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Tomo DCCXLV No. 10 México, D.F., miércoles 14 de octubre de 2015
CONTENIDO
Cámara de Senadores
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Pronósticos para la Asistencia Pública
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Avisos
Indice en página 94
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE SENADORES
SALDOS en moneda nacional al 30 de septiembre de 2015 del fideicomiso en el que la Cámara de Senadores
participa como fideicomitente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.-
LXIII Legislatura.- Secretaría General de Servicios Administrativos.
SALDOS en moneda nacional al 30 de septiembre de 2015 del fideicomiso en el que la Cámara de
Senadores participa como fideicomitente.
CIFRAS EN MONEDA NACIONAL DEL FIDEICOMISO DE INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN No. 1705,
“Para apoyar la Construcción y Equipamiento del Nuevo Recinto de la Cámara de Senadores”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, se dan a conocer los ingresos y egresos, destino y saldo en moneda nacional del fideicomiso en
el que la Cámara de Senadores participa como fideicomitente.
Fideicomiso de Inversión y Administración 1705
“Para apoyar la construcción y equipamiento del nuevo recinto de la Cámara de Senadores”
Fideicomitente: Cámara de Senadores
Fideicomiso
Número
Disponibilidad al
30 de junio
de 2015
Flujo de Efectivo Disponibilidad al
30 de septiembre
de 2015
Ingresos Egresos
1705 754’125,109.20 5’808,748.94 14’980,153.49 744’953,704.65
1/ 2/
1/ Aportaciones al patrimonio del Fideicomiso e Intereses cobrados sobre inversiones financieras.
2/ Se refieren a erogaciones efectuadas por el fiduciario Banobras, conforme al programa-presupuesto
aprobado por el Comité Técnico por concepto de: Pagos por Honorarios Fiduciarios, Honorarios por
Dirección Técnica del Proyecto, Coordinación Administrativa del Proyecto, Impuestos, Derechos de
Agua y Energía Eléctrica.
México D. F., a 9 de octubre de 2015.- El Secretario, Roberto Figueroa Martínez.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Redimidos Palabra de Fe Nogales, para
constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. ARTURO FARELA GUTIÉRREZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA REDIMIDOS PALABRA
DE FE NOGALES.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación denominada REDIMIDOS PALABRA DE FE NOGALES, para constituirse en asociación religiosa;
solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo;
cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Los Ópatas número 469, esquina Apanecos, colonia Luis Donaldo Colosio, municipio
de Nogales, Estado de Sonora, código postal 84066.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato
de arrendamiento, ubicado en avenida Plutarco Elías Calles número 1772 (planta alta) esquina con calle 5 de
Mayo, colonia Moderna, municipio de Nogales, Estado de Sonora, código postal 84055.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de Jesucristo a toda persona”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representantes: Jesús Cárdenas Fuentes y Arturo Farela Gutiérrez.
VI.- Relación de asociados: Jesús Cárdenas Fuentes, Clara Sonia Barrón Torres, Max Andrade Gaxiola
y Benita Lira Galicia.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Jesús Cárdenas Fuentes, Presidente;
Clara Sonia Barrón Torres, Vicepresidenta; Max Andrade Gaxiola, Secretario; y Benita Lira Galicia, Tesorera.
IX.- Ministros de culto: Jesús Cárdenas Fuentes y Clara Sonia Barrón Torres.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Visión del Reino, para constituirse en
asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. LUIS MARTÍN GONZÁLEZ ÁLVAREZ DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA VISION DEL REINO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación denominada IGLESIA VISION DEL REINO, para constituirse en asociación religiosa; solicitud
presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos
principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: prolongación calle 27, número 96, entre las calles Anáhuac y Altos Simatario, colonia Lomas
del Valle, 2a sección, municipio y Estado de Querétaro, código postal 76085.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
denominado Iglesia Vision Del Reino, ubicado en prolongación calle 27, número 96, entre las calles Anáhuac
y Altos Simatario, colonia Lomas del Valle, 2a sección, municipio y Estado de Querétaro, código postal 76085.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de JESUCRISTO a toda creatura”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Luis Martín González Álvarez.
VI.- Relación de asociados: Luis Martín González Álvarez, Kristhian Paredes Camacho, Mauricio de Jesús
González García y María Martha Hernández Pérez.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Luis Martín González Álvarez, Presidente;
Kristhian Paredes Camacho, Vicepresidente; Mauricio de Jesús González García, Secretario; y María Martha
Hernández Pérez, Tesorera.
IX.- Ministro de culto: Luis Martín González Álvarez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Elyon, para constituirse en
asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. ANTONIO MANCILLAS ESPINOZA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIOS ELYON.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación denominada MINISTERIOS ELYON, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada
en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son
los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Pedro Ascencio número 1665, colonia San Juan de Retana, municipio de Irapuato,
Estado de Guanajuato, código postal 36825.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
ubicado en calle Pedro Ascencio número 1665, colonia San Juan de Retana, municipio de Irapuato, Estado de
Guanajuato, código postal 36825.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Predicar la Palabra de Dios a toda persona y hacer de Jesús el Mesías un tema
ineludible para todo el mundo”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Antonio Mancillas Espinoza.
VI.- Relación de asociados: Antonio Mancillas Espinoza, Ana Lilia Santamaría Benavides, Moisés
Mancillas Delgado, Angélica Delgado Tabarez, Ericka Andrés Mota, Juan Carlos Garrido Domínguez y Laura
Serrano García.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Comité Ejecutivo Nacional”, integrado por las personas y cargos siguientes: Antonio Mancillas Espinoza,
Presidente; Ana Lilia Santamaría Benavides, Secretaria; y Moisés Mancillas Delgado, Tesorero.
IX.- Ministros de culto: Antonio Mancillas Espinoza, Ana Lilia Santamaría Benavides, Moisés Mancillas
Delgado, Angélica Delgado Tabarez, Silvia Susana Torres Vázquez, Beatriz Vázquez Franco, David Octavio
Gascón Paredes, Cecilio Rivera Atanacio, María Magdalena Rojas Tinoco, Cirilo Jiménez Avendaño, Leticia
Marchen Osuna, Sergio Martínez Pérez e Iris Adriana Fernández de Lara Hidalgo.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana del Norte para
constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD
INTERNA DE IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA DEL NORTE.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud
de registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA DEL NORTE para constituirse en
asociación religiosa; derivada de IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., solicitud presentada en la Dirección
General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a
continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Emiliano Zapata número 23, colonia San Miguel Xochimanga, municipio de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México, código postal 52927.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
ubicado en calle Emiliano Zapata número 23, colonia San Miguel Xochimanga, municipio de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México, código postal 52927.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Seguir y difundir las enseñanzas y pensamientos de JESUCRISTO...”.
IV.- Representante: Francisco Percival Novoa Garduño.
V.- Relación de asociados: Francisco Percival Novoa Garduño, David Aarón Díaz Escamilla, Flor del
Carmen Reyes Hernández, Ligia Ninete Espinosa Ley, María Teresa Rico Rojas, Dolores Jiménez García,
Iveth Madariaga Domínguez, María Juana Torres Sánchez, Norma Silvia González Domínguez y Carlota
Zavala Vargas.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Cuerpo de Ancianos”, integrado por las personas siguientes: Francisco Percival Novoa Garduño y David
Aarón Díaz Escamilla.
VIII.- Ministros de Culto: Francisco Percival Novoa Garduño y David Aarón Díaz Escamilla.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente
de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Águilas para
constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD
INTERNA DE IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA AGUILAS.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud
de registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA AGUILAS para constituirse en
asociación religiosa; derivada de IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., solicitud presentada en la Dirección
General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a
continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Las Águilas número 73, identificado como lote 1, manzana 52, colonia Las Águilas,
municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, código postal 52949.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
ubicado en avenida Las Águilas número 73, identificado como lote 1, manzana 52, colonia Las Águilas,
municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, código postal 52949.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Seguir y difundir las enseñanzas de Jesucristo, y anhelamos que toda persona
establezca una relación personal con El, y que estas personas formen parte de una comunidad que les pueda
ayudar y animar a crecer en la semejanza de Cristo Jesús, proporcionando apoyo espiritual a personas en lo
individual así como a grupos pequeños para formar una congregación si no existe”.
IV.- Representante: Adán Rubén Fuentes Barrera.
V.- Relación de asociados: Adán Rubén Fuentes Barrera, Christian Alcantar Olivares, José Antonio Ayala
Villeda, Benito Peralta, Gloria Chávez González, Cornelio Francisco García, Adela Alberto Andrade, Noé de
Salem Martínez Santos, Claudia Domínguez Escobar y Angélica de la Peña Butrón.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comisión de
Administración”, integrado por las personas siguientes: Adán Rubén Fuentes Barrera, Administrador;
Noé de Salem Martínez Santos, Secretario; y Adela Alberto Andrade, Tesorera.
VIII.- Ministro de Culto: Adán Rubén Fuentes Barrera.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente
de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerio Profético Levántate
y Resplandece de Tabasco, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
LA C. MARÍA CONCEPCIÓN DEL CARMEN CAMACHO LÁZARO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA
MINISTERIO PROFETICO LEVANTATE Y RESPLANDECE DE TABASCO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación denominada MINISTERIO PROFETICO LEVANTATE Y RESPLANDECE DE TABASCO, para
constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas,
para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Agustín Díaz del Castillo número 449, colonia Centro, ciudad y municipio de
Macuspana, Estado de Tabasco, código postal 86700.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
ubicado en calle Agustín Díaz del Castillo número 449, colonia Centro, ciudad y municipio de Macuspana,
Estado de Tabasco, código postal 86700.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Propagar el evangelio de la Gracia de Dios, según los preceptos de nuestro Señor
Jesucristo y sus apóstoles, contenidos en las Sagradas Escrituras”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representantes: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro y Lenin Armando Falcón Pérez.
VI.- Relación de asociados: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro, Lenin Armando Falcón
Pérez, Héctor Francisco Jiménez Narváez, Ana Luisa Falcón Camacho, Daniel Falcón Camacho, Karen
Esther Falcón Camacho, Brenda Isabel de la Cruz Ruiz y Rosa Elena Peña Arias.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Comité Ejecutivo Nacional”, integrado por las personas y cargos siguientes: María Concepción del Carmen
Camacho Lázaro, Presidente; Lenin Armando Falcón Pérez, Vicepresidente; Héctor Francisco Jiménez
Narváez, Secretario; y Ana Luisa Falcón Camacho, Tesorera.
IX.- Ministro de culto: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de septiembre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Nueva Esperanza para
constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD
INTERNA DE IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA NUEVA ESPERANZA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de
registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA NUEVA ESPERANZA para constituirse en
asociación religiosa; derivada de IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., solicitud presentada en la Dirección
General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a
continuación se señalan:
I.- Domicilio: boulevard Ramón G. Bonfil número 200, municipio de Pachuca, Estado de Hidalgo,
código postal 42084.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble susceptible de incorporarse a
su patrimonio, ubicado en boulevard Ramón G. Bonfil número 200, municipio de Pachuca, Estado de Hidalgo,
código postal 42084, relacionado en el expediente de Iglesia Cristiana Mexicana, A. R., con número de
registro constitutivo SGAR/1601/94.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Seguir y difundir las enseñanzas de Jesucristo, y anhelamos que toda persona
establezca una relación personal con El, y que estas personas formen parte de una comunidad que les pueda
ayudar y animar a crecer en la semejanza de Cristo Jesús, proporcionando apoyo espiritual a personas en lo
individual así como a grupos pequeños para formar una congregación si no existe”.
IV.- Representante: María Guadalupe Rodríguez Rojas.
V.- Relación de asociados: Alejo Carrillo Quiroz, María Guadalupe Rodríguez Rojas, Enrique Espinosa de
los Monteros González, Martha Elena Espinosa Sánchez, Francisco Sanjuán Hernández, Catalina Martínez
Martínez y Esteban David Herrera Hernández.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Órgano de Gobierno”, integrado por las personas y cargos siguientes: Alejo Carrillo Quiroz, Pastor Principal;
Enrique Espinosa de los Monteros González, Anciano; y Francisco Sanjuan Hernández, Anciano.
VIII.- Ministros de Culto: Alejo Carrillo Quiroz, María Guadalupe Rodríguez Rojas y Esteban David
Herrera Hernández.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente
de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.
10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción
de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento
para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión
especializadas de fondos para el retiro.
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los
artículos 1o., 2o., 3o. fracción V bis, 5o. fracciones I, II y XVI, 12 fracciones I, VIII y XIII, 37, 74 y 76 de la Ley
de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; el artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman y
adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 21 de enero de 2009; los artículos 1o., 12, 41, 52, 53, Tercero y Quinto Transitorios
del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; los artículos 1o., 2o. fracción III y 8o. del
Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, ha tenido a bien expedir las
siguientes:
MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento
para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión
especializadas de fondos para el retiro.
ÚNICA.- Se MODIFICA el artículo 11 y los Anexos D y E de las “Disposiciones de carácter general que
establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de
inversión especializadas de fondos para el retiro”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 8 de enero de 2015, para quedar en los siguientes términos:
“Artículo 11. La Comisión, para la Asignación de las Cuentas Individuales de los
trabajadores señalados en el artículo anterior, se sujetará al siguiente procedimiento:
I. y II. …
Para efecto del mecanismo de proporcionalidad a que se refiere la fracción II anterior, la
Comisión considerará la siguiente información de cada Administradora que cuente con al
menos una Sociedad de Inversión Básica que cumpla con lo establecido en la fracción I del
presente artículo:
a) El registro de Cuentas Individuales asignadas;
b) La comisión sobre saldo, y
c) El Ahorro Voluntario registrado.
…
El mecanismo de proporcionalidad se calculará ponderando los elementos previstos en los
incisos a), b) y c) anteriores, de conformidad con el Anexo ”D” de las presentes
disposiciones de carácter general.”
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11
“ANEXO D
MECANISMO DE PROPORCIONALIDAD QUE DEBERA OBSERVARSE PARA LA DISTRIBUCION DE
LAS CUENTAS INDIVIDUALES QUE SE ASIGNARAN Y REASIGNARAN A LAS ADMINISTRADORAS
CUYAS SOCIEDADES DE INVERSION BASICAS SE ENCUENTREN EN EL TERCIL QUE REGISTRE LOS
MAYORES INDICADORES DE RENDIMIENTO NETO PARA ASIGNACION Y REASIGNACION
El mecanismo de proporcionalidad a que hacen referencia los artículos 11 fracción II y 13 fracción II
inciso b) de las presentes disposiciones de carácter general, consiste en determinar los porcentajes de
asignación y reasignación para cada Grupo del total de Cuentas Individuales sin registro que, de conformidad
con las presentes disposiciones de carácter general, deberán ser asignadas o reasignadas a las Sociedades
de Inversión Básicas elegibles para estos fines. Para tales efectos, para cada Sociedad de Inversión Básica
elegible de cada Grupo, se determinarán los porcentajes de asignación y reasignación de acuerdo a tres
factores, cada uno de los cuales tiene asignado un ponderador. Dichos factores se describen a continuación:
I. Factor de registro de cuentas asignadas: …
a. y b. …
c. Una vez determinadas las proporciones de registro de las Administradoras que recibirán
Cuentas Individuales, se ponderará la participación de cada una con respecto a la suma de las
proporciones de registro de las administradoras que recibirán Cuentas Individuales en cada
Sociedad de Inversión Básica perteneciente al mismo Grupo de acuerdo con la fórmula
establecida en la fracción IV del presente Anexo. Este resultado será el factor de registro de
cuentas asignadas, para Asignación o Reasignación según corresponda. El ponderador del
factor de registro de cuentas asignadas será de 50%.
…
…
II. Factor de comisión sobre saldo: …
Para obtener el factor de comisión sobre saldo de cada Administradora, se ponderará su proporción
de comisión sobre saldo con respecto a la suma de las proporciones de comisiones sobre saldo de
las Administradoras que cuenten con al menos una Sociedad de Inversión Básica elegible para
recibir Cuentas Individuales de cada Grupo, de acuerdo con la fórmula establecida en la fracción IV
del presente Anexo. El ponderador del factor de comisión sobre saldo será de 30%.
III. El Factor de Ahorro Voluntario, se calculará de acuerdo a lo siguiente:
a. …
b. Una vez que se han determinado las proporciones de Ahorro Voluntario para las
Administradoras que recibirán Cuentas Individuales, se pondera su participación con respecto a
la suma de las proporciones de Ahorro Voluntario de las Administradoras que recibirán Cuentas
Individuales en cada Sociedad de Inversión Básica perteneciente al mismo Grupo de acuerdo
con la fórmula establecida en la fracción IV del presente Anexo. Este resultado será el factor de
Ahorro Voluntario. El ponderador del factor de Ahorro Voluntario será de 20%.
…
…
IV. Para el cálculo de los factores i de la Sociedad de Inversión Básica j elegible de cada Grupo, se
pondera la proporción correspondiente al factor de cada una de las Sociedades de Inversión Básicas
con respecto a la suma de las proporciones de todas las Sociedades de Inversión Básicas elegibles
del mismo Grupo, de acuerdo con la siguiente fórmula:
…
V. Los porcentajes de Asignación y Reasignación de Cuentas Individuales de la i-ésima Sociedad de
Inversión Básica elegible de cada Grupo, se determinan mediante la suma del producto de cada
factor con su ponderador, conforme a la siguiente fórmula:
12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Dónde:
PARi: Porcentaje de Asignación o Reasignación de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible
de cada Grupo.
FRi: Factor de registro de cuentas asignadas de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de
cada Grupo.
FCi: Factor de comisión sobre saldo de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada
Grupo.
FAVi: Factor de Ahorro Voluntario de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada
Grupo.”
“ANEXO E
METODOLOGÍA PARA CALCULAR EL INDICADOR DE CONDICIONES DE INVERSIÓN DE CADA
GRUPO, EL INDICADOR DE RENDIMIENTO PUNTA A PUNTA DEL INDICADOR DE CONDICIONES
DE INVERSIÓN DE CADA GRUPO Y LOS MONTOS TOTALES A REASIGNAR
I. …
1) y 2) …
…
…
La Comisión dará a conocer a los funcionarios que cada Administradora autorice, de manera
cualitativa y con oportunidad el nivel en que se encuentren los Indicadores de Condiciones de
Inversión de las Sociedades de Inversión.
II. a IV. …”
TRANSITORIA
ÚNICA.- Las presentes modificaciones entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación, excepto los ponderadores del 30% y 20% del factor de comisión sobre saldo y del
factor de Ahorro Voluntario previstos en el Anexo D, fracciones II y III, inciso b., respectivamente, de las
presentes Modificaciones, así como la fórmula de la suma del producto de cada factor con su ponderador
prevista en el Anexo D, fracción V, lo cual entrará en vigor el primer día hábil de 2017.
Hasta en tanto entren en vigor los ponderadores a que se hacen referencia en el párrafo anterior, los
ponderadores deberán ser los siguientes:
I. Factor de comisión sobre saldo: 35%, y
II. Factor de Ahorro Voluntario: 15%.
Con base en lo anterior, los porcentajes de Asignación y Reasignación de Cuentas Individuales
de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo, se determinarán mediante la suma del
producto de cada factor con su ponderador, conforme a la siguiente fórmula:
Con la entrada en vigor de las presentes modificaciones, se abrogan todas aquellas disposiciones que
contravengan a las presentes.
México, D.F., a 7 de octubre de 2015.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9o. tercer párrafo
y 12 fracciones I, VIII, XIII y XVI de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 1o., 2o. fracción III, 4o.
tercer y cuarto párrafos y 8o. primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de
Ahorro para el Retiro, el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Carlos
Ramírez Fuentes.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13
SECRETARIA DE ECONOMIA
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de
Economía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con
fundamento en los artículos 14, 18 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a
bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 16 Bis, fracciones II, VII, XII, XIII, y último párrafo; 48
Bis, fracciones IV y V, y 48 Ter, fracciones II, IX y XII; y se ADICIONAN las fracciones XXXVI Quáter y XXXVI
Quintus al apartado B del artículo 2; las fracciones II Bis y XIV a XXI al artículo 16 Bis; las fracciones V Bis
y V Ter al artículo 48 Bis; las fracciones II Bis, IX Bis y X Bis al artículo 48 Ter; y los artículos 48 Quáter y 48
Quintus del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía para quedar como sigue:
ARTÍCULO 2.- …
A. …
I. a V. …
B. …
I. a XXXVI Ter. …
XXXVI Quáter. Dirección General de Procesos y Programas de Apoyo;
XXXVI Quintus. Dirección General de Promoción de Inversiones en el Sector Energético;
XXXVII. y XXXVIII. …
C. …
I. a IV. …
…
…
ARTÍCULO 16 Bis.- …
I. …
II. Ordenar y supervisar la elaboración de los proyectos de las metodologías que servirán para
medir el contenido nacional en la industria de hidrocarburos y el grado de contenido nacional en
la industria eléctrica y proponer dichos proyectos a consideración y, en su caso, aprobación de
su superior jerárquico;
II Bis. Ordenar y supervisar la elaboración, así como someter a consideración y, en su caso,
aprobación de su superior jerárquico, los proyectos de las disposiciones que indiquen la forma
en la que deberán informar a la Secretaría:
a) Los asignatarios, contratistas y permisionarios a que se refiere la Ley de
Hidrocarburos, sobre el contenido nacional en las actividades que éstos realizan, y
b) Las empresas de la industria eléctrica, sobre el grado de contenido nacional en las
actividades que éstos realizan;
III. a VI. …
VII. Emitir la opinión solicitada por la Secretaría de Energía, respecto:
a) Del porcentaje mínimo de contenido nacional que deberán cumplir individualmente y
de forma progresiva los asignatarios y contratistas para la exploración y extracción de
hidrocarburos, conforme a la Ley de Hidrocarburos, y
14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
b) Del porcentaje mínimo de contenido nacional que deberán cumplir las empresas de la
industria eléctrica en cada contrato o asociación cuyo objeto sea la instalación o
ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de
transmisión y distribución de energía eléctrica;
VIII. a XI. …
XII. Supervisar y coordinar los trabajos para identificar los sectores industriales y las regiones en
que se enfocará la estrategia para el fomento de cadenas productivas locales, a efecto de
coadyuvar en la implementación de la política nacional de fomento industrial de cadenas
productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos
y eléctrica;
XIII. Coordinar las estrategias de inversión para el fomento a la participación directa de empresas
mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas, las actividades en la industria de hidrocarburos
y eléctrica;
XIV. Coordinar las estrategias de inversión para promover la asociación entre empresas mexicanas y
extranjeras, para llevar a cabo las actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
XV. Promover la inversión nacional y extranjera para que se realicen actividades de permanencia en
México directamente en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
XVI. Promover la inversión nacional y extranjera para impulsar la transferencia de tecnología y el
conocimiento en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
XVII. Coordinar la elaboración de estudios y programas de promoción de la industria
de hidrocarburos y eléctrica;
XVIII. Promover esquemas de capacitación, orientación y asesoría que fomenten la participación de
las micro, pequeñas y medianas empresas en las estrategias para el fomento industrial
de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la industria de
hidrocarburos y eléctrica;
XIX. Organizar, coordinar y participar en congresos y eventos relacionados con la promoción de la
industria nacional de hidrocarburos y eléctrica que apoyen en la definición de las estrategias
para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión
directa en dichas industrias;
XX. Imponer las sanciones que corresponden a la Secretaría conforme a lo previsto en la Ley de
Hidrocarburos, y
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia, así
como aquellas funciones que le encomiende el Secretario.
La Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético
estará a cargo de un Jefe de Unidad, y será auxiliado en el ejercicio de sus atribuciones, por los Directores
Generales de Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético y, de Contenido
Nacional en el Sector Energético, de Procesos y Programas de Apoyo, y de Promoción de Inversiones en el
Sector Energético.
ARTÍCULO 48 Bis.- …
I. a III. …
IV. Elaborar informes sobre los avances en la implementación de las estrategias para el fomento
industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en
las industrias de hidrocarburos y eléctrica, así como cualquier otro reporte e informe de
carácter público;
V. Identificar los sectores industriales y las regiones en que se enfocará la estrategia para el
fomento industrial de cadenas productivas locales alineados a la demanda de las industrias de
hidrocarburos y eléctrica, a efecto de coadyuvar en la implementación de la política nacional
que en dichas materias se fije;
V Bis. Promover la elaboración de estudios y programas de promoción de la industria de hidrocarburos
y eléctrica;
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15
V Ter. Definir los esquemas de capacitación, orientación y asesoría que fomenten la participación de
las micro, pequeñas y medianas empresas en las estrategias para el fomento industrial
de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la industria de
hidrocarburos y eléctrica;
VI. a VIII. …
…
ARTÍCULO 48 Ter.- …
I. …
II. Elaborar el proyecto de la metodología para medir el contenido nacional en asignaciones y
contratos de exploración y extracción de hidrocarburos y demás actividades de la industria de
hidrocarburos, así como en la industria eléctrica;
II Bis. Elaborar los proyectos de las disposiciones por las que los asignatarios, contratistas
y permisionarios, así como las empresas de la industria eléctrica deberán proporcionar la
información sobre el contenido nacional en las actividades que realicen en la industria
de hidrocarburos y eléctrica;
III. a VIII. …
IX. Elaborar y proponer al superior jerárquico, los proyectos de la opinión respecto del porcentaje
mínimo de contenido nacional que deberán cumplir individualmente y de forma progresiva los
asignatarios y contratistas para la exploración y extracción de hidrocarburos, conforme a la Ley
de Hidrocarburos;
IX Bis. Elaborar y proponer al superior jerárquico la opinión respecto del porcentaje mínimo de
contenido nacional que deberán cumplir las empresas de la industria eléctrica en cada contrato
o asociación cuyo objeto sea la instalación o ampliación de la infraestructura necesaria para
prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica;
X. …
X Bis. Determinar e informar a la autoridad competente sobre el incumplimiento del porcentaje mínimo
de contenido nacional que deben cumplir las empresas de la industria eléctrica en cada contrato
o asociación cuyo objeto sea la instalación o ampliación de la infraestructura necesaria para
prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica;
XI. …
XII. Solicitar a la Secretaría de Energía el listado de las empresas de la industria eléctrica con
la finalidad de poder requerir la información sobre el grado de contenido nacional en las
actividades que realizan en términos del segundo párrafo del artículo 91 de la Ley de
la Industria Eléctrica;
XIII. y XIV. …
…
ARTÍCULO 48 Quáter.- Son atribuciones de la Dirección General de Procesos y Programas de Apoyo:
I. Recibir los requerimientos de información que la Secretaría realice a las empresas de industrias
de hidrocarburos y de la industria eléctrica sobre el contenido nacional en las actividades que
realicen, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
II. Recibir las solicitudes de opinión que, en su caso, se le formulen a la Secretaría con motivo de
lo previsto en los artículos 46, párrafo tercero y 128 de la Ley de Hidrocarburos y 93 de la Ley
de la Industria Eléctrica, y 128 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica;
III. Fungir como Secretaría Técnica de los Consejos Consultivos a los que se refieren los artículos
125 de la Ley de Hidrocarburos y 90 de la Ley de la Industria Eléctrica, así como vigilar y dar
seguimiento sobre el cumplimiento de las resoluciones y compromisos adoptados en dichos
Consejos Consultivos;
IV. Elaborar el anteproyecto de lineamientos de funcionamiento interno del Consejo Consultivo
para el Fomento de la Industria de Hidrocarburos Nacional, y proponer dicho anteproyecto al
Presidente del referido Consejo Consultivo;
16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
V. Elaborar el anteproyecto de lineamientos de funcionamiento interno del Consejo Consultivo
para el Fomento a la Industria Eléctrica Nacional, y proponer dicho anteproyecto al Presidente
del referido Consejo Consultivo;
VI. Operar el Fideicomiso Público para Promover el Desarrollo de Proveedores y Contratistas
Nacionales de la Industria Energética, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de
Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica;
VII. Diseñar y proponer al superior jerárquico las estrategias para el fomento industrial de cadenas
productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos y
eléctrica, así como dar seguimiento al avance en la implementación de aquellas estrategias
que, en su caso, se aprueben;
VIII. Resolver sobre las consultas y solicitudes que formulen los particulares a los requerimientos
que se les realizan sobre el contenido nacional en las actividades que realicen en términos de
las disposiciones jurídicas aplicables, y
IX. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia, así
como aquellas funciones que le encomiende el Secretario.
ARTÍCULO 48 Quintus.- Son atribuciones de la Dirección General de Promoción de Inversiones en el
Sector Energético:
I. Proponer a su superior jerárquico las estrategias de inversión para el fomento a la participación
directa de empresas mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas o con empresas extranjeras,
actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
II. Elaborar y proponer a su superior jerárquico las estrategias para el fomento a la inversión
directa que impulsen la transferencia de tecnología y el conocimiento en la industria de
hidrocarburos y eléctrica;
III. Evaluar y opinar sobre propuestas de los sectores comercial e industrial, así como de los
mecanismos y procesos para la colaboración con gobiernos y organismos extranjeros para ser
propuestos ante el Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria de Hidrocarburos
Nacional y del Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria Eléctrica Nacional, con la
finalidad de crear programas para el fomento a la inversión;
IV. Elaborar y proponer a su superior jerárquico las estrategias de inversión para el fomento a la
participación directa de empresas mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas, las actividades
en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
V. Elaborar y proponer a su superior jerárquico las estrategias de inversión para promover la
asociación entre empresas mexicanas y extranjeras, para llevar a cabo las actividades
en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
VI. Diseñar acciones para promover la inversión nacional y extranjera para que se realicen
actividades de permanencia en México directamente en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
VII. Identificar proyectos de inversión, sus alcances y beneficios para promover el desarrollo
industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la
industria de hidrocarburos y eléctrica y elaborar estudios y programas de promoción que
fomenten la inversión;
VIII. Participar en ferias, congresos y cualquier tipo de eventos relacionados con la promoción de la
industria nacional de hidrocarburos y eléctrica que apoyen en la definición de las estrategias
para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión
directa en dichas industrias, y
IX. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia, así
como aquellas funciones que le encomiende el Secretario.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a nueve de octubre de dos mil
quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, para la construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en la entidad.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A
LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ
ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y
EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT ESTADO DE MÉXICO, LIC. EN D. EDUARDO RAFAEL LUQUE
ALTAMIRANO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, AL QUE EN
LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL DR. ERUVIEL ÁVILA
VILLEGAS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL M. EN D. JOSÉ SERGIO
MANZUR QUIROGA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; LIC. JOAQUÍN GUADALUPE CASTILLO TORRES,
SECRETARIO DE FINANZAS; MTRO. ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, Y EL
LIC. EN C.P.A.P. ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA VELASCO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA, CONFORME
A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo
párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir
convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización
presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número
312.A.-002938 de fecha 20 de agosto de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que
LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De LA SCT:
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para
celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para
el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y
conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con
los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le
permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito
Juárez, C.P. 03028, México, D.F.
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 1 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, es un Estado Libre y
Soberano integrante de la Federación.
18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD
FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 65 y 77
fracciones XXIII y XLVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 2 y 5 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y demás disposiciones locales aplicables.
3. Que de conformidad con los artículos 6, 19, fracciones I, III y IX y XIV, 21, 24, 32 y 38 bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este Convenio es también suscrito por los
secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de Infraestructura, y de la Contraloría.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la
construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones
en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del
Estado de México.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Av. Lerdo poniente número 300, Palacio del Poder Ejecutivo, colonia centro, código postal 50000, Toluca
de Lerdo, Estado de México.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de
Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en
los artículos 1, 4, 65 y 77 fracción XXIII y XLVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México, y los artículos 1, 2, 5, 6, 19, fracciones I, III y IX y XIV, 21, 24, 32 y 38 bis de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México; y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio
eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de
reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás
disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen
por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en el Estado de México; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales;
definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la
ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de
su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:
PROGRAMA
IMPORTE
(Millones de pesos)
Construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras
10.00
TOTAL 10.00
El programa a que se refiere los párrafos anteriores se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del
presente Convenio.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo
establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz,
transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de
reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como
a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el
Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la
cantidad de $10´000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT, de
acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer
párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la
Secretaría de Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta
establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria
que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus
rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de
este Convenio no pierden su carácter federal.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para
asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios
federales reasignados:
PARÁMETROS:
- LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los
compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos.
- Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y en el Periódico Oficial del Estado de México.
- A través de las Secretarías de Finanzas y de la Contraloría de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá
el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los
recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos
presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la
cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del
mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación se
mencionan:
OBJETIVOS METAS INDICADORES
Construcción y Modernización de Caminos Rurales
y Carreteras Alimentadores
2.90 Km 2.90 km X 100 / 2.90 km
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que
alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y
modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de México.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su
naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el
ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las
disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter
federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este
Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la
ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un
dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa
establecido en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de
desempeño y sus metas previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Finanzas de: administrar los recursos
presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica
señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos
a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto
en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los
registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local conforme sean devengados
y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones
federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia
ejecutora local.
III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Finanzas a LA SCT, la relación detallada
sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia
Secretaría de Finanzas.
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Finanzas la
documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en
tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la
información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los
artículos 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224,
fracción VI, de su Reglamento.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto
de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones
federales aplicables.
IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los
principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes
sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso.
V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de
este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización
de este instrumento.
VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios
relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y
prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la
cláusula segunda del presente Convenio.
VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del
programa previsto en este instrumento.
VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que
correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la
realización del programa previsto en este instrumento.
IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el
cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera
de este Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de
conformidad con este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y
Décimo Tercero de los “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las
entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de
los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril
de 2013. De ser el caso, y conforme a las disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos
con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del
presente Convenio.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21
X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la
cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y
estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas
atribuciones lleven a cabo.
XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a
la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más
tardar el último día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las
conciliaciones bancarias, el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se
refiere la cláusula segunda de este instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos
de los programas y las metas de los indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se
obliga a:
I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo
primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el
Anexo 2 de este instrumento.
II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre
el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en
el marco del presente Convenio.
III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance
en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula
tercera del presente Convenio.
Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales
que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la
ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y
administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se
entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento
y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin
perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP,
realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares,
serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la
ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las
medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a
los compromisos asumidos.
Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de la Contraloría
del Estado para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas
por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que
emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para
el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno
al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el
caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal
de Derechos.
La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD
FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de
fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA.
DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.-
El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de
recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado
con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la
Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el
derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se
le imputen.
DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los
remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva
específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros
generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y
obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo
de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles
posteriores a su formalización.
En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas
partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso,
las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio
modificatorio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su
conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo,
todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en
el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así
como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio
conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha
de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la
cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de
difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización,
de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado
cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado;
II. Por acuerdo de las partes;
III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines
distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, y
IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá
en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del
presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se
compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios
públicos, en los términos de las disposiciones aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 8 días
del mes de septiembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y
Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta
Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Estado de México, Eduardo Rafael Luque
Altamirano.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa del Estado de México: el Gobernador
Constitucional, Eruviel Ávila Villegas.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, José Sergio Manzur
Quiroga.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Joaquín Guadalupe Castillo Torres.- Rúbrica.- El Secretario
de Infraestructura, Erasto Martínez Rojas.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría, Alejandro Germán
Hinojosa Velasco.- Rúbrica.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES-GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES
(Millones de Pesos)
ANEXO 1
CONCEPTO
META
KM
INVERSIÓN
(MILLONES DE PESOS)
Carretera a la Lagunita Cantashi a la Primaria 1.65 5.00
Mado Sector 1-Mado Sector 2 1.25 5.00
TOTALES 2.90 10.00
ANEXO 2
CONCEPTO TOTAL
SEP
Carretera a la Lagunita Cantashi a la Primaria 5.00 5.00
Mado Sector 1-Mado Sector 2 5.00 5.00
TOTALES 10.00 10.00
_______________________
24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Nuevo León, para la construcción y modernización de caminos
rurales y carreteras alimentadoras en la entidad.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A
LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ
ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS, Y
EL COORDINADOR GENERAL DE CENTROS SCT, MTRO. JOSÉ ANTONIO RODARTE LEAL, Y POR LA OTRA PARTE,
EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ
“LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. RODRIGO MEDINA DE LA CRUZ, EN SU CARÁCTER DE
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL LIC. FELIPE ÁNGEL GONZÁLEZ ALANIZ, SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO; LIC. RODOLFO GÓMEZ ACOSTA, SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL
DEL ESTADO; DR. GUSTAVO ALARCÓN MARTÍNEZ, CONTRALOR GENERAL; Y POR EL ING. LUIS GERARDO
MARROQUÍN SALAZAR, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo
párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir
convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización
presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número
312.A.-2126 de fecha 1 de julio de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT
reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De LA SCT:
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para
celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para
el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y
conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con
los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le
permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito
Juárez, C.P. 03028, México, D.F.
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, es un Estado Libre y
Soberano integrante de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD
FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 81 y 85 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 2, 3 y 7 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública para el Estado de Nuevo León y demás disposiciones locales aplicables.
3. Que de conformidad con los artículos 20, 21, 29 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
para el Estado de Nuevo León, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno,
de Finanzas y Tesorero General del Estado, de Obras Públicas y por el Contralor General.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la
construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones
en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del
Estado de Nuevo León.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Calle Zaragoza esquina con calle 5 de Mayo, Zona Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64000.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de
Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en
los artículos 29, 81 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y los artículos
2, 3, 7, 20, 21, 29 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y
Segundo Transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos
que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas
mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial
de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el
presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen
por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en el Estado de Nuevo León; reasignar a aquélla la ejecución de programas
federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular
asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y
control de su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:
PROGRAMA IMPORTE
(Millones de pesos)
Construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras.
40.00
TOTAL 40.00
El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del
presente Convenio.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo
establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz,
transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de
reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como
a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el
Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la
cantidad de $40´000,000.00 (cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT,
de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer
párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la
Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria
productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la
institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que
los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de
este Convenio no pierden su carácter federal.
26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para
asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios
federales reasignados:
PARÁMETROS:
- LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los
compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos.
- Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León.
- A través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y de la Contraloría y Transparencia
Gubernamental de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control
en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local
y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos
presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la
cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera
del mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación
se mencionan:
OBJETIVOS METAS INDICADORES
Construcción y modernización de Caminos Rurales y
Carreteras Alimentadoras
2.90 km 2.90 km X 100 / 2.90 km
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que
alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y
modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Nuevo León.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su
naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el
ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con
las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su
carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este
Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la
ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un
dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido
en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas
previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de:
administrar los recursos presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva
específica señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales
recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto
en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros
correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local conforme sean devengados y ejercidos los
recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la
administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local.
III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado a
LA SCT, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada
por la propia Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería
General del Estado la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales
erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27
la información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83,
primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de
su Reglamento.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este
Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables.
IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los
principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre
las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso.
V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera
de este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de
este instrumento.
VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios
relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación
de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del
presente Convenio.
VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización
del programa previsto en este instrumento.
VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que
correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización
del programa previsto en este instrumento.
IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el
cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este
Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con
este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los
“Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las
disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios
federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio.
X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la
cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales
facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven
a cabo.
XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la
SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último
día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias,
el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este
instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos del programa y las metas de los indicadores
de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se
obliga a:
I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero,
del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2
de este instrumento.
II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el
ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco
del presente Convenio.
III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en
el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del
presente Convenio.
Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales
que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la
ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y
administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se
entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento
y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin
perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP,
realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares,
serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la
ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán
las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido
seguimiento a los compromisos asumidos.
Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Contraloría y Transparencia
Gubernamental de la ENTIDAD FEDERATIVA para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación
de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida
conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos
y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos
recursos se restará hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo
1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el
artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.
La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD
FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico
de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA.
DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.-
El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de
recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado
con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la
Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el
derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se
le imputen.
DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los
remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva
específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros
generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y
obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo
de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de
la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles
posteriores a su formalización.
En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes
acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las
medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio
correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su
conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo,
todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en
el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así
como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio
conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29
DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha
de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la
cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de
difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización,
de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado
cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado;
II. Por acuerdo de las partes;
III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines
distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y
IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá
en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del
presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se
compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios
públicos, en los términos de las disposiciones aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 8 días
del mes de septiembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y
Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta
Cummings.- Rúbrica.- El Coordinador General de Centros SCT, José Antonio Rodarte Leal.- Por el
Ejecutivo de la Entidad Federativa de Nuevo León: el Gobernador Constitucional, Rodrigo Medina de la
Cruz.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Felipe Ángel González Alaniz.- Rúbrica.- El Secretario
de Finanzas y Tesorero General del Estado, Rodolfo Gómez Acosta.- Rúbrica.- El Secretario de Obras
Públicas, Luis Gerardo Marroquín Salazar.- Rúbrica.- El Contralor General, Gustavo Alarcón Martínez.-
Rúbrica.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES
(Millones de Pesos)
ANEXO 1
CONCEPTO
META
KM
INVERSIÓN
(MILLONES DE PESOS)
Eje Interestatal: Matehuala-Cd. Victoria, tramo: Lím. de Edos.
S.L.P N.L. Dr. Arroyo-E.C. El Carmen
2.90 40.00
TOTALES 2.90 40.00
ANEXO 2
CONCEPTO
TOTAL
SEP
Eje Interestatal: Matehuala-Cd. Victoria, tramo: Lím. de Edos. S.L.P N.L. Dr.
Arroyo-E.C. El Carmen
40.00 40.00
TOTALES 40.00 40.00
____________________
30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en la entidad.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A
LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ
ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y
EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT YUCATÁN, LIC. JORGE MARTÍN MONTAÑO MICHAEL, Y POR LA OTRA
PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN AL QUE EN LO SUCESIVO SE
DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO, EN
SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL C. ROBERTO ANTONIO RODRÍGUEZ
ASAF, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; EL MVZ. ALFREDO DÁJER ABIMERHI, SECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL ING. DANIEL QUINTAL IC, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, Y EL C.P. MIGUEL
ANTONIO FERNÁNDEZ VARGAS, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, Y EL ING. JAVIER RENÁN OSANTE
SOLÍS, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA DE YUCATÁN, CONFORME A
LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo
párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir
convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización
presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número
312.A.-002938 de fecha 20 de agosto de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA
SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De LA SCT:
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para
celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para
el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y
conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con
los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le
permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito
Juárez, C.P. 03028, México, D.F.
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 12 de la Constitución Política del Estado de Yucatán es un Estado Libre y Soberano integrante
de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD
FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 44 y 55 de
la Constitución Política del Estado de Yucatán y 12 y 14, fracción V del Código de la Administración Pública de
Yucatán y demás disposiciones locales aplicables.
3. Que de conformidad con los artículos 22, 27 fracción IV, 30, 31, 38 y 46 del Código de la Administración
Pública de Yucatán y 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de
Yucatán, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Administración y
Finanzas, de Obras Públicas, de la Contraloría General y por el Director General del Instituto de
Infraestructura Carretera de Yucatán.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la
construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones
en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del
Estado de Yucatán.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado
en Palacio de Gobierno, Planta Alta, ubicado en la calle sesenta y uno número quinientos uno letra "A", entre
sesenta y sesenta y dos, colonia Centro, código postal 97000, en la ciudad de Mérida, Yucatán.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de
Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en
los artículos 12, 44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y los artículos 3, 6, 7, 12, 14,
fracción V, 22, 23, 24, 27 fracciones II y IV, 30, 31, 38, 46 y 76 fracción I, del Código de la Administración
Pública de Yucatán; 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de
Yucatán, y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de
los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las
entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas
aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen
por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales;
definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la
ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de
su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:
PROGRAMA IMPORTE
(Millones de pesos)
Construcción y modernización de caminos rurales y
carreteras alimentadoras
40.0
TOTAL 40.0
El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del
presente Convenio.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo
establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz,
transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de
reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como
a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el
Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la
cantidad de $40´000,000.00 (cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT,
de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer
párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la
Secretaría de Administración y Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva
específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución
de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos
reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de
este Convenio no pierden su carácter federal.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para
asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios
federales reasignados:
PARÁMETROS:
- LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los
compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos.
- Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la
Federación y en el Diario Oficial del Estado de Yucatán.
- A través de las Secretarías de Administración y Finanzas y de la Contraloría General de LA ENTIDAD
FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución,
aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio
de Reasignación de Recursos.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos
presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la
cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del
mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación
se mencionan:
OBJETIVOS METAS INDICADORES
Construcción y modernización de caminos
rurales y carreteras alimentadoras
7.70 km 7.70 km X 100 / 7.70 km
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que
alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y
modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su
naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el
ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo
con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su
carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este
Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la
ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un
dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:
I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido
en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas
previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas de: administrar los recursos
presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la
cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar
las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la
documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y
en la Cuenta Pública local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como
dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en
corresponsabilidad con la instancia ejecutora local.
III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a LA SCT, la
relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia
Secretaría de Administración y Finanzas.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33
Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Administración y
Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta
en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información
adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo,
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este
Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables.
IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los
principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las
finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso.
V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de
este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de este
instrumento.
VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios
relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación
de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del
presente Convenio.
VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del
programa previsto en este instrumento.
VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que
correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del
programa previsto en este instrumento.
IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el
cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este
Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con
este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los
“Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las
disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios
federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio.
X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la
cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales
facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven
a cabo.
XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la
SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último
día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias,
el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este
instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos del programa y las metas de los indicadores
de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se
obliga a:
I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero,
del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este
instrumento.
II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el
ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco
del presente Convenio.
III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en
el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera
del presente Convenio.
Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales
que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la
ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y
administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se
entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento
y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente
Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin
perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP,
realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares,
serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la
ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán
las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido
seguimiento a los compromisos asumidos.
Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de la Contraloría
General para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por
administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita
la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el
ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y
la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las
obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.
La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD
FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del
monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico
de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA.
DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.-
El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de
recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado
con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en
el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la
Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT.
Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho de
audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputen.
DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los
remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva
específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros
generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y
obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo
de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de
la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles
posteriores a su formalización.
En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes
acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las
medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio
correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su
conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo,
todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en
el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así
como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio
conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35
DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha
de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la
cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de
difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización,
de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado
cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado;
II. Por acuerdo de las partes;
III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines
distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y
IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá
en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del
presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se
compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios
públicos, en los términos de las disposiciones aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 8 días
del mes de septiembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y
Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta
Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Yucatán, Jorge Martín Montaño Michael.-
Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Yucatán: el Gobernador Constitucional, Rolando
Rodrigo Zapata Bello.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Roberto Antonio Rodríguez Asaf.-
Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de
Obras Públicas, Daniel Quintal Ic.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General, Miguel Antonio
Fernández Vargas.- Rúbrica.- El Director General del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán,
Javier Renán Osante Solís.- Rúbrica.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES-GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN
CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES
(Millones de Pesos)
ANEXO 1
CONCEPTO
META
KM
INVERSIÓN
(MILLONES DE PESOS)
Camino: Muna-Peto 7.70 40.00
TOTALES 7.70 40.00
ANEXO 2
CONCEPTO
TOTAL
SEP
Camino: Muna-Peto 40.00 40.00
TOTALES 40.00 40.00
________________________
36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
SECRETARIA DE SALUD
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para el control
del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA EL
CONTROL DEL SOBREPESO, LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA.
Artículo Único. Se reforman los artículos 3o., fracción XII; 27, fracción IX; 111, fracción II; 112, fracción III;
113, primer párrafo; 115, fracción I; 212, segundo párrafo, y se adicionan los artículos 6o., con las fracciones
X y XI; 7o., con una fracción XIII Bis; 115, con las fracciones IX, X y XI; y 301, con un segundo párrafo de la
Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 3o.- En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
I. a XI. ...
XII. La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y otros
trastornos de la conducta alimentaria, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas
atribuibles al tabaquismo;
XIII. a XXVIII. ...
Artículo 6o.- ...
I. a VII. ...
VIII. Promover un sistema de fomento sanitario que coadyuve al desarrollo de productos y servicios que no
sean nocivos para la salud;
IX. Promover el desarrollo de los servicios de salud con base en la integración de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones para ampliar la cobertura y mejorar la calidad de atención a la salud;
X. Proporcionar orientación a la población respecto de la importancia de la alimentación nutritiva, suficiente
y de calidad y su relación con los beneficios a la salud; y
XI. Diseñar y ejecutar políticas públicas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad,
que contrarreste eficientemente la desnutrición, el sobrepeso, la obesidad y otros trastornos de la
conducta alimentaria.
Artículo 7o.- ...
I. a XIII. ...
XIII Bis. Promover e impulsar programas y campañas de información sobre los buenos hábitos
alimenticios, una buena nutrición y la activación física;
XIV. y XV. ...
Artículo 27.- ...
I. a VIII. ...
IX. La promoción de un estilo de vida saludable;
X. y XI. ...
Artículo 111.- ...
I. ...
II. Nutrición, orientación alimentaria y activación física;
III. a V. ...
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37
Artículo 112. ...
I. y II. ...
III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, alimentación nutritiva,
suficiente y de calidad, activación física para la salud, salud mental, salud bucal, educación sexual,
planificación familiar, cuidados paliativos, riesgos de automedicación, prevención de farmacodependencia,
salud ocupacional, salud visual, salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de
accidentes, donación de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, prevención de la discapacidad
y rehabilitación de las personas con discapacidad y detección oportuna de enfermedades.
Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los
gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector
salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, entre otros, aquellos
orientados a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y a la activación física, procurando optimizar
los recursos y alcanzar una cobertura total de la población. Así como, llevar a cabo la detección y seguimiento
de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica.
...
Artículo 115. ...
I. Establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de los trastornos de la conducta
alimentaria;
II. a VIII. ...
IX. Impulsar, en coordinación con las entidades federativas, la prevención y el control del sobrepeso,
obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria y, en coordinación con la Secretaría de Educación
Pública, la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de
educación básica;
X. Difundir en los entornos familiar, escolar, laboral y comunitario la alimentación nutritiva, suficiente y de
calidad, y
XI. Expedir, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, los lineamientos generales para el
expendio y distribución de alimentos y bebidas preparadas y procesadas en las escuelas del Sistema
Educativo Nacional, a fin de eliminar dentro de estos centros escolares el consumo y expendio de aquellos
que no cumplan con los criterios nutrimentales que al efecto determine la Secretaría de Salud y, en
consecuencia, no favorezcan la salud de los educandos y la pongan en riesgo.
Artículo 212. ...
Las etiquetas o contra etiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán incluir datos de valor
nutricional, que consideren el contenido energético total que aporta el producto, así como el contenido de
grasas saturadas, otras grasas, azúcares totales y sodio. Dicha información será presentada en los términos
que determine la Secretaría de Salud conforme a lo previsto en las disposiciones reglamentarias y demás
disposiciones jurídicas aplicables, la cual deberá contener elementos comparativos con los recomendados por
las autoridades sanitarias, a manera de que contribuyan a la educación nutricional de la población.
...
Artículo 301. ...
Queda prohibida la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética,
dentro de los centros escolares.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
México, D.F., a 18 de septiembre de 2015.- Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente.-
Sen. Roberto Gil Zuarth, Presidente.- Dip. Juan Manuel Celis Aguirre, Secretario.- Sen. María Elena
Barrera Tapia, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de octubre de dos mil quince.-
Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento
de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA
EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 01
DE ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE
LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE
LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA
GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA
CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE
EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA.
PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL
CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
“LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. FERNANDO BENÍTEZ OBESO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR
GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. ANTONIO GÓMEZ
PELEGRÍN, SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE
ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar
recursos presupuestarios federales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículo 9 y 13, apartado B de la Ley
General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación así como fortalecer la
integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se
denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO
PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico
podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las
disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y
en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el
que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de
Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el
cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha
modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar
adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión
Nacional contra las Adicciones.
IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades
administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo
sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se
adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los
numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, el numeral 1 del apartado II.
Declaraciones de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los
Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los
montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD”.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara:
I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara:
II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 2, 3 y 4 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
III. Las partes declaran conjuntamente:
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente
instrumento.
III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los
términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3
del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, el numeral 1 del apartado II. Declaraciones
de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el
Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
…
I. DECLARA ”LA SECRETARÍA”:
…
2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le
corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción
de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de
ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas
por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad
de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los
secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que
se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros
nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47
del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el
presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que
en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
…
II. DECLARA “LA ENTIDAD”:
1. Que el Lic. Antonio Gómez Pelegrín, en su carácter de Secretario de Finanzas y Planeación, asiste a
la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 9 fracción III,
12 fracción VI, 19 y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de
la Llave, y acredita su cargo mediante nombramiento que en copia fotostática se adjunta al presente
como Anexo 1 para formar parte integrante de su contexto.
…
40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
PRIMERA.- …
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
(Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la Salud y Determinantes
Sociales
P 014 1,159,113.60 0.00 1,159,113.60
2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00
Subtotal: 2,159,113.60 0.00 2,159,113.60
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica
U 009 0.00 0.00 0.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por
Laboratorio)
U 009 0.00 134,840.00 134,840.00
Subtotal: 0.00 134,840.00 134,840.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental P 014 450,000.00 0.00 450,000.00
Subtotal: 450,000.00 0.00 450,000.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial P 014 800,000.00 0.00 800,000.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos
Vulnerables
P 014 0.00 0.00 0.00
Subtotal: 800,000.00 0.00 800,000.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer de la
Mujer
P 017 5,745,269.28 0.00 5,745,269.28
2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 12,854,699.80 0.00 12,854,699.80
3 Salud Sexual y Reproductiva para
Adolescentes
P 017 855,136.00 0.00 855,136.00
4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 1,404,520.00 0.00 1,404,520.00
5 Prevención y Atención de la Violencia
Familiar y de Género
P 017 2,584,900.00 0.00 2,584,900.00
6 Igualdad de Género en Salud P 017 179,303.96 3,317.70 182,621.66
Subtotal: 23,623,829.04 3,317.70 23,627,146.74
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia
Humana
P 014 8,607.54 27,717.00 36,324.54
2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41
4 Prevención y Control de Dengue y Otros
Vectores
P 014 3,512,482.00 15,030,378.15 18,542,860.15
5 Prevención y Control del Paludismo U 009 152,274.00 0.00 152,274.00
6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad
de Chagas
U 009 203,500.00 0.00 203,500.00
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
U 009 0.00 0.00 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación
por Picadura de Alacrán
P 014 0.00 0.00 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 0.00 0.00 0.00
11 Prevención y Control de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
U 008 4,744,030.00 0.00 4,744,030.00
12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los
Problemas de Salud Bucal
P 014 25,758.00 0.00 25,758.00
14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 0.00 883,923.00 883,923.00
15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas
y Desastres
U 009 842,932.00 0.00 842,932.00
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
U 009 350,000.00 0.00 350,000.00
Subtotal: 9,839,583.54 15,942,018.15 25,781,601.69
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50
Subtotal: 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación Universal E 036 2,758,906.00 88,003,477.87 90,762,383.87
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 337,260.00 0.00 337,260.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 339,084.00 0.00 339,084.00
Subtotal: 3,435,250.00 88,003,477.87 91,438,727.87
Total de recursos federales a ministrar
a "LA ENTIDAD"
40,307,776.18 109,941,929.22 150,249,705.40
…
SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA” ministrará a “LA ENTIDAD” recursos federales hasta por la cantidad de $150,249,705.40
(ciento cincuenta millones doscientos cuarenta y nueve mil setecientos cinco pesos 40/100 M.N.), con cargo al
presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan
“LOS PROGRAMAS”.
42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Los recursos presupuestarios federales por un monto de $40,307,776.18 (cuarenta millones trescientos
siete mil setecientos setenta y seis pesos 18/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación
de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma
previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando
de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al
calendario establecido en el Anexo 3.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y
Planeación de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los rendimientos
financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA
SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Planeación de
conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 10 de
octubre de 2012.
Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud y
Servicios de Salud de Veracruz.
Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” definidos como
insumos federales, por un monto total de $109,941,929.22 (ciento nueve millones novecientos cuarenta y un
mil novecientos veintinueve pesos 22/100 M.N.) serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y
Servicios de Salud de Veracruz, y serán aplicados, de manera exclusiva, en “LOS PROGRAMAS” señalados
en la Cláusula Primera del presente instrumento.
…
CUARTA.- APLICACIÓN.- …
…
…
…
Para las contrataciones de personal que realice “LA ENTIDAD”, a partir del 01 de abril del 2015, con los
recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio
Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de
personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE.
…
SEXTA.- …
…
VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados
responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través
del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la
terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos
respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del
avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el
cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de
este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a
cabo de conformidad con este instrumento.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43
VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos
para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información
específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología,
los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud
de la Infancia y la Adolescencia.
…
XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de
“LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la
asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones
generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos
Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de
Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades;
para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con
cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o de la Secretaría de Salud y Servicios de Salud de
Veracruz de “LA ENTIDAD”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el “SIAFFASPE”.
…
ANEXO 1
DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS
PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE
CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA” Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
…
1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud
3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología
4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud
Mental
5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la
Prevención de Accidentes
6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de
Género y Salud Reproductiva
7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades
8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la
Prevención y el Control del VIH/SIDA
9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de
la Infancia y la Adolescencia
…
44(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
ANEXO 2
Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Promoción de
la Salud y
Determinantes
Sociales
1,159,113.60 0.00 1,159,113.60 68,828,299.50 0.00 0.00 68,828,299.50 0.00 0.00 0.00 69,987,413.10
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
3 Alimentación y
Actividad Física
1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 15,932,400.00 0.00 0.00 15,932,400.00 0.00 0.00 0.00 16,932,400.00
TOTALES 2,159,113.60 0.00 2,159,113.60 84,760,699.50 0.00 0.00 84,760,699.50 0.00 0.00 0.00 86,919,813.10
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Sistema
Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
2 SINAVE
(Componente
de Vigilancia
por Laboratorio)
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTALES 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)45
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Salud Mental 0.00 450,000.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 450,000.00
TOTALES 0.00 450,000.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 450,000.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Seguridad Vial 800,000.00 0.00 800,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 800,000.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos
Vulnerables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTALES 800,000.00 0.00 800,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 800,000.00
46(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/ INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTALCASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y
Control del
Cáncer de la
Mujer
0.00 5,745,269.28 5,745,269.28 67,368,720.73 0.00 0.00 67,368,720.73 0.00 0.00 0.00 73,113,990.01
2 Salud Materna
y Perinatal
0.00 12,854,699.80 12,854,699.80 146,415,804.80 0.00 1,788,924.70 148,204,729.50 0.00 0.00 0.00 161,059,429.30
3 Salud Sexual y
Reproductiva
para
Adolescentes
855,136.00 0.00 855,136.00 10,302,693.90 0.00 0.00 10,302,693.90 0.00 0.00 0.00 11,157,829.90
4 Planificación
Familiar y
Anticoncepción
730,000.00 674,520.00 1,404,520.00 9,687,561.60 68,240,071.43 0.00 77,927,633.03 0.00 0.00 0.00 79,332,153.03
5 Prevención y
Atención de la
Violencia
Familiar y de
Género
100,000.00 2,484,900.00 2,584,900.00 4,050,657.18 0.00 0.00 4,050,657.18 0.00 0.00 0.00 6,635,557.18
6 Igualdad de
Género en
Salud
179,303.96 0.00 179,303.96 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 179,303.96
TOTALES 1,864,439.96 21,759,389.08 23,623,829.04 237,825,438.21 68,240,071.43 1,788,924.70 307,854,434.34 0.00 0.00 0.00 331,478,263.38
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)47
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Prevención y Control de
la Rabia Humana
8,607.54 0.00 8,607.54 5,029,192.83 0.00 0.00 5,029,192.83 0.00 0.00 0.00 5,037,800.37
2 Prevención y Control
de la Brucelosis
0.00 0.00 0.00 22,552.53 0.00 0.00 22,552.53 0.00 0.00 0.00 22,552.53
3 Prevención y Control de
la Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control
de Dengue y Otros
Vectores
3,512,482.00 0.00 3,512,482.00 39,587,452.16 0.00 0.00 39,587,452.16 0.00 0.00 0.00 43,099,934.16
5 Prevención y Control
del Paludismo
152,274.00 0.00 152,274.00 1,496,000.00 0.00 0.00 1,496,000.00 0.00 0.00 0.00 1,648,274.00
6 Eliminación de la
Oncocercosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de
la Enfermedad de
Chagas
203,500.00 0.00 203,500.00 39,831,000.00 0.00 0.00 39,831,000.00 0.00 0.00 0.00 40,034,500.00
8 Prevención y Control de
las Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 2,530,400.00 0.00 0.00 2,530,400.00 0.00 0.00 0.00 2,530,400.00
9 Prevención y Control
de la Intoxicación por
Picadura de Alacrán
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
10 Prevención y Control de
la Diabetes
0.00 0.00 0.00 100,538,441.62 0.00 13,781,663.00 114,320,104.62 0.00 0.00 0.00 114,320,104.62
11 Prevención y Control
de la Obesidad y
Riesgo Cardiovascular
616,000.00 4,128,030.00 4,744,030.00 47,923,080.44 0.00 312,750.00 48,235,830.44 0.00 0.00 0.00 52,979,860.44
12 Atención del
Envejecimiento
0.00 0.00 0.00 1,830,818.00 0.00 0.00 1,830,818.00 0.00 0.00 0.00 1,830,818.00
13 Prevención, Detección
y Control de los
Problemas de Salud
Bucal
25,758.00 0.00 25,758.00 41,862,444.60 0.00 0.00 41,862,444.60 0.00 0.00 0.00 41,888,202.60
14 Prevención y Control de
la Tuberculosis
0.00 0.00 0.00 14,680,090.98 0.00 0.00 14,680,090.98 0.00 0.00 0.00 14,680,090.98
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 100,000.00 0.00 0.00 100,000.00 0.00 0.00 0.00 100,000.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y
Desastres
842,932.00 0.00 842,932.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 842,932.00
17 Prevención de
Enfermedades
Diarreicas Agudas y
Cólera
0.00 350,000.00 350,000.00 1,981,406.75 0.00 0.00 1,981,406.75 0.00 0.00 0.00 2,331,406.75
TOTALES 5,361,553.54 4,478,030.00 9,839,583.54 297,412,879.91 0.00 14,094,413.00 311,507,292.91 0.00 0.00 0.00 321,346,876.45
48(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Respuesta al
VIH/SIDA e ITS
0.00 0.00 0.00 14,599,148.00 0.00 0.00 14,599,148.00 260,331,294.61 32,575,101.00 292,906,395.61 307,505,543.61
TOTALES 0.00 0.00 0.00 14,599,148.00 0.00 0.00 14,599,148.00 260,331,294.61 32,575,101.00 292,906,395.61 307,505,543.61
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No.
PROGRAMA
DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTAL
CASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
1 Vacunación
Universal
0.00 2,758,906.00 2,758,906.00 30,594,453.14 99,288,149.13 0.00 129,882,602.27 0.00 0.00 0.00 132,641,508.27
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 337,260.00 337,260.00 17,039,925.95 0.00 286,000.00 17,325,925.95 0.00 0.00 0.00 17,663,185.95
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
0.00 339,084.00 339,084.00 1,575,168.90 0.00 0.00 1,575,168.90 0.00 0.00 0.00 1,914,252.90
TOTALES 0.00 3,435,250.00 3,435,250.00 49,209,547.99 99,288,149.13 286,000.00 148,783,697.12 0.00 0.00 0.00 152,218,947.12
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)49
Gran Total
No.
TODOS LOS
PROGRAMAS
DE ACCIÓN
ESPECÍFICOS
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
Ramo 12
SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
TOTALCASSCO CAUSES SUBTOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO
ANEXO IV
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
ANEXO IV
CONSEG
SUBTOTAL
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS
FPGC
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
DIAGNÓSTICO
SUBTOTAL
TOTAL 10,185,107.10 30,122,669.08 40,307,776.18 683,807,713.61 167,528,220.56 16,169,337.70 867,505,271.87 260,331,294.61 32,575,101.00 292,906,395.61 1,200,719,443.66
NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de
financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12.
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
RAMO 12
No. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD
SMS XXI RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
SMS XXI INSUMOS TOTAL
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
2 Salud Materna y Perinatal 0.00 9,831,744.00 9,831,744.00
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
ANEXO 3
Calendario de Ministraciones
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales
Febrero 0.00
Mayo 1,159,113.60
Subtotal 1,159,113.60
2 Entornos y Comunidades Saludables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Alimentación y Actividad Física
Febrero 0.00
Mayo 1,000,000.00
Subtotal 1,000,000.00
Total 2,159,113.60
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio)
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
Total 0.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Salud Mental
Febrero 450,000.00
Subtotal 450,000.00
Total 450,000.00
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Seguridad Vial
Febrero 0.00
Mayo 800,000.00
Subtotal 800,000.00
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
Total 800,000.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer
Febrero 0.00
Mayo 5,745,269.28
Subtotal 5,745,269.28
2 Salud Materna y Perinatal
Febrero 0.00
Mayo 12,854,699.80
Subtotal 12,854,699.80
3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes
Febrero 0.00
Mayo 855,136.00
Subtotal 855,136.00
4 Planificación Familiar y Anticoncepción
Febrero 0.00
Mayo 1,404,520.00
Subtotal 1,404,520.00
5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género
Febrero 0.00
Junio 2,584,900.00
Subtotal 2,584,900.00
52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
6 Igualdad de Género en Salud
Febrero 0.00
Mayo 179,303.96
Subtotal 179,303.96
Total 23,623,829.04
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Prevención y Control de la Rabia Humana
Febrero 0.00
Mayo 8,607.54
Subtotal 8,607.54
2 Prevención y Control de la Brucelosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
3 Prevención y Control de la Rickettsiosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores
Febrero 0.00
Mayo 3,512,482.00
Subtotal 3,512,482.00
5 Prevención y Control del Paludismo
Febrero 0.00
Mayo 152,274.00
Subtotal 152,274.00
6 Eliminación de la Oncocercosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas
Febrero 0.00
Mayo 203,500.00
Subtotal 203,500.00
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 53
8 Prevención y Control de las Leishmaniasis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular
Febrero 0.00
Marzo 4,744,030.00
Subtotal 4,744,030.00
12 Atención del Envejecimiento
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal
Febrero 0.00
Marzo 25,758.00
Subtotal 25,758.00
14 Prevención y Control de la Tuberculosis
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
15 Eliminación de la Lepra
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres
Febrero 0.00
Marzo 842,932.00
Subtotal 842,932.00
54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera
Febrero 0.00
Marzo 350,000.00
Subtotal 350,000.00
Total 9,839,583.54
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS
Febrero 0.00
Subtotal 0.00
Total 0.00
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1 Vacunación Universal
Febrero 0.00
Abril 2,758,906.00
Subtotal 2,758,906.00
2 Salud para la Infancia y la Adolescencia
Febrero 0.00
Abril 337,260.00
Subtotal 337,260.00
3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia
Febrero 0.00
Abril 339,084.00
Subtotal 339,084.00
Total 3,435,250.00
Gran total 40,307,776.18
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se
indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración
del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)55
ANEXO 4
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.3.1 Componente Número de ferias de la salud
dirigidas a migrantes en los sitios de
origen, tránsito, destino y retorno
realizadas
Número de ferias de la salud
dirigidas a migrantes en los sitios
de origen, tránsito, destino y retorno
programadas
320 Porcentaje de ferias de promoción
de la salud dirigidas a migrantes en
los sitios de origen, tránsito, destino
y retorno.
11
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.4.1 Actividad Número de ferias interculturales
realizadas en municipios indígenas
Número de ferias interculturales
programadas en municipios
indígenas
24 Porcentaje de ferias de la salud
interculturales desarrolladas en
municipios indígenas
3
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas
de nivel básico y medio superior
validadas como Promotoras de la
Salud
Meta programada de escuelas
validadas como Promotoras de la
Salud
12,275 Porcentaje de escuelas validadas
como promotoras de la salud
310
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.1.1 Componente Número de eventos de capacitación
en promoción de la salud para
personal de salud
Número de eventos de capacitación
en promoción de la salud para
personal de salud programados
292 Porcentaje de cursos de
capacitación y actualización
dirigidos al personal de promoción
de la salud estatal, jurisdiccional y
local
2
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.1.2 Componente Número de promotores HLI
certificados en el "Estándar de
competencias de promoción de
programas públicos de salud en la
población hablante de lengua
indígena".
Número de promotores HLI
programados a certificar en el
"Estándar de competencias de
promoción de programas públicos
de salud en la población hablante
de lengua indígena".
64 Porcentaje de promotores de salud
hablantes de lengua indígena (HLI)
certificados en el "Estándar de
competencias de promoción de
programas públicos de salud en la
población hablante de lengua
indígena".
12
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
2.2.1 Componente Número de talleres para población
general realizados
2 talleres por unidad de primer nivel
por 10 meses
264,800 Porcentaje de talleres comunitarios
para la promoción de la salud,
dirigidos a la población general
23,554
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
4.1.1 Componente Número de materiales educativos
con enfoque de mercadotecnia social
en salud realizados
Número de materiales educativos
con enfoque de mercadotecnia
social en salud programados
256 Porcentaje de materiales educativos
elaborados con enfoque de
mercadotecnia social en salud
48
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
5.1.1 Componente Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones
programadas
1,043 Porcentaje de visitas y acciones de
supervisión integral y evaluación
realizadas
60
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la
población usuaria de los servicios
estatales de salud, presenta la
Cartilla Nacional de Salud
Total de consultas otorgadas a la
población usuaria de los Servicios
Estatales de Salud
54 Porcentaje de consultas en las que
la población usuaria de los servicios
estatales de salud, presenta la
Cartilla Nacional de Salud
60
56(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
1 Promoción de la Salud y
Determinantes Sociales
7.1.1 Componente Número de entidades federativas
con grupos intersectorial estatal de
promoción de la salud
Número de entidades federativas
existentes en el país
6 Porcentaje de entidades federativas
con grupo intersectorial estatal de
promoción de la salud y
determinantes sociales
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.1.1 Actividad Curso-taller para procuradoras(es)
de salud realizados
Curso-taller para agentes de salud
programados
5,000 Porcentaje de cursos-taller para
agentes de salud
130
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.2.1 Actividad Número de municipios a los que se
otorgó capacitación a su personal en
el año
Número total de municipios en el
año
849 Porcentaje de municipios a los que
se le otorgó capacitación de
Promoción de la Salud a su
personal.
100
2 Entornos y Comunidades
Saludables
1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación
para personal de promoción de la
salud realizados
Número de eventos de capacitación
para personal de promoción de la
salud programados
32 Porcentaje de eventos de
capacitación para personal de
promoción de la salud
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y
ejecución de acciones de los comités
estatales de comunidades
saludables realizadas
Reuniones de planeación y
ejecución de acciones de los
comités estatales de comunidades
saludables programadas
64 Porcentaje de reuniones de
planeación y ejecución de acciones
de los comités estatales de
comunidades saludables
2
2 Entornos y Comunidades
Saludables
2.4.1 Actividad Número de comunidades
acreditadas como saludables
Número de comunidades
programadas para acreditar como
saludables
1,500 Porcentaje de comunidades
acreditadas como saludables
76
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.4.1 Actividad Número de promotores de la salud
capacitados en alimentación correcta
a niños menores de cinco años,
mujeres embarazadas y mujeres en
lactancia de los municipios que
participan en la Cruzada contra el
Hambre
Número total de promotores de la
salud de los municipios que
participan en la Cruzada contra el
Hambre
900 Porcentaje de promotores de la
salud capacitados en alimentación
correcta a menores de cinco años,
mujeres embarazadas y mujeres en
periodo de lactancia
33
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.5.1 Actividad Número de ferias de promoción de la
salud para prevención de la violencia
realizadas
Número de ferias de promoción de
la salud para prevención de la
violencia programadas
150 Porcentaje de ferias integrales de
promoción de la salud para la
prevención de la violencia en
espacios públicos
1
2 Entornos y Comunidades
Saludables
3.9.1 Actividad Número de municipios certificados
como promotores de la salud en el
año
Número total de municipios en el
año
420 Porcentaje de municipios
certificados como promotores de la
salud
32
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.1.1 Actividad Número de jurisdicciones que
cuentan con los formatos de registro
de las intervenciones del programa
Número total de jurisdicciones en la
entidad
240 Cobertura de jurisdicciones
sanitarias que cuentan con los
formatos y la información sobre los
mecanismos para el correcto
registro de las actividades
11
2 Entornos y Comunidades
Saludables
4.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión al
programa realizadas en el año
Número de visitas de supervisión
programadas en el año
180 Porcentaje de visitas de supervisión
al programa
11
3 Alimentación y Actividad
Física
1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la
alimentación correcta y el consumo
de agua simple potable en
diferentes entornos.
10
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)57
3 Alimentación y Actividad
Física
2.1.1 Actividad Eventos educativos realizados. Eventos educativos programados. 160 Porcentaje de eventos educativos
para la promoción de la actividad
física en diferentes entornos.
5
3 Alimentación y Actividad
Física
4.2.1 Actividad Sesiones educativas realizadas Sesiones educativas programadas 768 Número de sesiones educativas
sobre los beneficios de la lactancia
materna exclusiva y la alimentación
complementaria.
840
3 Alimentación y Actividad
Física
7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones
programadas
128 Número de supervisiones de las
actividades derivadas del programa.
4
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con
incremento en 0.3 puntos con
respecto del año anterior en cada
una de las entidades federativas.
Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad
general de los sistemas prioritarios.
80
1 Sistema Nacional de
Vigilancia Epidemiológica
4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados
(en cada nivel jurisdiccional)
Número sistemas programados
para evaluación en las
jurisdicciones
80 Índice de Verificación del
cumplimiento de los procedimientos
de vigilancia epidemiológica
correspondientes.
80
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2 Actividad Número de muestras procesadas
del Marco Analítico Básico
Número de muestras aceptadas
del Marco Analítico Básico
95 Porcentaje de cobertura del servicio
diagnóstico del Marco Analítico
Básico
95
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.3 Actividad Número de muestras procesadas
en tiempo de diagnóstico del
Marco Analítico Básico
Número de muestra aceptadas
del Marco Analítico Básico
90 Porcentaje de Oportunidad del
servicio diagnóstico del Marco
Analítico Básico
90
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Salud Mental 1.2.1 Actividad Número de campañas realizadas Número de centros de salud más
número de centros integrales de
salud mental
100 Campañas informativas sobre los
signos y síntomas más frecuentes en
centros de salud y centros integrales de
salud mental
100
1 Salud Mental 2.3.1 Fin Porcentaje de personal médico de
centros de salud capacitado en la
Guía de Intervención mhGAP
Total de personal médico y
paramédico de centros de salud
10 Personal médico de centros de salud
capacitado en la Guía de Intervención
mhGAP
5
1 Salud Mental 2.3.2 Actividad Porcentaje de personal de centro
integral de salud mental capacitado
en el uso de Guías Clínicas para la
Atención de Trastornos Mentales
Total de personal de centro
integral de salud mental
100 Personal de centro integral de salud
mental capacitado en el uso de Guías
Clínicas para la Atención de Trastornos
Mentales
45
58(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
1 Salud Mental 4.4.3 Fin Número de prendas de ropa de calle Total de prendas de ropa de calle
existentes
50 Porcentaje de prendas de ropa de calle
existente en el hospital
50
1 Salud Mental 4.5.1 Componente Número de usuarios que asisten
voluntariamente a los talleres de
rehabilitación Psicosocial
Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten
voluntariamente a los talleres de
rehabilitación Psicosocial bajo los
lineamientos del Manual de Programas
de Rehabilitación Psicosocial
30
1 Salud Mental 4.5.2 Actividad Número de usuarios que reciben
apoyo económico por cada ocasión
que asisten a los talleres de
Rehabilitación Psicosocial
Total de usuarios que asisten al
taller
100 Porcentaje de usuarios que reciben
apoyo económico cuando asisten a los
talleres de Rehabilitación Psicosocial
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de
Lesiones con acta de creación
Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de
Lesiones instalados
1
1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de
Lesiones que proporcionan
semestralmente información al
Observatorio Nacional
Número de Observatorios
Estatales de Lesiones instalados
8 Observatorios Estatales de
Lesiones operando
1
1 Seguridad Vial 2.2.1 Componente Número de municipios prioritarios con
propuesta de adecuación integral del
marco legal en materia de seguridad vial
Total de municipios prioritarios 27 Municipios prioritarios con
propuesta de adecuación integral
del marco legal en materia de
seguridad vial
1
1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de
10 a 49 años que ha recibido pláticas de
sensibilización sobre seguridad vial en las
entidades federativas
Total de población del grupo de
edad de 10 a 49 años
1 Población sensibilizada por los
promotores de seguridad vial
62,185
1 Seguridad Vial 4.1.1 Componente Número de Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes conformados
Total de entidades federativas 23 Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes
conformados
1
1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes activos
Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la
Prevención de Accidentes activos
1
1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que
aplican controles de alcoholimetría
Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican
controles de alcoholimetría
9
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)59
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
1.1.1 Actividad Número de informes de campaña
enviados al CNEGSR
Número de entidades federativas
con convenio AFASPE
100 Proporción de entidades con
informe de campaña del mes del
cáncer de la mujer
100
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con
mastografía de tamizaje
Mujeres de 40 a 69 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/2
24 Cobertura de detección de cáncer
de mama con mastografía
19
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con
citología o prueba de VPH de
primera vez
Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer
cérvico uterino en mujeres de 25 a
64 años
68
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas
con prueba de VPH
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la Secretaría de
Salud/5
58 Proporción de mujeres de 35 a 64
años tamizadas con prueba de
VPH
40
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos
capacitados y certificados
Número de citotecnólogos que
interpretan citologías de tamizaje
50 Capacitación y certificación de
citotecnólogos
50
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5
evaluación diagnóstica
Mujeres con BIRADS 4 y 5 en
mastografía de tamizaje
95 Cobertura de evaluación
diagnóstica de casos sospechosos
de cáncer en la mujer
95
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología que recibieron
atención colposcópica
Mujeres con resultado de LEIAG o
cáncer en la citología
95 Proporción de mujeres de 25 a 64
años con resultado de LEIAG o
cáncer con evaluación
colposcópica
95
1 Prevención y Control del
Cáncer de la Mujer
8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
Número de entidades que cuentan
con al menos un grupo de
acompañamiento emocional
80 Proporción de entidades que
cuentan con al menos un grupo de
acompañamiento emocional con
personal acreditado en el Estándar
de Acompañamiento Emocional
100
2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de
primera vez otorgadas en el primer
trimestre gestacional
Total de consultas de primera vez
sin importar trimestre gestacional
40 Porcentaje de consultas prenatales
de primera vez otorgadas en el
primer trimestre gestacional
30
2 Salud Materna y Perinatal 1.2.1 Actividad Número de Posadas AME que
cumplen con los requisitos
establecidos
Total de Posadas AME
funcionando
98 Porcentaje de Posadas AME que
cumplen con los requisitos
establecidos
70
2 Salud Materna y Perinatal 1.3.1 Actividad Número de enlaces interculturales
(intérpretes) capacitados que dan
servicio en unidades resolutivas
Total de enlaces interculturales
(intérpretes) contratados.
99 Porcentaje de enlaces
interculturales (intérpretes)
capacitados que dan servicio en las
unidades médicas resolutivas
90
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz
neonatal realizadas
Número de nacimientos en mujeres
sin Seguridad Social
90 Cobertura de prueba de tamiz
neonatal entre recién nacidos sin
Seguridad Social
90
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.1 Actividad Número de médicos especialistas
actualizados en atención de
emergencias obstétricas de
hospitales resolutivos seleccionados
Total de médicos especialistas en
hospitales resolutivos
seleccionados
50 Porcentaje de médicos
especialistas actualizados en
atención de emergencias
obstétricas de hospitales
resolutivos seleccionados
30
60(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud
capacitado en parto respetuoso
(humanizado)
Número de personal de salud
programado a capacitar en parto
respetuoso (humanizado)
100 Porcentaje de personal de salud
capacitado en atención de parto
respetuoso (humanizado).
30
2 Salud Materna y Perinatal 3.2.2 Actividad Número de parteras capacitadas y
evaluadas
Total de parteras tradicionales
activas
60 Porcentaje de parteras capacitadas
y evaluadas en atención obstétrica
y neonatal
80
2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Número de insumos esenciales para
emergencias obstétricas y
neonatales adquiridos
Número de emergencias
obstétricas y neonatales atendidas
100 Porcentaje de insumos esenciales
adquiridos para la atención de
emergencias obstétricas y
neonatales
70
2 Salud Materna y Perinatal 6.3.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas en salud materna y
neonatal
Total de visitas de supervisión en el
programa de salud materna y
perinatal programadas en el año
100 Porcentaje de supervisiones
realizadas para revisar las
actividades de salud materna y
neonatal
70
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
1.4.1 Actividad Número de campañas difundidas Número de campañas
programadas.
32 Número de campañas difundidas. 1
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios
amigables implementados para la
atención de la salud sexual y
reproductiva de la población
adolescente.
Número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente en operación al cierre
del 2014.
236 Incremento porcentual en el
número de servicios amigables
para la atención de la salud sexual
y reproductiva de la población
adolescente.
11
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros
realizadas en el periodo
Número de acciones extramuros
programadas en el periodo
1,152 Actividades extramuros y
comunitarias realizadas a través de
los servicios amigables
33
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas
para la atención en los servicios
amigables
Número de personas programadas
para capacitar en los servicios
amigables para población
adolescente
2,560 Personal capacitado y sensibilizado
en los servicios amigables para
población adolescente
80
3 Salud Sexual y
Reproductiva para
Adolescentes
4.4.1 Componente Mujeres adolescentes usuarias
activas de métodos anticonceptivos,
Población responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Total de población de mujeres
adolescentes responsabilidad de la
Secretaría de Salud, con vida
sexual activa
52 Cobertura de usuarias activas de
métodos anticonceptivos, en
mujeres adolescentes
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
80
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en
medios masivos de comunicación
Número de campañas
programadas.
32 Número de campañas difundidas. 1
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas
durante el año
Personas programadas para ser
capacitadas en el año. (mín. 70 x
32 entidades)
2,240 Personal capacitado respecto del
programado
500
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un
método anticonceptivo durante el
post-evento obstétrico.
Total de eventos obstétricos
atendidos
800,000 Cobertura de anticoncepción
postevento obstétrico.
62,000
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios
activos de métodos anticonceptivos
en la Secretaría de Salud
Mujeres de 15 a 49 años de edad
(casadas o unidas),
responsabilidad de la SSa.
4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos
anticonceptivos en la Secretaría de
Salud
299,997
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)61
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión
realizadas a jurisdicciones sanitarias
al año
Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión
por jurisdicción sanitaria al año.
22
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
8.2.1 Actividad Número de vasectomías realizadas Hombres de 20 a 64 años
responsabilidad de la SSa
10 Vasectomías realizadas por cada
10 mil hombres de 20 a 64 años,
responsabilidad de la SSa.
1,660
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.1.1 Actividad Número de herramientas de
detección aplicadas a mujeres de 15
años y más que presentaron
marcadores de riesgo de violencia
familiar y de género.
Número de herramientas de
detección programadas para su
aplicación
1,897,644 Porcentaje de herramientas
detección aplicadas a mujeres de
15 años y más respecto de las
herramientas programadas.
102,700
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.1.2 Actividad Número de herramientas de
evaluación de riesgos aplicadas a
los casos positivos a violencia
familiar y de género
Número de herramientas de
evaluación de riesgos programadas
para su aplicación
398,505 Porcentaje de herramientas de
evaluación de riesgos aplicadas a
los casos positivos a violencia
familiar y de género respecto de las
herramientas programadas
21,567
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
1.2.1 Actividad Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
capacitado y sensibilizado en la
NOM 046
Número de personal médico de los
Servicios Estatales de Salud y de
las diferentes Instituciones del
Sistema Nacional de Salud
programado para la capacitación
en la NOM 046
3,225 Porcentaje de personal médico
capacitado en la NOM-046 en
relación a lo programado
210
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y
más, unidas en situación de
violencia severa atendidas en los
servicios especializados
Cálculo de mujeres de 15 años y
más unidas, usuarias de los
servicios de salud que se espera
reciban atención especializada por
violencia severa
234,053 Porcentaje de mujeres en situación
de violencia familiar y de género
severa atendidas en servicios
especializados respecto de las
esperadas
12,460
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión a
unidades de salud realizadas
Número de visita de supervisión a
unidades de salud programadas
284 Porcentaje de visitas de
supervisión de Violencia Familiar y
de Género realizadas en relación a
las programadas
11
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.4.1 Actividad Número de grupos formados de
reeducación de víctimas
Número de grupos programados de
reeducación de víctimas
656 Porcentaje de grupos formados de
reeducación de víctimas en
relación a los programados
24
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
2.5.1 Actividad Número de mujeres de 15 años o
más atendidas en servicios
especializados por violencia severa
y que fueron referidas por otras
unidades de salud.
Número de mujeres de 15 años o
más atendidas en servicios
especializados por violencia severa
y que se esperan sean referidas
por otras unidades de salud.
163,837 Porcentaje de mujeres que viven
en violencia severa atendidas en
servicios especializados y que
fueron referidas de otras unidades
de salud.
8,722
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
5.1.1 Componente Número de material de promoción y
difusión elaborado
Número de material de promoción y
difusión programado para la
elaboración
7 Porcentaje de material de
promoción y difusión elaborado en
relación a lo programado
7
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
6.2.1 Actividad Número de grupos formados de
re-educación de agresores
Número de grupos programados de
re-educación de agresores
656 Porcentaje de grupos formados de
re-educación de agresores
24
62(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de
Género
7.2.1 Componente Número de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual, que
fueron atendidas en las primeras 72
hrs. en unidades de salud y se les
brindó profilaxis para VIH/SIDA
Casos esperados en las unidades
de salud de personas que
manifestaron haber vivido una
situación de violación sexual en las
primeras 72 hrs.
5,843 Porcentaje de casos de violación
sexual atendidos en las primeras
72 hrs. con profilaxis en relación
con los casos esperados
383
6 Igualdad de Género en
Salud
1.3.1 Actividad Número de unidades de salud con
acciones de atención con
perspectiva de género
Número de unidades de salud
programadas para desarrollar
acciones de atención con
perspectiva de género
28 Porcentaje de unidades de salud
programadas con acciones de
atención con perspectiva de género
realizadas
2
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social
capacitado
Personal de salud de medicina,
enfermería y trabajo social a
capacitar
14,912 Porcentaje de personal de salud de
medicina, enfermería y trabajo
social capacitado en género en
salud en el marco de los derechos
humanos.
1,304
6 Igualdad de Género en
Salud
3.1.2 Actividad Número de hospitales con un
directivo/a capacitado
Número de hospitales con un
directivo/a a capacitar en el año
550 Porcentaje de hospitales con un
directivo/a capacitados en género
en salud con respecto a los
derechos humanos.
47
6 Igualdad de Género en
Salud
5.5.1 Actividad Política institucional para la
prevención del hostigamiento y
acoso sexual impulsada
Política institucional para la
prevención del hostigamiento y
acoso sexual programada
7 Número de políticas institucionales
para la prevención del
hostigamiento y acoso sexual en
los servicios estatales de salud.
1
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica
aplicadas
Dosis de vacuna antirrábica
programadas a aplicar
18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada
en perros y gatos
1,420,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
2.2.1 Componente Número de personas agredidas o
contactos que inician tratamiento
Número de personas agredidas o
contactos valoradas según la
normatividad
24 Personas agredidas o contactos que
inician tratamiento antirrábico
24
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1 Componente Número de perros y gatos
esterilizados
Número de perros y gatos
programados a esterilizar
511,105 Número de perros y gatos
esterilizados en lugares de alta
marginación
10,000
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia enviadas al
laboratorio
Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos
de padecer rabia programadas a
enviar al laboratorio
47,400 Muestras de cerebros de perros
agresores, ferales y sospechosos de
padecer rabia enviadas al laboratorio
1,000
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
1.1.1 Propósito Número de reuniones de Comités
Intersectoriales realizadas
Número de reuniones de Comités
Intersectoriales programadas
4 Mide el funcionamiento trimestral de
los Comités mediante el porcentaje
de cumplimiento de reuniones
programadas.
4
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)63
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura
de Información en Plataforma
Número de Semanas en el periodo 48 Mide la regularidad en el reporte
semanal de actividades mediante el
porcentaje de registro en Plataforma
de manera trimestral
48
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.3.1 Propósito Índice de Condición de Vivienda
obtenido en Localidades
prioritarias
Localidades prioritarias
Programadas
628 Mide la probabilidad trimestral
estratificada de que una vivienda sea
infestada por el vector de acuerdo a
las características de las viviendas
por sector.
308
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
4.6.1 Actividad Casos nuevos de dengue tratados Casos nuevos de dengue
notificados
100 Mide la proporción de tratamiento a
casos nuevos de Dengue.
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de
indicadores entomológicos de
ovitrampas en las Localidades
Prioritarias
20
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.1 Propósito Número de Localidades con
Acciones de Control Larvario
Número de Localidades de Riesgo
Programadas
628 Mide trimestralmente el
cumplimiento en las acciones de
control larvario en las localidades de
riesgo.
308
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2 Propósito Número de Localidades prioritarias
con Acciones de Nebulización
Espacial en ULV
Número de Localidades prioritarias
Programadas
628 Mide trimestralmente el porcentaje
de cumplimiento de nebulización
espacial en localidades prioritarias
232
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3 Propósito Casos Probables atendidos con
acciones de Rociado
Intradomiciliar reportados en la
Plataforma de Vigilancia
Entomológica y Control Integral del
Vector
Casos Probables Notificados en la
Plataforma del SINAVE
100 Mide trimestral el porcentaje de
cumplimiento de atención con
rociado residual intradomiciliar a
casos probables reportados en la
Plataforma del SINAVE
95
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.4.1 Propósito Localidades Prioritarias con
Encuesta y Verificación Larvaria
Localidades Intervenidas para
Control Larvario
628 Mide trimestralmente el porcentaje
de Localidades prioritarias con
encuesta y verificación larvaria en
localidades intervenidas con Control
Larvario.
308
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
9.1.1 Propósito Unidades Entomológicas de
Bioensayo en Funcionamiento
Unidades Entomológicas de
Bioensayo Programada
30 Mide la proporción de Unidades
Entomológicas de Bioensayo
funcionando con respecto a las
Unidades Previstas a funcionar por
entidad federativa
5
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
9.2.1 Propósito Número de Personal Capacitado
con perspectiva de género que
participa en las acciones de
vigilancia, prevención y control de
la enfermedad.
Número de Personal que participa
en las acciones de vigilancia,
prevención y control de la
enfermedad.
32 Mide la proporción de personal
operativo que participa en las
acciones de vigilancia, prevención y
control de la enfermedad.
14
64(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
9.6.1 Propósito Número de Personal que aplica
Insecticidas Adulticidas
Organofosforados con estudios de
Niveles de Colinesterasa
Número de Personal que aplica
Insecticidas Adulticidas
Organofosforados en el Programa
100 Mide la proporción de personal que
aplica Insecticidas Adulticidas
Organofosforados en el que se
vigilan efectos secundarios mediante
estudios serológicos de
Colinesterasa
100
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
13.1.1 Actividad Personal de salud capacitado con
perspectiva de género para la
atención y manejo clínico de
pacientes con FD y FHD
Personal de Salud que participa en
la atención y manejo clínico con
pacientes con FD y FHD.
18 Mide la proporción de personal de
salud capacitado en atención y
manejo clínico de pacientes con FD
y FHD con perspectiva de género.
1
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
15.1.1 Propósito Número de Estudios de
Investigación Operativa
Realizados
Número de Estudios de
Investigación Operativa
Programados
32 Se medirá el grado de cumplimiento
de los Estudios de Investigación
Operativa Programados en
Vigilancia, Prevención y Control del
Dengue
1
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.3.2 Actividad Total de casos probables a los que
se les toma una muestra de
sangre para diagnóstico.
Total de casos probables de
paludismo reportados.
100 El indicador mide el porcentaje de
casos probables que fueron
estudiados en el laboratorio a partir
de una gota gruesa de sangre.
100
5 Prevención y Control del
Paludismo
1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación realizadas.
Número de reuniones del Comité
Estatal de Certificación
programadas.
4 Indicador de proceso que presenta la
proporción de Comités Estatales de
Certificación que lograron la
certificación de áreas libres de
paludismo para su entidad
federativa. El indicador expresa el
acumulado anual de entidades
federativas que alcanzan la
certificación.
4
5 Prevención y Control del
Paludismo
2.1.1 Actividad Número de puestos de notificación
en localidades de riesgo visitados
para promoción de la notificación.
Número de puestos de notificación
en localidades de riesgo
programados para visitas de
promoción de notificación.
85 Indicador de proceso que estima la
proporción de puestos de
notificación que se mantienen
productivos mensualmente.
85
5 Prevención y Control del
Paludismo
2.3.1 Actividad Número de localidades con
transmisión persistente en las que
se han realizado reuniones
comunitarias para informar la
evolución local del paludismo.
Total de localidades con
transmisión persistente.
95 Indicador de proceso que estima la
cobertura informativa del programa
estatal de prevención y control del
paludismo a sus comunidades
prioritarias.
95
5 Prevención y Control del
Paludismo
3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con
perspectiva de género para la
vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
Personal de salud que participa en
la vigilancia epidemiológica y
atención médica del paludismo.
100 Indicador de proceso que cuantifica
el porcentaje de cumplimiento de las
acciones de capacitación previstas.
100
5 Prevención y Control del
Paludismo
4.1.1 Actividad Localidades prioritarias con
infestación larvaria menor al 1%
de caladas positivas posterior a la
intervención comunitaria.
Localidades prioritarias con
medición de infestación larvaria
previa a la intervención
comunitaria.
100 Indicador de proceso que mide la
proporción de localidades tratadas
por la comunidad para control
larvario y que lograron reducir la
infestación del vector a menos del
1% de caladas positivas.
100
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)65
5 Prevención y Control del
Paludismo
5.1.1 Actividad Número de localidades prioritarias
con eliminación de criaderos de
anofelinos con participación
comunitaria.
Número de localidades prioritarias
con eliminación de criaderos de
anofelinos con participación
comunitaria.
100 Indicador de proceso de estima la
cobertura de localidades prioritarias
con eliminación de criaderos y
hábitats de los vectores, con
participación comunitaria.
100
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
1.1.1 Actividad Número de serologías realizadas
en menores de cinco años
Número de serologías en menores
de cinco años programadas
3,872 Indicador de proceso que estima el
cumplimiento en la meta de toma de
muestra serológica a menores de
cinco años de edad, residentes de
localidades prioritarias.
Con el resultado de la serología se
explorará la reducción de la
transmisión intradomiciliaria
mediante la reducción en la
positividad de serologías en
menores de cinco años a razón de
ser la mayor permanencia de
personas de ese grupo de edad en
el domicilio.
303
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
1.1.2 Actividad Número de localidades prioritarias
con estudios entomológicos
realizados antes y después de la
actividad de control químico
Número de localidades con
estudios entomológicos
programados en las localidades
prioritarias
94 Indicador de proceso que cuantifica
el número de localidades prioritarias
que deberán ser encuestadas
entomológicamente, previos y
posteriores a las intervenciones de
control químico
12
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
2.2.1 Actividad Número de localidades prioritarias
con viviendas mejoradas con
encalado exterior
Número de localidades con sus
viviendas programadas
47 Promover el mejoramiento de las
viviendas (encalado exterior en el
20% de las viviendas), en
localidades prioritarias
6
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas
con insecticida residual
Número de localidades
programadas a rociar
94 Indicador de proceso que cuantifica
el número de localidades prioritarias
con rociado intradomiciliar, aplicado
en dos ciclos.
12
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
4.2.1 Propósito Número de tratamientos
supervisados
Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica
el total de casos confirmados que se
ministrará tratamiento supervisados.
150
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
5.1.1 Actividad Número de serologías de E. de
Chagas realizadas a mujeres
embarazadas
Total de mujeres embarazadas en
el área endémica prioritarias
455 Indicador de proceso que cuantifica
el número de embarazadas
residentes o procedentes de áreas
endémicas prioritarias que son
tamizadas con serología para
enfermedad de Chagas.
68
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
5.2.1 Actividad Número de serologías positivas
realizadas en donantes de sangre
doblemente reactivos
Número donantes de sangre
doblemente reactivos
2,085 Indicador de proceso: Cuantifica el
incremento anual en el número de
pruebas de tamizaje que son
tomadas y confirmadas
serológicamente en centros de
transfusión sanguínea.
50
66(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
1.1.1 Actividad Número focos de transmisión
estudiados
Número focos de transmisión
programados para estudio
entomológico
9 Número de evaluaciones
entomológicas que se realizarán en
los estados endémicos con el fin de
actualizar el catálogo de distribución
de Lutzomyias y su etología para la
toma de decisiones.
1
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
1.5.1 Actividad Número de casos confirmados por
el laboratorio
Número de casos registrados de
leishamaniasis
517 Número de casos probables que se
confirmarán mediante el diagnóstico
de laboratorio anualmente.
15
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
2.1.1 Actividad Número de talleres realizados Número de talleres programados 9 Brindar capacitación profesional y
técnica para integrar vigilancia
clínica, epidemiológica, de
laboratorio, entomológica y
ambiental.
2
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
4.1.1 Propósito Número de pláticas realizadas a la
comunidad y sector de turismo
Número de platicas programadas
a la comunidad y sector de turismo
18 Número de pláticas para promover
en comunidades de las áreas
endémicas, las medidas preventivas
individuales, familiares y colectivas,
programándose dos pláticas por
estado endémico.
2
10 Prevención y Control de la
Diabetes
3.2.1 Propósito Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento, que
alcanzan el control con
hemoglobina glucosilada (HbA1c)
por debajo del 7% en población de
20 años y más en el Secretaría de
Salud, realizados.
Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento, que
alcanzan el control con
hemoglobina glucosilada (HbA1c)
por debajo del 7% en población de
20 años y más en el Secretaría de
Salud, programadas
8,551 Número de pacientes con diabetes
mellitus en tratamiento, que
alcanzan el control con hemoglobina
glucosilada (HbA1c) por debajo del
7% en población de 20 años y más
en el Secretaría de Salud.
694
10 Prevención y Control de la
Diabetes
4.1.1 Propósito Número de personal de salud que
fue actualizado en el primer nivel
de atención y aprobó la
capacitación de enfermedades
cónicas no transmisibles en la
Secretaría de Salud, realizados
Número de personal de salud que
fue actualizado en el primer nivel
de atención y aprobó la
capacitación de enfermedades
cónicas no transmisibles en la
Secretaría de Salud, programados.
24 Número de personal de salud que
fue actualizado en el primer nivel de
atención y aprobó la capacitación de
enfermedades cónicas no
transmisibles en la Secretaría de
Salud.
24
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
1.1.1 Actividad Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más realizadas
Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más programadas
22,613,439 Número de detecciones de
obesidad, hipertensión arterial y
dislipidemias en población de 20
años y más, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
1,564,837
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.1.1 Fin Número de casos de hipertensión
arterial en pacientes de 20 años y
más, QUE INGRESAN A
TRATAMIENTO, responsabilidad
de la Secretaría de Salud
Número de casos de hipertensión
arterial PROGRAMADOS PARA
INGRESAR A TRATAMIENTO, en
pacientes de 20 años y más,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
237,016 Número de casos de hipertensión
arterial en pacientes de 20 años y
más, que INGRESAN A
TRATAMIENTO, responsabilidad de
la Secretaría de Salud
14,073
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
CONTROL responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
TRATAMIENTO responsabilidad
de la Secretaría de Salud
482,873 Número de paciente de 20 años y
más con hipertensión arterial en
control responsabilidad de la
Secretaría de Salud
30,773
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)67
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
3.5.1 Propósito Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
INGRESAN A TRATAMIENTO,
responsabilidad de la Secretaría
de Salud
Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más
PROGRAMADOS por ingresar a
tratamiento, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
228,815 Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
INGRESAN A TRATAMIENTO,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
8,964
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
4.1.1 Propósito Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que
EN CONTROL, responsabilidad de
la Secretaría de Salud
Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más
QUE SE ENCUENTRAN EN
TRATAMIENTO, responsabilidad
de la Secretaría de Salud
172,995 Número de casos de obesidad en
población de 20 años y más que EN
CONTROL, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
7,804
11 Prevención y Control de la
Obesidad y Riesgo
Cardiovascular
4.2.1 Propósito Número de casos de dislipidemias
en población de 20 años y más EN
CONTROL, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
Número de casos de dislipidemias
en población de 20 años y más EN
TRATAMIENTO, responsabilidad
de la Secretaría de Salud
127,382 Número de casos de dislipidemias
en población de 20 años y más EN
CONTROL, responsabilidad de la
Secretaría de Salud
5,747
12 Atención del Envejecimiento 1.1.1 Actividad Número de supervisiones y/o
asesorías realizadas
Número de supervisiones y/o
asesorías programadas
30 Supervisión y/o asesoría 11
12 Atención del Envejecimiento 1.2.1 Propósito Número de COESAEN Activos Número de COESAEN Activos
programados
6 Comités Estatales de Atención al
Envejecimiento (COESAEN) Activos
6
12 Atención del Envejecimiento 2.1.1 Componente Número de capacitaciones sobre
temas de alto impacto en la salud
de la persona adulta mayor
realizados
Número de cursos sobre temas de
alto impacto en la salud de la
persona adulta mayor
programados
5 Capacitación sobre temas de alto
impacto en la salud de la persona
adulta mayor
2
12 Atención del Envejecimiento 5.1.2 Actividad Detecciones realizadas en
alteraciones de la memoria y
depresión en personas adultas
mayores no aseguradas
Detecciones programadas en
alteraciones de la memoria y
depresión en personas adultas
mayores no aseguradas
30 Detección en alteraciones de la
memoria y de depresión en personas
adultas mayores no aseguradas
30
12 Atención del Envejecimiento 5.1.3 Componente Detecciones realizadas de
hiperplasia prostática benigna en
la población masculina de 45 años
y más no asegurada
Detecciones programadas de
hiperplasia prostática benigna en
población masculina de 45 años y
más no asegurada
50 Detección de Hiperplasia prostática
Benigna en población masculina de
45 años y más no asegurados
50
12 Atención del Envejecimiento 5.1.4 Componente Dosis aplicadas de vacunación
antiinfluenza en personas Adultas
Mayores no aseguradas
Dosis programadas de vacunación
antiinfluenza en personas Adultas
Mayores no aseguradas
85 Cobertura de vacunación
antiinfluenza en personas Adultas
Mayores no aseguradas
85
12 Atención del Envejecimiento 5.1.5 Actividad Total de acciones realizadas sobre
detección y de control realizadas
durante la SSGG a población de
60 años y más
Total de acciones programadas
sobre detección y de control
realizadas durante la SSGG a
población de 60 años y más
60 Semana de Salud para Gente
Grande (SSGG)
60
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de
salud bucal realizadas.
Supervisiones al programa de
salud bucal programadas.
4,635 Supervisión del programa de salud
bucal.
362
13 Prevención, Detección y
Control de los Problemas de
Salud Bucal
9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas
realizadas.
Consultas estomatológicas
programadas.
9,421,700 Consultas estomatológicas. 605,829
68(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.2.1 Actividad Número de eventos de
capacitación en tuberculosis
realizados
Número de eventos de
capacitación en tuberculosis
programados
156 Cumplimiento de eventos de
capacitación
12
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.3.1 Actividad Número de eventos de
capacitación dirigidos al personal
de la Red TAES de Enfermería
realizados
Número de eventos de
capacitación dirigidos al personal
de la Red TAES de Enfermería
programados
32 Porcentaje de cumplimiento de
eventos de capacitación dirigidos al
personal de la Red TAES de
Enfermería
1
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.1 Componente Número de sintomáticos
respiratorios identificados
Número de sintomáticos
respiratorios programados
290,823 Cobertura de detección de
sintomáticos respiratorios
23,665
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.2 Componente Número de casos de tuberculosis
ingresados a tratamiento
Número total de casos registrados
de tuberculosis programados
14,030 Cobertura de tratamiento de casos
de tuberculosis registrados
1,388
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
1.5.3 Actividad Número de contactos menores de
5 años con terapia preventiva con
isoniacida
Número de contactos menores de
5 años con terapia preventiva con
isoniacida programados
4,149 Cobertura de Terapia Preventiva con
Isoniacida (TPI) a niñas y niños
menores de 5 años de edad
contactos de casos con casos de
tuberculosis pulmonar
446
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1 Propósito Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
que ingresaron al tratamiento con
fármacos de segunda línea.
Número de personas con
tuberculosis farmacorresistente
para recibir esquema de
tratamiento con fármacos de
segunda línea programados.
263 Cobertura de tratamiento de
personas con tuberculosis
farmacorresistente
29
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
3.4.1 Actividad Número de personas con VIH que
requirieron terapia preventiva con
isoniacida
Número de personas con VIH
programadas para terapia
preventiva con isoniacida
22,842 Cobertura de terapia preventiva con
isoniacida en personas con VIH que
la requieran
2,398
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1 Actividad Número de campañas educativas
realizadas en tuberculosis (spot de
radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
Total de campañas educativas
programadas en tuberculosis (spot
de radio, TV, inserciones en
periódicos, elaboración de
volantes, dípticos y trípticos)
96 Número de materiales educativos en
tuberculosis elaborados
3
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y
supervisión realizadas
Número de visitas de asesoría y
supervisión programadas
854 Porcentaje de cumplimiento de
visitas de supervisión
55
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
6.2.1 Actividad Número de proyectos de
investigación operativa
documentados
Número de proyectos de
investigación operativa
programados
32 Publicación de resultados de
investigación operativa estatales y
del nivel nacional
1
15 Eliminación de la Lepra 1.1.1 Actividad Número de eventos de
capacitación de lepra realizados.
Número de eventos de
capacitación de lepra
programados.
33 Porcentaje de cumplimiento de
eventos de capacitación enfocados
al manejo integral de personas
afectadas por lepra.
1
15 Eliminación de la Lepra 1.2.1 Propósito Casos nuevos de lepra
identificados.
Casos nuevos de lepra
programados.
197 Porcentaje de casos nuevos de lepra
encontrados de manera trimestral
entre contactos de pacientes y en
sintomáticos dermatológicos.
1
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)69
15 Eliminación de la Lepra 2.1.1 Actividad Número de baciloscopias e
histopatologías realizadas a casos
en prevalencia y en vigilancia
postratamiento.
Número de baciloscopias e
histopatologías programadas a
casos en prevalencia y en
vigilancia postratamiento.
3,708 Porcentaje de toma de baciloscopias
e histopatologías realizadas a casos
en prevalencia y en vigilancia
postratamiento.
18
15 Eliminación de la Lepra 4.1.1 Propósito Número de casos curados en el
año en curso.
Número de casos que ingresan a
tratamiento 2 años atrás.
131 Porcentaje de curación de casos de
lepra que ingresan a tratamiento con
esquema multibacilar.
1
15 Eliminación de la Lepra 5.2.1 Actividad Número de eventos realizados en
donde se entregó material de
difusión.
Número de eventos programados
en donde se entregó material de
difusión
33 Cumplimiento de entrega de material
de difusión en eventos.
1
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal para
la Seguridad en Salud realizadas.
Reuniones del Comité Estatal para
la Seguridad en Salud
programadas.
4 Porcentaje de reuniones del Comités
Estatales para la Seguridad en Salud
4
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
3.1.1 Actividad Cursos de capacitación realizados Cursos de capacitación
programados
2 Porcentaje de cursos de
capacitación para el personal
involucrado en la operación del
programa.
2
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas
conformadas
Kits de reservas estratégicas
programados
3 Porcentaje de kits de reservas
estratégicas conformadas.
3
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) atendidas en
menos de 48 horas
Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) registradas
10 Porcentaje de emergencias en salud
atendidas en forma oportuna (< de
48 hrs).
80
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
4 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
1.1.1 Actividad Reuniones trimestrales del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera realizadas
Reuniones trimestrales del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera programadas.
4 Porcentaje de reuniones del Grupo
Técnico Estatal e Intersectorial de
EDA y cólera.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de
hisopo rectal realizados.
Total estatal de EDAS notificadas
en el SUIVE de las unidades
seleccionadas.
2 Porcentaje de casos de EDA que
acuden a unidades de atención del
sector salud con muestra con HR.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos-taller para
personal de salud.
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos
realizados
Total de operativos preventivos
programados
2 Porcentaje de operativos preventivos
en áreas de riesgo
2
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA
y cólera realizadas
Campañas preventivas para EDA
y cólera programadas
1 Porcentaje de campañas preventivas
para EDA y cólera.
1
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
5.1.1 Actividad Evaluaciones trimestrales
realizadas
Evaluaciones trimestrales
programadas
4 Porcentaje de reportes de
evaluación del programa.
4
17 Prevención de
Enfermedades Diarreicas
Agudas y Cólera
5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias realizadas
Supervisiones a jurisdicciones
sanitarias programadas
3 Porcentaje de supervisiones a
jurisdicciones sanitarias.
3
70(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas
con VIH e ITS en Servicios
Especializados.
Personas en control y en TAR
registrados en el SALVAR
156 Condones distribuidos para la
prevención en personas con VIH
e ITS.
156
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por
la Secretaría de Salud (excluyendo
las detecciones en mujeres
embarazadas).
Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH
(Secretaría de Salud).
63,507
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud con carga viral indetectable.
Personas con al menos 6 meses en
tratamiento ARV en la Secretaría de
Salud.
72 Porcentaje de personas en
tratamiento ARV en Control
Virológico (Secretaría de Salud).
72
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a
tratamiento para la TB activa en la
Secretaría de Salud
Personas con TB y VIH en la
Secretaría de Salud.
100 Porcentaje de personas en TAR
que se refirieron a tratamiento
para la TB activa (Secretaría de
Salud).
100
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
5.1.1 Componente Consultas de ITS subsecuentes en
la Secretaría de Salud.
Consultas de ITS de primera vez en la
Secretaría de Salud.
100 Porcentaje de seguimiento de las
ITS (Secretaría de Salud).
100
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
6.2.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año
base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de VIH y sida
por transmisión vertical
Meta de porcentaje de cambio entre el
año base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de VIH y sida por
transmisión vertical.
100 Porcentaje de cumplimiento del
cambio entre el año base y el año
de registro de casos nuevos
confirmados de VIH y sida por
transmisión vertical.
100
1 Respuesta al VIH/SIDA
e ITS
6.3.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año
base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de sífilis
congénita.
Meta de porcentaje de cambio entre el
año base y el año de registro de casos
nuevos confirmados de sífilis
congénita.
100 Porcentaje de cumplimiento del
cambio entre el año base y el año
de registro de casos nuevos
confirmados de sífilis congénita.
100
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL
1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema
de vacunación en niños menores de un
1 año de edad, que correspondan del
área de responsabilidad de Secretaría
de Salud de acuerdo a la distribución
poblacional de responsabilidad
institucional
Niños menores de 1 año de edad de
acuerdo a la distribución poblacional
de responsabilidad institucional.
90 Porcentaje de cobertura de
vacunación con esquema
completo en menores de 1 año.
90
1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin
registradas en Semanas Nacionales de
Salud.
Total de dosis de vacuna Sabin
programados para Semanas
Nacionales de Salud.
90 Logros de biológicos aplicados
en Semanas Nacionales de
Salud para el Programa de
Vacunación Universal (Sabin)
90
1 Vacunación Universal 1.4.1 Propósito Número de supervisiones realizadas al
Programa de Vacunación Universal.
Número de supervisiones
programadas al Programa de
Vacunación Universal.
90 Supervisión realizada del
Programa de Vacunación
Universal.
90
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)71
1 Vacunación Universal 1.5.1 Fin Dosis de vacunas de SRP registradas
en el SIS
Niños de un año de edad de
responsabilidad institucional
90 Cobertura de vacunación de
SRP al año de edad
90
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
3.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas al
Programa de Atención a la Salud de la
Infancia y la Adolescencia en el año
Número de supervisiones
programadas al Programa de
Atención a la Salud de la Infancia y
la Adolescencia en el año
80 Porcentaje de supervisiones
realizadas al Programa de
Atención a la Salud de la
Infancia y la Adolescencia en el
año
80
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
4.1.1 Actividad Número de personal de salud
capacitado de los Servicios de Salud en
el primer nivel de atención en Atención
Integrada en la Infancia y la
Adolescencia.
Total de personal de salud de los
Servicios de Salud del primer nivel
de atención.
20 Personal de salud operativo del
Primer Nivel de Atención
capacitado en atención integrada
en la infancia y la adolescencia.
20
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
6.1.1 Actividad Número de Jurisdicciones Sanitarias
que realizaron la Semana de Salud de la
Adolescencia en el Estado
Total de Jurisdicciones Sanitarias
del Estado
100 Porcentaje de Jurisdicciones
Sanitarias que realizaron la
Semana Nacional de Salud de la
Adolescencia en cada Entidad
Federativa
100
2 Salud para la Infancia y
la Adolescencia
6.3.1 Actividad Número de Reuniones del Grupo de
Atención Integral para la Salud de la
Adolescencia realizadas anualmente
Total de Reuniones programadas del
Grupo de Atención Integral para la
Salud de la Adolescencia
programadas
100 Reuniones del Grupo de
Atención Integral para la Salud
de la Adolescencia (GAIA)
100
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
1.1.1 Actividad Supervisiones realizadas a unidades
médicas acreditadas en oncología
pediátrica y de primer nivel de atención
Supervisiones programadas a
unidades médicas acreditadas en
oncología pediátrica y de primer
nivel de atención
80 Supervisiones realizadas a
unidades médicas acreditadas
en oncología pediátrica y de
primer nivel de atención
80
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
1.2.1 Actividad Sesiones de los Consejos Estatales de
Prevención y Tratamiento del Cáncer en
la Infancia y Adolescencia y sus comités
realizadas
Sesiones de los Consejos Estatales
de Prevención y Tratamiento del
Cáncer en la Infancia y Adolescencia
y sus comités programadas
100 Evaluación de los Consejos
Estatales de Prevención y
Tratamiento del Cáncer en la
Infancia y Adolescencia
(COECIA)
100
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en
prevención y atención de cáncer en la
infancia y adolescencia
Total de capacitaciones
programadas en prevención y
atención de cáncer en la infancia y
adolescencia
75 Porcentaje de capacitaciones al
personal de salud en prevención
y atención del cáncer en
menores de 18 años
75
3 Cáncer en la Infancia y la
Adolescencia
3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el
Registro de Cáncer en Niñas, Niños y
Adolescentes
Total de casos registrados en el
Sistema del Fondo de Protección
contra Gastos Catastróficos
80 Evaluación y análisis de los
sistemas de información
relacionados al cáncer en la
infancia y adolescencia
80
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
72(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
ANEXO 5
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
2 SINAVE (Componente de
Vigilancia por Laboratorio)
5.1.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Sustancias biológicas
Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de
Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud
Pública
1.00 134,840.00 134,840.00
TOTAL: 134,840.00
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Papel prueba de TSH. Papel filtro de algodón 100% sin aditivos, especial para recolección y
transporte de sangre de neonatos, con impresión de cuatro círculos punteados de un
centímetro de diámetro cada uno y de las palabras nombre y con número progresivo. Paquete
con 10 hojas, máximo 100.
11.64 77,760.00 905,126.40
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)73
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de la Hormona Estimulante de la Tiroides Tirotrofina
(TSH), en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles
internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 77,760.00 1,443,225.60
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de 17/ Alfa Hidroxi Progesterona, en sangre total de
neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número
de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 80,640.00 1,496,678.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de Fenilalanina, en sangre total de neonatos,
colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de
pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 80,640.00 1,496,678.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la
determinación cuantitativa en microplaca de Galactosa Total, en sangre total de neonatos
colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de
pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC.
18.56 80,640.00 1,496,678.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas.
Descripción complementaria: Para determinación de fibrosis quística. Para mínimo 96
pruebas. RTC.
18.56 80,640.00 1,496,678.40
2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas.
Descripción complementaria: Determinación de la deficiencia de la Biotinidasa. Para mínimo
96 pruebas. RTC.
18.56 80,640.00 1,496,678.40
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg
envase con un dispositivo.
1,774.98 4,994.00 8,864,250.12
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg
etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales)
25.30 91,548.00 2,316,164.40
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa
contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una
ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml
35.42 276,577.00 9,796,357.34
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de
noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml.
35.42 92,192.00 3,265,440.64
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Noretisterona solución inyectable oleosa cada ampolleta contiene: enantato de noretisterona
200 mg envase con una ampolleta de 1 ml.
37.59 62,167.00 2,336,857.53
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante y
aplicador.
1,160.64 24,968.00 28,978,859.52
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene:
norelgestromina 6.00 mg
etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches.
160.88 31,568.00 5,078,659.84
74(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel
0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas.
10.66 16,645.00 177,435.70
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 26,579.00 2,170,441.14
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
2.7.1.2 Anexo IV-Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos.
Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual.
52.95 99,256.00 5,255,605.20
6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género
37.62 30.00 1,128.60
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3
43.50 10.00 435.00
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género en programas
de salud
37.62 30.00 1,128.60
6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud
20.85 20.00 417.00
6 Igualdad de Género en Salud 5.5.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Porta post-it del Programa Igualdad de género en salud
20.85 10.00 208.50
TOTAL: 78,075,133.13
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I.,
Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml.
253.00 10.00 2,530.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 111.00 21,867.00
1 Prevención y Control de la
Rabia Humana
3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 40.00 3,320.00
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en
tambos de 208 litros
107,889.71 90.00 9,710,073.90
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado concentrado emulsionable al 49% en
caja de 12 litros
14,608.92 95.00 1,387,847.40
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)75
4 Prevención y Control de
Dengue y Otros Vectores
6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas)
Descripción complementaria: Adulticida Carbamato de Acción Residual al 80% polvo
humectable en cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos
37,451.97 105.00 3,932,456.85
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos)
Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el
tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente
5,926.00 148.00 877,048.00
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión
Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo
electrónico.
6,875.00 1.00 6,875.00
TOTAL: 15,942,018.15
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL (PESOS)
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 8,210.00 1,119,023.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por
inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche
para mínimo 24 pruebas. TATC.
1,899.50 2,495.00 4,739,252.50
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 100 mg envase con 100 cápsulas. 210.00 22.00 4,620.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de
atazanavir. Envase con 30 cápsulas.
2,764.85 9,422.00 26,050,416.70
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg
envase con 60 tabletas.
1,712.32 6,024.00 10,315,015.68
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Enfuvirtida solución inyectable cada frasco ámpula con liofilizado contiene: enfuvirtida 108 mg
envase con 60 frascos ámpula con liofilizado y 60 frascos ámpula con 1.1 ml de agua
inyectable.
22,449.79 88.00 1,975,581.52
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 850.00 709,835.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir solución cada 100 ml contienen: sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir.
Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora.
578.00 173.00 99,994.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir.
