Villagrán, y muy pequeñas porciones de los municipios, Alfajayucan, Chapantongo, Tasquillo y Zimapán, todos ellos en el Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa “Golfo Norte”. Los límites del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 30 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de enero de 2008:
  • 20. 20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 99 28 24.5 20 37 17.4 2 99 29 5.3 20 34 46.8 3 99 28 16.6 20 33 6.4 4 99 30 33.6 20 22 57.5 5 99 32 54.5 20 22 24.6 6 99 33 55.8 20 21 45.1 7 99 34 27.4 20 18 22.1 8 99 36 18.8 20 17 9.2 9 99 36 48.1 20 13 45.0 10 99 34 37.0 20 11 33.0 11 99 35 40.7 20 10 11.0 DEL 11 AL 12 POR EL LÍMITE ESTATAL 12 99 37 46.1 20 8 41.0 DEL 12 AL 13 POR EL LÍMITE ESTATAL 13 99 50 31.2 20 16 53.4 DEL 13 AL 14 POR EL LÍMITE ESTATAL 14 99 51 28.7 20 27 32.6 DEL 14 AL 15 POR EL LÍMITE ESTATAL 15 99 48 20.7 20 32 39.4 DEL 15 AL 16 POR EL LÍMITE ESTATAL 16 99 30 3.2 20 39 43.1 17 99 29 13.4 20 39 12.7 1 99 28 24.5 20 37 17.4 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con los resultados de los censos y conteos de población y vivienda por localidad, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para el año 2000, la población total en el área que comprende el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, era de 79,000 habitantes; en el año 2005, de 81,703 habitantes y en el año 2010, de 90,181 habitantes, que representa el 3.38 por ciento de la población en el Estado de Hidalgo. La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 245 localidades, de las cuales 4 corresponden a localidades urbanas y concentraban en el año 2010 a 21,726 habitantes, mientras que en 241 localidades rurales había 68,455 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca el acuífero, evaluada del año 2005 al 2010 fue de 1.036 por ciento anual, que es inferior a la tasa de crecimiento estatal de 1.7 por ciento anual, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía al año 2010. Las principales ciudades ubicadas dentro del acuífero son Huichapan con 9,051 habitantes, Tecozautla con 5,844 habitantes, San José Atlán con 3,557 habitantes y Tlaxcalilla con 3,274 habitantes. De acuerdo con las proyecciones de crecimiento poblacional del Consejo Nacional de Población, en el año 2030, habrá en el Municipio de Huichapan 53,720 habitantes, en el Municipio de Tecozautla 43,133 habitantes y en el de Nopala 17,575 habitantes, por lo que en conjunto en el año 2030 habrá en los tres municipios 114,428 habitantes.
  • 21. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21 La principal actividad socioeconómica en los municipios que integran el acuífero Huichapan-Tecozautla, es la agricultura, actividad que consume más agua en la región. Los principales cultivos son el maíz, frijol, alfalfa, calabaza, jitomate, avena, pepino, tomate, ajo, cacahuate, cebolla, chile verde, col, ejote, aguacate, durazno, granada roja, guayaba, tejocote, nuez, uva y zapote. En el año 2010, los municipios de Huichapan, Nopala de Villagrán y Tecozautla, presentaron una superficie total agrícola de 36,286 hectáreas; Huichapan es el municipio con mayor superficie agrícola con un 43.44 por ciento del total de la superficie sembrada, seguido de Tecozautla con un 32.79 por ciento y finalmente, Nopala de Villagrán con un 23.77 por ciento. En los municipios de Huichapan, Tecozautla y Nopala de Villagrán, en el año 2010, la agricultura de temporal ocupaba 23,842 hectáreas, que representan el 65.7 por ciento de la superficie sembrada, mientras que la agricultura de riego ocupaba 12,444 hectáreas, que corresponden al 34.3 por ciento de la superficie sembrada en los tres municipios. De las hectáreas regadas, solo el 34.22 por ciento depende del agua subterránea, mientras que el resto utiliza agua superficial. Debido a que los cultivos de riego tienen una mayor productividad respecto a los de temporal y los ingresos percibidos en agricultura de riego son mayores, la demanda de agua es cada vez mayor. En los municipios de Tecozautla y Huichapan es importante la producción de gallináceas, que para el año 2010, era de 20,469 y 5,651 toneladas, respectivamente. En la superficie del acuífero también se desarrolla con menor producción la cría de cabezas de ganado bovino, caprino, porcino, vacuno y ovino; se practica la avicultura y la apicultura, así como producción de huevo, leche, quesos y crema. En cuanto a la actividad minera, en la región de Huichapan-Tecozautla, se produce mármol, calizas y canteras, y se ubica una planta de Cementos Mexicanos, Sociedad Anónima de Capital Variable, que produce 8,800 toneladas por día. El turismo aprovecha las aguas termales, para el servicio de balnearios como La Cruz de Piedra, El Geiser y Taxhido; dentro de los cuales se encuentran dos manantiales termales que abastecen a las instalaciones. 3. MARCO FÍSICO 3.1 Climatología En la superficie que comprende el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, predominan los climas semiárido templado y semicálido semiárido en la porción norte, mientras que en la porción sur el clima es templado subhúmedo. De acuerdo con la información climatológica con un registro de información que abarca del año 1951 al 2010, en las estaciones meteorológicas Huichapan y Presa Madero, localizadas en el centro del acuífero, la temperatura media anual es de 15.8 y 15.5 grados centígrados, respectivamente. En las estaciones meteorológicas Maravillas y Tlaxcalilla, ubicadas al sur del acuífero, la temperatura media anual es de 14.6 y 15.1 grados centígrados, respectivamente. En la estación Jonacapa, localizada al este del acuífero, la temperatura media anual es de 15.4 grados centígrados. Conforme a la distribución de las isotermas, la temperatura media anual en la superficie del acuífero se considera de 15.46 grados centígrados. De acuerdo con el análisis de la precipitación en las mismas estaciones meteorológicas, la precipitación media anual decrece de sur a norte de 660 a 440 milímetros, respectivamente; en las zonas topográficamente altas las láminas de precipitación son de mayor magnitud y éstas se reducen conforme disminuye la elevación. Conforme a la distribución de isoyetas la precipitación media anual en la superficie del acuífero es de 524.84 milímetros anuales, en contraste con la evaporación potencial media anual de 1,585.42 milímetros. 3.2. Fisiografía y geomorfología El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se encuentra emplazado en la Provincia Fisiográfica Eje Neovolcánico. Esta provincia se caracteriza por cruzar la República Mexicana con una orientación regional este-oeste, desde el Océano Pacífico hasta el Golfo de México, donde se encuentran las más elevadas cumbres de México. En el área que comprende el acuífero, se encuentran aparatos volcánicos, domos ígneos, volcanes compuestos y conos cineríticos; entre los más importantes están la Caldera de Huichapan o El Astillero, el estratovolcán constituido por los cerros de Nopala y La Estancia, y el de Taxbatha, los cuales representan las máximas elevaciones en la región estudiada.
  • 22. 22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 La Caldera y cono volcánico de El Astillero es el rasgo geomorfológico más notable en la zona, cuyo diámetro es de alrededor de 16 kilómetros. Además se encuentran en la región lomeríos, sierras, mesetas, llanuras, planicies y barrancas. Particularmente, en el Municipio de Tecozautla se ubican los cerros San Miguel, Colorado, de Sanabria y Cerrito Blanco; en el Municipio de Huichapan se localiza una barranca conocida con el nombre Del Gallo; en el Municipio de Nopala de Villagrán se encuentran los cerros del Cutejhé y Siempreviva, ubicados en la comunidad de Maravillas. En las cercanías de la comunidad de San Sebastián Tenochtitlán se encuentra una barranca muy grande llamada La Barca, que llega hasta la cabecera municipal. 3.3 Geología El marco geológico donde se emplaza el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, ha sufrido varios procesos geológicos de grandes magnitudes. Las rocas cretácicas son el resultado de los procesos de sedimentación marina en plataformas y cuencas representadas por la Formación El Doctor, y las formaciones Tamaulipas Superior y Soyatal, respectivamente, que ahora conforman grandes estructuras plegadas debido a la Orogenia Laramide. Por otra parte, el volcanismo asociado con la Faja Volcánica Transmexicana, se inicia en el Mioceno Superior y prevalece hasta el Reciente, lo que generó importantes edificios volcánicos ubicados al centro y sur del área que comprende el acuífero, que tienden a seguir patrones de fallas regionales con orientación este-noreste-oeste-suroeste, que representan una zona de debilidad cortical. Los productos de esta actividad volcánica presentan espesores considerables y se encuentran cubriendo parcialmente a la secuencia sedimentaria. La columna estratigráfica de la región de Huichapan-Tecozautla comprende del Cretácico Inferior al Reciente y se caracteriza por presentar tres secuencias litológicas principales, representadas por rocas carbonatadas del Cretácico, asociadas a procesos sedimentarios, andesitas y basaltos del Mioceno y rocas piroclásticas y derrames del Plioceno al Reciente, generadas por procesos volcánicos. Las rocas cretácicas corresponden a una secuencia de calizas dispuestas en estratos delgados y medianos, que se alternan con intercalaciones de calizas arcillosas y lutitas en estratos delgados a laminares de baja permeabilidad. Las rocas volcánicas están representadas por andesitas basálticas compactas y vesiculares, con intercalaciones de brechas volcánicas del Mioceno, riolitas de composición intermedia a ácida, flujos piroclásticos con fragmentos de rocas ácidas, riolitas, ignimbritas, tobas lacustres y derrames basálticos intercalados con flujos de cenizas y brechas volcánicas del Oligoceno hasta el Reciente. Estas unidades volcánicas presentan intenso fracturamiento que le confiere buena permeabilidad. En las bajas de los valles afloran depósitos aluviales conformados por depósitos de pie de monte, suelos residuales y abanicos aluviales constituidos por fragmentos del tamaño de cantos rodados a gravas, del Cuaternario. Las estructuras geológicas que afectan al área que comprende el acuífero, están ligadas a la evolución y actividad tectónica de la Faja Volcánica Transmexicana; de forma regional, la orientación de las fallas y fracturas, así como de los aparatos volcánicos es preferentemente en dirección este noreste-oeste suroeste y nornoroeste-sursureste. Las porciones noroeste, oeste y este del acuífero presentan un patrón de lineamientos con dirección noreste-suroeste. Por otro lado el sistema de fallas y fracturas con tendencia al nornoroeste-sursureste, son previas a la actividad volcánica, pero cabe la posibilidad de que algunas de estas estructuras se hayan reactivado afectando a los aparatos volcánicos, como el colapso de la Caldera de Huichapan. En el extremo noreste, sobre el cauce del Río San Juan, se presenta una falla inversa de rumbo norte-sur, que permite observar rocas de la Formación Trancas sobre las calizas de la Formación El Doctor. Otra falla es marcada por el Río Pathecitos o Tecozautla que se bifurca, convergiendo una de sus ramas con la prolongación de la falla localizada al noreste del poblado de Tecozautla y la otra orientada hacia el aparato volcánico El Astillero.
  • 23. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, está emplazado dentro de la Región Hidrológica 26 Pánuco, en la Subregión del Río Moctezuma. La cuenca hidrológica a la que pertenece el acuífero es la Cuenca Río San Juan, en la subcuenca que conforman los ríos Tecozautla y San Francisco. Dentro del acuífero, escurren de sur a norte los ríos Tecozautla y San Francisco-Hondo, ambos de régimen perenne que convergen hacia el Río San Juan, que sirve como límite estatal y del acuífero, y que desemboca a la Presa Zimapán, donde converge con el Río Tula y cambia su denominación a Río Moctezuma. En la superficie del acuífero, hacia el suroeste, cerca de la localidad de Llano Largo, se ubica el Distrito de Riego 096 Arroyo Zarco, y hacia el sureste, se encuentra la Presa Nopala, que surte de agua a la región de Nopala. La Presa Francisco I. Madero se ubica sobre el Río Hondo, cuya agua se utiliza para uso pecuario y agrícola de auxilio en la zona de Huichapan. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1 El acuífero El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, es de tipo libre a semiconfinado, heterogéneo y anisótropo, conformado predominantemente por un medio fracturado, en el que el agua subterránea se desplaza a través de las fracturas de las rocas volcánicas. El acuífero está constituido por materiales volcánicos en espesores de varios cientos de metros que consisten de ignimbritas fracturadas, coladas de lavas principalmente de composición basáltica, de buena permeabilidad, intercaladas con tobas impermeables, así como materiales piroclásticos y aluviones permeables intercalados con derrames de lavas basálticas y riolíticas. La alternancia de derrames lávicos permeables con tobas impermeables da origen a diversos manantiales en la región. En las zonas topográficamente elevadas los afloramientos de las rocas volcánicas funcionan como zonas de recarga o dan origen a acuíferos colgados. 5.2 Niveles del agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel de saturación medida desde la superficie del terreno para el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el año 2011, variaba de 12 a 280 metros, las profundidades mayores se presentan en las zonas topográficamente más altas, en el extremo suroeste del acuífero en las localidades del Carmen, Huizcazol y La Mesilla, y decrecen hacia el centro del acuífero siguiendo la topografía. En la zona de mayor explotación de agua subterránea, la profundidad del nivel de saturación se encuentra entre los 50 y 100 metros; mientras que en la localidad Los Laureles se presentan profundidades de 10 a 15 metros y las menores profundidades se observan en el límite norte, hacia la zona de descarga en el cauce del Río San Juan. La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar, en el año 2011, variaba de 2,270 a 1,520 metros sobre el nivel del mar; las mayores elevaciones se presentan en la porción sur del acuífero, y la menor elevación de 1,520 metros sobre el nivel del mar se presenta en la porción norte del acuífero, hacia la descarga del acuífero, cerca de la Presa Zimapán. La dirección general del flujo subterráneo es de sur a norte, con una salida subterránea hacia el Río San Juan. Para el periodo comprendido del año 2006 al año 2011, las evoluciones del nivel estático oscilan entre 11.64 metros de abatimiento en la zona de Tecozautla y recuperaciones de hasta 9.65 metros. En la parte sur del acuífero las evoluciones son de entre 2 y 5 metros de abatimiento en Nopala y Dañú. Hacia la parte central del acuífero, el abatimiento observado es de 10 metros. En la zona de Tecozautla, se presentan abatimientos de 2 a 7 metros, lo cual indica que los niveles del agua subterránea han descendido debido al régimen intensivo de extracción. En la zona de descarga, en la Presa Zimapán, las evoluciones oscilan entre 1 metro de recuperación y 3 metros de abatimiento. 5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos Según la información del censo de captaciones de agua subterránea llevado a cabo en 2011, por la Comisión Nacional del Agua, se registraron 185 aprovechamientos, de los cuales 161 corresponden a pozos, y 24 a manantiales; y del total de aprovechamientos, 151 son activos y 34 son inactivos; de los aprovechamientos activos 21 son manantiales y 130 pozos.
  • 24. 24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 De los 151 aprovechamientos activos, se extrae un volumen de 52.3 millones de metros cúbicos anuales. Respecto a la extracción por uso, se dedican 91 aprovechamientos para las actividades agrícolas, que en conjunto extraen 40.79 millones de metros cúbicos anuales, que representan el 78.0 por ciento del volumen total extraído, mientras que el uso público-urbano con 57 aprovechamientos, extrae 9.93 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al 19 por ciento del total extraído. Le siguen en importancia los usos pecuario, industrial y servicios; para cada uno de ellos, se extrae uno por ciento del volumen total de extracción, que corresponde a 0.52 millones de metros cúbicos anuales para cada uno. Para servicios existen dos aprovechamientos, para uso pecuario 4 aprovechamientos y para uso industrial 3 captaciones de agua subterránea. Adicionalmente, existen 28 captaciones en las que no fue identificado el uso, sin embargo, la extracción de estos aprovechamientos es menor al 0.1 por ciento de la extracción total. Los aprovechamientos se encuentran distribuidos en todo el acuífero, sin embargo, se observa una gran concentración de ellos en el Municipio de Tecozautla y sus alrededores hacia el noroeste del acuífero, donde se observan los mayores abatimientos. 5.4 Calidad del agua subterránea En el año 2006, se muestrearon 67 captaciones de agua subterránea, en el acuífero Huichapan- Tecozautla, clave 1307, y las concentraciones de sólidos totales disueltos se agruparon en tres intervalos; las concentraciones menores a 300 miligramos por litro, corresponden a agua de reciente infiltración, con poco tiempo de contacto con los materiales geológicos; las concentraciones de sólidos totales disueltos de 300 a 600 miligramos por litro presentan mayor interacción con el material geológico y aquellas aguas con concentraciones mayores a 600 miligramos por litro presentes en el acuífero corresponden a agua que ha tenido mayor tiempo de residencia en el acuífero y por tanto, mayor interacción con el material geológico que conforma el acuífero. Todas las muestras analizadas se encuentran por debajo de los límites máximos permisibles, establecidos para consumo humano en la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000, por lo que se considera que el agua del acuífero es apta para consumo humano y riego, con excepción de una muestra en el Geiser de Pathé, que excedió las concentraciones máximas permisibles establecidas en la norma referida, para sodio, potasio y fluoruro. En lo que se refiere al potencial para uso agrícola, se determinó a partir del Método de Wilcox, que el agua subterránea corresponde a los tipos C1-S1 y C2-S1, por lo que son aptas para la actividad agrícola. 5.5 Modelo conceptual del acuífero La recarga del acuífero proviene de la infiltración del agua de lluvia en las partes altas de las sierras, como en los lomeríos, en los depósitos de pie de monte y en el valle, así como en las entradas del flujo subterráneo y la recarga inducida procedente del retorno de riego en las zonas agrícolas y de las fugas en la red de distribución de agua potable en las poblaciones urbanas. El flujo del agua subterránea en el acuífero, adopta una dirección preferencial de sur a norte, alimentado por las infiltraciones provenientes de las estribaciones de las sierras que limitan al valle, al oriente y poniente. Finalmente, el flujo se concentra en la zona de Tecozautla y Gandhó, donde las condiciones en el subsuelo son favorables para la extracción, por lo que en esta zona se concentra el mayor número de pozos, lo que provoca la intercepción del flujo hacia el Río San Juan y la aparición de un cono de abatimiento local. Las salidas del acuífero ocurren a través de la extracción por bombeo, salidas por flujo subterráneo y manantiales. El carácter volcánico riolítico de la región ocasiona la presencia de focos termales en la mayor parte de la zona, por lo que es común la presencia de agua termal, la que es más evidente en manantiales que brotan sobre rocas ignimbríticas, principalmente al sur de San Miguel Caltepantla.
  • 25. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25 5.6 Balance de Agua Subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas la recarga total media anual que recibe el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, es de 56.7 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 37.5 millones de metros cúbicos anuales de entradas por flujo subterráneo, 11.4 millones de metros cúbicos anuales por recarga vertical por lluvia y 7.8 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego y fugas en las redes de distribución de agua potable. Asimismo, la descarga del acuífero está integrada por 28.5 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas hacia el norte, 5.0 millones de metros cúbicos anuales de descarga a través de manantiales y 52.3 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero y el cambio de almacenamiento en el acuífero es de -29.1 millones de metros cúbicos anuales, en el que el signo negativo indica que la extracción es a costa de la reserva almacenada no renovable del acuífero. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se determinó considerando una recarga media anual de 56.7 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 33.5 millones de metros cúbicos anuales y el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 32.754579 millones de metros cúbicos anuales, resultando un déficit de 9.554579 millones de metros cúbicos anuales: REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 1307 HUICHAPAN-TECOZAUTLA 56.7 33.5 32.754579 52.3 0.000000 -9.554579 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que no existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307. El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 23.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida. 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Actualmente el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se encuentra sujeto a las disposiciones de dos instrumentos jurídicos: ● “ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en los terrenos que ocupa y circundan a la población de Tecozautla, Hgo.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 1956, que comprende una porción al norte del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307.
  • 26. 26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 ● “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, que no se encuentra sujeta a las disposiciones de la veda señalada, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1. Escasez natural de agua El área superficial del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, está ubicado en una región con clima semiárido, en la que se presenta una precipitación media anual de 524.84 milímetros y una elevada evaporación potencial media anual de 1,585.42 milímetros anuales; consecuentemente, la mayor parte del agua precipitada se evapora, por lo que el escurrimiento y la infiltración son reducidos. Por otro lado, el cambio de uso de suelo de la cuenca que ocurre desde hace décadas, incrementa el coeficiente de escurrimiento, reduce la recarga, incrementa la extracción de agua subterránea y disminuye el flujo base y la descarga natural del acuífero, situación representada por el agotamiento de dos manantiales en Huichapan y un manantial en Tecozautla. Dichas circunstancias, además de la creciente demanda de agua subterránea en la región, para cubrir las necesidades básicas de sus habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la misma y la nula disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, genera competencia por el recurso entre los diferentes usos e implica el riesgo de que se agraven los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2. Riesgo de sobreexplotación Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos jurídicos referidos en el Noveno Considerando, el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, ya presenta abatimiento del nivel del agua subterránea, por lo que persiste el riesgo de que se agraven los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la inutilización de pozos, y el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero de un significativo desequilibrio hídrico que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región. El incremento de la demanda de agua, principalmente para actividades agrícolas, pone en riesgo de que se agrave la sobreexplotación del acuífero, incrementando el déficit, situación que podría convertirse en un freno para el desarrollo de las actividades productivas que dependen del agua subterránea, lo que impactará negativamente en el ambiente y en el abastecimiento de agua para todos los habitantes. 9. CONCLUSIONES ● En el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, la disponibilidad media anual de agua subterránea es nula y presenta un déficit de 9.823607 millones de metros cúbicos anuales, por lo que no existe volumen disponible para otorgar concesiones, asignaciones. ● La nula disponibilidad media anual de agua subterránea implica que el recurso hídrico subterráneo debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental del acuífero. ● El acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se encuentra sujeto a las disposiciones de los instrumentos jurídicos referidos en el Considerando Noveno del presente. Dichos instrumentos han permitido disminuir los efectos de la explotación intensiva, sin embargo, persiste el riesgo del
  • 27. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27 abatimiento del nivel de saturación, con el consecuente incremento de los costos de bombeo, la inutilización de pozos, la disminución o desaparición de los manantiales y del caudal base, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. ● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307. ● De los resultados expuestos, en el acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en acuíferos con escasez natural; al control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, el restablecimiento del equilibrio hidrológicos y la sustentabilidad ambiental; causales que justifican el establecimiento del ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de la extensión territorial del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. ● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones y con ello se organizará a todos los asignatarios y concesionarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES ● Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, la veda establecida mediante el “ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en los terrenos que ocupa y circundan a la población de Tecozautla, Hgo.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 1956. ● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la superficie del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307; y que en la porción de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 21 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. ● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Libramiento Emilio Portes Gil número 200 Colonia Miguel Alemán, Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas; y en la Dirección Local Hidalgo, en Boulevard Felipe Ángeles número 1610, Colonia Santa Julia, Código Postal 42080, Ciudad de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo. México, Distrito Federal, a los 6 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 28. 28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico, se le asignó el nombre oficial de Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de aguas subterráneas de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo; Que el 14 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 142 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 3.464885 millones de metros cúbicos anuales, considerando los volúmenes inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2011; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose una disponibilidad media anual de 1.388121 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativo que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose una disponibilidad media anual de 1.373121 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
  • 29. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29 Que en el acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: a) “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida por Cuenca o Valle de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 1954, que comprende una muy pequeña porción de la superficie del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo; b) “DECRETO por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida como Valle de Tulancingo, en el Estado de Hidalgo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de septiembre de 1965, que comprende una pequeña porción, del 4.5 por ciento de la superficie del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, en su extremo sur. c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción no vedada del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, que en el mismo se señala, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, y el incremento de volúmenes autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios a través del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO AMAJAC, CLAVE 1321, EN EL ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Amajac, clave 1321, ubicado en el Estado de Hidalgo en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Amajac, clave 1321, se localiza en la porción central del Estado de Hidalgo, cubriendo una superficie de 1,411 kilómetros cuadrados y comprende parcialmente a los municipios de Actopan, Atotonilco El Grande, Cardonal, El Arenal, Eloxochitlan, Metztitlán, Mineral del Chico, Mineral del Monte, Omitlán de Juárez, Santiago de Anaya y Tlahuiltepa; y una muy pequeña porción de los municipios de Huasca de Ocampo y Pachuca de Soto, todos ellos perteneciente al Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Los límites del acuífero Amajac, clave 1321, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009.
  • 30. 30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 ACUÍFERO 1321 AMAJAC VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 98 51 36.3 20 42 37.9 2 98 53 36.9 20 40 40.2 3 98 50 43.9 20 38 40.7 4 98 51 30.6 20 38 8.8 5 98 48 34.5 20 32 33.3 6 98 44 55.6 20 26 58.3 7 98 44 46.1 20 25 21.3 8 98 45 33.7 20 22 47.1 9 98 37 26.6 20 14 2.5 10 98 37 42.0 20 7 37.6 11 98 39 50.7 20 6 55.3 12 98 44 25.9 20 13 13.9 13 98 46 35.5 20 10 57.4 14 98 48 59.5 20 9 57.1 15 98 50 54.4 20 10 41.3 16 98 51 3.7 20 14 36.2 17 98 51 58.4 20 18 23.1 18 98 54 15.8 20 20 36.5 19 98 56 36.0 20 26 28.8 20 98 59 49.4 20 25 11.4 21 99 1 21.0 20 29 4.3 22 99 1 18.8 20 30 11.6 23 99 2 42.9 20 31 11.7 24 99 3 41.6 20 36 23.9 25 99 6 13.7 20 38 13.3 26 99 6 53.8 20 40 8.1 27 99 10 47.3 20 40 30.8 28 99 8 34.1 20 42 19.0 29 99 6 11.1 20 43 30.5 30 99 1 55.3 20 44 18.4 31 98 59 14.7 20 39 58.3 32 98 57 3.8 20 43 11.9 33 98 56 25.1 20 44 29.9 34 98 54 26.8 20 44 40.2 1 98 51 36.3 20 42 37.9
  • 31. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO Con base a la información que emite el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población que habitaba en la superficie del acuífero de Amajac, clave 1321, en el año 2000, era de 46,041 habitantes; para el año 2005, de 44,352 habitantes y en el año 2010, de 50,230 habitantes, que representan el 5.2 por ciento de la población en el Estado de Hidalgo. La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 197 localidades, de las cuales, 2 corresponden a localidades urbanas y concentraban en el año 2010, a 16,166 habitantes, mientras que en 195 localidades rurales había 34,064 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca el acuífero, evaluada al año 2010, fue de 3.0 por ciento anual, que es mayor a la tasa de crecimiento estatal de 2.78 por ciento anual, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía al año 2010. Las ciudades ubicadas en la superficie del acuífero son Mineral del Monte con 11,015 habitantes y una porción de la Ciudad de Atotonilco El Grande con 3,630 habitantes; las principales comunidades rurales son La Estancia con 2,034 habitantes, Santa María Amajac con 1,699 pobladores, Fontezuelas con 2,045 habitantes, Carboneras con 1,226 habitantes y Omitlán de Juárez con 1,040 habitantes. La principal actividad socioeconómica en los municipios que integran el acuífero Amajac, es la agricultura; los principales cultivos son el maíz, avena, cebada, frijol y papa; le sigue la ganadería, la pesca y la caza. En los municipios de Mineral del Monte, Mineral de Chico, Omitlán de Juárez y Atotonilco El Grande, en el año 2010, presentaron una superficie total agrícola de 12,040.5 hectáreas; siendo el Municipio de Atotonilco El Grande el de mayor superficie agrícola. El desarrollo de la pesca ha sido un factor que ha impulsado el turismo, lo que propicia el aprovechamiento de los manantiales que emanan en la región, en los poblados de Mineral del Chico, Huasca de Ocampo y Mineral del Monte; con la producción de Trucha. La actividad minera se desarrolla en una porción al sureste del acuífero, en las cabeceras municipales de Real del Monte y Mineral del Chico, en los que se aprovecha la presencia de yacimientos minerales de plata, oro, plomo, zinc, fierro y otros asociados. En el Municipio de Mineral del Monte existen minas en desarrollo, como las compañías Real del Monte y Pachuca, Sociedad Anónima de Capital Variable, La Minera y Metalurgia San Miguel, destacándose por las torres que dan acceso a las minas más grandes del Estado como La Purísima, La Dificultad y La Dolores. Dichas compañías mineras aportan al desarrollo económico de la población. Además de la minería y la agricultura, el turismo en los poblados de Mineral del Monte y Mineral del Chico, es una actividad económica importante, lo que permite que haya establecimientos diversos como restaurantes, comercio y hoteles, permitiendo llevar un incremento de consumo de agua para abastecer la actividad económica. 3. MARCO FÍSICO 3.1 Climatología De acuerdo con la clasificación de climas elaborada por Köppen, modificada por Enriqueta García, para las condiciones de la República Mexicana, en la superficie del acuífero se presentan dos tipos de climas; semicálido húmedo, con abundantes lluvias en verano y un porcentaje de lluvia invernal menor del 5 por ciento; mientras que hacia el sur y suroeste, en la zona que corresponde a la sierra, el clima es semicálido húmedo con lluvia todo el año y un porcentaje de lluvia invernal menor del 18 por ciento. Las variables climatológicas presentan cambios muy notables que son el resultado del efecto topográfico, debido a la diferencia en la altitud. Los valores extremos se registran en las estaciones Omitlán, ubicada en la región topográficamente más alta, y San Cristóbal que se localiza en el valle. Los valores medios anuales de temperatura, precipitación y evaporación potencial para la estación Omitlán son 13.3 grados centígrados, 1,238 milímetros y 1,223 milímetros, respectivamente. En la estación San Cristóbal los valores promedio anuales son 20.5 grados centígrados, 458 milímetros y 1,672 milímetros, respectivamente. Para la determinación de las variables climatológicas se utilizó la información de 16 estaciones climatológicas que tienen influencia en el área del acuífero: Atotonilco, Capula, El Cardonal, El Chico, El Encino, El Santuario, Encarnación, Ixmiquilpan, Magdalena, Metztitlán, Omitlán, Real del Monte, San Cristóbal, Sta. María Amajac, Santiago de Anaya y Tixqui. El registro en algunas de ellas comprende un periodo de 30 años. Con estos datos y utilizando el método de los Polígonos de Thiessen, se determinaron valores de precipitación y temperatura media anual de 1,096 milímetros y 17.9 grados centígrados, respectivamente. Con respecto a la evaporación potencial, se obtuvo un valor de 1445.7 milímetros anuales.
  • 32. 32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 3.2 Fisiografía y geomorfología El acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra en dos provincias fisiográficas, la Sierra Madre Oriental y la Cordillera Volcánica Transmexicana; la primera corre en sentido paralelo a la Costa del Golfo de México desde la frontera norte del país hasta sus límites con el Eje Neovolcánico que es, fundamentalmente, un conjunto de sierras conformadas por estratos plegados de antiguas rocas sedimentarias marinas del Cretácico y del Jurásico Superior, entre las que predominan las calizas y, en segundo término, las areniscas y las lutitas. Esta aparece en el extremo centro y norte del territorio del acuífero, abarcando una porción de la subprovincia denominada Karts Huasteco, constituida por rocas sedimentarias calcáreas y calcáreo-terrígenas, en especial calizas e intercalaciones de lutitas con areniscas y calizas, así como conglomerados. En estas sierras el plegamiento se manifiesta de múltiples maneras, pero su forma más notable es la que produce una topografía de fuertes ondulados paralelos, semejantes a la superficie de un techo de lámina corrugada. Las crestas reciben el nombre de anticlinales y los senos de sinclinales. El flexionamiento de las rocas en las cretas, las estira y las fractura, haciéndolas más susceptibles a los procesos erosivos. En la Sierra Madre Oriental predominan las rocas calizas, se han producido, particularmente en la porción media y sur de la misma, considerables manifestaciones de karst, esto es, de geoformas resultantes de la disolución de la roca por el agua. La intensa infiltración de agua al subsuelo ha formado extensos sistemas de cavernas y también ha generado copiosos manantiales como Las Grutas de Tolantongo y San Pedro Tellapayac. La Cordillera Volcánica Transmexicana, abarca prácticamente las porciones central y sur de la superficie del acuífero Amajac, clave 1321, que constituyen los productos y estructuras volcánicas identificadas en la zona, representada por los basaltos que coronan a las rocas sedimentarias que forman grandes extensiones de mesetas. La región en estudio está ubicada en una zona serrana constituida por rocas ígneas extrusivas del Terciario Superior y rocas sedimentarias de edades que varían desde el Jurásico hasta el Reciente, fuertemente fracturadas, falladas y disectadas por una gran cantidad de escorrentías que la han erosionado a lo largo de decenas de miles de años. Las rocas ígneas presentan una composición variada, desde las andesitas y dacitas hasta los basaltos; las rocas sedimentarias corresponden a intercalaciones de lutitas con areniscas, calizas, conglomerados, brechas sedimentarias y aluviones. Las zonas en donde predominan las calizas, los cerros en general se presentan redondeados, pero algunas de las veces cortados por fallamientos; la densidad de drenaje es alta, con cauces semiprofundos y taludes inclinados. En donde predominan las rocas sedimentarias calcáreo-terrígenas como lutitas-areniscas- calizas, los cerros tienden a ser irregulares, mayormente disectadas y con cauces profundos y taludes verticales. La geoforma que rodea al acuífero Amajac queda representada al norponiente por los cerros El Santuario, El Perico, Puerto Grande, La Araña, La Garza, Cordón Cerro Alto en la inmediación de la Laguna de Metztitlán; para la zona centro del acuífero los limitan en forma lineal por los cerros al oriente, Mesa Los Guerreros, Boludo y Cabeza de Toro; al poniente limitada por los cerros Verde, El Güero, La Paloma, Pelado, Coxguada, La Bandera y Los Villistas; mientras que para el sur del acuífero queda limitada por los cerros como El Alto, Los Cuervos, El Cielito, Alto Grande, San Antonio, La Cantera, Bondotas, Grande o Tanate, Buenavista y Cabrera. 3.3 Geología El marco geológico regional en la que se sitúa el acuífero Amajac pertenece a la Sierra Madre Oriental al norte y a la Faja Volcánica Transmexicana al sur; en la primera, se identifican rocas sedimentarias antiguas, formadas en distintos ambientes de depósitos marinos y continentales en formas plegadas y falladas formadas desde el Pérmico Inferior, mientras que al sur del acuífero se emplazaron rocas volcánicas del Pleistoceno al Reciente. Las secuencias litológico-estructurales existentes en la zona de Amajac, evidencian el fuerte tectonismo y la gran diversidad de fenómenos de sedimentación y vulcanismo ocurridos desde el Paleozoico hasta el reciente. Los depósitos más antiguos están representados por rocas sedimentarias de la Formación Las Trancas-Santuario del Kimmeridgiano-Aptiano constituida por lutitas y calizas formadas en ambiente nerítico con gran aporte de terrígenos, con intercalaciones arcillo-calcáreas que se relacionan a las transgresiones marinas, que aflora en una pequeña porción al noroeste, en la Localidad El Boxo, Cardonal; esta secuencia le subyace a la Formación Abra-Tamasopo del Cretácico Aptiano constituida por calizas y dolomías formadas por aguas profundas con poca circulación de ambiente reductor, las rocas de estos depósitos se ubican en gran parte del acuífero, aflora en San Andrés Daboxtha, Cardonal.
  • 33. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33 Para el Albiano-Cenomaniano se formaron rocas calizas y brechas de tipo oligomíctico relacionada a la Formación Tamabra de ambiente de depósito en una zona de mar abierto en el frente arrecifal, donde la energía mecánica produjo erosión y se deslizaron como turbiditas sobre el talud donde se depositaron carbonatos de un ambiente de baja energía; aflora en los flancos del acuífero como en la localidad de El Nogal Cardonal. Durante el mismo periodo del Cretácico se formó la Formación Agua Nueva, caracterizada por secuencias de calizas arcillosas de estratificación delgada, ocasionalmente dolomitizada y recristalizada, su depósito es de ambiente marino de aguas tranquilas de mar abierto con continuo aporte de terrígenos provenientes de áreas lejanas; esta secuencia subyace a la Formación Soyatal del Turoniano Superior, constituida por lutitas y calizas formadas en ambiente nerítico costero con aporte de terrígenos. Para el Oligoceno-Mioceno la actividad volcánica se manifestó por la formación de rocas ígneas al sur del acuífero, en el Oligoceno se depositaron tobas andesíticas, basaltos, dacitas y andesitas; y para el Mioceno se formaron las tobas riolíticas, andesitas, basaltos y dacitas que afloran en los alrededores del Municipio de Mineral del Chico y parte de Pachuca. Los depósitos de rocas volcánicas más recientes son del Plioceno, relacionados a rocas como andesitas, dacitas, basaltos, tobas riolíticas y latitas que afloran en las zonas serranas al norte de los poblados de Mineral del Chico, Huasca, Omitlán de Juárez y Actopan. En las zonas bajas de los valles se depositan clastos de origen aluvial del Reciente o el Holoceno. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Amajac, clave 1321, se localiza en la zona alta de la Región Hidrológica 26 Pánuco; en la Subregión del Río Moctezuma, en la Cuenca Blanco Amajaque y en la Subcuenca del Río Amajac. Dentro de la cuenca que conforma el acuífero Amajac, el drenaje comienza al sureste del acuífero a elevaciones cercanas a los 2,000 metros sobre el nivel del mar, zona en donde nace el Río Amajac y continúa hacia el noroeste cortando las sierras volcánicas en el inicio, hasta recorrer una longitud aproximada de 50 kilómetros, zona en donde el Río Amajac se encuentra a una elevación de 1,000 metros sobre el nivel del mar aproximadamente. Eso representa un desnivel aproximado de 1,000 metros entre ambos puntos. Hidrológicamente el acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra en una zona serrana, constituida por materiales volcánicos al sur y sedimentarios al centro y norte de éste, por lo que el patrón de drenaje formado es de tres tipos; dendrítico, radial y rectangular. Los drenajes de tipo radial y rectangular están ampliamente regulados por las estructuras existentes; en el caso del drenaje radial, con zonas volcánicas y el drenaje rectangular, por la presencia de fracturas y fallas. La densidad de drenaje es variada, intensa en donde afloran las intercalaciones de lutitas con areniscas y moderada, en las porciones en donde dominan las rocas volcánicas y las calizas. La mayoría de los escurrimientos son de régimen intermitente, todos ellos afluentes del Río Amajac, que es de tipo perenne en el inicio y final de su recorrido, debido a la presencia de manantiales que le aportan agua todo el año; en temporada de estiaje, el río desaparece en la porción central del acuífero, donde los depósitos aluviales presentan mayor espesor. El Río Amajac corre de sureste a noroeste y nace en la Sierra de Pachuca, por los arroyos Bandola, General y Aguacate. A la altura de Tezahuapa, ya dentro del Municipio de Atotonilco, el Río Amajac toma este nombre, para continuar con dirección noroeste entre las colindancias de los municipios de Omitlán y Mineral del Chico, Atotonilco el Grande y Actopan y Santiago de Anaya y Cardonal con Metztitlán, para al final confluir con el Río Metztitlán en el extremo norte del acuífero, después de haber recorrido poco más de 60 kilómetros en línea recta. Los principales afluentes por la margen izquierda se conocen como Arroyo Bandola, Río General, Río Aguacate, Río Ocotillos, Arroyo El Chico y Magdalena, Arroyo Gualulo, Arroyo Milpitas, Río San Nicolás, Arroyo El Senthe, Río Carrizal y Río Tolantongo, proveniente este último de las Grutas de Tolantongo, el cual es de régimen perenne. Hacia la margen derecha, provenientes de la meseta de Huasca Zoquital, los arroyos intermitentes de La Luna y Xhate. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1 El Acuífero El acuífero Amajac se considera de tipo libre, heterogéneo y anisótropo, tanto en sentido vertical como horizontal, constituido en su porción superior por sedimentos aluviales y fluviales de granulometría variada, de espesor reducido que no sobrepasa los 10 metros, que constituyen los cauces y la llanura de inundación del Río Amajac y sus arroyos tributarios; mismo que se explota principalmente mediante norias perforadas en los subálveos del río y arroyos que satisfacen las necesidades del uso doméstico. En su porción inferior el acuífero se aloja en una secuencia de calizas, areniscas y lutitas, así como rocas volcánicas conformadas por tobas, brechas y basaltos, que presentan permeabilidad secundaria por fracturamiento.
  • 34. 34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Las calizas de las formaciones Tamaulipas Superior e Inferior, Tamabra, El Abra y El Doctor, constituyen horizontes acuíferos profundos, y una fuente potencial de agua subterránea, que aún no ha sido explorada en la zona. Las fronteras al flujo subterráneo y el basamento geohidrológico del acuífero están representados por las mismas rocas sedimentarias y volcánicas al desaparecer el fracturamiento, y por las lutitas, limolitas y areniscas compactas, que forman parte de las secuencias calcáreo-arcillosas de las unidades litológicas que afloran ampliamente en todo el acuífero. Debido a la topografía accidentada y al carácter general impermeable de la zona serrana, los escurrimientos fluyen de manera rápida sin permitir su infiltración. Solamente en la porción baja es posible la acumulación de agua, conformando un acuífero de reducidas dimensiones y de baja capacidad de almacenamiento, que presenta permeabilidad media. En las porciones sur y centro del acuífero es común la existencia de pequeños manantiales que en forma de “lloraderos” descargan localmente la infiltración del agua a través de las fracturas o por el contacto con rocas impermeables. 5.2 Niveles de agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie del terreno, en el acuífero Amajac varía de 10 a 300 metros, encontrándose los más someros en el pozo El Encino, cerca de la población del mismo nombre, que abastece a diversas localidades ubicadas en la sierra, al oriente. El nivel del agua subterránea se encuentra a 150 metros de profundidad en el pozo El Sauz, cercano a Omitlán y en el tiro del poblado Real del Monte, la profundidad al nivel de saturación es cercana a los 300 metros. La cota de elevación del nivel de saturación del agua subterránea, referido al nivel del mar, es de 2,036 metros sobre el nivel del mar en el pozo El Encino a 2,255 metros sobre el nivel del mar en el pozo El Sauz, cercano a Omitlán, en el tiro del Real del Monte la elevación al nivel de saturación varía de 2,150 a 2,300 metros sobre el nivel del mar, mientras que al norte, los manantiales afloran a una cota de 800 metros sobre el nivel del mar. La dirección del flujo de agua subterránea en el acuífero Amajac, clave 1321, ocurre del sur al norte, siguiendo la topografía del terreno; ya que la parte más alta se encuentra en la porción sur del acuífero con elevaciones de hasta 3,070 metros sobre el nivel del mar y desciende hacia el norte a la cota menor de 800 metros sobre el nivel del mar, donde descargan diversos manantiales. Debido a que en el acuífero predominan los manantiales, la dirección de flujo del agua subterránea está relacionada a las elevaciones de la ubicación topográfica de los manantiales, las cotas de los manantiales de mayor elevación se ubican al sur y las de menor elevación topográfica al norte, por lo tanto, la dirección del agua se define de suroriente a norponiente, descargando a la zona baja hacia la Laguna de Metztitlán. Debido al escaso número de aprovechamientos que existen en el acuífero y al incipiente volumen de extracción, se puede afirmar que las variaciones en el nivel del agua subterránea, no han sufrido alteraciones importantes en el transcurso del tiempo, por lo que el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo. 5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos De acuerdo con el censo de captaciones de agua subterránea, realizado en el año 2010, por la Comisión Nacional del Agua, en el acuífero Amajac, clave 1321, existen 136 captaciones de agua subterránea, de las cuales 129 son manantiales, 2 norias y 5 pozos. Los pozos se ubican al sur del acuífero, en las cercanías de las zonas urbanas, dos al norte de Santiago de Anaya, uno al nororiente de Atotonilco El Grande, uno en Omitlán de Juárez y uno en Mineral del Monte. Las norias se centran en la parte sureste del acuífero, cerca de las localidades de Santa María Amajac y Sauz Xathe, en el Municipio de Atotonilco El Grande. El volumen de extracción calculado es de 9.8 millones de metros cúbicos anuales, destinados en su totalidad al uso público-urbano para abastecimiento de agua potable a la parte alta de la Ciudad de Pachuca y a las comunidades rurales que se ubican dentro del acuífero. Adicionalmente, a través de manantiales se descarga un volumen anual de 64.0 millones de metros cúbicos anuales, destinados casi en su totalidad al abastecimiento público-urbano y en menor proporción para usos de servicios y recreativo. 5.4 Calidad del agua subterránea En el año 2010, se tomaron muestras de agua en 14 manantiales y una en un pozo para su análisis fisicoquímico correspondiente, que incluyó la determinación de iones principales, temperatura, conductividad eléctrica, potencial de hidrógeno, potencial de óxido-reducción, nitratos, dureza total, sólidos totales disueltos, hierro y manganeso.
  • 35. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35 De manera general, las concentraciones de los diferentes iones y elementos no sobrepasan los límites máximos permisibles que establece la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000, con excepción de algunos manantiales en el poblado de Amajac. El agua subterránea del acuífero Amajac, presenta una concentración de sólidos totales disueltos que varía desde 78 miligramos por litro en algunos manantiales como Mineral de Chico, hasta 1,839 miligramos por litro en los manantiales de Amajac y de 630 miligramos por litro en el agua de Tolantongo. El potencial hidrógeno del agua en general es ácido, menor a 7, debido al poco contacto del agua subterránea con medios calcáreos, mientras que el agua de los manantiales San Pablo Tetlapayac y Tolantongo, con potencial hidrógeno de 7.5, indica el tránsito del agua subterránea por rocas calcáreas. Los manantiales de la zona de Amajac, presentan elevado termalismo, ya que uno de ellos presenta una temperatura de 51 grados centígrados a la descarga y alta concentración de sólidos totales disueltos que rebasa el límite máximo permisible establecido por la norma referida. En cuanto a la calidad del agua subterránea para uso agrícola, la clasificación del agua en función de la salinidad y contenido de sodio mediante la aplicación del cuadro de Wilcox, la salinidad es de media a alta, por lo que el agua no es recomendable para el riego. El agua del Manantial 4 de Amajac presenta alta salinidad y alto contenido de sodio, por lo que no es apta para riego. 5.5 Balance de aguas subterráneas De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Amajac, clave 1321, es de 166.0 millones de metros cúbicos anuales. Las salidas del acuífero ocurren principalmente a través de la descarga natural, integrada por 97.8 millones de metros cúbicos anuales de descarga como flujo base hacia los ríos Amajac y Tolantongo y 64.0 millones de metros cúbicos que descargan a través de manantiales; así como la extracción a través de las captaciones de agua subterránea, que extraen 9.8 millones de metros cúbicos anuales. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRANEA La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Amajac, clave 1321, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Amajac, clave 1321, se determinó considerando una recarga media anual de 166.0 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 161.8 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde a la suma de manantiales y descarga como flujo base a los ríos Amajac y Tolantongo y un volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 2.826879 metros cúbicos anuales, resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 1.373121 millones de metros cúbicos anuales. REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA “GOLFO NORTE” CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 1321 AMAJAC 166.0 161.8 2.826879 9.8 1.373121 0.000000 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero Amajac, clave 1321. El volumen máximo que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 4.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida.
  • 36. 36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HIDRICOS Actualmente, el acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra sujeto a las disposiciones de los siguientes instrumentos jurídicos: ● “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida por Cuenca o Valle de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 1954, que comprende una muy pequeña porción de la superficie del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo; ● “DECRETO por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida como Valle de Tulancingo, en el Estado de Hidalgo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 1965, que comprende una pequeña parte del acuífero Amajac, clave 1321, en su extremo sur. ● “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013 y que comprende la mayor parte del acuífero, a través del cual en la porción del acuífero Amajac, clave 1321, no comprendida por el Decreto señalado en el punto anterior, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. ● “DECRETO por el que se declara como Área Natural Protegida con el carácter de la reserva de la biosfera, la región conocida como Barranca de Metztitlán ubicada en los municipios de Acatlán, Atotonilco El Grande, Eloxochitlan, de Huasca de Ocampo, de Metztitlán, de San Agustín Metztitlán, de Metepec y de Zacualtipán de Ángeles en el Estado de Hidalgo, con una superficie total de 96,042-94-70.18 hectáreas”, publicado el 27 de noviembre de 2000. Comprende la zona oeste y norte del acuífero de Amajac, clave 1321. 8. PROBLEMÁTICA 8.1 Escasez natural de agua El acuífero Amajac, clave 1321, está ubicado en una región en el que se presenta una precipitación media anual de 1,096 milímetros, y una evaporación potencial media anual de 1,445.7 milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que la infiltración es reducida. Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico, para cubrir las necesidades básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma, principalmente para uso agrícola, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, podría generar competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2 Riesgo de sobreexplotación En el acuífero Amajac, clave 1321, la extracción total es de 9.8 millones de metros cúbicos anuales, sin embargo la descarga natural del acuífero como flujo base a los ríos Amajac y Tolantongo y a los manantiales de la región, está estimada en 161.8 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero, está cuantificada en 166.0 millones de metros cúbicos anuales. Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos jurídicos referidos en el Noveno Considerando del presente, en el acuífero Amajac, clave 1321, existe el riesgo de que el incremento de la demanda de agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como el abatimiento de los niveles de agua subterránea, la reducción e incluso desaparición de los manantiales y del flujo base hacia los Ríos Amajac y Tolantongo, con la afectación a los ecosistemas asociados, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, el deterioro de la calidad del agua subterránea; situación que podría convertirse en un freno para el desarrollo de las actividades productivas que dependen del agua subterránea, lo que impactará negativamente en el ambiente y en el abastecimiento de agua para todos los habitantes. 9. CONCLUSIONES ● En el acuífero Amajac, clave 1321, existe disponibilidad media anual de agua subterránea limitada para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir la sobreexplotación del acuífero.