Envase con 60 tabletas.
470.47 3,964.00 1,864,943.08
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 627.00 2,024,808.72
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina cápsula cada cápsula contiene: emtricitabina 200 mg envase con 30 cápsulas. 530.16 515.00 273,032.40
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil
fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir
disoproxilo envase con 30 tabletas.
2,000.12 7,082.00 14,164,849.84
76(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de
darunavir envase con 60 tabletas.
4,978.59 1,302.00 6,482,124.18
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30
comprimidos recubiertos.
371.83 11,456.00 4,259,684.48
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg
de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas.
1,379.32 13,559.00 18,702,199.88
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene:
tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil
emtricitabina 200 mg envase con 30 tabletas recubiertas.
2,124.62 15,030.00 31,933,038.60
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 551.00 314,070.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 5,410.00 1,136,100.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 615.00 3,339,001.05
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase
frasco ámbar con 160 ml y dosificador.
1,714.00 571.00 978,694.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg
de raltegravir envase con 60 comprimidos.
5,308.92 1,311.00 6,959,994.12
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con
84 cápsulas o tabletas cada uno.
347.96 20,217.00 7,034,707.32
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 1,002.00 796,519.86
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase
con 60 tabletas.
1,100.00 452.00 497,200.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con
120 tabletas
2,656.00 14,228.00 37,789,568.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente a 500
mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos
2,207.00 4,502.00 9,935,914.00
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 7,055.00 2,710,248.80
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas.
657.47 179.00 117,687.13
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa
entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas.
1,056.91 1,449.00 1,531,462.59
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 74.00 490,062.78
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 74.00 490,062.78
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene:
efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg.
Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas.
2,404.15 28,014.00 67,349,858.10
TOTAL: 266,189,570.11
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)77
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD TOTAL
(PESOS)
1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de
bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331
200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o tokio 172 200 000-3 000 000 ufc
o montreal 200 000 3 200 000 ufc o moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco
ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml.
*semilla mérieux.
10.15 123,400.00 1,252,510.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna
antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b
suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide
diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a
40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina
filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus
de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud*
haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de
antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con
toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en
frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para
reconstituir con la suspensión de la jeringa.
142.80 338,800.00 48,380,640.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de
0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston-
zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados
en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o
103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en
células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50
envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente.
12.09 423,000.00 5,114,070.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos
purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a,
12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco
ámpula de 2.5 ml.
92.20 28,900.00 2,664,580.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml
cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 376,087.00 18,544,849.97
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml
cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 99,090.00 4,886,127.90
78(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable
cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico
no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8
mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias
tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml.
136.00 41,200.00 5,603,200.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml
contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis).
10.00 155,750.00 1,557,500.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo
reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3
2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui
envase con un tubo de plástico con 2 ml.
53.92 159,900.00 8,621,808.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg
4 - 2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg
19a - 2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una
jeringa prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja.
183.80 245,100.00 45,049,380.00
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml
cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Programación para población pediátrica
49.31 231,210.00 11,400,965.10
1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones
antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas:
a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga
a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml
cada uno (10 dosis).
Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo.
49.31 426,513.00 21,031,356.03
1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml
contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con
0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml.
156.96 84,000.00 13,184,640.00
TOTAL: 187,291,627.00
Gran total 547,633,188.39
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)79
APÉNDICE
La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de
Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por
“LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS
PROGRAMAS”.
Resumen de recursos por fuente de financiamiento
(Monto pesos)
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1 Promoción de la
Salud y
Determinantes
Sociales
1,159,113.60 0.00 1,159,113.60 5,024,384.00 0.00 0.00 0.00 5,024,384.00 68,828,299.50 0.00 0.00 75,011,797.10
2 Entornos y
Comunidades
Saludables
0.00 0.00 0.00 1,688,295.00 0.00 0.00 0.00 1,688,295.00 0.00 0.00 0.00 1,688,295.00
3 Alimentación y
Actividad Física
1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 15,932,400.00 0.00 0.00 16,932,400.00
Total: 2,159,113.60 0.00 2,159,113.60 6,712,679.00 0.00 0.00 0.00 6,712,679.00 84,760,699.50 0.00 0.00 93,632,492.10
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1 Sistema Nacional de
Vigilancia
Epidemiológica
0.00 0.00 0.00 372,445.00 0.00 0.00 0.00 372,445.00 0.00 0.00 0.00 372,445.00
2 SINAVE
(Componente de
Vigilancia por
Laboratorio)
0.00 134,840.00 134,840.00 3,352,192.29 0.00 0.00 0.00 3,352,192.29 0.00 0.00 0.00 3,487,032.29
Total: 0.00 134,840.00 134,840.00 3,724,637.29 0.00 0.00 0.00 3,724,637.29 0.00 0.00 0.00 3,859,477.29
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
1 Salud Mental 450,000.00 0.00 450,000.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 830,931.91
Total: 450,000.00 0.00 450,000.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 830,931.91
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1 Seguridad Vial 800,000.00 0.00 800,000.00 593,719.00 3,500,000.00 0.00 0.00 4,093,719.00 0.00 0.00 0.00 4,893,719.00
2 Prevención de
Accidentes en
Grupos Vulnerables
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Total: 800,000.00 0.00 800,000.00 593,719.00 3,500,000.00 0.00 0.00 4,093,719.00 0.00 0.00 0.00 4,893,719.00
80(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
No.
UNIDAD RESPONSABLE/
PROGRAMA DE ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO
FEDERAL
(PRESUPUESTO
E INSUMOS)
FPGC
APOYO FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1 Prevención y Control del Cáncer de
la Mujer
5,745,269.28 0.00 5,745,269.28 7,258,879.30 2,999,991.67 0.00 0.00 10,258,870.97 67,368,720.73 0.00 0.00 83,372,860.98
2 Salud Materna y Perinatal 12,854,699.80 0.00 12,854,699.80 5,355,000.00 0.00 0.00 0.00 5,355,000.00 148,204,729.50 9,831,744.00 0.00 176,246,173.30
3 Salud Sexual y Reproductiva para
Adolescentes
855,136.00 0.00 855,136.00 1,222,699.00 0.00 0.00 0.00 1,222,699.00 10,302,693.90 0.00 0.00 12,380,528.90
4 Planificación Familiar y
Anticoncepción
1,404,520.00 0.00 1,404,520.00 9,060,054.00 0.00 0.00 0.00 9,060,054.00 77,927,633.03 0.00 0.00 88,392,207.03
5 Prevención y Atención de la
Violencia Familiar y de Género
2,584,900.00 0.00 2,584,900.00 1,995,882.00 0.00 0.00 0.00 1,995,882.00 4,050,657.18 0.00 0.00 8,631,439.18
6 Igualdad de Género en Salud 179,303.96 3,317.70 182,621.66 0.00 300,000.00 0.00 0.00 300,000.00 0.00 0.00 0.00 482,621.66
Total: 23,623,829.04 3,317.70 23,627,146.74 24,892,514.30 3,299,991.67 0.00 0.00 28,192,505.97 307,854,434.34 9,831,744.00 0.00 369,505,831.05
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1 Prevención y Control de la Rabia
Humana
8,607.54 27,717.00 36,324.54 2,859,400.00 21,193,500.00 0.00 0.00 24,052,900.00 5,029,192.83 0.00 0.00 29,118,417.37
2 Prevención y Control de la
Brucelosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 22,552.53 0.00 0.00 22,552.53
3 Prevención y Control de la
Rickettsiosis
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
4 Prevención y Control de Dengue y
Otros Vectores
3,512,482.00 15,030,378.15 18,542,860.15 10,788,885.16 21,396,776.00 0.00 0.00 32,185,661.16 39,587,452.16 0.00 0.00 90,315,973.47
5 Prevención y Control del Paludismo 152,274.00 0.00 152,274.00 11,536,888.10 0.00 0.00 0.00 11,536,888.10 1,496,000.00 0.00 0.00 13,185,162.10
6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
7 Prevención y Control de la
Enfermedad de Chagas
203,500.00 0.00 203,500.00 1,287,649.28 0.00 0.00 0.00 1,287,649.28 39,831,000.00 0.00 0.00 41,322,149.28
8 Prevención y Control de las
Leishmaniasis
0.00 0.00 0.00 265,106.46 0.00 0.00 0.00 265,106.46 2,530,400.00 0.00 0.00 2,795,506.46
9 Prevención y Control de la
Intoxicación por Picadura de Alacrán
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
10 Prevención y Control de la Diabetes 0.00 0.00 0.00 2,183,489.00 0.00 0.00 0.00 2,183,489.00 114,320,104.62 0.00 0.00 116,503,593.62
11 Prevención y Control de la Obesidad
y Riesgo Cardiovascular
4,744,030.00 0.00 4,744,030.00 1,200,437.00 0.00 0.00 0.00 1,200,437.00 48,235,830.44 0.00 0.00 54,180,297.44
12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 6,214,286.28 0.00 0.00 0.00 6,214,286.28 1,830,818.00 0.00 0.00 8,045,104.28
13 Prevención, Detección y Control de
los Problemas de Salud Bucal
25,758.00 0.00 25,758.00 2,644,100.00 0.00 0.00 0.00 2,644,100.00 41,862,444.60 0.00 0.00 44,532,302.60
14 Prevención y Control de la
Tuberculosis
0.00 883,923.00 883,923.00 4,200,897.00 0.00 0.00 0.00 4,200,897.00 14,680,090.98 0.00 0.00 19,764,910.98
15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 319,529.00 0.00 0.00 0.00 319,529.00 100,000.00 0.00 0.00 419,529.00
16 Atención de Urgencias
Epidemiológicas y Desastres
842,932.00 0.00 842,932.00 339,764.00 0.00 0.00 0.00 339,764.00 0.00 0.00 0.00 1,182,696.00
17 Prevención de Enfermedades
Diarreicas Agudas y Cólera
350,000.00 0.00 350,000.00 846,600.00 0.00 0.00 0.00 846,600.00 1,981,406.75 0.00 0.00 3,178,006.75
Total: 9,839,583.54 15,942,018.15 25,781,601.69 44,687,031.28 42,590,276.00 0.00 0.00 87,277,307.28 311,507,292.91 0.00 0.00 424,566,201.88
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50 39,427,619.70 0.00 0.00 0.00 39,427,619.70 14,599,148.00 0.00 292,906,395.61 352,791,438.81
Total: 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50 39,427,619.70 0.00 0.00 0.00 39,427,619.70 14,599,148.00 0.00 292,906,395.61 352,791,438.81
Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)81
No.
UNIDAD
RESPONSABLE/
PROGRAMA DE
ACCIÓN
SPPS RAMO 12
SUBTOTAL
RAMO 33
APORTACIÓN
ESTATAL
OPORTUNIDADES OTRA
SUBTOTAL
CNPSS
TOTAL
ANEXO IV
PRORESPPO,
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
CONSEG
SMS XXI
APOYO FEDERAL
(PRESUPUESTO E
INSUMOS)
FPGC
APOYO
FEDERAL
INSUMOS Y
APOYO
FEDERAL
PRUEBAS DE
LABORATORIO
RECURSOS
FINANCIEROS
CASSCO
CAUSES
INSUMOS
RECURSOS
FINANCIEROS
FASSA-P
FASSA-C
RECTORÍA
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
RECURSOS
FINANCIEROS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1 Vacunación
Universal
2,758,906.00 88,003,477.87 90,762,383.87 22,145,317.26 0.00 0.00 0.00 22,145,317.26 129,882,602.27 0.00 0.00 242,790,303.40
2 Salud para la
Infancia y la
Adolescencia
337,260.00 0.00 337,260.00 1,222,693.00 0.00 0.00 0.00 1,222,693.00 17,325,925.95 0.00 0.00 18,885,878.95
3 Cáncer en la
Infancia y la
Adolescencia
339,084.00 0.00 339,084.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 1,000,000.00 1,575,168.90 0.00 0.00 2,914,252.90
Total: 3,435,250.00 88,003,477.87 91,438,727.87 24,368,010.26 0.00 0.00 0.00 24,368,010.26 148,783,697.12 0.00 0.00 264,590,435.25
Gran Total: 40,307,776.18 109,941,929.22 150,249,705.40 144,787,142.74 49,390,267.67 0.00 0.00 194,177,410.41 867,505,271.87 9,831,744.00 292,906,395.61 1,514,670,527.29
NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados
en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con
el contenido del presente Convenio Modificatorio.
TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO
PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones.
CUARTA.- Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten
irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en
razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2015.
Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado, a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la
Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud,
Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de
Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar
Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director
General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro
Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y
la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Veracruz,
Fernando Benítez Obeso.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Planeación, Antonio Gómez Pelegrín.- Rúbrica.
82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
REGLAS generales para la tramitación electrónica de permisos para el uso de recetarios especiales con código de
barras para medicamentos de la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Salud.
JUAN CARLOS GALLAGA SOLÓRZANO, Comisionado de Autorización Sanitaria, con fundamento en los
artículos 17, 26 y 39, fracciones XXI y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 69-C
de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, fracción XXII, 13, apartado A, fracciones II y X, 17
bis, fracciones II, IV y VI, 17 bis 2, 226, fracción I, 240, 241 y 242 de la Ley General de Salud; 28, 30, 50, 51,
52 y 53 del Reglamento de Insumos para la Salud; 2, apartado C, fracción X, 36 y 38, fracciones VIII y XXV
del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3, fracción I, incisos b, j y s, 14 fracciones VII y XIV, del
Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su estrategia 4.7.2 Implementar una mejora
regulatoria integral, que se debe fortalecer la convergencia de la Federación con los otros órdenes de
gobierno, para impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa,
de simplificación y homologación nacional de trámites, así como medidas para facilitar la creación y
escalamiento de empresas, fomentando el uso de herramientas electrónicas;
Que de conformidad con los artículos 17 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17
bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud; 2, apartado C, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría
de Salud, y 1 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios la
COFEPRIS es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica,
administrativa y operativa, que tiene por objeto ejercer las atribuciones en materia de regulación, control y
fomento sanitarios que conforme a la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables le
corresponden a la Secretaría de Salud;
Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece en su artículo 69-C que en los
procedimientos administrativos, las dependencias y los organismos descentralizados de la Administración
Pública Federal recibirán las promociones o solicitudes que, en términos de esa Ley, los particulares
presenten por escrito, sin perjuicio de que dichos documentos puedan presentarse a través de medios de
comunicación electrónica en las etapas que las propias dependencias y organismos así lo determinen
mediante reglas de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación;
Que con fecha 26 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el
que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de
Cuidados Paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos”,
mismo que establece en su Capítulo 5 que la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios dará a conocer las reglas generales para la autorización de los Permisos
para el uso de recetarios especiales para la prescripción de los medicamentos a que se refiere el artículo 226,
fracción I de la Ley General de Salud, con la finalidad de agilizar la disponibilidad de los medicamentos
antes referidos;
Que el artículo 73, fracción XVI, 1a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece
que las disposiciones generales del Consejo de Salubridad General serán obligatorias en el país;
Que el campo de la atención médica para enfermedades no transmisibles mediante el empleo de
estupefacientes ha aumentado por lo que es necesario adoptar acciones que protejan la salud de la población,
aseguren la accesibilidad de los medicamentos estupefacientes, se cuenten con un manejo oportuno de los
cuidados paliativos y que al mismo tiempo permitan a los profesionales de la salud contar con los recetarios
especiales para la prescripción y atención oportuna de los padecimientos a los que van dirigidos estos
medicamentos;
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83
Que como una medida de protección a la salud de la población, se requiere optimizar los procesos para
los trámites que aplica la Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS, mediante la implementación de un
sistema electrónico de autorización para la utilización recetarios especiales con código de barras para
prescribir estupefacientes;
Que con esta medida, se ahorrarán recursos materiales y humanos en las actividades de verificación de la
autoridad sanitaria, toda vez que la solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de
barras para prescribir estupefacientes, así como su manejo se efectuarán a través de un sistema informático
que permita ejercer un control permanente y efectivo sobre las recetas y los medicamentos que contengan
estupefacientes;
Que con este esquema COFEPRIS hace uso eficiente de las tecnologías de la información, a fin de
optimizar la interacción de los particulares con el quehacer gubernamental, y se suma a los esfuerzos de la
agenda digital del Gobierno de la Republica, y
Que se busca establecer e implementar políticas, programas y proyectos al nivel de la mejor práctica
internacional, en coordinación efectiva con los diferentes actores del ámbito público y social, para prevenir y
atender todo tipo de riesgos sanitarios, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAS GENERALES PARA LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE PERMISOS PARA EL USO DE
RECETARIOS ESPECIALES CON CÓDIGO DE BARRAS PARA MEDICAMENTOS DE LA
FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 226 DE LA LEY GENERAL DE SALUD
PRIMERA. Las presentes reglas tienen por objeto dar a conocer los criterios para la obtención electrónica
de permisos para utilizar recetarios especiales con códigos de barras para prescribir los medicamentos a que
se refiere el artículo 226, fracción I de la Ley General de Salud.
SEGUNDA. Para efectos de estas Reglas se entiende por:
Acuerdo de Trámites: Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los
formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011, así como sus
modificaciones;
CIS: Centro Integral de Servicios de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios;
Código de barras: Código bidimensional contenido en el formato de recetas especiales que la COFEPRIS
autorizará como identificador de dicha receta, el cual estará asociado a la información que tenga esta
Autoridad Sanitaria del médico que prescribe;
COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios;
Contraseña electrónica: Clave asignada por la COFEPRIS para acceder al Sistema Electrónico de
Trámites Sanitarios, que se establecerá como uno de los medios de identificación y acceso para la solicitud
de permisos;
Profesional: Los Médicos, Homeópatas, Cirujanos Dentista (para casos odontológicos), Médicos
Veterinarios (cuando los prescriban para aplicarse en animales) que soliciten su registro en el Sistema
Electrónico de Trámites Sanitarios para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir
estupefacientes;
Recetario especial con código de barras: Conjunto de recetas médicas especiales que se emplean para
prescribir medicamentos contemplados en la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud, que
contendrá entre otros elementos, la prescripción de uno o varios medicamentos y un código de barras
para su identificación;
84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría: Secretaría de Salud, y
Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios: Servicio digital de la Comisión Federal para la Protección
contra Riesgos Sanitarios para realizar trámites electrónicos.
TERCERA. El profesional interesado en solicitar el permiso para utilizar recetarios especiales con códigos
de barras para prescribir estupefacientes, podrá hacerlo ante la COFEPRIS, a través del Sistema Electrónico
de Trámites Sanitarios.
CUARTA. El profesional interesado en realizar su solicitud a través de un medio no electrónico lo podrá
hacer a través del CIS.
QUINTA. Para la obtención del permiso para utilizar recetarios especiales con códigos de barras,
solicitado a través del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios se deberá cumplir con lo establecido en las
presentes Reglas y lo dispuesto en el Acuerdo de trámites identificando al trámite con la homoclave
“COFEPRIS-03-006-A Solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para
prescribir estupefacientes. Modalidad A: Primera vez.” y con la homoclave “COFEPRIS-03-006-B Solicitud de
permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad B:
Subsecuentes”, según sea el caso.
SEXTA. Para la obtención del permiso para utilizar recetarios especiales con códigos de barras para
prescribir medicamentos fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud con claves
COFEPRIS-03-006-A Modalidad A para Primera Vez y COFEPRIS-03-006-B Modalidad B para Subsecuente,
solicitados a través de las ventanillas del CIS o de las Entidades Federativas deberán cumplir con lo
establecido en el Acuerdo de trámites.
SÉPTIMA. Para el registro del profesional en el Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios se deberá
contar con la siguiente información del mismo:
a) Correo electrónico vigente;
b) Denominación completa sin abreviaturas de la Carrera Profesional cursada por el profesional;
c) Número de cédula profesional de la licenciatura, maestría o doctorado, expedida por las autoridades
educativas competentes;
d) Nombre completo sin abreviaturas de la Institución Educativa que expidió el Título profesional;
e) Clave Única de Registro de Población del profesional, y
f) Comprobante de domicilio del lugar donde prescribe el profesional que indique calle, número exterior
e interior, colonia, delegación, código postal, ciudad y entidad federativa.
En caso de tener una especialidad, además de lo anterior deberá proporcionar:
a) Nombre completo de la especialidad;
b) Nombre completo sin abreviaturas de la Institución Educativa que expidió el Título de la
especialidad, y
c) Número de cédula profesional de la especialidad otorgada al profesional, expedida por las
autoridades educativas competentes.
OCTAVA. Para solicitar vía electrónica el permiso para utilizar los recetarios especiales con código de
barras para prescribir estupefacientes, el profesional deberá:
I. Para el caso del trámite con homoclave COFEPRIS-03-006-A denominado “Solicitud de permiso para
utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad A:
Primera vez”:
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85
a) Requisitar la solicitud por medio del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios de acuerdo al
manual del usuario incluido en el Anexo 1;
b) Adjuntar archivo electrónico en formato PDF de la cédula profesional, que lo acredite como
Médico, Homeópata, Cirujano Dentista (para casos odontológicos) o Médico Veterinario (cuando
la prescripción sea para aplicarse en animales);
c) Adjuntar archivo electrónico en formato PDF de su identificación oficial, y comprobante de
domicilio del lugar donde prescribe el profesional, y
d) Cuando se trate de Instituciones Hospitalarias, adjuntar archivo electrónico en formato PDF del
escrito en original en papel membretado y firmado por el Director de la Institución, en el cual se
especifique la designación del profesional responsable de la prescripción.
II. Para el trámite con homoclave COFEPRIS-03-006-B denominado “Solicitud de permiso para utilizar
recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad B:
Subsecuente”, deberá:
a) Requisitar la solicitud por medio del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios de acuerdo al
manual del usuario incluido en el Anexo 1.
NOVENA. El profesional contará con diez días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio del llenado
de la solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir
estupefacientes, para concluir la captura de la misma y enviarla a COFEPRIS. Una vez concluido este periodo
de tiempo, sin que el trámite haya sido enviado a COFEPRIS, el mismo será eliminado del Sistema
Electrónico de Trámites Sanitarios y el profesional tendrá que iniciar nuevamente el trámite.
DÉCIMA. La atención de las solicitudes vía electrónica del permiso para utilizar recetarios especiales con
código de barras para prescribir estupefacientes se efectuará de conformidad con lo establecido en los
Acuerdos de coordinación a que se refiere el artículo 18 de la Ley General de Salud, correspondiéndole a la
autoridad sanitaria de cada entidad federativa la atención de las solicitudes que provengan de su ámbito
territorial.
DÉCIMA PRIMERA. Las resoluciones que emita la COFEPRIS a los trámites electrónicos citados en las
presentes Reglas, serán entregadas por la misma vía.
DÉCIMA SEGUNDA. La COFEPRIS o las autoridades sanitarias estatales contarán con plazo no mayor a
cinco días para la resolución del trámite “COFEPRIS-03-006-A Modalidad Primera Vez” y en un plazo no
mayor a un día hábil al trámite “COFEPRIS-03-006-B Modalidad Subsecuente”. Las solicitudes que
no contengan los datos o no cumplan con los requisitos aplicables, serán motivo de prevención.
El desahogo de la prevención se realizará por la misma vía por la que se solicitó el trámite, anexando la
información y/o documentación en el tiempo indicado por la autoridad sanitaria, acompañada de un escrito
bajo protesta de decir verdad en el que se señale la fecha en que el profesional recibió la prevención
correspondiente.
DÉCIMA TERCERA. La COFEPRIS o las autoridades sanitarias estatales le asignarán al profesional una
cantidad de 200 recetas digitales foliadas con un código de barras en un formato único cuyo modelo se
encuentra en el Anexo 2.
DÉCIMA CUARTA. Una vez que el profesional cuente con el permiso para utilizar recetarios especiales
con código de barras para prescribir estupefacientes podrá imprimir las recetas en cualquier momento.
DÉCIMA QUINTA. Las recetas especiales con código de barras, autorizadas por la Secretaría a través de
la COFEPRIS, para prescribir estupefacientes deberán ser requisitadas por el profesional que cuente con el
permiso para utilizar ese recetario especial con código de barras para prescribir estupefacientes.
86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
La prescripción de estupefacientes con este recetario especial será para tratamientos no mayores de
treinta días, y la cantidad máxima de unidades prescritas por día deberá ajustarse a las indicaciones
terapéuticas del producto y las demás disposiciones vigentes aplicables a la prescripción.
DÉCIMA SEXTA. Los recetarios especiales con código de barras autorizados por la Secretaría a través de
COFEPRIS, el control en la emisión de las recetas para la prescripción de estupefacientes, así como el uso
del nombre del usuario y de la contraseña electrónica otorgados por COFEPRIS para el ingreso al Sistema
Electrónico de Trámites Sanitarios son responsabilidad exclusiva del profesional, quien se obliga a dar el uso
adecuado a los mismos. .
DÉCIMA SÉPTIMA. Para la verificación de la autenticidad de las recetas especiales, los establecimientos
autorizados para la venta y suministro de medicamentos estupefacientes, deberán contar con un nombre de
usuario y contraseña para el uso del Portal de Servicios de la COFEPRIS en el cual podrán realizar el cotejo
de la información de la receta y en su caso proceder a la venta. El mismo establecimiento retendrá la receta
especial y hará el registro correspondiente en el libro de control autorizado de estupefacientes.
Durante las visitas de verificación por parte de la Autoridad Sanitaria el personal responsable del
establecimiento permitirá, al personal autorizado por la Secretaría cuando ésta se lo requiera, el acceso al
Portal de Servicios de la COFEPRIS con su usuario y contraseña.
DÉCIMA OCTAVA. La COFEPRIS en ejercicio de sus facultades de control sanitario llevará a cabo la
verificación de los libros de control contra las recetas especiales para la prescripción de estupefacientes que
amparen la venta de estos medicamentos.
DÉCIMA NOVENA. La COFEPRIS publicará en su página de internet los Anexos 1 y 2 a los que hace
referencia en las presentes Reglas.
VIGÉSIMA. En caso de pérdida o robo de los recetarios especiales el profesional deberá presentar a la
autoridad sanitaria a través del CIS el trámite con homoclave “COFEPRIS-03-007” denominado “Aviso de
pérdida o robo de recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes”, al que deberá
anexar copia simple del acta levantada ante el ministerio público de la pérdida o robo del recetario o recetas
según corresponda.
VIGÉSIMA PRIMERA. En todo lo no previsto en las presentes Reglas y en los Anexos 1 y 2 se estará a lo
establecido en las disposiciones legales aplicables
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Las presentes Reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.
SEGUNDO.- Los establecimientos dedicados a la venta y suministro de estupefacientes podrán hacer uso
del Portal de Servicios de la COFEPRIS solicitándolo a través de la página www.cofepris.gob.mx
TERCERO.- La primer solicitud que se realice por vía electrónica se entenderá como Solicitud de permiso
para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Con homoclave
COFEPRIS-03-006-A Modalidad A: Primera vez, con independencia de haberla realizado anteriormente a
través del CIS.
CUARTO.- La Secretaría efectuará las modificaciones necesarias al “Acuerdo por el que se dan a conocer
los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios
de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero
de 2011.
México, D.F., a veintiuno de septiembre de dos mil quince.- El Comisionado de Autorización Sanitaria de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Juan Carlos Gallaga Solórzano.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
AVISO de deslinde de un predio de presunta propiedad nacional innominado, con una superficie aproximada de
04-53-69.39 hectáreas, Municipio de Tenosique, Tab.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación en el Estado de Tabasco.- Terrenos Nacionales.
AVISO DE DESLINDE, DEL PREDIO PRESUNTO NACIONAL DENOMINADO INNOMINADO, UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE TENOSIQUE, ESTADO DE TABASCO.
LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO NUMERO 02131, DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2015, AUTORIZO A LA
DELEGACION ESTATAL PARA QUE SE COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO NUMERO
2328, DE FECHA 18 DE JUNIO DE 2015, ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO
POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA; 104, 105 Y 106 DEL REGLAMENTO DE LA MISMA, EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTO
NACIONAL DENOMINADO INNOMINADO, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 04-53-69.39 HECTAREAS,
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TENOSIQUE, ESTADO DE TABASCO, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES
COLINDANCIAS:
AL NORTE: EJIDO CRISOFORO CHIÑAS
AL SUR EN VERTICE
AL ESTE: ZONA FEDERAL DEL ARROYO POLEVA
AL OESTE ZONA FEDERAL DEL RIO USUMACINTA
POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105
DEL REGLAMENTO DE LA MISMA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA
PUBLICARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL, ASI COMO COLOCARSE EN
LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE
SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE QUE
DENTRO DEL PLAZO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO
CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE
ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE
OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN LA AVENIDA 27 DE FEBRERO No. 2212, COL. ATASTA
DE SERRA, DE ESTA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, ESTADO DE TABASCO.
A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO O QUE
HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA COMO
CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDO EL PRESENTE EN VILLAHERMOSA, TABASCO, EL DIA 24 DE
JUNIO DE 2015.
Atentamente
El Perito Deslindador, José Alonso Flores González.- Rúbrica.
88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado La Alfalfera, con una superficie
aproximada de 06-61-84.926 hectáreas, Municipio de San Agustín Etla, Oax.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Oaxaca.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO DE PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “LA ALFALFERA”,
UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTIN ETLA, ESTADO DE OAXACA.
LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA
DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL
Y URBANO, MEDIANTE OFICIO NUMERO REF. II-210-DGPR-DGARPR-DIA-32807, DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2014,
CON FOLIO NUMERO 21861, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL EN OAXACA PARA QUE COMISIONARA
PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO NUMERO DO/SO/010/2015, DE FECHA 5 DE ENERO DEL AÑO 2015,
ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY
AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA
PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL
DENOMINADO “LA ALFALFERA”, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 06-61-84.926 HAS., UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE SAN AGUSTIN ETLA, ESTADO DE OAXACA, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES
COLINDANCIAS:
AL NORTE: PEQUEÑAS PROPIEDADES DE SAN AGUSTIN ETLA, Y CALLE PROFIRIO DIAZ DE POR MEDIO.
AL SUR: SUCESORES DE LA PROPIEDAD DE MARIANO DAVILA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES, ESCUELA
PRIMARIA “BENITO JUAREZ”, DE SAN AGUSTIN ETLA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES DE LA EX
HACIENDA DE HILADOS Y TEJIDOS DE SAN JOSE ETLA, CON CALLE 5 DE FEBRERO DE
POR MEDIO.
AL ESTE: CAMINO VECINAL, PEQUEÑAS PROPIEDADES, RIO GRANDE SAN AGUSTIN ETLA Y PEQUEÑAS
PROPIEDADES DEL MISMO POBLADO.
AL OESTE: TANQUE LARGO DE AGUA DE SAN AGUSTIN ETLA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES DEL
MISMO POBLADO.
POR LO QUE EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105
DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA
PUBLICARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL PERIODICO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL DE MAYOR
CIRCULACION, ASI COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO
DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE
LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR
DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE
EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA
DOCUMENTACION QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER
INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON
DOMICILIO EN AVENIDA INDEPENDENCIA NUMERO 1608, COLONIA CENTRO EN OAXACA DE JUAREZ, OAXACA.
A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE
HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE, NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA POR
CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDOSE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUAREZ,
OAXACA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
Atentamente
El Perito Deslindador, Hipólito Gazga Ordonio.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89
PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA
AVISO mediante el cual se informa de la publicación en la Normateca Interna de Pronósticos para la Asistencia
Pública del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía de
Pronósticos para la Asistencia Pública.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
y Crédito Público.- Pronósticos para la Asistencia Pública.
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA NORMATECA INTERNA DE
PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ
INTERNO PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA
DENOMINACIÓN DE LA NORMA: MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO PARA
EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA
EMISOR: PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
FECHA DE LA EMISIÓN: 25 DE JUNIO DE 2014.
MATERIA CORRESPONDIENTE: RECURSOS MATERIALES.
LUGAR DE PUBLICACIÓN: NORMATECA INTERNA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
FUNDAMENTO JURÍDICO POR EL QUE SE PUBLICA LA NORMA: "ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LA PROCURADURÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA A ABSTENERSE DE EMITIR REGULACIÓN EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN".
ARTÍCULO 2, FRACCIÓN II, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 10 DE AGOSTO DE 2010.
"ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A
ABSTENERSE DE EMITIR REGULACIÓN EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN PUBLICADO EL 10 DE AGOSTO DE
2010" MISMO QUE FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE AGOSTO DE 2012.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA NORMA RESPECTIVA: NORMATIVIDAD INTERNA.
FIRMA DE AUTORIZACIÓN: LIC. JOSÉ MANUEL PABLO RENDÓN DE LA MATA, SUBDIRECTOR GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.- RÚBRICA.
CERTIFICA EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA DE
PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA, LA APROBACIÓN DEL “AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA
DE LA PUBLICACIÓN EN LA NORMATECA INTERNA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA, EL
MANUAL DE INTEGRACIÓN PARA USO EFICIENTE DE ENERGÍA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA
PÚBLICA”, APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA,
CELEBRADA EL DÍA 12 DE MARZO DE 2015.
México, D.F., a 29 de septiembre de 2015.- El Subdirector General de Administración y Finanzas y
Presidente del Comité de Mejora Regulatoria Interna, José Manuel Pablo Rendón de la Mata.- Rúbrica.
(R.- 420426)
90 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA
EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco
de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el
tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $16.5848 M.N. (dieciséis pesos con cinco mil ochocientos
cuarenta y ocho diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
México, D.F., a 13 de octubre de 2015.- BANCO DE MÉXICO: La Gerente de Disposiciones al Sistema
Financiero, Fabiola Andrea Tinoco Hernández.- Rúbrica.- El Director General de Operaciones de Banca
Central, Jaime José Cortina Morfín.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su
Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a
plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 3.3050 y 3.3125 por ciento, respectivamente.
Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes
instituciones de banca múltiple: BBVA Bancomer, S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Inbursa S.A.,
Banco Interacciones S.A., Banco J.P. Morgan S.A., Banco Azteca S.A. y ScotiaBank Inverlat, S.A.
México, D.F., a 13 de octubre de 2015.- BANCO DE MÉXICO: La Gerente de Disposiciones al Sistema
Financiero, Fabiola Andrea Tinoco Hernández.- Rúbrica.- El Director General de Operaciones de Banca
Central, Jaime José Cortina Morfín.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 91
INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
AVISO mediante el cual se informa de la publicación en la página Web del Instituto Federal de
Telecomunicaciones de los Lineamientos en materia de organización y conservación de archivos del Órgano
Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL INSTITUTO FEDERAL
DE TELECOMUNICACIONES DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE
ARCHIVOS DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
CONSIDERANDO
Que los artículos 35 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 80 del Estatuto Orgánico
del Instituto Federal de Telecomunicaciones establecen que en el ejercicio de sus atribuciones, la entonces
Contraloría Interna del Instituto, actualmente Órgano Interno de Control de conformidad a la reforma
constitucional al artículo 28, publicada el 27 de mayo de 2015, es un órgano dotado de autonomía técnica y de
gestión que implica, no depender de criterios de comportamiento de otros órganos u organismos. Por ello,
resulta indispensable adecuar y emitir acuerdos, circulares, manuales, lineamientos y demás normas para
conducir su actuación, respetando en todo momento, el cumplimiento de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y del orden legal, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL
INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA
DE ORGANIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE ARCHIVOS DEL ÓRGANO INTERNO
DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
Disposición: LINEAMIENTOS en materia de organización y conservación de archivos del Órgano Interno
de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Objetivo: Establecer las disposiciones que permitan la organización y conservación de los documentos de
archivo en posesión del Órgano Interno de Control.
Fecha de emisión: 2 de octubre de 2015.
Medio de consulta: Página web institucional: http://www.ift.org.mx Inicio>Transparencia>Órgano Interno
de Control>Marco Normativo
México, Distrito Federal, a dos de octubre de dos mil quince.- El presente Aviso fue aprobado y firmado en
suplencia por ausencia del Titular del Órgano Interno de Control en su orden, por el licenciado Enrique Ruíz
Martínez, Director de Responsabilidades y Quejas, en ejercicio de las atribuciones previstas para el Director
General de Responsabilidades y Quejas, con fundamento en los artículos 82, primer párrafo, 88 en correlación
con lo señalado en el Noveno Transitorio del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones,
publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el cuatro de septiembre de dos mil catorce,
en concordancia con la reforma Constitucional al 28 párrafo vigésimo, fracción XII, publicada en el DOF el
veintisiete de mayo de dos mil quince.- Rúbrica.
(R.- 420469)
AVISO AL PUBLICO
Las cuotas por suscripción semestral y venta de ejemplares del Diario Oficial de la Federación
son las siguientes:
Suscripción semestral al público: $1,298.00
Ejemplar de una sección del día: $13.00
El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional.
ATENTAMENTE
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
92 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
INSTITUTO NACIONAL PARA LA
EVALUACION DE LA EDUCACION
ACUERDO por el que se reforman los artículos 24 y 25, así como el Anexo 1. Personal Operativo y el Anexo 6
Límites de percepción ordinaria total en el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
(netos mensuales) (pesos), del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional
para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.- México.
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 24 Y 25, ASÍ COMO EL “ANEXO 1. PERSONAL
OPERATIVO” Y EL “ANEXO 6 LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA
LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (NETOS MENSUALES) (PESOS)”, DEL MANUAL QUE REGULA LAS
PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE
LA EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015
La Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 3o., fracción IX, y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
22, 24, 38, fracciones I, XVII y XXII; 44, fracción VI de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación; 3o., 5o., fracción I y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 32 del
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015; 4 y 15 del Manual que regula las percepciones de los
servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en su carácter de organismo público
autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio con plena autonomía técnica, de gestión,
presupuestaria y para determinar su organización interna; de conformidad con el artículo 5, fracción I de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en cumplimiento al artículo 23 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicó en el Diario Oficial de la Federación con fecha
27 de febrero de 2015, el Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional
para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015.
Que de conformidad con los artículos 4 y 15 del Manual que regula las percepciones de los servidores
públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015, corresponde
a la Junta de Gobierno aprobar o modificar disposiciones que regulen en forma complementaria las
percepciones ordinarias y, en su caso, las extraordinarias; asimismo le corresponde aprobar y emitir
los tabuladores de sueldos y salarios aplicables a los servidores públicos de mando, enlace y operativos, así
como las modificaciones a éstos.
Que por acuerdo tomado en la Novena Sesión Ordinaria, de fecha 24 de septiembre de 2015, la Junta de
Gobierno aprobó el incremento salarial del personal del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación,
así como la modificación de los artículos 24, 25 y los “Anexos 1. PERSONAL OPERATIVO” y “Anexo 6.
LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE
LA EDUCACIÓN”, del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional
para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015.
Por lo antes expuesto, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación,
expide el siguiente acuerdo:
Acuerdo por el que se reforman los artículos 24 y 25, así como el “ANEXO 1. PERSONAL OPERATIVO” y
el “ANEXO 6 LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA
EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (NETOS MENSUALES) (pesos)”, del Manual que regula las percepciones
de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal
2015, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 24.- La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 465 pesos mensuales al personal
operativo, de enlace y de mando.
Artículo 25.- En el caso de las prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos:
I. Previsión social múltiple; por un importe mensual de 415 pesos,
II. Ayuda de servicios; por un importe mensual de 385 pesos,
III. Ayuda de transporte; por un importe mensual de 300 pesos, y
IV. Compensación por desarrollo y capacitación; por un importe mensual de 1,300 pesos. Este concepto
forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de los trabajadores y las aportaciones
del Instituto a favor del ISSSTE.
Estos conceptos se otorgarán en efectivo o transferencia electrónica, en forma quincenal, a través del
pago de nómina.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 93
ANEXO 1. PERSONAL OPERATIVO
TABULADOR DE PERCEPCIONES BRUTAS MENSUALES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS
CONSIDERADOS COMO PERSONAL OPERATIVO DEL INEE, DEL EJERCICIO FISCAL 2015
NIVEL
Zona Económica II Zona Económica III
SUELDO
BASE
BRUTO
(PESOS)
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA
BRUTA
(PESOS)
PERCEPCIÓN
ORDINARIA
BRUTA
(PESOS)
SUELDO
BASE
BRUTO
(PESOS)
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA
BRUTA
(PESOS)
PERCEPCIÓN
ORDINARIA
BRUTA
(PESOS)
11 7,545.00 2,135.00 9,680.00 7,900.00 2,220.00 10,120.00
10 7,520.00 2,085.00 9,605.00 7,890.00 2,210.00 10,100.00
9 7,245.00 2,020.00 9,265.00 7,595.00 2,120.00 9,715.00
ANEXO 6
LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA
LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (NETOS MENSUALES) (pesos)*
Tipo de personal
Sueldos y salarios Prestaciones
Percepción Ordinaria
Total
Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo
CONSEJERO PRESIDENTE 0 138,719 0 52,716 0 191,435
CONSEJERO 0 131,959 0 50,971 0 182,930
TITULAR DE UNIDAD 0 103,315 0 42,561 0 145,876
COORDINADOR 0 94,687 0 38,969 0 133,656
DIRECTOR GENERAL 0 85,578 0 34,916 0 120,494
DIRECTOR GENERAL ADJUNTO 63,282 81,564 21,328 27,574 84,610 109,138
DIRECTOR DE ÁREA 32,162 69,530 13,621 23,388 45,783 92,918
SUBDIRECTOR DE ÁREA 27,155 35,649 9,233 14,734 36,388 50,383
JEFE DE DEPARTAMENTO U
HOMÓLOGO
12,446 23,185 7,163 10,555 19,609 33,740
PERSONAL DE ENLACE 12,353 14,761 5,350 7,610 17,703 22,371
PERSONAL OPERATIVO 8,360 9,061 6,703 7,586 15,063 16,647
* La percepción ordinaria incluye todos los ingresos que reciben los servidores públicos por Sueldos y Salarios, y por
Prestaciones, independientemente de que se reciba en forma periódica o en fechas definidas. Los montos netos mensuales
corresponden a la cantidad que perciben los servidores públicos, una vez aplicadas las disposiciones fiscales. Los montos
indicados no incluyen el apoyo económico para adquisición y/o mantenimiento de vehículo que se otorga a los servidores
públicos que ocupan un puesto comprendido en los grupos jerárquicos K al H o equivalente del Tabulador de sueldos y
salarios y a lo establecido en el Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la
Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015. Los rangos de las remuneraciones del personal operativo y de
categorías, varían conforme a lo señalado en el Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto
Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015.
TRANSITORIOS
Único. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
México, D.F., a veinticuatro de septiembre de dos mil quince.- Así lo aprobó la Junta de Gobierno del
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en la Novena Sesión Ordinaria de dos mil quince,
celebrada el veinticuatro de septiembre de dos mil quince. Acuerdo número SOJG/9-15/05,R. La Consejera
Presidenta, Sylvia Irene Schmelkes del Valle.- Rúbrica.- Los Consejeros: Eduardo Backhoff Escudero,
Teresa Bracho González, Margarita María Zorrilla Fierro.- Rúbricas.- El Director General de Asuntos
Jurídicos, Agustín Eduardo Carrillo Suárez.- Rúbrica.
94 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
INDICE
PRIMERA SECCION
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE SENADORES
Saldos en moneda nacional al 30 de septiembre de 2015 del fideicomiso en el que la Cámara de
Senadores participa como fideicomitente ......................................................................................... 2
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Redimidos Palabra
de Fe Nogales, para constituirse en asociación religiosa ................................................................. 3
Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Visión del Reino,
para constituirse en asociación religiosa .......................................................................................... 4
Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Elyon,
para constituirse en asociación religiosa .......................................................................................... 5
Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana del Norte
para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. .................. 6
Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Águilas para
constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. .......................... 7
Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerio Profético Levántate
y Resplandece de Tabasco, para constituirse en asociación religiosa ............................................. 8
Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana
Nueva Esperanza para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia
Cristiana Mexicana, A.R. .................................................................................................................. 9
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Modificaciones a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la
construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión
especializadas de fondos para el retiro ............................................................................................ 10
SECRETARIA DE ECONOMIA
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la
Secretaría de Economía ................................................................................................................... 13
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, para la construcción y modernización de
caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad ............................................................... 17
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95
Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Nuevo León, para la construcción y modernización
de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad .......................................................... 24
Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de
caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad ............................................................... 30
SECRETARIA DE SALUD
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud,
para el control del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria ................... 36
Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el
fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la
Secretaría de Salud y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave ............................................... 38
Reglas generales para la tramitación electrónica de permisos para el uso de recetarios especiales
con código de barras para medicamentos de la fracción I del artículo 226 de la Ley General de
Salud ................................................................................................................................................ 82
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Aviso de deslinde de un predio de presunta propiedad nacional innominado, con una superficie
aproximada de 04-53-69.39 hectáreas, Municipio de Tenosique, Tab. ............................................ 87
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado La Alfalfera, con una
superficie aproximada de 06-61-84.926 hectáreas, Municipio de San Agustín Etla, Oax. ............... 88
PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA
Aviso mediante el cual se informa de la publicación en la Normateca Interna de Pronósticos para
la Asistencia Pública del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno para el Uso
Eficiente de la Energía de Pronósticos para la Asistencia Pública ................................................... 89
______________________________
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana ......................................................................................................................... 90
Tasas de interés interbancarias de equilibrio ................................................................................... 90
INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
Aviso mediante el cual se informa de la publicación en la página Web del Instituto Federal de
Telecomunicaciones de los Lineamientos en materia de organización y conservación de archivos
del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones ................................... 91
96 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION
Acuerdo por el que se reforman los artículos 24 y 25, así como el Anexo 1. Personal Operativo y
el Anexo 6 Límites de percepción ordinaria total en el Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación (netos mensuales) (pesos), del Manual que regula las percepciones de los servidores
públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015 ..... 92
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Acuerdo por el que se modifican diversos numerales y el artículo primero transitorio de la Norma
Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de
emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores
en circulación que usan gasolina como combustible ........................................................................ 1
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas
nacionales subterráneas del Acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, Región
Hidrológico-Administrativa Noroeste ................................................................................................ 3
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas
nacionales subterráneas del Acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, Región
Hidrológico-Administrativa Golfo Norte ............................................................................................. 10
Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales
subterráneas del Acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo,
Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte ................................................................................ 19
______________________________
AVISOS
Judiciales y generales ...................................................................................................................... 29
Convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. (Continúa en la Tercera y Cuarta Secciones) ............................... 59
__________________ ● __________________
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación
Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx
Impreso en Talleres Gráficos de México-México
*141015-25.00* Esta edición consta de cuatro secciones
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se modifican diversos numerales y el artículo primero transitorio de la Norma Oficial
Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases
contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como
combustible.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
CUAUHTÉMOC OCHOA FERNÁNDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental, de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32
Bis fracciones IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracciones V y XII, 6, 7
fracciones III y XIII, 8 fracciones III y XII, 9, 36 fracciones I y II, 110, 111 fracción IX, 112 y 113 de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 7 fracción X y XIII de su Reglamento en Materia
de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera; 38 fracción II, 40 fracciones X y XIII y 51 de
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización y 8, fracciones III del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, y
CONSIDERANDO
Que en términos de lo dispuesto por los párrafos segundo y tercero del artículo 51 de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, las dependencias competentes pueden llevar a cabo la modificación de las
normas oficiales mexicanas sin seguir el procedimiento para su elaboración, siempre que no se creen nuevos
requisitos o procedimientos, o bien se incorporen especificaciones más estrictas.
Que con fecha 10 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial
Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases
contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina
como combustible.
Que todos los productos a importarse deben cumplir con las mismas regulaciones que cumplen
productos similares en nuestro país, por lo que de conformidad con la Norma Oficial Mexicana
NOM-41-SEMARNAT-2015 tratándose de vehículos a importarse a territorio nacional se deberá demostrar,
mediante certificados emitidos por unidades de verificación acreditadas y aprobadas, que las emisiones a la
atmosfera se encuentran dentro de los límites permitidos por las regulaciones aplicables.
Que es necesario establecer un mecanismo transitorio para que en breve término se establezcan y
acrediten unidades de verificación en el extranjero para que presenten el servicio de evaluación de la
conformidad, mediante el cual constatarán que los vehículos a importase cumplan con los límites establecidos
en la referida Norma Oficial Mexicana.
Que el mecanismo transitorio brinda una opción temporal para demostrar el cumplimiento de las
condiciones de emisiones de gases contaminantes a la atmosfera, en tanto se establecen las unidades de
verificación encargadas de la evaluación de la conformidad de la referida Norma Oficial Mexicana.
Que la Modificación se sometió al proceso de mejora regulatoria previsto por la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, acreditando que dicha modificación no genera costos adicionales, y que se
apega a lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, obteniéndose la
exención de Manifestación de Impacto Regulatorio por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria
con fecha 7 de octubre de 2015.
Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS NUMERALES
Y EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA
NOM-041-SEMARNAT-2015, QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES PROVENIENTES
DEL ESCAPE DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN CIRCULACIÓN
QUE USAN GASOLINA COMO COMBUSTIBLE
Artículo 1. Se modifica el numeral 5.2.1 y se derogan los numerales 5.2.2 y 5.2.3, para quedar
como sigue:
5.2 ...
5.2.1 El vehículo de procedencia extranjera que se pretenda importar en definitiva al país deberá
demostrar el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana en términos de lo dispuesto por el artículo
53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para lo cual deberá presentar el certificado emitido por
las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas.
2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
5.2.2 Derogado.
5.2.3 Derogado.
Artículo 2. Se modifica el numerales 8.1, para quedar como sigue:
8. …
8.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana corresponde al Gobierno Federal
y a los gobiernos de las Entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Artículo 3.- Se modifica el transitorio primero de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015
para quedar como sigue:
Primero.- La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 90 días después de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
Para efectos del cumplimiento del numeral 5.2.1. de la presente Norma Oficial Mexicana, en tanto
la Dirección General de Normas de la Secretaría Economía emita el aviso mediante el cual dé a conocer las
Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas en términos de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización para la evaluación de la conformidad de esta Norma; para el cumplimiento de la presente
Norma Oficial Mexicana en el punto de entrada al país se aceptarán los documentos (certificados,
constancias), donde consten los resultados aprobatorios de las pruebas ejecutadas en los Estados Unidos de
América, conforme a la regulación aplicable en materia de emisiones de gases contaminantes a la atmosfera.
Dichos documentos se reconocerán como válidos conforme a lo establecido en el presente artículo,
siempre que su fecha de expedición sea, como máximo, de seis meses anteriores a la fecha en que se lleve a
cabo el trámite de importación de los vehículos al país.
La autenticidad de los documentos señalados en los párrafos anteriores, se verificará por los agentes
aduanales en el punto de entrada que realicen las operaciones de importación definitiva de vehículos, a través
de las bases de datos o fuentes de información de las autoridades ambientales de cualquiera de los Estados
que conforman los Estados Unidos de América, o bien, de las bases de datos particulares, que se encuentren
disponibles electrónicamente para consulta.
La exhibición del documento correspondiente deberá ser en original y no requerirá ninguna formalidad
adicional como certificaciones ante notarios públicos, apostillas o traducciones al español, excepto en el caso
de que el documento que compruebe los resultados aprobatorios de las pruebas ambientales de emisiones de
gases contaminantes a la atmosfera, esté en un idioma distinto del inglés.
En caso de que no sea posible comprobar la autenticidad de los documentos a que se refiere el presente
Acuerdo se procederá conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en materia aduanera.
Las Unidades de Verificación, a que se refiere el párrafo segundo del presente artículo, transmitirán, a
través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, los certificados de cumplimiento de la presente Norma
Oficial Mexicana.
La Secretaría de Economía conjuntamente con la Secretaría Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la
Convocatoria que se establezca para obtener la acreditación y aprobación para operar como Unidad de
Verificación a efecto de que evalúen la conformidad de esta Norma Oficial Mexicana, establecerán los
términos en los que las unidades de verificación emitirán los certificados de cumplimiento de la presente
norma oficial mexicana.
Lo dispuesto en el presente Acuerdo sólo será aplicable respecto a los vehículos que se encuentren en el
ámbito de aplicación de la presente Norma Oficial Mexicana, independientemente de su lugar de origen, sin
perjuicio de las obligaciones establecidas en las disposiciones aplicables y de las facultades de las
autoridades federales, locales y municipales en materia ambiental, aduanera o de transporte.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de octubre de dos mil quince.- El Subsecretario de
Fomento y Normatividad Ambiental, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidente
del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Cuauhtémoc
Ochoa Fernández.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del
Acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, Región Hidrológico-Administrativa Noroeste.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y, 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la
autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se
le asignó el nombre oficial de Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Ónavas, clave 2647, en el
Estado de Sonora;
Que el 8 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da
a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 44
acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se
indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Ónavas,
en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 3.224379 millones de metros cúbicos anuales;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de
Sonora, obteniéndose un valor de 3.212379 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el
Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de
Sonora, obteniéndose un valor de 3.212379 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el
Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Ónavas, clave
2647, en el Estado de Sonora, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana
NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método
para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el
Diario Oficial de la Federación;
4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Que en el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, se encuentran vigentes los siguientes
instrumentos jurídicos:
a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado
de Sonora, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la
instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las
aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o
registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua,
hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso
sustentable de las aguas nacionales del subsuelo;
Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de
agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la
explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente
aumento de los costos de extracción e inutilización de pozos, así como el deterioro de la calidad del agua, que
hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona e impacto en las
actividades productivas que dependen de este recurso;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las
causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento
procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios, a través
del Consejo de Cuenca de los Ríos Yaqui y Mátape, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en
la cuadragésima séptima reunión de trabajo de su Grupo de Seguimiento y Evaluación, realizada el 18 de
febrero de 2014, en Ciudad Obregón, en el Estado de Sonora, habiendo recibido sus comentarios,
observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS
DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO ÓNAVAS, CLAVE 2647,
EN EL ESTADO DE SONORA, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE
ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Ónavas, clave 2647, ubicado en el Estado de Sonora, en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Ónavas, clave 2647, se localiza al centro oriental del Estado de Sonora, cubre una superficie
de 1,405 kilómetros cuadrados y comprende parcialmente a los municipios de Bacanora, Soyopa, Ónavas,
San Javier, Suaqui Grande, Cajeme, Rosario de Tesopaco y Yécora. Administrativamente corresponde a la
Región Hidrológico-Administrativa Noroeste.
Los límites del acuífero Ónavas, clave 2647, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada
cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el
que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la
disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión,
la descripción geográfica de 202 acuíferos", publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 28 de
agosto de 2009.
ACUÍFERO 2647 ÓNAVAS
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
OBSERVACIONES
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 109 19 44.6 28 37 38.6
2 109 19 53.9 28 30 37.6
3 109 27 22 28 29 5.8
4 109 26 6.7 28 23 42.9
5 109 36 30.4 28 20 47.4
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5
6 109 39 9.2 28 20 14.5
7 109 44 27.7 28 23 2.1
8 109 43 59.3 28 28 40.5
9 109 39 55.8 28 32 2.3
10 109 43 53.6 28 41 31.9
11 109 36 5.4 28 42 39.3
12 109 32 7.8 28 45 43.7
13 109 29 42.4 28 50 45.2
14 109 25 29.8 28 47 51
1 109 19 44.6 28 37 38.6
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con los censos y conteos de población y vivienda, realizados por el Instituto Nacional de
Estadística y Geografía, la población total que habitaba en la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, en el
año 2005, era de 902 habitantes y en el año 2010, era de 960 habitantes, distribuidos en 17 localidades
rurales, destacando la localidad de Ónavas, con 361 habitantes; Tónichi, con 288 habitantes y San Antonio de
la Huerta, con 210 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en la superficie del acuífero Ónavas, clave
2647, fue del 6.4 por ciento en el periodo comprendido del año 2005 al 2010.
Las principales actividades económicas en el acuífero son agricultura, minería y ganadería. En el sector
agrícola, los principales cultivos son trigo, maíz, frijol, ajonjolí, hortalizas y forraje para el ganado, como sorgo,
alfalfa, entre otros. Recientemente, en el área se ha desarrollado una importante actividad de exploración
minera, que, en caso de que diera lugar a explotaciones mineras, generaría un incremento importante en la
demanda de agua. La actividad ganadera se caracteriza por la producción de ganado bovino, equino y otros
en menor proporción.
3. MARCO FÍSICO
3.1. Climatología
En la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, predomina el clima semiárido-árido-cálido, con lluvias
todo el año. De la información de las estaciones climatológicas localizada en la zona de influencia del
acuífero, y de acuerdo al método de Thiessen, la temperatura media anual es de 23.8 grados centígrados, la
precipitación media anual es de 615.3 milímetros, la evaporación potencial media anual es de 2,660
milímetros y la evapotranspiración real es de 594.4 milímetros, calculada como el resultado de la fórmula de
Turc.
3.2. Fisiografía y geomorfología
El acuífero Ónavas, clave 2647, se encuentra localizado en la Provincia Fisiográfica Sierra Madre
Occidental, en la Subprovincia Sierras y Valles. Se caracteriza por ser una región de sierras alargadas y
angostas, a las que pertenecen las sierras El Aliso y El Encinal, orientadas en dirección noroeste-sureste,
surcados por profundas y estrechas barrancas juveniles, que denotan la primera etapa de madurez en el ciclo
de erosión fluvial. Estas sierras están separadas por amplios valles intermontanos, rellenos por material
producto de la erosión de las rocas preexistentes.
En la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, se identificaron las siguientes unidades geomorfológicas:
ladera montañosa alta de pendiente inestable, y metaestable, ladera montañosa baja de pendiente
metaestable, lomerío de pendiente estable y metaestable, piedemonte de pendiente estable, planicie aluvial,
planicie aluvial divergente superior y planicie con actividad antrópica.
3.3. Geología
Dentro del acuífero Ónavas y áreas aledañas se presenta el afloramiento de unidades estratigráficas que
varían en edad desde el Paleozoico al Reciente, representadas por rocas intrusivas, metamórficas,
volcanosedimentarias, sedimentarias y volcánicas.
El Paleozoico Inferior está representado por lutitas, calizas y areniscas con graptolitos y bandas de
pedernal con radiolarios. El Paleozoico Superior, está representado por calizas masivas, areniscas, limolitas y
lutitas, con abundante contenido fosilífero de briozarios, pelecípodos y crinoides.
6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
El Triásico-Jurásico está representado por el Grupo Barranca, constituido de areniscas, lodolitas
carbonáceas con areniscas y conglomerados.
Durante el Cretácico Superior se emplazó la Formación Tarahumara, que consiste de andesitas,
aglomerados, tobas andesíticas, con algunos horizontes de areniscas, lutitas, calizas y lavas como traquitas,
traquiandesitas y dacitas que constituyen secuencias volcánicas y volcanosedimentarias que en conjunto
conforman el Complejo Volcánico Inferior de la Sierra Madre Occidental, que se encuentra fuertemente
alterado y fracturado, por lo que en superficie constituye zonas de recarga.
El Batolito Laramide, está conformado por intrusivos porfídicos de composición granítica, asociados con la
transgresión del arco magmático de la costa hacia el interior, del Cretácico Tardío al Eoceno Tardío. En el
área los principales afloramientos de estas rocas se encuentran en la porción central en una franja orientada
norte–sur, así como al este de Tonichi y San Antonio de la Huerta, en la región de Suaqui Grande, La Dura,
El Realito y El Encinal. Localmente constituye acuíferos de bajo rendimiento, en su capa superficial alterada y
fracturada.
La secuencia volcánica ácida constituida por tobas riolíticas, ignimbritas, riolitas, aglomerados, riodacitas
y pequeños domos de composición riolítica, que forman largas mesetas de orientación noroeste-sureste y
formadas por el evento volcánico oligo-mioceno que dio lugar a la formación de la Sierra Madre Occidental.
Esta unidad constituye zonas de recarga y localmente forma acuíferos de bajo rendimiento.
La Formación Baúcarit del Mioceno Medio, está constituida por conglomerados polimícitcos y areniscas,
intercaladas con basaltos de baja permeabilidad a impermeable.
Durante el Pleistoceno se depositaron en ambientes continentales, conglomerados polimícticos mal
consolidados, limos y arenas, producto de la erosión de las rocas preexistentes. En el Holoceno, se
depositaron sobre las rocas preexistentes materiales de tipo aluvial como gravas, arenas y limos, en forma de
abanicos aluviales y fluviales a lo largo del Río Yaqui, de los arroyos, así como su planicie de inundación.
Estos depósitos no están consolidados, carecen de cementante y su permeabilidad varía según los
porcentajes de arcilla presente, siendo en general de permeabilidad alta y reducido espesor en el área.
La sucesión de sierras alargadas afectadas por grandes fallas regionales de rumbo preferencial
noroeste-sureste y truncados por fallas de orientación noreste-suroeste es la principal característica del área,
esto se atribuye al último régimen distensivo del Terciario. Existe plegamiento en la secuencia
vulcanosedimentaria del Cretácico Superior, producto de la deformación laramídica. De igual manera se
presentan cabalgaduras de las secuencias paleozoicas sobre las rocas sedimentarias del Cretácico Inferior.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Ónavas, clave 2647, se ubica en la Región Hidrológica Número 9 Sonora Sur, en la cuenca del
Río Yaqui. El área queda comprendida en la vertiente del Pacífico, en la que desemboca el Río Yaqui
procedente de Soyopa y, prosigue hacia los municipios de Ónavas y Suaqui Grande, a los que sirve de límite,
para posteriormente internarse en Cajeme.
En general el drenaje es del tipo subparalelo y en algunas regiones rectangular, característico de rocas
ígneas extrusivas, y radial donde afloran rocas ígneas extrusivas e intrusivas. Se observa en diferentes
porciones del acuífero un marcado control estructural del drenaje a través de fallas y fracturas con orientación
noroeste-sureste y noreste-suroeste.
El acuífero Ónavas, clave 2647, tiene forma irregular, con un alargamiento en dirección noreste-suroeste,
sus corrientes superficiales son efímeras y estacionales; en periodo de estiaje no existe flujo en los arroyos,
mientras que en el Río Yaqui existe un escurrimiento prácticamente continuo debido a la descarga de aguas
vertidas por la Presa El Novillo.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1. El acuífero
El acuífero Ónavas, clave 2647, es de tipo libre, se encuentra constituido, en su parte superior, por
depósitos granulares no consolidados de origen aluvial, constituidos por arenas, intercaladas con limos y
arcillas, así como conglomerados, cuyo espesor varía de 30 a 50 metros; en su parte inferior está constituido
por rocas volcánicas fracturadas.
La principal fuente de recarga al acuífero es la infiltración fluvial y el agua de lluvia que se infiltra en las
zonas topográficamente altas como son las sierras El Encinal, ubicada al noreste, El Cordón Blanco al este,
El Aliso y La Campanería al norte y El Dátil al sureste. En menor proporción, por infiltración vertical del agua
de lluvia que se precipita en el valle. El flujo subterráneo tiene una dirección preferencial norte-sur, que
coincide con el escurrimiento del Río Yaqui.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 7
Este acuífero aluvial constituye una de las principales fuentes de abastecimiento para uso público-urbano
de los poblados de Ónavas y Tonichi y demás poblaciones de la zona; en una menor proporción, se destina el
agua subterránea al uso agrícola, que es principalmente para pastizal del ganado.
5.2. Niveles de agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. Para el año 2013, la profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie
del terreno, en el acuífero Ónavas, clave 2647, en 23 aprovechamientos, variaba de 2 a 20 metros,
aumentando gradualmente a lo largo del cauce de los ríos, conforme se asciende topográficamente. La
elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar en el año 2013, variaba de 150 a 540 metros
sobre el nivel del mar. Para el periodo 2011-2013, la evolución media anual fue de -1 metro, mientras que en
zonas localizadas alcanzó abatimientos de hasta 6 metros.
5.3. Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
De acuerdo al censo realizado por la Comisión Nacional del Agua en el año 2008, en el acuífero Ónavas,
clave 2647, existían un total 45 captaciones del agua subterránea, de las cuales 10 corresponden a pozos, 33
a norias y 2 manantiales. Del total de obras, 35 están activas y 10 inactivas. Del total de aprovechamientos
activos, 24 se destinan a uso pecuario, 5 al uso agrícola, 5 al abastecimiento de agua potable y 1 para uso
doméstico.
El volumen de extracción conjunto se estimó en 1.9 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales
1.5 millones de metros anuales, que representan el 79 por ciento se destinan para uso agrícola; 0.2 millones
de metros cúbicos anuales, que corresponden al 10.5 por ciento, se destinan al uso público urbano y 0.2
millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al 10.5 por ciento, se destinan para usos pecuario y
doméstico.
5.4. Calidad del agua subterránea
En general, en la mayor parte del acuífero Ónavas, clave 2647, se tomaron muestras de agua en 38
aprovechamientos de aguas subterráneas para su análisis físico-químico correspondiente, 31 norias, 5 pozos
y 2 manantiales. Las determinaciones incluyeron iones mayores, temperatura, conductividad eléctrica,
potencial hidrógeno, potencial de óxido-reducción, oxígeno disuelto, dureza total, y sólidos totales disueltos.
La familia de agua que predomina es bicarbonatada-cálcica que representa agua de reciente infiltración,
con tiempos cortos de residencia. Las concentraciones de sólidos totales disueltos no superan los 1,000
miligramos por litro, por lo que el agua es de baja salinidad. Sin embargo, hacia las localidades de El Potrero
de Flores y Rancho La Nopalera, se han identificado fuentes puntuales de contaminación, posiblemente
asociadas a la descarga de aguas residuales.
5.5 Balance de agua subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Ónavas,
clave 2647, es de 6.1 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 3.3 millones de metros cúbicos
anuales de entradas por flujo subterráneo horizontal, 2.5 millones de metros cúbicos anuales por recarga
vertical por lluvia y 0.3 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego.
La descarga total del acuífero es de 6.1 millones de metros cúbicos anuales; la cual está integrada por
1.9 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero mediante pozos y norias, 1.7 millones de
metros cúbicos anuales de salidas subterráneas, y 2.5 millones de metros cúbicos anuales por
evapotranspiración. El cambio de almacenamiento se considera nulo.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Ónavas, clave 2647, fue determinada
conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación
del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media
anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002,
aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total -
Descarga natural
comprometida
-
Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Ónavas, clave 2647, se determinó
considerando una recarga media anual de 6.1 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural
comprometida de 2.5 millones de metros cúbicos anuales; y el volumen concesionado e inscrito en el Registro
Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 0.387621 millones de metros cúbicos anuales,
resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 3.212379 millones de metros cúbicos
anuales.
8 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
2647 ÓNAVAS 6.1 2.5 0.387621 1.9 3.212379 0.000000
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero
Ónavas, clave 2647.
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero Ónavas, clave 2647, para mantenerlo en
condiciones sustentables, es de 3.6 millones de metros cúbicos, que corresponde al volumen de recarga
media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida.
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Actualmente, en el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, se encuentra vigente el siguiente
instrumento jurídico:
a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Ónavas, clave 2647, se prohíbe
la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro
mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del
subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar
con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita
el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas
nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1. Escasez natural de agua
El acuífero Ónavas, clave 2647, está ubicado en una región con clima semicálido-árido, en la que se
presenta una precipitación media anual de 615 milímetros y una elevada evaporación potencial media anual
de 2,660 milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que el
escurrimiento y la infiltración son reducidos.
Dicha circunstancia, además de la creciente demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades
básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y de la limitada
disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Ónavas, clave 2647, podrían generar
competencia por el recurso entre los diferentes usos, implicando el riesgo de que se generen los efectos
negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del
recurso.
8.2. Riesgo de sobreexplotación
A pesar de que la población actual en la superficie del acuífero es muy reducida, y por tanto la extracción
de agua subterránea es incipiente, la cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza.
El incremento de la demanda de agua subterránea, principalmente por parte de las empresas mineras, podría
generar presión sobre el recurso hídrico, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría
notoriamente, la disponibilidad del acuífero se vería comprometida y correría el riesgo de sobreexplotarse a
corto plazo. En caso de que en el futuro el crecimiento de la población y el desarrollo de las actividades
productivas de la región demanden un volumen mayor de agua subterránea al que recibe como recarga media
anual, existe el riesgo potencial de sobreexplotar el acuífero.
Actualmente, aun con la existencia del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando del
presente, en el acuífero Ónavas, clave 2647, ya se presenta una tendencia hacia el abatimiento del nivel
del agua subterránea, por lo que existe el riesgo de que el incremento de la demanda de agua subterránea
genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel
del agua subterránea, la inutilización de pozos y norias, el incremento de costos de bombeo, la disminución e
incluso desaparición de los manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que
es necesario proteger al acuífero del desequilibrio hídrico y deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar
las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 9
9. CONCLUSIONES
• En el acuífero Ónavas, clave 2647, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas limitada
para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una
extracción, explotación y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental y
prevenir la sobreexplotación del acuífero.
• El acuífero Ónavas, clave 2647, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento jurídico
referido en el Noveno Considerando del presente;
• Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva; sin embargo, persiste
el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente
abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o
desaparición de los manantiales y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del
ambiente y de los usuarios de la misma.
• El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Ónavas, clave 2647.
• De los resultados expuestos, en el acuífero Ónavas, clave 2647, se presentan las causales de
utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas
a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración de acuíferos; a la
atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su
extracción, explotación, uso o aprovechamiento; al restablecimiento del equilibrio hidrológico de las
aguas nacionales del subsuelo, así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la
sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal
para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo que
abarque la totalidad de la extensión del acuífero Ónavas, clave 2647, para alcanzar la gestión
integrada de los recursos hídricos.
• El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a
derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los asignatarios y concesionarios
del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
• Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, uso y aprovechamiento de las
aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Ónavas, clave 2647, y que en dicho acuífero,
quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre
alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo
primero transitorio.
• Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión
Nacional del Agua.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias
de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites
y la extensión geográfica del acuífero Ónavas, clave 2647, estarán disponibles para consulta pública en las
oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su nivel nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur
2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, código postal
04340, y en el Organismo de Cuenca Noroeste, en Calle Comonfort y Boulevard Cultura, piso 3 Edificio
México, Colonia Villa de Seris, Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, Código Postal 83280.
México, Distrito Federal, a los 30 días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General,
Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
10 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del
Acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la
autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico,
se le asignó el nombre oficial de Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Calabozo, clave 1306, en el
Estado de Hidalgo;
Que el 25 de enero de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas
de 50 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas
administrativas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea
del acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 9.500000 millones de
metros cúbicos;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado
de Hidalgo, obteniéndose un valor de 9.500000 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el
Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado
de Hidalgo, obteniéndose un valor de 9.500000 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el
Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Calabozo,
clave 1306, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana,
NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método
para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el
Diario Oficial de la Federación;
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 11
Que en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, se encuentra vigente el siguiente
instrumento jurídico:
“ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, se prohíbe
la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro
mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así
como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión,
asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico
que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo;
Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de
agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la
explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente
aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, agotamiento de manantiales, así como el
deterioro de la calidad del agua, que hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los
habitantes de la zona e impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan algunas de
las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del
ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios a través
del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta
reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis
Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por
lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TECNICOS DE AGUAS
NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO CALABOZO, CLAVE 1306, EN EL ESTADO DE
HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Calabozo, clave 1306, ubicado en el Estado de Hidalgo, en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Calabozo, clave 1306, se localiza en la porción norte del Estado de Hidalgo, cubriendo una
superficie de 852 kilómetros cuadrados y comprende totalmente el Municipio de Xochiatipan y parcialmente a
los municipios de Huautla, Atlapexco, Yahualica, Tianguistengo, San Agustín Meztquititlán y Zacualtipán de
Ángeles, todos ellos del Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero corresponde a la Región
Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Los límites del acuífero Calabozo, clave 1306, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada
cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el
que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la
disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión,
la descripción geográfica de 202 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto
de 2009.
ACUÍFERO 1306 CALABOZO
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
OBSERVACIONES
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 98 33 9.8 20 31 6.8
2 98 36 9.9 20 35 26.8
3 98 36 0.1 20 37 8.2
12 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
4 98 38 20.9 20 38 31.2
5 98 41 24.2 20 38 43.0
6 98 39 28.5 20 42 12.3
7 98 36 9.2 20 43 38.7
8 98 32 45.4 20 47 36.5
9 98 27 43.2 20 51 12.3
10 98 24 57.0 20 52 34.9
11 98 21 34.1 20 53 35.5
12 98 22 11.7 20 54 55.4
13 98 19 57.0 20 59 34.5
14 98 17 8.3 21 1 26.9
15 98 15 7.8 21 5 34.3
16 98 15 10.9 21 7 53.2
DEL 16 AL 1 POR EL
LÍMITE ESTATAL
1 98 33 9.8 20 31 6.8
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en la superficie del
acuífero Calabozo, clave 1306, la población en el año 2005 era de 72,833 habitantes, y para el año 2010 de
81,008 habitantes, distribuidos en 171 localidades, de las cuales una localidad es urbana, Zacualtipán, con
23,125 habitantes, y las 170 localidades restantes han sido clasificadas con rurales y en conjunto albergan a
57,883 habitantes.
El uso principal del agua subterránea es el público-urbano y no existen Distritos o Unidades de Riego.
La principal actividad es la agricultura; se siembra maíz y frijol, además de otros cultivos como tomate,
café y chile. En lo que respecta a la fruticultura, los frutos que se cosechan en la zona son naranja, limón,
plátano, mango, papaya, lima y guayaba, los cuales son característicos de la región.
El sector primario mantiene prácticas agrícolas tradicionales, con unidades de producción menores a cinco
hectáreas con preponderancia al autoconsumo y desarrollada en suelos erosionados y con cultivos de
temporal; el relieve montañoso, con lluvias y granizadas frecuentes, no favorecen el desarrollo de la
agricultura; estas circunstancias favorecen el proceso de cambio del sector primario hacia la industria,
el comercio y los servicios en general.
3. MARCO FÍSICO
3.1 Climatología
En la superficie del acuífero Calabozo, clave 1304, se presenta un clima semicálido, húmedo, con
abundantes lluvias en verano y un porcentaje de lluvia invernal menor del 5 por ciento, mientras que hacia el
centro, sur y suroeste del acuífero, que corresponde a la sierra, el clima es semicálido, húmedo con lluvia todo
el año y un porcentaje de lluvia invernal menor del 18 por ciento.
La precipitación media anual varía de 1,500 milímetros en el norte de la zona, a más de 2,000 milímetros
en la parte alta de la sierra. La temperatura media anual, varía de 24 grados centígrados a la altura de
Acatepec, a 14 grados centígrados, en la parte alta de la sierra. En la estación climatológica Huautla, la
temperatura media anual es de 21.9 grados centígrados, mientras en la porción serrana, ubicada al suroeste
del acuífero, su promedio es 12.4 grados centígrados. En la superficie del acuífero, las variables
climatológicas que se consideraron como valores medios anuales, son 22 grados centígrados para
la temperatura y 1,700 milímetros para la precipitación.
Con respecto a la evaporación potencial, los valores varían de 1,700 a 2,000 milímetros, como resultado la
diferencia en la altitud de la topografía.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13
3.2 Fisiografía y geomorfología
El acuífero Calabozo, clave 1306, se localiza en dos provincias fisiográficas, en su porción más
septentrional en la Llanura Costera del Golfo, con una superficie estimada de 16 kilómetros cuadrados lo que
representa el 1.8 por ciento de la superficie total del acuífero, mientras que su porción centro y sur, se
encuentra en la Provincia Sierra Madre Oriental, la cual cubre el 98.2 por ciento de la superficie del acuífero,
equivalente a 835.4 kilómetros cuadrados.
La Provincia Sierra Madre Oriental está definida por sierras que alcanzan alturas de los 2,700 metros
sobre el nivel del mar, y cañadas tan profundas que llegan a alcanzar diferencias topográficas superiores a los
500 metros, ocupando la parte norte del territorio del Estado de Hidalgo. Esta Provincia posee rasgos de
karsticidad mayor y presenta un fuerte grado de disección, por la acción de los importantes ríos que fluyen en
ella. Esta región kárstica es parte de una de las más extensas del país, ya que en ella dominan rocas calizas
con oquedades de disolución. Esta secuencia está constituida por rocas sedimentarias de origen marino y
continental, constituyendo relieves característicos sobre las cordilleras y exhibiendo extensos derrames de
rocas basálticas y tobas.
La mayor parte del acuífero corresponde al frente de la Sierra Madre Oriental, la cual está formada por
pliegues anticlinales y sinclinales, formando sierras que se elevan hasta 1,200 metros sobre el nivel del mar,
mientras que la planicie oriental presenta una elevación sobre el nivel del mar de 200 metros. La porción
oriente del acuífero corresponde a la transición de la Sierra Madre Oriental con la Planicie del Golfo, donde se
encuentran una serie de lomeríos redondeados, de formas suaves y alturas de alrededor de 200 metros.
Gran parte de las zonas serranas se encuentran en una etapa geomorfológica de juventud, considerando
la presencia de grandes desniveles, vertientes escarpadas y valles estrechos en forma de garganta. La zona
de valles tiende a clasificarse en una etapa geomorfológica de mayor madurez, dada la existencia de una
serie de fosas sepultadas, vertientes con una inclinación menor y llanuras extensas de inundaciones, además
de que los ríos principales no presentan grandes cambios de altura topográfica como en la etapa de juventud.
La zona suroccidental del acuífero se encuentra enmarcada por parte de la Sierra Madre Oriental,
caracterizada por la presencia de estructuras plegadas, accidentadas, paralelas y alargadas, que son
resultado de esfuerzos sobre rocas sedimentarias marinas que dieron origen a estructuras anticlinales y
sinclinales orientadas predominantemente norte-sur, con pendientes entre el 40 y 70 por ciento; respecto a las
elevaciones topográficas son superiores a los 2,000 metros.
En la parte occidental de la provincia se presentan rasgos asociados a llanuras, donde el relieve es de
menor altura, generando extensas llanuras con presencia de materiales rodados provenientes de zonas
topográficas de mayor altura. Otros tipos de rasgos geomorfológicos presentes en la zona son las estructuras
dómicas y las mesetas, a partir de la presencia de cuerpos intrusivos y coladas lávicas resultado de esfuerzos
distensivos que provocaron una actividad ígnea.
3.3 Geología
Las secuencias litológicas y aspectos estructurales presentes en las rocas que afloran en la superficie del
acuífero, evidencian distintos eventos de tipo orogénico, volcánico y sedimentario al rellenar cuencas que se
han desarrollado en el Estado de Hidalgo.
La Sierra Madre Oriental se desarrolló sobre estructuras plegadas y deformadas del Precámbrico y
Paleozoico, de la Formación Guacamaya, que descansan en forma discordante sobre rocas metamórficas del
Precámbrico, constituidas por una potente secuencia rítmica de lutitas, limonitas y areniscas, que subyacen a
rocas mesozoicas plegadas. Su carácter estructural está acentuado por complejos pliegues recostados, así
como por la presencia de fallas, fenómeno asociado con la aparición de cuerpos intrusivos emplazados sobre
la secuencia de rocas Mesozoicas.
Las rocas sedimentarias corresponden esencialmente a una secuencia de lutitas areniscas,
conglomerados, areniscas, calizas-lutitas, calizas, limonitas, areniscas y depósitos aluviales que abarcan
desde el Cretácico hasta el Cuaternario, cuyo ambiente sedimentario incluye desde un ambiente marino hasta
continental. El periodo Cretácico está representado por una amplia variedad de rocas calcáreas marinas con
intercalaciones de lutitas y limonitas.
14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Las características litológicas identificadas permiten definir la secuencia del Cretácico Superior en las
siguientes unidades:
La Formación Soyatal, constituida por calizas de estratificación delgada interestratificada con bandas de
pedernal. Sobre la unidad anterior descansa la Formación Mezcala, la cual consiste de una potente secuencia
de limonitas, lutitas, margas, calizas y areniscas, destacando hacia su parte superior la presencia de
conglomerados donde desaparecen los horizontes calcáreos. Sobreyaciendo a la Formación Mezcala,
se encuentra la Formación Agua Nueva, constituida por calizas de estratificación delgada; esta formación a su
vez se presenta en contacto concordante con la Formación San Felipe, que se encuentra constituida por
calizas margosas con intercalaciones de arcilla. Asimismo, la Formación San Felipe se encuentra en
contacto transicional con la Formación Méndez, constituida principalmente por margas con intercalaciones de
arenas finas.
Las rocas ígneas extrusivas conformadas por tobas, tobas ácidas, brechas volcánicas ácidas y basaltos,
presentes en la porción meridional del acuífero, corresponden a productos piroclásticos del Terciario Superior,
asociadas a derrames de composición riolítica y basáltica, que sobreyacen en forma discordante a las rocas
Cretácicas.
La era Cenozoica, se puede dividir en dos grandes dominios, el Paleoceno marino de la Cuenca de
Chicontepec y el Terciario Volcánico continental. Básicamente la zona se encuentra entre estos dos
ambientes geológicos, donde la porción norte del acuífero se encuentra formando parte de la denomina
Cuenca de Chicontepec.
Las tobas y brechas, que corresponden al Terciario Superior, se presentan en forma de mesetas
disectadas por profundos cañones. Los basaltos del Terciario Superior son afectados por fracturamiento e
intemperismo que les concede una permeabilidad secundaria; descansan discordantemente sobre rocas
Mesozoicas y rocas volcánicas del Terciario.
El material aluvial del Cuaternario, está constituido por gravas, arenas y arcillas que se encuentran
cubriendo los pequeños valles intermontanos de la porción nororiental del acuífero, con espesores que varían
de 1 a 10 metros.
Los rasgos superficiales manifiestan estructuralmente evidencia de varios eventos geológicos, a fines del
Cretácico de carácter compresivo generando una cordillera formada principalmente por rocas sedimentarias
del Mesozoico, arqueada y plegada, cuya característica principal consiste en los grandes pliegues
recumbentes y grandes fallas inversas que afectaron la secuencia Cretácica, básicamente a las formaciones
Tamaulipas, El Doctor y El Abra.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Calabozo, clave 1306, se ubica en la Región Hidrológica Número 26 Pánuco, dentro de la
Cuenca del Río Moctezuma, en la Subregión del Bajo Pánuco, en la Subcuenca Chahuatlán-Encinal.
Los escurrimientos superficiales se originan en la porción sur del acuífero, donde termina la sierra e inicia
la planicie. Destaca el río que pasa por las poblaciones de Acatepec, Los Cerezos y Chalingo, corriente que
confluye con el Río Los Hules al norte, fuera del límite del acuífero.
Dentro del Municipio de Huautla, destacan los ríos Beltrán, San Gregorio, Pantepec y Ardilla,
precipitándose con fuerza a sus despeñaderos formando cascadas. Dentro del acuífero se carece de
infraestructura hidráulica para el almacenamiento de las corrientes superficiales.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1 El acuífero
El acuífero Calabozo, es de tipo libre heterogéneo y anisótropo, constituido en su porción superior, por
sedimentos aluviales de granulometría variada, conformados por arenas, gravas y arcillas, de espesor
reducido que no sobrepasa los 10 metros de espesor, debido a que están subyacidos por lutitas y areniscas
compactas. Este es el acuífero que actualmente se explota en el valle localizado en el extremo nororiental del
acuífero, principalmente mediante norias perforadas a mano en los subálveos del río y arroyos que sólo
satisfacen las necesidades del uso doméstico. Las calizas y areniscas, que forman parte de las secuencias
calcáreo-arcillosas, así como los basaltos, representan una fuente potencial de agua subterránea que aún no
ha sido explorada.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15
La porción inferior del acuífero está conformada por un medio fracturado constituido por una secuencia de
rocas volcánicas, principalmente basaltos, tobas y andesitas, que presentan permeabilidad secundaria por
fracturamiento. Las fronteras que representan barreras al flujo subterráneo, así como el basamento
hidrogeológico del acuífero, están representadas por las mismas rocas volcánicas al desaparecer el
fracturamiento a profundidad.
Debido a la topografía accidentada y al carácter general impermeable de la zona serrana, los
escurrimientos fluyen de manera rápida sin permitir su infiltración. Sólo en la porción baja es posible la
acumulación de agua, conformando un acuífero de reducidas dimensiones y de baja capacidad de
almacenamiento, que presenta permeabilidad media. En las porciones sur y centro del acuífero es común la
existencia de pequeños manantiales que en forma de “lloraderos” descargan localmente la infiltración del agua
a través de las fractura o por el contacto con rocas impermeables. La descarga del acuífero, se realiza en
forma natural a través del drenado de las corrientes superficiales.
5.2 Niveles del agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel del agua subterránea, medida desde la superficie del terreno
en el año 2008, en el acuífero Calabozo, era de 10 metros, misma que se incrementa de las inmediaciones del
cauce de los arroyos hacia las partes topográficamente más altas, de manera paralela a la dirección del
escurrimiento.
La configuración de la elevación del nivel estático respecto al nivel del mar, presenta curvas entre 550 y
600 metros sobre el nivel del mar, en las cercanías de la comunidad Tehuetlán; entre 250 y 120 metros sobre
el nivel del mar al norte del acuífero, cerca del poblado Acatepec; hasta 150 metros sobre el nivel del mar al
norponiente, en los alrededores del poblado Los Cerezos. En general, se observa una dirección del flujo
subterráneo de suroeste a noreste, paralela a la dirección de escurrimiento del río principal.
Las mediciones piezométricas recabadas se encuentran dispersas y no cubren en su totalidad la extensión
del acuífero. No obstante, la configuración de la elevación del nivel estático no muestra alteraciones del flujo
natural del agua subterránea que indiquen la presencia de conos de abatimiento causados por la
concentración de la extracción. La posición del nivel del agua subterránea no ha sufrido alteraciones
importantes en el transcurso del tiempo, por lo que el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo.
5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
Según la información del censo de captaciones de agua subterránea efectuado por la Comisión Nacional
del Agua en el año 2008, se registraron 118 aprovechamientos de los cuales 107 se encuentran activos y los
11 restantes inactivos. De ellos 33 son norias, 84 manantiales y un tajo.
El volumen de extracción calculado es de 0.1 millones de metros cúbicos anuales, que se extraen del
acuífero Calabozo, clave 1306, mediante norias que en muchos casos se encuentran excavadas en el
subálveo de los arroyos, destinados al uso doméstico. Adicionalmente, a través de manantiales se descarga
un volumen anual de 0.6 millones de metros cúbicos anuales, destinados en su totalidad al uso
público-urbano.
5.4 Calidad del agua subterránea
Los resultados de los análisis físicos y químicos realizados al agua subterránea del acuífero Calabozo,
clave 1306, en el estudio del año 2008, incluyeron la determinación de iones principales, temperatura,
conductividad eléctrica, potencial hidrógeno, potencial de óxido-reducción, nitratos, dureza total, sólidos
totales disueltos, hierro, manganeso, coliformes fecales y coliformes totales. En general, las concentraciones
de los diferentes iones y elementos no exceden los límites máximos permisibles por la “Modificación a la
Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites
permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000.
Las concentraciones de sólidos totales disueltos, varían de 44 a 584 miligramos por litro. Los valores más
bajos se presentan en las captaciones ubicadas hacia las partes topográficamente más altas, mientras que los
mayores se encuentran hacia el extremo nororiental del acuífero, reflejando de esta manera la dirección
preferencial del flujo subterráneo.
16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
De acuerdo a las concentraciones de iones principales por ion dominante, se identificó como familia
dominante la cálcico-bicarbonatada, que corresponde a agua de reciente infiltración, que ha circulado
principalmente a través de rocas sedimentarias calcáreas.
De acuerdo con el criterio de Wilcox, que relaciona la conductividad eléctrica con la Relación de Adsorción
de Sodio, el agua extraída se clasifica como de salinidad media y contenido bajo de sodio intercambiable, lo
que indica que es apropiada para su uso en riego sin restricciones.
5.5. Balance de Agua Subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero
Calabozo, clave 1306, es de 81.1 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 72.6 millones de metros
cúbicos anuales de recarga vertical a partir de agua de lluvia y 8.5 millones de metros cúbicos anuales de
entrada por flujo subterráneo.
Las salidas del acuífero ocurren principalmente como descarga natural, a través del caudal base hacia el
río de 60.3 millones de metros cúbicos anuales, por evapotranspiración de 15.3 millones de metros cúbicos
anuales, por descargas a través de manantiales de 0.6 millones de metros cúbicos anuales, por salida
subterránea hacia el acuífero Tampico-Misantla de 4.8 millones de metros cúbicos anuales, así como
extracción a través de las captaciones de agua subterránea, de las que se extraen 0.1 millones de metros
cúbicos anuales. El cambio de almacenamiento en el acuífero es considerado nulo.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRANEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Calabozo, clave 1306, fue determinada
conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación
del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media
anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002,
aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total -
Descarga natural
comprometida
-
Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Candelaria, clave 1306, se determinó
considerando una recarga media anual de 81.1 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural
comprometida de 71.6 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales 0.6 millones de metros cúbicos
anuales corresponden a la descarga de los manantiales, 60.3 millones de metros cúbicos anuales al flujo base
estimado por analogía con el flujo subterráneo; 7.5 millones de metros cúbicos anuales de la
evapotranspiración que se debe mantener para preservar el ecosistema ribereño del Río Calabozo; el
volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 es nulo,
resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 9.500000 millones de metros cúbicos
anuales:
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE.
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
1306 CALABOZO 81.1 71.6 0.000000 0.1 9.500000 0.000000
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero
Calabozo, clave 1306.
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de
9.5 millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al volumen de recarga media anual que recibe el
acuífero, menos la descarga natural comprometida.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Actualmente, el acuífero Calabozo, clave 1306, se encuentra sujeto a las disposiciones del siguiente
instrumento jurídico:
“ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Calabozo, clave 1306, se prohíbe la perforación de pozos,
la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto
el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de
extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión
Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso
sustentable de las aguas nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1. Escasez natural de agua
El acuífero Calabozo, clave 1306, está ubicado en una región en el que se presenta una precipitación
media anual de 1,500 a 2,000 milímetros, y una evaporación potencial media anual de 1,700 a 2,000
milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que la infiltración
es reducida.
Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico, para cubrir las necesidades
básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma, principalmente para
uso agrícola, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, podría generar
competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos
negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios
del recurso.
8.2 Riesgo de sobreexplotación
En el acuífero Calabozo, clave 1306, la extracción total es de 0.1 millones de metros cúbicos al año;
mientras que la recarga que recibe el acuífero, está cuantificada en 81.1 millones de metros cúbicos anuales;
sin embargo existe una descarga natural comprometida de 71.6 millones de metros cúbicos al año, por lo que
el volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables
es de 9.5 millones de metros cúbicos anuales.
A pesar de que la extracción de agua subterránea es incipiente, la cercanía con acuíferos
sobreexplotados, representa una gran amenaza, debido a que los usuarios que en los últimos años han
adoptado nuevas tecnologías de producción agrícola, cuya rápida expansión ha favorecido la construcción de
un gran número de pozos en muy corto tiempo, con una gran capacidad de extracción, propiciando la
sobreexplotación de los acuíferos, podrían invadir el acuífero Calabozo, clave 1306, con lo que la demanda de
agua subterránea se incrementaría notoriamente, la disponibilidad del acuífero se vería comprometida y el
acuífero correría el riesgo de sobreexplotarse en el corto plazo.
El acuífero Calabozo, clave 1306, tiene una disponibilidad media anual de agua subterránea de 9.500000
millones de metros cúbicos por año, para impulsar el desarrollo de actividades productivas, sin embargo, la
región es un polo de desarrollo, por lo que la demanda del agua subterránea crecerá de manera importante; y
existe el riesgo de que en un futuro la sobreexplotación de éste se convierta en un freno para el desarrollo de
las actividades productivas que dependen del agua subterránea y de los manantiales, y que pondría en peligro
el abastecimiento de los habitantes de la zona.
Actualmente, aun con la existencia del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando, en el
acuífero Calabozo, clave 1306, existe la posibilidad de que el incremento de la demanda del agua subterránea
genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel
del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso
desaparición de los manantiales y del flujo base hacia el río; así como el deterioro de la calidad del agua
subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero del desequilibrio hídrico y deterioro ambiental, que
pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
18 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
9. CONCLUSIONES
• En el acuífero Calabozo, clave 1306, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas, para
otorgar concesiones o asignaciones; por lo que el acuífero debe estar sujeto a una extracción,
explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir
la sobreexplotación del acuífero.
• El acuífero Calabozo, clave 1306, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento jurídico
referido en el Noveno Considerando del presente. Dicho instrumento ha permitido prevenir los
efectos de la explotación intensiva, sin embargo, persiste el riesgo de que la demanda supere la
capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el
incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los manantiales y del caudal
base hacia el río y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de
los usuarios de la misma.
• El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Calabozo, clave 1306.
• De los resultados expuestos, en el acuífero Calabozo, clave 1306, se presentan las causales de
utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas
a la protección, mejoramiento, conservación y restauración de los acuíferos, a la atención prioritaria
de la problemática hídrica en zonas de escasez natural, al control de la extracción, explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la
sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal
para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo,
que abarque la totalidad de su extensión territorial, para alcanzar la gestión integrada de los
recursos hídricos.
• El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a
derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los concesionarios
y asignatarios del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
• Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Calabozo, clave 1306,
y que en dicho acuífero, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende
provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos
que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de
lo dispuesto por su artículo primero transitorio.
• Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que establezca la Comisión Nacional
del Agua.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, y memorias de cálculo con la
que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión
geográfica del acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, estarán disponibles para consulta
pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua: en su Nivel Nacional, que se ubican en Avenida
Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en
su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Emilio Portes Gil
número 200, Colonia Miguel Alemán, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, Código Postal 87030; y en la
Dirección Local Hidalgo, Boulevard Valle de San Javier Número 727, Lote 28, Manzana 1, Primera Sección,
Fraccionamiento Valle de San Javier, ciudad de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, Código Postal 42086.
México, Distrito Federal, a los 30 días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General,
Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 19
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del
Acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y
LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV y 73 del
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la
autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las
ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la
estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los
mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para
propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo;
Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el
territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los
nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o
permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico,
se le asignó el nombre oficial de Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo;
Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se
da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad
media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción
geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave
1303, en el Estado de Hidalgo;
Que el 14 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que
se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 58
acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas
administrativas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea
del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose una disponibilidad de
4.113918 millones de metros cúbicos anuales;
Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que
se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el
Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de
corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013;
Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos
Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se
actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el
Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de
corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
20 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero
Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el
método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de
2002 en el Diario Oficial de la Federación;
Que en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, se encuentra vigente el
siguiente instrumento jurídico:
a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en
el Estado de Hidalgo, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura
o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de
las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados
o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua,
hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso
sustentable de las aguas nacionales del subsuelo;
Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de
agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la
explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente
aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, agotamiento de manantiales, así como el
deterioro de la calidad del agua, que hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los
habitantes de la zona e impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas
Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del
acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan
algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del
ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o
aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios a través
del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta
reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis
Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por
lo que, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS
NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO ATOTONILCO-JALTOCAN, CLAVE 1303, EN EL
ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero
Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, ubicado en el Estado de Hidalgo en los siguientes términos:
ESTUDIO TÉCNICO
1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL
El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se localiza en el extremo norte del Estado de Hidalgo,
comprende una superficie de 217 kilómetros cuadrados y abarca de manera total al Municipio de Jaltocan y
parcialmente a los municipios de Huejutla de Reyes, San Felipe Orizatlán y Tlanchinol, todos ellos en el
Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa
Golfo Norte.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 21
Los límites del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, están definidos por los vértices de la poligonal
simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el
“ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se
actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor
precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de
agosto de 2009.
ACUÍFERO 1303 ATOTONILCO-JALTOCAN
VÉRTICE
LONGITUD OESTE LATITUD NORTE
OBSERVACIONES
GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
1 98 25 24.5 21 9 49.7
2 98 28 11.5 21 9 1.1
3 98 28 57.3 21 8 14.9
4 98 30 22 21 6 16.2
5 98 32 14.1 21 5 29.9
6 98 33 38.3 21 4 0.6
7 98 36 7.1 21 0 43
8 98 39 30.8 20 59 3
9 98 39 12.1 21 0 38
10 98 35 28.3 21 5 20.3
11 98 34 4.9 21 6 30.1
12 98 33 35.8 21 12 16.9
13 98 32 59.4 21 14 2.3
14 98 31 39.3 21 14 56.2
DEL 14 AL 1 POR EL
LÍMITE ESTATAL
1 98 25 24.5 21 9 49.7
2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL
RECURSO HÍDRICO
De acuerdo con los resultados del Censo de Población y Vivienda por localidad, del Instituto Nacional de
Estadística y Geografía, para el año 2000 la población total en el área que comprende el acuífero
Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, era de 35,363 habitantes, en el año 2005 de 38,421 habitantes y en el año
2010 de 38,922 habitantes, que representa el 1.46 por ciento de la población en el Estado de Hidalgo.
La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 102 localidades, de las cuales
únicamente Jaltocan corresponde a localidad urbana y concentraba en el año 2010 a 6,201 habitantes,
mientras que en 101 localidades rurales había 32,721 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el
territorio que abarca el acuífero, evaluada del año 2005 al 2010 fue de 0.3 por ciento anual, que es inferior a la
tasa de crecimiento estatal de 2.6 por ciento anual, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de
Estadística y Geografía al año 2010.
22 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
De acuerdo con las proyecciones de crecimiento poblacional del Consejo Nacional de Población, para el
área del acuífero, en el año 2030, habrá en el Municipio de Huejutla de Reyes 23,561 habitantes,
en el Municipio de Jaltocan 12,685 habitantes, en el Municipio de San Felipe Orizatlán 4,355 habitantes y en
Tlanchinol 5,742 habitantes, por lo que, en conjunto en el año 2030, habrá en el área del acuífero
46,343 habitantes.
La población ocupada en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, es de 3,202 habitantes, que
corresponde al 7 por ciento del total de habitantes, de los cuales, el 41 por ciento se dedica al comercio,
seguido por la industria manufacturera con 26 por ciento, 11 por ciento en servicio de hoteles y restaurantes y,
el 22 por ciento se dedica a los otros 14 sectores ocupacionales definidos por el Instituto Nacional de
Geografía, Estadística e Informática.
Los principales cultivos establecidos en el área del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, son maíz
grano, frijol, chile verde y pasto; en el año 2010 en los municipios de Huejutla de Reyes, Jaltocan, San Felipe
Orizatlán y Tlanchinol, se estableció una superficie agrícola de 45,742 hectáreas; Huejutla de Reyes con
19,958 hectáreas que representa el 43.6 por ciento, Tlanchinol con 12,165 hectáreas que representa
el 26.6 por ciento, San Felipe Orizatlán con 11,605 hectáreas que representa el 25.4 por ciento y Jaltocan con
2,014 hectáreas que representa el 4.4 por ciento restante.
De la superficie agrícola establecida, 45,249 hectáreas que representan el 99.0 por ciento, son de
temporal, las restantes 493 hectáreas, que corresponden al 1.0 por ciento, son de riego y se satisfacen en su
totalidad con agua superficial.
En el Municipio de Huejutla de Reyes es importante la producción de aves de corral, que para el año 2010
era de 92,481. En la superficie del acuífero también se desarrolla con menor producción la cría de ganado
bovino, caprino, porcino y ovino, así como producción de huevo y leche.
3. MARCO FÍSICO
3.1 Climatología
Según la clasificación de Köppen, modificada por Enriqueta García los climas que se presentan en la
superficie que comprende el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, son los siguientes, el clima cálido
subhúmedo abarca el 35 por ciento de la superficie; mientras que el clima semicálido húmedo abarca
el 34.2 por ciento y el clima cálido húmedo abarca el 30.8 por ciento de la superficie total del acuífero.
De acuerdo con la información climatológica registrada en el periodo 1981 al 2010, la superficie del
acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, presenta una temperatura media anual de 23.0 grados centígrados,
la precipitación media anual es de 1,684 milímetros y la evapotranspiración potencial media anual es de
1,310 milímetros.
3.2. Fisiografía y geomorfología
El 72 por ciento del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentra ubicado en la Provincia
Fisiográfica Sierra Madre Oriental y el 28 por ciento en la Provincia Fisiográfica Llanura Costera del Golfo
Norte. La Provincia Sierra Madre Oriental se caracteriza por sus pliegues anticlinales y sinclinales,
frecuentemente recumbentes y afectados por fallamientos, en rocas calizas y lutitas, formando sierras que se
elevan hasta 1,400 metros sobre el nivel del mar. Mientras que la Provincia Llanura Costera del Golfo Norte
se caracteriza por sus lomeríos redondeados, de formas suaves y alturas de alrededor de 20 metros.
El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, está rodeado de cerros en la porción centro-sur. Al centro del
acuífero se encuentra el Cerro Santa Cruz, al sur se ubican los Cerros Santa María, Chichimiltapetl,
Coyoltípetl y el Cerro Huaxcotepetl.
En la superficie del acuífero se distinguen tres unidades geomorfológicas, sierras calcáreas, lomeríos y
valles. Las sierras calcáreas se presentan en la porción central y sur del acuífero, compuestas por calizas
y lutitas que forman la Sierra Madre Oriental, con elevaciones de hasta 1,200 metros sobre el nivel del mar; se
caracteriza por pendientes pronunciadas y está disectada por ríos y arroyos en ocasiones en forma de “V”.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 23
Los lomeríos se presentan en la zona de transición de la Sierra Madre Oriental con la Planicie del Golfo y
corresponde a una serie de lomeríos redondeados, de formas suaves y alturas de alrededor de 200 metros,
las que en su mayoría corresponden a lutitas. Los valles alargados con orientación norte-sur, están formados
por la erosión de los ríos provenientes de la sierra y que circulan en dirección a la Planicie Costera del Golfo.
3.3 Geología
El registro estratigráfico del área del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, comprende edades que van
del Jurásico Inferior al Reciente. Las distintas unidades litológicas se describen a continuación, de la más
antigua a la más reciente:
Formación Huayacocotla. Unidad formada por rocas sedimentarias del Jurásico Inferior, constituidas por
lutitas y areniscas de grano grueso, intercalados con limonitas, las cuales contienen abundantes fósiles. Su
espesor es muy variado y llega a medir hasta 900 metros.
Formación Cahuasas. Data del Jurásico Medio, es una secuencia de más de 1,000 metros de espesor que
consiste en areniscas, conglomerado y limonitas de color rojo, descansan sobre una discordancia y es
concordante a la Formación Tepexic.
Formación Tepexic. Es una secuencia de rocas del Jurásico Medio formada por margas, limonitas
calcáreas, calcarenitas y coquinas.
Formación Santiago. Es del Jurásico Superior al Cretácico, constituida por un paquete de limolita negra
calcárea, con ocasionales capas de caliza negra concrecionadas con fósiles.
Formación Chipoco. Unidad formada por una alternancia de rocas compuesta por caliza grainstone y lutita
calcárea del Jurásico Superior.
Formación Pimienta. Datan del Jurásico Superior, compuesta por una serie de calizas de estratificación
delgada con capas de pedernal negro, los estratos van de 5 a 30 centímetros y presentan intercalaciones
rítmicas de lutita negra en espesores de 1 a 5 centímetros, nódulo y lentes de pedernal negro y gris, así como
concreciones esféricas.
Formación Tamaulipas Inferior. Formada en el Cretácico Inferior, constituida por rocas compuestas por
calizas micríticas densas de estratificación media a gruesa y ocasionalmente horizontes bentoníticos verdes y
presencia de nódulos de pedernal, estilolitas bien desarrolladas, su espesor aproximado es de 400 metros. Se
encuentra subyaciendo al Horizonte Otates.
Horizonte Otates. Se considera del Aptiano, está compuesta por roca caliza de estratificación media
alternándose con lutitas laminares y ocasionalmente presentan pedernal. Este horizonte tiene un espesor
entre 10 y 15 metros.
Formación Tamaulipas Superior. La edad de esta Formación es del Cretácico Inferior, formada por calizas
de grano fino de color blanco y amarillo crema, en estratos delgados alternándose con estratos gruesos. En la
cima consta de calizas de grano fino con estratificación ondulante de espesor variable, con nódulos de
pedernal intercalados con margas laminadas. Tiene un espesor aproximado de 400 metros.
Formación Soyatal. Constituida por rocas del Cretácico Superior constituido por calizas de estratos
delgados, interestratificadas con bandas de pedernal. Se le ha asignado una edad Huroniano. Tiene un
espesor medio de 300 metros subyace en forma discordante a la Formación Mezcala.
Formación Mezcala. Consiste en una secuencia de rocas del Cretácico Superior que en su piso inferior
presenta una alternancia de limonitas lutitas, margas, calizas y areniscas. Hacia su piso superior predomina
material terrígeno, incluyendo intercalaciones conglomeráticas y desaparecen los horizontes calcáreos; su
espesor es de 1000 metros.
Formación Agua Nueva. De edad de Turoniano-Santoniano, conformada por calizas de estratificación
delgada que sobreyacen en forma discordante a la Formación Mezcala. Tiene un espesor de 120 metros.
24 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Formación San Felipe. Formada en el Cretácico Superior, por calizas margosas con intercalaciones de
arcilla bentonítica. Sobreponiéndose de forma concordante a la Formación Agua Nueva y presenta un espesor
medio de 120 metros.
Formación Méndez. Tiene una edad que abarca del Campaniano al Maestrichtiano, constituida
principalmente por margas con intercalaciones menores de arenisca hacia su cima. Los depósitos de esta
formación tienen un espesor que varía de 200 a 300 metros.
Formación Chicontepec. Tiene una edad del Paleoceno-Eoceno Temprano, comprende sedimentos de
aguas profundas de la Cuenca de Tampico-Misantla. Comprendida por una alternancia rítmica de areniscas,
limonitas y lutitas que datan del Terciario.
Basaltos. Rocas volcánicas del Terciario, de composición basáltica y andesítica, debido a los conos
volcánicos existentes en la zona.
Aluvión. Sedimentos del Holoceno o Reciente del Cuaternario, constituidos por gravas, arenas y arcillas
que se encuentran cubriendo la mayor parte del valle, con espesores de 1 a 10 metros. En la parte superficial
se ha desarrollado una capa de suelo residual con abundante materia orgánica.
En la porción centro y sureste del acuífero proliferan los conos volcánicos, mientras que hacia el noreste
predominan los pliegues anticlinales, sinclinales recumbentes, afectados por fallamientos, característicos de la
Sierra Madre Oriental.
4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, está ubicado dentro de la Región Hidrológica 26 Pánuco, en la
Cuenca Hidrológica Río Moctezuma y en las subcuencas San Pedro-Atamaluco-Calabozo, San Pedro y
Acuapa-Chinameca.
En el territorio del acuífero, se encuentran escurrimientos superficiales que se hacen más evidentes en la
parte norte y al pie de la sierra. Destaca el Río Xiliant, que fluye al centro del acuífero en dirección sur-norte,
que a su vez forma el Río Jelta Cruz, el Río Calabozo y algunos arroyos como el llamado Amiqueo; además,
lo cruzan los ríos Pánuco y Moctezuma.
5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
5.1 El acuífero
El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, es de tipo libre, heterogéneo y anisotrópico, emplazado en su
porción superior en sedimentos de origen aluvial y fluvial, de granulometría variada, que constituyen el lecho y
la llanura de inundación de los ríos, con espesor reducido. En su porción inferior el acuífero se aloja en una
secuencia de lutitas y areniscas, así como basaltos que presentan permeabilidad secundaria por disolución y
fracturamiento, que representan una fuente potencial de agua subterránea que aún no ha sido explorada. Las
fronteras al flujo subterráneo y el basamento del acuífero están representados por rocas sedimentarias,
principalmente lutitas y areniscas compactas sin fracturar.
5.2 Niveles del agua subterránea
El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y
oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel de saturación medida desde la superficie del terreno para el
acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el año 2009 variaba entre 1 y 10 metros; la menor profundidad, se
presentó hacia el cauce del Río Calabozo y las mayores profundidades al nivel estático se presentaron cerca
de los poblados Santa Cruz y Sitlán del Municipio de Huejutla de Reyes, y Huichapan del Municipio
de Jaltocan.
La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar, en el año 2009 variaba de 70 a 170
metros sobre el nivel del mar; las menores elevaciones se identificaron hacia el norte por los poblados
El Pemuche, Las Chacas, Achichípil y Santa Cruz en el Municipio de Huejutla de Reyes y las mayores
elevaciones se presentan en la parte centro-norte del acuífero, donde se localiza la zona de recarga por flujo
subterráneo que sigue una dirección preferencial hacia el norte en la misma dirección del escurrimiento del
Río Calabozo, que es la zona de descarga.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 25
No se cuenta con información de niveles estáticos antecedentes al año 2009 que permita conocer la
evolución del nivel estático, sin embargo, como la configuración de elevación del nivel estático no demuestra
alteraciones del flujo natural del agua subterránea que indique la presencia de conos de abatimiento causados
por la concentración de captaciones de agua subterránea, se puede afirmar que los niveles del agua
subterránea no han sufrido alteraciones importantes en el transcurso del tiempo; por lo que, el cambio de
almacenamiento tiende a ser nulo.
5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos
En el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, existen 34 captaciones de agua subterránea, de las cuales
21 son norias y 13 manantiales. Los aprovechamientos se encuentran distribuidos en el norte del acuífero,
observándose una gran concentración de ellos en el Municipio de San Felipe Orizatlán.
El volumen de extracción asciende a 1.1 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales el 95.9 por
ciento se destinan a uso público urbano, el 3.8 por ciento del volumen total extraído se destina a uso
doméstico; y para uso pecuario se extrae el 0.3 por ciento del volumen total extraído.
5.4 Calidad del agua subterránea
En el año 2009, la Comisión Nacional del Agua, realizó un muestreo en cuatro captaciones de agua
subterránea distribuidas en la porción norte del acuífero, en la zona de explotación, para su análisis
fisicoquímico correspondiente. Las determinaciones incluyeron parámetros fisicoquímicos y bacteriológicos,
iones principales, temperatura, conductividad eléctrica, potencial hidrógeno, potencial de óxido-reducción,
nitratos, fluoruro, dureza total, sólidos totales disueltos, fierro, manganeso, coliformes fecales y totales.
El agua subterránea es del tipo cálcico-bicarbonatada, de salinidad media. De manera general, las
concentraciones de los diferentes iones y elementos no sobrepasan los límites máximos permisibles que
establece la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para
uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su
potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000, con excepción de
los coliformes totales y fecales, ya que resultaron positivos en todas las muestras, y de acuerdo con la norma
referida, éstos deberían estar ausentes.
En la parte norte del acuífero las concentraciones de sólidos totales disueltos varían entre 357 y 516
miligramos por litro, mientras que en la parte centro y norte se incrementa el contenido salino conforme el
agua presenta un mayor recorrido por el subsuelo. Uno de los cationes representativos en el agua
subterránea es el sodio, cuyas concentraciones varían entre 34 y 114 miligramos por litro. Los fluoruros se
encuentran en concentraciones de 0.10 miligramos por litro.
De acuerdo a la clasificación de Wilcox, que clasifica el agua según el grado de salinidad y el contenido de
sodio; se concluye que el agua pertenece a la clase C2-S1, que corresponde a agua de buena calidad, por lo
que es apta para uso agrícola.
5.5 Modelo conceptual del acuífero
En la mayor parte de la superficie del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, afloran areniscas y lutitas,
que le confieren un carácter impermeable, principalmente en la parte central y sur de la zona, que
corresponde a la Sierra Madre Oriental. Además, el terreno se presenta a gran altitud y con pendientes
pronunciadas, lo cual aunado a la litología de carácter impermeable, impide la infiltración y acumulación de
agua en el subsuelo para formar acuíferos.
Hacia la parte norte del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentran valles alargados que se
extienden sobre los cauces de inundación de los ríos y arroyos, donde se presentan materiales aluviales y
fluviales, constituidos por arenas, arcillas y gravas, considerados como permeables, aunque su espesor
y extensión son reducidos. Es común, observar sobre los cauces de los arroyos, aflorando a rocas lutitas de la
Formación Chicontepec, por lo que se interfiere que el espesor y continuidad del material aluvial y fluvial de
permeabilidad baja es reducido.
26 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
En dichos depósitos aluviales y fluviales de los cauces, el agua se recarga tanto por la infiltración directa
del agua de lluvia, como por infiltración del agua que escurre a lo largo de los ríos y arroyos. Existe una
interacción franca entre el agua subterránea en las márgenes de los ríos y el agua superficial. El nivel estático
de las norias, presenta el mismo nivel de las principales corrientes de agua superficial.
La descarga del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se realiza en forma natural a través del drenado
de las corrientes superficiales, así como por la explotación a través de norias ubicadas en su mayoría sobre
las márgenes de los arroyos. Hacia el centro y sur, existen manantiales, los cuales corresponden a descargas
de sistemas de flujo de carácter local. Generalmente son de caudales reducidos y corresponden a
infiltraciones a través de fracturas, cambios litológicos locales y superficiales.
5.6 Balance de Agua Subterránea
De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero
Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, es de 12.8 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 9.6 millones de
metros cúbicos anuales de recarga vertical por lluvia y 3.2 millones de metros cúbicos anuales de entradas
por flujo subterráneo.
La descarga del acuífero está integrada por 10.4 millones de metros cúbicos anuales de
evapotranspiración, 0.7 millones de metros cúbicos anuales de descarga a través de manantiales, 0.6 millones
de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas y 1.1 millones de metros cúbicos anuales que se extraen
del acuífero. El cambio de almacenamiento en el acuífero se considera nulo.
6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA
La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, fue
determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000,
Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la
disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de
abril de 2002, aplicando la expresión:
Disponibilidad media
anual de agua
subterránea
= Recarga total -
Descarga natural
comprometida
-
Volumen concesionado e inscrito
en el Registro Público de
Derechos de Agua
La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se
determinó considerando una recarga media anual de 12.8 millones de metros cúbicos anuales; una descarga
natural comprometida de 8.6 millones de metros cúbicos anuales y el volumen concesionado e inscrito en el
Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 0.086082 millones de metros cúbicos
anuales, resultando una disponibilidad de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales:
REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE
CLAVE ACUÍFERO
R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES
1303
ATOTONILCO-
JALTOCAN
12.8 8.6 0.086082 1.1 4.113918 0.0
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea;
VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de
agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000.
Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, en el acuífero
Atotonilco-Jaltocan, clave 1303.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 27
El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de
4.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el
acuífero, menos la descarga natural comprometida.
7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
• Actualmente, el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentra sujeto a las disposiciones del
“ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas
nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el 100 por ciento del acuífero
Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de
infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o
extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción
autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión
Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la
administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo.
8. PROBLEMÁTICA
8.1 Escasez natural de agua
El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, está ubicado en una región en el que se presenta una
precipitación media anual de 1,684 milímetros y una evaporación potencial media anual de 1,310 milímetros,
por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que la infiltración es reducida.
Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico, para cubrir las necesidades
básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma, principalmente para
uso agrícola, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, podría generar
competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos
negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios
del recurso.
8.2. Riesgo de sobreexplotación
En el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, la extracción total es de 1.1 millones de metros cúbicos
anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero, está cuantificada en 12.8 millones de millones
anuales, sin embargo la descarga natural comprometida es de 8.6 millones de metros cúbicos anuales, por lo
que la disponibilidad de agua subterránea es limitada.
Actualmente, aun con la existencia del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando, en el
acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, existe la posibilidad de que el incremento de la demanda del agua
subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la
profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo,
la disminución e incluso desaparición de los manantiales y del flujo base hacia el río, así como el deterioro de
la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero del desequilibrio hídrico y
deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua
subterránea en esta región.
9. CONCLUSIONES
• En el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, existe disponibilidad media anual de aguas
subterráneas limitada para otorgar concesiones o asignaciones; por lo que el acuífero debe estar
sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la
sustentabilidad ambiental y prevenir la sobreexplotación del acuífero.
• El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento
jurídico referido en el Noveno Considerando del presente. Dicho instrumento ha permitido prevenir
los efectos de la explotación intensiva, sin embargo persiste el riesgo de que la demanda supere la
28 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el
incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los manantiales y del caudal
base hacia el río y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de
los usuarios de la misma.
• El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en
tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo
que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el
acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303.
• De los resultados expuestos, en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se presentan las
causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas
Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración
de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al
control de su extracción, explotación, uso o aprovechamiento; al restablecimiento del equilibrio
hidrológico de las aguas nacionales del subsuelo, así como la sustentabilidad ambiental y la
prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un
ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas
del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303,
para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos.
• El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a
derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los asignatarios y concesionarios
del acuífero.
10. RECOMENDACIONES
• Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y
aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Atotonilco-Jaltocan,
clave 1303, y que en dicho acuífero, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se
suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96
acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en
términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio.
• Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas
subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión
Nacional del Agua.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias
de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites
y la extensión geográfica del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, estarán
disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que
se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de
México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en el
Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Calle Libramiento Emilio Portes Gil Número 200, Colonia Alemán,
Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Tamaulipas; y en la Dirección Local Hidalgo, Boulevard Valle de San
Javier Número 727, Lote 28, Manzana 1, Primera Sección, Fraccionamiento Valle de San Javier, Ciudad
Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, Código Postal 42086.
México, Distrito Federal, a los 30 días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General,
Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 29
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
EDICTO
A: Fidencio Cuellar Domínguez.
Por auto de diecisiete de agosto de dos mil quince, dictado en el juicio de amparo número 299/2015-I-A,
en el que se tiene a: Fidencio Cuellar Domínguez, como tercero interesado, habiendo agotado los medios de
localización, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, a publicarse por tres veces de siete en siete
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República,
haciendo de su conocimiento que la fecha de la audiencia constitucional está señalada para las nueve horas
con siete minutos del cuatro de septiembre de dos mil quince; igualmente se le hace de su conocimiento a la
parte tercero interesada que cuenta con el término de treinta días, contado a partir del siguiente de la última
publicación, para que acuda a este Juzgado de Distrito a apersonarse al juicio si a sus intereses conviene, por
lo que en el expediente queda a su disposición copia de la demanda, en el entendido de que el presente juicio
de garantías es promovido por José Alonso Esquivel Castro, en contra del Juez Primero de lo Penal, de esta
ciudad, en donde se señala como acto reclamado:
“La sentencia interlocutoria de fecha veinticinco de mayo del año en curso (2015), dictada en los autos de
la causa penal 76/2011, del índice del Juzgado Primero de lo Penal, con residencia en esta ciudad, en la cual
se declaró inoperante el incidente de libertad por desvanecimiento de datos, promovido por el aquí quejoso.”
Ensenada, B.C., diecisiete de agosto de dos mil quince.
Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito
en el Estado de Baja California
Claudia Vanesa Soto Huitrón
Rúbrica. (R.- 418877)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero
(Iguala de la Independencia)
EDICTOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO
A QUIEN CORRESPONDA:
YARETH HURTADO SALGADO.
REYMUNDO HURTADO SALGADO.
En razón de ignorar su domicilio, por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de
dieciocho de septiembre de dos mil quince, dictado en el juicio de amparo 26/2015 y sus acumulados 27/2015
y 51/2015-III-R, promovido por Reynaldo Albino Hurtado y otros, contra actos del Juez Mixto de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Aldama, con residencia en Teloloapan, Guerrero y otras autoridades; se les
requiere para que comparezcan ante este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero, con
residencia en Iguala, ubicado en calle Joaquín Baranda número 47 (cuarenta y siete), colonia Centro, código
postal 40000, Iguala de la Independencia, Guerrero, debidamente identificados con credencial oficial vigente
con fotografía, haciéndoles saber que está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia simple
de la demanda de amparo; y que tienen expedito su derecho para comparecer a este Tribunal a deducir sus
derechos, si a su interés conviene.
Iguala de la Independencia, Guerrero, a 18 de septiembre de 2015.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero
M. Rubén Marroquín Serrano.
Rúbrica.
(R.- 420068)
30 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo número 195/2015, promovido Carlos Víreles Villa, en contra de la
sentencia dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta
ciudad, dentro del toca penal 1803/2012, por auto de fecha veintiséis de agosto de dos mil quince, el
Magistrado Presidente del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, ordenó se emplazara a
Obdulia Pineda Enríquez, representante legal de la tercera interesada Ingrid Yareli Víreles Pineda, por
medio de EDICTOS para que dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la
última publicación, comparezca ante este Tribunal Colegiado, en defensa de sus intereses si así lo estima
conveniente, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaría de este tribunal, copia
simple de la demanda de garantías. Los presentes edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete
días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, se
expide lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de Amparo.
Mexicali, Baja California, 26 de agosto de 2015.
La Secretaria de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado
del Decimoquinto Circuito
Guadalupe Muro Páez.
Rúbrica.
(R.- 419594)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito
Guanajuato
EDICTO
Terceros Interesados:
Ignacio Flores García, José Lara Martínez, María Guadalupe Lara Martínez y Víctor Manuel Flores Infante.
Por este conducto, se ordena emplazar a los terceros interesados: Ignacio Flores García, José Lara
Martínez, María Guadalupe Lara Martínez y Víctor Manuel Flores Infante, dentro del juicio de amparo directo
300/2015, promovido por Miguel García Figueroa contra actos del Magistrado de la Octava Sala Penal del
Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en cuya demanda de garantías se señala:
IV. Acto reclamado: la sentencia de 15 de abril de 2015, dictada en el toca 33/2015.
VI. Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 1, 14 y 16.
Se hace saber a los terceros interesados de mérito que debe presentarse ante este tribunal colegiado,
a defender sus derechos, apercibido que de no comparecer se continuará el juicio sin su presencia,
haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de
mayor circulación.
Atentamente.
Guanajuato, Gto., 31 de agosto de 2015.
La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito.
Lic. Angélica María Flores Veloz.
Rúbrica.
(R.- 419595)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz
EDICTO
STEPHANIE MARIBEL GALLARDO VILLAR
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted:
En los autos del Juicio de Amparo 1605/2014 promovido por Francisco Javier Villaseñor Miramontes,
contra actos del Juez Cuarto de Primera Instancia, con residencia en Martínez de la Torre, Veracruz,
radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en avenida Culturas
Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, Edificio “B”, primer piso, en la ciudad de
Xalapa, Veracruz, se le ha señalado como parte tercera interesada y, como se desconoce su domicilio
actual, en acuerdo de veintiuno de mayo del dos mil quince, se ordenó emplazarla por edictos, que deberán
publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación; en uno de los Diarios de
mayor circulación en la República Mexicana y en uno de mayor circulación en esta ciudad (Diario de Xalapa),
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, haciéndole saber que podrá
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 31
presentarse dentro de treinta días en este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última
publicación, apercibida que de no hacerlo, las posteriores notificaciones, se le harán por lista de
acuerdos, que se fije en este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que la
audiencia constitucional está prevista para las ONCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL
NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE; de igual forma, se le hace saber que los actos reclamados
por la parte quejosa en el juicio de amparo de que se trata, se hicieron consistir en: La omisión de dictar
acuerdo de admisión del escrito presentado por la parte quejosa el veintisiete de agosto del año
en curso, ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia, con sede en Martínez de la Torre, Veracruz, en
el que promovió medios de apremio para la convivencia con sus menores hijos, dentro de los autos del
expediente 578/2012/I, de su índice.
Atentamente
Xalapa, Veracruz, 12 de agosto del 2015
Juez Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz
Alejandro Quijano Álvarez
Rúbrica.
(R.- 418357)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito
en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UN
PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN NACIONAL POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS.
EDICTO:
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
“Inserto: Se comunica a la tercera interesada Alejandra Silvia Cadena, que el Juzgado Decimoprimero de
Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, por proveído de veintiocho de julio
de dos mil quince, admitió a trámite la demanda de amparo promovida por Erik Rodríguez Morales, misma
que se registró con el número de juicio de amparo 853/2015-IV, contra actos de la Tercera Sala Colegiada
Penal de Tlalnepantla, Estado de México y otras autoridades.”
Naucalpan de Juárez, Estado de México, diez de septiembre de dos mil quince.
El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito
en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez.
Marco Antonio González Cortazar
Rúbrica.
(R.- 419622)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL
DISTRITO FEDERAL.
TERCERA INTERESADA: INMOBILIARIA ARISA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo 123/2015-II promovido por BANCO INBURSA SOCIEDAD ANÓNIMA,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO INBURSA, por conducto de su apoderado
legal Arturo Visoso Lomelin, contra actos de la Séptima Sala Civil de Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal, en auto de diecisiete de febrero de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de
amparo, el once de septiembre de dos mil quince, se ordenó se le emplace por EDICTOS, haciéndole saber
que deberá presentarse en el local de este Juzgado de Distrito, dentro del término de treinta días, contados a
partir del día siguiente al de la última publicación, y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones
en ésta Ciudad, apercibida que para el caso de no hacerlo le surtirá efectos por medio de lista que se fije en
este juzgado.
Atentamente
México, D.F. a 17 septiembre del 2015
El Secretario del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Carlos René Hernández Maza
Rúbrica.
(R.- 419764)
32 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
Tercero interesado: Inmobiliaria y Constructora Star Buildings, sociedad anónima de capital
variable.
En los autos del juicio de amparo 401/2015-I, promovido por Jacqueline Michel Canales e Ignacio
Alfonso Sotelo Abbud, contra actos del Juez Sexagésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, y
secretario actuario adscrito a dicho juzgado, e Instituto de la Función Registral del Estado de México,
oficina registral de Naucalpan, consistentes en todo lo actuado en el juicio especial hipotecario que
Promotores Asociados de Empresas, sociedad anónima de capital variable, promovió en contra de
Inmobiliaria y Constructora Star Buildings, sociedad anónima de capital variable, que se registró con el
expediente 1778/2009, así como la falta de emplazamiento a dicho juicio; de igual forma, reclaman la
inscripción de la demanda y cédula hipotecaria, se señaló como tercero interesado a Inmobiliaria y
Constructora Star Buildings, sociedad anónima de capital variable, y en auto de veinte de agosto de dos
mil quince, se ordena su emplazamiento por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en
siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el país;
haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el
Distrito Federal, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término
de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer
valer sus derechos.
Atentamente:
México, D.F., 20 de agosto de 2015.
Secretario de Juzgado.
Licenciado Guillermo González Castillo.
Rúbrica. (R.- 419876)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal
EDICTO
México, Distrito Federal, a veintiuno de septiembre de dos mil quince. Juicio de amparo número
532/2015-I, promovido por Margarita Flores Meneses y/o Margarita Flores de Álvarez, contra actos del Juez
Vigésimo Sexto Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otros, se ordena emplazar al
tercero interesado Jorge Cano Jiménez, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en
siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República
Mexicana, a fin de que comparezcan a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días
contados a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando en esta secretaria a su
disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos exhibidos, apercibidos que de no
apersonarse, las ulteriores notificaciones se harán en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III,
inciso b), de la Ley de Amparo. Se señalaron las once horas del cuatro de noviembre de dos mil quince,
para la celebración de la audiencia constitucional. Acto reclamado la orden de desalojo ordenada en el
expediente 152/2012 del índice del juez responsable.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito
en Materia Civil en el Distrito Federal.
Lic. Araceli Almogabar Santos.
Rúbrica.
(R.- 419913)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas,
con residencia en Tampico
EDICTO
Transportes Nacionales de Tamaulipas, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En cumplimiento al auto de catorce de agosto de dos mil quince, dictado en el amparo indirecto 70/2015,
promovido por Arturo Olvera Herrera, quien por escrito presentado el veintidós de enero de dos mil quince,
solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal contra actos de la Junta Especial Número Treinta y
Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Tampico, que hizo consistir en:
La interlocutoria de once de diciembre de dos mil catorce. Por razón de turno correspondió conocer de la
demanda a este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, en esta ciudad; por auto de
veintitrés de enero de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de tres
de agosto de dos mil quince, se señalaron las diez horas del veintitrés de noviembre de dos mil quince, para la
celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado
de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio; deberá
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 33
presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los
edictos, apercibida que, si no comparece, se continuará el juicio y por su incomparecencia se le hará las
posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados de
este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el
tiempo del emplazamiento.
“Firma del Juez y Secretario de Juzgado y sello del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de
Tamaulipas, con residencia en Tampico”
Atentamente.
Tampico, Tamaulipas, 14 de agosto de 2015
Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas.
Lic. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón.
Rúbrica.
Secretario
Lic. Luis Alejandro Ruiz Gámez.
Rúbrica.
(R.- 419009)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
EDICTO
Por ignorarse el domicilio del tercero interesado César Ernesto Ordáz; por auto de diecisiete de
septiembre de dos mil quince, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordenó emplazar por edictos a dicho tercero
interesado, haciéndole saber que en este Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el
Distrito Federal, se ventila el juicio de amparo 1413/2015, promovido por Banco Invex, sociedad anónima,
institución de banca múltiple, Invex Grupo Financiero, contra actos del Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y otras autoridades, juicio en
el que se encuentran fijadas las diez horas con treinta minutos del veintinueve de septiembre de dos mil
quince, para que tenga verificativo la audiencia constitucional que en derecho proceda; se le previene para
que comparezca en el término de treinta días, que se contarán a partir del siguiente al de la última publicación,
apercibido que de no comparecer a imponerse de autos, las siguientes notificaciones, aun de las de carácter
personal, se harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Asimismo, se ordena fijar
en la puerta de este Juzgado una copia de los presentes edictos hasta en tanto se tenga por legalmente
emplazado al citado tercero interesado.
Para ser publicado tres veces de siete en siete días en los periódicos Diario Oficial de la Federación y en
uno de los periódicos de mayor circulación en la República.
México, Distrito Federal, a 22 de septiembre de 2015.
La Secretaria del Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal
Lic. Mariana Merino Collado
Rúbrica.
(R.- 419953)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Av. Patricio Trueba y de Regil, No. 245, colonia San Rafael, San Francisco de Campeche, Campeche
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”
-EDICTO-
En el juicio de amparo número 118/2015, promovido por el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, por conducto de su representante legal NORBERTO GORDILLO MÉNDEZ, se emplaza a juicio a
MARIO HERNÁNDEZ VALDEZ, tercero interesado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se
desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última
publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere.
Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le
harán por lista.
San Francisco de Campeche, Campeche, a 10 de septiembre de 2015.
El Juez Segundo de Distrito en el Estado.
Lic. Adrián Fernando Novelo Pérez.
Rúbrica.
(R.- 420013)
34 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio especial de fianzas 194/2015, promovido por PEMEX REFINACIÓN en contra de
PRIMERO FIANZAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con fecha seis de agosto de dos mil
quince, se ordenó denunciar el presente juicio a la fiada GDI-GLOBAL MX, S. DE R.L. DE C.V., por
medio de EDICTOS. Haciéndole saber que deberá presentarse a este Juzgado dentro del término de treinta
días contados al día siguiente de la última publicación, fijándose además en la puerta del Juzgado, una copia
íntegra del presente proveído por el tiempo que dure el emplazamiento. Con el apercibimiento a la fiada
GDI-GLOBAL MX, S. DE R.L. DE C.V., que en caso de no comparecer dentro del término fijado con
antelación por sí, por apoderado o por quien pueda representarla, se continuará con el procedimiento,
haciéndosele las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por lista, que se fijará en los estrados
de este juzgado.
Se publicarán por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico
“Diario de México”, por ser uno de los de mayor circulación en la República Mexicana.
México D.F. a 19 de agosto de 2015.
Secretario del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
Lic. Juan José Moreno Solé
Rúbrica.
(R.- 420152)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito
en el Estado de Sinaloa, en Mazatlán
EDICTO
En autos del juicio de amparo 513/2014, se ordenó emplazar a juicio a Javier Páez López, en términos de
lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo en vigor, por lo que se le hace de su
conocimiento que Israel Torres Angulo, promovió demanda de amparo contra actos del Juez Segundo de
Primera Instancia del Ramo Penal, con residencia en esta ciudad, el cual hizo consistir en la orden
de aprehensión dictada en su contra. De igual forma, se le previene que deberá de presentarse dentro del
término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a señalar domicilio para
oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que no hacerlo así, las subsecuentes, aún las
personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Además, se hace de su
conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, con
apoyo en el artículo 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente por
disposición expresa a la Ley de Amparo. Asimismo, se señalaron las nueve horas con cincuenta y cinco
minutos del día uno de octubre de dos mil quince, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en
este juicio.
Mazatlán, Sinaloa a 14 de septiembre de 2015.
Juez Noveno de Distrito en el Estado de Sinaloa,
con sede en Mazatlán.
Lic. Elenisse Leyva Gómez.
Rúbrica.
(R.- 420164)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL
DISTRITO FEDERAL. En los autos del juicio de amparo 437/2015-l, promovido por Inmobiliaria Garlo,
Sociedad Anónima, por conducto de su apoderado, contra actos del Juez Segundo de lo Civil del
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, del Secretario Actuario adscrito a dicho juzgado y de
la Directora del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, se hace del
conocimiento que por auto de quince de junio de dos mil quince se admitió dicho juicio de amparo en
relación al acto reclamado consistente en: la falta de llamamiento de la peticionaria del amparo al juicio
ordinario civil promovido por IMEC CONSTRUCCIONES, Sociedad Anónima de Capital Variable en
contra de Inmobiliaria Garlo, Sociedad Anónima, bajo el número de expediente 551/2005 del índice del
Juzgado Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; asimismo, mediante
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 35
diverso proveído de diez de septiembre de dos mil quince, se ordenó emplazar por EDICTOS a la tercera
interesada IMEC CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, habiéndose
agotado los domicilios proporcionados por la parte quejosa, autoridad responsable y diversas dependencias,
haciéndoles saber que deberán presentarse en el local de este Juzgado de Distrito, dentro del término de
treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y dentro del mismo término
deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad de México, Distrito Federal,
apercibidos que de no hacerlo, las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán efectos
por medio de lista que se fije en este juzgado, quedando a su disposición las copias de traslado.
Atentamente
México, D.F. a 18 de septiembre del 2015.
El Secretario del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal.
Lic. Salvador Torres Rodríguez.
Rúbrica.
(R.- 419557)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
Ciudad Obregón, Sonora
EDICTOS
En el juicio de amparo 702/2015-II, promovido por José María Valenzuela López, contra actos del Titular
del Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora y otras autoridades, se dictó acuerdo y se ordenó la
publicación de edictos a efectos de lograr el emplazamiento de la tercero interesada Productos Tecos del
Yaqui, Sociedad Anónima de Capital Variable, a quien se hace de su conocimiento que en este juzgado
se encuentra radicado el juicio de garantías mencionado, en el que se reclama la negativa de registrar
el embargo ordenado por Junta Especial número 23 de la Federal de Conciliación de Conciliación y
Arbitraje de Guaymas, Sonora, dentro del Juicio Laboral 805/2006, se hace del conocimiento de la
moral tercero interesada, que deberá de presentarse en un término de treinta días contados a partir del día
siguiente de la última publicación, haga valer sus derechos y señale domicilio en Ciudad Obregón, Sonora,
para oír y recibir notificaciones, si pasado ese tiempo no comparece se continuará con el juicio y las ulteriores
notificaciones se harán mediante lista que se publique en estrados de este juzgado, se fijaron las diez horas
con cincuenta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil quince, para la celebración de la
audiencia constitucional.
Ciudad Obregón, Sonora, a 01 de septiembre de 2015.
Juez Octavo de Distrito en el Estado de Sonora.
Licenciada Araceli Trinidad Delgado
Rúbrica.
(R.- 420167)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO
En el juicio ejecutivo mercantil número 80/2011-IV, promovido por MARGARITA SOLÍS UREÑA, contra
MARÍA DE LOS ÁNGELES OCHOA JIMÉNEZ, Lilia Maribel Maya Delgadillo, Juez Tercero de Distrito en el
Estado de Guerrero, asistida por la licenciada Yolanda Jaimes Real, con quien actúa y da fe, ordenó sacar
a remate en segunda almoneda, el inmueble embargado en autos, consistente en lote número 3, manzana
104, sección I, colonia Ciudad Renacimiento, en Acapulco, Guerrero, el cual tiene un valor pericial de
$612,000.00 (SEISCIENTOS DOCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), con deducción del diez por
ciento, el cual queda de $550,800.00 (QUINIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), y será postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho valor, en el
entendido que el edicto deberá publicarse por una sola vez, y de modo que en la publicación o fijación del
edicto y la fecha del remate, medie un término que no sea menor de cinco días.
Para que tenga verificativo la audiencia de remate en segunda almoneda se señalaron las DOCE HORAS
DEL VEINTINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE. Doy fe.
La Secretaria:
Lic. Yolanda Jaimes Real.
Rúbrica.
(R.- 420276)
36 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Pue.
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO A
MARGARITO CHÁVEZ CURIEL
En el juicio de amparo directo D-517/2014, promovido por MARÍA TERESA IRENE, MARÍA TERESA, o
TERESA IRENE de apellidos ROSALES AHUACTZIN o ROSALES y AHUACTZIN, contra la resolución
dictada en el toca 138/2014, de los de la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia
del Estado de Puebla, en el que se modificó la sentencia definitiva pronunciada por el Juez Segundo de lo
Civil, del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, en el expediente 1865/2009, relativo a un juicio de nulidad
absoluta por inexistencia de actos jurídicos promovido por la antes nombrada, en contra de MARGARITO
CHÁVEZ CURIEL y otros codemandados; se ordena emplazar al mencionado demandado, ahora tercero
interesado en el enumerado juicio de amparo directo, por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres
veces de siete en siete días, a fin de que comparezca en este Tribunal a defender lo que a su derecho
corresponda en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo, a partir de la última publicación, quedando a
su disposición una copia de la demanda que motiva el referido juicio de amparo directo, en la Secretaría de
Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos diarios de mayor circulación en la República.
San Andrés Cholula, Puebla, veintinueve de septiembre de dos mil quince.
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materia Civil del Sexto Circuito.
Lic. Marcos Antonio Arriaga Eugenio.
Rúbrica.
(R.- 420318)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal
México, D.F.
EDICTO
EXPEDIENTE 424/2015
En los autos de Juicio de Amparo número 424/2015-I, promovido por JORGE IGNACIO CERVANTES
RODRIGUEZ, contra actos de la Quinta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
y otras autoridades, radicándose en el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el
Distrito Federal, donde se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Marcela del Carmen León
Martínez, y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria, a la Ley de Amparo, donde se hace de su conocimiento que deberá presentarse por sí o
a través de su apoderado, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última
publicación; además se fijará en la puerta de esta autoridad una copia íntegra del edicto por todo el tiempo del
emplazamiento. Si pasado este término, no comparecieren se seguirá el juicio, realizando las subsecuentes
notificaciones por lista de acuerdos de este juzgado.
México D.F. 01 de octubre de 2015.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el D.F.
Lic. Alejandrina López Apodaca.
Rúbrica.
(R.- 420413)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTOS
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO
FEDERAL, A SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NÚMERO 438/2015, PROMOVIDO POR GRANDES
SUPERFICIES DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE SU
APODERADO JOSÉ ANTONIO SEBASTIÁN GARCÍA LUQUE, CONTRA ACTOS DE LA NOVENA SALA
CIVIL Y JUEZ CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, AMBOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL; CON FECHA VEINTINUEVE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, SE
DICTÓ UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA NOTIFICAR AL TERCERO INTERESADO FRANCISCO
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 37
MANUEL ROSENDO CANSADO, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES,
DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN EL PERIÓDICO “DIARIO DE
MÉXICO”, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TÉRMINO
DE TREINTA DÍAS CONTADOS, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTÚE LA ÚLTIMA
PUBLICACIÓN, QUEDANDO EN ESTA SECRETARÍA A SU DISPOSICIÓN, COPIA SIMPLE DE LA
DEMANDA DE GARANTÍAS, APERCIBIDO QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS
ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL INCISO A)
DE LA FRACCIÓN III, DEL ARTICULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS
DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, PARA QUE
TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ESTO EN ACATAMIENTO AL ACUERDO DE
DIECISIETE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, SE PROCEDE A HACER UNA RELACIÓN SUSCINTA DE LA
DEMANDA DE GARANTÍAS, EN EL QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDADES
RESPONSABLES A LA NOVENA SALA CIVIL Y JUEZ CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, AMBOS
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS
INTERESADOS A EMILIO VEGA VELASCO, MARÍA DEL PATROCINIO RUEDA ERANSUS DE VEGA,
EMILIO VEGA RUEDA, RODRIGO GUMERSINDO VEGA RUEDA, MARÍA DOLORES VEGA RUEDA,
FRANCISCO, MANUEL ROSENDO CANSADO Y REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE
COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO LA RESOLUCIÓN DE
VEINTE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE Y LOS AUTOS DE VEINTIUNO Y VEINTICINCO DE MAYO
AMBOS DE DOS MIL QUINCE, TODOS DICTADOS EN LOS TOCAS 713/2013/1 Y 2 POR LA NOVENA
SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, A TRAVÉS DE LOS
CUALES REVOCO LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS SOLICITADAS POR LA PARTE QUEJOSA.
La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.
Lic. Georgina Vega de Jesús.
Rúbrica.
(R.- 419970)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
‘’MARÍA DE LA PALOMA BLÁZQUEZ MEDINA’’
EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, DICTADO POR EL JUEZ
SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE
JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, EN EL JUICIO DE AMPARO 896/2015-VI,
PROMOVIDO POR GERARDO ASUNCIÓN MÉNDEZ OROSIO, EN SU CARÁCTER DE ALBACEA
PROVISIONAL DE LA SUCESIÓN DE OLGA MEDINA MEDINA Y RAÚL BLÁZQUEZ GARATE, EN
CONTRA DE ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA,
PUEBLA Y OTRA AUTORIDAD; SE TUVO COMO TERCERA INTERESADA A MARÍA DE LA PALOMA
BLÁZQUEZ MEDINA, A QUIEN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO EN
LOS ARTÍCULOS 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CÓDIGO FEDERAL
DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACIÓN SUPLETORIA A DICHO ORDENAMIENTO, SE LE
MANDA EMPLAZAR POR EDICTOS, PARA QUE SE PRESENTE EN ESTE JUZGADO, SITO EN AVENIDA
OSA MENOR OCHENTA Y DOS, CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI, RESERVA TERRITORIAL
ATLIXCÁYOTL, CÓDIGO POSTAL 72810, SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, DENTRO DE TREINTA
DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO; SI
PASADO ESE PLAZO NO COMPARECE POR SÍ O POR APODERADO QUE PUEDA REPRESENTARLA,
LAS NOTIFICACIONES SE LE HARÁN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE AMPARO.
QUEDAN A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARÍA VI DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DE LA
DEMANDA, AUTO ADMISORIO DE LA MISMA Y ACUERDO DE DIECISIETE DE JUNIO DE DOS
MIL QUINCE.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE
LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA, SE EXPIDE LA
PRESENTE. EN SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE. DOY FE.
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, 14 de agosto de 2015.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.
Leticia Perea Huerta.
Rúbrica.
(R.- 419354)
38 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juicio de Amparo Indirecto 1329/2015-I (antes 191/2014-I)
EDICTO.
TERCEROS INTERESADOS
María del Carmen Rodríguez Pérez, por conducto del representante de sus bienes o su albacea,
y Finamoney sociedad anónima de capital variable.
En cumplimiento al proveído de diecinueve de agosto de dos mil quince, dictado en el juicio de amparo
número 1329/2015-I del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y
de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Elsa Libreros Veana, contra actos del Agente
del Ministerio Público adscrita a la Agencia Especializada Para la Investigación en Delitos Financieros
Mesa Uno, en el cual se tuvieron a María del Carmen Rodríguez Pérez, por conducto del representante de
sus bienes o su albacea, y Finamoney sociedad anónima de capital variable, como terceros interesados y
en términos de los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley de la materia, se les mandó emplazar por medio de
edictos, para que si a su interés conviniere se apersonen a este juicio en el local de este juzgado, dentro
del plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto; si pasado ese
plazo no comparecen los terceros interesados, las notificaciones se les harán en términos del artículo 27,
fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; para tal efecto se le hace saber que se han fijado las diez horas
del veintidós de septiembre de dos mil quince, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Queda a
su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda y auto admisorio. Para su
publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República, se expide el presente. En San Andrés Cholula, Puebla,
diecinueve de agosto de dos mil quince. Doy fe.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Miguel Ángel González Anaya.
Rúbrica.
(R.- 419577)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado
Xalapa-Equez., Veracruz
EDICTO
EN LA CAUSA PENAL 11/2012-I, INSTRUIDA EN CONTRA DE PATRICIO MÁRQUEZ RIVERA, POR SU
PROBABLE RESPONSABILIDAD EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO
SIN LICENCIA, SE DICTO UN ACUERDO QUE EN LO CONDUCENTE DICE:------------------------------------------
Xalapa, Veracruz, a veintiocho de agosto de dos mil quince.
“…Por otra parte, como se dijo anteriormente ya se agotó el procedimiento administrativo de localización
de los atestes Milagros Rivera Juárez y del ex policía Bernardo Gómez González, sin haber obtenido éxito
alguno; en consecuencia, de conformidad con los lineamientos establecidos por el artículo 239, fracción II, del
Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia
de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
quince de enero del año en curso; así como, los diversos 41 y 83 del Código Federal de Procedimientos
Penales, se ordena notificar a los testigos Milagros Rivera Juárez y Bernardo Gómez González, por medio de
la publicación de edictos, el cual se publicará por una sola ocasión, el catorce de octubre de dos mil quince, es
decir, cinco días antes de la fecha asignada para la diligencia de careos procesales ya descrita, en el DIARIO
DE XALAPA, en virtud de ser el diario de mayor circulación en esta ciudad capital, así como en el Diario
Oficial de la Federación; y en los ESTRADOS de este Juzgado, que a las nueve horas con treinta y tres
minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince, deben comparecer debidamente identificados en este
Juzgado sito en boulevard Culturas Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, de esta
ciudad capital, a la diligencia de careos procesales ordenada. “DOS FIRMAS ILEGIBLES”.- RUBRICAS.--------
Atentamente.
Xalapa, Veracruz a 28 de Agosto de 2015
El Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito
en el Estado de Veracruz.
Lic. Marcial Soto Montaño.
Rúbrica.
(R.- 419581)
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 39
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materia
de Trabajo del Tercer Circuito
EDICTOS
Tercero Interesado:
José de Jesús Corona Ruiz
Mediante demanda de amparo presentada el treinta de junio de dos mil trece, a favor de Francisco Javier
López Guzmán, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Quinta Junta Especial
de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara, Jalisco,
consistente: “laudo de fecha 10 de septiembre del año 2010”; motivo por el que se llama a juicio por medio de
éste edicto y se informa que debe presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del
Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, dentro del término de quince días, contados a partir
del día siguiente al de la última publicación del edicto, para que si a su interés conviene se apersone en este
juicio con los apercibimientos contenidos en el artículo 181 de la Ley de Amparo; requiérasele para que señale
domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, aún las de carácter
personal, se le hará por medio de lista que se fijará en los estrados de este órgano jurisdiccional, dentro del
juicio de amparo directo 443/2015.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación:
- "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente.
Zapopan, Jalisco, 31 de agosto de 2015.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito.
Lic. Leticia González Madrigal.
Rúbrica.
(R.- 419812)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito
en el Estado de Veracruz
(Avenida de las Culturas Veracruzanas No. 120, colonia Reserva Territorial,
Edificio “B”, piso 2, C.P. 91096, Xalapa, Veracruz)
EDICTO
En los autos del Juicio de Amparo número 188/2015, formado con motivo de la demanda de amparo
promovido por la licenciada Nayelli Martínez Guevara, en su carácter de apoderada legal del
Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, en la que se señaló como acto
reclamado la resolución de trece de enero de dos mil quince, dictada en los autos del expediente laboral
número 848/2008-II-IV, del índice de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje
del Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, Veracruz; la ciudadana Juez Decimoquinto de Distrito en el
Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, Veracruz, ordenó emplazar por medio de edictos al tercero
interesado Román Nieto Ramírez, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el
“Diario Oficial de la Federación”, “Excelsior” y “Diario de Xalapa”, así como los estrados de este Tribunal,
haciéndole saber que está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia simple de la demanda
de amparo; que tiene expedito su derecho para comparecer a este Tribunal a deducir sus derechos si a sus
intereses conviene, dentro de un término de treinta días hábiles, contados del siguiente al de la última
publicación, si pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda
representarlo, se seguirá el juicio, practicándole las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, por
medio de lista de acuerdos que se fijan en los estrados de este juzgado.
Atentamente
Xalapa, Veracruz, a 16 de junio de 2015
El Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito
en el Estado de Veracruz
Lic. Luis Alberto Vázquez del Orbe
Rúbrica.
(R.- 419854)
40 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materia
de Trabajo del Tercer Circuito
EDICTOS
Tercero Interesado:
Fuente de trabajo que se ubicaba en la avenida Federalismo Norte número 736-A, colonia Artesanos, en
Guadalajara, Jalisco, dedicada a la Seguridad Privada.
Mediante demanda de amparo presentada el dos de mayo de dos mil catorce, a favor de Claudio Alberto
Monfil Norberto, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Décima Tercera Junta
Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara, Jalisco,
consistente: “laudo de fecha 24 de febrero del año 2014”; motivo por el que se llama a juicio por medio de éste
edicto y se informa que debe presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del
Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, dentro del término de quince días, contados a partir
del día siguiente al de la última publicación del edicto, para que si a su interés conviene se apersone en este
juicio con los apercibimientos contenidos en el artículo 181 de la Ley de Amparo; requiérasele para que señale
domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, aún las de carácter
personal, se le hará por medio de lista que se fijará en los estrados de este órgano jurisdiccional, dentro del
juicio de amparo directo 283/2015.
Para que se publique tres veces de siete en siete días.
Para su publicación:
- "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal.
- Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal.
Atentamente.
Zapopan, Jalisco, 01 de septiembre de 2015.
La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito.
Lic. Leticia González Madrigal.
Rúbrica.
(R.- 419809)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTOS
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL
DE LA FEDERACIÓN. JUEZA OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
TERCERA INTERESADA.
JESSICA PAULETTE GUZMÁN LÓPEZ
En los autos del juicio de amparo número 1039/2014-IV, promovido por ÁNGEL CORTÉS CASTAÑEDA,
contra actos de la TERCERA SALA Y JUEZ SEGUNDO, AMBOS DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL; en el que se señala como tercera interesada a
JESSICA PAULETTE GUZMÁN LÓPEZ, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en los
artículos 27, fracción III inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la propia ley, se ordena su emplazamiento, al juicio de mérito por edictos, los que se
publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en la República, y se hace de su conocimiento que en la Secretaría de trámite
de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo a efecto de que
en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra al órgano
jurisdiccional a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, Distrito Federal, a 17 de Septiembre de 2015.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil
en el Distrito Federal.
Lic. Fortres Mangas Martínez.
Rúbrica.
(R.- 419907)
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 41
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTOS.
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL
PRIMER CIRCUITO.
En los autos del juicio de amparo directo número DC.- 571/2015, promovido por Georgina Patricia
Olavarría Cabrer, por propio derecho, contra actos de la Cuarta Sala Civil y Juez Sexagésimo Octavo de
lo Civil, ambas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, cuyo acto reclamado deriva del Toca
392/2015/1; y como no se conoce el domicilio cierto y actual del tercero interesado Jorge Carlos Fernández
Olavarría, se ha ordenado emplazarlo a juicio por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en
siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Periódicos de mayor circulación en
toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por lo tanto, quedan a disposición del tercero interesado
antes mencionado, en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, copia simple de la demanda y sus anexos;
asimismo se le hace saber que cuentan con el término de treinta días hábiles que se computarán a partir del
día hábil siguiente a la última publicación de los edictos de mérito, para que acuda ante este Tribunal
Colegiado en forma personal o por conducto de su representante o apoderado legal, para los efectos que
refiere el artículo 181 de la citada Ley, a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio
para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores
notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por lista en este Tribunal.
Atentamente.
México, D.F., 09 de septiembre de 2015.
Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal
Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
Sergio Molina Castellanos
Rúbrica.
(R.- 419969)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la
Federación. Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla, en el juicio de
amparo 343/2015 (antes 588/2015), promovido por Marco Antonio Elena Vázquez en su carácter de albacea
de la sucesión de Saúl Elena Vázquez, contra actos del 1. Juez y 2. Diligenciario Impar adscritos al
Juzgado Décimo Segundo Especializado en Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla, se han
señalado como tercero interesadas a 2. Rosenda Elena Vázquez, 3. Juana Elena Vázquez y 4. Rosalía Elena
Vázquez, y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlas por edictos, que deberán
publicarse: en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”,
“Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este
juzgado copia autorizada de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del
término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, apercibidas que de no
hacerlo, las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos.
Igualmente se hace de su conocimiento que se señalaron las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL
VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, 17 de septiembre de 2015.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito
de Amparo en Materia Penal
en el Estado de Puebla.
Lic. Rafael Torres Campos.
Rúbrica.
(R.- 420063)
42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal
México, D.F.
EDICTO
Emplazamiento a los terceros interesados
FERNANDO J. RUIZ MANDUJANO,
FERMÍN SOSA,
JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ
MARGARITA ESPINOZA
En los autos del juicio de amparo 466/2015-I, promovido por Javier Morales Reyes, apoderado legal de
HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, contra actos del
Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal y otras autoridades, en el que hizo consistir en: 1) Acuerdo de dieciséis de enero de dos mil quince,
que determina el no ejercicio de la acción penal en las averiguaciones previas acumuladas FDF/T/T1/54/13-01
y FDF/T/T3/614/13-09; 2) Acuerdo que veintisiete de febrero de dos mil quince, que autoriza el no ejercicio de
la acción penal de las averiguaciones previas acumuladas FDF/T/T1/54/13-01 y FDF/T/T3/614/13-09 y 3)
Acuerdo de veintiocho de abril de dos mil quince, que confirma el no ejercicio de la acción penal de las
averiguaciones previas acumuladas FDF/T/T1/54/13-01 y FDF/T/T3/614/13-09; al tener el carácter de
terceros interesados y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, párrafo segundo,
del inciso b) del Artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio de mérito por edictos,
los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en esta Capital, quedando a su disposición en la actuaría de este Juzgado
copia simple de la demanda de amparo, y cuenta con el término de 30 días, contados a partir de la última
publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo
por sí o por conducto de su representante legal que puedan representarlos, apercibidos que de no hacerlo, las
ulteriores notificaciones le correrán por lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito.
Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.
Atentamente
México, D.F., 14 de septiembre de 2015.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal.
Juan Pablo Cortés Torres
Rúbrica.
(R.- 420219)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Los Mochis, Sinaloa
EDICTO:
Rodolfo Contreras Armenta, padre del menor Louy Gael Contreras Figueroa, con fundamento en el
artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se le
notifica emplazándolo con carácter de tercero interesado, de la demanda de amparo promovida por
Felipe Yussef Karin Estrada Yaver, registrada bajo el expediente 558/2015-2B, contra actos del juez Cuarto
de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome, Sinaloa, con sede en esta ciudad,
consistentes en: “A).- De la citada Autoridad Responsable Ordenadora reclamo: 1.- El indebido, incorrecto,
infundado, inmotivado e inconstitucional Auto de Formal Prisión de fecha 22 de Junio del 2015, pronunciado,
en perjuicio del suscrito Felipe Yussef Karin Estrada Yaver, en el Proceso Penal número 168/2015, instaurado
en mi contra, en el que la aludida Autoridad Responsable Ordenadora considero al citado quejoso, por cierto
incorrectamente, como probable responsable de la Comisión del Delito de CORRUPCIÓN DE MENORES,
supuestamente cometido en perjuicio de Louy Gael Contreras Figueroa; y 2.- Por ser una consecuencia del
pronunciamiento del inconstitucional Auto de Formal Prisión de fecha 22 de Junio del 2015, también reclamo
la inminente ejecución de la Identificación Administrativa del suscrito quejoso (ficha signalética); en tanto que
al ser inconstitucional el Auto de Formal Prisión que aquí se reclama, por los razones que más adelante se
exponen, también resulta inconstitucional, por ser un fruto viciado, la mencionada Identificación Administrativa
del suscrito quejoso (ficha signalética).”.
Haciéndole saber que se señalaron las doce horas del veintiuno de octubre del año en curso, para la
celebración de la audiencia constitucional; asimismo, que deberá comparecer ante este Juzgado, señalando
domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, dentro del término de treinta días, con el
apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por lista que se
fijará en los estrados de este Juzgado. El presente edicto se publicará por TRES VECES, DE SIETE EN
SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO EL UNIVERSAL.
Atentamente.
Los Mochis, Sinaloa, a 22 de septiembre de 2015.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa.
Paula Liliana Chairez Parra.
Rúbrica.
(R.- 420296)
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Zacatecas
EDICTO
Por ignorarse el domicilio de Gas Plus, Sociedad Anónima de Capital Variable, parte tercero interesada,
por acuerdo de esta propia fecha, conforme al artículo 27, fracción II, inciso b), de la Ley de Amparo vigente,
en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se ordenó su
emplazamiento por medio de edictos, haciéndole saber radicación en Juzgado Primero de Distrito, juicio de
amparo 978/2015, promovido por CESANTONI, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE por
conducto de sus apoderados legales licenciados Francisco Javier Cabañez Escobedo, Luis Ernesto Bañuelos
Vega, Martín Barrera Aldana, Ivonne del Rocío Guerrero Muñoz y Daniel Ulises Muñoz Delgado, contra actos
de la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores de Congreso de la Unión; Presidente Constitucional de
los Estados Unidos Mexicanos; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Comisión Nacional Bancaria
y de Valores e Institución Financiera Denominada Dun & Bradstreet, Sociedad de Información Crediticia, todos
con sede en México, Distrito Federal, consistentes en la expedición y promulgación de la Ley para regular las
Sociedades de Información Crediticia publicada en el Diario Oficial de la Federación el diez de enero de dos
mil dos, así como la permanencia y registro de quejosa ante la citada institución financiera; en tal virtud, se le
hace saber que debe presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días contados a partir del
siguiente al de la última publicación de edictos, apercibido de que transcurrido dicho plazo sin comparecer, se
le harán las posteriores notificaciones por lista.
Publíquese el presente edicto por tres veces, de siete en siete días.
Zacatecas, Zac., a 22 de septiembre de 2015
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado.
Lic. Jorge Martín Zamora González.
Rúbrica.
(R.- 420397)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Trigésimo Quinto de lo Civil
“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
EDICTO
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR DESARROLLADORES
MEXICANOS DE VIVIENDA S.A. DE C.V. en contra de EDUARDO LÓPEZ FAUDOA, expediente 171/2006,
la C. Juez Trigésimo Quinto de lo Civil dicto un auto de fecha seis de octubre del dos mil quince, que
en su parte conducente dice:
"...para que tenga verificativo la audiencia de remate en SEGUNDA ALMONEDA LAS DOCE HORAS
CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, respecto de los
derechos de propiedad derivados de la sentencia pronunciada en el juicio de inmatriculación judicial radicado
ante el juzgado sesenta y cuatro de lo civil de este Tribunal bajo el número de expediente 258/2000 relativos
al inmueble denominado "Meyuca" ubicado en camino real sin número, colonia San Bernabe Ocotepec,
Delegación Magdalena Contreras, código postal 10300 en esta ciudad de México, Distrito Federal con una
superficie de 48,119.98 metros cuadrados sirviendo como precio de base para dicho remate la cantidad de
$13,500,000.00(TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) cantidad que incluye el
descuento del diez por ciento respecto del valor del avalúo mas alto rendido en autos; con fundamento
en lo dispuesto por el articulo 475 del código federal de procedimientos civiles aplicado
supletoriamente al de la materia DEBERÁ REALIZARSE LA PUBLICACIÓN DE LOS EDICTOS
CORRESPONDIENTES POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y DE
MANERA QUE ENTRE LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO Y LA FECHA DEL REMATE MEDIE UN TERMINO
QUE NO SEA MENOR DE CINCO DIAS..."
SE CONVOCA POSTORES
México, D.F. a 6 de octubre de 2015.
El C. Secretaria de Acuerdos
Lic. Pedro Carlos Núñez Ortega.
Rúbrica.
(R.- 420467)
44 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
AVISOS GENERALES
ARGUELLES PIPELINE, S. DE R.L. DE C.V.
LISTA DE TARIFAS MAXIMAS
TRANSPORTE DE GAS NATURAL POR DUCTO DE ACCESO ABIERTO
Aviso al público en general y a los Usuarios
En cumplimiento a la disposición 21 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de
precios para las actividades reguladas en materia de gas natural (DIR-GAS-001-2007) Arguelles Pipeline,
S. de R.L. de C.V., hace del conocimiento general y de sus usuarios las siguientes tarifas autorizadas
por la Comisión Reguladora de Energía, en relación al servicio de transporte de gas natural por ducto de
acceso abierto.
Tarifa Unidad Pesos
Cargo por Capacidad Pesos/GJ 0.2500
Cargo por uso Pesos/GJ 0.0009
México D.F., a 11 de octubre de 2015.
Arguelles Pipeline, S. de R.L. de C.V.
Apoderado
Miguel Ángel Mateo Simón
Rúbrica.
(R.- 420443)
Auditoría Superior de la Federación
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
RIGOBERTO RAMOS ROMERO, en el procedimiento resarcitorio DGR/D/10/2014/R/10/036, por acuerdo
de dos de octubre de dos mil quince, se ordenó su notificación por edictos, por omisiones presuntamente
irregulares atribuidas a Usted en su carácter de Delegado Estatal en Guerrero de la Secretaría de la Reforma
Agraria, actualmente Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, consistentes en: “No supervisar
que 48 grupos de beneficiarias del PROMUSAG, comprobaran la correcta aplicación de los recursos ante la
“Delegación”, dentro de los noventa días naturales posteriores a la fecha de entrega de recursos; ni notificó a
la “Coordinación” del incumplimiento en la comprobación de los grupos para que dichos casos se remitieran
a la Jefatura de Asuntos Jurídicos, con el objetivo de determinar las acciones legales procedentes.”
Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal, por un monto de
$8’727,400.00 (OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100
M.N.); por lo que conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de
la Federación; y 2o, relativo a la Dirección General de Responsabilidades, y 34, fracción III del Reglamento
Interior de la Auditoría Superior de la Federación, se le cita para que comparezca personalmente, a la
audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Avenida Coyoacán, número
1501, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03100, México, Distrito Federal, a las 10:00
horas del cuatro de noviembre de dos mil quince, y manifieste lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y
formule alegatos; apercibido que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se
le imputan y por precluido su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los
elementos que obran en el expediente, asimismo, se le previene a fin de que señale domicilio para oír y recibir
notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, Distrito Federal, sede de la Auditoría
Superior de la Federación, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de
carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en el pizarrón que se encuentra
visible en la entrada de las oficinas de esta Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior
de la Federación. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a
18:30 horas.
México, Distrito Federal, a ocho de octubre de dos mil quince.
El Director General
Lic. Víctor José Lazcano y Beristain
Rúbrica.
(R.- 420462)
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 45
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
a los Recursos Federales en Estados y Municipios
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
En el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias DGRRFEM/A/08/2015/10/209,
que se sigue ante esta Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y
Municipios, con motivo de la falta de solventación del pliego de observaciones número R800/2012, formulado
al Gobierno del Estado de Querétaro, como resultado de la revisión y fiscalización Superior de la Cuenta
Pública 2010, se ha considerado como presuntos responsables, entre otros, a los CC. Octavio Hernández
Bolaños y Luis Alfonso Méndez Fructuoso, así como a la empresa Servicios de Ingeniería Rogad,
S.A. de C.V., a quienes se les atribuye lo siguiente:
Al C. Octavio Hernández Bolaños, que durante su desempeño como Residente de la Obra Pública con
número de contrato MAP-DOP-R33-PIBAI-LPN-001/2010, financiada parcialmente con recursos federales
provenientes del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas 2010,
suscribió la estimación 5 (CINCO) y FINIQUITO, la cual consignaba la ejecución de volúmenes de obra en
varios conceptos relativos a señalamientos en cantidades superiores a las realmente ejecutadas, provocando
un pago indebido de $1,045,254.93 (Un millón cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos
93/100 M.N.), de los cuales $522,627.47 (Quinientos veintidós mil seiscientos veintisiete pesos
47/100 M.N.), corresponden al porcentaje erogado de los recursos del Programa citado.
Al C. Luis Alfonso Méndez Fructuoso, que durante su desempeño como Residente de las
Obras Públicas con números de contrato MVG-LP-50095001-001-10 y MVG-LP-50095001-002-10,
financiadas parcialmente con recursos federales provenientes del Programa de Infraestructura Básica para la
Atención de los Pueblos Indígenas 2010, suscribió las estimaciones 4(CUATRO) y FINIQUITO, y 5 (CINCO) y
FINIQUITO, respectivamente, las cuales consignaban la ejecución de volúmenes de obra en varios conceptos
relativos a señalamientos en cantidades superiores a las realmente ejecutadas, provocando un pago indebido
de $116,830.32 (Ciento dieciséis mil ochocientos treinta pesos 32/100 M.N.), de los cuales $58,415.16
(CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS QUINCE PESOS 16/100 M.N.), corresponden al porcentaje
erogado de los recursos del Programa de citado.
Y a la empresa Servicios de Ingeniería Rogad, S.A. de C.V., que en su carácter de Contratista de la
Obra Pública con número de contrato MVG-LP-50095001-001-10; recibió indebidamente el pago de
$108,686.66 (Ciento ocho mil seiscientos ochenta y seis pesos 66/100 M.N.), de los cuales $54,343.33
(Cincuenta y cuatro mil trescientos cuarenta y tres pesos 33/100 M.N.), corresponden al porcentaje
erogado de los recursos del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas
2010, por la ejecución de volúmenes de obra en varios conceptos relativos a señalamiento que fueron
estimados en cantidades superiores a las realmente ejecutadas.
Toda ellas conductas que transgredieron lo dispuesto en los artículos 45, fracción I, 54, 55, párrafo
segundo y 67 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 84, fracciones I y VI de
su Reglamento, y Cláusulas Quinta y Décima Primera de los contratos MAP-DOP-R33-PIBAI-LPN-001/2010,
MVG-LP-50095001-001-10 y MVG-LP-50095001-002-10; y Décima Primera del contrato, causando un
daño al Erario Público Federal, y toda vez que se desconoce su domicilio actual; con fundamento en el
artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de
Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, se les emplaza al procedimiento de mérito por edictos,
y se les cita para que comparezcan personalmente a las audiencias de ley que se celebrarán en las oficinas
que ocupa esta Dirección General, ubicadas en la Carretera Picacho Ajusco No. 167, Col. Ampliación Fuentes
del Pedregal, C.P. 14140, México, D.F., en los siguientes días y horarios: el C. Octavio Hernandez Bolaños,
el día 26 de octubre de 2015 a las 09:30 hrs.; el C. Luis Alfonso Méndez Fructuoso, el día 26 de octubre de
2015 a las 11:30 hrs.; y Servicios de Ingeniería Rogad, S.A. de C.V., a través de su representantel legal, el
día 26 de octubre de 2015 a las 17:00 hrs., con la finalidad de que manifiesten lo que a su derecho convenga
en relación a los hechos que se les imputan, así como para que ofrezcan pruebas y formulen alegatos,
audiencias a las que podrán asistir acompañados de sus abogados o personas de confianza, apercibidos que
de no comparecer sin causa justificada, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan, y por precluído
su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el
expediente respectivo. Asimismo, se ponen a su disposición para consulta las constancias que integran
el expediente de referencia, en el citado domicilio, en un horario de las 9:00 a las 14:00 hrs.,
en días hábiles. Finalmente, se hace de su conocimiento que en la audiencia a la que se le cita o en su
primera promoción deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el Distrito Federal, en términos
del artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en el entendido de que en caso de no hacerlo
las subsecuentes notificaciones se le harán por rotulón, de conformidad con los artículos 306 y 316 del
mencionado Código.
México, D.F., a 21 de septiembre de 2015.
El Director General
Lic. Aldo Gerardo Martínez Gómez
Rúbrica.
(R.- 419982)
46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/D/08/2015/R/11/078
Sociedad Agropecuaria Los Fresnos, S.P.R. de R.L. En el procedimiento resarcitorio
DGR/D/08/2015/R/11/078 se ordenó su notificación por edictos por la presunta irregularidad que se le
atribuye, consistente en haber omitido efectuar el reintegro de los recursos del Programa de Apoyo a la
inversión en Equipamiento e Infraestructura, Componente Manejo Posproducción, relativo al Proyecto para el
Fortalecimiento de Infraestructura para la Movilización y Acopio de Granos y Oleaginosas (FIMAGO), que le
fueron otorgados por el Fideicomiso de Riesgo Compartido para la ejecución del Proyecto FIM-DGO-11-
000102, toda vez que no comprobó la aplicación de dichos recursos conforme al plazo de ejecución
establecido en el Convenio de Concertación y Anexo Técnico, suscritos el 28 de septiembre de 2011 y de sus
convenios modificatorios celebrados el 30 de diciembre de 2011 y 29 de junio de 2012, por lo que no aplicó a
los fines autorizados los apoyos recibidos, infringiendo los artículos 7, fracción II y 55, del Acuerdo por el que
se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
2010; 7, fracción VI, párrafo primero y 8 del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos
de Operación del Componente Manejo de Postproducción, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3
de mayo de 2011; las Cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Quinta y Octava, numerales 1, 12, 15 y 17, del
Convenio de Concertación, de fecha 28 de septiembre de 2011, numeral 3.1 del Anexo Técnico al referido
Convenio y Cláusula Primera de los convenios modificatorios suscritos el 30 de diciembre de 2011 y 29 de
junio de 2012 que se formularon al citado convenio; con lo que se ocasionó presumiblemente un daño a la
Hacienda Pública Federal por un monto de $660,471.58 (SEISCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y UN PESOS 58/100 M.N.), más un perjuicio constituido por los productos financieros
correspondientes, que se actualizarán para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el
Código Fiscal de la Federación, en tratándose de contribuciones. Por lo anterior, con fundamento en
el artículo 57, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; se le cita para
que comparezca personalmente a la audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades,
sita en Avenida Coyoacán número 1501, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03100,
México, Distrito Federal, a las 12:00 horas del 30 de octubre de 2015, acompañada de su abogado o por
persona de su confianza, a fin de que manifieste por conducto de su representante legal o por quien acredite
tener facultades suficientes para ello, lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos;
apercibida que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por
precluidos sus derechos para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran
en el expediente; debiendo presentar al momento de la audiencia, identificación oficial, vigente y con
fotografía; y además, se le requiere para que señale domicilio ubicado en esta ciudad, para que se le hagan
las notificaciones que deban ser personales, apercibida en caso de omisión, con que se le realizarán por
rotulón que se fijará en los estrados de esta Dirección General de Responsabilidades. Se pone a la vista para
su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:30 horas.
Ciudad de México, Distrito Federal, a 29 de septiembre de 2015.
El Director General
Lic. Víctor José Lazcano y Beristain
Rúbrica.
(R.- 420364)
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/D/08/2015/R/11/080
Pescamar de Celestún, S.C. de R.L. de C.V. En el procedimiento resarcitorio DGR/D/08/2015/R/11/080
se ordenó su notificación por edictos por la presunta irregularidad que se le atribuye, consistente en haber
omitido efectuar el reintegro de los recursos del subcomponente Proyecto de Apoyo al Valor Agregado de
Agronegocios con Esquemas de Riesgo Compartido (PROVAR), que le fueron otorgados por el Fideicomiso
de Riesgo Compartido para la ejecución del Proyecto VA-YUC-11-000082, toda vez que no comprobó la
conclusión de la ejecución del proyecto, ni la aplicación de dichos recursos conforme al plazo establecido en
el Convenio de Concertación y Anexo Técnico, suscritos el 29 de septiembre de 2011 y de sus convenios
modificatorios celebrados el 30 de marzo de 2012 y 30 de junio de 2012, por lo que no aplicó a los fines
autorizados los apoyos recibidos; infringiendo los artículos 7, fracción VI, en relación con el 8 de los
Lineamientos Específicos de Operación del Componente Manejo de Postproducción, publicado en el Diario
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 47
Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2011; 7, fracciones I y II, de las Reglas de Operación de los
Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2010 y su Modificación publicada en el mismo medio el
2 de mayo de 2011; cláusulas Quinta, Octava, numerales 1, 6, 15 y 17 y Décima Tercera del Convenio de
Concertación celebrado el 29 de septiembre de 2011; y, cláusula Segunda, numeral 3.1 del Convenio
Modificatorio al convenio de concertación de 30 de junio de 2012; con lo que esa asociación civil ocasionó
presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $862,473.00 (OCHOCIENTOS
SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), más el perjuicio
constituido por los productos financieros correspondientes, que se actualizarán para efectos de su pago, en la
forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación, en tratándose de contribuciones. Por lo
anterior, con fundamento en los artículos 57, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de
la Federación; se le cita para que comparezca personalmente a la audiencia a celebrarse en esta Dirección
General de Responsabilidades, sita en Avenida Coyoacán número 1501, Colonia Del Valle, Delegación Benito
Juárez, Código Postal 03100, México, Distrito Federal, a las diez horas del 30 de octubre de 2015,
acompañada de su abogado o por persona de su confianza, a fin de que manifieste por conducto de su
representante legal o por quien acredite tener facultades suficientes para ello, lo que a su interés convenga,
ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibida que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos
los hechos que se le imputan y por precluidos sus derechos para ofrecer pruebas y formular alegatos y se
resolverá con los elementos que obran en el expediente; debiendo presentar al momento de la audiencia,
identificación oficial, vigente y con fotografía; y además, se le requiere para que señale domicilio ubicado en
esta ciudad, para que se le hagan las notificaciones que deban ser personales, apercibida en caso de
omisión, con que se le realizarán por rotulón que se fijará en los estrados de esta Dirección General
de Responsabilidades. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00
a 15:00 y de 16:30 a 18:30 horas.
Ciudad de México, Distrito Federal, a 29 de septiembre de 2015.
El Director General,
Lic. Víctor José Lazcano y Beristain
Rúbrica.
(R.- 420366)
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
Dirección General de Administración
CONVOCATORIA DE LA VENTA DE BIENES No. 6/6.3/6C.17/001/2015
Con apego a la VIGESIMA OCTAVA y VIGESIMA NOVENA de las NORMAS GENERALES PARA EL
REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACION
PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA, se realizara la venta por Licitación Pública.
No. DE CONVOCATORIA: No. 6/6.3/6C.17/001/2015
FECHA DEL EVENTO:
28 de octubre de 2015
LUGAR EN EL QUE SE REALIZARA EL EVENTO:
Ubicada en camino al Ajusco no. 200, Col. Jardines en la Montaña, Del. Tlalpan México D.F.
299 bienes de Mobiliario, Equipo y Vehículos que corresponden a:
• 211 Mobiliario y Equipo de Administración.
• 9 Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo.
• 2 Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio.
• 14 Equipo de Transporte.
• 63 Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas.
MONTO MINIMO DE VENTA
$ 480, 640. 01 (CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS 01/100 M.N.)
REFERENCIA DE LAS BASES
http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/3240/1/mx/programa_anual_de_disposicion_final_de_bienes_
muebles_2015.html
México D.F. a 7 de octubre de 2015.
Director de Recursos Materiales y Servicios Generales
C.P. Adalberto Legorreta Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 420386)
48 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 387/09-EPI-01-2
Actor: Promotora Musical, S.A. de C.V.
“EDICTO”
COLUMBIA PICTURES INDUSTRIES, WARNER BROS ENTERTAINMENT, INC., TWENTIETH
CENTURY FOX FILM CORPORATION, UNIVERSAL CITY STUDIOS, INC. y DISNEY ENTERPRISES INC.
En los autos del juicio contencioso administrativo número 387/09-EPI-01-2, promovido por OMAR LUGO
ANDERE, representante legal de la empresa PROMOTORA MUSICAL, S.A. DE C.V., en contra de la
resolución negativa ficta recaída al recurso de revisión ingresado por el actor el 21 de enero de 2005, ante el
Director de Protección contra la Violación del Derecho de Autor del Instituto Nacional del Derecho de Autor,
interpuesto en contra de la multa impuesta en el oficio de 3 de diciembre de 2004, que resuelve el expediente
PCV/0005/04, se dictó un acuerdo con fecha 14 de septiembre del presente año en donde se ordenó
emplazar a COLUMBIA PICTURES INDUSTRIES, WARNER BROS ENTERTAINMENT, INC., TWENTIETH
CENTURY FOX FILM CORPORATION, UNIVERSAL CITY STUDIOS, INC. y DISNEY ENTERPRISES INC.,
al juicio citado por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo reformado y 18 de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, reforma publicada el 10 de diciembre de 2010 en
el Diario Oficial de la Federación y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria,
para lo cual se le hace saber que tiene un término de cuarenta y cinco días contados a partir del día hábil
siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca en esta Sala Especializada en
Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ubicada en Av. La Morena
No. 804, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, México, Distrito Federal a deducir sus
derechos, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín
electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 reformado de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
México, Distrito Federal a 14 de septiembre de 2015
El C. Magistrado Instructor de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Lic. Ramón Ignacio Cabrera León
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Ruth Beatriz de la Torre Edmiston
Rúbrica.
(R.- 419967)
PLASTIBER DE MEXICO, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION
AL 26 DE AGOSTO DE 2015
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
México D.F. a 02 de octubre de 2015.
Liquidador
Rosalba Herrera García
Rúbrica.
(R.- 420140)
AVISO AL PÚBLICO
Se informa al público en general que las cuotas
por suscripción semestral y venta de ejemplares
del Diario Oficial de la Federación, vigentes a partir
del 1 de enero de 2015, son las siguientes:
Suscripción semestral al público: $ 1,298.00
Ejemplar de una sección del día: $ 13.00
*El precio se incrementará $4.00 por cada
sección adicional.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 49
BONITO GUADALAJARA, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos Noveno, Décimo Tercero, Vigésimo Segundo, Vigésimo
Cuarto y demás relativos de los Estatutos Sociales de “BONITO GUADALAJARA”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, así como los artículos 166, 182, 183, 186, 187 y demás aplicables de la Ley General de
Sociedades Mercantiles, se convoca a los señores accionistas de la sociedad a la Asamblea General
Extraordinaria de Accionistas, que tendrá verificativo en Av. México 2913, Int. 4, Colonia Vallarta Norte,
C.P. 44690, Guadalajara, Estado de Jalisco, a las 12:00 horas del día 30 de octubre de 2015, la cual se
desarrollará conforme al siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.- Nombramiento de escrutadores, cómputo de las acciones y, en su caso, declaración de estar legalmente
instalada la Asamblea de Accionistas.
2.- Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día.
3.- Propuesta y, en su caso, aprobación sobre la disminución del capital social de la sociedad en su parte
variable, mediante reembolso a los accionistas.
4.- Designación de Delegados Especiales para que vigilen el cumplimiento de los acuerdos adoptados
en la presente Sesión y, de resultar necesario, concurran conjunta o separadamente ante Notario Público de
su elección para protocolizar los acuerdos adoptados en la Asamblea.
5.- Elaboración, lectura y aprobación, en su caso, del acta que se levante con motivo de la Asamblea.
Se les recuerda a los señores accionistas que, para concurrir a la Asamblea deberán acreditar su calidad
de tales y que podrán hacerlo por conducto de un Representante en términos del artículo 192 de la Ley
General de Sociedades Mercantiles, a quienes podrán conferirle mandato en carta poder simple firmada ante
dos testigos.
Atentamente
México, Distrito Federal a 5 de octubre de 2015.
Presidente del Consejo de Administración
Jacobo Justino Hirschhorn Rothschild
Rúbrica.
(R.- 420391)
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Agencia de las Naciones Unidas, le invita a
participar en sus procesos de licitación de carácter internacional para la adquisición de bienes, contratación de
servicios y obra pública. Lo anterior, de conformidad con los artículos III y VIII del Acuerdo entre Las Naciones
Unidas y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, firmado el 23 de febrero de 1961, en apego a la
resolución 1240 (XIII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con el objeto de promover el progreso
social y elevar el nivel de vida así como de impulsar el desarrollo económico, social y técnico de México. Mayor
información: rm.mexico@undp.org
Tipo de
Proceso
Proceso No. Descripción Recepción de
Ofertas
Solicitud de
Propuesta
SDP-14-2015 Provisión de servicios para el cálculo, análisis e
implementación del Índice de la Ciudad Próspera
para 130 municipios en la República Mexicana
Proyecto F130 –de ONU Hábitat.
México
A más tardar a las
16:59 pm del 29 de
octubre de 2015.
Las bases de licitación no tienen costo alguno. Los interesados podrán encontrar ésta y otras
convocatorias vigentes, las fechas de aclaraciones, visita al sitio y cierre, así como los requisitos para
participar, en el portal de Internet del PNUD en México: http://www.mx.undp.org sección licitaciones
vigentes. Twitter: PNUD_México.
El PNUD no se responsabilizará por la falta de capacidad del equipo electrónico del proponente para obtener
los documentos de solicitud de propuesta, ni por pérdidas y/o recepción tardía de cualquier comunicación enviada.
5 de octubre de 2015.
Directora de Recursos Materiales y Servicios Generales
Patricia Marrón
Rúbrica.
(R.- 420454)
50 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Pronósticos para la Asistencia Pública
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE COMERCIALIZADORES
Y/O AGENTES DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
El Consejo Directivo, con fundamento en el artículo 58 fracción I de la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales; artículo 6 fracciones III y IV del Decreto de Creación de Pronósticos para la Asistencia Pública;
y artículo 10 del Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública, y
CONSIDERANDO
Que Pronósticos para la Asistencia Pública es un organismo público descentralizado, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, creado mediante el Decreto del Titular del Ejecutivo Federal, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 1978;
Que derivado de las reformas al Decreto de Creación publicadas el 4 de agosto de 2011 en el Diario
Oficial de la Federación, se pretende potencializar el uso de las terminales electrónicas empleadas para la
captación de la venta de los boletos para participar en los diversos juegos, concursos y sorteos, mediante
la comercialización de diversos productos y servicios que sean generados por terceros;
Que al gozar de mayor flexibilidad para realizar operaciones comerciales, Pronósticos para la Asistencia
Pública podrá utilizar la figura jurídica que considere idónea y que le permita obtener los recursos necesarios
para cumplir de manera eficaz con su objeto y fin;
Que es necesario contar con las disposiciones que reglamenten la operación de quienes participen con la
Entidad en la venta de los boletos para participar en los diversos juegos, concursos, sorteos, productos
y servicios ofertados por Pronósticos; ha tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE COMERCIALIZADORES Y/O AGENTES DE
PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA
TÍTULO PRIMERO
De la comercialización
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1o.- Para la consecución de su objeto y fin, Pronósticos, comercializará todos los juegos,
concursos, sorteos, productos y/o servicios a que se refiere el Artículo Segundo de su Decreto de Creación,
directamente o a través de comercializadores y/o agentes y Canales Alternos, quienes deben reunir los
requisitos señalados en el presente Reglamento para firmar el Contrato de Comisión Mercantil aplicable.
Artículo 2o.- Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. Agencia.- Punto de venta o establecimiento en el que se comercializan y, se concentran los registros de
participaciones de los juegos, concursos, sorteos, productos o servicios que Pronósticos ofrece al público y
que son registrados en el Sistema de Cómputo Central o Sistema de Captación de Apuestas en Línea;
II. Agencia madura.- Punto de venta o establecimiento que haya concluido satisfactoriamente su periodo
de prueba a que hace referencia el artículo 19 de este reglamento, superando o igualando el promedio de
venta semanal mínimo establecido en su Contrato de Comisión Mercantil;
III. Apuesta.- Monto susceptible de apreciarse en moneda nacional que se arriesga en un juego
contemplado por la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como en su Reglamento y con la posibilidad de
obtener o ganar un premio.
IV. Boleto.- Es el documento o registro electrónico autorizado emitido por la terminal, que acredita y
garantiza al portador o titular del mismo el derecho a participar en un juego con apuesta, concurso o sorteo,
según sea el caso. Los boletos quedarán almacenados en el Sistema de Cómputo Central denominado
también Sistema de Captación de Apuestas en Línea.
El boleto consigna un contrato de adhesión, acredita el derecho de participar en el juego, concurso o
sorteo respectivo y constituye un documento civil al portador comprendido en el artículo 6o. de la Ley General
de Títulos y Operaciones de Crédito, y no un título de crédito;
V. Buró de Comercializadores y/o agentes deudores.- Es un historial de Comercializadores y/o agentes
que incumplieron con el pago de sus ventas durante la vigencia de su Contrato de Comisión Mercantil.
VI. Canales Alternos.- Son todos aquellos Comercializadores y/o agentes que operan equipos, terminales
y medios de comunicación que pueden ser de su propiedad o de terceros, que están debidamente validados
conforme al marco normativo de Pronósticos y enlazados con el Sistema de Cómputo Central o Sistema de
Captación de Apuestas en Línea de Pronósticos para efectuar la comercialización masiva de los productos
de Pronósticos
VII. Centro de soporte a terminales.- Es la asistencia técnica a distancia y/o física proporcionada al
comercializador y/o agente, por quien designe Pronósticos, tendiente a resolver problemas técnicos y de
suministros para el adecuado funcionamiento de las terminales;
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 51
VIII. C.F.D.I.- Comprobante Fiscal Digital por Internet.
IX. Comercializador y/o agente.- Es la persona física o moral que tenga celebrado un Contrato de
Comisión Mercantil con Pronósticos con la finalidad de captar y enterar las ventas de las participaciones
de los juegos, concursos, sorteos, productos y servicios que ofrece Pronósticos en la forma y términos
señalados en el Decreto de Creación de Pronósticos, en el Estatuto Orgánico, en este Reglamento y las
demás disposiciones aplicables;
X. Comercializador y/o agente cadenero.- Es la persona física o moral que en términos del Contrato
de Comisión Mercantil celebrado con Pronósticos tiene autorización para operar dos o más agencias;
XI. Comprobante de Participación.- Es el registro físico o electrónico autorizado por Pronósticos que
acredita la titularidad de un boleto;
XII. Concentrador.- Persona física o moral que recibe de Pronósticos el material operativo, publicitario u
otro, con la función de almacenarlo y entregarlo al Comercializador y/o agente, a consecuencia de causas de
fuerza mayor o contingencia;
XIII. Concurso.- Es la actividad en la que los poseedores o titulares de un boleto y/o comprobante de
participación, mediante la selección previa de un resultado deportivo o competencia, obtienen el derecho a
participar en un procedimiento previamente estipulado y aprobado por la Secretaría de Gobernación,
conforme al cual se determina uno o varios ganadores de un premio;
XIV. Contrato de Comisión Mercantil.- Es el acto jurídico por el cual Pronósticos, en su carácter de
comitente le otorga un mandato escrito al comercializador y/o agente en su calidad de comisionista, en
términos de lo que prevé el Código de Comercio sobre la comisión mercantil; a través del cual el
comercializador y/o agente se obliga a distribuir todos los juegos, concursos, sorteos, productos y servicios,
así como los que resulten en lo futuro y que considere necesario implementar en respuesta a la demanda y
acorde a sus objetivos contenidos en su decreto de creación.
XV. Contrato de Comodato.- Es el contrato por virtud del cual el Proveedor de Lotería en Línea da en
préstamo la terminal al comercializador y/o agente para hacer uso de la misma para la captación de la venta
de los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios estipulados en el contrato de comisión mercantil
vigente; sin destruirla y con la innegable obligación de restituirla en términos de lo previsto en los artículos
15o. y 16o. del presente Reglamento.
XVI. Juego.- Es la actividad recreativa en la cual las posibilidades de ganar o perder no dependen
exclusivamente de la habilidad del jugador, sino que interviene también el azar. La mayoría de ellos son
también juegos de apuestas, cuyos premios están determinados por la probabilidad estadística de acertar la
combinación elegida.
XVII.- Estrategia Comercial.- Son aquéllos principios, rutas, planes y herramientas fundamentales que
orientan y establecen a Pronósticos el cómo lograr sus objetivos y metas comerciales.
XVIII. Material operativo.- Son los bienes o insumos de distintos tipos necesarios para facilitar las
actividades de comercialización de Pronósticos;
XIX. Premio.- Es la retribución en efectivo o en especie que obtiene el ganador de un juego con apuesta,
pronóstico, concurso o sorteo;
XX. Pronósticos.- Pronósticos para la Asistencia Pública;
XXI. Proveedor.- Persona física o moral que celebra un contrato administrativo con Pronósticos para
proveer de equipos, terminales, suministros, medios de comunicación u otros materiales para la
comercialización de los concursos, juegos, sorteos, productos y/o servicios de Pronósticos a los Puntos de
Venta y Canales Alternos;
XXII.- Reglamento.- Reglamento de Comercializadores y/o agentes;
XXIII. Sistema de Cómputo Central.- Es el Sistema de Cómputo de Pronósticos utilizado para captar los
registros de las participaciones de los clientes de los productos de Pronósticos; así como de la adquisición o
pago de productos o servicios al cual se le conoce también como Sistema de Captación de Apuestas en Línea;
XXIV. Sorteo.- Es la actividad en la que los poseedores o titulares de un boleto y/o comprobante de
participación mediante la selección previa de un número, combinación de números o cualquier otro símbolo,
obtienen el derecho a participar en un procedimiento previamente estipulado y aprobado por la Secretaría de
Gobernación, conforme al cual se determina al azar un número, combinación de números, símbolo o símbolos
que generan uno o varios ganadores de uno o varios premios;
XXV.-Socio Promocional.- Persona física o moral que celebra un contrato administrativo con Pronósticos
para proveer servicios de publicidad, promoción o imagen;
XXVI. Terminal.- Cualquier dispositivo de punto de venta que se utilice para la comercialización de juegos,
concursos, sorteos, productos y servicios que ofrece Pronósticos;
XXVII. XML.- Archivo de Lenguaje de Marcas Extensible, el cual contiene en un formato comprimido los
datos e información referente al Comercializador y/o agente sobre montos de facturación de comisiones.
52 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Artículo 3o.- Tendrán el carácter de comercializadores y/o agentes aquellas personas físicas y
sociedades constituidas de acuerdo a las leyes mexicanas, que tengan capacidad jurídica para contratar
y obligarse a los fines señalados en el Artículo 1° del presente Reglamento, previa autorización que de su
solicitud de agencia efectúe la Subdirección General de Servicios Comerciales de Pronósticos, dentro de los
12 (doce) días hábiles siguientes a la presentación, así como de la celebración del Contrato de Comisión
Mercantil en el que se faculta para comercializar todos los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios
que Pronósticos ofrece al público, debiendo participar activamente en los programas promocionales y de
capacitación que Pronósticos desarrolle para sus marcas en conjunto con un Socio Promocional y que cumpla
con los requisitos señalados en el presente Reglamento.
En caso de no emitirse respuesta alguna a la solicitud de autorización de agencia, se tendrá como no autorizada.
Son causales de negativa de otorgamiento de agencia, las siguientes:
I. Pronósticos no cuente con equipo disponible;
II. El lugar donde solicitan la colocación de la agencia no reciba señal para su funcionamiento;
III. El Canal Alterno no cumpla con las especificaciones técnicas determinadas por Pronósticos;
IV. Por estrategia comercial no convenga a Pronósticos;
V. No cumpla con los requisitos que establece el presente Reglamento, y las demás disposiciones aplicables;
VI. Que el solicitante se encuentre en el Buró de Comercializadores y/o agentes deudores con antecedentes
comerciales y de cobranza negativos frente a Pronósticos.
Artículo 4o.- Antes de iniciarse en el desempeño de las actividades objeto del presente Reglamento, los
comercializadores y/o agentes deberán recibir la capacitación que imparta Pronósticos a través del Proveedor
de Lotería en Línea, para manejar, operar y conservar en buen estado de funcionamiento las terminales que
les son entregadas en calidad de comodato, así como los demás elementos de apoyo.
Artículo 5o.- Pronósticos podrá implementar o generar convenios que permitan facilitar el proceso de
afianzamiento, ofreciendo las mejores condiciones al comercializador y/o agente.
El Comercializador y/o agente, previo al inicio de sus actividades deberá entregar a Pronósticos, garantía
que respalde las obligaciones establecidas en el Contrato de Comisión Mercantil, las cuales podrán ser
las siguientes:
a) Fianza expedida por la institución autorizada que al momento tenga celebrado un Convenio de
Afianzamiento General o conforme a los mecanismos de afianzamiento vigentes en Pronósticos;
b) Garantía Bancaria (Standby o línea de Crédito) emitida por institución bancaria autorizada;
c) Depósito en efectivo constituido a través de certificado o billete de depósito expedido por la
institución de crédito autorizada (Moneda Nacional);
d) Depósito en efectivo ante la Tesorería de Pronósticos (Moneda Nacional);
e) Carta de crédito irrevocable, expedida por institución de crédito autorizada, y
f) Cheque certificado o de caja expedido a favor de la Tesorería de Pronósticos.
La cantidad mínima y el periodo de vigencia de la garantía, será comunicada por la Subdirección General
de Servicios Comerciales al momento de la firma del Contrato.
Pronósticos a través de la Subdirección General de Servicios Comerciales, le indicará la fecha, forma de
entrega, monto, requisitos y periodo de vigencia para la renovación de la Garantía la cual deberá ser
entregada con 30 (treinta) días hábiles de antelación a su vencimiento, para garantizar el debido manejo de
los bienes, fondos y valores que le asigne Pronósticos o que reciba por razón de su contrato.
El monto mínimo de la fianza o garantía a que se refiere el párrafo anterior, podrá incrementarse a petición
del comercializador y/o agente o a determinación de Pronósticos, dependiendo de su comportamiento de
ventas de los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios que se generen durante la vigencia del
Contrato de Comisión Mercantil.
La fianza a la que se hace referencia en este artículo, únicamente funciona como garantía sobre las
transacciones o ventas que realice el comercializador y/o agente y/o canal alterno.
Artículo 6o.- El comercializador y/o agente, desempeñará por sí mismo las obligaciones establecidas en
el presente Reglamento y no podrá delegarlas, compartirlas o recibir una contraprestación o beneficio que
fuere en especie o monetario. Sin embargo, podrá bajo su estricta y personal responsabilidad, emplear en el
desempeño de sus funciones al personal que a su juicio le fuere necesario, siendo en todo momento el
comercializador y/o agente responsable de los actos u omisiones que se puedan presentar en cualquier
supuesto, debiendo dicho personal ser capacitado por el propio titular de la agencia, sin que esto genere una
relación laboral con Pronósticos.
Asimismo, el comercializador y/o agente deberá contar con los elementos propios y suficientes para
cumplir con las obligaciones laborales, fiscales y/o de cualquier otra naturaleza que deriven de las relaciones
con sus propios trabajadores, por lo que Pronósticos estará relevado de cualquier responsabilidad por las
obligaciones mencionadas, puesto que el Comercializador y/o agente tiene para todos los casos, el carácter
de patrón y no de intermediario en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53
De igual forma, el comercializador y/o agente deberá cumplir con las obligaciones fiscales, derechos y
otras obligaciones que graven su actividad y llevar los registros correspondientes; así mismo las de carácter
laboral, en relación con el personal que contrate.
En términos de lo anteriormente expuesto, la relación laboral existe y existirá solamente entre el
Comercializador y/o agente y sus trabajadores.
La relación entre el comercializador y/o agente y Pronósticos está determinada única y exclusivamente
bajo los términos del contrato de comisión mercantil celebrado entre ambos.
La relación de Pronósticos con los Canales Alternos, se dará con la persona física o moral que tenga
representación legal, no con quienes integren su estructura en puntos de venta y/o canales de comercialización.
La vigencia de los contratos que Pronósticos celebre con Canales Alternos que utilicen puntos de venta,
equipos o terminales y medios de comunicación ajenos, estará condicionada a que permanezca en vigor, a su
vez, la estipulación a favor de Pronósticos que los Canales Alternos deben pactar con el proveedor de los
puntos de venta, equipos o terminales y medios de comunicación, la cual consiste en que el mencionado
proveedor quede obligado a permitir la supervisión tan amplia y exhaustiva, y cualesquiera llevar a cabo,
respecto del desempeño que en el cumplimiento del contrato de comisión mercantil se estipule.
Artículo 7o.- El comercializador y/o agente deberá exhibir a la vista del público, toda la documentación y
publicidad que remita para ese efecto Pronósticos y podrá promocionar por sus propios medios, los juegos,
sorteos, productos o servicios y desarrollos que comercializa Pronósticos.
Artículo 8o.- El comercializador y/o agente se ajustará en el desempeño de sus actividades a las
disposiciones establecidas en el Decreto de Creación, en el Estatuto Orgánico de Pronósticos, a éste y demás
Reglamentos de Pronósticos, al Contrato de Comisión Mercantil celebrado, a los Instructivos, Circulares,
Manuales y demás normas de carácter administrativo y jurídico que sobre la materia se encuentren vigentes,
así como cualquier otra que en el futuro se expida y le comunique Pronósticos; así mismo, vigilar que el
personal que lo auxilie, conozca y cumpla con dicha normatividad.
Artículo 9o.- Se entenderán como medios de comunicación oficial, aquéllos documentos e información
que se hagan del conocimiento del comercializador y/o agente a través de Mensaje Vía Terminal, Correo
Electrónico, Prensa, Página de Internet, Portal de comercializadores y/o agentes, Servicio Postal o Mensajería
con acuse de recibo, Llamada Telefónica y demás medios que determine Pronósticos en el Contrato de
Comisión Mercantil.
Artículo 10o.- La determinación del local donde el comercializador y/o agente realice su actividad, deberá
cumplir con los requisitos que Pronósticos señale de instalación física y de suministro de energía, para que
tanto la terminal electrónica, como el equipo de comunicación, funcionen con seguridad y eficacia.
Artículo 11o.- La solicitud de baja voluntaria de una agencia deberá ser ingresada únicamente por el
comercializador y/o agente autorizado, presentada por escrito o medio electrónico que se señale en el
Contrato de Comisión Mercantil a la Subdirección General de Servicios Comerciales de Pronósticos, con una
antelación de (10) diez días hábiles a la fecha en que se tenga contemplada realizar la baja, siempre y cuando
no tenga adeudos.
La petición de baja voluntaria de agencia, deberá ser atendida por la Subdirección General de Servicios
Comerciales dentro de los 12 (doce) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, en caso de no
emitirse respuesta alguna, se entenderá por autorizada.
Artículo 12o.- El comercializador y/o agente deberá obtener por su exclusiva cuenta las licencias,
permisos o autorizaciones que las disposiciones normativas y legales vigentes le exijan para el
funcionamiento de su local comercial y mantenerlo abierto al público durante el horario indicado en el Contrato
de Comisión Mercantil celebrado con Pronósticos.
Artículo 13o.- El comercializador y/o agente recibirá en calidad de comodato para el desempeño de su
encargo, cuando menos una terminal electrónica y equipo de comunicación, los cuales deberá cuidar y
proteger para que no sufran daño ni deterioro alguno, debiendo entregar dichos bienes en el momento
en el que fuere requerido por Pronósticos y sin más deterioro que el derivado del transcurso del tiempo, de
su uso normal y prudente, así como a no cambiar por cuenta propia la ubicación de la terminal y equipo
de comunicación.
Artículo 14o.- El comercializador y/o agente, vía telefónica, deberá reportar de inmediato a Pronósticos o
a quien éste designe, las fallas, descomposturas o cualquier otro evento que llegase a suspender la operación
normal de la terminal, equipo de comunicación y demás componentes que lo integran; así como no deberá
intentar reparar por cuenta propia la terminal y equipo correspondiente, asumiendo el compromiso de
responder de cualquier daño que llegase a ocasionar por el incumplimiento de este artículo.
Artículo 15o.- Pronósticos se reserva el derecho de evaluar, en el supuesto de daños ocasionados al
equipo señalado en los artículos 13o. y 14o. de este Reglamento, el costo de la reparación conforme a un
dictamen técnico elaborado por la empresa que Pronósticos designe, mismo que servirá como base para que
el Comercializador y/o agente cubra el importe del daño en efectivo y en la cuenta bancaria que Pronósticos
le indique.
54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Artículo 16o.- El comercializador y/o agente deberá pagar el deducible correspondiente al seguro que se
tenga contratado con la empresa que designe Pronósticos, en los casos de siniestro, robo y de daño total o
parcial que afecten al equipo instalado en la agencia.
En caso de que ocurra cualquiera de los supuestos a que se refiere el párrafo inmediato anterior, el
comercializador y/o agente deberá levantar un Acta ante el Ministerio Público, con los datos registrados en el
Contrato de Comodato de la terminal instalada, así como realizar todas las gestiones subsecuentes y enviar
copia certificada a Pronósticos, quien le indicará el número de cuenta bancaria para el depósito del deducible
en efectivo.
Artículo 17o.- El Contrato de Comisión Mercantil que celebre el comercializador y/o agente con
Pronósticos tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha de su firma, transcurrido este plazo
automáticamente queda renovado por tiempo indefinido, siempre y cuando no exista manifestación en contra
de alguna de las partes. Pronósticos se reserva el derecho de reconsiderar la renovación automática cuando
hubiere duda del cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato de Comisión Mercantil.
Durante la vigencia del Contrato de Comisión Mercantil, el comercializador y/o agente está obligado a
entregar en tiempo y forma a Pronósticos los documentos en relación con la actualización de sus expedientes.
Artículo 18o.- Pronósticos en su calidad de comitente estará en aptitud de revocar en cualquier tiempo, la
comisión conferida al comercializador y/o agente en su calidad de comisionista, así como por estrategia
comercial o por así convenir a sus intereses, para lo cual notificará su decisión al comercializador y/o agente,
cuando menos (3) tres días hábiles antes de que deba surtir efecto la terminación, vía servicio postal o
mensajería con acuse de recibo, sin perjuicio de que proceda a exigir la reparación del daño si es el caso,
debiendo cumplir el comercializador o agente sus obligaciones y liquidar los adeudos pendientes.
El comercializador y/o agente podrá dar por terminado, anticipadamente, el contrato de comisión mercantil
celebrado con Pronósticos en cualquier tiempo; sin embargo, si la terminación se realiza dentro del plazo de
prueba de cuarenta y dos semanas, se generará en favor de Pronósticos un cargo por concepto de gastos de
administración equivalente a cincuenta y siete días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Sin perjuicio de lo anterior, Pronósticos podrá dar por terminado el contrato de comisión mercantil
celebrado con los comercializadores y/o agentes, en los siguientes supuestos:
a) La información, documentación o referencias proporcionadas por el comercializador y/o agente no sean
fidedignas o presenten alguna alteración y cuando no cumplan con la actualización de documentos que le
requiera Pronósticos.
b) Pronósticos tenga conocimiento de ofrecimiento, subarrendamiento o la delegación por parte del
Comercializador y/o agente de la comisión pactada en el contrato celebrado en términos del artículo 6o. del
presente Reglamento.
c) El comercializador y/o agente contravenga lo dispuesto en el artículo 24o. del presente Reglamento,
promoviendo o comercializando juegos, concursos o sorteos no autorizados.
d) El comercializador y/o agente no realice la notificación de baja de agencia en los términos y plazos
señalados en el artículo 11o. del presente Reglamento, debiendo cumplir nuevamente con los requisitos para
el otorgamiento de una agencia.
e) El comercializador y/o agente contravenga lo dispuesto en los artículos 28o. y 29o. del presente Reglamento:
• Mal uso a los boletos cancelados y boletos premiados pagados,
• Cobrar comisiones por pago de premios,
• No realizar los pagos totales.
f) El periodo de prueba del Comercializador y/o agente será de 42 (cuarenta y dos) semanas a partir de su
inicio de operación, para lo cual deberá alcanzar la venta mínima promedio en las últimas ocho o veinte
semanas de conformidad con lo pactado en el artículo 26o. y 32o. del presente Reglamento, debiendo el
comercializador y/o agente liquidar los saldos pendientes con Pronósticos.
g) En caso de que, habiendo transcurrido el tiempo a que se refiere el inciso anterior, se remitirá a los
artículos 27o. y 33o. del presente Reglamento.
h) El comercializador y/o agente se niegue a proporcionar información sobre el manejo de la agencia
a Pronósticos.
i) El comercializador y/o agente que por cuenta propia repare o intente reparar la terminal, equipo
de comunicación y demás componentes que la integran, así como moverla a un domicilio y lugar diferente al
que le fue autorizado e instalado.
j) Que al comercializador y/o agente le sea revocada o cancelada la autorización correspondiente para el
funcionamiento de su agencia.
El Comercializador y/o agente será amonestado por Pronósticos en los casos que se enlistan a continuación:
1) El comercializador y/o agente y/o el personal subordinado a su cargo se niegue a comercializar los
juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios que Pronósticos ofrezca al público y cuando se niegue a
participar en los programas promocionales que Pronósticos desarrolle para sus marcas o en conjunto con un
socio promocional;
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55
2) El comercializador y/o agente y/o el personal subordinado a su cargo se niegue a pagar los premios, de
conformidad a lo establecido en el artículo 27o. del presente Reglamento;
3) El Comercializador y/o agente y/o el personal subordinado a su cargo se niegue a registrar cualquier
apuesta de los juegos, concursos y sorteos o a comercializar alguno de los productos y/o servicios que
Pronósticos ofrezca al público;
4) En el caso de que derivado de una queja o denuncia, se compruebe una mala atención y servicio
a los consumidores;
5) El comercializador y/o agente se niegue a participar en los programas de capacitación y,
6) El comercializador y/o agente imprima las apuestas, en un papel diferente al que se le proporciona con
el Material Operativo.
En caso de que el comercializador y/o agente y/o su personal subordinado incurran en 2 (dos) ocasiones
en las conductas referidas en los incisos anteriores en un periodo de 6 (seis) meses contados a partir de la
fecha de la primera amonestación, mismas que se tendrá registro y copia en su expediente, Pronósticos
podrá dar por terminado el contrato de comisión mercantil en términos de lo previsto en el primer párrafo de
este artículo.
Artículo 19o.- Pronósticos autoriza al comercializador y/o agente y Canal Alterno la utilización de los
logotipos de su propiedad, los cuales deberán ser acordes en todo momento con los diseños y colores
plasmados en el Manual de Identidad de Pronósticos, para señalización de la fachada e interior de su
agencia, razón por la cual queda expresamente prohibido el uso de los logotipos para fines distintos al
antes mencionado.
Artículo 20o.- En las poblaciones que estime conveniente, Pronósticos podrá establecer concentradores
de material operativo, publicitario o de cualquier otro tipo. Los concentradores tendrán a su cargo almacenar y
entregar el material operativo y publicitario a los comercializadores y/o agentes.
Pronósticos podrá señalar otros medios de distribución de acuerdo a sus necesidades.
Artículo 21o.- El comercializador y/o agente, los Canales Alternos, así como el personal subordinado a su
cargo deben tener pleno conocimiento de que los recursos que obtenga Pronósticos a través de ellos por
medio del contrato de comisión mercantil, para su Objeto y Fin en términos del artículo Segundo de su
Decreto de Creación, son Fondos Federales destinados exclusivamente para la Asistencia Pública, y por ello
se encontrarán sujetos a la observancia de las disposiciones aplicables en materia de vigilancia y supervisión
de recursos públicos y serán responsables en los términos de las leyes vigentes respectivas sobre el correcto
manejo de tales recursos.
Artículo 22o.- El comercializador y/o agente, deberá apegarse a las disposiciones fiscales vigentes
durante la duración de contrato de comisión mercantil en relación a las comisiones percibidas.
TITULO SEGUNDO
De los juegos, concursos y sorteos
CAPITULO I
De la comercialización de los boletos para participar en los juegos, concursos y sorteos
Artículo 23o.- La persona física o moral que desee obtener una agencia cuya función consista en captar y
liquidar la venta de los boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrezca Pronósticos deberá
celebrar el contrato de comisión mercantil con Pronósticos.
Artículo 24.- El comercializador y/o agente bajo pena de terminación del Contrato de Comisión Mercantil,
no promoverá o comercializará cualquier otra forma de juegos, concursos o sorteos distintos a los
contemplados en los reglamentos de Pronósticos, en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento,
los autorizados por la Secretaría de Gobernación, así como los que celebre la Lotería Nacional para la
Asistencia Pública.
Artículo 25o.- Los comercializadores y/o agentes y Canales Alternos recibirán por su intervención en la
venta al público de los boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrece Pronósticos, una
comisión fija o variable en efectivo que no excederá del 10 (diez) por ciento de la venta neta que realicen.
En dicho porcentaje, no se contemplará el monto de la venta de los boletos que hubiere cancelado.
Los comercializadores y/o agentes y Canales Alternos podrán recibir incentivos con pago en efectivo o en
especie que previamente autorice el Consejo Directivo de Pronósticos, con el objeto de lograr su apoyo para
alcanzar los objetivos institucionales y comerciales del organismo.
En aquellos casos que lo estime procedente, el Consejo Directivo de Pronósticos podrá autorizar
programas temporales que permitan modificar la comisión a los comercializadores y/o agentes y Canales
Alternos y podrá implementar sistemas de incentivos promocionales con pago en efectivo y/o en especie para
la Red de comercializadores y/o agentes, con el objeto de lograr su apoyo para alcanzar los objetivos
institucionales y comerciales.
Pronósticos podrá aumentar los concursos, sorteos, que deba poner a la venta el comercializador y/o
agente, notificándole los términos y el porcentaje de la comisión correspondiente mediante las formas
establecidas en el artículo 9o. del presente Reglamento.
56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Artículo 26o.- El importe mínimo de ventas semanales de los boletos para participar en los concursos y
sorteos que ofrece Pronósticos, que deberá cubrir el comercializador y/o agente y Canales Alternos, será la
cantidad que Pronósticos determine en su contrato de comisión mercantil equivalente a los días de salario
mínimo general vigente en el Distrito Federal acordado previamente por las partes en el contrato, para lo cual
el comercializador y/o agente pondrá toda su actividad, diligencia y capacidad de venta.
Artículo 27o.- Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente deberá pagar a Pronósticos el
importe de la venta de los boletos para participar en los concursos y sorteos que hubiera realizado en el
periodo, previa deducción de la comisión a su favor a que se refiere el artículo 25o. del presente Reglamento y
del importe de los boletos premiados pagados de acuerdo al artículo 28o., conforme al contrato que celebre el
comercializador y/o agente con Pronósticos.
El comercializador y/o agente recibirá cada mes el estado de cuenta, disponiendo de un lapso de (10) diez
días hábiles, a partir de su publicación en el Portal de Comercializadores y/o agentes para objetarlo;
transcurrido este periodo, se dará como plenamente aceptado por el Comercializador y/o agente.
Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente que no efectúe el pago total de las ventas de los
boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrece Pronósticos, dentro de los plazos que le sean
previamente comunicados, se le suspenderá la señal de la terminal, la cual será reactivada al momento de
confirmar los pagos recibidos vía depósito o transferencia bancaria y se hará acreedor a un cargo de hasta
tres salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal, por concepto de reactivación de señal, importe
que será deducido de la comisión de la venta de la semana en que haya sido suspendida la terminal.
Artículo 28o.- El comercializador y/o agente podrá pagar, previa validación del boleto o del comprobante
de participación en la terminal, premios cuyo importe sea de $1 (un peso 00/100 M.N.) hasta $9,999.99 (nueve
mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos. Para el caso de boletos, el pago se efectuará
contra la presentación y entrega material del boleto.
Los Canales Alternos, podrán realizar el pago de premios hasta por la cantidad de $9,999.99 (nueve mil
novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos, a través de los siguientes medios:
I. pago en efectivo,
II. abono en cuenta,
III. abono en tiempo aire,
IV. cualquier otra forma previamente autorizada por Pronósticos.
La forma y el monto de pago de cada uno de ellos, deberá quedar establecida en el Contrato de Comisión
Mercantil respectivo, lo cual se hará del conocimiento del público, a través de los medios con que cuente
el Canal Alterno.
El pago de premios superiores a $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)
brutos, únicamente será efectuado en la Oficina Central de Pronósticos o en los bancos autorizados, los
cuales se harán del conocimiento del público. El pago se efectuará únicamente contra la presentación y
entrega material del boleto o comprobante de participación firmada por el participante, en caso de que el
comprobante sea físico.
El comercializador y/o agente tiene la obligación de destruir todos aquellos boletos y comprobantes de
participación premiados y pagados en su terminal que correspondan a premios por importe desde $1.00 (un
peso 00/100 M.N) y hasta $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N).
El comercializador y/o agente será responsable por el mal uso que pueda darse a los boletos y
comprobantes de participación pagados o descargados directamente en su terminal y que deriven una
contingencia legal o reclamo de pago por parte del tenedor.
Artículo 29o.- El comercializador y/o agente deberá conservar la totalidad de los boletos cancelados de la
terminal que le haya sido asignada, durante un periodo de 60 (sesenta) días naturales a partir de su registro
en el Sistema de Captación de Apuestas.
Pronósticos podrá solicitar los boletos cancelados durante el periodo de los 60 (sesenta) días naturales
posteriores a su registro en el Sistema de Captación de Apuestas, haciendo responsable al comercializador
y/o agente del pago por el mal uso que pueda darse a los boletos cancelados.
Una vez terminado el plazo anterior, el comercializador y/o agente deberá destruir los boletos cancelados.
TITULO TERCERO
De los productos y servicios
CAPITULO I
Condiciones del contrato
Artículo 30o.- Aquella persona física o moral que desee aperturar una agencia para ofrecer a terceros
los productos y servicios de Pronósticos, deberá celebrar previamente un contrato de comisión mercantil
con Pronósticos, captando mediante el registro en la terminal su venta y/o los pagos y, liquidar debidamente
esos recursos.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57
Artículo 31o.- Los comercializadores y/o agentes con respecto al artículo anterior, recibirán por su
intervención en la captación de pagos y/o venta de productos y servicios que ofrece Pronósticos, una comisión
o descuento fijo o variable que no excederá del 10 por ciento de la venta neta que realicen, salvo en los casos
a que se refiere el párrafo siguiente:
• Los comercializadores y/o agentes podrán recibir los incentivos con pago en efectivo o en especie
que previamente autorice el Consejo Directivo de Pronósticos, con el objeto de lograr su apoyo para alcanzar
los objetivos institucionales y comerciales de Pronósticos.
• Pronósticos podrá aumentar los productos y servicios que deba vender el Comercializador y/o agente
notificándole los términos y el porcentaje de la comisión correspondiente, mediante las formas establecidas en
el artículo 9o. del presente Reglamento.
Artículo 32o.- El importe mínimo por la captación de venta y/o pago de productos y servicios deberá ser la
cantidad que Pronósticos determine en su contrato de comisión mercantil equivalente a los días de salario
mínimo general vigente en el Distrito Federal, acordado previamente por las partes mediante contrato respectivo,
para lo cual el Comercializador y/o agente pondrá toda su actividad, diligencia y capacidad para obtenerlos.
Artículo 33o.- Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente deberá pagar a Pronósticos el
importe de la captación de pagos y/o venta de los productos y/o servicios que hubiera realizado en el periodo,
previa deducción de la comisión a su favor a que se refiere el artículo 31o. del presente Reglamento conforme
al contrato que celebre el comercializador y/o agente con Pronósticos.
El comercializador y/o agente recibirá cada mes el estado de cuenta, disponiendo de un lapso de (10) diez
días hábiles, a partir de su publicación en el Portal de Comercializadores y/o agentes para objetarlo;
transcurrido este periodo, se dará como plenamente aceptado por el Comercializador y/o agente.
Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente que no efectúe el pago total de la captación de
pagos y/o venta de productos y servicios que ofrece Pronósticos, dentro de los plazos que le sean
previamente comunicados, se le suspenderá la señal de la terminal, la cual será reactivada al momento de
efectuar su pago y se hará acreedor a un cargo de hasta tres días de salario mínimo general vigente en el
Distrito Federal, por concepto de reactivación de señal, importe que será deducido de la comisión de la
captación de pagos y/o venta de productos y servicios de la semana en que haya sido suspendida la terminal.
La forma y el monto de pago de cada uno de ellos, deberá quedar establecida en el contrato respectivo,
para lo cual los comercializadores y/o agentes lo harán saber del conocimiento del público.
El comercializador y/o agente será responsable del manejo fiscal y contable de los comprobantes de pago
y/o venta que emita derivado de los pagos y/o ventas de productos y/o servicios captados directamente
en la terminal.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Segundo.- Hasta en tanto se realicen las reformas pertinentes a los Reglamentos de los Sorteos
y Concursos de Pronósticos, así como a los Manuales, Instructivos y Procedimientos en todo lo que se
refieran a agentes, deberá entenderse también como comercializador.
Tercero.- Se abrogan los “Criterios emitidos por la Subdirección General de Ventas de Pronósticos para la
Asistencia Pública para otorgar seguridad y certeza jurídica a los particulares que quisieran obtener y operar
una agencia”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de agosto de 2011.
Cuarto.- Se abroga el Reglamento de Agentes de Pronósticos para la Asistencia Pública, así como sus
diversas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Quinto.- Se abroga el Reglamento de Comercializadores de Pronósticos para la Asistencia Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de septiembre de 2010.
Sexto.- Se deroga cualquier disposición que contravenga el presente Reglamento de Comercializadores
y/o agentes.
El Secretario del Consejo Directivo de Pronósticos para la Asistencia Pública, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14 fracción VII, del Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública,
certifica el “Acuerdo por el que se expide el Reglamento de Comercializadores y/o Agentes de Pronósticos
para la Asistencia Pública”, fue aprobado por el Consejo Directivo de Pronósticos para la Asistencia Pública,
en Sesión Ordinaria número 206, celebrada el 28 de mayo de 2015.
México, D.F; a 08 de octubre de 2015
Secretario del Consejo Directivo
Lic. Sergio Eduardo Huacuja Betancourt
Rúbrica.
(R.- 420423)
58(SegundaSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015
Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos
Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
CONVOCATORIA No. CAPUFE-SRMSG-GS-SAI-EVM-LP-01-2015
En cumplimiento a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, las Bases
Generales para la Administración y Baja de Bienes Muebles en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, se convoca a las personas físicas y/o
morales interesadas en participar en la enajenación mediante licitación pública de vehículos de diversas marcas y modelos propiedad de Capufe, de conformidad
a lo siguiente:
VEHÍCULOS Y MAQUINARIA DE DIVERSAS MARCAS Y MODELOS PROPIEDAD DE CAPUFE
No. de licitación Costo de las bases más IVA Fecha límite para
adquirir bases
Junta de
aclaraciones
Registro de
participante
Acto de apertura
de ofertas
Emisión del
fallo
CAPUFE-SRMSG-GS-
SAI-EVM-LP-01-2015
$500.00
(quinientos pesos 00/100 M.N.)
20/OCT/15 21/OCT/15
10:00 HORAS
28/OCT/15
10:00 A 11:00 HORAS
29/OCT/15
10:00 HORAS
30/OCT/15
11:00 HORAS
Concepto Descripción Unidad de medida Valor total para venta
39 partidas Vehículos y Maquinaria Unidad (Anexo 1 de las Bases)
Los vehículos se podrán verificar físicamente por los interesados, previa autorización que emita el Titular de la Subgerencia de Almacenes e Inventarios, en las
instalaciones que se señalan en el anexo 7 de las bases de licitación los días 14, 15, 16, 19 Y 20 de Octubre de 2015 de 10:00 a 15:00 horas, de conformidad a lo
establecido en bases.
Los bienes que se licitarán, son ofrecidos en venta, en las condiciones en que se encuentren y con la documentación citada en el anexo 7 de las bases, por lo que
no se extenderá garantía alguna.
Las bases podrán ser consultadas por los interesados los días 14, 15, 16, 19 Y 20 de Octubre de 2015 de 10:00 a 15:00 horas, en la Subgerencia de Almacenes e
Inventarios, ubicada en Calzada de los Reyes, Número24, Colonia Tetela del Monte, Cuernavaca, Morelos; así como en la página de Internet del Organismo
(www.capufe.gob.mx)
La forma de pago de las Bases será a través del Banco HSBC, a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, a la cuenta bancaria
número 0185029007, los interesados en participar previo el pago de las bases, podrán recoger las mismas, entregando la ficha de depósito con sello original del
banco, de 10:00 a 15:00 horas los días 14, 15, 16, 19 Y 20 de Octubre de 2015, en el domicilio descrito con antelación, o en su caso, obtenerlas a través de la página
de Internet del Organismo, para lo cual deberán entregar el documento de pago al momento de entregar la documentación solicitada para el registro y participación en
la licitación, evento que se realizará el día 28 de Octubre de 2015 de 10:00 a 11:00 horas, conforme a lo establecido en las bases de la presente licitación.
Los eventos de la presente licitación se llevarán a cabo en el Archivo de Concentración de esta entidad, ubicado en Calzada de los Reyes número 15, Colonia
Tetela del Monte, Cuernavaca, Morelos
La garantía de sostenimiento de los participantes para garantizar su oferta, será mediante cheque certificado o de caja, expedido por una institución bancaria, a
elección del participante; a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, por un monto equivalente al 10% del precio de venta del bien que
se enajena, sin incluir el impuesto al Valor Agregado.
El pago del importe de los bienes muebles se efectuará a más tardar dentro de los cinco días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la comunicación
del fallo.
El retiro de los bienes se realizará por parte del adjudicatario ganador o su representante legal de conformidad a lo establecido en las bases de la licitación, una
vez que haya liquidado el importe total de los mismos, previa verificación que dichos pagos se reflejen en la cuenta bancaria de Capufe.
Cuernavaca, Mor., a 14 de octubre de 2015.
Subdirectora de Recursos Materiales y Servicios Generales
Lic. Cindy Yoshua Castillo Rentería
Rúbrica.
(R.- 420445)
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 59
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS
VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 6 de septiembre de 2007, así como los numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo
por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de
Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus
reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013 emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 79/2015 del concurso para ocupar la siguiente plaza vacante del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.-
Nombre del Puesto JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS JURIDICO
Código del Puesto 04-810-1-CFOC001-0000619-E-C-M
Nivel
Administrativo
OC1 Número de vacantes 01
Percepción
Mensual Bruta
$22,153.30 (VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES PESOS 30/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. SUPERVISAR LAS ACTIVIDADES DE REVISION Y ANALISIS JURIDICO DE
PLANTEAMIENTOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA
CORROBORAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES TECNICAS Y
NORMATIVAS DE LAS SOLICITUDES.
2. COORDINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE COMPILACION Y DICTAMINACION
DE LAS SOLICITUDES DE TRANSPARENCIA, PARA GENERAR OPINIONES
TECNICAS QUE CONLLEVEN A LA CONCLUSION DE LOS ASUNTOS.
3. REVISAR LAS LABORES DE INTEGRACION DE DOCUMENTACION
JURIDICA DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS EN ASUNTOS DE
TRANSPARENCIA, PARA PROVEER A LA INSTANCIA SUPERIOR LA
INFORMACION QUE PERMITA EVALUAR LOS RESULTADOS.
4. ASESORAR JURIDICAMENTE A LAS AREAS DE LA DIRECCION GENERAL,
SOBRE ASUNTOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA CONTRIBUIR
EN LA OBSERVANCIA DE LOS CRITERIOS TECNICOS Y NORMATIVOS.
5. EXAMINAR EL MARCO JURIDICO LEGAL APLICABLE EN LA ATENCION DE
ASUNTOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA DETECTAR CAMBIOS
Y/O ACTUALIZACIONES QUE AFECTAN LOS PROCESOS DEL AREA.
6. IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS Y TECNICAS RELACIONADAS CON LA
ADMINISTRACION DE INFORMACION JURIDICA EN MATERIA DE
TRANSPARENCIA, PARA CONTAR CON EL ARCHIVO DOCUMENTAL
DE CONSULTA EN EL AREA.
7. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
CARRERA GENERICA:
• NO APLICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN
TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
2 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
• ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS
• CONTABILIDAD
• TECNOLOGIA DE LOS ORDENADORES
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
60 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
CAPACIDADES
TECNICAS
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
SECRETARIA DE GOBERNACION
BASES DE PARTICIPACION
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con
pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio
público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar inhabilitado(a) para el
servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
2ª. Documentación requerida.
Los(as) aspirantes deberán ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Información
de Recursos Humanos >, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de Ingreso> para imprimir en
un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5; mismos que serán presentados el día de la revisión
documental, debidamente requisitados de forma manual. Adicional e invariablemente, deberán presentar en
original o copia certificada y copia simple para su cotejo, los documentos que se mencionan a continuación:
1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte
vigente o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de
sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser
ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación presentada
es auténtica. Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos, tales como:
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional,
capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de
los servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito, podrán presentar los
Resultados de la última Evaluación del Desempeño en original y copia, o en su caso, impresión de la
pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones
de Capacitación, se refiere al promedio de las calificaciones de las acciones de capacitación en el
ejercicio fiscal inmediato anterior. Este elemento no se valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de
decir verdad, manifiesta que no se llevaron a cabo acciones de capacitación en la dependencia
respectiva, o si ninguna de las constancias que presente señalan el otorgamiento específico de alguna
calificación, se validan con original y copia de las constancias de capacitación correspondientes al
ejercicio fiscal inmediato anterior, en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución que impartió
la capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su caso, impresión de la
pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Los Resultados de Procesos de
Certificación se refiere a capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al Servicio
Profesional de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como Servidor(a)
Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original y copia de las constancias de
certificación correspondientes en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el
nombre de la capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de la pantalla del
RUSP en la que se muestre este dato. Comprobantes de capacidades certificadas vigentes en puestos
sujetos al SPC y/o equivalente. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el
momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán
exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos
señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos
en el artículo 21 de la Ley.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 61
4. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años).
5. Tres impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en el
apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral
registrada, además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de experiencia solicitados
para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, se deberán
presentar según sea el caso: hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE,
IMSS u otro instituto de seguridad social, comprobantes de pago, constancias de empleo en hoja
membretada indicando el periodo laborado. Los comprobantes presentados, deben permitir la
acreditación tanto del inicio como el fin de cada experiencia laboral referida.
6. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito
académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título
Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública en términos de las
disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el
Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación
Pública. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio
Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de
julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013,
deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o
Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la
Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite
haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los concursos de puestos con
nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto, el (la)
aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o
prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de
que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefatura de departamento y subdirección de área u
homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin
opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que
se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de dirección de área, dirección general
adjunta, dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el Título Profesional o
Cédula Profesional que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil
de puesto.
En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso
relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la convocatoria
del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios presentado por el (la)
aspirante contra las carreras genéricas solicitadas por el perfil del puesto. En los casos, que los estudios
referidos en el comprobante no sean compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por
el perfil, se verificará contra el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado
Documentación Relevante. Cuando el nombre especifico de la carrera presentada en el comprobante por
el (la) aspirante no aparece dentro del alguna de las carreras genéricas solicitadas por el perfil, se
procederá entonces a comparar contra el listado de las carreras específicas del catálogo, si no
apareciera, se procederá entonces conforme al apartado 5 del numeral 15 de estas mismas bases.
7. Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio asignado
por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
8. Para que un servidor público de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el
sistema y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad, jerarquía o rango, deberá presentar al
menos dos evaluaciones del desempeño anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado
el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior; incluso aquellas
que se hayan practicado como servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo
a obtener su nombramiento como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere este
párrafo, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Dichas evaluaciones no se requerirán
cuando los(as) servidores(as) públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del
puesto que ocupen. Para las promociones por concurso, en el caso del personal de carrera de primer
nivel de ingreso (enlace), la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento
como titular no formará parte de las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el
que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de
Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y
sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. De no estar
en alguno de los casos anteriores, se deberá manifestar en el escrito bajo protesta de decir verdad citado
en el numeral tres de este documento, no ser servidor(a) público(a) de carrera titular.
9. Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los dos últimos empleos conforme al Formato 5.
62 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de
solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y
documental en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se
descalificará automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la
cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
3ª. Registro de aspirantes
La inscripción o el registro de los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la dirección:
www.trabajaen.gob.mx. La cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las
presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato
de los(as) aspirantes
Programa del concurso:
Fase o Etapa Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria 14 de octubre de 2015
Registro de aspirantes (en la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015
Revisión curricular (por la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015
Recepción de solicitudes para reactivación de folios Del 28 de octubre de 2015 al 30 de octubre de 2015.
Evaluación de conocimientos A partir del 02 de noviembre de 2015.
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª.
Documentación requerida.
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
Evaluación de Habilidades
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
Determinación
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las
fechas y los horarios indicados, podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas
y horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de
oportunidades.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la
convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse
para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página
electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de
descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el
Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera
publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de
2012 y 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En
dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el
tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez minutos.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
 La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria
deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
 La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, considerando para los cálculos del
sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales.
 Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así
como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el
descarte de los(as) candidatos(as).
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 63
La Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Secretaría, o
en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del
2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
- Orden en los puestos desempeñados.
- Duración en los puestos desempeñados.
- Experiencia en el Sector público.
- Experiencia en el Sector privado.
- Experiencia en el Sector social.
- Nivel de responsabilidad.
- Nivel de remuneración.
- Relevancia de funciones o actividades.
- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
- Resultados de las evaluaciones del desempeño.
- Resultados de las acciones de capacitación.
- Resultados de procesos de certificación.
- Logros.
- Distinciones.
- Reconocimientos o premios.
- Actividad destacada en lo individual.
- Otros estudios.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de la Secretaría
de Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas
capacidades a evaluar.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación
con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular No.
SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán
observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la
vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a ocupar un puesto en el
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de los(as)
candidatos(as) que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo
Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de
conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito
fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo
establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario(a) Técnico(a)
del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx.
Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser
solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de
Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Es importante
señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las
herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no procederá la revisión respecto del
contenido o de los criterios de evaluación.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado
Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de
Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a
Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será
denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados
arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de éstos se expresen con
decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO
serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando
para todos los procesos de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel
Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá:
64 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel.
b) Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de su acreditación.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de
que el(la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de
evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros
concursos, se establece el siguiente criterio:
El (la) aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB
durante el año de su vigencia.
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de
entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría
de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en
las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo
de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán a la etapa de
Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación
registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa
de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar.
Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y
sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre los(as) candidatos(as) ya
entrevistados(as).
El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así
resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
- Estrategia o acción (simple o compleja)
- Resultado (sin impacto o con impacto)
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema
de Puntuación General que consiste en una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su
determinación declarando:
a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
6ª. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente
Sistema de Puntuación General
Etapa Subetapa Enlace Jefe(a) de
Departamento
Subdirector(a)
de Area
Director(a)
de Area
Director(a)
General y
Director(a)
General
Adjunto(a)
II Examen de
Conocimientos
30 30 30 30 30
Evaluación de
Habilidades
20 20 20 20 20
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 65
III Evaluación de
Experiencia
10* 10 10 10 10
Valoración de
Mérito
10 10 10 10 10
IV Entrevistas 30 30 30 30 30
Total 100 100 100 100 100
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de
conformidad con lo señalado en el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de
Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre
de 2012 y 23 de agosto de 2013.
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
8ª. Reserva de Aspirantes
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de
Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año,
contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo
establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en
concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga
la mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate o,
b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna
persona, o
c) Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto
de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
12ª. Resolución de dudas:
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las
plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 1102-6000, Ext.
16115 ó 16148, el cual estará funcionando de 12:00 a 14:00 hrs. y de 16:30 a 18:00 hrs.
13ª. Inconformidades:
Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno
de Control de la dependencia, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 1 y 2, Colonia Verónica
Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, México, D.F., en términos de lo dispuesto por la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
66 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
14ª. Procedimiento para reactivación de folios
La reactivación de folio sólo será procedente cuando sean causas imputables al sistema, una vez cerrado el
proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para
presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección General de
Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas No. 91, Col. Juárez,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito
referido deberá incluir:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones
que ha presentado y sus vigencias.
• Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada
y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo.
De conformidad al numeral 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera
publicado en el DOF en el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de
2012 y 23 de agosto de 2013.
No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante,
como serían:
a) La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante;
b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al (la) aspirante.
c) Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS advertirá al aspirante de dicha
circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos
que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las
medidas que resulten pertinentes en base al numeral 215 del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el
Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de
29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Recibidas las solicitudes de
reactivación de folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no
mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la
procedencia o no, de la solicitud del(la) aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará
a el(la) aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección. El total de folios reactivados y
las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección
portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra información relevante / sistema de
Servicio Profesional de Carrera.
15ª. Disposiciones generales
1. En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
2. Los datos personales de los(as) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
3. Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera titular, para
poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), éste
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as) finalistas a el (la) siguiente
con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
México, D.F., a 7 de octubre de 2015.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
El Secretario Técnico
Lic. Fernando Gerardo Camacho Reyes
Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 67
Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 6 de septiembre de 2007, así como los numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo
por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de
Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus
reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013 emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 80/2015 de los concursos para ocupar las siguientes plazas
vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.-
Nombre del Puesto SUBDIRECTOR(A) DE CONTRATOS Y COMITES
Código del Puesto 04-812-1-CFNC001-0000214-E-C-N
Nivel
Administrativo
NC1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual Bruta
$33,537.07 (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA
Y SIETE PESOS 07/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. SUPERVISAR LA INTEGRACION DE LOS EXPEDIENTES DE LOS ASUNTOS
QUE SE SOMETERAN AL PLENO DEL COMITE DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, PARA CONTAR CON LA INFORMACION
SOPORTE QUE PERMITA EMITIR EL ACUERDO Y RESOLUCION, POR
PARTE DEL COMITE, DE LAS PETICIONES QUE EFECTUEN LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SEGOB.
2. COORDINAR LOS PROCESOS DE ELABORACION DE LAS
CONVOCATORIAS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Y SERVICIOS, ASI COMO LA DISTRIBUCION DE LAS BASES DE
LICITACION PUBLICA A LOS PARTICIPANTES EN LAS SESIONES DEL
COMITE, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL MARCO
NORMATIVO VIGENTE.
3. PROPONER Y COORDINAR LA LOGISTICA Y DESARROLLO DE LAS
SESIONES DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y
SERVICIOS, PARA AGILIZAR LA ATENCION DE LOS ASUNTOS
RELEVANTES.
4. VIGILAR LOS PROCESOS DE INTEGRACION DE CARPETAS DE APOYO
PARA LOS INTEGRANTES DEL COMITE DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS; DE REQUERIMIENTOS DE FIRMAS, Y
DE DISTRIBUCION DE LAS ACTAS DEL COMITE, PARA PROPORCIONAR A
LOS PARTICIPANTES INVOLUCRADOS EN LA GESTION DE LOS ASUNTOS
TRATADOS, EL SOPORTE DOCUMENTAL QUE PERMITA DAR
SEGUIMIENTO A LAS AUTORIZACIONES Y DECISIONES TOMADAS.
5. VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS JURIDICAMENTE
ESTABLECIDOS EN MATERIA DE CONTROL DE LAS CONSOLIDACIONES Y
LA INFORMACION DE LAS MIPYMES, PARA DAR CURSO AL TRAMITE
DE FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS, ASI COMO DE
PAGO A LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.
6. SUPERVISAR LA APLICACION DE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS
DURANTE LAS SESIONES DEL COMITE DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, EN EL DESARROLLO DE LOS
CONTRATOS EN LA MATERIA, PARA CONTRIBUIR EN LA
ESTRUCTURACION DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES QUE
ASEGUREN EL OTORGAMIENTO DE GARANTIAS POR PARTE DE LOS
PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.
7. VALIDAR LOS REQUERIMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS
A LAS EMERGENCIAS QUE REPORTA EL FONDEN, PARA ACREDITAR LA
ADQUISICION DE LOS PRODUCTOS SOLICITADOS EN ESTAS
SITUACIONES ESPECIALES.
68 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
8. COORDINAR LOS PROCESOS DE ACTUALIZACION DE LOS CONTROLES
DE CONSOLIDACIONES Y MIPYMES CON LOS QUE CELEBRE
CONTRATOS LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA DAR
CUMPLIMIENTO A LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS Y NORMATIVOS
VIGENTES EN LA MATERIA.
9. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
CARRERA GENERICA:
• ADMINISTRACION
• CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION
PUBLICA
• CONTADURIA
• DERECHO
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN
TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
3 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
• ACTIVIDAD ECONOMICA
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
2.-
Nombre del Puesto SUBDIRECTOR(A) DE ATENCION A LA COMISION DE POLITICA
GUBERNAMENTAL
Código del Puesto 04-911-1-CFNA001-0000029-E-C-B
Nivel
Administrativo
NA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual Bruta
$25,254.76 (VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO PESOS 76/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
UNIDAD PARA LA DEFENSA DE LOS
DERECHOS HUMANOS
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. ELABORAR INFORMES SOBRE LOS TRABAJOS QUE REALIZA EL COMITE
DE POLITICA GUBERNAMENTAL, PARA DAR A CONOCER LAS ACCIONES
ADOPTADAS EN MATERIA DERECHOS HUMANOS POR LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
FEDERAL.
2. COORDINAR LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LOS
REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN
LOS COMITES, PARA ESTABLECER EL DIALOGO E INTERCAMBIO DE
IDEAS EN MATERIA DERECHOS HUMANOS.
3. COORDINAR LOS MECANISMOS DE INTEGRACION DE DOCUMENTOS
RELACIONADOS CON LOS ESTUDIOS EN MATERIA DERECHOS
HUMANOS, PARA APOYAR EN EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE
POLITICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DERECHOS HUMANOS.
4. FORMULAR DIAGNOSTICOS Y ESTUDIOS EN MATERIA DERECHOS
HUMANOS QUE REQUIERA LA COMISION, PARA COADYUVAR EN LA
PROMOCION Y DEFENSA DE ESTOS DERECHOS.
5. COORDINAR Y SUPERVISAR LA LOGISTICA DE LAS SESIONES DEL
COMITE DE POLITICA GUBERNAMENTAL EN DERECHOS HUMANOS,
PARA GARANTIZAR LA ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS DE LA COMISION.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 69
6. DAR SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS ALCANZADOS EN LAS SESIONES
DEL COMITE, PARA INFORMAR PERIODICAMENTE A LAS INSTANCIAS
CORRESPONDIENTES, SOBRE EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS
ACUERDOS EMITIDOS.