  • 37. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37 ● El acuífero Amajac, clave 1321, se encuentra sujeto a las disposiciones de los instrumentos jurídicos referidos en el Noveno Considerando del presente. Sin embargo, persiste el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los manantiales y del flujo base hacia los ríos, con la consecuente afectación a los ecosistemas, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. ● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Amajac, clave 1321. ● De los resultados expuestos, en el acuífero Amajac, clave 1321, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica; al control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de su extensión territorial, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. ● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los concesionarios y asignatarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES ● Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Amajac, clave 1321, la veda establecida mediante el “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida por Cuenca o Valle de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 1954. ● Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Amajac, clave 1321, la veda establecida mediante el “DECRETO por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida como Valle de Tulancingo, en el Estado de Hidalgo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 1965. ● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Amajac, clave 1321, y que en dicho acuífero, en la porción que en el mismo se señala, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. ● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que establezca la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 04340; en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Calle Libramiento Emilio Portes Gil Número 200, Colonia Miguel Alemán, Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas y en la Dirección Local Hidalgo, en Boulevard Valle de San Javier Número 727, Lote 28 Manzana I, Primera Sección, Fraccionamiento Valle de San Javier, Ciudad Pachuca de Soto Hidalgo, Estado de Hidalgo, Código Postal 42086. México, Distrito Federal, a los 6 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 38. 38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, Región Hidrológico-Administrativa-Noroeste. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se le asignó el nombre oficial de Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora; Que el 14 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 142 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 5.005187 millones de metros cúbicos anuales; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 6.511170 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 6.533636 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Río Bacanora, clave 2637, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
  • 39. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39 Que en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, se encuentra vigente el siguiente instrumento jurídico: a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente aumento de los costos de extracción e inutilización de pozos, así como el deterioro de la calidad del agua, que hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona e impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38 párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, con el objeto de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios, a través del Consejo de Cuenca de los Ríos Yaqui y Mátape, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuadragésima séptima reunión de trabajo de su Grupo de Seguimiento y Evaluación, realizada el 18 de febrero de 2014, en Ciudad Obregón, en el Estado de Sonora, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas, por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO RÍO BACANORA, CLAVE 2637, EN EL ESTADO DE SONORA, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA-NOROESTE ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, ubicado en el Estado de Sonora, en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se localiza en la porción centro-oriental del Estado de Sonora, cubre una superficie de 729 kilómetros cuadrados y comprende la mayor parte del Municipio de Bacanora, y pequeñas porciones en los extremos este y oeste, de los municipios de Sahuaripa y Soyopa, respectivamente, administrativamente corresponde a la región hidrológico-administrativa Noroeste. Los límites del acuífero Río Bacanora, clave 2637, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009. ACUÍFERO 2637 RÍO BACANORA VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 109 19 12.1 29 3 13.5 2 109 18 46.9 28 49 32.3 3 109 14 24.6 28 39 56.6
  • 40. 40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 4 109 17 25.9 28 39 39.3 5 109 19 44.6 28 37 38.6 6 109 25 29.8 28 47 51.0 7 109 29 42.4 28 50 45.2 8 109 30 43.1 28 52 44.4 9 109 31 54.9 28 58 57.8 10 109 28 40.0 29 0 44.0 11 109 28 11.7 29 4 2.3 12 109 24 33.9 29 5 59.4 1 109 19 12.1 29 3 13.5 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con los censos y conteos de población y vivienda, realizados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía la población total que habitaba en la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el año 2005, era de 669 habitantes y en el año 2010, era de 704 habitantes, distribuidos en 10 localidades rurales, la más importante es Bacanora con 547 habitantes y en las otras 9 localidades rurales se concentran 157 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional de los municipios que comprenden el acuífero Río Bacanora, clave 2637, fue del 5.23 por ciento en el período del 2005 al 2010. Las principales actividades económicas en el acuífero son la ganadería, la agricultura, la minería y la industria. La ganadería es la principal actividad económica y está representada por la producción de ganado bovino, teniendo como su principal objetivo la producción de becerros de engorda para la venta-exportación. Se realiza en forma extensiva y ocasiona un alto índice de sobrepastoreo. La segunda actividad económica en orden de importancia, es la agricultura y los principales cultivos son maíz, frijol y sorgo. La actividad industrial se hace presente por la explotación del agave para la fabricación de vino Bacanora, de una manera rústica, a través de un proceso de refinado para su envasado y distribución en el comercio. Recientemente, en el área se ha desarrollado una importante actividad de exploración minera, que en su caso, podría dar lugar a la explotación minera, lo que generaría un incremento importante en la demanda de agua. 3. MARCO FÍSICO 3.1 Climatología En la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, se presenta un clima semiseco- semicálido, al norte y centro; mientras que en las porciones sur, este y oeste, predomina un clima subhúmedo templado. De la información de las estaciones climatológicas localizadas en la zona de influencia del acuífero, y de acuerdo al método de Thiessen, la temperatura media anual es de 22.2 grados centígrados, la precipitación media anual es de 566 milímetros, la evaporación potencial es de 2,580 milímetros y la evapotranspiración real obtenida, calculada con la fórmula de Turc, representa 549 milímetros. 3.2. Fisiografía y geomorfología El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se localiza en la Provincia Fisiográfica Sierra Madre Occidental, en la Subprovincia Sierras y Cañadas del Norte. Se caracteriza por presentar elevaciones que varían de 1,000 a 2,500 metros sobre el nivel del mar y sierras de laderas escarpadas, constituidas principalmente de rocas volcánicas, entre las cuales se localizan algunos valles intermontanos. En la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, se identificaron las siguientes unidades geomorfológicas: laderas montañosas altas y bajas, lomeríos de pendientes estables y metaestables, y planicies. 3.3. Geología En la superficie del acuífero Río Bacanora, clave 2637, afloran rocas que varían en edad desde el Precámbrico hasta el Cuaternario, representadas por rocas sedimentarias, ígneas intrusivas y volcánicas.
  • 41. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41 Las unidades más antiguas se localizan en la Sierra El Chiltepín, se trata de un afloramiento de areniscas, dolomías del Proterozoico Superior de muy baja permeabilidad. Del Paleozoico, afloran, en la porción oeste del acuífero Río Bacanora, clave 2637, lutitas y calizas, mientras que en el norponiente calizas y areniscas. Las calizas presentan un alto contenido de corales, crinoides y fusulínidos fósiles, con intercalaciones de areniscas, lutitas y calcoarenitas. Del Mesozoico afloran rocas sedimentarias que incluyen lutitas, areniscas y conglomerados, así como rocas volcanosedimentarias deformadas. El Complejo Volcánico Superior está representado por la Formación Tarahumara, que está constituida por rocas volcánicas de composición andesítica, dacítica y vulcanosedimentarias del Cretácico. Se presenta, asimismo, el Complejo Volcánico Inferior, formado por andesitas verdes de textura afanítica, presentándose en algunas áreas como aglomerados andesíticos y tobas andesíticas porfídicas, con variación a dacitas, traquitas y riolitas, con escasas intercalaciones de areniscas, lutitas y calizas. Su edad es Cretácico-Terciario Temprano. El basamento hidrogeológico de la región lo constituye un intrusivo granítico porfídico de edad Cretácico. En la porción norte y en el límite sur del acuífero Río Bacanora, clave 2637, afloran tobas riolíticas, ignimbritas, riolitas y riodacitas, de edad Oligo-Mioceno, que conforman las principales zonas de recarga del acuífero. Su estructura es compacta y presenta fracturamiento medio, por lo que su permeabilidad varía de media a baja. La Formación Báucarit es una secuencia de rocas areniscas, arcillas y conglomerados de composición polimíctica, bien estratificados y consolidados que afloran en los valles intermontanos y al pie de laderas montañosas intemperizadas, al que se le asigna edad del Mioceno; en su parte inferior existen derrames de basaltos intercalados con aglomerados basálticos. Esta formación tiene una amplia distribución en la zona, sus afloramientos más importantes se presentan a lo largo del Río Bacanora, cruzando el acuífero de sur a norte. Se considera el basamento hidrogeológico del material sedimentario reciente y funciona como confinante entre el material granular que rellena la zona del valle y material fracturado de composición volcánica. Los depósitos del Cuaternario los conforman abanicos aluviales y fluviales del Reciente, constituidos por bloques, gravas, arenas, limos y arcillas producidos por el intemperismo de las rocas preexistentes; que se encuentran a lo largo de los ríos, arroyos y planicies de inundación. La permeabilidad de estos materiales es alta, aunque su espesor es reducido. Los rasgos estructurales más sobresalientes consisten de un patrón de fallas y fracturas que conforman dos grupos, uno con dirección noreste-suroeste y otro con dirección noroeste-sureste. Estos patrones estructurales se correlacionan a la apertura del Golfo de California, que provocó la generación de fosas tectónicas donde se acumularon gruesos paquetes de productos vulcanoclásticos y detríticos. Las fallas normales se localizan en la porción noreste, en las inmediaciones de la Sierra El Chiltepín. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se ubica totalmente dentro de la Región Hidrológica 9 Sonora Sur, dentro de la Cuenca del Río Yaqui y Subcuenca Río Bacanora. La corriente principal en la zona de estudio es el Río Bacanora, que nace en la Sierra El Encinal, es de tipo intermitente y recorre el acuífero de sur a norte y se une al Río Yaqui antes de integrarse a la Presa El Novillo y drena una superficie de 70.5 kilómetros cuadrados. En la porción sur es alimentado por los arroyos intermitentes Las Pirinolas, El Capulín y La Salvia, en la región central confluyen El Cochi, La Mina, Los Lobos y El Bajío de las Palmas, en el norte se unen los arroyos La Guásima, Los Nopales y Los Hornitos. El drenaje es principalmente de tipo dendrítico y en menor proporción paralelo. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1. El acuífero El acuífero funciona como libre, heterogéneo y anisótropo, constituido por dos medios, el superior de tipo granular y el inferior fracturado. El medio granular poroso está conformado por los depósitos no consolidados y semi-consolidados que incluyen materiales clásticos de granulometría diversa como gravas, arenas, limos y arcillas, y conglomerados polimícticos originados a partir del intemperismo y erosión de las rocas que afloran en la región, así como los depósitos conglomeráticos consolidados de la Formación Báucarit. Su espesor puede alcanzar 300 metros en el centro del valle. El medio fracturado subyace al medio granular y está alojado en rocas sedimentarias y volcánicas. Las unidades de baja permeabilidad de la Formación Báucarit constituyen capas confinantes entre el acuífero granular actualmente en explotación y la unidad volcánica fracturada.
  • 42. 42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 5.2. Niveles de agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. Para el año 2013, la profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie del terreno, en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, en 13 aprovechamientos, variaba de 4 a 14 metros; la profundidad al nivel aumenta gradualmente a lo largo del cauce de los ríos, conforme se asciende topográficamente. La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar en el año 2013, variaba de 420 a 900 metros sobre el nivel del mar, decreciendo por efectos de la topografía. Los valores máximos de elevación se localizan al sur, entre las localidades La Mano y Los Alisos, desde donde descienden en dirección norte, hacia las localidades Santa Teresa y El Destacamento. La configuración de la elevación del nivel estático no demuestra alteraciones del flujo natural del agua subterránea que indiquen la presencia de conos de abatimiento causados por la concentración de la extracción y el volumen de extracción estimado es muy inferior a la recarga. Por lo que se considera que las variaciones en el nivel del agua subterránea no han sufrido alteraciones importantes en el transcurso del tiempo, por lo que el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo. 5.3. Extracción del agua subterránea y su distribución por usos De acuerdo con el censo de captaciones de agua subterránea realizado por la Comisión Nacional del Agua, en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, existen 51 aprovechamientos, ubicados principalmente a lo largo del cauce del Río Bacanora, de los cuales, 6 son pozos y 45 norias. De total de obras, 4 son para uso agrícola, 28 para uso doméstico y pecuario, 11 para uso público-urbano y 8 para usos múltiples. El volumen de extracción es de 2.1 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales, 1.9 millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al 90.5 por ciento se destinan al uso agrícola; 0.1 millones de metros cúbicos anuales, que representan el 4.8 por ciento, se destinan para uso doméstico y pecuario y 0.1 millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al 4.7 por ciento, para uso público-urbano. 5.4. Balance de agua subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Río Bacanora, clave 2637, es de 8.6 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 8.0 millones de metros cúbicos anuales de entradas por flujo horizontal, 0.2 millones de metros cúbicos anuales por recarga vertical por precipitación y 0.4 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego. La descarga total del acuífero es de 8.6 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 2.1 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero a través de las captaciones de agua subterránea, 2.7 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas y 3.8 millones de metros cúbicos anuales por evapotranspiración. El cambio de almacenamiento en el acuífero se considera nulo. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, se determinó considerando una recarga media anual de 8.6 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida nula; y el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014, de 2.066364 millones de metros cúbicos anuales, resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 6.533636 millones de metros cúbicos anuales. REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 2637 RÍO BACANORA 8.6 0 2.066364 2.1 6.533636 0.000000 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
  • 43. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43 El máximo volumen que puede extraerse del acuífero Río Bacanora, clave 2637, para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 8.6 millones de metros cúbicos, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida. 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Actualmente, en la extensión del acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, se encuentra vigente el siguiente instrumento jurídico: a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1. Escasez natural de agua El acuífero Río Bacanora, clave 2637, está ubicado en una región con escasez natural del recurso hídrico, con clima semiseco a subhúmedo, en la que se presenta una precipitación media anual de 566 milímetros en la mayoría del acuífero y una evaporación potencial media de 2,580 milímetros anuales, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que el escurrimiento y la infiltración son reducidos. Dicha circunstancia, además del posible incremento de la demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, podrían generar competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos negativos de la explotación del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2. Riesgo de sobreexplotación En el acuífero Río Bacanora, clave 2637, la extracción total a través de norias y pozos es de 2.1 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en 8.6 millones de metros cúbicos anuales. A pesar de que la población actual en la superficie del acuífero es reducida, y por tanto la extracción de agua subterránea es incipiente, la cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza, debido a que los usuarios que en los últimos años han adoptado nuevas tecnologías de producción agrícola, cuya rápida expansión ha favorecido la construcción de un gran número de pozos en muy corto tiempo, con una gran capacidad de extracción, propiciando la sobreexplotación de los acuíferos, podrían invadir el acuífero Río Bacanora, clave 2637, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría notoriamente, la disponibilidad del acuífero se vería comprometida y el acuífero correría el riesgo de sobreexplotarse en el corto plazo. El incremento de la demanda de agua subterránea, principalmente por parte de las empresas mineras, han puesto presión sobre el recurso hídrico. En caso de que en el futuro el crecimiento de la población y el desarrollo de las actividades productivas de la región demanden un volumen mayor de agua subterránea al que recibe como recarga media anual, existe el riesgo potencial de sobreexplotar el acuífero. Actualmente, aun con la existencia del instrumento referido en el Considerando Noveno del presente, en el acuífero Río Bacanora, clave 2637, existe el riesgo de que el incremento de la demanda genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario prevenir la sobreexplotación, proteger al acuífero de un desequilibrio hídrico y del deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
  • 44. 44 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 9. CONCLUSIONES ● En el acuífero Río Bacanora, clave 2637, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental y prevenir la sobreexplotación del acuífero. ● El acuífero Río Bacanora, clave 2637, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento jurídico referido en el Considerando Noveno del presente. ● Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva; sin embargo, persiste el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. ● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Río Bacanora, clave 2637. ● De los resultados expuestos, en el acuífero Bacanora, clave 2637, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su extracción, explotación, uso o aprovechamiento; así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Río Bacanora, clave 2637, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. ● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los concesionarios y asignatarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES ● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Río Bacanora, clave 2637, y que quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. ● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Río Bacanora, clave 2637, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su nivel nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, código postal 04340, y en el Organismo de Cuenca Noroeste, en Calle Comonfort y Boulevard Cultura, piso 3 Edificio México, Colonia Villa de Seris, Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, Código Postal 83280. México, Distrito Federal, a los días 7 del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 45. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 45 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, Región Hidrológico Administrativa Noroeste. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se le asignó el nombre oficial de Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua y se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea, con un valor de 35.015481 millones de metros cúbicos anuales; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, obteniéndose un valor de 24.844570 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, obteniéndose un valor de 23.820970 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación; Que en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: a) “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido, para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida como región de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 1967, que abarca la porción sur del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua;
  • 46. 46 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 b) "DECRETO que declara de utilidad pública el establecimiento de la Unidad de Riego para el Desarrollo Rural Tejolocachic, Municipio de Matachic, Chih.", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 1973, el cual aplica en una porción del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua; c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción no vedada del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, que en el mismo se indica, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, con el objeto de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios, a través del Consejo de Cuenca de los Ríos Yaqui y Mátape, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuadragésima séptima reunión de trabajo de su Grupo de Seguimiento y Evaluación, realizada el 18 de febrero de 2014, en Ciudad Obregón, en el Estado de Sonora, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO GUERRERO-YEPÓMERA, CLAVE 0860, EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, REGIÓN HIDROLÓGICO ADMINISTRATIVA NOROESTE ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, ubicado en el Estado de Chihuahua, en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se localiza en la porción occidental del Estado de Chihuahua y cubre una superficie de 4,563 kilómetros cuadrados. Comprende parcialmente a los municipios de Temósachic, Matachi, Guerrero y pequeñas porciones de Madera, Carichi, Bocoyna, Namiquipa, y administrativamente corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Noroeste. Los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 28 de agosto de 2009. ACUÍFERO 0860 GUERRERO-YEPÓMERA VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 107 37 51.6 28 59 31.4 2 107 38 4.8 28 56 3.8 3 107 34 58.3 28 47 48.9 4 107 24 23.3 28 43 20.3 5 107 19 5.9 28 37 33.5 6 107 8 45.3 28 38 48.1 7 107 7 32.2 28 36 27.1 8 107 4 58.0 28 33 25.9 9 107 5 9.1 28 29 28.2 10 107 3 27.2 28 22 16.4
  • 47. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 47 11 107 15 11.4 28 15 49.4 12 107 12 15.8 28 11 49.3 13 107 5 53.1 28 5 39.0 14 107 7 31.4 28 1 34.4 15 107 15 5.2 28 3 39.9 16 107 20 52.8 27 59 46.1 17 107 28 13.7 27 59 16.0 18 107 37 7.3 28 5 34.6 19 107 42 35.6 28 8 21.7 20 107 35 46.3 28 15 4.9 21 107 40 0.0 28 16 59.1 22 107 36 28.1 28 24 19.9 23 107 35 55.1 28 30 3.4 24 107 43 36.7 28 34 35.0 25 107 46 51.1 28 39 15.4 26 107 45 42.3 28 44 12.2 27 107 50 11.8 28 47 54.2 28 107 52 45.0 28 49 13.0 29 107 51 51.7 28 58 51.8 30 107 53 28.6 29 10 22.8 31 107 48 52.8 29 12 37.3 32 107 43 13.1 29 9 0.0 33 107 41 47.4 29 7 24.2 1 107 37 51.6 28 59 31.4 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población total que habitaba en la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el año 2010, era de 39,297 habitantes. La población está distribuida en 2 localidades urbanas que suman 16,681 habitantes, La Junta y Vicente Guerrero y 424 localidades rurales, que suman 22,616 habitantes. Se estableció una tasa de crecimiento poblacional del 2.9 por ciento para el periodo 2000 al 2010, en los municipios que comprenden el acuífero. Las principales actividades económicas en el acuífero son la agricultura, la ganadería, la industria maderera y la minería. Los principales cultivos de riego son durazno, manzana y ciruela, maíz, papa y cultivos de temporal, como avena forrajera, frijol y sorgo grano. Se crían especies de bovinos de carne y leche, porcinos, lanar, gallinas productoras de huevo, pollos de engorda y caprinos, y se cuenta con once frigoríficos. En lo que respecta a la explotación forestal, existe arbolado comercial en aprovechamiento, caminos troceros, un vivero forestal y varias plantaciones. El sector industrial está en una fábrica de refrescos donde se elabora sidra y jugo de fruta. El sector minero cuenta con yacimientos susceptibles de explotación de oro, plata, plomo, cobre, zinc, geodas, ágata y mercurio. 3. MARCO FÍSICO 3.1. Climatología En la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, predomina el clima semifrío subhúmedo, semiseco templado y templado subhúmedo. De la información de las estaciones climatológicas localizadas en la zona de influencia del acuífero, y de acuerdo al método de Thiessen, la temperatura media anual es de 13 grados centígrados, la precipitación media anual es de 478 milímetros, y la evapotranspiración representa 413 milímetros y fue calculada con la fórmula de Turc. 3.2. Fisiografía y Geomorfología El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se encuentra localizado en la Provincia de la Sierra Madre Occidental, dicha provincia se caracteriza por una potente secuencia de rocas volcánicas, las que han modelado una gran sierra con orientación preferencial nornoroeste-sursureste, sus rasgos orográficos más importantes los constituyen altas montañas, disectadas por un conjunto de arroyos.
  • 48. 48 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 En la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860 se identificaron las siguientes unidades geomorfológicas, ladera montañosa alta inestable, ladera montañosa alta metaestable, ladera montañosa baja metaestable, lomerío estable, lomerío inestable, piedemonte estable, piedemonte metaestable, zona cultivada, planicie aluvial y planicie con patrón divergente. 3.3. Geología En la superficie del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, afloran unidades estratigráficas que varían en edad del Paleozoico al Reciente. El Paleozoico está representado por una secuencia sedimentaria de plataforma, conformada por calizas y lutitas fosilíferas con marcas de oleaje. Las rocas del Cretácico están constituidas por pequeñas capas de lutita laminar, caracterizadas por fósiles y con fracturamiento intenso. En el Terciario Inferior se presentan derrames masivos de lava riolítica que forman pequeñas montañas dómicas y lomeríos con fracturamiento escaso e intemperismo severo. El Terciario Medio se caracteriza por una unidad volcánica constituida por una gran diversidad de tobas de las que se destacan las ignimbritas, tobas pumíticas, arenosas y vítreas, asimismo presentan intercalaciones de derrames de riolita. El Plio-Cuaternario está representado principalmente por basaltos, conglomerados y areniscas-conglomerados. Finalmente, se encuentran los depósitos aluviales y lacustres de edad Cuaternaria, caracterizados por sedimentos retrabajados por las corrientes fluviales y por depósitos limo-arcillosos, respectivamente. Las rocas Cretácicas presentan plegamiento con ejes orientados en dirección nornoroeste-sursureste, producto de los esfuerzos compresivos de la deformación Larámide del Cretácico Superior. El otro evento tectónico que afectó a las rocas de la región, fue de naturaleza extensional, que originó una sucesión de fosas y pilares definidos por el fallamiento normal paralelo, con orientación noroeste-sureste y norte-sur. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se localiza al suroeste de la Región Hidrológica 9, Sonora Sur, en la Cuenca del Río Yaqui, dentro de la Subcuenca Río Papigochic. Los principales escurrimientos superficiales en la zona son los ríos Papigochic y Basuchil, y el Arroyo Yepómera, este último drena la parte norte del área, recibe los escurrimientos de un gran número de arroyos provenientes de las partes altas e inicia su descenso pasando por las localidades de Yepómera y la Labor de Guadalupe, hasta que desemboca sobre el Río Papigochic, a 1,860 metros sobre el nivel del mar, después de recorrer una distancia aproximada de 15 kilómetros. Al continuar su curso el Río Papigochic llega a la Presa Abraham González, a una elevación de 2,060 metros sobre el nivel del mar, a 1.8 kilómetros aguas arriba del poblado de Guadalupe. Su curso es de 390 kilómetros. Constituye el origen del Río Yaqui, colector general de esta región hidrológica. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1. El acuífero El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, es de tipo libre, heterogéneo y anisótropo, constituido por dos medios, el superior de tipo granular y el inferior fracturado. El medio granular, que actualmente está en explotación, está conformado por sedimentos del Plio-Cuaternario, compuestos mayormente de conglomerados y depósitos aluviales, que rellenan los valles. Estos almacenan y a la vez sirven como paso al medio fracturado, conformado por la secuencia de tobas ácidas constituidas por ignimbritas, tobas pumíticas, arenosas y vítreas, que aunque de menor permeabilidad, también contienen agua. 5.2. Niveles de agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. Para el año 2013, la profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie del terreno, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en 55 aprovechamientos, variaba de 10 a 80 metros, aumenta gradualmente hacia el sur del acuífero, conforme se asciende topográficamente. Las profundidades más someras del nivel de saturación se presentan al norte del acuífero, en las inmediaciones de la localidad de Temósachi y Matachí. En las partes topográficamente más altas del acuífero, la profundidad al nivel de saturación presenta una profundidad de 80 metros. La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar en el año 2013, variaba de 1,800 a 2,230 metros sobre el nivel del mar. Para el período 2009-2013, la evolución media anual fue de -1.0 metro, mientras que en zonas localizadas alcanzó abatimientos de hasta -4.0 metros. 5.3. Extracción del agua subterránea y su distribución por usos De acuerdo con la información disponible, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, existen 331 captaciones de agua subterránea. El volumen de extracción es de 53.1 millones de metros cúbicos anuales. La extracción en el acuífero está destinada principalmente al uso agrícola con un 88 por ciento, seguido por el uso público urbano en un 7 por ciento, 3 por ciento para uso doméstico y el restante para uso industrial, múltiples y pecuario.
  • 49. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 49 5.4. Balance de agua subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, es de 146.0 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 18.3 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida, 30.2 millones de metros cúbicos anuales de recarga por infiltración de cauces y desde materiales conectados al acuífero, y 97.5 millones de metros cúbicos anuales de infiltración por lluvia. La descarga total del acuífero es de 146.0 millones de metros cúbicos anuales; la cual está integrada por 53.1 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero a través de las captaciones de agua subterránea, y 92.9 millones de metros cúbicos anuales por evapotranspiración. El cambio de almacenamiento en el acuífero se considera nulo. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se determinó considerando una recarga media anual de 146.0 millones de metros cúbicos anuales, una descarga natural comprometida nula y el volumen de agua subterránea concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 122.179030 millones de metros cúbicos anuales, resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 23.820970 millones de metros cúbicos anuales. REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 0860 GUERRERO- YEPÓMERA 146.0 0.0 122.179030 53.1 23.820970 0.000000 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860. El máximo volumen que puede extraerse del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 146.0 millones de metros cúbicos, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida. 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Actualmente, en la extensión del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: a) “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido, para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida como región de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Octubre de 1967, que abarca una porción al sur del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua; b) "DECRETO que declara de utilidad pública el establecimiento de la Unidad de Riego para el Desarrollo Rural Tejolocachic, Municipio de Matachic, Chih.", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 1973, el cual aplica en una porción del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860; c) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en la porción no vedada del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, que en el mismo se indica, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro
  • 50. 50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1. Escasez natural de agua El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, está ubicado en una región con escasez natural del recurso hídrico, con clima semifrío subhúmedo, semiseco templado y templado subhúmedo, en la que se presenta una precipitación media anual de 478 milímetros, y una evapotranspiración real media anual de 413 milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que el escurrimiento y la infiltración son reducidos. La infiltración que recarga el acuífero, es reducida también por el hecho de que la mayor parte del material geológico superficial está formado de rocas volcánicas de baja permeabilidad que favorecen que el agua precipitada escurra y no se infiltre. Dicha circunstancia, además del posible incremento de la demanda de agua subterránea, para cubrir las necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, podría generar competencia por el recurso entre los diferentes usos e implica el riesgo de que se generen los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2. Riesgo de sobreexplotación En el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, la extracción total a través de norias y pozos es de 53.1 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en 146.0 millones de metros cúbicos anuales. La cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza, debido a que los usuarios que en los últimos años han adoptado nuevas tecnologías de producción agrícola, cuya rápida expansión ha favorecido la construcción de un gran número de pozos en muy corto tiempo, con una gran capacidad de extracción, propiciando la sobreexplotación de los acuíferos, podrían invadir el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría notoriamente, la disponibilidad del acuífero se vería comprometida y el acuífero correría el riesgo de sobreexplotarse en el corto plazo. El incremento de la demanda de agua subterránea, principalmente por parte de las empresas mineras, han puesto presión sobre el recurso hídrico. En caso de que en el futuro el crecimiento de la población y el desarrollo de las actividades productivas de la región demanden un volumen mayor de agua subterránea al que recibe como recarga media anual, existe el riesgo potencial de sobreexplotar el acuífero. El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, tiene una disponibilidad media anual de agua subterránea limitada para impulsar el desarrollo de las actividades productivas. La extracción intensiva de agua subterránea para satisfacer el incremento de la demanda podría originar un desequilibrio en la relación recarga-extracción y causar sobreexplotación, impidiendo el impulso de las actividades productivas y poniendo en riesgo el abastecimiento de agua para los habitantes de la región que dependen de este recurso. Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos referidos en el Considerando Octavo del presente, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, ya se presenta una tendencia hacia el abatimiento del nivel del agua subterránea, con abatimientos puntuales hasta 4.5 metros por año, por lo que existe el riesgo de que el incremento de la demanda de agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales y caudal base hacia los ríos, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero de un significativo desequilibrio hídrico y del deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región. 9. CONCLUSIONES ● En el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental y prevenir la sobreexplotación del acuífero. ● El acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se encuentra sujeto a las disposiciones de los instrumentos jurídicos referidos en el Considerando Octavo del presente.
  • 51. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51 ● Dichos instrumentos han permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva; sin embargo, persiste el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición del caudal base hacia el río y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. ● El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860. ● De los resultados expuestos, en el acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su extracción, explotación, uso o aprovechamiento; así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. ● El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los asignatarios y concesionarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES ● Suprimir dentro de los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, la veda establecida mediante el “DECRETO por el que se declara veda por tiempo indefinido, para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona conocida como región de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 1967. ● Suprimir dentro de los límites del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, la veda establecida mediante el “DECRETO por el que se declara de utilidad pública el establecimiento de la Unidad de Riego para el Desarrollo Rural Tejolocachic, Municipio de Matachic, Chih.", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 1973. ● Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Guerrero- Yepómera, clave 0860, y que en la porción no vedada de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. ● Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su nivel nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, código postal 04340, y en su nivel regional hidrológico-administrativo, en el Organismo de Cuenca Noroeste, en Calle Comonfort y Boulevard Cultura, piso 3 edificio México, Colonia Villa de Seris, Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, código postal 83280. México, Distrito Federal, a los 7 días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 52. 52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 SECRETARIA DE ECONOMIA DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-169-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015, NMX-J-597/1-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE-2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-010-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2011), NMX-J-169-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-169-ANCE-2004), NMX-J-248-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-248-ANCE-2005), NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-565/2-12-ANCE-2006), NMX-J-597/1-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-597/1-ANCE-2007), NMX-J-614/1-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-614/1-ANCE-2010) Y NMX-J-673/23-ANCE-2015. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado “Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)”, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Lázaro Cárdenas No. 869, Fracc. 3, Esq. con Júpiter, Col. Nueva Industrial Vallejo, código postal 07700, México, D.F. y/o al correo electrónico: normalizacion@ance.org.mx, o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. Las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE-2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015 entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. Las normas mexicanas NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 y NMX-J-597/1-ANCE-2015 entrarán en vigor 180 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. La norma mexicana NMX-J-169-ANCE-2015 entrará en vigor 540 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CÓDIGO TÍTULO DE LA NORMA NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015 PORTAFUSIBLES PARA BAJA TENSIÓN-PARTE 11: PORTAFUSIBLES PARA FUSIBLES BASE EDISON TIPO C Y TIPO S Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana aplica a los portafusibles y dispositivos para alojar fusibles a emplearse en circuitos eléctricos de acuerdo con la norma de instalaciones eléctricas. Los requisitos de esta Norma Mexicana cubren: a) Los portafusibles que se destinan para utilizarse con fusibles Tipo C y Tipo S, que se describen en la NMX-J-009/248-11-ANCE. b) Dispositivos que se destinan para añadirse a portafusibles para fusibles base Edison, para rechazar fusibles con intervalos de mayor capacidad de corriente. c) Dispositivos que se destinan para adaptar fusibles Tipo S para utilizarse en portafusibles para fusibles Tipo base Edison. Esta Norma Mexicana establece las características, construcción, condiciones de operación, marcado y condiciones de prueba para los portafusibles para fusibles base Edison Tipo C y Tipo S.
  • 53. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 53 Concordancia con Normas Internacionales Esta Norma Mexicana no coincide con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de elaborar la Norma Mexicana. Bibliografía • NMX-J-009/248/11-ANCE-2006, Fusibles para baja tensión-Parte 11: Fusibles tipo tapón. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio de 2006. • UL 4248-11 Ed.1, Fuseholders-Part 11: Type C (Edison Base) and type S plug fuse. • CAN/CSA C22.2 No. 4248.11, Fuseholders-Part 11: Type C (Edison Base) and type S plug fuse. NMX-J-010-ANCE-2015 CONDUCTORES-CONDUCTORES CON AISLAMIENTO TERMOPLÁSTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V- ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-010-ANCE-2011; NORMA REFERIDA EN LA NOM-063-SCFI-2001) Objetivo y campo de aplicación 1.1 Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para los conductores monoconductores y multiconductores con aislamiento termoplástico para 600 V, para utilizarse en instalaciones eléctricas. 1.2 Esta norma también establece los requisitos para los cables para bombas sumergibles, con o sin cubiertas. Estos cables no se designan por alguna letra que los identifique. 1.3 Se establecen los requisitos para los cables multiconductores con aislamiento y cubierta termoplásticos para 600 V. 1.4 Los productos que se especifican en esta norma pueden tener aplicaciones que no se especifican en la norma de instalaciones eléctricas. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma no coincide con la Norma Internacional “IEC 60227-1, Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V-Part 1: General requirements, ed3.0 (2007-10)”, no es posible concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes: a) Las áreas de la sección transversal en mm2 que se especifican en la Norma Mexicana son diferentes de las que se indican en la Norma Internacional, ya que el cable se destina para su utilización en instalaciones eléctricas en las que se conectan a equipos y dispositivos eléctricos, tales como: receptáculos, apagadores, interruptores termomagnéticos, cajas derivación, entre otros; cuyos medios de conexión internos son de dimensiones con valores acordes a las secciones transversales de los conductores que se especifican en este documento; por lo que esta Norma Mexicana garantiza compatibilidad mecánica con los productos y equipos arriba mencionados. b) La Norma Internacional indica la tensión máxima de utilización, la cual es para fase a tierra de 450 V y entre fases de 750 V, en tanto que la tensión eléctrica máxima de utilización normalizada en baja tensión que se utiliza en México es de 480 V entre fases, por lo anterior en esta Norma Mexicana se indica 600 V como la tensión máxima de diseño del aislamiento de los conductores eléctricos. Especificar una tensión mayor, tal como lo indica la Norma Internacional, da como resultado un sobredimensionamiento de los conductores eléctricos y todo su equipo asociado, tal como soportería, canalizaciones, dispositivos de protección, entre otros; lo cual incrementa el costo por adquisición y mano de obra de las instalaciones eléctricas de manera innecesaria para los requerimientos técnicos de seguridad que establece la NOM-001-SEDE-2012. Bibliografía • IEC 60227-1 ed3.0 (2007-10), Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V-Part 1: General requirements. • UL 83 Ed.15, Thermoplastic-insulated wires and cables. • CSA C22.2 No. 75-08, Thermoplastic insulated wires and cables.
  • 54. 54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 NMX-J-169-ANCE-2015 TRANSFORMADORES Y AUTOTRANSFORMADORES DE DISTRIBUCIÓN Y POTENCIA-MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-J-169-ANCE-2004; NORMA REFERIDA EN LA NOM-002- SEDE-2010) Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana tiene por objeto establecer las pruebas y métodos de prueba para transformadores y autotransformadores de distribución y potencia, inmersos en líquido aislante. En las normas de transformadores (especificaciones), se listan las pruebas y los tipos de prueba aplicables a los transformadores. La secuencia en que se presentan en esta Norma Mexicana es sólo una recomendación del orden en que pueden aplicarse las pruebas y puede modificarse de acuerdo con necesidades y aplicaciones particulares. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma no coincide con la Norma Internacional “IEC 60076-1, Power transformers-Part 1: General, ed3.0 (2011-04)”, no es posible concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes: a) La presente Norma Mexicana, a diferencia de la Norma internacional, incluye los métodos de prueba de hermeticidad; prueba a circuitos de control, medición y fuerza; prueba de corriente de excitación monofásica a tensión reducida; prueba de presión negativa; prueba de humedad residual; prueba hidrostática; prueba de resistencia de aislamiento del núcleo a tierra; y prueba de cromatografía de gases. b) Asimismo, difiere en los métodos de prueba de nivel de ruido audible, prueba de impulso, prueba de cortocircuito y prueba de impedancia de secuencia cero, debido a que la Norma Internacional permite el uso de otro método. Los métodos de prueba que se incluyen en la presente Norma Mexicana reflejan las prácticas nacionales y son congruentes con la infraestructura nacional actual. Bibliografía • IEC 60076-1 ed3.0 (2011-04), Power transformers-Part 1: General. • IEC 60137 ed6.0 (2008-07), Insulated bushings for alternating voltages above 1 000 V. • IEEE C57.12.90-2010, Test code for liquid-immersed distribution, power, and regulating transformers. NMX-J-248-ANCE-2015 AISLADORES PARA LÍNEAS AÉREAS-AISLADORES POLIMÉRICOS POSTE LÍNEA PARA SISTEMAS DE C.A. CON UNA TENSIÓN NOMINAL MAYOR QUE 1 000 V-DEFINICIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y CRITERIO DE ACEPTACIÓN (CANCELA A LA NMX-J-248-ANCE-2005) Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana aplica a aisladores poste línea de material compuesto con un soporte de carga y núcleo sólido aislante cilíndrico hecho de fibras (usualmente vidrio) en una matriz constituida básicamente de resina, una cubierta de material polimérico (exterior al núcleo aislante) y accesorios permanentemente fijos al núcleo aislante. Los aisladores poliméricos poste línea cubiertos por esta norma están sujetos a cargas de flexión, tensión y compresión, cuando proporcionan soporte a los conductores de línea. Su uso es para sistemas de líneas aéreas de corriente alterna con tensión nominal mayor que 1 000 V y a una frecuencia no mayor que 100 Hz. El objetivo de esta norma es: a) Definir los términos que se utilizan; b) Establecer los métodos de prueba; y c) Establecer los criterios de aceptación o falla.
  • 55. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55 Concordancia con Normas Internacionales Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 61952, Insulators for overhead lines- Composite line post insulators for A.C. systems with a nominal voltage greater than 1 000 V-Definitions, test methods and acceptance criteria, ed2.0 (2008-05)” y difiere en los puntos siguientes: Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia Desviación técnica/Justificación 5 Para esta Norma Mexicana, se reemplaza el contenido del Capítulo 5, Identificación. Con motivo de unificar la designación de los aisladores poste línea tomando como base sus características técnicas electromecánicas, dado que actualmente no existe una Norma Internacional que los defina. 10.1 Se modifica el inciso 10.1 para incluir pruebas adicionales aplicables a los aisladores poste línea. Lo anterior para mayor claridad en la ejecución de las pruebas, haciendo referencia a los incisos específicos en las Normas Mexicanas a las que se hace referencia. 11.1 Para esta Norma Mexicana, se reemplaza la referencia a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente, lo anterior con objeto de cumplir con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan. Tabla 3 Se consideran de carácter informativo las referencias a la IEC 60383-2, debido a que su consulta no es necesaria para la correcta aplicación de la Norma Mexicana. 11.1.1 Para esta Norma Mexicana, se reemplaza la referencia a la IEC 60383-1 por la disposición de montaje que se indica en la desviación 5 D1. Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. 12.1 Se modifica el segundo párrafo del inciso 12.1 debido a que la selección de muestras se realiza como parte de los procedimientos de evaluación de la conformidad. Adicionalmente se modifica el último párrafo para incluir una referencia específica al método magnético, misma que no se define en la Norma Internacional. 13.1 Se modifica el primer párrafo del inciso 13.1, se elimina la especificación de la carga de tensión mayor o igual que 50 % de la STL, ya que el valor de la STL se define en la tabla D1 la cual es de 5 kN tomando a éste como un valor fijo. Bibliografía • NMX-B-119-1983, Industria siderúrgica-Dureza Rockwell y Rockwell superficial en productos de hierro y acero-Método de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio de 1983. • NMX-H-004-SCFI-2008, Industria siderúrgica-Productos de hierro y acero recubiertos con cinc (galvanizados por inmersión en caliente)-Especificaciones y métodos de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2009. • NMX-J-150/1-ANCE-2008, Coordinación de aislamiento-Parte 1: Definiciones, principios y reglas. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2008.
  • 56. 56 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 • NMX-J-271/1-ANCE-2007, Técnicas de prueba en alta tensión-Parte 1: Definiciones generales y requisitos de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril de 2008. • NMX-J-523/471-ANCE-2012, Vocabulario electrotécnico-Parte 471: Aisladores. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2012. • NMX-Z-012/1-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 1: Información general y aplicaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1987. • NMX-Z-012/2-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y gráficas. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1987. • NMX-Z-012/3-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 3: Regla de cálculo para la determinación de planes de muestreo. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 1987. • IEC 60383-1 ed4.0 (1993-04), Insulators for overhead lines with a nominal voltage above 1 000 V- Part 1: Ceramic or glass insulator units for a.c. systems-Definitions, test methods and acceptance criteria. • IEC 61952 ed2.0 (2008-05), Insulators for overhead lines-Composite line post insulators for A.C. systems with a nominal voltage greater than 1 000 V-Definitions, test methods and acceptance criteria. NMX-J-308/2-ANCE-2015 EQUIPO ELÉCTRICO EN SERVICIO IMPREGNADO DE ACEITE MINERAL-GUÍA PARA MUESTREO DE GASES Y ACEITES MINERALES PARA ANÁLISIS DE GASES LIBRES Y DISUELTOS Objetivo y campo de aplicación La presente Norma Mexicana proporciona las técnicas de muestreo de gases libres de los relevadores colectores de gases y del muestreo del aceite en el que se sumergen equipos tales como transformadores de potencia, reactores, transformadores de medida, boquillas, cables y capacitores tipo tanque, sumergidos en aceite. Se especifican tres métodos de muestreo de gases libres y tres métodos de muestreo de aceite; la selección del método que se utiliza depende del equipo y de la cantidad de aceite que se requiere analizar. Los gases disueltos en aceite, se extraen del aceite antes de analizarlos. Se describen tres métodos básicos, uno que utiliza la extracción por vacío (desgasificación Toepler y parcial), otro por desplazamiento de los gases que se disuelven por el burbujeo de un gas portador a través de una muestra de aceite (despojador) y por último con la partición de los gases entre la muestra de aceite y un pequeño volumen del gas portador (espacio de cabeza). Los gases se analizan cuantitativamente después de extraerlos a través de una cromatografía de gases. Los gases libres colectados de los relevadores, se analizan sin tratamiento preliminar. El método preferente para asegurar el comportamiento de la extracción de gas y el equipo de análisis, considerados de forma conjunta como un solo sistema, es la desgasificación de muestras de aceite con concentraciones de gases conocidas (gas patrón en aceite) y el análisis cuantitativo de los gases extraídos. Se indican dos métodos de preparación de mezclas de gases patrón en aceite. Para la comprobación diaria del desempeño del cromatógrafo, es conveniente utilizar una mezcla de gases patrón de concentración conocida que contenga una cantidad de cada gas similar a la de los gases que se extraen del aceite de los transformadores. Las técnicas que se describen consideran, por una parte, los problemas característicos del análisis que se asocian con las pruebas de aceptación en fábrica, en donde el contenido de gas del aceite es generalmente muy bajo; por otro lado también se consideran los problemas que se presentan en la supervisión del equipo en campo, en donde las muestras que se transportan pueden contaminarse con aire despresurizado y donde las diferencias considerables en la temperatura del ambiente pueden existir entre la ubicación del equipo bajo prueba y la del laboratorio. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 60567, Oil-filled electrical equipment- Sampling of gases and analysis of free and dissolved gases-Guidance, ed4.0 (2011-10)” y difiere en los puntos siguientes:
  • 57. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 57 Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia Desviación técnica/Justificación 3.2.1 Para esta Norma Mexicana, se reemplaza la referencia al Apéndice B de la Norma Internacional IEC 60475 por el Apéndice F de la presente Norma Mexicana, lo anterior con objeto de cumplir con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, traduciendo y adecuando el texto de la Norma Internacional e integrándolo a la presente norma. Adicionalmente, se sustituye el uso de la válvula de paso por la válvula de tres vías. Lo anterior debido que su uso es más común en la práctica nacional y está soportado por la infraestructura de los laboratorios de prueba del país. Se considera que el método de la práctica nacional tiene resultados equivalentes. Figura 1, 3.2.2 Para esta Norma Mexicana se elimina el uso de la válvula de paso (2) del equipo de muestreo de gas con jeringa en el procedimiento de prueba. Lo anterior, debido que su uso no es común en la práctica nacional ni en la infraestructura de los laboratorios de prueba del país. Se considera que el método de la práctica nacional tiene resultados equivalentes. 3.5, 3.6, 4 Para esta Norma Mexicana, se elimina la referencia a la Norma Internacional IEC 60475 (incisos 4.2 a 4.4) y se incluye el contenido de los incisos de dicha Norma Internacional en los incisos 3.5 y 3.6 de esta Norma Mexicana; los requisitos de etiquetado del inciso 4.4 de la IEC 60475 se agregan al Capítulo 4 de la presente norma, en un formato de lista para facilitar su lectura. Lo anterior con objeto de cumplir con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, traduciendo y adecuando el texto de la Norma Internacional e integrándolo a la presente norma. 5.1, 5.2.2, 5.2.3 Para esta Norma Mexicana, se elimina la referencia a la Norma Internacional IEC 60475. El contenido de la Norma Internacional se incluye en el inciso 3.5 de esta norma. Lo anterior con objeto de cumplir con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, traduciendo y adecuando el texto de la Norma Internacional e integrándolo a la presente norma.
  • 58. 58 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 6.2.2.1, 9.3.1 Para esta Norma Mexicana, deben sustituirse las referencias a las Normas Internacionales por las Normas Mexicanas correspondientes. Lo anterior con objeto de cumplir con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan. 3 Inciso a): Se agrega la referencia a la Norma Mexicana NMX-J-123-ANCE. Lo anterior para proporcionar el método para determinar la densidad relativa, de acuerdo con las prácticas nacionales de seguridad. 6.3.2, 7.2.3, 7.3.3, 8.7 En 6.3.2 inciso b): Se elimina el uso de perlas de agitación y se modifica la capacidad de las jeringas, para permitir un volumen de 30 mL a 100 mL. En 6.3.2 inciso d): Se agrega la condición normalizada de 0 °C. Lo anterior en consideración a la práctica nacional y la infraestructura de los laboratorios nacionales. Se considera que el método de la práctica nacional tiene resultados equivalentes. En 7.2.3 inciso e): Se establece un límite para la cantidad mínima de aceite que puede constituir una muestra de aceite. En 7.2.3 inciso k): Se modifican las condiciones normalizadas para incluir la condición de 0 °C. En 7.3.3 inciso g): Se modifican las condiciones normalizadas para incluir la condición de 0 °C. En 8.7 se agrega la condición normalizada de 0 °C y una ecuación para tomar en cuenta esta condición. Lo anterior en consideración a la práctica nacional y la infraestructura de los laboratorios nacionales. Se considera que el método de la práctica nacional tiene resultados equivalentes. Figura 9 Para la presente Norma Mexicana se corrige la figura 9, para eliminar la asignación de una misma etiqueta a distintos tipos de bomba. Lo anterior para enmendar el error en la asignación de etiquetas. 7.3.2 Inciso e): Se cambia la referencia al inciso f) de 7.2.2, por la referencia al inciso e) de 7.2.2. Lo anterior debido a que existe un error en la Norma Internacional al no existir el inciso f) en 7.2.2. 7.5.3.5 Se modifica el texto de 7.5.3.5 para indicar el método para determinar la densidad del aceite que está de acuerdo con las prácticas nacionales de seguridad y aseguramiento de la calidad.
  • 59. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59 Tabla 4 Se agregan a la tabla los coeficientes de partición para aceite parafínico. Lo anterior en consideración de que los equipos dentro de la infraestructura nacional, continúan presentando esta clase de líquido aislante. 9.3.2 Para esta Norma Mexicana se agrega el límite de detección para las pruebas interlaboratorio. Lo anterior por considerarlo un factor importante para la repetibilidad de las pruebas. 10 Inciso h): Para esta Norma Mexicana se agrega en el informe de resultados, una mención de la temperatura normalizada que se usa. Lo anterior en consecuencia a la inclusión de la temperatura normalizada de 0 °C en los métodos de prueba de la presente norma. Bibliografía • IEC 60475 ed2.0 (2011-10), Method of sampling insulating liquids. • IEC 60567 ed4.0 (2011-10), Oil-filled electrical equipment-Sampling of gases and analysis of free and dissolved gases-Guidance. NMX-J-565/2-12-ANCE-2015 PRUEBAS DE PELIGRO POR INCENDIO-PARTE 2-12: MÉTODOS DE PRUEBA BASADOS EN HILO INCANDESCENTE/CALIENTE- MÉTODO DE PRUEBA DEL ÍNDICE DE INFLAMABILIDAD DE HILO INCANDESCENTE PARA MATERIALES (CANCELA A LA NMX-J-565/2-12-ANCE-2006; NORMA REFERIDA EN LA NOM-003-SCFI-2014) Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana específica los detalles del método de prueba de hilo incandescente, que se aplica a los especímenes de prueba de material eléctrico aislante sólido u otros materiales sólidos para la prueba de inflamabilidad para determinar el índice de inflamabilidad de hilo incandescente (GWFI). El GWFI es la temperatura mayor, que se determina durante este procedimiento normalizado, en el cual el material probado: a) No se enciende o si lo hace, se apaga dentro de 30 s después de retirar el hilo incandescente y no se consume totalmente; y b) Si ocurre goteo fundido, no se enciende el papel tisú. Este método de prueba es una prueba de materiales que se realiza en una serie de especímenes de prueba normalizados. Los datos que se obtienen, junto con los datos del método de prueba de temperatura de ignición del hilo incandescente (GWIT) para materiales de la NMX-J-565/2-13-ANCE, pueden utilizarse en un proceso de preselección de acuerdo con la NMX-J-565/1-30-ANCE para determinar la capacidad de los materiales para cumplir con los requisitos de la NMX-J-565/2-11-ANCE. Esta norma básica de seguridad se destina para utilizarse en la elaboración de normas de acuerdo con los principios que se establecen en la NMX-J-645-ANCE. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma coincide totalmente con la Norma Internacional “IEC 60695-2-12, Fire hazard testing-Part 2-12: Glowing/hot-wire based test methods-Glow-wire flammability index (GWFI) test method for materials, ed2.1 (2014-02)”. Bibliografía • IEC 60695-2-12 ed2.1 (2014-02), Fire hazard testing-Part 2-12: Glowing/hot-wire based test methods- Glow-wire flammability index (GWFI) test method for materials. • ISO 291:2008 ed.4, Plastics-Standard atmospheres for conditioning and testing
  • 60. 60 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 NMX-J-597/1-ANCE-2015 COORDINACIÓN DE AISLAMIENTO PARA LOS EQUIPOS EN SISTEMAS DE BAJA TENSIÓN-PARTE 1: PRINCIPIOS, REQUISITOS Y PRUEBAS (CANCELA A LANMX-J-597/1-ANCE- 2007; NORMA REFERIDA EN LA NOM-003-SCFI-2014) Objetivo y campo de aplicación Esta norma específica las características para la coordinación de aislamiento de los equipos eléctricos que se utilizan dentro de sistemas de baja tensión. Esta norma se aplica a los equipos que se utilizan hasta 2 000 m sobre el nivel del mar y que tienen una tensión asignada hasta 1 000 V en corriente alterna, con un intervalo de frecuencias hasta 30 kHz; o que tienen una tensión asignada hasta 1 500 V para corriente directa. Esta norma establece requisitos para las distancias de aislamiento, distancias de fuga y aislamiento sólido de los equipos, tomando en consideración criterios de desempeño del mismo. Esta norma incluye métodos de pruebas eléctricas con respecto a la coordinación de aislamiento. Los valores mínimos para las distancias de aislamiento que se especifican en esta norma, no se aplican cuando existe un ambiente de gases ionizados. Cuando se presenten este tipo de casos, el Comité Técnico correspondiente puede especificar las condiciones especiales. El objetivo de esta norma básica de seguridad es establecer una guía para los Comités Técnicos responsables de diferentes equipos, con la finalidad de que éstos puedan establecer requisitos en las normas particulares, de manera que se logre una coordinación de aislamiento. Esta norma proporciona la información necesaria para que los Comités Técnicos tengan una guía cuando se especifican distancias de aislamiento, distancias de fuga y aislamiento sólido para los equipos. Esta norma es aplicable en caso que las normas de producto no especifiquen valores de distancias de aislamiento, distancias de fuga y requisitos para el aislamiento sólido o en caso de que no existan normas de producto. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 60664-1, Insulation coordination for equipment within low-voltage systems-Part 1: Principles, requirements and tests, ed2.0 (2007-04)” y difiere en los puntos siguientes: Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia Desviación técnica/Justificación 4.8.1.3, 4.8.1.4, 5.1.7, C.1.1 Para esta Norma Mexicana, debe sustituirse la referencia a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente. Con el objetivo de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan. 5.1.2.3 Para esta Norma Mexicana, la frecuencia de 50 Hz no se toma en cuenta, siendo únicamente aplicable la frecuencia de 60 Hz. De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de operación o prueba diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos. 5.2.1 En tanto no se desarrolló la Norma Mexicana correspondiente, la referencia a la norma IEC 60664-5 se considera informativa. Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan. Bibliografía • IEC 60664-1 ed2.0 (2007-04), Insulation coordination for equipment within low-voltage systems-Part 1: Principles, requirements and tests.
  • 61. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 61 NMX-J-614/1-ANCE-2015 AISLADORES POLIMÉRICOS DE ALTA TENSIÓN PARA USO INTERIOR Y EXTERIOR-PARTE 1: DEFINICIONES GENERALES, MÉTODOS DE PRUEBA Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN (CANCELA A LA NMX-J-614/1-ANCE-2010) Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana aplica a aisladores poliméricos cuyo cuerpo aislante consiste de uno o varios materiales orgánicos. Los aisladores poliméricos cubiertos por esta norma incluyen a los aisladores de núcleo sólido y aisladores huecos. Su función es para uso en líneas aéreas y equipos interiores y exteriores de alta tensión. El objetivo de esta norma es: a) Definir los términos comunes que se utilizan para aisladores poliméricos; b) Describir los métodos de prueba comunes para pruebas de diseño en aisladores poliméricos; y c) Describir los criterios de aceptación o falla, si aplica. Estas pruebas, criterios y recomendaciones tienen el propósito de asegurar un tiempo satisfactorio de vida útil bajo condiciones normales de operación y ambientales. Esta norma se aplica en conjunto con las Normas Mexicanas de producto correspondiente. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 62217, Polymeric HV insulators for indoor and outdoor use-General definitions, test methods and acceptance criteria, ed2.0 (2012-09)” y difiere en los puntos siguientes: Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia Desviación técnica/Justificación 5, tabla 1, 9.2.4, 9.2.7.4.1 y 9.3.1.1 Para esta Norma Mexicana se modifica el contenido del segundo párrafo del Capítulo 5 con el fin de referir a la Norma Mexicana que contiene condiciones ambientales especiales que prevalecen en México, así como sustituirse la referencia a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente. Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. 9.3 Para esta Norma Mexicana se adicionan dos métodos de prueba: Prueba de estabilidad oxidativa del hule silicón mediante calorimetría – diferencial de barrido y Prueba de la obtención de espectro infrarrojo para análisis cualitativo del hule silicón. Lo anterior debido a que estos métodos de prueba, son indispensables para corroborar el funcionamiento correcto de los aisladores poliméricos. Dichos métodos de prueba son una práctica eficaz de ingeniería en México. 9.3.3, Apéndice DB, Apéndice DC Para esta Norma Mexicana se agregan dos métodos de prueba normalizados, adicional al descrito en el inciso 9.3.3. Dichos métodos de prueba son: Prueba de la rueda y Prueba de esfuerzos múltiples. El usuario de esta Norma Mexicana debe seleccionar uno de los tres métodos de prueba para comprobar la resistencia del diseño del aislador a los esfuerzos que se producen por la actividad de las descargas eléctricas. Lo anterior debido a que dichos métodos de prueba son una práctica eficaz de ingeniería en México que demuestran el desempeño de los aislamientos en condiciones de contaminación. Bibliografía • IEC 62217 ed2.0 (2012-09), Polymeric HV insulators for indoor and outdoor use-General definitions, test methods and acceptance criteria. • ISO 4892-1:1999 ed.2, Plastics-Methods of exposure to laboratory light sources-Part 1: General guidance.
  • 62. 62 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 • ISO 4892-2:2013 ed.3, Plastics-Methods of exposure to laboratory light sources-Part 2: Xenon-arc lamps. • ISO 4892-3:2013 ed.3, Plastics-Methods of exposure to laboratory light sources-Part 3: Fluorescent UV lamps. NMX-J-673/23-ANCE-2015 AEROGENERADORES-PARTE 23: PRUEBAS ESTRUCTURALES DE ESCALA COMPLETA DE LAS CUCHILLAS DEL ROTOR Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana proporciona los requisitos para las pruebas estructurales de escala completa de las cuchillas (también conocidas como aspas) del aerogenerador y de la interpretación y comprobación de los resultados que se obtienen. La norma se enfoca en aspectos de pruebas que se relacionan con la evaluación de la integridad de la cuchilla, para utilizarse por fabricantes e investigadores de tercera parte. En esta Norma Mexicana se consideran las pruebas siguientes: a) Pruebas de carga estática; b) Pruebas de fatiga; c) Pruebas de carga estática después de las pruebas de fatiga; y d) Pruebas para determinar otras propiedades de la cuchilla. El propósito de las pruebas es confirmar, a un nivel aceptable de probabilidad, que toda la población de un tipo de cuchilla cumple con las hipótesis del diseño. Se asume que los datos necesarios para definir los parámetros de las pruebas están disponibles y basados en la norma para los requisitos de diseño para los aerogeneradores, tal como la NMX-J-673/1-ANCE o equivalente. Las cargas de diseño y los datos del material de la cuchilla se consideran puntos de partida para establecer y evaluar las cargas de prueba. La evaluación de las cargas de diseño con respecto a las cargas reales en los aerogeneradores está fuera del campo de aplicación de esta norma. Para la presente Norma Mexicana, la mayoría de los principios son aplicables a cualquier configuración de aerogenerador, tamaño y material. Concordancia con Normas Internacionales Esta norma coincide básicamente con la Norma Internacional “IEC 61400-23, Wind turbines-Part 23: Full- scale structural testing of rotor blades, ed1.0 (2014-04)” y difiere en los puntos siguientes: Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia Desviación técnica/Justificación 6 Para esta Norma Mexicana, se modifica el inciso e). Lo anterior considerando que el requisito fundamental se relaciona con el cumplimiento con los requisitos aplicables a los productos y materiales y no a la exigencia de los productos certificados. 10.1.2 y 12.2 Para esta Norma Mexicana, el esquema de calibración de los instrumentos se considera de carácter informativo, debido a que los requisitos aplicables para los instrumentos utilizados en los laboratorios no son parte del objetivo y campo de aplicación de esta Norma Mexicana. Bibliografía IEC 61400-23 ed1.0 (2014-04), Wind turbines-Part 23: Full-scale structural testing of rotor blades. México, D.F., a 24 de septiembre de 2015.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
  • 63. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 63 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO ACUERDO de Coordinación Específico para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General e Intervenciones Preventivas, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua. Acuerdo de Coordinación Específico para la Distribución y Ejercicio de los Subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General e Intervenciones Preventivas, correspondiente al ejercicio fiscal 2015 y al Municipio de Cuauhtémoc perteneciente al Estado de Chihuahua, suscrito el 27 de febrero del año dos mil quince ACUERDO DE COORDINACIÓN ESPECÍFICO PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HÁBITAT, VERTIENTES GENERAL E INTERVENCIONES PREVENTIVAS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2015 Y AL ESTADO DE CHIHUAHUA, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO “LA SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, MTRO. RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO ESTATAL DE “LA SEDATU” EN LA ENTIDAD FEDERATIVA, ING. GUSTAVO CHÁVEZ HAGELSIEB; Y POR LA OTRA, EL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, EN LO SUCESIVO “EL MUNICIPIO”, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. HELIODORO JUÁREZ GONZÁLEZ, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I. El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que se encuentra reglamentado en la Ley de Planeación, ordenamiento que en su artículo 28 establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los Programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas. II. En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece entre sus objetivos, estrategias y líneas de acción, garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población y fortalecer el desarrollo de capacidades en los hogares con carencias para contribuir a mejorar su calidad de vida e incrementar su capacidad productiva, así como generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social para transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente. III. En el marco anterior, el Ejecutivo Federal, como una de sus acciones de gobierno, estableció el Programa Hábitat, con el que busca contribuir al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, Meta II. México Incluyente, Objetivo 2.5 Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna, Estrategia 2.5.1 Transitar hacia un modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente que procure vivienda digna para los mexicanos, Estrategia Transversal II Gobierno Cercano y Moderno, Estrategia Transversal III Perspectiva de Género. Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Objetivo 3 Consolidar ciudades compactas, productivas, competitivas, incluyentes y sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de vida de sus habitantes, Estrategia 3.3 Promover la mejora de la infraestructura, equipamiento, servicios, espacios y movilidad urbana sustentable en coordinación con gobiernos estatales y municipales. Programa Nacional de Desarrollo Urbano, Objetivo 1 Controlar la expansión de las manchas urbanas y consolidar las ciudades para mejorar la calidad de vida de los habitantes, Estrategia 1.5 Apoyar la construcción, renovación y mantenimiento del equipamiento e infraestructura para fomentar la densificación y consolidación de las zonas urbanas estratégicas; Objetivo 2 Consolidar un modelo de Desarrollo urbano que genere bienestar para los ciudadanos, garantizando la sustentabilidad social, económica y ambiental, Estrategia 2.2 Impulsar la sustentabilidad social, promoviendo una cultura de convivencia y participación ciudadana y fortaleciendo el tejido social de las comunidades. Sistema Nacional para la Cruzada Nacional contra el Hambre y del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
  • 64. 64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 IV. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que esos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo. V. Los artículos 3, fracción XXI, 29 y 30 y el Anexo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de diciembre de 2014, establecen que el Programa Hábitat es un programa de subsidios del Ramo Administrativo 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Asimismo, el artículo 31 de este Decreto señala que los subsidios federales se destinarán en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables. VI. Conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a “LA SEDATU”, el despacho de entre otros asuntos, el impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país. VII. El segundo párrafo del artículo 5o. transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, establece “Las menciones contenidas en otras leyes, reglamentos y en general en cualquier otra disposición, respecto de las Secretarías cuyas funciones se reforman por virtud de este Decreto, se entenderán referidas a las dependencias que, respectivamente, adquieren tales funciones”. VIII. El 31 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2015, en lo sucesivo “Las Reglas de Operación”. IX. El objetivo general del Programa Hábitat es contribuir a consolidar ciudades compactas, productivas, competitivas, incluyentes y sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de vida de sus habitantes mediante el apoyo a hogares asentados en las zonas de actuación con estrategias de planeación territorial para la realización de obras integrales de infraestructura básica y complementaria que promuevan la conectividad y accesibilidad; así como la dotación de Centros de Desarrollo Comunitario donde se ofrecen cursos y talleres que atienden la integralidad del individuo y la comunidad. X. Con base en lo dispuesto en los artículos 2, 7, fracción X, 9, 13, 16, 35, fracción III y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicado el 2 de abril de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y el artículo 24 de “Las Reglas de Operación”, “LA SEDATU”, a través de la Unidad de Programas de Apoyo a la Infraestructura y Servicios de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Unidad de Programas de Apoyo a la Infraestructura y Servicios, en lo sucesivo “LA UPAIS”, y de la Delegación Estatal en la entidad federativa, en lo sucesivo “LA DELEGACIÓN”, instrumenta el Programa Hábitat. XI. El C. Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa Hábitat, V/500/SDUV/019/2015, de fecha 13 de febrero de 2015, comunicó a los delegados estatales de esta Secretaría la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por vertiente y entidad federativa para el ejercicio fiscal 2015. XII. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el DOF el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, y con el propósito de contribuir al cumplimiento de sus objetivos, el Programa dará prioridad a las personas, familias, zonas y ciudades que para tales fines se determinen. DECLARACIONES DECLARA “LA SEDATU”, POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES: I. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo establecido en los artículos 1, 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. II. Que conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre otras, la de impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo
  • 65. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 65 aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios, así como las demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos. III. Que el C. Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda cuenta con las facultades para celebrar este Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. IV. Que el Delegado Estatal de “LA SEDATU” firma el presente acuerdo, con fundamento a lo establecido en los artículos 35 y 36 del Reglamento Interior de “LA SEDATU”. V. Que señala como domicilio para los efectos del presente Acuerdo, el ubicado en la Avenida Constituyentes número 1070, Piso 5, Colonia Lomas Altas, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11950, en la Ciudad de México, Distrito Federal. DECLARA “EL MUNICIPIO”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE: I. Que en su calidad de Ejecutor del Programa cuenta conforme lo señalan los artículos 7 fracción V, de “Las Reglas de Operación” y 9 del Anexo I del Programa Hábitat, en lo sucesivo “El Anexo 1” con el Plan de Acción Integral, el cual al menos contiene los requisitos que dichos numerales contempla y que fue revisado y validado por la Instancia competente previo a la firma del presente acuerdo. II. Que de conformidad con los artículos 115-II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 153 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, 8 y 11 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, es una Institución de Orden Público con la personalidad jurídica, patrimonio propio y parte integrante del Estado y base de su organización territorial, política y administrativa. III. Que sus representantes gozan de las facultades para suscribir y obligarse en el presente Contrato, de conformidad con lo dispuesto por los artículo 2, 29-XXI, 35-II, 36-B, 64-XI y 71-III del Código Municipal para el Estado de Chihuahua. IV. Que para efectos del presente convenio, señala como domicilio legal el ubicado en Avenida Allende No. 15 de la Colonia Centro, en la Ciudad de Cuauhtémoc, Chihuahua, y tiene como Registro Federal de Contribuyentes (RFC) el MCU270101TK7. DECLARACIÓN CONJUNTA DE LAS PARTES: Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3, fracción XXI, 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015; 7 fracción X, 9, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2015 y subsecuentes; así como en lo previsto por los artículos 11, 28 y 29 del Código Municipal del Estado de Chihuahua, “LA SEDATU” y “EL MUNICIPIO”, en lo sucesivo “LAS PARTES”, han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes: CLÁUSULAS CAPÍTULO I. DEL OBJETO PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación específico tiene por objeto convenir entre “LAS PARTES” la identificación de las zonas de actuación del Programa Hábitat en el presente ejercicio fiscal, el monto de los subsidios federales y locales a distribuir, los derechos y obligaciones de “LAS PARTES”, así como las bases para la operación y el ejercicio de los recursos de este Programa, con el propósito de contribuir al mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de los hogares asentados en las zonas de actuación del Programa, a través de la regeneración urbana y el desarrollo comunitario, promoviendo el derecho a la ciudad. SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, se sujetarán a lo que establece la normativa federal, “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1” y el Anexo Técnico de cada proyecto (Formato PH-01).
  • 66. 66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 CAPÍTULO II. DE LAS CIUDADES, ZONAS METROPOLITANAS Y ZONAS DE ACTUACIÓN DEL PROGRAMA HÁBITAT SELECCIONADOS TERCERA. “LAS PARTES” acuerdan que los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados en el marco del Programa Hábitat se ejercerán en las zonas de atención del Programa Hábitat seleccionados, que se señalan en el Anexo I de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Ciudades y Zonas de Actuación Seleccionadas”, el cual está suscrito por el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, y por “EL MUNICIPIO”, y forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación. “EL MUNICIPIO” manifiesta que las zonas de actuación del Programa Hábitat, que se señalan en el Anexo I de este Acuerdo de Coordinación, cumplen con los criterios de elegibilidad y de selección establecidos en 4.1, 4.2, 5.3.1 y 5.3.2, Artículos 6, 7, 10 y 11, respectivamente, de “Las Reglas de Operación”. CUARTA. El Programa Hábitat dará atención prioritaria a las zonas, microrregiones, municipios y localidades que concentran a la población objetivo de la Cruzada Nacional contra el Hambre; esto es, las personas en situación de pobreza alimentaria extrema. En la medida de sus posibilidades normativas, financieras y operativas, el Programa Hábitat ajustará su estrategia de cobertura para ampliar el acceso a los beneficios y la atención de las personas en pobreza alimentaria extrema, con base en la estimulación de indicadores y el planteamiento de metas especialmente diseñadas para la población antes referida. CAPÍTULO III. DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES QUINTA. “LAS PARTES” acuerdan que los subsidios federales destinados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Subsidios Federales Autorizados”, el cual está suscrito por Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, y por “EL MUNICIPIO”, y forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación. SEXTA. La ministración de los subsidios federales para el Programa Hábitat se efectuará considerando el calendario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en apego a lo establecido por el artículo 18, numeral 4.10 de “El Anexo 1”. SÉPTIMA. De conformidad con lo establecido en “Las Reglas de Operación”, “EL MUNICIPIO” será el ejecutor de los proyectos del Programa Hábitat, o en su caso la entidad federativa o el Gobierno del Distrito Federal. En caso de que los gobiernos de las entidades federativas participen con aportación local o ejecución de obras y acciones para el Programa, deberán suscribir el instrumento jurídico de coordinación que se celebren entre “LA SEDATU” y “EL MUNICIPIO”. En dicho instrumento jurídico quedarán establecidas todas las responsabilidades conferidas a cada una de las partes de conformidad con “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1” y demás disposiciones jurídicas aplicables. “LA DELEGACIÓN” será la responsable del proceso operativo presupuestal y financiero de los subsidios federales en “EL MUNICIPIO”, el Ejecutor será el responsable del ejercicio y comprobación de los subsidios federales y de los recursos financieros locales aportados al Programa Hábitat. CAPÍTULO IV. DE LOS RECURSOS FINANCIEROS APORTADOS POR LA ENTIDAD FEDERATIVA Y POR “EL MUNICIPIO” OCTAVA. “EL MUNICIPIO” y en su caso la entidad federativa, adoptarán el esquema de aportación señalado en el artículo 21 de “Las Reglas de Operación”, que establece los porcentajes de aportaciones Federales y locales, máximos y mínimos según sea el caso, los cuales se podrán convenir siempre que se respete la estructura financiera propuesta en el referido artículo. NOVENA. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos financieros que serán aportados por “EL MUNICIPIO” y en su caso por la entidad federativa se distribuyen de conformidad con lo señalado en el Anexo III de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Aportaciones de Recursos Financieros Locales”, el cual está suscrito por Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, y por “EL MUNICIPIO”, y forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación. “EL MUNICIPIO”, y en su caso a la entidad federativa, se comprometen a aportar oportunamente al Programa Hábitat los recursos financieros, señalados en el Anexo III de este Acuerdo de Coordinación en la cuenta productiva específica que se aperturará para tales efectos, observando los periodos de tiempo establecidos en el artículo 7 fracción IV Inciso b) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
  • 67. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 67 CAPÍTULO V. DE LAS RESPONSABILIDADES DÉCIMA. “LA SEDATU” se compromete a: a) Apoyar con subsidios federales la ejecución del Programa Hábitat, con la participación que corresponda a “EL MUNICIPIO”, de conformidad con la Cláusula Octava de este instrumento. b) Revisar, evaluar y aprobar las obras y acciones de manera oportuna, previa revisión y validación de “LA DELEGACIÓN” en la entidad federativa. c) Efectuar oportunamente, por conducto de “LA DELEGACIÓN”, el seguimiento de avances y resultados físicos y financieros de los proyectos, con base en la información de los expedientes técnicos, la registrada en el Sistema de Información de “LA SEDATU” y la obtenida en las verificaciones que realice en campo, en los términos establecidos por el numeral 12.4.5, artículo 37 de “Las Reglas de Operación”. Lo anterior para estar en aptitud de remitir los informes trimestrales a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública, así como al Organismo Financiero Internacional, en su caso. d) Apoyar al ejecutor en la integración y operación de instancias de contraloría social, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento, “Las Reglas de Operación”, así como en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública. e) Otorgar a “EL MUNICIPIO” y a “LA DELEGACIÓN”, previa solicitud a “LA UPAIS”, acceso al sistema de información de “LA SEDATU”, con la finalidad de obtener simultáneamente información relativa a los avances y resultados físicos y financieros de los proyectos. f) Las demás que resulten aplicables conforme a lo que señalan “Las Reglas de Operación” y “El Anexo 1”. DÉCIMA PRIMERA. “EL MUNICIPIO” en su carácter de instancia de gobierno, se compromete a: a) Apoyar el cumplimiento de los objetivos y las metas del Programa Hábitat. b) Promover y verificar que los recursos financieros federales y locales aportados al Programa Hábitat se ejerzan de conformidad con lo dispuesto en la legislación federal aplicable, en “Las Reglas de Operación” y en “El Anexo 1”. c) En caso de que los bienes muebles financiados con recursos del Programa Hábitat sean sustraídos indebidamente del lugar donde se ubicaban o habían sido instalados, efectuar lo conducente para restituirlos en la misma cantidad, calidad y especie, independientemente de realizar las gestiones jurídicas y administrativas que procedan. DÉCIMA SEGUNDA. “EL MUNICIPIO” en su carácter de ejecutor del Programa Hábitat, se compromete a: a) Aplicar los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados al Programa Hábitat, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1”, el Anexo Técnico del proyecto (Formato PH-01), así como en lo establecido en otras normas federales aplicables. b) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios federales y locales ejercidos y el avance de metas del Programa Hábitat; para lo cual abrirá una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos federales del Programa Hábitat de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; en la cual se manejará exclusivamente los recursos federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones. Asimismo, conforme lo señalado en el numeral 11.4, artículo 27 fracción XIV de “Las Reglas de Operación”, deberá remitir mensualmente a “LA DELEGACIÓN” copia del estado de cuenta correspondiente; enterar los rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación, así como informar de esto último a “LA DELEGACIÓN”. c) Aperturar una cuenta bancaria para el manejo de las aportaciones locales que correspondan.
  • 68. 68 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 d) Gestionar ante “LA DELEGACIÓN” los pagos respectivos según la normatividad correspondiente hasta la terminación del proyecto autorizado y será responsable de presentar a “LA DELEGACIÓN” la documentación que acredite y compruebe su conclusión. Lo anterior, en observancia al numeral 12.4.4, Artículo 36 de “Las Reglas de Operación” así como a “El Anexo 1”. e) Supervisar las obras o acciones del proyecto autorizado, así como verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable. f) Presentar a “LA DELEGACIÓN” los documentos faltantes de los avances físicos y financieros de los proyectos apoyados por el Programa Hábitat. Lo anterior, en observancia al numeral 12.4.5, Artículo 37 de “Las Reglas de Operación”. g) Formular la correspondiente acta de entrega-recepción de cada una de las obras terminadas, y en el caso de acciones elaborar un informe de resultados. Deberá remitir una copia de la misma a “LA DELEGACIÓN”, según sea el caso, en un plazo que no exceda los treinta días naturales siguientes a la conclusión del proyecto. h) Manifestar expresamente en el acta de entrega-recepción o en el informe de resultados, el compromiso de dar mantenimiento, conservar, vigilar y sufragar la continua y adecuada operación de inmuebles, obras y/o equipos financiados con recursos del Programa Hábitat. i) Deberán mantener en operación los Centros de Desarrollo Comunitario apoyados por el Programa Hábitat para los fines acordados, al menos durante los cinco años posteriores a la fecha de la entrega recepción del inmueble, con el fin de garantizar la permanencia de los servicios sociales que ofrecen, asimismo los ejecutores deberán programar y presupuestar acciones sociales en dichos inmuebles en el presente ejercicio fiscal. j) Proporcionar oportunamente el mantenimiento de las obras o equipos apoyados con recursos del Programa Hábitat. Los bienes muebles adquiridos con recursos del Programa Hábitat, durante su vida útil, deberán ser utilizados para el cumplimiento de sus objetivos, debiendo incorporar al inventario correspondiente e informar a “LA DELEGACIÓN” sobre el responsable de su uso y resguardo. k) Proporcionar a las instancias de fiscalización, control y auditoría correspondiente, la información requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en dichas materias. l) Cumplir con las responsabilidades generales cuando actúen como instancia ejecutora contempladas en el numeral 11.4, Artículo 27 de “Las Reglas de Operación”. m) En su caso, reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos federales no ejercidos y/o no comprobados al cierre del ejercicio fiscal, así como los rendimientos financieros que se hubieran generado a la fecha límite establecida para este fin, sin que medie requerimiento de autoridad, conforme a lo dispuesto por el artículo 54, tercer párrafo y 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 224, penúltimo párrafo de su Reglamento. n) Presentar la suficiencia presupuestal destinada a cubrir su aportación para la ejecución de los proyectos que sean aprobados para su inclusión a los beneficios del Programa Hábitat, a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo. o) Las demás que resulten aplicables conforme a lo que señalan “Las Reglas de Operación” y “El Anexo 1”. CAPÍTULO VI. DE LA REASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS DÉCIMA TERCERA. “LA SEDATU”, a través de “LA UPAIS” podrá realizar reasignaciones de los subsidios no comprometidos por “EL MUNICIPIO” después de la fecha límite para presentar propuestas, que señala el oficio de distribución, con el propósito de atender las solicitudes elegibles en otros municipios de la misma entidad federativa o de otras entidades, las cuales deberán cumplir con los requisitos del numeral 12.4.6, Artículo 38 de “Las Reglas de Operación”. A partir del 30 de abril del 2015, “LA SEDATU” a través de “LA UPAIS” podrá realizar mensualmente evaluaciones del avance de las obras y acciones y del ejercicio de los recursos en “EL MUNICIPIO”. Los recursos que no hubieran sido ejercidos o comprometidos, o cuyas obras y acciones no tuvieran avance de acuerdo a lo programado en el Anexo Técnico, serán reasignados conforme se establece en “El Anexo 1”. Dichas reasignaciones presupuestarias serán notificadas por “LA DELEGACIÓN” a “EL MUNICIPIO”.
  • 69. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 69 CAPÍTULO VII. DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA HÁBITAT DÉCIMA CUARTA. “EL MUNICIPIO” se compromete que cuando funja como instancia ejecutora del Programa Hábitat actualizará durante los primeros cinco (5) días hábiles del mes la información registrada en el Sistema de información sobre los avances físicos y financieros de todos los proyectos apoyados por el Programa Hábitat. En caso de que “LA DELEGACIÓN” detecte información faltante, notificará por escrito a la(s) instancia(s) ejecutora(s) dentro de un plazo no mayor a cinco (5) días naturales; las instancias ejecutoras deberán presentar la información y documentación faltante en un plazo que no exceda de tres (3) días hábiles contados a partir de la recepción del comunicado. El Ejecutor, por conducto del Sistema de Información, comunicará de las obras y acciones concluidas, así como de sus resultados físicos y financieros, a más tardar a los quince días naturales a la fecha de su conclusión. DÉCIMA QUINTA. “EL MUNICIPIO”, cuando funja como ejecutor del Programa Hábitat, se compromete a otorgar las facilidades necesarias a “LA SEDATU” para que ésta realice visitas de seguimiento a las obras y acciones realizadas con subsidios federales, así como para tener acceso a equipos, materiales, información, registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas. DÉCIMA SEXTA. “EL MUNICIPIO”, se compromete a atender lo señalado en los numerales 12.4.7, artículo 39 Actas de Entrega-Recepción; 12.4.5, artículo 37 Avances Físico-Financieros; 12.4.9, artículo 41 Recursos no devengados 12.4.8 artículo 40 Cierre de Ejercicio, de “Las Reglas de Operación”, informando de manera oportuna a “LA DELEGACIÓN” y a “EL ESTADO”, de ser el caso. DÉCIMA SÉPTIMA. “EL MUNICIPIO” se compromete a apoyar a “LA SEDATU” en las acciones que se lleven a cabo para la evaluación externa del Programa Hábitat conforme lo establecen “Las Reglas de Operación” y demás normatividad aplicable. CAPÍTULO VIII. ESTIPULACIONES FINALES DÉCIMA OCTAVA. “LA SEDATU” en cualquier momento podrá rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial y sin responsabilidad alguna, cuando “EL MUNICIPIO” incurra en cualquiera de los siguientes supuestos: a) No cumplan en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación, y lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1”, el Anexo Técnico del proyecto (Formato PH-01), así como a lo dispuesto en otras normas federales y locales aplicables. b) Cuando se detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento al Acuerdo de Coordinación así como del instrumento que en su caso lo modifique. c) Apliquen los subsidios federales y/o recursos financieros a fines distintos de los pactados. d) Cuando no se reciba oportunamente la aportación de recursos de “EL MUNICIPIO”. e) Cuando se detecten condiciones inadecuadas de operación en obras apoyadas con recursos del Programa Hábitat en el año en curso o en ejercicios anteriores. f) Por falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en “Las Reglas de Operación”, “El Anexo 1”, Acuerdo de Coordinación, así como del instrumento que en su caso lo modifiquen. DÉCIMA NOVENA. El presente Acuerdo de Coordinación se podrá dar por terminado de manera anticipada por alguna de las siguientes causas: a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza. b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable. c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Acuerdo de Coordinación.
  • 70. 70 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 VIGÉSIMA. El presente Acuerdo de Coordinación y sus anexos se podrán modificar de común acuerdo por “LAS PARTES”, a través del instrumento correspondiente. Las modificaciones serán suscritas por los siguientes servidores públicos debidamente acreditados en la fecha en que se firmen los documentos: el Delegado Federal de “LA SEDATU” y “EL MUNICIPIO” correspondiente. Sólo en el caso de que “EL ESTADO” participe con recursos financieros en el proyecto específico que se modifica, será necesario que el instrumento sea suscrito también por el representante del mismo. VIGÉSIMA PRIMERA. Las modificaciones a los Anexos del presente Acuerdo se informarán por escrito a “LA UPAIS” para su debida valoración y validación. En el caso específico de las modificaciones al Anexo III, éstas serán registradas por los ejecutores en el Sistema de Información de “LA SEDATU”. VIGÉSIMA SEGUNDA. Una vez concluido el presente ejercicio fiscal y realizado el Cierre de Ejercicio correspondiente, el Delegado Estatal de “LA SEDATU” elaborará y suscribirá el Acta de Hechos del Cierre del Ejercicio Fiscal, en la que se consignará la información definitiva de lo señalado en los Anexos I, II y III del presente Acuerdo de Coordinación. Copia de esta Acta será entregada a “EL MUNICIPIO”, y a “LA UPAIS” de “LA SEDATU”. VIGÉSIMA TERCERA. Para el transparente ejercicio de los recursos federales “LAS PARTES”, convienen que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleven a cabo las instancias ejecutoras sobre la ejecución de obras y acciones materia del Programa Hábitat aquí convenido, apoyadas parcial o totalmente con subsidios federales, deberán observar las directrices, lineamientos y normativa federal aplicable. La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberán identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 y 28 de la Ley General de Desarrollo Social e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”. VIGÉSIMA CUARTA. “LAS PARTES”, manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo, así como convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo, que no puedan ser resueltas de común acuerdo conocerá la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los términos del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIGÉSIMA QUINTA. RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN DEL ACUERDO. Para efectos del cumplimiento de las obligaciones derivadas de este Instrumento Legal, “LAS PARTES” designan como sus representantes a las siguientes personas: Por parte de “LA SEDATU”, al Mtro. Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez, Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda y al Ing. Gustavo Chávez Hagelsieb, Delegado de “LA SEDATU” en Chihuahua. Por parte de “EL MUNICIPIO” al Lic. Heliodoro Juárez González, Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Chihuahua. VIGÉSIMA SEXTA. Este Acuerdo de Coordinación y sus Anexos I, II y III surten sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. El presente Acuerdo de Coordinación deberá publicarse, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano oficial de difusión del gobierno de la entidad federativa, con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas entre la Federación y el Estado de Chihuahua. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Acuerdo de Coordinación en 5 ejemplares, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica.
  • 71. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 71 Anexo I “Ciudades y Zonas de Actuación Seleccionadas” “LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales y locales del Programa Hábitat, Vertientes General e Intervenciones Preventivas, se ejercerán en las siguientes ciudades o zonas metropolitanas, consideradas como zonas de actuación: Ciudad o Zona Metropolitana Municipio Clave de las Zonas de Actuación Cuauhtémoc Cuauhtémoc 08017101, 08017102 y 08017103 “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica. Anexo II “Subsidios Federales Autorizados” “LAS PARTES” acuerdan que “LA SEDATU” destinará recursos federales del Programa Hábitat al Municipio de Cuauhtémoc perteneciente al Estado de Chihuahua, subsidios federales por la cantidad de $5’022,213.00 (cinco millones veintidós mil doscientos trece pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán como sigue: Municipio Vertiente General Vertiente Intervenciones Preventivas Total Cuauhtémoc $5’022,213.00 $0.00 $5’022,213.00 “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica. Anexo III “Aportaciones de Recursos Financieros Locales” “LAS PARTES” acuerdan que “EL MUNICIPIO” aportará al Programa Hábitat recursos financieros por la cantidad de $3’348,142.00 (tres millones trescientos cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán como sigue: Municipio Recursos aportados por “EL ESTADO” Recursos aportados por “EL MUNICIPIO” Total Vertiente General Vertiente Intervenciones Preventivas Vertiente General Vertiente Intervenciones Preventivas Vertiente General Vertiente Intervenciones Preventivas Cuauhtémoc $0.00 $0.00 $3’348,142.00 $0.00 $3’348,142.00 $0.00 “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Rodrigo Alejandro Nieto Enríquez.- Rúbrica.- El Delegado Estatal en Chihuahua, Gustavo Chávez Hagelsieb.- Rúbrica.- Por el Municipio: el Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Heliodoro Juárez González.- Rúbrica.
  • 72. 72 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio La Merced Fracción, expediente 830682, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCION VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830682, Y RESULTANDOS 1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO 830682, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "LA MERCED FRACCION", CON UNA SUPERFICIE DE 3-09-94 (TRES HECTAREAS, NUEVE AREAS, NOVENTA Y CUATRO CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS. 2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS EL 3 DE OCTUBRE DE 2007, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 9 DE FEBRERO DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 16 DE NOVIEMBRE DE 2007, CON EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS. 3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719258, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 32 MINUTOS, 58 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20 MINUTOS, 04 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: ALFONSO NAVARRO GOMEZ Y EJIDO "CHANAL" AL SUR: MARIANO HERNANDEZ GOMEZ Y PEDRO NAVARRO LOPEZ AL ESTE: EJIDO "CHANAL" Y MARIANO HERNANDEZ GOMEZ AL OESTE: PEDRO NAVARRO LOPEZ Y ALFONSO NAVARRO GOMEZ CONSIDERANDOS I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27 CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o. FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO. II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS, NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO, ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719258, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 3-09-94 (TRES HECTAREAS, NUEVE AREAS, NOVENTA Y CUATRO CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES:
  • 73. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 73 DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 32 MINUTOS, 58 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20 MINUTOS, 04 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: ALFONSO NAVARRO GOMEZ Y EJIDO "CHANAL" AL SUR: MARIANO HERNANDEZ GOMEZ Y PEDRO NAVARRO LOPEZ AL ESTE: EJIDO "CHANAL" Y MARIANO HERNANDEZ GOMEZ AL OESTE: PEDRO NAVARRO LOPEZ Y ALFONSO NAVARRO GOMEZ III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN TECNICO CORRESPONDIENTE. POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES: RESOLUTIVOS PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "LA MERCED FRACCION", CON SUPERFICIE DE 3-09-94 (TRES HECTAREAS, NUEVE AREAS, NOVENTA Y CUATRO CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION. SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACION. TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. ASI LO PROVEYO Y FIRMA México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica. RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Laguna de San Caralampio, expediente 830683, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCION VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830683, Y RESULTANDOS 1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO 830683, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "LAGUNA DE SAN CARALAMPIO", CON UNA SUPERFICIE DE 10-54-15 (DIEZ HECTAREAS, CINCUENTA Y CUATRO AREAS, QUINCE CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS. 2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS EL 3 DE OCTUBRE DE 2007, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2007 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2007, CON EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS.
  • 74. 74 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719259, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 29 MINUTOS, 16 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20 MINUTOS, 59 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: JULIAN LOPEZ SANTIZ Y DOMINGO LOPEZ GOMEZ AL SUR: DOMINGO MENDEZ PEREZ Y AGUSTIN LOPEZ SANTIZ AL ESTE: DOMINGO LOPEZ GOMEZ, AGUSTIN LOPEZ GOMEZ Y DOMINGO MENDEZ PEREZ AL OESTE: MIGUEL GONZALEZ HERNANDEZ, AGUSTIN LOPEZ SANTIZ Y JULIAN LOPEZ SANTIZ CONSIDERANDOS I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27 CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o. FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO. II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS, NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO, ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719259, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 10-54-15 (DIEZ HECTAREAS, CINCUENTA Y CUATRO AREAS, QUINCE CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 29 MINUTOS, 16 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20 MINUTOS, 59 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: JULIAN LOPEZ SANTIZ Y DOMINGO LOPEZ GOMEZ AL SUR: DOMINGO MENDEZ PEREZ Y AGUSTIN LOPEZ SANTIZ AL ESTE: DOMINGO LOPEZ GOMEZ, AGUSTIN LOPEZ GOMEZ Y DOMINGO MENDEZ PEREZ AL OESTE: MIGUEL GONZALEZ HERNANDEZ, AGUSTIN LOPEZ SANTIZ Y JULIAN LOPEZ SANTIZ III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN TECNICO CORRESPONDIENTE. POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES: RESOLUTIVOS PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "LAGUNA DE SAN CARALAMPIO", CON SUPERFICIE DE 10-54-15 (DIEZ HECTAREAS, CINCUENTA Y CUATRO AREAS, QUINCE CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION. SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACION.
  • 75. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 75 TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. ASI LO PROVEYO Y FIRMA México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica. RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Las Peras, expediente 830684, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCION VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830684, Y RESULTANDOS 1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO 830684, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "LAS PERAS", CON UNA SUPERFICIE DE 0-21-16 (CERO HECTAREAS, VEINTIUN AREAS, DIECISEIS CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS. 2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS EL 26 DE OCTUBRE DE 2005, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 21 DE DICIEMBRE DE 2005 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 16 DE MARZO DE 2006, CON EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS. 3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719260, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 30 MINUTOS, 18 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 19 MINUTOS, 33 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: BERTA ESCANDON NAVARRO AL SUR: RAFAEL VALDEZ ESTRADA AL ESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES AL OESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES CONSIDERANDOS I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27 CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o. FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO. II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS, NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE
  • 76. 76 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO, ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719260, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 0-21-16 (CERO HECTAREAS, VEINTIUN AREAS, DIECISEIS CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 30 MINUTOS, 18 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 19 MINUTOS, 33 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: BERTA ESCANDON NAVARRO AL SUR: RAFAEL VALDEZ ESTRADA AL ESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES AL OESTE: CANDIDO SANCHEZ MORALES III.- QUE DURANTE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE SE APERSONARON LOS POSEEDORES DE LOS PREDIOS QUE COLINDAN CON EL TERRENO DE QUE SE TRATA EN LA PRESENTE, QUIENES FIRMARON DE CONFORMIDAD EL ACTA EN LA QUE SE ESTABLECEN LAS COLINDANCIAS CON EL PREDIO EN CUESTION Y QUE SE DESCRIBEN EN LOS TRABAJOS TECNICOS QUE OBRAN EN SU EXPEDIENTE. POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES: RESOLUTIVOS PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "LAS PERAS", CON SUPERFICIE DE 0-21-16 (CERO HECTAREAS, VEINTIUN AREAS, DIECISEIS CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION. SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACION. TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. ASI LO PROVEYO Y FIRMA México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica. RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio San Antonio, expediente 830687, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCION VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 830687, Y RESULTANDOS 1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO 830687, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "SAN ANTONIO", CON UNA SUPERFICIE DE 3-31-43 (TRES HECTAREAS, TREINTA Y UN AREAS, CUARENTA Y TRES CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE DEL ESTADO DE CHIAPAS.
  • 77. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 77 2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS EL 16 DE ENERO DE 2008, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 4 DE MARZO DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 14 DE MARZO DE 2008, CON EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS. 3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719261, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 33 MINUTOS, 07 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20 MINUTOS, 50 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y CATARINO NAVARRO ESCANDON AL SUR: JULIAN NAVARRO GOMEZ, ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y DOMINGO NAVARRO LOPEZ AL ESTE: CATARINO NAVARRO ESCANDON Y JULIAN NAVARRO GOMEZ AL OESTE: DOMINGO NAVARRO LOPEZ Y ENEMECIO NAVARRO LOPEZ CONSIDERANDOS I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27 CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o. FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO. II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS, NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO, ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719261, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 3-31-43 (TRES HECTAREAS, TREINTA Y UN AREAS, CUARENTA Y TRES CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 33 MINUTOS, 07 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 20 MINUTOS, 50 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y CATARINO NAVARRO ESCANDON AL SUR: JULIAN NAVARRO GOMEZ, ENEMECIO NAVARRO LOPEZ Y DOMINGO NAVARRO LOPEZ AL ESTE: CATARINO NAVARRO ESCANDON Y JULIAN NAVARRO GOMEZ AL OESTE: DOMINGO NAVARRO LOPEZ Y ENEMECIO NAVARRO LOPEZ III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN TECNICO CORRESPONDIENTE. POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES: RESOLUTIVOS PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "SAN ANTONIO", CON SUPERFICIE DE 3-31-43 (TRES HECTAREAS, TREINTA Y UN AREAS, CUARENTA Y TRES CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE AMATENANGO DEL VALLE, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
  • 78. 78 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACION. TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. ASI LO PROVEYO Y FIRMA México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica. RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Parcela 66, expediente 740763, Municipio de Huixtán, Chis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCION VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 740763, Y RESULTANDOS 1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO 740763, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "PARCELA 66", CON UNA SUPERFICIE DE 0-13-67 (CERO HECTAREAS, TRECE AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN DEL ESTADO DE CHIAPAS. 2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS EL 14 DE ENERO DE 2009, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 5 DE DICIEMBRE DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 2 DE ABRIL DE 2009, CON EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS. 3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719246, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 34 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 26 MINUTOS, 14 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: PEDRO HERNANDEZ TON AL SUR: GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ AL ESTE: PEDRO HERNANDEZ TON Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ AL OESTE: LUCIA GONZALEZ GOMEZ Y GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ CONSIDERANDOS I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27 CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o. FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO.
  • 79. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79 II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS, NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO, ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719246, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 0-13-67 (CERO HECTAREAS, TRECE AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 34 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 26 MINUTOS, 14 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: PEDRO HERNANDEZ TON AL SUR: GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ AL ESTE: PEDRO HERNANDEZ TON Y PETRONA SANTIZ VAZQUEZ AL OESTE: LUCIA GONZALEZ GOMEZ Y GUADALUPE VAZQUEZ ENRIQUEZ III.- QUE DURANTE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE SE APERSONARON LOS POSEEDORES DE LOS PREDIOS QUE COLINDAN CON EL TERRENO DE QUE SE TRATA EN LA PRESENTE, QUIENES FIRMARON DE CONFORMIDAD EL ACTA EN LA QUE SE ESTABLECEN LAS COLINDANCIAS CON EL PREDIO EN CUESTION Y QUE SE DESCRIBEN EN LOS TRABAJOS TECNICOS QUE OBRAN EN SU EXPEDIENTE. POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES: RESOLUTIVOS PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "PARCELA 66", CON SUPERFICIE DE 0-13-67 (CERO HECTAREAS, TRECE AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION. SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACION. TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. ASI LO PROVEYO Y FIRMA México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica. RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Parcela 52, expediente 740764, Municipio de Huixtán, Chis. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCION VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO 740764, Y RESULTANDOS 1o.- EN LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, SE ENCUENTRA EL EXPEDIENTE NUMERO 740764, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION, DESLINDE Y LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO RESPECTO DEL PRESUNTO TERRENO NACIONAL DENOMINADO "PARCELA 52", CON UNA SUPERFICIE DE 0-39-41 (CERO HECTAREAS, TREINTA Y NUEVE AREAS, CUARENTA Y UNA CENTIAREAS), LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN DEL ESTADO DE CHIAPAS.
  • 80. 80 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 2o.- EL AVISO DE DESLINDE FUE PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS EL 14 DE ENERO DE 2009, EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACION LOCAL EL 5 DE DICIEMBRE DE 2008 Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE ABRIL DE 2009, CON EL PROPOSITO DE REALIZAR, CONFORME AL PROCEDIMIENTO, LAS OPERACIONES DE DESLINDE QUE FUERAN NECESARIAS. 3o.- COMO SE DESPRENDE DEL DICTAMEN TECNICO NUMERO 719247, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 EMITIDO EN SENTIDO POSITIVO, EL PREDIO EN CUESTION TIENE LAS COORDENADAS DE UBICACION GEOGRAFICA Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 44 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 26 MINUTOS, 17 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: TERRENOS EN POSESION DE BIENES COMUNALES HUIXTAN AL SUR: PEDRO VAZQUEZ ENRIQUEZ AL ESTE: JOSE SANTIZ VAZQUEZ AL OESTE: MANUEL PEREZ SANTIZ CONSIDERANDOS I.- QUE ESTA SECRETARIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA EMISION DE LA RESOLUCION QUE DECLARE EL TERRENO COMO NACIONAL EN RELACION AL PREDIO OBJETO DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 27 CONSTITUCIONAL; 160 DE LA LEY AGRARIA; 41, FRACCIONES I, II Y IX DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 108 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, ASI COMO 5o., 6o. FRACCION XII, 8o. FRACCION III Y 22o. FRACCION XV INCISO B) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO. II.- QUE UNA VEZ REVISADOS LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE VERIFICAR QUE ESTOS SE DESARROLLARON CON APEGO A LAS NORMAS TECNICAS, HABIENDOSE REALIZADO LOS AVISOS, NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES QUE EXIGEN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES, SEGUN SE ACREDITA CON LA DOCUMENTACION QUE CORRE AGREGADA A SU EXPEDIENTE, SE DESPRENDE QUE CON FECHA 26 DE FEBRERO DE 2015 SE EMITIO EL CORRESPONDIENTE DICTAMEN TECNICO, ASIGNANDOSELE EL NUMERO 719247, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS TRABAJOS DEL DESLINDE Y LOS PLANOS DERIVADOS DEL MISMO, RESULTANDO UNA SUPERFICIE ANALITICA DE 0-39-41 (CERO HECTAREAS, TREINTA Y NUEVE AREAS, CUARENTA Y UNA CENTIAREAS), CON LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES: DE LATITUD NORTE 16 GRADOS, 41 MINUTOS, 44 SEGUNDOS; Y DE LONGITUD OESTE 92 GRADOS, 26 MINUTOS, 17 SEGUNDOS, Y COLINDANCIAS: AL NORTE: TERRENOS EN POSESION DE BIENES COMUNALES HUIXTAN AL SUR: PEDRO VAZQUEZ ENRIQUEZ AL ESTE: JOSE SANTIZ VAZQUEZ AL OESTE: MANUEL PEREZ SANTIZ III.- QUE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE SE EJECUTARON PREVIA NOTIFICACION QUE SE HIZO A LOS INTERESADOS Y COLINDANTES, COMPARECIENDO LOS QUE A SU INTERES CONVINO Y FIRMANDO EL ACTA RESPECTIVA LOS QUE ASI QUISIERON HACERLO; CONSIDERACIONES QUE RESPECTO A LAS COLINDANCIAS DEL PREDIO DE MERITO QUEDARON ASENTADAS EN EL DICTAMEN TECNICO CORRESPONDIENTE. POR LO ANTES EXPUESTO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES: RESOLUTIVOS PRIMERO.- SE DECLARA QUE ES NACIONAL EL TERRENO DENOMINADO "PARCELA 52", CON SUPERFICIE DE 0-39-41 (CERO HECTAREAS, TREINTA Y NUEVE AREAS, CUARENTA Y UNA CENTIAREAS), UBICADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN, ESTADO DE CHIAPAS, CON LAS COLINDANCIAS, MEDIDAS Y UBICACION GEOGRAFICA DESCRITAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.
  • 81. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81 SEGUNDO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS INTERESADOS DENTRO DE LOS DIEZ DIAS NATURALES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACION. TERCERO.- INSCRIBASE ESTA RESOLUCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL Y EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL. ASI LO PROVEYO Y FIRMA México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Subsecretario de Ordenamiento Territorial, Enrique González Tiburcio.- Rúbrica.- El Director General de la Propiedad Rural, Luis Armando Bastarrachea Sosa.- Rúbrica. AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Barreño Fracción 6, con una superficie aproximada de 12-18-87.533 hectáreas, Municipio de Satevó, Chih. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “BARREÑO FRACCION 6”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SATEVO, ESTADO DE CHIHUAHUA. El Departamento de Investigación y Análisis adscrito a la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural; dependiente de la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la extinta Secretaría de la Reforma Agraria; hoy Dirección General de la Propiedad Rural de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio número 162144, de fecha 10 de octubre de 2012, expediente sin número, autorizó a la Delegación Estatal para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número F/408, de fecha 5 de agosto de 2015, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 107 al 110 del entonces vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado “Barreño Fracción 6”, con una superficie aproximada de 12-18-87.533 hectáreas, ubicado en el Municipio de Satevó, Estado de Chihuahua, el cual cuenta con las siguientes colindancias: AL NORTE: EJIDO SATEVO AL SUR: RIO SAN PEDRO AL ESTE: TERRENO NACIONAL BARREÑO FRACCION 7 AL OESTE: TERRENO NACIONAL BARREÑO FRACCION 5 Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento y de la Propiedad Rural, deberá publicarse por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chihuahua, en el periódico de mayor circulación que corresponda, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del periodo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Delegación Estatal, con domicilio en Avenida Universidad número 1110, colonia Santo Niño de la ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua. A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados. Atentamente Chihuahua, Chih., a 26 de septiembre de 2015.- El Perito Deslindador, Martín Gustavo Luévano Frías.- Rúbrica.