7. ELABORAR LAS CONVOCATORIAS Y ORDEN DEL DIA DE LAS SESIONES,
PARA SOMETERLAS A CONSIDERACION, Y EN SU CASO, LA
AUTORIZACION DE LAS INSTANCIAS SUPERIORES.
Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
CARRERA GENERICA:
• RELACIONES INTERNACIONALES
• CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION
PUBLICA
• SOCIOLOGIA
• DERECHO
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN
TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
3 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
3.-
Nombre del Puesto JEFE(A) DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CONSOLIDACIONES
Código del Puesto 04-812-1-CFOC001-0000216-E-C-N
Nivel
Administrativo
OC1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual Bruta
$22,153.30 (VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES PESOS 30/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. EFECTUAR LAS ACTIVIDADES DE REVISION Y ANALISIS DE LOS
DOCUMENTOS RELATIVOS A LA CONSOLIDACION DE
LAS ADQUISICIONES, PARA CORROBORAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS
DISPOSICIONES TECNICAS Y NORMATIVAS DE LAS SOLICITUDES.
2. COORDINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO
DE LA INFORMACION Y DOCUMENTACION DEL PROCESO DE
CONSOLIDACION DE ADQUISICIONES, PARA PROVEER A LA INSTANCIA
SUPERIOR LA INFORMACION QUE PERMITA EVALUAR LOS RESULTADOS.
3. REVISAR LAS LABORES DE INTEGRACION, VERIFICACION Y
CONSOLIDACION DE LA INFORMACION SOBRE LAS ADQUISICIONES DE
BIENES Y SERVICIOS, PARA GENERAR OPINIONES TECNICAS QUE
CONLLEVEN A LA CONCLUSION DE LOS ASUNTOS.
4. EXAMINAR EL MARCO JURIDICO LEGAL APLICABLE EN EL PROCESO DE
CONSOLIDACION DE LA INFORMACION RELACIONADA CON LAS
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS, PARA DETECTAR CAMBIOS
Y/O ACTUALIZACIONES QUE AFECTAN LOS PROCESOS DEL AREA.
5. IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS Y TECNICAS RELACIONADAS CON LA
ADMINISTRACION DE INFORMACION SOBRE EL PROCESO DE
CONSOLIDACION DE LAS ADQUISICIONES, PARA CONTAR CON EL
ARCHIVO DOCUMENTAL DE LOS PROCESOS RESPONSABILIDAD
DEL AREA.
6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
70 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TERMINADO O PASANTE
CARRERA GENERICA:
• DERECHO
• CONTADURIA
• ADMINISTRACION
• COMPUTACION E INFORMATICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN
TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
2 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
• ORGANIZACION Y DIRECCION DE
EMPRESAS
• CONTABILIDAD
• TECNOLOGIA DE LOS ORDENADORES
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DEPARTAMENTO
CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
4.-
Nombre del Puesto JEFE(A) DEPARTAMENTO TECNICO DE AHORRO DE ENERGIA
Código del Puesto 04-812-1-CFOA001-0000300-E-C-N
Nivel
Administrativo
OA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual Bruta
$17,046.25 (DIEZ Y SIETE MIL CUARENTA Y SEIS PESOS 25/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. INVESTIGAR Y DESARROLLAR ACCIONES Y MEDIDAS DE AHORRO DE
ENERGIA EN LAS INSTALACIONES DE LA SECRETARIA
DE GOBERNACION, PARA PROMOVER EL USO RACIONAL Y EFICIENTE
DE LOS RECURSOS ENERGETICOS CON QUE CUENTAN LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA
DEPENDENCIA.
2. REVISAR LA DOCUMENTACION TECNICA NORMATIVA DE LOS
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE AHORRO DE ENERGIA, PARA CONTAR
CON ELEMENTOS QUE CONTRIBUYAN EN LOS ANALISIS DE
FACTIBILIDAD.
3. EFECTUAR LOS TRABAJOS DE REVISION Y SELECCION DE LOS
REPORTES DE SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS DE AHORRO DE
ENERGIA, PARA APOYAR EN LOS PROCESOS DE COMPILACION
DE INFORMACION Y TOMA DECISIONES.
4. APOYAR TECNICAMENTE A LAS UNIDADES RESPONSABLES DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION EN LA IMPLEMENTACION DE MEDIDAS
DE AHORRO DE ENERGIA, PARA COADYUVAR A QUE LAS MISMAS
CUMPLAN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS.
5. ANALIZAR EL FUNDAMENTO JURIDICO Y NORMATIVO QUE SE EMITA
SOBRE EL AHORRO DE ENERGIA EN INSTALACIONES FEDERALES, PARA
ACTUALIZAR LA REGLAMENTACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DEL
AREA.
6. REALIZAR ACCIONES DE INTEGRACION Y ORGANIZACION DE LOS
ARCHIVOS DOCUMENTALES ASOCIADOS CON LOS PROYECTOS
RELATIVOS AL AHORRO DE ENERGIA, PARA COLABORAR EN LOS
PROCESOS DE CONSULTA Y CUSTODIA DE LA INFORMACION.
7. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 71
Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
CARRERA GENERICA:
• NO APLICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN
TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
3 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• ARQUITECTURA
• INGENIERIA Y TECNOLOGIA ELECTRICAS
• TECNOLOGIA DE LA CONSTRUCCION
• PLANIFICACION URBANA
• GEOMETRIA
• INGENIERIA Y TECNOLOGIA DEL MEDIO
AMBIENTE
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DEPARTAMENTO
CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
SECRETARIA DE GOBERNACION
BASES DE PARTICIPACION
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con
pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio
público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar inhabilitado(a) para el
servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
2ª. Documentación requerida.
Los(as) aspirantes deberán ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Información
de Recursos Humanos >, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de Ingreso> para imprimir en
un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5; mismos que serán presentados el día de la revisión
documental, debidamente requisitados de forma manual. Adicional e invariablemente, deberán presentar en
original o copia certificada y copia simple para su cotejo, los documentos que se mencionan a continuación:
1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte
vigente o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de
sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser
ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación presentada
es auténtica. Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos, tales como:
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional,
capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de
los servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito, podrán presentar los
Resultados de la última Evaluación del Desempeño en original y copia, o en su caso, impresión de la
pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones
de Capacitación, se refiere al promedio de las calificaciones de las acciones de capacitación en el
ejercicio fiscal inmediato anterior. Este elemento no se valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de
decir verdad, manifiesta que no se llevaron a cabo acciones de capacitación en la dependencia
respectiva, o si ninguna de las constancias que presente señalan el otorgamiento específico de alguna
72 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
calificación, se validan con original y copia de las constancias de capacitación correspondientes al
ejercicio fiscal inmediato anterior, en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución que impartió
la capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su caso, impresión de la
pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Los Resultados de Procesos de
Certificación se refiere a capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al Servicio
Profesional de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como Servidor(a)
Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original y copia de las constancias de
certificación correspondientes en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el
nombre de la capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de la pantalla del
RUSP en la que se muestre este dato. Comprobantes de capacidades certificadas vigentes en puestos
sujetos al SPC y/o equivalente. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el
momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán
exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos
señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos
en el artículo 21 de la Ley.
4. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años).
5. Tres impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en el
apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral
registrada, además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de experiencia solicitados
para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, se deberán
presentar según sea el caso: hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE,
IMSS u otro instituto de seguridad social, comprobantes de pago, constancias de empleo en hoja
membretada indicando el periodo laborado. Los comprobantes presentados, deben permitir la
acreditación tanto del inicio como el fin de cada experiencia laboral referida.
6. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito
académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título
Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública en términos de las
disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el
Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación
Pública. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio
Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de
julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013,
deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o
Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la
Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite
haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los concursos de puestos con
nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto, el (la)
aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o
prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de
que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefatura de departamento y subdirección de área u
homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin
opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que
se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de dirección de área, dirección general
adjunta, dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el Título Profesional o
Cédula Profesional que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil
de puesto.
En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso
relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la convocatoria
del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios presentado por el (la)
aspirante contra las carreras genéricas solicitadas por el perfil del puesto. En los casos, que los estudios
referidos en el comprobante no sean compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por
el perfil, se verificará contra el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado
Documentación Relevante. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el comprobante por
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 73
el (la) aspirante no aparece dentro del alguna de las carreras genéricas solicitadas por el perfil, se
procederá entonces a comparar contra el listado de las carreras especificas del catálogo, si no
apareciera, se procederá entonces conforme al apartado 5 del numeral 15 de estas mismas bases.
7. Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio asignado
por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
8. Para que un servidor público de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el
sistema y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad, jerarquía o rango, deberá presentar al
menos dos evaluaciones del desempeño anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado
el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior; incluso aquellas
que se hayan practicado como servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo
a obtener su nombramiento como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere este
párrafo, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Dichas evaluaciones no se requerirán
cuando los(as) servidores(as) públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del
puesto que ocupen. Para las promociones por concurso, en el caso del personal de carrera de primer
nivel de ingreso (enlace), la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento
como titular no formará parte de las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el que
se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera,
así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y
sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. De no estar
en alguno de los casos anteriores, se deberá manifestar en el escrito bajo protesta de decir verdad citado
en el numeral tres de este documento, no ser servidor(a) público(a) de carrera titular.
9. Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los dos últimos empleos conforme al Formato 5.
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de
solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y
documental en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se
descalificará automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la
cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
3ª. Registro de aspirantes
La inscripción o el registro de los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la dirección:
www.trabajaen.gob.mx. La cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las
presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato
de los(as) aspirantes.
Programa del concurso:
Fase o Etapa Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria 14 de octubre de 2015
Registro de aspirantes (en la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015
Revisión curricular (por la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015
Recepción de solicitudes para reactivación de
folios
Del 28 de octubre de 2015 al 30 de octubre de 2015.
Evaluación de conocimientos A partir del 02 de noviembre de 2015.
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª.
Documentación requerida.
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
Evaluación de Habilidades
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
Determinación
74 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las
fechas y los horarios indicados, podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas
y horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de
oportunidades.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la
convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse
para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página
electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de
descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el
Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera
publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de
2012 y 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En
dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el
tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez minutos.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
 La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria
deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
 La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, considerando para los cálculos del
sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales.
 Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así
como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el
descarte de los(as) candidatos(as).
La Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Secretaría, o
en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del
2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
- Orden en los puestos desempeñados.
- Duración en los puestos desempeñados.
- Experiencia en el Sector público.
- Experiencia en el Sector privado.
- Experiencia en el Sector social.
- Nivel de responsabilidad.
- Nivel de remuneración.
- Relevancia de funciones o actividades.
- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
- Resultados de las evaluaciones del desempeño.
- Resultados de las acciones de capacitación.
- Resultados de procesos de certificación.
- Logros.
- Distinciones.
- Reconocimientos o premios.
- Actividad destacada en lo individual.
- Otros estudios.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 75
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de la Secretaría
de Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas
capacidades a evaluar.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación
con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular No.
SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán
observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la
vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a ocupar un puesto en el
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de los(as)
candidatos(as) que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo
Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de
conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito
fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo
establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario(a) Técnico(a)
del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx.
Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser
solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de
Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Es importante
señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las
herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no procederá la revisión respecto del
contenido o de los criterios de evaluación.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado
Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de
Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a
Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será
denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados
arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de estos se expresen con
decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO
serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando
para todos los procesos de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel
Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá:
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel.
b) Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de su acreditación.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de
que el(la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de
evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros
concursos, se establece el siguiente criterio:
El (la) aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB
durante el año de su vigencia.
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de
entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría
de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en
las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo
de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
76 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán a la etapa de
Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación
registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa
de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar.
Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y
sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre los(as) candidatos(as) ya
entrevistados(as).
El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así
resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
- Estrategia o acción (simple o compleja)
- Resultado (sin impacto o con impacto)
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema
de Puntuación General que consiste en una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su
determinación declarando:
a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
6ª. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente
Sistema de Puntuación General
Etapa Subetapa Enlace Jefe(a) de
Departamento
Subdirector(a)
de Area
Director(a)
de Area
Director(a)
General y
Director(a)
General
Adjunto(a)
II Examen de
Conocimientos
30 30 30 30 30
Evaluación de
Habilidades
20 20 20 20 20
III Evaluación de
Experiencia
10* 10 10 10 10
Valoración de
Mérito
10 10 10 10 10
IV Entrevistas 30 30 30 30 30
Total 100 100 100 100 100
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de
conformidad con lo señalado en el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de
Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre
de 2012 y 23 de agosto de 2013.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 77
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
8ª. Reserva de Aspirantes
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de
Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año,
contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo
establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en
concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga
la mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación
del puesto de que se trate o,
b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona o,
c) Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto
de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
12ª. Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las
plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 1102-6000, Ext.
16115 o 16148, el cual estará funcionando de 12:00 a 14:00 hrs. y de 16:30 a 18:00 hrs.
13ª. Inconformidades
Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno
de Control de la dependencia, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 1 y 2, Colonia Verónica
Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, México, D.F., en términos de lo dispuesto por la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
14ª. Procedimiento para reactivación de folios
La reactivación de folio sólo será procedente cuando sean causas imputables al sistema, una vez cerrado el
proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para
presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección General de
Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas No. 91, Col. Juárez,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito
referido deberá incluir:
78 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones
que ha presentado y sus vigencias.
• Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada
y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo.
De conformidad al numeral 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera
publicado en el DOF en el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de
2012 y 23 de agosto de 2013.
No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante,
como serían:
a) La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante;
b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al (la) aspirante.
c) Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS advertirá al aspirante de dicha
circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos
que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine
las medidas que resulten pertinentes en base al numeral 215 del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el
Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas
de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Recibidas las solicitudes de
reactivación de folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no
mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la
procedencia o no, de la solicitud del(la) aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará
a el(la) aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección. El total de folios reactivados y
las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección
portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra información relevante / sistema de
Servicio Profesional de Carrera.
15ª. Disposiciones generales
1. En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
2. Los datos personales de los(as) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
3. Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera titular, para
poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), este
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as) finalistas a él (la) siguiente
con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
México, D.F., a 14 de octubre de 2015.
"igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
La Secretaría Técnica
Lic. Alejandra T. Feria Montes de Oca
Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 79
Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la
Frontera Sur con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40,
de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de septiembre de 2007, así
como los numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013 emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA T00/001/2015 de los concursos para ocupar las siguientes
plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.-
Nombre del
Puesto
DIRECCION DE ENLACE, SEGUIMIENTO Y VINCULACION “A”
Código del
Puesto
04-T00-1-CFMA001-0000029-E-C-T
Nivel
Administrativo
MA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual
Bruta
$47,973.69 (CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES 69/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
COORDINACION PARA LA ATENCION
INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA
FRONTERA SUR
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. IMPLEMENTAR LA CONSTRUCCION DE VINCULOS INSTITUCIONALES CON LAS
INSTANCIAS FEDERALES Y ESTATALES, PARA ASEGURAR ACCIONES DE
COORDINACION EN LA APLICACION DE LAS POLITICAS PUBLICAS Y
ESTRATEGIAS RELACIONADAS CON EL INGRESO ORDENADO Y SEGURO DE LOS
MIGRANTES AL TERRITORIO NACIONAL.
2. DIRIGIR ACCIONES DE SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS
QUE BRINDEN ATENCION HUMANITARIA A NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES
EN LA FRONTERA SUR, PARA PRESENTAR INFORMES EJECUTIVOS RELATIVOS
AL GRADO DE AVANCE Y CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS ESTABLECIDOS
EN LA MATERIA.
3. DEFINIR LOS PROCESOS DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE LOS PLANES Y
ACCIONES EN TORNO A LAS POLITICAS SOCIALES, ECONOMICAS Y CULTURALES
EN EL ESTADO DE CAMPECHE, PARA PROPORCIONAR A LAS INSTANCIAS
COMPETENTES INFORMACION RELEVANTE QUE FUNDAMENTE LA ELABORACION
DE ESTUDIOS SOBE EL FENOMENO MIGRATORIO EN LA FRONTERA SUR.
4. DETERMINAR EN COORDINACION CON LAS INSTANCIAS FEDERALES Y
ESTATALES LOS MECANISMOS DE COMPILACION, ANALISIS E INTEGRACION DE
LA INFORMACION RELATIVA AL COMBATE DE DELITOS EN LA FRONTERA SUR,
PARA COADYUVAR CON LAS INSTANCIAS COMPETENTES CON EL SOPORTE
DOCUMENTAL EN LA MATERIA.
5. DESARROLLAR EN COORDINACION CON LAS INSTANCIAS FEDERALES Y
ESTATALES LOS PROCESOS DE PLANEACION, ORGANIZACION Y PARTICIPACION
EN LA EJECUCION DE ACCIONES MATERIA MIGRATORIA DE LA FRONTERA SUR
DE MEXICO, PARA DAR ATENCION OPORTUNA A LOS DERECHOS HUMANOS DE
LAS PERSONAS MIGRANTES.
6. FIJAR ACCIONES ESPECIFICAS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION RESPECTO A
LA OPERACION DE LOS CENTROS DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL QUE
BRINDA ATENCION MIGRATORIA EN LA FRONTERA SUR, PARA CORROBORAR
QUE SE CUMPLA CON LOS OBJETIVOS DE SEGURIDAD ACORDADOS CON LAS
INSTANCIAS COMPETENTES.
7. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI
COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
80 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Perfil y
Requisitos
ESCOLARIDAD
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
CARRERA GENERICA:
• CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO
• ADMINISTRACION
• ECONOMIA
• COMPUTACION E INFORMATICA
• CONTADURIA
• INGENIERIA
• MECANICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
3 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
• ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS
• RELACIONES INTERNACIONALES
• SOCIOLOGIA POLITICA
• PROBLEMAS SOCIALES
• CIENCIAS POLITICAS
• DEMOGRAFIA GEOGRAFICA
• GRUPOS SOCIALES
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. LIDERAZGO SISEPH
2. VISION ESTRATEGICA SISEPH
NIVEL 4 DIRECCION DE AREA
CAPACIDADES
TECNICAS
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
2.-
Nombre del
Puesto
SUBDIRECCION DE INSTANCIAS FEDERALES
Código del
Puesto
04-T00-1-CFNA001-0000053-E-C-T
Nivel
Administrativo
NA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual
Bruta
$25,254.76 (VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS
76/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
COORDINACION PARA LA ATENCION
INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA
FRONTERA SUR
Sede MEXICO, D.F.
Funciones
Principales
1. ESTABLECER ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y VINCULACION CON LAS
INSTANCIAS FEDERALES EN LA IMPLEMENTACION DE PLANES Y PROGRAMAS DE
CONFORMIDAD CON LAS POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA MIGRATORIA EN LA
FRONTERA SUR, PARA PROPORCIONAR A LAS AUTORIDADES SUPERIORES
ELEMENTOS EVALUATORIOS SOBRE LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION
EN LA FRONTERA SUR DEL PAIS.
2. SUPERVISAR LOS PROCESOS DE DIFUSION DE LOS PROGRAMAS DE
ATENCION A MIGRANTES DE LA FRONTERA SUR, EN COORDINACION CON LAS
INSTANCIAS FEDERALES, PARA CONTRIBUIR EN LA IMPLEMENTACION DE
MEDIDAS QUE PERMITAN MEJORAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS
MIGRANTES DE LA REGION.
3. INSTRUMENTAR LABORES DE VINCULACION E INTERACCION CON EL
GOBIERNO FEDERAL, PARA COADYUVAR EN LA APLICACION DE PLANES Y
PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION
EN LA FRONTERA SUR DEL TERRITORIO NACIONAL.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 81
4. FORTALECER LOS VINCULOS EN MATERIA MIGRATORIA CON LAS
DEPENDENCIAS, ENTIDADES E INSTITUCIONES DEL PODER EJECUTIVO
FEDERAL, PARA CUMPLIR CON LOS COMPROMISOS ORIENTADOS A LA
ATENCION DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR DE MEXICO.
5. COORDINAR ACCIONES DE VINCULACION INSTITUCIONALES CON LAS
DIFERENTES INSTANCIAS DE GOBIERNO DE LA FRONTERA SUR DEL TERRITORIO
NACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS EN
MATERIA DE ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR DEL
TERRITORIO NACIONAL.
6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI
COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil y
Requisitos
ESCOLARIDAD
LICENCIATURA O
PROFESIONAL.
TERMINADO O
PASANTE
CARRERA GENERICA:
• DERECHO
• CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA
• ADMINISTRACION
• ECONOMIA
• CONTADURIA
• COMPUTACION E INFORMATICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
3 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
• ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS
• RELACIONES INTERNACIONALES
• SOCIOLOGIA POLITICA
• PROBLEMAS SOCIALES
• CIENCIAS POLITICAS
• DEMOGRAFIA GEOGRAFICA
• GRUPOS SOCIALES
• APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
3. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
4. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
CAPACIDADES
TECNICAS
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
3.-
Nombre del
Puesto
JEFATURA DEPARTAMENTO DE INTEGRACION DOCUMENTAL “D”
Código del
Puesto
04-T00-1-CFOA001-0000080-EC-T
Nivel
Administrativo
OA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual
Bruta
$17,046.25 (DIECISIETE MIL CUARENTA Y SEIS 25/100 M.N.)
Adscripción
del
Puesto
COORDINACION PARA LA ATENCION
INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA
FRONTERA SUR
Sede VEASE INFORMACION
EN TRABAJAEN.
82 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Funciones
Principales
1. CONFORMAR LOS PROYECTOS DE ACUERDOS Y CONVENIOS EN MATERIA
MIGRATORIA CELEBRADOS CON AUTORIDADES FEDERALES, ESTATALES Y
MUNICIPALES DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA CONTRIBUIR EN LA OBSERVANCIA
DE CRITERIOS TECNICOS QUE LE DEN SUSTENTO JURIDICO.
2, INTEGRAR INFORMACION SOBRE LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES
MIGRATORIAS Y POLITICAS PUBLICAS ESTABLECIDAS CON AUTORIDADES
FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA
CONFORMAR EL SOPORTE DOCUMENTAL Y ANALISIS CORRESPONDIENTE
SOBRE SU APLICACION.
3. ELABORAR REPORTES RELACIONADOS CON CONFLICTOS SOCIALES
DERIVADOS DEL TRANSITO MIGRATORIO EN LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS DE
CHIAPAS Y TABASCO, PARA CONTAR CON INFORMACION QUE CONTRIBUYA EN
LA FORMULACION DE ACUERDOS CON LAS AUTORIDADES INVOLUCRADAS.
4. VERIFICAR EL SOPORTE DOCUMENTAL DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA
INSTRUMENTACION DE LAS POLITICAS MIGRATORIAS EN LOS ESTADOS DE
CHIAPAS Y TABASCO, PARA GENERAR INFORMACION BASE PARA LA
CONSTRUCCION DE ACUERDOS Y CONVENIOS CON LAS AUTORIDADES
RESPECTIVAS.
5. BRINDAR APOYO TECNICO Y DOCUMENTAL A LAS INSTITUCIONES
RESPONSABLES DE APLICAR LOS ACUERDOS Y POLITICAS PUBLICAS EN
MATERIA MIGRATORIA EN LOS ESTADOS DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA
COADYUVAR AL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS ESTABLECIDOS.
6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI
COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil y
Requisitos
ESCOLARIDAD
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O
PASANTE
CARRERA GENERICA:
NO APLICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
3 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
• ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS
• RELACIONES INTERNACIONALES
• SOCIOLOGIA POLITICA
• PROBLEMAS SOCIALES
• CIENCIAS POLITICAS
• DEMOGRAFIA GEOGRAFICA
• GRUPOS SOCIALES
• APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO
CAPACIDADES
TECNICAS
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
4.-
Nombre del
Puesto
ANALISTA DE PROTECCION CON AUTORIDADES FEDERALES “B”
Código del
Puesto
04-T00-1-CFPA001-0000130-E-C-T
Nivel
Administrativo
PA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual
Bruta
$14,297.37 (CATORCE MIL DOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
COORDINACION PARA LA ATENCION
INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA
FRONTERA SUR
Sede VEASE INFORMACION
EN TRABAJAEN.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 83
Funciones
Principales
1. RECOPILAR Y REVISAR LA INFORMACION SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS Y
ACCIONES EMPRENDIDAS DE MANERA CONJUNTA CON INSTANCIAS FEDERALES
ENCARGADAS DE BRINDAR PROTECCION A LOS GRUPOS VULNERABLES DE
MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, PARA CONTAR CON INSUMOS DE ESTUDIO
RELATIVOS AL FENOMENO MIGRATORIO.
2. ANALIZAR LA INFORMACION RECOPILADA SOBRE EL DESARROLLO
Y APLICACION DE LOS PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS DE PROTECCION Y
CANALIZACION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR,
POR PARTE DE LAS INSTANCIAS FEDERALES COMPETENTES, PARA GENERAR
REPORTES E INFORMES QUE PERMITAN LA EVALUACION DE RESULTADOS POR
PARTE DE LOS SUPERIORES JERARQUICOS.
3. ELABORAR NOTAS INFORMATIVAS SOBRE LOS AVANCES ALCANZADOS
RELATIVOS A LA APLICACION DE MEDIDAS DE PROTECCION A GRUPOS
VULNERABLES DE MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON ELEMENTOS
DE JUICIO EN LA TOMA DE DECISIONES POR PARTE DE LAS INSTANCIAS
SUPERIORES.
4. ACTUALIZAR EL ACERVO DOCUMENTAL Y ELECTRONICO SOBRE LOS
TRABAJOS DE COORDINACION CON INSTANCIAS FEDERALES EN MATERIA
DE PROTECCION, CANALIZACION Y ATENCION A GRUPOS VULNERABLES DE
MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON EL SOPORTE DOCUMENTAL,
DERIVADO DE LAS ACCIONES EMPRENDIDAS EN LA FRONTERA SUR ANTE EL
FENOMENO MIGRATORIO.
5. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI
COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil y
Requisitos
ESCOLARIDAD
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
CARRERA GENERICA:
• NO APLICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
2 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO
• ADMINISTRACION
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
NIVEL 1 ENLACE
CAPACIDADES
TECNICAS
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
5.-
Nombre del
Puesto
ANALISTA DE PROTECCION CON AUTORIDADES ESTATALES “D”
Código del
Puesto
04-T00-1-CFOA001-0000080-E-C-T
Nivel
Administrativo
PA1 Número de
vacantes
01
Percepción
Mensual
Bruta
$14,297.37 (CATORCE MIL DOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
COORDINACION PARA LA ATENCION
INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA
FRONTERA SUR
Sede VEASE INFORMACION
EN TRABAJAEN.
84 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Funciones
Principales
1. RECOPILAR Y REVISAR LA INFORMACION SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS Y
ACCIONES EMPRENDIDAS DE MANERA CONJUNTA CON INSTANCIAS ESTATALES
ENCARGADAS DE BRINDAR PROTECCION A LOS GRUPOS VULNERABLES DE
MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, PARA CONTAR CON INSUMOS DE ESTUDIO
RELATIVOS AL FENOMENO MIGRATORIO.
2. ANALIZAR LA INFORMACION RECOPILADA SOBRE EL DESARROLLO
Y APLICACION DE LOS PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS DE PROTECCION Y
CANALIZACION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR,
POR PARTE DE LAS INSTANCIAS ESTATALES COMPETENTES, PARA GENERAR
REPORTES E INFORMES QUE PERMITAN LA EVALUACION DE RESULTADOS POR
PARTE DE LOS SUPERIORES JERARQUICOS.
3. ELABORAR NOTAS INFORMATIVAS SOBRE LOS AVANCES ALCANZADOS
RELATIVOS A LA APLICACION DE MEDIDAS DE PROTECCION A GRUPOS
VULNERABLES DE MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON ELEMENTOS
DE JUICIO EN LA TOMA DE DECISIONES POR PARTE DE LAS INSTANCIAS
SUPERIORES.
4. ACTUALIZAR EL ACERVO DOCUMENTAL Y ELECTRONICO SOBRE LOS
TRABAJOS DE COORDINACION CON INSTANCIAS ESTATALES EN MATERIA
DE PROTECCION, CANALIZACION Y ATENCION A GRUPOS VULNERABLES DE
MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON EL SOPORTE DOCUMENTAL,
DERIVADO DE LAS ACCIONES EMPRENDIDAS EN LA FRONTERA SUR ANTE EL
FENOMENO MIGRATORIO.
5. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI
COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil y
Requisitos
ESCOLARIDAD
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
CARRERA GENERICA:
• NO APLICA
VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN.
EXPERIENCIA LABORAL
2 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA GENERICA:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO
• ADMINISTRACION
VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE
EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
CAPACIDADES
GERENCIALES
1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
NIVEL 1 ENLACE
CAPACIDADES
TECNICAS
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL
www.trabajaen.gob.mx
COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR
BASES DE PARTICIPACION
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con
pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio
público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar inhabilitado(a) para el
servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
2ª. Documentación requerida.
Los(as) aspirantes deberán ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Información
de Recursos Humanos>, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de Ingreso> para imprimir en
un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5; mismos que serán presentados el día de la revisión
documental, debidamente requisitados de forma manual.
Adicional e invariablemente, deberán presentar en original o copia certificada y copia simple para su cotejo,
los documentos que se mencionan a continuación:
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 85
1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte vigente
o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de
sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser
ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación presentada es
auténtica. Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos, tales como:
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional,
capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de los
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito, podrán presentar los Resultados de
la última Evaluación del Desempeño en original y copia, o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la
que se muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones de Capacitación, se refiere al
promedio de las calificaciones de las acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Este
elemento no se valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se llevaron a
cabo acciones de capacitación en la dependencia respectiva, o si ninguna de las constancias que presente
señalan el otorgamiento específico de alguna calificación, se validan con original y copia de las constancias de
capacitación correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, en las que se pueda corroborar el nombre
de la Institución que impartió la capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su
caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Los Resultados de
Procesos de Certificación se refiere a capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al
Servicio Profesional de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como Servidor(a)
Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original y copia de las constancias de certificación
correspondientes en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el nombre de la
capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que
se muestre este dato. Comprobantes de capacidades certificadas vigentes en puestos sujetos al SPC y/o
equivalente. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión
documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias
originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del
puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la Ley.
4. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años).
5. Tres impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en el
apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral registrada,
además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto
y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, se deberán presentar según
sea el caso: hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE, IMSS u otro instituto de
seguridad social, comprobantes de pago, constancias de empleo en hoja membretada indicando el periodo
laborado. Los comprobantes presentados, deben permitir la acreditación tanto del inicio como el fin de cada
experiencia laboral referida.
6. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito
académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título Profesional
o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública en términos de las disposiciones
aplicables, o en su defecto la “Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite”
expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En el caso de haber
realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto
de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, deberá presentar invariablemente, la constancia
de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los
que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la
institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá
presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios
solicitado. Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia
requeridos por el perfil del puesto, el (la) aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo
laborado en servicio social y/o prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se
solicita en el concurso de que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefatura de departamento y
subdirección de área u homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico
señalado en el perfil, sin opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la
carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de dirección de área,
dirección general 2 de 6 adjunta, dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el
Título Profesional o Cédula Profesional que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas
afines al perfil de puesto.
86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso relacionada a
la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la convocatoria del Diario Oficial. La
DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios presentado por el (la) aspirante contra las carreras
genéricas solicitadas por el perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no
sean compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra el
Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado Documentación Relevante.
Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el comprobante por el (la) aspirante no aparece
dentro de alguna de las carreras genéricas solicitadas por el perfil, se procederá entonces a comparar contra
el listado de las carreras específicas del catálogo, si no apareciera, se procederá entonces conforme al
apartado 5 del numeral 15 de estas mismas bases.
7. Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio asignado por
el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
8. Para que un servidor publico de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el sistema
y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad, jerarquía o rango, deberá presentar al menos dos
evaluaciones del desempeño anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado el servidor público de
carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior; incluso aquellas que se hayan practicado
como servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo a obtener su nombramiento
como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere este párrafo, se acreditarán en el
momento de la revisión documental. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los(as) servidores(as)
públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto que ocupen. Para las
promociones por concurso, en el caso del personal de carrera de primer nivel de ingreso (enlace), la
evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de
las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. De no estar en alguno de los casos anteriores, se deberá
manifestar en el escrito bajo protesta de decir verdad citado en el numeral tres de este documento, no ser
servidor(a) público(a) de carrera titular.
9. Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los dos últimos empleos conforme al Formato 5.
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de
solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y
documental en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se
descalificará automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la
cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
3ª. Registro de aspirantes
La inscripción o el registro de los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la dirección:
www.trabajaen.gob.mx. La cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las
presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato
de los(as) aspirantes.
Programa del concurso:
Fase o Etapa Fecha o Plazo
Publicación de Convocatoria 14 de Octubre de 2015.
Registro de aspirantes (en la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de Octubre al 27 de Octubre de 2015.
Revisión curricular (por la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de Octubre al 27 de Octubre de 2015.
Recepción de solicitudes para reactivación de
folios
Del 28 de Octubre al 30 de Octubre de 2015.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 87
Evaluación de conocimientos A partir del 02 de Noviembre de 2015.
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el
Apartado: 2ª. Documentación requerida
Evaluación de la Experiencia y Valoración Del
Mérito
Evaluación de Habilidades
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
Determinación
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las
fechas y los horarios indicados, podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas
y horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad
de oportunidades.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la
convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse
para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página
electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de
descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el
Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera
publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de
2012 y 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En
dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el
tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez minutos.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
• La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria
deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
• La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, considerando para los cálculos del
sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales.
• Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así
como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el
descarte de los(as) candidatos(as).
La Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Secretaría, o
en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del
2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
− Orden en los puestos desempeñados.
− Duración en los puestos desempeñados.
− Experiencia en el Sector público.
− Experiencia en el Sector privado.
− Experiencia en el Sector social.
− Nivel de responsabilidad.
− Nivel de remuneración.
− Relevancia de funciones o actividades.
− En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
− En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
− Resultados de las evaluaciones del desempeño.
− Resultados de las acciones de capacitación.
− Resultados de procesos de certificación.
− Logros.
− Distinciones.
− Reconocimientos o premios.
− Actividad destacada en lo individual.
− Otros estudios.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de la Secretaría
de Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas
capacidades a evaluar.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación
con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular No.
SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán
observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la
vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a ocupar un puesto en el
Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de los(as)
candidatos(as) que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo
Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de
conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito
fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo
establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario(a) Técnico(a)
del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx.
Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser
solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico
de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx. Es importante señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo
que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados,
no procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado
Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de
Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a
Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será
denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados
arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de éstos se expresen con
decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO
serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando
para todos los procesos de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel
Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá:
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel.
b) Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de su acreditación.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de
que el (la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de
evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros
concursos, se establece el siguiente criterio:
El (la) aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB
durante el año de su vigencia.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de
entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría
de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en
las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo
de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán a la etapa de
Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación
registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa
de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar.
Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y
sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre los(as) candidatos(as)
ya entrevistados(as).
El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así
resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adversa)
- Estrategia o acción (simple o compleja)
- Resultado (sin impacto o con impacto)
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema
de Puntuación General que consiste en una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su
determinación declarando:
a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
6ª. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente:
Sistema de Puntuación General
Etapa Subetapa Enlace Jefe (a) de
Departamento
Subdirector (a)
de Area
Director (a)
de Area
Director (a)
General y
Director (a)
General
Adjunto
II Examen de
Conocimientos
30 30 30 30 30
Evaluación de
Habilidades
20 20 20 20 20
III Evaluación de
Experiencia
10* 10 10 10 10
Valoración del
Mérito
10 10 10 10 10
IV Entrevistas 30 30 30 30 30
Total 100 100 100 100 100
90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de
conformidad con lo señalado en el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx .
8ª. Reserva de Aspirantes
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de
Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año,
contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su
permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo
establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en
concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación
del puesto de que se trate o,
b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona o,
c) Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto
de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
12ª. Resolución de dudas:
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las
plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
efvazquez@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico 51281115 ext: 14005, 14105, el cual
estará funcionando de 9:30 a 14:30 hrs. y de 17:30 a 18:30 hrs.
13ª. Inconformidades:
Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno
de Control de la dependencia, C. Bahía de Santa Bárbara No. 193, Pisos 1 y 2, Col. Verónica Anzures, Del.
Miguel Hidalgo, C.P. 11300, México, Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 91
14ª. Procedimiento para reactivación de folios
La reactivación de folio solo será procedente cuando sean causas imputables al sistema, una vez cerrado el
proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para
presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección General de
Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas No. 91, Col. Juárez,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito
referido deberá incluir:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones
que ha presentado y sus vigencias.
• Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada
y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo.
De conformidad al numeral 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera
publicado en el DOF en el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de
2012 y 23 de agosto de 2013.
No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante,
como serían:
a) La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante;
b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al (a la) aspirante.
c) Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS advertirá al aspirante de dicha
circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos que
se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las medidas
que resulten pertinentes en base al numeral 215 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de
septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, el Secretario
Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del
Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud del(la)
aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará a el(la) aspirante el Acuerdo emitido por el
Comité Técnico de Selección. El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a
conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia / información
relevante / otra información relevante /sistema de Servicio Profesional de Carrera.
15ª. Disposiciones generales
1. En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
2. Los datos personales de los(as) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
3. Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera titular, para
poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), éste
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as) finalistas a el(la) siguiente con
la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
conforme a las disposiciones aplicables.
México, D.F., a 14 de octubre de 2015.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
La Secretaria Técnica
Lic. Alejandra T. Feria Montes de Oca
Rúbrica.
92 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Gobernación
Organo Administrativo Desconcentrado
Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 05/2015
El Comité Técnico de Selección del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, Organo
Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en los artículos 21, 25, 26,
28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y
17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, tercero y séptimo transitorios de su Reglamento, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, y numeral 172 del Acuerdo por el que se emiten
las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se
expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el seis de
septiembre del año dos mil doce emite la siguiente:
Convocatoria pública y abierta del concurso para ocupar la siguiente plaza vacante del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal:
1.-
Nombre del
puesto
APOYO ADMINISTRATIVO
Código del
puesto
04-Q00-1-CFPA001-0000305-E-C-S
Nivel
administrativo
PA1 Número de vacante 1
Percepción
mensual bruta
$14,297.37 (CATORCE MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M. N.).
Adscripción del
puesto
CENTRO DE PRODUCCION DE
PROGRAMAS INFORMATIVOS
Y ESPECIALES
Sede México, D.F.
Funciones
principales
1. REGISTRAR DE LOS RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS
ASIGNADOS AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS
INFORMATIVOS Y ESPECIALES, A FIN DE CONTAR CON ELEMENTOS QUE
SIRVAN DE BASE EN EL PROCESO DE CONTROL DE LOS MISMOS.
2. REALIZAR LAS GESTIONES DE ABASTECIMIENTO DE BIENES Y
SERVICIOS, PARA COADYUVAR A LA ATENCION DE LOS
REQUERIMIENTOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS
INFORMATIVOS Y ESPECIALES.
3. APOYAR EN LA GESTION ADMINISTRATIVA DE LOS RECURSOS
HUMANOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS
INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LAS
DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA.
4. PARTICIPAR EN LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE
INVENTARIOS Y DISTRIBUCION DE RESGUARDOS RELATIVOS A LOS
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS A LAS AREAS DEL CENTRO DE
PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA
COADYUVAR EN EL REGISTRO, MANEJO Y CONTROL DE LOS
RECURSOS.
5. APOYAR EN EL REGISTRO DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL ASIGNADO
AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y
ESPECIALES, PARA COADYUVAR AL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS
6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE CONFIERA EL JEFE
INMEDIATO EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA.
Perfil y requisitos Escolaridad:
Preparatoria o Bachillerato
Terminado o Pasante
Carrera Genérica:
• NO APLICA
Experiencia laboral:
2 años
Area de Experiencia Genérica:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
Capacidades gerenciales 1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 93
2.-
Nombre del
puesto
APOYO ADMINISTRATIVO
Código del
puesto
04-Q00-1-CFPA001-0000306-E-C-S
Nivel
administrativo
PA1 Número de vacante 1
Percepción
mensual bruta
$14,297.37 (CATORCE MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M. N.).
Adscripción del
puesto
CENTRO DE PRODUCCION DE
PROGRAMAS INFORMATIVOS Y
ESPECIALES
Sede México, D.F.
Funciones
principales
1. REGISTRAR DE LOS RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS
ASIGNADOS AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS
INFORMATIVOS Y ESPECIALES, A FIN DE CONTAR CON ELEMENTOS QUE
SIRVAN DE BASE EN EL PROCESO DE CONTROL DE LOS MISMOS.
2. REALIZAR LAS GESTIONES DE ABASTECIMIENTO DE BIENES Y
SERVICIOS, PARA COADYUVAR A LA ATENCION DE LOS
REQUERIMIENTOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS
INFORMATIVOS Y ESPECIALES.
3. APOYAR EN LA GESTION ADMINISTRATIVA DE LOS RECURSOS
HUMANOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS
INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LAS
DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA.
4. PARTICIPAR EN LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE
INVENTARIOS Y DISTRIBUCION DE RESGUARDOS RELATIVOS A LOS
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS A LAS AREAS DEL CENTRO DE
PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA
COADYUVAR EN EL REGISTRO, MANEJO Y CONTROL DE LOS
RECURSOS.
5. APOYAR EN EL REGISTRO DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL ASIGNADO
AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y
ESPECIALES, PARA COADYUVAR AL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS
6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE CONFIERA EL JEFE
INMEDIATO EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA.
Perfil y requisitos Escolaridad:
Preparatoria o Bachillerato
Terminado o Pasante
Carrera Genérica:
• NO APLICA
Experiencia laboral:
2 años
Area de Experiencia Genérica:
• ADMINISTRACION PUBLICA
• APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
Capacidades gerenciales 1. ORIENTACION A RESULTADOS
SISEPH
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
Bases de participación
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad
por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al
estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni
encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica
para cada caso.
Los participantes deberían verificar las carreras genéricas y específicas, así como el área general y el área de
experiencia requeridas en el perfil del puesto publicado en el portal www.trabajaen.gob.mx.
94 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
2ª. Documentación requerida.
Los aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original o copia certificada y copia simple, los siguientes
documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban, con cuando
menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica:
1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte
vigente o cédula profesional.
2. Currículum Vítae de Trabajaen, actualizado y uno adicional que presente el aspirante con fotografía,
Incluir el teléfono, en su caso, de los tres últimos empleos, detallando funciones específicas, puestos
ocupados, con experiencia laboral claramente desarrollado; se deben presentar hoja única de servicios o
su equivalente, constancias de empleos en hoja membretada, contratos, alta o baja del ISSSTE o IMSS,
comprobantes de pago, según sea el caso.
3. Acta de Nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
4. Documento que acredite el nivel de estudio requerido para el puesto por el que concursa; para los casos
en que el requisito académico sea “Titulado” sólo se aceptará título o cédula profesional registrado en la
Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables. En los casos en los que el
requisito académico es “Terminado o Pasante” sólo se aceptará certificado o carta de terminación de
estudios que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. En el caso
de haber realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
En caso de haber obtenido el Título Profesional en un periodo anterior a seis meses previo a la
publicación de la presente Convocatoria, se podrá acreditar la obtención del mismo con el acta del
examen profesional debidamente firmado y sellado por la Institución Educativa correspondiente.
Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia
requeridos por el perfil de puestos, el aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el
tiempo laborado en servicio social y/o prácticas profesionales.
5. Presentar las constancias que acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas en el perfil del
puesto (constancias laborales, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de inscripción o
baja al ISSSTE o al IMSS). La documentación comprobatoria deberá estar membretada y sellada. No se
acepta como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de recomendación,
constancias emitidas por el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos,
conceptos asimilados y crédito al salario, constancias de haber realizado proyectos de investigación.
6. Cartilla del Servicio Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de hombres hasta los 40 años).
7. Escrito bajo protesta de decir verdad, de ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena
privativa de la libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto; no
estar inhabilitado para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica. En el caso de
aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, indicar en su caso, no ser
Servidor Público de Carrera.
8. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso
(hoja de bienvenida).
9. Conforme al artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y al numeral 174 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de
Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio
Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012, para
ser sujeto a una promoción por concurso en el sistema, conforme a lo previsto en el artículo 37 de la
LSPC, se establece que en el caso de ser actualmente Servidor Público de Carrera Titular, para que
pueda acceder a un cargo del sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
federal de mayor responsabilidad o jerarquía, deberán presentar copia de sus dos evaluaciones del
desempeño anuales al puesto actual como Servidores Públicos de Carrera Titulares, se tomarán
en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se
desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos
considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de
carrera titulares.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 95
Para que los Servidores Públicos de Carrera Eventuales de primer nivel de ingreso puedan acceder a un
cargo del sistema de Servicio Profesional de Carrera de mayor responsabilidad o jerarquía deberán
contar con al menos una evaluación anual del desempeño como Servidores Públicos de Carrera
Titulares, además de la prevista en el artículo 33 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
10. En lo relativo a la valoración del mérito en lo correspondiente a otros estudios concluidos se deberá
proporcionar documentos que acrediten cursos, diplomados, maestrías o doctorados que contemplen, el
perfil requerido o la rama de cargo; para el caso de estudios realizados en el extranjero, sólo se aceptará
título o cédula profesional registrado en la Secretaría de Educación Pública, en términos de las
disposiciones aplicables.
A fin de valorar el mérito en lo correspondiente a los logros en cada materia específica del puesto, se
deberá proporcionar; distinciones, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o
comisiones en el servicio público o privado, reconocimientos, carta de reconocimiento, constancias de
evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales.
En lo relativo a los logros en materia de desarrollo social deberán de proporcionar reconocimientos,
cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones
públicas, privadas, académicas o sociales.
11. Cuando el ganador del concurso tenga el carácter de Servidor Público de Carrera Titular, para poder ser
nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite
haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señale la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el mensaje que se les envía
a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se cuenta con esta información en el momento señalado
será descartado inmediatamente del concurso, no obstante que haya acreditado las evaluaciones
correspondientes.
Es importante señalar que cualquier inconsistencia en la documentación presentada y/o información
registrada en el sistema de Trabajaen, será causa de descarte.
12. El “CEPROPIE”, se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del proceso, la documentación
o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el
aspirante para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos y de no acreditarse su
existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o en su caso se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el
“CEPROPIE”, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
3a. Registro de aspirantes.
La inscripción o el registro de los aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
Publicación de la Convocatoria en la página de Trabajen y se llevará a cabo a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un número de folio de participación para el concurso al aceptar las
presentes bases, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el
anonimato de los aspirantes.
4ª. Reactivación de Folios.
Una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el aspirante tendrá dos días hábiles a partir de la fecha
de cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio, Río Amazonas Número 91, primer piso,
Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, México D. F., en el área de Reclutamiento y
Selección de Personal; cuyo escrito deberá incluir, considerando que sólo proceden las reactivaciones cuando
el descarte del folio sea originado por causas no imputables al aspirante, errores en la captura de información
del operador de ingreso, u omisiones del operador de ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de
los integrantes del Comité Técnico de Selección:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio de rechazo;
• Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
• Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada
y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo.
96 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante,
como serían:
a) La renuncia al concurso por parte del aspirante;
b) Renuncia a calificaciones de evaluaciones de capacidades;
c) Duplicidad de registros y la baja en el sistema imputables al aspirante;
d) Errores de captura en el perfil de Trabajaen, por parte del aspirante.
El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página
www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra
información relevante / sistema de Servicio Profesional de Carrera. Pasado el periodo establecido, no serán
recibidas las peticiones de reactivación.
5a. Desarrollo del concurso.
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica, sin embargo se podrán modificar las
fechas indicadas cuando así resulte necesario o en razón del número de aspirantes que se registren, y
notificación correspondiente a los aspirantes a través del portal: www.trabajaen.gob.mx.
6a. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la
convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx.
7a. Recepción de documentos y aplicación de evaluación.
El “CEPROPIE”, comunicará a cada aspirante la fecha, hora y lugar en que los aspirantes deberán
presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través
de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx en el rubro “Mis Mensajes”; en el entendido de que, será
motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado
por el Comité Técnico de Selección del “CEPROPIE”, a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx
De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de
Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio
Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012, la
invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados se especificará
la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del examen.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa
“Revisión Curricular”.
El “CEPROPIE”, aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Dirección General de
Recursos Humanos en la SEGOB, o en su caso, en los centros de evaluación autorizados.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado
Nivel Intermedio y se reflejarán los resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango
de Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, y se reflejarán los resultados de Trabajo en Equipo y
Orientación a Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General
será denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica.
Los resultados arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de éstos se
expresen con decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el
sistema y NO serán motivo de descarte.
La vigencia de las evaluaciones de habilidades se reflejará en los procesos de ingreso de “CEPROPIE”
u otras instituciones sujetas al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, toda vez
que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el
aspirante podrá:
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan a la misma herramienta de evaluación y mismo nivel acreditado.
b) Los resultados de la evaluación de las habilidades tendrán vigencia de un año, contado a partir de
su acreditación.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de
que el aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación
que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos,
se establece el siguiente criterio:
El aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades durante el año de
su vigencia
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97
De conformidad con la metodología y escalas de calificación para la evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública, los elementos que se calificarán para
la evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
- Orden en los puestos desempeñados.
- Duración en los puestos desempeñados.
- Experiencia en el Sector Público.
- Experiencia en el Sector Privado.
- Experiencia en el Sector Social.
- Nivel de Responsabilidad.
- Nivel de Remuneración.
- Relevancia de funciones o actividades.
- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Para los puestos de Enlace se aplicará lo dispuesto con el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos
y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6
de septiembre de 2012.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
- Resultado de las evaluaciones de desempeño.
- Resultado de las acciones de capacitación.
- Resultados de los procesos de certificación.
- Logros.
- Distinciones.
- Reconocimientos o premios.
- Actividad destacada en lo individual.
- Otros estudios.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores considerados en concursos del
“CEPROPIE” y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a la misma capacidad
a evaluar.
8a. Publicación de resultados.
Los resultados a lo largo del concurso serán publicados en el portal www.trabajaen.gob.mx, identificándose
con el número de folio asignado para cada candidato.
9a. Declaración de concurso desierto.
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I) Porque ningún candidato se presente al concurso;
II) Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado
finalista, o
III) Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
10a. Disposiciones generales.
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes.
2. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso.
3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su
participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
4. Los concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control
de la Secretaría de Gobernación, en Bahía de Santa Bárbara No. 193 piso 2 Col. Verónica Anzures
Del. Miguel Hidalgo C.P. 11300, México, D.F., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera y su Reglamento.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
conforme a las disposiciones aplicables.
98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
11a. Principios del concurso.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo proceso y la
determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al Acuerdo por el que se emiten
las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se
expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de
septiembre de 2012.
12a. Sistema de Puntuación y Reglas de Valoración.
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL
Puesto Evaluación
Técnica
Exámenes
Habilidades
Evaluación de
La Experiencia
Valoración
del
Mérito
Entrevistas Total
Enlace 30 10 20 10 30 100
Jefe de Departamento 30 10 20 10 30 100
Subdirección 30 10 20 10 30 100
Dirección 30 10 20 10 30 100
Dirección General
Adjunta
30 10 20 10 30 100
Dirección General 30 10 20 10 30 100
1. Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos.
2. Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de aciertos sobre el total de aciertos
posibles. La calificación mínima aprobatoria será de 70% sobre 100% y será motivo de descarte la no
aprobación.
3. Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las atribuciones estipuladas en la
normatividad aplicable, los Comités han determinado optar por llevar a cabo la aplicación de herramientas
diversas a las que la Secretaría de la Función Pública provee. El no aprobar las evaluaciones de
habilidades no es motivo de descarte del concurso.
Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de Habilidades, Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, serán considerados para elaborar el orden de prelación.
De no acreditar estos requisitos, el aspirante no podrá ser considerado en el listado de prelación para ser
sujeto a entrevista.
13a. Calendario del concurso.
ETAPA FECHA O PLAZO
Publicación de convocatoria. 14-10-2015
Registro de Aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx). 14-10-2015 al 27-10-2015
Recepción de solicitud de reactivación de folios. 28-10-2015 al 03-11-2015
Evaluación de conocimientos. 04-11-2015
Evaluación de habilidades. 04-11-2015
Cotejo documental y valoración de la experiencia y mérito. 04-11-2015
Entrevista por el Comité Técnico de Selección. 04-11-2015
Determinación del candidato ganador. 04-11-2015
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas o cuando así resulte necesario,
las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambios sin previo aviso.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas
y horarios a todos los aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de
oportunidades.
14a. Etapa de la entrevista.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa
de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos
en el “CEPROPIE”.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección podrá entrevistar de 3 (tres) en 3 (tres) hasta
determinar un ganador, conforme al orden de prelación que elaboran la herramienta www.trabajaen.gob.mx
En caso de empate en quinto lugar de acuerdo con el orden de prelación pasarán a la etapa de entrevista el
total de aspirantes que compartan este lugar.
Se consideran finalistas aquellos candidatos a los que después de habérseles aplicado la entrevista y
ponderado los resultados obtenidos en las etapas previas obtengan una calificación final de 70 o superior,
debiéndose aplicar las ponderaciones aprobadas por el Comité Técnico de Selección.
Para la evaluación de la entrevista se consideran los criterios siguientes, de conformidad con el numeral 228
del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración
de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012.
El CTS en la etapa de entrevista, con el objeto de verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar
el puesto, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el candidato, identificará las
evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo finalista y en un segundo momento, incluso
determinarle ganador del concurso, independientemente de la metodología de entrevista que utilice
15a. Determinación y reserva.
Los aspirantes que aprueben la entrevista con el Comité Técnico de Selección y no resulten ganadores en el
concurso, serán considerados finalistas y quedarán integrados a la reserva de aspirantes del puesto de que se
trate, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados, en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de
puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización del “CEPROPIE”, a nuevos
concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Los resultados de la entrevista, se registrarán en el acta correspondiente. Los aspirantes deberán obtener en
ésta una calificación ponderada de todas las evaluaciones de 70 puntos, para ser considerados finalistas y
parte de la Reserva de Aspirantes.
16a. Resolución de dudas.
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a la
plaza y al proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
gpalomares@segob.gob.mx, a nombre de Georgina Alejandra Palomares Ledezma, con número telefónico
5130-1820, Ext. 14254, de lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas.
17a. Inconformidades.
Los concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la
dependencia, ubicado en Av. Bahía de Santa Bárbara No. 193 Colonia Verónica Anzures Delegación Miguel
Hidalgo, México D.F. C.P. 11300, términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y su Reglamento.
18a. Cancelación de concurso.
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
1. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate o,
2. El puesto de que se trate se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado para restituir en sus derechos a alguna persona o,
3. Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del catálogo del
puesto en cuestión o,
4. Cuando exista un error de duplicidad o perfilamiento en la vacante duplicada.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección
conforme a las disposiciones aplicables.
México, D.F., a 14 de octubre de 2015.
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
El Secretario Técnico
Lic. Ernesto Ramses Senteno Coria
Rúbrica.
100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Salud
Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. CENAPRECE/2015/03
Los Comités Técnicos de Selección del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40,
Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de
septiembre de 2007, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA CENAPRECE/2015/03, concurso para ocupar las siguientes
plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre de la Plaza SUBDIRECCION DE SEGURIDAD EN SALUD (01/03/15)
Código 12-O00-1-CFNA001-0000033-E-C-D
Número de vacantes 01 Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$25,254.76 (Veinticinco mil doscientos
cincuenta y cuatro pesos 76/100 M.N.)
Adscripción CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS
Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Sede (radicación) México, D.F.
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO
Garantizar la protección en salud para la población mexicana y evitar la
ocurrencia de enfermedades emergentes que pongan en peligro la salud pública,
a través de acciones institucionales que permitan establecer un blindaje sanitario
permanente.
FUNCIONES
1. Promover la convocatoria de las diferentes instancias y apoyar en la
coordinación inter e intra institucional en apoyo al desarrollo de
la normatividad en materia de seguridad en salud.
2. Colaborar y participar en la resolución de acuerdos generados al interior del
comité nacional para la seguridad en salud.
3. Identificar necesidades para la elaboración o actualización de normas y
procedimientos aplicables en la materia para proporcionar una respuesta
estandarizada en el territorio nacional.
4. Desarrollar operativos especiales y de respuesta rápida en relación a
prevención y control de enfermedades emergentes y eventos de interés
epidemiológicos relativos a la seguridad en salud.
5. Implementar las investigaciones, modelos y operativos de respuesta rápida
en materia de seguridad en salud.
6. Verificar el desarrollo, la aplicación de medidas de prevención y control en
materia de seguridad en salud.
7. Coordinar las estrategias de evaluación y la elaboración de indicadores.
8. Coordinar la integración de los indicadores de evaluación y sistematizar el
análisis para la determinación de prioridades e instrumentación de acciones
de mejora continua.
9. Promover y participar en la evaluación del desempeño de los programas de
seguridad en salud.
10. Integrar la metodología y procedimientos para la presupuestación anual
de los programas de seguridad en salud.
11. Analizar las propuestas de los programas operativos anuales estatales de
seguridad en salud.
Perfil y Requisitos Académicos Posgrado Titulado en:
AREA GENERAL: CIENCIAS AGROPECUARIAS
CARRERAS GENERICAS: VETERINARIA Y
ZOOTECNIA
AREA GENERAL: CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERAS GENERICAS: MEDICINA
Laborales Experiencia Laboral 3 años en:
AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS
AREA GENERAL: CIENCIAS CLINICAS Y/O
AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS
AREA GENERAL: EPIDEMIOLOGIA Y/O
AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS
AREA GENERAL: MEDICINA PREVENTIVA Y/O
AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS
AREA GENERAL: SALUD PUBLICA Y/O
AREA DE EXPERIENCIA: MATEMATICAS
AREA GENERAL: ESTADISTICA
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1 Liderazgo Ponderación: 50
Habilidad 2 Visión Estratégica Ponderación: 50
Idioma No aplica
Otros Necesidad de viajar: Siempre
La Calificación Mínima del Examen de Conocimientos de Conformidad al
Temario que se Publica es de: 70
Conformación de la
prelación para
acceder a la entrevista
con el Comité de
Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de
Selección determinará el número de candidatos/as a
entrevistar, conforme al orden de prelación que
elabora la herramienta www.trabajaen.gob.mx, con
base en los puntajes globales de los/as concursantes.
Nombre de la Plaza DEPARTAMENTO DE URGENCIAS EPIDEMIOLOGICAS (02/03/15)
Código 12-O00-1-CFOA001-0000051-E-C-D
Número de vacantes 01 Percepción ordinaria
(Mensual Bruto)
$17,046.25 (Diecisiete mil cuarenta y seis
pesos 25/100 m.n.)
Adscripción CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS
Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Sede (radicación) México, D.F.
Objetivos y
Funciones
Principales
OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO
Prevenir la ocurrencia de casos, brotes y situaciones de riesgo asociados a
urgencias epidemiológicas que pongan en peligro la salud pública, a través de
acciones institucionales que permitan establecer un blindaje sanitario permanente
FUNCIONES
1 Participar en operativos especiales y de respuesta rápida en relación a
urgencias epidemiológicas.
2 Participar en las investigaciones y operativos de respuesta rápida ante
urgencias epidemiológicas.
3 Participar en la aplicación de medidas de prevención y control en materia de
urgencias epidemiológicas.
4 Participar en la convocatoria de las diferentes instancias y apoyar en
la coordinación inter e intra institucional en apoyo al desarrollo de la
normatividad.
5 Participar en la resolución de los acuerdos generados al interior del Comité
Nacional para la Seguridad en Salud en materia de normatividad de
urgencias epidemiológicas.
6 Identificar necesidades para la elaboración o actualización de normas y
procedimientos aplicables en la materia para proporcionar una respuesta
estandarizada en el territorio nacional.
7 Proponer las estrategias de evaluación en materia de urgencias
epidemiológicas, así como la elaboración de indicadores.
8 Integrar los indicadores de evaluación en materia de urgencias
epidemiológicas.
9 Participar en la evaluación del desempeño de los Programas de Urgencias
Epidemiológicas.
10 Procesar la información para la Certificación de Areas Libres de Cólera.
11 Recopilar información para la Certificación de Areas Libres de Cólera.
12 Elaborar y proponer la metodología y los procedimientos para la
presupuestación anual de los Programas de Urgencias Epidemiológicas.
13 Participar en la aplicación de la metodología y los procedimientos para
la presupuestación anual de los Programas de Urgencias Epidemiológicas.
Perfil y Requisitos Académicos Licenciatura o Profesional Titulado en:
AREA GENERAL: CIENCIAS DE LA SALUD
CARRERA GENERICA: MEDICINA
Laborales Area y Años de Experiencia Laboral 1 año en:
AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS
AREA GENERAL: EPIDEMIOLOGIA Y/O
AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS
AREA GENERAL: SALUD PUBLICA
102 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Evaluación de
Habilidades
Habilidad 1 Liderazgo Ponderación: 50
Habilidad 2 Visión Estratégica Ponderación: 50
Idioma No aplica
Otros Necesidad de viajar: Siempre
La Calificación Mínima del Examen de Conocimientos de Conformidad al
Temario que se Publica es de: 70
Conformación de la
prelación para
acceder a la
entrevista con el
Comité de
Selección
Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de
Selección determinará el número de candidatos/as a
entrevistar, conforme al orden de prelación que elabora
la herramienta www.trabajaen.gob.mx, con base en los
puntajes globales de los/as concursantes.
BASES DE PARTICIPACION
Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por
mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la
determinación de los Comités Técnicos de Selección a las disposiciones de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
su Reglamento y Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias
de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de
julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario
Oficial de la Federación y demás aplicables.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto.
Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos
legales de conformidad con el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera: ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos
o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no
haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no
pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar
inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se
indican para cada caso.
En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política
y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Documentación
requerida
Los/las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original sin
tachaduras/legible o copia certificada y dos copias simples, los siguientes
documentos, en la fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan
recibido, con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica:
1. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para
el concurso.
2. Formato del Currículum Vítae de Trabaja en, en el que se detalle la
experiencia y el mérito; firmado, rubricado y con leyenda de: “Bajo protesta
manifiesto que los datos asentados son verídicos”, sin encuadernar o engargolar.
3. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar con fotografía vigente, cédula profesional, cartilla liberada o pasaporte).
4. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 o según corresponda.
5. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el
que concursa: sólo se aceptará Cédula Profesional y/o Título Profesional
registrado en la SEP, en el caso de estudios realizados en el extranjero deberá
presentarse invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial
expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para cubrir la escolaridad de
nivel Licenciatura con grado de avance titulado, serán validados los títulos
o grados académicos de postgrados, maestrías y doctorados, en las áreas de
estudio y carreras correspondientes al perfil del puesto.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 103
6. Cartilla liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años).
7. Documentación que acredite el tiempo y las áreas de experiencia laboral
solicitadas en cada perfil, y que compruebe lo establecido en el Currículum Vítae.
Sólo se aceptará documentación comprobatoria que avale el inicio y fin del
empleo que corresponde a la experiencia solicitada (únicamente se aceptarán
cartas laborales en hoja membretada que indiquen el periodo completo, salario
y puesto ocupado, hojas de servicio acompañadas de nombramientos y/o
renuncias, actas de entrega recepción, declaraciones fiscales y contratos
laborales, talones de pago, alta o baja del ISSSTE o al IMSS), no se aceptará la
docencia para acreditar las áreas de experiencia laboral solicitadas en el perfil.
Se considerará y acreditará en el apartado de “experiencia laboral” las siguientes
actividades: el servicio social, las prácticas profesionales, el tiempo de becarios,
el tiempo de residencia o práctica clínica que el/la candidata/a acredite cuando
realizó alguna especialidad. Dichas actividades se contabilizarán en el área de
experiencia solicitada en el perfil siempre y cuando exhiban los documentos
institucionales que lo amparen (señalando el periodo, institución y actividades
realizadas).
8. Deberán acompañar documentación mediante la cual comprueben la
experiencia y el mérito establecidos en el Currículum Vítae, mismos que se
evaluarán de conformidad con la escala establecida en la Metodología y Escalas
de Calificación – Evaluación de la Experiencia y valoración del Mérito, publicada
por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera, disponible en
www.trabajaen.gob.mx.
Para la evaluación de la experiencia, se calificarán los siguientes elementos:
• Orden de los puestos desempeñados
• Duración en los puestos desempeñados
• Experiencia en el sector público
• Experiencia en el sector privado
• Experiencia en el sector social:
• Nivel de responsabilidad
• Nivel de remuneración
• Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las
del puesto vacante (NO SE EVALUARA PARA LAS PLAZAS QUE
CONTIENEN ASTERISCO *)
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante
• En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante
Para la valoración del mérito, se calificarán los siguientes elementos:
• Acciones de Desarrollo Profesional
• Resultados de las evaluaciones del desempeño (únicamente en caso de ser
Servidor/a Público/a de Carrera Titular)
• Resultados de las acciones de capacitación (únicamente en caso de
ser Servidor/a Público/a de Carrera Titular)
• Resultados de procesos de certificación (únicamente en caso de ser
Servidor/a Público/a de Carrera Titular).
• Logros
• Distinciones
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual:
• Otros Estudios
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
Los Comités Técnicos de Selección han determinado solicitar la acreditación
documental del total de la información expresada en el currículum vítae de cada
candidato/a inscrito al concurso por cada plaza vacante, para que se esté en
posibilidad de realizar una evaluación de la experiencia y valoración del mérito en
igualdad de circunstancias para los/las candidatos/as
Para efectos del desahogo de la etapa y entrega de puntuación en la evaluación
de la experiencia, únicamente se considerarán los puestos y el tiempo en las
empresas o instituciones en que los/las candidatos/as lo acrediten
documentalmente, para lo cual se determina que se aceptarán como
comprobantes: talones de pago (periodos completos en original para cotejar y
copias sólo del inicio y fin), altas, bajas y modificaciones de salario emitidas por el
IMSS y el ISSSTE.
104 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
En lo que respecta a la evaluación de la experiencia se determinó lo siguiente:
En la Experiencia en Sector Social: Además de las ya establecidas se
considerarán empleos desempeñados en Organización no gubernamental
(ONG), Voluntariados, Asociaciones Civiles (A.C.), Cooperativas y Sindicatos.
En el Nivel de Responsabilidad: Las respuestas del/la candidato/a deberán
cruzarse con el currículum que ingresó en el Sistema TrabajaEn y que se entrega
firmado bajo protesta de decir verdad por el/la candidato/a.
En la aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante, se aceptarán las
evaluaciones del desempeño.
En lo que respecta a la valoración del mérito se determinó, lo siguiente:
Para las Acciones de Desarrollo Profesional: dicha valoración no será tomada en
cuenta en ningún proceso de concurso en tanto no existan disposiciones emitidas
por la Secretaría de la Función Pública, previstas en los artículos 43 y 45
del Reglamento.
Para el Resultado de las acciones de capacitación: se acuerda que para aquellos
casos en que los/las candidatos/as presenten constancias que no muestren
calificación, este Comité aprueba se otorguen los puntos con base en las horas
de capacitación que se acrediten dentro de las constancias, otorgando 100
puntos siempre y cuando se dé cumplimiento a 40 o más horas anuales,
80 puntos de 39 a 25 horas, 60 puntos de 24 a 10 horas y 0 puntos a quien tenga
entre 0 y 9 horas de capacitación, lo anterior aplicará en los periodos del 2010 y
2011. En caso de que en el ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieran
autorizado acciones de capacitación, los/las candidatos/as deberán entregar
escrito de la dependencia que así lo acredite, y no serán evaluados en este
elemento al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.
Para Resultados de procesos de certificación: este punto deberán acreditarlo
los/las candidatos/as con su pantalla RHNet; en la cual se marca la vigencia
de la certificación.
Para Reconocimientos o premios: únicamente se aceptarán los documentos de
instancias con reconocimiento oficial y con membrete.
En la Actividad destacada en lo individual: se considerará la docencia, además
de las que se proponen en la metodología, siempre y cuando el/la candidato/a
cuente con el documento expedido por escuela en la que imparte clases y se
señale en ésta la(s) materia(s) que imparte.
Respecto a la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, se señala que
los puntos propuestos dentro de la metodología que no se enuncian se debe a
que éstos se mantienen tal y como lo señala el formato y la metodología
antes mencionada.
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que
la documentación presentada es auténtica. (Escrito proporcionado por la
dependencia).
10. Conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera, aquellos participantes que sean Servidores/as Públicos/as de Carrera y
que este concurso represente acceder a un cargo del Sistema del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal de mayor
responsabilidad o jerarquía, y conforme a lo previsto en el Art. 37 de la LSPC y
conforme al Numeral 174 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en
las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así
como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto
de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, se tomarán en cuenta, las últimas
Evaluaciones del Desempeño que haya aplicado el servidor público de carrera
titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que
se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación,
previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares,
las cuales deberán presentar en la etapa de revisión curricular, de lo contrario
serán descartados del concurso. Los/las candidatos/as que estén concursando
por un puesto del mismo nivel no será necesario presentar las evaluaciones
del desempeño.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 105
Para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de
primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron
su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el
artículo 47 del Reglamento, lo anterior con fundamento en el Numeral 252
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos
Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de
julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario
Oficial de la Federación
En caso de no ser Servidor Público de Carrera titular, deberá firmar bajo protesta
de decir verdad un formato proporcionado por la Dependencia.
11. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal
deberán presentar la documentación oficial con la que se demuestren las
condiciones bajo las cuales estaría sujeta su reincorporación a la Administración
Pública Federal, de conformidad a la normatividad aplicable.
12. En caso de que la plaza requiera idioma, la documentación que avalará el
nivel de dominio será:
I) Para el nivel básico se aceptarán como constancias las historias académicas
y/o constancia o documento expedido por alguna institución;
ll) Para el nivel de dominio intermedio se aceptará constancia o documento
expedido por alguna institución de idiomas o lenguas extranjeras que indique ese
nivel de dominio;
Ill) Para el nivel de dominio avanzado se aceptarán constancias como el TOEFL,
TEFL, IELTS, entre otras, constancia o documento correspondientes a estudios
realizados en el extranjero en el idioma requerido siempre que correspondan a un
nivel de estudio medio superior o superior.
Las constancias de idioma no deberán tener una antigüedad mayor a 5 años,
salvo las referentes a historias académicas.
En caso de no presentar cualquiera de los documentos señalados los aspirantes
serán descartados inmediatamente del concurso, no obstante que hayan
acreditado las evaluaciones correspondientes, con excepción de los
correspondientes a la subetapa de valoración de mérito y experiencia caso en el
cual a los aspirantes sólo se les otorgará un mínimo puntaje o nulo.
El Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades se
reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, la documentación o
referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del
cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del proceso y de no
acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante, o en su
caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el Centro Nacional
de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, el cual se reserva el
derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Registro de
aspirantes
Con fundamento en el Numeral 192 Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de
Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia
de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de
Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23
de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, cualquier persona podrá
incorporar en TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal,
curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al
Sistema que resulten de su interés.
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria
para configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y
restricciones de registro, TrabajaEn le asignará un número de folio de
registro general.
106 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
La inscripción a un concurso y el registro de los aspirantes al mismo se
realizarán, del 14 de octubre al 06 de noviembre de 2015, al momento en que
el/la candidato/a registre su participación a un concurso a través de TrabajaEn,
se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un folio
de participación para el concurso al aceptar las presentes bases o, en su
caso, de rechazo que lo descartará del concurso.
La revisión curricular efectuada a través de TrabajaEn se llevará a cabo, sin
perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que los/las
candidatos/as deberán presentar para acreditar que cumplen con los requisitos
establecidos en la convocatoria.
Desarrollo del
Concurso y
Presentación de
Evaluaciones
De conformidad con lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera, publicado el 7 de septiembre de 2007, y Acuerdo
por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y
del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con
última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la
Federación. “El procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las
siguientes etapas:
“I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de
Habilidades; III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
IV. Entrevistas, y V. Determinación”. Etapas que se desahogarán de acuerdo a
las siguientes fechas:
Etapa Fecha o plazo
Publicación de convocatoria Del 14 de octubre al 06 de noviembre
de 2015
Registro de aspirantes (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de octubre al 06 de noviembre
de 2015
Revisión curricular (por la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 de octubre al 06 de noviembre
de 2015
Examen de conocimientos A partir del 12 de noviembre de 2015
Exámenes de habilidades (capacidades
gerenciales)
A partir del 13 de noviembre de 2015
Revisión y evaluación documental
(Cotejo)
A partir del 19 de noviembre de 2015
Evaluación de la Experiencia y del
Mérito
A partir del 19 de noviembre de 2015
Entrevista con el Comité Técnico de
Selección
A partir del 26 de noviembre de 2015
Determinación del/la candidato/a
ganador/a
A partir del 26 de noviembre de 2015
El Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades,
comunicará por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, a cada aspirante,
la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las
evaluaciones respectivas.
El horario de evaluaciones será de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Exceptuando las entrevistas.
Para el caso de la evaluación de habilidades, los resultados obtenidos en las
evaluaciones realizadas con las herramientas de la Secretaría de la Función
Pública, tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación, y
serán considerados exclusivamente para otros concursos convocados por el
Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
Los resultados de la evaluación de conocimientos tendrán vigencia de un año, en
relación con el puesto sujeto a concurso y siempre que no cambie el temario con
el cual se evaluó el conocimiento, por lo que en caso de existir diferencia entre
los temarios, no se podrán considerar dichos resultados en las evaluaciones
de los concursos de esta convocatoria.
Para hacer válida dicha revalidación, ésta deberá ser solicitada por el aspirante
mediante un escrito en el periodo establecido para el registro de aspirantes al
concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico
de Selección.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 107
En los casos de los aspirantes a ocupar plazas convocadas por el Centro
Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, y que tuviesen
vigentes los resultados de habilidades evaluadas en otra Dependencia del
Sistema que no hayan sido evaluadas con las herramientas de la Secretaría de la
Función Pública, dichos resultados no podrán ser reconocidos para efectos de los
concursos de esta Secretaría aun tratándose de habilidades con el mismo
nombre y/o nivel de dominio.
Los resultados de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en este proceso
de selección no serán considerados para fines de Certificación de Capacidades.
La evaluación de experiencia y valoración del mérito se realizará el mismo día en
que se realice la revisión documental de conformidad con escala establecida
en la Metodología y Escalas de Calificación – Evaluación de la Experiencia y el
Mérito, publicada por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley, se tendrá por
acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que
tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo, lo anterior de conformidad al Acuerdo
por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y
del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última
reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.
Para cada una de las pruebas es necesario presentarse con su comprobante de
folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx y copia de su identificación
oficial vigente.
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación antes indicada, sin
embargo previo acuerdo del Comité Técnico de Selección, y notificación
correspondiente a los aspirantes a través de los portales www.trabajaen.gob.mx y
www.cenaprece.salud.gob.mx/convocatorias podrán modificarse las fechas
indicadas cuando así resulte necesario o en razón del número de aspirantes que
se registren, o por algún impedimento no previsto.
Entrevista La etapa de Entrevistas tiene la finalidad de que el Comité de Selección
profundice en la valoración de la capacidad de los/las candidatos/as, de
conformidad a los criterios de evaluación establecidos en la convocatoria
y en TrabajaEn.
El CENAPRECE programará las entrevistas y convocará a los/las candidatos/as,
a través de TrabajaEn, conforme al orden de prelación y el número establecido
por el Comité Técnico de Selección.
El Comité Técnico de Selección para la evaluación de las entrevistas,
considerará los criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adverso);
- Estrategia o acción (simple o compleja);
- Resultado (sin impacto o con impacto), y
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
Cada miembro del Comité de Selección calificará en un escala de 0 a 100 a cada
candidato/a en cada uno de los criterios de evaluación correspondientes.
En caso de que el Comité Técnico de Selección lo determine podrá auxiliarse
para desahogar la etapa de entrevista por máximo 3 especialistas, 1 por cada
miembro, y se notificará a los/las candidatos/as en el correo electrónico mediante
el cual se le cite a la misma.
Cuando el perfil del puesto requiera el dominio de un idioma en el nivel
avanzado, en esta etapa se podrá realizar al menos una pregunta a cada
aspirante en el idioma requerido.
108 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Reglas de Valoración
y Sistema de
Puntuación General
La acreditación de la etapa de revisión curricular, revisión y evaluación de
documentos, el examen de conocimientos y la presentación de las evaluaciones
de habilidades serán indispensables para continuar en el proceso de selección de
que se trate.
Se evaluarán 2 capacidades gerenciales (habilidades) y no implicará descarte del
concurso el no aprobarlas a menos de que no se presente a dichas evaluaciones.
La calificación mínima aprobatoria para acreditar la evaluación de conocimientos
será de 70 y el resultado de la evaluación se obtendrá del total de aciertos sobre
el número de reactivos que conforman el examen.
La evaluación de experiencia y valoración del mérito se evaluarán de
conformidad con la escala establecida en la Metodología y Escalas
de Calificación – Evaluación de la Experiencia y valoración del Mérito, publicada
por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera, considerando los
elementos antes mencionados. Es importante señalar que, la Secretaría de la
Función Pública comunicó del cambio de la rama de cargo que se debería llevar
a cabo en el Código del Maestro de Puestos, de acuerdo al nuevo Catálogo de
Ramas de Cargo o Puesto de la Administración Pública Federal, debido a lo
anterior y para las plazas que contienen un asterisco (*) no se evaluará el rubro
ocho “Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las
del puesto vacante.
Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, los aspirantes
deberán aprobar las evaluaciones precedentes.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones (habilidades,
de conocimientos, evaluación de la experiencia y del mérito) serán considerados
para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de
determinar el orden de prelación, para la etapa de entrevista, de conformidad con
el Sistema de Puntuación General establecido por el Comité Técnico de
Profesionalización para las plazas desde Enlace de Alta Responsabilidad hasta
Dirección General, mismo que a continuación se muestra:
Jefatura de
Departamento hasta
Dirección General
Enlace de Alta
Responsabilidad
Etapa o Subetapa Puntaje Asignado Puntaje Asignado
Subetapa de Examen de
Conocimientos
30 30
Promedio de la subetapa de
Evaluaciones de Habilidades
10 20
Subetapa de Evaluación de
Experiencia
20 10
Subetapa de Valoración del
Mérito
10 10
Etapa de Entrevista 30 30
PUNTAJE MAXIMO 100 100
El número mínimo de candidatos/as a entrevistar, será de 3, si el universo de
candidatos/as lo permite. En caso de que el número de candidatos/as fuera
menor al mínimo establecido, se entrevistará a todos.
El número de candidatos/as que se continuarán entrevistando, será como mínimo
de tres, en caso de no contar al menos con un finalista de entre los/las
candidatos/as ya entrevistados.
El Puntaje Mínimo de Calificación para ser considerado finalista será de 70.
Para los puestos de Enlace de Alta Responsabilidad, se determinó otorgar a
todos los participantes el puntaje de 100, que equivale a 10 puntos en el sistema
de puntuación general, para la Subetapa de Evaluación de la Experiencia.
Publicación de
Resultados
Tanto los resultados de cada una de las etapas del concurso, como la invitación a
las evaluaciones y en su caso modificación del calendario serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx.
Determinación y
Reserva
Los Comités Técnicos de Selección declararán ganador/a del concurso al finalista
que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección.
Se consideran finalistas a los candidatos que acrediten el puntaje mínimo de
calificación en el sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un
resultado aceptable para ser considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a
concurso en términos de los artículos 32 de la Ley y 40, fracción II de
su Reglamento.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 109
Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera, los aspirantes que obtengan, el Puntaje Mínimo de
Calificación, que es de setenta (70) y no resulten ganadores/as en el concurso,
serán considerados/as finalistas y quedarán integrados/as a la reserva de
aspirantes del puesto de que se trate en el Centro Nacional de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso respectivo.
Declaración de
Concurso Desierto
Los Comités Técnicos de Selección podrán, considerando las circunstancias del
caso, declarar desierto un concurso:
I. Porque ningún candidato/a se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los/las candidatos/as obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del
Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una
nueva convocatoria.
Reactivación de
folios
Los Comités Técnicos de Selección de estas plazas, determinaron no llevar a
cabo la reactivación de folios cuando el descarte sea originado por causas
imputables a los aspirantes, por lo que le solicitamos que antes de su inscripción
a este concurso verifique que la información capturada en TrabajaEn respecto de
su Currículum Vítae, esté completa y correcta comparándola con los requisitos
del puesto, considerando que las reactivaciones únicamente procederán cuando
el descarte del folio sea originado por causas NO imputables al aspirante, por
errores en la captura de información u omisiones del operador de Ingreso que se
acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de que el rechazo sea por causas no imputables al aspirante y el
sistema emita un folio de rechazo, el aspirante tendrá 2 días hábiles a partir de la
fecha de ese rechazo para presentar su escrito de petición de reactivación de
folio, al Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente, en la Dirección
de Operación del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades.
Dicho escrito deberá incluir, considerando que proceden las reactivaciones sólo
cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables al aspirante,
por errores en la captura de información u omisiones del operador del Ingreso
que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico
de Selección:
1. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su
folio de rechazo.
2. Justificación de por qué se considera que se debe reactivar su folio
3. Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad
4. Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta
a su petición, la cual será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de
Selección respectivo.
5. Impresión de Currículum Vítae de TrabajaEn.
La reactivación de folios no será procedente, cuando las causas de descarte
sean imputables al aspirante como:
1. La renuncia a concursos por parte del aspirante
2. La renuncia a calificaciones de evaluaciones de capacidades
3. La duplicidad de registro y la baja en Sistema imputables al aspirante
4. Por errores de captura imputables al/la candidato/a
Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones
de reactivación.
Disposiciones
generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de los/las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de
la presente convocatoria.
110 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
4. Los/las concursantes podrán presentar inconformidad y recurso de
revocación, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de esta
Dependencia, en Insurgentes Sur No. 1685 – 10° piso. Colonia Guadalupe
Inn. Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020. Teléfono 2000 3100 ext.
53124, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, y ante la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en
Insurgente Sur 1735 2do piso Colonia Guadalupe Inn. Delegación Alvaro
Obregón, C.P. 01020, México D.F., en términos de lo dispuesto por el
Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.
5. En los casos en que los Comités Técnicos de Selección determinen la
revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos
utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones
de respuesta.
En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios
de evaluación. Dicha revisión deberá solicitarse mediante el procedimiento
de una inconformidad.
6. Cualquier aspecto o caso no previsto en la presente Convocatoria será
resuelto por el Comité Técnico de Selección. Conforme a las disposiciones
aplicables, privilegiando la observancia de los principios rectores del sistema,
dentro de los 10 días hábiles siguientes en que se presentó, con la salvedad
de que para aquellos casos en los que el Comité Técnico de Selección
requiera de consultas, autorización u otros, ante entidades reguladoras, la
resolución de dichos aspectos quedará sujeta al tiempo de respuesta
y las determinaciones de las instancias competentes.
7. Cuando el ganador de un concurso tenga el carácter de servidor/a público/a
de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar ante la Dirección de Operación del CENAPRECE, en un
lapso no mayor a cinco días naturales, posteriores a la notificación de los
resultados del concurso a través de su cuenta de TrabajaEn, el documento
que acredite haberse separado de su cargo toda vez que no puede
permanecer activo en ambos puestos, asimismo, deberá acreditar haber
cumplido la obligación que señala el artículo 11, fracción VIII de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal”.
Lo anterior tiene sustento en lo dispuesto en el oficio
No. SSFP/408.3/077/2008, del 28 de Febrero de 2008 (Visible en
www.normateca.gob.mx//NF_Secciones_Otras.php?Sección=7).
8. Los Comités Técnicos de Selección de esta Dependencia informa que en
caso de que algún aspirante solicite una revisión del examen de
conocimientos técnicos, deberá presentar su solicitud dirigida al Comité
de la plaza en concurso, firmada y escaneada al correo de
adrian.martinez@salud.gob.mx, teniendo como plazo los dos días hábiles
siguientes a la fecha de aplicación de la evaluación. Así mismo, se hace del
conocimiento que la revisión de exámenes, sólo podrá efectuarse respecto
de la correcta aplicación de las herramientas, métodos o procedimientos
utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de
respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los
criterios de evaluación (Numeral 219 del Acuerdo por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio
Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del
Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última
reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la
Federación. Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a
los aspirantes que se presenten fuera de los horarios establecidos para
tales efectos.
9. En este proceso de reclutamiento y selección, esta dependencia no solicita
como requisito para el ingreso el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 111
Citatorios El Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
comunicará a los/las aspirantes la fecha, hora y lugar en que deberán
presentarse para la aplicación de las evaluación de conocimientos, de
habilidades, recepción y cotejo documental, evaluación del mérito y valoración
de la experiencia, así como la entrevista del Comité Técnico de Selección,
mediante correo electrónico identificando su número de folio asignado por
TrabajaEn, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, con al menos 2 días
hábiles de anticipación a la fecha en que deberá presentarse. El no asistir en la
fecha, hora y lugar señalados, será motivo de descarte del concurso de que se trate.
Las etapas anteriores se desahogarán en las instalaciones del Centro Nacional
de Programas Preventivos y Control de Enfermedades ubicado en Av. Benjamín
Franklin #132, P.B., Col. Escandón, Delg. Miguel Hidalgo, C.P 11800, y la
Dirección General Adjunta de Administración del Servicio Profesional de Carrera
y Capacitación de la Secretaría de Salud, ubicadas en Reforma #156, Piso 4,
Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc (inclusive para los aspirantes registrados
en el extranjero). En caso de que alguna de las etapas del concurso debiera ser
desahogada en otro domicilio, será notificada a través del portal
www.trabajaen.gob.mx, vía correo electrónico a los/las candidatos/as con mínimo
dos días de anticipación.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada
aplicación, así como el tiempo de tolerancia con el que contarán los
candidatos/as.
Los/las aspirantes deberán asistir puntualmente a sus evaluaciones o de lo
contrario no se permitirá la aplicación de evaluación alguna, y serán descartados
del proceso de concurso de que se trate.
Temarios Los temarios y la bibliografía correspondiente para el examen de conocimientos y
para las evaluaciones de habilidades y, en su caso, guías de estudio, que se
indique en la convocatoria, se difundirán únicamente en TrabajaEn y en la página
electrónica http://www.cenaprece.salud.gob.mx, apartado convocatorias,
CENAPRECE/2015/03, a partir de la fecha de la publicación de la presente
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Las guías para la evaluación
de las habilidades serán las consideradas para las capacidades
gerenciales/directivas, que se encuentran disponibles para su consulta en la
página electrónica: www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de Documentación
e Información relevante, “Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades”.
Para acreditar las etapas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
será necesario consultar la metodología y escalas de calificación de la
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, accesible en la siguiente
dirección electrónica: www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de “Documentación
e Información Relevante” Metodología y Escalas de Calificación Experiencia
y Mérito
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes
formulen con relación al puesto y el proceso del presente concurso, se ha
implementado el correo electrónico adrian.martinez@salud.gob.mx y teléfono
50621600, ext. 54672 o presentarse en las instalaciones del CENAPRECE,
ubicado en Av. Benjamín Franklin, número 132, P.B., Colonia Escandón,
Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11800, de 9:00 a 15:00 horas de lunes
a viernes.
México, D.F., a 14 de octubre de 2015.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Salud
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, la Secretaria Técnica
Jefa de Departamento de Apoyo Gerencial del CENAPRECE
C.P. Beatriz Reyes Aparicio
Rúbrica.
112 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Salud
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
No. SSA/2015/40
NOTA ACLARATORIA
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Salud con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28,
37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17,
18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, emite la siguiente:
La modificación al calendario del concurso de la plaza vacante: Departamento de Información Institucional
de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, publicada en la Convocatoria Pública y Abierta
SSA/2015/40 el 30 de septiembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, el cual quedará de la siguiente
manera:
DICE DEBE DECIR
Etapa Fecha o plazo Fecha o plazo
Publicación de convocatoria 30 de septiembre de 2015 06 de octubre de 2015
Registro de aspirantes (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 30 de septiembre al 13
de octubre de 2015
Del 06 al 20 de octubre de 2015
Revisión curricular (por la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 30 de septiembre al 13
de octubre de 2015
Del 06 al 20 de octubre de 2015
Examen de conocimientos A partir del 16 de octubre
de 2015
A partir del 22 de octubre de
2015
Exámenes de habilidades
(capacidades gerenciales)
A partir del 19 de octubre
de 2015
A partir del 23 de octubre de
2015
Revisión y evaluación documental
(Cotejo)
A partir del 20 de octubre
de 2015
A partir del 23 de octubre de
2015
Evaluación de la Experiencia y del
Mérito
A partir del 20 de octubre
de 2015
A partir del 23 de octubre de
2015
Entrevista con el Comité Técnico de
Selección
A partir del 21 de octubre
de 2015
A partir del 26 de octubre de
2015
Determinación del candidato/a
ganador/a
A partir del 21 de octubre
de 2015
A partir del 26 de octubre de
2015
México, D.F., a 14 de octubre de 2015.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Salud
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Directora General Adjunta de Administración del
Servicio Profesional de Carrera y Capacitación
Lic. María Angélica Ortega Villa
Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1
TERCERA SECCION
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS
VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 488
DIRIGIDA A TODO/A INTERESADO/A, QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE
CARRERA CONSIDERANDO EL CRITERIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION
El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los
artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 y 47 de su Reglamento; numerales 195, 196,
197, 200, 201, 207, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, (considerando el criterio de
Igualdad y No Discriminación y el DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad y
no Discriminación 2014-2018, publicado en el DOF el 30 de abril de 2014), emite la siguiente Convocatoria
Pública y Abierta dirigida a todo interesado/a que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera para
ocupar los siguientes puestos vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
Nombre del Puesto: Director(a) de Proyectos de Mejora Presupuestaria B.
Vacante(s): 1 (Una).
Código: 06-400-1-CFMC001-0000380-E-C-I
Rama de Cargo: Presupuestación.
Nivel (Grupo/Grado): MC1 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias).
Percepción Mensual
Bruta:
$65,671.18 (Sesenta y cinco mil seiscientos setenta y un pesos 18/100 M.N.).
Unidad de
Adscripción:
Subsecretaría de Egresos.
Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal.
Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones, de integración de grupos de trabajo,
conducción y liderazgo.
Puestos Subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo.
Perfil y Requisitos:
Escolaridad:
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional.
Grado de Avance: Titulado.
Carreras:
Areas Generales Carreras Genéricas
Ciencias Sociales y Administrativas Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas Administración
Ciencias Sociales y Administrativas Economía
Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas - Actuaría
Experiencia Laboral:
Años de Experiencia: 7 años mínimo.
Areas de Experiencia:
Grupo de Experiencia Area General
Ciencias Económicas Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho Derecho y Legislación Nacionales
Matemáticas Estadística
Ciencia Política Administración Pública
Conocimientos: Proceso Presupuestario del Gasto Público Federal, Marco Jurídico
Administrativo Presupuestario, Conocimientos de la SHCP y de la APF. (Valor en
el Sistema de Puntuación General 20%, mínimo aprobatorio 70).
Habilidades: Negociación y Liderazgo (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%).
Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 20%.
Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%.
Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%.
Otros
Requerimientos:
Horario: Mixto. Disponibilidad para viajar: En ocasiones.
2 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Funciones
Principales:
1. Dirigir y consolidar el Sistema de Control y Seguimiento de los proyectos
especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los sectores desarrollo
agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda,
turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y
economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, mediante
la detección de necesidades de información producto del análisis de las
características propias de los proyectos especiales, para disponer de
la información necesaria y características en el diseño del Sistema y bases
de datos asociados a los proyectos.
2. Estudiar y evaluar la información generada del análisis de las características
propias de los proyectos especiales en su instrumentación en los sectores
desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes,
hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo
social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública
Federal, con base en la información obtenida en forma impresa o por medios
electrónicos, con la finalidad de establecer la metodología para la elaboración
y presentación de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del
gasto público.
3. Coparticipar con las áreas internas del área de adscripción en el diseño de las
bases de datos, matrices, instrumentos de medición, Tablero de Control del
C. Subsecretario de Egresos, mediante reuniones de trabajo, aplicación
de lineamientos y políticas internas, para coordinar la recepción de información,
registro y avance de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del
gasto público presentados por los sectores desarrollo agropecuario, recursos
naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios,
reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según
corresponda de la Administración Pública Federal.
4. Dirigir y supervisar la elaboración y la recepción de la información de los
proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los Sectores
Desarrollo Agropecuario, Recursos Naturales, Comunicaciones y Transportes,
Hacienda, Turismo, Tribunales Agrarios, Reforma Agraria, Energía, Desarrollo
Social, Trabajo y Economía, según corresponda de la Administración Pública
Federal, mediante la asesoría específica y utilizando la metodología establecida,
con la finalidad de obtener el avance en cada etapa de los proyectos especiales
y su registro en el Tablero de Control del C. Subsecretario de Egresos.
5. Establecer las directrices para la elaboración y presentación de los informes y
reportes respecto al avance de los proyectos especiales de mejora
presupuestaria del gasto público de los sectores desarrollo agropecuario,
recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales
agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según
corresponda de la Administración Pública Federal , con base en la información
proporcionada en los tiempos establecidos en los calendarios, con el objeto de
coadyuvar en la detección de posibles retrasos y en su caso permitir la toma
de decisiones para implementar acciones correctivas.
6. Coparticipar en la elaboración de los estudios coyunturales, documentos de
política pública, presentaciones ejecutivas de trabajo, así como con las áreas
responsables de la Subsecretaría de Egresos en la definición de modificaciones
al marco legal en materia presupuestaria, con base en la experiencia en el
desarrollo de los proyectos de mejora presupuestaria del gasto público,
información obtenida en medios electrónicos y medios impresos, con la finalidad
de proponer acciones de mejora en materia de diseño de políticas públicas
y presupuesto.
7. Emitir opinión respecto a las desviaciones que se originen en el desarrollo de
los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los
sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y
transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía,
desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración
Pública Federal, a través de las reuniones de trabajo, acuerdos personalizados o
atentas notas, con el objeto de externar el punto de vista al Superior Jerárquico,
proponer alternativas de solución y su impacto en la aplicación de las mismas.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 3
8. Coordinar y supervisar la generación de la información para mantener
actualizado el Tablero de Control del C. Subsecretario de Egresos respecto a los
proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los sectores
desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes,
hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo
social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública
Federal, con base en los reportes e informes elaborados con la información
proporcionada por los responsables de ejecutar los proyectos, a fin de asegurar
información veraz, fidedigna y oportuna al C. Subsecretario de Egresos.
9. Asesorar a los responsables asignados de los sectores desarrollo
agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda,
turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y
economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, respecto
a la instrumentación de las guías técnicas y guías metodológicas en la
presentación de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto
público, a través de presentaciones ejecutivas, por correo electrónico o medios
impresos, con el objeto de puntualizar cada uno de los conceptos y lograr
documentos ágiles y precisos para su autorización.
10. Establecer los mecanismos necesarios para solicitar, recibir, compilar y
registrar sistemáticamente la documentación e información de los estudios
y proyectos especiales que solicite el C. Subsecretario de Egresos, producto de
la agenda de trabajo y que tengan implicaciones presupuestales, mediante
investigación de campo y trabajo de gabinete en coordinación con las Unidades
Administrativas involucradas de la Administración Pública Federal, y
representantes de organismos y asociaciones internacionales a fin de asegurar
que la política pública presupuestal se encuentre alineada con las mejores
prácticas internacionales, y en su caso identificar áreas de oportunidad.
11. Definir y dar seguimiento a los principales puntos de interés, coincidencias y
diferencias de los diversos actores respecto a la política económica, sus
componentes y problemática derivada de su ejecución, así como de los temas
derivados y colaterales de los sectores bajo su coordinación mediante la
elaboración de tarjetas informativas, tableros de control y estudios comparativos
a efecto de determinar sus implicaciones y consecuencias.
12. Consolidar los informes que el Jefe Inmediato Superior deberá presentar al
Superior Jerárquico sobre la información solicitada por los organismos y
asociaciones internacionales y generada por las Unidades Administrativas de la
Subsecretaría de Egresos de acuerdo al ámbito de su competencia,
considerando los requerimientos, precisión de la información proporcionada,
análisis y elaboración del entregable final, a fin de darle la presentación final y
obtener la autorización del Superior Jerárquico para ser remitidos en los tiempos
establecidos.
13. Coparticipar con las Unidades Administrativas competentes de la
Subsecretaría de Egresos en la integración de la información y documentación
que soliciten los organismos y asociaciones internacionales sobre temas de
interés en materia de gasto público, con base en la información impresa y por
medios electrónicos proporcionada por las áreas encargadas de su preparación,
con el objeto de que sirva como insumo para concretar los entregables y obtener
la autorización del Jefe Inmediato Superior.
14. Coordinar la elaboración de fichas técnicas de la información solicitada y
entregada a los organismos y asociaciones internacionales considerando la
fecha de elaboración Unidad responsable de generar la información, síntesis del
tema abordado, estadísticas en su caso, con la finalidad de tener a la mano y
documentado el fichero y la base de datos y llevar el control de la información
proporcionada.
15. Estudiar y desarrollar los temas que se abordaran en los eventos en el que
participe el Jefe Inmediato Superior como representar del C. Subsecretario de
Egresos, a los eventos organizados por organismos y asociaciones
internacionales, fuera y dentro del país, con base en la agenda de trabajo del
Superior Jerárquico e instrucciones superiores, para atender los compromisos
del Superior Jerárquico en cumplimiento de sus funciones.
4 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Nombre del Puesto: Subdirector(a) de Análisis de Política de Gasto.
Vacante(s): 1 (Una).
Código: 06-313-1-CFNC001-0000015-E-C-T.
Rama de Cargo: Coordinación y Enlace Intra e Interinstitucional.
Nivel (Grupo/Grado): NC1 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias).
Percepción Mensual
Bruta:
$33,537.07 (Treinta y tres mil quinientos treinta y siete pesos 07/100 M.N.).
Unidad de
Adscripción:
Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.
Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal.
Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: Se requieren habilidades técnicas específicas para
el desarrollo de sus funciones.
Perfil y Requisitos:
Escolaridad:
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional.
Grado de Avance: Titulado.
Carreras:
Areas Generales Carreras Genéricas
Ciencias Sociales y Administrativas Administración
Ciencias Sociales y Administrativas Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas Economía
Experiencia Laboral:
Años de Experiencia: 4 años mínimo.
Areas de Experiencia:
Grupo de Experiencia Area General
Ciencias Económicas Contabilidad
Ciencias Jurídicas y Derecho Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Económicas Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Matemáticas Estadística
Conocimientos: Finanzas Públicas, Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, Conocimientos de
la SHCP y de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%, mínimo
aprobatorio 70).
Habilidades: Trabajo en Equipo y Liderazgo (Valor en el Sistema de Puntuación General
20%).
Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 20%.
Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%.
Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%.
Otros
Requerimientos:
Horario: Mixto. Disponibilidad para viajar: En ocasiones. Conocimientos de
Software: Nivel Básico en Office, Internet y Outlook.
Funciones
Principales:
1. Colaborar en la definición de Políticas Públicas en materia de transferencias
de Gasto Federalizado, mediante la elaboración de notas de opinión, cuadros
estadísticos y demás elementos normativos, para la toma de decisiones y en
apoyo a las consultas específicas que sobre el Gasto Federalizado se reciban de
las Entidades Federativas y Municipios.
2. Analizar la problemática que presenta el financiamiento del Gasto Público
Federal transferido a las Entidades Federativas y Municipios, mediante el estudio
de la evolución e impacto en sus finanzas públicas, para dar cumplimiento a las
disposiciones normativas aplicables a la Unidad de Coordinación con Entidades
Federativas.
3. Generar informes periódicos y anuales sobre los recursos del Gasto Público
Federalizado que son autorizados y transferidos a las Entidades Federativas y
Municipios para la inversión de diversos ramos, mediante la revisión del
Presupuesto de Egresos, Cuenta Pública y elaboración de notas informativas,
para atender los requerimientos de información planteados a la Unidad de
Coordinación con Entidades Federativas.
4. Integrar la información estadística de los fondos de aportaciones federales y
de otros rubros del Gasto Federalizado destinado a las Entidades Federativas
y Municipios, mediante la revisión de la Cuenta Pública Mensual, reuniones de
trabajo y consulta directa a personal especializado en estos temas, para realizar
los análisis y evaluaciones en la materia y atender los requerimientos solicitados
a la Dirección General Adjunta de Transferencias Federales.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 5
5. Efectuar el análisis y la evaluación sobre los Fondos de Aportaciones
Federales, y de otros rubros del Gasto Público Federalizado, mediante el estudio
de su evolución e impacto en las Entidades Federativas, para cumplir los
requerimientos solicitados a la Dirección General Adjunta y mejorar su
administración, operación y coordinación intergubernamental.
6. Verificar la operación y actualización del banco de información sobre temas
hacendarios que difunden los medios de comunicación a nivel nacional mediante
la coordinación de trabajos de investigación, integración de grupos de trabajo y
reuniones, con el fin de apoyar a las Unidades Administrativas de la UCEF en
sus procesos de toma de decisiones.
7. Colaborar en la elaboración de proyectos de convenios, acuerdos, criterios de
operación y demás disposiciones jurídicas relativas a la coordinación con las
Entidades Federativas y Municipios en materia de gasto, inclusive el Gasto
Público Federalizado, mediante revisión y análisis del escrito, canalización al
área competente y, en su caso, emisión de opinión, a fin de incentivar la mejora
continua en los procedimientos y mecanismos en la materia.
8. Colaborar en la revisión de propuestas de normas y lineamientos, mediante el
análisis, consulta y seguimiento del comportamiento de las legislaciones locales,
para la coordinación en materia de participaciones e incentivos a las Entidades
Federativas y Municipios.
9. Efectuar los diversos estudios sobre los conceptos específicos en Legislación
Tributaria, mediante su análisis para colaborar en la compilación y actualización
de la información de las Entidades Federativas y sus Municipios para coadyuvar
al mejoramiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
Nombre del Puesto: Subdirector(a) de Banco de Datos e Información.
Vacante(s): 1 (Una).
Código: 06-714-1-CFNA001-0000004-E-C-N.
Rama de Cargo: Recursos Materiales y Servicios Generales.
Nivel (Grupo/Grado): NA1 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias).
Percepción Mensual
Bruta:
$25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos 76/100 M.N.).
Unidad de
Adscripción:
Dirección General de Conservaduría de Palacio Nacional.
Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal.
Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Perfil y Requisitos:
Escolaridad:
Nivel Académico: Licenciatura o Profesional.
Grado de Avance: Titulado.
Carreras:
Areas Generales Carreras Genéricas
Ciencias Sociales y Administrativas Conservación y Restauración de Bienes
Culturales Muebles
Ciencias Sociales y Administrativas Restauración de Bienes Muebles
Ciencias Sociales y Administrativas Arquitectura
Educación y Humanidades Arquitectura
Experiencia Laboral:
Años de Experiencia: 4 años mínimo.
Areas de Experiencia:
Grupo de Experiencia Area General
Ciencias Tecnológicas Tecnología de la Construcción
Antropología Antropología Cultural
Historia Historia por Especialidades
Sociología Sociología Cultural
Política Sectorial Cultura
6 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Conocimientos: Administración de Proyectos, Protección y Conservación del Patrimonio Cultural,
Conocimientos de la SHCP y de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación
General 20%, mínimo aprobatorio 70).
Habilidades: Trabajo en Equipo y Liderazgo (Valor en el Sistema de Puntuación General
20%).
Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 20%.
Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%.
Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%.
Otros
Requerimientos:
Horario: Mixto. Disponibilidad para viajar: En ocasiones.
Funciones
Principales:
1. Coordinar, investigar y recopilar, datos, documentos y planos históricos de
Palacio Nacional, registrando los movimientos que se efectúen en cada pieza
que integra la colección, con el fin de tener una bibliografía disponible sobre
dichos objetos y colecciones.
2. Organizar la información referente a las piezas de las colecciones, elaborando
un inventario, para su control y resguardo.
3. Efectuar los programas de investigación y cuidado conforme lo establece el
Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas
Artes y Literatura, según corresponda, a fin de obtener los permisos para la
protección, conservación y restauración de las áreas, objetos y colecciones de
Palacio Nacional.
4. Proponer los acuerdos y convenios necesarios con distintas Instituciones
Públicas o Privadas, Nacionales o Internacionales, garantizando la protección,
conservación y restauración de Palacio Nacional para su conservación y
resguardo.
5. Sistematizar el inventario y catalogación analítica de los objetos y colecciones
de Palacio Nacional, de conformidad con los datos que para tal efecto emplean
el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas
Artes y Literatura, con el fin de mantener actualizada la descripción de los bienes
resguardados por la Conservaduría de Palacio Nacional.
6. Registrar y llevar la bitácora de los traslados de los objetos y colecciones a
lugares distintos de los de su ubicación en Palacio Nacional, autorizados por el
Conservador y/o el Instituto Nacional de Antropología e Historia y/o el Instituto
Nacional de Bellas Artes y Literatura con el fin de garantizar su salvaguarda e
integridad.
7. Integrar la información relacionada con los monumentos de Palacio Nacional a
cargo de la Conservaduría, mediante la elaboración de una base de datos con
el propósito de identificar los bienes en resguardo y apoyar en el control de su
inventario a la Conservaduría.
8. Promover que las áreas de la Conservaduría de Palacio Nacional mantengan
organizada y actualizada una base de datos con la información generada sobre
los estudios y proyectos de obras así como de las instalaciones que se ejecuten
en los inmuebles resguardados por la Conservaduría.
Nombre del Puesto: Asistente Directivo(a) 1.
Vacante(s): 1 (Una).
Código: 06-600-2-CFPA002-0000149-E-C-S.
Rama de Cargo: Apoyo Administrativo.
Nivel (Grupo/Grado): PA2 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias).
Percepción Mensual
Bruta:
$15,189.15 (Quince mil ciento ochenta y nueve pesos 15/100 M.N.).
Unidad de
Adscripción:
Tesorería de la Federación.
Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal.
Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: El puesto requiere de conocimientos técnicos para
el desarrollo de sus funciones.
Perfil y Requisitos:
Escolaridad:
Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato.
Grado de Avance: Terminado o Pasante.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 7
Carreras:
Areas Generales Carreras Genéricas
No Aplica No Aplica
Experiencia Laboral:
Años de Experiencia: 1 año mínimo.
Areas de Experiencia:
Grupo de Experiencia Area General
Ciencias Económicas Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Ciencia Política Administración Pública
Conocimientos: Lenguaje Ciudadano, Herramientas de Cómputo, Conocimientos de la SHCP y
de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación General 30%, mínimo aprobatorio
70).
Habilidades: Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados (Valor en el Sistema de
Puntuación General 20%).
Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%.
Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%.
Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%.
Otros
Requerimientos:
Horario: Mixto.
Funciones
Principales:
1. Analizar junto con la Secretaria Técnica la agenda de actividades de la C.
Tesorera de la Federación para proponer la logística de atención de los asuntos
encomendados.
2. Coordinación de las actividades en los viajes que realiza la C. Tesorera de la
Federación para la atención de los asuntos administrativos.
3. Apoyar en el control, recepción, registro y envío de correspondencia propia de
la Secretaria Técnica de control de gestión.
4. Asistir a la secretaria privada en la atención de reuniones, recepción y
realización de llamadas, coordinación de comidas de trabajo con personal e
instituciones internas y externas a la Tesorería de la Federación.
5. Asistencia, control de minutario, control de vales de gasolina, preparar
carpetas para acuerdo en reuniones de la Comisión Intersecretarial de Gasto
Financiamiento.
6. Clasificar la documentación para su correspondiente archivo de acuerdo a los
lineamientos de operación que determine la Secretaria Técnica de la C. Tesorera
de la Federación.
7. Apoyar a la oficina de la C. Tesorera de la Federación, en sus reuniones y
necesidades de trabajo, con la finalidad de cumplir en tiempo y forma con las
necesidades de apoyo logístico.
8. Recibir, controlar y colaborar en el seguimiento a la documentación oficial que
compete a la oficina de la secretaria de apoyo técnico.
BASES DE PARTICIPACION
1a. Requisitos de participación.
Podrán participar los/las ciudadanos/as que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para
el puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: (Art. 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal)
1. Ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero/a cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar.
2. No haber sido sentenciado/a con pena privativa de libertad por delito doloso.
3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público.
4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro/a de algún culto.
5. No estar inhabilitado/a para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal
o administrativo, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica para cada caso.
2a. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos específicamente en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad,
áreas y años de experiencia) se llevará a cabo conforme a los Catálogos de Carreras y de Campos y Areas de
Experiencia, establecidos por la Secretaría de la Función Pública en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx., así como, únicamente las registradas en el currículum de trabajaen que registró para
aplicar para esta vacante.
8 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Sin excepción alguna, los/las aspirantes deberán presentar en original o copia certificada legibles para su
cotejo y copia simple legible para su entrega, en las oficinas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban a través de la herramienta
electrónica www.trabajaen.gob.mx, los siguientes documentos:
1.- Currículum Vítae máximo 3 cuartillas actualizado, con fotografía y números telefónicos de los empleos
registrados incluyendo el actual, en los que se detallen claramente, funciones específicas, del puesto o
puestos ocupado/s y periodo/s en el cual laboró.
2.- Acta de nacimiento y/o documento migratorio que permita la función a desarrollar.
3.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito
académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado/a, sólo serán válidos el Título Profesional o
Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones
aplicables; el Comité Técnico de Selección determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con
grado de avance Titulado/a, no se aceptará ningún otro documento con el que se pretenda acreditar que la
expedición del título y/o cédula profesional se encuentran en trámite y se refiera a uno distinto al descrito con
anterioridad. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del
ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio
Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y
última reforma el 23 de agosto de 2013, deberá presentar invariablemente la constancia de validez
o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
Cuando en una convocatoria se establezca como requisito de escolaridad, el nivel académico de carrera
técnica o comercial, Licenciatura con grado de avance terminado o pasante, se aceptará para acreditar tal
carácter el certificado o constancia de estudios, carta de pasante con el 100% de créditos con sello de la
institución educativa reconocida por la Secretaría de Educación Pública. Asimismo, se aceptará el grado de
licenciatura, maestría o doctorado en el nivel terminado o pasante o titulada/o en las áreas académicas
definidas en el perfil del puesto registrados ante la SEP.
Para los casos en que el requisito académico señale “Carrera Técnica o Nivel Medio Superior” se aceptará
certificado de estudios, título, carta de pasante con el 100% de créditos o constancia de estudios con sello de
la Institución Educativa.
En estos casos los/as candidatos/as deberán firmar Bajo Protesta de decir Verdad que el documento de
escolaridad presentado es auténtico.
De conformidad con el numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias
de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, cuando en una convocatoria se
establezca como requisito de escolaridad el Título Profesional o grado académico en el nivel Licenciatura,
se aceptará el grado de Maestría o Doctorado con grado de avance titulado, terminado y/o pasante en las
áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, el/la concursante cuente con algún título
o cédula profesional de nivel licenciatura en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el catálogo
de carreras de la SFP.
4.- Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte o
cédula profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada.
5.- Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 45 años).
6.- Escrito de Carta Protesta en el que manifieste decir verdad, de ser ciudadano/a mexicano/a en pleno
ejercicio de sus derechos o extranjero/a cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber
sido sentenciado/a con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser
ministro/a de culto; no estar inhabilitado/a para el servicio público, no formar parte de algún juicio, de cualquier
naturaleza, en contra de ésta u otra Institución; y que la documentación presentada es auténtica.
No ser servidor/a público/a de carrera titular ni eventual. A efecto de que los/las Servidores/as Públicos/as de
Carrera Titulares acrediten las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47
del Reglamento, deberán presentar las últimas que haya aplicado en el puesto en que se desempeña o en
otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores/as públicos/as, previo a obtener su
nombramiento como servidores/as públicas/as de carrera titulares. Dichas evaluaciones no se requerirán
cuando los/as servidores/as públicos/as de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto
que ocupen (solo en el caso que haya sido evaluado/a en el año anterior para la Valoración del Mérito). Para
las promociones por concurso de los/as servidores/as públicos/as de carrera de primer nivel de ingreso,
la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de
las dos requeridas por el artículo 47.
No haber sido beneficiado por algún Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal
(en caso afirmativo manifestar en qué año, y en qué dependencia).
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 9
En el caso de trabajadores/as que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración
Pública Federal, su alta estará sujeta a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Ver
el Formato en:
http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/carta_protesta_2014.pdf
Cabe señalar que si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico, será motivo de
descarte.
7.- Experiencia Laboral, para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto presentar las
constancias conforme haya registrado su trayectoria laboral en el currículum vítae de TrabajaEn, se
aceptarán: Hojas únicas de servicios, constancias de servicios, constancias de nombramientos, cartas
finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, altas, bajas al IMSS,
documento de semanas cotizadas al IMSS del asegurado vía electrónica, o el emitido por la subdelegación del
IMSS que le corresponda, altas, bajas al ISSSTE, documento que acredite los años de antigüedad cotizados
al ISSSTE, recibos de pago (presentar los recibos de pago con los que se compruebe la consecutividad de los
años laborados), declaraciones del Impuesto Sobre la Renta, declaraciones patrimoniales, actas constitutivas
de empresas, poderes notariales, constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos firma y/o sello, conteniendo: nombre completo del candidato/a, periodo laborado,
percepción, puesto(s) y/o funciones desempeñadas.
Se aceptará la carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por
la Institución en la cual se hayan realizado y con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y
hasta un año de experiencia, de los solicitados en el perfil del puesto por el cual se concurse. Sólo se
aceptarán cartas que acrediten experiencia como Becario hasta por un máximo de 6 meses.
El documento de acreditación en estos supuestos deberá incluir además de los datos de identificación
necesarios, el periodo de prestación, las funciones desempeñadas o el proyecto en que participó. No se
aceptarán cartas de recomendación como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente
deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva.
Datos de localización física y telefónica de cuando menos una referencia laboral comprobable respecto de
cada uno de los empleos con los que se acrediten los años de experiencia requeridos para el puesto que se
concurse. Para la verificación de las Referencias Laborales, se tomará los 2 últimos empleos proporcionados
por los/as candidatos/as, los cuales se verificará ante la instancia correspondiente, sin embargo en caso de no
obtener respuesta de alguno de ellos, se podrán considerar empleos anteriores acreditados para obtener al
menos 2 verificaciones.
Para la Evaluación de la Experiencia revisar la Metodología y Escalas de Calificación
(Ver www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante).
8.- Cédula de Identificación Fiscal (RFC) y Clave Unica de Registro de Población (CURP).
9.- Presentar las constancias con las cuales acredite sus Méritos con los que cuenta, tales como: evidencias
de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional y cargos o comisiones
en el servicio público, privado o social, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado
durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes,
de acuerdo a la Metodología y Escalas de Calificación (Ver www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga
Documentos e Información Relevante).
10.- Escrito de Aviso de Privacidad en el que se autoriza a la SHCP, utilizar su nombre, R.F.C., C.U.R.P.,
domicilio, teléfono, dirección de correo electrónico (e-mail), fecha de nacimiento, intereses personales,
información de escolaridad (título, acta de acreditación de examen profesional, carta de pasante, autorización
provisional para ejercer la profesión, certificado, constancia de créditos, constancia de créditos e historial
académico), trayectoria laboral así como referencias personales y laborales para fines de consulta interna y
externa por parte de esta Secretaría, para dar cumplimiento al DECRETO por el que se expide la Ley Federal
de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se reforman los artículos 3, fracciones II
y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia
y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio
de 2010. Ultima Reforma 08-06-2012. Así como, lo señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; los numerales 174, 175, 213 y 220
del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio
Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y
reformado el 23 de agosto de 2013. Ver en:
http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/aviso_privacidad_shcp.pdf
10 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
11.- Impresión del documento de Bienvenida al Sistema TrabajaEn, como comprobante del número folio
(9 dígitos) así como del asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx a el/la aspirante para el
concurso de que se trate.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso la no
presentación de los/as aspirantes a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que les
sean señalados, así como la no presentación de los originales de cualquiera de los documentos antes
descritos en la fecha, hora y lugar que la Dirección de Ingreso determine para tal efecto. Bajo ningún supuesto
se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática de los documentos descritos, ni el acta levantada
con motivo de robo, destrucción o extravío.
De no acreditarse a juicio del personal de la Dirección de Ingreso cualquiera de los datos registrados por
los/las aspirantes en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, de los que exhiban en la revisión curricular y
documental, o en cualquier etapa del proceso; o de no exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que
sean requeridos, se descalificará automáticamente a el/la aspirante o en su caso, se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes.
Conforme al Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación, publicado en el DOF el 30 de abril de
2014, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, está comprometida a respetar y garantizar los derechos
humanos y dar un trato igualmente digno en la participación de los concursos, así como, actuar sin
discriminación de ninguna índole. Asimismo, en ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de
VIH/SIDA, para participar en los concursos y en su caso para llevar a cabo la contratación.
3a. Registro de candidatos.
La inscripción o el registro de los/as candidatos/as a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta convocatoria en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará a los candidatos un
número de folio de participación para el concurso una vez que los mismos hayan aceptado sujetarse a las
presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y
de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico de
Selección; lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los/as candidatos/as.
Programa del concurso:
Fase o Etapa Fecha o Plazo
Publicación del Concurso 14 de octubre de 2015
Registro de candidatos y Revisión curricular Del 14 al 27 de octubre de 2015
Recepción de solicitudes para reactivación de
folios
El Comité Técnico de Selección no autorizó la
reactivación de folios por causas imputables a los
aspirantes.
Evaluación de Conocimientos Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016
Evaluación de Habilidades Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016
Revisión y Evaluación Documental Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016
Entrevista por el Comité Técnico de Selección Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016
Determinación Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016
Las Etapas del proceso de selección de los puestos incluidos en esta convocatoria se llevarán a cabo en
razón del número de candidatos/as que puedan registrarse en los concursos, por lo que las fechas indicadas
podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mismos a
través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx y de la cuenta de correo electrónico registrada por cada
candidato. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizarán en las
mismas fechas y horarios a todos/as los/as candidatos/as que continúen en el concurso a fin de garantizar la
igualdad de oportunidades y la no discriminación. En caso de presentarse inconformidades o alguna solicitud
de revisión de examen, se informará a el/la candidato/a, a través de la cuenta de correo
ingreso_shcp@hacienda.gob.mx y/o se le notificará a través del portal www.trabajaen.gob.mx, por otra parte
si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos los candidatos a través de los
mismos medios.
4a. Temarios.