  • 82. 82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 COMISION REGULADORA DE ENERGIA ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica el calendario de las bases de la licitación pública internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento del primer permiso de distribución de gas natural para la zona geográfica de Morelia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.- Secretaría Ejecutiva.- SE/9730/2015. Al público en general En cumplimiento al Acuerdo Cuarto del Acuerdo A/049/2015, emitido el 7 de octubre de 2015, se publica en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las modificaciones tanto al calendario previsto en la disposición 2.31, como a las fechas establecidas en la disposición 2.24 de las Bases de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, para quedar como sigue: 2.31 La Licitación se desarrollará conforme al calendario siguiente: ACTO FECHA HORA Adquisición Bases de Licitación Del 5 al 23 de agosto de 2013 Lunes a jueves de 9:00 a 14:00 h y de 15:00 a 18:00 h; Viernes de 9:00 a 14:00 h Junta de aclaraciones 6 de septiembre de 2013 12:00 h Segunda junta de aclaraciones 5 de noviembre de 2014 12:00 h Solicitud de confirmación o modificación de la información presentada por los participantes a la Comisión Federal de Competencia Económica con fecha límite del 19 de septiembre de 2013 10 de agosto de 2015* Tercera junta de aclaraciones 13 de noviembre de 2015 12:00 h Notificación de la resolución de la Comisión Federal de Competencia Económica a los participantes 30 de noviembre de 2015* Presentación y apertura de ofertas técnicas 4 de diciembre de 2015 12:00 h Presentación y apertura de ofertas económicas 18 de diciembre de 2015 12:00 h Emisión del Fallo de la Licitación 22 de enero de 2016* Otorgamiento del Permiso 22 de febrero de 2016* *Fechas límite 2.24 Las preguntas y las consultas relativas a la Licitación deberán presentarse por escrito. La Comisión sólo atenderá las preguntas y consultas adicionales que sean presentadas a partir del 7 de agosto de 2013 y hasta el 17 de noviembre de 2015. Las respuestas que por escrito dé la Comisión se harán del conocimiento de todas las personas que hayan adquirido o que adquieran estas Bases. Las preguntas se agruparán según la fecha en que sean presentadas siguiendo el orden de las disposiciones de las Bases y las respuestas correspondientes se darán a conocer, según sea el caso, en las fechas señaladas para llevar a cabo las juntas de aclaraciones a que se refiere la disposición 2.19 anterior cuando las preguntas se hayan presentado a más tardar el 4 de noviembre de 2015, y a más tardar el 27 de noviembre de 2015 cuando se hayan presentado posteriormente. Atentamente México, D.F., a 22 de octubre de 2015.- El Secretario Ejecutivo, Luis Alonso González de Alba.- Rúbrica. (R.- 421540)
  • 83. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION ACUERDO General número 19/2015, de veintiséis de octubre de dos mil quince, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se dispone el aplazamiento del dictado de la Resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la Educación Media Superior y la Superior -Principios de Gratuidad en la Educación y Autonomía Universitaria-. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos. ACUERDO GENERAL NÚMERO 19/2015, DE VEINTISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE DISPONE EL APLAZAMIENTO DEL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN EN LOS AMPAROS EN REVISIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DE ACUERDOS DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO, RELACIONADOS CON EL PAGO DE CUOTAS A CARGO DE LOS ALUMNOS QUE CURSEN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y LA SUPERIOR -PRINCIPIOS DE GRATUIDAD EN LA EDUCACIÓN Y AUTONOMÍA UNIVERSITARIA-. CONSIDERANDO: PRIMERO. El artículo 94, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad para expedir acuerdos generales a fin de remitir a los Tribunales Colegiados de Circuito, para mayor prontitud en el despacho de los asuntos, aquellos en los que hubiere establecido jurisprudencia o los que, conforme a los referidos acuerdos, la propia Suprema Corte determine para una mejor impartición de justicia; SEGUNDO. En términos de lo establecido en los artículos 11, fracciones VI y XXI, y 37, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno puede, a través de acuerdos generales, remitir los asuntos de su competencia para su resolución a los Tribunales Colegiados de Circuito; y, en ese supuesto, éstos serán competentes para resolverlos; TERCERO. El trece de mayo de dos mil trece el Tribunal Pleno emitió el Acuerdo General 5/2013, modificado por última vez mediante Instrumento Normativo del veintiocho de septiembre de dos mil quince, relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno conservará para su resolución, y el envío de los de su competencia originaria a las Salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito; CUARTO. En el Punto Cuarto, fracción I, inciso B), del Acuerdo General Plenario referido en el Considerando Tercero que antecede, se prevé: “(…) CUARTO. De los asuntos de la competencia originaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las salvedades especificadas en los Puntos Segundo y Tercero de este Acuerdo General, corresponderá resolver a los Tribunales Colegiados de Circuito: I. Los recursos de revisión en contra de sentencias pronunciadas por los Jueces de Distrito o los Tribunales Unitarios de Circuito, cuando: (…) B) En la demanda se hubiere impugnado una ley local, un reglamento federal o local, o cualquier disposición de observancia general, salvo aquéllos en los que el análisis de constitucionalidad respectivo implique fijar el alcance de un derecho humano previsto en tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, respecto del cual no exista jurisprudencia del Pleno o de las Salas de este Alto Tribunal, sin menoscabo de que la Sala en la que se radique el recurso respectivo determine que su resolución corresponde a un Tribunal Colegiado de Circuito; (…)”; QUINTO. En la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación están pendientes de resolverse diversos amparos en revisión en los que subsiste el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la educación media superior y la superior -principios de gratuidad en la educación y autonomía universitaria-. Asimismo, atendiendo a lo informado por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, así como por el Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, en los citados órganos colegiados, se encuentran radicados diversos amparos en revisión en los que subsiste el referido problema de constitucionalidad; SEXTO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede aplazar mediante acuerdos generales la resolución de juicios de amparo pendientes de resolver, por lo que resulta aplicable supletoriamente a la Ley de Amparo, en términos de lo señalado en el párrafo segundo de su artículo 2o., lo previsto en el diverso 366 del Código Federal de
  • 84. 84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Procedimientos Civiles, en cuanto a la atribución para decretar la suspensión del proceso cuando la decisión no pueda pronunciarse hasta que se dicte resolución en otro negocio, supuesto que se actualiza cuando existen juicios de amparo pendientes de resolver en los tribunales del Poder Judicial de la Federación en los que se plantean cuestiones que serán definidas por aquél; máxime, si se trata de asuntos de la competencia originaria de este Alto Tribunal que los Tribunales Colegiados de Circuito pueden resolver en ejercicio de competencia delegada, y SÉPTIMO. Con el fin de preservar el derecho a la seguridad jurídica de los gobernados establecido en los artículos 14 y 16 constitucionales, considerando además que la institución del aplazamiento o suspensión del dictado de la resolución está prevista en el artículo 366 antes invocado, por aplicación supletoria de éste, se estima conveniente acordar el aplazamiento de los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la educación media superior y la superior -principios de gratuidad en la educación y autonomía universitaria-. En consecuencia, con fundamento en lo antes mencionado, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación expide el siguiente: ACUERDO: ÚNICO. En tanto la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fija el o los criterios correspondientes, y se emite el Acuerdo General Plenario relativo, en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la educación media superior y la superior -principios de gratuidad en la educación y autonomía universitaria-, se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta. TRANSITORIOS: PRIMERO. Este Acuerdo General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y, en términos de lo dispuesto en el artículo 7, fracción XIV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y, en su momento, en el diverso 70, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en medios electrónicos de consulta pública; y hágase del conocimiento del Consejo de la Judicatura Federal y, para su cumplimiento, de los Juzgados de Distrito y de los Tribunales Colegiados de Circuito. El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ministro Luis María Aguilar Morales.- Rúbrica.- El Secretario General de Acuerdos, Rafael Coello Cetina.- Rúbrica. El licenciado Rafael Coello Cetina, Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, CERTIFICA: Este ACUERDO GENERAL NÚMERO 19/2015, DE VEINTISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE DISPONE EL APLAZAMIENTO DEL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN EN LOS AMPAROS EN REVISIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DE ACUERDOS DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO, RELACIONADOS CON EL PAGO DE CUOTAS A CARGO DE LOS ALUMNOS QUE CURSEN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y LA SUPERIOR -PRINCIPIOS DE GRATUIDAD EN LA EDUCACIÓN Y AUTONOMÍA UNIVERSITARIA-, fue emitido por el Tribunal Pleno en Sesión Privada celebrada el día de hoy, por unanimidad de once votos de los señores Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan N. Silva Meza, Eduardo Medina Mora I., Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Alberto Pérez Dayán y Presidente Luis María Aguilar Morales.- México, Distrito Federal, a veintiséis de octubre de dos mil quince.- Rúbrica. EL LICENCIADO RAFAEL COELLO CETINA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: CERTIFICA: Que esta copia fotostática constante de nueve fojas útiles concuerda fiel y exactamente con el original del Acuerdo General Plenario 19/2015, que obra en los archivos de la sección de instrumentos normativos de esta Secretaría General de Acuerdos y se expide para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- México, Distrito Federal, a veintiséis de octubre de dos mil quince.- Rúbrica.
  • 85. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85 COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones generales y políticas de recursos humanos de la Comisión Federal de Competencia Económica. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno. ACUERDO No. DARH-001/2015 ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES GENERALES Y POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA México, Distrito Federal a diez de septiembre de dos mil quince.- Reunido el Órgano de Gobierno de esta Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE o Comisión”) en la sede de la misma.- La Comisionada Presidente, Alejandra Palacios Prieto, y los Comisionados: Alejandro Ildefonso Castañeda Sabido, Benjamín Contreras Astiazarán, Eduardo Martínez Chombo, Martín Moguel Gloria, Jesús Ignacio Navarro Zermeño, y Francisco Javier Núñez Melgoza, manifiestan su conformidad para celebrar una sesión para la emisión del presente acuerdo, en atención a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El once de junio de dos mil trece, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones”; por medio del cual se crea un nuevo Órgano Constitucional Autónomo denominado Comisión Federal de Competencia Económica; 2. El veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), misma que en su artículo 10 reconoce la naturaleza jurídica de la Comisión como Órgano Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que ejerce su presupuesto de forma autónoma; 3. El ocho de julio de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico de la Comisión (Estatuto). En virtud de los Antecedentes y CONSIDERANDO Que el Plan Estratégico 2014-2017 de la COFECE, indica en su línea estratégica IV.1 que se deberá establecer un modelo integral de gestión del talento humano, que prevea los mecanismos para el reclutamiento, capacitación, estímulos, promoción, desarrollo continuo y evaluación del desempeño de personal; ello, para asegurar la atracción, retención y desarrollo del talento humano, a fin de ser una institución de excelencia, reconocida por su apego a la legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y profesionalismo; Que el citado Plan Estratégico establece en su línea estratégica IV.3 asegurar que el personal de las áreas operativas de la Comisión cuente con las capacidades necesarias para cumplir sus responsabilidades mediante un esquema integral de capacitación y especialización; Que el Estatuto establece en su artículo 5, fracción XXXIII, la atribución del Pleno para emitir Disposiciones Generales para el reclutamiento, selección y permanencia del personal; por lo que es necesario establecer las políticas de recursos humanos que regulen el ingreso del personal y la estabilidad laboral dentro de la COFECE para dar continuidad a los programas y proyectos que inciden en el cumplimiento de su misión; Que el mismo artículo 5, en su fracción XXXVII, indica que es atribución del Pleno aprobar comités de carácter consultivo o resolutivo, en los que determinará su integración, así como sus reglas de operación y funcionamiento; Que el artículo 12, fracción XXII, del Estatuto, señala que corresponde al Presidente, entre otras atribuciones, proponer al Pleno, para su aprobación, las políticas en recursos humanos; y los diversos 23, 24, fracciones IV y VI, así como el 38, fracción XXI, faculta a la Dirección General de Administración para administrar los mecanismos de reclutamiento, selección y permanencia del personal, servicio social y prácticas profesionales, así como los de estímulos y recompensas establecidos conforme a las normas y procedimientos aplicables, y Que con políticas claras sobre reclutamiento, capacitación, estímulos, promoción y evaluación del desempeño de personal, la COFECE contará con servidores públicos calificados, profesionales y especializados para cumplir con eficiencia las obligaciones que le fija la LFCE.
  • 86. 86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 En virtud de lo anterior: SE ACUERDA Único.- Emitir las Disposiciones Generales y Políticas de Recursos Humanos de la Comisión Federal de Competencia Económica, de acuerdo con lo siguiente: TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales CAPÍTULO I Del Objeto y Definiciones Artículo 1.- Las Disposiciones Generales tienen como objeto: I. Promover la profesionalización y capacitación del personal de la Comisión para el desarrollo de competencias afines con los objetivos institucionales; II. Fomentar la permanencia y el desarrollo profesional del personal, a través del Sistema de Gestión de Talento, y III. Establecer los procedimientos de reclutamiento, selección e ingreso a la Comisión, así como la evaluación de desempeño de personal, incentivos y reconocimientos. Artículo 2.- Las Disposiciones Generales son aplicables a todo el personal de la Comisión, quien en todo momento se conducirá con apego a las disposiciones jurídicas aplicables para el desempeño de sus funciones y coadyuvará al cumplimiento de la misión, visión y objetivos institucionales de la COFECE. Se excluye de la aplicación de las Disposiciones Generales a las personas físicas contratadas para prestar servicios profesionales bajo el régimen de honorarios. Artículo 3.- Para los efectos de las Disposiciones Generales, se entiende por: I. Área de adscripción: Unidad Administrativa en la que una persona realiza las funciones inherentes a un puesto específico; II. Área sustantiva: Es la encargada de llevar a cabo los trabajos propios de la misión institucional que consiste en garantizar la libre competencia y concurrencia, y prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, emitir lineamientos para regular los insumos esenciales y eliminar las barreras a la competencia, así como las demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen la Constitución, los tratados y las leyes; III. Ascenso: Es el movimiento del personal para ocupar puestos de mayor jerarquía o responsabilidad al que ocupan, si existe disponibilidad presupuestal para ello; IV. Aspirante: La persona que cumpla con el perfil y los requisitos necesarios para participar en los procedimientos de reclutamiento y selección con la finalidad de ocupar una plaza de nueva creación o una plaza vacante, en los términos previstos en las Disposiciones Generales; V. Becario: La persona que siendo estudiante o que haya concluido sus estudios, se integre a la Comisión para realizar prácticas profesionales para desarrollar un proyecto que sirva de experiencia para adentrarse al mercado laboral, y que gozará de una retribución económica; Asimismo, se llamarán becarios a las personas procedentes de instituciones afines del país o del extranjero, con quienes se hayan celebrado convenios de intercambio o apoyo, para llevar a cabo proyectos de formación, alta especialización o investigación, relacionadas con las materias de la Comisión; VI. Cambio de adscripción: Es el movimiento vertical u horizontal de los servidores públicos de una Unidad Administrativa a otra; VII. Catálogo de Puestos: Es el instrumento técnico que describe los puestos de la COFECE, mediante su denominación, adscripción, funciones y remuneración, entre otros; VIII. Capacidades: Los conocimientos, habilidades y aptitudes, requeridos para el desempeño de un puesto; IX. Capacitación: Proceso por el cual una persona es inducida, actualizada, desarrollada y especializada para el eficiente desempeño de su puesto y para el ejercicio de funciones de mayor responsabilidad o de naturaleza diversa;
  • 87. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87 X. Creación de plaza: Incorporación de una plaza a la estructura orgánica, ocupacional y salarial; XI. COFECE o Comisión: Comisión Federal de Competencia Económica; XII. Competencias: Habilidades demostradas para aplicar conocimientos y aptitudes; XIII. Cursos: Las acciones tales como talleres, conferencias, diplomados, seminarios y demás medios de aprendizaje que permiten inducir, preparar, capacitar, actualizar y/o especializar a los servidores públicos; XIV. Detección de Necesidades de Capacitación: Es el proceso que tiene el propósito de identificar las áreas de conocimiento, aptitudes o habilidades que requieren abordarse o reforzarse mediante acciones de capacitación para los servidores públicos de la Comisión, a fin de contribuir al logro de objetivos; XV. DGA: Dirección General de Administración; XVI. DGARH: Dirección General Adjunta de Recursos Humanos; XVII. Dirección de Presupuesto: Dirección General Adjunta de Presupuesto y Finanzas; XVIII. Disposiciones Generales: Disposiciones Generales y Políticas de Recursos Humanos de la Comisión Federal de Competencia Económica; XIX. Estatuto: Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica; XX. Estructura ocupacional: Conjunto de puestos con funciones definidas, delimitadas y concretas que permiten el cumplimiento de los objetivos de las Unidades Administrativas, la cual se vincula a la estructura orgánica; XXI. Estructura orgánica: Es la forma en que se organizan las relaciones entre las diferentes autoridades en las que recae la toma de decisiones, la administración y operación; XXII. LFCE: Ley Federal de Competencia Económica; XXIII. Perfil del puesto: Se integra con los requisitos que deberán cubrir los servidores públicos para desempeñar de manera adecuada las funciones de un puesto; XXIV. Pleno: Órgano de Gobierno de la Comisión Federal de Competencia Económica; XXV. Plaza: La posición presupuestaria que respalda un puesto en la estructura ocupacional o plantilla, que sólo puede ser ocupada por un servidor público y que tiene una adscripción determinada; XXVI. Programa Anual del Sistema: Documento que integra las directrices estratégicas y de carácter administrativo que se requieren para hacer efectiva la operación de los procesos del Sistema; XXVII. Promoción: Es el movimiento horizontal del personal que se da en el grado y/o serie salarial, lo que se refleja en una mejora en su remuneración, cuando la Dirección de Presupuesto manifieste que existe disponibilidad presupuestal para ello; XXVIII. Puesto: La unidad impersonal establecida en el Catálogo que implica deberes específicos y delimita jerarquías y capacidades para su desempeño; XXIX. Puesto Tipo: Aquel que se repite en dos o más ocasiones y es idéntico en su denominación, descripción, perfil y valuación; XXX. Rotación: Es el cambio temporal en la asignación de los servidores públicos de la Unidad Administrativa de origen; XXXI. Servidor público: Persona que desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza; XXXII. Sistema: Sistema de Gestión de Talento de la COFECE; XXXIII. Tabulador: El instrumento que permite representar los valores monetarios con los que se identifican los importes por concepto de sueldos y salarios en términos mensuales o anuales, que aplican a cada puesto, en función del grupo, grado o serie, según corresponda, de acuerdo con los distintos tipos de personal, y XXXIV. Unidades Administrativas: Pleno, Presidencia, Autoridad Investigadora, Secretaría Técnica, Contraloría Interna y Delegaciones en el interior de la República Mexicana.
  • 88. 88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 CAPÍTULO II Del personal y estructura organizacional Artículo 4.- Para efectos de las Disposiciones Generales, el personal de la Comisión se clasifica en: I. Personal operativo y de enlace que comprende al personal que realiza labores de apoyo, técnicas o administrativas; II. De mando, que comprende los puestos de: a) Mando Medio que comprende el nivel de Director General Adjunto a Jefe de Departamento, homólogos o equivalentes, y b) Mando Superior que comprende el nivel de Comisionado Presidente, Comisionados, Titulares de Unidad y Directores Generales. Artículo 5.- La planeación de la estructura organizacional, es el proceso mediante el cual la DGA, dictamina y procesa la modificación de la estructura orgánica y ocupacional. Artículo 6.- La modificación de la estructura ocupacional será aprobada por acuerdo de la DGA, a propuesta de las Unidades Administrativas, siempre que se cuente con dictamen presupuestal emitido por la Dirección de Presupuesto y el funcional emitido por la DGARH, de conformidad con los lineamientos que para el efecto se expidan. Artículo 7.- La determinación de las funciones que correspondan a los puestos, de los requisitos y del perfil de los ocupantes, serán establecidos por las Unidades Administrativas y conforme a la metodología que al efecto determine la DGA. Artículo 8.- El Titular de la DGA, en el ámbito de sus atribuciones, realizará las acciones necesarias para que se cumpla lo establecido en las Disposiciones Generales, sin perjuicio de la observancia a los lineamientos o procedimientos que resulten aplicables y deriven de las normas de carácter administrativo, fiscal, laboral y de seguridad social. Artículo 9.- La DGA se apoyará para la aplicación de las Disposiciones Generales en la DGARH y la Dirección de Presupuesto. TÍTULO SEGUNDO De la Gestión de Talento CAPÍTULO I Del Sistema de Gestión de Talento Artículo 10.- El Sistema de Gestión de Talento tiene como objetivo promover la profesionalización y especialización de manera eficiente, transparente y en igualdad de condiciones para el personal de la COFECE. Artículo 11.- Para su debida implementación, el Sistema se integra de los siguientes procesos: I. Reclutamiento y selección; II. Ingreso; III. Desarrollo profesional; IV. Capacitación; V. Evaluación del desempeño de personal; VI. Incentivos y reconocimientos; VII. Derechos y obligaciones, y VIII. Separación. Artículo 12.- El Comité de Gestión de Talento es el órgano de planeación, coordinación, supervisión y evaluación del Sistema. Este Comité estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Comisión: I. Presidente: Un Comisionado, propuesto por el Comisionado Presidente y aprobado por el Pleno; II. Coordinador: El titular de la DGA; III. Secretario Técnico: El Director de Seguimiento y Control de la Dirección General de Planeación y Evaluación;
  • 89. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89 IV. Vocales: a) Un representante del Comisionado Presidente; b) El Director General de Planeación y Evaluación; c) El Titular de la Dirección General Adjunta de Asuntos Internacionales, y d) El Titular de la DGARH. En casos necesarios, le corresponderá al Comité resolver sobre la modificación a la integración del mismo. Artículo 13.- Los integrantes del Comité de Gestión de Talento tendrán voz y voto. Las decisiones se tomarán por mayoría de votación. Cuando exista empate el Presidente tendrá voto de calidad. Sólo los vocales del Comité, podrán nombrar suplentes cuando por causas de fuerza mayor no puedan asistir a la sesión a la que fueran convocados. El Comité de Gestión de Talento sesionará válidamente con la mayoría de sus miembros, podrá tener invitados especiales, con voz pero sin derecho a voto, en sus sesiones cuando la presencia sea necesaria para un tema específico de carácter técnico y coadyuve al logro de los objetivos del proyecto. Artículo 14.- El Comité de Gestión de Talento contará con las siguientes atribuciones: I. Opinar sobre las propuestas de disposiciones normativas para la operación del Sistema; II. Aprobar los mecanismos generales de selección y evaluación del Sistema; III. Aprobar las metodologías específicas de evaluación del desempeño de personal; IV. Aprobar las actas de sus sesiones; V. Aprobar el Programa Anual del Sistema y el Programa Anual de Capacitación; VI. Conocer de las excepciones para el ingreso de personal con el grado y serie más bajo del tabulador; VII. Aprobar las convocatorias internas que se le presenten, previa justificación del superior jerárquico en términos de lo dispuesto en la fracción II del artículo 19 de estas Disposiciones Generales; VIII. Determinar la creación de los grupos de trabajo necesarios para el funcionamiento del Sistema y los miembros que deban integrarlas; IX. Resolver sobre las solicitudes de beca y capacitaciones internacionales para la realización de estudios de especialización o posgrado; X. Resolver sobre las solicitudes de intercambio de servidores públicos con instituciones afines en el país o en el extranjero; XI. Resolver solicitudes de licencias con o sin goce de sueldo; XII. Evaluar anualmente la operación y resultados del Sistema, a fin de dictar las medidas o recomendaciones que permitan mejorar su operación y resultados; XIII. Informar semestralmente al Pleno de sus actividades, y XIV. Las demás que le confieran las Disposiciones Generales. Le corresponde al titular de la DGA proporcionar al Comité de Gestión de Talento la información necesaria para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, así como las propuestas de operación necesarias para el adecuado funcionamiento del Sistema. Artículo 15.- La normativa que se emita en materia de Gestión de Talento se regirá por lo siguiente: I. Igualdad de oportunidades para el ingreso, promoción, otorgamiento de incentivos, reconocimientos y para la capacitación del personal, con base en la experiencia, desempeño, aptitudes, conocimientos y en los resultados de la evaluación del desempeño de personal, y II. Capacitación y desarrollo del personal relacionado con la actividad sustantiva. Artículo 16.- Corresponde al Titular de la DGA las siguientes atribuciones: I. Analizar los resultados de la evaluación del desempeño de personal con el fin de detectar áreas de oportunidad; II. Emitir los lineamientos que se deriven de las Disposiciones Generales; III. Someter a consideración del Comité de Gestión de Talento el Programa Anual del Sistema y el Programa Anual de Capacitación;
  • 90. 90 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 IV. Ejecutar, controlar y supervisar los procedimientos establecidos en las Disposiciones Generales; V. Emitir las disposiciones que regirán en particular, la forma y tiempos en que deberán solicitarse las modificaciones, cambios de adscripción y transferencias de los puestos; VI. Emitir las convocatorias de rotación del personal; VII. Aprobar los lineamientos de carácter administrativo para la operación de los procesos del Sistema; VIII. Formular las propuestas de incremento, actualización o adecuación a los tabuladores; IX. Determinar la metodología para el establecimiento de las funciones que correspondan a los puestos, de los requisitos y del perfil de los ocupantes; X. Promover las aplicaciones y soluciones tecnológicas en la sistematización de los procedimientos y la información en materia de organización y recursos humanos; XI. Establecer los mecanismos de control, validación y seguimiento de la estructura ocupacional; XII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en relación a la materia de modificación de estructuras y/o asignación de las plazas que soliciten las Unidades Administrativas; XIII. Actualizar los organigramas de las Unidades Administrativas; XIV. Apoyar a las Unidades Administrativas en la elaboración de la descripción, perfil y valuación de puestos; XV. Actualizar el Catálogo de Puestos, y XVI. Las demás que deriven de las Disposiciones Generales. CAPÍTULO II Del reclutamiento y selección Artículo 17.- La etapa de reclutamiento tendrá como objetivo atraer aspirantes internos y externos que cumplan con la descripción de perfiles, competencia y requisitos para ocupar un puesto dentro de la Comisión. Dicha etapa se inicia cuando se genera una vacante o se crea una plaza nueva en alguna de las Unidades Administrativas y el área responsable solicita a la DGA su ocupación. Artículo 18.- El concurso será la vía primordial para la ocupación de vacantes, el cual se llevará a cabo mediante la emisión de convocatoria pública. Artículo 19.- La convocatoria pública será: I. Abierta: Para el proceso de ingreso en el que podrá participar cualquier persona interesada, que cumpla los requisitos y el perfil del puesto, o II. Interna: Para el proceso de ascenso o promoción del personal de la Comisión. El superior jerárquico justificará los motivos para emitir convocatoria interna y los someterá a aprobación del Comité de Gestión de Talento. Artículo 20.- Las convocatorias públicas abiertas deberán ser distribuidas en todos los medios posibles que permitan su más amplia difusión. Artículo 21.- Las fuentes de reclutamiento para ocupar plazas vacantes son las siguientes: I. Servidores públicos en activo, y II. Aspirantes externos. Artículo 22.- Las convocatorias para concursar cualquier plaza contendrán, cuando menos, la siguiente información: I. Características del puesto; II. Funciones principales a desempeñar; III. Requisitos para concursar el puesto, que aseguren el profesionalismo y la experiencia en el área que se concurse, de acuerdo con el Catálogo de Puestos; IV. La documentación necesaria para participar por el puesto a concurso; V. Fecha límite de entrega de dicha documentación; VI. Fecha de aplicación de las evaluaciones y/o exámenes correspondientes, y VII. Fecha en que se comunicará la determinación.
  • 91. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 91 Artículo 23.- El concurso deberá considerar al menos las evaluaciones de habilidades, capacidades o conocimientos generales y conocimientos técnicos sobre el puesto para el que se concursa, a fin de asegurar que el candidato cumple con el perfil requerido. Artículo 24.- Para el registro de los aspirantes, la DGA establecerá un mecanismo que permita asignar un número de folio personal y que permita mantener el anonimato de los datos de los aspirantes que cubran los requisitos y sean aceptados en los procesos de selección. Este número de folio será el medio de identificación de los aspirantes que les permitirá dar seguimiento al proceso de selección, hasta la etapa de entrevistas. Artículo 25.- El proceso de selección deberá asegurar la participación en igualdad de género, de oportunidades, así como el reconocimiento y valoración del personal interno conforme a los resultados de la evaluación del desempeño de personal. Artículo 26.- En caso de que exista igualdad de calificaciones en las evaluaciones del concurso cerrado, se ponderarán los siguientes criterios: I. Al servidor público de la Comisión que haya obtenido una mayor calificación en la evaluación del desempeño de personal; II. A quien haya impartido capacitación interna, y III. Quien haya obtenido mejores resultados en las capacitaciones recibidas. El criterio de desempate para concursos abiertos será el siguiente: I. Posea mayor experiencia para el área requerida, y II. Posea mayor grado académico. Artículo 27.- El aspirante que haya sido designado para ocupar una plaza vacante no podrá participar en el mecanismo de selección para la ocupación de otra, hasta después de un año. CAPÍTULO III Del ingreso Artículo 28.- El ingreso se llevará a cabo conforme a las presentes Disposiciones Generales y aquellas de carácter laboral, administrativo y presupuestario que resulten aplicables. Artículo 29.- Para que se lleve a cabo la ocupación de un puesto de igual o mayor jerarquía, es indispensable la existencia de una plaza vacante. Artículo 30.- El ingreso comprende el reclutamiento y la selección de aspirantes, la ocupación de vacantes, así como la expedición de nombramientos y la adscripción en los puestos establecidos en el Catálogo de Puestos. Artículo 31.- En el ingreso no se discriminará a nadie por razones de sexo, edad, capacidades diferentes, religión, estado civil, origen étnico, condición social, preferencia sexual, estado de salud, gravidez o cualquier otra. Artículo 32.- El ingreso será con el grado y serie más bajo de la estructura salarial del tabulador. En casos justificados por el titular de la Unidad Administrativa, se podrá ingresar con el nivel salarial de la plaza vacante. Dichos casos deberán ser aprobados por el Comité de Gestión de Talento. Artículo 33.- Serán procesos de ingreso y ocupación de puestos vacantes: I. La promoción; II. El concurso celebrado mediante convocatoria pública abierta; III. La incorporación temporal por licencias, y IV. La designación directa en los casos previstos por la LFCE, Titulares de Unidad, Directores Generales, personal que reporte de manera directa a los integrantes del Pleno, así como en aquellos casos de niveles de personal operativo y enlace que determine el titular de la Unidad Administrativa que corresponda. Estos procesos de ingreso se regirán por los procedimientos específicos que emita la DGA. Artículo 34.- En casos extraordinarios y cuando por la alta especialización del perfil y la urgencia en la ocupación de la vacante amerite, a juicio del Titular de la Unidad Administrativa, un proceso expedito, se podrá ocupar una vacante mediante la presentación de ternas, cumpliendo con los procedimientos específicos que emita la DGA.
  • 92. 92 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 CAPÍTULO IV Del desarrollo profesional Artículo 35.- El desarrollo profesional del personal, es el proceso que tiene por objetivo que los servidores públicos adquieran nuevos conocimientos, se especialicen, desarrollen nuevas habilidades que les proporcionen elementos para ocupar plazas vacantes de igual o mayor jerarquía, en puestos acordes a su perfil y especialidad. A través de este proceso se buscará el desarrollo y crecimiento profesional de los servidores públicos. Artículo 36.- El desarrollo profesional podrá resultar en trayectorias verticales, horizontales y bajo un esquema de especialización, en los distintos puestos de la estructura, de acuerdo con lo siguiente: I. Trayectorias verticales o ascensos, que implican movimientos a posiciones ascendentes, donde las funciones son más complejas y de mayor responsabilidad; II. Trayectorias horizontales que pueden implicar promociones con movimientos de puesto, o salariales en un mismo nivel de responsabilidad, siempre que se cumplan condiciones de equivalencia u homologación, y III. Rotación en las propias áreas de adscripción o en otras áreas, conservando el mismo nivel jerárquico y salarial del puesto, con fines de desarrollo del talento y adquisición de experiencia práctica en diferentes Unidades Administrativas. Artículo 37.- La evaluación del desempeño de personal y las acciones de capacitación servirán para conocer la afinidad del candidato con el perfil del puesto, por lo que los ascensos y promociones deberán sustentarse en los resultados de ésta. Artículo 38.- Los servidores públicos adscritos en áreas sustantivas podrán estar sujetos a un programa de rotación con otras Unidades Administrativas, en un puesto tipo o análogo, de acuerdo con las necesidades del servicio. Dicho programa es un esquema de formación integral de los servidores públicos, el que permitirá adquirir conocimientos integrales y desarrollo de habilidades para desempeñarse en diversos puestos. Artículo 39.- El esquema de rotación será temporal y se llevará de acuerdo con las necesidades del servicio en la Comisión, así como a los intereses de desarrollo profesional, laboral y personal de los servidores públicos. Artículo 40.- La promoción permite a los servidores públicos tener acceso a un grado y/o serie más alto en la estructura de remuneraciones, sin tener que cambiar de puesto, en función de los resultados de la evaluación del desempeño de personal, la capacitación, los méritos, así como la disponibilidad presupuestal con que se cuente. En caso de que un servidor público tenga resultados sobresalientes en la evaluación del desempeño de personal, y previa autorización del Comité de Gestión de Talento, se podrá aplicar una promoción hasta por dos series. Artículo 41.- Las promociones serán programadas anualmente de conformidad con la disponibilidad presupuestaria, pudiendo aplicarse en cualquier fecha del año, sujetándose a la determinación de la Dirección de Presupuesto sobre disponibilidad presupuestaria, de acuerdo a los criterios que emita la DGA. Le corresponde a la Dirección de Presupuesto determinar, de manera anual, si se cuenta con disponibilidad presupuestal para llevar a cabo promociones. Artículo 42.- La promoción estará sujeta a la emisión de convocatoria cuando existan los recursos presupuestales que permitan la movilidad en series y grados. Como requisito para que los servidores públicos tengan acceso a una serie o un grado superior, deberán obtener una calificación igual o superior a ocho punto cinco en una escala de cero a diez en la evaluación del desempeño de personal y cumplir con los siguientes requisitos: Cuando ingresen con el grado y serie más bajo de la estructura salarial del tabulador: Grado A Serie 1 Ingreso Serie 2 Tener por lo menos un año en la Comisión Serie 3 Tener por lo menos año y medio en la Comisión Serie 4 Tener por lo menos dos años en la Comisión Serie 5 Tener por lo menos dos años y medio en la Comisión
  • 93. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 93 Grado B Serie 1 Tener por lo menos tres años en la Comisión Serie 2 Tener por lo menos tres años y medio en la Comisión Serie 3 Tener por lo menos cuatro años en la Comisión Serie 4 Tener por lo menos cuatro años y medio en la Comisión Serie 5 Tener por lo menos cinco años en la Comisión Grado C Serie 1 Tener por lo menos cinco años y medio en la Comisión Serie 2 Tener por lo menos seis años en la Comisión Serie 3 Tener por lo menos seis años y medio en la Comisión Serie 4 Tener por lo menos siete años en la Comisión Serie 5 Tener por lo menos siete años y medio en la Comisión Aquellos servidores públicos que no ingresen con el grado y serie más bajo de la estructura salarial del tabulador, a partir del grado y serie que ingresen, deberán tener por lo menos año y medio para poder ascender a la siguiente serie y así sucesivamente. Artículo 43.- Los movimientos salariales en la estructura ocupacional se basarán estrictamente en los procesos de promoción y ascenso que regulan las Disposiciones Generales. CAPÍTULO V De la capacitación Artículo 44.- La DGA, a través de la DGARH, llevará a cabo la Detección de Necesidades de Capacitación, que será la base del Programa Anual de Capacitación, del cual se informará al Comité de Gestión de Talento. Con esta detección de necesidades, se determinarán las acciones de capacitación, tanto obligatorias como optativas, considerando las condiciones, características y necesidades particulares de los puestos, para proponer acciones diferenciadas de capacitación para cada uno de ellos. Artículo 45.- La capacitación tendrá los siguientes objetivos: I. Desarrollar, complementar, incrementar o actualizar los conocimientos y habilidades del personal; II. Preparar al personal para funciones de mayor responsabilidad y jerarquía, y III. Propiciar el comportamiento ético del personal, a través del desarrollo humano y de los valores institucionales. Artículo 46.- El proceso de capacitación se regirá por lo siguiente: I. Transmitir los conocimientos básicos requeridos por los servidores públicos sobre el marco jurídico de actuación establecidos en la LFCE; II. Especializar, actualizar y/o complementar la educación formal que estén relacionadas con el puesto desempeñado, y III. Proporcionar opciones de superación institucional, profesional y personal dentro de la Comisión. Artículo 47.- La capacitación se integrará de cursos obligatorios y optativos, los cuales deberán estar vinculados a las funciones y necesidades de desarrollo de los servidores públicos, a fin de que dominen los conocimientos y desarrollen las habilidades necesarias para el adecuado desarrollo de sus funciones. Los servidores públicos deberán obtener calificaciones aprobatorias en los cursos obligatorios. Las calificaciones aprobatorias se establecerán en los lineamientos respectivos. Artículo 48.- La inscripción a cursos de capacitación optativos por parte de los servidores públicos deberá contar con la autorización del Titular de la Unidad Administrativa o del Director General o titular del área de su adscripción. Artículo 49.- La COFECE podrá celebrar convenios con instituciones educativas, centros de investigación e instituciones públicas o privadas, con el fin de que se realicen intercambios, estudios, estancias profesionales, investigaciones, impartición o participación en cursos especializados y cualquier otra modalidad de capacitación que se estime conveniente, que coadyuve a cubrir las necesidades institucionales de formación profesional de los servidores públicos.
  • 94. 94 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 De acuerdo con el presupuesto autorizado, la COFECE cubrirá los gastos que se originen con motivo de los cursos que se impartan; o en su caso apoyará a los servidores públicos para el logro de objetivos de la capacitación. Artículo 50.- La COFECE podrá celebrar convenios de intercambio de servidores públicos con instituciones afines en el país o en el extranjero para llevar a cabo proyectos de formación, alta especialización, investigación o pasantías estrictamente relacionadas y vinculadas con las funciones y materia del quehacer institucional de la Comisión. En estos casos, y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, podrá apoyar mediante el otorgamiento de becas, pago de viáticos y de transporte dentro del territorio nacional, o en el extranjero, previa autorización del Titular de la Unidad Administrativa que requiera y justifique los beneficios que reportará a la Comisión, sujetándose a las disposiciones establecidas en los convenios respectivos. Artículo 51.- En el caso de capacitaciones en el extranjero, se analizarán con base en méritos del servidor público y criterios de calidad de la pasantía o capacitación propuesta, al igual que la pertinencia y relevancia de éstas para cumplir con los objetivos de la Comisión y con el análisis de los sectores prioritarios establecidos en el Plan Estratégico. Los apoyos económicos se harán conforme a la disponibilidad presupuestal y a lo establecido en el convenio respectivo. Artículo 52.- La DGA debe emitir los lineamientos en los que se establecerá el procedimiento por el cual los servidores públicos de la Comisión podrán obtener becas para cursos, diplomados o programas de educación formal en instituciones nacionales. De igual manera, en coordinación con la Unidad de Planeación, Vinculación y Asuntos Internacionales, se establecerá en dichos lineamientos lo concerniente a las capacitaciones internacionales y en su caso, otorgamiento de becas. Artículo 53.- Los servidores públicos podrán obtener apoyo económico para la realización de capacitaciones internacionales en el extranjero de conformidad con los requisitos que se establezcan en los lineamientos correspondientes, previo conocimiento del Comité de Gestión de Talento. CAPÍTULO VI De la evaluación del desempeño de personal Artículo 54.- La evaluación del desempeño de personal es el conjunto de procedimientos para llevar a cabo la medición y valoración cuantitativa y cualitativa del rendimiento de los servidores públicos en su puesto. Ésta operará a través de un grupo de indicadores previamente definidos por cada Unidad Administrativa, para un periodo de evaluación determinado, con el fin de proporcionar la retroalimentación que refuerce acciones de mejora, y en su caso, el establecimiento de planes de acción para llevarlas a cabo. Artículo 55.- La evaluación del desempeño de personal tiene como objetivos, los siguientes: I. Evaluar a los servidores públicos en el cumplimiento de sus funciones, tomando en cuenta las metas establecidas, la capacitación recibida y su contribución al cumplimiento de las funciones de su área; II. Determinar, en su caso, el otorgamiento de incentivos al desempeño destacado; III. Determinar la posibilidad de promoción del servidor público; IV. Identificar los casos de desempeño no satisfactorio, para establecer un plan de trabajo que permita al servidor público desarrollar habilidades para mejorar su desempeño, y V. Detectar las necesidades de capacitación de los servidores públicos. Los criterios específicos se establecerán en los lineamientos que para el efecto emita la DGA. CAPÍTULO VII De los incentivos Artículo 56.- Los incentivos son los reconocimientos, beneficios o retribuciones, que la COFECE podrá otorgar a los servidores públicos, pudiendo ser económicos o no económicos, de conformidad con la disponibilidad presupuestal, y atendiendo los lineamientos que para el efecto emita la DGA. CAPÍTULO VIII Del período vacacional, días de descanso, suspensión de labores y licencias Artículo 57.- El personal gozará de vacaciones y días de descanso obligatorios en las fechas en que se suspendan labores, atendiendo a lo dispuesto en el Acuerdo correspondiente, mediante el cual la Comisión Federal de Competencia Económica da a conocer el calendario de suspensión de labores, para el año que corresponda.
  • 95. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95 Artículo 58.- Cuando por necesidades de la COFECE un servidor público no pueda disfrutar del período vacacional, disfrutará de ellas una vez que haya desaparecido la causa que impidió el disfrute de éstas, previa autorización del Titular del Área o del Director General, sin que proceda acumulación de periodos. En caso de que el servidor público no haya podido disfrutar del periodo vacacional, éste no podrá ser compensado con remuneración alguna. Artículo 59.- La licencia es el acto por el cual un servidor público, previa autorización del Titular de la Unidad Administrativa en la que se encuentre adscrito, puede dejar de desempeñar las funciones propias de su cargo de manera temporal, previa justificación y de manera excepcional. Artículo 60.- Para obtener una licencia, el servidor público deberá tener una antigüedad en la COFECE superior a un año y dirigir su solicitud por escrito al Titular de la Unidad Administrativa al que se encuentre adscrito. Artículo 61.- El personal podrá gozar de una licencia sin goce de sueldo cuando ocurran y se acrediten circunstancias en que resulte indispensable para el servidor público separarse del servicio. La autorización debe otorgarse conforme a las siguientes consideraciones: I. Hasta por treinta días naturales al año, a quienes tengan más de un año de antigüedad; II. Hasta por sesenta días naturales al año, a quienes tengan de un año seis meses un día a tres años de antigüedad; III. Hasta por noventa días naturales al año, a quienes tengan más de tres años de antigüedad, y IV. Hasta por doce meses, a quienes tengan un año de antigüedad y que hayan sido admitidos en un programa de posgrado o especialización, que requiera tiempo completo. Corresponderá a la DGA autorizar, en casos extraordinarios, que se dupliquen los días de licencia, a propuesta del Titular de la Unidad Administrativa del servidor público que lo solicite. Artículo 62.- La solicitud de licencia sin goce de sueldo deberá presentarse por escrito con el visto bueno del Titular de Unidad Administrativa ante la DGA, con veinte días naturales de anticipación a la fecha de su inicio. En casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá presentar hasta con tres días hábiles de anticipación. Artículo 63.- La DGA comunicará la resolución al interesado mediante oficio. En caso de aprobación, la DGARH expedirá el formato de notificación que corresponda en el que se hará constar la fecha de inicio y término de la licencia. Artículo 64.- Cuando el servidor público se reincorpore a su plaza y al desempeño de su puesto, podrá hacer uso inmediato de todas las prestaciones a que tiene derecho como servidor público. Artículo 65.- Se podrán otorgar licencias con goce de sueldo por los motivos siguientes: I. Paternidad y cuidados paternos; II. Adopción; III. Matrimonio civil, y IV. Fallecimiento de cónyuge, concubina o concubinario, de ascendiente o descendiente en primer grado. Artículo 66.- La licencia por paternidad tiene lugar con motivo del nacimiento de uno o más hijos y comprende cinco días hábiles consecutivos, contados a partir del día del nacimiento. Deberá solicitarse por el servidor público, cuando sea posible, por lo menos tres días antes del nacimiento; en caso contrario, deberá informarlo al área de adscripción y presentar, dentro de los diez días hábiles posteriores, el certificado médico de nacimiento del menor, expedido por un centro de salud público o privado que acredite su paternidad. Además, en un plazo que no exceda de treinta días naturales, deberá presentar al área de su adscripción el acta de nacimiento correspondiente, documento que deberá ser remitido a la DGARH para los efectos conducentes. Artículo 67.- La licencia por paternidad, es aplicable únicamente a los servidores públicos, más no a las servidoras públicas, en tanto que éstas gozan de la licencia por maternidad prevista por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
  • 96. 96 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Artículo 68.- La licencia por adopción tiene lugar cuando un servidor público adopte, individualmente o en pareja, a un menor, la licencia será de cinco días. Si la persona adoptada es recién nacida y su vida está en peligro, la licencia podrá ser hasta de veinte días hábiles. En el supuesto de que la adopción sea de dos o más personas, los periodos no serán acumulables. El servidor público deberá presentar, dentro de los quince días naturales siguientes al goce de la licencia, copia del documento que avale la adopción. Artículo 69.- Las licencias por matrimonio civil se otorgarán hasta por diez días hábiles. La solicitud deberá presentarse cuando menos quince días naturales antes del evento. El servidor público deberá presentar, dentro de los quince días naturales siguientes al goce de la licencia, copia del acta de matrimonio. Artículo 70.- Por fallecimiento de cónyuge, concubina o concubinario, ascendiente o descendiente en primer grado, se otorgará licencia hasta por cinco días hábiles. En este caso el servidor público deberá informar el suceso al Titular de la Unidad Administrativa, quien lo hará del conocimiento de la DGARH por escrito para la validación correspondiente. Dentro del plazo de treinta días naturales posteriores al deceso que motivó la licencia, se deberá presentar el acta de defunción correspondiente ante DGARH, para acreditar la legitimidad de la misma. Artículo 71.- En el supuesto de no presentarse el documento comprobatorio que justifique la procedencia de alguna de las licencias a que se refiere este Capítulo, se considerará que se otorgó sin goce de sueldo, con independencia de las medidas administrativas que, en su caso, resulten aplicables por faltas injustificadas o el abandono del empleo. Artículo 72.- Cualquier otro tipo de licencia con goce de sueldo no podrá ser mayor a un mes y se autorizará exclusivamente por causas relacionadas con la capacitación del servidor público vinculadas al ejercicio de sus funciones o por motivos justificados, salvo los casos extraordinarios que autorice el Comité. La solicitud deberá contar con el visto bueno del Titular de la Unidad Administrativa de adscripción del solicitante y será autorizada por el Comité de Gestión de Talento. Artículo 73.- La COFECE podrá realizar contrataciones por tiempo determinado para cubrir una plaza vacante, por el tiempo que dure la licencia sin goce de sueldo. Artículo 74.- Bajo ningún supuesto adicional a los previstos por el presente Capítulo, los servidores públicos podrán ausentarse de manera injustificada de su jornada laboral. Cuando exista causa justificada de retiro de la jornada o falta de asistencia, deberá expedir una constancia el superior inmediato. CAPÍTULO IX De los derechos, obligaciones y separación Artículo 75.- Para efectos de las Disposiciones Generales, los servidores públicos tendrán los siguientes derechos: I. A que se le expida el nombramiento como servidor público de la COFECE, una vez cubiertos los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables; II. A percibir las remuneraciones correspondientes a su puesto, además de los estímulos que se prevean en el presente ordenamiento y en el Manual de Remuneraciones de los servidores públicos; III. A tener acceso a la capacitación y actualización en los términos de las Disposiciones Generales para el mejor desempeño de sus funciones; IV. A ser evaluado con base en los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y profesionalismo, y conocer el resultado de las evaluaciones que haya sustentado, y V. A las demás que se deriven de las Disposiciones Generales. Artículo 76.- Para efectos de las Disposiciones Generales, son obligaciones de los servidores públicos: I. Ejercer sus funciones con estricto apego a los principios que rigen el Sistema de Gestión de Talento; II. Participar y aprobar las evaluaciones de desempeño de personal y capacitación; III. Aportar los elementos necesarios para la evaluación de su desempeño;
  • 97. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 97 IV. Participar en los programas de capacitación obligatoria que comprende la actualización, especialización y educación formal, sin menoscabo de otras condiciones de desempeño que deba cubrir, en los términos que establezca su nombramiento; V. Observar el Código de Ética y Conducta; VI. Asistir puntualmente a sus labores; VII. Proporcionar la información y documentación de los asuntos que lleva al momento de su separación, así como los asuntos pendientes, especificando aquellos prioritarios, al servidor público que se designe para suplirlo en sus ausencias temporales o definitivas; VIII. Abstenerse de incurrir en actos u omisiones que pongan en riesgo la seguridad del personal, bienes, documentación u objetos de la COFECE o de las personas que allí se encuentren; IX. Excusarse de conocer asuntos que puedan implicar conflicto de intereses con las funciones que desempeña; X. Desempeñar sus labores con cuidado y esmero apropiados, observando las instrucciones que reciban de sus superiores jerárquicos; XI. Mantener actualizados sus conocimientos y habilidades de acuerdo con su puesto y nivel de especialidad, requerido para el adecuado desempeño de sus funciones; XII. Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos que conozca, en términos de la Ley de la materia, y XIII. Las demás que señalen las Disposiciones Generales. Artículo 77.- El nombramiento o designación de los servidores públicos sólo dejará de surtir efectos sin responsabilidad para la COFECE, cuando incurra en alguna de las causas que establece el artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional. Artículo 78.- Con independencia de lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, no podrán laborar en la misma Unidad Administrativa, a que se refiere la fracción XXXIV del artículo 3 de estas Disposiciones Generales, servidores públicos que guarden relación familiar, incluyendo su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles. Artículo 79.- Las Unidades Administrativas deben de comunicar a la DGA, las bajas de los servidores públicos que les estén adscritos, en un plazo de tres días hábiles a partir de la separación, a efecto de que se tomen las previsiones necesarias para no generar pagos indebidos y realice los demás trámites que en su caso procedan. Artículo 80.- Los servidores públicos, de conformidad con la disponibilidad presupuestal, podrán gozar del apoyo parcial o total de servicio de comedor en las instalaciones de la Comisión o fuera de éstas, ya sea mediante dotación de vales, prestación directa del servicio o mediante la celebración de convenios con establecimientos, así como de apoyo en actividades de formación, deportivas, recreativas y de esparcimiento. TÍTULO TERCERO De los becarios y el servicio social Artículo 81.- La Comisión gestionará un programa de servicio social, prácticas profesionales o de becarios, con diversas instituciones de educación superior a fin de que los estudiantes puedan llevar a cabo proyectos específicos o de investigación, en los horarios y con los servicios y apoyos económicos o en especie, que determine la DGA, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria con que cuente. El tiempo de elaboración de proyecto deberá ser no menor de seis meses y no mayor a dos años, y no será prorrogable. Artículo 82.- Los becarios procedentes de instituciones afines del país o del extranjero, recibirán los apoyos que se hayan establecido en el convenio respectivo. La COFECE expedirá los documentos que acrediten la conclusión de las actividades de estudio y práctica profesional de conformidad con el tipo de proyecto de formación, alta especialización o investigación que hayan llevado a cabo. Artículo 83.- Al concluir con su programa de formación, los estudiantes deberán reincorporarse a su institución académica. Artículo 84.- Las Unidades Administrativas solicitarán a la DGARH, el número de prestadores de servicio social, prácticas profesionales o becarios que requieran, de acuerdo con sus necesidades.