Los temarios relativos a los exámenes de Conocimientos serán publicados en los portales
www.trabajaen.gob.mx, en www.hacienda.gob.mx y en la página de intranet de la SHCP, o en su caso, se
harán llegar a los/las aspirantes a través de su correo electrónico cuando así lo requieran.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 11
5a. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que
deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a
través de la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que,
será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será
notificado por el Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del
portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
Se sugiere a los candidatos considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus traslados
ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en que se tenga programado el inicio de cada etapa será de
diez minutos considerando como hora referencial la que indiquen los equipos de cómputo de la Dirección
de Ingreso. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso a las salas de aplicación a los candidatos
que lleguen retrasados quedando inmediatamente descartados del concurso.
De conformidad con el numeral 208 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al
menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se
especificará la duración máxima de cada evaluación.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
 La subetapa de examen de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria
deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales, asimismo se deberá presentar previo a la
aplicación del examen, la pantalla de Bienvenida del sistema Trabajaen y original del RFC y la CURP.
 Para efectos de continuar en el proceso de selección, los/las aspirantes deberán aprobar los exámenes
de conocimientos y presentar la información solicitada.
 Los resultados obtenidos tendrán una vigencia de un año, contados a partir del día en que se den a
conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los/las aspirantes podrán participar en otros concursos
sin tener que sujetarse a la evaluación de conocimientos, siempre y cuando se trate del mismo puesto,
examen, temario y bibliografía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
El examen de conocimientos constará de 1 evaluación, la cual versará sobre los siguientes puntos:
a) Conocimientos sobre la Administración Pública Federal.
b) Conocimientos sobre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/rh_guia_ingreso_2013_01.pdf
http://intranet.hacienda.gob.mx/servicios_tramites/spc/inf_general/rh_guia_ingreso_2013_01.pdf
c) Conocimientos Técnicos del Puesto.
 La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte. Las calificaciones obtenidas se
sumarán a las otras evaluaciones para determinar el orden de prelación de los candidatos prefinalistas
que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán considerados en el
Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje. Las evaluaciones de habilidades se
llevan a cabo en línea mediante herramientas psicométricas de medición, administradas por la SHCP.
Los resultados obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a partir del día en que se den a
conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los/las aspirantes podrán participar en otros concursos
de esta Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando sean las
mismas y correspondan al mismo nivel de dominio y hayan sido evaluadas a través de las herramientas
proporcionadas por la SHCP.
 Los resultados obtenidos en las subetapas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito serán
consideradas en el sistema de puntuación general y si bien no implican el descarte de los/las candidatos,
si será motivo de descarte la no presentación del original de cualquiera de los documentos que se
describen en esta convocatoria así como que la carrera específica con la que se pretenda acreditar
la carrera genérica del puesto que se concurse no se encuentre contenida textual y literalmente en la
impresión del Catálogo de Carreras que en la fecha de la revisión documental obtenga del portal
electrónico www.trabajaen.gob.mx el personal de la Dirección de Ingreso.
Asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos para constatar la autenticidad de la información y
documentación incorporada en Trabajaen, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas
y cruce de información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará al candidato y se
ejercerán las acciones legales procedentes.
12 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
La aplicación del examen de conocimientos, de las evaluaciones de habilidades, así como la evaluación
de la experiencia y valoración de mérito y la revisión y verificación de documentos, se realizarán en las
instalaciones de la Dirección de Ingreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicada en Calzada
de la Virgen 2799, Edificio “D”, Planta baja, Ala Norte, Colonia CTM Culhuacán, C. P. 04480, Delegación
Coyoacán. El Comité Técnico de Selección determinará el lugar en que se llevará a cabo la etapa de
entrevista. La duración aproximada de cada evaluación, así como la entrega de documentos es de 2 horas.
Las evaluaciones podrán aplicarse de manera diferida dentro de las fechas establecidas en esta convocatoria,
de acuerdo a las necesidades del servicio, pero en ningún caso se diferirá a un solo candidato, conforme al
numeral 180 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y
del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de
Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio
de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del
2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
- Orden en los puestos desempeñados.
- Duración en los puestos desempeñados.
- Experiencia en el Sector público.
- Experiencia en el Sector privado.
- Experiencia en el Sector social.
- Nivel de responsabilidad.
- Nivel de remuneración.
- Relevancia de funciones o actividades.
- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
- Resultados de las evaluaciones del desempeño.
- Resultados de las acciones de capacitación.
- Resultados de procesos de certificación.
- Logros.
- Distinciones.
- Reconocimientos o premios.
- Actividad destacada en lo individual.
- Otros estudios: Se aceptará diplomado (certificado total), especialidad, título profesional o grado
académico emitido por la Institución Educativa: Federal, Estatal, Descentralizada o Particular, en éste
último caso el documento deberá contener la autorización o reconocimiento de validez oficial por parte de
la Secretaría de Educación Pública; conforme a los artículos 1°, 3° y 23, fracciones I y IV de la
Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las Profesiones en el Distrito
Federal y 11, 12 y 14 de su Reglamento.
En caso de que exista un error en la captura de la calificación obtenida por un aspirante en el examen de
conocimientos, el operador de ingreso podrá revertir el resultado previa notificación al Comité Técnico
de Selección.
Si durante la aplicación de la Subetapa de conocimientos de la Etapa II, se detectan inconsistencias en el
RFC y/o la CURP, de el/la candidata/o, éste/a deberá realizar la solicitud de corrección de datos ante la
Secretaría de la Función Pública a los correos electrónicos acervantes@funcionpublica.gob.mx o
jmmartinez@funcionpublica.gob.mx anexando los siguientes documentos: Credencial del IFE, Cédula Fiscal y
CURP. En caso de que al inicio de la Etapa III Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, no se
presenten las evidencias documentales de las correcciones respectivas, se procederá a descartar a el/la
candidato/a.
De acuerdo al principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las Etapas del concurso a petición de los/las candidatos/tas. Asimismo,
en caso de que un candidato/a requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a
través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un
plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y
enviado a la siguiente dirección electrónica: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx. Es importante señalar, que
únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de
los criterios de evaluación.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 13
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de candidatos/as con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa
de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basadas en el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones
en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del
Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, pasarán a la etapa de Entrevista, los/las cinco
candidatos/as con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado cuando el
universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la
etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos/as que compartan el tercer
lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos que se continuarían entrevistando, que preferentemente
será de tres y solo se entrevistarían en caso de no contar al menos con un finalista de entre los/las
candidatos/as ya entrevistados/as. La/el candidata/o que al final de la etapa III cuente con menos de 35
puntos en la escala de 0 a 100 sin decimales, no será considerada/o para la entrevista, toda vez que no
obtendría los 65 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de calificación, que establece el
numeral 184, fracción VII del Acuerdo.
El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así
resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará el criterio siguiente:
- Contexto, (favorable o adverso)
- Estrategia (simple o compleja)
- Resultado (sin impacto o con impacto)
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a los/las candidatos/as que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el sistema
de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (65 puntos) para ser considerados
aptos para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley y 40, fracción II de su
Reglamento.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, al/la finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) A el/la finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a
concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el/la ganador/a señalado/a en el
inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
6a. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
El listado de candidatos/as en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por
aquéllos/as con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización en la Primera Sesión Ordinaria
de 2012:
Sistema de Puntuación General
Etapa Enlace Jefe de
Departame
nto
Subdirector Director
de Area
Director
General
Adjunto
Direct
or
Gener
al
II. Exámenes de
Conocimientos
30 30 20 20 10 10
II. Evaluación de
Habilidades
20 20 20 20 20 20
III. Evaluación de
Experiencia
10 10 20 20 30 30
III. Valoración de
Mérito
10 10 10 10 10 10
IV. Entrevistas 30 30 30 30 30 30
Total 100 100 100 100 100 100
14 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
7a. Publicación de Resultados.
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
8a. Reserva de Candidatos
Los/as candidatos/as entrevistados/as por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadores/as del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación (65 puntos), se integrarán a la
Reserva de Candidatos de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia
en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se
trate.
Los/as candidatos/as finalistas estarán en posibilidad de ser convocados/as durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la Reserva de Candidatos y tomando en cuenta la clasificación de puestos y
ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de
aspirantes cuando así lo prevenga el Comité Técnico de Selección.
9a. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I. Porque ningún candidato/a se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los/las candidatos/as obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado/a
finalista (65 puntos); o
III. Porque sólo un/una finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los/as integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.
10a. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación
del puesto de que se trate, o
II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
11a. Principios del Concurso
En el portal www.dof.gob.mx podrán consultarse la convocatoria, los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes. Los datos personales de los/las aspirantes son confidenciales aun después de concluido el
concurso. Los/as aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria sin responsabilidad
alguna a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al ACUERDO por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual
del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de
2013.
12a. Resolución de dudas:
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los/as candidatos/as formulen con relación a
las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
ingreso_shcp@hacienda.gob.mx o bien del número telefónico 3688 5344, con un horario de atención de lunes
a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
13a. Inconformidades:
Los/as concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de
Control en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicado en Avenida México-Coyoacán No. 318,
5° Piso, Colonia General Anaya, con horario de 9:00 a 15:00 horas en términos de lo dispuesto por la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
14a. Revocaciones
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los/las interesados/as estarán en aptitud jurídica de
interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
de la Función Pública, en sus instalaciones sitas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso,
Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C. P. 01020, México, D. F., en un horario que va
de las 09:00 y las 18:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o
depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 15
15a. Procedimiento para la Reactivación de Folios
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones involuntarias
por parte del personal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 3 días hábiles posteriores
en que se haya originado o se detecte el descarte, se enviarán al Comité los soportes documentales.
El Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, por unanimidad o por mayoría de votos, podrá determinar
bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio,
en un horario de 9:00 a 18:00 hrs., los/las interesados/as podrán solicitar su reactivación a
comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, siempre y cuando las
causas del descarte no sean imputables a los/as propios/as aspirantes.
b) Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de
Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
Los/las aspirantes que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán dirigirse a
comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, dentro de los 5 días hábiles
posteriores a la fecha en que se les informe de la reactivación de un folio.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I. El/la aspirante cancele su participación en el concurso, y
II. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
16a. Disposiciones generales
1. Además de lo señalado en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse los detalles
sobre el concurso y los puestos vacantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la página
electrónica:
http://hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/Paginas/informacion_concursos.aspx, y en la Intranet:
http://intranet.hacienda.gob.mx/servicios_tramites/spc/Paginas/Concursos.aspx.
2. Asimismo, podrá consultar los Lineamientos internos que regulan la Operación del Subsistema de Ingreso
en la SHCP en:
http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/Lineamientos_Internos_Subsistema_de_
Ingreso.pdf y en
http://intranet.hacienda.gob.mx/servicios_tramites/spc/inf_mensual/Lineamientos_Internos_Subsistema_
de_Ingreso.pdf
3. Cuando el/la ganador/a del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder
ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite
haberse separado del puesto que venía ocupando, previo a su registro, toda vez que no puede
permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción
VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el/la candidato/a ganador/a, este
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los/as finalistas al siguiente
con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección así como las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales aun después de
concluidos estos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
6. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015.
El Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, firma el Secretario Técnico
Director de Ingreso
Lic. Gerardo Soto Venegas
Rúbrica.
16 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE
INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA No. 087
El Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con fundamento en los
artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento; numerales 195, 196, 197,
200, 201, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos
Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en
materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, emite la
siguiente: Convocatoria pública y abierta dirigida a todo interesado que desee ingresar al Servicio Profesional
de Carrera en el siguiente puesto vacante de la Administración Pública Federal:
Nombre del Puesto Jefe de Departamento de Contratos
de Vida y Pensiones
Consecutivo
150
Nivel
Administrativo
OA3 Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$22,153.00 (Veintidós mil ciento cincuenta y tres pesos 00/100 M.N.)
mensual bruto.
Adscripción del
Puesto
Subdirección de Contratación Sede México, Distrito Federal
Funciones
Principales
1. Analizar, verificar y llevar a cabo las actividades relacionadas en materia
de registro de productos de seguros, en términos de lo establecido en la Ley de
Instituciones de Seguros y de Fianzas y demás disposiciones legales y
administrativas aplicables, con el objeto de otorgar mayor certidumbre jurídica
a los usuarios del sector asegurador.
2. Elaborar de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas aplicables,
los oficios de registro y/o renovación, según sea el caso, de los dictaminadores
jurídicos de la documentación contractual en materia de seguros y fianzas.
3. Analizar, verificar y llevar a cabo las actividades relacionadas con el registro de
la documentación contractual de fianzas en términos de lo establecido en la
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, con el objeto de otorgar mayor
certidumbre jurídica a los usuarios del sector afianzador.
4. Analizar, verificar y llevar a cabo las actividades relacionadas con el registro de
contratos de prestación de servicios que celebran las Instituciones de seguros
con personas morales, sin la intervención de agentes de seguros, en términos
de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y demás disposiciones
aplicables, con el objeto de otorgar mayor certidumbre jurídica a los usuarios
del sector asegurador.
5. Colaborar en las actividades de coordinación relacionadas con la
instrumentación de los programas de mejora regulatoria en relación con
la normatividad y trámites que aplica la Comisión.
6. Apoyar en el programa de mejora regulatoria, así como en los reportes de
avance, conforme a la Ley Federa de Procedimiento Administrativo, para que la
Comisión Federal de Mejora Regulatoria, los haga públicos.
7. Contribuir en las actividades de validación jurídica de trámites para su
inscripción en el registro federal de trámites y servicios de la Comisión Federal
de Mejora Regulatoria, conforme a la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo y disposiciones legales y administrativas aplicables, para
propiciar la transparencia de la gestión pública.
8. Contribuir en las actividades de coordinación con el área de enlace de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, para dar mayor eficiencia al proceso de
inscripción de trámites en el registro federal de trámites y servicios de la
Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
9. Analizar y verificar que las actividades de coordinación en la emisión de
opiniones en cuanto a las recomendaciones que formulará la Comisión
Nacional para la Protección y Defensa de los usuarios de servicios financieros,
a las Instituciones de seguros y de fianzas, se encuentres acordes a las Leyes
especiales que las rigen y disposiciones legales y administrativas que resulten
aplicables, con el fin de procurar la equidad de las relaciones entre usuarios y
dichas instituciones, así como validar las resoluciones de consultas formuladas
por esa Comisión.
10. Elaborar las respuestas que se pretenda dar a las consultas realizadas a la
Dirección de Contratación en el ámbito de su competencia.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 17
Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o
Profesional.
Grado de avance escolar: Titulado.
Area de Estudio: Ciencias Sociales y
Administrativas.
Carrera Genérica: Derecho.
Experiencia Laboral Mínimo dos años de experiencia en:
Según catálogos de trabajaen
Campo de experiencia: Ciencias
Jurídicas y Derecho.
Area de experiencia requerida: Derecho
y Legislación Nacionales.
o
Campos de experiencia: Ciencia
Política.
Area de experiencia requerida:
Administración Pública.
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
• Trabajo en equipo.
• Orientación a resultados.
Técnicas Aplicación de disposiciones legales y
administrativas en materia de seguros
y de fianzas.
Idiomas Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio.
(Para su comprobación parte de la
evaluación de conocimientos se podrá
realizar en el idioma inglés).
Otros Manejo de computador. Paquetería Office;
manejo de bases de datos.
Nombre del Puesto Jefe de Departamento de Autorización
de Intermediarios
Consecutivo
218
Nivel
Administrativo
OC3 Número de vacantes Una
Percepción
Mensual Bruta
$28,790.00 (Veintiocho mil setecientos noventa pesos 00/100 M.N.) mensual bruto
Adscripción del
Puesto
Subdirección de Intermediarios
y Registros
Sede México, D.F.
Funciones
Principales
1. Dictaminar la procedencia de autorizar el ejercicio de la actividad de agentes
de seguros, de fianzas.
2. Dictaminar las solicitudes presentadas para la autorización de apoderados de
Intermediarios de reaseguro.
3. Dictaminar la procedencia de aprobar, en su caso, los estatutos de los
intermediarios de seguros y fianzas y de reaseguro.
4. Elaborar los proyectos de emplazamientos correspondientes, de acuerdo con
las Disposiciones legales respectivas.
5. Elaborar la propuesta de sanciones previstas en la Ley de Instituciones
de Seguros y de Fianzas, por violaciones a dicho ordenamiento y
a las disposiciones administrativas que de ella emanen, relacionadas con las
atribuciones de su competencia.
6. Proponer las acciones necesarias para elaborar los trámites respectivos para
ser Inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria.
7. Proponer a la subdirección, en su caso, reformas a las leyes de la materia y
demás ordenamientos legales aplicables, preparando el proyecto de
Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) correspondiente.
8. Colaborar en la atención personal y telefónica de agentes de seguros,
de fianzas y apoderados de reaseguro.
18 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional.
Grado de avance escolar: Titulado.
Area de Estudio: Ciencias Sociales y
Administrativas.
Carrera Genérica: Derecho.
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según
catálogos de trabajaen
Campo de experiencia: Ciencias Jurídicas y
Derecho.
Area de experiencia requerida: Derecho
y Legislación Nacionales.
o
Campos de experiencia: Ciencia Política.
Area de experiencia requerida: Administración
Pública.
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
• Trabajo en equipo
• Orientación a resultados
Idiomas Inglés: Leer, hablar y escribir. Nivel Intermedio.
(Para su comprobación parte de la evaluación
de conocimientos se podrá realizar en el idioma
inglés).
Técnicas Conocimientos de disposiciones legales en
materia de Seguros y de Fianzas: aplicación de
la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas,
del Reglamento de Agentes de Seguros y
de Fianzas, así como de las disposiciones de
carácter general emitidas por la CNSF.
Otros Manejo de computador. Paquetería Office.
Nombre del Puesto Abogado Supervisor Consecutivo
222
Nivel
Administrativo
OC3 Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$28,790.00 (Veintiocho mil setecientos noventa pesos 00/100 M.N.) mensual bruto
Adscripción del
Puesto
Subdirección de Sanciones Sede México, Distrito Federal
Funciones
Principales
1. Elaborar y someter a consideración superior las resoluciones que procedan con
motivo de las quejas presentadas en contra de agentes de seguros y/o de fianzas.
2. Analizar las quejas presentadas, a fin de verificar si se cuenta con elementos
para iniciar el procedimiento sancionador.
3. Proveer la sustanciación de los procedimientos sancionadores en contra de los
agentes de seguros y de fianzas, a efecto de que éstos se realicen de
conformidad con las disposiciones aplicables.
4. Elaborar la resolución de los procedimientos sancionadores iniciados, para
concluir los procedimientos iniciados.
5. Realizar los registros relativos a la situación jurídica de los agentes de seguros
y de fianzas, sujetos a un procedimiento sancionador, a efecto de que la
información se encuentra actualizada.
Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional.
Grado de avance escolar: Titulado.
Area de Estudio: Ciencias Sociales y
Administrativas.
Carrera Genérica: Derecho.
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según
catálogos de trabajaen
Campo de experiencia: Ciencias Jurídicas
y Derecho.
Area de experiencia requerida: Derecho y
Legislación Nacionales.
Campos de experiencia: Ciencia Política.
Area de experiencia requerida:
Administración Pública.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 19
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
• Trabajo en equipo
• Orientación a resultados
Técnicas Conocimientos de disposiciones legales en
materia de Seguros y Fianzas: aplicación
de la Ley de Instituciones de Seguros y de
Fianzas.
Otros Manejo de computador. Paquetería Office;
manejo de bases de datos.
Bases de participación
Principios del
concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del
Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su Reglamento, así
como el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto.
De acuerdo al numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones
en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así
como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, cuando la
convocatoria señale como requisito de escolaridad contar con título profesional, el
mismo se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de
Educación Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de la cédula
profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en términos de las
disposiciones aplicables. El CTS determinará si acepta los documentos que
acrediten que el título o cédula profesional está en trámite, así mismo el plazo por el
cual se aceptarán.
El grado académico de Licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna
Especialidad, Maestría, Doctorado u otro grado académico.
En observancia al artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de
sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito
doloso; III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y V. No estar
inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento
legal.
En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y
Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Documentación
requerida
Los(as) aspirantes deberán presentar para cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple, los siguientes documentos que se mencionan a
continuación:
1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para
concurso.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
3. Currículum Vítae de Trabajaen y uno adicional que presente el(la) aspirante,
actualizado, detallando funciones específicas, puesto ocupado y período en el cual
laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se
manifestaron en su momento en el currículo registrado en Trabajaen.
4. Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que
concursa. Sólo se aceptará título profesional y cédula profesional. En el caso de
haber realizado estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación
oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la Dirección General de
Profesionales de la Secretaría de Educación Pública.
20 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
5. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para
votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional).
6. Cartilla Militar liberada (en el caso de hombres hasta los 45 años).
7. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público,
no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la
documentación presentada es auténtica.
8. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su
ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normativa aplicable.
9. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se
concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado
en Trabajaen, se deberá presentar hojas de servicio, nombramientos, constancias
de empleos anteriores en hoja membretada, contratos, hojas de inscripción o baja
al ISSSTE o al IMSS, talones de pago, según sea el caso. No se aceptan como
constancia para acreditar la experiencia laboral requerida las constancias de
sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario.
10. Para realizar la valoración del mérito, los candidatos deberán presentar
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el
ejercicio profesional, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere
tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades
profesionales certificadas vigentes.
11. Conforme al artículo 47 del RLSPCAPF y al numeral 174 del ACUERDO por el
que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del
Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio
Profesional de Carrera, para efectos de acreditar las evaluaciones del desempeño
anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera, se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el
servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro
anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos
considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como
servidores públicos de carrera titulares.
Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento
de la revisión documental.
Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir
las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de
los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la
convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la LSPC.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la LSPC, se tendrá por
acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que
tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo.
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se reserva el derecho de solicitar en
cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos
registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no
acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o, en su caso,
se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que
se haya emitido, sin responsabilidad para la Comisión Nacional de Seguros y
Fianzas, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Registro de
aspirantes
La inscripción o el registro de los(as) candidatos(as) a un concurso, se podrá
realizar a partir de la fecha de publicación en la página www.trabajaen.gob.mx, la
cual asignará un número de folio para el concurso al aceptar las presentes bases,
que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo
del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el
fin de asegurar así el anonimato de los (as) aspirantes.
Desarrollo del
concurso
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas
establecidas a continuación:
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 21
Etapa Lugar Fecha o plazo
Publicación de convocatoria www.trabajaen.gob.mx 14 de octubre de 2015.
Registro de aspirantes (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 al 28 de octubre
de 2015.
Revisión curricular (en forma
automatizada por la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 14 al 28 de octubre
de 2015
Recepción de solicitudes para
reactivación de folios
Insurgentes Sur No. 1971, Torre
Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn;
Del. Alvaro Obregón; C.P. 01020;
México, D.F.
El 29, 30 de octubre y 03
de noviembre de 2015.
*Examen de conocimientos Av. Insurgentes Sur No. 1971,
Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe
Inn; Del. Alvaro Obregón; C.P.
01020; México, D.F.
Hasta el 13 de noviembre
de 2015.
*Evaluación de habilidades Hasta el 20 de noviembre
de 2015.
*Presentación de documentos
Evaluación de la experiencia y
valoración del mérito
Fernando Villalpando No. 18, Col.
Guadalupe Inn, Deleg. Alvaro
Obregón, México D.F. C.P. 01020
Hasta el 27 de noviembre
de 2015.
*Entrevista por el Comité de
Selección
Av. Insurgentes Sur No. 1971,
Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe
Inn; Del. Alvaro Obregón; C.P.
01020; México, D.F.
Hasta el 04 de diciembre
de 2015.
*Determinación del candidato
ganador
www.trabajaen.gob.mx Hasta el 11 de diciembre
de 2015.
*Nota: Las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio, previo aviso a través del portal
www.trabajaen.gob.mx en función del avance que se presente en el procedimiento de las evaluaciones, el
número de aspirantes que participen en ésta o en caso de situaciones contingentes.
Temarios El temario sobre el que versará el examen de conocimientos se encontrará
a disposición de los candidatos en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, a
partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de
la Federación.
Las guías para las Evaluaciones de Habilidades, se encuentran disponibles para su
consulta en la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx
Presentación de
evaluaciones
La Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas comunicará a cada aspirante, la
fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las
evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de
la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes";
en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la
fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de
Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a través del portal
electrónico www.trabajaen.gob.mx
De conformidad con el numeral 208 del ACUERDO por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de
Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia
de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de
Carrera, la invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación
a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se informará el tiempo
de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, que será de veinte minutos.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la
aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán
las siguientes premisas:
El examen de conocimientos técnicos de cada plaza se realizará de manera
presencial, por escrito, será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria
deberá ser de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales. Sólo en el caso de las
calificaciones aprobatorias los decimales 0.6 suben al siguiente entero ejemplo:
60.6 subirá a 61.
22 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
• La subetapa de evaluación de habilidades será motivo de descarte y la
calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin
decimales.
• Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y
valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en
el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los candidatos.
• De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para
la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la
Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril de 2009, los
elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán
los siguientes:
- Orden en los puestos desempeñados.
- Duración en los puestos desempeñados.
- Experiencia en el Sector público.
- Experiencia en el Sector privado.
- Experiencia en el Sector social.
- Nivel de responsabilidad.
- Nivel de remuneración.
- Relevancia de funciones o actividades.
- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los
siguientes:
- Resultados de las evaluaciones del desempeño.
- Resultados de las acciones de capacitación.
- Resultados de procesos de certificación.
- Logros.
- Distinciones.
- Reconocimientos o premios.
- Actividad destacada en lo individual.
- Otros estudios.
En los casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y
funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de
Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a
concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal.
A fin de que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas esté en posibilidad de
atender las solicitudes de los candidatos que hubieran aplicado las evaluaciones
de conocimientos en esta Comisión, en la plaza de que se trate, y requieran la
revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en
el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito
fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser entregado en
Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn, Delegación
Alvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F., en la Dirección de Administración
de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs. El escrito deberá ser dirigido al
Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente.
Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las
evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección tendrán
vigencia de un año.
Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de
conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y
firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo
de cinco días hábiles, contado a partir de la publicación de los resultados en la
página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario
Técnico del Comité Técnico de Selección. Es importante señalar, que la revisión de
exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las
herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique
la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá
la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 23
Etapa de
entrevistas
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán
considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos, a
fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con
las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Comisión
Nacional de Seguros y Fianzas.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as)
con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado.
En el supuesto de que el número de candidatos(as) que aprueben las etapas
señaladas en las fracciones I, II, y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública, fuera menor al mínimo
establecido se deberá entrevistar a todos; pudiendo llegar a presentarse hasta un
sólo(a) candidato (a). En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden
de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y
la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los
criterios siguientes:
- Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
- Estrategia o acción (simple o compleja)
- Resultado (sin impacto o con impacto)
- Participación (protagónica o como miembro de equipo)
Etapa de
Determinación
Se considerarán finalistas a los (las) candidatos(as) que acrediten el Puntaje
Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en al menos
una calificación de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección,
mediante la emisión de su determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a
ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas
a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto
en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la
fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Reglas de
valoración general
y sistema de
puntuación
general
1. Las Reglas de Valoración General y el Sistema de Puntuación General, los
podrán consultar en la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguros
y de Fianzas (www.cnsf.gob.mx).
2. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán
considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más
altos a fin de determinar el orden de prelación, de acuerdo con las siguientes
ponderaciones:
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL
Puesto Evaluación
Técnica
Habilidades Evaluación
de la
Experiencia
Evaluación
del Mérito
Entrevistas Total
Jefe de
Departamento
30 30 10 10 20 100
Publicación de
resultados
Los resultados de cada una de las etapas de los concursos, serán publicados en el
portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su
número de folio para el concurso.
24 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Reserva de
candidatos
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de
Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan un puntaje
mínimo de calificación de 60, se integrarán a la Reserva de Candidatos de la rama
de cargo o puesto de que se trate de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de
la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as)
durante el periodo que dure su vigencia de permanencia en la reserva de
candidatos y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo
establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria
dirigida a la reserva de aspirantes.
Declaración de
concurso desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las
siguientes causas:
I. Porque ningún(a) candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno(a) de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un(una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del
Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
Cancelación de
concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los
supuestos siguientes:
I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal
expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en
cuestión.
Resolución de
dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes
formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra
disponible el correo electrónico eherrera@cnsf.gob.mx, así como un módulo de
atención en el teléfono 57247593, en horario de 09:00 a 14:00 hrs.
Inconformidades Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control de Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
en Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Colonia Guadalupe Inn,
C.P. 01020, México D.F. de 9:00 a 14:00 hrs., y de 15:00 a 18:00 hrs., en términos
de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, y su Reglamento.
Revocaciones Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los interesados estarán en
aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en sus
instalaciones, entre las 09:00 y las 15:00 horas en días hábiles, sitas en Avenida de
los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Col. Guadalupe Inn, Delegación
Alvaro Obregón, C. P. 01020, México, D. F., conforme a los artículos 76, 77 y 78 de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal
Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 25
Reactivación de
folios
Con respecto a la reactivación de folios, una vez que se haya cerrado la etapa de
registro de aspirantes al concurso (revisión curricular), el aspirante tendrá tres días
hábiles a partir de la fecha de ese cierre para presentar su escrito de petición de
reactivación de folio en Insurgentes Sur 1971 Torre Sur, 2o. piso, Col. Guadalupe
Inn, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F. en la Dirección de
Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 Hrs., anexando la siguiente
documentación:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio
de rechazo.
• Justificación dirigida al Comité Técnico de Selección, del aspirante de por qué
considera que se debe reactivar su folio.
• Copia simple de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad.
• Indicar la dirección física, dirección electrónica y números telefónicos, donde
puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el
Comité Técnico de Selección respectivo.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I. El aspirante cancele su participación en el concurso, y
II. Exista duplicidad de registros en Trabajaen.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en Trabajaen, el CTS advertirá al
aspirante dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y
preservar un único registro. Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior
se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las medidas que
resulten pertinentes.
Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de
reactivación.
Disposiciones
generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes, de la Comisión Nacional de Seguros y
Fianzas.
2. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de
concluido el concurso.
3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4. Cuando el (la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor público de
carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá
presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda
vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el candidato
ganador, éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicadas por la
dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el
Comité podrá optar por elegir de entre los finalistas al siguiente con la
calificación más alta.
6. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico,
el Subdirector de Control y Prestaciones de Personal
Lic. Héctor Villegas Montoya
Rúbrica.
26 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
CONVOCATORIA No. CONSAR 0243
Los Comités Técnicos de Selección de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro con
fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 Fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo
Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007 y
Numerales 174, 175, 185, 195, 196, 197, 200, 201, 207, 208, 209, 210 y 248 del Acuerdo por el que se emiten
las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del servicio Profesional de Carrera, así como los
procedimientos del Manual Administrativo de aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y del Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el DOF el 12/07/2010, reformas
del 29/08/2011, 06/09/2012 y 23/08/2013, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
I. PUESTO SUJETO A CONCURSO
Código del puesto 06-D00-3-CF21379-0000974-E-C-A
Denominación Líder de Proyectos
Adscripción Dirección General de Supervisión Financiera
Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación
Tlalpan, México, D.F., C.P. 14210
Grupo, grado y nivel OC1
Remuneración $22,153.30 (Veintidós Mil Ciento Cincuenta y Tres Pesos 30/100 M.N.)
Funciones 1. Participar en la supervisión de los aspectos establecidos en la normatividad
en materia financiera de los participantes en los sistemas de ahorro para el
retiro, en el ámbito de su competencia.
2. Participar en la evaluación de las autorizaciones a información que en
términos de las disposiciones de carácter general que emita la Comisión
debe autorizar ésta a las administradoras y sociedades de inversión en
materia financiera, así como participar en la supervisión de su cumplimiento;
3. Auditar que la contabilidad de las sociedades de inversión cumpla con la
normatividad.
4. Participar en la supervisión del cumplimiento de las normas aplicables a la
valuación de las acciones que emitan las sociedades de inversión;
5. Participar en la supervisión del cumplimiento a las normas aplicables en
materia de riesgos a las que deban sujetarse las sociedades de inversión, a
través de tareas de inspección
6. Colaborar en las visitas de inspección a los participantes en los sistemas de
ahorro para el retiro en materia financiera;
7. Participar en la supervisión para que las empresas que presten servicios
complementarios o auxiliares, en las que las administradoras tengan
participación accionaria, se ajusten en su funcionamiento en materia
financiera a las disposiciones que los regulan, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 34 de la Ley;
8. Realizar la inspección, a las sociedades controladoras de grupos financieros,
tengan o no el carácter de filiales, cuando así lo determine la Secretaría de
conformidad con el artículo 30 de la ley para regular a las agrupaciones
financieras;
9. Llevar a cabo las demás actividades en materia financiera y las demás que
deriven de las disposiciones aplicables o las que le hayan sido delegadas.
II. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES
Perfil Escolaridad:
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Grado de Avance:
Titulado
Area de estudio: Carrera:
Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas – Actuaría
Educación y Humanidades Matemáticas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ingeniería y Tecnología Finanzas
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 27
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Naturales y Exactas Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ingeniería y Tecnología Administración
Carreras Específicas:
Matemáticas o Actuaría o Economía o Finanzas o
Contaduría o Administración.
Experiencia laboral:
(Según catálogo de Trabajaen)
1 año como mínimo en áreas de:
Area General Area de Experiencia
Requerida
Ciencias Económicas: Economía General
Ciencias Económicas: Actividad Económica
Ciencias Económicas: Contabilidad
Matemáticas: Estadística
Ciencia Política: Administración Pública
Capacidades
Técnicas/Conocimientos
- Supervisión Financiera
- Marco Normativo del SAR y la CONSAR
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en
Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán
en los términos de las herramientas que disponga la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su
comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá
(n) realizar en el idioma inglés).
Otros OFFICE Nivel avanzado, manejo de bases de datos y
programación básica (Access, Business Objects, SQL,
Oracle y Visual Basic).
III. PUESTO SUJETO A CONCURSO
Código del puesto 06-D00-3-CFOC002-0000988-E-C-A
Denominación Líder de Proyectos
Adscripción Dirección General de Supervisión Operativa
Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan,
México, D.F., C.P. 14210
Grupo, grado y
nivel
OC2
Remuneración $25,254.76 (Veinticinco Mil Doscientos Cincuenta y Cuatro Pesos 76/100 M.N.)
Funciones 1. Llevar a cabo y participar en las mesas de trabajo y demás actividades a que
haya lugar, para el mejoramiento o adecuación de los procesos operativos
vigentes.
2. Dar atención y seguimiento a los proyectos operativos propuestos en conjunto
con los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro.
3. Desarrollar los criterios y lineamientos técnicos para la elaboración de los
proyectos de reglamentos, circulares, reglas y demás disposiciones que
deben observar los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro.
4. Desarrollar y analizar las definiciones y criterios de los procesos operativos de
los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro.
5. Analizar la información procedente de los participantes del sistema de ahorro
para el retiro.
28 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
6. Analizar y revisar propuestas de solución a las diferentes problemáticas
operativas remitidas por los participantes en los sistemas de ahorro para
el retiro.
7. Explotar y analizar la información de los diferentes procesos operativos, con el
objeto de evaluar su operación.
8. Revisar los programas de trabajo de las empresas operadoras y los
participantes del SAR;
9. Revisar y evaluar los manuales de procedimientos transaccionales que
elaboren las empresas operadoras;
10. Llevar a cabo las notificaciones a los participantes en los sistemas de ahorro
para el retiro.
11. Llevar cabo las demás funciones que dentro del área de su competencia, le
sean asignadas.
IV. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES
Perfil Escolaridad:
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Grado de Avance:
Titulado.
Area de estudio: Carrera:
Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas – Actuaría
Educación y Humanidades Matemáticas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ingeniería y Tecnología Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Naturales y Exactas Computación e
Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Computación e
Informática
Ingeniería y Tecnología Computación e
Informática
Educación y Humanidades Computación e
Informática
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
Ingeniería y Tecnología Administración
Carreras Específicas:
Matemáticas o Actuaría o Economía o Finanzas o
Computación o Informática o Administración.
Experiencia laboral:
(Según catálogo de Trabajaen)
1 año como mínimo en áreas de:
Area General Area de Experiencia
Requerida
Ciencias Económicas: Economía General
Ciencias Económicas: Organización Industrial y
Políticas
Gubernamentales
Ciencias Económicas: Contabilidad
Ciencias Tecnológicas: Procesos Tecnológicos
Ciencias Tecnológicas: Tecnología de los
Ordenadores
Ciencia Política: Administración Pública
Capacidades
Técnicas/Conocimientos
- Modelos Operativos
- Marco Normativo del SAR y la CONSAR
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en
Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán
en los términos de las herramientas que disponga la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su
comprobación parte del examen y/o la entrevista se
podrá (n) realizar en el idioma inglés).
Otros Manejo de Microsoft Office, Oracle y Visual.net.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 29
V. PUESTO SUJETO A CONCURSO
Código del puesto 06-D00-3-CFOC001-0000672-E-C-A
Denominación Líder de Proyectos
Adscripción Dirección General de Análisis y Estadística
Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan,
México, D.F., C.P. 14210
Grupo, grado y
nivel
OC1
Remuneración $22,153.30 (Veintidós Mil Ciento Cincuenta y Tres Pesos 30/100 M.N.)
Funciones 1. Apoyar en la generación de estadísticas e indicadores relacionados con los
sistemas de ahorro para el retiro.
2. Colaborar en la realización de estudios sobre la evolución coyuntural del SAR
y su prospectiva.
3. Participar en la elaboración de estudios financieros y estadísticos que
permitan evaluar el desempeño del SAR.
4. Elaborar herramientas financieras para que los trabajadores estén en
posibilidad de estimar sus saldos pensionarios.
5. Calcular y compilar, de manera periódica, indicadores estadísticos y
financieros que forman parte de la información publicada por la CONSAR en
la página web y en distintos informes.
6. Realizar consultas de bases de datos para proporcionar información a las
distintas áreas de la CONSAR. Colaborar en la realización de proyectos de
desarrollo (análisis, diseño e implementación) de herramientas para la
automatización de procesos útiles para generar información relevante del
sistema de ahorro para el retiro.
7. Colaborar en la realización de proyectos de desarrollo (análisis, diseño e
implementación) de herramientas para la automatización de procesos útiles
para generar información relevante del sistema de ahorro para el retiro.
8. Apoyar en la participación de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro
para el Retiro (CONSAR), en los foros internacionales (OCDE, IOPS, AIOS,
Etc.), así como en sus comités.
9. Apoyar en las comisiones internacionales de CONSAR y de miembros de sus
órganos de gobierno al exterior.
10. Analizar temas internacionales relacionados al tema de pensiones y ahorro
para el retiro.
11. Seguimiento a los requerimientos de información que le hacen a CONSAR los
organismos internacionales y otras dependencias.
VI. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES
Perfil Escolaridad:
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Grado de Avance:
Terminado o Pasante.
Area de estudio: Carrera:
Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas – Actuaría
Educación y Humanidades Matemáticas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Economía
Ingeniería y Tecnología Finanzas
Ciencias Sociales y
Administrativas
Finanzas
Ciencias Naturales y Exactas Contaduría
Ciencias Sociales y
Administrativas
Contaduría
Carreras Específicas:
Matemáticas o Actuaría o Economía o Finanzas o
Contaduría.
Experiencia laboral:
(Según catálogo de Trabajaen)
3 años como mínimo en áreas de:
Area General Area de Experiencia
Requerida
Ciencias Económicas: Economía General
Ciencias Económicas: Econometría
Ciencias Económicas: Contabilidad
Matemáticas: Estadística
Ciencia Política: Administración Pública
30 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Capacidades
Técnicas/Conocimientos
- Estudios Económicos, Financieros y Contables
- Marco Normativo del SAR y la CONSAR
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en
Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán
en los términos de las herramientas que disponga la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su
comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá
(n) realizar en el idioma inglés).
Otros Manejo de Word, Excel, Power Point, E-Views, SAS.
VII. PUESTO SUJETO A CONCURSO
Código del puesto 06-D00-3-CFOC001-0000845-E-C-P
Denominación Líder de Proyectos
Adscripción Dirección General Adjunta de lo Contencioso
Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan,
México, D.F., C.P. 14210
Grupo, grado y
nivel
OC1
Remuneración $22,153.30 (Veintidós Mil Ciento Cincuenta y Tres Pesos 30/100 M.N.)
Funciones 1. Realizar el análisis jurídico y elaborar los proyectos de contestación de
demandas contencioso-administrativas debidamente redactados y fundados y
entregarlos para su revisión al Subdirector.
2. Redactar los memorándums que se entregan a los secretarios proyectistas o
dictaminadores para el cabildeo de juicios contencioso administrativos que le
han sido turnados, incluyendo jurisprudencias y sentencias que soporten la
legalidad de los actos impugnados.
3. Elaborar los proyectos de resoluciones de recursos de revocación
debidamente redactados y fundados, valorando las pruebas ofrecidas y los
expedientes administrativos de las áreas de supervisión y sanciones y
entregarlos para su revisión al Subdirector.
4. Realizar el análisis jurídico y elaborar los proyectos de informes previos y/o
justificados requeridos por el Poder Judicial de la Federación debidamente
soportados y redactados.
5. Redactar los proyectos de alegatos, recursos, contestaciones de demandas
diversas a juicios contencioso-administrativos y demás promociones
de trámite.
6. Mantener actualizado el estado procesal de los juicios a su cargo en el
sistema automatizado que corresponda, atendiendo a los manuales que al
efecto emita la Coordinación General de Administración y Tecnologías de la
Información.
VIII. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES
Perfil Escolaridad:
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Grado de Avance:
Titulado
Area de estudio: Carrera:
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Carreras Específicas:
Derecho.
Experiencia laboral:
(Según catálogo de Trabajaen)
3 años como mínimo en áreas de:
Area General Area de Experiencia
Requerida
Ciencias Jurídicas y Derecho: Teoría y Métodos
Generales
Ciencias Jurídicas y Derecho: Derecho Internacional
Ciencias Jurídicas y Derecho: Organización Jurídica
Ciencias Jurídicas y Derecho: Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política: Administración Pública
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 31
Capacidades
Técnicas/Conocimientos
- Defensa Jurídica de la CONSAR
- Marco Normativo del SAR y la CONSAR
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en
Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán
en los términos de las herramientas que disponga la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su
comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá
(n) realizar en el idioma inglés).
Otros Word, Excel, Power Point
IX. PUESTO SUJETO A CONCURSO
Código del puesto 06-D00-3-CFLC002-0000966-E-C-G
Denominación Director General Adjunto de lo Contencioso
Adscripción Vicepresidencia Jurídica
Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan,
México, D.F., C.P. 14210
Grupo, grado y
nivel
LC2
Remuneración $130,626.32 (Ciento Treinta Mil Seiscientos Veintiséis Pesos 32/100 M.N.)
Funciones 1. Analizar las demandas que se presenten en contra de los actos de autoridad
que emita la Comisión y aquéllas que se promuevan por los trabajadores o
sus beneficiarios para establecer la estrategia de defensa y someter a
autorización superior los requisitos y lineamientos de ésta, aplicando la
normatividad relativa a los sistemas de ahorro para el retiro.
2. Direccionar el análisis, redacción y elaboración de los proyectos de los
escritos que se deben presentar en el desahogo de cada una de las etapas de
los juicios o procedimientos en los que la Comisión sea parte o pueda resultar
afectada, haciendo valer las acciones, excepciones y defensas e
interponiendo los recursos que procedan y, en su caso, desistirse de
los mismos.
3. Intervenir en el desahogo de las etapas y diligencias que se deriven de los
procedimientos administrativos y/o los juicios que se lleven ante autoridades
administrativas o judiciales del orden federal, estatal o municipal en los que la
Comisión sea parte, haciendo valer y demostrando la legalidad o
constitucionalidad de los actos de autoridad que emitan los servidores
públicos que la integran.
4. Evaluar para aprobación superior el contenido de los informes previos y
justificados que se deben presentar ante los juzgados de distrito a quienes
corresponda resolver los juicios de amparo que se interponen en contra de los
actos de la comisión, de la Junta de Gobierno o del Comité Consultivo y
de Vigilancia.
5. Intervenir en las audiencias incidentales y/o constitucionales con el carácter
de delegado apoderado cuando la Comisión, la Junta de Gobierno, el Comité
Consultivo y de Vigilancia o sus servidores públicos, tengan el carácter de
autoridades responsables o terceros perjudicados en los juicios de amparo.
6. Coordinar y direccionar la interposición de los recursos que procedan y dar
seguimiento mediante la comparecencia ante los tribunales competentes.
7. Coordinar y supervisar el seguimiento de la defensa jurídica en los intereses
de la Comisión en asuntos que se ventilen ante otros órganos de autoridad.
8. Acordar las promociones que presenten los participantes en los sistemas de
ahorro para el retiro y supervisar la redacción y emisión de los acuerdos de
trámite que se deriven de la tramitación de los recursos de revocación
promovidos en contra de la aplicación de sanciones administrativas.
9. Direccionar el análisis, redacción y elaboración de los proyectos de resolución
de los recursos de revocación que se interpongan por los participantes en los
sistemas de ahorro para el retiro y someter a autorización superior los
proyectos de resolución que serán emitidos por el Presidente de la Comisión.
32 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
10. Asistir a las reuniones que convoquen los grupos de trabajo
interinstitucionales integrados con otras dependencias, para la defensa
constitucional de los sistemas de ahorro para el retiro y participar en la
elaboración de los documentos que se requieran presentar ante la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Colegiados o Juzgados
de Distrito.
11. Brindar asesoría jurídica en el estudio, análisis y resolución de los
procedimientos administrativos previstos en la Ley.
12. Analizar y direccionar la atención y desahogo de los requerimientos de
información o documentación que realizan las autoridades administrativas o
judiciales del ámbito local o federal en el ámbito de su competencia, en
materia de los sistemas de ahorro para el retiro.
13. Supervisar la notificación, inclusive de manera electrónica, de los actos,
acuerdos y resoluciones que se deriven de los procedimientos que le
corresponda conocer, y que deban hacerse del conocimiento de los
particulares.
14. Llevar a cabo cualquier otra actividad en materia jurídica y en las demás que
deriven de las disposiciones aplicables o que le hayan sido delegadas.
X. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES
Perfil Escolaridad:
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Grado de Avance:
Titulado
Area de estudio: Carrera:
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Carreras Específicas:
Derecho.
Experiencia laboral:
(Según catálogo de Trabajaen)
7 años como mínimo en áreas de:
Area General Area de Experiencia
Requerida
Ciencias Jurídicas y
Derecho:
Teoría y Métodos Generales
Ciencias Jurídicas y
Derecho:
Derecho Internacional
Ciencias Jurídicas y
Derecho:
Organización Jurídica
Ciencias Jurídicas y
Derecho:
Derecho y Legislación
Nacionales
Ciencia Política: Administración Pública
Capacidades
Técnicas/Conocimientos
- Defensa Jurídica de la CONSAR
- Marco Normativo del SAR y la CONSAR
Capacidades
Gerenciales/Habilidades
Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Visión
Estratégica y Liderazgo, las que se aplicarán en los
términos de las herramientas que disponga la Comisión
Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel avanzado (para su
comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá
(n) realizar en el idioma inglés).
Otros Word, Excel, Power Point.
BASES DE PARTICIPACION
Periodo de
Registro
La inscripción o el registro de las y los candidatos a un concurso, se podrá realizar a
partir de la fecha de publicación en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará
un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las presentes bases,
el cual servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el
desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de
Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de las y los candidatos.
El concurso comprende las siguientes etapas que se cumplirán en la Ciudad de
México, D.F., de acuerdo a las fechas establecidas a continuación:
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 33
Actividad Fecha o plazo
Publicación de convocatoria 14 de octubre de 2015
Registro de aspirantes en la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx
Del 14 al 27 de octubre de 2015
Revisión curricular por la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx
Del 14 al 27 de octubre de 2015
Fecha máxima de petición de
reactivaciones
Hasta el 28 de octubre de 2015
Exámenes de conocimientos Hasta el 5 de noviembre de 2015 y de acuerdo al
calendario de fechas y horarios de aplicación que
se den a conocer a través del portal
www.trabajaen.gob.mx y/o en el portal de la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el
Retiro, www.consar.gob.mx
Evaluación de habilidades Hasta el 6 de noviembre de 2015 y de acuerdo al
calendario de fechas y horarios de aplicación que
se den a conocer a través del portal
www.trabajaen.gob.mx y/o en el portal de la
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el
Retiro, www.consar.gob.mx
Evaluación de la experiencia Hasta el 11 de noviembre de 2015
Valoración del mérito Hasta el 11 de noviembre de 2015
Cotejo documental Hasta el 13 de noviembre de 2015
Entrevista Hasta el 13 de noviembre de 2015
Fallo del concurso y notificación
a los finalistas
Hasta el 13 de noviembre de 2015
NOTA: La CONSAR se reserva el derecho de modificar las fechas indicadas, previa
notificación a las y los candidatos a través del Portal www.trabajaen.gob.mx, en virtud
del número de participantes o situaciones de contingencia.
Se aplicarán las herramientas de evaluación que la CONSAR tenga disponibles a la
fecha programada, conforme a los lineamientos que al efecto emitió la Secretaría de
la Función Pública.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto.
Se acepta el grado académico de Maestría o Doctorado en las áreas académicas para
acreditar el cumplimiento del requisito de escolaridad a nivel licenciatura establecido
en el perfil del puesto de que se trate, para lo cual el candidato deberá presentar el
documento oficial que así lo acredite.
De acuerdo al numeral 175 Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de
Aplicación General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del
Servicio Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio
de 2010 y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de
agosto de 2013, que dice “Cuando la convocatoria señale como requisito de
escolaridad contar con título profesional o grado académico, el mismo se acreditará
con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su
caso, mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por
dicha autoridad, en términos de las disposiciones aplicables. El Comité Técnico de
Selección determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula
profesional está en trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán”.
En observancia al Artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus
derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; II. No
haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; III. Tener
aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; IV. No pertenecer
al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y V. No estar inhabilitado para el
servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
34 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo
dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y
Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Reactivación de
folios
Las y los aspirantes interesados en la reactivación de folios deberán presentar su
escrito de petición de reactivación de folio conforme a la fecha máxima señalada en la
presente convocatoria y deberá dirigirla al Comité Técnico de Selección en Camino
Santa Teresa 1040, piso 2, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan C.P.
14210, México, D.F., en la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y
Materiales de 10:00 a 14:00 hrs. conforme lo señala el numeral 214 que específica
que corresponde al CTS conocer y acordar lo conducente sobre las solicitudes de
reactivación de folios. Asimismo, la reactivación de los folios de las y los aspirantes
que hayan sido descartados no procederá cuando la o el aspirante cancele su
participación al concurso y exista duplicidad de registros en Trabajaen. La petición
deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, en donde se observe su
folio de rechazo.
• Justificación de por qué se considera que se debe reactivar su folio.
• Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad.
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, la cual será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección
respectivo.
Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de
reactivación.
I. REQUISITOS Y LINEAMIENTOS GENERALES PARA LOS EXAMENES
Principios del
concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico
de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su Reglamento, Acuerdo por el que se
emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y Organización y del
Manual Administrativo de Aplicación General en material de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidos por
Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013 y todas las disposiciones en las
materias de recursos humanos y del servicio profesional.
Sistema de
Puntuación
Subetapa Nivel de Puesto Factor de
ponderación en
Puntos
a) Examen de conocimientos Todos los niveles 30 Puntos
b) Evaluación de Habilidades Todos los niveles 10 Puntos
c) Evaluación de la Experiencia Todos los niveles 15 Puntos
d) Evaluación del Mérito Todos los niveles 15 puntos
e) Entrevista Todos los niveles 30 Puntos
Reglas de
Valoración
a) Examen de conocimientos.- La calificación mínima aprobatoria para los
exámenes de conocimientos (exámenes técnicos), debe ser igual o superior a 60
en todos los niveles jerárquicos o rangos que comprende el Servicio Profesional
de Carrera. Este examen será motivo de descarte, en caso de tener una
calificación inferior a 60, en una escala de 0 a 100. Valor de la subetapa en el
Sistema de Puntuación General: 30 pts.
b) Evaluación de Habilidades.- Consistirán en la aplicación de herramientas
psicométricas para la medición de habilidades. Las evaluaciones de habilidades
en los procedimientos realizados en la CONSAR serán motivo de descarte, por lo
que la calificación mínima aprobatoria debe ser igual o superior a 70 en todos los
niveles jerárquicos o rangos que comprende el Servicio Profesional de Carrera.
Estas calificaciones servirán para determinar el orden de prelación de las y los
candidatos que se sujetarán a entrevista. Valor de la subetapa en el Sistema de
Puntuación General: 10 pts.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 35
c) Evaluación de la Experiencia.- Consiste en calificar con base en la escala
establecida por la Secretaría de la Función Pública (SFP) cada uno de los
elementos que se detallan a continuación:
• Orden en los puestos desempeñados;
• Duración en los puestos desempeñados;
• Experiencia en el sector público;
• Experiencia en el sector privado;
• Experiencia en el sector social;
• Nivel de responsabilidad;
• Nivel de remuneración;
• Relevancia de funciones o actividades desempeñadas con la vacante;
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante;
• En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación General: 15 pts.
d) Evaluación del Mérito. Consiste en calificar con base en la escala establecida
por la SFP cada uno de los elementos que se detallan a continuación:
• Acciones de desarrollo profesional;
• Resultados de las evaluaciones del desempeño;
• Resultados de las acciones de capacitación;
• Resultados de procesos de certificación;
• Logros;
• Distinciones;
• Reconocimientos o premios;
• Actividad destacada en lo individual;
• Otros estudios.
Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación: 15 ptos.
Favor de consultar la metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito en el portal de www.trabajaen.gob.mx, dando clic
en las ligas Documentos e Información Relevante, Metodología y Escala para la
Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito.
La Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales con base en la
revisión y análisis de los documentos que presenten las y los candidatos realizará
la evaluación de la experiencia y la valoración del mérito. Los resultados de ambas
subetapas serán considerados en el Sistema de Puntuación General, sin implicar el
descarte de los candidatos.
e) Entrevista.- El Comité de Selección para la evaluación de las entrevistas,
considerará los siguientes criterios:
• Contexto, situación o tarea (favorable o adverso);
• Estrategia o acción (simple o compleja);
• Resultado (sin impacto o con impacto), y
• Participación (protagónica o como miembro de equipo).
Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación General: 30 pts.
II. ENTREGA DE DOCUMENTACION
Documentación
requerida
Las y los aspirantes deberán presentar en original o copia certificada y copia simple
tamaño carta para su cotejo documental:
1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para
el concurso.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
3. Currículum vítae de TrabajaEn, detallado y actualizado.
4. Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que
concursa. Sólo se aceptará título, cédula profesional. Para los casos en los que
el perfil del puesto establezca en los requisitos académicos el nivel de
pasantes, certificado oficial que así lo acredite con el 100% de créditos
cubiertos. En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar
la documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la
Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
5. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial de
elector vigente, pasaporte o cédula profesional).
6. Cartilla militar liberada (Hombres menores de 40 años).
36 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
7. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado por delito
doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado
eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada
es auténtica.
8. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
Programa de Retiro Voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
9. En los puestos que realicen funciones de inspección escrito bajo protesta de
decir verdad de no tener relación de parentesco consanguíneo hasta el cuarto
grado, civil o por afinidad con los Consejeros, Contralores Normativos y
funcionarios de los tres primeros niveles directivos de los Participantes en los
Sistemas de Ahorro para el Retiro, y no prestar servicios profesionales de
asesoría o consultoría a ninguno de los Participantes en los Sistemas de Ahorro
para el Retiro.
10. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se
concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en
TrabajaEn, se deberán presentar Hojas de Servicios, constancias de empleos
en hoja membretada, contratos, alta o baja al ISSSTE o al IMSS, talones de
pago, según sea el caso y que avalen períodos completos (fecha de inicio y
fecha de conclusión).
11. Para realizar la valoración del mérito, las y los candidatos deberán presentar
evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el
ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público o
privado y/o social, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere
tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de
capacidades profesionales certificadas vigentes.
12. Conforme al Artículo 47 del RLSPCAPF y al numeral 174 del Acuerdo por el
que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y
Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de
Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional
de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su
última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto
de 2013, para que un servidor público de carrera pueda ser sujeto a una
promoción por concurso en el Sistema, conforme a lo previsto en el Artículo 37
de la LSPCAPF, deberá contar con al menos dos evaluaciones del desempeño
anuales, se toman en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público
de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso
aquellas que se le hayan practicado como servidores públicos considerados de
libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos
de carrera titulares.
Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán poseer y
exhibir las constancias originales con las que acrediten el cumplimiento de los
requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo y en la
presente convocatoria.
13. Para realizar la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, las y los
candidatos deberán revisar la metodología y escalas de calificación de
la Evaluación de la experiencia y Valoración del Mérito podrán consultar la
metodología que se encuentra en la siguiente liga: www.trabajaen.gob.mx,
dando clic en las ligas Documentos e Información Relevante, Metodología y
Escala para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito.
La CONSAR se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del proceso, la
documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación
curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no acreditarse su existencia o
autenticidad, se descalificará al aspirante o en su caso se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin
responsabilidad para la CONSAR, la cual se reserva el derecho de ejercitar las
acciones legales procedentes, Así también, se hace del conocimiento de las y los
candidatos, que ésta CONSAR no solicita como requisito de contratación para la
ocupación de sus puestos, prueba médica, examen o certificado de no-gravidez y
de VIH/SIDA.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 37
III. EXAMENES
Temario Los temarios referentes a la evaluación de capacidades técnicas y la guía para la
evaluación de habilidades se encontrarán a disposición de las y los candidatos en la
página electrónica www.trabajen.gob.mx y/o www.consar.gob.mx a partir de la fecha
de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Citatorios La CONSAR comunicará a las y los aspirantes la fecha, hora y lugar en que
deberán presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas con dos
días de anticipación. En dichas comunicaciones, se especificará la duración
aproximada de cada evaluación, así como el tiempo de tolerancia con el que
contarán las y los candidatos.
Publicación y
vigencia de
resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en los
medios de comunicación: www.trabajaen.gob.mx y/o www.consar.gob.mx,
identificándose con el número de folio asignado para cada candidato.
En cumplimiento al artículo 35 del RLSPCAPF que dice en su segundo párrafo:
"Los resultados aprobatorios de los exámenes y las evaluaciones aplicadas en los
procesos de selección tendrán vigencia de un año”; en la CONSAR tratándose de
los resultados de las capacidades técnicas, éstos igualmente tendrán vigencia de un
año, en relación con el puesto sujeto a concurso y siempre que no cambie el temario
con el cual se evalúo la capacidad técnica de que se trate.
Para hacer válida dicha revalidación, ésta deberá ser solicitada por la o el aspirante
mediante un escrito en el periodo establecido para el registro al concurso. El escrito
deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y se
entregará en la siguiente dirección: Camino Santa Teresa 1040, piso 2 Colonia
Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan C.P. 14210, México, D.F., en la
Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales, de 10:00
a 14:00 hrs.
Para el caso de la evaluación de habilidades, los resultados obtenidos en las
evaluaciones realizadas con las herramientas de la CONSAR, tendrán una vigencia
de un año a partir de la fecha de su aplicación, y serán considerados
exclusivamente para otros concursos convocados por la misma CONSAR.
En los casos de las y los candidatos a ocupar plazas convocadas por la CONSAR y
que tuviesen vigentes los resultados de habilidades evaluadas en otra Dependencia
del Sistema, dichos resultados sí podrán ser reconocidos para efectos de los
concursos de esta CONSAR, siempre y cuando se trate de los resultados propios de
las y los candidatos, mismos que aparecen en la página www.trabajaen.gob.mx, en
el apartado “Mis exámenes”.
Supuestos y
plazos en que se
podrá solicitar la
revisión de
exámenes o
evaluaciones
En caso de que un candidato requiera revisión del examen técnico, se aplica el
numeral 219 del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de Aplicación
General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio
Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010
y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto
de 2013, que refiere: “En los casos en los que el CTS determine la revisión de
exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las
herramientas de evaluación, métodos, o procedimientos utilizados, sin que implique
la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá
la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación”, por lo que ésta
petición deberá ser solicitada por escrito dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del
Comité Técnico de Selección y se entregará en la siguiente dirección: Camino Santa
Teresa 1040, piso 2 Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan C.P.
14210, México, D.F., en la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y
Materiales, de 10:00 a 14:00 hrs.
38 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
IV. ENTREVISTAS
Número de
candidatos a
entrevistar
Para el caso de las entrevistas con el Comité Técnico de Selección de acuerdo al
Artículo 36 del RLSPCAPF, "El Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de
prelación de las y los candidatos, establecerá el número de las y los aspirantes que
pasan a la etapa de entrevistas y elegirá de entre ellos, a los que considere aptos
para el puesto de conformidad con los criterios de evaluación de las entrevistas. La
y los candidatos así seleccionados serán considerados finalistas. En caso de que
ninguno de las y los candidatos entrevistados sea considerado finalista, el Comité
de Selección, continuará entrevistando en el orden de prelación que les corresponda
a los demás candidatos (as) que hubieren aprobado."
El número de candidatos (as) a entrevistar, será al menos de tres (3) si el universo
de candidatos lo permite. En el supuesto de que el número de candidatos (as) que
aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del
RLSPCAPF fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos;
pudiendo llegar a presentarse hasta un sólo candidato (a).
En caso de no contar con al menos un finalista de entre las y los candidatos ya
entrevistados "en la primera terna", conforme a lo previsto en el artículo 36 del
RLSPCAPF, se continuarán entrevistando a un mínimo de tres participantes, y así
sucesivamente.
V. FALLO
Determinación En esta etapa el Comité de Selección de acuerdo al numeral 235 del Acuerdo por el
que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y
Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de
Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, el CTS
resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación,
declarando:
I. Ganador (a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
II. Al finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a
ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas
a la dependencia, el ganador señalado en el inciso anterior: a) Comunique a la
dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación,
su decisión de no ocupar el puesto, o b) No se presente a tomar posesión y
ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
III. Desierto el concurso.
Se considerará finalista a las y los candidatos que acrediten el Puntaje Mínimo de
Aptitud (que es el resultado obtenido para ser considerado finalista y apto para
ocupar el puesto sujeto a concurso; obtenido de la suma de las etapas del Sistema
de Puntuación General, el cual deberá ser igual o superior a 60, en una escala de 0
a 100 puntos.
Para consultar el Sistema de Puntuación General autorizado por el Comité Técnico
de Profesionalización, así como las Reglas de Valoración General, deberá ingresar
a las siguientes ligas: www.consar.gob.mx, Acerca de Consar, Recursos Humanos,
Bolsa de Trabajo, Publicaciones.
Cuando el/la ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor público de
carrera titular para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá
presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que
no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la
obligación que le señala la fracción VIII del Artículo 11 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Declaración de
concurso desierto
Con base en el Artículo 40 del RLSPCAPF, el Comité Técnico de Selección podrá,
considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:
I. Porque ningún candidato (a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de las y los candidatos obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque, sólo un/una finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del
Comité Técnico de Selección.
Si el concurso se declara desierto, el puesto vacante no podrá ser ocupado
mediante el procedimiento establecido en el Artículo 34 de la LSPCAPF,
procediéndose a emitirlo en una nueva convocatoria.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 39
Reserva de
aspirantes
Las y los aspirantes que obtengan una calificación mínima de sesenta (60) y no
resulten ganador (a) en el concurso, serán considerados finalistas y quedarán
integrados a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate en la CONSAR,
durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del
concurso respectivo.
Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados, en ese periodo y
de acuerdo a la clasificación de puestos que haga el Comité Técnico de
Profesionalización de esta CONSAR, a nuevos concursos destinados a la rama
de cargo o puesto que aplique.
El Comité de Profesionalización en la CONSAR estableció que, para emitir una
convocatoria de un puesto dirigida a la reserva de aspirantes, el mínimo de
integrantes de ésta, deberá ser de tres.
El Artículo 36 antepenúltimo párrafo del RLSPCAPF, menciona que "Para fines de la
operación de la reserva no existirá orden de prelación alguno de entre los
integrantes de la misma". Por lo que el orden de cita a entrevista lo determinará el
número de folio que le asigne el propio sistema en el momento de su inscripción
al concurso.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
Inconformidades y
Recurso de
Revocación
Las y los concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas
del Organo Interno de Control de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro
para el Retiro, en Camino a Santa Teresa 1040, piso 4, Colonia Jardines en la
Montaña Delegación Tlalpan, México Distrito Federal, C.P. 14210 en términos de
lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y su Reglamento.
Los concursantes podrán presentar el recurso de revocación, ante el Area de
Quejas, de la Contraloría Interna de la Secretaría de la Función Pública, con
dirección en: Edificio Sede Av. Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn, C.P.
01020, Alvaro Obregón, D.F., piso 3 ala Norte, en términos de lo dispuesto por la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
Protección de datos En el portal www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes. Los datos personales de los concursantes son
confidenciales aun después de concluido el concurso y serán protegidos por las
disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales aplicables.
Generales Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
Los casos no previstos en las presentes bases, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección correspondiente, privilegiando la observancia de los
principios rectores del Sistema, mediante el siguiente mecanismo: Enviar escrito al
correo electrónico mlsandoval@consar.gob.mx, de la Dirección General Adjunta
de Recursos Humanos y Materiales de la CONSAR, dirigido al Secretario Técnico
de dicho Comité, en donde una vez recibido se dará contestación misma vía, en
un plazo no mayor a quince días hábiles.
Medios de
comunicación para
la atención de
dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las y los
candidatos formulen con relación a las plazas en concurso, se ha implementado
un mecanismo de atención de dudas, en el teléfono 3000-2677. Asimismo, se
pone a disposición de los ciudadanos la siguiente cuenta de correo electrónico:
mlsandoval@consar.gob.mx, de la Dirección General Adjunta de Recursos
Humanos y Materiales de la CONSAR.
México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015.
Los Comités Técnicos de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección
La Directora General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales
Mtra. Mónica López Sandoval
Rúbrica.
40 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los
artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 y 47 de su Reglamento; numerales 195, 196,
197, 200, 201, 207, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, (considerando el criterio de
Igualdad y No Discriminación y el DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad y
no Discriminación 2014-2018, publicado en el DOF el 30 de abril de 2014), emitió la Convocatoria Pública y
Abierta No. 485 dirigida a todo interesado/a que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera para ocupar
puestos vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
NOTA INFORMATIVA EN RELACION A LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 485, PARA
OCUPAR PLAZAS VACANTES CONFORME AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Con relación a la Convocatoria Pública y Abierta No. 485, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la
Federación y en el Sistema Rh-Net el miércoles 30 de septiembre de 2015, para ocupar mediante concurso
público y abierto plazas vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme al Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se informa que debido a una inconsistencia en la
ubicación del puesto vacante denominado Subdirector(a) Regional 2 con Sede en la Ciudad de Obregón,
Sonora, con Código 06-612-1-CFNA002-0000160-E-C-U, las fechas de las Etapas del Concurso se
modifican conforme a lo siguiente:
Fase o Etapa Fecha o Plazo
Publicación del Concurso 08 de octubre de 2015
Registro de candidatos y Revisión curricular Del 08 al 21 de octubre de 2015
Recepción de solicitudes para reactivación de
folios
El Comité Técnico de Selección no autorizó la
reactivación de folios por causas imputables a los
aspirantes
Evaluación de Conocimientos Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016
Evaluación de Habilidades Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016
Revisión y Evaluación Documental Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016
Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito
Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016
Entrevista por el Comité Técnico de
Selección
Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016
Determinación Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016
Lo anterior, para dar cumplimiento al Artículo 42 primer párrafo del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, firma el Secretario Técnico
Director de Ingreso
Lic. Gerardo Soto Venegas
Rúbrica.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 41
Secretaría de Desarrollo Social
Instituto Nacional de Desarrollo Social
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 011-2015
El Comité Técnico de Selección del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Organo Administrativo
Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75
fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32
fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento y numerales 117, 118,
172 al 181, 183 al 188, 190, 191, 194 al 197, 200, 201, 207, 208, 209, 210, 212 al 216, 219 al 238, 244, 246 al
248 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y
Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en
dicha materia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y sus reformas publicadas
el 29 de agosto de 2011, 6 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 011-2015 del concurso para ocupar la siguiente plaza
vacante del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Código de Puesto 20-D00-1-CF52267-0000171-E-C-N
Nivel Administrativo NA1 Número de Vacantes Una Tipo de Nombramiento Confianza
Percepción Mensual
Bruta
$25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y
seis centavos M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General Adjunta de
Administración Organización y Finanzas.
Sede México, Distrito Federal
Funciones
Principales
1. Coordinar y supervisar los procedimientos de contratación de bienes o
servicios, mediante licitación pública, invitación a cuando menos tres
personas y adjudicación directa requeridos por el Instituto, para adquirir los
bienes y servicios necesarios.
2. Coordinar y verificar que los requerimientos de materiales solicitados por las
áreas, sean atendidos con oportunidad para su funcionamiento.
3. Coordinar la integración del PANE (programa anual de necesidades), para la
programación de las adquisiciones.
4. Coordinar y desarrollar las acciones para garantizar la atención oportuna de
los servicios generales requeridos por las áreas del Instituto.
5. Coordinar el seguimiento de operación de los registros de actualización del
activo fijo, para su control.
6. Verificar que los informes trimestrales de adquisiciones y activo fijo se envíen
con oportunidad, para cumplir con las disposiciones normativas.
7. Supervisar la integración de la documentación, para el pago a proveedores.
8. Supervisar el pago oportuno de los bienes o servicios, en los plazos
establecidos en los contratos.
Perfil Escolaridad Nivel de Estudio
Preparatoria o Bachillerato
Area de Estudio
No Aplica
Carrera Genérica
No Aplica
Grado de Avance
Terminado
Carrera Específica
No Aplica
8 años de experiencia en: Campo de Experiencia
1. Ciencia Política.
2. Ciencias Económicas.
Area de Experiencia
1. Administración Pública.
2. Organización y Dirección
de Empresas.
3. Economía General
4. Contabilidad.
Experiencia Específica
1. Gestión Administrativa.
2. Servicios Públicos.
3. Administración de
Recursos Materiales.
4. Servicios Generales y
Mantenimiento.
5. Finanzas Públicas.
6. Contabilidad Financiera.
7. Adquisiciones y
Compras.
42 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Capacidades
Profesionales
1. Planeación y Seguimiento de Proyectos
2. Planeación Estratégica
3. Cultura y Cambio Organizacional
Idiomas No requerido
Otros • Disponibilidad para viajar: En ocasiones
• Cambio de Residencia: No
BASES DE PARTICIPACION
1. Requisitos de
Participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano (a) mexicano (a)
en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado (a) con pena privativa
de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones
en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de
algún culto, y no estar inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con
algún otro impedimento legal; así como presentar y acreditar las evaluaciones
que se indican para cada caso.
De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, Ultima
reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013,
en específico en el Capítulo III, Sección I, numeral 174, el requisito establecido
en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea
considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal
circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo.
Los y las participantes deberán verificar las carreras genéricas y específicas, así
como el área de experiencia y la experiencia específica requeridas en el perfil del
puesto publicado en el portal www.trabajaen.gob.mx.
2. Documentación
Requerida
Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y
hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan recibido, por vía electrónica:
1. Currículum Vítae detallado y actualizado con fotografía. Incluir el teléfono, en
su caso, de los tres últimos empleos, con experiencia laboral claramente
desarrollada.
2. Currículum impreso de la página electrónica TrabajaEn.
3. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
4. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
5. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el
que concursa. Para los casos en que el requisito académico sea “Titulado”
sólo se aceptará Título o Cédula Profesional. En los casos en los que el
requisito académico es “Terminado o Pasante” sólo se aceptará carta
pasante, historial académico debidamente sellado y firmado en el que se
acredite haber cubierto 100% de los créditos, certificado o carta de
terminación de estudios o carta que acredite haber cubierto el 100% de los
créditos del nivel de estudios solicitado. En los casos en los que el requisito
académico es “Preparatoria o Bachillerato”, sólo se aceptará certificado de
terminación de estudios que acredite haber concluido el nivel de estudios
solicitado.
En caso de haber obtenido el Título Profesional en un periodo anterior a seis
meses previo a la publicación de la presente convocatoria, se podrá acreditar
la obtención del mismo con el acta del examen profesional debidamente
firmada y sellada por la Institución Educativa correspondiente.
La acreditación de títulos o grados de los y las aspirantes se realizará a
través de la cédula o título registrado en la Secretaría de Educación Pública
(SEP); en el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido
por la SEP.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 43
Es importante señalar que se aceptará el grado de maestría o de doctorado
en las áreas académicas que previamente definió el CTP en cada una de las
plazas en concurso, para acreditar el cumplimiento del requisito de
escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate.
6. Constancias que acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas en
el perfil del puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo
registrado en TrabajaEn, las cuales deben estar sustentando cada período
laborado desde su inicio hasta su fin. Se podrán presentar: constancias
laborales, constancias de nombramiento, constancia de servicios, cartas
finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por
honorarios, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de
inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, recibos de pago, declaraciones de
impuestos sobre la renta, constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario, actas constitutivas de empresas, poderes
notariales, constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con
dirección, números telefónicos firma y sello, conteniendo: nombre completo
de la candidata/o, periodo laborado, percepción, puesto(s), así mismo se
aceptará la carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o
prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se hayan
realizado
La documentación comprobatoria deberá estar membretada y sellada. No se
aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida:
cartas de recomendación, ni constancias emitidas por el superior jerárquico
inmediato del puesto ocupado.
7. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial
para votar con fotografía, pasaporte vigente o cédula profesional).
8. Cartilla del Servicio Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de
hombres hasta los 45 años) o en su caso, acta levantada en el ministerio
público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición
efectuada en la SEDENA.
9. Escritos bajo protesta de decir verdad (formatos que serán entregados por el
personal de ingreso del INDESOL el día del cotejo de los documentos:
De no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito
doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer al
estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación
presentada es auténtica.
De decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de
retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a
un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su
ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
De decir verdad de no ser Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular.
10. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (Hoja de Bienvenida).
11. Conforme al artículo 47 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, para el caso que existan
Servidores (as) Públicos (as) de Carrera que concursen para una plaza de
un rango superior al puesto que ocupan, conforme a lo previsto en el artículo
37 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, deberá contar al menos con dos evaluaciones del desempeño
anuales como servidores públicos de carrera titulares, las cuales deberán ser
consecutivas e inmediatas a la fecha en que la o el candidato se registre en
el concurso de que se trate y correspondan al rango del puesto que
desempeñe, motivo por el cual deberán presentar copia de sus dos
evaluaciones del desempeño anuales en el puesto actual como Servidores
(as) Públicos (as) de Carrera Titulares. Se tomarán en cuenta, las últimas
que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que
se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado
como servidores públicos considerados de libre designación, previo a
obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares.
44 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Para que los Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Eventuales de primer
nivel de ingreso puedan acceder a un cargo del Sistema de Servicio
Profesional de Carrera de mayor responsabilidad o jerarquía deberán contar
con dos evaluaciones anuales del desempeño como Servidores (as)
Públicos (as) de Carrera Titulares, además de la prevista en el artículo 33 del
Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. Toda vez que de conformidad al numeral
252 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias
de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de
primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual
obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos
requeridas por el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
12. En lo relativo a la valoración del mérito en lo correspondiente a otros
estudios concluidos se deberá proporcionar documentos que acrediten
cursos, diplomados, maestrías o doctorados que complementen, el perfil
requerido o la rama de cargo; para el caso de estudios realizados en el
extranjero, se aplicará lo señalado en el punto número 5.
A fin de valorar el mérito en lo correspondiente a los logros en cada materia
específica del puesto, se deberá proporcionar: distinciones, premios
obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en
el servicio público o privado, reconocimientos, cartas de reconocimiento,
constancias de evaluación al desempeño, etc. emitidos por instituciones
públicas, privadas, académicas o sociales.
En lo relativo a los logros en materia de desarrollo social deberán de
proporcionar reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de
evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas,
académicas o sociales.
13. Cuando el ganador (a) del concurso tenga el carácter de Servidor (a) Público
(a) de Carrera Titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a
concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite
haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos
puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII
del Artículo 11 de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el
mensaje que se les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se cuenta
con esta información en el momento señalado será descartado (a)
inmediatamente del concurso, no obstante que haya acreditado las evaluaciones
correspondientes a la Etapa de Evaluación de Conocimiento y Evaluación de
Habilidades. Cabe señalar que una vez firmados los formatos de Cotejo
Documental, Evaluación de la Experiencia y el correspondiente a Valoración del
Mérito, por el participante, dicho aspirante estará aceptando los términos y
condiciones, así como los puntajes obtenidos en la Etapa III de Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito.
Es importante señalar que cualquier inconsistencia en la documentación
presentada, así como en la información registrada en el sistema de TrabajaEn
(área de estudios y área de experiencia), será causa de descarte.
Serán motivos de descarte de aspirantes en el cotejo documental:
1. La no presentación de la Currícula.
2. No presentar la documentación comprobatoria en ORIGINAL.
3. No cumplir con el perfil de escolaridad (Area de Conocimientos).
4. No cumplir con el perfil de experiencia laboral (Area de Experiencia).
5. La no presentación de identificación oficial.
6. La no presentación del acta de nacimiento en original o copia certificada.
7. La no presentación de la cartilla liberada o acta levantada en el ministerio
público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición efectuada
en la SEDENA.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 45
8. La no presentación del título, cédula profesional en caso de que el perfil
requiera TITULADO o acta del examen profesional debidamente firmada y
emitida por la institución educativa correspondiente.
9. La no presentación del historial académico con 100% de créditos, carta
Pasante o Certificado de Estudios en el caso de que el perfil requiera PASANTE
y/o CARRERA TERMINADA.
10. La no presentación de las cartas de protesta.
11. La no presentación de las constancias laborales requeridas para acreditar la
experiencia laboral.
12. En su caso, la no presentación de las Evaluaciones al Desempeño señaladas
en el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera.
13. No Presentarse o presentarse fuera del horario programado, mismo que se
les notifica a las y los aspirantes vía mensaje electrónico en el Sistema de
Mensajes del portal TrabajaEn.
El Instituto Nacional de Desarrollo Social se reserva el derecho de solicitar, en
cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que acrediten los
datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el (la) aspirante,
para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos; de no
acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al (la) aspirante, o en su
caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el Instituto
Nacional de Desarrollo Social, el cual se reserva el derecho de ejercer las
acciones legales procedentes.
Las y los aspirantes están obligados a conducirse con veracidad, en caso
contrario:
1. Si durante el proceso de selección para ocupar la plaza vacante se corrobora
que presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante
estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con
falsedad, se procederá al descarte de la o el candidato mediante acuerdo emitido
por el Comité Técnico de Selección, así como se dará aviso a las autoridades
correspondientes, según sea el caso.
2. De corroborarse que el candidato determinado como ganador por el Comité
Técnico de Selección, presentó documentos falsos, alterados o apócrifos,
obteniendo mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o
bien, se condujeron con falsedad previo, durante y después de su ingreso al
Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, se
dará aviso a las autoridades competentes para dar inicio a las actuaciones
legales tendientes a determinar la nulidad del nombramiento, con independencia
de las acciones laborales, administrativas o penales que correspondan, de
conformidad a lo dispuesto en el numeral 138, fracción V de las Disposiciones en
las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así
como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
3. Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el Comité Técnico
de Selección advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a
cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Estos casos se
informarán a la Secretaría de la Función Pública para que, en su caso, determine
las medidas que resulten pertinentes, en cumplimiento a lo dispuesto en el
numeral 215 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del
Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del
Servicio Profesional de Carrera.
3. Registro de
Aspirantes
La inscripción a un concurso y el registro de los (las) aspirantes al mismo se
realizarán, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx, que les asignará un
número de folio para el concurso en el momento que acepte las bases, este
número de folio servirá para formalizar su inscripción e identificarlos durante el
desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de
Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (las) aspirantes.
46 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
4. Reglas en Materia
de Transparencia
Quedan reservados en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones
aplicables, los datos personales que se registren durante los procesos de
selección, las constancias que se integren a los expedientes de los concursos de
ingreso, inconformidades y recursos de revocación, así como los relativos a las
opciones de respuestas de las herramientas de evaluación los cuales serán
considerados confidenciales, aun concluidos estos procesos, de acuerdo a lo
dispuesto en los numerales 121 y 123 de las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
5. Reactivación de
Folio
De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en
especificó al Capítulo III, Sección VIII, numerales 214 y 215, la solicitud y el
proceso de reactivación de folios no procederá cuando:
1.- El aspirante cancele su participación en el concurso.
2.- Exista duplicidad de Registros en TrabajaEn.
Así mismo el Comité Técnico de Selección determinará si resulta procedente la
reactivación de dichos folios, considerando aquellos casos en los que exista por
parte del aspirante, un registro erróneo en el sistema de sus datos académicos
y/o laborales.
El Comité Técnico de Selección de este Instituto, por mayoría de votos, podrá
determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la
reactivación de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado el descarte
de un folio, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito su reactivación
argumentando las causas del descarte. Es importante señalar que dicha solicitud,
deberá ser entregada en Oficialía de Partes del Instituto Nacional de Desarrollo
Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia Del
Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, CP. 04100, México D.F. El escrito
referido deberá incluir:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su
folio de rechazo;
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es
el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias.
• Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección
respectivo.
b) Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un
folio, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia o
improcedencia de la petición.
6. Desarrollo del
Concurso
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica. Sin
embargo, previo Acuerdo del Comité Técnico de Selección, y notificación
correspondiente a los (las) aspirantes a través de los portales
www.trabajaen.gob.mx y www.indesol.gob.mx y en razón del número de
aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán
estar sujetas a cambio y modificarse cuando así resulte necesario.
7. Temarios y Guías Los temarios referentes a la evaluación de conocimientos (capacidades técnicas)
se encontrarán a disposición de los (las) aspirantes en la página electrónica del
Instituto Nacional de Desarrollo Social www.indesol.gob.mx a partir de la fecha
de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación,
en específico en el área del Servicio Profesional de Carrera publicada en la
sección de Transparencia de la dicha página Web.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 47
8. Presentación de
Evaluaciones
El Instituto Nacional de Desarrollo Social comunicará con al menos dos días
de anticipación a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá
presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas.
Se solicita a los (las) aspirantes presentarse con 15 minutos de antelación a la
aplicación correspondiente, ya que no se permitirá la entrada después de la hora
señalada. Motivo por el cual se solicita puntualidad de cada uno de los
participantes para no retrasar las etapas del proceso. Es importante puntualizar
que el tiempo máximo de las evaluaciones es de 2 hrs., así como no habrá
tiempo de tolerancia para el inicio de cada una de las etapas y/o evaluaciones y
no existirá prórroga, ni reprogramación para la aplicación de las Etapas del Concurso.
9. Procedimiento de
revisión de
evaluación de
Conocimientos.
En los casos en que el CTS del El Instituto Nacional de Desarrollo Social
determine la revisión de la Evaluación de Conocimientos, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos,
la correcta redacción, ni las opciones de respuesta. Es importante señalar que la
interpretación del contenido de dicho examen (preguntas y respuestas),
corresponderá al Presidente (a) del Comité Técnico de Selección, por conducto
del Comité Técnico de Selección. El Comité Técnico de Selección de este
Instituto, por mayoría de votos, podrá determinar bajo su responsabilidad la
revisión de la Evaluación de Conocimientos, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de la Evaluación de
Conocimientos, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito la revisión de
dicho Examen, argumentando las causas de dicha solicitud. Es importante
señalar que dicha solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del
Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario
Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, C.P.
04100, México D.F. El escrito referido deberá incluir:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe la
calificación obtenida;
• Justificación del porqué considera se deba revisar la Evaluación de
Conocimientos;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección
respectivo.
b) Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la solicitud de la Evaluación de
Conocimientos, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la
procedencia o improcedencia de la petición. En ningún caso procederá la revisión
respecto del contenido o los criterios de evaluación, lo anterior con
fundamento en el numeral 219 de las Disposiciones en las materias de Recursos
Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
10. Publicación de
Resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx identificándose al (la) aspirante con su número
de folio para el concurso.
11. Declaración de
Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso,
declarar desierto un concurso:
I. Porque ningún (a) candidato (a) se presente al concurso,
II. Porque ninguno (a) de los (las) candidatos (as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado (a) o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del
Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
La resolución del Comité Técnico de Selección deberá precisar la causa por la
que se determinó declarar desierto el concurso, y en caso de corresponder a la
prevista en la fracción III del Artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se deberán señalar
las conclusiones de la determinación.
48 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
12. Suspensión y
cancelación de
concursos
De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en
especificó al Capítulo III, Sección X, numerales 246 al 248, el CTS podrá
determinar la suspensión del concurso en términos del artículo 42 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, comunicándolo a los candidatos que participen en el mismo a
través de los medios de comunicación señalados en la convocatoria respectiva,
dentro de los siguientes 5 días hábiles, a partir de la fecha en que se haya
suspendido el concurso.
El CTS podrá cancelar algún concurso, en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal
expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate.
II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona.
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en
cuestión.
En todos los casos se incluirá la justificación correspondiente en el expediente
del concurso.
El acuerdo del CTS además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación,
se comunicará a los candidatos a través de los medios establecidos en la
convocatoria, dentro de los 5 días hábiles siguientes, a partir de la fecha en que
se haya cancelado el concurso.
13. Disposiciones
Generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de los (las) concursantes son confidenciales, aun
después de concluido el concurso.
3. Cada concursante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con
motivo de la presente convocatoria.
4. Los (las) concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Social,
en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Col. Juárez, Delegación
Cuauhtémoc, C.P. 06600 en México D.F., en términos de lo dispuesto por la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y su Reglamento, dicha inconformidad deberá ser presentada por escrito, en
el que se indique: el nombre de la persona que se inconforma y su domicilio
para oír y recibir notificaciones; en su caso, las personas autorizadas para
recibirlas; su manifestación, bajo protesta de decir verdad, de los hechos y
razones que dan motivo a la inconformidad y que se refieran a la operación
del Sistema, así como la fecha en que tuvo conocimiento de los mismos. La
inconformidad deberá presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes
a la fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por
el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
14. Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del
Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al
Manual del Servicio Profesional de Carrera vigente y las presentes bases.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 49
ETAPAS DEL CONCURSO
15. Sistema de
Puntuación
El sistema de puntos se integra de la siguiente forma:
a) Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos.
b) Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de aciertos
sobre el total de aciertos posibles. La calificación mínima aprobatoria será de 70%
sobre 100%.
c) Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las atribuciones
estipuladas en la normatividad aplicable, el Comité ha determinado optar por llevar
a cabo la aplicación de herramientas diversas a las que la Secretaría de la Función
Pública provee. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores
no serán considerados para las plazas incluidas en la presente convocatoria.
Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de
Habilidades, Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, serán
considerados para elaborar el orden de prelación, de acuerdo a los siguientes:
Puntos de Ponderación por Reglas de Valoración
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL
Nivel: SUBDIRECCION
Examen de Conocimientos: 20
Evaluaciones de Habilidades: 20
Evaluación de la Experiencia: 20
Valoración del Mérito: 10
Entrevista: 30
TOTAL: 100
De no acreditar estos requisitos, el (la) aspirante no podrá ser considerado (a) en el
listado de prelación para ser sujeto a entrevista.
I. Etapa de Revisión Curricular.
Con fundamento en el Capítulo III, Sección V, numeral 192 del ACUERDO por el
que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del
Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación
General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio
Profesional de Carrera, cualquier persona podrá incorporar en TrabajaEn, sin que
medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de
participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés.
Una vez que la persona haya incorporado la información necesaria para configurar
su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro,
TrabajaEn le asignará un número de folio de registro general.
El hecho de que le sea asignado un número de folio de participación al (la)
aspirante por el portal TrabajaEn, significa que acepta concursar de conformidad a
lo estipulado en las presentes bases.
El folio servirá para formalizar su registro, así como para identificarlos durante el
desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de
Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (las) aspirantes.
El hecho de que los (las) aspirantes pasen esta etapa, los (las) obliga a poseer y
exhibir las constancias originales con que acrediten su identidad y el cumplimiento
de los requisitos señalados en el perfil del puesto publicado en la presente
convocatoria, lo que será verificado en el Cotejo Documental que se realiza previo
a la entrevista, en el que las y los aspirantes deberán acreditar los requisitos
legales contenidos en la presente convocatoria de conformidad a lo señalado en
los numerales 174 y 213 de las Disposiciones en las materias de Recursos
Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo
de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el
Manual del Servicio Profesional de Carrera.
II. Etapa de Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades.
La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos
(exámenes técnicos), debe ser igual o superior a 70 puntos en todos los niveles
jerárquicos o rangos que comprende el Servicio Profesional de Carrera. Este examen
será motivo de descarte en caso de obtener una calificación inferior a 70 puntos.
Las evaluaciones de habilidades consistirán en la aplicación de herramientas para
la medición de capacidades, la cual no tendrá calificación mínima aprobatoria. Las
evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte.
III. Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito.
En esta etapa la DGRH con base en la revisión y análisis de los documentos que
presenten los (las) candidatos (as) evaluará en la primera sub etapa, la experiencia
y en la segunda, el mérito.
50 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Esta etapa se desarrollará de conformidad a la metodología y escalas de
calificación de la evaluación de la experiencia y valoración del mérito la cual podrá
ser revisada en la página de TrabajaEn en específico al apartado de Documentos
en Información Relevante, http://www.trabajaen.gob.mx/servlet/CheckSecurity/JSP/
jobsite_g/links_inicio.jsp.
Para el caso de puestos de nivel de Enlace el Comité Técnico de Selección acordó
asignar una puntuación única de 100 a los (las) candidatos (as) participantes en la
Sub. Etapa de Evaluación de la Experiencia. De igual manera se llevará a cabo la
etapa del cotejo documental en el que los (las) aspirantes deberán presentar las
evidencias documentales que acrediten que cumplen con el perfil de la plaza en
concurso.
IV. Entrevista.
De conformidad a lo señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera “El Comité Técnico de Selección siguiendo el orden
de prelación de los (las) candidatos (as), establecerá el número de los (las)
aspirantes que pasan a la etapa de entrevista que elegirá de entre ellos (as) a los
(las) que considere aptos (as) para el puesto. Los (las) candidatos (as) así
seleccionados (as) serán considerados (as) finalistas, el Comité Técnico de
Selección, en caso de que ninguno de los (las) candidatos (as) entrevistados (as)
sea considerado (a) finalista se continuará entrevistando, en el orden de prelación
que les corresponda a los demás candidatos (as) que hubieren aprobado”; de igual
forma, y en atención a lo dispuesto en el Capítulo III, Sección III, numeral 184,
fracción V, del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias
de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización
y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, se establece que “El número mínimo de
candidatos (as) a entrevistar, será al menos de cinco si el universo de candidatos (as) lo
permite”. En el supuesto de que el número de candidatos (as) apruebe las etapas
señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal fuera menor al
mínimo establecido se deberá entrevistar a todos (as).
El Comité Técnico de Selección para la evaluación de las entrevistas, considerará
los siguientes criterios:
• Contexto
• Estrategia o acción
• Resultado, y participación
El CTS en la etapa de entrevista, con el objeto de verificar si reúne el perfil y los
requisitos para desempeñar el puesto, a través de preguntas y mediante las
respuestas que proporcione el (la) candidato (a), identificará las evidencias que le
permitan en un primer momento considerarlo (a) finalista y en un segundo
momento, incluso determinarle ganador (a) del concurso, independientemente de la
metodología de entrevista que utilice.
V. Etapa de Determinación.
Durante la determinación los integrantes del CTS, acordarán la forma en que
emitirán su voto, a efecto de que el Presidente lo haga en última instancia o, en su
caso, ejerza su derecho de veto. La Determinación se sujetará a lo previsto en los
artículos 74 de la Ley del Servicio Profesional de carrera en la Administración
Pública Federal y 17 de su Reglamento.
En esta etapa el Comité Técnico de Selección de conformidad a la Sección III,
numeral 234 y 235 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, resolverá el proceso
de selección, mediante la emisión de su Determinación, declarando:
a) Ganador (a) del concurso, al (la) finalista que obtenga la calificación más alta
en el proceso de selección, es decir, al (la) de mayor calificación definitiva;
b) Al (la) finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a
ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a
la dependencia, el (la) ganador (a) señalado en el inciso anterior:
i. Comunique a la dependencia antes o en la fecha señalada para tal afecto
en la determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o
ii. No se presente al tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la
fecha señalada.
c) Desierto el concurso.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 51
Es importante mencionar, que en caso de que alguno(a) de las y los aspirantes que
participen en estos concursos, no se presente a alguna de las evaluaciones
comprendidas en el proceso, esto será motivo de descarte de su participación, aun
cuando estas evaluaciones sean únicamente de carácter referencial.
Si durante la determinación, el CTS advirtiera que como resultado de la puntuación
obtenida en las etapas II, III y IV del concurso, existe empate entre finalistas,
elegirá al ganador conforme a los criterios siguientes establecidos en el numeral
236 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
16. Calendario Actividad Etapas del Concurso
Publicación de convocatoria 14/10/2015
Registro de aspirantes
(en la página www.trabajaen.gob.mx)
Del 14/10/2015 al 27/10/2015
Revisión curricular
(por la página www.trabajaen.gob.mx)
Del 14/10/2015 al 27/10/2015
Exámenes de conocimientos
(capacidades técnicas)
A partir del 28/10/2015
Evaluación de habilidades A partir del 28/10/2015
Cotejo documental A partir del 28/10/2015
Evaluación de Experiencia A partir del 28/10/2015
Valoración del Mérito A partir del 28/10/2015
Entrevista A partir del 28/10/2015
Determinación A partir del 28/10/2015
17. Etapa de
entrevista
Para estas plazas en concurso, el Comité Técnico de Selección podrá entrevistar
hasta 5 (cinco) candidatos (as), conforme al orden de prelación que elabora la
herramienta www.trabajaen.gob.mx
En caso de empate en quinto lugar de acuerdo con el orden de prelación pasarán a
la etapa de entrevista el total de aspirantes que compartan este lugar.
Se consideran finalistas aquellos candidatos (as) a los que después de habérseles
aplicado la entrevista y ponderando los resultados obtenidos en las etapas previas
obtengan una calificación final de 70 o superior, debiéndose aplicar las
ponderaciones aprobadas por el Comité Técnico de Selección.
18. Determinación
y Reserva
Los (las) aspirantes que aprueben la entrevista con el Comité Técnico de Selección y no
resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados (as) finalistas y quedarán
integrados a la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate en el
Instituto Nacional de Desarrollo Social, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese período y de
acuerdo a la clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico
de Profesionalización del Instituto Nacional de Desarrollo Social, a nuevos
concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Los resultados de la entrevista, se registrarán en el acta correspondiente. Los (las)
aspirantes deberán obtener en ésta una calificación ponderada de todas las
evaluaciones de 70 puntos, para ser considerados (as) finalistas y parte de la
Reserva de Aspirantes.
RESOLUCION DE DUDAS
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los (las) aspirantes formulen con relación a
los puestos y el proceso del presente concurso, se ha implementado el correo electrónico
juan.yanez@indesol.gob.mx y el número telefónico: 55-54-03-90 Ext. 68270 de lunes a viernes de 09:00 a
18:00 hrs., en el Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez
40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, C.P. 04100, México D.F.
Ciudad de México, D.F., a 14 de octubre de 2015.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Desarrollo Social
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo del Comité Técnico de Selección
El Secretario Técnico
Lic. Gerardo Cruz-Aedo Martínez
Rúbrica.
52 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Secretaría de Desarrollo Social
Instituto Nacional de Desarrollo Social
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 012-2015
Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Organo Administrativo
Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75
fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32
fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento y numerales 117, 118,
172 al 181, 183 al 188, 190, 191, 194 al 197, 200, 201, 207, 208, 209, 210, 212 al 216, 219 al 238, 244, 246 al
248 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y
Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en
dicha materia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y sus reformas publicadas
el 29 de agosto de 2011, 6 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 012-2015 del concurso para ocupar las siguientes plazas
vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE ENLACE DEL PAIMEF
Código de Puesto 20-D00-1-CFNA001-0000273-E-C-C
Nivel Administrativo NA1 Número de
Vacantes
Una Tipo de
Nombramiento
Confianza
Percepción Mensual
Bruta
$25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos
con setenta y seis centavos M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General Adjunta de Igualdad de
Género.
Sede México, Distrito
Federal
Funciones
Principales
1. Diseñar una base de datos estadística sobre los diferentes tipos de violencia.
2. Mantener actualizada la base de datos estadística sobre los tipos de violencia.
3. Elaborar informes semestrales de avances y resultados de las acciones
realizadas por las instancias de mujeres para proporcionarlos a las áreas del
INDESOL y dependencias que los requieran.
4. Proporcionar la información y documentación necesaria para la realización de
la evaluación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en
Entidades federativas (PAIMEF) para implementar y ejecutar programas de
prevención de la violencia contra las mujeres.
5. Elaborar informes semestrales sobre la medición de indicadores de
evaluación de los proyectos de las instancias de mujeres en las entidades
federativas.
6. Coordinar el seguimiento de las acciones y resultados de los proyectos
realizados por las instancias estatales de la mujer.
Perfil Escolaridad Nivel de Estudio
Licenciatura o Profesional
Area de Estudio
1. Ciencias Sociales y
Administrativas
2. Educación y Humanidades
Carrera Genérica
1. Ciencias Sociales
2. Educación
3. Economía
4. Ciencias Políticas y
Administración Pública
5. Antropología
6. Administración
7. Psicología
Grado de Avance
Titulado
Carrera Específica
1. Sociología
2. Psicología
3. Trabajo Social
4. Economía
5. Planeación y Desarrollo
6. Ciencias Políticas y
Administración Pública
7. Antropología Social
8. Administración
9. Desarrollo Humano
10. Factor Humano
11. Comunicación
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 53
3 años de experiencia en: Campo de Experiencia
1. Ciencia Política
2. Ciencias Económicas
Area de Experiencia
1. Administración
2. Grupos Sociales
3. Problemas sociales
4. Cambio y Desarrollo
Social
5. Administración Pública
6. Psicología General
7. Equidad y Género
8. Administración Pública
9. Vivienda
10. Psicología Social
11. Problemas Sociales
Experiencia Específica
1. Administración
2. Posición Social de la
Mujer
3. Pobreza
4. Política Social
5. Gestión Administrativa
6. Teoría y Sistemas
7. Violencia Familiar
8. Instituciones Centrales
9. Sociología Política
10. Psicología Comunitaria
11. Bienestar Social
Capacidades
Profesionales
1. Planeación y Seguimiento de Proyectos
2. Planeación Estratégica
3. Cultura y Cambio Organizacional
Idiomas No requerido
Otros • Disponibilidad para viajar: En ocasiones
• Cambio de Residencia: No
Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE CONTROL Y GESTION
DE PROYECTOS A NIVEL CENTRAL
Código de Puesto 20-D00-1-CF01012-0000316-E-C-C
Nivel Administrativo NA1 Número de
Vacantes
Una Tipo de
Nombramiento
Confianza
Percepción Mensual
Bruta
$25,54.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta
y cuatro pesos con setenta y seis centavos M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General Adjunta de Promoción,
Vinculación y Coinversión Social.
Sede México, Distrito
Federal
Funciones
Principales
1. Asegurar la calidad y los mecanismos de coordinación de los talleres y cursos
de capacitación, para garantizar la participación de los facilitadores de las
diversas áreas del INDESOL y de los Actores Sociales interesados.
2. Formular y aplicar criterios metodológicos unificados para el ajuste de
proyectos elegibles de las diversas convocatorias del Programa
de Coinversión Social.
3. Asesorar a los actores sociales interesados sobre sus proyectos, para facilitar
su formulación y presentación de acuerdo con las convocatorias y la
normatividad del PCS y con los criterios técnicos y sociales.
4. Proporcionar, a los actores sociales interesados, información oportuna y de
calidad sobre normatividad y convocatorias específicas, para que orienten sus
acciones en la presentación de proyectos ante diversas convocatorias
emitidas por el INDESOL.
5. Elaborar la información de los resultados de las etapas operativas del
Programa de Coinversión Social, para su publicación en la página Web
del INDESOL.
6. Elaborar las respuestas a las solicitudes de información de los actores con
proyectos que no pasaron la etapa de dictaminación o sobre la etapa de
ajuste de proyectos, dando cumplimiento con el principio de transparencia.
7. Realizar las demás funciones o actividades que le encomiende el Director de
concertación con Actores Sociales o el Director de Operación y Gestión
de proyectos a nivel central, según determine el Director General Adjunto de
Vinculación y Coinversión Social.
54 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Perfil Escolaridad Nivel de Estudio
Licenciatura o Profesional
Area de Estudio
1. Ciencias Sociales y
Administrativas
2. Educación y Humanidades
Carrera Genérica
1. Educación
2. Ciencias Sociales
3. Psicología
4. Administración
5. Antropología
6. Derecho
7. Contaduría
8. Relaciones
Internacionales
9. Filosofía
10. Economía
11. Humanidades
12. Ciencias Políticas y
Administración Pública
Grado de Avance
Titulado
Carrera Específica
1. Comunicación
2. Ciencias de la Educación
3. Sociología
4. Trabajo Social
5. Psicología
6. Administración
7. Antropología
8. Derecho
9. Ciencias Sociales
10. Contador Público
11. Relaciones
Internacionales
12. Filosofía
13. Economía
14. Humanidades
15. Ciencias Políticas y
Administración Públicas
16. Políticas Públicas
17. Administración Pública
3 años de experiencia en: Campo de Experiencia
1. Ciencia Política.
2. Ciencias Económicas.
3. Pedagogía
Area de Experiencia
1. Organización y
Dirección de Empresas
2. Ciencias Políticas
3. Cambio y Desarrollo
Social
4. Consultoría en Mejora
de Procesos
5. Dirección y Desarrollo
de Recursos Humanos
6. Administración Pública
Experiencia Específica
1. Desarrollo Organizacional
2. Política Social
3. Administración de
Proyectos
4. Planeación Estratégica
5. Gestión Administrativa
Capacidades
Profesionales
1. Planeación y Seguimiento de Proyectos
2. Planeación Estratégica
3. Cultura y Cambio Organizacional
Idiomas No requerido
Otros • Disponibilidad para viajar: En ocasiones
• Cambio de Residencia: No
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 55
BASES DE PARTICIPACION
1. Requisitos de
Participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano (a) mexicano
(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado (a) con pena
privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni
ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado (a) para el servicio público,
ni encontrarse con algún otro impedimento legal; así como presentar y acreditar
las evaluaciones que se indican para cada caso.
De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010,
Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de
2013, en especifico en el Capítulo III, Sección I, numeral 174, el requisito
establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando
el aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda
vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en
concurso y susceptible de resultar ganador del mismo.
Los y las participantes deberán verificar las carreras genéricas y específicas, así
como el área de experiencia y la experiencia específica requeridas en el perfil
del puesto publicado en el portal www.trabajaen.gob.mx.
2.Documentación
Requerida
Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha
y hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan recibido, por
vía electrónica:
1. Currículum Vítae detallado y actualizado con fotografía. Incluir el teléfono,
en su caso, de los tres últimos empleos, con experiencia laboral claramente
desarrollada.
2. Currículum impreso de la página electrónica TrabajaEn.
3. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
4. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
5. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el
que concursa. Para los casos en que el requisito académico sea “Titulado”
sólo se aceptará Título o Cédula Profesional. En los casos en los que el
requisito académico es “Terminado o Pasante” sólo se aceptará carta
pasante, historial académico debidamente sellado y firmado en el que se
acredite haber cubierto 100% de los créditos, certificado o carta de
terminación de estudios o carta que acredite haber cubierto el 100% de los
créditos del nivel de estudios solicitado. En los casos en los que el requisito
académico es “Preparatoria o Bachillerato”, sólo se aceptará certificado de
terminación de estudios que acredite haber concluido el nivel de estudios
solicitado.
En caso de haber obtenido el Título Profesional en un periodo anterior a
seis meses previo a la publicación de la presente convocatoria, se podrá
acreditar la obtención del mismo con el acta del examen profesional
debidamente firmada y sellada por la Institución Educativa correspondiente.
La acreditación de títulos o grados de los y las aspirantes se realizará a
través de la cédula o título registrado en la Secretaría de Educación Pública
(SEP); en el caso de estudios realizados en el extranjero deberá
presentarse invariablemente la constancia de validez o reconocimiento
oficial expedido por la SEP.
Es importante señalar que se aceptará el grado de maestría o de doctorado
en las áreas académicas que previamente definió el CTP en cada una de
las plazas en concurso, para acreditar el cumplimiento del requisito
de escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate.
56 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
6. Constancias que acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas
en el perfil del puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo
registrado en TrabajaEn, las cuales deben estar sustentando cada periodo
laborado desde su inicio hasta su fin. Se podrán presentar: constancias
laborales, constancias de nombramiento, constancia de servicios, cartas
finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por
honorarios, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de
inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, recibos de pago, declaraciones
de impuestos sobre la renta, constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario, actas constitutivas de empresas, poderes
notariales, constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con
dirección, números telefónicos firma y sello, conteniendo: nombre completo
de la candidata/o, periodo laborado, percepción, puesto(s), así mismo se
aceptará la carta, oficio o constancia de término de servicio social
y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se
hayan realizado
La documentación comprobatoria deberá estar membretada y sellada.
No se aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral
requerida: cartas de recomendación, ni constancias emitidas por el superior
jerárquico inmediato del puesto ocupado.
7. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial
para votar con fotografía, pasaporte vigente o cédula profesional).
8. Cartilla del Servicio Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de
hombres hasta los 45 años) o en su caso, acta levantada en el ministerio
público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición
efectuada en la SEDENA.
9. Escritos bajo protesta de decir verdad (formatos que serán entregados por
el personal de ingreso del INDESOL el día del cotejo de los documentos:
De no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito
doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer al
estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación
presentada es auténtica.
De decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de
retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a
un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su
ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
De decir verdad de no ser Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular.
10. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (Hoja de Bienvenida).
11. Conforme al artículo 47 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, para el caso que existan
Servidores (as) Públicos (as) de Carrera que concursen para una plaza de
un rango superior al puesto que ocupan, conforme a lo previsto en
el artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, deberá contar al menos con dos
evaluaciones del desempeño anuales como servidores públicos de carrera
titulares, las cuales deberán ser consecutivas e inmediatas a la fecha en
que la o el candidato se registre en el concurso de que se trate y
correspondan al rango del puesto que desempeñe, motivo por el cual
deberán presentar copia de sus dos evaluaciones del desempeño anuales
en el puesto actual como Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Titulares.
Se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de
carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso
aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados
de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores
públicos de carrera titulares.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 57
Para que los Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Eventuales de primer
nivel de ingreso puedan acceder a un cargo del Sistema del Servicio
Profesional de Carrera de mayor responsabilidad o jerarquía deberán
contar con dos evaluaciones anuales del desempeño como Servidores (as)
Públicos (as) de Carrera Titulares, además de la prevista en el artículo 33
del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. Toda vez que de conformidad al numeral
252 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias
de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera,
para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de
primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual
obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos
requeridas por el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
12. En lo relativo a la valoración del mérito en lo correspondiente a otros
estudios concluidos se deberá proporcionar documentos que acrediten
cursos, diplomados, maestrías o doctorados que complementen, el perfil
requerido o la rama de cargo; para el caso de estudios realizados en el
extranjero, se aplicará lo señalado en el punto número 5.
A fin de valorar el mérito en lo correspondiente a los logros en cada materia
específica del puesto, se deberá proporcionar: distinciones, premios
obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en
el servicio público o privado, reconocimientos, cartas de reconocimiento,
constancias de evaluación al desempeño, etc. emitidos por instituciones
públicas, privadas, académicas o sociales.
En lo relativo a los logros en materia de desarrollo social deberán de
proporcionar reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias
de evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas,
privadas, académicas o sociales.
13. Cuando el ganador (a) del concurso tenga el carácter de Servidor (a)
Público (a) de Carrera Titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto
sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo (a)
en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala
la fracción VIII del Artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal.
No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el
mensaje que se les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se
cuenta con esta información en el momento señalado será descartado (a)
inmediatamente del concurso, no obstante que haya acreditado las
evaluaciones correspondientes a la Etapa de Evaluación de Conocimiento y
Evaluación de Habilidades. Cabe señalar que una vez firmados los formatos de
Cotejo Documental, Evaluación de la Experiencia y el correspondiente
a Valoración del Mérito, por el participante, dicho aspirante estará aceptando los
términos y condiciones, así como los puntajes obtenidos en la Etapa III de
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito.
Es importante señalar que cualquier inconsistencia en la documentación
presentada, así como en la información registrada en el sistema de TrabajaEn
(área de estudios y área de experiencia), será causa de descarte.
Serán motivos de descarte de aspirantes en el cotejo documental:
1. La no presentación de la Currícula.
2. No presentar la documentación comprobatoria en ORIGINAL.
3. No cumplir con el perfil de escolaridad (Area de Conocimientos).
4. No cumplir con el perfil de experiencia laboral (Area de Experiencia).
5. La no presentación de identificación oficial.
6. La no presentación del acta de nacimiento en original o copia certificada.
7. La no presentación de la cartilla liberada o acta levantada en el ministerio
público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición
efectuada en la SEDENA.
8. La no presentación del título, cédula profesional en caso de que el perfil
requiera TITULADO o acta del examen profesional debidamente firmada y
emitida por la institución educativa correspondiente.
9. La no presentación del historial académico con 100% de créditos, carta
Pasante o Certificado de Estudios en el caso de que el perfil requiera PASANTE
y/o CARRERA TERMINADA.
58 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
10. La no presentación de las cartas de protesta.
11. La no presentación de las constancias laborales requeridas para acreditar la
experiencia laboral.
12.- En su caso, la no presentación de las Evaluaciones al Desempeño
señaladas en el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera.
13. No Presentarse o presentarse fuera del horario programado, mismo que se
les notifica a las y los aspirantes vía mensaje electrónico en el Sistema
de Mensajes del portal TrabajaEn.
El Instituto Nacional de Desarrollo Social se reserva el derecho de solicitar,
en cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que
acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el
(la) aspirante, para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los
requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al (la)
aspirante, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el
Instituto Nacional de Desarrollo Social, el cual se reserva el derecho de
ejercer las acciones legales procedentes.
Las y los aspirantes están obligados a conducirse con veracidad, en
caso contrario:
1. Si durante el proceso de selección para ocupar la plaza vacante se corrobora
que presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante
estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con
falsedad, se procederá al descarte de la o el candidato mediante acuerdo
emitido por el Comité Técnico de Selección, así como se dará aviso a las
autoridades correspondientes, según sea el caso.
2. De corroborarse que el candidato determinado como ganador por el Comité
Técnico de Selección, presentó documentos falsos, alterados o apócrifos,
obteniendo mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o
bien, se condujeron con falsedad previo, durante y después de su ingreso al
Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, se
dará aviso a las autoridades competentes para dar inicio a las actuaciones
legales tendientes a determinar la nulidad del nombramiento, con independencia
de las acciones laborales, administrativas o penales que correspondan, de
conformidad a lo dispuesto en el numeral 138, fracción V de las Disposiciones
en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así
como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
3. Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el Comité
Técnico de Selección advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole
a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Estos casos
se informarán a la Secretaría de la Función Pública para que, en su caso,
determine las medidas que resulten pertinentes, en cumplimiento a lo dispuesto
en el numeral 215 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y
del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el
Manual del Servicio Profesional de Carrera.
3. Registro de
Aspirantes
La inscripción a un concurso y el registro de los (las) aspirantes al mismo se
realizarán, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx, que les asignará
un número de folio para el concurso en el momento que acepte las bases, este
número de folio servirá para formalizar su inscripción e identificarlos durante el
desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de
Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (las) aspirantes.
4. Reglas en Materia
de Transparencia
Quedan reservados en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones
aplicables, los datos personales que se registren durante los procesos de
selección, las constancias que se integren a los expedientes de los concursos
de ingreso, inconformidades y recursos de revocación, así como los relativos a
las opciones de respuestas de las herramientas de evaluación los cuales serán
considerados confidenciales, aun concluidos estos procesos, de acuerdo a lo
dispuesto en los numerales 121 y 123 de las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 59
5. Reactivación de
Folio
De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en
específico al Capítulo III, Sección VIII, numerales 214 y 215, la solicitud y el
proceso de reactivación de folios no procederá cuando:
1.- El aspirante cancele su participación en el concurso.
2.- Exista duplicidad de Registros en TrabajaEn.
Así mismo los Comités Técnicos de Selección determinarán si resulta
procedente la reactivación de dichos folios, considerando aquellos casos en los
que exista por parte del aspirante, un registro erróneo en el sistema de sus
datos académicos y/o laborales.
Los Comités Técnicos de Selección de este Instituto, por mayoría de votos,
podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la
reactivación de folios, conforme a lo siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado el descarte
de un folio, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito su reactivación
argumentando las causas del descarte. Es importante señalar que dicha
solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del Instituto Nacional de
Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia
Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, CP. 04100, México D.F.
El escrito referido deberá incluir:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su
folio de rechazo;
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si
es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias.
• Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a
su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de
Selección respectivo.
b) Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un
folio, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia
o improcedencia de la petición.
6. Desarrollo del
Concurso
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica. Sin
embargo, previo Acuerdo del Comité Técnico de Selección, y notificación
correspondiente a los (las) aspirantes a través de los portales
www.trabajaen.gob.mx y www.indesol.gob.mx y en razón del número de
aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas
podrán estar sujetas a cambio y modificarse cuando así resulte necesario.
7. Temarios y Guías Los temarios referentes a la evaluación de conocimientos (capacidades
técnicas) se encontrarán a disposición de los (las) aspirantes en la página
electrónica del Instituto Nacional de Desarrollo Social www.indesol.gob.mx a
partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial
de la Federación, en específico en el área del Servicio Profesional de Carrera
publicada en la sección de Transparencia de la dicha página Web.
8. Presentación de
Evaluaciones
El Instituto Nacional de Desarrollo Social comunicará con al menos dos días
de anticipación a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá
presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas.
Se solicita a los (las) aspirantes presentarse con 15 minutos de antelación a la
aplicación correspondiente, ya que no se permitirá la entrada después de
la hora señalada. Motivo por el cual se solicita puntualidad de cada uno de los
participantes para no retrasar las etapas del proceso. Es importante puntualizar
que el tiempo máximo de las evaluaciones es de 2 hrs., así como no habrá
tiempo de tolerancia para el inicio de cada una de las etapas y/o evaluaciones y no
existirá prorroga, ni reprogramación para la aplicación de las Etapas del Concurso.
60 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
9. Procedimiento de
revisión de
evaluación de
Conocimientos.
En los casos en que el CTS del El Instituto Nacional de Desarrollo Social
determine la revisión de la Evaluación de Conocimientos, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación,
métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los
reactivos, la correcta redacción, ni las opciones de respuesta. Es importante
señalar que la interpretación del contenido de dicho examen (preguntas y
respuestas), corresponderá al Presidente (a) del Comité Técnico de Selección,
por conducto del Comité Técnico de Selección. Los Comités Técnicos de
Selección de este Instituto, por mayoría de votos, podrá determinar bajo su
responsabilidad la revisión de la Evaluación de Conocimientos, conforme a lo
siguiente:
a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de la Evaluación de
Conocimientos, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito la revisión
de dicho Examen, argumentando las causas de dicha solicitud. Es importante
señalar que dicha solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del
Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario
Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán,
CP. 04100, México D.F. El escrito referido deberá incluir:
• Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe
la calificación obtenida;
• Justificación del porqué considera se deba revisar la Evaluación de
Conocimientos;
• Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad;
• Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a
su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de
Selección respectivo.
b) Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la solicitud de la Evaluación de
Conocimientos, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la
procedencia o improcedencia de la petición. En ningún caso procederá
la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación, lo anterior
con fundamento en el numeral 219 de las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
10. Publicación de
Resultados
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx identificándose al (la) aspirante con su número
de folio para el concurso.
11. Declaración de
Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del
caso, declarar desierto un concurso:
I. Porque ningún (a) candidato (a) se presente al concurso,
II. Porque ninguno (a) de los (las) candidatos (as) obtenga el puntaje mínimo
de calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta
sea vetado (a) o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes
del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
La resolución del Comité Técnico de Selección deberá precisar la causa por la
que se determinó declarar desierto el concurso, y en caso de corresponder
a la prevista en la fracción III del Artículo 40 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se
deberán señalar las conclusiones de la determinación.
12. Suspensión y
cancelación de
concursos
De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos
Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en
específico al Capítulo III, Sección X, numerales 246 al 248, el CTS podrá
determinar la suspensión del concurso en términos del artículo 42 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, comunicándolo a los candidatos que participen en el mismo a
través de los medios de comunicación señalados en la convocatoria respectiva,
dentro de los siguientes 5 días hábiles, a partir de la fecha en que se haya
suspendido el concurso.
Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 61
El CTS podrá cancelar algún concurso, en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal
expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate.
II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que
hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona.
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto
en cuestión.
En todos los casos se incluirá la justificación correspondiente en el expediente
del concurso.
El acuerdo del CTS además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación,
se comunicará a los candidatos a través de los medios establecidos en la
convocatoria, dentro de los 5 días hábiles siguientes, a partir de la fecha en que
se haya cancelado el concurso.
13. Disposiciones
Generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2. Los datos personales de los (las) concursantes son confidenciales, aun
después de concluido el concurso.
3. Cada concursante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con
motivo de la presente convocatoria.
4. Los (las) concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Social,
en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Col. Juárez, Delegación
Cuauhtémoc, C.P. 06600 en México D.F., en términos de lo dispuesto por la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y su Reglamento, dicha inconformidad deberá ser presentada por
escrito, en el que se indique: el nombre de la persona que se inconforma y
su domicilio para oír y recibir notificaciones; en su caso, las personas
autorizadas para recibirlas; su manifestación, bajo protesta de decir verdad,
de los hechos y razones que dan motivo a la inconformidad y que se
refieran a la operación del Sistema, así como la fecha en que tuvo
conocimiento de los mismos. La inconformidad deberá presentarse dentro
de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto
motivo de la inconformidad.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por
el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
14. Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del
Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al
Manual del Servicio Profesional de Carrera vigente y las presentes bases.
ETAPAS DEL CONCURSO
15. Sistema de
Puntuación
El sistema de puntos se integra de la siguiente forma:
a) Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos.
b) Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de aciertos
sobre el total de aciertos posibles. La calificación mínima aprobatoria será de
70% sobre 100%.
c) Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las atribuciones
estipuladas en la normatividad aplicable, los Comités han determinado optar por
llevar a cabo la aplicación de herramientas diversas a las que la Secretaría de la
Función Pública provee. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones
anteriores no serán considerados para las plazas incluidas en la presente
convocatoria.
Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de
Habilidades, Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, serán
considerados para elaborar el orden de prelación, de acuerdo a los siguientes:
62 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015
Puntos de Ponderación por Reglas de Valoración
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL
Nivel: SUBDIRECCION
Examen de Conocimientos: 20
Evaluaciones de Habilidades: 20
Evaluación de la Experiencia: 20
Valoración del Mérito: 10
Entrevista: 30
TOTAL: 100
De no acreditar estos requisitos, el (la) aspirante no podrá ser considerado (a)
en el listado de prelación para ser sujeto a entrevista.