  • 98. 98 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Artículo 85.- El prestador de servicio social, de prácticas profesionales o becario que se asigne, deberá desarrollar actividades dentro del programa por el cual fue solicitado y desempeñar funciones de acuerdo con su perfil académico. Artículo 86.- Los prestadores de servicio social, prácticas profesionales o becarios deberán reportar mensualmente y por escrito a su Unidad Administrativa y a la DGARH, los avances correspondientes al desarrollo de sus tareas. La DGARH remitirá los reportes a las instituciones educativas correspondientes. TÍTULO CUARTO De las disposiciones finales Artículo 87.- Corresponde a la DGA interpretar las Disposiciones Generales para efectos administrativos y resolver sobre los casos no previstos, así como emitir los criterios o disposiciones complementarias, observando los principios y criterios señalados en las mismas. En caso de que por motivos plenamente justificados se requiera de la excepción de alguna de las disposiciones establecidas en el presente instrumento el Comité de Gestión de Talento podrá presentarlo al Pleno para su resolución, a petición del Secretario Técnico, la Autoridad Investigadora o alguno de los Comisionados. TRANSITORIOS Primero.- Las disposiciones del presente Acuerdo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Para el cumplimiento de lo previsto en el presente Acuerdo, se abrogan las Disposiciones que Regulan el Reclutamiento, Selección e Ingreso del Personal en la Comisión Federal de Competencia Económica, publicadas por el Titular de la Dirección General de Administración el 30 de septiembre de 2013, así como las Disposiciones que Regulan la Capacitación de los Servidores Públicos de la Comisión Federal de Competencia Económica, publicadas por el Titular de la Dirección General de Administración, el 21 de noviembre de 2013. Tercero.- La DGA emitirá el Catálogo de Puestos dentro de los sesenta días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones Generales. Cuarto.- La DGA emitirá los procedimientos específicos para el desahogo de los procesos de ingreso y ocupación de vacantes, así como los lineamientos para la elaboración y aplicación de metodologías, mecanismos y herramientas de evaluación de los procesos del Sistema, dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor de las Disposiciones Generales. La implementación de los procesos del Sistema dará inicio a más tardar dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la emisión de los lineamientos señalados en el párrafo anterior. Quinto.- Los derechos adquiridos, por los servidores públicos de la extinta Comisión Federal de Competencia, en materia laboral y de seguridad social antes de la constitución de la Cofece como un Órgano Autónomo, seguirán vigentes. Sexto.- Los trámites de ingreso y ocupación de vacantes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de las Disposiciones Generales continuarán hasta su conclusión en términos de la normatividad vigente al momento de su inicio. Séptimo.- Para efectos de los artículos 42 y 60 de las Disposiciones Generales, el plazo de inicio para la obtención de licencias y promociones se contará a partir de la constitución de la Comisión como Órgano Autónomo. Así lo acordó y firmó el Pleno, por unanimidad de votos, en sesión del diez de septiembre de dos mil quince, con fundamento en los artículos citados a lo largo del presente acuerdo y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28, párrafos décimo cuarto y vigésimo, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior, ante la fe del Secretario Técnico, quien actúa con fundamento en los artículos 4, fracción IV, 18 y 20 fracciones XXVI, XXVII y LVI del Estatuto Orgánico de la COFECE. La Presidenta, Alejandra Palacios Prieto.- Rúbrica.- Los Comisionados: Jesús Ignacio Navarro Zermeño, Martín Moguel Gloria, Benjamín Contreras Astiazarán, Alejandro Ildefonso Castañeda Sabido, Francisco Javier Núñez Melgoza y Eduardo Martínez Chombo.- Rúbricas.- El Secretario Técnico, Roberto I. Villarreal Gonda.- Rúbrica.
  • 99. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 99 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito Guanajuato EDICTO Tercero Interesado: José Constantino Rosalío Naranjo García. Por este conducto, se ordena emplazar al tercero interesado: José Constantino Rosalío Naranjo García, dentro del juicio de amparo directo 63/2015, promovido por Gibrán Orozco Mendoza contra actos del Magistrado de la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y otras autoridades, en cuya demanda de garantías se señala: IV. Acto reclamado: la sentencia de 12 de Septiembre de 2011, dictada en el toca 204/2011. VI. Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14, 16 y 20. Se hace saber al tercero interesado de mérito que debe presentarse ante este tribunal colegiado, a defender sus derechos, apercibido que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal. Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente. Guanajuato, Gto., veintinueve de septiembre de 2015. La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito. Lic. Angélica María Flores Veloz. Rúbrica. (R.- 420939) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito Guanajuato EDICTO TERCERA INTERESADA: LA MENOR CON LAS SIGLAS JPTG, REPRESENTADA POR SU PROGENITORA MA. DOLORES GARCÍA HERNÁNDEZ Por este conducto, se ordena emplazar a la menor tercera interesada con las siglas JPTG, representada por su progenitora Ma. Dolores García Hernández, dentro del juicio de amparo 681/2014, promovido por José de Jesús Torres Padilla, por conducto de su defensor particular Christian Serna Hernández, contra actos del Magistrado de la Segunda Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y otras autoridades en cuya demanda de amparo se señalan: Acto reclamado: la sentencia de 1 de septiembre de 2014, dictada en el toca 174/2014. Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 14, 16, 17 y 22. Se hace saber a la tercera interesada de mérito que debe presentarse ante este Tribunal Colegiado, a defender sus derechos, apercibida que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal. Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente. Guanajuato, Gto., 30 de septiembre de 2015. La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito. Angélica María Flores Veloz. Rúbrica. (R.- 420941)
  • 100. 100 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito EDICTO Al margen sello con Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. En los autos del juicio de amparo directo 106/2015, promovido por IHAM SOLIS DÍAZ, contra la sentencia de ocho de abril de dos mil quince, dictada por la Tercera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México con residencia en Ecatepec de Morelos, en el toca de apelación 09/2015, se ordenó correr traslado al tercero interesado DAVID VILCHIS SALCEDO, por medio de edictos, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal, en defensa de sus intereses si así lo estima conveniente; queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos del Tribunal, copia simple de la demanda de amparo. También se le apercibe para que en caso de no comparecer por sí o por medio de su representante legal, dentro del término referido, se tendrá por hecho el emplazamiento y las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fije en un lugar visible y de fácil acceso a este Tribunal. Toluca, Estado de México, uno de octubre de dos mil quince. Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito. Licenciada Rosalva Carranza Peña Rúbrica. (R.- 420425) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de México Naucalpan de Juárez EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado 14o de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez. A: treinta de septiembre de dos mil quince. En el juicio de amparo 495-2015-I-C, promovido por Héctor Jiménez Ramírez, se ordenó emplazar al tercero interesado Armando Francisco Rivera Beltrán, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le corresponda en el juicio de garantías citado. En la demanda respectiva se señaló se señaló como acto reclamado la confirmación del auto de plazo constitucional de vinculación a proceso, como autoridades responsables a la Primera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, y como preceptos constitucionales violados, los artículos 1°, 14, 16, 17, 19, 20, 21 y 133. Se hace del conocimiento del tercero interesado que la audiencia constitucional se fijó para las nueve horas con dieciséis minutos del cinco de octubre de dos mil quince, la cual se diferirá hasta en tanto el expediente esté debidamente integrado. Teniendo 30 días hábiles para comparecer a partir de la última publicación. Queda a su disposición copia de la demanda. El Secretario. Salvador Leyva Nava Rúbrica. (R.- 420438) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado H. Matamoros, Tamaulipas EDICTO Terceros interesados Blanca Aurora Beltri Coria y Juan Francisco Caballero de la Rosa, por este conducto se les comunica que Yessica Anamidia García Dávalos, promovió demanda de amparo, en el que reclama la resolución de segunda instancia número veinte de dieciocho de febrero de dos mil quince y su ejecución, derivados del toca civil 19/2015, deducido del juicio hipotecario número 500/2012, radicado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, con sede en esta ciudad, registrándose la misma bajo el número 248/2015-VIII; por lo que se les hace saber que se ordenó su emplazamiento al presente juicio de amparo; asimismo, que deberán comparecer, si así conviniere a sus intereses, ante este Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de
  • 101. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 101 Tamaulipas, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto, el cual se publicará tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta localidad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se les realizarán por lista que se publica en este Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo. Matamoros, Tamaulipas, a 22 de septiembre de 2015. El Juez de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas. Lic. Francisco Javier Cavazos Argüelles. Rúbrica. La Secretaria. Lic. María Dolores Camacho Díaz. Rúbrica. (R.- 420772) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito EDICTO Al margen sello con Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. En los autos del juicio de amparo directo 150/2015, promovido por ANDRÉS DE LA CRUZ CHÁVEZ, contra la sentencia de siete de abril de dos mil nueve, dictada por la Primera Sala Colegiada Penal de Toluca del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 71/2009, se ordenó correr traslado a la tercera interesada Inés Primero Flores, por medio de edictos, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal, en defensa de sus intereses si así lo estiman conveniente; queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos del Tribunal, copia simple de la demanda de amparo. También se le apercibe para que en caso de no comparecer por sí o por medio de su representante legal, dentro del término referido, se tendrá por hecho el emplazamiento y las ulteriores notificaciones se les harán por lista que se fije en un lugar visible y de fácil acceso a este Tribunal. Toluca, Estado de México, treinta de septiembre de dos mil quince. Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito. Licenciada Rosalva Carranza Peña. Rúbrica. (R.- 420417) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado 2do. de Distrito Villahermosa, Tabasco EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Juzgado Segundo de Distrito, Villahermosa, Tabasco, veintidós de septiembre de dos mil quince. A: el tercero interesado Francisco Jiménez. En el juicio de amparo 1605/2013-III, promovido por Maday Trinidad Álvarez Álvarez, se ordenó emplazar por edictos al tercero interesado, para que si a su interés conviene, comparezca a ejercer los derechos que le corresponda en el juicio de amparo indirecto citado. En la demanda respectiva se señaló como acto reclamado la resolución de veintidós de mayo de dos mil trece y sus consecuencias legales, dictada en el recurso en revisión 116/2013, por el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se señaló como autoridad responsable al citado instituto y otra, y como preceptos constitucionales violados, los artículos 1, 6, 8, 14, 16, 17 y 33. Se hace del conocimiento al tercero interesado que la audiencia constitucional se encuentra reservada. Queda a su disposición copia de la demanda en la Secretaría de este Juzgado Segundo de Distrito por el término de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente a aquel que surta sus efectos la última publicación de los edictos. El Secretario Juan Carlos Meza Ochoa. Rúbrica. (R.- 420943)
  • 102. 102 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimocuarto de Distrito en Coatzacoalcos, Veracruz EDICTO José Ramón Tamayo Reyes (Tercero Interesado). En cumplimiento al acuerdo de veintitrés de septiembre de dos mil quince, emitido en el juicio de amparo 273/2013-VI, promovido por Klemens Kalupar, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia, del Distrito Judicial de Coatzacoalcos, en el que demandó como acto reclamado el auto de formal prisión de cuatro de diciembre de dos mil doce, dictado en los autos de la causa penal 226/2012-IV, en contra del quejoso como probable responsable del delito de fraude genérico, mismos que deberán ser publicados por tres veces y de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los periódicos de mayor circulación que se edite en la República Mexicana; asimismo, se le hace saber, que deberá presentarse ante este Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, residente en Coatzacoalcos, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos (9 de noviembre de 2015), a defender sus derechos en el presente juicio de amparo. Notifíquese. Así lo proveyó y firma el licenciado Ángel Aristeo Granados González, Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, Encargado del Despacho en funciones de Juez, por licencia concedida al titular en el oficio CCJ/ST/3595/2015, de once de agosto de dos mil quince, suscrito por el Secretario Técnico de Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, asistido del licenciado Humberto Juárez Molina, Secretario que autoriza. DOY FE. Atentamente Coatzacoalcos, Veracruz, 23 de septiembre de 2015. El Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz. Lic. Humberto Juárez Molina. Rúbrica. (R.- 420326) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito DC-382/2015 “EDICTOS” En los autos del juicio de amparo directo DC-382/2015, promovido por María Guadalupe Gómez Cervantes, por su propio derecho, contra actos del Juez Vigésimo Tercero de lo Civil de Cuantía Menor del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y al desconocerse el domicilio del tercero interesado César Guillermo Rodríguez Vega, se ha ordenado por auto de catorce de julio de dos mil quince, emplazarlo a juicio por medio de Edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, así como en el periódico de “El Sol de México”, en atención a lo dispuesto en el Artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo tanto, queda a disposición de dicho tercero interesado en la Secretaría de este Séptimo Tribunal Colegiado, copia simple de la demanda y sus anexos y se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, los que se computarán a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este Tribunal Colegiado a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y, asimismo, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de la lista de acuerdos de este Tribunal. Atentamente México, Distrito Federal, trece de Octubre de 2015. Secretaria de Acuerdos Gloria Orta Herrera Rúbrica. (R.- 421289) AVISO AL PÚBLICO Se comunica que para la publicación de los estados financieros éstos deberán ser capturados en cualquier procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico. Atentamente Diario Oficial de la Federación
  • 103. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 103 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Tampico EDICTO A quien represente legalmente la sucesión de Celina Sobrevilla Ponce. En cumplimiento al auto de once de septiembre de dos mil quince, dictado en el amparo indirecto 78/2015, promovido por Pedro Escobar Maya, quien por escrito presentado el veintitrés de enero de dos mil quince, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal, con sede en Ciudad Madero, Tamaulipas, que hizo consistir en: La negativa de la autoridad responsable ordenadora, de dictar el auto o acuerdo correspondiente al cierre de instrucción, en los autos de la causa penal 1246/2011, del índice del Juez responsable que se instruye contra el aquí quejoso por el delito de lesiones. Por razón de turno correspondió conocer de la demanda a este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, en esta ciudad; por auto de veintiséis de enero de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de once de septiembre de dos mil quince, se señalaron las doce horas del diecisiete de diciembre de dos mil quince, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio; deberá presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, apercibida que, si no comparece, se continuará el juicio y por su incomparecencia se le hará las posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados de este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento. Atentamente. Tampico, Tamaulipas, 11 de septiembre de 2015 Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas. Lic. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón. Rúbrica. Secretaria Lic. Maribel Blanco Casanova. Rúbrica. (R.- 419802) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Tampico EDICTO MARCOS SALAZAR MANCILLA. En cumplimiento al auto de once de septiembre de dos mil quince, dictado en el amparo indirecto 751/2015, promovido por SALVADOR CRUZ AHUMADA, POR CONDUCTO DE SU DEFENSORA ROCIÓ AHUMADA PUGA, quien por escrito presentado el ocho de mayo de dos mil quince, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal contra actos de la Sala Regional de la Zona Sur del Estado, con sede en Altamira, Tamaulipas, que hizo consistir en: La resolución de veinte abril de dos mil quince, dentro del Toca Penal 161/2015, mediante la cual confirmó el auto de bien preso emitido por el Juez Segundo Penal de Primera Instancia, dentro de la causa penal 231/2010. Por razón de turno correspondió conocer de la demanda a este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, en esta ciudad; por auto de once de mayo de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de once de septiembre de dos mil quince, se señalaron las diez horas del diecisiete de diciembre de dos mil quince, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio; deberá presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, apercibido que, si no comparece, se continuará el juicio y por su incomparecencia se le hará las posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados de este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento. Atentamente. Tampico, Tamaulipas, 11 de septiembre de 2015 Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas. Lic. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón. Rúbrica. Secretaria Lic. Maribel Blanco Casanova. Rúbrica. (R.- 419810)
  • 104. 104 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza EDICTO Antonio Ortiz de la Cruz, Jorge Aarón Ortiz Solís, Javier Alejandro Padilla Cruz. (Terceros interesados) En los autos del juicio de amparo directo número 340/2015 penal, promovido por el quejoso Juan Carlos Luna Collazo, en contra de la sentencia de tres de diciembre de dos mil diez, dictada por la Sala Colegiada Mixta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Durango, con residencia en Gómez Palacio; con fecha quince de septiembre de dos mil quince, se dictó un auto en el cual se ordenó el emplazamiento de la demanda de amparo directo, además de la notificación del auto admisorio de veintiuno de septiembre de la anualidad en curso, a los diversos terceros interesados Antonio Ortiz de la Cruz, Jorge Aarón Ortiz Solís y Javier Alejandro Padilla Cruz, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior por ser el de mayor circulación nacional, haciéndole saber que deberá presentarse ante este Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza, dentro del plazo de (30) treinta días, contado a partir del día hábil siguiente de aquél en que surta sus efectos la última publicación de los edictos referidos, haciéndoles de su conocimiento que si pasado este plazo, no comparecen por sí o por conducto de apoderado que pueda representarles, se seguirá el trámite del juicio, haciéndosele las ulteriores notificaciones por medio de lista; además, que obrará fijada en la puerta de este órgano constitucional, una copia íntegra del presente edicto, por todo el tiempo del emplazamiento. Torreón, Coahuila de Zaragoza a 22 de septiembre de 2015. La Secretaria de Acuerdos. Lic. Adriana Almazán Mendiola. Rúbrica. (R.- 420053) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito, con sede en Torreón, Coahuila de Zaragoza EDICTO Vicente Herrera Chávez (Tercero Interesado) En los autos del juicio de amparo directo número 484/2015 laboral, interpuesto por el quejoso Heriberto Gamboa Madrigal, por conducto de su apoderado legal, licenciado Antonio Palacio Ramírez, contra el laudo de diez de febrero de la presente anualidad, dictado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad; con fecha once se septiembre del año en curso, se dictó un auto en el cual se ordena el emplazamiento de la demanda de amparo directo que nos ocupa, así como la notificación del auto admisorio de fecha dieciséis de junio del año en que se actúa, al diverso tercero interesado Vicente Herrera Chávez, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior por ser el de mayor circulación nacional, haciéndole saber que deberá presentarse ante este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito, con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza, dentro del término de (30) treinta días, contados a partir del día hábil siguiente de aquél en que surta sus efectos la última publicación de los referidos edictos, haciéndole de su conocimiento que si pasado este término, no comparece por sí o a través de apoderado o representante legal, se seguirá el trámite del juicio de amparo directo, haciéndosele las ulteriores notificaciones por medio de lista; además, que obrará fijada en la puerta de este órgano constitucional, una copia íntegra del presente edicto, por todo el tiempo del emplazamiento. Torreón, Coahuila de Zaragoza, a 11 de Septiembre de 2015. El Secretario de Acuerdos. Lic. Héctor Espinoza Hernández. Rúbrica. (R.- 420057)
  • 105. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 105 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas. Zoraida Guadalupe Guillén Arroyo. Tercera interesada en el lugar en que se encuentre. En el juicio de amparo 885/2015, promovido por Martha Patricia Esponda Cáceres, apoderada legal de Roberto Carlos Nájera Ventura, contra actos de la Junta Especial número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, residente en esta ciudad y otra autoridad, radicado en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, sito en Palacio de Justicia Federal, Edificio “B”, Planta Baja, Boulevard Ángel Albino Corzo, número 2641, Colonia Las Palmas, código postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en el que se dictó el acuerdo de fecha cuatro de mayo de dos mil quince, mediante el cual se ordenó emplazarle al presente juicio, en virtud de que se le ha señalado como tercera interesada y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 fracción III, inciso ), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley en cita; haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación por sí o por su apoderado, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para las nueve horas del once de diciembre de dos mil quince. Fíjese en la puerta de este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación. Atentamente. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 28 de septiembre de 2015. Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas. José Luis Castro Coutiño. Rúbrica. (R.- 420940) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro Juicio de Amparo: 874/2015-IV Quejoso: Francisco Javier Bosques Urquiza Fecha de Publicación: EMPLAZAMIENTO. Tercera perjudicada.- Ricardo Luis Vera Rojas. En razón de ignorar su domicilio, por este medio se le notifica la radicación del juicio de amparo ventilado bajo el expediente número 874/2015-IV, promovido por Francisco Javier Bosque Urquiza, contra actos del Juez Octavo de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Querétaro, juicio en el cual, con fundamento en lo dispuesto por la fracción III, inciso b) del artículo 5° de la Ley de Amparo, le recae el carácter de tercero interesado, emplazándosele por este conducto para que en el plazo de treinta días contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, comparezca al juicio de amparo de mérito, apercibiéndole que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, quedando a su disposición las copias simples de traslado; en el entendido de que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la República, por tres veces consecutivas de siete en siete días. Asimismo, que la celebración de la audiencia constitucional se encuentra prevista para las once horas con cinco minutos del uno de septiembre de dos mil quince. Atentamente. Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro. Licenciado Ángel Michel Covarrubias. Rúbrica. (R.- 420945)
  • 106. 106 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza Juicio de Amparo Indirecto 523/2015 EDICTO A LA PERSONA QUE REPRESENTE LOS DERECHOS DE LOS BIENES DE LA TERCERO INTERESADA MARÍA DE LA SOLEDAD VALDÉS DÁVILA. (Tercero interesada en el juicio de amparo indirecto 523/2015) Presente. Por medio del presente, a usted A LA PERSONA QUE REPRESENTE LOS DERECHOS DE LOS BIENES DE LA TERCERO INTERESADA MARÍA DE LA SOLEDAD VALDÉS DÁVILA, se le da a conocer que en los autos del juicio de amparo indirecto número 523/2015, promovido por Virgilio Ramírez Álvarez, contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, residente en esta ciudad, por auto del veintiséis de agosto del actual, se ordenó, como ahora se hace, emplazarla a juicio por edictos, en su carácter de tercero interesada, mismos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN y en un periódico particular, ya sea el UNIVERSAL, REFORMA y/o EL NORTE, a fin de hacerle del conocimiento sobre el acuerdo del veintiséis de mayo de dos mil quince, mediante el cual se admitió la demanda de amparo promovida por el quejoso de referencia, contra actos de la referida autoridad judicial, consistentes en esencia en lo siguiente: “la resolución del incidente de nulidad de actuaciones, dictado con fecha 15 de mayo de 2015 y la resolución de fecha 9 de julio de dos mil catorce, mediante la cual se declara prescrito la acción de ejecución por parte de la Junta de Conciliación y Arbitraje, toda vez que no se le a notificado legalmente el laudo.” De igual modo, se le hace saber que deberá presentarse ante este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila Zaragoza, con sede en Saltillo, dentro del término de TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, y que en caso de no comparecer, se seguirá el juicio por sus trámites legales, efectuándose las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por lista de acuerdos que se fijará en los estrados de este Juzgado Federal. Además, se le informa que la audiencia constitucional se encuentra señalada para las ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, y que la copia simple de la demanda de amparo queda a su disposición en la Secretaría del Juzgado de Distrito. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio a la Ley de Amparo. Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a dos de septiembre de dos mil quince. Juez Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila Héctor Alejandro Treviño de la Garza Rúbrica. (R.- 420942) DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DIRECTORIO Conmutador: 50 93 32 00 Coordinación de Inserciones: Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081 Coordinación de Avisos y Licitaciones Ext. 35084 Subdirección de Producción: Ext. 35007 Venta de ejemplares y Suscripciones: Exts. 35003 y 35008 Servicios al público e informática Ext. 35012 Domicilio: Río Amazonas No. 62 Col. Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06500 México, D.F. Horarios de Atención Inserciones en el Diario Oficial de la Federación: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas Venta de ejemplares: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas
  • 107. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 107 AVISOS GENERALES “BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES”, S.A. DE C.V. CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos Sociales, y en los artículos 172, 181, 183 y 184 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se CONVOCA a los accionistas de “BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES”, S.A. DE C.V. a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse en Primera Convocatoria el día 18 de noviembre de 2015 a las 18:45 horas en el domicilio ubicado en las calles de Montecito 38, piso 17, oficina 15, colonia Nápoles, delegación Benito Juárez C.P. 03810, México, D.F., la cual se desarrollará atendiendo a la siguiente: ORDEN DEL DIA 1.- Suscripción de acciones y pago del aumento de capital conforme a lo dispuesto en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 13 de octubre del año 2015 . 2.- Discusión y en su caso aprobación de las acciones legales formuladas en contra del señor Isaias Hernández Nava por haberse abstenido de rendir cuentas a la Asamblea de Accionistas por los ejercicios sociales de los periodos de 2012, 2013, 2014 y parcial al día 30 de abril del año 2015. 3.- Revocación de poderes. 4.- Asuntos Generales. México, D.F. a 27 de septiembre del año 2015 Presidente del Consejo de Administración Felipe Acosta Núñez Rúbrica. (R.- 421564) JCM PUEBLA SOLAR CORP, S.A.P.I. DE C.V. CONVOCATORIA Con fundamento en los artículos 183, 184, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, 16 de la Ley del Mercado de Valores así como por las cláusulas Décima Quinta y Décima Sexta de los estatutos sociales de JCM PUEBLA SOLAR CORP, S.A.P.I DE C.V., convoco a sus accionistas a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará a las 11:00 horas del 27 de noviembre de 2015, en el domicilio social de la Sociedad, en las oficinas ubicadas en Campos Elíseos No. 385-B, 5° piso, Colonia Chapultepec Polanco, Código Postal 11560, en México, Distrito Federal, para tratar y resolver los asuntos que se contienen en el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación para realizar una reforma a los estatutos sociales de la Sociedad integrando ciertas disposiciones del Convenio Unánime de Accionistas y su respectivo Convenio Modificatorio. 2.- Designación de quienes habrán de fungir como miembros propietarios del Consejo de Administración y Comisario de la Sociedad a partir de la fecha de la Asamblea que por la presente se convoca. Revocación de poderes. 3.- Designación de delegados que den cumplimiento y formalicen las resoluciones adoptadas por la Asamblea. Para tener derecho a ser admitidos, participar y votar en la Asamblea que por la presente se convoca, los accionistas deberán: 1) aparecer inscritos como tales en el Libro de Registro de Acciones que JCM Puebla Solar Corp, S.A.P.I. de C.V. lleva en términos del artículo 128 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, conforme a lo dispuesto por la cláusula Novena de los estatutos sociales de la Sociedad; y 2) obtener en las oficinas ubicadas en Campos Elíseos 385 B, 5º piso, Colonia Chapultepec Polanco, 11560, en México, Distrito Federal, a más tardar el 25 de noviembre de 2015, Tarjeta de Admisión a la Asamblea que por la presente se convoca, expedida a la persona que acredite ser accionista, conforme a lo dispuesto por la cláusula Décimo Sexta de los estatutos sociales de la Sociedad. México, Distrito Federal, a 30 de octubre de 2015. Presidente del Consejo de Administración. Michael John Bruce Strait Rúbrica. (R.- 421539)
  • 108. 108 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 INMOBILIARIA BALAND, S. A. CONVOCATORIA De conformidad con lo establecido en las cláusulas vigésima primera y vigésima quinta de los estatutos sociales y el artículo 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el suscrito administrador único de la sociedad, convoca a los señores accionistas de INMOBILIARIA BALAND, S. A. a una ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, que tendrá verificativo a las nueve horas con treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año en curso en el siguiente domicilio: el despacho 403 de la avenida Insurgentes Sur número 1657 en la colonia Guadalupe Inn, delegación Álvaro Obregón, código postal 01020 de esta ciudad capital, bajo la siguiente: ORDEN DEL DIA 1.- Declaración de estar instalada la asamblea. 2.- Discusión aprobación o modificación, en su caso, del informe anual a que se refiere el enunciado general del artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles respecto de las operaciones realizadas por la sociedad durante los ejercicios sociales terminados el treinta y uno de diciembre de los años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, tomando en cuenta el informe del Comisario. 3.- En su caso, designación o ratificación del Administrador Único, Comisario y demás funcionarios de la sociedad. 4.- Determinación de la remuneración del Administrador y Comisario de la sociedad. 5.- Designación de delegados que formalicen las resoluciones que se adopten. 6.- Levantamiento y aprobación del acta respectiva. De conformidad con lo establecido por el artículo 173 de la Ley General de Sociedades Mercantiles queda a la disposición de los señores accionistas en el domicilio de la sociedad, los informes a que se refiere el enunciado general del artículo 172 de la citada ley, incluyendo el informe del Comisario. México, D.F. a 22 de octubre del año 2015. El Administrador Único Lic. César Balcazar Victoria Rúbrica. (R.- 421562) “BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES” S.A. DE C.V. AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V. FELIPE ACOSTA NUÑEZ, en mi carácter de Presidente del Consejo de Administración de la sociedad BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V. y en cumplimiento a los acuerdos tomados en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de esta sociedad, de fecha 13 de octubre del año en curso, en este acto les notifico el acuerdo de la emisión de 1,000 (un mil) nuevas acciones nominativas por un valor cada una de ellas de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) y como consecuencia de ello el aumento del Capital Social en su parte variable, por lo tanto, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y por el artículo Octavo del Estatuto Social, se les concede el término de QUINCE DIAS naturales siguientes a la fecha de notificación de la presente, para que exhiban exclusivamente ante la Tesorería de la sociedad, ubicada en el domicilio ubicado en las calles de Montecito número 38 Piso 31, oficina 26, en la colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, en México Distrito Federal, en un horario entre las 9:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes, cheque certificado o de caja, a nombre de BECH, INDUSTRIAL TECHNOLOGIES S.A. DE C.V., por el importe que corresponda al porcentaje de su participación accionaria, debiendo anexar al mismo su certificado de participación accionaria correspondiente, para la emisión del nuevo certificado. En caso de que dentro del término concedido para hacer valer su derecho del tanto, no sea exhibido ante la Tesorería de la sociedad el Cheque de Caja o Certificado (el cual deberá ser cobrado efectivamente) y su certificado de participación accionaria, se entenderá por no ejercitado el mismo y se procederá en su caso conforme a los acuerdos de la asamblea de mérito. México, D.F. a 24 de octubre de 2015 Bech, Industrial Technologies S.A. de C.V. Presidente del Consejo de Administración Felipe Acosta Núñez Rúbrica. (R.- 421565)
  • 109. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 109 ASOCIACION NACIONAL DE INTERPRETES, S.G.C. DE I. P. (A.N.D.I.) CANCELACIÓN DE PRIMERA CONVOCATORIA POR MEDIO DE LA PRESENTE, EL CONSEJO DIRECTIVO INFORMA A TODOS SUS APRECIABLES SOCIOS QUE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR SE CANCELA LA PRIMERA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS CONVOCADA PARA EL PROXIMO DÍA 3 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, POR LO QUE NO SE LLEVARÁ A CABO. Atentamente México, D.F., a 2 de noviembre de 2015 A.N.D.I. S.G.C. de I.P. Presidente del Consejo Directivo Mario Casillas Rúbrica. (R.- 421547) CENTRO INTEGRAL DE NEGOCIOS VANGUARDIA S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 19 de Octubre de 2015 Liquidador Esperanza Llano El Cid Rúbrica. (R.- 420927) DANAMIS SOLUCIONES SUSTENTABLES S DE R.L DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 19 de Octubre de 2015 Liquidador Esperanza Llano El Cid Rúbrica. (R.- 420929) MRS MODEL MANAGEMENT SC BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 19 de Octubre de 2015 Liquidador Esperanza Llano El Cid Rúbrica. (R.- 420931) WALFARE SERVICIOS PARA LA SALUD, S.C.P. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 19 de Octubre de 2015 Liquidador Esperanza Llano El Cid Rúbrica. (R.- 420932) TOGETHER IN SERVICES S. DE R.L. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 19 de Octubre de 2015 Liquidador Esperanza Llano El Cid Rúbrica. (R.- 420934) AUDITUM ESPECIALISTAS Y CONSULTORES JURIDICOS SC BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México, D.F., a 19 de Octubre de 2015 Liquidador Esperanza Llano El Cid Rúbrica. (R.- 420935)
  • 110. 110 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 INDICE PRIMERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de granizada severa y lluvia severa los días 20 y 21 de octubre del 2015, en 1 Municipio del Estado de Chihuahua ................................................ 2 Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial del 16 al 21 de octubre de 2015, en 52 municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave ............................................................................................................................................. 3 Declaratoria de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 18, 19 y 20 de octubre de 2015, en los municipios de Pichucalco e Ixhuatán del Estado de Chiapas .................... 4 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos ...................................................................................................................................... 5 Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 .......................................................................... 7 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Tolimán, clave 2207, en el Estado de Querétaro, Región Hidrológico- Administrativa Golfo Norte ................................................................................................................ 10 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Huichapan-Tecozautla, clave 1307, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte ............................................................................................. 18 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Amajac, clave 1321, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico- Administrativa Golfo Norte ................................................................................................................ 28 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Río Bacanora, clave 2637, en el Estado de Sonora, Región Hidrológico-Administrativa-Noroeste ................................................................................................ 38 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Guerrero-Yepómera, clave 0860, en el Estado de Chihuahua, Región Hidrológico Administrativa Noroeste ................................................................................................. 45
  • 111. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 111 SECRETARIA DE ECONOMIA Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-009/4248-11-ANCE-2015, NMX-J-010-ANCE-2015, NMX-J-169-ANCE-2015, NMX-J-248-ANCE-2015, NMX-J-308/2-ANCE-2015, NMX-J-565/2-12-ANCE-2015, NMX-J-597/1-ANCE-2015, NMX-J-614/1-ANCE-2015 y NMX-J-673/23-ANCE-2015 ................................................................................................................... 52 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Acuerdo de Coordinación Específico para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat, Vertientes General e Intervenciones Preventivas, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Municipio de Cuauhtémoc, Chihuahua .................................................................................................................. 63 Resolución que declara como terreno nacional el predio La Merced Fracción, expediente 830682, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ....................................................................................... 72 Resolución que declara como terreno nacional el predio Laguna de San Caralampio, expediente 830683, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ......................................................................... 73 Resolución que declara como terreno nacional el predio Las Peras, expediente 830684, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ....................................................................................................... 75 Resolución que declara como terreno nacional el predio San Antonio, expediente 830687, Municipio de Amatenango del Valle, Chis. ....................................................................................... 76 Resolución que declara como terreno nacional el predio Parcela 66, expediente 740763, Municipio de Huixtán, Chis. .............................................................................................................. 78 Resolución que declara como terreno nacional el predio Parcela 52, expediente 740764, Municipio de Huixtán, Chis. .............................................................................................................. 79 Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Barreño Fracción 6, con una superficie aproximada de 12-18-87.533 hectáreas, Municipio de Satevó, Chih. ................ 81 COMISION REGULADORA DE ENERGIA Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica el calendario de las bases de la licitación pública internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento del primer permiso de distribución de gas natural para la zona geográfica de Morelia ..................................... 82
  • 112. 112 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION Acuerdo General número 19/2015, de veintiséis de octubre de dos mil quince, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se dispone el aplazamiento del dictado de la Resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad de acuerdos del Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, relacionados con el pago de cuotas a cargo de los alumnos que cursen la Educación Media Superior y la Superior -Principios de Gratuidad en la Educación y Autonomía Universitaria- .............................................. 83 ______________________________ COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones generales y políticas de recursos humanos de la Comisión Federal de Competencia Económica ................................................................................ 85 AVISOS Judiciales y generales ...................................................................................................................... 99 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE SALUD Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Gobierno del Distrito Federal ..................................................................... 1 Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guanajuato ............................................................................... 42 Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Hidalgo ..................................................................................... 86 __________________ ● __________________ DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx Impreso en Talleres Gráficos de México-México *021115-17.00* Esta edición consta de dos secciones
  • 113. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE SALUD CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Gobierno del Distrito Federal. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 1 DE ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL DISTRITO FEDERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO DEL DF”, REPRESENTADO POR EL DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL CON LA PARTICIPACIÓN DE EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “EL EJECUTIVO DEL DF”, celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales e insumos federales a “EL EJECUTIVO DEL DF”, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a “EL EJECUTIVO DEL DF”, la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO DEL DF”. III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión Nacional contra las Adicciones.
  • 114. 2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “EL EJECUTIVO DEL DF”. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara: I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II. “EL EJECUTIVO DEL DF”, por medio de su representante, declara: II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. III. Las partes declaran conjuntamente: III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente instrumento. III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: … I. DECLARA ”LA SECRETARÍA”: … 2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento. ….
  • 115. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3 PRIMERA.- … No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales P 014 7,764,817.00 0.00 7,764,817.00 2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 9,000,000.00 0.00 9,000,000.00 Subtotal: 16,764,817.00 0.00 16,764,817.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica U 009 5,540,105.00 0.00 5,540,105.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) U 009 5,000,000.00 0.00 5,000,000.00 Subtotal: 10,540,105.00 0.00 10,540,105.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental P 014 0.00 0.00 0.00 Subtotal: 0.00 0.00 0.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial P 014 2,630,000.00 0.00 2,630,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables P 014 500,000.00 0.00 500,000.00 Subtotal: 3,130,000.00 0.00 3,130,000.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer P 017 5,068,656.36 0.00 5,068,656.36 2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 11,320,932.67 0.00 11,320,932.67 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes P 017 2,879,925.75 0.00 2,879,925.75 4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 4,191,414.00 0.00 4,191,414.00 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género P 017 9,839,116.00 1,200,878.52 11,039,994.52 6 Igualdad de Género en Salud P 017 48,000.00 1,772.10 49,772.10 Subtotal: 33,348,044.78 1,202,650.62 34,550,695.40
  • 116. 4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 21,499.04 138,782.00 160,281.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores P 014 4,017,450.11 0.00 4,017,450.11 5 Prevención y Control del Paludismo U 009 198,669.00 0.00 198,669.00 6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas U 009 0.00 0.00 0.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán P 014 0.00 0.00 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 4,627,394.00 0.00 4,627,394.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular U 008 7,625,650.00 0.00 7,625,650.00 12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal P 014 57,955.50 0.00 57,955.50 14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 331,050.00 196,507.00 527,557.00 15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres U 009 500,000.00 0.00 500,000.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera U 009 250,000.00 0.00 250,000.00 Subtotal: 17,629,667.65 335,289.00 17,964,956.65 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70 Subtotal: 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal E 036 4,252,165.00 91,390,925.52 95,643,090.52 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 521,328.00 0.00 521,328.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 393,008.00 0.00 393,008.00 Subtotal: 5,166,501.00 91,390,925.52 96,557,426.52 Total de recursos federales a ministrar a "EL EJECUTIVO DEL DF" 95,463,819.93 94,821,254.34 190,285,074.27 …
  • 117. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5 SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” ministrará a “EL EJECUTIVO DEL DF” recursos federales hasta por la cantidad de $190,285,074.27 (ciento noventa millones doscientos ochenta y cinco mil setenta y cuatro pesos 27/100 M.N.), con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales por un monto de $95,463,819.93 (noventa y cinco millones cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos diecinueve pesos 93/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3. Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los rendimientos financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas de conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 28 de Febrero de 2013. Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública del Distrito Federal. Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO DEL DF” definidos como insumos federales, por un monto total de $94,821,254.34 (noventa y cuatro millones ochocientos veintiún mil doscientos cincuenta y cuatro pesos 34/100 M.N.) serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, y serán aplicados, de manera exclusiva, en “LOS PROGRAMAS” señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento. … CUARTA.- APLICACIÓN.- … … … … Para las contrataciones de personal que realice “EL EJECUTIVO DEL DF”, a partir del 1 de abril del 2015, con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE. … SEXTA.- … … VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento.