I. Etapa de Revisión Curricular.
Con fundamento en el Capítulo III, Sección V, numeral 192 del ACUERDO por el
que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos
y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el
Manual del Servicio Profesional de Carrera, cualquier persona podrá incorporar
en TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y
profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que
resulten de su interés.
Una vez que la persona haya incorporado la información necesaria para
configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones
de registro, TrabajaEn le asignará un número de folio de registro general.
El hecho de que le sea asignado un número de folio de participación al (la)
aspirante por el portal TrabajaEn, significa que acepta concursar de conformidad
a lo estipulado en las presentes bases.
El folio servirá para formalizar su registro, así como para identificarlos durante el
desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de
Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los
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  • 1. Tomo DCCXLV No. 10 México, D.F., miércoles 14 de octubre de 2015 CONTENIDO Cámara de Senadores Secretaría de Gobernación Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Economía Secretaría de Comunicaciones y Transportes Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Pronósticos para la Asistencia Pública Banco de México Instituto Federal de Telecomunicaciones Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación Avisos Indice en página 94 $25.00 EJEMPLAR
  • 2. 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES SALDOS en moneda nacional al 30 de septiembre de 2015 del fideicomiso en el que la Cámara de Senadores participa como fideicomitente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.- LXIII Legislatura.- Secretaría General de Servicios Administrativos. SALDOS en moneda nacional al 30 de septiembre de 2015 del fideicomiso en el que la Cámara de Senadores participa como fideicomitente. CIFRAS EN MONEDA NACIONAL DEL FIDEICOMISO DE INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN No. 1705, “Para apoyar la Construcción y Equipamiento del Nuevo Recinto de la Cámara de Senadores”. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer los ingresos y egresos, destino y saldo en moneda nacional del fideicomiso en el que la Cámara de Senadores participa como fideicomitente. Fideicomiso de Inversión y Administración 1705 “Para apoyar la construcción y equipamiento del nuevo recinto de la Cámara de Senadores” Fideicomitente: Cámara de Senadores Fideicomiso Número Disponibilidad al 30 de junio de 2015 Flujo de Efectivo Disponibilidad al 30 de septiembre de 2015 Ingresos Egresos 1705 754’125,109.20 5’808,748.94 14’980,153.49 744’953,704.65 1/ 2/ 1/ Aportaciones al patrimonio del Fideicomiso e Intereses cobrados sobre inversiones financieras. 2/ Se refieren a erogaciones efectuadas por el fiduciario Banobras, conforme al programa-presupuesto aprobado por el Comité Técnico por concepto de: Pagos por Honorarios Fiduciarios, Honorarios por Dirección Técnica del Proyecto, Coordinación Administrativa del Proyecto, Impuestos, Derechos de Agua y Energía Eléctrica. México D. F., a 9 de octubre de 2015.- El Secretario, Roberto Figueroa Martínez.- Rúbrica.
  • 3. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Redimidos Palabra de Fe Nogales, para constituirse en asociación religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. ARTURO FARELA GUTIÉRREZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA REDIMIDOS PALABRA DE FE NOGALES. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada REDIMIDOS PALABRA DE FE NOGALES, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Los Ópatas número 469, esquina Apanecos, colonia Luis Donaldo Colosio, municipio de Nogales, Estado de Sonora, código postal 84066. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de arrendamiento, ubicado en avenida Plutarco Elías Calles número 1772 (planta alta) esquina con calle 5 de Mayo, colonia Moderna, municipio de Nogales, Estado de Sonora, código postal 84055. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de Jesucristo a toda persona”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representantes: Jesús Cárdenas Fuentes y Arturo Farela Gutiérrez. VI.- Relación de asociados: Jesús Cárdenas Fuentes, Clara Sonia Barrón Torres, Max Andrade Gaxiola y Benita Lira Galicia. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Jesús Cárdenas Fuentes, Presidente; Clara Sonia Barrón Torres, Vicepresidenta; Max Andrade Gaxiola, Secretario; y Benita Lira Galicia, Tesorera. IX.- Ministros de culto: Jesús Cárdenas Fuentes y Clara Sonia Barrón Torres. X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 4. 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Visión del Reino, para constituirse en asociación religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. LUIS MARTÍN GONZÁLEZ ÁLVAREZ DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA VISION DEL REINO. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA VISION DEL REINO, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: prolongación calle 27, número 96, entre las calles Anáhuac y Altos Simatario, colonia Lomas del Valle, 2a sección, municipio y Estado de Querétaro, código postal 76085. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato, denominado Iglesia Vision Del Reino, ubicado en prolongación calle 27, número 96, entre las calles Anáhuac y Altos Simatario, colonia Lomas del Valle, 2a sección, municipio y Estado de Querétaro, código postal 76085. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de JESUCRISTO a toda creatura”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Luis Martín González Álvarez. VI.- Relación de asociados: Luis Martín González Álvarez, Kristhian Paredes Camacho, Mauricio de Jesús González García y María Martha Hernández Pérez. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Luis Martín González Álvarez, Presidente; Kristhian Paredes Camacho, Vicepresidente; Mauricio de Jesús González García, Secretario; y María Martha Hernández Pérez, Tesorera. IX.- Ministro de culto: Luis Martín González Álvarez. X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 5. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5 EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Elyon, para constituirse en asociación religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. ANTONIO MANCILLAS ESPINOZA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIOS ELYON. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada MINISTERIOS ELYON, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Pedro Ascencio número 1665, colonia San Juan de Retana, municipio de Irapuato, Estado de Guanajuato, código postal 36825. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato, ubicado en calle Pedro Ascencio número 1665, colonia San Juan de Retana, municipio de Irapuato, Estado de Guanajuato, código postal 36825. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Predicar la Palabra de Dios a toda persona y hacer de Jesús el Mesías un tema ineludible para todo el mundo”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Antonio Mancillas Espinoza. VI.- Relación de asociados: Antonio Mancillas Espinoza, Ana Lilia Santamaría Benavides, Moisés Mancillas Delgado, Angélica Delgado Tabarez, Ericka Andrés Mota, Juan Carlos Garrido Domínguez y Laura Serrano García. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comité Ejecutivo Nacional”, integrado por las personas y cargos siguientes: Antonio Mancillas Espinoza, Presidente; Ana Lilia Santamaría Benavides, Secretaria; y Moisés Mancillas Delgado, Tesorero. IX.- Ministros de culto: Antonio Mancillas Espinoza, Ana Lilia Santamaría Benavides, Moisés Mancillas Delgado, Angélica Delgado Tabarez, Silvia Susana Torres Vázquez, Beatriz Vázquez Franco, David Octavio Gascón Paredes, Cecilio Rivera Atanacio, María Magdalena Rojas Tinoco, Cirilo Jiménez Avendaño, Leticia Marchen Osuna, Sergio Martínez Pérez e Iris Adriana Fernández de Lara Hidalgo. X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 6. 6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana del Norte para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA DEL NORTE. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA DEL NORTE para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Emiliano Zapata número 23, colonia San Miguel Xochimanga, municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, código postal 52927. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato, ubicado en calle Emiliano Zapata número 23, colonia San Miguel Xochimanga, municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, código postal 52927. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Seguir y difundir las enseñanzas y pensamientos de JESUCRISTO...”. IV.- Representante: Francisco Percival Novoa Garduño. V.- Relación de asociados: Francisco Percival Novoa Garduño, David Aarón Díaz Escamilla, Flor del Carmen Reyes Hernández, Ligia Ninete Espinosa Ley, María Teresa Rico Rojas, Dolores Jiménez García, Iveth Madariaga Domínguez, María Juana Torres Sánchez, Norma Silvia González Domínguez y Carlota Zavala Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Cuerpo de Ancianos”, integrado por las personas siguientes: Francisco Percival Novoa Garduño y David Aarón Díaz Escamilla. VIII.- Ministros de Culto: Francisco Percival Novoa Garduño y David Aarón Díaz Escamilla. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 7. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Águilas para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA AGUILAS. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA AGUILAS para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: avenida Las Águilas número 73, identificado como lote 1, manzana 52, colonia Las Águilas, municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, código postal 52949. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato, ubicado en avenida Las Águilas número 73, identificado como lote 1, manzana 52, colonia Las Águilas, municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, código postal 52949. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Seguir y difundir las enseñanzas de Jesucristo, y anhelamos que toda persona establezca una relación personal con El, y que estas personas formen parte de una comunidad que les pueda ayudar y animar a crecer en la semejanza de Cristo Jesús, proporcionando apoyo espiritual a personas en lo individual así como a grupos pequeños para formar una congregación si no existe”. IV.- Representante: Adán Rubén Fuentes Barrera. V.- Relación de asociados: Adán Rubén Fuentes Barrera, Christian Alcantar Olivares, José Antonio Ayala Villeda, Benito Peralta, Gloria Chávez González, Cornelio Francisco García, Adela Alberto Andrade, Noé de Salem Martínez Santos, Claudia Domínguez Escobar y Angélica de la Peña Butrón. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comisión de Administración”, integrado por las personas siguientes: Adán Rubén Fuentes Barrera, Administrador; Noé de Salem Martínez Santos, Secretario; y Adela Alberto Andrade, Tesorera. VIII.- Ministro de Culto: Adán Rubén Fuentes Barrera. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 8. 8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerio Profético Levántate y Resplandece de Tabasco, para constituirse en asociación religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ LA C. MARÍA CONCEPCIÓN DEL CARMEN CAMACHO LÁZARO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIO PROFETICO LEVANTATE Y RESPLANDECE DE TABASCO. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada MINISTERIO PROFETICO LEVANTATE Y RESPLANDECE DE TABASCO, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Agustín Díaz del Castillo número 449, colonia Centro, ciudad y municipio de Macuspana, Estado de Tabasco, código postal 86700. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato, ubicado en calle Agustín Díaz del Castillo número 449, colonia Centro, ciudad y municipio de Macuspana, Estado de Tabasco, código postal 86700. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Propagar el evangelio de la Gracia de Dios, según los preceptos de nuestro Señor Jesucristo y sus apóstoles, contenidos en las Sagradas Escrituras”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representantes: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro y Lenin Armando Falcón Pérez. VI.- Relación de asociados: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro, Lenin Armando Falcón Pérez, Héctor Francisco Jiménez Narváez, Ana Luisa Falcón Camacho, Daniel Falcón Camacho, Karen Esther Falcón Camacho, Brenda Isabel de la Cruz Ruiz y Rosa Elena Peña Arias. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comité Ejecutivo Nacional”, integrado por las personas y cargos siguientes: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro, Presidente; Lenin Armando Falcón Pérez, Vicepresidente; Héctor Francisco Jiménez Narváez, Secretario; y Ana Luisa Falcón Camacho, Tesorera. IX.- Ministro de culto: María Concepción del Carmen Camacho Lázaro. X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 9. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Nueva Esperanza para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA NUEVA ESPERANZA. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA NUEVA ESPERANZA para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA CRISTIANA MEXICANA, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: boulevard Ramón G. Bonfil número 200, municipio de Pachuca, Estado de Hidalgo, código postal 42084. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble susceptible de incorporarse a su patrimonio, ubicado en boulevard Ramón G. Bonfil número 200, municipio de Pachuca, Estado de Hidalgo, código postal 42084, relacionado en el expediente de Iglesia Cristiana Mexicana, A. R., con número de registro constitutivo SGAR/1601/94. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Seguir y difundir las enseñanzas de Jesucristo, y anhelamos que toda persona establezca una relación personal con El, y que estas personas formen parte de una comunidad que les pueda ayudar y animar a crecer en la semejanza de Cristo Jesús, proporcionando apoyo espiritual a personas en lo individual así como a grupos pequeños para formar una congregación si no existe”. IV.- Representante: María Guadalupe Rodríguez Rojas. V.- Relación de asociados: Alejo Carrillo Quiroz, María Guadalupe Rodríguez Rojas, Enrique Espinosa de los Monteros González, Martha Elena Espinosa Sánchez, Francisco Sanjuán Hernández, Catalina Martínez Martínez y Esteban David Herrera Hernández. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Órgano de Gobierno”, integrado por las personas y cargos siguientes: Alejo Carrillo Quiroz, Pastor Principal; Enrique Espinosa de los Monteros González, Anciano; y Francisco Sanjuan Hernández, Anciano. VIII.- Ministros de Culto: Alejo Carrillo Quiroz, María Guadalupe Rodríguez Rojas y Esteban David Herrera Hernández. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
  • 10. 10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro. El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 3o. fracción V bis, 5o. fracciones I, II y XVI, 12 fracciones I, VIII y XIII, 37, 74 y 76 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; el artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2009; los artículos 1o., 12, 41, 52, 53, Tercero y Quinto Transitorios del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; los artículos 1o., 2o. fracción III y 8o. del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, ha tenido a bien expedir las siguientes: MODIFICACIONES a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro. ÚNICA.- Se MODIFICA el artículo 11 y los Anexos D y E de las “Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2015, para quedar en los siguientes términos: “Artículo 11. La Comisión, para la Asignación de las Cuentas Individuales de los trabajadores señalados en el artículo anterior, se sujetará al siguiente procedimiento: I. y II. … Para efecto del mecanismo de proporcionalidad a que se refiere la fracción II anterior, la Comisión considerará la siguiente información de cada Administradora que cuente con al menos una Sociedad de Inversión Básica que cumpla con lo establecido en la fracción I del presente artículo: a) El registro de Cuentas Individuales asignadas; b) La comisión sobre saldo, y c) El Ahorro Voluntario registrado. … El mecanismo de proporcionalidad se calculará ponderando los elementos previstos en los incisos a), b) y c) anteriores, de conformidad con el Anexo ”D” de las presentes disposiciones de carácter general.”
  • 11. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11 “ANEXO D MECANISMO DE PROPORCIONALIDAD QUE DEBERA OBSERVARSE PARA LA DISTRIBUCION DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES QUE SE ASIGNARAN Y REASIGNARAN A LAS ADMINISTRADORAS CUYAS SOCIEDADES DE INVERSION BASICAS SE ENCUENTREN EN EL TERCIL QUE REGISTRE LOS MAYORES INDICADORES DE RENDIMIENTO NETO PARA ASIGNACION Y REASIGNACION El mecanismo de proporcionalidad a que hacen referencia los artículos 11 fracción II y 13 fracción II inciso b) de las presentes disposiciones de carácter general, consiste en determinar los porcentajes de asignación y reasignación para cada Grupo del total de Cuentas Individuales sin registro que, de conformidad con las presentes disposiciones de carácter general, deberán ser asignadas o reasignadas a las Sociedades de Inversión Básicas elegibles para estos fines. Para tales efectos, para cada Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo, se determinarán los porcentajes de asignación y reasignación de acuerdo a tres factores, cada uno de los cuales tiene asignado un ponderador. Dichos factores se describen a continuación: I. Factor de registro de cuentas asignadas: … a. y b. … c. Una vez determinadas las proporciones de registro de las Administradoras que recibirán Cuentas Individuales, se ponderará la participación de cada una con respecto a la suma de las proporciones de registro de las administradoras que recibirán Cuentas Individuales en cada Sociedad de Inversión Básica perteneciente al mismo Grupo de acuerdo con la fórmula establecida en la fracción IV del presente Anexo. Este resultado será el factor de registro de cuentas asignadas, para Asignación o Reasignación según corresponda. El ponderador del factor de registro de cuentas asignadas será de 50%. … … II. Factor de comisión sobre saldo: … Para obtener el factor de comisión sobre saldo de cada Administradora, se ponderará su proporción de comisión sobre saldo con respecto a la suma de las proporciones de comisiones sobre saldo de las Administradoras que cuenten con al menos una Sociedad de Inversión Básica elegible para recibir Cuentas Individuales de cada Grupo, de acuerdo con la fórmula establecida en la fracción IV del presente Anexo. El ponderador del factor de comisión sobre saldo será de 30%. III. El Factor de Ahorro Voluntario, se calculará de acuerdo a lo siguiente: a. … b. Una vez que se han determinado las proporciones de Ahorro Voluntario para las Administradoras que recibirán Cuentas Individuales, se pondera su participación con respecto a la suma de las proporciones de Ahorro Voluntario de las Administradoras que recibirán Cuentas Individuales en cada Sociedad de Inversión Básica perteneciente al mismo Grupo de acuerdo con la fórmula establecida en la fracción IV del presente Anexo. Este resultado será el factor de Ahorro Voluntario. El ponderador del factor de Ahorro Voluntario será de 20%. … … IV. Para el cálculo de los factores i de la Sociedad de Inversión Básica j elegible de cada Grupo, se pondera la proporción correspondiente al factor de cada una de las Sociedades de Inversión Básicas con respecto a la suma de las proporciones de todas las Sociedades de Inversión Básicas elegibles del mismo Grupo, de acuerdo con la siguiente fórmula: … V. Los porcentajes de Asignación y Reasignación de Cuentas Individuales de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo, se determinan mediante la suma del producto de cada factor con su ponderador, conforme a la siguiente fórmula:
  • 12. 12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Dónde: PARi: Porcentaje de Asignación o Reasignación de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo. FRi: Factor de registro de cuentas asignadas de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo. FCi: Factor de comisión sobre saldo de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo. FAVi: Factor de Ahorro Voluntario de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo.” “ANEXO E METODOLOGÍA PARA CALCULAR EL INDICADOR DE CONDICIONES DE INVERSIÓN DE CADA GRUPO, EL INDICADOR DE RENDIMIENTO PUNTA A PUNTA DEL INDICADOR DE CONDICIONES DE INVERSIÓN DE CADA GRUPO Y LOS MONTOS TOTALES A REASIGNAR I. … 1) y 2) … … … La Comisión dará a conocer a los funcionarios que cada Administradora autorice, de manera cualitativa y con oportunidad el nivel en que se encuentren los Indicadores de Condiciones de Inversión de las Sociedades de Inversión. II. a IV. …” TRANSITORIA ÚNICA.- Las presentes modificaciones entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, excepto los ponderadores del 30% y 20% del factor de comisión sobre saldo y del factor de Ahorro Voluntario previstos en el Anexo D, fracciones II y III, inciso b., respectivamente, de las presentes Modificaciones, así como la fórmula de la suma del producto de cada factor con su ponderador prevista en el Anexo D, fracción V, lo cual entrará en vigor el primer día hábil de 2017. Hasta en tanto entren en vigor los ponderadores a que se hacen referencia en el párrafo anterior, los ponderadores deberán ser los siguientes: I. Factor de comisión sobre saldo: 35%, y II. Factor de Ahorro Voluntario: 15%. Con base en lo anterior, los porcentajes de Asignación y Reasignación de Cuentas Individuales de la i-ésima Sociedad de Inversión Básica elegible de cada Grupo, se determinarán mediante la suma del producto de cada factor con su ponderador, conforme a la siguiente fórmula: Con la entrada en vigor de las presentes modificaciones, se abrogan todas aquellas disposiciones que contravengan a las presentes. México, D.F., a 7 de octubre de 2015.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9o. tercer párrafo y 12 fracciones I, VIII, XIII y XVI de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 1o., 2o. fracción III, 4o. tercer y cuarto párrafos y 8o. primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Carlos Ramírez Fuentes.- Rúbrica.
  • 13. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13 SECRETARIA DE ECONOMIA DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 14, 18 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 16 Bis, fracciones II, VII, XII, XIII, y último párrafo; 48 Bis, fracciones IV y V, y 48 Ter, fracciones II, IX y XII; y se ADICIONAN las fracciones XXXVI Quáter y XXXVI Quintus al apartado B del artículo 2; las fracciones II Bis y XIV a XXI al artículo 16 Bis; las fracciones V Bis y V Ter al artículo 48 Bis; las fracciones II Bis, IX Bis y X Bis al artículo 48 Ter; y los artículos 48 Quáter y 48 Quintus del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía para quedar como sigue: ARTÍCULO 2.- … A. … I. a V. … B. … I. a XXXVI Ter. … XXXVI Quáter. Dirección General de Procesos y Programas de Apoyo; XXXVI Quintus. Dirección General de Promoción de Inversiones en el Sector Energético; XXXVII. y XXXVIII. … C. … I. a IV. … … … ARTÍCULO 16 Bis.- … I. … II. Ordenar y supervisar la elaboración de los proyectos de las metodologías que servirán para medir el contenido nacional en la industria de hidrocarburos y el grado de contenido nacional en la industria eléctrica y proponer dichos proyectos a consideración y, en su caso, aprobación de su superior jerárquico; II Bis. Ordenar y supervisar la elaboración, así como someter a consideración y, en su caso, aprobación de su superior jerárquico, los proyectos de las disposiciones que indiquen la forma en la que deberán informar a la Secretaría: a) Los asignatarios, contratistas y permisionarios a que se refiere la Ley de Hidrocarburos, sobre el contenido nacional en las actividades que éstos realizan, y b) Las empresas de la industria eléctrica, sobre el grado de contenido nacional en las actividades que éstos realizan; III. a VI. … VII. Emitir la opinión solicitada por la Secretaría de Energía, respecto: a) Del porcentaje mínimo de contenido nacional que deberán cumplir individualmente y de forma progresiva los asignatarios y contratistas para la exploración y extracción de hidrocarburos, conforme a la Ley de Hidrocarburos, y
  • 14. 14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 b) Del porcentaje mínimo de contenido nacional que deberán cumplir las empresas de la industria eléctrica en cada contrato o asociación cuyo objeto sea la instalación o ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; VIII. a XI. … XII. Supervisar y coordinar los trabajos para identificar los sectores industriales y las regiones en que se enfocará la estrategia para el fomento de cadenas productivas locales, a efecto de coadyuvar en la implementación de la política nacional de fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos y eléctrica; XIII. Coordinar las estrategias de inversión para el fomento a la participación directa de empresas mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas, las actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica; XIV. Coordinar las estrategias de inversión para promover la asociación entre empresas mexicanas y extranjeras, para llevar a cabo las actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica; XV. Promover la inversión nacional y extranjera para que se realicen actividades de permanencia en México directamente en la industria de hidrocarburos y eléctrica; XVI. Promover la inversión nacional y extranjera para impulsar la transferencia de tecnología y el conocimiento en la industria de hidrocarburos y eléctrica; XVII. Coordinar la elaboración de estudios y programas de promoción de la industria de hidrocarburos y eléctrica; XVIII. Promover esquemas de capacitación, orientación y asesoría que fomenten la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la industria de hidrocarburos y eléctrica; XIX. Organizar, coordinar y participar en congresos y eventos relacionados con la promoción de la industria nacional de hidrocarburos y eléctrica que apoyen en la definición de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en dichas industrias; XX. Imponer las sanciones que corresponden a la Secretaría conforme a lo previsto en la Ley de Hidrocarburos, y XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia, así como aquellas funciones que le encomiende el Secretario. La Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético estará a cargo de un Jefe de Unidad, y será auxiliado en el ejercicio de sus atribuciones, por los Directores Generales de Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético y, de Contenido Nacional en el Sector Energético, de Procesos y Programas de Apoyo, y de Promoción de Inversiones en el Sector Energético. ARTÍCULO 48 Bis.- … I. a III. … IV. Elaborar informes sobre los avances en la implementación de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos y eléctrica, así como cualquier otro reporte e informe de carácter público; V. Identificar los sectores industriales y las regiones en que se enfocará la estrategia para el fomento industrial de cadenas productivas locales alineados a la demanda de las industrias de hidrocarburos y eléctrica, a efecto de coadyuvar en la implementación de la política nacional que en dichas materias se fije; V Bis. Promover la elaboración de estudios y programas de promoción de la industria de hidrocarburos y eléctrica;
  • 15. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15 V Ter. Definir los esquemas de capacitación, orientación y asesoría que fomenten la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la industria de hidrocarburos y eléctrica; VI. a VIII. … … ARTÍCULO 48 Ter.- … I. … II. Elaborar el proyecto de la metodología para medir el contenido nacional en asignaciones y contratos de exploración y extracción de hidrocarburos y demás actividades de la industria de hidrocarburos, así como en la industria eléctrica; II Bis. Elaborar los proyectos de las disposiciones por las que los asignatarios, contratistas y permisionarios, así como las empresas de la industria eléctrica deberán proporcionar la información sobre el contenido nacional en las actividades que realicen en la industria de hidrocarburos y eléctrica; III. a VIII. … IX. Elaborar y proponer al superior jerárquico, los proyectos de la opinión respecto del porcentaje mínimo de contenido nacional que deberán cumplir individualmente y de forma progresiva los asignatarios y contratistas para la exploración y extracción de hidrocarburos, conforme a la Ley de Hidrocarburos; IX Bis. Elaborar y proponer al superior jerárquico la opinión respecto del porcentaje mínimo de contenido nacional que deberán cumplir las empresas de la industria eléctrica en cada contrato o asociación cuyo objeto sea la instalación o ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; X. … X Bis. Determinar e informar a la autoridad competente sobre el incumplimiento del porcentaje mínimo de contenido nacional que deben cumplir las empresas de la industria eléctrica en cada contrato o asociación cuyo objeto sea la instalación o ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; XI. … XII. Solicitar a la Secretaría de Energía el listado de las empresas de la industria eléctrica con la finalidad de poder requerir la información sobre el grado de contenido nacional en las actividades que realizan en términos del segundo párrafo del artículo 91 de la Ley de la Industria Eléctrica; XIII. y XIV. … … ARTÍCULO 48 Quáter.- Son atribuciones de la Dirección General de Procesos y Programas de Apoyo: I. Recibir los requerimientos de información que la Secretaría realice a las empresas de industrias de hidrocarburos y de la industria eléctrica sobre el contenido nacional en las actividades que realicen, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables; II. Recibir las solicitudes de opinión que, en su caso, se le formulen a la Secretaría con motivo de lo previsto en los artículos 46, párrafo tercero y 128 de la Ley de Hidrocarburos y 93 de la Ley de la Industria Eléctrica, y 128 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica; III. Fungir como Secretaría Técnica de los Consejos Consultivos a los que se refieren los artículos 125 de la Ley de Hidrocarburos y 90 de la Ley de la Industria Eléctrica, así como vigilar y dar seguimiento sobre el cumplimiento de las resoluciones y compromisos adoptados en dichos Consejos Consultivos; IV. Elaborar el anteproyecto de lineamientos de funcionamiento interno del Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria de Hidrocarburos Nacional, y proponer dicho anteproyecto al Presidente del referido Consejo Consultivo;
  • 16. 16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 V. Elaborar el anteproyecto de lineamientos de funcionamiento interno del Consejo Consultivo para el Fomento a la Industria Eléctrica Nacional, y proponer dicho anteproyecto al Presidente del referido Consejo Consultivo; VI. Operar el Fideicomiso Público para Promover el Desarrollo de Proveedores y Contratistas Nacionales de la Industria Energética, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica; VII. Diseñar y proponer al superior jerárquico las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos y eléctrica, así como dar seguimiento al avance en la implementación de aquellas estrategias que, en su caso, se aprueben; VIII. Resolver sobre las consultas y solicitudes que formulen los particulares a los requerimientos que se les realizan sobre el contenido nacional en las actividades que realicen en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, y IX. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia, así como aquellas funciones que le encomiende el Secretario. ARTÍCULO 48 Quintus.- Son atribuciones de la Dirección General de Promoción de Inversiones en el Sector Energético: I. Proponer a su superior jerárquico las estrategias de inversión para el fomento a la participación directa de empresas mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas o con empresas extranjeras, actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica; II. Elaborar y proponer a su superior jerárquico las estrategias para el fomento a la inversión directa que impulsen la transferencia de tecnología y el conocimiento en la industria de hidrocarburos y eléctrica; III. Evaluar y opinar sobre propuestas de los sectores comercial e industrial, así como de los mecanismos y procesos para la colaboración con gobiernos y organismos extranjeros para ser propuestos ante el Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria de Hidrocarburos Nacional y del Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria Eléctrica Nacional, con la finalidad de crear programas para el fomento a la inversión; IV. Elaborar y proponer a su superior jerárquico las estrategias de inversión para el fomento a la participación directa de empresas mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas, las actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica; V. Elaborar y proponer a su superior jerárquico las estrategias de inversión para promover la asociación entre empresas mexicanas y extranjeras, para llevar a cabo las actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica; VI. Diseñar acciones para promover la inversión nacional y extranjera para que se realicen actividades de permanencia en México directamente en la industria de hidrocarburos y eléctrica; VII. Identificar proyectos de inversión, sus alcances y beneficios para promover el desarrollo industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la industria de hidrocarburos y eléctrica y elaborar estudios y programas de promoción que fomenten la inversión; VIII. Participar en ferias, congresos y cualquier tipo de eventos relacionados con la promoción de la industria nacional de hidrocarburos y eléctrica que apoyen en la definición de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en dichas industrias, y IX. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia, así como aquellas funciones que le encomiende el Secretario. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a nueve de octubre de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.
  • 17. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 17 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT ESTADO DE MÉXICO, LIC. EN D. EDUARDO RAFAEL LUQUE ALTAMIRANO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL M. EN D. JOSÉ SERGIO MANZUR QUIROGA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; LIC. JOAQUÍN GUADALUPE CASTILLO TORRES, SECRETARIO DE FINANZAS; MTRO. ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, Y EL LIC. EN C.P.A.P. ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA VELASCO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-002938 de fecha 20 de agosto de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado. DECLARACIONES I. De LA SCT: 1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, México, D.F. II. De la ENTIDAD FEDERATIVA: 1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.
  • 18. 18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 65 y 77 fracciones XXIII y XLVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 2 y 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y demás disposiciones locales aplicables. 3. Que de conformidad con los artículos 6, 19, fracciones I, III y IX y XIV, 21, 24, 32 y 38 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de Infraestructura, y de la Contraloría. 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de México. 5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Av. Lerdo poniente número 300, Palacio del Poder Ejecutivo, colonia centro, código postal 50000, Toluca de Lerdo, Estado de México. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 1, 4, 65 y 77 fracción XXIII y XLVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y los artículos 1, 2, 5, 6, 19, fracciones I, III y IX y XIV, 21, 24, 32 y 38 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de México; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan: PROGRAMA IMPORTE (Millones de pesos) Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 10.00 TOTAL 10.00 El programa a que se refiere los párrafos anteriores se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
  • 19. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19 SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $10´000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio. Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal. A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales reasignados: PARÁMETROS: - LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos. - Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de México. - A través de las Secretarías de Finanzas y de la Contraloría de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación se mencionan: OBJETIVOS METAS INDICADORES Construcción y Modernización de Caminos Rurales y Carreteras Alimentadores 2.90 Km 2.90 km X 100 / 2.90 km CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de México. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
  • 20. 20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la cláusula tercera de este instrumento. II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Finanzas de: administrar los recursos presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local. III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Finanzas a LA SCT, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia Secretaría de Finanzas. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables. IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de este instrumento. VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Convenio. VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del programa previsto en este instrumento. VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del programa previsto en este instrumento. IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio.
  • 21. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21 X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven a cabo. XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias, el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos de los programas y las metas de los indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se obliga a: I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco del presente Convenio. III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del presente Convenio. Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento. OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de la Contraloría del Estado para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
  • 22. 22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA. DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT. Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputen. DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México. DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado; II. Por acuerdo de las partes; III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
  • 23. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23 DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios públicos, en los términos de las disposiciones aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 8 días del mes de septiembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Estado de México, Eduardo Rafael Luque Altamirano.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa del Estado de México: el Gobernador Constitucional, Eruviel Ávila Villegas.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, José Sergio Manzur Quiroga.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Joaquín Guadalupe Castillo Torres.- Rúbrica.- El Secretario de Infraestructura, Erasto Martínez Rojas.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría, Alejandro Germán Hinojosa Velasco.- Rúbrica. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015 SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES-GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES (Millones de Pesos) ANEXO 1 CONCEPTO META KM INVERSIÓN (MILLONES DE PESOS) Carretera a la Lagunita Cantashi a la Primaria 1.65 5.00 Mado Sector 1-Mado Sector 2 1.25 5.00 TOTALES 2.90 10.00 ANEXO 2 CONCEPTO TOTAL SEP Carretera a la Lagunita Cantashi a la Primaria 5.00 5.00 Mado Sector 1-Mado Sector 2 5.00 5.00 TOTALES 10.00 10.00 _______________________
  • 24. 24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Nuevo León, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS, Y EL COORDINADOR GENERAL DE CENTROS SCT, MTRO. JOSÉ ANTONIO RODARTE LEAL, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. RODRIGO MEDINA DE LA CRUZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL LIC. FELIPE ÁNGEL GONZÁLEZ ALANIZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; LIC. RODOLFO GÓMEZ ACOSTA, SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO; DR. GUSTAVO ALARCÓN MARTÍNEZ, CONTRALOR GENERAL; Y POR EL ING. LUIS GERARDO MARROQUÍN SALAZAR, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-2126 de fecha 1 de julio de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado. DECLARACIONES I. De LA SCT: 1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, México, D.F. II. De la ENTIDAD FEDERATIVA: 1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación. 2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 81 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 2, 3 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y demás disposiciones locales aplicables. 3. Que de conformidad con los artículos 20, 21, 29 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Finanzas y Tesorero General del Estado, de Obras Públicas y por el Contralor General.
  • 25. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Nuevo León. 5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Calle Zaragoza esquina con calle 5 de Mayo, Zona Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64000. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 29, 81 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y los artículos 2, 3, 7, 20, 21, 29 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y Segundo Transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Nuevo León; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan: PROGRAMA IMPORTE (Millones de pesos) Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras. 40.00 TOTAL 40.00 El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $40´000,000.00 (cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio. Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal.
  • 26. 26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales reasignados: PARÁMETROS: - LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos. - Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León. - A través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y de la Contraloría y Transparencia Gubernamental de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación se mencionan: OBJETIVOS METAS INDICADORES Construcción y modernización de Caminos Rurales y Carreteras Alimentadoras 2.90 km 2.90 km X 100 / 2.90 km CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Nuevo León. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes. SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la cláusula tercera de este instrumento. II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de: administrar los recursos presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local. III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado a LA SCT, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como
  • 27. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27 la información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables. IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de este instrumento. VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Convenio. VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del programa previsto en este instrumento. VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del programa previsto en este instrumento. IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio. X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven a cabo. XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias, el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos del programa y las metas de los indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se obliga a: I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco del presente Convenio. III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del presente Convenio. Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento. OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
  • 28. 28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Contraloría y Transparencia Gubernamental de la ENTIDAD FEDERATIVA para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento. En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA. DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT. Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputen. DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
  • 29. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29 DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado; II. Por acuerdo de las partes; III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y IV. Por caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios públicos, en los términos de las disposiciones aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 8 días del mes de septiembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta Cummings.- Rúbrica.- El Coordinador General de Centros SCT, José Antonio Rodarte Leal.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Nuevo León: el Gobernador Constitucional, Rodrigo Medina de la Cruz.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Felipe Ángel González Alaniz.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Rodolfo Gómez Acosta.- Rúbrica.- El Secretario de Obras Públicas, Luis Gerardo Marroquín Salazar.- Rúbrica.- El Contralor General, Gustavo Alarcón Martínez.- Rúbrica. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015 SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES-GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES (Millones de Pesos) ANEXO 1 CONCEPTO META KM INVERSIÓN (MILLONES DE PESOS) Eje Interestatal: Matehuala-Cd. Victoria, tramo: Lím. de Edos. S.L.P N.L. Dr. Arroyo-E.C. El Carmen 2.90 40.00 TOTALES 2.90 40.00 ANEXO 2 CONCEPTO TOTAL SEP Eje Interestatal: Matehuala-Cd. Victoria, tramo: Lím. de Edos. S.L.P N.L. Dr. Arroyo-E.C. El Carmen 40.00 40.00 TOTALES 40.00 40.00 ____________________
  • 30. 30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SCT”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, M. EN A. RAÚL MURRIETA CUMMINGS Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT YUCATÁN, LIC. JORGE MARTÍN MONTAÑO MICHAEL, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR EL LIC. ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL C. ROBERTO ANTONIO RODRÍGUEZ ASAF, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; EL MVZ. ALFREDO DÁJER ABIMERHI, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; EL ING. DANIEL QUINTAL IC, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, Y EL C.P. MIGUEL ANTONIO FERNÁNDEZ VARGAS, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, Y EL ING. JAVIER RENÁN OSANTE SOLÍS, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA DE YUCATÁN, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) “B” de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-002938 de fecha 20 de agosto de 2015 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado. DECLARACIONES I. De LA SCT: 1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3. Que su titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad S/N, Cuerpo “C”, Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, México, D.F. II. De la ENTIDAD FEDERATIVA: 1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 12 de la Constitución Política del Estado de Yucatán es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación. 2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 12 y 14, fracción V del Código de la Administración Pública de Yucatán y demás disposiciones locales aplicables. 3. Que de conformidad con los artículos 22, 27 fracción IV, 30, 31, 38 y 46 del Código de la Administración Pública de Yucatán y 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Administración y Finanzas, de Obras Públicas, de la Contraloría General y por el Director General del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán.
  • 31. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Yucatán. 5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, Planta Alta, ubicado en la calle sesenta y uno número quinientos uno letra "A", entre sesenta y sesenta y dos, colonia Centro, código postal 97000, en la ciudad de Mérida, Yucatán. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 12, 44 y 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y los artículos 3, 6, 7, 12, 14, fracción V, 22, 23, 24, 27 fracciones II y IV, 30, 31, 38, 46 y 76 fracción I, del Código de la Administración Pública de Yucatán; 1, 4, 6 y 17 del Decreto por el que se crea el Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, y Segundo transitorio de los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan: PROGRAMA IMPORTE (Millones de pesos) Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 40.0 TOTAL 40.0 El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los “Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $40´000,000.00 (cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio. Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
  • 32. 32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal. A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales reasignados: PARÁMETROS: - LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos. - Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Diario Oficial del Estado de Yucatán. - A través de las Secretarías de Administración y Finanzas y de la Contraloría General de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal por conducto de LA SCT a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del mismo, el cual tendrá los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas que a continuación se mencionan: OBJETIVOS METAS INDICADORES Construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras 7.70 km 7.70 km X 100 / 7.70 km CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que reasigna el Ejecutivo Federal a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en el Estado de Yucatán. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por la ENTIDAD FEDERATIVA en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al programa previsto en la cláusula primera del mismo. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para sufragar los gastos administrativos que resulten de la ejecución del programa previsto en la cláusula primera del presente instrumento, se podrá destinar hasta un dos por ciento del total de los recursos aportados por las partes. SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el programa establecido en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la cláusula tercera de este instrumento. II. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas de: administrar los recursos presupuestarios federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la cláusula segunda de este Convenio, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del programa previsto en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local. III. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a LA SCT, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la instancia ejecutora y validada por la propia Secretaría de Administración y Finanzas.
  • 33. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33 Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por LA SCT y, en su caso por la SHCP y la SFP, así como la información adicional que estas últimas le requieran, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 224, fracción VI, de su Reglamento. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables. IV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental, y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. V. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al programa a que hace referencia la cláusula primera de este Convenio, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la formalización de este instrumento. VI. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Convenio. VII. Evitar comprometer recursos que excedan de su capacidad financiera, para la realización del programa previsto en este instrumento. VIII. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del programa previsto en este instrumento. IX. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con LA SCT sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento, en los términos establecidos en los numerales Duodécimo y Décimo Tercero de los “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013. De ser el caso, y conforme a las disposiciones aplicables, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente Convenio. X. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven a cabo. XI. Presentar a LA SCT, y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP “B”, y directamente a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último día hábil de febrero de 2016, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, las conciliaciones bancarias, el monto de los recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos del programa y las metas de los indicadores de desempeño, alcanzados en el ejercicio de 2015. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, se obliga a: I. Reasignar los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero, del presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los recursos transferidos en el marco del presente Convenio. III. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la cláusula tercera del presente Convenio. Asimismo, evaluar los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
  • 34. 34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 OCTAVA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. NOVENA.- CONTROL, VIGILANCIA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a LA SCT, a la SHCP, a la SFP y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control, seguimiento y evaluación que, en coordinación con la SFP, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la efectividad del presente Convenio, LA SCT y la ENTIDAD FEDERATIVA revisarán periódicamente su contenido y aplicación, así como también adoptarán las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requeridas para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Secretaría de la Contraloría General para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. La SFP verificará en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento. En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano técnico de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA. DÉCIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de LA SCT podrá suspender o cancelar la ministración subsecuente de recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que se hayan utilizado con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, supuestos en los cuales los recursos indebidamente utilizados tendrán que ser restituidos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días hábiles siguientes en que lo requiera LA SCT. Previo a que la SCT determine lo que corresponda en términos del párrafo anterior, concederá el derecho de audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA para que, en su caso, aclare o desvirtúe los hechos que se le imputen. DÉCIMA SEGUNDA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2015, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. En caso de contingencias para la realización del programa previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México.
  • 35. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35 DÉCIMA QUINTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la cláusula sexta de este instrumento, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado; II. Por acuerdo de las partes; III. Por rescisión, cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, y IV. Por caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA.- El Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, difundirá en su página de Internet el programa financiado con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete, por su parte, a difundir dicha información mediante su página de Internet y otros medios públicos, en los términos de las disposiciones aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los 8 días del mes de septiembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Subsecretario de Infraestructura, Raúl Murrieta Cummings.- Rúbrica.- El Director General del Centro SCT Yucatán, Jorge Martín Montaño Michael.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Entidad Federativa de Yucatán: el Gobernador Constitucional, Rolando Rodrigo Zapata Bello.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Roberto Antonio Rodríguez Asaf.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Obras Públicas, Daniel Quintal Ic.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General, Miguel Antonio Fernández Vargas.- Rúbrica.- El Director General del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, Javier Renán Osante Solís.- Rúbrica. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS 2015 SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES-GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CAMINOS RURALES Y ALIMENTADORES (Millones de Pesos) ANEXO 1 CONCEPTO META KM INVERSIÓN (MILLONES DE PESOS) Camino: Muna-Peto 7.70 40.00 TOTALES 7.70 40.00 ANEXO 2 CONCEPTO TOTAL SEP Camino: Muna-Peto 40.00 40.00 TOTALES 40.00 40.00 ________________________
  • 36. 36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 SECRETARIA DE SALUD DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para el control del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA EL CONTROL DEL SOBREPESO, LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA. Artículo Único. Se reforman los artículos 3o., fracción XII; 27, fracción IX; 111, fracción II; 112, fracción III; 113, primer párrafo; 115, fracción I; 212, segundo párrafo, y se adicionan los artículos 6o., con las fracciones X y XI; 7o., con una fracción XIII Bis; 115, con las fracciones IX, X y XI; y 301, con un segundo párrafo de la Ley General de Salud, para quedar como sigue: Artículo 3o.- En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general: I. a XI. ... XII. La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo; XIII. a XXVIII. ... Artículo 6o.- ... I. a VII. ... VIII. Promover un sistema de fomento sanitario que coadyuve al desarrollo de productos y servicios que no sean nocivos para la salud; IX. Promover el desarrollo de los servicios de salud con base en la integración de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para ampliar la cobertura y mejorar la calidad de atención a la salud; X. Proporcionar orientación a la población respecto de la importancia de la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y su relación con los beneficios a la salud; y XI. Diseñar y ejecutar políticas públicas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, que contrarreste eficientemente la desnutrición, el sobrepeso, la obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria. Artículo 7o.- ... I. a XIII. ... XIII Bis. Promover e impulsar programas y campañas de información sobre los buenos hábitos alimenticios, una buena nutrición y la activación física; XIV. y XV. ... Artículo 27.- ... I. a VIII. ... IX. La promoción de un estilo de vida saludable; X. y XI. ... Artículo 111.- ... I. ... II. Nutrición, orientación alimentaria y activación física; III. a V. ...
  • 37. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37 Artículo 112. ... I. y II. ... III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, activación física para la salud, salud mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, cuidados paliativos, riesgos de automedicación, prevención de farmacodependencia, salud ocupacional, salud visual, salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes, donación de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad y detección oportuna de enfermedades. Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, entre otros, aquellos orientados a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y a la activación física, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población. Así como, llevar a cabo la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica. ... Artículo 115. ... I. Establecer un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de los trastornos de la conducta alimentaria; II. a VIII. ... IX. Impulsar, en coordinación con las entidades federativas, la prevención y el control del sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria y, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica; X. Difundir en los entornos familiar, escolar, laboral y comunitario la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, y XI. Expedir, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparadas y procesadas en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, a fin de eliminar dentro de estos centros escolares el consumo y expendio de aquellos que no cumplan con los criterios nutrimentales que al efecto determine la Secretaría de Salud y, en consecuencia, no favorezcan la salud de los educandos y la pongan en riesgo. Artículo 212. ... Las etiquetas o contra etiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán incluir datos de valor nutricional, que consideren el contenido energético total que aporta el producto, así como el contenido de grasas saturadas, otras grasas, azúcares totales y sodio. Dicha información será presentada en los términos que determine la Secretaría de Salud conforme a lo previsto en las disposiciones reglamentarias y demás disposiciones jurídicas aplicables, la cual deberá contener elementos comparativos con los recomendados por las autoridades sanitarias, a manera de que contribuyan a la educación nutricional de la población. ... Artículo 301. ... Queda prohibida la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética, dentro de los centros escolares. Transitorio Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 18 de septiembre de 2015.- Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente.- Sen. Roberto Gil Zuarth, Presidente.- Dip. Juan Manuel Celis Aguirre, Secretario.- Sen. María Elena Barrera Tapia, Secretaria.- Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de octubre de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
  • 38. 38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 01 DE ENERO DE 2015, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. FERNANDO BENÍTEZ OBESO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. ANTONIO GÓMEZ PELEGRÍN, SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 1 de enero de 2015, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD”, celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales e insumos federales a “LA ENTIDAD”, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículo 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD”, la adecuada instrumentación así como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”. II. Que en la Cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del “CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “ … que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. III. Que con fecha 12 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud”, por el cual se modificó, entre otras, la fracción III del artículo Único del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, con dicha modificación el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones dejó de estar adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, adscribiéndose a la Comisión Nacional contra las Adicciones. IV. Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de los Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”, y de las modificaciones realizadas al Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, el numeral 1 del apartado II. Declaraciones de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
  • 39. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39 DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA”, por medio de su representante, declara: I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 1, 4, 5 y 6 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. II. “LA ENTIDAD”, por medio de su representante, declara: II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones 2, 3 y 4 insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”. III. Las partes declaran conjuntamente: III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente instrumento. III.2. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar los numerales 2 y 3 del apartado I. Declaraciones de “LA SECRETARÍA”, el numeral 1 del apartado II. Declaraciones de “LA ENTIDAD”, las Cláusulas Primera, Segunda, Cuarta y Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue: … I. DECLARA ”LA SECRETARÍA”: … 2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento. … II. DECLARA “LA ENTIDAD”: 1. Que el Lic. Antonio Gómez Pelegrín, en su carácter de Secretario de Finanzas y Planeación, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 9 fracción III, 12 fracción VI, 19 y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y acredita su cargo mediante nombramiento que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 1 para formar parte integrante de su contexto. …
  • 40. 40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 PRIMERA.- … No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales P 014 1,159,113.60 0.00 1,159,113.60 2 Entornos y Comunidades Saludables S 037 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física P 014, U 008 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 Subtotal: 2,159,113.60 0.00 2,159,113.60 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica U 009 0.00 0.00 0.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) U 009 0.00 134,840.00 134,840.00 Subtotal: 0.00 134,840.00 134,840.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental P 014 450,000.00 0.00 450,000.00 Subtotal: 450,000.00 0.00 450,000.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial P 014 800,000.00 0.00 800,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables P 014 0.00 0.00 0.00 Subtotal: 800,000.00 0.00 800,000.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer P 017 5,745,269.28 0.00 5,745,269.28 2 Salud Materna y Perinatal S 201, P 017, U 007 12,854,699.80 0.00 12,854,699.80 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes P 017 855,136.00 0.00 855,136.00 4 Planificación Familiar y Anticoncepción P 017 1,404,520.00 0.00 1,404,520.00 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género P 017 2,584,900.00 0.00 2,584,900.00 6 Igualdad de Género en Salud P 017 179,303.96 3,317.70 182,621.66 Subtotal: 23,623,829.04 3,317.70 23,627,146.74 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana P 014 8,607.54 27,717.00 36,324.54 2 Prevención y Control de la Brucelosis P 014 0.00 0.00 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis P 014 0.00 0.00 0.00
  • 41. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores P 014 3,512,482.00 15,030,378.15 18,542,860.15 5 Prevención y Control del Paludismo U 009 152,274.00 0.00 152,274.00 6 Eliminación de la Oncocercosis U 009 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas U 009 203,500.00 0.00 203,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis U 009 0.00 0.00 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán P 014 0.00 0.00 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes P 014 0.00 0.00 0.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular U 008 4,744,030.00 0.00 4,744,030.00 12 Atención del Envejecimiento U 008 0.00 0.00 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal P 014 25,758.00 0.00 25,758.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis P 014 0.00 883,923.00 883,923.00 15 Eliminación de la Lepra P 014 0.00 0.00 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres U 009 842,932.00 0.00 842,932.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera U 009 350,000.00 0.00 350,000.00 Subtotal: 9,839,583.54 15,942,018.15 25,781,601.69 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS P 016 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50 Subtotal: 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal E 036 2,758,906.00 88,003,477.87 90,762,383.87 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia P 014 337,260.00 0.00 337,260.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P 014 339,084.00 0.00 339,084.00 Subtotal: 3,435,250.00 88,003,477.87 91,438,727.87 Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD" 40,307,776.18 109,941,929.22 150,249,705.40 … SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” ministrará a “LA ENTIDAD” recursos federales hasta por la cantidad de $150,249,705.40 (ciento cincuenta millones doscientos cuarenta y nueve mil setecientos cinco pesos 40/100 M.N.), con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA”, para la realización de las intervenciones que contemplan “LOS PROGRAMAS”.
  • 42. 42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Los recursos presupuestarios federales por un monto de $40,307,776.18 (cuarenta millones trescientos siete mil setecientos setenta y seis pesos 18/100 M.N.) se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA”. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3. Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, ésta se obliga a ministrarlos a la Unidad Ejecutora junto con los rendimientos financieros que se generen en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” radique los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Planeación de conformidad con los alcances establecidos en EL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, suscrito el 10 de octubre de 2012. Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud y Servicios de Salud de Veracruz. Los recursos presupuestarios federales que ministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” definidos como insumos federales, por un monto total de $109,941,929.22 (ciento nueve millones novecientos cuarenta y un mil novecientos veintinueve pesos 22/100 M.N.) serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Servicios de Salud de Veracruz, y serán aplicados, de manera exclusiva, en “LOS PROGRAMAS” señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento. … CUARTA.- APLICACIÓN.- … … … … Para las contrataciones de personal que realice “LA ENTIDAD”, a partir del 01 de abril del 2015, con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar de conformidad con lo establecido en los Criterios para la contratación de personal con Recursos del Ramo 12 Versión 2. 11-FEB-15 establecidos en el SIAFFASPE. … SEXTA.- … … VI. Informar a “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del “SIAFFASPE”, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, aplicación, destino y resultados obtenidos respecto de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados, así como del avance de “LOS PROGRAMAS” de salud pública previstos en este instrumento, incluyendo el cumplimiento de las intervenciones e indicadores y sus metas, previstos en la cláusula tercera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento.
  • 43. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43 VII. Requisitar, de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. … XIV. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de “LOS PROGRAMAS” y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo al presupuesto de “LA SECRETARÍA” o de la Secretaría de Salud y Servicios de Salud de Veracruz de “LA ENTIDAD”, de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el “SIAFFASPE”. … ANEXO 1 DEL CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA” Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”. … 1. Dr. Pablo Antonio Kuri Morales Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud 2. Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete Director General de Promoción de la Salud 3. Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus Director General de Epidemiología 4. T.R. María Virginia González Torres Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental 5. Dra. Martha Cecilia Hijar Medina Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes 6. Dr. Ricardo Juan García Cavazos Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva 7. Dr. Jesús Felipe González Roldán Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades 8. Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA 9. Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia …
  • 44. 44(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1,159,113.60 0.00 1,159,113.60 68,828,299.50 0.00 0.00 68,828,299.50 0.00 0.00 0.00 69,987,413.10 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3 Alimentación y Actividad Física 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 15,932,400.00 0.00 0.00 15,932,400.00 0.00 0.00 0.00 16,932,400.00 TOTALES 2,159,113.60 0.00 2,159,113.60 84,760,699.50 0.00 0.00 84,760,699.50 0.00 0.00 0.00 86,919,813.10 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 TOTALES 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
  • 45. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)45 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Salud Mental 0.00 450,000.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 450,000.00 TOTALES 0.00 450,000.00 450,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 450,000.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Seguridad Vial 800,000.00 0.00 800,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 800,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 TOTALES 800,000.00 0.00 800,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 800,000.00
  • 46. 46(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/ INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTALCASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 0.00 5,745,269.28 5,745,269.28 67,368,720.73 0.00 0.00 67,368,720.73 0.00 0.00 0.00 73,113,990.01 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 12,854,699.80 12,854,699.80 146,415,804.80 0.00 1,788,924.70 148,204,729.50 0.00 0.00 0.00 161,059,429.30 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 855,136.00 0.00 855,136.00 10,302,693.90 0.00 0.00 10,302,693.90 0.00 0.00 0.00 11,157,829.90 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 730,000.00 674,520.00 1,404,520.00 9,687,561.60 68,240,071.43 0.00 77,927,633.03 0.00 0.00 0.00 79,332,153.03 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 100,000.00 2,484,900.00 2,584,900.00 4,050,657.18 0.00 0.00 4,050,657.18 0.00 0.00 0.00 6,635,557.18 6 Igualdad de Género en Salud 179,303.96 0.00 179,303.96 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 179,303.96 TOTALES 1,864,439.96 21,759,389.08 23,623,829.04 237,825,438.21 68,240,071.43 1,788,924.70 307,854,434.34 0.00 0.00 0.00 331,478,263.38
  • 47. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)47 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 8,607.54 0.00 8,607.54 5,029,192.83 0.00 0.00 5,029,192.83 0.00 0.00 0.00 5,037,800.37 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 22,552.53 0.00 0.00 22,552.53 0.00 0.00 0.00 22,552.53 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 3,512,482.00 0.00 3,512,482.00 39,587,452.16 0.00 0.00 39,587,452.16 0.00 0.00 0.00 43,099,934.16 5 Prevención y Control del Paludismo 152,274.00 0.00 152,274.00 1,496,000.00 0.00 0.00 1,496,000.00 0.00 0.00 0.00 1,648,274.00 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 203,500.00 0.00 203,500.00 39,831,000.00 0.00 0.00 39,831,000.00 0.00 0.00 0.00 40,034,500.00 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 2,530,400.00 0.00 0.00 2,530,400.00 0.00 0.00 0.00 2,530,400.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes 0.00 0.00 0.00 100,538,441.62 0.00 13,781,663.00 114,320,104.62 0.00 0.00 0.00 114,320,104.62 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 616,000.00 4,128,030.00 4,744,030.00 47,923,080.44 0.00 312,750.00 48,235,830.44 0.00 0.00 0.00 52,979,860.44 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 1,830,818.00 0.00 0.00 1,830,818.00 0.00 0.00 0.00 1,830,818.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 25,758.00 0.00 25,758.00 41,862,444.60 0.00 0.00 41,862,444.60 0.00 0.00 0.00 41,888,202.60 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 0.00 0.00 0.00 14,680,090.98 0.00 0.00 14,680,090.98 0.00 0.00 0.00 14,680,090.98 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 100,000.00 0.00 0.00 100,000.00 0.00 0.00 0.00 100,000.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 842,932.00 0.00 842,932.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 842,932.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 0.00 350,000.00 350,000.00 1,981,406.75 0.00 0.00 1,981,406.75 0.00 0.00 0.00 2,331,406.75 TOTALES 5,361,553.54 4,478,030.00 9,839,583.54 297,412,879.91 0.00 14,094,413.00 311,507,292.91 0.00 0.00 0.00 321,346,876.45
  • 48. 48(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 0.00 0.00 0.00 14,599,148.00 0.00 0.00 14,599,148.00 260,331,294.61 32,575,101.00 292,906,395.61 307,505,543.61 TOTALES 0.00 0.00 0.00 14,599,148.00 0.00 0.00 14,599,148.00 260,331,294.61 32,575,101.00 292,906,395.61 307,505,543.61 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTAL CASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL 1 Vacunación Universal 0.00 2,758,906.00 2,758,906.00 30,594,453.14 99,288,149.13 0.00 129,882,602.27 0.00 0.00 0.00 132,641,508.27 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 0.00 337,260.00 337,260.00 17,039,925.95 0.00 286,000.00 17,325,925.95 0.00 0.00 0.00 17,663,185.95 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 0.00 339,084.00 339,084.00 1,575,168.90 0.00 0.00 1,575,168.90 0.00 0.00 0.00 1,914,252.90 TOTALES 0.00 3,435,250.00 3,435,250.00 49,209,547.99 99,288,149.13 286,000.00 148,783,697.12 0.00 0.00 0.00 152,218,947.12
  • 49. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)49 Gran Total No. TODOS LOS PROGRAMAS DE ACCIÓN ESPECÍFICOS ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) Ramo 12 SPPS/INTERVENCIONES COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD TOTALCASSCO CAUSES SUBTOTAL ANEXO IV PRORESPPO ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS ANEXO IV CONSEG SUBTOTAL FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO SUBTOTAL TOTAL 10,185,107.10 30,122,669.08 40,307,776.18 683,807,713.61 167,528,220.56 16,169,337.70 867,505,271.87 260,331,294.61 32,575,101.00 292,906,395.61 1,200,719,443.66 NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán transferidos a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 No. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS SMS XXI INSUMOS TOTAL L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 2 Salud Materna y Perinatal 0.00 9,831,744.00 9,831,744.00 NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 50. 50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales Febrero 0.00 Mayo 1,159,113.60 Subtotal 1,159,113.60 2 Entornos y Comunidades Saludables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Alimentación y Actividad Física Febrero 0.00 Mayo 1,000,000.00 Subtotal 1,000,000.00 Total 2,159,113.60 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Febrero 0.00 Subtotal 0.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) Febrero 0.00 Subtotal 0.00 Total 0.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Salud Mental Febrero 450,000.00 Subtotal 450,000.00 Total 450,000.00
  • 51. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Seguridad Vial Febrero 0.00 Mayo 800,000.00 Subtotal 800,000.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables Febrero 0.00 Subtotal 0.00 Total 800,000.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer Febrero 0.00 Mayo 5,745,269.28 Subtotal 5,745,269.28 2 Salud Materna y Perinatal Febrero 0.00 Mayo 12,854,699.80 Subtotal 12,854,699.80 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes Febrero 0.00 Mayo 855,136.00 Subtotal 855,136.00 4 Planificación Familiar y Anticoncepción Febrero 0.00 Mayo 1,404,520.00 Subtotal 1,404,520.00 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género Febrero 0.00 Junio 2,584,900.00 Subtotal 2,584,900.00
  • 52. 52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 6 Igualdad de Género en Salud Febrero 0.00 Mayo 179,303.96 Subtotal 179,303.96 Total 23,623,829.04 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Prevención y Control de la Rabia Humana Febrero 0.00 Mayo 8,607.54 Subtotal 8,607.54 2 Prevención y Control de la Brucelosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores Febrero 0.00 Mayo 3,512,482.00 Subtotal 3,512,482.00 5 Prevención y Control del Paludismo Febrero 0.00 Mayo 152,274.00 Subtotal 152,274.00 6 Eliminación de la Oncocercosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas Febrero 0.00 Mayo 203,500.00 Subtotal 203,500.00
  • 53. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 53 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán Febrero 0.00 Subtotal 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes Febrero 0.00 Subtotal 0.00 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular Febrero 0.00 Marzo 4,744,030.00 Subtotal 4,744,030.00 12 Atención del Envejecimiento Febrero 0.00 Subtotal 0.00 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal Febrero 0.00 Marzo 25,758.00 Subtotal 25,758.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis Febrero 0.00 Subtotal 0.00 15 Eliminación de la Lepra Febrero 0.00 Subtotal 0.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres Febrero 0.00 Marzo 842,932.00 Subtotal 842,932.00
  • 54. 54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera Febrero 0.00 Marzo 350,000.00 Subtotal 350,000.00 Total 9,839,583.54 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS Febrero 0.00 Subtotal 0.00 Total 0.00 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO 1 Vacunación Universal Febrero 0.00 Abril 2,758,906.00 Subtotal 2,758,906.00 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia Febrero 0.00 Abril 337,260.00 Subtotal 337,260.00 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia Febrero 0.00 Abril 339,084.00 Subtotal 339,084.00 Total 3,435,250.00 Gran total 40,307,776.18 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
  • 55. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)55 ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.3.1 Componente Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno realizadas Número de ferias de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno programadas 320 Porcentaje de ferias de promoción de la salud dirigidas a migrantes en los sitios de origen, tránsito, destino y retorno. 11 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.4.1 Actividad Número de ferias interculturales realizadas en municipios indígenas Número de ferias interculturales programadas en municipios indígenas 24 Porcentaje de ferias de la salud interculturales desarrolladas en municipios indígenas 3 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1.5.2 Componente Número total de escuelas públicas de nivel básico y medio superior validadas como Promotoras de la Salud Meta programada de escuelas validadas como Promotoras de la Salud 12,275 Porcentaje de escuelas validadas como promotoras de la salud 310 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.1.1 Componente Número de eventos de capacitación en promoción de la salud para personal de salud Número de eventos de capacitación en promoción de la salud para personal de salud programados 292 Porcentaje de cursos de capacitación y actualización dirigidos al personal de promoción de la salud estatal, jurisdiccional y local 2 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.1.2 Componente Número de promotores HLI certificados en el "Estándar de competencias de promoción de programas públicos de salud en la población hablante de lengua indígena". Número de promotores HLI programados a certificar en el "Estándar de competencias de promoción de programas públicos de salud en la población hablante de lengua indígena". 64 Porcentaje de promotores de salud hablantes de lengua indígena (HLI) certificados en el "Estándar de competencias de promoción de programas públicos de salud en la población hablante de lengua indígena". 12 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 2.2.1 Componente Número de talleres para población general realizados 2 talleres por unidad de primer nivel por 10 meses 264,800 Porcentaje de talleres comunitarios para la promoción de la salud, dirigidos a la población general 23,554 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 4.1.1 Componente Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud realizados Número de materiales educativos con enfoque de mercadotecnia social en salud programados 256 Porcentaje de materiales educativos elaborados con enfoque de mercadotecnia social en salud 48 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 5.1.1 Componente Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 1,043 Porcentaje de visitas y acciones de supervisión integral y evaluación realizadas 60 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 6.1.1 Propósito Número de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud Total de consultas otorgadas a la población usuaria de los Servicios Estatales de Salud 54 Porcentaje de consultas en las que la población usuaria de los servicios estatales de salud, presenta la Cartilla Nacional de Salud 60
  • 56. 56(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 7.1.1 Componente Número de entidades federativas con grupos intersectorial estatal de promoción de la salud Número de entidades federativas existentes en el país 6 Porcentaje de entidades federativas con grupo intersectorial estatal de promoción de la salud y determinantes sociales 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.1.1 Actividad Curso-taller para procuradoras(es) de salud realizados Curso-taller para agentes de salud programados 5,000 Porcentaje de cursos-taller para agentes de salud 130 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.2.1 Actividad Número de municipios a los que se otorgó capacitación a su personal en el año Número total de municipios en el año 849 Porcentaje de municipios a los que se le otorgó capacitación de Promoción de la Salud a su personal. 100 2 Entornos y Comunidades Saludables 1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud realizados Número de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud programados 32 Porcentaje de eventos de capacitación para personal de promoción de la salud 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.3.1 Actividad Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables realizadas Reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables programadas 64 Porcentaje de reuniones de planeación y ejecución de acciones de los comités estatales de comunidades saludables 2 2 Entornos y Comunidades Saludables 2.4.1 Actividad Número de comunidades acreditadas como saludables Número de comunidades programadas para acreditar como saludables 1,500 Porcentaje de comunidades acreditadas como saludables 76 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.4.1 Actividad Número de promotores de la salud capacitados en alimentación correcta a niños menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres en lactancia de los municipios que participan en la Cruzada contra el Hambre Número total de promotores de la salud de los municipios que participan en la Cruzada contra el Hambre 900 Porcentaje de promotores de la salud capacitados en alimentación correcta a menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia 33 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.5.1 Actividad Número de ferias de promoción de la salud para prevención de la violencia realizadas Número de ferias de promoción de la salud para prevención de la violencia programadas 150 Porcentaje de ferias integrales de promoción de la salud para la prevención de la violencia en espacios públicos 1 2 Entornos y Comunidades Saludables 3.9.1 Actividad Número de municipios certificados como promotores de la salud en el año Número total de municipios en el año 420 Porcentaje de municipios certificados como promotores de la salud 32 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.1.1 Actividad Número de jurisdicciones que cuentan con los formatos de registro de las intervenciones del programa Número total de jurisdicciones en la entidad 240 Cobertura de jurisdicciones sanitarias que cuentan con los formatos y la información sobre los mecanismos para el correcto registro de las actividades 11 2 Entornos y Comunidades Saludables 4.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión al programa realizadas en el año Número de visitas de supervisión programadas en el año 180 Porcentaje de visitas de supervisión al programa 11 3 Alimentación y Actividad Física 1.1.1 Actividad Eventos realizados Eventos programados 320 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la alimentación correcta y el consumo de agua simple potable en diferentes entornos. 10
  • 57. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)57 3 Alimentación y Actividad Física 2.1.1 Actividad Eventos educativos realizados. Eventos educativos programados. 160 Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la actividad física en diferentes entornos. 5 3 Alimentación y Actividad Física 4.2.1 Actividad Sesiones educativas realizadas Sesiones educativas programadas 768 Número de sesiones educativas sobre los beneficios de la lactancia materna exclusiva y la alimentación complementaria. 840 3 Alimentación y Actividad Física 7.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas Número de supervisiones programadas 128 Número de supervisiones de las actividades derivadas del programa. 4 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 2.1.1 Propósito Sumatoria de indicadores con incremento en 0.3 puntos con respecto del año anterior en cada una de las entidades federativas. Indicadores evaluados por 100 80 Índice de desempeño de operatividad general de los sistemas prioritarios. 80 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 4.1.1 Actividad Número de sistemas evaluados (en cada nivel jurisdiccional) Número sistemas programados para evaluación en las jurisdicciones 80 Índice de Verificación del cumplimiento de los procedimientos de vigilancia epidemiológica correspondientes. 80 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2 Actividad Número de muestras procesadas del Marco Analítico Básico Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico 95 Porcentaje de cobertura del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico 95 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.3 Actividad Número de muestras procesadas en tiempo de diagnóstico del Marco Analítico Básico Número de muestra aceptadas del Marco Analítico Básico 90 Porcentaje de Oportunidad del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico 90 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Salud Mental 1.2.1 Actividad Número de campañas realizadas Número de centros de salud más número de centros integrales de salud mental 100 Campañas informativas sobre los signos y síntomas más frecuentes en centros de salud y centros integrales de salud mental 100 1 Salud Mental 2.3.1 Fin Porcentaje de personal médico de centros de salud capacitado en la Guía de Intervención mhGAP Total de personal médico y paramédico de centros de salud 10 Personal médico de centros de salud capacitado en la Guía de Intervención mhGAP 5 1 Salud Mental 2.3.2 Actividad Porcentaje de personal de centro integral de salud mental capacitado en el uso de Guías Clínicas para la Atención de Trastornos Mentales Total de personal de centro integral de salud mental 100 Personal de centro integral de salud mental capacitado en el uso de Guías Clínicas para la Atención de Trastornos Mentales 45
  • 58. 58(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 1 Salud Mental 4.4.3 Fin Número de prendas de ropa de calle Total de prendas de ropa de calle existentes 50 Porcentaje de prendas de ropa de calle existente en el hospital 50 1 Salud Mental 4.5.1 Componente Número de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial Total de usuarios hospitalizados 30 Porcentaje de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial bajo los lineamientos del Manual de Programas de Rehabilitación Psicosocial 30 1 Salud Mental 4.5.2 Actividad Número de usuarios que reciben apoyo económico por cada ocasión que asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial Total de usuarios que asisten al taller 100 Porcentaje de usuarios que reciben apoyo económico cuando asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial 100 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Seguridad Vial 1.1.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación Total de entidades federativas 19 Observatorios Estatales de Lesiones instalados 1 1 Seguridad Vial 1.4.1 Componente Número de Observatorios Estatales de Lesiones que proporcionan semestralmente información al Observatorio Nacional Número de Observatorios Estatales de Lesiones instalados 8 Observatorios Estatales de Lesiones operando 1 1 Seguridad Vial 2.2.1 Componente Número de municipios prioritarios con propuesta de adecuación integral del marco legal en materia de seguridad vial Total de municipios prioritarios 27 Municipios prioritarios con propuesta de adecuación integral del marco legal en materia de seguridad vial 1 1 Seguridad Vial 3.2.1 Componente Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años que ha recibido pláticas de sensibilización sobre seguridad vial en las entidades federativas Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años 1 Población sensibilizada por los promotores de seguridad vial 62,185 1 Seguridad Vial 4.1.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados Total de entidades federativas 23 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados 1 1 Seguridad Vial 4.2.1 Componente Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos Total de entidades federativas 20 Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos 1 1 Seguridad Vial 5.1.1 Componente Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría Total de municipios prioritarios 74 Municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría 9
  • 59. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)59 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 1.1.1 Actividad Número de informes de campaña enviados al CNEGSR Número de entidades federativas con convenio AFASPE 100 Proporción de entidades con informe de campaña del mes del cáncer de la mujer 100 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.2.1 Componente Mujeres de 40 a 69 años con mastografía de tamizaje Mujeres de 40 a 69 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/2 24 Cobertura de detección de cáncer de mama con mastografía 19 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.3.1 Componente Mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH de primera vez Mujeres de 25 a 64 años 58 Cobertura de detección de cáncer cérvico uterino en mujeres de 25 a 64 años 68 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 4.4.1 Actividad Mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH Mujeres de 35 a 64 años responsabilidad de la Secretaría de Salud/5 58 Proporción de mujeres de 35 a 64 años tamizadas con prueba de VPH 40 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 6.5.1 Actividad Número de citotecnólogos capacitados y certificados Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje 50 Capacitación y certificación de citotecnólogos 50 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.1 Componente Mujeres con BIRADS 4 y 5 evaluación diagnóstica Mujeres con BIRADS 4 y 5 en mastografía de tamizaje 95 Cobertura de evaluación diagnóstica de casos sospechosos de cáncer en la mujer 95 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 7.2.2 Componente Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología que recibieron atención colposcópica Mujeres con resultado de LEIAG o cáncer en la citología 95 Proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado de LEIAG o cáncer con evaluación colposcópica 95 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 8.2.1 Componente Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional Número de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional 80 Proporción de entidades que cuentan con al menos un grupo de acompañamiento emocional con personal acreditado en el Estándar de Acompañamiento Emocional 100 2 Salud Materna y Perinatal 1.1.1 Actividad Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional Total de consultas de primera vez sin importar trimestre gestacional 40 Porcentaje de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional 30 2 Salud Materna y Perinatal 1.2.1 Actividad Número de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos Total de Posadas AME funcionando 98 Porcentaje de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos 70 2 Salud Materna y Perinatal 1.3.1 Actividad Número de enlaces interculturales (intérpretes) capacitados que dan servicio en unidades resolutivas Total de enlaces interculturales (intérpretes) contratados. 99 Porcentaje de enlaces interculturales (intérpretes) capacitados que dan servicio en las unidades médicas resolutivas 90 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1 Actividad Número de pruebas de tamiz neonatal realizadas Número de nacimientos en mujeres sin Seguridad Social 90 Cobertura de prueba de tamiz neonatal entre recién nacidos sin Seguridad Social 90 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.1 Actividad Número de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos seleccionados Total de médicos especialistas en hospitales resolutivos seleccionados 50 Porcentaje de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos seleccionados 30
  • 60. 60(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 2 Salud Materna y Perinatal 3.1.2 Actividad Número de personal de salud capacitado en parto respetuoso (humanizado) Número de personal de salud programado a capacitar en parto respetuoso (humanizado) 100 Porcentaje de personal de salud capacitado en atención de parto respetuoso (humanizado). 30 2 Salud Materna y Perinatal 3.2.2 Actividad Número de parteras capacitadas y evaluadas Total de parteras tradicionales activas 60 Porcentaje de parteras capacitadas y evaluadas en atención obstétrica y neonatal 80 2 Salud Materna y Perinatal 5.1.1 Actividad Número de insumos esenciales para emergencias obstétricas y neonatales adquiridos Número de emergencias obstétricas y neonatales atendidas 100 Porcentaje de insumos esenciales adquiridos para la atención de emergencias obstétricas y neonatales 70 2 Salud Materna y Perinatal 6.3.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas en salud materna y neonatal Total de visitas de supervisión en el programa de salud materna y perinatal programadas en el año 100 Porcentaje de supervisiones realizadas para revisar las actividades de salud materna y neonatal 70 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 1.4.1 Actividad Número de campañas difundidas Número de campañas programadas. 32 Número de campañas difundidas. 1 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.1.1 Actividad Número de nuevos servicios amigables implementados para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. Número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente en operación al cierre del 2014. 236 Incremento porcentual en el número de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente. 11 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 3.4.1 Propósito Número de acciones extramuros realizadas en el periodo Número de acciones extramuros programadas en el periodo 1,152 Actividades extramuros y comunitarias realizadas a través de los servicios amigables 33 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 4.1.1 Actividad Número de personas capacitadas para la atención en los servicios amigables Número de personas programadas para capacitar en los servicios amigables para población adolescente 2,560 Personal capacitado y sensibilizado en los servicios amigables para población adolescente 80 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 4.4.1 Componente Mujeres adolescentes usuarias activas de métodos anticonceptivos, Población responsabilidad de la Secretaría de Salud Total de población de mujeres adolescentes responsabilidad de la Secretaría de Salud, con vida sexual activa 52 Cobertura de usuarias activas de métodos anticonceptivos, en mujeres adolescentes responsabilidad de la Secretaría de Salud 80 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 1.1.1 Actividad Número de campañas difundidas en medios masivos de comunicación Número de campañas programadas. 32 Número de campañas difundidas. 1 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.3.1 Actividad Número de personas capacitadas durante el año Personas programadas para ser capacitadas en el año. (mín. 70 x 32 entidades) 2,240 Personal capacitado respecto del programado 500 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.6.1 Propósito Número de aceptantes de un método anticonceptivo durante el post-evento obstétrico. Total de eventos obstétricos atendidos 800,000 Cobertura de anticoncepción postevento obstétrico. 62,000 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1 Propósito Número de usuarias y usuarios activos de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud Mujeres de 15 a 49 años de edad (casadas o unidas), responsabilidad de la SSa. 4,227,500 Cobertura de usuarias de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud 299,997
  • 61. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)61 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 4.5.1 Actividad Número de visitas de supervisión realizadas a jurisdicciones sanitarias al año Número de jurisdicciones sanitarias 2 Promedio de visitas de supervisión por jurisdicción sanitaria al año. 22 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 8.2.1 Actividad Número de vasectomías realizadas Hombres de 20 a 64 años responsabilidad de la SSa 10 Vasectomías realizadas por cada 10 mil hombres de 20 a 64 años, responsabilidad de la SSa. 1,660 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.1.1 Actividad Número de herramientas de detección aplicadas a mujeres de 15 años y más que presentaron marcadores de riesgo de violencia familiar y de género. Número de herramientas de detección programadas para su aplicación 1,897,644 Porcentaje de herramientas detección aplicadas a mujeres de 15 años y más respecto de las herramientas programadas. 102,700 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.1.2 Actividad Número de herramientas de evaluación de riesgos aplicadas a los casos positivos a violencia familiar y de género Número de herramientas de evaluación de riesgos programadas para su aplicación 398,505 Porcentaje de herramientas de evaluación de riesgos aplicadas a los casos positivos a violencia familiar y de género respecto de las herramientas programadas 21,567 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 1.2.1 Actividad Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud capacitado y sensibilizado en la NOM 046 Número de personal médico de los Servicios Estatales de Salud y de las diferentes Instituciones del Sistema Nacional de Salud programado para la capacitación en la NOM 046 3,225 Porcentaje de personal médico capacitado en la NOM-046 en relación a lo programado 210 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.1.2 Actividad Número de mujeres de 15 años y más, unidas en situación de violencia severa atendidas en los servicios especializados Cálculo de mujeres de 15 años y más unidas, usuarias de los servicios de salud que se espera reciban atención especializada por violencia severa 234,053 Porcentaje de mujeres en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto de las esperadas 12,460 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.2.1 Actividad Número de visitas de supervisión a unidades de salud realizadas Número de visita de supervisión a unidades de salud programadas 284 Porcentaje de visitas de supervisión de Violencia Familiar y de Género realizadas en relación a las programadas 11 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.4.1 Actividad Número de grupos formados de reeducación de víctimas Número de grupos programados de reeducación de víctimas 656 Porcentaje de grupos formados de reeducación de víctimas en relación a los programados 24 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2.5.1 Actividad Número de mujeres de 15 años o más atendidas en servicios especializados por violencia severa y que fueron referidas por otras unidades de salud. Número de mujeres de 15 años o más atendidas en servicios especializados por violencia severa y que se esperan sean referidas por otras unidades de salud. 163,837 Porcentaje de mujeres que viven en violencia severa atendidas en servicios especializados y que fueron referidas de otras unidades de salud. 8,722 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 5.1.1 Componente Número de material de promoción y difusión elaborado Número de material de promoción y difusión programado para la elaboración 7 Porcentaje de material de promoción y difusión elaborado en relación a lo programado 7 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 6.2.1 Actividad Número de grupos formados de re-educación de agresores Número de grupos programados de re-educación de agresores 656 Porcentaje de grupos formados de re-educación de agresores 24
  • 62. 62(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 7.2.1 Componente Número de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual, que fueron atendidas en las primeras 72 hrs. en unidades de salud y se les brindó profilaxis para VIH/SIDA Casos esperados en las unidades de salud de personas que manifestaron haber vivido una situación de violación sexual en las primeras 72 hrs. 5,843 Porcentaje de casos de violación sexual atendidos en las primeras 72 hrs. con profilaxis en relación con los casos esperados 383 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1 Actividad Número de unidades de salud con acciones de atención con perspectiva de género Número de unidades de salud programadas para desarrollar acciones de atención con perspectiva de género 28 Porcentaje de unidades de salud programadas con acciones de atención con perspectiva de género realizadas 2 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1 Actividad Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado Personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social a capacitar 14,912 Porcentaje de personal de salud de medicina, enfermería y trabajo social capacitado en género en salud en el marco de los derechos humanos. 1,304 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2 Actividad Número de hospitales con un directivo/a capacitado Número de hospitales con un directivo/a a capacitar en el año 550 Porcentaje de hospitales con un directivo/a capacitados en género en salud con respecto a los derechos humanos. 47 6 Igualdad de Género en Salud 5.5.1 Actividad Política institucional para la prevención del hostigamiento y acoso sexual impulsada Política institucional para la prevención del hostigamiento y acoso sexual programada 7 Número de políticas institucionales para la prevención del hostigamiento y acoso sexual en los servicios estatales de salud. 1 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 1.1.1 Componente Dosis de vacuna antirrábica aplicadas Dosis de vacuna antirrábica programadas a aplicar 18,100,000 Dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos 1,420,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 2.2.1 Componente Número de personas agredidas o contactos que inician tratamiento Número de personas agredidas o contactos valoradas según la normatividad 24 Personas agredidas o contactos que inician tratamiento antirrábico 24 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1 Componente Número de perros y gatos esterilizados Número de perros y gatos programados a esterilizar 511,105 Número de perros y gatos esterilizados en lugares de alta marginación 10,000 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 4.1.1 Componente Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia programadas a enviar al laboratorio 47,400 Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio 1,000 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 1.1.1 Propósito Número de reuniones de Comités Intersectoriales realizadas Número de reuniones de Comités Intersectoriales programadas 4 Mide el funcionamiento trimestral de los Comités mediante el porcentaje de cumplimiento de reuniones programadas. 4
  • 63. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)63 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.1.1 Propósito Número de Semanas con Captura de Información en Plataforma Número de Semanas en el periodo 48 Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral 48 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.3.1 Propósito Índice de Condición de Vivienda obtenido en Localidades prioritarias Localidades prioritarias Programadas 628 Mide la probabilidad trimestral estratificada de que una vivienda sea infestada por el vector de acuerdo a las características de las viviendas por sector. 308 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 4.6.1 Actividad Casos nuevos de dengue tratados Casos nuevos de dengue notificados 100 Mide la proporción de tratamiento a casos nuevos de Dengue. 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 5.2.1 Propósito Ovitrampas positivas Ovitrampas con Lectura 263 Mide semanalmente la variación de indicadores entomológicos de ovitrampas en las Localidades Prioritarias 20 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.1 Propósito Número de Localidades con Acciones de Control Larvario Número de Localidades de Riesgo Programadas 628 Mide trimestralmente el cumplimiento en las acciones de control larvario en las localidades de riesgo. 308 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2 Propósito Número de Localidades prioritarias con Acciones de Nebulización Espacial en ULV Número de Localidades prioritarias Programadas 628 Mide trimestralmente el porcentaje de cumplimiento de nebulización espacial en localidades prioritarias 232 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3 Propósito Casos Probables atendidos con acciones de Rociado Intradomiciliar reportados en la Plataforma de Vigilancia Entomológica y Control Integral del Vector Casos Probables Notificados en la Plataforma del SINAVE 100 Mide trimestral el porcentaje de cumplimiento de atención con rociado residual intradomiciliar a casos probables reportados en la Plataforma del SINAVE 95 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.4.1 Propósito Localidades Prioritarias con Encuesta y Verificación Larvaria Localidades Intervenidas para Control Larvario 628 Mide trimestralmente el porcentaje de Localidades prioritarias con encuesta y verificación larvaria en localidades intervenidas con Control Larvario. 308 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 9.1.1 Propósito Unidades Entomológicas de Bioensayo en Funcionamiento Unidades Entomológicas de Bioensayo Programada 30 Mide la proporción de Unidades Entomológicas de Bioensayo funcionando con respecto a las Unidades Previstas a funcionar por entidad federativa 5 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 9.2.1 Propósito Número de Personal Capacitado con perspectiva de género que participa en las acciones de vigilancia, prevención y control de la enfermedad. Número de Personal que participa en las acciones de vigilancia, prevención y control de la enfermedad. 32 Mide la proporción de personal operativo que participa en las acciones de vigilancia, prevención y control de la enfermedad. 14
  • 64. 64(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 9.6.1 Propósito Número de Personal que aplica Insecticidas Adulticidas Organofosforados con estudios de Niveles de Colinesterasa Número de Personal que aplica Insecticidas Adulticidas Organofosforados en el Programa 100 Mide la proporción de personal que aplica Insecticidas Adulticidas Organofosforados en el que se vigilan efectos secundarios mediante estudios serológicos de Colinesterasa 100 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 13.1.1 Actividad Personal de salud capacitado con perspectiva de género para la atención y manejo clínico de pacientes con FD y FHD Personal de Salud que participa en la atención y manejo clínico con pacientes con FD y FHD. 18 Mide la proporción de personal de salud capacitado en atención y manejo clínico de pacientes con FD y FHD con perspectiva de género. 1 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 15.1.1 Propósito Número de Estudios de Investigación Operativa Realizados Número de Estudios de Investigación Operativa Programados 32 Se medirá el grado de cumplimiento de los Estudios de Investigación Operativa Programados en Vigilancia, Prevención y Control del Dengue 1 5 Prevención y Control del Paludismo 1.3.2 Actividad Total de casos probables a los que se les toma una muestra de sangre para diagnóstico. Total de casos probables de paludismo reportados. 100 El indicador mide el porcentaje de casos probables que fueron estudiados en el laboratorio a partir de una gota gruesa de sangre. 100 5 Prevención y Control del Paludismo 1.6.1 Propósito Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación realizadas. Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación programadas. 4 Indicador de proceso que presenta la proporción de Comités Estatales de Certificación que lograron la certificación de áreas libres de paludismo para su entidad federativa. El indicador expresa el acumulado anual de entidades federativas que alcanzan la certificación. 4 5 Prevención y Control del Paludismo 2.1.1 Actividad Número de puestos de notificación en localidades de riesgo visitados para promoción de la notificación. Número de puestos de notificación en localidades de riesgo programados para visitas de promoción de notificación. 85 Indicador de proceso que estima la proporción de puestos de notificación que se mantienen productivos mensualmente. 85 5 Prevención y Control del Paludismo 2.3.1 Actividad Número de localidades con transmisión persistente en las que se han realizado reuniones comunitarias para informar la evolución local del paludismo. Total de localidades con transmisión persistente. 95 Indicador de proceso que estima la cobertura informativa del programa estatal de prevención y control del paludismo a sus comunidades prioritarias. 95 5 Prevención y Control del Paludismo 3.2.1 Actividad Personal de salud capacitado con perspectiva de género para la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. Personal de salud que participa en la vigilancia epidemiológica y atención médica del paludismo. 100 Indicador de proceso que cuantifica el porcentaje de cumplimiento de las acciones de capacitación previstas. 100 5 Prevención y Control del Paludismo 4.1.1 Actividad Localidades prioritarias con infestación larvaria menor al 1% de caladas positivas posterior a la intervención comunitaria. Localidades prioritarias con medición de infestación larvaria previa a la intervención comunitaria. 100 Indicador de proceso que mide la proporción de localidades tratadas por la comunidad para control larvario y que lograron reducir la infestación del vector a menos del 1% de caladas positivas. 100
  • 65. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)65 5 Prevención y Control del Paludismo 5.1.1 Actividad Número de localidades prioritarias con eliminación de criaderos de anofelinos con participación comunitaria. Número de localidades prioritarias con eliminación de criaderos de anofelinos con participación comunitaria. 100 Indicador de proceso de estima la cobertura de localidades prioritarias con eliminación de criaderos y hábitats de los vectores, con participación comunitaria. 100 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 1.1.1 Actividad Número de serologías realizadas en menores de cinco años Número de serologías en menores de cinco años programadas 3,872 Indicador de proceso que estima el cumplimiento en la meta de toma de muestra serológica a menores de cinco años de edad, residentes de localidades prioritarias. Con el resultado de la serología se explorará la reducción de la transmisión intradomiciliaria mediante la reducción en la positividad de serologías en menores de cinco años a razón de ser la mayor permanencia de personas de ese grupo de edad en el domicilio. 303 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 1.1.2 Actividad Número de localidades prioritarias con estudios entomológicos realizados antes y después de la actividad de control químico Número de localidades con estudios entomológicos programados en las localidades prioritarias 94 Indicador de proceso que cuantifica el número de localidades prioritarias que deberán ser encuestadas entomológicamente, previos y posteriores a las intervenciones de control químico 12 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 2.2.1 Actividad Número de localidades prioritarias con viviendas mejoradas con encalado exterior Número de localidades con sus viviendas programadas 47 Promover el mejoramiento de las viviendas (encalado exterior en el 20% de las viviendas), en localidades prioritarias 6 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 3.1.1 Actividad Número de localidades rociadas con insecticida residual Número de localidades programadas a rociar 94 Indicador de proceso que cuantifica el número de localidades prioritarias con rociado intradomiciliar, aplicado en dos ciclos. 12 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 4.2.1 Propósito Número de tratamientos supervisados Número de casos confirmados 1,252 Indicador de proceso que cuantifica el total de casos confirmados que se ministrará tratamiento supervisados. 150 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 5.1.1 Actividad Número de serologías de E. de Chagas realizadas a mujeres embarazadas Total de mujeres embarazadas en el área endémica prioritarias 455 Indicador de proceso que cuantifica el número de embarazadas residentes o procedentes de áreas endémicas prioritarias que son tamizadas con serología para enfermedad de Chagas. 68 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 5.2.1 Actividad Número de serologías positivas realizadas en donantes de sangre doblemente reactivos Número donantes de sangre doblemente reactivos 2,085 Indicador de proceso: Cuantifica el incremento anual en el número de pruebas de tamizaje que son tomadas y confirmadas serológicamente en centros de transfusión sanguínea. 50
  • 66. 66(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 1.1.1 Actividad Número focos de transmisión estudiados Número focos de transmisión programados para estudio entomológico 9 Número de evaluaciones entomológicas que se realizarán en los estados endémicos con el fin de actualizar el catálogo de distribución de Lutzomyias y su etología para la toma de decisiones. 1 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 1.5.1 Actividad Número de casos confirmados por el laboratorio Número de casos registrados de leishamaniasis 517 Número de casos probables que se confirmarán mediante el diagnóstico de laboratorio anualmente. 15 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 2.1.1 Actividad Número de talleres realizados Número de talleres programados 9 Brindar capacitación profesional y técnica para integrar vigilancia clínica, epidemiológica, de laboratorio, entomológica y ambiental. 2 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 4.1.1 Propósito Número de pláticas realizadas a la comunidad y sector de turismo Número de platicas programadas a la comunidad y sector de turismo 18 Número de pláticas para promover en comunidades de las áreas endémicas, las medidas preventivas individuales, familiares y colectivas, programándose dos pláticas por estado endémico. 2 10 Prevención y Control de la Diabetes 3.2.1 Propósito Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento, que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) por debajo del 7% en población de 20 años y más en el Secretaría de Salud, realizados. Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento, que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) por debajo del 7% en población de 20 años y más en el Secretaría de Salud, programadas 8,551 Número de pacientes con diabetes mellitus en tratamiento, que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) por debajo del 7% en población de 20 años y más en el Secretaría de Salud. 694 10 Prevención y Control de la Diabetes 4.1.1 Propósito Número de personal de salud que fue actualizado en el primer nivel de atención y aprobó la capacitación de enfermedades cónicas no transmisibles en la Secretaría de Salud, realizados Número de personal de salud que fue actualizado en el primer nivel de atención y aprobó la capacitación de enfermedades cónicas no transmisibles en la Secretaría de Salud, programados. 24 Número de personal de salud que fue actualizado en el primer nivel de atención y aprobó la capacitación de enfermedades cónicas no transmisibles en la Secretaría de Salud. 24 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 1.1.1 Actividad Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más realizadas Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más programadas 22,613,439 Número de detecciones de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemias en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 1,564,837 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.1.1 Fin Número de casos de hipertensión arterial en pacientes de 20 años y más, QUE INGRESAN A TRATAMIENTO, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de hipertensión arterial PROGRAMADOS PARA INGRESAR A TRATAMIENTO, en pacientes de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud 237,016 Número de casos de hipertensión arterial en pacientes de 20 años y más, que INGRESAN A TRATAMIENTO, responsabilidad de la Secretaría de Salud 14,073 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 2.3.1 Propósito Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en CONTROL responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en TRATAMIENTO responsabilidad de la Secretaría de Salud 482,873 Número de paciente de 20 años y más con hipertensión arterial en control responsabilidad de la Secretaría de Salud 30,773
  • 67. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)67 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 3.5.1 Propósito Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que INGRESAN A TRATAMIENTO, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de obesidad en población de 20 años y más PROGRAMADOS por ingresar a tratamiento, responsabilidad de la Secretaría de Salud 228,815 Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que INGRESAN A TRATAMIENTO, responsabilidad de la Secretaría de Salud 8,964 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 4.1.1 Propósito Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que EN CONTROL, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de obesidad en población de 20 años y más QUE SE ENCUENTRAN EN TRATAMIENTO, responsabilidad de la Secretaría de Salud 172,995 Número de casos de obesidad en población de 20 años y más que EN CONTROL, responsabilidad de la Secretaría de Salud 7,804 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 4.2.1 Propósito Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más EN CONTROL, responsabilidad de la Secretaría de Salud Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más EN TRATAMIENTO, responsabilidad de la Secretaría de Salud 127,382 Número de casos de dislipidemias en población de 20 años y más EN CONTROL, responsabilidad de la Secretaría de Salud 5,747 12 Atención del Envejecimiento 1.1.1 Actividad Número de supervisiones y/o asesorías realizadas Número de supervisiones y/o asesorías programadas 30 Supervisión y/o asesoría 11 12 Atención del Envejecimiento 1.2.1 Propósito Número de COESAEN Activos Número de COESAEN Activos programados 6 Comités Estatales de Atención al Envejecimiento (COESAEN) Activos 6 12 Atención del Envejecimiento 2.1.1 Componente Número de capacitaciones sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor realizados Número de cursos sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor programados 5 Capacitación sobre temas de alto impacto en la salud de la persona adulta mayor 2 12 Atención del Envejecimiento 5.1.2 Actividad Detecciones realizadas en alteraciones de la memoria y depresión en personas adultas mayores no aseguradas Detecciones programadas en alteraciones de la memoria y depresión en personas adultas mayores no aseguradas 30 Detección en alteraciones de la memoria y de depresión en personas adultas mayores no aseguradas 30 12 Atención del Envejecimiento 5.1.3 Componente Detecciones realizadas de hiperplasia prostática benigna en la población masculina de 45 años y más no asegurada Detecciones programadas de hiperplasia prostática benigna en población masculina de 45 años y más no asegurada 50 Detección de Hiperplasia prostática Benigna en población masculina de 45 años y más no asegurados 50 12 Atención del Envejecimiento 5.1.4 Componente Dosis aplicadas de vacunación antiinfluenza en personas Adultas Mayores no aseguradas Dosis programadas de vacunación antiinfluenza en personas Adultas Mayores no aseguradas 85 Cobertura de vacunación antiinfluenza en personas Adultas Mayores no aseguradas 85 12 Atención del Envejecimiento 5.1.5 Actividad Total de acciones realizadas sobre detección y de control realizadas durante la SSGG a población de 60 años y más Total de acciones programadas sobre detección y de control realizadas durante la SSGG a población de 60 años y más 60 Semana de Salud para Gente Grande (SSGG) 60 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 8.4.1 Actividad Supervisiones al programa de salud bucal realizadas. Supervisiones al programa de salud bucal programadas. 4,635 Supervisión del programa de salud bucal. 362 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 9.4.1 Actividad Consultas estomatológicas realizadas. Consultas estomatológicas programadas. 9,421,700 Consultas estomatológicas. 605,829
  • 68. 68(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.2.1 Actividad Número de eventos de capacitación en tuberculosis realizados Número de eventos de capacitación en tuberculosis programados 156 Cumplimiento de eventos de capacitación 12 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.3.1 Actividad Número de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería realizados Número de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería programados 32 Porcentaje de cumplimiento de eventos de capacitación dirigidos al personal de la Red TAES de Enfermería 1 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.1 Componente Número de sintomáticos respiratorios identificados Número de sintomáticos respiratorios programados 290,823 Cobertura de detección de sintomáticos respiratorios 23,665 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.2 Componente Número de casos de tuberculosis ingresados a tratamiento Número total de casos registrados de tuberculosis programados 14,030 Cobertura de tratamiento de casos de tuberculosis registrados 1,388 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 1.5.3 Actividad Número de contactos menores de 5 años con terapia preventiva con isoniacida Número de contactos menores de 5 años con terapia preventiva con isoniacida programados 4,149 Cobertura de Terapia Preventiva con Isoniacida (TPI) a niñas y niños menores de 5 años de edad contactos de casos con casos de tuberculosis pulmonar 446 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1 Propósito Número de personas con tuberculosis farmacorresistente que ingresaron al tratamiento con fármacos de segunda línea. Número de personas con tuberculosis farmacorresistente para recibir esquema de tratamiento con fármacos de segunda línea programados. 263 Cobertura de tratamiento de personas con tuberculosis farmacorresistente 29 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 3.4.1 Actividad Número de personas con VIH que requirieron terapia preventiva con isoniacida Número de personas con VIH programadas para terapia preventiva con isoniacida 22,842 Cobertura de terapia preventiva con isoniacida en personas con VIH que la requieran 2,398 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1 Actividad Número de campañas educativas realizadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) Total de campañas educativas programadas en tuberculosis (spot de radio, TV, inserciones en periódicos, elaboración de volantes, dípticos y trípticos) 96 Número de materiales educativos en tuberculosis elaborados 3 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 5.1.1 Actividad Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas Número de visitas de asesoría y supervisión programadas 854 Porcentaje de cumplimiento de visitas de supervisión 55 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 6.2.1 Actividad Número de proyectos de investigación operativa documentados Número de proyectos de investigación operativa programados 32 Publicación de resultados de investigación operativa estatales y del nivel nacional 1 15 Eliminación de la Lepra 1.1.1 Actividad Número de eventos de capacitación de lepra realizados. Número de eventos de capacitación de lepra programados. 33 Porcentaje de cumplimiento de eventos de capacitación enfocados al manejo integral de personas afectadas por lepra. 1 15 Eliminación de la Lepra 1.2.1 Propósito Casos nuevos de lepra identificados. Casos nuevos de lepra programados. 197 Porcentaje de casos nuevos de lepra encontrados de manera trimestral entre contactos de pacientes y en sintomáticos dermatológicos. 1
  • 69. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)69 15 Eliminación de la Lepra 2.1.1 Actividad Número de baciloscopias e histopatologías realizadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. Número de baciloscopias e histopatologías programadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. 3,708 Porcentaje de toma de baciloscopias e histopatologías realizadas a casos en prevalencia y en vigilancia postratamiento. 18 15 Eliminación de la Lepra 4.1.1 Propósito Número de casos curados en el año en curso. Número de casos que ingresan a tratamiento 2 años atrás. 131 Porcentaje de curación de casos de lepra que ingresan a tratamiento con esquema multibacilar. 1 15 Eliminación de la Lepra 5.2.1 Actividad Número de eventos realizados en donde se entregó material de difusión. Número de eventos programados en donde se entregó material de difusión 33 Cumplimiento de entrega de material de difusión en eventos. 1 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 1.1.1 Actividad Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. Reuniones del Comité Estatal para la Seguridad en Salud programadas. 4 Porcentaje de reuniones del Comités Estatales para la Seguridad en Salud 4 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 3.1.1 Actividad Cursos de capacitación realizados Cursos de capacitación programados 2 Porcentaje de cursos de capacitación para el personal involucrado en la operación del programa. 2 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 4.1.1 Propósito Kits de reservas estratégicas conformadas Kits de reservas estratégicas programados 3 Porcentaje de kits de reservas estratégicas conformadas. 3 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.1.1 Actividad Total de emergencias en salud (brotes y desastres) atendidas en menos de 48 horas Total de emergencias en salud (brotes y desastres) registradas 10 Porcentaje de emergencias en salud atendidas en forma oportuna (< de 48 hrs). 80 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 4 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 1.1.1 Actividad Reuniones trimestrales del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera realizadas Reuniones trimestrales del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera programadas. 4 Porcentaje de reuniones del Grupo Técnico Estatal e Intersectorial de EDA y cólera. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 2.1.1 Actividad Casos de EDA con muestra de hisopo rectal realizados. Total estatal de EDAS notificadas en el SUIVE de las unidades seleccionadas. 2 Porcentaje de casos de EDA que acuden a unidades de atención del sector salud con muestra con HR. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 3.1.1 Actividad Cursos-taller realizados Cursos-taller programados 2 Porcentaje de cursos-taller para personal de salud. 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.1.1 Actividad Total de operativos preventivos realizados Total de operativos preventivos programados 2 Porcentaje de operativos preventivos en áreas de riesgo 2 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 4.2.1 Actividad Campañas preventivas para EDA y cólera realizadas Campañas preventivas para EDA y cólera programadas 1 Porcentaje de campañas preventivas para EDA y cólera. 1 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 5.1.1 Actividad Evaluaciones trimestrales realizadas Evaluaciones trimestrales programadas 4 Porcentaje de reportes de evaluación del programa. 4 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 5.2.1 Actividad Supervisiones a jurisdicciones sanitarias realizadas Supervisiones a jurisdicciones sanitarias programadas 3 Porcentaje de supervisiones a jurisdicciones sanitarias. 3
  • 70. 70(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1 Actividad Condones distribuidos a personas con VIH e ITS en Servicios Especializados. Personas en control y en TAR registrados en el SALVAR 156 Condones distribuidos para la prevención en personas con VIH e ITS. 156 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1 Componente Detecciones de VIH realizadas por la Secretaría de Salud (excluyendo las detecciones en mujeres embarazadas). Meta de detecciones de VIH a realizar. 967,472 Porcentaje de detección del VIH (Secretaría de Salud). 63,507 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1 Propósito Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud con carga viral indetectable. Personas con al menos 6 meses en tratamiento ARV en la Secretaría de Salud. 72 Porcentaje de personas en tratamiento ARV en Control Virológico (Secretaría de Salud). 72 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.3.1 Componente Personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud Personas con TB y VIH en la Secretaría de Salud. 100 Porcentaje de personas en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa (Secretaría de Salud). 100 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 5.1.1 Componente Consultas de ITS subsecuentes en la Secretaría de Salud. Consultas de ITS de primera vez en la Secretaría de Salud. 100 Porcentaje de seguimiento de las ITS (Secretaría de Salud). 100 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 6.2.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. 100 Porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. 100 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 6.3.1 Fin Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. 100 Porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. 100 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR META FEDERAL INDICADOR META ESTATAL 1 Vacunación Universal 1.1.1 Fin Número de dosis aplicadas del esquema de vacunación en niños menores de un 1 año de edad, que correspondan del área de responsabilidad de Secretaría de Salud de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional Niños menores de 1 año de edad de acuerdo a la distribución poblacional de responsabilidad institucional. 90 Porcentaje de cobertura de vacunación con esquema completo en menores de 1 año. 90 1 Vacunación Universal 1.2.1 Actividad Total de dosis de vacuna Sabin registradas en Semanas Nacionales de Salud. Total de dosis de vacuna Sabin programados para Semanas Nacionales de Salud. 90 Logros de biológicos aplicados en Semanas Nacionales de Salud para el Programa de Vacunación Universal (Sabin) 90 1 Vacunación Universal 1.4.1 Propósito Número de supervisiones realizadas al Programa de Vacunación Universal. Número de supervisiones programadas al Programa de Vacunación Universal. 90 Supervisión realizada del Programa de Vacunación Universal. 90
  • 71. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)71 1 Vacunación Universal 1.5.1 Fin Dosis de vacunas de SRP registradas en el SIS Niños de un año de edad de responsabilidad institucional 90 Cobertura de vacunación de SRP al año de edad 90 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Actividad Número de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año Número de supervisiones programadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año 80 Porcentaje de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia en el año 80 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 4.1.1 Actividad Número de personal de salud capacitado de los Servicios de Salud en el primer nivel de atención en Atención Integrada en la Infancia y la Adolescencia. Total de personal de salud de los Servicios de Salud del primer nivel de atención. 20 Personal de salud operativo del Primer Nivel de Atención capacitado en atención integrada en la infancia y la adolescencia. 20 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 6.1.1 Actividad Número de Jurisdicciones Sanitarias que realizaron la Semana de Salud de la Adolescencia en el Estado Total de Jurisdicciones Sanitarias del Estado 100 Porcentaje de Jurisdicciones Sanitarias que realizaron la Semana Nacional de Salud de la Adolescencia en cada Entidad Federativa 100 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 6.3.1 Actividad Número de Reuniones del Grupo de Atención Integral para la Salud de la Adolescencia realizadas anualmente Total de Reuniones programadas del Grupo de Atención Integral para la Salud de la Adolescencia programadas 100 Reuniones del Grupo de Atención Integral para la Salud de la Adolescencia (GAIA) 100 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 1.1.1 Actividad Supervisiones realizadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención Supervisiones programadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención 80 Supervisiones realizadas a unidades médicas acreditadas en oncología pediátrica y de primer nivel de atención 80 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 1.2.1 Actividad Sesiones de los Consejos Estatales de Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia y sus comités realizadas Sesiones de los Consejos Estatales de Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia y sus comités programadas 100 Evaluación de los Consejos Estatales de Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y Adolescencia (COECIA) 100 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 2.1.1 Actividad Total de capacitaciones realizadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia Total de capacitaciones programadas en prevención y atención de cáncer en la infancia y adolescencia 75 Porcentaje de capacitaciones al personal de salud en prevención y atención del cáncer en menores de 18 años 75 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 3.1.1 Propósito Total de casos capturados en el Registro de Cáncer en Niñas, Niños y Adolescentes Total de casos registrados en el Sistema del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos 80 Evaluación y análisis de los sistemas de información relacionados al cáncer en la infancia y adolescencia 80 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción. Número de Actividad General.
  • 72. 72(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 5.1.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Sustancias biológicas Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública 1.00 134,840.00 134,840.00 TOTAL: 134,840.00 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SIN DATOS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Papel prueba de TSH. Papel filtro de algodón 100% sin aditivos, especial para recolección y transporte de sangre de neonatos, con impresión de cuatro círculos punteados de un centímetro de diámetro cada uno y de las palabras nombre y con número progresivo. Paquete con 10 hojas, máximo 100. 11.64 77,760.00 905,126.40
  • 73. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)73 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de la Hormona Estimulante de la Tiroides Tirotrofina (TSH), en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 77,760.00 1,443,225.60 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de 17/ Alfa Hidroxi Progesterona, en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 80,640.00 1,496,678.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de Fenilalanina, en sangre total de neonatos, colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 80,640.00 1,496,678.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Juego de reactivos para la determinación cuantitativa en microplaca de Galactosa Total, en sangre total de neonatos colectada en papel filtro, con calibradores y controles internos. Solicitar por número de pruebas. Equipo para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 80,640.00 1,496,678.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Descripción complementaria: Para determinación de fibrosis quística. Para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 80,640.00 1,496,678.40 2 Salud Materna y Perinatal 1.7.1.4 SMS-XXI Reactivos y Juegos de Reactivos para Pruebas Específicas. Descripción complementaria: Determinación de la deficiencia de la Biotinidasa. Para mínimo 96 pruebas. RTC. 18.56 80,640.00 1,496,678.40 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Levonorgestrel polvo el dispositivo con polvo contiene: levonorgestrel (micronizado) 52 mg envase con un dispositivo. 1,774.98 4,994.00 8,864,250.12 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Levonorgestrel y etinilestradiol gragea cada gragea contiene: levonorgestrel 0.15 mg etinilestradiol 0.03 mg envase con 28 grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales) 25.30 91,548.00 2,316,164.40 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol suspensión inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: acetato de medroxiprogesterona 25 mg cipionato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 ml 35.42 276,577.00 9,796,357.34 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Noretisterona y estradiol solución inyectable cada ampolleta o jeringa contiene: enantato de noretisterona 50 mg valerato de estradiol 5 mg envase con una ampolleta o jeringa con un ml. 35.42 92,192.00 3,265,440.64 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Noretisterona solución inyectable oleosa cada ampolleta contiene: enantato de noretisterona 200 mg envase con una ampolleta de 1 ml. 37.59 62,167.00 2,336,857.53 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Etonogestrel implante el implante contiene: etonogestrel 68.0 mg envase con un implante y aplicador. 1,160.64 24,968.00 28,978,859.52 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Norelgestromina-etinilestradiol parche cada parche contiene: norelgestromina 6.00 mg etinilestradiol 0.60 mg envase con 3 parches. 160.88 31,568.00 5,078,659.84
  • 74. 74(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.1 Anexo IV-Apoyo Federal Levonorgestrel comprimido o tableta cada comprimido o tableta contiene: levonorgestrel 0.750 mg envase con 2 comprimidos o tabletas. 10.66 16,645.00 177,435.70 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 81.66 26,579.00 2,170,441.14 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 2.7.1.2 Anexo IV-Apoyo Federal Condón femenino de poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. 52.95 99,256.00 5,255,605.20 6 Igualdad de Género en Salud 1.3.1.5 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género 37.62 30.00 1,128.60 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Revista Género y Salud en Cifras 11:3 43.50 10.00 435.00 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Guía para incorporar la perspectiva de género en programas de salud 37.62 30.00 1,128.60 6 Igualdad de Género en Salud 3.1.2.2 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Porta Post-it del Programa Igualdad de Género en Salud 20.85 20.00 417.00 6 Igualdad de Género en Salud 5.5.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Porta post-it del Programa Igualdad de género en salud 20.85 10.00 208.50 TOTAL: 78,075,133.13 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. 253.00 10.00 2,530.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) 197.00 111.00 21,867.00 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 3.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) 83.00 40.00 3,320.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en tambos de 208 litros 107,889.71 90.00 9,710,073.90 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.2.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado concentrado emulsionable al 49% en caja de 12 litros 14,608.92 95.00 1,387,847.40
  • 75. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)75 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 6.3.3.1 Ramo 12-Apoyo Federal Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Carbamato de Acción Residual al 80% polvo humectable en cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos 37,451.97 105.00 3,932,456.85 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 2.4.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Paquete de 8 a 12 antibióticos de segunda línea para el tratamiento de casos de tuberculosis farmacorresistente 5,926.00 148.00 877,048.00 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 4.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Impresión y elaboración de publicaciones oficiales y de información en general para difusión Descripción complementaria: Paquete de materiales educativos para impresión, en archivo electrónico. 6,875.00 1.00 6,875.00 TOTAL: 15,942,018.15 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 2.2.1.7 Ramo 12-Apoyo Federal Condón masculino de hule látex. Envase con 100 piezas. 136.30 8,210.00 1,119,023.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.1.1.2 Ramo 12-Apoyo Federal Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche para mínimo 24 pruebas. TATC. 1,899.50 2,495.00 4,739,252.50 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 100 mg envase con 100 cápsulas. 210.00 22.00 4,620.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Atazanavir cápsula cada cápsula contiene: sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de atazanavir. Envase con 30 cápsulas. 2,764.85 9,422.00 26,050,416.70 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina/zidovudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg zidovudina 300 mg envase con 60 tabletas. 1,712.32 6,024.00 10,315,015.68 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Enfuvirtida solución inyectable cada frasco ámpula con liofilizado contiene: enfuvirtida 108 mg envase con 60 frascos ámpula con liofilizado y 60 frascos ámpula con 1.1 ml de agua inyectable. 22,449.79 88.00 1,975,581.52 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina solución cada 100 ml contienen: lamivudina 1 g envase con 240 ml y dosificador. 835.10 850.00 709,835.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir solución cada 100 ml contienen: sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir. Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora. 578.00 173.00 99,994.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con 60 tabletas. 470.47 3,964.00 1,864,943.08 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tipranavir cápsula cada cápsula contiene: tipranavir 250 mg envase con 120 cápsulas. 3,229.36 627.00 2,024,808.72 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina cápsula cada cápsula contiene: emtricitabina 200 mg envase con 30 cápsulas. 530.16 515.00 273,032.40 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir tableta cada tableta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg o tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxilo envase con 30 tabletas. 2,000.12 7,082.00 14,164,849.84
  • 76. 76(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Darunavir tableta cada tableta contiene: etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de darunavir envase con 60 tabletas. 4,978.59 1,302.00 6,482,124.18 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz comprimido recubierto cada comprimido contiene: efavirenz 600 mg envase con 30 comprimidos recubiertos. 371.83 11,456.00 4,259,684.48 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Abacavir-lamivudina tableta cada tableta contiene: sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir lamivudina 300 mg envase con 30 tabletas. 1,379.32 13,559.00 18,702,199.88 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato tableta recubierta cada tableta recubierta contiene: tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil emtricitabina 200 mg envase con 30 tabletas recubiertas. 2,124.62 15,030.00 31,933,038.60 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina solución oral cada 100 ml contienen: zidovudina 1 g envase con 240 ml. 570.00 551.00 314,070.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Zidovudina cápsula cada cápsula contiene: zidovudina 250 mg envase con 30 cápsulas. 210.00 5,410.00 1,136,100.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Etravirina. Tableta. Cada tableta contiene: etravirina 100 mg. Envase con 120 tabletas. 5,429.27 615.00 3,339,001.05 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir solución cada 100 ml contienen: lopinavir 8.0 g ritonavir 2.0 g envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. 1,714.00 571.00 978,694.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Raltegravir comprimido cada comprimido contiene: raltegravir potásico equivalente a 400 mg de raltegravir envase con 60 comprimidos. 5,308.92 1,311.00 6,959,994.12 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Ritonavir cápsula o tableta cada cápsula o tableta contiene: ritonavir 100 mg. 2 envases con 84 cápsulas o tabletas cada uno. 347.96 20,217.00 7,034,707.32 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lamivudina tableta cada tableta contiene: lamivudina 150 mg envase con 30 tabletas. 794.93 1,002.00 796,519.86 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir. Tableta. Cada tableta contiene: lopinavir 100 mg, ritonavir 25 mg. Envase con 60 tabletas. 1,100.00 452.00 497,200.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Lopinavir-ritonavir tableta cada tableta contiene: lopinavir 200 mg ritonavir 50 mg envase con 120 tabletas 2,656.00 14,228.00 37,789,568.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Saquinavir comprimido cada comprimido contiene: mesilato de saquinavir equivalente a 500 mg de saquinavir. Envase con 120 comprimidos 2,207.00 4,502.00 9,935,914.00 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Nevirapina tableta cada tableta contiene: nevirapina 200 mg envase con 100 tabletas. 384.16 7,055.00 2,710,248.80 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 250 mg envase con 30 cápsulas. 657.47 179.00 117,687.13 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Didanosina cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: didanosina 400 mg envase con 30 cápsulas. 1,056.91 1,449.00 1,531,462.59 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 150 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 74.00 490,062.78 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Maraviroc tableta cada tableta contiene: maraviroc 300 mg envase con 60 tabletas. 6,622.47 74.00 490,062.78 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 4.2.1.8 FPGC-Fideicomiso Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo tableta, cada tableta contiene: efavirenz 600 mg. Emtricitabina 200 mg. Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg. Equivalente a 245 mg. Tenofovir disoproxil. Envase con 30 tabletas. 2,404.15 28,014.00 67,349,858.10 TOTAL: 266,189,570.11
  • 77. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)77 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Vacunación Universal 1.1.1.1 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna b.c.g. Suspensión inyectable cada dosis de 0.1 ml de la suspensión reconstituida de bacilos atenuados contiene la cepa: francesa 1173p2 200 000-500 000 ufc o danesa 1331 200 000-300 000 ufc o glaxo* 107 800 000-3 200 000 ufc o tokio 172 200 000-3 000 000 ufc o montreal 200 000 3 200 000 ufc o moscow 100 000-3 300 000 ufc envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml. *semilla mérieux. 10.15 123,400.00 1,252,510.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.3 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: toxoide diftérico purificado con mayor o igual a 30 ui toxoide tetánico purificado con mayor o igual a 40 ui toxoide pertússico purificado adsorbido 25 µg con o sin pertactina 8 µg hemaglutinina filamentosa purificada adsorbida 25 µg virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 ud* virus de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 ud* virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 ud* haemophilus influenzae tipo b 10 µg (conjugado a la proteína tetánica) *unidades de antígeno d envase con 1 dosis en jeringa prellenada de vacuna acelular antipertussis con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos y vacuna antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en frasco ámpula con liofilizado de vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa. 142.80 338,800.00 48,380,640.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.8 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: virus atenuados del sarampión cepa edmonston- zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa enders o cepa schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 dicc50 o 1000 a 32000 dicc50 o 103 a 3.2 x 104 dicc50 virus atenuados de la rubéola cepa wistar ra 27/3 (cultivados en células diploides humanas mrc-5 o wi-38) > 3.0 log10 dicc50 o > 1000 dicc50 o > 103 dicc50 envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente. 12.09 423,000.00 5,114,070.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.17 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antineumocóccica solución inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: poliósidos purificados del streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6b, 7f, 8, 9n, 9v, 10a, 11a, 12f, 14, 15b, 17f, 18c, 19a, 19f, 20, 22f, 23f y 33f, cada uno con 25 µg. Envase con frasco ámpula de 2.5 ml. 92.20 28,900.00 2,664,580.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 376,087.00 18,544,849.97 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 99,090.00 4,886,127.90
  • 78. 78(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 1 Vacunación Universal 1.1.1.19 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna de refuerzo contra difteria, tétanos y tos ferina acelular (tdpa) suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: toxoide diftérico no menos de 2 ui (2 ó 2.5 lf) toxoide tetánico no menos de 20 ui (5 lf) toxoide pertussis 2.5 ó 8 mg hemaglutinina filamentosa (fha) 5 ó 8 mg pertactina (proteína de membrana exterior de 69 kda-prn) 2.5 ó 3 mg con o sin fimbrias tipos 2 y 3 5 µg. Envase con 1 jeringa prellenada con una dosis de 0.5 ml. 136.00 41,200.00 5,603,200.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.21 Ramo 12-Apoyo Federal Vacuna recombinante contra la hepatitis b suspensión inyectable cada dosis de 1 ml contiene: agshb 20 µg envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis). 10.00 155,750.00 1,557,500.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna pentavalente contra rotavirus suspensión cada dosis de 2 ml contiene: serotipo reordenado g1 2.21 x 106 ui serotipo reordenado g2 2.84 x 106 ui serotipo reordenado g3 2.22 x 106 ui serotipo reordenado g4 2.04 x 106 ui serotipo reordenado p1 2.29 x 106 ui envase con un tubo de plástico con 2 ml. 53.92 159,900.00 8,621,808.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.6 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna conjugada neumocóccica 13-valente suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: sacáridos de streptococcus pneumoniae de los serotipos 1 - 2.2 µg 3 - 2.2 µg 4 - 2.2 µg 5 - 2.2 µg 6a - 2.2 µg 6b - 4.4 µg 7f - 2.2 µg 9v - 2.2 µg 14 - 2.2 µg 18c - 2.2 µg 19a - 2.2 µg 19f - 2.2 µg 23f - 2.2 µg proteína diftérica crm197 32 µg envase con una jeringa prellenada de 0.5 ml (1 dosis), y aguja. 183.80 245,100.00 45,049,380.00 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Programación para población pediátrica 49.31 231,210.00 11,400,965.10 1 Vacunación Universal 1.1.1.18 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna antiinfluenza suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: a/california/7/2009 (h1n1) 15 µg ha a/perth/16/2009 (h3n2) 15 µg ha cepa análoga a/wisconsin/15/2009 b/brisbane/60/2008 15 µg ha envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna antiinfluenza 50 años y más; y población de riesgo. 49.31 426,513.00 21,031,356.03 1 Vacunación Universal 1.2.1.5 Anexo IV - Apoyo Federal Vacuna contra el virus del papiloma humano suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml contiene: proteína l1 tipo 16 20 µg proteína l1 tipo 18 20 µg envase con 1 frasco ámpula con 0.5 ml o jeringa prellenada con 0.5 ml. 156.96 84,000.00 13,184,640.00 TOTAL: 187,291,627.00 Gran total 547,633,188.39 ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
  • 79. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)79 APÉNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, Oportunidades y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de “LOS PROGRAMAS”. Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 1 Promoción de la Salud y Determinantes Sociales 1,159,113.60 0.00 1,159,113.60 5,024,384.00 0.00 0.00 0.00 5,024,384.00 68,828,299.50 0.00 0.00 75,011,797.10 2 Entornos y Comunidades Saludables 0.00 0.00 0.00 1,688,295.00 0.00 0.00 0.00 1,688,295.00 0.00 0.00 0.00 1,688,295.00 3 Alimentación y Actividad Física 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 15,932,400.00 0.00 0.00 16,932,400.00 Total: 2,159,113.60 0.00 2,159,113.60 6,712,679.00 0.00 0.00 0.00 6,712,679.00 84,760,699.50 0.00 0.00 93,632,492.10 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica 0.00 0.00 0.00 372,445.00 0.00 0.00 0.00 372,445.00 0.00 0.00 0.00 372,445.00 2 SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) 0.00 134,840.00 134,840.00 3,352,192.29 0.00 0.00 0.00 3,352,192.29 0.00 0.00 0.00 3,487,032.29 Total: 0.00 134,840.00 134,840.00 3,724,637.29 0.00 0.00 0.00 3,724,637.29 0.00 0.00 0.00 3,859,477.29 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental 450,000.00 0.00 450,000.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 830,931.91 Total: 450,000.00 0.00 450,000.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 380,931.91 0.00 0.00 0.00 830,931.91 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial 800,000.00 0.00 800,000.00 593,719.00 3,500,000.00 0.00 0.00 4,093,719.00 0.00 0.00 0.00 4,893,719.00 2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Total: 800,000.00 0.00 800,000.00 593,719.00 3,500,000.00 0.00 0.00 4,093,719.00 0.00 0.00 0.00 4,893,719.00
  • 80. 80(PrimeraSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA 1 Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 5,745,269.28 0.00 5,745,269.28 7,258,879.30 2,999,991.67 0.00 0.00 10,258,870.97 67,368,720.73 0.00 0.00 83,372,860.98 2 Salud Materna y Perinatal 12,854,699.80 0.00 12,854,699.80 5,355,000.00 0.00 0.00 0.00 5,355,000.00 148,204,729.50 9,831,744.00 0.00 176,246,173.30 3 Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 855,136.00 0.00 855,136.00 1,222,699.00 0.00 0.00 0.00 1,222,699.00 10,302,693.90 0.00 0.00 12,380,528.90 4 Planificación Familiar y Anticoncepción 1,404,520.00 0.00 1,404,520.00 9,060,054.00 0.00 0.00 0.00 9,060,054.00 77,927,633.03 0.00 0.00 88,392,207.03 5 Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género 2,584,900.00 0.00 2,584,900.00 1,995,882.00 0.00 0.00 0.00 1,995,882.00 4,050,657.18 0.00 0.00 8,631,439.18 6 Igualdad de Género en Salud 179,303.96 3,317.70 182,621.66 0.00 300,000.00 0.00 0.00 300,000.00 0.00 0.00 0.00 482,621.66 Total: 23,623,829.04 3,317.70 23,627,146.74 24,892,514.30 3,299,991.67 0.00 0.00 28,192,505.97 307,854,434.34 9,831,744.00 0.00 369,505,831.05 O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1 Prevención y Control de la Rabia Humana 8,607.54 27,717.00 36,324.54 2,859,400.00 21,193,500.00 0.00 0.00 24,052,900.00 5,029,192.83 0.00 0.00 29,118,417.37 2 Prevención y Control de la Brucelosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 22,552.53 0.00 0.00 22,552.53 3 Prevención y Control de la Rickettsiosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4 Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores 3,512,482.00 15,030,378.15 18,542,860.15 10,788,885.16 21,396,776.00 0.00 0.00 32,185,661.16 39,587,452.16 0.00 0.00 90,315,973.47 5 Prevención y Control del Paludismo 152,274.00 0.00 152,274.00 11,536,888.10 0.00 0.00 0.00 11,536,888.10 1,496,000.00 0.00 0.00 13,185,162.10 6 Eliminación de la Oncocercosis 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 7 Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas 203,500.00 0.00 203,500.00 1,287,649.28 0.00 0.00 0.00 1,287,649.28 39,831,000.00 0.00 0.00 41,322,149.28 8 Prevención y Control de las Leishmaniasis 0.00 0.00 0.00 265,106.46 0.00 0.00 0.00 265,106.46 2,530,400.00 0.00 0.00 2,795,506.46 9 Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 10 Prevención y Control de la Diabetes 0.00 0.00 0.00 2,183,489.00 0.00 0.00 0.00 2,183,489.00 114,320,104.62 0.00 0.00 116,503,593.62 11 Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular 4,744,030.00 0.00 4,744,030.00 1,200,437.00 0.00 0.00 0.00 1,200,437.00 48,235,830.44 0.00 0.00 54,180,297.44 12 Atención del Envejecimiento 0.00 0.00 0.00 6,214,286.28 0.00 0.00 0.00 6,214,286.28 1,830,818.00 0.00 0.00 8,045,104.28 13 Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal 25,758.00 0.00 25,758.00 2,644,100.00 0.00 0.00 0.00 2,644,100.00 41,862,444.60 0.00 0.00 44,532,302.60 14 Prevención y Control de la Tuberculosis 0.00 883,923.00 883,923.00 4,200,897.00 0.00 0.00 0.00 4,200,897.00 14,680,090.98 0.00 0.00 19,764,910.98 15 Eliminación de la Lepra 0.00 0.00 0.00 319,529.00 0.00 0.00 0.00 319,529.00 100,000.00 0.00 0.00 419,529.00 16 Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres 842,932.00 0.00 842,932.00 339,764.00 0.00 0.00 0.00 339,764.00 0.00 0.00 0.00 1,182,696.00 17 Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera 350,000.00 0.00 350,000.00 846,600.00 0.00 0.00 0.00 846,600.00 1,981,406.75 0.00 0.00 3,178,006.75 Total: 9,839,583.54 15,942,018.15 25,781,601.69 44,687,031.28 42,590,276.00 0.00 0.00 87,277,307.28 311,507,292.91 0.00 0.00 424,566,201.88 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA 1 Respuesta al VIH/SIDA e ITS 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50 39,427,619.70 0.00 0.00 0.00 39,427,619.70 14,599,148.00 0.00 292,906,395.61 352,791,438.81 Total: 0.00 5,858,275.50 5,858,275.50 39,427,619.70 0.00 0.00 0.00 39,427,619.70 14,599,148.00 0.00 292,906,395.61 352,791,438.81
  • 81. Miércoles14deoctubrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)81 No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN SPPS RAMO 12 SUBTOTAL RAMO 33 APORTACIÓN ESTATAL OPORTUNIDADES OTRA SUBTOTAL CNPSS TOTAL ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES INSUMOS RECURSOS FINANCIEROS FASSA-P FASSA-C RECTORÍA RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS RECURSOS FINANCIEROS R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal 2,758,906.00 88,003,477.87 90,762,383.87 22,145,317.26 0.00 0.00 0.00 22,145,317.26 129,882,602.27 0.00 0.00 242,790,303.40 2 Salud para la Infancia y la Adolescencia 337,260.00 0.00 337,260.00 1,222,693.00 0.00 0.00 0.00 1,222,693.00 17,325,925.95 0.00 0.00 18,885,878.95 3 Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 339,084.00 0.00 339,084.00 1,000,000.00 0.00 0.00 0.00 1,000,000.00 1,575,168.90 0.00 0.00 2,914,252.90 Total: 3,435,250.00 88,003,477.87 91,438,727.87 24,368,010.26 0.00 0.00 0.00 24,368,010.26 148,783,697.12 0.00 0.00 264,590,435.25 Gran Total: 40,307,776.18 109,941,929.22 150,249,705.40 144,787,142.74 49,390,267.67 0.00 0.00 194,177,410.41 867,505,271.87 9,831,744.00 292,906,395.61 1,514,670,527.29 NOTA: La descripción detallada de los insumos y servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. SEGUNDA.- Ambas partes convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones del “CONVENIO PRINCIPAL”, por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas del “CONVENIO PRINCIPAL”, en correlación con el contenido del presente Convenio Modificatorio. TERCERA.- Las partes acuerdan que salvo por lo expresamente establecido en el presente Convenio Modificatorio, el resto del contenido del “CONVENIO PRINCIPAL” continúa vigente en todo lo que no se contraponga, así como en todos y cada uno de sus términos y condiciones. CUARTA.- Ambas partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, será aplicable el derecho federal vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otra jurisdicción que, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder. QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015. Estando enteradas las partes del contenido y de su alcance legal, lo firman al margen y al calce por cuadruplicado, a los 4 días del mes de mayo de 2015.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud, Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Ignacio Federico Villaseñor Ruiz.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Veracruz, Fernando Benítez Obeso.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Planeación, Antonio Gómez Pelegrín.- Rúbrica.