  • 118. 6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. … XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de “LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública del Distrito Federal de “EL EJECUTIVO DEL DF”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el “SIAFFASPE”. … ANEXO 1 DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL EJECUTIVO DEL DISTRITO FEDERAL POR CONDUCTO DE “EL EJECUTIVO DEL DF”. … 1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud 2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud 3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología 4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental 5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes 6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva 7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades 8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA 9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia …
  • 119. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)7 ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 7,764,817.00 0.00 7,764,817.00 24,140,335.50 0.00 0.00 24,140,335.50 0.00 0.00 0.00 31,905,152.50 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física 9,000,000.00 0.00 9,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9,000,000.00 TOTALES 16,764,817.00 0.00 16,764,817.00 24,140,335.50 0.00 0.00 24,140,335.50 0.00 0.00 0.00 40,905,152.50 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 5,540,105.00 0.00 5,540,105.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,540,105.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5,000,000.00 0.00 5,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,000,000.00 TOTALES 10,540,105.00 0.00 10,540,105.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 10,540,105.00
  • 120. 8(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Salud Mental 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 TOTALES 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Seguridad Vial 2,630,000.00 0.00 2,630,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,630,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 500,000.00 0.00 500,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 500,000.00 TOTALES 3,130,000.00 0.00 3,130,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,130,000.00
  • 121. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)9 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 0.00 5,068,656.36 5,068,656.36 78,453,940.00 0.00 0.00 78,453,940.00 0.00 0.00 0.00 83,522,596.36 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 11,320,932.67 11,320,932.67 44,157,306.50 0.00 19,313,784.00 63,471,090.50 0.00 0.00 0.00 74,792,023.17 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2,223,535.25 656,390.50 2,879,925.75 9,421,400.00 0.00 0.00 9,421,400.00 0.00 0.00 0.00 12,301,325.75 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2,477,616.00 1,713,798.00 4,191,414.00 23,216,464.00 37,031,640.49 0.00 60,248,104.49 0.00 0.00 0.00 64,439,518.49 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 700,443.00 9,138,673.00 9,839,116.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9,839,116.00 6 Igualdad de Género en Salud 48,000.00 0.00 48,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 48,000.00 TOTALES 5,449,594.25 27,898,450.53 33,348,044.78 155,249,110.50 37,031,640.49 19,313,784.00 211,594,534.99 0.00 0.00 0.00 244,942,579.77
  • 122. 10(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 21,499.04 0.00 21,499.04 3,574,145.00 0.00 0.00 3,574,145.00 0.00 0.00 0.00 3,595,644.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 8,232.28 0.00 0.00 8,232.28 0.00 0.00 0.00 8,232.28 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4,017,450.11 0.00 4,017,450.11 2,782.32 0.00 0.00 2,782.32 0.00 0.00 0.00 4,020,232.43 5 Prevención y Control del Paludismo 198,669.00 0.00 198,669.00 5,318.40 0.00 0.00 5,318.40 0.00 0.00 0.00 203,987.40 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 0.00 0.00 0.00 1,775,556.50 0.00 0.00 1,775,556.50 0.00 0.00 0.00 1,775,556.50 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes 1,091,000.00 3,536,394.00 4,627,394.00 38,278,960.00 0.00 1,997,802.00 40,276,762.00 0.00 0.00 0.00 44,904,156.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2,016,000.00 5,609,650.00 7,625,650.00 11,582,662.50 0.00 150,408.00 11,733,070.50 0.00 0.00 0.00 19,358,720.50 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 4,014,316.08 0.00 0.00 4,014,316.08 0.00 0.00 0.00 4,014,316.08 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 57,955.50 0.00 57,955.50 52,787,147.94 0.00 0.00 52,787,147.94 0.00 0.00 0.00 52,845,103.44 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 331,050.00 0.00 331,050.00 1,178,369.32 0.00 0.00 1,178,369.32 0.00 0.00 0.00 1,509,419.32 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 500,000.00 0.00 500,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 500,000.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 0.00 250,000.00 250,000.00 531,709.02 0.00 0.00 531,709.02 0.00 0.00 0.00 781,709.02 TOTALES 8,233,623.65 9,396,044.00 17,629,667.65 113,739,199.36 0.00 2,148,210.00 115,887,409.36 0.00 0.00 0.00 133,517,077.01
  • 123. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)11 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 1,645,690.00 7,238,994.50 8,884,684.50 2,846,455.00 0.00 0.00 2,846,455.00 379,822,672.28 55,252,692.00 435,075,364.28 446,806,503.78 TOTALES 1,645,690.00 7,238,994.50 8,884,684.50 2,846,455.00 0.00 0.00 2,846,455.00 379,822,672.28 55,252,692.00 435,075,364.28 446,806,503.78 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Vacunación Universal 0.00 4,252,165.00 4,252,165.00 31,724,113.00 102,186,381.48 0.00 133,910,494.48 0.00 0.00 0.00 138,162,659.48 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 0.00 521,328.00 521,328.00 22,757,500.00 0.00 163,080.00 22,920,580.00 0.00 0.00 0.00 23,441,908.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 0.00 393,008.00 393,008.00 122,400.00 0.00 0.00 122,400.00 0.00 0.00 0.00 515,408.00 TOTALES 0.00 5,166,501.00 5,166,501.00 54,604,013.00 102,186,381.48 163,080.00 156,953,474.48 0.00 0.00 0.00 162,119,975.48
  • 124. 12(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 Gran Total No. TODOS LOS PROGRAMAS DE ACCIÓN ESPECÍFICOS ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL TOTAL 45,763,829.90 49,699,990.03 95,463,819.93 362,814,634.86 139,218,021.97 21,625,074.00 523,657,730.83 379,822,672.28 55,252,692.00 435,075,364.28 1,054,196,915.04 NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS SMS XXI INSUMOS TOTAL L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 0.00 0.00 NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 125. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13 ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales Febrero 4,764,817.00 Mayo 3,000,000.00 Subtotal 7,764,817.00 2 Entornos y Comunidades Saludables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Alimentación y Actividad Física Febrero 3,000,000.00 Mayo 6,000,000.00 Subtotal 9,000,000.00 Total 16,764,817.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Febrero 5,540,105.00 Subtotal 5,540,105.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) Febrero 0.00 Mayo 5,000,000.00 Subtotal 5,000,000.00 Total 10,540,105.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Salud Mental Febrero 0.00 Subtotal 0.00 Total 0.00
  • 126. 14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Seguridad Vial Febrero 2,600,000.00 Mayo 30,000.00 Subtotal 2,630,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables Febrero 200,000.00 Mayo 300,000.00 Subtotal 500,000.00 Total 3,130,000.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer Febrero 4,869,598.36 Mayo 199,058.00 Subtotal 5,068,656.36 2 Salud Materna y Perinatal Febrero 8,729,547.00 Abril 2,458,565.91 Marzo 132,819.76 Subtotal 11,320,932.67 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes Febrero 2,665,868.88 Mayo 214,056.87 Subtotal 2,879,925.75 4 Planificación Familiar y Anticoncepción Febrero 3,646,250.56 Mayo 545,163.44 Subtotal 4,191,414.00
  • 127. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género Febrero 9,839,116.00 Subtotal 9,839,116.00 6 Igualdad de Género en Salud Febrero 0.00 Junio 48,000.00 Subtotal 48,000.00 Total 33,348,044.78 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control de la Rabia Humana Febrero 17,525.08 Marzo 3,973.96 Subtotal 21,499.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores Febrero 4,017,450.11 Subtotal 4,017,450.11 5 Prevención y Control del Paludismo Febrero 198,669.00 Subtotal 198,669.00 6 Eliminación de la Oncocercosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas Febrero 0.00 Subtotal 0.00
  • 128. 16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán Febrero 0.00 Subtotal 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes Febrero 4,627,394.00 Subtotal 4,627,394.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular Febrero 5,456,752.68 Marzo 2,168,897.32 Subtotal 7,625,650.00 12 Atención del Envejecimiento Febrero 0.00 Subtotal 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal Febrero 54,760.95 Marzo 3,194.55 Subtotal 57,955.50 14 Prevención y Control de la Tuberculosis Febrero 261,437.10 Marzo 69,612.90 Subtotal 331,050.00 15 Eliminación de la Lepra Febrero 0.00 Subtotal 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres Febrero 500,000.00 Subtotal 500,000.00
  • 129. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera Febrero 250,000.00 Subtotal 250,000.00 Total 17,629,667.65 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS Febrero 1,400,000.00 Abril 245,690.00 Junio 7,238,994.50 Subtotal 8,884,684.50 Total 8,884,684.50 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Vacunación Universal Febrero 1,323,675.66 Abril 2,928,489.34 Subtotal 4,252,165.00 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia Febrero 410,006.96 Abril 111,321.04 Subtotal 521,328.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia Febrero 359,714.94 Abril 33,293.06 Subtotal 393,008.00 Total 5,166,501.00 Gran total 95,463,819.93 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 130. 18(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.3.1 Componente Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno realizadas Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno programadas 320 Porcentaje de ferias de promoción de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno. 10 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.4.1 Actividad Número de ferias interculturales realizadas en municipios indígenas Número de ferias interculturales programadas en municipios indígenas 24 Porcentaje de ferias de la salud interculturales desarrolladas en municipios indígenas 1 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas de nivel básico y medio superior validadas como Promotoras de la Salud Meta programada de escuelas validadas como Promotoras de la Salud 12,275 Porcentaje de escuelas validadas como promotoras de la salud 236 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.1.1 Componente Número de eventos de capacitación en promoción de la salud para personal de salud Número de eventos de capacitación en promoción de la salud para personal de salud programados 292 Porcentaje de cursos de capacitación y actualización dirigidos al personal de promoción de la salud estatal, jurisdiccional y local 20 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.2.1 Componente Número de talleres para población general realizados 2 talleres por unidad de primer nivel por 10 meses 264,800 Porcentaje de talleres comunitarios para la promoción de la salud, dirigidos a la población general 9,080 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 4.1.1 Componente Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud realizados Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud programados 256 Porcentaje de materiales educativos elaborados con enfoque de mercadotecnia social en salud 88 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 5.1.1 Componente Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 1,043 Porcentaje de visitas y acciones de supervisión integral y evaluación realizadas 880 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud Total de consultas otorgadas a la población usuaria de los Servicios Estatales de Salud 54 Porcentaje de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud 20
  • 131. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)19 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 7.1.1 Componente Número de entidades federativas con grupos intersectorial estatal de promoción de la salud Número de entidades federativas existentes en el país 6 Porcentaje de entidades federativas con grupo intersectorial estatal de promoción de la salud y determinantes sociales 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.1.1 Actividad Curso-taller para procuradoras(es) de salud realizados Curso-taller para agentes de salud programados 5,000 Porcentaje de cursos-taller para agentes de salud 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.2.1 Actividad Número de municipios a los que se otorgó capacitación a su personal en el año Número total de municipios en el año 849 Porcentaje de municipios a los que se le otorgó capacitación de Promoción de la Salud a su personal. 16 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud realizados Número de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud programados 32 Porcentaje de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.1.1 Actividad Número de informes de trabajo intersectorial realizados en las jurisdicciones sanitarias Número de informes de trabajo intersectorial programados en las jurisdicciones sanitarias 240 Porcentaje de informes de trabajo y planeación intersectorial en las jurisdicciones sanitarias 16 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables realizadas Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables programadas 64 Porcentaje de reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables 2 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.4.1 Actividad Número de comunidades acreditadas como saludables Número de comunidades programadas para acreditar como saludables 1,500 Porcentaje de comunidades acreditadas como saludables 16 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.5.1 Actividad Número de espacios públicos acreditados como saludables Número de espacios públicos programados para acreditar como saludables 800 Porcentaje de espacios públicos acreditados como saludables 16 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.1.1 Componente Número de municipios activos en el año Número total de municipios en el año 1,137 Porcentaje de municipios activos 2 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.2.1 Componente Número de municipios asesorados para la elaboración de proyectos municipales Número de municipios programados para asesoría en la elaboración de proyectos de promoción de la salud 400 Porcentaje de municipios asesorados en la elaboración proyectos municipales de promoción de la salud 5 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.4.1 Actividad Número de promotores de la salud capacitados en alimentación correcta a niños menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres en lactancia de los municipios que participan en la cruzada contra el hambre Número total de promotores de la salud de los municipios que participan en la cruzada contra el hambre 900 Porcentaje de promotores de la salud capacitados en alimentación correcta a menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia 9
  • 132. 20(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.5.1 Actividad Número de ferias de promoción de la salud para prevención de la violencia realizadas Número de ferias de promoción de la salud para prevención de la violencia programadas 150 Porcentaje de ferias integrales de promoción de la salud para la prevención de la violencia en espacios públicos 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.6.1 Actividad Número de eventos locales realizados que favorezcan la alimentación correcta y la activación física Número de eventos locales programados que favorezcan la alimentación correcta y la activación física 100 Porcentaje de eventos locales que favorezcan la alimentación correcta y la activación física 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.7.1 Actividad Número de municipios que realizan acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud Número de municipios programados para realizar acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud 1,000 Porcentaje de municipios con acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud 16 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.8.1 Actividad Número de reuniones con presidentes municipales realizadas Número de reuniones con presidentes municipales programadas 32 Porcentaje de reuniones con presidentes municipales 4 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.9.1 Actividad Número de municipios certificados como promotores de la salud en el año Número total de municipios en el año 420 Porcentaje de municipios certificados como promotores de la salud 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.1.1 Actividad Número de jurisdicciones que cuentan con los formatos de registro de las intervenciones del programa Número total de jurisdicciones en la entidad 240 Cobertura de jurisdicciones sanitarias que cuentan con los formatos y la información sobre los mecanismos para el correcto registro de las actividades 16 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión al programa realizadas en el año Número de visitas de supervisión programadas en el año 180 Porcentaje de visitas de supervisión al programa 4 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.2.2 Actividad Número de municipios con proyectos supervisados en el año Número de municipios con proyectos apoyados en el año 159 Porcentaje de Municipios supervisados con proyectos apoyados 2 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.3.1 Actividad Número total de proyectos municipales ganadores, con rendición de cuentas Número total de proyectos ganadores 100 Porcentaje de proyectos municipales ganadores con rendición de cuentas 1 3 Alimentación y Actividad Física 1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la alimentación correcta y el consumo de agua simple potable en diferentes entornos. 10 3 Alimentación y Actividad Física 3.1.1 Actividad Campañas realizadas Campañas programadas 96 Número de campañas educativas sectoriales de promoción de estilos de vida saludables. 3
  • 133. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)21 3 Alimentación y Actividad Física 5.1.1 Actividad Número de eventos realizados Número de eventos programados 64 Número de eventos realizados para la difusión de la cultura alimentaria tradicional 2 3 Alimentación y Actividad Física 6.1.1 Actividad Capacitaciones impartidas Capacitaciones programadas 32 Número de cursos de capacitación para fortalecer las competencias del personal de salud sobre alimentación correcta, consumo de agua simple, actividad física y lactancia materna. 1 3 Alimentación y Actividad Física 7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 128 Número de supervisiones de las actividades derivadas del programa. 4 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con incremento en 0.3 puntos con respecto del año anterior en cada una de las entidades federativas. Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad general de los sistemas prioritarios. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.2 Propósito Número de Boletines publicados en la página de la entidad por semana acumulables. Número programado de boletines por publicar en el año (52 o 53). 95 Porcentaje de cumplimiento de Boletines publicados 95 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.3 Propósito Número de unidades hospitalarias de la Secretaría de Salud con técnico capturista contratado por meses. Número de hospitales de la Secretaría de Salud que cumplan con los requisitos para formar parte de la RHOVE. 90 Reporte oportuno y consistente de los casos sujetos a vigilancia epidemiológica que cuenten con plataforma informática (RHOVE, Diabetes y Registro Nacional de Cáncer). 90 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.4 Actividad Número de unidades equipadas. Número de unidades por equipar. 80 Asegurar la operación de los Sistemas de Vigilancia Epidemiológica en todas las Jurisdicciones y Hospitales RHOVE, USMI y del Registro Nacional de Cáncer. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.2.1 Propósito Panoramas publicados 4 panoramas anuales. 80 Publicación trimestral de panorama de DM-II, de Morbilidad Materna Severa y otras enfermedades No Transmisibles. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados (en cada nivel jurisdiccional) Número sistemas programados para evaluación en las jurisdicciones 80 Índice de Verificación del cumplimiento de los procedimientos de vigilancia epidemiológica correspondientes. 80
  • 134. 22(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 5.1.1 Actividad Personal aprobado con curso de posgrado (Diplomado y maestría) en epidemiología. Personal programado para cursar diplomado y maestría en epidemiología. 80 Porcentaje de alumnos capacitados. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 6.1.1 Actividad Equipo adquirido Equipo planeado 90 Porcentaje de UIES creadas o fortalecidas. 90 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 6.1.2 Actividad Número de centros estatales instalados. Número de centros estatales programados. 90 Instalación de un centro estatal para el RSI. 90 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2 Actividad Número de muestras procesadas del Marco Analítico Básico Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico 95 Porcentaje de cobertura del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico 95 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 6.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 100 Porcentaje de cumplimiento del programa de capacitación para fortalecer la competencia técnica 100 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL SIN DATOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de Lesiones instalados 1 1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones que proporcionan semestralmente información al Observatorio Nacional Número de Observatorios Estatales de Lesiones instalados 8 Observatorios Estatales de Lesiones operando 1 1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años que ha recibido pláticas de sensibilización sobre seguridad vial en las entidades federativas Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años 1 Población sensibilizada por los promotores de seguridad vial 68,155 1 Seguridad Vial 4.1.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados Total de entidades federativas 23 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados 1 1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos 1
  • 135. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)23 1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría 16 1 Seguridad Vial 6.1.1 Componente Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación Total de entidades federativas 14 Entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación 1 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 3.1.1 Actividad Número de instituciones participantes en el diseño del Modelo Integral de Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables Total de instituciones convocadas para el diseño del Modelo Integral de Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 50 Se convocará a instituciones del sector público y privado, así como a organismos no gubernamentales e instituciones internacionales para conformar un grupo de trabajo para el diseño y eventual operación del Modelo Integral de Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables. Dicho grupo de trabajo sesionará periódicamente tomando acuerdos para el desarrollo y la conclusión del citado documento en el periodo establecido por el STCONAPRA 1 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 1.1.1 Actividad Número de informes de campaña enviados al CNEGSR Número de entidades federativas con convenio AFASPE 100 Proporción de entidades con informe de campaña del mes del cáncer de la mujer 100 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con mastografía de tamizaje Mujeres de 40 a 69 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/2 24 Cobertura de detección de cáncer de mama con mastografía 30 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH de primera vez Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer cérvico uterino en mujeres de 25 a 64 años 46 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH Mujeres de 35 a 64 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/5 58 Proporción de mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH 40 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos capacitados y certificados Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje 50 Capacitación y certificación de citotecnólogos 53 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5 evaluación diagnóstica Mujeres con BIRADS 4 y 5 en mastografía de tamizaje 95 Cobertura de evaluación diagnóstica de casos sospechosos de cáncer en la mujer 95 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología que recibieron atención colposcópica Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología 95 Proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado de LEIAG o cáncer con evaluación colposcópica 95
  • 136. 24(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional 80 Proporción de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional 100 2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional Total de consultas de primera vez sin importar trimestre gestacional 40 Porcentaje de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional 35 2 Salud Materna y Perinatal 1.2.1 Actividad Número de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos Total de Posadas AME funcionando 98 Porcentaje de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos 80 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz neonatal realizadas Número de nacimientos en mujeres sin Seguridad Social 90 Cobertura de prueba de tamiz neonatal entre recién nacidos sin Seguridad Social 90 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud capacitado en parto respetuosos (humanizado) Número de personal de salud programado a capacitar en parto respetuoso (humanizado) 100 Porcentaje de personal de salud capacitado en atención de parto respetuoso (humanizado). 100 2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Numero de insumos esenciales para emergencias obstétricas y neonatales adquiridos Número de emergencias obstétricas y neonatales atendidas 100 Porcentaje de insumos esenciales adquiridos para la atención de emergencias obstétricas y neonatales 90 2 Salud Materna y Perinatal 6.3.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas en salud materna y neonatal Total de visitas de supervisión en el programa de salud materna y perinatal programadas en el año 100 Porcentaje de supervisiones realizadas para revisar las actividades de salud materna y neonatal 100 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2.2.1 Propósito Número de Promotores y brigadistas capacitados en temas de Salud Sexual y Reproductiva Total de Promotores y brigadistas activos 100 Porcentaje de Promotores y Brigadistas activos capacitados 40 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios amigables implementados para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. Número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente en operación al cierre del 2014. 236 Incremento porcentual en el número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. 50 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.2.1 Actividad Servicios amigables con acreditación Servicios amigables registrados 15 Servicios amigables acreditados 8 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros realizadas en el periodo Número de acciones extramuros programadas en el periodo 1,152 Actividades extramuros y comunitarias realizadas a través de los servicios amigables 50 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas para la atención en los servicios amigables Número de personas programadas para capacitar en los servicios amigables para población adolescente 2,560 Personal capacitado y sensibilizado en los servicios amigables para población adolescente 150
  • 137. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)25 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en medios masivos de comunicación Número de campañas programadas. 32 Número de campañas difundidas. 1 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas durante el año Personas programadas para ser capacitadas en el año. (mín. 70 x 32 entidades) 2,240 Personal capacitado respecto del programado 100 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un método anticonceptivo durante el post-evento obstétrico. Total de eventos obstétricos atendidos 800,000 Cobertura de anticoncepción postevento obstétrico. 50,205 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios activos de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud Mujeres de 15 a 49 años de edad (casadas o unidas), responsabilidad de la SSa. 4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud 97,000 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas a jurisdicciones sanitarias al año Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión por jurisdicción sanitaria al año. 32 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 6.3.1 Actividad Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. Número de unidades médicas programadas para instalar servicios de planificación familiar para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. 28 Número de servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. 1 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.1.1 Actividad Número de herramientas de detección aplicadas a mujeres de 15 años y más que presentaron marcadores de riesgo de violencia familiar y de género. Número de herramientas de detección programadas para su aplicación 1,897,644 Porcentaje de herramientas detección aplicadas a mujeres de 15 años y más respecto de las herramientas programadas. 136,260 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.1.2 Actividad Número de herramientas de evaluación de riesgos aplicadas a los casos positivos a violencia familiar y de género Número de herramientas de evaluación de riesgos programadas para su aplicación 398,505 Porcentaje de herramientas de evaluación de riesgos aplicadas a los casos positivos a violencia familiar y de género respecto de las herramientas programadas 28,615 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.2.1 Actividad Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud capacitado y sensibilizado en la NOM 046 Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud programado para la capacitación en la NOM046 3,225 Porcentaje de personal médico capacitado en la NOM-046 en relación a lo programado 210 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y más, unidas en situación de violencia severa atendidas en los servicios especializados Cálculo de mujeres de 15 años y más unidas, usuarias de los servicios de salud que se espera reciban atención especializada por violencia severa 234,053 Porcentaje de mujeres en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto de las esperadas 16,629 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.4.1 Actividad Número de grupos formados de reeducación de víctimas Número de grupos programados de reeducación de víctimas 656 Porcentaje de grupos formados de reeducación de víctimas en relación a los programados 24
  • 138. 26(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 5.1.1 Componente Número de material de promoción y difusión elaborado Número de material de promoción y difusión programado para la elaboración 7 Porcentaje de material de promoción y difusión elaborado en relación a lo programado 7 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 6.2.1 Actividad Número de grupos formados de re- educación de agresores Número de grupos programados de re-educación de agresores 656 Porcentaje de grupos formados de re-educación de agresores 24 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1 Componente Número de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual, que fueron atendidas en las primeras 72 hrs. en unidades de salud y se les brindó profilaxis para VIH/SIDA Casos esperados en las unidades de salud de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual en las primeras 72 hrs. 5,843 Porcentaje de casos de violación sexual atendidos en las primeras 72 hrs. con profilaxis en relación con los casos esperados 492 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social a capacitar 14,912 Porcentaje de personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado en género en salud en el marco de los derechos humanos. 1,600 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2 Actividad Número de hospitales con un directivo/a capacitado Número de hospitales con un directivo/a a capacitar en el año 550 Porcentaje de hospitales con un directivo/a capacitados en género en salud con respecto a los derechos humanos. 24 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica aplicadas Dosis de vacuna antirrábica programadas a aplicar 18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos 1,300,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 2.2.1 Componente Número de personas agredidas o contactos que inician tratamiento Número de personas agredidas o contactos valoradas según la normatividad 24 Personas agredidas o contactos que inician tratamiento antirrábico 24 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1 Componente Número de perros y gatos esterilizados Número de perros y gatos programados a esterilizar 511,105 Número de perros y gatos esterilizados en lugares de alta marginación 50,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.2.1 Componente Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, controlados en áreas de alta marginación Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, a controlar en áreas de alta marginación 510,875 Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, en control en áreas de alta marginación 27,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia programadas a enviar al laboratorio 47,400 Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio 2,700
  • 139. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)27 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 4.1.2 Componente Muestras de cerebro de otros animales sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio Muestras de cerebro de otros animales sospechosos de padecer rabia programadas a enviar al laboratorio 1,722 Muestras de cerebro de otros animales sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio 1,722 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura de Información en Plataforma Número de Semanas en el periodo 48 Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral 48 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de indicadores entomológicos de ovitrampas en las Localidades Prioritarias 16 5 Prevención y Control del Paludismo 1.3.2 Actividad Total de casos probables a los que se les toma una muestra de sangre para diagnóstico. Total de casos probables de paludismo reportados. 100 El indicador mide el porcentaje de casos probables que fueron estudiados en el laboratorio a partir de una gota gruesa de sangre. 100 5 Prevención y Control del Paludismo 1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación realizadas. Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación programadas. 4 Indicador de proceso que presenta la proporción de Comités Estatales de Certificación que lograron la certificación de áreas libres de paludismo para su entidad federativa. El indicador expresa el acumulado anual de entidades federativas que alcanzan la certificación. 4 5 Prevención y Control del Paludismo 3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con perspectiva de género para la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. Personal de salud que participa en la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. 100 Indicador de proceso que cuantifica el porcentaje de cumplimiento de las acciones de capacitación previstas. 100 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 4.2.1 Propósito Número de tratamientos supervisados Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica el total de casos confirmados que se ministrará tratamiento supervisados. 5 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 5.2.1 Actividad Número de serologías positivas realizadas en donantes de sangre doblemente reactivos Número donantes de sangre doblemente reactivos 2,085 Indicador de proceso: Cuantifica el incremento anual en el número de pruebas de tamizaje que son tomadas y confirmadas serológicamente en centros de transfusión sanguínea. 30 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 4.2.2 Actividad Número de casos por intoxicación por picadura de alacrán IPPA atendidos antes de 30 minutos Total de casos notificados por intoxicación por picadura de alacrán IPPA 100 El indicador medirá el número de casos a los que se les ministre con oportunidad el tratamiento faboterápico específico, estimado por aquellos pacientes que son tratados en los primeros 30 minutos después de ser picados por el alacrán. 2
  • 140. 28(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.1.1 Propósito Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, realizados Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, programadas 86,378 Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud. 5,543 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.2.1 Propósito Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento, que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) por debajo del 7% en población de 20 años y más en el Secretaría de Salud, realizados. Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento, que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) por debajo del 7% en población de 20 años y más en el Secretaría de Salud, programadas 8,551 Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento, que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) por debajo del 7% en población de 20 años y más en el Secretaría de Salud. 549 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.2.2 Propósito Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención realizados Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención programados 450 Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención. 8 10 Prevención y Control de la Diabetes 4.1.1 Propósito Número de personal de salud que fue actualizado en el primer nivel de atención y aprobó la capacitación de enfermedades crónicas no transmisibles en la Secretaría de Salud, realizados Número de personal de salud que fue actualizado en el primer nivel de atención y aprobó la capacitación de enfermedades crónicas no transmisibles en la Secretaría de Salud, programados. 24 Número de personal de salud que fue actualizado en el primer nivel de atención y aprobó la capacitación de enfermedades crónicas no transmisibles en la Secretaría de Salud. 24 10 Prevención y Control de la Diabetes 5.1.1 Propósito Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT, realizados Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT, programados 27 Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT. 27 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 1.1.1 Actividad Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más realizadas Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más programadas 22,613,439 Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 1,675,620 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en control responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en tratamiento responsabilidad de la Secretaría de Salud 482,873 Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en control responsabilidad de la Secretaría de Salud 23,633 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 4.1.1 Propósito Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que en control, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que se encuentran en tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 172,995 Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que en control, responsabilidad de la Secretaría de Salud 10,115
  • 141. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)29 12 Atención del Envejecimiento 1.1.1 Actividad Número de supervisiones y/o asesorías realizadas Número de supervisiones y/o asesorías programadas 30 Supervisión y/o asesoría 32 12 Atención del Envejecimiento 1.2.1 Propósito Número de COESAEN Activos Número de COESAEN Activos programados 6 Comités Estatales de Atención al Envejecimiento (COESAEN) Activos 6 12 Atención del Envejecimiento 2.1.1 Componente Número de capacitaciones sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor realizados Número de cursos sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor programados 5 Capacitación sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor 5 12 Atención del Envejecimiento 4.1.1 Fin Número de actividades de orientación realizadas para la implementación de centros de día Número de actividades de orientación programadas para la implementación de centros de día 2 Orientación para la implementación de centros de día para las entidades federativas 2 12 Atención del Envejecimiento 5.1.5 Actividad Total de acciones realizadas sobre detección y de control realizadas durante la SSGG a población de 60 años y más Total de acciones programadas sobre detección y de control realizadas durante la SSGG a población de 60 años y más 60 Semana de Salud para Gente Grande (SSGG) 60 12 Atención del Envejecimiento 6.1.1 Componente Programa Estatal de Atención de la salud de la Persona Adulta Mayor elaborado de acuerdo a los lineamientos nacionales Programa Estatal de Atención de la salud de la Persona Adulta Mayor esperado de acuerdo a los lineamientos nacionales 1 Programa Estatal de Acción Específico en Envejecimiento 1 12 Atención del Envejecimiento 6.2.1 Componente Número de boletines realizados Número de boletines programados 4 Boletín Caminando a la Excelencia sobre Envejecimiento 4 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 3.2.1 Actividad Semanas Estatales de Salud Bucal realizadas. Semanas Estatales de Salud Bucal programadas. 64 Semanas Estatales de Salud Bucal. 2 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 5.1.1 Actividad Actividades Curativas Asistenciales Realizadas. Actividades Curativas Asistenciales Programadas. 22,802,442 Actividades Curativo Asistenciales (intramuros). 1,572,070 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 7.4.1 Actividad Investigación en salud bucal realizadas. Investigación en salud bucal programados. 16 Investigación en materia de salud bucal. 1 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 7.6.1 Actividad Cursos de capacitaciones realizados. Cursos de capacitación programados. 64 Cursos de capacitación estomatológica. 2 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de salud bucal realizadas. Supervisiones al programa de salud bucal programadas. 4,635 Supervisión del programa de salud bucal. 771 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas realizadas. Consultas estomatológicas programadas. 9,421,700 Consultas estomatológicas. 726,111
  • 142. 30(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.2.1 Actividad Número de eventos de capacitación en tuberculosis realizados Número de eventos de capacitación en tuberculosis programados 156 Cumplimiento de eventos de capacitación 2 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería realizados Número de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería programados 32 Porcentaje de cumplimiento de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería 1 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.1 Componente Número de sintomáticos respiratorios identificados Número de sintomáticos respiratorios programados 290,823 Cobertura de detección de sintomáticos respiratorios 11,182 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1 Propósito Número de personas con tuberculosis farmacorresistente que ingresaron al tratamiento con fármacos de segunda línea. Número de personas con tuberculosis farmacorresistente para recibir esquema de tratamiento con fármacos de segunda línea programados. 263 Cobertura de tratamiento de personas con tuberculosis farmacorresistente 7 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1 Actividad Número de campañas educativas realizadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) Total de campañas educativas programadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) 96 Número de materiales educativos en tuberculosis elaborados 3 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas Número de visitas de asesoría y supervisión programadas 854 Porcentaje de cumplimiento de visitas de supervisión 16 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 6.2.1 Actividad Número de proyectos de investigación operativa documentados Número de proyectos de investigación operativa programados 32 Publicación de resultados de investigación operativa estatales y del nivel nacional 1 15 Eliminación de la Lepra 1.1.1 Actividad Número de eventos de capacitación de lepra realizados. Número de eventos de capacitación de lepra programados. 33 Porcentaje de cumplimiento de eventos de capacitación enfocados al manejo integral de personas afectadas por lepra. 1 15 Eliminación de la Lepra 1.2.1 Propósito Casos nuevos de lepra identificados. Casos nuevos de lepra programados. 197 Porcentaje de casos nuevos de lepra encontrados de manera trimestral entre contactos de pacientes y en sintomáticos dermatológicos. 2 15 Eliminación de la Lepra 2.1.1 Actividad Número de baciloscopias e histopatologías realizadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. Número de baciloscopias e histopatologías programadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. 3,708 Porcentaje de toma de baciloscopias e histopatologías realizadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. 52
  • 143. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)31 15 Eliminación de la Lepra 4.1.1 Propósito Número de casos curados en el año en curso. Número de casos que ingresan a tratamiento 2 años atrás. 131 Porcentaje de curación de casos de lepra que ingresan a tratamiento con esquema multibacilar. 3 15 Eliminación de la Lepra 5.2.1 Actividad Número de eventos realizados en donde se entregó material de difusión. Número de eventos programados en donde se entregó material de difusión. 33 Cumplimiento de entrega de material de difusión en eventos. 1 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud programadas. 4 Porcentaje de reuniones del Comités Estatales para la Seguridad en Salud 4 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 3.1.1 Actividad Cursos de capacitación realizados Cursos de capacitación programados 2 Porcentaje de cursos de capacitación para el personal involucrado en la operación del programa. 2 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas conformadas Kits de reservas estratégicas programados 3 Porcentaje de kits de reservas estratégicas conformadas. 3 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud (brotes y desastres) atendidas en menos de 48 horas Total de emergencias en salud (brotes y desastres) registradas 10 Porcentaje de emergencias en salud atendidas en forma oportuna (< de 48 hrs). 10 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 4 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 16 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de hisopo rectal realizados. Total estatal de EDAS notificadas en el SUIVE de las unidades seleccionadas. 2 Porcentaje de casos de EDA que acuden a unidades de atención del sector salud con muestra con HR. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos‒taller para personal de salud. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos realizados Total de operativos preventivos programados 2 Porcentaje de operativos preventivos en áreas de riesgo 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA y cólera realizadas Campañas preventivas para EDA y cólera programadas 1 Porcentaje de campañas preventivas para EDA y cólera. 1
  • 144. 32(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas con VIH e ITS en Servicios Especializados. Personas en control y en TAR registrados en el SALVAR 156 Condones distribuidos para la prevención en personas con VIH e ITS. 156 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por la Secretaría de Salud (excluyendo las detecciones en mujeres embarazadas). Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH (Secretaría de Salud). 32,965 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud con carga viral indetectable. Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud. 72 Porcentaje de personas en tratamiento ARV en Control Virológico (Secretaría de Salud). 72 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud Personas con TB y VIH en la Secretaría de Salud. 100 Porcentaje de personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa (Secretaría de Salud). 100 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema de vacunación en niños menores de un 1 año de edad , que correspondan del área de responsabilidad de Secretaría de Salud de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional Niños menores de 1 año de edad de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional. 90 Porcentaje de cobertura de vacunación con esquema completo en menores de 1 año. 90 1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin registradas en Semanas Nacionales de Salud. Total de dosis de vacuna Sabin programados para Semanas Nacionales de Salud. 90 Logros de biológicos aplicados en Semanas Nacionales de Salud para el Programa de Vacunación Universal (Sabin) 90 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 4.1.1 Actividad Número de personal de salud capacitado de los Servicios de Salud en el primer nivel de atención en Atención Integrada en la Infancia y la Adolescencia. Total de personal de salud de los Servicios de Salud del primer nivel de atención. 20 Personal de salud operativo del Primer Nivel de Atención capacitado en atención integrada en la infancia y la adolescencia. 10 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia Total de capacitaciones programadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia 75 Porcentaje de capacitaciones al personal de salud en prevención y atención del cáncer en menores de 18 años 75 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el Registro de Cáncer en Niñas, Niños y Adolescentes Total de casos registrados en el Sistema del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos 80 Evaluación y análisis de los sistemas de información relacionados al cáncer en la infancia y adolescencia 80 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
  • 145. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)33 ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg envase con un dispositivo. 1,774.98 4,765.00 8,457,779.70 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales) 25.30 10,861.00 274,783.30 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml 35.42 14,735.00 521,913.70
  • 146. 34(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml. 35.42 3,834.00 135,800.28 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona solución inyectable oleosa cada ampolleta contiene: enantato de noretisterona 200 mg envase con una ampolleta de 1 ml. 37.59 6,891.00 259,032.69 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante y aplicador. 1,160.64 20,631.00 23,945,163.84 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene: norelgestromina 6.00 mg etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches. 160.88 17,469.00 2,810,412.72 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel 0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas. 10.66 8,223.00 87,657.18 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 2,605.00 212,724.30 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. 52.95 4,161.00 220,324.95 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos intrauterino. T de cobre, 380 a. Anticonceptivo estéril con 380 mm2, de cobre, plástico grado médico 77% y sulfato de bario usp 23%, con filamento largo de 30 cm con tubo insertor, tope y émbolo insertor. 11.61 7,831.00 90,917.91 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos dispositivo intrauterino, t de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador montable con tope cervical. 36.37 416.00 15,129.92 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,440.81 492.00 1,200,878.52 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3 43.50 10.00 435.00 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género en programas de salud 37.62 30.00 1,128.60 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud 20.85 10.00 208.50 TOTAL: 38,234,291.11
  • 147. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)35 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. 253.00 50.00 12,650.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 556.00 109,532.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 200.00 16,600.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente 5,926.00 32.00 189,632.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo electrónico. 6,875.00 1.00 6,875.00 TOTAL: 335,289.00 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 13,884.00 1,892,389.20 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de atazanavir. Envase con 30 cápsulas. 2,764.85 15,037.00 41,575,049.45 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg envase con 60 tabletas. 1,712.32 9,125.00 15,624,920.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Enfuvirtida solución inyectable cada frasco ámpula con liofilizado contiene: enfuvirtida 108 mg envase con 60 frascos ámpula con liofilizado y 60 frascos ámpula con 1.1 ml de agua inyectable. 22,449.79 91.00 2,042,930.89 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 32.00 26,723.20 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con 60 tabletas. 470.47 4,999.00 2,351,879.53 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 216.00 697,541.76 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina cápsula cada cápsula contiene: emtricitabina 200 mg envase con 30 cápsulas. 530.16 1,715.00 909,224.40 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxilo envase con 30 tabletas. 2,000.12 8,017.00 16,034,962.04
  • 148. 36(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Fosamprenavir tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: fosamprenavir cálcico equivalente a 700 mg de fosamprenavir envase con 60 tabletas recubiertas. 2,140.70 53.00 113,457.10 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de darunavir envase con 60 tabletas. 4,978.59 1,649.00 8,209,694.91 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30 comprimidos recubiertos. 371.83 13,280.00 4,937,902.40 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas. 1,379.32 8,562.00 11,809,737.84 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil emtricitabina 200 mg envase con 30 tabletas recubiertas. 2,124.62 23,048.00 48,968,241.76 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 239.00 136,230.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 7,901.00 1,659,210.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 1,083.00 5,879,899.41 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. 1,714.00 18.00 30,852.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg de raltegravir envase con 60 comprimidos. 5,308.92 2,612.00 13,866,899.04 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con 84 cápsulas o tabletas cada uno. 347.96 24,635.00 8,571,994.60 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 341.00 271,071.13 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase con 60 tabletas. 1,100.00 2.00 2,200.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con 120 tabletas 2,656.00 14,956.00 39,723,136.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente a 500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos 2,207.00 4,042.00 8,920,694.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 7,273.00 2,793,995.68 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas. 657.47 952.00 625,911.44 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas. 1,056.91 2,626.00 2,775,445.66 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 25.00 165,561.75 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 122.00 807,941.34 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,404.15 58,353.00 140,289,364.95 TOTAL: 381,715,061.48
  • 149. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)37 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331 200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o TOKIO 172 200 000-3 000 000 ufc o montreal 200 000 3 200 000 ufc o Moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml. *semilla mérieux. 10.15 127,400.00 1,293,110.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a 40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud* haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa. 142.80 341,600.00 48,780,480.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston- zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o 103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50 envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente. 12.09 338,300.00 4,090,047.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a, 12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco ámpula de 2.5 ml. 92.20 37,000.00 3,411,400.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna anti influenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 452,552.00 22,315,339.12
  • 150. 38(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 76,740.00 3,784,049.40 1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8 mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml. 136.00 45,000.00 6,120,000.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis). 10.00 159,650.00 1,596,500.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3 2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui envase con un tubo de plástico con 2 ml. 53.92 174,800.00 9,425,216.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg 4 - 2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a - 2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja. 183.80 243,800.00 44,810,440.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 179,060.00 8,829,448.60 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 553,048.00 27,270,796.88 1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con 0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml. 156.96 75,500.00 11,850,480.00 TOTAL: 193,577,307.00 Gran total 613,861,948.59 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica
  • 151. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)39 APÉNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por “LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO DEL DF” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS PROGRAMAS”. Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 7,764,817.00 0.00 7,764,817.00 1,197,991.00 0.00 0.00 0.00 1,197,991.00 24,140,335.50 0.00 0.00 33,103,143.50 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 375,860.00 0.00 0.00 0.00 375,860.00 0.00 0.00 0.00 375,860.00 3 Alimentación y Actividad Física 9,000,000.00 0.00 9,000,000.00 400,000.00 0.00 0.00 0.00 400,000.00 0.00 0.00 0.00 9,400,000.00 Total: 16,764,817.00 0.00 16,764,817.00 1,973,851.00 0.00 0.00 0.00 1,973,851.00 24,140,335.50 0.00 0.00 42,879,003.50 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 5,540,105.00 0.00 5,540,105.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 6,540,116.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5,000,000.00 0.00 5,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,000,000.00 Total: 10,540,105.00 0.00 10,540,105.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 1,000,011.00 0.00 0.00 0.00 11,540,116.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50 Total: 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 12,235,521.50 0.00 0.00 12,235,521.50 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial 2,630,000.00 0.00 2,630,000.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 3,029,500.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 500,000.00 0.00 500,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 500,000.00 Total: 3,130,000.00 0.00 3,130,000.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 399,500.00 0.00 0.00 0.00 3,529,500.00
  • 152. 40(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIERO S RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 5,068,656.36 0.00 5,068,656.36 4,638,050.00 0.00 0.00 0.00 4,638,050.00 78,453,940.00 0.00 0.00 88,160,646.36 2 Salud Materna y Perinatal 11,320,932.67 0.00 11,320,932.67 2,205,088.80 0.00 0.00 0.00 2,205,088.80 63,471,090.50 0.00 0.00 76,997,111.97 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2,879,925.75 0.00 2,879,925.75 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9,421,400.00 0.00 0.00 12,301,325.75 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4,191,414.00 0.00 4,191,414.00 1,432,800.00 0.00 0.00 0.00 1,432,800.00 60,248,104.49 0.00 0.00 65,872,318.49 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 9,839,116.00 1,200,878.52 11,039,994.52 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 11,039,994.52 6 Igualdad de Género en Salud 48,000.00 1,772.10 49,772.10 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 49,772.10 Total: 33,348,044.78 1,202,650.62 34,550,695.40 8,275,938.80 0.00 0.00 0.00 8,275,938.80 211,594,534.99 0.00 0.00 254,421,169.19 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 21,499.04 138,782.00 160,281.04 36,265,650.00 0.00 0.00 0.00 36,265,650.00 3,574,145.00 0.00 0.00 40,000,076.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 8,232.28 0.00 0.00 8,232.28 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4,017,450.11 0.00 4,017,450.11 100,000.02 0.00 0.00 0.00 100,000.02 2,782.32 0.00 0.00 4,120,232.45 5 Prevención y Control del Paludismo 198,669.00 0.00 198,669.00 275,000.01 0.00 0.00 0.00 275,000.01 5,318.40 0.00 0.00 478,987.41 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 0.00 0.00 0.00 125,000.14 0.00 0.00 0.00 125,000.14 1,775,556.50 0.00 0.00 1,900,556.64 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 0.00 0.00 0.00 125,000.13 0.00 0.00 0.00 125,000.13 0.00 0.00 0.00 125,000.13 10 Prevención y Control de la Diabetes 4,627,394.00 0.00 4,627,394.00 378,000.00 0.00 0.00 0.00 378,000.00 40,276,762.00 0.00 0.00 45,282,156.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 7,625,650.00 0.00 7,625,650.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 11,733,070.50 0.00 0.00 19,358,720.50 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 1,625,000.00 0.00 0.00 0.00 1,625,000.00 4,014,316.08 0.00 0.00 5,639,316.08 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 57,955.50 0.00 57,955.50 5,671,703.77 0.00 0.00 0.00 5,671,703.77 52,787,147.94 0.00 0.00 58,516,807.21 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 331,050.00 196,507.00 527,557.00 457,800.00 0.00 0.00 0.00 457,800.00 1,178,369.32 0.00 0.00 2,163,726.32 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 312,435.00 0.00 0.00 0.00 312,435.00 0.00 0.00 0.00 312,435.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 500,000.00 0.00 500,000.00 689,415.55 0.00 0.00 0.00 689,415.55 0.00 0.00 0.00 1,189,415.55 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 250,000.00 0.00 250,000.00 1,800,000.00 0.00 0.00 0.00 1,800,000.00 531,709.02 0.00 0.00 2,581,709.02 Total: 17,629,667.65 335,289.00 17,964,956.65 47,825,004.62 0.00 0.00 0.00 47,825,004.62 115,887,409.36 0.00 0.00 181,677,370.63 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70 765,000.00 0.00 0.00 0.00 765,000.00 2,846,455.00 0.00 435,075,364.28 449,463,892.98 Total: 8,884,684.50 1,892,389.20 10,777,073.70 765,000.00 0.00 0.00 0.00 765,000.00 2,846,455.00 0.00 435,075,364.28 449,463,892.98
  • 153. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)41 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal 4,252,165.00 91,390,925.52 95,643,090.52 20,000,081.00 0.00 0.00 0.00 20,000,081.00 133,910,494.48 0.00 0.00 249,553,666.00 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 521,328.00 0.00 521,328.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 22,920,580.00 0.00 0.00 23,441,908.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 393,008.00 0.00 393,008.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 122,400.00 0.00 0.00 515,408.00 Total: 5,166,501.00 91,390,925.52 96,557,426.52 20,000,081.00 0.00 0.00 0.00 20,000,081.00 156,953,474.48 0.00 0.00 273,510,982.00 Gran Total: 95,463,819.93 94,821,254.34 190,285,074.27 80,239,386.42 0.00 0.00 0.00 80,239,386.42 523,657,730.83 0.00 435,075,364.28 1,229,257,555.80 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con el contenido del presente Convenio Modificatorio. TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones. CUARTA. Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA. El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015. Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud, Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del DF: el Secretario de Salud del Distrito Federal y Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, José Armando Ahued Ortega.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas del Distrito Federal, Edgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.
  • 154. 42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guanajuato. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 01 DE ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE GUANAJUATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. FRANCISCO IGNACIO ORTÍZ ALDANA, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO CON LA PARTICIPACIÓN DEL C.P. JUAN IGNACIO MARTÍN SOLÍS, SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN Y LA LIC. MA. ISABEL TINOCO TORRES, SECRETARIA DE LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación así como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión Nacional contra las Adicciones. IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara: I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara: II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
  • 155. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43 III. Las partes declaran conjuntamente: III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente instrumento. III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: … I. DECLARA “LA SECRETARÍA”: … 2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento. … PRIMERA.- … No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales P 014 5,227,511.00 0.00 5,227,511.00 2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 Subtotal: 8,227,511.00 0.00 8,227,511.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica U 009 2,654,108.00 0.00 2,654,108.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) U 009 1,000,000.00 42,084.00 1,042,084.00 Subtotal: 3,654,108.00 42,084.00 3,696,192.00
  • 156. 44 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental P 014 450,000.00 0.00 450,000.00 Subtotal: 450,000.00 0.00 450,000.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial P 014 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables P 014 0.00 0.00 0.00 Subtotal: 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer P 017 6,081,962.12 0.00 6,081,962.12 2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 14,031,526.62 0.00 14,031,526.62 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes P 017 3,679,918.55 0.00 3,679,918.55 4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 4,520,426.00 0.00 4,520,426.00 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género P 017 8,220,740.00 610,202.50 8,830,942.50 6 Igualdad de Género en Salud P 017 229,344.00 17,465.90 246,809.90 Subtotal: 36,763,917.29 627,668.40 37,391,585.69 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 21,499.04 266,193.00 287,692.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores P 014 1,696,066.40 5,048,639.88 6,744,706.28 5 Prevención y Control del Paludismo U 009 218,669.00 0.00 218,669.00 6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas U 009 0.00 0.00 0.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán P 014 42,000.00 0.00 42,000.00 10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 1,220,973.50 0.00 1,220,973.50 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular U 008 2,861,058.00 0.00 2,861,058.00 12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal P 014 251,999.50 0.00 251,999.50 14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 431,050.00 77,987.00 509,037.00 15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres U 009 600,000.00 0.00 600,000.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera U 009 250,000.00 0.00 250,000.00 Subtotal: 7,593,315.44 5,392,819.88 12,986,135.32
  • 157. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 45 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00 Subtotal: 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal E 036 4,030,311.00 80,226,845.51 84,257,156.51 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 1,203,696.00 0.00 1,203,696.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 502,070.00 0.00 502,070.00 Subtotal: 5,736,077.00 80,226,845.51 85,962,922.51 Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD" 64,688,678.73 87,484,797.79 152,173,476.52 … SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” ministrará a “LA ENTIDAD” recursos federales hasta por la cantidad de $152,173,476.52 (ciento cincuenta y dos millones ciento setenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos 52/100 M.N.), con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales por un monto de $64,688,678.73 (sesenta y cuatro millones seiscientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y ocho pesos 73/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3. Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los rendimientos financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración de conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 27 de Agosto de 2012. Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora al Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato. Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” definidos como insumos federales, por un monto total de $87,484,797.79 (ochenta y siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil setecientos noventa y siete pesos 79/100 M.N.) serán entregados directamente al Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, y serán aplicados, de manera exclusiva, en “LOS PROGRAMAS” señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento. … CUARTA.- APLICACIÓN.- … … … … Para las contrataciones de personal que realice “LA ENTIDAD”, a partir del 01 de abril del 2015, con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE. …
  • 158. 46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 SEXTA.- … … VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales de el “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. … XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de “LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato de “LA ENTIDAD”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el “SIAFFASPE”. … ANEXO 1 DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO DE GUANAJUATO POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”. … 1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud 2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud 3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología 4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental 5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes 6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva 7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades 8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA 9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia …
  • 159. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)47 ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 5,227,511.00 0.00 5,227,511.00 100,048,558.00 0.00 0.00 100,048,558.00 0.00 0.00 0.00 105,276,069.00 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,000,000.00 TOTALES 8,227,511.00 0.00 8,227,511.00 100,048,558.00 0.00 0.00 100,048,558.00 0.00 0.00 0.00 108,276,069.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2,654,108.00 0.00 2,654,108.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,654,108.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,000,000.00 TOTALES 3,654,108.00 0.00 3,654,108.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,654,108.00
  • 160. 48(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Salud Mental 0.00 450,000.00 450,000.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 0.00 42,714,101.00 TOTALES 0.00 450,000.00 450,000.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 0.00 42,714,101.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Seguridad Vial 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,247,500.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 TOTALES 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,247,500.00
  • 161. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)49 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 0.00 6,081,962.12 6,081,962.12 38,024,541.30 0.00 0.00 38,024,541.30 0.00 0.00 0.00 44,106,503.42 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 14,031,526.62 14,031,526.62 62,725,891.89 0.00 0.00 62,725,891.89 0.00 0.00 0.00 76,757,418.51 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2,650,742.55 1,029,176.00 3,679,918.55 26,822,510.00 0.00 0.00 26,822,510.00 0.00 0.00 0.00 30,502,428.55 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2,999,424.00 1,521,002.00 4,520,426.00 32,643,665.20 61,998,308.90 0.00 94,641,974.10 0.00 0.00 0.00 99,162,400.10 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 661,067.00 7,559,673.00 8,220,740.00 5,212,207.00 0.00 0.00 5,212,207.00 0.00 0.00 0.00 13,432,947.00 6 Igualdad de Género en Salud 229,344.00 0.00 229,344.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 229,344.00 TOTALES 6,540,577.55 30,223,339.74 36,763,917.29 165,428,815.39 61,998,308.90 0.00 227,427,124.29 0.00 0.00 0.00 264,191,041.58
  • 162. 50(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 21,499.04 0.00 21,499.04 490,902.00 0.00 0.00 490,902.00 0.00 0.00 0.00 512,401.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 214,789.95 0.00 0.00 214,789.95 0.00 0.00 0.00 214,789.95 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1,696,066.40 0.00 1,696,066.40 7,000.00 0.00 0.00 7,000.00 0.00 0.00 0.00 1,703,066.40 5 Prevención y Control del Paludismo 218,669.00 0.00 218,669.00 14,420.00 0.00 0.00 14,420.00 0.00 0.00 0.00 233,089.00 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 0.00 0.00 0.00 37,500.00 0.00 0.00 37,500.00 0.00 0.00 0.00 37,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 42,000.00 0.00 42,000.00 16,499,048.00 0.00 0.00 16,499,048.00 0.00 0.00 0.00 16,541,048.00 10 Prevención y Control de la Diabetes 1,006,500.00 214,473.50 1,220,973.50 191,868,313.90 0.00 0.00 191,868,313.90 0.00 0.00 0.00 193,089,287.40 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 0.00 2,861,058.00 2,861,058.00 278,030,096.09 0.00 0.00 278,030,096.09 0.00 0.00 0.00 280,891,154.09 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 251,999.50 0.00 251,999.50 35,407,235.17 0.00 0.00 35,407,235.17 0.00 0.00 0.00 35,659,234.67 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 431,050.00 0.00 431,050.00 12,654,047.32 0.00 0.00 12,654,047.32 0.00 0.00 0.00 13,085,097.32 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 8,222.00 0.00 0.00 8,222.00 0.00 0.00 0.00 8,222.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 600,000.00 0.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 600,000.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 0.00 250,000.00 250,000.00 579,400.00 0.00 0.00 579,400.00 0.00 0.00 0.00 829,400.00 TOTALES 4,267,783.94 3,325,531.50 7,593,315.44 535,810,974.43 0.00 0.00 535,810,974.43 0.00 0.00 0.00 543,404,289.87
  • 163. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)51 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 16,250.00 0.00 16,250.00 31,941,452.00 0.00 0.00 31,941,452.00 71,169,555.27 12,834,654.00 84,004,209.27 115,961,911.27 TOTALES 16,250.00 0.00 16,250.00 31,941,452.00 0.00 0.00 31,941,452.00 71,169,555.27 12,834,654.00 84,004,209.27 115,961,911.27 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Vacunación Universal 0.00 4,030,311.00 4,030,311.00 53,060,254.16 88,876,303.49 0.00 141,936,557.65 0.00 0.00 0.00 145,966,868.65 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 0.00 1,203,696.00 1,203,696.00 21,698,966.75 0.00 0.00 21,698,966.75 0.00 0.00 0.00 22,902,662.75 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 0.00 502,070.00 502,070.00 699,050.00 0.00 0.00 699,050.00 0.00 0.00 0.00 1,201,120.00 TOTALES 0.00 5,736,077.00 5,736,077.00 75,458,270.91 88,876,303.49 0.00 164,334,574.40 0.00 0.00 0.00 170,070,651.40
  • 164. 52(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 Gran Total No. TODOS LOS PROGRAMAS DE ACCIÓN ESPECÍFICOS ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL TOTAL 24,953,730.49 39,734,948.24 64,688,678.73 950,952,171.73 150,874,612.39 0.00 1,101,826,784.12 71,169,555.27 12,834,654.00 84,004,209.27 1,250,519,672.12 NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS SMS XXI INSUMOS TOTAL L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 8,679,936.00 8,679,936.00 NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 165. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53 ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales Febrero 5,227,511.00 Subtotal 5,227,511.00 2 Entornos y Comunidades Saludables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Alimentación y Actividad Física Febrero 3,000,000.00 Subtotal 3,000,000.00 Total 8,227,511.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Febrero 2,654,108.00 Subtotal 2,654,108.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) Febrero 1,000,000.00 Subtotal 1,000,000.00 Total 3,654,108.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Salud Mental Febrero 450,000.00 Subtotal 450,000.00 Total 450,000.00
  • 166. 54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Seguridad Vial Febrero 2,247,500.00 Subtotal 2,247,500.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 Total 2,247,500.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer Febrero 5,187,201.25 Mayo 894,760.87 Subtotal 6,081,962.12 2 Salud Materna y Perinatal Febrero 0.00 Abril 10,998,557.74 Mayo 3,032,968.88 Subtotal 14,031,526.62 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes Febrero 2,523,700.00 Mayo 1,156,218.55 Subtotal 3,679,918.55 4 Planificación Familiar y Anticoncepción Febrero 3,749,135.20 Mayo 771,290.80 Subtotal 4,520,426.00
  • 167. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género Febrero 5,100,819.00 Mayo 3,119,921.00 Subtotal 8,220,740.00 6 Igualdad de Género en Salud Febrero 0.00 Mayo 229,344.00 Subtotal 229,344.00 Total 36,763,917.29 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control de la Rabia Humana Febrero 21,499.04 Subtotal 21,499.04 2 Prevención y Control de la Brucelosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores Febrero 1,696,066.40 Subtotal 1,696,066.40 5 Prevención y Control del Paludismo Febrero 218,669.00 Subtotal 218,669.00 6 Eliminación de la Oncocercosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00
  • 168. 56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas Febrero 0.00 Subtotal 0.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán Febrero 42,000.00 Subtotal 42,000.00 10 Prevención y Control de la Diabetes Febrero 1,220,973.50 Subtotal 1,220,973.50 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular Febrero 2,861,058.00 Subtotal 2,861,058.00 12 Atención del Envejecimiento Febrero 0.00 Subtotal 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal Febrero 251,999.50 Subtotal 251,999.50 14 Prevención y Control de la Tuberculosis Febrero 361,437.10 Marzo 69,612.90 Subtotal 431,050.00 15 Eliminación de la Lepra Febrero 0.00 Subtotal 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres Febrero 600,000.00 Subtotal 600,000.00
  • 169. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera Febrero 250,000.00 Subtotal 250,000.00 Total 7,593,315.44 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS Febrero 16,250.00 Subtotal 16,250.00 Total 16,250.00 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Vacunación Universal Febrero 1,150,377.08 Abril 2,879,933.92 Subtotal 4,030,311.00 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia Febrero 927,361.38 Abril 276,334.62 Subtotal 1,203,696.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia Febrero 499,117.53 Abril 2,952.47 Subtotal 502,070.00 Total 5,736,077.00 Gran total 64,688,678.73 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 170. 58(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.3.1 Componente Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno realizadas Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno programadas 320 Porcentaje de ferias de promoción de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno. 10 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas de nivel básico y medio superior validadas como Promotoras de la Salud Meta programada de escuelas validadas como Promotoras de la Salud 12,275 Porcentaje de escuelas validadas como promotoras de la salud 489 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.2.1 Componente Número de talleres para población general realizados 2 talleres por unidad de primer nivel por 10 meses 264,800 Porcentaje de talleres comunitarios para la promoción de la salud, dirigidos a la población general 24,520 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 4.1.1 Componente Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud realizados Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud programados 256 Porcentaje de materiales educativos elaborados con enfoque de mercadotecnia social en salud 213 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 5.1.1 Componente Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 1,043 Porcentaje de visitas y acciones de supervisión integral y evaluación realizadas 73 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud Total de consultas otorgadas a la población usuaria de los Servicios Estatales de Salud 54 Porcentaje de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud 70 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 7.1.1 Componente Número de entidades federativas con grupos intersectorial estatal de promoción de la salud Número de entidades federativas existentes en el país 6 Porcentaje de entidades federativas con grupo intersectorial estatal de promoción de la salud y determinantes sociales 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.1.1 Actividad Curso-taller para procuradoras(es) de salud realizados Curso-taller para agentes de salud programados 5,000 Porcentaje de cursos-taller para agentes de salud de salud 4,672 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.2.1 Actividad Número de municipios a los que se otorgó capacitación a su personal en el año Número total de municipios en el año 849 Porcentaje de municipios a los que se le otorgó capacitación de Promoción de la Salud a su personal. 46 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud realizados Número de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud programados 32 Porcentaje de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.1.1 Actividad Número de informes de trabajo intersectorial realizados en las jurisdicciones sanitarias Número de informes de trabajo intersectorial programados en las jurisdicciones sanitarias 240 Porcentaje de informes de trabajo y planeación intersectorial en las jurisdicciones sanitarias 8
  • 171. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)59 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.2.1 Actividad Número de jurisdicciones sanitarias con información sobre comunidades en acción entregada Número de jurisdicciones sanitarias con información sobre comunidades en acción programadas 240 Porcentaje de jurisdicciones sanitarias con información sobre comunidades en acción 8 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables realizadas Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables programadas 64 Porcentaje de reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables 3 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.4.1 Actividad Número de comunidades acreditadas como saludables Número de comunidades programadas para acreditar como saludables 1,500 Porcentaje de comunidades acreditadas como saludables 146 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.5.1 Actividad Número de espacios públicos acreditados como saludables Número de espacios públicos programados para acreditar como saludables 800 Porcentaje de espacios públicos acreditados como saludables 424 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.1.1 Componente Número de municipios activos en el año Número total de municipios en el año 1,137 Porcentaje de municipios activos 46 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.3.1 Actividad Número de municipios de alta y muy alta marginación incorporados en el año Número total de municipios de alta y muy alta marginación en el año 200 Porcentaje de municipios de alta y muy alta marginación incorporados al programa 2 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.4.1 Actividad Número de promotores de la salud capacitados en alimentación correcta a niños menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres en lactancia de los municipios que participan en la cruzada contra el hambre Número total de promotores de la salud de los municipios que participan en la cruzada contra el hambre 900 Porcentaje de promotores de la salud capacitados en alimentación correcta a menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia 405 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.5.1 Actividad Número de ferias de promoción de la salud para prevención de la violencia realizadas Número de ferias de promoción de la salud para prevención de la violencia programadas 150 Porcentaje de ferias integrales de promoción de la salud para la prevención de la violencia en espacios públicos 26 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.6.1 Actividad Número de eventos locales realizados que favorezcan la alimentación correcta y la activación física Número de eventos locales programados que favorezcan la alimentación correcta y la activación física 100 Porcentaje de eventos locales que favorezcan la alimentación correcta y la activación física 46 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.7.1 Actividad Número de municipios que realizan acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud Número de municipios programados para realizar acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud 1,000 Porcentaje de municipios con acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud 46 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.8.1 Actividad Número de reuniones con presidentes municipales realizadas Número de reuniones con presidentes municipales programadas 32 Porcentaje de reuniones con presidentes municipales 5
  • 172. 60(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.9.1 Actividad Número de municipios certificados como promotores de la salud en el año Número total de municipios en el año 420 Porcentaje de municipios certificados como promotores de la salud 46 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión al programa realizadas en el año Número de visitas de supervisión programadas en el año 180 Porcentaje de visitas de supervisión al programa 8 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.2.2 Actividad Número de municipios con proyectos supervisados en el año Número de municipios con proyectos apoyados en el año 159 Porcentaje de Municipios supervisados con proyectos apoyados 8 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.3.1 Actividad Número total de proyectos municipales ganadores, con rendición de cuentas Número total de proyectos ganadores 100 Porcentaje de proyectos municipales ganadores con rendición de cuentas 8 3 Alimentación y Actividad Física 1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la alimentación correcta y el consumo de agua simple potable en diferentes entornos. 10 3 Alimentación y Actividad Física 2.1.1 Actividad Eventos educativos realizadas. Eventos educativos programadas. 160 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la actividad física en diferentes entornos. 5 3 Alimentación y Actividad Física 3.1.1 Actividad Campañas realizadas Campañas programadas 96 Número de campañas educativas sectoriales de promoción de estilos de vida saludables. 3 3 Alimentación y Actividad Física 4.2.1 Actividad Sesiones educativas realizadas Sesiones educativas programadas 768 Número de sesiones educativas sobre los beneficios de la lactancia materna exclusiva y la alimentación complementaria. 3,324 3 Alimentación y Actividad Física 5.1.1 Actividad Número de eventos realizados Número de eventos programados 64 Número de eventos realizados para la difusión de la cultura alimentaria tradicional 2 3 Alimentación y Actividad Física 6.1.1 Actividad Capacitaciones impartidas Capacitaciones programadas 32 Número de cursos de capacitación para fortalecer las competencias del personal de salud sobre alimentación correcta, consumo de agua simple, actividad física y lactancia materna. 1 3 Alimentación y Actividad Física 7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 128 Número de supervisiones de las actividades derivadas del programa. 4
  • 173. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)61 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con incremento en 0.3 puntos con respecto del año anterior en cada una de las entidades federativas. Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad general de los sistemas prioritarios. 8 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.2 Propósito Número de Boletines publicados en la página de la entidad por semana acumulables. Número programado de boletines por publicar en el año (52 o 53). 95 Porcentaje de cumplimiento de Boletines publicados 52 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.3 Propósito Número de unidades hospitalarias de la Secretaría de Salud con técnico capturista contratado por meses. Número de hospitales de la Secretaría de Salud que cumplan con los requisitos para formar parte de la RHOVE. 90 Reporte oportuno y consistente de los casos sujetos a vigilancia epidemiológica que cuenten con plataforma informática (RHOVE, Diabetes y Registro Nacional de Cáncer). 17 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.4 Actividad Número de unidades equipadas. Número de unidades por equipar. 80 Asegurar la operación de los Sistemas de Vigilancia Epidemiológica en todas las Jurisdicciones y Hospitales RHOVE, USMI y del Registro Nacional de Cáncer. 30 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.2.1 Propósito Panoramas publicados 4 panoramas anuales. 80 Publicación trimestral de panorama de DM-II, de Morbilidad Materna Severa y otras enfermedades No Transmisibles. 4 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados (en cada nivel jurisdiccional) Número sistemas programados para evaluación en las jurisdicciones 80 Índice de Verificación del cumplimiento de los procedimientos de vigilancia epidemiológica correspondientes. 8 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 5.1.1 Actividad Personal aprobado con curso de posgrado (Diplomado y maestría) en epidemiología. Personal programado para cursar diplomado y maestría en epidemiología. 80 Porcentaje de alumnos capacitados. 50 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 6.1.1 Actividad Equipo adquirido equipo planeado 90 Porcentaje de UIES creadas o fortalecidas. 8 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 4.1.1 Propósito Número de diagnósticos con reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE Número de diagnósticos programados a la competencia técnica por el InDRE 5 Reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE de los diagnósticos del marco analítico básico declarados por el LESP 5 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 4.2.1 Actividad Avance en el Índice de Desempeño año del curso vs. Índice de Desempeño del año anterior Avance Programado en el Índice de Desempeño del año en curso 1 Medir el índice de desempeño de los diagnósticos del marco analítico básico declarados por el LESP 1
  • 174. 62(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.1 Actividad Número de Diagnósticos que realizan del Marco Analítico Básico Número de Diagnósticos del Marco Analítico Básico 27 Cobertura del Marco Analítico Básico 27 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2 Actividad Número de muestras procesadas del Marco Analítico Básico Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico 95 Porcentaje de cobertura del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico 95 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Salud Mental 4.4.3 Fin Número de prendas de ropa de calle Total de prendas de ropa de calle existentes 50 Porcentaje de prendas de ropa de calle existente en el hospital 50 1 Salud Mental 4.5.1 Componente Número de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial bajo los lineamientos del Manual de Programas de Rehabilitación Psicosocial 30 1 Salud Mental 4.5.2 Actividad Número de usuarios que reciben apoyo económico por cada ocasión que asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial Total de usuarios que asisten al taller 100 Porcentaje de usuarios que reciben apoyo económico cuando asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial 100 1 Salud Mental 4.5.4 Fin Banco de Reforzadores Funcional Banco de Reforzadores 1 Existencia de un Banco de Reforzadores Funcional 1 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de Lesiones instalados 1 1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones que proporcionan semestralmente información al Observatorio Nacional Número de Observatorios Estatales de Lesiones instalados 8 Observatorios Estatales de Lesiones operando 1 1 Seguridad Vial 2.2.1 Componente Número de municipios prioritarios con propuesta de adecuación integral del marco legal en materia de seguridad vial Total de municipios prioritarios 27 Municipios prioritarios con propuesta de adecuación integral del marco legal en materia de seguridad vial 4 1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años que ha recibido pláticas de sensibilización sobre seguridad vial en las entidades federativas Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años 1 Población sensibilizada por los promotores de seguridad vial 46,198
  • 175. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)63 1 Seguridad Vial 4.1.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados Total de entidades federativas 23 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados 1 1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos 1 1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría 10 1 Seguridad Vial 6.1.1 Componente Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación Total de entidades federativas 14 Entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación 1 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 1.1.1 Actividad Número de informes de campaña enviados al CNEGSR Número de entidades federativas con convenio AFASPE 100 Proporción de entidades con informe de campaña del mes del cáncer de la mujer 100 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con mastografía de tamizaje Mujeres de 40 a 69 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/2 24 Cobertura de detección de cáncer de mama con mastografía 25 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH de primera vez Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer cérvico uterino en mujeres de 25 a 64 años 62 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH Mujeres de 35 a 64 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/5 58 Proporción de mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH 45 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 5.2.1 Actividad Número de mujeres viviendo con VIH atendidas en CAPASITS o SAE que cuentan con detección de cáncer de cuello uterino en el último año Número de mujeres viviendo con VIH atendidas en CAPASITS o SAE 70 Proporción de mujeres viviendo con VIH que cuentan con detección de cáncer de cuello uterino en el último año 70 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6.4.1 Actividad Mastógrafos fijos con funcionamiento igual o menor a 10 años Mastógrafos fijos en la entidad 100 Proporción de mastógrafos fijos con funcionamiento igual o menor a 10 años 80 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos capacitados y certificados Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje 50 Capacitación y certificación de citotecnólogos 50 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5 evaluación diagnóstica Mujeres con BIRADS 4 y 5 en mastografía de tamizaje 95 Cobertura de evaluación diagnóstica de casos sospechosos de cáncer en la mujer 95 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología que recibieron atención colposcópica Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología 95 Proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado de LEIAG o cáncer con evaluación colposcópica 95
  • 176. 64(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional 80 Proporción de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional 100 2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional Total de consultas de primera vez sin importar trimestre gestacional 40 Porcentaje de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional 40 2 Salud Materna y Perinatal 1.2.1 Actividad Número de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos Total de Posadas AME funcionando 98 Porcentaje de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos 50 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz neonatal realizadas Número de nacimientos en mujeres sin Seguridad Social 90 Cobertura de prueba de tamiz neonatal entre recién nacidos sin Seguridad Social 90 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.1 Actividad Número de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos seleccionados Total de médicos especialistas en hospitales resolutivos seleccionados 50 Porcentaje de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos seleccionados 10 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud capacitado en parto respetuosos (humanizado) Número de personal de salud programado a capacitar en parto respetuoso (humanizado) 100 Porcentaje de personal de salud capacitado en atención de parto respetuoso (humanizado). 10 2 Salud Materna y Perinatal 3.2.2 Actividad Número de parteras capacitadas y evaluadas Total de parteras tradicionales activas 60 Porcentaje de parteras capacitadas y evaluadas en atención obstétrica y neonatal 60 2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Número de insumos esenciales para emergencias obstétricas y neonatales adquiridos Número de emergencias obstétricas y neonatales atendidas 100 Porcentaje de insumos esenciales adquiridos para la atención de emergencias obstétricas y neonatales 98 2 Salud Materna y Perinatal 6.3.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas en salud materna y neonatal Total de visitas de supervisión en el programa de salud materna y perinatal programadas en el año 100 Porcentaje de supervisiones realizadas para revisar las actividades de salud materna y neonatal 100 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2.2.1 Propósito Número de Promotores y brigadistas capacitados en temas de Salud Sexual y Reproductiva Total de Promotores y brigadistas activos 100 Porcentaje de Promotores y Brigadistas activos capacitados 100 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios amigables implementados para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. Número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente en operación al cierre del 2014. 236 Incremento porcentual en el número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. 6 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.2.1 Actividad Servicios amigables con acreditación Servicios amigables registrados 15 Servicios amigables acreditados 100
  • 177. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)65 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros realizadas en el periodo Número de acciones extramuros programadas en el periodo 1,152 Actividades extramuros y comunitarias realizadas a través de los servicios amigables 36 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas para la atención en los servicios amigables Número de personas programadas para capacitar en los servicios amigables para población adolescente 2,560 Personal capacitado y sensibilizado en los servicios amigables para población adolescente 159 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 4.4.1 Componente Mujeres adolescentes usuarias activas de métodos anticonceptivos, Población responsabilidad de la Secretaría de Salud Total de población de mujeres adolescentes responsabilidad de la Secretaría de Salud, con vida sexual activa 52 Cobertura de usuarias activas de métodos anticonceptivos, en mujeres adolescentes responsabilidad de la Secretaría de Salud 83 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en medios masivos de comunicación Número de campañas programadas. 32 Número de campañas difundidas. 1 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas durante el año Personas programadas para ser capacitadas en el año. (mín. 70 x 32 entidades) 2,240 Personal capacitado respecto del programado 120 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un método anticonceptivo durante el post-evento obstétrico. Total de eventos obstétricos atendidos 800,000 Cobertura de anticoncepción postevento obstétrico. 54,415 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios activos de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud Mujeres de 15 a 49 años de edad (casadas o unidas), responsabilidad de la SSa. 4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud 400,332 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas a jurisdicciones sanitarias al año Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión por jurisdicción sanitaria al año. 16 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 6.3.1 Actividad Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. Número de unidades médicas programadas para instalar servicios de planificación familiar para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. 28 Número de servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. 16 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.1.1 Actividad Número de herramientas de detección aplicadas a mujeres de 15 años y más que presentaron marcadores de riesgo de violencia familiar y de género. Número de herramientas de detección programadas para su aplicación 1,897,644 Porcentaje de herramientas detección aplicadas a mujeres de 15 años y más respecto de las herramientas programadas. 112,103 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.1.2 Actividad Número de herramientas de evaluación de riesgos aplicadas a los casos positivos a violencia familiar y de género Número de herramientas de evaluación de riesgos programadas para su aplicación 398,505 Porcentaje de herramientas de evaluación de riesgos aplicadas a los casos positivos a violencia familiar y de género respecto de las herramientas programadas 23,542 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.2.1 Actividad Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud capacitado y sensibilizado en la NOM 046 Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud programado para la capacitación en la NOM 046 3,225 Porcentaje de personal médico capacitado en la NOM-046 en relación a lo programado 225
  • 178. 66(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y más, unidas en situación de violencia severa atendidas en los servicios especializados Cálculo de mujeres de 15 años y más unidas, usuarias de los servicios de salud que se espera reciban atención especializada por violencia severa 234,053 Porcentaje de mujeres en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto de las esperadas 13,681 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión a unidades de salud realizadas Número de visita de supervisión a unidades de salud programadas 284 Porcentaje de visitas de supervisión de Violencia Familiar y de Género realizadas en relación a las programadas 8 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.4.1 Actividad Número de grupos formados de reeducación de víctimas Número de grupos programados de reeducación de víctimas 656 Porcentaje de grupos formados de reeducación de víctimas en relación a los programados 32 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 5.1.1 Componente Número de material de promoción y difusión elaborado Número de material de promoción y difusión programado para la elaboración 7 Porcentaje de material de promoción y difusión elaborado en relación a lo programado 7 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 6.2.1 Actividad Número de grupos formados de reeducación de agresores Número de grupos programados de reeducación de agresores 656 Porcentaje de grupos formados de reeducación de agresores 32 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1 Componente Número de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual, que fueron atendidas en las primeras 72 hrs. en unidades de salud y se les brindó profilaxis para VIH/SIDA Casos esperados en las unidades de salud de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual en las primeras 72 hrs. 5,843 Porcentaje de casos de violación sexual atendidos en las primeras 72 hrs. con profilaxis en relación con los casos esperados 250 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1 Actividad Número de unidades de salud con acciones de atención con perspectiva de género Número de unidades de salud programadas para desarrollar acciones de atención con perspectiva de género 28 Porcentaje de unidades de salud programadas con acciones de atención con perspectiva de género realizadas 2 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social a capacitar 14,912 Porcentaje de personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado en género en salud en el marco de los derechos humanos. 270 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2 Actividad Número de hospitales con un directivo/a capacitado Número de hospitales con un directivo/a a capacitar en el año 550 Porcentaje de hospitales con un directivo/a capacitados en género en salud con respecto a los derechos humanos. 9
  • 179. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)67 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica aplicadas Dosis de vacuna antirrábica programadas a aplicar 18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos 931,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1 Componente Número de perros y gatos esterilizados Número de perros y gatos programados a esterilizar 511,105 Número de perros y gatos esterilizados en lugares de alta marginación 32,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.2.1 Componente Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, controlados en áreas de alta marginación Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, a controlar en áreas de alta marginación 510,875 Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, en control en áreas de alta marginación 39,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia programadas a enviar al laboratorio 47,400 Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio 6,500 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1.1.1 Propósito Números de reuniones de Comités Intersectoriales realizadas Números de reuniones de Comités Intersectoriales programadas 4 Mide el funcionamiento trimestral de los Comités mediante el porcentaje de cumplimiento de reuniones programadas. 4 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura de Información en Plataforma Número de Semanas en el periodo 48 Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral 48 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.3.1 Propósito Índice de Condición de Vivienda obtenido en Localidades prioritarias Localidades prioritarias Programadas 628 Mide la probabilidad trimestral estratificada de que una vivienda sea infestada por el vector de acuerdo a las características de las viviendas por sector. 9 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.6.1 Actividad Casos nuevos de dengue tratados Casos nuevos de dengue notificados 100 Mide la proporción de tratamiento a casos nuevos de Dengue. 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de indicadores entomológicos de ovitrampas en las Localidades Prioritarias 9 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.1 Propósito Número de Localidades con Acciones de Control Larvario Número de Localidades de Riesgo Programadas 628 Mide trimestralmente el cumplimiento en las acciones de control larvario en las localidades de riesgo. 9 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2 Propósito Número de Localidades prioritarias con Acciones de Nebulización Espacial en ULV Número de Localidades prioritarias Programadas 628 Mide trimestralmente el porcentaje de cumplimiento de nebulización espacial en localidades prioritarias 9
  • 180. 68(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3 Propósito Casos Probables atendidos con acciones de Rociado Intradomiciliar reportados en la Plataforma de Vigilancia Entomológica y Control Integral del Vector Casos Probables Notificados en la Plataforma del SINAVE 100 Mide trimestral el porcentaje de cumplimiento de atención con rociado residual intradomiciliar a casos probables reportados en la Plataforma del SINAVE 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.4.1 Propósito Localidades Prioritarias con Encuesta y Verificación Larvaria Localidades Intervenidas para Control Larvario 628 Mide trimestralmente el porcentaje de Localidades prioritarias con encuesta y verificación larvaria en localidades intervenidas con Control Larvario. 9 5 Prevención y Control del Paludismo 1.3.2 Actividad Total de casos probables a los que se les toma una muestra de sangre para diagnóstico. Total de casos probables de paludismo reportados. 100 El indicador mide el porcentaje de casos probables que fueron estudiados en el laboratorio a partir de una gota gruesa de sangre. 100 5 Prevención y Control del Paludismo 1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación realizadas. Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación programadas. 4 Indicador de proceso que presenta la proporción de Comités Estatales de Certificación que lograron la certificación de áreas libres de paludismo para su entidad federativa. El indicador expresa el acumulado anual de entidades federativas que alcanzan la certificación. 4 5 Prevención y Control del Paludismo 2.1.1 Actividad Número de puestos de notificación en localidades de riesgo visitados para promoción de la notificación. Número de puestos de notificación en localidades de riesgo programados para visitas de promoción de notificación. 85 Indicador de proceso que estima la proporción de puestos de notificación que se mantienen productivos mensualmente. 8 5 Prevención y Control del Paludismo 3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con perspectiva de género para la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. Personal de salud que participa en la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. 100 Indicador de proceso que cuantifica el porcentaje de cumplimiento de las acciones de capacitación previstas. 100 5 Prevención y Control del Paludismo 4.1.1 Actividad Localidades prioritarias con infestación larvaria menor al 1% de caladas positivas posterior a la intervención comunitaria. Localidades prioritarias con medición de infestación larvaria previa a la intervención comunitaria. 100 Indicador de proceso que mide la proporción de localidades tratadas por la comunidad para control larvario y que lograron reducir la infestación del vector a menos del 1% de caladas positivas. 9 5 Prevención y Control del Paludismo 5.1.1 Actividad Número de localidades prioritarias con eliminación de criaderos de anofelinos con participación comunitaria. Número de localidades prioritarias con eliminación de criaderos de anofelinos con participación comunitaria. 100 Indicador de proceso de estima la cobertura de localidades prioritarias con eliminación de criaderos y hábitats de los vectores, con participación comunitaria. 100
  • 181. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)69 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 1.1.1 Actividad Número de serologías realizadas en menores de cinco años Número de serologías en menores de cinco años programadas 3,872 Indicador de proceso que estima el cumplimiento en la meta de toma de muestra serológica a menores de cinco años de edad, residentes de localidades prioritarias. Con el resultado de la serología se explorará la reducción de la transmisión intradomiciliaria mediante la reducción en la positividad de serologías en menores de cinco años a razón de ser la mayor permanencia de personas de ese grupo de edad en el domicilio. 4 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 1.1.2 Actividad Número de localidades prioritarias con estudios entomológicos realizados antes y después de la actividad de control químico Número de localidades con estudios entomológicos programados en las localidades prioritarias 94 Indicador de proceso que cuantifica el número de localidades prioritarias que deberán ser encuestadas entomológicamente, previos y posteriores a las intervenciones de control químico 4 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 2.2.1 Actividad Número de localidades prioritarias con viviendas mejoradas con encalado exterior Número de localidades con sus viviendas programadas 47 Promover el mejoramiento de las viviendas (encalado exterior en el 20% de las viviendas), en localidades prioritarias 9 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas con insecticida residual Número de localidades programadas a rociar 94 Indicador de proceso que cuantifica el número de localidades prioritarias con rociado intradomiciliar, aplicado en dos ciclos. 4 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 4.2.1 Propósito Número de tratamientos supervisados Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica el total de casos confirmados que se ministrará tratamiento supervisados. 3 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 5.2.1 Actividad Número de serologías positivas realizadas en donantes de sangre doblemente reactivos Número donantes de sangre doblemente reactivos 2,085 Indicador de proceso: Cuantifica el incremento anual en el número de pruebas de tamizaje que son tomadas y confirmadas serológicamente en centros de transfusión sanguínea. 70 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 1.1.1 Propósito Número de localidades con encuestas entomológicas realizadas Número de localidades prioritarias programadas 80 Medir el avance trimestral de las encuestas entomológicas previas y posteriores para Alacranes realizadas en localidades prioritarias 2
  • 182. 70(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 2.2.1 Actividad Número de viviendas mejoradas con colocación de cielo raso y encalado de paredes exteriores. Número de viviendas programadas en localidades prioritarias (20%) 130 Mejoramiento de la vivienda en 325 localidades acumuladas en el periodo. Estimada por mejoras con materiales locales en paredes y techo, eliminación de sitios de refugio de alacranes intradomiciliarios mediante ordenamiento del medio, instalación de cielo raso, pabellones mosquitero en camas o cualquier otro sitio de reposo y pernocta. 9 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas Número de localidades programadas a rociar 130 Se pretende establecer el control químico del vector mediante rociado residual intradomiciliario restringido a localidades prioritarias de alta incidencia. 2 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 4.2.1 Actividad Número voluntarios activos en localidades prioritarias Número de localidades prioritarias programadas 100 Pretende mejorar el acceso a servicios de salud de calidad capacitando personal comunitario voluntario para que aplique de manera oportuna el tratamiento específico en la misma localidad donde ocurra la picadura de alacrán. 9 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 4.2.2 Actividad Número de casos por intoxicación por picadura de alacrán IPPA atendidos antes de 30 minutos Total de casos notificados por intoxicación por picadura de alacrán IPPA 100 El indicador medirá el número de casos a los que se les ministre con oportunidad el tratamiento faboterápico específico, estimado por aquellos pacientes que son tratados en los primeros 30 minutos después de ser picados por el alacrán. 100 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 4.3.1 Fin Número de casos registrados en el SUIVE Número de casos esperados para el 2015 231,399 Pretende vigilar el impacto de las acciones de prevención y autocuidado a través del monitoreo de la reducción en el número de casos de Intoxicación por Picadura de Alacrán. 35,000 10 Prevención y Control de la Diabetes 2.1.1 Propósito Número de grupos preventivos formados y en función, en las UNEMEs EC realizados Número de grupos preventivos formados y en función, en las UNEMEs EC programados 65 Número de grupos preventivos formados y en función en las UNEMEs EC 9 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.1.1 Propósito Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, realizados Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, programadas 86,378 Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud. 4,490
  • 183. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)71 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.2.2 Propósito Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención realizados Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención programados 450 Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención. 30 10 Prevención y Control de la Diabetes 5.1.1 Propósito Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT, realizados Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT, programados 27 Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT. 27 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 1.1.1 Actividad Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más realizadas Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más programadas 22,613,439 Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 1,367,431 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 1.3.1 Actividad Porcentaje de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, realizadas durante la Semana Nacional del Corazón Porcentaje de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, programadas durante la Semana Nacional del Corazón 90 Porcentaje de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, realizadas durante la Semana Nacional del Corazón 68,371 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.1.1 Fin Número de casos de hipertensión arterial en pacientes de 20 años y más, que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de hipertensión arterial programados para ingresar a tratamiento , en pacientes de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 237,016 Número de casos de hipertensión arterial en pacientes de 20 años y más, que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 12,586 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en CONTROL responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en TRATAMIENTO responsabilidad de la Secretaría de Salud 482,873 Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en control responsabilidad de la Secretaría de Salud 31,519 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 3.5.1 Propósito Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de obesidad en población de 20 años y más programados por ingresar a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 228,815 Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 6,184 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 3.6.1 Propósito Número de casos de dislipidemia en población de 20 años y más que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que programados por ingresar a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 104,530 Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más que INGRESAN a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 4,854
  • 184. 72(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 4.1.1 Propósito Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que en control, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que se encuentran en tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 172,995 Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que en control, responsabilidad de la Secretaría de Salud 10,026 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 4.2.1 Propósito Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más en control, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más en tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 127,382 Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más en control, responsabilidad de la Secretaría de Salud 11,360 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 3.2.1 Actividad Semanas Estatales de Salud Bucal realizadas. Semanas Estatales de Salud Bucal programadas. 64 Semanas Estatales de Salud Bucal. 2 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 4.4.1 Actividad Actividades Preventivas Extramuros realizadas. Actividades Preventivas Extramuros Programadas. 134,390,949 Actividades de Prevención (extramuros). 5,443,551 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 4.7.1 Actividad Curso de capacitación de la estrategia SOFAR realizados. Cursos de capacitación de la estrategia SOFAR programados. 7 Capacitación SOFAR 1 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 5.1.1 Actividad Actividades Curativas Asistenciales Realizadas. Actividades Curativas Asistenciales Programadas. 22,802,442 Actividades Curativo Asistenciales (intramuros). 1,489,333 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 6.4.1 Actividad Tratamientos Restaurativos Atraumáticos realizados. Tratamientos Restaurativos Atraumáticos programadas. 159,634 Tratamiento Restaurativo Atraumático. 4,088 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 7.4.1 Actividad Investigación en salud bucal realizadas. Investigación en salud bucal programados. 16 Investigación en materia de salud bucal. 1 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 7.5.1 Fin Unidades aplicativas con material de promoción. Total unidades aplicativas con servicio de odontología. 4,635 Promoción de la Salud Bucal. 191 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 7.6.1 Actividad Cursos de capacitaciones realizados. Cursos de capacitación programados. 64 Cursos de capacitación estomatológica. 2 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de salud bucal realizadas. Supervisiones al programa de salud bucal programadas. 4,635 Supervisión del programa de salud bucal. 263 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas realizadas. Consultas estomatológicas programadas. 9,421,700 Consultas estomatológicas. 519,874
  • 185. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)73 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.1 Componente Número de sintomáticos respiratorios identificados Número de sintomáticos respiratorios programados 290,823 Cobertura de detección de sintomáticos respiratorios 11,739 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1 Propósito Número de personas con tuberculosis farmacorresistente que ingresaron al tratamiento con fármacos de segunda línea. Número de personas con tuberculosis farmacorresistente para recibir esquema de tratamiento con fármacos de segunda línea programados. 263 Cobertura de tratamiento de personas con tuberculosis farmacorresistente 4 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1 Actividad Número de campañas educativas realizadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) Total de campañas educativas programadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) 96 Número de materiales educativos en tuberculosis elaborados 3 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas Número de visitas de asesoría y supervisión programadas 854 Porcentaje de cumplimiento de visitas de supervisión 32 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud programadas. 4 Porcentaje de reuniones del Comités Estatales para la Seguridad en Salud 4 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 3.1.1 Actividad Cursos de capacitación realizados Cursos de capacitación programados 2 Porcentaje de cursos de capacitación para el personal involucrado en la operación del programa. 2 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas conformadas Kits de reservas estratégicas programados 3 Porcentaje de kits de reservas estratégicas conformadas. 3 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud (brotes y desastres) atendidas en menos de 48 horas Total de emergencias en salud (brotes y desastres) registradas 10 Porcentaje de emergencias en salud atendidas en forma oportuna (< de 48 hrs). 10 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 4 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 1.1.1 Actividad Reuniones trimestrales del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera realizadas Reuniones trimestrales del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera programadas. 4 Porcentaje de reuniones del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de hisopo rectal realizados. Total estatal de EDAS notificadas en el SUIVE de las unidades seleccionadas. 2 Porcentaje de casos de EDA que acuden a unidades de atención del sector salud con muestra con HR. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos-taller para personal de salud. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos realizados Total de operativos preventivos programados 2 Porcentaje de operativos preventivos en áreas de riesgo 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA y cólera realizadas Campañas preventivas para EDA y cólera programadas 1 Porcentaje de campañas preventivas para EDA y cólera. 1 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 3 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 3
  • 186. 74(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas con VIH e ITS en Servicios Especializados. Personas en control y en TAR registrados en el SALVAR 156 Condones distribuidos para la prevención en personas con VIH e ITS. 156 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por la Secretaría de Salud (excluyendo las detecciones en mujeres embarazadas). Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH (Secretaría de Salud). 87,360 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud con carga viral indetectable. Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud. 72 Porcentaje de personas en tratamiento ARV en Control Virológico (Secretaría de Salud). 72 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud Personas con TB y VIH en la Secretaría de Salud. 100 Porcentaje de personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa (Secretaría de Salud). 100 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 6.2.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. 100 Porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. 100 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema de vacunación en niños menores de un 1 año de edad , que correspondan del área de responsabilidad de Secretaría de Salud de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional Niños menores de 1 año de edad de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional. 90 Porcentaje de cobertura de vacunación con esquema completo en menores de 1 año. 90 1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin registradas en Semanas Nacionales de Salud. Total de dosis de vacuna Sabin programados para Semanas Nacionales de Salud. 90 Logros de biológicos aplicados en Semanas Nacionales de Salud para el Programa de Vacunación Universal (Sabin) 90 1 Vacunación Universal 1.3.1 Actividad Número de capacitaciones realizadas del Programa de vacunación Universal a personal de salud Total de capacitaciones para personal de salud programadas por el Programa de Vacunación Universal 90 Capacitaciones realizadas del Programa de Vacunación Universal al personal de salud involucrado. 90
  • 187. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)75 1 Vacunación Universal 1.4.1 Propósito Número de supervisiones realizadas al Programa de Vacunación Universal. Número de supervisiones programadas al Programa de Vacunación Universal. 90 Supervisión realizada del Programa de Vacunación Universal. 90 1 Vacunación Universal 1.5.1 Fin Dosis de vacunas de SRP registradas en el SIS Niños de un año de edad de responsabilidad institucional 90 Cobertura de vacunación de SRP al año de edad 90 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año Número de supervisiones programadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año 80 Porcentaje de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 1.1.1 Actividad Supervisiones realizadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención Supervisiones programadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención 80 Supervisiones realizadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 1.2.1 Actividad Sesiones de los Consejos Estatales de Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia y sus comités realizadas Sesiones de los Consejos Estatales de Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia y sus comités programadas 100 Evaluación de los Consejos Estatales de Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia (COECIA) 100 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia Total de capacitaciones programadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia 75 Porcentaje de capacitaciones al personal de salud en prevención y atención del cáncer en menores de 18 años 75 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 2.3.1 Fin No. de pacientes detectados en etapas tempranas Total de pacientes detectados por la herramienta 65 Pacientes detectados en etapas tempranas de la enfermedad 65 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el Registro de Cáncer en Niñas, Niños y Adolescentes Total de casos registrados en el Sistema del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos 80 Evaluación y análisis de los sistemas de información relacionados al cáncer en la infancia y adolescencia 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 3.3.1 Propósito Número de pacientes localizados Número de pacientes con seguimientos incompletos 70 Pacientes menores de 18 años con cáncer localizados 70 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 4.1.1 Actividad Material de difusión Realizado Material de difusión programado 80 Material de Difusión relacionado al Programa Sigamos 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 4.1.2 Actividad Capacitaciones realizadas en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital Realizar 3 capacitaciones en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital 66 Capacitaciones en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital 66 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
  • 188. 76(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Sustancias biológicas Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública 1.00 42,084.00 42,084.00 TOTAL: 42,084.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Papel prueba de TSH. Papel filtro de algodón 100% sin aditivos, especial para recolección y transporte de sangre de neonatos, con impresión de cuatro círculos punteados de un centímetro de diámetro cada uno y de las palabras nombre y con número progresivo. Paquete con 10 hojas, máximo 100. 11.64 69,120.00 804,556.80 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de la Hormona Estimulante de la Tiroides Tirotrofina (TSH), en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 69,120.00 1,282,867.20
  • 189. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)77 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de 17/ Alfa Hidroxi Progesterona, en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 71,040.00 1,318,502.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de Fenilalanina, en sangre total de neonatos, colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 71,040.00 1,318,502.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de Galactosa Total, en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 71,040.00 1,318,502.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Descripción complementaria: Para determinación de fibrosis quística, Para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 71,040.00 1,318,502.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Descripción complementaria: Determinación de la deficiencia de la Biotinidasa. Para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 71,040.00 1,318,502.40 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg envase con un dispositivo. 1,774.98 8,708.00 15,456,525.84 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales) 25.30 90,030.00 2,277,759.00 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Desogestrel y etinilestradiol tableta cada tableta contiene: desogestrel 0.15 mg etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 tabletas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales). 25.30 2,663.00 67,373.90 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml 35.42 101,055.00 3,579,368.10 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml. 35.42 10,403.00 368,474.26 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona solución inyectable oleosa cada ampolleta contiene: enantato de noretisterona 200 mg envase con una ampolleta de 1 ml. 37.59 126,371.00 4,750,285.89 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante y aplicador. 1,160.64 24,393.00 28,311,491.52 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene: norelgestromina 6.00 mg etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches. 160.88 28,463.00 4,579,127.44 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel 0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas. 10.66 3,996.00 42,597.36 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 17,240.00 1,407,818.40
  • 190. 78(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. 52.95 16,645.00 881,352.75 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos intrauterino. T de cobre, 380 a. Anticonceptivo estéril con 380 mm2, de cobre, plástico grado médico 77% y sulfato de bario usp 23%, con filamento largo de 30 cm con tubo insertor, tope y émbolo insertor. 11.61 22,221.00 257,985.81 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos dispositivo intrauterino, t de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador montable con tope cervical. 36.37 499.00 18,148.63 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,440.81 250.00 610,202.50 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género 37.62 100.00 3,762.00 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Género y Salud / Porta Post it 68.94 60.00 4,136.40 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Género y Salud / Porta Clips imantado 56.95 60.00 3,417.00 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Género y Salud / Libreta para notas en curpiel 129.40 20.00 2,588.00 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3 43.50 10.00 435.00 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud 20.85 150.00 3,127.50 TOTAL: 71,305,913.30 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. 253.00 96.00 24,288.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 1,067.00 210,199.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 382.00 31,706.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida Biorracional al 7.5% en cajas con 4000 tabletas 23,211.62 12.00 278,539.44
  • 191. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)79 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en tambos de 208 litros 107,889.71 22.00 2,373,573.62 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado concentrado emulsionable al 49% en caja de 12 litros 14,608.92 16.00 233,742.72 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida carbamato de acción residual al 70% en cuñete de 4.5 kg con 180 sobres de 25 gramos 14,509.28 20.00 290,185.60 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Carbamato de Acción Residual al 80% polvo humectable en cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos 37,451.97 50.00 1,872,598.50 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente 5,926.00 12.00 71,112.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo electrónico. 6,875.00 1.00 6,875.00 TOTAL: 5,392,819.88 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 1,830.00 249,429.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche para mínimo 24 pruebas. TATC. 1,899.50 498.00 945,951.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de atazanavir. Envase con 30 cápsulas. 2,764.85 2,785.00 7,700,107.25 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg envase con 60 tabletas. 1,712.32 1,029.00 1,761,977.28 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 1,148.00 958,694.80 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir solución cada 100 ml contienen: sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir. Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora. 578.00 199.00 115,022.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con 60 tabletas. 470.47 1,127.00 530,219.69 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 49.00 158,238.64 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina cápsula cada cápsula contiene: emtricitabina 200 mg envase con 30 cápsulas. 530.16 141.00 74,752.56 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxilo envase con 30 tabletas. 2,000.12 1,329.00 2,658,159.48
  • 192. 80(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de darunavir envase con 60 tabletas. 4,978.59 388.00 1,931,692.92 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30 comprimidos recubiertos. 371.83 2,462.00 915,445.46 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas. 1,379.32 1,803.00 2,486,913.96 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil emtricitabina 200 mg envase con 30 tabletas recubiertas. 2,124.62 3,339.00 7,094,106.18 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina suspensión cada 100 mililitros contienen: nevirapina hemihidratada equivalente a 1 g de nevirapina envase con 240 ml con dosificador. 332.80 37.00 12,313.60 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 418.00 238,260.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 788.00 165,480.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 193.00 1,047,849.11 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. 1,714.00 510.00 874,140.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg de raltegravir envase con 60 comprimidos. 5,308.92 647.00 3,434,871.24 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con 84 cápsulas o tabletas cada uno. 347.96 4,148.00 1,443,338.08 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 10.00 7,949.30 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase con 60 tabletas. 1,100.00 1.00 1,100.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con 120 tabletas 2,656.00 2,416.00 6,416,896.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente a 500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos 2,207.00 484.00 1,068,188.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 651.00 250,088.16 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas. 657.47 113.00 74,294.11 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas. 1,056.91 683.00 721,869.53 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 142.00 940,390.74 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 119.00 788,073.93 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,404.15 11,355.00 27,299,123.25 TOTAL: 72,364,935.27
  • 193. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)81 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331 200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o tokio 172 200 000-3 000 000 ufc o montreal 200 000 3 200 000 ufc o moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml. *semilla mérieux. 10.15 124,600.00 1,264,690.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a 40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud* haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa. 142.80 337,900.00 48,252,120.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston- zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o 103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50 envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente. 12.09 372,200.00 4,499,898.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a, 12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco ámpula de 2.5 ml. 92.20 17,700.00 1,631,940.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 257,761.00 12,710,194.91
  • 194. 82(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 92,460.00 4,559,202.60 1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8 mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml. 136.00 42,300.00 5,752,800.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis). 10.00 155,600.00 1,556,000.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3 2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui envase con un tubo de plástico con 2 ml. 53.92 164,300.00 8,859,056.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg 4 - 2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a - 2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja. 183.80 243,000.00 44,663,400.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 215,740.00 10,638,139.40 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 277,139.00 13,665,724.09 1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con 0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml. 156.96 70,400.00 11,049,984.00 TOTAL: 169,103,149.00 Gran total 318,208,901.45 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
  • 195. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)83 APÉNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS PROGRAMAS”. Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 5,227,511.00 0.00 5,227,511.00 2,172,091.00 0.00 0.00 0.00 2,172,091.00 100,048,558.00 0.00 0.00 107,448,160.00 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 2,358,043.00 0.00 0.00 0.00 2,358,043.00 0.00 0.00 0.00 2,358,043.00 3 Alimentación y Actividad Física 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,000,000.00 Total: 8,227,511.00 0.00 8,227,511.00 4,530,134.00 0.00 0.00 0.00 4,530,134.00 100,048,558.00 0.00 0.00 112,806,203.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2,654,108.00 0.00 2,654,108.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 3,732,908.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 1,000,000.00 42,084.00 1,042,084.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,042,084.00 Total: 3,654,108.00 42,084.00 3,696,192.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 1,078,800.00 0.00 0.00 0.00 4,774,992.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental 450,000.00 0.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,714,101.00 Total: 450,000.00 0.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 42,264,101.00 0.00 0.00 42,714,101.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 2,847,500.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Total: 2,247,500.00 0.00 2,247,500.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 600,000.00 0.00 0.00 0.00 2,847,500.00
  • 196. 84(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6,081,962.12 0.00 6,081,962.12 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 38,024,541.30 0.00 0.00 44,106,503.42 2 Salud Materna y Perinatal 14,031,526.62 0.00 14,031,526.62 700,000.00 0.00 0.00 0.00 700,000.00 62,725,891.89 8,679,936.00 0.00 86,137,354.51 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3,679,918.55 0.00 3,679,918.55 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 26,822,510.00 0.00 0.00 30,502,428.55 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4,520,426.00 0.00 4,520,426.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 94,641,974.10 0.00 0.00 99,162,400.10 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 8,220,740.00 610,202.50 8,830,942.50 400,001.00 0.00 0.00 0.00 400,001.00 5,212,207.00 0.00 0.00 14,443,150.50 6 Igualdad de Género en Salud 229,344.00 17,465.90 246,809.90 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 246,809.90 Total: 36,763,917.29 627,668.40 37,391,585.69 1,100,001.00 0.00 0.00 0.00 1,100,001.00 227,427,124.29 8,679,936.00 0.00 274,598,646.98 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 21,499.04 266,193.00 287,692.04 12,987,382.50 0.00 0.00 0.00 12,987,382.50 490,902.00 0.00 0.00 13,765,976.54 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 214,789.95 0.00 0.00 214,789.95 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1,696,066.40 5,048,639.88 6,744,706.28 19,425,984.40 0.00 0.00 0.00 19,425,984.40 7,000.00 0.00 0.00 26,177,690.68 5 Prevención y Control del Paludismo 218,669.00 0.00 218,669.00 366,000.00 0.00 0.00 0.00 366,000.00 14,420.00 0.00 0.00 599,089.00 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 0.00 0.00 0.00 25,000.00 0.00 0.00 0.00 25,000.00 37,500.00 0.00 0.00 62,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 42,000.00 0.00 42,000.00 190,000.00 0.00 0.00 0.00 190,000.00 16,499,048.00 0.00 0.00 16,731,048.00 10 Prevención y Control de la Diabetes 1,220,973.50 0.00 1,220,973.50 1,193,626.00 0.00 0.00 0.00 1,193,626.00 191,868,313.90 0.00 0.00 194,282,913.40 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2,861,058.00 0.00 2,861,058.00 890,778.00 0.00 0.00 0.00 890,778.00 278,030,096.09 0.00 0.00 281,781,932.09 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 251,999.50 0.00 251,999.50 2,754,146.21 0.00 0.00 0.00 2,754,146.21 35,407,235.17 0.00 0.00 38,413,380.88 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 431,050.00 77,987.00 509,037.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 12,654,047.32 0.00 0.00 13,163,084.32 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 8,222.00 0.00 0.00 8,222.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 600,000.00 0.00 600,000.00 1,058,000.00 77,351.00 0.00 0.00 1,135,351.00 0.00 0.00 0.00 1,735,351.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 250,000.00 0.00 250,000.00 241,000.00 0.00 0.00 0.00 241,000.00 579,400.00 0.00 0.00 1,070,400.00 Total: 7,593,315.44 5,392,819.88 12,986,135.32 39,131,917.11 77,351.00 0.00 0.00 39,209,268.11 535,810,974.43 0.00 0.00 588,006,377.86 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00 690,400.00 0.00 0.00 0.00 690,400.00 31,941,452.00 0.00 84,004,209.27 117,847,691.27 Total: 16,250.00 1,195,380.00 1,211,630.00 690,400.00 0.00 0.00 0.00 690,400.00 31,941,452.00 0.00 84,004,209.27 117,847,691.27
  • 197. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)85 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal 4,030,311.00 80,226,845.51 84,257,156.51 10,337,833.62 0.00 0.00 0.00 10,337,833.62 141,936,557.65 0.00 0.00 236,531,547.78 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 1,203,696.00 0.00 1,203,696.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 21,698,966.75 0.00 0.00 22,902,662.75 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 502,070.00 0.00 502,070.00 3,921,859.00 0.00 0.00 0.00 3,921,859.00 699,050.00 0.00 0.00 5,122,979.00 Total: 5,736,077.00 80,226,845.51 85,962,922.51 14,259,692.62 0.00 0.00 0.00 14,259,692.62 164,334,574.40 0.00 0.00 264,557,189.53 Gran Total: 64,688,678.73 87,484,797.79 152,173,476.52 61,390,944.73 77,351.00 0.00 0.00 61,468,295.73 1,101,826,784.12 8,679,936.00 84,004,209.27 1,408,152,701.64 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con el contenido del presente Convenio Modificatorio. TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones. CUARTA.- Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015. Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud, Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, Francisco Ignacio Ortíz Aldana.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, Juan Ignacio Martín Solís.- Rúbrica.- La Secretaria de la Transparencia y Rendición de Cuentas, Ma. Isabel Tinoco Torres.- Rúbrica.