  • 82. 82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 REGLAS generales para la tramitación electrónica de permisos para el uso de recetarios especiales con código de barras para medicamentos de la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JUAN CARLOS GALLAGA SOLÓRZANO, Comisionado de Autorización Sanitaria, con fundamento en los artículos 17, 26 y 39, fracciones XXI y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, fracción XXII, 13, apartado A, fracciones II y X, 17 bis, fracciones II, IV y VI, 17 bis 2, 226, fracción I, 240, 241 y 242 de la Ley General de Salud; 28, 30, 50, 51, 52 y 53 del Reglamento de Insumos para la Salud; 2, apartado C, fracción X, 36 y 38, fracciones VIII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3, fracción I, incisos b, j y s, 14 fracciones VII y XIV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su estrategia 4.7.2 Implementar una mejora regulatoria integral, que se debe fortalecer la convergencia de la Federación con los otros órdenes de gobierno, para impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, de simplificación y homologación nacional de trámites, así como medidas para facilitar la creación y escalamiento de empresas, fomentando el uso de herramientas electrónicas; Que de conformidad con los artículos 17 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud; 2, apartado C, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 1 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios la COFEPRIS es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene por objeto ejercer las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios que conforme a la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables le corresponden a la Secretaría de Salud; Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece en su artículo 69-C que en los procedimientos administrativos, las dependencias y los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal recibirán las promociones o solicitudes que, en términos de esa Ley, los particulares presenten por escrito, sin perjuicio de que dichos documentos puedan presentarse a través de medios de comunicación electrónica en las etapas que las propias dependencias y organismos así lo determinen mediante reglas de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación; Que con fecha 26 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos”, mismo que establece en su Capítulo 5 que la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios dará a conocer las reglas generales para la autorización de los Permisos para el uso de recetarios especiales para la prescripción de los medicamentos a que se refiere el artículo 226, fracción I de la Ley General de Salud, con la finalidad de agilizar la disponibilidad de los medicamentos antes referidos; Que el artículo 73, fracción XVI, 1a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las disposiciones generales del Consejo de Salubridad General serán obligatorias en el país; Que el campo de la atención médica para enfermedades no transmisibles mediante el empleo de estupefacientes ha aumentado por lo que es necesario adoptar acciones que protejan la salud de la población, aseguren la accesibilidad de los medicamentos estupefacientes, se cuenten con un manejo oportuno de los cuidados paliativos y que al mismo tiempo permitan a los profesionales de la salud contar con los recetarios especiales para la prescripción y atención oportuna de los padecimientos a los que van dirigidos estos medicamentos;
  • 83. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83 Que como una medida de protección a la salud de la población, se requiere optimizar los procesos para los trámites que aplica la Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS, mediante la implementación de un sistema electrónico de autorización para la utilización recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes; Que con esta medida, se ahorrarán recursos materiales y humanos en las actividades de verificación de la autoridad sanitaria, toda vez que la solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes, así como su manejo se efectuarán a través de un sistema informático que permita ejercer un control permanente y efectivo sobre las recetas y los medicamentos que contengan estupefacientes; Que con este esquema COFEPRIS hace uso eficiente de las tecnologías de la información, a fin de optimizar la interacción de los particulares con el quehacer gubernamental, y se suma a los esfuerzos de la agenda digital del Gobierno de la Republica, y Que se busca establecer e implementar políticas, programas y proyectos al nivel de la mejor práctica internacional, en coordinación efectiva con los diferentes actores del ámbito público y social, para prevenir y atender todo tipo de riesgos sanitarios, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: REGLAS GENERALES PARA LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE PERMISOS PARA EL USO DE RECETARIOS ESPECIALES CON CÓDIGO DE BARRAS PARA MEDICAMENTOS DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 226 DE LA LEY GENERAL DE SALUD PRIMERA. Las presentes reglas tienen por objeto dar a conocer los criterios para la obtención electrónica de permisos para utilizar recetarios especiales con códigos de barras para prescribir los medicamentos a que se refiere el artículo 226, fracción I de la Ley General de Salud. SEGUNDA. Para efectos de estas Reglas se entiende por: Acuerdo de Trámites: Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011, así como sus modificaciones; CIS: Centro Integral de Servicios de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; Código de barras: Código bidimensional contenido en el formato de recetas especiales que la COFEPRIS autorizará como identificador de dicha receta, el cual estará asociado a la información que tenga esta Autoridad Sanitaria del médico que prescribe; COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; Contraseña electrónica: Clave asignada por la COFEPRIS para acceder al Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios, que se establecerá como uno de los medios de identificación y acceso para la solicitud de permisos; Profesional: Los Médicos, Homeópatas, Cirujanos Dentista (para casos odontológicos), Médicos Veterinarios (cuando los prescriban para aplicarse en animales) que soliciten su registro en el Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes; Recetario especial con código de barras: Conjunto de recetas médicas especiales que se emplean para prescribir medicamentos contemplados en la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud, que contendrá entre otros elementos, la prescripción de uno o varios medicamentos y un código de barras para su identificación;
  • 84. 84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría: Secretaría de Salud, y Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios: Servicio digital de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para realizar trámites electrónicos. TERCERA. El profesional interesado en solicitar el permiso para utilizar recetarios especiales con códigos de barras para prescribir estupefacientes, podrá hacerlo ante la COFEPRIS, a través del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios. CUARTA. El profesional interesado en realizar su solicitud a través de un medio no electrónico lo podrá hacer a través del CIS. QUINTA. Para la obtención del permiso para utilizar recetarios especiales con códigos de barras, solicitado a través del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios se deberá cumplir con lo establecido en las presentes Reglas y lo dispuesto en el Acuerdo de trámites identificando al trámite con la homoclave “COFEPRIS-03-006-A Solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad A: Primera vez.” y con la homoclave “COFEPRIS-03-006-B Solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad B: Subsecuentes”, según sea el caso. SEXTA. Para la obtención del permiso para utilizar recetarios especiales con códigos de barras para prescribir medicamentos fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud con claves COFEPRIS-03-006-A Modalidad A para Primera Vez y COFEPRIS-03-006-B Modalidad B para Subsecuente, solicitados a través de las ventanillas del CIS o de las Entidades Federativas deberán cumplir con lo establecido en el Acuerdo de trámites. SÉPTIMA. Para el registro del profesional en el Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios se deberá contar con la siguiente información del mismo: a) Correo electrónico vigente; b) Denominación completa sin abreviaturas de la Carrera Profesional cursada por el profesional; c) Número de cédula profesional de la licenciatura, maestría o doctorado, expedida por las autoridades educativas competentes; d) Nombre completo sin abreviaturas de la Institución Educativa que expidió el Título profesional; e) Clave Única de Registro de Población del profesional, y f) Comprobante de domicilio del lugar donde prescribe el profesional que indique calle, número exterior e interior, colonia, delegación, código postal, ciudad y entidad federativa. En caso de tener una especialidad, además de lo anterior deberá proporcionar: a) Nombre completo de la especialidad; b) Nombre completo sin abreviaturas de la Institución Educativa que expidió el Título de la especialidad, y c) Número de cédula profesional de la especialidad otorgada al profesional, expedida por las autoridades educativas competentes. OCTAVA. Para solicitar vía electrónica el permiso para utilizar los recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes, el profesional deberá: I. Para el caso del trámite con homoclave COFEPRIS-03-006-A denominado “Solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad A: Primera vez”:
  • 85. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85 a) Requisitar la solicitud por medio del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios de acuerdo al manual del usuario incluido en el Anexo 1; b) Adjuntar archivo electrónico en formato PDF de la cédula profesional, que lo acredite como Médico, Homeópata, Cirujano Dentista (para casos odontológicos) o Médico Veterinario (cuando la prescripción sea para aplicarse en animales); c) Adjuntar archivo electrónico en formato PDF de su identificación oficial, y comprobante de domicilio del lugar donde prescribe el profesional, y d) Cuando se trate de Instituciones Hospitalarias, adjuntar archivo electrónico en formato PDF del escrito en original en papel membretado y firmado por el Director de la Institución, en el cual se especifique la designación del profesional responsable de la prescripción. II. Para el trámite con homoclave COFEPRIS-03-006-B denominado “Solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Modalidad B: Subsecuente”, deberá: a) Requisitar la solicitud por medio del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios de acuerdo al manual del usuario incluido en el Anexo 1. NOVENA. El profesional contará con diez días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio del llenado de la solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes, para concluir la captura de la misma y enviarla a COFEPRIS. Una vez concluido este periodo de tiempo, sin que el trámite haya sido enviado a COFEPRIS, el mismo será eliminado del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios y el profesional tendrá que iniciar nuevamente el trámite. DÉCIMA. La atención de las solicitudes vía electrónica del permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes se efectuará de conformidad con lo establecido en los Acuerdos de coordinación a que se refiere el artículo 18 de la Ley General de Salud, correspondiéndole a la autoridad sanitaria de cada entidad federativa la atención de las solicitudes que provengan de su ámbito territorial. DÉCIMA PRIMERA. Las resoluciones que emita la COFEPRIS a los trámites electrónicos citados en las presentes Reglas, serán entregadas por la misma vía. DÉCIMA SEGUNDA. La COFEPRIS o las autoridades sanitarias estatales contarán con plazo no mayor a cinco días para la resolución del trámite “COFEPRIS-03-006-A Modalidad Primera Vez” y en un plazo no mayor a un día hábil al trámite “COFEPRIS-03-006-B Modalidad Subsecuente”. Las solicitudes que no contengan los datos o no cumplan con los requisitos aplicables, serán motivo de prevención. El desahogo de la prevención se realizará por la misma vía por la que se solicitó el trámite, anexando la información y/o documentación en el tiempo indicado por la autoridad sanitaria, acompañada de un escrito bajo protesta de decir verdad en el que se señale la fecha en que el profesional recibió la prevención correspondiente. DÉCIMA TERCERA. La COFEPRIS o las autoridades sanitarias estatales le asignarán al profesional una cantidad de 200 recetas digitales foliadas con un código de barras en un formato único cuyo modelo se encuentra en el Anexo 2. DÉCIMA CUARTA. Una vez que el profesional cuente con el permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes podrá imprimir las recetas en cualquier momento. DÉCIMA QUINTA. Las recetas especiales con código de barras, autorizadas por la Secretaría a través de la COFEPRIS, para prescribir estupefacientes deberán ser requisitadas por el profesional que cuente con el permiso para utilizar ese recetario especial con código de barras para prescribir estupefacientes.
  • 86. 86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 La prescripción de estupefacientes con este recetario especial será para tratamientos no mayores de treinta días, y la cantidad máxima de unidades prescritas por día deberá ajustarse a las indicaciones terapéuticas del producto y las demás disposiciones vigentes aplicables a la prescripción. DÉCIMA SEXTA. Los recetarios especiales con código de barras autorizados por la Secretaría a través de COFEPRIS, el control en la emisión de las recetas para la prescripción de estupefacientes, así como el uso del nombre del usuario y de la contraseña electrónica otorgados por COFEPRIS para el ingreso al Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios son responsabilidad exclusiva del profesional, quien se obliga a dar el uso adecuado a los mismos. . DÉCIMA SÉPTIMA. Para la verificación de la autenticidad de las recetas especiales, los establecimientos autorizados para la venta y suministro de medicamentos estupefacientes, deberán contar con un nombre de usuario y contraseña para el uso del Portal de Servicios de la COFEPRIS en el cual podrán realizar el cotejo de la información de la receta y en su caso proceder a la venta. El mismo establecimiento retendrá la receta especial y hará el registro correspondiente en el libro de control autorizado de estupefacientes. Durante las visitas de verificación por parte de la Autoridad Sanitaria el personal responsable del establecimiento permitirá, al personal autorizado por la Secretaría cuando ésta se lo requiera, el acceso al Portal de Servicios de la COFEPRIS con su usuario y contraseña. DÉCIMA OCTAVA. La COFEPRIS en ejercicio de sus facultades de control sanitario llevará a cabo la verificación de los libros de control contra las recetas especiales para la prescripción de estupefacientes que amparen la venta de estos medicamentos. DÉCIMA NOVENA. La COFEPRIS publicará en su página de internet los Anexos 1 y 2 a los que hace referencia en las presentes Reglas. VIGÉSIMA. En caso de pérdida o robo de los recetarios especiales el profesional deberá presentar a la autoridad sanitaria a través del CIS el trámite con homoclave “COFEPRIS-03-007” denominado “Aviso de pérdida o robo de recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes”, al que deberá anexar copia simple del acta levantada ante el ministerio público de la pérdida o robo del recetario o recetas según corresponda. VIGÉSIMA PRIMERA. En todo lo no previsto en las presentes Reglas y en los Anexos 1 y 2 se estará a lo establecido en las disposiciones legales aplicables TRANSITORIOS PRIMERO.- Las presentes Reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. SEGUNDO.- Los establecimientos dedicados a la venta y suministro de estupefacientes podrán hacer uso del Portal de Servicios de la COFEPRIS solicitándolo a través de la página www.cofepris.gob.mx TERCERO.- La primer solicitud que se realice por vía electrónica se entenderá como Solicitud de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes. Con homoclave COFEPRIS-03-006-A Modalidad A: Primera vez, con independencia de haberla realizado anteriormente a través del CIS. CUARTO.- La Secretaría efectuará las modificaciones necesarias al “Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011. México, D.F., a veintiuno de septiembre de dos mil quince.- El Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Juan Carlos Gallaga Solórzano.- Rúbrica.
  • 87. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO AVISO de deslinde de un predio de presunta propiedad nacional innominado, con una superficie aproximada de 04-53-69.39 hectáreas, Municipio de Tenosique, Tab. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación en el Estado de Tabasco.- Terrenos Nacionales. AVISO DE DESLINDE, DEL PREDIO PRESUNTO NACIONAL DENOMINADO INNOMINADO, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TENOSIQUE, ESTADO DE TABASCO. LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL, DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO NUMERO 02131, DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2015, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL PARA QUE SE COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO NUMERO 2328, DE FECHA 18 DE JUNIO DE 2015, ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA; 104, 105 Y 106 DEL REGLAMENTO DE LA MISMA, EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTO NACIONAL DENOMINADO INNOMINADO, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 04-53-69.39 HECTAREAS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TENOSIQUE, ESTADO DE TABASCO, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE: EJIDO CRISOFORO CHIÑAS AL SUR EN VERTICE AL ESTE: ZONA FEDERAL DEL ARROYO POLEVA AL OESTE ZONA FEDERAL DEL RIO USUMACINTA POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA MISMA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA PUBLICARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL, ASI COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PLAZO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN LA AVENIDA 27 DE FEBRERO No. 2212, COL. ATASTA DE SERRA, DE ESTA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, ESTADO DE TABASCO. A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO O QUE HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA COMO CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDO EL PRESENTE EN VILLAHERMOSA, TABASCO, EL DIA 24 DE JUNIO DE 2015. Atentamente El Perito Deslindador, José Alonso Flores González.- Rúbrica.
  • 88. 88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado La Alfalfera, con una superficie aproximada de 06-61-84.926 hectáreas, Municipio de San Agustín Etla, Oax. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Oaxaca. AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO DE PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “LA ALFALFERA”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTIN ETLA, ESTADO DE OAXACA. LA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO NUMERO REF. II-210-DGPR-DGARPR-DIA-32807, DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2014, CON FOLIO NUMERO 21861, AUTORIZO A LA DELEGACION ESTATAL EN OAXACA PARA QUE COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO NUMERO DO/SO/010/2015, DE FECHA 5 DE ENERO DEL AÑO 2015, ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICION DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO “LA ALFALFERA”, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 06-61-84.926 HAS., UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTIN ETLA, ESTADO DE OAXACA, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE: PEQUEÑAS PROPIEDADES DE SAN AGUSTIN ETLA, Y CALLE PROFIRIO DIAZ DE POR MEDIO. AL SUR: SUCESORES DE LA PROPIEDAD DE MARIANO DAVILA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES, ESCUELA PRIMARIA “BENITO JUAREZ”, DE SAN AGUSTIN ETLA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES DE LA EX HACIENDA DE HILADOS Y TEJIDOS DE SAN JOSE ETLA, CON CALLE 5 DE FEBRERO DE POR MEDIO. AL ESTE: CAMINO VECINAL, PEQUEÑAS PROPIEDADES, RIO GRANDE SAN AGUSTIN ETLA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES DEL MISMO POBLADO. AL OESTE: TANQUE LARGO DE AGUA DE SAN AGUSTIN ETLA Y PEQUEÑAS PROPIEDADES DEL MISMO POBLADO. POR LO QUE EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERA PUBLICARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL PERIODICO OFICIAL DE LA FEDERACION, EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, EN EL PERIODICO DE INFORMACION LOCAL DE MAYOR CIRCULACION, ASI COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MAS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS DE MEDICION Y DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DIAS HABILES, A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASI COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACION ESTATAL CON DOMICILIO EN AVENIDA INDEPENDENCIA NUMERO 1608, COLONIA CENTRO EN OAXACA DE JUAREZ, OAXACA. A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE, NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRA POR CONFORMES CON LOS RESULTADOS, EMITIENDOSE EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUAREZ, OAXACA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE. Atentamente El Perito Deslindador, Hipólito Gazga Ordonio.- Rúbrica.
  • 89. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89 PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA AVISO mediante el cual se informa de la publicación en la Normateca Interna de Pronósticos para la Asistencia Pública del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía de Pronósticos para la Asistencia Pública. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Pronósticos para la Asistencia Pública. AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA NORMATECA INTERNA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA DENOMINACIÓN DE LA NORMA: MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA EMISOR: PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA. FECHA DE LA EMISIÓN: 25 DE JUNIO DE 2014. MATERIA CORRESPONDIENTE: RECURSOS MATERIALES. LUGAR DE PUBLICACIÓN: NORMATECA INTERNA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA. FUNDAMENTO JURÍDICO POR EL QUE SE PUBLICA LA NORMA: "ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A ABSTENERSE DE EMITIR REGULACIÓN EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN". ARTÍCULO 2, FRACCIÓN II, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 10 DE AGOSTO DE 2010. "ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A ABSTENERSE DE EMITIR REGULACIÓN EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN PUBLICADO EL 10 DE AGOSTO DE 2010" MISMO QUE FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE AGOSTO DE 2012. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA NORMA RESPECTIVA: NORMATIVIDAD INTERNA. FIRMA DE AUTORIZACIÓN: LIC. JOSÉ MANUEL PABLO RENDÓN DE LA MATA, SUBDIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.- RÚBRICA. CERTIFICA EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA, LA APROBACIÓN DEL “AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA NORMATECA INTERNA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA, EL MANUAL DE INTEGRACIÓN PARA USO EFICIENTE DE ENERGÍA DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA”, APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA, CELEBRADA EL DÍA 12 DE MARZO DE 2015. México, D.F., a 29 de septiembre de 2015.- El Subdirector General de Administración y Finanzas y Presidente del Comité de Mejora Regulatoria Interna, José Manuel Pablo Rendón de la Mata.- Rúbrica. (R.- 420426)
  • 90. 90 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $16.5848 M.N. (dieciséis pesos con cinco mil ochocientos cuarenta y ocho diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, México, D.F., a 13 de octubre de 2015.- BANCO DE MÉXICO: La Gerente de Disposiciones al Sistema Financiero, Fabiola Andrea Tinoco Hernández.- Rúbrica.- El Director General de Operaciones de Banca Central, Jaime José Cortina Morfín.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 3.3050 y 3.3125 por ciento, respectivamente. Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por las siguientes instituciones de banca múltiple: BBVA Bancomer, S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Inbursa S.A., Banco Interacciones S.A., Banco J.P. Morgan S.A., Banco Azteca S.A. y ScotiaBank Inverlat, S.A. México, D.F., a 13 de octubre de 2015.- BANCO DE MÉXICO: La Gerente de Disposiciones al Sistema Financiero, Fabiola Andrea Tinoco Hernández.- Rúbrica.- El Director General de Operaciones de Banca Central, Jaime José Cortina Morfín.- Rúbrica.
  • 91. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 91 INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES AVISO mediante el cual se informa de la publicación en la página Web del Instituto Federal de Telecomunicaciones de los Lineamientos en materia de organización y conservación de archivos del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones. AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE ARCHIVOS DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES CONSIDERANDO Que los artículos 35 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 80 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones establecen que en el ejercicio de sus atribuciones, la entonces Contraloría Interna del Instituto, actualmente Órgano Interno de Control de conformidad a la reforma constitucional al artículo 28, publicada el 27 de mayo de 2015, es un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión que implica, no depender de criterios de comportamiento de otros órganos u organismos. Por ello, resulta indispensable adecuar y emitir acuerdos, circulares, manuales, lineamientos y demás normas para conducir su actuación, respetando en todo momento, el cumplimiento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del orden legal, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE ARCHIVOS DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Disposición: LINEAMIENTOS en materia de organización y conservación de archivos del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Objetivo: Establecer las disposiciones que permitan la organización y conservación de los documentos de archivo en posesión del Órgano Interno de Control. Fecha de emisión: 2 de octubre de 2015. Medio de consulta: Página web institucional: http://www.ift.org.mx Inicio>Transparencia>Órgano Interno de Control>Marco Normativo México, Distrito Federal, a dos de octubre de dos mil quince.- El presente Aviso fue aprobado y firmado en suplencia por ausencia del Titular del Órgano Interno de Control en su orden, por el licenciado Enrique Ruíz Martínez, Director de Responsabilidades y Quejas, en ejercicio de las atribuciones previstas para el Director General de Responsabilidades y Quejas, con fundamento en los artículos 82, primer párrafo, 88 en correlación con lo señalado en el Noveno Transitorio del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el cuatro de septiembre de dos mil catorce, en concordancia con la reforma Constitucional al 28 párrafo vigésimo, fracción XII, publicada en el DOF el veintisiete de mayo de dos mil quince.- Rúbrica. (R.- 420469) AVISO AL PUBLICO Las cuotas por suscripción semestral y venta de ejemplares del Diario Oficial de la Federación son las siguientes: Suscripción semestral al público: $1,298.00 Ejemplar de una sección del día: $13.00 El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. ATENTAMENTE DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
  • 92. 92 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION ACUERDO por el que se reforman los artículos 24 y 25, así como el Anexo 1. Personal Operativo y el Anexo 6 Límites de percepción ordinaria total en el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (netos mensuales) (pesos), del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.- México. ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 24 Y 25, ASÍ COMO EL “ANEXO 1. PERSONAL OPERATIVO” Y EL “ANEXO 6 LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (NETOS MENSUALES) (PESOS)”, DEL MANUAL QUE REGULA LAS PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 La Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3o., fracción IX, y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 24, 38, fracciones I, XVII y XXII; 44, fracción VI de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; 3o., 5o., fracción I y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 32 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015; 4 y 15 del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015, y CONSIDERANDO Que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en su carácter de organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio con plena autonomía técnica, de gestión, presupuestaria y para determinar su organización interna; de conformidad con el artículo 5, fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en cumplimiento al artículo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicó en el Diario Oficial de la Federación con fecha 27 de febrero de 2015, el Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015. Que de conformidad con los artículos 4 y 15 del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015, corresponde a la Junta de Gobierno aprobar o modificar disposiciones que regulen en forma complementaria las percepciones ordinarias y, en su caso, las extraordinarias; asimismo le corresponde aprobar y emitir los tabuladores de sueldos y salarios aplicables a los servidores públicos de mando, enlace y operativos, así como las modificaciones a éstos. Que por acuerdo tomado en la Novena Sesión Ordinaria, de fecha 24 de septiembre de 2015, la Junta de Gobierno aprobó el incremento salarial del personal del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como la modificación de los artículos 24, 25 y los “Anexos 1. PERSONAL OPERATIVO” y “Anexo 6. LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN”, del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015. Por lo antes expuesto, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, expide el siguiente acuerdo: Acuerdo por el que se reforman los artículos 24 y 25, así como el “ANEXO 1. PERSONAL OPERATIVO” y el “ANEXO 6 LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (NETOS MENSUALES) (pesos)”, del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015, para quedar en los siguientes términos: Artículo 24.- La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 465 pesos mensuales al personal operativo, de enlace y de mando. Artículo 25.- En el caso de las prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos: I. Previsión social múltiple; por un importe mensual de 415 pesos, II. Ayuda de servicios; por un importe mensual de 385 pesos, III. Ayuda de transporte; por un importe mensual de 300 pesos, y IV. Compensación por desarrollo y capacitación; por un importe mensual de 1,300 pesos. Este concepto forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de los trabajadores y las aportaciones del Instituto a favor del ISSSTE. Estos conceptos se otorgarán en efectivo o transferencia electrónica, en forma quincenal, a través del pago de nómina.
  • 93. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 93 ANEXO 1. PERSONAL OPERATIVO TABULADOR DE PERCEPCIONES BRUTAS MENSUALES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS CONSIDERADOS COMO PERSONAL OPERATIVO DEL INEE, DEL EJERCICIO FISCAL 2015 NIVEL Zona Económica II Zona Económica III SUELDO BASE BRUTO (PESOS) COMPENSACIÓN GARANTIZADA BRUTA (PESOS) PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA (PESOS) SUELDO BASE BRUTO (PESOS) COMPENSACIÓN GARANTIZADA BRUTA (PESOS) PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA (PESOS) 11 7,545.00 2,135.00 9,680.00 7,900.00 2,220.00 10,120.00 10 7,520.00 2,085.00 9,605.00 7,890.00 2,210.00 10,100.00 9 7,245.00 2,020.00 9,265.00 7,595.00 2,120.00 9,715.00 ANEXO 6 LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (NETOS MENSUALES) (pesos)* Tipo de personal Sueldos y salarios Prestaciones Percepción Ordinaria Total Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo CONSEJERO PRESIDENTE 0 138,719 0 52,716 0 191,435 CONSEJERO 0 131,959 0 50,971 0 182,930 TITULAR DE UNIDAD 0 103,315 0 42,561 0 145,876 COORDINADOR 0 94,687 0 38,969 0 133,656 DIRECTOR GENERAL 0 85,578 0 34,916 0 120,494 DIRECTOR GENERAL ADJUNTO 63,282 81,564 21,328 27,574 84,610 109,138 DIRECTOR DE ÁREA 32,162 69,530 13,621 23,388 45,783 92,918 SUBDIRECTOR DE ÁREA 27,155 35,649 9,233 14,734 36,388 50,383 JEFE DE DEPARTAMENTO U HOMÓLOGO 12,446 23,185 7,163 10,555 19,609 33,740 PERSONAL DE ENLACE 12,353 14,761 5,350 7,610 17,703 22,371 PERSONAL OPERATIVO 8,360 9,061 6,703 7,586 15,063 16,647 * La percepción ordinaria incluye todos los ingresos que reciben los servidores públicos por Sueldos y Salarios, y por Prestaciones, independientemente de que se reciba en forma periódica o en fechas definidas. Los montos netos mensuales corresponden a la cantidad que perciben los servidores públicos, una vez aplicadas las disposiciones fiscales. Los montos indicados no incluyen el apoyo económico para adquisición y/o mantenimiento de vehículo que se otorga a los servidores públicos que ocupan un puesto comprendido en los grupos jerárquicos K al H o equivalente del Tabulador de sueldos y salarios y a lo establecido en el Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015. Los rangos de las remuneraciones del personal operativo y de categorías, varían conforme a lo señalado en el Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015. TRANSITORIOS Único. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a veinticuatro de septiembre de dos mil quince.- Así lo aprobó la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en la Novena Sesión Ordinaria de dos mil quince, celebrada el veinticuatro de septiembre de dos mil quince. Acuerdo número SOJG/9-15/05,R. La Consejera Presidenta, Sylvia Irene Schmelkes del Valle.- Rúbrica.- Los Consejeros: Eduardo Backhoff Escudero, Teresa Bracho González, Margarita María Zorrilla Fierro.- Rúbricas.- El Director General de Asuntos Jurídicos, Agustín Eduardo Carrillo Suárez.- Rúbrica.
  • 94. 94 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 INDICE PRIMERA SECCION PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES Saldos en moneda nacional al 30 de septiembre de 2015 del fideicomiso en el que la Cámara de Senadores participa como fideicomitente ......................................................................................... 2 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Redimidos Palabra de Fe Nogales, para constituirse en asociación religiosa ................................................................. 3 Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Visión del Reino, para constituirse en asociación religiosa .......................................................................................... 4 Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Elyon, para constituirse en asociación religiosa .......................................................................................... 5 Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana del Norte para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. .................. 6 Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Águilas para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. .......................... 7 Extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerio Profético Levántate y Resplandece de Tabasco, para constituirse en asociación religiosa ............................................. 8 Extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana Nueva Esperanza para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Cristiana Mexicana, A.R. .................................................................................................................. 9 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Modificaciones a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro ............................................................................................ 10 SECRETARIA DE ECONOMIA Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía ................................................................................................................... 13 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad ............................................................... 17
  • 95. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95 Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Nuevo León, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad .......................................................... 24 Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán, para la construcción y modernización de caminos rurales y carreteras alimentadoras en la entidad ............................................................... 30 SECRETARIA DE SALUD Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para el control del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria ................... 36 Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave ............................................... 38 Reglas generales para la tramitación electrónica de permisos para el uso de recetarios especiales con código de barras para medicamentos de la fracción I del artículo 226 de la Ley General de Salud ................................................................................................................................................ 82 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Aviso de deslinde de un predio de presunta propiedad nacional innominado, con una superficie aproximada de 04-53-69.39 hectáreas, Municipio de Tenosique, Tab. ............................................ 87 Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado La Alfalfera, con una superficie aproximada de 06-61-84.926 hectáreas, Municipio de San Agustín Etla, Oax. ............... 88 PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA Aviso mediante el cual se informa de la publicación en la Normateca Interna de Pronósticos para la Asistencia Pública del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía de Pronósticos para la Asistencia Pública ................................................... 89 ______________________________ BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana ......................................................................................................................... 90 Tasas de interés interbancarias de equilibrio ................................................................................... 90 INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Aviso mediante el cual se informa de la publicación en la página Web del Instituto Federal de Telecomunicaciones de los Lineamientos en materia de organización y conservación de archivos del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones ................................... 91
  • 96. 96 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION Acuerdo por el que se reforman los artículos 24 y 25, así como el Anexo 1. Personal Operativo y el Anexo 6 Límites de percepción ordinaria total en el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (netos mensuales) (pesos), del Manual que regula las percepciones de los servidores públicos del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para el ejercicio fiscal 2015 ..... 92 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Acuerdo por el que se modifican diversos numerales y el artículo primero transitorio de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible ........................................................................ 1 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, Región Hidrológico-Administrativa Noroeste ................................................................................................ 3 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte ............................................................................................. 10 Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte ................................................................................ 19 ______________________________ AVISOS Judiciales y generales ...................................................................................................................... 29 Convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. (Continúa en la Tercera y Cuarta Secciones) ............................... 59 __________________ ● __________________ DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx Impreso en Talleres Gráficos de México-México *141015-25.00* Esta edición consta de cuatro secciones
  • 97. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ACUERDO por el que se modifican diversos numerales y el artículo primero transitorio de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CUAUHTÉMOC OCHOA FERNÁNDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32 Bis fracciones IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracciones V y XII, 6, 7 fracciones III y XIII, 8 fracciones III y XII, 9, 36 fracciones I y II, 110, 111 fracción IX, 112 y 113 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 7 fracción X y XIII de su Reglamento en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera; 38 fracción II, 40 fracciones X y XIII y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 8, fracciones III del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO Que en términos de lo dispuesto por los párrafos segundo y tercero del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las dependencias competentes pueden llevar a cabo la modificación de las normas oficiales mexicanas sin seguir el procedimiento para su elaboración, siempre que no se creen nuevos requisitos o procedimientos, o bien se incorporen especificaciones más estrictas. Que con fecha 10 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible. Que todos los productos a importarse deben cumplir con las mismas regulaciones que cumplen productos similares en nuestro país, por lo que de conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-41-SEMARNAT-2015 tratándose de vehículos a importarse a territorio nacional se deberá demostrar, mediante certificados emitidos por unidades de verificación acreditadas y aprobadas, que las emisiones a la atmosfera se encuentran dentro de los límites permitidos por las regulaciones aplicables. Que es necesario establecer un mecanismo transitorio para que en breve término se establezcan y acrediten unidades de verificación en el extranjero para que presenten el servicio de evaluación de la conformidad, mediante el cual constatarán que los vehículos a importase cumplan con los límites establecidos en la referida Norma Oficial Mexicana. Que el mecanismo transitorio brinda una opción temporal para demostrar el cumplimiento de las condiciones de emisiones de gases contaminantes a la atmosfera, en tanto se establecen las unidades de verificación encargadas de la evaluación de la conformidad de la referida Norma Oficial Mexicana. Que la Modificación se sometió al proceso de mejora regulatoria previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, acreditando que dicha modificación no genera costos adicionales, y que se apega a lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, obteniéndose la exención de Manifestación de Impacto Regulatorio por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria con fecha 7 de octubre de 2015. Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS NUMERALES Y EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-041-SEMARNAT-2015, QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES PROVENIENTES DEL ESCAPE DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN CIRCULACIÓN QUE USAN GASOLINA COMO COMBUSTIBLE Artículo 1. Se modifica el numeral 5.2.1 y se derogan los numerales 5.2.2 y 5.2.3, para quedar como sigue: 5.2 ... 5.2.1 El vehículo de procedencia extranjera que se pretenda importar en definitiva al país deberá demostrar el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana en términos de lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para lo cual deberá presentar el certificado emitido por las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas.
  • 98. 2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 5.2.2 Derogado. 5.2.3 Derogado. Artículo 2. Se modifica el numerales 8.1, para quedar como sigue: 8. … 8.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana corresponde al Gobierno Federal y a los gobiernos de las Entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas atribuciones. Artículo 3.- Se modifica el transitorio primero de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2015 para quedar como sigue: Primero.- La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Para efectos del cumplimiento del numeral 5.2.1. de la presente Norma Oficial Mexicana, en tanto la Dirección General de Normas de la Secretaría Economía emita el aviso mediante el cual dé a conocer las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la evaluación de la conformidad de esta Norma; para el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana en el punto de entrada al país se aceptarán los documentos (certificados, constancias), donde consten los resultados aprobatorios de las pruebas ejecutadas en los Estados Unidos de América, conforme a la regulación aplicable en materia de emisiones de gases contaminantes a la atmosfera. Dichos documentos se reconocerán como válidos conforme a lo establecido en el presente artículo, siempre que su fecha de expedición sea, como máximo, de seis meses anteriores a la fecha en que se lleve a cabo el trámite de importación de los vehículos al país. La autenticidad de los documentos señalados en los párrafos anteriores, se verificará por los agentes aduanales en el punto de entrada que realicen las operaciones de importación definitiva de vehículos, a través de las bases de datos o fuentes de información de las autoridades ambientales de cualquiera de los Estados que conforman los Estados Unidos de América, o bien, de las bases de datos particulares, que se encuentren disponibles electrónicamente para consulta. La exhibición del documento correspondiente deberá ser en original y no requerirá ninguna formalidad adicional como certificaciones ante notarios públicos, apostillas o traducciones al español, excepto en el caso de que el documento que compruebe los resultados aprobatorios de las pruebas ambientales de emisiones de gases contaminantes a la atmosfera, esté en un idioma distinto del inglés. En caso de que no sea posible comprobar la autenticidad de los documentos a que se refiere el presente Acuerdo se procederá conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en materia aduanera. Las Unidades de Verificación, a que se refiere el párrafo segundo del presente artículo, transmitirán, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, los certificados de cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana. La Secretaría de Economía conjuntamente con la Secretaría Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la Convocatoria que se establezca para obtener la acreditación y aprobación para operar como Unidad de Verificación a efecto de que evalúen la conformidad de esta Norma Oficial Mexicana, establecerán los términos en los que las unidades de verificación emitirán los certificados de cumplimiento de la presente norma oficial mexicana. Lo dispuesto en el presente Acuerdo sólo será aplicable respecto a los vehículos que se encuentren en el ámbito de aplicación de la presente Norma Oficial Mexicana, independientemente de su lugar de origen, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en las disposiciones aplicables y de las facultades de las autoridades federales, locales y municipales en materia ambiental, aduanera o de transporte. TRANSITORIO ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de octubre de dos mil quince.- El Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Cuauhtémoc Ochoa Fernández.- Rúbrica.
  • 99. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, Región Hidrológico-Administrativa Noroeste. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y, 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico se le asignó el nombre oficial de Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora; Que el 8 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 44 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Ónavas, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 3.224379 millones de metros cúbicos anuales; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 3.212379 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, obteniéndose un valor de 3.212379 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
  • 100. 4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Que en el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente aumento de los costos de extracción e inutilización de pozos, así como el deterioro de la calidad del agua, que hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona e impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios, a través del Consejo de Cuenca de los Ríos Yaqui y Mátape, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuadragésima séptima reunión de trabajo de su Grupo de Seguimiento y Evaluación, realizada el 18 de febrero de 2014, en Ciudad Obregón, en el Estado de Sonora, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO ÓNAVAS, CLAVE 2647, EN EL ESTADO DE SONORA, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE ARTÍCULO ÚNICO. Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Ónavas, clave 2647, ubicado en el Estado de Sonora, en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Ónavas, clave 2647, se localiza al centro oriental del Estado de Sonora, cubre una superficie de 1,405 kilómetros cuadrados y comprende parcialmente a los municipios de Bacanora, Soyopa, Ónavas, San Javier, Suaqui Grande, Cajeme, Rosario de Tesopaco y Yécora. Administrativamente corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Noroeste. Los límites del acuífero Ónavas, clave 2647, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 28 de agosto de 2009. ACUÍFERO 2647 ÓNAVAS VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 109 19 44.6 28 37 38.6 2 109 19 53.9 28 30 37.6 3 109 27 22 28 29 5.8 4 109 26 6.7 28 23 42.9 5 109 36 30.4 28 20 47.4
  • 101. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5 6 109 39 9.2 28 20 14.5 7 109 44 27.7 28 23 2.1 8 109 43 59.3 28 28 40.5 9 109 39 55.8 28 32 2.3 10 109 43 53.6 28 41 31.9 11 109 36 5.4 28 42 39.3 12 109 32 7.8 28 45 43.7 13 109 29 42.4 28 50 45.2 14 109 25 29.8 28 47 51 1 109 19 44.6 28 37 38.6 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con los censos y conteos de población y vivienda, realizados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población total que habitaba en la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, en el año 2005, era de 902 habitantes y en el año 2010, era de 960 habitantes, distribuidos en 17 localidades rurales, destacando la localidad de Ónavas, con 361 habitantes; Tónichi, con 288 habitantes y San Antonio de la Huerta, con 210 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, fue del 6.4 por ciento en el periodo comprendido del año 2005 al 2010. Las principales actividades económicas en el acuífero son agricultura, minería y ganadería. En el sector agrícola, los principales cultivos son trigo, maíz, frijol, ajonjolí, hortalizas y forraje para el ganado, como sorgo, alfalfa, entre otros. Recientemente, en el área se ha desarrollado una importante actividad de exploración minera, que, en caso de que diera lugar a explotaciones mineras, generaría un incremento importante en la demanda de agua. La actividad ganadera se caracteriza por la producción de ganado bovino, equino y otros en menor proporción. 3. MARCO FÍSICO 3.1. Climatología En la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, predomina el clima semiárido-árido-cálido, con lluvias todo el año. De la información de las estaciones climatológicas localizada en la zona de influencia del acuífero, y de acuerdo al método de Thiessen, la temperatura media anual es de 23.8 grados centígrados, la precipitación media anual es de 615.3 milímetros, la evaporación potencial media anual es de 2,660 milímetros y la evapotranspiración real es de 594.4 milímetros, calculada como el resultado de la fórmula de Turc. 3.2. Fisiografía y geomorfología El acuífero Ónavas, clave 2647, se encuentra localizado en la Provincia Fisiográfica Sierra Madre Occidental, en la Subprovincia Sierras y Valles. Se caracteriza por ser una región de sierras alargadas y angostas, a las que pertenecen las sierras El Aliso y El Encinal, orientadas en dirección noroeste-sureste, surcados por profundas y estrechas barrancas juveniles, que denotan la primera etapa de madurez en el ciclo de erosión fluvial. Estas sierras están separadas por amplios valles intermontanos, rellenos por material producto de la erosión de las rocas preexistentes. En la superficie del acuífero Ónavas, clave 2647, se identificaron las siguientes unidades geomorfológicas: ladera montañosa alta de pendiente inestable, y metaestable, ladera montañosa baja de pendiente metaestable, lomerío de pendiente estable y metaestable, piedemonte de pendiente estable, planicie aluvial, planicie aluvial divergente superior y planicie con actividad antrópica. 3.3. Geología Dentro del acuífero Ónavas y áreas aledañas se presenta el afloramiento de unidades estratigráficas que varían en edad desde el Paleozoico al Reciente, representadas por rocas intrusivas, metamórficas, volcanosedimentarias, sedimentarias y volcánicas. El Paleozoico Inferior está representado por lutitas, calizas y areniscas con graptolitos y bandas de pedernal con radiolarios. El Paleozoico Superior, está representado por calizas masivas, areniscas, limolitas y lutitas, con abundante contenido fosilífero de briozarios, pelecípodos y crinoides.
  • 102. 6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 El Triásico-Jurásico está representado por el Grupo Barranca, constituido de areniscas, lodolitas carbonáceas con areniscas y conglomerados. Durante el Cretácico Superior se emplazó la Formación Tarahumara, que consiste de andesitas, aglomerados, tobas andesíticas, con algunos horizontes de areniscas, lutitas, calizas y lavas como traquitas, traquiandesitas y dacitas que constituyen secuencias volcánicas y volcanosedimentarias que en conjunto conforman el Complejo Volcánico Inferior de la Sierra Madre Occidental, que se encuentra fuertemente alterado y fracturado, por lo que en superficie constituye zonas de recarga. El Batolito Laramide, está conformado por intrusivos porfídicos de composición granítica, asociados con la transgresión del arco magmático de la costa hacia el interior, del Cretácico Tardío al Eoceno Tardío. En el área los principales afloramientos de estas rocas se encuentran en la porción central en una franja orientada norte–sur, así como al este de Tonichi y San Antonio de la Huerta, en la región de Suaqui Grande, La Dura, El Realito y El Encinal. Localmente constituye acuíferos de bajo rendimiento, en su capa superficial alterada y fracturada. La secuencia volcánica ácida constituida por tobas riolíticas, ignimbritas, riolitas, aglomerados, riodacitas y pequeños domos de composición riolítica, que forman largas mesetas de orientación noroeste-sureste y formadas por el evento volcánico oligo-mioceno que dio lugar a la formación de la Sierra Madre Occidental. Esta unidad constituye zonas de recarga y localmente forma acuíferos de bajo rendimiento. La Formación Baúcarit del Mioceno Medio, está constituida por conglomerados polimícitcos y areniscas, intercaladas con basaltos de baja permeabilidad a impermeable. Durante el Pleistoceno se depositaron en ambientes continentales, conglomerados polimícticos mal consolidados, limos y arenas, producto de la erosión de las rocas preexistentes. En el Holoceno, se depositaron sobre las rocas preexistentes materiales de tipo aluvial como gravas, arenas y limos, en forma de abanicos aluviales y fluviales a lo largo del Río Yaqui, de los arroyos, así como su planicie de inundación. Estos depósitos no están consolidados, carecen de cementante y su permeabilidad varía según los porcentajes de arcilla presente, siendo en general de permeabilidad alta y reducido espesor en el área. La sucesión de sierras alargadas afectadas por grandes fallas regionales de rumbo preferencial noroeste-sureste y truncados por fallas de orientación noreste-suroeste es la principal característica del área, esto se atribuye al último régimen distensivo del Terciario. Existe plegamiento en la secuencia vulcanosedimentaria del Cretácico Superior, producto de la deformación laramídica. De igual manera se presentan cabalgaduras de las secuencias paleozoicas sobre las rocas sedimentarias del Cretácico Inferior. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Ónavas, clave 2647, se ubica en la Región Hidrológica Número 9 Sonora Sur, en la cuenca del Río Yaqui. El área queda comprendida en la vertiente del Pacífico, en la que desemboca el Río Yaqui procedente de Soyopa y, prosigue hacia los municipios de Ónavas y Suaqui Grande, a los que sirve de límite, para posteriormente internarse en Cajeme. En general el drenaje es del tipo subparalelo y en algunas regiones rectangular, característico de rocas ígneas extrusivas, y radial donde afloran rocas ígneas extrusivas e intrusivas. Se observa en diferentes porciones del acuífero un marcado control estructural del drenaje a través de fallas y fracturas con orientación noroeste-sureste y noreste-suroeste. El acuífero Ónavas, clave 2647, tiene forma irregular, con un alargamiento en dirección noreste-suroeste, sus corrientes superficiales son efímeras y estacionales; en periodo de estiaje no existe flujo en los arroyos, mientras que en el Río Yaqui existe un escurrimiento prácticamente continuo debido a la descarga de aguas vertidas por la Presa El Novillo. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1. El acuífero El acuífero Ónavas, clave 2647, es de tipo libre, se encuentra constituido, en su parte superior, por depósitos granulares no consolidados de origen aluvial, constituidos por arenas, intercaladas con limos y arcillas, así como conglomerados, cuyo espesor varía de 30 a 50 metros; en su parte inferior está constituido por rocas volcánicas fracturadas. La principal fuente de recarga al acuífero es la infiltración fluvial y el agua de lluvia que se infiltra en las zonas topográficamente altas como son las sierras El Encinal, ubicada al noreste, El Cordón Blanco al este, El Aliso y La Campanería al norte y El Dátil al sureste. En menor proporción, por infiltración vertical del agua de lluvia que se precipita en el valle. El flujo subterráneo tiene una dirección preferencial norte-sur, que coincide con el escurrimiento del Río Yaqui.
  • 103. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 7 Este acuífero aluvial constituye una de las principales fuentes de abastecimiento para uso público-urbano de los poblados de Ónavas y Tonichi y demás poblaciones de la zona; en una menor proporción, se destina el agua subterránea al uso agrícola, que es principalmente para pastizal del ganado. 5.2. Niveles de agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. Para el año 2013, la profundidad al nivel de saturación, medida desde la superficie del terreno, en el acuífero Ónavas, clave 2647, en 23 aprovechamientos, variaba de 2 a 20 metros, aumentando gradualmente a lo largo del cauce de los ríos, conforme se asciende topográficamente. La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar en el año 2013, variaba de 150 a 540 metros sobre el nivel del mar. Para el periodo 2011-2013, la evolución media anual fue de -1 metro, mientras que en zonas localizadas alcanzó abatimientos de hasta 6 metros. 5.3. Extracción del agua subterránea y su distribución por usos De acuerdo al censo realizado por la Comisión Nacional del Agua en el año 2008, en el acuífero Ónavas, clave 2647, existían un total 45 captaciones del agua subterránea, de las cuales 10 corresponden a pozos, 33 a norias y 2 manantiales. Del total de obras, 35 están activas y 10 inactivas. Del total de aprovechamientos activos, 24 se destinan a uso pecuario, 5 al uso agrícola, 5 al abastecimiento de agua potable y 1 para uso doméstico. El volumen de extracción conjunto se estimó en 1.9 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales 1.5 millones de metros anuales, que representan el 79 por ciento se destinan para uso agrícola; 0.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al 10.5 por ciento, se destinan al uso público urbano y 0.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al 10.5 por ciento, se destinan para usos pecuario y doméstico. 5.4. Calidad del agua subterránea En general, en la mayor parte del acuífero Ónavas, clave 2647, se tomaron muestras de agua en 38 aprovechamientos de aguas subterráneas para su análisis físico-químico correspondiente, 31 norias, 5 pozos y 2 manantiales. Las determinaciones incluyeron iones mayores, temperatura, conductividad eléctrica, potencial hidrógeno, potencial de óxido-reducción, oxígeno disuelto, dureza total, y sólidos totales disueltos. La familia de agua que predomina es bicarbonatada-cálcica que representa agua de reciente infiltración, con tiempos cortos de residencia. Las concentraciones de sólidos totales disueltos no superan los 1,000 miligramos por litro, por lo que el agua es de baja salinidad. Sin embargo, hacia las localidades de El Potrero de Flores y Rancho La Nopalera, se han identificado fuentes puntuales de contaminación, posiblemente asociadas a la descarga de aguas residuales. 5.5 Balance de agua subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Ónavas, clave 2647, es de 6.1 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 3.3 millones de metros cúbicos anuales de entradas por flujo subterráneo horizontal, 2.5 millones de metros cúbicos anuales por recarga vertical por lluvia y 0.3 millones de metros cúbicos anuales por recarga inducida por retornos de riego. La descarga total del acuífero es de 6.1 millones de metros cúbicos anuales; la cual está integrada por 1.9 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero mediante pozos y norias, 1.7 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas, y 2.5 millones de metros cúbicos anuales por evapotranspiración. El cambio de almacenamiento se considera nulo. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Ónavas, clave 2647, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Ónavas, clave 2647, se determinó considerando una recarga media anual de 6.1 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 2.5 millones de metros cúbicos anuales; y el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 0.387621 millones de metros cúbicos anuales, resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 3.212379 millones de metros cúbicos anuales.
  • 104. 8 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA NOROESTE CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 2647 ÓNAVAS 6.1 2.5 0.387621 1.9 3.212379 0.000000 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero Ónavas, clave 2647. El máximo volumen que puede extraerse del acuífero Ónavas, clave 2647, para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 3.6 millones de metros cúbicos, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida. 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Actualmente, en el acuífero Ónavas, clave 2647, en el Estado de Sonora, se encuentra vigente el siguiente instrumento jurídico: a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Ónavas, clave 2647, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura y la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1. Escasez natural de agua El acuífero Ónavas, clave 2647, está ubicado en una región con clima semicálido-árido, en la que se presenta una precipitación media anual de 615 milímetros y una elevada evaporación potencial media anual de 2,660 milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que el escurrimiento y la infiltración son reducidos. Dicha circunstancia, además de la creciente demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región, y de la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Ónavas, clave 2647, podrían generar competencia por el recurso entre los diferentes usos, implicando el riesgo de que se generen los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2. Riesgo de sobreexplotación A pesar de que la población actual en la superficie del acuífero es muy reducida, y por tanto la extracción de agua subterránea es incipiente, la cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza. El incremento de la demanda de agua subterránea, principalmente por parte de las empresas mineras, podría generar presión sobre el recurso hídrico, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría notoriamente, la disponibilidad del acuífero se vería comprometida y correría el riesgo de sobreexplotarse a corto plazo. En caso de que en el futuro el crecimiento de la población y el desarrollo de las actividades productivas de la región demanden un volumen mayor de agua subterránea al que recibe como recarga media anual, existe el riesgo potencial de sobreexplotar el acuífero. Actualmente, aun con la existencia del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando del presente, en el acuífero Ónavas, clave 2647, ya se presenta una tendencia hacia el abatimiento del nivel del agua subterránea, por lo que existe el riesgo de que el incremento de la demanda de agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos y norias, el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero del desequilibrio hídrico y deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
  • 105. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 9 9. CONCLUSIONES • En el acuífero Ónavas, clave 2647, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas limitada para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental y prevenir la sobreexplotación del acuífero. • El acuífero Ónavas, clave 2647, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando del presente; • Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva; sin embargo, persiste el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los manantiales y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. • El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Ónavas, clave 2647. • De los resultados expuestos, en el acuífero Ónavas, clave 2647, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su extracción, explotación, uso o aprovechamiento; al restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales del subsuelo, así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Ónavas, clave 2647, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. • El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los asignatarios y concesionarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES • Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Ónavas, clave 2647, y que en dicho acuífero, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. • Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Ónavas, clave 2647, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su nivel nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, código postal 04340, y en el Organismo de Cuenca Noroeste, en Calle Comonfort y Boulevard Cultura, piso 3 Edificio México, Colonia Villa de Seris, Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, Código Postal 83280. México, Distrito Federal, a los 30 días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 106. 10 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico, se le asignó el nombre oficial de Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo; Que el 25 de enero de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 50 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas administrativas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 9.500000 millones de metros cúbicos; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 9.500000 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 9.500000 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014; Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana, NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación;
  • 107. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 11 Que en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, se encuentra vigente el siguiente instrumento jurídico: “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, agotamiento de manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua, que hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona e impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos, se promovió la participación de los usuarios a través del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TECNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO CALABOZO, CLAVE 1306, EN EL ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE. ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Calabozo, clave 1306, ubicado en el Estado de Hidalgo, en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Calabozo, clave 1306, se localiza en la porción norte del Estado de Hidalgo, cubriendo una superficie de 852 kilómetros cuadrados y comprende totalmente el Municipio de Xochiatipan y parcialmente a los municipios de Huautla, Atlapexco, Yahualica, Tianguistengo, San Agustín Meztquititlán y Zacualtipán de Ángeles, todos ellos del Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Los límites del acuífero Calabozo, clave 1306, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009. ACUÍFERO 1306 CALABOZO VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 98 33 9.8 20 31 6.8 2 98 36 9.9 20 35 26.8 3 98 36 0.1 20 37 8.2
  • 108. 12 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 4 98 38 20.9 20 38 31.2 5 98 41 24.2 20 38 43.0 6 98 39 28.5 20 42 12.3 7 98 36 9.2 20 43 38.7 8 98 32 45.4 20 47 36.5 9 98 27 43.2 20 51 12.3 10 98 24 57.0 20 52 34.9 11 98 21 34.1 20 53 35.5 12 98 22 11.7 20 54 55.4 13 98 19 57.0 20 59 34.5 14 98 17 8.3 21 1 26.9 15 98 15 7.8 21 5 34.3 16 98 15 10.9 21 7 53.2 DEL 16 AL 1 POR EL LÍMITE ESTATAL 1 98 33 9.8 20 31 6.8 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en la superficie del acuífero Calabozo, clave 1306, la población en el año 2005 era de 72,833 habitantes, y para el año 2010 de 81,008 habitantes, distribuidos en 171 localidades, de las cuales una localidad es urbana, Zacualtipán, con 23,125 habitantes, y las 170 localidades restantes han sido clasificadas con rurales y en conjunto albergan a 57,883 habitantes. El uso principal del agua subterránea es el público-urbano y no existen Distritos o Unidades de Riego. La principal actividad es la agricultura; se siembra maíz y frijol, además de otros cultivos como tomate, café y chile. En lo que respecta a la fruticultura, los frutos que se cosechan en la zona son naranja, limón, plátano, mango, papaya, lima y guayaba, los cuales son característicos de la región. El sector primario mantiene prácticas agrícolas tradicionales, con unidades de producción menores a cinco hectáreas con preponderancia al autoconsumo y desarrollada en suelos erosionados y con cultivos de temporal; el relieve montañoso, con lluvias y granizadas frecuentes, no favorecen el desarrollo de la agricultura; estas circunstancias favorecen el proceso de cambio del sector primario hacia la industria, el comercio y los servicios en general. 3. MARCO FÍSICO 3.1 Climatología En la superficie del acuífero Calabozo, clave 1304, se presenta un clima semicálido, húmedo, con abundantes lluvias en verano y un porcentaje de lluvia invernal menor del 5 por ciento, mientras que hacia el centro, sur y suroeste del acuífero, que corresponde a la sierra, el clima es semicálido, húmedo con lluvia todo el año y un porcentaje de lluvia invernal menor del 18 por ciento. La precipitación media anual varía de 1,500 milímetros en el norte de la zona, a más de 2,000 milímetros en la parte alta de la sierra. La temperatura media anual, varía de 24 grados centígrados a la altura de Acatepec, a 14 grados centígrados, en la parte alta de la sierra. En la estación climatológica Huautla, la temperatura media anual es de 21.9 grados centígrados, mientras en la porción serrana, ubicada al suroeste del acuífero, su promedio es 12.4 grados centígrados. En la superficie del acuífero, las variables climatológicas que se consideraron como valores medios anuales, son 22 grados centígrados para la temperatura y 1,700 milímetros para la precipitación. Con respecto a la evaporación potencial, los valores varían de 1,700 a 2,000 milímetros, como resultado la diferencia en la altitud de la topografía.
  • 109. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13 3.2 Fisiografía y geomorfología El acuífero Calabozo, clave 1306, se localiza en dos provincias fisiográficas, en su porción más septentrional en la Llanura Costera del Golfo, con una superficie estimada de 16 kilómetros cuadrados lo que representa el 1.8 por ciento de la superficie total del acuífero, mientras que su porción centro y sur, se encuentra en la Provincia Sierra Madre Oriental, la cual cubre el 98.2 por ciento de la superficie del acuífero, equivalente a 835.4 kilómetros cuadrados. La Provincia Sierra Madre Oriental está definida por sierras que alcanzan alturas de los 2,700 metros sobre el nivel del mar, y cañadas tan profundas que llegan a alcanzar diferencias topográficas superiores a los 500 metros, ocupando la parte norte del territorio del Estado de Hidalgo. Esta Provincia posee rasgos de karsticidad mayor y presenta un fuerte grado de disección, por la acción de los importantes ríos que fluyen en ella. Esta región kárstica es parte de una de las más extensas del país, ya que en ella dominan rocas calizas con oquedades de disolución. Esta secuencia está constituida por rocas sedimentarias de origen marino y continental, constituyendo relieves característicos sobre las cordilleras y exhibiendo extensos derrames de rocas basálticas y tobas. La mayor parte del acuífero corresponde al frente de la Sierra Madre Oriental, la cual está formada por pliegues anticlinales y sinclinales, formando sierras que se elevan hasta 1,200 metros sobre el nivel del mar, mientras que la planicie oriental presenta una elevación sobre el nivel del mar de 200 metros. La porción oriente del acuífero corresponde a la transición de la Sierra Madre Oriental con la Planicie del Golfo, donde se encuentran una serie de lomeríos redondeados, de formas suaves y alturas de alrededor de 200 metros. Gran parte de las zonas serranas se encuentran en una etapa geomorfológica de juventud, considerando la presencia de grandes desniveles, vertientes escarpadas y valles estrechos en forma de garganta. La zona de valles tiende a clasificarse en una etapa geomorfológica de mayor madurez, dada la existencia de una serie de fosas sepultadas, vertientes con una inclinación menor y llanuras extensas de inundaciones, además de que los ríos principales no presentan grandes cambios de altura topográfica como en la etapa de juventud. La zona suroccidental del acuífero se encuentra enmarcada por parte de la Sierra Madre Oriental, caracterizada por la presencia de estructuras plegadas, accidentadas, paralelas y alargadas, que son resultado de esfuerzos sobre rocas sedimentarias marinas que dieron origen a estructuras anticlinales y sinclinales orientadas predominantemente norte-sur, con pendientes entre el 40 y 70 por ciento; respecto a las elevaciones topográficas son superiores a los 2,000 metros. En la parte occidental de la provincia se presentan rasgos asociados a llanuras, donde el relieve es de menor altura, generando extensas llanuras con presencia de materiales rodados provenientes de zonas topográficas de mayor altura. Otros tipos de rasgos geomorfológicos presentes en la zona son las estructuras dómicas y las mesetas, a partir de la presencia de cuerpos intrusivos y coladas lávicas resultado de esfuerzos distensivos que provocaron una actividad ígnea. 3.3 Geología Las secuencias litológicas y aspectos estructurales presentes en las rocas que afloran en la superficie del acuífero, evidencian distintos eventos de tipo orogénico, volcánico y sedimentario al rellenar cuencas que se han desarrollado en el Estado de Hidalgo. La Sierra Madre Oriental se desarrolló sobre estructuras plegadas y deformadas del Precámbrico y Paleozoico, de la Formación Guacamaya, que descansan en forma discordante sobre rocas metamórficas del Precámbrico, constituidas por una potente secuencia rítmica de lutitas, limonitas y areniscas, que subyacen a rocas mesozoicas plegadas. Su carácter estructural está acentuado por complejos pliegues recostados, así como por la presencia de fallas, fenómeno asociado con la aparición de cuerpos intrusivos emplazados sobre la secuencia de rocas Mesozoicas. Las rocas sedimentarias corresponden esencialmente a una secuencia de lutitas areniscas, conglomerados, areniscas, calizas-lutitas, calizas, limonitas, areniscas y depósitos aluviales que abarcan desde el Cretácico hasta el Cuaternario, cuyo ambiente sedimentario incluye desde un ambiente marino hasta continental. El periodo Cretácico está representado por una amplia variedad de rocas calcáreas marinas con intercalaciones de lutitas y limonitas.
  • 110. 14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Las características litológicas identificadas permiten definir la secuencia del Cretácico Superior en las siguientes unidades: La Formación Soyatal, constituida por calizas de estratificación delgada interestratificada con bandas de pedernal. Sobre la unidad anterior descansa la Formación Mezcala, la cual consiste de una potente secuencia de limonitas, lutitas, margas, calizas y areniscas, destacando hacia su parte superior la presencia de conglomerados donde desaparecen los horizontes calcáreos. Sobreyaciendo a la Formación Mezcala, se encuentra la Formación Agua Nueva, constituida por calizas de estratificación delgada; esta formación a su vez se presenta en contacto concordante con la Formación San Felipe, que se encuentra constituida por calizas margosas con intercalaciones de arcilla. Asimismo, la Formación San Felipe se encuentra en contacto transicional con la Formación Méndez, constituida principalmente por margas con intercalaciones de arenas finas. Las rocas ígneas extrusivas conformadas por tobas, tobas ácidas, brechas volcánicas ácidas y basaltos, presentes en la porción meridional del acuífero, corresponden a productos piroclásticos del Terciario Superior, asociadas a derrames de composición riolítica y basáltica, que sobreyacen en forma discordante a las rocas Cretácicas. La era Cenozoica, se puede dividir en dos grandes dominios, el Paleoceno marino de la Cuenca de Chicontepec y el Terciario Volcánico continental. Básicamente la zona se encuentra entre estos dos ambientes geológicos, donde la porción norte del acuífero se encuentra formando parte de la denomina Cuenca de Chicontepec. Las tobas y brechas, que corresponden al Terciario Superior, se presentan en forma de mesetas disectadas por profundos cañones. Los basaltos del Terciario Superior son afectados por fracturamiento e intemperismo que les concede una permeabilidad secundaria; descansan discordantemente sobre rocas Mesozoicas y rocas volcánicas del Terciario. El material aluvial del Cuaternario, está constituido por gravas, arenas y arcillas que se encuentran cubriendo los pequeños valles intermontanos de la porción nororiental del acuífero, con espesores que varían de 1 a 10 metros. Los rasgos superficiales manifiestan estructuralmente evidencia de varios eventos geológicos, a fines del Cretácico de carácter compresivo generando una cordillera formada principalmente por rocas sedimentarias del Mesozoico, arqueada y plegada, cuya característica principal consiste en los grandes pliegues recumbentes y grandes fallas inversas que afectaron la secuencia Cretácica, básicamente a las formaciones Tamaulipas, El Doctor y El Abra. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Calabozo, clave 1306, se ubica en la Región Hidrológica Número 26 Pánuco, dentro de la Cuenca del Río Moctezuma, en la Subregión del Bajo Pánuco, en la Subcuenca Chahuatlán-Encinal. Los escurrimientos superficiales se originan en la porción sur del acuífero, donde termina la sierra e inicia la planicie. Destaca el río que pasa por las poblaciones de Acatepec, Los Cerezos y Chalingo, corriente que confluye con el Río Los Hules al norte, fuera del límite del acuífero. Dentro del Municipio de Huautla, destacan los ríos Beltrán, San Gregorio, Pantepec y Ardilla, precipitándose con fuerza a sus despeñaderos formando cascadas. Dentro del acuífero se carece de infraestructura hidráulica para el almacenamiento de las corrientes superficiales. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1 El acuífero El acuífero Calabozo, es de tipo libre heterogéneo y anisótropo, constituido en su porción superior, por sedimentos aluviales de granulometría variada, conformados por arenas, gravas y arcillas, de espesor reducido que no sobrepasa los 10 metros de espesor, debido a que están subyacidos por lutitas y areniscas compactas. Este es el acuífero que actualmente se explota en el valle localizado en el extremo nororiental del acuífero, principalmente mediante norias perforadas a mano en los subálveos del río y arroyos que sólo satisfacen las necesidades del uso doméstico. Las calizas y areniscas, que forman parte de las secuencias calcáreo-arcillosas, así como los basaltos, representan una fuente potencial de agua subterránea que aún no ha sido explorada.
  • 111. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15 La porción inferior del acuífero está conformada por un medio fracturado constituido por una secuencia de rocas volcánicas, principalmente basaltos, tobas y andesitas, que presentan permeabilidad secundaria por fracturamiento. Las fronteras que representan barreras al flujo subterráneo, así como el basamento hidrogeológico del acuífero, están representadas por las mismas rocas volcánicas al desaparecer el fracturamiento a profundidad. Debido a la topografía accidentada y al carácter general impermeable de la zona serrana, los escurrimientos fluyen de manera rápida sin permitir su infiltración. Sólo en la porción baja es posible la acumulación de agua, conformando un acuífero de reducidas dimensiones y de baja capacidad de almacenamiento, que presenta permeabilidad media. En las porciones sur y centro del acuífero es común la existencia de pequeños manantiales que en forma de “lloraderos” descargan localmente la infiltración del agua a través de las fractura o por el contacto con rocas impermeables. La descarga del acuífero, se realiza en forma natural a través del drenado de las corrientes superficiales. 5.2 Niveles del agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel del agua subterránea, medida desde la superficie del terreno en el año 2008, en el acuífero Calabozo, era de 10 metros, misma que se incrementa de las inmediaciones del cauce de los arroyos hacia las partes topográficamente más altas, de manera paralela a la dirección del escurrimiento. La configuración de la elevación del nivel estático respecto al nivel del mar, presenta curvas entre 550 y 600 metros sobre el nivel del mar, en las cercanías de la comunidad Tehuetlán; entre 250 y 120 metros sobre el nivel del mar al norte del acuífero, cerca del poblado Acatepec; hasta 150 metros sobre el nivel del mar al norponiente, en los alrededores del poblado Los Cerezos. En general, se observa una dirección del flujo subterráneo de suroeste a noreste, paralela a la dirección de escurrimiento del río principal. Las mediciones piezométricas recabadas se encuentran dispersas y no cubren en su totalidad la extensión del acuífero. No obstante, la configuración de la elevación del nivel estático no muestra alteraciones del flujo natural del agua subterránea que indiquen la presencia de conos de abatimiento causados por la concentración de la extracción. La posición del nivel del agua subterránea no ha sufrido alteraciones importantes en el transcurso del tiempo, por lo que el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo. 5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos Según la información del censo de captaciones de agua subterránea efectuado por la Comisión Nacional del Agua en el año 2008, se registraron 118 aprovechamientos de los cuales 107 se encuentran activos y los 11 restantes inactivos. De ellos 33 son norias, 84 manantiales y un tajo. El volumen de extracción calculado es de 0.1 millones de metros cúbicos anuales, que se extraen del acuífero Calabozo, clave 1306, mediante norias que en muchos casos se encuentran excavadas en el subálveo de los arroyos, destinados al uso doméstico. Adicionalmente, a través de manantiales se descarga un volumen anual de 0.6 millones de metros cúbicos anuales, destinados en su totalidad al uso público-urbano. 5.4 Calidad del agua subterránea Los resultados de los análisis físicos y químicos realizados al agua subterránea del acuífero Calabozo, clave 1306, en el estudio del año 2008, incluyeron la determinación de iones principales, temperatura, conductividad eléctrica, potencial hidrógeno, potencial de óxido-reducción, nitratos, dureza total, sólidos totales disueltos, hierro, manganeso, coliformes fecales y coliformes totales. En general, las concentraciones de los diferentes iones y elementos no exceden los límites máximos permisibles por la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000. Las concentraciones de sólidos totales disueltos, varían de 44 a 584 miligramos por litro. Los valores más bajos se presentan en las captaciones ubicadas hacia las partes topográficamente más altas, mientras que los mayores se encuentran hacia el extremo nororiental del acuífero, reflejando de esta manera la dirección preferencial del flujo subterráneo.
  • 112. 16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 De acuerdo a las concentraciones de iones principales por ion dominante, se identificó como familia dominante la cálcico-bicarbonatada, que corresponde a agua de reciente infiltración, que ha circulado principalmente a través de rocas sedimentarias calcáreas. De acuerdo con el criterio de Wilcox, que relaciona la conductividad eléctrica con la Relación de Adsorción de Sodio, el agua extraída se clasifica como de salinidad media y contenido bajo de sodio intercambiable, lo que indica que es apropiada para su uso en riego sin restricciones. 5.5. Balance de Agua Subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Calabozo, clave 1306, es de 81.1 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 72.6 millones de metros cúbicos anuales de recarga vertical a partir de agua de lluvia y 8.5 millones de metros cúbicos anuales de entrada por flujo subterráneo. Las salidas del acuífero ocurren principalmente como descarga natural, a través del caudal base hacia el río de 60.3 millones de metros cúbicos anuales, por evapotranspiración de 15.3 millones de metros cúbicos anuales, por descargas a través de manantiales de 0.6 millones de metros cúbicos anuales, por salida subterránea hacia el acuífero Tampico-Misantla de 4.8 millones de metros cúbicos anuales, así como extracción a través de las captaciones de agua subterránea, de las que se extraen 0.1 millones de metros cúbicos anuales. El cambio de almacenamiento en el acuífero es considerado nulo. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRANEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Calabozo, clave 1306, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Candelaria, clave 1306, se determinó considerando una recarga media anual de 81.1 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 71.6 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales 0.6 millones de metros cúbicos anuales corresponden a la descarga de los manantiales, 60.3 millones de metros cúbicos anuales al flujo base estimado por analogía con el flujo subterráneo; 7.5 millones de metros cúbicos anuales de la evapotranspiración que se debe mantener para preservar el ecosistema ribereño del Río Calabozo; el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 es nulo, resultando una disponibilidad media anual de agua subterránea de 9.500000 millones de metros cúbicos anuales: REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE. CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 1306 CALABOZO 81.1 71.6 0.000000 0.1 9.500000 0.000000 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones en el acuífero Calabozo, clave 1306. El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 9.5 millones de metros cúbicos anuales, que corresponden al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida.
  • 113. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Actualmente, el acuífero Calabozo, clave 1306, se encuentra sujeto a las disposiciones del siguiente instrumento jurídico: “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Calabozo, clave 1306, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1. Escasez natural de agua El acuífero Calabozo, clave 1306, está ubicado en una región en el que se presenta una precipitación media anual de 1,500 a 2,000 milímetros, y una evaporación potencial media anual de 1,700 a 2,000 milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que la infiltración es reducida. Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico, para cubrir las necesidades básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma, principalmente para uso agrícola, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, podría generar competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2 Riesgo de sobreexplotación En el acuífero Calabozo, clave 1306, la extracción total es de 0.1 millones de metros cúbicos al año; mientras que la recarga que recibe el acuífero, está cuantificada en 81.1 millones de metros cúbicos anuales; sin embargo existe una descarga natural comprometida de 71.6 millones de metros cúbicos al año, por lo que el volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables es de 9.5 millones de metros cúbicos anuales. A pesar de que la extracción de agua subterránea es incipiente, la cercanía con acuíferos sobreexplotados, representa una gran amenaza, debido a que los usuarios que en los últimos años han adoptado nuevas tecnologías de producción agrícola, cuya rápida expansión ha favorecido la construcción de un gran número de pozos en muy corto tiempo, con una gran capacidad de extracción, propiciando la sobreexplotación de los acuíferos, podrían invadir el acuífero Calabozo, clave 1306, con lo que la demanda de agua subterránea se incrementaría notoriamente, la disponibilidad del acuífero se vería comprometida y el acuífero correría el riesgo de sobreexplotarse en el corto plazo. El acuífero Calabozo, clave 1306, tiene una disponibilidad media anual de agua subterránea de 9.500000 millones de metros cúbicos por año, para impulsar el desarrollo de actividades productivas, sin embargo, la región es un polo de desarrollo, por lo que la demanda del agua subterránea crecerá de manera importante; y existe el riesgo de que en un futuro la sobreexplotación de éste se convierta en un freno para el desarrollo de las actividades productivas que dependen del agua subterránea y de los manantiales, y que pondría en peligro el abastecimiento de los habitantes de la zona. Actualmente, aun con la existencia del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando, en el acuífero Calabozo, clave 1306, existe la posibilidad de que el incremento de la demanda del agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales y del flujo base hacia el río; así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero del desequilibrio hídrico y deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.
  • 114. 18 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 9. CONCLUSIONES • En el acuífero Calabozo, clave 1306, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas, para otorgar concesiones o asignaciones; por lo que el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir la sobreexplotación del acuífero. • El acuífero Calabozo, clave 1306, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando del presente. Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva, sin embargo, persiste el riesgo de que la demanda supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los manantiales y del caudal base hacia el río y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. • El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Calabozo, clave 1306. • De los resultados expuestos, en el acuífero Calabozo, clave 1306, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración de los acuíferos, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural, al control de la extracción, explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de su extensión territorial, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. • El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los concesionarios y asignatarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES • Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso o aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Calabozo, clave 1306, y que en dicho acuífero, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. • Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que establezca la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Calabozo, clave 1306, en el Estado de Hidalgo, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua: en su Nivel Nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Emilio Portes Gil número 200, Colonia Miguel Alemán, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, Código Postal 87030; y en la Dirección Local Hidalgo, Boulevard Valle de San Javier Número 727, Lote 28, Manzana 1, Primera Sección, Fraccionamiento Valle de San Javier, ciudad de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, Código Postal 42086. México, Distrito Federal, a los 30 días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 115. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 19 ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del Acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y 1, 8 primer párrafo, y 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada “México Próspero”, establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción ordenar su uso y aprovechamiento, para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que el 5 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado”, en el cual al acuífero objeto de este Estudio Técnico, se le asignó el nombre oficial de Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo; Que el 28 de agosto de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, en el que se establecieron los límites del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo; Que el 14 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 58 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas administrativas que se indican”, en el que se dio a conocer la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose una disponibilidad de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales; Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2013; Que el 20 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican”, en el que se actualizó la disponibilidad media anual de agua subterránea del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, obteniéndose un valor de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014;
  • 116. 20 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Que la actualización de la disponibilidad media anual del agua subterránea para el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, se determinó de conformidad con la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación; Que en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, se encuentra vigente el siguiente instrumento jurídico: a) “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo; Que con el instrumento referido en el Considerando anterior, se ha evitado el aumento de la extracción de agua subterránea sin control por parte de la Autoridad del Agua, y se han prevenido los efectos adversos de la explotación intensiva en el acuífero, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, agotamiento de manantiales, así como el deterioro de la calidad del agua, que hubieran generado una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona e impacto en las actividades productivas que dependen de este recurso; Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, procedió a formular los estudios técnicos del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la realización de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios a través del Consejo de Cuenca del Río Pánuco, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la cuarta reunión de su Comisión de Operación y Vigilancia, realizada el 9 de abril de 2014, en la Ciudad de San Luis Potosí, en el Estado de San Luis Potosí, habiendo recibido sus comentarios, observaciones y propuestas; por lo que, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO ATOTONILCO-JALTOCAN, CLAVE 1303, EN EL ESTADO DE HIDALGO, REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE. ARTÍCULO ÚNICO.- Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, ubicado en el Estado de Hidalgo en los siguientes términos: ESTUDIO TÉCNICO 1. UBICACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se localiza en el extremo norte del Estado de Hidalgo, comprende una superficie de 217 kilómetros cuadrados y abarca de manera total al Municipio de Jaltocan y parcialmente a los municipios de Huejutla de Reyes, San Felipe Orizatlán y Tlanchinol, todos ellos en el Estado de Hidalgo. Administrativamente, el acuífero corresponde a la Región Hidrológico-Administrativa Golfo Norte.
  • 117. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 21 Los límites del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el “ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009. ACUÍFERO 1303 ATOTONILCO-JALTOCAN VÉRTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 98 25 24.5 21 9 49.7 2 98 28 11.5 21 9 1.1 3 98 28 57.3 21 8 14.9 4 98 30 22 21 6 16.2 5 98 32 14.1 21 5 29.9 6 98 33 38.3 21 4 0.6 7 98 36 7.1 21 0 43 8 98 39 30.8 20 59 3 9 98 39 12.1 21 0 38 10 98 35 28.3 21 5 20.3 11 98 34 4.9 21 6 30.1 12 98 33 35.8 21 12 16.9 13 98 32 59.4 21 14 2.3 14 98 31 39.3 21 14 56.2 DEL 14 AL 1 POR EL LÍMITE ESTATAL 1 98 25 24.5 21 9 49.7 2. POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LA REGIÓN VINCULADOS CON EL RECURSO HÍDRICO De acuerdo con los resultados del Censo de Población y Vivienda por localidad, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para el año 2000 la población total en el área que comprende el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, era de 35,363 habitantes, en el año 2005 de 38,421 habitantes y en el año 2010 de 38,922 habitantes, que representa el 1.46 por ciento de la población en el Estado de Hidalgo. La población que habita en la superficie del acuífero está distribuida en 102 localidades, de las cuales únicamente Jaltocan corresponde a localidad urbana y concentraba en el año 2010 a 6,201 habitantes, mientras que en 101 localidades rurales había 32,721 habitantes. La tasa de crecimiento poblacional en el territorio que abarca el acuífero, evaluada del año 2005 al 2010 fue de 0.3 por ciento anual, que es inferior a la tasa de crecimiento estatal de 2.6 por ciento anual, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía al año 2010.
  • 118. 22 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 De acuerdo con las proyecciones de crecimiento poblacional del Consejo Nacional de Población, para el área del acuífero, en el año 2030, habrá en el Municipio de Huejutla de Reyes 23,561 habitantes, en el Municipio de Jaltocan 12,685 habitantes, en el Municipio de San Felipe Orizatlán 4,355 habitantes y en Tlanchinol 5,742 habitantes, por lo que, en conjunto en el año 2030, habrá en el área del acuífero 46,343 habitantes. La población ocupada en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, es de 3,202 habitantes, que corresponde al 7 por ciento del total de habitantes, de los cuales, el 41 por ciento se dedica al comercio, seguido por la industria manufacturera con 26 por ciento, 11 por ciento en servicio de hoteles y restaurantes y, el 22 por ciento se dedica a los otros 14 sectores ocupacionales definidos por el Instituto Nacional de Geografía, Estadística e Informática. Los principales cultivos establecidos en el área del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, son maíz grano, frijol, chile verde y pasto; en el año 2010 en los municipios de Huejutla de Reyes, Jaltocan, San Felipe Orizatlán y Tlanchinol, se estableció una superficie agrícola de 45,742 hectáreas; Huejutla de Reyes con 19,958 hectáreas que representa el 43.6 por ciento, Tlanchinol con 12,165 hectáreas que representa el 26.6 por ciento, San Felipe Orizatlán con 11,605 hectáreas que representa el 25.4 por ciento y Jaltocan con 2,014 hectáreas que representa el 4.4 por ciento restante. De la superficie agrícola establecida, 45,249 hectáreas que representan el 99.0 por ciento, son de temporal, las restantes 493 hectáreas, que corresponden al 1.0 por ciento, son de riego y se satisfacen en su totalidad con agua superficial. En el Municipio de Huejutla de Reyes es importante la producción de aves de corral, que para el año 2010 era de 92,481. En la superficie del acuífero también se desarrolla con menor producción la cría de ganado bovino, caprino, porcino y ovino, así como producción de huevo y leche. 3. MARCO FÍSICO 3.1 Climatología Según la clasificación de Köppen, modificada por Enriqueta García los climas que se presentan en la superficie que comprende el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, son los siguientes, el clima cálido subhúmedo abarca el 35 por ciento de la superficie; mientras que el clima semicálido húmedo abarca el 34.2 por ciento y el clima cálido húmedo abarca el 30.8 por ciento de la superficie total del acuífero. De acuerdo con la información climatológica registrada en el periodo 1981 al 2010, la superficie del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, presenta una temperatura media anual de 23.0 grados centígrados, la precipitación media anual es de 1,684 milímetros y la evapotranspiración potencial media anual es de 1,310 milímetros. 3.2. Fisiografía y geomorfología El 72 por ciento del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentra ubicado en la Provincia Fisiográfica Sierra Madre Oriental y el 28 por ciento en la Provincia Fisiográfica Llanura Costera del Golfo Norte. La Provincia Sierra Madre Oriental se caracteriza por sus pliegues anticlinales y sinclinales, frecuentemente recumbentes y afectados por fallamientos, en rocas calizas y lutitas, formando sierras que se elevan hasta 1,400 metros sobre el nivel del mar. Mientras que la Provincia Llanura Costera del Golfo Norte se caracteriza por sus lomeríos redondeados, de formas suaves y alturas de alrededor de 20 metros. El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, está rodeado de cerros en la porción centro-sur. Al centro del acuífero se encuentra el Cerro Santa Cruz, al sur se ubican los Cerros Santa María, Chichimiltapetl, Coyoltípetl y el Cerro Huaxcotepetl. En la superficie del acuífero se distinguen tres unidades geomorfológicas, sierras calcáreas, lomeríos y valles. Las sierras calcáreas se presentan en la porción central y sur del acuífero, compuestas por calizas y lutitas que forman la Sierra Madre Oriental, con elevaciones de hasta 1,200 metros sobre el nivel del mar; se caracteriza por pendientes pronunciadas y está disectada por ríos y arroyos en ocasiones en forma de “V”.
  • 119. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 23 Los lomeríos se presentan en la zona de transición de la Sierra Madre Oriental con la Planicie del Golfo y corresponde a una serie de lomeríos redondeados, de formas suaves y alturas de alrededor de 200 metros, las que en su mayoría corresponden a lutitas. Los valles alargados con orientación norte-sur, están formados por la erosión de los ríos provenientes de la sierra y que circulan en dirección a la Planicie Costera del Golfo. 3.3 Geología El registro estratigráfico del área del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, comprende edades que van del Jurásico Inferior al Reciente. Las distintas unidades litológicas se describen a continuación, de la más antigua a la más reciente: Formación Huayacocotla. Unidad formada por rocas sedimentarias del Jurásico Inferior, constituidas por lutitas y areniscas de grano grueso, intercalados con limonitas, las cuales contienen abundantes fósiles. Su espesor es muy variado y llega a medir hasta 900 metros. Formación Cahuasas. Data del Jurásico Medio, es una secuencia de más de 1,000 metros de espesor que consiste en areniscas, conglomerado y limonitas de color rojo, descansan sobre una discordancia y es concordante a la Formación Tepexic. Formación Tepexic. Es una secuencia de rocas del Jurásico Medio formada por margas, limonitas calcáreas, calcarenitas y coquinas. Formación Santiago. Es del Jurásico Superior al Cretácico, constituida por un paquete de limolita negra calcárea, con ocasionales capas de caliza negra concrecionadas con fósiles. Formación Chipoco. Unidad formada por una alternancia de rocas compuesta por caliza grainstone y lutita calcárea del Jurásico Superior. Formación Pimienta. Datan del Jurásico Superior, compuesta por una serie de calizas de estratificación delgada con capas de pedernal negro, los estratos van de 5 a 30 centímetros y presentan intercalaciones rítmicas de lutita negra en espesores de 1 a 5 centímetros, nódulo y lentes de pedernal negro y gris, así como concreciones esféricas. Formación Tamaulipas Inferior. Formada en el Cretácico Inferior, constituida por rocas compuestas por calizas micríticas densas de estratificación media a gruesa y ocasionalmente horizontes bentoníticos verdes y presencia de nódulos de pedernal, estilolitas bien desarrolladas, su espesor aproximado es de 400 metros. Se encuentra subyaciendo al Horizonte Otates. Horizonte Otates. Se considera del Aptiano, está compuesta por roca caliza de estratificación media alternándose con lutitas laminares y ocasionalmente presentan pedernal. Este horizonte tiene un espesor entre 10 y 15 metros. Formación Tamaulipas Superior. La edad de esta Formación es del Cretácico Inferior, formada por calizas de grano fino de color blanco y amarillo crema, en estratos delgados alternándose con estratos gruesos. En la cima consta de calizas de grano fino con estratificación ondulante de espesor variable, con nódulos de pedernal intercalados con margas laminadas. Tiene un espesor aproximado de 400 metros. Formación Soyatal. Constituida por rocas del Cretácico Superior constituido por calizas de estratos delgados, interestratificadas con bandas de pedernal. Se le ha asignado una edad Huroniano. Tiene un espesor medio de 300 metros subyace en forma discordante a la Formación Mezcala. Formación Mezcala. Consiste en una secuencia de rocas del Cretácico Superior que en su piso inferior presenta una alternancia de limonitas lutitas, margas, calizas y areniscas. Hacia su piso superior predomina material terrígeno, incluyendo intercalaciones conglomeráticas y desaparecen los horizontes calcáreos; su espesor es de 1000 metros. Formación Agua Nueva. De edad de Turoniano-Santoniano, conformada por calizas de estratificación delgada que sobreyacen en forma discordante a la Formación Mezcala. Tiene un espesor de 120 metros.
  • 120. 24 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Formación San Felipe. Formada en el Cretácico Superior, por calizas margosas con intercalaciones de arcilla bentonítica. Sobreponiéndose de forma concordante a la Formación Agua Nueva y presenta un espesor medio de 120 metros. Formación Méndez. Tiene una edad que abarca del Campaniano al Maestrichtiano, constituida principalmente por margas con intercalaciones menores de arenisca hacia su cima. Los depósitos de esta formación tienen un espesor que varía de 200 a 300 metros. Formación Chicontepec. Tiene una edad del Paleoceno-Eoceno Temprano, comprende sedimentos de aguas profundas de la Cuenca de Tampico-Misantla. Comprendida por una alternancia rítmica de areniscas, limonitas y lutitas que datan del Terciario. Basaltos. Rocas volcánicas del Terciario, de composición basáltica y andesítica, debido a los conos volcánicos existentes en la zona. Aluvión. Sedimentos del Holoceno o Reciente del Cuaternario, constituidos por gravas, arenas y arcillas que se encuentran cubriendo la mayor parte del valle, con espesores de 1 a 10 metros. En la parte superficial se ha desarrollado una capa de suelo residual con abundante materia orgánica. En la porción centro y sureste del acuífero proliferan los conos volcánicos, mientras que hacia el noreste predominan los pliegues anticlinales, sinclinales recumbentes, afectados por fallamientos, característicos de la Sierra Madre Oriental. 4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, está ubicado dentro de la Región Hidrológica 26 Pánuco, en la Cuenca Hidrológica Río Moctezuma y en las subcuencas San Pedro-Atamaluco-Calabozo, San Pedro y Acuapa-Chinameca. En el territorio del acuífero, se encuentran escurrimientos superficiales que se hacen más evidentes en la parte norte y al pie de la sierra. Destaca el Río Xiliant, que fluye al centro del acuífero en dirección sur-norte, que a su vez forma el Río Jelta Cruz, el Río Calabozo y algunos arroyos como el llamado Amiqueo; además, lo cruzan los ríos Pánuco y Moctezuma. 5. HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA 5.1 El acuífero El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, es de tipo libre, heterogéneo y anisotrópico, emplazado en su porción superior en sedimentos de origen aluvial y fluvial, de granulometría variada, que constituyen el lecho y la llanura de inundación de los ríos, con espesor reducido. En su porción inferior el acuífero se aloja en una secuencia de lutitas y areniscas, así como basaltos que presentan permeabilidad secundaria por disolución y fracturamiento, que representan una fuente potencial de agua subterránea que aún no ha sido explorada. Las fronteras al flujo subterráneo y el basamento del acuífero están representados por rocas sedimentarias, principalmente lutitas y areniscas compactas sin fracturar. 5.2 Niveles del agua subterránea El nivel de saturación del agua subterránea es aquel a partir del cual el agua satura todos los poros y oquedades del subsuelo. La profundidad al nivel de saturación medida desde la superficie del terreno para el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el año 2009 variaba entre 1 y 10 metros; la menor profundidad, se presentó hacia el cauce del Río Calabozo y las mayores profundidades al nivel estático se presentaron cerca de los poblados Santa Cruz y Sitlán del Municipio de Huejutla de Reyes, y Huichapan del Municipio de Jaltocan. La elevación del nivel de saturación con respecto al nivel del mar, en el año 2009 variaba de 70 a 170 metros sobre el nivel del mar; las menores elevaciones se identificaron hacia el norte por los poblados El Pemuche, Las Chacas, Achichípil y Santa Cruz en el Municipio de Huejutla de Reyes y las mayores elevaciones se presentan en la parte centro-norte del acuífero, donde se localiza la zona de recarga por flujo subterráneo que sigue una dirección preferencial hacia el norte en la misma dirección del escurrimiento del Río Calabozo, que es la zona de descarga.
  • 121. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 25 No se cuenta con información de niveles estáticos antecedentes al año 2009 que permita conocer la evolución del nivel estático, sin embargo, como la configuración de elevación del nivel estático no demuestra alteraciones del flujo natural del agua subterránea que indique la presencia de conos de abatimiento causados por la concentración de captaciones de agua subterránea, se puede afirmar que los niveles del agua subterránea no han sufrido alteraciones importantes en el transcurso del tiempo; por lo que, el cambio de almacenamiento tiende a ser nulo. 5.3 Extracción del agua subterránea y su distribución por usos En el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, existen 34 captaciones de agua subterránea, de las cuales 21 son norias y 13 manantiales. Los aprovechamientos se encuentran distribuidos en el norte del acuífero, observándose una gran concentración de ellos en el Municipio de San Felipe Orizatlán. El volumen de extracción asciende a 1.1 millones de metros cúbicos anuales, de los cuales el 95.9 por ciento se destinan a uso público urbano, el 3.8 por ciento del volumen total extraído se destina a uso doméstico; y para uso pecuario se extrae el 0.3 por ciento del volumen total extraído. 5.4 Calidad del agua subterránea En el año 2009, la Comisión Nacional del Agua, realizó un muestreo en cuatro captaciones de agua subterránea distribuidas en la porción norte del acuífero, en la zona de explotación, para su análisis fisicoquímico correspondiente. Las determinaciones incluyeron parámetros fisicoquímicos y bacteriológicos, iones principales, temperatura, conductividad eléctrica, potencial hidrógeno, potencial de óxido-reducción, nitratos, fluoruro, dureza total, sólidos totales disueltos, fierro, manganeso, coliformes fecales y totales. El agua subterránea es del tipo cálcico-bicarbonatada, de salinidad media. De manera general, las concentraciones de los diferentes iones y elementos no sobrepasan los límites máximos permisibles que establece la “Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2000, con excepción de los coliformes totales y fecales, ya que resultaron positivos en todas las muestras, y de acuerdo con la norma referida, éstos deberían estar ausentes. En la parte norte del acuífero las concentraciones de sólidos totales disueltos varían entre 357 y 516 miligramos por litro, mientras que en la parte centro y norte se incrementa el contenido salino conforme el agua presenta un mayor recorrido por el subsuelo. Uno de los cationes representativos en el agua subterránea es el sodio, cuyas concentraciones varían entre 34 y 114 miligramos por litro. Los fluoruros se encuentran en concentraciones de 0.10 miligramos por litro. De acuerdo a la clasificación de Wilcox, que clasifica el agua según el grado de salinidad y el contenido de sodio; se concluye que el agua pertenece a la clase C2-S1, que corresponde a agua de buena calidad, por lo que es apta para uso agrícola. 5.5 Modelo conceptual del acuífero En la mayor parte de la superficie del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, afloran areniscas y lutitas, que le confieren un carácter impermeable, principalmente en la parte central y sur de la zona, que corresponde a la Sierra Madre Oriental. Además, el terreno se presenta a gran altitud y con pendientes pronunciadas, lo cual aunado a la litología de carácter impermeable, impide la infiltración y acumulación de agua en el subsuelo para formar acuíferos. Hacia la parte norte del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentran valles alargados que se extienden sobre los cauces de inundación de los ríos y arroyos, donde se presentan materiales aluviales y fluviales, constituidos por arenas, arcillas y gravas, considerados como permeables, aunque su espesor y extensión son reducidos. Es común, observar sobre los cauces de los arroyos, aflorando a rocas lutitas de la Formación Chicontepec, por lo que se interfiere que el espesor y continuidad del material aluvial y fluvial de permeabilidad baja es reducido.
  • 122. 26 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 En dichos depósitos aluviales y fluviales de los cauces, el agua se recarga tanto por la infiltración directa del agua de lluvia, como por infiltración del agua que escurre a lo largo de los ríos y arroyos. Existe una interacción franca entre el agua subterránea en las márgenes de los ríos y el agua superficial. El nivel estático de las norias, presenta el mismo nivel de las principales corrientes de agua superficial. La descarga del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se realiza en forma natural a través del drenado de las corrientes superficiales, así como por la explotación a través de norias ubicadas en su mayoría sobre las márgenes de los arroyos. Hacia el centro y sur, existen manantiales, los cuales corresponden a descargas de sistemas de flujo de carácter local. Generalmente son de caudales reducidos y corresponden a infiltraciones a través de fracturas, cambios litológicos locales y superficiales. 5.6 Balance de Agua Subterránea De acuerdo al balance de aguas subterráneas, la recarga total media anual que recibe el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, es de 12.8 millones de metros cúbicos anuales, integrada por 9.6 millones de metros cúbicos anuales de recarga vertical por lluvia y 3.2 millones de metros cúbicos anuales de entradas por flujo subterráneo. La descarga del acuífero está integrada por 10.4 millones de metros cúbicos anuales de evapotranspiración, 0.7 millones de metros cúbicos anuales de descarga a través de manantiales, 0.6 millones de metros cúbicos anuales de salidas subterráneas y 1.1 millones de metros cúbicos anuales que se extraen del acuífero. El cambio de almacenamiento en el acuífero se considera nulo. 6. DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE AGUA SUBTERRÁNEA La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, fue determinada conforme al método establecido en la “NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, aplicando la expresión: Disponibilidad media anual de agua subterránea = Recarga total - Descarga natural comprometida - Volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua La disponibilidad media anual de aguas subterráneas en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se determinó considerando una recarga media anual de 12.8 millones de metros cúbicos anuales; una descarga natural comprometida de 8.6 millones de metros cúbicos anuales y el volumen concesionado e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de junio de 2014 de 0.086082 millones de metros cúbicos anuales, resultando una disponibilidad de 4.113918 millones de metros cúbicos anuales: REGIÓN HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVA GOLFO NORTE CLAVE ACUÍFERO R DNCOM VCAS VEXTET DAS DÉFICIT CIFRAS EN MILLONES DE METROS CÚBICOS ANUALES 1303 ATOTONILCO- JALTOCAN 12.8 8.6 0.086082 1.1 4.113918 0.0 R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea. Las definiciones de estos términos son las contenidas en los numerales “3” y “4” de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Esta cifra indica que existe volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones, en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303.