  • 198. 86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Hidalgo. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 1 DE ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADA POR LA LIC. EDNA GERALDINA GARCÍA GORDILLO, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LA ROCHA WAITE, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión Nacional contra las Adicciones. IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, los numerales 4 y 6 del apartado II. Declaraciones de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara: I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara: II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 2, 3 y 5 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
  • 199. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 87 III. Las partes declaran conjuntamente: III.1.Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente instrumento. III.2.Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, los numerales 4 y 6 del apartado II. Declaraciones de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: … I. DECLARA ”LA SECRETARÍA”: … 2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento. … II. DECLARA “LA ENTIDAD”: … 4. Que la Lic. Edna Geraldina García Gordillo, Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud de Hidalgo, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, y Artículo 10, fracciones I y XV del Decreto Gubernamental publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 18 de Noviembre de 1996, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Hidalgo; así como lo dispuesto por el artículo 12 fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, publicado en el Periódico Oficial del Estado, en fecha 29 de septiembre de 2014 y lo establecido en el artículo 22 fracción XXI, del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 14 de marzo de 2005; cargo que quedó debidamente acreditado con el nombramiento expedido por el Lic. José Francisco Olvera Ruiz, Gobernador del Estado, con fecha 26 de enero de 2015. … 6. Que el Secretario de Finanzas y Administración asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los Artículos 13 Fracción II, y 25 fracciones I, V y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, cuya personalidad quedó acreditada mediante fotocopia simple de su Nombramiento de fecha 13 de marzo de 2012, durante la suscripción de "EL ACUERDO MARCO". …
  • 200. 88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 PRIMERA.- … No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales P 014 1,580,331.00 0.00 1,580,331.00 2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 Subtotal: 4,580,331.00 0.00 4,580,331.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica U 009 3,033,325.00 0.00 3,033,325.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) U 009 1,000,000.00 89,129.00 1,089,129.00 Subtotal: 4,033,325.00 89,129.00 4,122,454.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental P 014 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00 Subtotal: 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial P 014 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables P 014 0.00 0.00 0.00 Subtotal: 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer P 017 11,245,546.44 0.00 11,245,546.44 2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 13,763,924.09 0.00 13,763,924.09 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes P 017 3,494,466.55 0.00 3,494,466.55 4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 4,612,204.75 0.00 4,612,204.75 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género P 017 5,305,216.00 329,509.35 5,634,725.35 6 Igualdad de Género en Salud P 017 238,012.00 3,109.20 241,121.20 Subtotal: 38,659,369.83 332,618.55 38,991,988.38 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 258,671.54 266,106.00 524,777.54 2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores P 014 1,391,316.00 2,309,065.44 3,700,381.44 5 Prevención y Control del Paludismo U 009 226,669.00 0.00 226,669.00 6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas U 009 166,500.00 0.00 166,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán P 014 0.00 0.00 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 592,890.00 0.00 592,890.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular U 008 6,521,974.00 0.00 6,521,974.00 12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal P 014 54,600.00 0.00 54,600.00
  • 201. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89 14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 0.00 66,135.00 66,135.00 15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres U 009 900,000.00 0.00 900,000.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera U 009 350,000.00 0.00 350,000.00 Subtotal: 10,462,620.54 2,641,306.44 13,103,926.98 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00 Subtotal: 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal E 036 3,917,850.00 38,823,998.71 42,741,848.71 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 337,260.00 0.00 337,260.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 810,043.85 0.00 810,043.85 Subtotal: 5,065,153.85 38,823,998.71 43,889,152.56 Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD" 70,215,034.22 42,132,893.70 112,347,927.92 … SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” ministrará a “LA ENTIDAD” recursos federales hasta por la cantidad de $112,347,927.92 (ciento doce millones trescientos cuarenta y siete mil novecientos veintisiete pesos 92/100 M.N.), con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales por un monto de $70,215,034.22 (setenta millones doscientos quince mil treinta y cuatro pesos 22/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3. Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los rendimientos financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo de conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 10 de Octubre de 2012. Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios de Salud de Hidalgo. Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” definidos como insumos federales, por un monto total de $42,132,893.70 (cuarenta y dos millones ciento treinta y dos mil ochocientos noventa y tres pesos 70/100 M.N.) serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios de Salud de Hidalgo, y serán aplicados, de manera exclusiva, en “LOS PROGRAMAS” señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento. … CUARTA.- APLICACIÓN.- … … … … Para las contrataciones de personal que realice “LA ENTIDAD”, a partir del 1 de abril del 2015, con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE. …
  • 202. 90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 SEXTA.-… … VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. … XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de “LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios de Salud de Hidalgo de “LA ENTIDAD”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el “SIAFFASPE”. … ANEXO 1 DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”. … 1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud 2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud 3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología 4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental 5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes 6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva 7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades 8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA 9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia …
  • 203. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)91 ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1,580,331.00 0.00 1,580,331.00 8,768,000.00 0.00 0.00 8,768,000.00 0.00 0.00 0.00 10,348,331.00 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,000,000.00 TOTALES 4,580,331.00 0.00 4,580,331.00 8,768,000.00 0.00 0.00 8,768,000.00 0.00 0.00 0.00 13,348,331.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/ INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 3,033,325.00 0.00 3,033,325.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3,033,325.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,000,000.00 TOTALES 4,033,325.00 0.00 4,033,325.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4,033,325.00
  • 204. 92(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Salud Mental 0.00 5,400,000.00 5,400,000.00 1,146,612.00 0.00 0.00 1,146,612.00 0.00 0.00 0.00 6,546,612.00 TOTALES 0.00 5,400,000.00 5,400,000.00 1,146,612.00 0.00 0.00 1,146,612.00 0.00 0.00 0.00 6,546,612.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Seguridad Vial 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,100,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 TOTALES 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,100,000.00
  • 205. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)93 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 0.00 11,245,546.44 11,245,546.44 21,379,397.75 0.00 0.00 21,379,397.75 0.00 0.00 0.00 32,624,944.19 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 13,763,924.09 13,763,924.09 11,367,758.71 0.00 7,496,319.60 18,864,078.31 0.00 0.00 0.00 32,628,002.40 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2,071,526.55 1,422,940.00 3,494,466.55 2,798.32 0.00 0.00 2,798.32 0.00 0.00 0.00 3,497,264.87 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 1,728,642.75 2,883,562.00 4,612,204.75 3,686,302.94 16,299,860.98 0.00 19,986,163.92 0.00 0.00 0.00 24,598,368.67 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 100,000.00 5,205,216.00 5,305,216.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,305,216.00 6 Igualdad de Género en Salud 238,012.00 0.00 238,012.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 238,012.00 TOTALES 4,138,181.30 34,521,188.53 38,659,369.83 36,436,257.72 16,299,860.98 7,496,319.60 60,232,438.30 0.00 0.00 0.00 98,891,808.13
  • 206. 94(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 258,671.54 0.00 258,671.54 1,719,688.77 0.00 0.00 1,719,688.77 0.00 0.00 0.00 1,978,360.31 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 7,664.88 0.00 0.00 7,664.88 0.00 0.00 0.00 7,664.88 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1,391,316.00 0.00 1,391,316.00 17,754.07 0.00 0.00 17,754.07 0.00 0.00 0.00 1,409,070.07 5 Prevención y Control del Paludismo 226,669.00 0.00 226,669.00 43,727.20 0.00 0.00 43,727.20 0.00 0.00 0.00 270,396.20 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 166,500.00 0.00 166,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 166,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 0.00 0.00 0.00 1,633,509.72 0.00 0.00 1,633,509.72 0.00 0.00 0.00 1,633,509.72 10 Prevención y Control de la Diabetes 592,890.00 0.00 592,890.00 11,533,956.53 0.00 8,819,671.41 20,353,627.94 0.00 0.00 0.00 20,946,517.94 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 616,000.00 5,905,974.00 6,521,974.00 12,624,463.71 0.00 494,100.00 13,118,563.71 0.00 0.00 0.00 19,640,537.71 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 54,600.00 0.00 54,600.00 11,616,539.09 0.00 0.00 11,616,539.09 0.00 0.00 0.00 11,671,139.09 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 0.00 0.00 0.00 2,386,391.20 0.00 0.00 2,386,391.20 0.00 0.00 0.00 2,386,391.20 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 900,000.00 0.00 900,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 900,000.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 0.00 350,000.00 350,000.00 312,650.74 0.00 0.00 312,650.74 0.00 0.00 0.00 662,650.74 TOTALES 4,206,646.54 6,255,974.00 10,462,620.54 41,896,345.91 0.00 9,313,771.41 51,210,117.32 0.00 0.00 0.00 61,672,737.86
  • 207. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)95 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 549,530.00 364,704.00 914,234.00 4,399,421.35 0.00 0.00 4,399,421.35 27,025,501.00 4,187,247.00 31,212,748.00 36,526,403.35 TOTALES 549,530.00 364,704.00 914,234.00 4,399,421.35 0.00 0.00 4,399,421.35 27,025,501.00 4,187,247.00 31,212,748.00 36,526,403.35 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Vacunación Universal 0.00 3,917,850.00 3,917,850.00 32,366,936.74 42,700,757.29 0.00 75,067,694.03 0.00 0.00 0.00 78,985,544.03 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 0.00 337,260.00 337,260.00 3,283,005.56 0.00 38,000.00 3,321,005.56 0.00 0.00 0.00 3,658,265.56 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 0.00 810,043.85 810,043.85 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 810,043.85 TOTALES 0.00 5,065,153.85 5,065,153.85 35,649,942.30 42,700,757.29 38,000.00 78,388,699.59 0.00 0.00 0.00 83,453,853.44
  • 208. 96(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 Gran Total No. TODOS LOS PROGRAMAS DE ACCIÓN ESPECÍFICOS ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/ INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL TOTAL 18,608,013.84 51,607,020.38 70,215,034.22 128,296,579.28 59,000,618.27 16,848,091.01 204,145,288.56 27,025,501.00 4,187,247.00 31,212,748.00 305,573,070.78 NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS SMS XXI INSUMOS TOTAL L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 4,221,888.00 4,221,888.00 NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 209. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97 ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales Febrero 1,580,331.00 Subtotal 1,580,331.00 2 Entornos y Comunidades Saludables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Alimentación y Actividad Física Febrero 3,000,000.00 Subtotal 3,000,000.00 Total 4,580,331.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Febrero 3,033,325.00 Subtotal 3,033,325.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) Febrero 1,000,000.00 Subtotal 1,000,000.00 Total 4,033,325.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Salud Mental Febrero 2,400,000.00 Mayo 3,000,000.00 Subtotal 5,400,000.00 Total 5,400,000.00
  • 210. 98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Seguridad Vial Febrero 1,100,000.00 Subtotal 1,100,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 Total 1,100,000.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer Febrero 10,909,736.44 Mayo 335,810.00 Subtotal 11,245,546.44 2 Salud Materna y Perinatal Febrero 0.00 Abril 11,081,946.16 Junio 2,681,977.93 Subtotal 13,763,924.09 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes Febrero 3,187,092.50 Junio 307,374.05 Subtotal 3,494,466.55 4 Planificación Familiar y Anticoncepción Febrero 4,249,135.19 Junio 363,069.56 Subtotal 4,612,204.75 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género Febrero 5,305,216.00 Subtotal 5,305,216.00
  • 211. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99 6 Igualdad de Género en Salud Febrero 238,012.00 Subtotal 238,012.00 Total 38,659,369.83 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control de la Rabia Humana Febrero 258,671.54 Subtotal 258,671.54 2 Prevención y Control de la Brucelosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores Febrero 1,258,776.00 Mayo 132,540.00 Subtotal 1,391,316.00 5 Prevención y Control del Paludismo Febrero 226,669.00 Subtotal 226,669.00 6 Eliminación de la Oncocercosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas Febrero 165,500.00 Mayo 1,000.00 Subtotal 166,500.00
  • 212. 100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 2 de noviembre de 2015 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán Febrero 0.00 Subtotal 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes Febrero 592,890.00 Subtotal 592,890.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular Febrero 5,767,249.08 Marzo 754,724.92 Subtotal 6,521,974.00 12 Atención del Envejecimiento Febrero 0.00 Subtotal 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal Febrero 54,600.00 Subtotal 54,600.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 15 Eliminación de la Lepra Febrero 0.00 Subtotal 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres Febrero 500,000.00 Marzo 400,000.00 Subtotal 900,000.00
  • 213. Lunes 2 de noviembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera Febrero 350,000.00 Subtotal 350,000.00 Total 10,462,620.54 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS Febrero 508,750.00 Abril 40,780.00 Junio 364,704.00 Subtotal 914,234.00 Total 914,234.00 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Vacunación Universal Febrero 1,216,006.78 Abril 2,701,843.22 Subtotal 3,917,850.00 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia Febrero 268,782.58 Abril 68,477.42 Subtotal 337,260.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia Febrero 708,273.38 Abril 101,770.47 Subtotal 810,043.85 Total 5,065,153.85 Gran total 70,215,034.22 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 214. 102(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.3.1 Componente Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno realizadas Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno programadas 320 Porcentaje de ferias de promoción de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno. 10 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.4.1 Actividad Número de ferias interculturales realizadas en municipios indígenas Número de ferias interculturales programadas en municipios indígenas 24 Porcentaje de ferias de la salud interculturales desarrolladas en municipios indígenas 3 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas de nivel básico y medio superior validadas como Promotoras de la Salud Meta programada de escuelas validadas como Promotoras de la Salud 12,275 Porcentaje de escuelas validadas como promotoras de la salud 160 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.1.2 Componente Número de promotores HLI certificados en el "Estándar de competencias de promoción de programas públicos de salud en la población hablante de lengua indígena". Número de promotores HLI programados a certificar en el "Estándar de competencias de promoción de programas públicos de salud en la población hablante de lengua indígena". 64 Porcentaje de promotores de salud hablantes de lengua indígena (HLI) certificados en el "Estándar de competencias de promoción de programas públicos de salud en la población hablante de lengua indígena". 12 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.2.1 Componente Número de talleres para población general realizados 2 talleres por unidad de primer nivel por 10 meses 264,800 Porcentaje de talleres comunitarios para la promoción de la salud, dirigidos a la población general 23,376 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 4.1.1 Componente Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud realizados Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud programados 256 Porcentaje de materiales educativos elaborados con enfoque de mercadotecnia social en salud 85 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud Total de consultas otorgadas a la población usuaria de los Servicios Estatales de Salud 54 Porcentaje de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud 70 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 7.1.1 Componente Número de entidades federativas con grupos intersectorial estatal de promoción de la salud Número de entidades federativas existentes en el país 6 Porcentaje de entidades federativas con grupo intersectorial estatal de promoción de la salud y determinantes sociales 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables realizadas Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables programadas 64 Porcentaje de reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables 4 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.4.1 Actividad Número de comunidades acreditadas como saludables Número de comunidades programadas para acreditar como saludables 1,500 Porcentaje de comunidades acreditadas como saludables 63
  • 215. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)103 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.5.1 Actividad Número de espacios públicos acreditados como saludables Número de espacios públicos programados para acreditar como saludables 800 Porcentaje de espacios públicos acreditados como saludables 126 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.7.1 Actividad Número de municipios que realizan acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud Número de municipios programados para realizar acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud 1,000 Porcentaje de municipios con acciones de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud 17 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.9.1 Actividad Número de municipios certificados como promotores de la salud en el año Número total de municipios en el año 420 Porcentaje de municipios certificados como promotores de la salud 17 3 Alimentación y Actividad Física 1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la alimentación correcta y el consumo de agua simple potable en diferentes entornos. 10 3 Alimentación y Actividad Física 2.1.1 Actividad Eventos educativos realizados. Eventos educativos programados. 160 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la actividad física en diferentes entornos. 5 3 Alimentación y Actividad Física 3.1.1 Actividad Campañas realizadas Campañas programadas 96 Número de campañas educativas sectoriales de promoción de estilos de vida saludables. 1 3 Alimentación y Actividad Física 4.2.1 Actividad Sesiones educativas realizadas Sesiones educativas programadas 768 Número de sesiones educativas sobre los beneficios de la lactancia materna exclusiva y la alimentación complementaria. 2,016 3 Alimentación y Actividad Física 5.1.1 Actividad Número de eventos realizados Número de eventos programados 64 Número de eventos realizados para la difusión de la cultura alimentaria tradicional 2 3 Alimentación y Actividad Física 6.1.1 Actividad Capacitaciones impartidas Capacitaciones programadas 32 Número de cursos de capacitación para fortalecer las competencias del personal de salud sobre alimentación correcta, consumo de agua simple, actividad física y lactancia materna. 1 3 Alimentación y Actividad Física 7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 128 Número de supervisiones de las actividades derivadas del programa. 6 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con incremento en 0.3 puntos con respecto del año anterior en cada una de las entidades federativas. Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad general de los sistemas prioritarios. 79 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.2 Propósito Número de Boletines publicados en la página de la entidad por semana acumulables. Número programado de boletines por publicar en el año (52 o 53). 95 Porcentaje de cumplimiento de Boletines publicados 95
  • 216. 104(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.3 Propósito Número de unidades hospitalarias de la Secretaría de Salud con técnico capturista contratado por meses. Número de hospitales de la Secretaría de Salud que cumplan con los requisitos para formar parte de la RHOVE. 90 Reporte oportuno y consistente de los casos sujetos a vigilancia epidemiológica que cuenten con plataforma informática (RHOVE, Diabetes y Registro Nacional de Cáncer). 90 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.4 Actividad Número de unidades equipadas. Número de unidades por equipar. 80 Asegurar la operación de los Sistemas de Vigilancia Epidemiológica en todas las Jurisdicciones y Hospitales RHOVE, USMI y del Registro Nacional de Cáncer. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.2.1 Propósito Panoramas publicados 4 panoramas anuales. 80 Publicación trimestral de panorama de DM-II, de Morbilidad Materna Severa y otras enfermedades No Transmisibles. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados (en cada nivel jurisdiccional) Número sistemas programados para evaluación en las jurisdicciones 80 Índice de Verificación del cumplimiento de los procedimientos de vigilancia epidemiológica correspondientes. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 5.1.1 Actividad Personal aprobado con curso de posgrado (Diplomado y maestría) en epidemiología. Personal programado para cursar diplomado y maestría en epidemiología. 80 Porcentaje de alumnos capacitados. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 6.1.1 Actividad Equipo adquirido Equipo planeado 90 Porcentaje de UIES creadas o fortalecidas. 90 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 6.1.2 Actividad Número de centros estatales instalados. Número de centros estatales programados. 90 Instalación de un centro estatal para el RSI. 90 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 4.1.1 Propósito Número de diagnósticos con reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE Número de diagnósticos programados a la competencia técnica por el InDRE 5 Reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE de los diagnósticos del marco analítico básico declarados por el LESP 5 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 4.2.1 Actividad Avance en el Índice de Desempeño año del curso vs. Índice de Desempeño del año anterior Avance Programado en el Índice de Desempeño del año en curso 1 Medir el índice de desempeño de los diagnósticos del marco analítico básico declarados por el LESP 1 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.1 Actividad Número de Diagnósticos que realizan del Marco Analítico Básico Número de Diagnósticos del Marco Analítico Básico 27 Cobertura del Marco Analítico Básico 27 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2 Actividad Número de muestras procesadas del Marco Analítico Básico Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico 95 Porcentaje de cobertura del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico 95 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.3 Actividad Número de muestras procesadas en tiempo de diagnóstico del Marco Analítico Básico Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico 90 Porcentaje de Oportunidad del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico 90
  • 217. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)105 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Salud Mental 1.2.1 Actividad Número de campañas realizadas Número de centros de salud más número de centros integrales de salud mental 100 Campañas informativas sobre los signos y síntomas más frecuentes en centros de salud y centros integrales de salud mental 17 1 Salud Mental 1.2.3 Actividad Porcentaje de Usuarias que participaron en psicoeducación Número total de Usuarias 50 Realizar Psicoeducación a Usuarias del Hospital Psiquiátrico 50 1 Salud Mental 2.3.4 Fin Número de casas de medio camino o departamentos independientes operando Número de casas de medio camino o departamentos independientes programados 1 Número de residencias comunitarias para lograr la vida independiente, autosuficiente y libre de violencia de las usuarias del hospital psiquiátrico 1 1 Salud Mental 2.3.6 Fin Número de usuarias que reciben psicoterapia individual Total de usuarias 20 Porcentaje de usuarias que reciben psicoterapia individual 20 1 Salud Mental 2.3.8 Propósito Programa de autoempleo o comienzo de microindustria para usuarias Hospital Psiquiátrico 1 Programa de autoempleo o comienzo de microindustria para usuarias 1 1 Salud Mental 2.3.9 Actividad Número de usuarias que reciben apoyo económico para permisos terapéuticos Número de usuarias que reciben permisos terapéuticos 100 Porcentaje de usuarias que reciben apoyo económico para permisos terapéuticos 100 1 Salud Mental 2.3.10 Actividad Número de usuarias que reciben apoyo económico para estudiar o aprender un oficio Número de usuarias que solicitan apoyo económico para estudiar o aprender un oficio 100 Porcentaje de usuarias que reciben apoyo económico para estudiar o aprender un oficio 100 1 Salud Mental 2.3.11 Actividad Número de usuarias que asisten a actividades recreativas y culturales intra y extramuros en el hospital psiquiátrico Número Total de usuarias en el hospital psiquiátrico 75 Porcentaje de usuarias que asisten a actividades recreativas y culturales intra y extramuros en el hospital psiquiátrico 75 1 Salud Mental 4.4.3 Fin Número de prendas de ropa de calle Total de prendas de ropa de calle existentes 50 Porcentaje de prendas de ropa de calle existente en el hospital 1 1 Salud Mental 4.5.1 Componente Número de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial bajo los lineamientos del Manual de Programas de Rehabilitación Psicosocial 30 1 Salud Mental 4.5.2 Actividad Número de usuarios que reciben apoyo económico por cada ocasión que asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial Total de usuarios que asisten al taller 100 Porcentaje de usuarios que reciben apoyo económico cuando asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial 100 1 Salud Mental 4.5.3 Actividad Número de usuarios que asisten voluntariamente a salidas terapéuticas Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten voluntariamente a salidas terapéuticas bajo los lineamientos del Manual de Rehabilitación Psicosocial 30
  • 218. 106(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 1 Salud Mental 4.5.4 Fin Banco de Reforzadores Funcional Banco de Reforzadores 1 Existencia de un Banco de Reforzadores Funcional 1 1 Salud Mental 5.1.6 Actividad Número de personal capacitado sobre Perspectiva de Género para la prevención y atención a la violencia en el marco de los Derechos Humanos Total de Personal 20 Capacitación y sensibilización dirigida al personal sobre Perspectiva de Género para la prevención y atención a la violencia en el marco de los Derechos Humanos 20 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de Lesiones instalados 1 1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones que proporcionan semestralmente información al Observatorio Nacional Número de Observatorios Estatales de Lesiones instalados 8 Observatorios Estatales de Lesiones operando 1 1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años que ha recibido pláticas de sensibilización sobre seguridad vial en las entidades federativas Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años 1 Población sensibilizada por los promotores de seguridad vial 22,457 1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos 1 1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría 3 1 Seguridad Vial 6.1.1 Componente Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación Total de entidades federativas 14 Entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación 1 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 1.1.1 Actividad Número de informes de campaña enviados al CNEGSR Número de entidades federativas con convenio AFASPE 100 Proporción de entidades con informe de campaña del mes del cáncer de la mujer 100 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con mastografía de tamizaje Mujeres de 40 a 69 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/2 24 Cobertura de detección de cáncer de mama con mastografía 27
  • 219. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)107 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH de primera vez Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer cérvico uterino en mujeres de 25 a 64 años 64 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH Mujeres de 35 a 64 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/5 58 Proporción de mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH 40 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6.4.1 Actividad Mastógrafos fijos con funcionamiento igual o menor a 10 años Mastógrafos fijos en la entidad 100 Proporción de mastógrafos fijos con funcionamiento igual o menor a 10 años 80 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos capacitados y certificados Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje 50 Capacitación y certificación de citotecnólogos 53 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5 evaluación diagnóstica Mujeres con BIRADS 4 y 5 en mastografía de tamizaje 95 Cobertura de evaluación diagnóstica de casos sospechosos de cáncer en la mujer 95 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología que recibieron atención colposcópica Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología 95 Proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado de LEIAG o cáncer con evaluación colposcópica 95 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional 80 Proporción de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional 100 2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional Total de consultas de primera vez sin importar trimestre gestacional 40 Porcentaje de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional 20 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz neonatal realizadas Número de nacimientos en mujeres sin Seguridad Social 90 Cobertura de prueba de tamiz neonatal entre recién nacidos sin Seguridad Social 90 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.1 Actividad Número de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos seleccionados Total de médicos especialistas en hospitales resolutivos seleccionados 50 Porcentaje de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos seleccionados 10 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud capacitado en parto respetuoso (humanizado) Número de personal de salud programado a capacitar en parto respetuoso (humanizado) 100 Porcentaje de personal de salud capacitado en atención de parto respetuoso (humanizado). 15 2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Número de insumos esenciales para emergencias obstétricas y neonatales adquiridos Número de emergencias obstétricas y neonatales atendidas 100 Porcentaje de insumos esenciales adquiridos para la atención de emergencias obstétricas y neonatales 100
  • 220. 108(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2.2.1 Propósito Número de Promotores y brigadistas capacitados en temas de Salud Sexual y Reproductiva Total de Promotores y brigadistas activos 100 Porcentaje de Promotores y Brigadistas activos capacitados 100 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios amigables implementados para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. Número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente en operación al cierre del 2014. 236 Incremento porcentual en el número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. 5 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.2.1 Actividad Servicios amigables con acreditación Servicios amigables registrados 15 Servicios amigables acreditados 15 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros realizadas en el periodo Número de acciones extramuros programadas en el periodo 1,152 Actividades extramuros y comunitarias realizadas a través de los servicios amigables 40 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas para la atención en los servicios amigables Número de personas programadas para capacitar en los servicios amigables para población adolescente 2,560 Personal capacitado y sensibilizado en los servicios amigables para población adolescente 85 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en medios masivos de comunicación Número de campañas programadas. 32 Número de campañas difundidas. 1 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.1.1 Propósito Número de métodos anticonceptivos con abasto adecuado en almacenes y centros de atención. Número de métodos anticonceptivos que se ofertan en la Secretaria de Salud 100 Situación de abastecimiento de métodos anticonceptivos. 13 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas durante el año Personas programadas para ser capacitadas en el año. (mín. 70 x 32 entidades) 2,240 Personal capacitado respecto del programado 100 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un método anticonceptivo durante el post-evento obstétrico. Total de eventos obstétricos atendidos 800,000 Cobertura de anticoncepción postevento obstétrico. 16,265 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios activos de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud Mujeres de 15 a 49 años de edad (casadas o unidas), responsabilidad de la SSa. 4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud 145,741 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas a jurisdicciones sanitarias al año Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión por jurisdicción sanitaria al año. 34 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 6.3.1 Actividad Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. Número de unidades médicas programadas para instalar servicios de planificación familiar para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. 28 Número de servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. 1 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 8.2.1 Actividad Número de vasectomías realizadas Hombres de 20 a 64 años responsabilidad de la SSa 10 Vasectomías realizadas por cada 10 mil hombres de 20 a 64 años, responsabilidad de la SSa. 474
  • 221. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)109 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 8.3.2 Propósito Número de nuevos médicos acreditados en la técnica de vasectomía sin bisturí Número de médicos programados para acreditar en la técnica de vasectomía sin bisturí 20 número de nuevos médicos acreditados en la técnica de vasectomía sin bisturí 1 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.2.1 Actividad Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud capacitado y sensibilizado en la NOM 046 Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud programado para la capacitación en la NOM046 3,225 Porcentaje de personal médico capacitado en la NOM-046 en relación a lo programado 105 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y más, unidas en situación de violencia severa atendidas en los servicios especializados Cálculo de mujeres de 15 años y más unidas, usuarias de los servicios de salud que se espera reciban atención especializada por violencia severa 234,053 Porcentaje de mujeres en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto de las esperadas 6,009 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.4.1 Actividad Número de grupos formados de reeducación de víctimas Número de grupos programados de reeducación de víctimas 656 Porcentaje de grupos formados de reeducación de víctimas en relación a los programados 32 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 5.1.1 Componente Número de material de promoción y difusión elaborado Número de material de promoción y difusión programado para la elaboración 7 Porcentaje de material de promoción y difusión elaborado en relación a lo programado 7 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 6.2.1 Actividad Número de grupos formados de reeducación de agresores Número de grupos programados de reeducación de agresores 656 Porcentaje de grupos formados de reeducación de agresores 32 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1 Componente Número de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual, que fueron atendidas en las primeras 72 hrs. en unidades de salud y se les brindó profilaxis para VIH/SIDA Casos esperados en las unidades de salud de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual en las primeras 72 hrs. 5,843 Porcentaje de casos de violación sexual atendidos en las primeras 72 hrs. con profilaxis en relación con los casos esperados 135 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1 Actividad Número de unidades de salud con acciones de atención con perspectiva de género Número de unidades de salud programadas para desarrollar acciones de atención con perspectiva de género 28 Porcentaje de unidades de salud programadas con acciones de atención con perspectiva de género realizadas 2 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social a capacitar 14,912 Porcentaje de personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado en género en salud en el marco de los derechos humanos. 533 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2 Actividad Número de hospitales con un directivo/a capacitado Número de hospitales con un directivo/a a capacitar en el año 550 Porcentaje de hospitales con un directivo/a capacitados en género en salud con respecto a los derechos humanos. 17
  • 222. 110(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica aplicadas Dosis de vacuna antirrábica programadas a aplicar 18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos 792,617 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 2.2.1 Componente Número de personas agredidas o contactos que inician tratamiento Número de personas agredidas o contactos valoradas según la normatividad 24 Personas agredidas o contactos que inician tratamiento antirrábico 24 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1 Componente Número de perros y gatos esterilizados Número de perros y gatos programados a esterilizar 511,105 Número de perros y gatos esterilizados en lugares de alta marginación 27,583 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.2.1 Componente Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, controlados en áreas de alta marginación Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, a controlar en áreas de alta marginación 510,875 Perros y gatos agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia, en control en áreas de alta marginación 41,375 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia programadas a enviar al laboratorio 47,400 Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio 2,774 2 Prevención y Control de la Brucelosis 3.2.1 Componente Número de pacientes confirmados de brucelosis que reciben tratamiento primario Número de pacientes nuevos de brucelosis confirmados por SAT/2ME 100 Pacientes confirmados de brucelosis que reciben tratamiento 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1.1.1 Propósito Números de reuniones de Comités Intersectoriales realizadas Números de reuniones de Comités Intersectoriales programadas 4 Mide el funcionamiento trimestral de los Comités mediante el porcentaje de cumplimiento de reuniones programadas. 2 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura de Información en Plataforma Número de Semanas en el periodo 48 Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral 48 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.6.1 Actividad Casos nuevos de dengue tratados Casos nuevos de dengue notificados 100 Mide la proporción de tratamiento a casos nuevos de Dengue. 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de indicadores entomológicos de ovitrampas en las Localidades Prioritarias 9 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.1 Propósito Número de Localidades con Acciones de Control Larvario Número de Localidades de Riesgo Programadas 628 Mide trimestralmente el cumplimiento en las acciones de control larvario en las localidades de riesgo. 9
  • 223. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)111 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2 Propósito Número de Localidades prioritarias con Acciones de Nebulización Espacial en ULV Número de Localidades prioritarias Programadas 628 Mide trimestralmente el porcentaje de cumplimiento de nebulización espacial en localidades prioritarias 9 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3 Propósito Casos Probables atendidos con acciones de Rociado Intradomiciliar reportados en la Plataforma de Vigilancia Entomológica y Control Integral del Vector Casos Probables Notificados en la Plataforma del SINAVE 100 Mide trimestral el porcentaje de cumplimiento de atención con rociado residual intradomiciliar a casos probables reportados en la Plataforma del SINAVE 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.4.1 Propósito Localidades Prioritarias con Encuesta y Verificación Larvaria Localidades Intervenidas para Control Larvario 628 Mide trimestralmente el porcentaje de Localidades prioritarias con encuesta y verificación larvaria en localidades intervenidas con Control Larvario. 9 5 Prevención y Control del Paludismo 1.3.2 Actividad Total de casos probables a los que se les toma una muestra de sangre para diagnóstico. Total de casos probables de paludismo reportados. 100 El indicador mide el porcentaje de casos probables que fueron estudiados en el laboratorio a partir de una gota gruesa de sangre. 100 5 Prevención y Control del Paludismo 1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación realizadas. Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación programadas. 4 Indicador de proceso que presenta la proporción de Comités Estatales de Certificación que lograron la certificación de áreas libres de paludismo para su entidad federativa. El indicador expresa el acumulado anual de entidades federativas que alcanzan la certificación. 4 5 Prevención y Control del Paludismo 3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con perspectiva de género para la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. Personal de salud que participa en la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. 100 Indicador de proceso que cuantifica el porcentaje de cumplimiento de las acciones de capacitación previstas. 100 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 1.1.2 Actividad Número de localidades prioritarias con estudios entomológicos realizados antes y después de la actividad de control químico Número de localidades con estudios entomológicos programados en las localidades prioritarias 94 Indicador de proceso que cuantifica el número de localidades prioritarias que deberán ser encuestadas entomológicamente, previos y posteriores a las intervenciones de control químico 2 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas con insecticida residual Número de localidades programadas a rociar 94 Indicador de proceso que cuantifica el número de localidades prioritarias con rociado intradomiciliar, aplicado en dos ciclos. 2
  • 224. 112(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 4.2.1 Propósito Número de tratamientos supervisados Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica el total de casos confirmados que se ministrará tratamiento supervisados. 10 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 4.2.2 Actividad Número de casos por intoxicación por picadura de alacrán IPPA atendidos antes de 30 minutos Total de casos notificados por intoxicación por picadura de alacrán IPPA 100 El indicador medirá el número de casos a los que se les ministre con oportunidad el tratamiento faboterápico específico, estimado por aquellos pacientes que son tratados en los primeros 30 minutos después de ser picados por el alacrán. 100 10 Prevención y Control de la Diabetes 1.1.1 Propósito Detecciones de diabetes mellitus realizadas en la población de 20 años y más, población de responsabilidad de la Secretaría de Salud. Detecciones de diabetes mellitus programadas en la población de 20 años y más, población de responsabilidad de la Secretaría de Salud. 10,924,367 Número de detecciones de diabetes mellitus realizadas en la población de 20 años y más, población de responsabilidad de la Secretaría de Salud. 264,423 10 Prevención y Control de la Diabetes 2.1.1 Propósito Número de grupos preventivos formados y en función, en las UNEMEs EC realizados Número de grupos preventivos formados y en función, en las UNEMEs EC programados 65 Número de grupos preventivos formados y en función en las UNEMEs EC 65 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.1.1 Propósito Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, realizados Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, programadas 86,378 Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento al que al menos se le realizó una medición anual con hemoglobina glucosilada (HbA1c) en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud. 2,504 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.2.2 Propósito Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención realizados Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención programados 450 Número de Grupos de Ayuda Mutua EC acreditados en el primer nivel de atención. 63 10 Prevención y Control de la Diabetes 5.1.1 Propósito Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT, realizados Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT, programados 27 Número de unidades en el primer nivel de atención con la supervisión de autoridad estatal, con abasto oportuno y suficiente de medicamentos para el control de la ECNT. 27 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 1.1.1 Actividad Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más realizadas Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más programadas 22,613,439 Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 547,356
  • 225. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)113 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 1.3.1 Actividad Porcentaje de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, realizadas durante la Semana Nacional del Corazón Porcentaje de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, programadas durante la Semana Nacional del Corazón 90 Porcentaje de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, realizadas durante la Semana Nacional del Corazón 90 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.1.1 Fin Número de casos de hipertensión arterial en pacientes de 20 años y más, que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de hipertensión arterial programados para ingresar a tratamiento , en pacientes de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 237,016 Número de casos de hipertensión arterial en pacientes de 20 años y más, que ingresan a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 7,340 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en CONTROL responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en TRATAMIENTO responsabilidad de la Secretaría de Salud 482,873 Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en control responsabilidad de la Secretaría de Salud 14,490 12 Atención del Envejecimiento 1.1.1 Actividad Número de supervisiones y/o asesorías realizadas Número de supervisiones y/o asesorías programadas 30 Supervisión y/o asesoría 30 12 Atención del Envejecimiento 1.2.1 Propósito Número de COESAEN Activos Número de COESAEN Activos programados 6 Comités Estatales de Atención al Envejecimiento (COESAEN) Activos 6 12 Atención del Envejecimiento 2.1.1 Componente Número de capacitaciones sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor realizados Número de cursos sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor programados 5 Capacitación sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor 5 12 Atención del Envejecimiento 4.1.1 Fin Número de actividades de orientación realizadas para la implementación de centros de día Número de actividades de orientación programadas para la implementación de centros de día 2 Orientación para la implementación de centros de día para las entidades federativas 1 12 Atención del Envejecimiento 5.1.1 Actividad Detecciones realizadas de síndromes geriátricos (caídas e incontinencia urinaria) en la población adulta mayor no asegurada Detecciones programadas de síndromes geriátricos (caídas e incontinencia urinaria) en la población adulta mayor no asegurada 20 Detección de síndromes geriátricos (caídas e incontinencia urinaria) en personas adultas mayores no aseguradas 20 12 Atención del Envejecimiento 5.1.3 Componente Detecciones realizadas de hiperplasia prostática benigna en la población masculina de 45 años y más no asegurada Detecciones programadas de hiperplasia prostática benigna en población masculina de 45 años y más no asegurada 50 Detección de Hiperplasia prostática Benigna en población masculina de 45 años y más no asegurados 50 12 Atención del Envejecimiento 5.1.5 Actividad Total de acciones realizadas sobre detección y de control realizadas durante la SSGG a población de 60 años y más Total de acciones programadas sobre detección y de control realizadas durante la SSGG a población de 60 años y más 60 Semana de Salud para Gente Grande (SSGG) 60
  • 226. 114(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 3.2.1 Actividad Semanas Estatales de Salud Bucal realizadas. Semanas Estatales de Salud Bucal programadas. 64 Semanas Estatales de Salud Bucal. 2 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 4.3.1 Actividad Actividades Preventivas Intramuros Realizadas. Actividades Preventivas Intramuros Programadas. 36,685,640 Actividades de Prevención (intramuros). 1,473,232 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 4.4.1 Actividad Actividades Preventivas Extramuros realizadas. Actividades Preventivas Extramuros Programadas. 134,390,949 Actividades de Prevención (extramuros). 3,763,360 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 5.1.1 Actividad Actividades Curativas Asistenciales Realizadas. Actividades Curativas Asistenciales Programadas. 22,802,442 Actividades Curativo Asistenciales (intramuros). 825,144 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 7.6.1 Actividad Cursos de capacitaciones realizados. Cursos de capacitación programados. 64 Cursos de capacitación estomatológica. 3 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de salud bucal realizadas. Supervisiones al programa de salud bucal programadas. 4,635 Supervisión del programa de salud bucal. 207 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas realizadas. Consultas estomatológicas programadas. 9,421,700 Consultas estomatológicas. 319,509 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.2.1 Actividad Número de eventos de capacitación en tuberculosis realizados Número de eventos de capacitación en tuberculosis programados 156 Cumplimiento de eventos de capacitación 7 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería realizados Número de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería programados 32 Porcentaje de cumplimiento de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería 1 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.1 Componente Número de sintomáticos respiratorios identificados Número de sintomáticos respiratorios programados 290,823 Cobertura de detección de sintomáticos respiratorios 15,703 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.2 Componente Número de casos de tuberculosis ingresados a tratamiento Número total de casos registrados de tuberculosis programados 14,030 Cobertura de tratamiento de casos de tuberculosis registrados 189 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.3 Actividad Número de contactos menores de 5 años con terapia preventiva con isoniacida Número de contactos menores de 5 años con terapia preventiva con isoniacida programados 4,149 Cobertura de Terapia Preventiva con Isoniacida (TPI) a niñas y niños menores de 5 años de edad contactos de casos con casos de tuberculosis pulmonar 50
  • 227. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)115 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1 Propósito Número de personas con tuberculosis farmacorresistente que ingresaron al tratamiento con fármacos de segunda línea. Número de personas con tuberculosis farmacorresistente para recibir esquema de tratamiento con fármacos de segunda línea programados. 263 Cobertura de tratamiento de personas con tuberculosis farmacorresistente 4 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 3.4.1 Actividad Número de personas con VIH que requirieron terapia preventiva con isoniacida Número de personas con VIH programadas para terapia preventiva con isoniacida 22,842 Cobertura de terapia preventiva con isoniacida en personas con VIH que la requieran 148 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1 Actividad Número de campañas educativas realizadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) Total de campañas educativas programadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) 96 Número de materiales educativos en tuberculosis elaborados 3 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas Número de visitas de asesoría y supervisión programadas 854 Porcentaje de cumplimiento de visitas de supervisión 30 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 6.2.1 Actividad Número de proyectos de investigación operativa documentados Número de proyectos de investigación operativa programados 32 Publicación de resultados de investigación operativa estatales y del nivel nacional 1 15 Eliminación de la Lepra 1.1.1 Actividad Número de eventos de capacitación de lepra realizados. Número de eventos de capacitación de lepra programados. 33 Porcentaje de cumplimiento de eventos de capacitación enfocados al manejo integral de personas afectadas por lepra. 1 15 Eliminación de la Lepra 2.1.1 Actividad Número de baciloscopias e histopatologías realizadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. Número de baciloscopias e histopatologías programadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. 3,708 Porcentaje de toma de baciloscopias e histopatologías realizadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. 6 15 Eliminación de la Lepra 5.2.1 Actividad Número de eventos realizados en donde se entregó material de difusión. Número de eventos programados en donde se entregó material de difusión. 33 Cumplimiento de entrega de material de difusión en eventos. 2 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud programadas. 4 Porcentaje de reuniones de Comités Estatales para la Seguridad en Salud 4 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 3.1.1 Actividad Cursos de capacitación realizados Cursos de capacitación programados 2 Porcentaje de cursos de capacitación para el personal involucrado en la operación del programa. 2 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas conformadas Kits de reservas estratégicas programadas 3 Porcentaje de kits de reservas estratégicas conformadas. 3 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud (brotes y desastres) atendidas en menos de 48 horas Total de emergencias en salud (brotes y desastres) registradas 10 Porcentaje de emergencias en salud atendidas en forma oportuna (< de 48 hrs). 10
  • 228. 116(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 4 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 10 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 1.1.1 Actividad Reuniones trimestrales del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera realizadas Reuniones trimestrales del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera programadas. 4 Porcentaje de reuniones del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de hisopo rectal realizados. Total estatal de EDAS notificadas en el SUIVE de las unidades seleccionadas. 2 Porcentaje de casos de EDA que acuden a unidades de atención del sector salud con muestra con HR. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos‒taller para personal de salud. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos realizados Total de operativos preventivos programados 2 Porcentaje de operativos preventivos en áreas de riesgo 5 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA y cólera realizadas Campañas preventivas para EDA y cólera programadas 1 Porcentaje de campañas preventivas para EDA y cólera. 1 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 5.1.1 Actividad Evaluaciones trimestrales realizadas Evaluaciones trimestrales programadas 4 Porcentaje de reportes de evaluación del programa. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 3 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 8 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas con VIH e ITS en Servicios Especializados. Personas en control y en TAR registrados en el SALVAR 156 Condones distribuidos para la prevención en personas con VIH e ITS. 156 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por la Secretaría de Salud (excluyendo las detecciones en mujeres embarazadas). Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH (Secretaría de Salud). 23,467 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud con carga viral indetectable. Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud. 72 Porcentaje de personas en tratamiento ARV en Control Virológico (Secretaría de Salud). 72 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud Personas con TB y VIH en la Secretaría de Salud. 100 Porcentaje de personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa (Secretaría de Salud). 100
  • 229. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)117 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 5.1.1 Componente Consultas de ITS subsecuentes en la Secretaría de Salud. Consultas de ITS de primera vez en la Secretaría de Salud. 100 Porcentaje de seguimiento de las ITS (Secretaría de Salud). 100 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 6.2.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. 100 Porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. 100 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 6.3.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. 100 Porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. 100 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema de vacunación en niños menores de un 1 año de edad, que correspondan del área de responsabilidad de Secretaría de Salud de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional Niños menores de 1 año de edad de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional. 90 Porcentaje de cobertura de vacunación con esquema completo en menores de 1 año. 90 1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin registradas en Semanas Nacionales de Salud. Total de dosis de vacuna Sabin programados para Semanas Nacionales de Salud. 90 Logros de biológicos aplicados en Semanas Nacionales de Salud para el Programa de Vacunación Universal (Sabin) 90 1 Vacunación Universal 1.3.1 Actividad Número de capacitaciones realizadas del Programa de vacunación Universal a personal de salud Total de capacitaciones para personal de salud programadas por el Programa de Vacunación Universal 90 Capacitaciones realizadas del Programa de Vacunación Universal al personal de salud involucrado. 90 1 Vacunación Universal 1.4.1 Propósito Número de supervisiones realizadas al Programa de Vacunación Universal. Número de supervisiones programadas al Programa de Vacunación Universal. 90 Supervisión realizada del Programa de Vacunación Universal. 90 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año Número de supervisiones programadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año 80 Porcentaje de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año 80 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 4.1.1 Actividad Número de personal de salud capacitado de los Servicios de Salud en el primer nivel de atención en Atención Integrada en la Infancia y la Adolescencia. Total de personal de salud de los Servicios de Salud del primer nivel de atención. 20 Personal de salud operativo del Primer Nivel de Atención capacitado en atención integrada en la infancia y la adolescencia. 10
  • 230. 118(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 5.1.1 Propósito Número de niños menores de cinco años con Enfermedad Diarreica Aguda de primera vez que reciben tratamiento con Plan A o B. Número de niños menores de cinco años con Enfermedad Diarreica Aguda de primera vez en el año. 95 Niños menores de cinco años con Enfermedad Diarreica Aguda que reciben tratamiento con Plan A o B. 95 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 5.2.2 Actividad Número de niños menores de cinco años con Enfermedades Respiratorias Agudas que reciben tratamiento antibiótico. Número de niños menores de cinco años con Enfermedades Respiratorias Agudas de primera vez. 30 Niños menores de cinco años con Enfermedades Respiratorias Agudas que reciben tratamiento antibiótico. 30 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 6.1.1 Actividad Número de Jurisdicciones Sanitarias que realizaron la Semana de Salud de la Adolescencia en el Estado Total de Jurisdicciones Sanitarias del Estado 100 Porcentaje de Jurisdicciones Sanitarias que realizaron la Semana Nacional de Salud de la Adolescencia en cada Entidad Federativa 100 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 6.2.1 Actividad Número de Grupos de Adolescentes Promotores de la Salud formados en cada Entidad Federativa Total de Grupos de Adolescentes Promotores de la Salud programados en cada Entidad Federativa 80 Total de Grupos de Adolescentes Promotores de la Salud formados en cada Entidad Federativa 80 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 6.3.1 Actividad Número de Reuniones del Grupo de Atención Integral para la Salud de la Adolescencia realizadas anualmente Total de Reuniones programadas del Grupo de Atención Integral para la Salud de la Adolescencia programadas 100 Reuniones del Grupo de Atención Integral para la Salud de la Adolescencia (GAIA) 100 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 1.1.1 Actividad Supervisiones realizadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención Supervisiones programadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención 80 Supervisiones realizadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia Total de capacitaciones programadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia 75 Porcentaje de capacitaciones al personal de salud en prevención y atención del cáncer en menores de 18 años 75 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el Registro de Cáncer en Niñas, Niños y Adolescentes Total de casos registrados en el Sistema del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos 80 Evaluación y análisis de los sistemas de información relacionados al cáncer en la infancia y adolescencia 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 4.1.1 Actividad Material de difusión Realizado Material de difusión programado 80 Material de Difusión relacionado al Programa Sigamos 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 4.1.2 Actividad Capacitaciones realizadas en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital Realizar 3 capacitaciones en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital 66 Capacitaciones en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital 1 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
  • 231. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)119 ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Sustancias biológicas Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública 1.00 89,129.00 89,129.00 TOTAL: 89,129.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Descripción complementaria: Para determinación de fibrosis quística. Para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 34,560.00 641,433.60 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Descripción complementaria: Determinación de la deficiencia de la Biotinidasa. Para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 34,560.00 641,433.60
  • 232. 120(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Papel prueba de TSH. Papel filtro de algodón 100% sin aditivos, especial para recolección y transporte de sangre de neonatos, con impresión de cuatro círculos punteados de un centímetro de diámetro cada uno y de las palabras nombre y con número progresivo. Paquete con 10 hojas, máximo 100. 11.64 33,600.00 391,104.00 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de la Hormona Estimulante de la Tiroides Tirotrofina (TSH), en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 33,600.00 623,616.00 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de 17/Alfa Hidroxi Progesterona, en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 34,560.00 641,433.60 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de Fenilalanina, en sangre total de neonatos, colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 34,560.00 641,433.60 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS - XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de Galactosa Total, en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 34,560.00 641,433.60 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg envase con un dispositivo. 1,774.98 2,543.00 4,513,774.14 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales) 25.30 10,088.00 255,226.40 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Desogestrel y etinilestradiol tableta cada tableta contiene: desogestrel 0.15 mg etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 tabletas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales). 25.30 83.00 2,099.90 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml 35.42 360.00 12,751.20 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml. 35.42 38,135.00 1,350,741.70 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante y aplicador. 1,160.64 7,668.00 8,899,787.52 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene: norelgestromina 6.00 mg etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches. 160.88 4,429.00 712,537.52 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV - Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel 0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas. 10.66 617.00 6,577.22 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 3,041.00 248,328.06 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV - Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 o 3 piezas en empaque individual. 52.95 3,403.00 180,188.85
  • 233. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)121 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos intrauterino. T de cobre, 380 a. Anticonceptivo estéril con 380 mm2, de cobre, plástico grado médico 77% y sulfato de bario usp 23%, con filamento largo de 30 cm con tubo insertor, tope y émbolo insertor. 11.61 9,546.00 110,829.06 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.3 Anexo IV - Apoyo Federal Dispositivos dispositivo intrauterino, t de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador montable con tope cervical. 36.37 193.00 7,019.41 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,440.81 135.00 329,509.35 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género 37.62 30.00 1,128.60 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3 43.50 10.00 435.00 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género en programas de salud 37.62 30.00 1,128.60 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud 20.85 20.00 417.00 TOTAL: 20,854,367.53 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. 253.00 95.00 24,035.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 1,067.00 210,199.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 384.00 31,872.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Insecticida Microbiano BTI en cajas con 24 tarros de 500 gramos 14,866.56 10.00 148,665.60 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida Biorracional al 7.5% en cajas con 4000 tabletas 23,211.62 2.00 46,423.24 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado al 44% base agua en bidones de 20 litros 12,650.00 70.00 885,500.00
  • 234. 122(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado concentrado emulsionable al 49% en caja de 12 litros 14,608.92 50.00 730,446.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida carbamato de acción residual al 70% en cuñete de 4.5 kg con 180 sobres de 25 gramos 14,509.28 24.00 348,222.72 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Carbamato de Acción Residual al 80% polvo humectable en cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos 37,451.97 4.00 149,807.88 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente 5,926.00 10.00 59,260.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo electrónico. 6,875.00 1.00 6,875.00 TOTAL: 2,641,306.44 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.6 Ramo 12-Apoyo Federal Jeringas para insulina, de plástico grado médico; graduada de 0 a 100 unidades, con capacidad de 1 ml. Con aguja de acero inoxidable, longitud 13 mm, calibre 27 g. Estéril y desechable. Descripción complementaria: Sin espacio muerto 2.50 40,000.00 100,000.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 1,070.00 145,841.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 100 mg envase con 100 cápsulas. 210.00 328.00 68,880.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de atazanavir. Envase con 30 cápsulas. 2,764.85 601.00 1,661,674.85 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg envase con 60 tabletas. 1,712.32 352.00 602,736.64 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 295.00 246,354.50 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con 60 tabletas. 470.47 387.00 182,071.89 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 29.00 93,651.44 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxilo envase con 30 tabletas. 2,000.12 538.00 1,076,064.56
  • 235. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)123 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Fosamprenavir tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: fosamprenavir cálcico equivalente a 700 mg de fosamprenavir envase con 60 tabletas recubiertas. 2,140.70 48.00 102,753.60 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de darunavir envase con 60 tabletas. 4,978.59 97.00 482,923.23 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30 comprimidos recubiertos. 371.83 1,078.00 400,832.74 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas. 1,379.32 1,060.00 1,462,079.20 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil emtricitabina 200 mg envase con 30 tabletas recubiertas. 2,124.62 1,855.00 3,941,170.10 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 165.00 94,050.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 252.00 52,920.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 57.00 309,468.39 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. 1,714.00 49.00 83,986.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg de raltegravir envase con 60 comprimidos. 5,308.92 151.00 801,646.92 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con 84 cápsulas o tabletas cada uno. 347.96 1,513.00 526,463.48 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 158.00 125,598.94 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase con 60 tabletas. 1,100.00 137.00 150,700.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con 120 tabletas 2,656.00 2,035.00 5,404,960.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente a 500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos 2,207.00 373.00 823,211.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 274.00 105,259.84 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas. 657.47 9.00 5,917.23 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas. 1,056.91 202.00 213,495.82 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 13.00 86,092.11 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 6.00 39,734.82 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,404.15 3,278.00 7,880,803.70 TOTAL: 27,271,342.00
  • 236. 124(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331 200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o tokio 172 200 000-3 000 000 ufc o montreal 200 000 3 200 000 ufc o moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml. *semilla mérieux. 10.15 57,600.00 584,640.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a 40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud* haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa. 142.80 155,900.00 22,262,520.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston- zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o 103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50 envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente. 12.09 179,100.00 2,165,319.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a, 12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco ámpula de 2.5 ml. 92.20 10,000.00 922,000.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 153,031.00 7,545,958.61
  • 237. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)125 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 42,810.00 2,110,961.10 1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8 mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml. 136.00 19,600.00 2,665,600.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis). 10.00 56,700.00 567,000.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3 2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui envase con un tubo de plástico con 2 ml. 53.92 50,000.00 2,696,000.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg 4 - 2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a - 2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja. 183.80 112,000.00 20,585,600.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 99,890.00 4,925,575.90 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 172,969.00 8,529,101.39 1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con 0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml. 156.96 38,000.00 5,964,480.00 TOTAL: 81,524,756.00 Gran total 132,380,900.97 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
  • 238. 126(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 APÉNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS PROGRAMAS”. Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1,580,331.00 0.00 1,580,331.00 739,173.19 0.00 0.00 0.00 739,173.19 8,768,000.00 0.00 0.00 11,087,504.19 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 293,820.54 0.00 0.00 16,580.00 310,400.54 0.00 0.00 0.00 310,400.54 3 Alimentación y Actividad Física 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 360,039.40 0.00 0.00 10,700.00 370,739.40 0.00 0.00 0.00 3,370,739.40 Total: 4,580,331.00 0.00 4,580,331.00 1,393,033.13 0.00 0.00 27,280.00 1,420,313.13 8,768,000.00 0.00 0.00 14,768,644.13 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 3,033,325.00 0.00 3,033,325.00 1,081,289.61 1,167,181.31 0.00 31,954.00 2,280,424.92 0.00 0.00 0.00 5,313,749.92 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 1,000,000.00 89,129.00 1,089,129.00 3,808,428.50 896,550.50 0.00 0.00 4,704,979.00 0.00 0.00 0.00 5,794,108.00 Total: 4,033,325.00 89,129.00 4,122,454.00 4,889,718.11 2,063,731.81 0.00 31,954.00 6,985,403.92 0.00 0.00 0.00 11,107,857.92 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00 63,162,738.66 2,460,678.59 0.00 2,072,060.49 67,695,477.74 1,146,612.00 0.00 0.00 74,242,089.74 Total: 5,400,000.00 0.00 5,400,000.00 63,162,738.66 2,460,678.59 0.00 2,072,060.49 67,695,477.74 1,146,612.00 0.00 0.00 74,242,089.74 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 1,111,119.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Total: 1,100,000.00 0.00 1,100,000.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 11,119.00 0.00 0.00 0.00 1,111,119.00
  • 239. Lunes2denoviembrede2015DIARIOOFICIAL(SegundaSección)127 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 11,245,546.44 0.00 11,245,546.44 2,289,552.44 3,416,012.52 5,915.00 178,532.13 5,890,012.09 21,379,397.75 0.00 0.00 38,514,956.28 2 Salud Materna y Perinatal 13,763,924.09 0.00 13,763,924.09 490,494.54 689,671.12 780,799.43 4,826,012.59 6,786,977.68 18,864,078.31 4,221,888.00 0.00 43,636,868.08 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3,494,466.55 0.00 3,494,466.55 55,451.60 0.00 0.00 0.00 55,451.60 2,798.32 0.00 0.00 3,552,716.47 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4,612,204.75 0.00 4,612,204.75 827,948.01 76,356.91 78,161.24 109,097.45 1,091,563.61 19,986,163.92 0.00 0.00 25,689,932.28 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 5,305,216.00 329,509.35 5,634,725.35 6,316,238.85 0.00 0.00 0.00 6,316,238.85 0.00 0.00 0.00 11,950,964.20 6 Igualdad de Género en Salud 238,012.00 3,109.20 241,121.20 153,554.88 0.00 0.00 0.00 153,554.88 0.00 0.00 0.00 394,676.08 Total: 38,659,369.83 332,618.55 38,991,988.38 10,133,240.32 4,182,040.55 864,875.67 5,113,642.17 20,293,798.71 60,232,438.30 4,221,888.00 0.00 123,740,113.39 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 258,671.54 266,106.00 524,777.54 8,293,301.48 13,777,343.73 0.00 139.40 22,070,784.61 1,719,688.77 0.00 0.00 24,315,250.92 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 23,702.29 0.00 402.15 18,156.52 42,260.96 7,664.88 0.00 0.00 49,925.84 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1,391,316.00 2,309,065.44 3,700,381.44 5,420,081.33 17,920,360.88 0.00 0.00 23,340,442.21 17,754.07 0.00 0.00 27,058,577.72 5 Prevención y Control del Paludismo 226,669.00 0.00 226,669.00 43,304.23 45,617.52 0.00 0.00 88,921.75 43,727.20 0.00 0.00 359,317.95 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 166,500.00 0.00 166,500.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 166,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 0.00 0.00 0.00 1,342,320.51 0.00 0.00 0.00 1,342,320.51 1,633,509.72 0.00 0.00 2,975,830.23 10 Prevención y Control de la Diabetes 592,890.00 0.00 592,890.00 2,972,409.69 2,989,371.57 2,418,626.80 4,412,807.77 12,793,215.83 20,353,627.94 0.00 0.00 33,739,733.77 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 6,521,974.00 0.00 6,521,974.00 8,119,099.73 11,461.00 811,159.51 2,833,975.14 11,775,695.38 13,118,563.71 0.00 0.00 31,416,233.09 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 1,216,554.31 3,157,156.63 0.00 734,739.80 5,108,450.74 0.00 0.00 0.00 5,108,450.74 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 54,600.00 0.00 54,600.00 1,064,247.01 345,993.55 0.00 352,414.80 1,762,655.36 11,616,539.09 0.00 0.00 13,433,794.45 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 0.00 66,135.00 66,135.00 425,312.02 3,006,734.04 272,222.88 975,006.28 4,679,275.22 2,386,391.20 0.00 0.00 7,131,801.42 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 6,100.00 0.00 0.00 0.00 6,100.00 0.00 0.00 0.00 6,100.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 900,000.00 0.00 900,000.00 448,580.19 252,038.78 0.00 0.00 700,618.97 0.00 0.00 0.00 1,600,618.97 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 350,000.00 0.00 350,000.00 1,736,038.83 310,622.19 96,320.16 94,921.63 2,237,902.81 312,650.74 0.00 0.00 2,900,553.55 Total: 10,462,620.54 2,641,306.44 13,103,926.98 31,111,051.62 41,816,699.89 3,598,731.50 9,422,161.34 85,948,644.35 51,210,117.32 0.00 0.00 150,262,688.65 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00 3,954,211.44 2,535,862.04 0.00 1,224,258.96 7,714,332.44 4,399,421.35 0.00 31,212,748.00 44,486,576.79 Total: 914,234.00 245,841.00 1,160,075.00 3,954,211.44 2,535,862.04 0.00 1,224,258.96 7,714,332.44 4,399,421.35 0.00 31,212,748.00 44,486,576.79
  • 240. 128(SegundaSección)DIARIOOFICIALLunes2denoviembrede2015 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal 3,917,850.00 38,823,998.71 42,741,848.71 17,692,745.25 4,302,720.00 0.00 0.00 21,995,465.25 75,067,694.03 0.00 0.00 139,805,007.99 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 337,260.00 0.00 337,260.00 2,389,361.25 4,255.83 69.00 34.50 2,393,720.58 3,321,005.56 0.00 0.00 6,051,986.14 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 810,043.85 0.00 810,043.85 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 810,043.85 Total: 5,065,153.85 38,823,998.71 43,889,152.56 20,082,106.50 4,306,975.83 69.00 34.50 24,389,185.83 78,388,699.59 0.00 0.00 146,667,037.98 Gran Total: 70,215,034.22 42,132,893.70 112,347,927.92 134,737,218.78 57,365,988.71 4,463,676.17 17,891,391.46 214,458,275.12 204,145,288.56 4,221,888.00 31,212,748.00 566,386,127.60 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con el contenido del presente Convenio Modificatorio. TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones. CUARTA.- Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015. Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud, Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por la Entidad: la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud de Hidalgo, Edna Geraldina García Gordillo.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Hidalgo, Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.