  • 123. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 27 El máximo volumen que puede extraerse del acuífero para mantenerlo en condiciones sustentables, es de 4.2 millones de metros cúbicos anuales, que corresponde al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero, menos la descarga natural comprometida. 7. SITUACIÓN REGULATORIA, PLANES Y PROGRAMAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS • Actualmente, el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentra sujeto a las disposiciones del “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, a través del cual en el 100 por ciento del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de volúmenes de extracción autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización de la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo. 8. PROBLEMÁTICA 8.1 Escasez natural de agua El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, está ubicado en una región en el que se presenta una precipitación media anual de 1,684 milímetros y una evaporación potencial media anual de 1,310 milímetros, por lo que la mayor parte del agua precipitada se evapora, lo que implica que la infiltración es reducida. Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico, para cubrir las necesidades básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma, principalmente para uso agrícola, y la limitada disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, podría generar competencia por el recurso entre los diferentes usos, e implica el riesgo de que se generen los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como para los usuarios del recurso. 8.2. Riesgo de sobreexplotación En el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, la extracción total es de 1.1 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero, está cuantificada en 12.8 millones de millones anuales, sin embargo la descarga natural comprometida es de 8.6 millones de metros cúbicos anuales, por lo que la disponibilidad de agua subterránea es limitada. Actualmente, aun con la existencia del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando, en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, existe la posibilidad de que el incremento de la demanda del agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales y del flujo base hacia el río, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario proteger al acuífero del desequilibrio hídrico y deterioro ambiental, que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región. 9. CONCLUSIONES • En el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, existe disponibilidad media anual de aguas subterráneas limitada para otorgar concesiones o asignaciones; por lo que el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental y prevenir la sobreexplotación del acuífero. • El acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se encuentra sujeto a las disposiciones del instrumento jurídico referido en el Noveno Considerando del presente. Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva, sin embargo persiste el riesgo de que la demanda supere la
  • 124. 28 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición de los manantiales y del caudal base hacia el río y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios de la misma. • El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303. • De los resultados expuestos, en el acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación del recurso hídrico y restauración de acuíferos; a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de su extracción, explotación, uso o aprovechamiento; al restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales del subsuelo, así como la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero; causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo que abarque la totalidad de la extensión del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. • El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los asignatarios y concesionarios del acuífero. 10. RECOMENDACIONES • Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, y que en dicho acuífero, quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. • Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión Nacional del Agua. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los estudios técnicos que contienen la información detallada, mapas y memorias de cálculo con la que se elaboró el presente Acuerdo, así como el mapa que ilustra la localización, los límites y la extensión geográfica del acuífero Atotonilco-Jaltocan, clave 1303, en el Estado de Hidalgo, estarán disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, en su Nivel Nacional, que se ubican en Avenida Insurgentes Sur 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Calle Libramiento Emilio Portes Gil Número 200, Colonia Alemán, Código Postal 87030, Ciudad Victoria, Tamaulipas; y en la Dirección Local Hidalgo, Boulevard Valle de San Javier Número 727, Lote 28, Manzana 1, Primera Sección, Fraccionamiento Valle de San Javier, Ciudad Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, Código Postal 42086. México, Distrito Federal, a los 30 días del mes de septiembre de dos mil quince.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
  • 125. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 29 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en el Estado EDICTO A: Fidencio Cuellar Domínguez. Por auto de diecisiete de agosto de dos mil quince, dictado en el juicio de amparo número 299/2015-I-A, en el que se tiene a: Fidencio Cuellar Domínguez, como tercero interesado, habiendo agotado los medios de localización, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, a publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciendo de su conocimiento que la fecha de la audiencia constitucional está señalada para las nueve horas con siete minutos del cuatro de septiembre de dos mil quince; igualmente se le hace de su conocimiento a la parte tercero interesada que cuenta con el término de treinta días, contado a partir del siguiente de la última publicación, para que acuda a este Juzgado de Distrito a apersonarse al juicio si a sus intereses conviene, por lo que en el expediente queda a su disposición copia de la demanda, en el entendido de que el presente juicio de garantías es promovido por José Alonso Esquivel Castro, en contra del Juez Primero de lo Penal, de esta ciudad, en donde se señala como acto reclamado: “La sentencia interlocutoria de fecha veinticinco de mayo del año en curso (2015), dictada en los autos de la causa penal 76/2011, del índice del Juzgado Primero de lo Penal, con residencia en esta ciudad, en la cual se declaró inoperante el incidente de libertad por desvanecimiento de datos, promovido por el aquí quejoso.” Ensenada, B.C., diecisiete de agosto de dos mil quince. Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Baja California Claudia Vanesa Soto Huitrón Rúbrica. (R.- 418877) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero (Iguala de la Independencia) EDICTOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO A QUIEN CORRESPONDA: YARETH HURTADO SALGADO. REYMUNDO HURTADO SALGADO. En razón de ignorar su domicilio, por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de dieciocho de septiembre de dos mil quince, dictado en el juicio de amparo 26/2015 y sus acumulados 27/2015 y 51/2015-III-R, promovido por Reynaldo Albino Hurtado y otros, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Aldama, con residencia en Teloloapan, Guerrero y otras autoridades; se les requiere para que comparezcan ante este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Iguala, ubicado en calle Joaquín Baranda número 47 (cuarenta y siete), colonia Centro, código postal 40000, Iguala de la Independencia, Guerrero, debidamente identificados con credencial oficial vigente con fotografía, haciéndoles saber que está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia simple de la demanda de amparo; y que tienen expedito su derecho para comparecer a este Tribunal a deducir sus derechos, si a su interés conviene. Iguala de la Independencia, Guerrero, a 18 de septiembre de 2015. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero M. Rubén Marroquín Serrano. Rúbrica. (R.- 420068)
  • 126. 30 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito EDICTO En los autos del juicio de amparo directo número 195/2015, promovido Carlos Víreles Villa, en contra de la sentencia dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, dentro del toca penal 1803/2012, por auto de fecha veintiséis de agosto de dos mil quince, el Magistrado Presidente del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, ordenó se emplazara a Obdulia Pineda Enríquez, representante legal de la tercera interesada Ingrid Yareli Víreles Pineda, por medio de EDICTOS para que dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, comparezca ante este Tribunal Colegiado, en defensa de sus intereses si así lo estima conveniente, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición en la Secretaría de este tribunal, copia simple de la demanda de garantías. Los presentes edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, se expide lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley de Amparo y 315 del código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de Amparo. Mexicali, Baja California, 26 de agosto de 2015. La Secretaria de Acuerdos del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito Guadalupe Muro Páez. Rúbrica. (R.- 419594) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito Guanajuato EDICTO Terceros Interesados: Ignacio Flores García, José Lara Martínez, María Guadalupe Lara Martínez y Víctor Manuel Flores Infante. Por este conducto, se ordena emplazar a los terceros interesados: Ignacio Flores García, José Lara Martínez, María Guadalupe Lara Martínez y Víctor Manuel Flores Infante, dentro del juicio de amparo directo 300/2015, promovido por Miguel García Figueroa contra actos del Magistrado de la Octava Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en cuya demanda de garantías se señala: IV. Acto reclamado: la sentencia de 15 de abril de 2015, dictada en el toca 33/2015. VI. Preceptos constitucionales cuya violación se reclama: 1, 14 y 16. Se hace saber a los terceros interesados de mérito que debe presentarse ante este tribunal colegiado, a defender sus derechos, apercibido que de no comparecer se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en las listas que se fijan en los estrados de este tribunal. Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación. Atentamente. Guanajuato, Gto., 31 de agosto de 2015. La Secretaria de Acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito. Lic. Angélica María Flores Veloz. Rúbrica. (R.- 419595) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz EDICTO STEPHANIE MARIBEL GALLARDO VILLAR En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted: En los autos del Juicio de Amparo 1605/2014 promovido por Francisco Javier Villaseñor Miramontes, contra actos del Juez Cuarto de Primera Instancia, con residencia en Martínez de la Torre, Veracruz, radicado en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en avenida Culturas Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, Edificio “B”, primer piso, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, se le ha señalado como parte tercera interesada y, como se desconoce su domicilio actual, en acuerdo de veintiuno de mayo del dos mil quince, se ordenó emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación; en uno de los Diarios de mayor circulación en la República Mexicana y en uno de mayor circulación en esta ciudad (Diario de Xalapa), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada ley, haciéndole saber que podrá
  • 127. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 31 presentarse dentro de treinta días en este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibida que de no hacerlo, las posteriores notificaciones, se le harán por lista de acuerdos, que se fije en este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está prevista para las ONCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE; de igual forma, se le hace saber que los actos reclamados por la parte quejosa en el juicio de amparo de que se trata, se hicieron consistir en: La omisión de dictar acuerdo de admisión del escrito presentado por la parte quejosa el veintisiete de agosto del año en curso, ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia, con sede en Martínez de la Torre, Veracruz, en el que promovió medios de apremio para la convivencia con sus menores hijos, dentro de los autos del expediente 578/2012/I, de su índice. Atentamente Xalapa, Veracruz, 12 de agosto del 2015 Juez Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz Alejandro Quijano Álvarez Rúbrica. (R.- 418357) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN NACIONAL POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS. EDICTO: AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. “Inserto: Se comunica a la tercera interesada Alejandra Silvia Cadena, que el Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, por proveído de veintiocho de julio de dos mil quince, admitió a trámite la demanda de amparo promovida por Erik Rodríguez Morales, misma que se registró con el número de juicio de amparo 853/2015-IV, contra actos de la Tercera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla, Estado de México y otras autoridades.” Naucalpan de Juárez, Estado de México, diez de septiembre de dos mil quince. El Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez. Marco Antonio González Cortazar Rúbrica. (R.- 419622) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. TERCERA INTERESADA: INMOBILIARIA ARISA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. En los autos del juicio de amparo 123/2015-II promovido por BANCO INBURSA SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO INBURSA, por conducto de su apoderado legal Arturo Visoso Lomelin, contra actos de la Séptima Sala Civil de Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en auto de diecisiete de febrero de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de amparo, el once de septiembre de dos mil quince, se ordenó se le emplace por EDICTOS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este Juzgado de Distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad, apercibida que para el caso de no hacerlo le surtirá efectos por medio de lista que se fije en este juzgado. Atentamente México, D.F. a 17 septiembre del 2015 El Secretario del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Carlos René Hernández Maza Rúbrica. (R.- 419764)
  • 128. 32 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO Tercero interesado: Inmobiliaria y Constructora Star Buildings, sociedad anónima de capital variable. En los autos del juicio de amparo 401/2015-I, promovido por Jacqueline Michel Canales e Ignacio Alfonso Sotelo Abbud, contra actos del Juez Sexagésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, y secretario actuario adscrito a dicho juzgado, e Instituto de la Función Registral del Estado de México, oficina registral de Naucalpan, consistentes en todo lo actuado en el juicio especial hipotecario que Promotores Asociados de Empresas, sociedad anónima de capital variable, promovió en contra de Inmobiliaria y Constructora Star Buildings, sociedad anónima de capital variable, que se registró con el expediente 1778/2009, así como la falta de emplazamiento a dicho juicio; de igual forma, reclaman la inscripción de la demanda y cédula hipotecaria, se señaló como tercero interesado a Inmobiliaria y Constructora Star Buildings, sociedad anónima de capital variable, y en auto de veinte de agosto de dos mil quince, se ordena su emplazamiento por medio de edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el país; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos. Atentamente: México, D.F., 20 de agosto de 2015. Secretario de Juzgado. Licenciado Guillermo González Castillo. Rúbrica. (R.- 419876) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO México, Distrito Federal, a veintiuno de septiembre de dos mil quince. Juicio de amparo número 532/2015-I, promovido por Margarita Flores Meneses y/o Margarita Flores de Álvarez, contra actos del Juez Vigésimo Sexto Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otros, se ordena emplazar al tercero interesado Jorge Cano Jiménez, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, a fin de que comparezcan a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días contados a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación, quedando en esta secretaria a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos exhibidos, apercibidos que de no apersonarse, las ulteriores notificaciones se harán en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo. Se señalaron las once horas del cuatro de noviembre de dos mil quince, para la celebración de la audiencia constitucional. Acto reclamado la orden de desalojo ordenada en el expediente 152/2012 del índice del juez responsable. Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Araceli Almogabar Santos. Rúbrica. (R.- 419913) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Tampico EDICTO Transportes Nacionales de Tamaulipas, Sociedad Anónima de Capital Variable. En cumplimiento al auto de catorce de agosto de dos mil quince, dictado en el amparo indirecto 70/2015, promovido por Arturo Olvera Herrera, quien por escrito presentado el veintidós de enero de dos mil quince, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal contra actos de la Junta Especial Número Treinta y Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Tampico, que hizo consistir en: La interlocutoria de once de diciembre de dos mil catorce. Por razón de turno correspondió conocer de la demanda a este Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, en esta ciudad; por auto de veintitrés de enero de dos mil quince, se admitió a trámite la demanda de amparo. Por proveído de tres de agosto de dos mil quince, se señalaron las diez horas del veintitrés de noviembre de dos mil quince, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito, quedará a su disposición, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio; deberá
  • 129. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 33 presentarse al juicio dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de los edictos, apercibida que, si no comparece, se continuará el juicio y por su incomparecencia se le hará las posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista que se publique en los estrados de este Órgano de Control Constitucional; fíjese en la puerta del juzgado copia íntegra del edicto, durante todo el tiempo del emplazamiento. “Firma del Juez y Secretario de Juzgado y sello del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Tampico” Atentamente. Tampico, Tamaulipas, 14 de agosto de 2015 Juez Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas. Lic. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón. Rúbrica. Secretario Lic. Luis Alejandro Ruiz Gámez. Rúbrica. (R.- 419009) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal EDICTO Por ignorarse el domicilio del tercero interesado César Ernesto Ordáz; por auto de diecisiete de septiembre de dos mil quince, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordenó emplazar por edictos a dicho tercero interesado, haciéndole saber que en este Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, se ventila el juicio de amparo 1413/2015, promovido por Banco Invex, sociedad anónima, institución de banca múltiple, Invex Grupo Financiero, contra actos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y otras autoridades, juicio en el que se encuentran fijadas las diez horas con treinta minutos del veintinueve de septiembre de dos mil quince, para que tenga verificativo la audiencia constitucional que en derecho proceda; se le previene para que comparezca en el término de treinta días, que se contarán a partir del siguiente al de la última publicación, apercibido que de no comparecer a imponerse de autos, las siguientes notificaciones, aun de las de carácter personal, se harán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Asimismo, se ordena fijar en la puerta de este Juzgado una copia de los presentes edictos hasta en tanto se tenga por legalmente emplazado al citado tercero interesado. Para ser publicado tres veces de siete en siete días en los periódicos Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República. México, Distrito Federal, a 22 de septiembre de 2015. La Secretaria del Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal Lic. Mariana Merino Collado Rúbrica. (R.- 419953) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Av. Patricio Trueba y de Regil, No. 245, colonia San Rafael, San Francisco de Campeche, Campeche “2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón” -EDICTO- En el juicio de amparo número 118/2015, promovido por el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, por conducto de su representante legal NORBERTO GORDILLO MÉNDEZ, se emplaza a juicio a MARIO HERNÁNDEZ VALDEZ, tercero interesado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. San Francisco de Campeche, Campeche, a 10 de septiembre de 2015. El Juez Segundo de Distrito en el Estado. Lic. Adrián Fernando Novelo Pérez. Rúbrica. (R.- 420013)
  • 130. 34 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO En los autos del juicio especial de fianzas 194/2015, promovido por PEMEX REFINACIÓN en contra de PRIMERO FIANZAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con fecha seis de agosto de dos mil quince, se ordenó denunciar el presente juicio a la fiada GDI-GLOBAL MX, S. DE R.L. DE C.V., por medio de EDICTOS. Haciéndole saber que deberá presentarse a este Juzgado dentro del término de treinta días contados al día siguiente de la última publicación, fijándose además en la puerta del Juzgado, una copia íntegra del presente proveído por el tiempo que dure el emplazamiento. Con el apercibimiento a la fiada GDI-GLOBAL MX, S. DE R.L. DE C.V., que en caso de no comparecer dentro del término fijado con antelación por sí, por apoderado o por quien pueda representarla, se continuará con el procedimiento, haciéndosele las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal por lista, que se fijará en los estrados de este juzgado. Se publicarán por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “Diario de México”, por ser uno de los de mayor circulación en la República Mexicana. México D.F. a 19 de agosto de 2015. Secretario del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Juan José Moreno Solé Rúbrica. (R.- 420152) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Sinaloa, en Mazatlán EDICTO En autos del juicio de amparo 513/2014, se ordenó emplazar a juicio a Javier Páez López, en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo en vigor, por lo que se le hace de su conocimiento que Israel Torres Angulo, promovió demanda de amparo contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal, con residencia en esta ciudad, el cual hizo consistir en la orden de aprehensión dictada en su contra. De igual forma, se le previene que deberá de presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que no hacerlo así, las subsecuentes, aún las personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Además, se hace de su conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, con apoyo en el artículo 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente por disposición expresa a la Ley de Amparo. Asimismo, se señalaron las nueve horas con cincuenta y cinco minutos del día uno de octubre de dos mil quince, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este juicio. Mazatlán, Sinaloa a 14 de septiembre de 2015. Juez Noveno de Distrito en el Estado de Sinaloa, con sede en Mazatlán. Lic. Elenisse Leyva Gómez. Rúbrica. (R.- 420164) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTOS. AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. En los autos del juicio de amparo 437/2015-l, promovido por Inmobiliaria Garlo, Sociedad Anónima, por conducto de su apoderado, contra actos del Juez Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, del Secretario Actuario adscrito a dicho juzgado y de la Directora del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, se hace del conocimiento que por auto de quince de junio de dos mil quince se admitió dicho juicio de amparo en relación al acto reclamado consistente en: la falta de llamamiento de la peticionaria del amparo al juicio ordinario civil promovido por IMEC CONSTRUCCIONES, Sociedad Anónima de Capital Variable en contra de Inmobiliaria Garlo, Sociedad Anónima, bajo el número de expediente 551/2005 del índice del Juzgado Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; asimismo, mediante
  • 131. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 35 diverso proveído de diez de septiembre de dos mil quince, se ordenó emplazar por EDICTOS a la tercera interesada IMEC CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, habiéndose agotado los domicilios proporcionados por la parte quejosa, autoridad responsable y diversas dependencias, haciéndoles saber que deberán presentarse en el local de este Juzgado de Distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y dentro del mismo término deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad de México, Distrito Federal, apercibidos que de no hacerlo, las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán efectos por medio de lista que se fije en este juzgado, quedando a su disposición las copias de traslado. Atentamente México, D.F. a 18 de septiembre del 2015. El Secretario del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Salvador Torres Rodríguez. Rúbrica. (R.- 419557) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Octavo de Distrito en el Estado Ciudad Obregón, Sonora EDICTOS En el juicio de amparo 702/2015-II, promovido por José María Valenzuela López, contra actos del Titular del Instituto Catastral y Registral del Estado de Sonora y otras autoridades, se dictó acuerdo y se ordenó la publicación de edictos a efectos de lograr el emplazamiento de la tercero interesada Productos Tecos del Yaqui, Sociedad Anónima de Capital Variable, a quien se hace de su conocimiento que en este juzgado se encuentra radicado el juicio de garantías mencionado, en el que se reclama la negativa de registrar el embargo ordenado por Junta Especial número 23 de la Federal de Conciliación de Conciliación y Arbitraje de Guaymas, Sonora, dentro del Juicio Laboral 805/2006, se hace del conocimiento de la moral tercero interesada, que deberá de presentarse en un término de treinta días contados a partir del día siguiente de la última publicación, haga valer sus derechos y señale domicilio en Ciudad Obregón, Sonora, para oír y recibir notificaciones, si pasado ese tiempo no comparece se continuará con el juicio y las ulteriores notificaciones se harán mediante lista que se publique en estrados de este juzgado, se fijaron las diez horas con cincuenta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil quince, para la celebración de la audiencia constitucional. Ciudad Obregón, Sonora, a 01 de septiembre de 2015. Juez Octavo de Distrito en el Estado de Sonora. Licenciada Araceli Trinidad Delgado Rúbrica. (R.- 420167) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero Acapulco EDICTO En el juicio ejecutivo mercantil número 80/2011-IV, promovido por MARGARITA SOLÍS UREÑA, contra MARÍA DE LOS ÁNGELES OCHOA JIMÉNEZ, Lilia Maribel Maya Delgadillo, Juez Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero, asistida por la licenciada Yolanda Jaimes Real, con quien actúa y da fe, ordenó sacar a remate en segunda almoneda, el inmueble embargado en autos, consistente en lote número 3, manzana 104, sección I, colonia Ciudad Renacimiento, en Acapulco, Guerrero, el cual tiene un valor pericial de $612,000.00 (SEISCIENTOS DOCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), con deducción del diez por ciento, el cual queda de $550,800.00 (QUINIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), y será postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho valor, en el entendido que el edicto deberá publicarse por una sola vez, y de modo que en la publicación o fijación del edicto y la fecha del remate, medie un término que no sea menor de cinco días. Para que tenga verificativo la audiencia de remate en segunda almoneda se señalaron las DOCE HORAS DEL VEINTINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE. Doy fe. La Secretaria: Lic. Yolanda Jaimes Real. Rúbrica. (R.- 420276)
  • 132. 36 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito San Andrés Cholula, Pue. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO A MARGARITO CHÁVEZ CURIEL En el juicio de amparo directo D-517/2014, promovido por MARÍA TERESA IRENE, MARÍA TERESA, o TERESA IRENE de apellidos ROSALES AHUACTZIN o ROSALES y AHUACTZIN, contra la resolución dictada en el toca 138/2014, de los de la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, en el que se modificó la sentencia definitiva pronunciada por el Juez Segundo de lo Civil, del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, en el expediente 1865/2009, relativo a un juicio de nulidad absoluta por inexistencia de actos jurídicos promovido por la antes nombrada, en contra de MARGARITO CHÁVEZ CURIEL y otros codemandados; se ordena emplazar al mencionado demandado, ahora tercero interesado en el enumerado juicio de amparo directo, por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días, a fin de que comparezca en este Tribunal a defender lo que a su derecho corresponda en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo, a partir de la última publicación, quedando a su disposición una copia de la demanda que motiva el referido juicio de amparo directo, en la Secretaría de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República. San Andrés Cholula, Puebla, veintinueve de septiembre de dos mil quince. El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito. Lic. Marcos Antonio Arriaga Eugenio. Rúbrica. (R.- 420318) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal México, D.F. EDICTO EXPEDIENTE 424/2015 En los autos de Juicio de Amparo número 424/2015-I, promovido por JORGE IGNACIO CERVANTES RODRIGUEZ, contra actos de la Quinta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, radicándose en el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, donde se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Marcela del Carmen León Martínez, y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la Ley de Amparo, donde se hace de su conocimiento que deberá presentarse por sí o a través de su apoderado, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación; además se fijará en la puerta de esta autoridad una copia íntegra del edicto por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término, no comparecieren se seguirá el juicio, realizando las subsecuentes notificaciones por lista de acuerdos de este juzgado. México D.F. 01 de octubre de 2015. Secretario del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el D.F. Lic. Alejandrina López Apodaca. Rúbrica. (R.- 420413) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTOS AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE. EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NÚMERO 438/2015, PROMOVIDO POR GRANDES SUPERFICIES DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE SU APODERADO JOSÉ ANTONIO SEBASTIÁN GARCÍA LUQUE, CONTRA ACTOS DE LA NOVENA SALA CIVIL Y JUEZ CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, AMBOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL; CON FECHA VEINTINUEVE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, SE DICTÓ UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA NOTIFICAR AL TERCERO INTERESADO FRANCISCO
  • 133. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 37 MANUEL ROSENDO CANSADO, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y EN EL PERIÓDICO “DIARIO DE MÉXICO”, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS CONTADOS, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTÚE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, QUEDANDO EN ESTA SECRETARÍA A SU DISPOSICIÓN, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS, APERCIBIDO QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL INCISO A) DE LA FRACCIÓN III, DEL ARTICULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ESTO EN ACATAMIENTO AL ACUERDO DE DIECISIETE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, SE PROCEDE A HACER UNA RELACIÓN SUSCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS, EN EL QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDADES RESPONSABLES A LA NOVENA SALA CIVIL Y JUEZ CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, AMBOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS INTERESADOS A EMILIO VEGA VELASCO, MARÍA DEL PATROCINIO RUEDA ERANSUS DE VEGA, EMILIO VEGA RUEDA, RODRIGO GUMERSINDO VEGA RUEDA, MARÍA DOLORES VEGA RUEDA, FRANCISCO, MANUEL ROSENDO CANSADO Y REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO LA RESOLUCIÓN DE VEINTE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE Y LOS AUTOS DE VEINTIUNO Y VEINTICINCO DE MAYO AMBOS DE DOS MIL QUINCE, TODOS DICTADOS EN LOS TOCAS 713/2013/1 Y 2 POR LA NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, A TRAVÉS DE LOS CUALES REVOCO LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS SOLICITADAS POR LA PARTE QUEJOSA. La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Georgina Vega de Jesús. Rúbrica. (R.- 419970) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla EDICTO ‘’MARÍA DE LA PALOMA BLÁZQUEZ MEDINA’’ EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, DICTADO POR EL JUEZ SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, EN EL JUICIO DE AMPARO 896/2015-VI, PROMOVIDO POR GERARDO ASUNCIÓN MÉNDEZ OROSIO, EN SU CARÁCTER DE ALBACEA PROVISIONAL DE LA SUCESIÓN DE OLGA MEDINA MEDINA Y RAÚL BLÁZQUEZ GARATE, EN CONTRA DE ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, PUEBLA Y OTRA AUTORIDAD; SE TUVO COMO TERCERA INTERESADA A MARÍA DE LA PALOMA BLÁZQUEZ MEDINA, A QUIEN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 27, FRACCIÓN III, INCISO B) DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE APLICACIÓN SUPLETORIA A DICHO ORDENAMIENTO, SE LE MANDA EMPLAZAR POR EDICTOS, PARA QUE SE PRESENTE EN ESTE JUZGADO, SITO EN AVENIDA OSA MENOR OCHENTA Y DOS, CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI, RESERVA TERRITORIAL ATLIXCÁYOTL, CÓDIGO POSTAL 72810, SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, DENTRO DE TREINTA DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO; SI PASADO ESE PLAZO NO COMPARECE POR SÍ O POR APODERADO QUE PUEDA REPRESENTARLA, LAS NOTIFICACIONES SE LE HARÁN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE AMPARO. QUEDAN A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARÍA VI DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA, AUTO ADMISORIO DE LA MISMA Y ACUERDO DE DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE. PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA, SE EXPIDE LA PRESENTE. EN SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE. DOY FE. Atentamente San Andrés Cholula, Puebla, 14 de agosto de 2015. Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla. Leticia Perea Huerta. Rúbrica. (R.- 419354)
  • 134. 38 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juicio de Amparo Indirecto 1329/2015-I (antes 191/2014-I) EDICTO. TERCEROS INTERESADOS María del Carmen Rodríguez Pérez, por conducto del representante de sus bienes o su albacea, y Finamoney sociedad anónima de capital variable. En cumplimiento al proveído de diecinueve de agosto de dos mil quince, dictado en el juicio de amparo número 1329/2015-I del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, promovido por Elsa Libreros Veana, contra actos del Agente del Ministerio Público adscrita a la Agencia Especializada Para la Investigación en Delitos Financieros Mesa Uno, en el cual se tuvieron a María del Carmen Rodríguez Pérez, por conducto del representante de sus bienes o su albacea, y Finamoney sociedad anónima de capital variable, como terceros interesados y en términos de los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley de la materia, se les mandó emplazar por medio de edictos, para que si a su interés conviniere se apersonen a este juicio en el local de este juzgado, dentro del plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto; si pasado ese plazo no comparecen los terceros interesados, las notificaciones se les harán en términos del artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; para tal efecto se le hace saber que se han fijado las diez horas del veintidós de septiembre de dos mil quince, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Queda a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda y auto admisorio. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, se expide el presente. En San Andrés Cholula, Puebla, diecinueve de agosto de dos mil quince. Doy fe. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla Miguel Ángel González Anaya. Rúbrica. (R.- 419577) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado Xalapa-Equez., Veracruz EDICTO EN LA CAUSA PENAL 11/2012-I, INSTRUIDA EN CONTRA DE PATRICIO MÁRQUEZ RIVERA, POR SU PROBABLE RESPONSABILIDAD EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA, SE DICTO UN ACUERDO QUE EN LO CONDUCENTE DICE:------------------------------------------ Xalapa, Veracruz, a veintiocho de agosto de dos mil quince. “…Por otra parte, como se dijo anteriormente ya se agotó el procedimiento administrativo de localización de los atestes Milagros Rivera Juárez y del ex policía Bernardo Gómez González, sin haber obtenido éxito alguno; en consecuencia, de conformidad con los lineamientos establecidos por el artículo 239, fracción II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el quince de enero del año en curso; así como, los diversos 41 y 83 del Código Federal de Procedimientos Penales, se ordena notificar a los testigos Milagros Rivera Juárez y Bernardo Gómez González, por medio de la publicación de edictos, el cual se publicará por una sola ocasión, el catorce de octubre de dos mil quince, es decir, cinco días antes de la fecha asignada para la diligencia de careos procesales ya descrita, en el DIARIO DE XALAPA, en virtud de ser el diario de mayor circulación en esta ciudad capital, así como en el Diario Oficial de la Federación; y en los ESTRADOS de este Juzgado, que a las nueve horas con treinta y tres minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince, deben comparecer debidamente identificados en este Juzgado sito en boulevard Culturas Veracruzanas, número ciento veinte, colonia Reserva Territorial, de esta ciudad capital, a la diligencia de careos procesales ordenada. “DOS FIRMAS ILEGIBLES”.- RUBRICAS.-------- Atentamente. Xalapa, Veracruz a 28 de Agosto de 2015 El Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz. Lic. Marcial Soto Montaño. Rúbrica. (R.- 419581)
  • 135. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 39 Estados Unidos Mexicanos Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito EDICTOS Tercero Interesado: José de Jesús Corona Ruiz Mediante demanda de amparo presentada el treinta de junio de dos mil trece, a favor de Francisco Javier López Guzmán, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Quinta Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara, Jalisco, consistente: “laudo de fecha 10 de septiembre del año 2010”; motivo por el que se llama a juicio por medio de éste edicto y se informa que debe presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, para que si a su interés conviene se apersone en este juicio con los apercibimientos contenidos en el artículo 181 de la Ley de Amparo; requiérasele para que señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, aún las de carácter personal, se le hará por medio de lista que se fijará en los estrados de este órgano jurisdiccional, dentro del juicio de amparo directo 443/2015. Para que se publique tres veces de siete en siete días. Para su publicación: - "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal. - Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal. Atentamente. Zapopan, Jalisco, 31 de agosto de 2015. La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. Lic. Leticia González Madrigal. Rúbrica. (R.- 419812) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz (Avenida de las Culturas Veracruzanas No. 120, colonia Reserva Territorial, Edificio “B”, piso 2, C.P. 91096, Xalapa, Veracruz) EDICTO En los autos del Juicio de Amparo número 188/2015, formado con motivo de la demanda de amparo promovido por la licenciada Nayelli Martínez Guevara, en su carácter de apoderada legal del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, en la que se señaló como acto reclamado la resolución de trece de enero de dos mil quince, dictada en los autos del expediente laboral número 848/2008-II-IV, del índice de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, Veracruz; la ciudadana Juez Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, Veracruz, ordenó emplazar por medio de edictos al tercero interesado Román Nieto Ramírez, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el “Diario Oficial de la Federación”, “Excelsior” y “Diario de Xalapa”, así como los estrados de este Tribunal, haciéndole saber que está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia simple de la demanda de amparo; que tiene expedito su derecho para comparecer a este Tribunal a deducir sus derechos si a sus intereses conviene, dentro de un término de treinta días hábiles, contados del siguiente al de la última publicación, si pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá el juicio, practicándole las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista de acuerdos que se fijan en los estrados de este juzgado. Atentamente Xalapa, Veracruz, a 16 de junio de 2015 El Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Veracruz Lic. Luis Alberto Vázquez del Orbe Rúbrica. (R.- 419854)
  • 136. 40 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito EDICTOS Tercero Interesado: Fuente de trabajo que se ubicaba en la avenida Federalismo Norte número 736-A, colonia Artesanos, en Guadalajara, Jalisco, dedicada a la Seguridad Privada. Mediante demanda de amparo presentada el dos de mayo de dos mil catorce, a favor de Claudio Alberto Monfil Norberto, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra acto de la Décima Tercera Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara, Jalisco, consistente: “laudo de fecha 24 de febrero del año 2014”; motivo por el que se llama a juicio por medio de éste edicto y se informa que debe presentarse ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, para que si a su interés conviene se apersone en este juicio con los apercibimientos contenidos en el artículo 181 de la Ley de Amparo; requiérasele para que señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo, aún las de carácter personal, se le hará por medio de lista que se fijará en los estrados de este órgano jurisdiccional, dentro del juicio de amparo directo 283/2015. Para que se publique tres veces de siete en siete días. Para su publicación: - "Diario Oficial de la Federación", México, Distrito Federal. - Periódico "Excélsior", México, Distrito Federal. Atentamente. Zapopan, Jalisco, 01 de septiembre de 2015. La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. Lic. Leticia González Madrigal. Rúbrica. (R.- 419809) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTOS AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUEZA OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. TERCERA INTERESADA. JESSICA PAULETTE GUZMÁN LÓPEZ En los autos del juicio de amparo número 1039/2014-IV, promovido por ÁNGEL CORTÉS CASTAÑEDA, contra actos de la TERCERA SALA Y JUEZ SEGUNDO, AMBOS DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL; en el que se señala como tercera interesada a JESSICA PAULETTE GUZMÁN LÓPEZ, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en los artículos 27, fracción III inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la propia ley, se ordena su emplazamiento, al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, y se hace de su conocimiento que en la Secretaría de trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo a efecto de que en un término de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra al órgano jurisdiccional a hacer valer sus derechos. Atentamente México, Distrito Federal, a 17 de Septiembre de 2015. El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. Lic. Fortres Mangas Martínez. Rúbrica. (R.- 419907)
  • 137. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 41 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito EDICTOS. AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. En los autos del juicio de amparo directo número DC.- 571/2015, promovido por Georgina Patricia Olavarría Cabrer, por propio derecho, contra actos de la Cuarta Sala Civil y Juez Sexagésimo Octavo de lo Civil, ambas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, cuyo acto reclamado deriva del Toca 392/2015/1; y como no se conoce el domicilio cierto y actual del tercero interesado Jorge Carlos Fernández Olavarría, se ha ordenado emplazarlo a juicio por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Periódicos de mayor circulación en toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por lo tanto, quedan a disposición del tercero interesado antes mencionado, en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, copia simple de la demanda y sus anexos; asimismo se le hace saber que cuentan con el término de treinta días hábiles que se computarán a partir del día hábil siguiente a la última publicación de los edictos de mérito, para que acuda ante este Tribunal Colegiado en forma personal o por conducto de su representante o apoderado legal, para los efectos que refiere el artículo 181 de la citada Ley, a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por lista en este Tribunal. Atentamente. México, D.F., 09 de septiembre de 2015. Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. Sergio Molina Castellanos Rúbrica. (R.- 419969) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación. Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla, en el juicio de amparo 343/2015 (antes 588/2015), promovido por Marco Antonio Elena Vázquez en su carácter de albacea de la sucesión de Saúl Elena Vázquez, contra actos del 1. Juez y 2. Diligenciario Impar adscritos al Juzgado Décimo Segundo Especializado en Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla, se han señalado como tercero interesadas a 2. Rosenda Elena Vázquez, 3. Juana Elena Vázquez y 4. Rosalía Elena Vázquez, y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlas por edictos, que deberán publicarse: en el “Diario Oficial de la Federación” y en cualquiera de los periódicos siguientes: “Reforma”, “Excelsior”, “El Financiero” o “El Universal”, a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de garantías, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, apercibidas que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos. Igualmente se hace de su conocimiento que se señalaron las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Atentamente San Andrés Cholula, Puebla, 17 de septiembre de 2015. Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla. Lic. Rafael Torres Campos. Rúbrica. (R.- 420063)
  • 138. 42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal México, D.F. EDICTO Emplazamiento a los terceros interesados FERNANDO J. RUIZ MANDUJANO, FERMÍN SOSA, JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ MARGARITA ESPINOZA En los autos del juicio de amparo 466/2015-I, promovido por Javier Morales Reyes, apoderado legal de HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, contra actos del Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y otras autoridades, en el que hizo consistir en: 1) Acuerdo de dieciséis de enero de dos mil quince, que determina el no ejercicio de la acción penal en las averiguaciones previas acumuladas FDF/T/T1/54/13-01 y FDF/T/T3/614/13-09; 2) Acuerdo que veintisiete de febrero de dos mil quince, que autoriza el no ejercicio de la acción penal de las averiguaciones previas acumuladas FDF/T/T1/54/13-01 y FDF/T/T3/614/13-09 y 3) Acuerdo de veintiocho de abril de dos mil quince, que confirma el no ejercicio de la acción penal de las averiguaciones previas acumuladas FDF/T/T1/54/13-01 y FDF/T/T3/614/13-09; al tener el carácter de terceros interesados y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, párrafo segundo, del inciso b) del Artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta Capital, quedando a su disposición en la actuaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo, y cuenta con el término de 30 días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacerlo por sí o por conducto de su representante legal que puedan representarlos, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le correrán por lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito. Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes. Atentamente México, D.F., 14 de septiembre de 2015. Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. Juan Pablo Cortés Torres Rúbrica. (R.- 420219) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en el Estado Los Mochis, Sinaloa EDICTO: Rodolfo Contreras Armenta, padre del menor Louy Gael Contreras Figueroa, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se le notifica emplazándolo con carácter de tercero interesado, de la demanda de amparo promovida por Felipe Yussef Karin Estrada Yaver, registrada bajo el expediente 558/2015-2B, contra actos del juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome, Sinaloa, con sede en esta ciudad, consistentes en: “A).- De la citada Autoridad Responsable Ordenadora reclamo: 1.- El indebido, incorrecto, infundado, inmotivado e inconstitucional Auto de Formal Prisión de fecha 22 de Junio del 2015, pronunciado, en perjuicio del suscrito Felipe Yussef Karin Estrada Yaver, en el Proceso Penal número 168/2015, instaurado en mi contra, en el que la aludida Autoridad Responsable Ordenadora considero al citado quejoso, por cierto incorrectamente, como probable responsable de la Comisión del Delito de CORRUPCIÓN DE MENORES, supuestamente cometido en perjuicio de Louy Gael Contreras Figueroa; y 2.- Por ser una consecuencia del pronunciamiento del inconstitucional Auto de Formal Prisión de fecha 22 de Junio del 2015, también reclamo la inminente ejecución de la Identificación Administrativa del suscrito quejoso (ficha signalética); en tanto que al ser inconstitucional el Auto de Formal Prisión que aquí se reclama, por los razones que más adelante se exponen, también resulta inconstitucional, por ser un fruto viciado, la mencionada Identificación Administrativa del suscrito quejoso (ficha signalética).”. Haciéndole saber que se señalaron las doce horas del veintiuno de octubre del año en curso, para la celebración de la audiencia constitucional; asimismo, que deberá comparecer ante este Juzgado, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, dentro del término de treinta días, con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado. El presente edicto se publicará por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO EL UNIVERSAL. Atentamente. Los Mochis, Sinaloa, a 22 de septiembre de 2015. La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa. Paula Liliana Chairez Parra. Rúbrica. (R.- 420296)
  • 139. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43 Estados Unidos Mexicanos Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Zacatecas EDICTO Por ignorarse el domicilio de Gas Plus, Sociedad Anónima de Capital Variable, parte tercero interesada, por acuerdo de esta propia fecha, conforme al artículo 27, fracción II, inciso b), de la Ley de Amparo vigente, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, haciéndole saber radicación en Juzgado Primero de Distrito, juicio de amparo 978/2015, promovido por CESANTONI, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE por conducto de sus apoderados legales licenciados Francisco Javier Cabañez Escobedo, Luis Ernesto Bañuelos Vega, Martín Barrera Aldana, Ivonne del Rocío Guerrero Muñoz y Daniel Ulises Muñoz Delgado, contra actos de la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores de Congreso de la Unión; Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Comisión Nacional Bancaria y de Valores e Institución Financiera Denominada Dun & Bradstreet, Sociedad de Información Crediticia, todos con sede en México, Distrito Federal, consistentes en la expedición y promulgación de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia publicada en el Diario Oficial de la Federación el diez de enero de dos mil dos, así como la permanencia y registro de quejosa ante la citada institución financiera; en tal virtud, se le hace saber que debe presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación de edictos, apercibido de que transcurrido dicho plazo sin comparecer, se le harán las posteriores notificaciones por lista. Publíquese el presente edicto por tres veces, de siete en siete días. Zacatecas, Zac., a 22 de septiembre de 2015 El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado. Lic. Jorge Martín Zamora González. Rúbrica. (R.- 420397) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Juzgado Trigésimo Quinto de lo Civil “Año de la Consolidación de la Justicia Oral” EDICTO En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR DESARROLLADORES MEXICANOS DE VIVIENDA S.A. DE C.V. en contra de EDUARDO LÓPEZ FAUDOA, expediente 171/2006, la C. Juez Trigésimo Quinto de lo Civil dicto un auto de fecha seis de octubre del dos mil quince, que en su parte conducente dice: "...para que tenga verificativo la audiencia de remate en SEGUNDA ALMONEDA LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, respecto de los derechos de propiedad derivados de la sentencia pronunciada en el juicio de inmatriculación judicial radicado ante el juzgado sesenta y cuatro de lo civil de este Tribunal bajo el número de expediente 258/2000 relativos al inmueble denominado "Meyuca" ubicado en camino real sin número, colonia San Bernabe Ocotepec, Delegación Magdalena Contreras, código postal 10300 en esta ciudad de México, Distrito Federal con una superficie de 48,119.98 metros cuadrados sirviendo como precio de base para dicho remate la cantidad de $13,500,000.00(TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) cantidad que incluye el descuento del diez por ciento respecto del valor del avalúo mas alto rendido en autos; con fundamento en lo dispuesto por el articulo 475 del código federal de procedimientos civiles aplicado supletoriamente al de la materia DEBERÁ REALIZARSE LA PUBLICACIÓN DE LOS EDICTOS CORRESPONDIENTES POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y DE MANERA QUE ENTRE LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO Y LA FECHA DEL REMATE MEDIE UN TERMINO QUE NO SEA MENOR DE CINCO DIAS..." SE CONVOCA POSTORES México, D.F. a 6 de octubre de 2015. El C. Secretaria de Acuerdos Lic. Pedro Carlos Núñez Ortega. Rúbrica. (R.- 420467)
  • 140. 44 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 AVISOS GENERALES ARGUELLES PIPELINE, S. DE R.L. DE C.V. LISTA DE TARIFAS MAXIMAS TRANSPORTE DE GAS NATURAL POR DUCTO DE ACCESO ABIERTO Aviso al público en general y a los Usuarios En cumplimiento a la disposición 21 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural (DIR-GAS-001-2007) Arguelles Pipeline, S. de R.L. de C.V., hace del conocimiento general y de sus usuarios las siguientes tarifas autorizadas por la Comisión Reguladora de Energía, en relación al servicio de transporte de gas natural por ducto de acceso abierto. Tarifa Unidad Pesos Cargo por Capacidad Pesos/GJ 0.2500 Cargo por uso Pesos/GJ 0.0009 México D.F., a 11 de octubre de 2015. Arguelles Pipeline, S. de R.L. de C.V. Apoderado Miguel Ángel Mateo Simón Rúbrica. (R.- 420443) Auditoría Superior de la Federación Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Responsabilidades RIGOBERTO RAMOS ROMERO, en el procedimiento resarcitorio DGR/D/10/2014/R/10/036, por acuerdo de dos de octubre de dos mil quince, se ordenó su notificación por edictos, por omisiones presuntamente irregulares atribuidas a Usted en su carácter de Delegado Estatal en Guerrero de la Secretaría de la Reforma Agraria, actualmente Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, consistentes en: “No supervisar que 48 grupos de beneficiarias del PROMUSAG, comprobaran la correcta aplicación de los recursos ante la “Delegación”, dentro de los noventa días naturales posteriores a la fecha de entrega de recursos; ni notificó a la “Coordinación” del incumplimiento en la comprobación de los grupos para que dichos casos se remitieran a la Jefatura de Asuntos Jurídicos, con el objetivo de determinar las acciones legales procedentes.” Por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal, por un monto de $8’727,400.00 (OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.); por lo que conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y 2o, relativo a la Dirección General de Responsabilidades, y 34, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, se le cita para que comparezca personalmente, a la audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Avenida Coyoacán, número 1501, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03100, México, Distrito Federal, a las 10:00 horas del cuatro de noviembre de dos mil quince, y manifieste lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibido que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluido su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en el expediente, asimismo, se le previene a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, Distrito Federal, sede de la Auditoría Superior de la Federación, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en el pizarrón que se encuentra visible en la entrada de las oficinas de esta Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a 18:30 horas. México, Distrito Federal, a ocho de octubre de dos mil quince. El Director General Lic. Víctor José Lazcano y Beristain Rúbrica. (R.- 420462)
  • 141. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 45 Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios NOTIFICACIÓN POR EDICTOS En el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias DGRRFEM/A/08/2015/10/209, que se sigue ante esta Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, con motivo de la falta de solventación del pliego de observaciones número R800/2012, formulado al Gobierno del Estado de Querétaro, como resultado de la revisión y fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, se ha considerado como presuntos responsables, entre otros, a los CC. Octavio Hernández Bolaños y Luis Alfonso Méndez Fructuoso, así como a la empresa Servicios de Ingeniería Rogad, S.A. de C.V., a quienes se les atribuye lo siguiente: Al C. Octavio Hernández Bolaños, que durante su desempeño como Residente de la Obra Pública con número de contrato MAP-DOP-R33-PIBAI-LPN-001/2010, financiada parcialmente con recursos federales provenientes del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas 2010, suscribió la estimación 5 (CINCO) y FINIQUITO, la cual consignaba la ejecución de volúmenes de obra en varios conceptos relativos a señalamientos en cantidades superiores a las realmente ejecutadas, provocando un pago indebido de $1,045,254.93 (Un millón cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos 93/100 M.N.), de los cuales $522,627.47 (Quinientos veintidós mil seiscientos veintisiete pesos 47/100 M.N.), corresponden al porcentaje erogado de los recursos del Programa citado. Al C. Luis Alfonso Méndez Fructuoso, que durante su desempeño como Residente de las Obras Públicas con números de contrato MVG-LP-50095001-001-10 y MVG-LP-50095001-002-10, financiadas parcialmente con recursos federales provenientes del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas 2010, suscribió las estimaciones 4(CUATRO) y FINIQUITO, y 5 (CINCO) y FINIQUITO, respectivamente, las cuales consignaban la ejecución de volúmenes de obra en varios conceptos relativos a señalamientos en cantidades superiores a las realmente ejecutadas, provocando un pago indebido de $116,830.32 (Ciento dieciséis mil ochocientos treinta pesos 32/100 M.N.), de los cuales $58,415.16 (CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS QUINCE PESOS 16/100 M.N.), corresponden al porcentaje erogado de los recursos del Programa de citado. Y a la empresa Servicios de Ingeniería Rogad, S.A. de C.V., que en su carácter de Contratista de la Obra Pública con número de contrato MVG-LP-50095001-001-10; recibió indebidamente el pago de $108,686.66 (Ciento ocho mil seiscientos ochenta y seis pesos 66/100 M.N.), de los cuales $54,343.33 (Cincuenta y cuatro mil trescientos cuarenta y tres pesos 33/100 M.N.), corresponden al porcentaje erogado de los recursos del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas 2010, por la ejecución de volúmenes de obra en varios conceptos relativos a señalamiento que fueron estimados en cantidades superiores a las realmente ejecutadas. Toda ellas conductas que transgredieron lo dispuesto en los artículos 45, fracción I, 54, 55, párrafo segundo y 67 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 84, fracciones I y VI de su Reglamento, y Cláusulas Quinta y Décima Primera de los contratos MAP-DOP-R33-PIBAI-LPN-001/2010, MVG-LP-50095001-001-10 y MVG-LP-50095001-002-10; y Décima Primera del contrato, causando un daño al Erario Público Federal, y toda vez que se desconoce su domicilio actual; con fundamento en el artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, se les emplaza al procedimiento de mérito por edictos, y se les cita para que comparezcan personalmente a las audiencias de ley que se celebrarán en las oficinas que ocupa esta Dirección General, ubicadas en la Carretera Picacho Ajusco No. 167, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14140, México, D.F., en los siguientes días y horarios: el C. Octavio Hernandez Bolaños, el día 26 de octubre de 2015 a las 09:30 hrs.; el C. Luis Alfonso Méndez Fructuoso, el día 26 de octubre de 2015 a las 11:30 hrs.; y Servicios de Ingeniería Rogad, S.A. de C.V., a través de su representantel legal, el día 26 de octubre de 2015 a las 17:00 hrs., con la finalidad de que manifiesten lo que a su derecho convenga en relación a los hechos que se les imputan, así como para que ofrezcan pruebas y formulen alegatos, audiencias a las que podrán asistir acompañados de sus abogados o personas de confianza, apercibidos que de no comparecer sin causa justificada, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan, y por precluído su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo. Asimismo, se ponen a su disposición para consulta las constancias que integran el expediente de referencia, en el citado domicilio, en un horario de las 9:00 a las 14:00 hrs., en días hábiles. Finalmente, se hace de su conocimiento que en la audiencia a la que se le cita o en su primera promoción deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el Distrito Federal, en términos del artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en el entendido de que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones se le harán por rotulón, de conformidad con los artículos 306 y 316 del mencionado Código. México, D.F., a 21 de septiembre de 2015. El Director General Lic. Aldo Gerardo Martínez Gómez Rúbrica. (R.- 419982)
  • 142. 46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Responsabilidades Procedimiento: DGR/D/08/2015/R/11/078 Sociedad Agropecuaria Los Fresnos, S.P.R. de R.L. En el procedimiento resarcitorio DGR/D/08/2015/R/11/078 se ordenó su notificación por edictos por la presunta irregularidad que se le atribuye, consistente en haber omitido efectuar el reintegro de los recursos del Programa de Apoyo a la inversión en Equipamiento e Infraestructura, Componente Manejo Posproducción, relativo al Proyecto para el Fortalecimiento de Infraestructura para la Movilización y Acopio de Granos y Oleaginosas (FIMAGO), que le fueron otorgados por el Fideicomiso de Riesgo Compartido para la ejecución del Proyecto FIM-DGO-11- 000102, toda vez que no comprobó la aplicación de dichos recursos conforme al plazo de ejecución establecido en el Convenio de Concertación y Anexo Técnico, suscritos el 28 de septiembre de 2011 y de sus convenios modificatorios celebrados el 30 de diciembre de 2011 y 29 de junio de 2012, por lo que no aplicó a los fines autorizados los apoyos recibidos, infringiendo los artículos 7, fracción II y 55, del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2010; 7, fracción VI, párrafo primero y 8 del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos de Operación del Componente Manejo de Postproducción, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2011; las Cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Quinta y Octava, numerales 1, 12, 15 y 17, del Convenio de Concertación, de fecha 28 de septiembre de 2011, numeral 3.1 del Anexo Técnico al referido Convenio y Cláusula Primera de los convenios modificatorios suscritos el 30 de diciembre de 2011 y 29 de junio de 2012 que se formularon al citado convenio; con lo que se ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $660,471.58 (SEISCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 58/100 M.N.), más un perjuicio constituido por los productos financieros correspondientes, que se actualizarán para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación, en tratándose de contribuciones. Por lo anterior, con fundamento en el artículo 57, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; se le cita para que comparezca personalmente a la audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Avenida Coyoacán número 1501, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03100, México, Distrito Federal, a las 12:00 horas del 30 de octubre de 2015, acompañada de su abogado o por persona de su confianza, a fin de que manifieste por conducto de su representante legal o por quien acredite tener facultades suficientes para ello, lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibida que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluidos sus derechos para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en el expediente; debiendo presentar al momento de la audiencia, identificación oficial, vigente y con fotografía; y además, se le requiere para que señale domicilio ubicado en esta ciudad, para que se le hagan las notificaciones que deban ser personales, apercibida en caso de omisión, con que se le realizarán por rotulón que se fijará en los estrados de esta Dirección General de Responsabilidades. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:30 horas. Ciudad de México, Distrito Federal, a 29 de septiembre de 2015. El Director General Lic. Víctor José Lazcano y Beristain Rúbrica. (R.- 420364) Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Responsabilidades Procedimiento: DGR/D/08/2015/R/11/080 Pescamar de Celestún, S.C. de R.L. de C.V. En el procedimiento resarcitorio DGR/D/08/2015/R/11/080 se ordenó su notificación por edictos por la presunta irregularidad que se le atribuye, consistente en haber omitido efectuar el reintegro de los recursos del subcomponente Proyecto de Apoyo al Valor Agregado de Agronegocios con Esquemas de Riesgo Compartido (PROVAR), que le fueron otorgados por el Fideicomiso de Riesgo Compartido para la ejecución del Proyecto VA-YUC-11-000082, toda vez que no comprobó la conclusión de la ejecución del proyecto, ni la aplicación de dichos recursos conforme al plazo establecido en el Convenio de Concertación y Anexo Técnico, suscritos el 29 de septiembre de 2011 y de sus convenios modificatorios celebrados el 30 de marzo de 2012 y 30 de junio de 2012, por lo que no aplicó a los fines autorizados los apoyos recibidos; infringiendo los artículos 7, fracción VI, en relación con el 8 de los Lineamientos Específicos de Operación del Componente Manejo de Postproducción, publicado en el Diario
  • 143. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 47 Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2011; 7, fracciones I y II, de las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2010 y su Modificación publicada en el mismo medio el 2 de mayo de 2011; cláusulas Quinta, Octava, numerales 1, 6, 15 y 17 y Décima Tercera del Convenio de Concertación celebrado el 29 de septiembre de 2011; y, cláusula Segunda, numeral 3.1 del Convenio Modificatorio al convenio de concertación de 30 de junio de 2012; con lo que esa asociación civil ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $862,473.00 (OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), más el perjuicio constituido por los productos financieros correspondientes, que se actualizarán para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación, en tratándose de contribuciones. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 57, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; se le cita para que comparezca personalmente a la audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Avenida Coyoacán número 1501, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03100, México, Distrito Federal, a las diez horas del 30 de octubre de 2015, acompañada de su abogado o por persona de su confianza, a fin de que manifieste por conducto de su representante legal o por quien acredite tener facultades suficientes para ello, lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibida que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluidos sus derechos para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en el expediente; debiendo presentar al momento de la audiencia, identificación oficial, vigente y con fotografía; y además, se le requiere para que señale domicilio ubicado en esta ciudad, para que se le hagan las notificaciones que deban ser personales, apercibida en caso de omisión, con que se le realizarán por rotulón que se fijará en los estrados de esta Dirección General de Responsabilidades. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:30 horas. Ciudad de México, Distrito Federal, a 29 de septiembre de 2015. El Director General, Lic. Víctor José Lazcano y Beristain Rúbrica. (R.- 420366) Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Dirección General de Administración CONVOCATORIA DE LA VENTA DE BIENES No. 6/6.3/6C.17/001/2015 Con apego a la VIGESIMA OCTAVA y VIGESIMA NOVENA de las NORMAS GENERALES PARA EL REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA, se realizara la venta por Licitación Pública. No. DE CONVOCATORIA: No. 6/6.3/6C.17/001/2015 FECHA DEL EVENTO: 28 de octubre de 2015 LUGAR EN EL QUE SE REALIZARA EL EVENTO: Ubicada en camino al Ajusco no. 200, Col. Jardines en la Montaña, Del. Tlalpan México D.F. 299 bienes de Mobiliario, Equipo y Vehículos que corresponden a: • 211 Mobiliario y Equipo de Administración. • 9 Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo. • 2 Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio. • 14 Equipo de Transporte. • 63 Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas. MONTO MINIMO DE VENTA $ 480, 640. 01 (CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS 01/100 M.N.) REFERENCIA DE LAS BASES http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/3240/1/mx/programa_anual_de_disposicion_final_de_bienes_ muebles_2015.html México D.F. a 7 de octubre de 2015. Director de Recursos Materiales y Servicios Generales C.P. Adalberto Legorreta Gutiérrez Rúbrica. (R.- 420386)
  • 144. 48 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual Expediente: 387/09-EPI-01-2 Actor: Promotora Musical, S.A. de C.V. “EDICTO” COLUMBIA PICTURES INDUSTRIES, WARNER BROS ENTERTAINMENT, INC., TWENTIETH CENTURY FOX FILM CORPORATION, UNIVERSAL CITY STUDIOS, INC. y DISNEY ENTERPRISES INC. En los autos del juicio contencioso administrativo número 387/09-EPI-01-2, promovido por OMAR LUGO ANDERE, representante legal de la empresa PROMOTORA MUSICAL, S.A. DE C.V., en contra de la resolución negativa ficta recaída al recurso de revisión ingresado por el actor el 21 de enero de 2005, ante el Director de Protección contra la Violación del Derecho de Autor del Instituto Nacional del Derecho de Autor, interpuesto en contra de la multa impuesta en el oficio de 3 de diciembre de 2004, que resuelve el expediente PCV/0005/04, se dictó un acuerdo con fecha 14 de septiembre del presente año en donde se ordenó emplazar a COLUMBIA PICTURES INDUSTRIES, WARNER BROS ENTERTAINMENT, INC., TWENTIETH CENTURY FOX FILM CORPORATION, UNIVERSAL CITY STUDIOS, INC. y DISNEY ENTERPRISES INC., al juicio citado por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo reformado y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, reforma publicada el 10 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para lo cual se le hace saber que tiene un término de cuarenta y cinco días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca en esta Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ubicada en Av. La Morena No. 804, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, México, Distrito Federal a deducir sus derechos, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 reformado de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora. México, Distrito Federal a 14 de septiembre de 2015 El C. Magistrado Instructor de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Lic. Ramón Ignacio Cabrera León Rúbrica. La Secretaria de Acuerdos Lic. Ruth Beatriz de la Torre Edmiston Rúbrica. (R.- 419967) PLASTIBER DE MEXICO, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 26 DE AGOSTO DE 2015 Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 México D.F. a 02 de octubre de 2015. Liquidador Rosalba Herrera García Rúbrica. (R.- 420140) AVISO AL PÚBLICO Se informa al público en general que las cuotas por suscripción semestral y venta de ejemplares del Diario Oficial de la Federación, vigentes a partir del 1 de enero de 2015, son las siguientes: Suscripción semestral al público: $ 1,298.00 Ejemplar de una sección del día: $ 13.00 *El precio se incrementará $4.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación
  • 145. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 49 BONITO GUADALAJARA, S.A. DE C.V. CONVOCATORIA Con fundamento en lo dispuesto por los artículos Noveno, Décimo Tercero, Vigésimo Segundo, Vigésimo Cuarto y demás relativos de los Estatutos Sociales de “BONITO GUADALAJARA”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, así como los artículos 166, 182, 183, 186, 187 y demás aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los señores accionistas de la sociedad a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, que tendrá verificativo en Av. México 2913, Int. 4, Colonia Vallarta Norte, C.P. 44690, Guadalajara, Estado de Jalisco, a las 12:00 horas del día 30 de octubre de 2015, la cual se desarrollará conforme al siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- Nombramiento de escrutadores, cómputo de las acciones y, en su caso, declaración de estar legalmente instalada la Asamblea de Accionistas. 2.- Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día. 3.- Propuesta y, en su caso, aprobación sobre la disminución del capital social de la sociedad en su parte variable, mediante reembolso a los accionistas. 4.- Designación de Delegados Especiales para que vigilen el cumplimiento de los acuerdos adoptados en la presente Sesión y, de resultar necesario, concurran conjunta o separadamente ante Notario Público de su elección para protocolizar los acuerdos adoptados en la Asamblea. 5.- Elaboración, lectura y aprobación, en su caso, del acta que se levante con motivo de la Asamblea. Se les recuerda a los señores accionistas que, para concurrir a la Asamblea deberán acreditar su calidad de tales y que podrán hacerlo por conducto de un Representante en términos del artículo 192 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a quienes podrán conferirle mandato en carta poder simple firmada ante dos testigos. Atentamente México, Distrito Federal a 5 de octubre de 2015. Presidente del Consejo de Administración Jacobo Justino Hirschhorn Rothschild Rúbrica. (R.- 420391) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Agencia de las Naciones Unidas, le invita a participar en sus procesos de licitación de carácter internacional para la adquisición de bienes, contratación de servicios y obra pública. Lo anterior, de conformidad con los artículos III y VIII del Acuerdo entre Las Naciones Unidas y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, firmado el 23 de febrero de 1961, en apego a la resolución 1240 (XIII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con el objeto de promover el progreso social y elevar el nivel de vida así como de impulsar el desarrollo económico, social y técnico de México. Mayor información: rm.mexico@undp.org Tipo de Proceso Proceso No. Descripción Recepción de Ofertas Solicitud de Propuesta SDP-14-2015 Provisión de servicios para el cálculo, análisis e implementación del Índice de la Ciudad Próspera para 130 municipios en la República Mexicana Proyecto F130 –de ONU Hábitat. México A más tardar a las 16:59 pm del 29 de octubre de 2015. Las bases de licitación no tienen costo alguno. Los interesados podrán encontrar ésta y otras convocatorias vigentes, las fechas de aclaraciones, visita al sitio y cierre, así como los requisitos para participar, en el portal de Internet del PNUD en México: http://www.mx.undp.org sección licitaciones vigentes. Twitter: PNUD_México. El PNUD no se responsabilizará por la falta de capacidad del equipo electrónico del proponente para obtener los documentos de solicitud de propuesta, ni por pérdidas y/o recepción tardía de cualquier comunicación enviada. 5 de octubre de 2015. Directora de Recursos Materiales y Servicios Generales Patricia Marrón Rúbrica. (R.- 420454)
  • 146. 50 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Pronósticos para la Asistencia Pública ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE COMERCIALIZADORES Y/O AGENTES DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA. El Consejo Directivo, con fundamento en el artículo 58 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; artículo 6 fracciones III y IV del Decreto de Creación de Pronósticos para la Asistencia Pública; y artículo 10 del Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública, y CONSIDERANDO Que Pronósticos para la Asistencia Pública es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado mediante el Decreto del Titular del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 1978; Que derivado de las reformas al Decreto de Creación publicadas el 4 de agosto de 2011 en el Diario Oficial de la Federación, se pretende potencializar el uso de las terminales electrónicas empleadas para la captación de la venta de los boletos para participar en los diversos juegos, concursos y sorteos, mediante la comercialización de diversos productos y servicios que sean generados por terceros; Que al gozar de mayor flexibilidad para realizar operaciones comerciales, Pronósticos para la Asistencia Pública podrá utilizar la figura jurídica que considere idónea y que le permita obtener los recursos necesarios para cumplir de manera eficaz con su objeto y fin; Que es necesario contar con las disposiciones que reglamenten la operación de quienes participen con la Entidad en la venta de los boletos para participar en los diversos juegos, concursos, sorteos, productos y servicios ofertados por Pronósticos; ha tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO DE COMERCIALIZADORES Y/O AGENTES DE PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA TÍTULO PRIMERO De la comercialización CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 1o.- Para la consecución de su objeto y fin, Pronósticos, comercializará todos los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios a que se refiere el Artículo Segundo de su Decreto de Creación, directamente o a través de comercializadores y/o agentes y Canales Alternos, quienes deben reunir los requisitos señalados en el presente Reglamento para firmar el Contrato de Comisión Mercantil aplicable. Artículo 2o.- Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por: I. Agencia.- Punto de venta o establecimiento en el que se comercializan y, se concentran los registros de participaciones de los juegos, concursos, sorteos, productos o servicios que Pronósticos ofrece al público y que son registrados en el Sistema de Cómputo Central o Sistema de Captación de Apuestas en Línea; II. Agencia madura.- Punto de venta o establecimiento que haya concluido satisfactoriamente su periodo de prueba a que hace referencia el artículo 19 de este reglamento, superando o igualando el promedio de venta semanal mínimo establecido en su Contrato de Comisión Mercantil; III. Apuesta.- Monto susceptible de apreciarse en moneda nacional que se arriesga en un juego contemplado por la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como en su Reglamento y con la posibilidad de obtener o ganar un premio. IV. Boleto.- Es el documento o registro electrónico autorizado emitido por la terminal, que acredita y garantiza al portador o titular del mismo el derecho a participar en un juego con apuesta, concurso o sorteo, según sea el caso. Los boletos quedarán almacenados en el Sistema de Cómputo Central denominado también Sistema de Captación de Apuestas en Línea. El boleto consigna un contrato de adhesión, acredita el derecho de participar en el juego, concurso o sorteo respectivo y constituye un documento civil al portador comprendido en el artículo 6o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y no un título de crédito; V. Buró de Comercializadores y/o agentes deudores.- Es un historial de Comercializadores y/o agentes que incumplieron con el pago de sus ventas durante la vigencia de su Contrato de Comisión Mercantil. VI. Canales Alternos.- Son todos aquellos Comercializadores y/o agentes que operan equipos, terminales y medios de comunicación que pueden ser de su propiedad o de terceros, que están debidamente validados conforme al marco normativo de Pronósticos y enlazados con el Sistema de Cómputo Central o Sistema de Captación de Apuestas en Línea de Pronósticos para efectuar la comercialización masiva de los productos de Pronósticos VII. Centro de soporte a terminales.- Es la asistencia técnica a distancia y/o física proporcionada al comercializador y/o agente, por quien designe Pronósticos, tendiente a resolver problemas técnicos y de suministros para el adecuado funcionamiento de las terminales;
  • 147. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 51 VIII. C.F.D.I.- Comprobante Fiscal Digital por Internet. IX. Comercializador y/o agente.- Es la persona física o moral que tenga celebrado un Contrato de Comisión Mercantil con Pronósticos con la finalidad de captar y enterar las ventas de las participaciones de los juegos, concursos, sorteos, productos y servicios que ofrece Pronósticos en la forma y términos señalados en el Decreto de Creación de Pronósticos, en el Estatuto Orgánico, en este Reglamento y las demás disposiciones aplicables; X. Comercializador y/o agente cadenero.- Es la persona física o moral que en términos del Contrato de Comisión Mercantil celebrado con Pronósticos tiene autorización para operar dos o más agencias; XI. Comprobante de Participación.- Es el registro físico o electrónico autorizado por Pronósticos que acredita la titularidad de un boleto; XII. Concentrador.- Persona física o moral que recibe de Pronósticos el material operativo, publicitario u otro, con la función de almacenarlo y entregarlo al Comercializador y/o agente, a consecuencia de causas de fuerza mayor o contingencia; XIII. Concurso.- Es la actividad en la que los poseedores o titulares de un boleto y/o comprobante de participación, mediante la selección previa de un resultado deportivo o competencia, obtienen el derecho a participar en un procedimiento previamente estipulado y aprobado por la Secretaría de Gobernación, conforme al cual se determina uno o varios ganadores de un premio; XIV. Contrato de Comisión Mercantil.- Es el acto jurídico por el cual Pronósticos, en su carácter de comitente le otorga un mandato escrito al comercializador y/o agente en su calidad de comisionista, en términos de lo que prevé el Código de Comercio sobre la comisión mercantil; a través del cual el comercializador y/o agente se obliga a distribuir todos los juegos, concursos, sorteos, productos y servicios, así como los que resulten en lo futuro y que considere necesario implementar en respuesta a la demanda y acorde a sus objetivos contenidos en su decreto de creación. XV. Contrato de Comodato.- Es el contrato por virtud del cual el Proveedor de Lotería en Línea da en préstamo la terminal al comercializador y/o agente para hacer uso de la misma para la captación de la venta de los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios estipulados en el contrato de comisión mercantil vigente; sin destruirla y con la innegable obligación de restituirla en términos de lo previsto en los artículos 15o. y 16o. del presente Reglamento. XVI. Juego.- Es la actividad recreativa en la cual las posibilidades de ganar o perder no dependen exclusivamente de la habilidad del jugador, sino que interviene también el azar. La mayoría de ellos son también juegos de apuestas, cuyos premios están determinados por la probabilidad estadística de acertar la combinación elegida. XVII.- Estrategia Comercial.- Son aquéllos principios, rutas, planes y herramientas fundamentales que orientan y establecen a Pronósticos el cómo lograr sus objetivos y metas comerciales. XVIII. Material operativo.- Son los bienes o insumos de distintos tipos necesarios para facilitar las actividades de comercialización de Pronósticos; XIX. Premio.- Es la retribución en efectivo o en especie que obtiene el ganador de un juego con apuesta, pronóstico, concurso o sorteo; XX. Pronósticos.- Pronósticos para la Asistencia Pública; XXI. Proveedor.- Persona física o moral que celebra un contrato administrativo con Pronósticos para proveer de equipos, terminales, suministros, medios de comunicación u otros materiales para la comercialización de los concursos, juegos, sorteos, productos y/o servicios de Pronósticos a los Puntos de Venta y Canales Alternos; XXII.- Reglamento.- Reglamento de Comercializadores y/o agentes; XXIII. Sistema de Cómputo Central.- Es el Sistema de Cómputo de Pronósticos utilizado para captar los registros de las participaciones de los clientes de los productos de Pronósticos; así como de la adquisición o pago de productos o servicios al cual se le conoce también como Sistema de Captación de Apuestas en Línea; XXIV. Sorteo.- Es la actividad en la que los poseedores o titulares de un boleto y/o comprobante de participación mediante la selección previa de un número, combinación de números o cualquier otro símbolo, obtienen el derecho a participar en un procedimiento previamente estipulado y aprobado por la Secretaría de Gobernación, conforme al cual se determina al azar un número, combinación de números, símbolo o símbolos que generan uno o varios ganadores de uno o varios premios; XXV.-Socio Promocional.- Persona física o moral que celebra un contrato administrativo con Pronósticos para proveer servicios de publicidad, promoción o imagen; XXVI. Terminal.- Cualquier dispositivo de punto de venta que se utilice para la comercialización de juegos, concursos, sorteos, productos y servicios que ofrece Pronósticos; XXVII. XML.- Archivo de Lenguaje de Marcas Extensible, el cual contiene en un formato comprimido los datos e información referente al Comercializador y/o agente sobre montos de facturación de comisiones.
  • 148. 52 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Artículo 3o.- Tendrán el carácter de comercializadores y/o agentes aquellas personas físicas y sociedades constituidas de acuerdo a las leyes mexicanas, que tengan capacidad jurídica para contratar y obligarse a los fines señalados en el Artículo 1° del presente Reglamento, previa autorización que de su solicitud de agencia efectúe la Subdirección General de Servicios Comerciales de Pronósticos, dentro de los 12 (doce) días hábiles siguientes a la presentación, así como de la celebración del Contrato de Comisión Mercantil en el que se faculta para comercializar todos los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios que Pronósticos ofrece al público, debiendo participar activamente en los programas promocionales y de capacitación que Pronósticos desarrolle para sus marcas en conjunto con un Socio Promocional y que cumpla con los requisitos señalados en el presente Reglamento. En caso de no emitirse respuesta alguna a la solicitud de autorización de agencia, se tendrá como no autorizada. Son causales de negativa de otorgamiento de agencia, las siguientes: I. Pronósticos no cuente con equipo disponible; II. El lugar donde solicitan la colocación de la agencia no reciba señal para su funcionamiento; III. El Canal Alterno no cumpla con las especificaciones técnicas determinadas por Pronósticos; IV. Por estrategia comercial no convenga a Pronósticos; V. No cumpla con los requisitos que establece el presente Reglamento, y las demás disposiciones aplicables; VI. Que el solicitante se encuentre en el Buró de Comercializadores y/o agentes deudores con antecedentes comerciales y de cobranza negativos frente a Pronósticos. Artículo 4o.- Antes de iniciarse en el desempeño de las actividades objeto del presente Reglamento, los comercializadores y/o agentes deberán recibir la capacitación que imparta Pronósticos a través del Proveedor de Lotería en Línea, para manejar, operar y conservar en buen estado de funcionamiento las terminales que les son entregadas en calidad de comodato, así como los demás elementos de apoyo. Artículo 5o.- Pronósticos podrá implementar o generar convenios que permitan facilitar el proceso de afianzamiento, ofreciendo las mejores condiciones al comercializador y/o agente. El Comercializador y/o agente, previo al inicio de sus actividades deberá entregar a Pronósticos, garantía que respalde las obligaciones establecidas en el Contrato de Comisión Mercantil, las cuales podrán ser las siguientes: a) Fianza expedida por la institución autorizada que al momento tenga celebrado un Convenio de Afianzamiento General o conforme a los mecanismos de afianzamiento vigentes en Pronósticos; b) Garantía Bancaria (Standby o línea de Crédito) emitida por institución bancaria autorizada; c) Depósito en efectivo constituido a través de certificado o billete de depósito expedido por la institución de crédito autorizada (Moneda Nacional); d) Depósito en efectivo ante la Tesorería de Pronósticos (Moneda Nacional); e) Carta de crédito irrevocable, expedida por institución de crédito autorizada, y f) Cheque certificado o de caja expedido a favor de la Tesorería de Pronósticos. La cantidad mínima y el periodo de vigencia de la garantía, será comunicada por la Subdirección General de Servicios Comerciales al momento de la firma del Contrato. Pronósticos a través de la Subdirección General de Servicios Comerciales, le indicará la fecha, forma de entrega, monto, requisitos y periodo de vigencia para la renovación de la Garantía la cual deberá ser entregada con 30 (treinta) días hábiles de antelación a su vencimiento, para garantizar el debido manejo de los bienes, fondos y valores que le asigne Pronósticos o que reciba por razón de su contrato. El monto mínimo de la fianza o garantía a que se refiere el párrafo anterior, podrá incrementarse a petición del comercializador y/o agente o a determinación de Pronósticos, dependiendo de su comportamiento de ventas de los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios que se generen durante la vigencia del Contrato de Comisión Mercantil. La fianza a la que se hace referencia en este artículo, únicamente funciona como garantía sobre las transacciones o ventas que realice el comercializador y/o agente y/o canal alterno. Artículo 6o.- El comercializador y/o agente, desempeñará por sí mismo las obligaciones establecidas en el presente Reglamento y no podrá delegarlas, compartirlas o recibir una contraprestación o beneficio que fuere en especie o monetario. Sin embargo, podrá bajo su estricta y personal responsabilidad, emplear en el desempeño de sus funciones al personal que a su juicio le fuere necesario, siendo en todo momento el comercializador y/o agente responsable de los actos u omisiones que se puedan presentar en cualquier supuesto, debiendo dicho personal ser capacitado por el propio titular de la agencia, sin que esto genere una relación laboral con Pronósticos. Asimismo, el comercializador y/o agente deberá contar con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones laborales, fiscales y/o de cualquier otra naturaleza que deriven de las relaciones con sus propios trabajadores, por lo que Pronósticos estará relevado de cualquier responsabilidad por las obligaciones mencionadas, puesto que el Comercializador y/o agente tiene para todos los casos, el carácter de patrón y no de intermediario en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo.
  • 149. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53 De igual forma, el comercializador y/o agente deberá cumplir con las obligaciones fiscales, derechos y otras obligaciones que graven su actividad y llevar los registros correspondientes; así mismo las de carácter laboral, en relación con el personal que contrate. En términos de lo anteriormente expuesto, la relación laboral existe y existirá solamente entre el Comercializador y/o agente y sus trabajadores. La relación entre el comercializador y/o agente y Pronósticos está determinada única y exclusivamente bajo los términos del contrato de comisión mercantil celebrado entre ambos. La relación de Pronósticos con los Canales Alternos, se dará con la persona física o moral que tenga representación legal, no con quienes integren su estructura en puntos de venta y/o canales de comercialización. La vigencia de los contratos que Pronósticos celebre con Canales Alternos que utilicen puntos de venta, equipos o terminales y medios de comunicación ajenos, estará condicionada a que permanezca en vigor, a su vez, la estipulación a favor de Pronósticos que los Canales Alternos deben pactar con el proveedor de los puntos de venta, equipos o terminales y medios de comunicación, la cual consiste en que el mencionado proveedor quede obligado a permitir la supervisión tan amplia y exhaustiva, y cualesquiera llevar a cabo, respecto del desempeño que en el cumplimiento del contrato de comisión mercantil se estipule. Artículo 7o.- El comercializador y/o agente deberá exhibir a la vista del público, toda la documentación y publicidad que remita para ese efecto Pronósticos y podrá promocionar por sus propios medios, los juegos, sorteos, productos o servicios y desarrollos que comercializa Pronósticos. Artículo 8o.- El comercializador y/o agente se ajustará en el desempeño de sus actividades a las disposiciones establecidas en el Decreto de Creación, en el Estatuto Orgánico de Pronósticos, a éste y demás Reglamentos de Pronósticos, al Contrato de Comisión Mercantil celebrado, a los Instructivos, Circulares, Manuales y demás normas de carácter administrativo y jurídico que sobre la materia se encuentren vigentes, así como cualquier otra que en el futuro se expida y le comunique Pronósticos; así mismo, vigilar que el personal que lo auxilie, conozca y cumpla con dicha normatividad. Artículo 9o.- Se entenderán como medios de comunicación oficial, aquéllos documentos e información que se hagan del conocimiento del comercializador y/o agente a través de Mensaje Vía Terminal, Correo Electrónico, Prensa, Página de Internet, Portal de comercializadores y/o agentes, Servicio Postal o Mensajería con acuse de recibo, Llamada Telefónica y demás medios que determine Pronósticos en el Contrato de Comisión Mercantil. Artículo 10o.- La determinación del local donde el comercializador y/o agente realice su actividad, deberá cumplir con los requisitos que Pronósticos señale de instalación física y de suministro de energía, para que tanto la terminal electrónica, como el equipo de comunicación, funcionen con seguridad y eficacia. Artículo 11o.- La solicitud de baja voluntaria de una agencia deberá ser ingresada únicamente por el comercializador y/o agente autorizado, presentada por escrito o medio electrónico que se señale en el Contrato de Comisión Mercantil a la Subdirección General de Servicios Comerciales de Pronósticos, con una antelación de (10) diez días hábiles a la fecha en que se tenga contemplada realizar la baja, siempre y cuando no tenga adeudos. La petición de baja voluntaria de agencia, deberá ser atendida por la Subdirección General de Servicios Comerciales dentro de los 12 (doce) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, en caso de no emitirse respuesta alguna, se entenderá por autorizada. Artículo 12o.- El comercializador y/o agente deberá obtener por su exclusiva cuenta las licencias, permisos o autorizaciones que las disposiciones normativas y legales vigentes le exijan para el funcionamiento de su local comercial y mantenerlo abierto al público durante el horario indicado en el Contrato de Comisión Mercantil celebrado con Pronósticos. Artículo 13o.- El comercializador y/o agente recibirá en calidad de comodato para el desempeño de su encargo, cuando menos una terminal electrónica y equipo de comunicación, los cuales deberá cuidar y proteger para que no sufran daño ni deterioro alguno, debiendo entregar dichos bienes en el momento en el que fuere requerido por Pronósticos y sin más deterioro que el derivado del transcurso del tiempo, de su uso normal y prudente, así como a no cambiar por cuenta propia la ubicación de la terminal y equipo de comunicación. Artículo 14o.- El comercializador y/o agente, vía telefónica, deberá reportar de inmediato a Pronósticos o a quien éste designe, las fallas, descomposturas o cualquier otro evento que llegase a suspender la operación normal de la terminal, equipo de comunicación y demás componentes que lo integran; así como no deberá intentar reparar por cuenta propia la terminal y equipo correspondiente, asumiendo el compromiso de responder de cualquier daño que llegase a ocasionar por el incumplimiento de este artículo. Artículo 15o.- Pronósticos se reserva el derecho de evaluar, en el supuesto de daños ocasionados al equipo señalado en los artículos 13o. y 14o. de este Reglamento, el costo de la reparación conforme a un dictamen técnico elaborado por la empresa que Pronósticos designe, mismo que servirá como base para que el Comercializador y/o agente cubra el importe del daño en efectivo y en la cuenta bancaria que Pronósticos le indique.
  • 150. 54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Artículo 16o.- El comercializador y/o agente deberá pagar el deducible correspondiente al seguro que se tenga contratado con la empresa que designe Pronósticos, en los casos de siniestro, robo y de daño total o parcial que afecten al equipo instalado en la agencia. En caso de que ocurra cualquiera de los supuestos a que se refiere el párrafo inmediato anterior, el comercializador y/o agente deberá levantar un Acta ante el Ministerio Público, con los datos registrados en el Contrato de Comodato de la terminal instalada, así como realizar todas las gestiones subsecuentes y enviar copia certificada a Pronósticos, quien le indicará el número de cuenta bancaria para el depósito del deducible en efectivo. Artículo 17o.- El Contrato de Comisión Mercantil que celebre el comercializador y/o agente con Pronósticos tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha de su firma, transcurrido este plazo automáticamente queda renovado por tiempo indefinido, siempre y cuando no exista manifestación en contra de alguna de las partes. Pronósticos se reserva el derecho de reconsiderar la renovación automática cuando hubiere duda del cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato de Comisión Mercantil. Durante la vigencia del Contrato de Comisión Mercantil, el comercializador y/o agente está obligado a entregar en tiempo y forma a Pronósticos los documentos en relación con la actualización de sus expedientes. Artículo 18o.- Pronósticos en su calidad de comitente estará en aptitud de revocar en cualquier tiempo, la comisión conferida al comercializador y/o agente en su calidad de comisionista, así como por estrategia comercial o por así convenir a sus intereses, para lo cual notificará su decisión al comercializador y/o agente, cuando menos (3) tres días hábiles antes de que deba surtir efecto la terminación, vía servicio postal o mensajería con acuse de recibo, sin perjuicio de que proceda a exigir la reparación del daño si es el caso, debiendo cumplir el comercializador o agente sus obligaciones y liquidar los adeudos pendientes. El comercializador y/o agente podrá dar por terminado, anticipadamente, el contrato de comisión mercantil celebrado con Pronósticos en cualquier tiempo; sin embargo, si la terminación se realiza dentro del plazo de prueba de cuarenta y dos semanas, se generará en favor de Pronósticos un cargo por concepto de gastos de administración equivalente a cincuenta y siete días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Sin perjuicio de lo anterior, Pronósticos podrá dar por terminado el contrato de comisión mercantil celebrado con los comercializadores y/o agentes, en los siguientes supuestos: a) La información, documentación o referencias proporcionadas por el comercializador y/o agente no sean fidedignas o presenten alguna alteración y cuando no cumplan con la actualización de documentos que le requiera Pronósticos. b) Pronósticos tenga conocimiento de ofrecimiento, subarrendamiento o la delegación por parte del Comercializador y/o agente de la comisión pactada en el contrato celebrado en términos del artículo 6o. del presente Reglamento. c) El comercializador y/o agente contravenga lo dispuesto en el artículo 24o. del presente Reglamento, promoviendo o comercializando juegos, concursos o sorteos no autorizados. d) El comercializador y/o agente no realice la notificación de baja de agencia en los términos y plazos señalados en el artículo 11o. del presente Reglamento, debiendo cumplir nuevamente con los requisitos para el otorgamiento de una agencia. e) El comercializador y/o agente contravenga lo dispuesto en los artículos 28o. y 29o. del presente Reglamento: • Mal uso a los boletos cancelados y boletos premiados pagados, • Cobrar comisiones por pago de premios, • No realizar los pagos totales. f) El periodo de prueba del Comercializador y/o agente será de 42 (cuarenta y dos) semanas a partir de su inicio de operación, para lo cual deberá alcanzar la venta mínima promedio en las últimas ocho o veinte semanas de conformidad con lo pactado en el artículo 26o. y 32o. del presente Reglamento, debiendo el comercializador y/o agente liquidar los saldos pendientes con Pronósticos. g) En caso de que, habiendo transcurrido el tiempo a que se refiere el inciso anterior, se remitirá a los artículos 27o. y 33o. del presente Reglamento. h) El comercializador y/o agente se niegue a proporcionar información sobre el manejo de la agencia a Pronósticos. i) El comercializador y/o agente que por cuenta propia repare o intente reparar la terminal, equipo de comunicación y demás componentes que la integran, así como moverla a un domicilio y lugar diferente al que le fue autorizado e instalado. j) Que al comercializador y/o agente le sea revocada o cancelada la autorización correspondiente para el funcionamiento de su agencia. El Comercializador y/o agente será amonestado por Pronósticos en los casos que se enlistan a continuación: 1) El comercializador y/o agente y/o el personal subordinado a su cargo se niegue a comercializar los juegos, concursos, sorteos, productos y/o servicios que Pronósticos ofrezca al público y cuando se niegue a participar en los programas promocionales que Pronósticos desarrolle para sus marcas o en conjunto con un socio promocional;
  • 151. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55 2) El comercializador y/o agente y/o el personal subordinado a su cargo se niegue a pagar los premios, de conformidad a lo establecido en el artículo 27o. del presente Reglamento; 3) El Comercializador y/o agente y/o el personal subordinado a su cargo se niegue a registrar cualquier apuesta de los juegos, concursos y sorteos o a comercializar alguno de los productos y/o servicios que Pronósticos ofrezca al público; 4) En el caso de que derivado de una queja o denuncia, se compruebe una mala atención y servicio a los consumidores; 5) El comercializador y/o agente se niegue a participar en los programas de capacitación y, 6) El comercializador y/o agente imprima las apuestas, en un papel diferente al que se le proporciona con el Material Operativo. En caso de que el comercializador y/o agente y/o su personal subordinado incurran en 2 (dos) ocasiones en las conductas referidas en los incisos anteriores en un periodo de 6 (seis) meses contados a partir de la fecha de la primera amonestación, mismas que se tendrá registro y copia en su expediente, Pronósticos podrá dar por terminado el contrato de comisión mercantil en términos de lo previsto en el primer párrafo de este artículo. Artículo 19o.- Pronósticos autoriza al comercializador y/o agente y Canal Alterno la utilización de los logotipos de su propiedad, los cuales deberán ser acordes en todo momento con los diseños y colores plasmados en el Manual de Identidad de Pronósticos, para señalización de la fachada e interior de su agencia, razón por la cual queda expresamente prohibido el uso de los logotipos para fines distintos al antes mencionado. Artículo 20o.- En las poblaciones que estime conveniente, Pronósticos podrá establecer concentradores de material operativo, publicitario o de cualquier otro tipo. Los concentradores tendrán a su cargo almacenar y entregar el material operativo y publicitario a los comercializadores y/o agentes. Pronósticos podrá señalar otros medios de distribución de acuerdo a sus necesidades. Artículo 21o.- El comercializador y/o agente, los Canales Alternos, así como el personal subordinado a su cargo deben tener pleno conocimiento de que los recursos que obtenga Pronósticos a través de ellos por medio del contrato de comisión mercantil, para su Objeto y Fin en términos del artículo Segundo de su Decreto de Creación, son Fondos Federales destinados exclusivamente para la Asistencia Pública, y por ello se encontrarán sujetos a la observancia de las disposiciones aplicables en materia de vigilancia y supervisión de recursos públicos y serán responsables en los términos de las leyes vigentes respectivas sobre el correcto manejo de tales recursos. Artículo 22o.- El comercializador y/o agente, deberá apegarse a las disposiciones fiscales vigentes durante la duración de contrato de comisión mercantil en relación a las comisiones percibidas. TITULO SEGUNDO De los juegos, concursos y sorteos CAPITULO I De la comercialización de los boletos para participar en los juegos, concursos y sorteos Artículo 23o.- La persona física o moral que desee obtener una agencia cuya función consista en captar y liquidar la venta de los boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrezca Pronósticos deberá celebrar el contrato de comisión mercantil con Pronósticos. Artículo 24.- El comercializador y/o agente bajo pena de terminación del Contrato de Comisión Mercantil, no promoverá o comercializará cualquier otra forma de juegos, concursos o sorteos distintos a los contemplados en los reglamentos de Pronósticos, en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, los autorizados por la Secretaría de Gobernación, así como los que celebre la Lotería Nacional para la Asistencia Pública. Artículo 25o.- Los comercializadores y/o agentes y Canales Alternos recibirán por su intervención en la venta al público de los boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrece Pronósticos, una comisión fija o variable en efectivo que no excederá del 10 (diez) por ciento de la venta neta que realicen. En dicho porcentaje, no se contemplará el monto de la venta de los boletos que hubiere cancelado. Los comercializadores y/o agentes y Canales Alternos podrán recibir incentivos con pago en efectivo o en especie que previamente autorice el Consejo Directivo de Pronósticos, con el objeto de lograr su apoyo para alcanzar los objetivos institucionales y comerciales del organismo. En aquellos casos que lo estime procedente, el Consejo Directivo de Pronósticos podrá autorizar programas temporales que permitan modificar la comisión a los comercializadores y/o agentes y Canales Alternos y podrá implementar sistemas de incentivos promocionales con pago en efectivo y/o en especie para la Red de comercializadores y/o agentes, con el objeto de lograr su apoyo para alcanzar los objetivos institucionales y comerciales. Pronósticos podrá aumentar los concursos, sorteos, que deba poner a la venta el comercializador y/o agente, notificándole los términos y el porcentaje de la comisión correspondiente mediante las formas establecidas en el artículo 9o. del presente Reglamento.
  • 152. 56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Artículo 26o.- El importe mínimo de ventas semanales de los boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrece Pronósticos, que deberá cubrir el comercializador y/o agente y Canales Alternos, será la cantidad que Pronósticos determine en su contrato de comisión mercantil equivalente a los días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal acordado previamente por las partes en el contrato, para lo cual el comercializador y/o agente pondrá toda su actividad, diligencia y capacidad de venta. Artículo 27o.- Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente deberá pagar a Pronósticos el importe de la venta de los boletos para participar en los concursos y sorteos que hubiera realizado en el periodo, previa deducción de la comisión a su favor a que se refiere el artículo 25o. del presente Reglamento y del importe de los boletos premiados pagados de acuerdo al artículo 28o., conforme al contrato que celebre el comercializador y/o agente con Pronósticos. El comercializador y/o agente recibirá cada mes el estado de cuenta, disponiendo de un lapso de (10) diez días hábiles, a partir de su publicación en el Portal de Comercializadores y/o agentes para objetarlo; transcurrido este periodo, se dará como plenamente aceptado por el Comercializador y/o agente. Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente que no efectúe el pago total de las ventas de los boletos para participar en los concursos y sorteos que ofrece Pronósticos, dentro de los plazos que le sean previamente comunicados, se le suspenderá la señal de la terminal, la cual será reactivada al momento de confirmar los pagos recibidos vía depósito o transferencia bancaria y se hará acreedor a un cargo de hasta tres salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal, por concepto de reactivación de señal, importe que será deducido de la comisión de la venta de la semana en que haya sido suspendida la terminal. Artículo 28o.- El comercializador y/o agente podrá pagar, previa validación del boleto o del comprobante de participación en la terminal, premios cuyo importe sea de $1 (un peso 00/100 M.N.) hasta $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos. Para el caso de boletos, el pago se efectuará contra la presentación y entrega material del boleto. Los Canales Alternos, podrán realizar el pago de premios hasta por la cantidad de $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos, a través de los siguientes medios: I. pago en efectivo, II. abono en cuenta, III. abono en tiempo aire, IV. cualquier otra forma previamente autorizada por Pronósticos. La forma y el monto de pago de cada uno de ellos, deberá quedar establecida en el Contrato de Comisión Mercantil respectivo, lo cual se hará del conocimiento del público, a través de los medios con que cuente el Canal Alterno. El pago de premios superiores a $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) brutos, únicamente será efectuado en la Oficina Central de Pronósticos o en los bancos autorizados, los cuales se harán del conocimiento del público. El pago se efectuará únicamente contra la presentación y entrega material del boleto o comprobante de participación firmada por el participante, en caso de que el comprobante sea físico. El comercializador y/o agente tiene la obligación de destruir todos aquellos boletos y comprobantes de participación premiados y pagados en su terminal que correspondan a premios por importe desde $1.00 (un peso 00/100 M.N) y hasta $9,999.99 (nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N). El comercializador y/o agente será responsable por el mal uso que pueda darse a los boletos y comprobantes de participación pagados o descargados directamente en su terminal y que deriven una contingencia legal o reclamo de pago por parte del tenedor. Artículo 29o.- El comercializador y/o agente deberá conservar la totalidad de los boletos cancelados de la terminal que le haya sido asignada, durante un periodo de 60 (sesenta) días naturales a partir de su registro en el Sistema de Captación de Apuestas. Pronósticos podrá solicitar los boletos cancelados durante el periodo de los 60 (sesenta) días naturales posteriores a su registro en el Sistema de Captación de Apuestas, haciendo responsable al comercializador y/o agente del pago por el mal uso que pueda darse a los boletos cancelados. Una vez terminado el plazo anterior, el comercializador y/o agente deberá destruir los boletos cancelados. TITULO TERCERO De los productos y servicios CAPITULO I Condiciones del contrato Artículo 30o.- Aquella persona física o moral que desee aperturar una agencia para ofrecer a terceros los productos y servicios de Pronósticos, deberá celebrar previamente un contrato de comisión mercantil con Pronósticos, captando mediante el registro en la terminal su venta y/o los pagos y, liquidar debidamente esos recursos.
  • 153. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57 Artículo 31o.- Los comercializadores y/o agentes con respecto al artículo anterior, recibirán por su intervención en la captación de pagos y/o venta de productos y servicios que ofrece Pronósticos, una comisión o descuento fijo o variable que no excederá del 10 por ciento de la venta neta que realicen, salvo en los casos a que se refiere el párrafo siguiente: • Los comercializadores y/o agentes podrán recibir los incentivos con pago en efectivo o en especie que previamente autorice el Consejo Directivo de Pronósticos, con el objeto de lograr su apoyo para alcanzar los objetivos institucionales y comerciales de Pronósticos. • Pronósticos podrá aumentar los productos y servicios que deba vender el Comercializador y/o agente notificándole los términos y el porcentaje de la comisión correspondiente, mediante las formas establecidas en el artículo 9o. del presente Reglamento. Artículo 32o.- El importe mínimo por la captación de venta y/o pago de productos y servicios deberá ser la cantidad que Pronósticos determine en su contrato de comisión mercantil equivalente a los días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, acordado previamente por las partes mediante contrato respectivo, para lo cual el Comercializador y/o agente pondrá toda su actividad, diligencia y capacidad para obtenerlos. Artículo 33o.- Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente deberá pagar a Pronósticos el importe de la captación de pagos y/o venta de los productos y/o servicios que hubiera realizado en el periodo, previa deducción de la comisión a su favor a que se refiere el artículo 31o. del presente Reglamento conforme al contrato que celebre el comercializador y/o agente con Pronósticos. El comercializador y/o agente recibirá cada mes el estado de cuenta, disponiendo de un lapso de (10) diez días hábiles, a partir de su publicación en el Portal de Comercializadores y/o agentes para objetarlo; transcurrido este periodo, se dará como plenamente aceptado por el Comercializador y/o agente. Salvo pacto en contrario, el comercializador y/o agente que no efectúe el pago total de la captación de pagos y/o venta de productos y servicios que ofrece Pronósticos, dentro de los plazos que le sean previamente comunicados, se le suspenderá la señal de la terminal, la cual será reactivada al momento de efectuar su pago y se hará acreedor a un cargo de hasta tres días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, por concepto de reactivación de señal, importe que será deducido de la comisión de la captación de pagos y/o venta de productos y servicios de la semana en que haya sido suspendida la terminal. La forma y el monto de pago de cada uno de ellos, deberá quedar establecida en el contrato respectivo, para lo cual los comercializadores y/o agentes lo harán saber del conocimiento del público. El comercializador y/o agente será responsable del manejo fiscal y contable de los comprobantes de pago y/o venta que emita derivado de los pagos y/o ventas de productos y/o servicios captados directamente en la terminal. TRANSITORIOS Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Hasta en tanto se realicen las reformas pertinentes a los Reglamentos de los Sorteos y Concursos de Pronósticos, así como a los Manuales, Instructivos y Procedimientos en todo lo que se refieran a agentes, deberá entenderse también como comercializador. Tercero.- Se abrogan los “Criterios emitidos por la Subdirección General de Ventas de Pronósticos para la Asistencia Pública para otorgar seguridad y certeza jurídica a los particulares que quisieran obtener y operar una agencia”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de agosto de 2011. Cuarto.- Se abroga el Reglamento de Agentes de Pronósticos para la Asistencia Pública, así como sus diversas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- Se abroga el Reglamento de Comercializadores de Pronósticos para la Asistencia Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de septiembre de 2010. Sexto.- Se deroga cualquier disposición que contravenga el presente Reglamento de Comercializadores y/o agentes. El Secretario del Consejo Directivo de Pronósticos para la Asistencia Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 fracción VII, del Estatuto Orgánico de Pronósticos para la Asistencia Pública, certifica el “Acuerdo por el que se expide el Reglamento de Comercializadores y/o Agentes de Pronósticos para la Asistencia Pública”, fue aprobado por el Consejo Directivo de Pronósticos para la Asistencia Pública, en Sesión Ordinaria número 206, celebrada el 28 de mayo de 2015. México, D.F; a 08 de octubre de 2015 Secretario del Consejo Directivo Lic. Sergio Eduardo Huacuja Betancourt Rúbrica. (R.- 420423)
  • 154. 58(SegundaSección)DIARIOOFICIALMiércoles14deoctubrede2015 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales CONVOCATORIA No. CAPUFE-SRMSG-GS-SAI-EVM-LP-01-2015 En cumplimiento a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, las Bases Generales para la Administración y Baja de Bienes Muebles en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, se convoca a las personas físicas y/o morales interesadas en participar en la enajenación mediante licitación pública de vehículos de diversas marcas y modelos propiedad de Capufe, de conformidad a lo siguiente: VEHÍCULOS Y MAQUINARIA DE DIVERSAS MARCAS Y MODELOS PROPIEDAD DE CAPUFE No. de licitación Costo de las bases más IVA Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Registro de participante Acto de apertura de ofertas Emisión del fallo CAPUFE-SRMSG-GS- SAI-EVM-LP-01-2015 $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) 20/OCT/15 21/OCT/15 10:00 HORAS 28/OCT/15 10:00 A 11:00 HORAS 29/OCT/15 10:00 HORAS 30/OCT/15 11:00 HORAS Concepto Descripción Unidad de medida Valor total para venta 39 partidas Vehículos y Maquinaria Unidad (Anexo 1 de las Bases) Los vehículos se podrán verificar físicamente por los interesados, previa autorización que emita el Titular de la Subgerencia de Almacenes e Inventarios, en las instalaciones que se señalan en el anexo 7 de las bases de licitación los días 14, 15, 16, 19 Y 20 de Octubre de 2015 de 10:00 a 15:00 horas, de conformidad a lo establecido en bases. Los bienes que se licitarán, son ofrecidos en venta, en las condiciones en que se encuentren y con la documentación citada en el anexo 7 de las bases, por lo que no se extenderá garantía alguna. Las bases podrán ser consultadas por los interesados los días 14, 15, 16, 19 Y 20 de Octubre de 2015 de 10:00 a 15:00 horas, en la Subgerencia de Almacenes e Inventarios, ubicada en Calzada de los Reyes, Número24, Colonia Tetela del Monte, Cuernavaca, Morelos; así como en la página de Internet del Organismo (www.capufe.gob.mx) La forma de pago de las Bases será a través del Banco HSBC, a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, a la cuenta bancaria número 0185029007, los interesados en participar previo el pago de las bases, podrán recoger las mismas, entregando la ficha de depósito con sello original del banco, de 10:00 a 15:00 horas los días 14, 15, 16, 19 Y 20 de Octubre de 2015, en el domicilio descrito con antelación, o en su caso, obtenerlas a través de la página de Internet del Organismo, para lo cual deberán entregar el documento de pago al momento de entregar la documentación solicitada para el registro y participación en la licitación, evento que se realizará el día 28 de Octubre de 2015 de 10:00 a 11:00 horas, conforme a lo establecido en las bases de la presente licitación. Los eventos de la presente licitación se llevarán a cabo en el Archivo de Concentración de esta entidad, ubicado en Calzada de los Reyes número 15, Colonia Tetela del Monte, Cuernavaca, Morelos La garantía de sostenimiento de los participantes para garantizar su oferta, será mediante cheque certificado o de caja, expedido por una institución bancaria, a elección del participante; a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, por un monto equivalente al 10% del precio de venta del bien que se enajena, sin incluir el impuesto al Valor Agregado. El pago del importe de los bienes muebles se efectuará a más tardar dentro de los cinco días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la comunicación del fallo. El retiro de los bienes se realizará por parte del adjudicatario ganador o su representante legal de conformidad a lo establecido en las bases de la licitación, una vez que haya liquidado el importe total de los mismos, previa verificación que dichos pagos se reflejen en la cuenta bancaria de Capufe. Cuernavaca, Mor., a 14 de octubre de 2015. Subdirectora de Recursos Materiales y Servicios Generales Lic. Cindy Yoshua Castillo Rentería Rúbrica. (R.- 420445)
  • 155. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 59 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Secretaría de Gobernación El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de septiembre de 2007, así como los numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013 emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 79/2015 del concurso para ocupar la siguiente plaza vacante del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: 1.- Nombre del Puesto JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS JURIDICO Código del Puesto 04-810-1-CFOC001-0000619-E-C-M Nivel Administrativo OC1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $22,153.30 (VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES PESOS 30/100 M.N.) Adscripción del Puesto DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. SUPERVISAR LAS ACTIVIDADES DE REVISION Y ANALISIS JURIDICO DE PLANTEAMIENTOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA CORROBORAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES TECNICAS Y NORMATIVAS DE LAS SOLICITUDES. 2. COORDINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE COMPILACION Y DICTAMINACION DE LAS SOLICITUDES DE TRANSPARENCIA, PARA GENERAR OPINIONES TECNICAS QUE CONLLEVEN A LA CONCLUSION DE LOS ASUNTOS. 3. REVISAR LAS LABORES DE INTEGRACION DE DOCUMENTACION JURIDICA DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS EN ASUNTOS DE TRANSPARENCIA, PARA PROVEER A LA INSTANCIA SUPERIOR LA INFORMACION QUE PERMITA EVALUAR LOS RESULTADOS. 4. ASESORAR JURIDICAMENTE A LAS AREAS DE LA DIRECCION GENERAL, SOBRE ASUNTOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA CONTRIBUIR EN LA OBSERVANCIA DE LOS CRITERIOS TECNICOS Y NORMATIVOS. 5. EXAMINAR EL MARCO JURIDICO LEGAL APLICABLE EN LA ATENCION DE ASUNTOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA DETECTAR CAMBIOS Y/O ACTUALIZACIONES QUE AFECTAN LOS PROCESOS DEL AREA. 6. IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS Y TECNICAS RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACION DE INFORMACION JURIDICA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, PARA CONTAR CON EL ARCHIVO DOCUMENTAL DE CONSULTA EN EL AREA. 7. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD PREPARATORIA O BACHILLERATO TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: • NO APLICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 2 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES • ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS • CONTABILIDAD • TECNOLOGIA DE LOS ORDENADORES VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN.
  • 156. 60 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx SECRETARIA DE GOBERNACION BASES DE PARTICIPACION 1ª. Requisitos de participación. Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal. 2ª. Documentación requerida. Los(as) aspirantes deberán ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Información de Recursos Humanos >, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de Ingreso> para imprimir en un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5; mismos que serán presentados el día de la revisión documental, debidamente requisitados de forma manual. Adicional e invariablemente, deberán presentar en original o copia certificada y copia simple para su cotejo, los documentos que se mencionan a continuación: 1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte vigente o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada. 2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda. 3. Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica. Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos, tales como: evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de los servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito, podrán presentar los Resultados de la última Evaluación del Desempeño en original y copia, o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones de Capacitación, se refiere al promedio de las calificaciones de las acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Este elemento no se valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se llevaron a cabo acciones de capacitación en la dependencia respectiva, o si ninguna de las constancias que presente señalan el otorgamiento específico de alguna calificación, se validan con original y copia de las constancias de capacitación correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución que impartió la capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Los Resultados de Procesos de Certificación se refiere a capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original y copia de las constancias de certificación correspondientes en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el nombre de la capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato. Comprobantes de capacidades certificadas vigentes en puestos sujetos al SPC y/o equivalente. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la Ley.
  • 157. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 61 4. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años). 5. Tres impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral registrada, además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, se deberán presentar según sea el caso: hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE, IMSS u otro instituto de seguridad social, comprobantes de pago, constancias de empleo en hoja membretada indicando el periodo laborado. Los comprobantes presentados, deben permitir la acreditación tanto del inicio como el fin de cada experiencia laboral referida. 6. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto, el (la) aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefatura de departamento y subdirección de área u homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de dirección de área, dirección general adjunta, dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el Título Profesional o Cédula Profesional que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil de puesto. En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios presentado por el (la) aspirante contra las carreras genéricas solicitadas por el perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado Documentación Relevante. Cuando el nombre especifico de la carrera presentada en el comprobante por el (la) aspirante no aparece dentro del alguna de las carreras genéricas solicitadas por el perfil, se procederá entonces a comparar contra el listado de las carreras específicas del catálogo, si no apareciera, se procederá entonces conforme al apartado 5 del numeral 15 de estas mismas bases. 7. Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso. 8. Para que un servidor público de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el sistema y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad, jerarquía o rango, deberá presentar al menos dos evaluaciones del desempeño anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior; incluso aquellas que se hayan practicado como servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo a obtener su nombramiento como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere este párrafo, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los(as) servidores(as) públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto que ocupen. Para las promociones por concurso, en el caso del personal de carrera de primer nivel de ingreso (enlace), la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. De no estar en alguno de los casos anteriores, se deberá manifestar en el escrito bajo protesta de decir verdad citado en el numeral tres de este documento, no ser servidor(a) público(a) de carrera titular. 9. Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los dos últimos empleos conforme al Formato 5.
  • 158. 62 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y documental en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se descalificará automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. 3ª. Registro de aspirantes La inscripción o el registro de los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la dirección: www.trabajaen.gob.mx. La cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de los(as) aspirantes Programa del concurso: Fase o Etapa Fecha o plazo Publicación de Convocatoria 14 de octubre de 2015 Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015 Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015 Recepción de solicitudes para reactivación de folios Del 28 de octubre de 2015 al 30 de octubre de 2015. Evaluación de conocimientos A partir del 02 de noviembre de 2015. Revisión Documental. De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª. Documentación requerida. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito Evaluación de Habilidades Entrevista por el Comité Técnico de Selección Determinación En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las fechas y los horarios indicados, podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas y horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades. 4ª. Temarios. Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx. 5ª. Presentación de Evaluaciones. La Secretaría de Gobernación comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez minutos. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:  La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.  La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, considerando para los cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales.  Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los(as) candidatos(as).
  • 159. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 63 La Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Secretaría, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados. De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes: - Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector público. - Experiencia en el Sector privado. - Experiencia en el Sector social. - Nivel de responsabilidad. - Nivel de remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Resultados de las acciones de capacitación. - Resultados de procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de la Secretaría de Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades a evaluar. En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular No. SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a ocupar un puesto en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada. A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de los(as) candidatos(as) que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Es importante señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación. La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de éstos se expresen con decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando para todos los procesos de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá:
  • 160. 64 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando correspondan al mismo nivel. b) Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a partir de su acreditación. Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de que el(la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el siguiente criterio: El (la) aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB durante el año de su vigencia. ETAPA DE ENTREVISTA: Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre los(as) candidatos(as) ya entrevistados(as). El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así resulte conveniente. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adverso) - Estrategia o acción (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo) ETAPA DE DETERMINACION: Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su determinación declarando: a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o c) Desierto el concurso. 6ª. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de Puntuación General Etapa Subetapa Enlace Jefe(a) de Departamento Subdirector(a) de Area Director(a) de Area Director(a) General y Director(a) General Adjunto(a) II Examen de Conocimientos 30 30 30 30 30 Evaluación de Habilidades 20 20 20 20 20
  • 161. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 65 III Evaluación de Experiencia 10* 10 10 10 10 Valoración de Mérito 10 10 10 10 10 IV Entrevistas 30 30 30 30 30 Total 100 100 100 100 100 * Se asignará un puntaje único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo señalado en el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. 7ª. Publicación de Resultados Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. 8ª. Reserva de Aspirantes Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes. 9ª. Declaración de Concurso Desierto El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso; II. Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado(a) finalista; o III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria. 10ª. Cancelación de Concurso El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes: a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate o, b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o c) Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del puesto en cuestión. 11ª. Principios del Concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. 12ª. Resolución de dudas: A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 1102-6000, Ext. 16115 ó 16148, el cual estará funcionando de 12:00 a 14:00 hrs. y de 16:30 a 18:00 hrs. 13ª. Inconformidades: Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la dependencia, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 1 y 2, Colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, México, D.F., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
  • 162. 66 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 14ª. Procedimiento para reactivación de folios La reactivación de folio sólo será procedente cuando sean causas imputables al sistema, una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas No. 91, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito referido deberá incluir: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo; • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias. • Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. De conformidad al numeral 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF en el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante, como serían: a) La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante; b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al (la) aspirante. c) Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes en base al numeral 215 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud del(la) aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará a el(la) aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección. El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra información relevante / sistema de Servicio Profesional de Carrera. 15ª. Disposiciones generales 1. En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación. 2. Los datos personales de los(as) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso. 3. Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera titular, para poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as) finalistas a el (la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 5. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. México, D.F., a 7 de octubre de 2015. "Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio" El Secretario Técnico Lic. Fernando Gerardo Camacho Reyes Rúbrica.
  • 163. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 67 Secretaría de Gobernación El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de septiembre de 2007, así como los numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013 emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 80/2015 de los concursos para ocupar las siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: 1.- Nombre del Puesto SUBDIRECTOR(A) DE CONTRATOS Y COMITES Código del Puesto 04-812-1-CFNC001-0000214-E-C-N Nivel Administrativo NC1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $33,537.07 (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 07/100 M.N.) Adscripción del Puesto DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. SUPERVISAR LA INTEGRACION DE LOS EXPEDIENTES DE LOS ASUNTOS QUE SE SOMETERAN AL PLENO DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, PARA CONTAR CON LA INFORMACION SOPORTE QUE PERMITA EMITIR EL ACUERDO Y RESOLUCION, POR PARTE DEL COMITE, DE LAS PETICIONES QUE EFECTUEN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SEGOB. 2. COORDINAR LOS PROCESOS DE ELABORACION DE LAS CONVOCATORIAS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, ASI COMO LA DISTRIBUCION DE LAS BASES DE LICITACION PUBLICA A LOS PARTICIPANTES EN LAS SESIONES DEL COMITE, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL MARCO NORMATIVO VIGENTE. 3. PROPONER Y COORDINAR LA LOGISTICA Y DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, PARA AGILIZAR LA ATENCION DE LOS ASUNTOS RELEVANTES. 4. VIGILAR LOS PROCESOS DE INTEGRACION DE CARPETAS DE APOYO PARA LOS INTEGRANTES DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS; DE REQUERIMIENTOS DE FIRMAS, Y DE DISTRIBUCION DE LAS ACTAS DEL COMITE, PARA PROPORCIONAR A LOS PARTICIPANTES INVOLUCRADOS EN LA GESTION DE LOS ASUNTOS TRATADOS, EL SOPORTE DOCUMENTAL QUE PERMITA DAR SEGUIMIENTO A LAS AUTORIZACIONES Y DECISIONES TOMADAS. 5. VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS JURIDICAMENTE ESTABLECIDOS EN MATERIA DE CONTROL DE LAS CONSOLIDACIONES Y LA INFORMACION DE LAS MIPYMES, PARA DAR CURSO AL TRAMITE DE FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS, ASI COMO DE PAGO A LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS. 6. SUPERVISAR LA APLICACION DE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS DURANTE LAS SESIONES DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, EN EL DESARROLLO DE LOS CONTRATOS EN LA MATERIA, PARA CONTRIBUIR EN LA ESTRUCTURACION DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES QUE ASEGUREN EL OTORGAMIENTO DE GARANTIAS POR PARTE DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS. 7. VALIDAR LOS REQUERIMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS A LAS EMERGENCIAS QUE REPORTA EL FONDEN, PARA ACREDITAR LA ADQUISICION DE LOS PRODUCTOS SOLICITADOS EN ESTAS SITUACIONES ESPECIALES.
  • 164. 68 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 8. COORDINAR LOS PROCESOS DE ACTUALIZACION DE LOS CONTROLES DE CONSOLIDACIONES Y MIPYMES CON LOS QUE CELEBRE CONTRATOS LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS Y NORMATIVOS VIGENTES EN LA MATERIA. 9. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO CARRERA GENERICA: • ADMINISTRACION • CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA • CONTADURIA • DERECHO VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES • ACTIVIDAD ECONOMICA VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 2.- Nombre del Puesto SUBDIRECTOR(A) DE ATENCION A LA COMISION DE POLITICA GUBERNAMENTAL Código del Puesto 04-911-1-CFNA001-0000029-E-C-B Nivel Administrativo NA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $25,254.76 (VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 76/100 M.N.) Adscripción del Puesto UNIDAD PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. ELABORAR INFORMES SOBRE LOS TRABAJOS QUE REALIZA EL COMITE DE POLITICA GUBERNAMENTAL, PARA DAR A CONOCER LAS ACCIONES ADOPTADAS EN MATERIA DERECHOS HUMANOS POR LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL. 2. COORDINAR LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN LOS COMITES, PARA ESTABLECER EL DIALOGO E INTERCAMBIO DE IDEAS EN MATERIA DERECHOS HUMANOS. 3. COORDINAR LOS MECANISMOS DE INTEGRACION DE DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LOS ESTUDIOS EN MATERIA DERECHOS HUMANOS, PARA APOYAR EN EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE POLITICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DERECHOS HUMANOS. 4. FORMULAR DIAGNOSTICOS Y ESTUDIOS EN MATERIA DERECHOS HUMANOS QUE REQUIERA LA COMISION, PARA COADYUVAR EN LA PROMOCION Y DEFENSA DE ESTOS DERECHOS. 5. COORDINAR Y SUPERVISAR LA LOGISTICA DE LAS SESIONES DEL COMITE DE POLITICA GUBERNAMENTAL EN DERECHOS HUMANOS, PARA GARANTIZAR LA ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS DE LA COMISION.
  • 165. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 69 6. DAR SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS ALCANZADOS EN LAS SESIONES DEL COMITE, PARA INFORMAR PERIODICAMENTE A LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES, SOBRE EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS EMITIDOS. 7. ELABORAR LAS CONVOCATORIAS Y ORDEN DEL DIA DE LAS SESIONES, PARA SOMETERLAS A CONSIDERACION, Y EN SU CASO, LA AUTORIZACION DE LAS INSTANCIAS SUPERIORES. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO CARRERA GENERICA: • RELACIONES INTERNACIONALES • CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA • SOCIOLOGIA • DERECHO VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 3.- Nombre del Puesto JEFE(A) DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CONSOLIDACIONES Código del Puesto 04-812-1-CFOC001-0000216-E-C-N Nivel Administrativo OC1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $22,153.30 (VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES PESOS 30/100 M.N.) Adscripción del Puesto DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. EFECTUAR LAS ACTIVIDADES DE REVISION Y ANALISIS DE LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A LA CONSOLIDACION DE LAS ADQUISICIONES, PARA CORROBORAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES TECNICAS Y NORMATIVAS DE LAS SOLICITUDES. 2. COORDINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA INFORMACION Y DOCUMENTACION DEL PROCESO DE CONSOLIDACION DE ADQUISICIONES, PARA PROVEER A LA INSTANCIA SUPERIOR LA INFORMACION QUE PERMITA EVALUAR LOS RESULTADOS. 3. REVISAR LAS LABORES DE INTEGRACION, VERIFICACION Y CONSOLIDACION DE LA INFORMACION SOBRE LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS, PARA GENERAR OPINIONES TECNICAS QUE CONLLEVEN A LA CONCLUSION DE LOS ASUNTOS. 4. EXAMINAR EL MARCO JURIDICO LEGAL APLICABLE EN EL PROCESO DE CONSOLIDACION DE LA INFORMACION RELACIONADA CON LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS, PARA DETECTAR CAMBIOS Y/O ACTUALIZACIONES QUE AFECTAN LOS PROCESOS DEL AREA. 5. IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS Y TECNICAS RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACION DE INFORMACION SOBRE EL PROCESO DE CONSOLIDACION DE LAS ADQUISICIONES, PARA CONTAR CON EL ARCHIVO DOCUMENTAL DE LOS PROCESOS RESPONSABILIDAD DEL AREA. 6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
  • 166. 70 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD LICENCIATURA O PROFESIONAL TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: • DERECHO • CONTADURIA • ADMINISTRACION • COMPUTACION E INFORMATICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 2 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES • ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS • CONTABILIDAD • TECNOLOGIA DE LOS ORDENADORES VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH NIVEL 2 JEFATURA DEPARTAMENTO CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 4.- Nombre del Puesto JEFE(A) DEPARTAMENTO TECNICO DE AHORRO DE ENERGIA Código del Puesto 04-812-1-CFOA001-0000300-E-C-N Nivel Administrativo OA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $17,046.25 (DIEZ Y SIETE MIL CUARENTA Y SEIS PESOS 25/100 M.N.) Adscripción del Puesto DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. INVESTIGAR Y DESARROLLAR ACCIONES Y MEDIDAS DE AHORRO DE ENERGIA EN LAS INSTALACIONES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA PROMOVER EL USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LOS RECURSOS ENERGETICOS CON QUE CUENTAN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA DEPENDENCIA. 2. REVISAR LA DOCUMENTACION TECNICA NORMATIVA DE LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS DE AHORRO DE ENERGIA, PARA CONTAR CON ELEMENTOS QUE CONTRIBUYAN EN LOS ANALISIS DE FACTIBILIDAD. 3. EFECTUAR LOS TRABAJOS DE REVISION Y SELECCION DE LOS REPORTES DE SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS DE AHORRO DE ENERGIA, PARA APOYAR EN LOS PROCESOS DE COMPILACION DE INFORMACION Y TOMA DECISIONES. 4. APOYAR TECNICAMENTE A LAS UNIDADES RESPONSABLES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION EN LA IMPLEMENTACION DE MEDIDAS DE AHORRO DE ENERGIA, PARA COADYUVAR A QUE LAS MISMAS CUMPLAN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS. 5. ANALIZAR EL FUNDAMENTO JURIDICO Y NORMATIVO QUE SE EMITA SOBRE EL AHORRO DE ENERGIA EN INSTALACIONES FEDERALES, PARA ACTUALIZAR LA REGLAMENTACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DEL AREA. 6. REALIZAR ACCIONES DE INTEGRACION Y ORGANIZACION DE LOS ARCHIVOS DOCUMENTALES ASOCIADOS CON LOS PROYECTOS RELATIVOS AL AHORRO DE ENERGIA, PARA COLABORAR EN LOS PROCESOS DE CONSULTA Y CUSTODIA DE LA INFORMACION. 7. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
  • 167. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 71 Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD PREPARATORIA O BACHILLERATO TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: • NO APLICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • ARQUITECTURA • INGENIERIA Y TECNOLOGIA ELECTRICAS • TECNOLOGIA DE LA CONSTRUCCION • PLANIFICACION URBANA • GEOMETRIA • INGENIERIA Y TECNOLOGIA DEL MEDIO AMBIENTE VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH NIVEL 2 JEFATURA DEPARTAMENTO CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx SECRETARIA DE GOBERNACION BASES DE PARTICIPACION 1ª. Requisitos de participación. Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal. 2ª. Documentación requerida. Los(as) aspirantes deberán ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Información de Recursos Humanos >, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de Ingreso> para imprimir en un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5; mismos que serán presentados el día de la revisión documental, debidamente requisitados de forma manual. Adicional e invariablemente, deberán presentar en original o copia certificada y copia simple para su cotejo, los documentos que se mencionan a continuación: 1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte vigente o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada. 2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda. 3. Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica. Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos, tales como: evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de los servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito, podrán presentar los Resultados de la última Evaluación del Desempeño en original y copia, o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones de Capacitación, se refiere al promedio de las calificaciones de las acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Este elemento no se valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se llevaron a cabo acciones de capacitación en la dependencia respectiva, o si ninguna de las constancias que presente señalan el otorgamiento específico de alguna
  • 168. 72 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 calificación, se validan con original y copia de las constancias de capacitación correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución que impartió la capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Los Resultados de Procesos de Certificación se refiere a capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original y copia de las constancias de certificación correspondientes en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el nombre de la capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato. Comprobantes de capacidades certificadas vigentes en puestos sujetos al SPC y/o equivalente. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la Ley. 4. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años). 5. Tres impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral registrada, además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, se deberán presentar según sea el caso: hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE, IMSS u otro instituto de seguridad social, comprobantes de pago, constancias de empleo en hoja membretada indicando el periodo laborado. Los comprobantes presentados, deben permitir la acreditación tanto del inicio como el fin de cada experiencia laboral referida. 6. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto, el (la) aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefatura de departamento y subdirección de área u homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de dirección de área, dirección general adjunta, dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el Título Profesional o Cédula Profesional que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil de puesto. En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios presentado por el (la) aspirante contra las carreras genéricas solicitadas por el perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado Documentación Relevante. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el comprobante por
  • 169. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 73 el (la) aspirante no aparece dentro del alguna de las carreras genéricas solicitadas por el perfil, se procederá entonces a comparar contra el listado de las carreras especificas del catálogo, si no apareciera, se procederá entonces conforme al apartado 5 del numeral 15 de estas mismas bases. 7. Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso. 8. Para que un servidor público de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el sistema y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad, jerarquía o rango, deberá presentar al menos dos evaluaciones del desempeño anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior; incluso aquellas que se hayan practicado como servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo a obtener su nombramiento como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere este párrafo, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los(as) servidores(as) públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto que ocupen. Para las promociones por concurso, en el caso del personal de carrera de primer nivel de ingreso (enlace), la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. De no estar en alguno de los casos anteriores, se deberá manifestar en el escrito bajo protesta de decir verdad citado en el numeral tres de este documento, no ser servidor(a) público(a) de carrera titular. 9. Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los dos últimos empleos conforme al Formato 5. No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y documental en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se descalificará automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. 3ª. Registro de aspirantes La inscripción o el registro de los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la dirección: www.trabajaen.gob.mx. La cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de los(as) aspirantes. Programa del concurso: Fase o Etapa Fecha o plazo Publicación de Convocatoria 14 de octubre de 2015 Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015 Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015 Recepción de solicitudes para reactivación de folios Del 28 de octubre de 2015 al 30 de octubre de 2015. Evaluación de conocimientos A partir del 02 de noviembre de 2015. Revisión Documental. De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª. Documentación requerida. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito Evaluación de Habilidades Entrevista por el Comité Técnico de Selección Determinación
  • 170. 74 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las fechas y los horarios indicados, podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas y horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades. 4ª. Temarios. Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx. 5ª. Presentación de Evaluaciones. La Secretaría de Gobernación comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez minutos. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:  La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.  La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, considerando para los cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales.  Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los(as) candidatos(as). La Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Secretaría, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados. De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes: - Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector público. - Experiencia en el Sector privado. - Experiencia en el Sector social. - Nivel de responsabilidad. - Nivel de remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Resultados de las acciones de capacitación. - Resultados de procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios.
  • 171. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 75 Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de la Secretaría de Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades a evaluar. En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular No. SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a ocupar un puesto en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada. A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de los(as) candidatos(as) que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Es importante señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación. La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de estos se expresen con decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando para todos los procesos de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá: a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando correspondan al mismo nivel. b) Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a partir de su acreditación. Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de que el(la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el siguiente criterio: El (la) aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB durante el año de su vigencia. ETAPA DE ENTREVISTA: Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
  • 172. 76 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre los(as) candidatos(as) ya entrevistados(as). El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así resulte conveniente. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adverso) - Estrategia o acción (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo) ETAPA DETERMINACION: Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su determinación declarando: a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o c) Desierto el concurso. 6ª. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de Puntuación General Etapa Subetapa Enlace Jefe(a) de Departamento Subdirector(a) de Area Director(a) de Area Director(a) General y Director(a) General Adjunto(a) II Examen de Conocimientos 30 30 30 30 30 Evaluación de Habilidades 20 20 20 20 20 III Evaluación de Experiencia 10* 10 10 10 10 Valoración de Mérito 10 10 10 10 10 IV Entrevistas 30 30 30 30 30 Total 100 100 100 100 100 * Se asignará un puntaje único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo señalado en el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013.
  • 173. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 77 7ª. Publicación de Resultados Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. 8ª. Reserva de Aspirantes Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes. 9ª. Declaración de Concurso Desierto El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso; II. Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado(a) finalista; o III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria. 10ª. Cancelación de Concurso El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes: a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate o, b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona o, c) Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del puesto en cuestión. 11ª. Principios del Concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. 12ª. Resolución de dudas A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 1102-6000, Ext. 16115 o 16148, el cual estará funcionando de 12:00 a 14:00 hrs. y de 16:30 a 18:00 hrs. 13ª. Inconformidades Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la dependencia, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 1 y 2, Colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, México, D.F., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento. 14ª. Procedimiento para reactivación de folios La reactivación de folio sólo será procedente cuando sean causas imputables al sistema, una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas No. 91, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito referido deberá incluir:
  • 174. 78 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo; • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias. • Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. De conformidad al numeral 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF en el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante, como serían: a) La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante; b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al (la) aspirante. c) Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes en base al numeral 215 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud del(la) aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará a el(la) aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección. El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra información relevante / sistema de Servicio Profesional de Carrera. 15ª. Disposiciones generales 1. En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación. 2. Los datos personales de los(as) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso. 3. Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera titular, para poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), este deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as) finalistas a él (la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 5. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. México, D.F., a 14 de octubre de 2015. "igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio" La Secretaría Técnica Lic. Alejandra T. Feria Montes de Oca Rúbrica.
  • 175. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 79 Secretaría de Gobernación El Comité Técnico de Selección de la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de septiembre de 2007, así como los numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013 emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA T00/001/2015 de los concursos para ocupar las siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: 1.- Nombre del Puesto DIRECCION DE ENLACE, SEGUIMIENTO Y VINCULACION “A” Código del Puesto 04-T00-1-CFMA001-0000029-E-C-T Nivel Administrativo MA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $47,973.69 (CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES 69/100 M.N.) Adscripción del Puesto COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. IMPLEMENTAR LA CONSTRUCCION DE VINCULOS INSTITUCIONALES CON LAS INSTANCIAS FEDERALES Y ESTATALES, PARA ASEGURAR ACCIONES DE COORDINACION EN LA APLICACION DE LAS POLITICAS PUBLICAS Y ESTRATEGIAS RELACIONADAS CON EL INGRESO ORDENADO Y SEGURO DE LOS MIGRANTES AL TERRITORIO NACIONAL. 2. DIRIGIR ACCIONES DE SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS QUE BRINDEN ATENCION HUMANITARIA A NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, PARA PRESENTAR INFORMES EJECUTIVOS RELATIVOS AL GRADO DE AVANCE Y CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS ESTABLECIDOS EN LA MATERIA. 3. DEFINIR LOS PROCESOS DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE LOS PLANES Y ACCIONES EN TORNO A LAS POLITICAS SOCIALES, ECONOMICAS Y CULTURALES EN EL ESTADO DE CAMPECHE, PARA PROPORCIONAR A LAS INSTANCIAS COMPETENTES INFORMACION RELEVANTE QUE FUNDAMENTE LA ELABORACION DE ESTUDIOS SOBE EL FENOMENO MIGRATORIO EN LA FRONTERA SUR. 4. DETERMINAR EN COORDINACION CON LAS INSTANCIAS FEDERALES Y ESTATALES LOS MECANISMOS DE COMPILACION, ANALISIS E INTEGRACION DE LA INFORMACION RELATIVA AL COMBATE DE DELITOS EN LA FRONTERA SUR, PARA COADYUVAR CON LAS INSTANCIAS COMPETENTES CON EL SOPORTE DOCUMENTAL EN LA MATERIA. 5. DESARROLLAR EN COORDINACION CON LAS INSTANCIAS FEDERALES Y ESTATALES LOS PROCESOS DE PLANEACION, ORGANIZACION Y PARTICIPACION EN LA EJECUCION DE ACCIONES MATERIA MIGRATORIA DE LA FRONTERA SUR DE MEXICO, PARA DAR ATENCION OPORTUNA A LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES. 6. FIJAR ACCIONES ESPECIFICAS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION RESPECTO A LA OPERACION DE LOS CENTROS DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL QUE BRINDA ATENCION MIGRATORIA EN LA FRONTERA SUR, PARA CORROBORAR QUE SE CUMPLA CON LOS OBJETIVOS DE SEGURIDAD ACORDADOS CON LAS INSTANCIAS COMPETENTES. 7. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
  • 176. 80 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD LICENCIATURA O PROFESIONAL TITULADO CARRERA GENERICA: • CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO • ADMINISTRACION • ECONOMIA • COMPUTACION E INFORMATICA • CONTADURIA • INGENIERIA • MECANICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES • ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS • RELACIONES INTERNACIONALES • SOCIOLOGIA POLITICA • PROBLEMAS SOCIALES • CIENCIAS POLITICAS • DEMOGRAFIA GEOGRAFICA • GRUPOS SOCIALES VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. LIDERAZGO SISEPH 2. VISION ESTRATEGICA SISEPH NIVEL 4 DIRECCION DE AREA CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 2.- Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE INSTANCIAS FEDERALES Código del Puesto 04-T00-1-CFNA001-0000053-E-C-T Nivel Administrativo NA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $25,254.76 (VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 76/100 M.N.) Adscripción del Puesto COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR Sede MEXICO, D.F. Funciones Principales 1. ESTABLECER ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y VINCULACION CON LAS INSTANCIAS FEDERALES EN LA IMPLEMENTACION DE PLANES Y PROGRAMAS DE CONFORMIDAD CON LAS POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA MIGRATORIA EN LA FRONTERA SUR, PARA PROPORCIONAR A LAS AUTORIDADES SUPERIORES ELEMENTOS EVALUATORIOS SOBRE LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR DEL PAIS. 2. SUPERVISAR LOS PROCESOS DE DIFUSION DE LOS PROGRAMAS DE ATENCION A MIGRANTES DE LA FRONTERA SUR, EN COORDINACION CON LAS INSTANCIAS FEDERALES, PARA CONTRIBUIR EN LA IMPLEMENTACION DE MEDIDAS QUE PERMITAN MEJORAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS MIGRANTES DE LA REGION. 3. INSTRUMENTAR LABORES DE VINCULACION E INTERACCION CON EL GOBIERNO FEDERAL, PARA COADYUVAR EN LA APLICACION DE PLANES Y PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR DEL TERRITORIO NACIONAL.
  • 177. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 81 4. FORTALECER LOS VINCULOS EN MATERIA MIGRATORIA CON LAS DEPENDENCIAS, ENTIDADES E INSTITUCIONES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, PARA CUMPLIR CON LOS COMPROMISOS ORIENTADOS A LA ATENCION DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR DE MEXICO. 5. COORDINAR ACCIONES DE VINCULACION INSTITUCIONALES CON LAS DIFERENTES INSTANCIAS DE GOBIERNO DE LA FRONTERA SUR DEL TERRITORIO NACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS EN MATERIA DE ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR DEL TERRITORIO NACIONAL. 6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD LICENCIATURA O PROFESIONAL. TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: • DERECHO • CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRACION PUBLICA • ADMINISTRACION • ECONOMIA • CONTADURIA • COMPUTACION E INFORMATICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES • ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS • RELACIONES INTERNACIONALES • SOCIOLOGIA POLITICA • PROBLEMAS SOCIALES • CIENCIAS POLITICAS • DEMOGRAFIA GEOGRAFICA • GRUPOS SOCIALES • APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 3. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB 4. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 3.- Nombre del Puesto JEFATURA DEPARTAMENTO DE INTEGRACION DOCUMENTAL “D” Código del Puesto 04-T00-1-CFOA001-0000080-EC-T Nivel Administrativo OA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $17,046.25 (DIECISIETE MIL CUARENTA Y SEIS 25/100 M.N.) Adscripción del Puesto COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR Sede VEASE INFORMACION EN TRABAJAEN.
  • 178. 82 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Funciones Principales 1. CONFORMAR LOS PROYECTOS DE ACUERDOS Y CONVENIOS EN MATERIA MIGRATORIA CELEBRADOS CON AUTORIDADES FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA CONTRIBUIR EN LA OBSERVANCIA DE CRITERIOS TECNICOS QUE LE DEN SUSTENTO JURIDICO. 2, INTEGRAR INFORMACION SOBRE LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES MIGRATORIAS Y POLITICAS PUBLICAS ESTABLECIDAS CON AUTORIDADES FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA CONFORMAR EL SOPORTE DOCUMENTAL Y ANALISIS CORRESPONDIENTE SOBRE SU APLICACION. 3. ELABORAR REPORTES RELACIONADOS CON CONFLICTOS SOCIALES DERIVADOS DEL TRANSITO MIGRATORIO EN LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA CONTAR CON INFORMACION QUE CONTRIBUYA EN LA FORMULACION DE ACUERDOS CON LAS AUTORIDADES INVOLUCRADAS. 4. VERIFICAR EL SOPORTE DOCUMENTAL DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA INSTRUMENTACION DE LAS POLITICAS MIGRATORIAS EN LOS ESTADOS DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA GENERAR INFORMACION BASE PARA LA CONSTRUCCION DE ACUERDOS Y CONVENIOS CON LAS AUTORIDADES RESPECTIVAS. 5. BRINDAR APOYO TECNICO Y DOCUMENTAL A LAS INSTITUCIONES RESPONSABLES DE APLICAR LOS ACUERDOS Y POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA MIGRATORIA EN LOS ESTADOS DE CHIAPAS Y TABASCO, PARA COADYUVAR AL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS ESTABLECIDOS. 6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD PREPARATORIA O BACHILLERATO TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: NO APLICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 3 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES • ORGANIZACION Y DIRECCION DE EMPRESAS • RELACIONES INTERNACIONALES • SOCIOLOGIA POLITICA • PROBLEMAS SOCIALES • CIENCIAS POLITICAS • DEMOGRAFIA GEOGRAFICA • GRUPOS SOCIALES • APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH NIVEL 2 JEFATURA DE DEPARTAMENTO CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 4.- Nombre del Puesto ANALISTA DE PROTECCION CON AUTORIDADES FEDERALES “B” Código del Puesto 04-T00-1-CFPA001-0000130-E-C-T Nivel Administrativo PA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $14,297.37 (CATORCE MIL DOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M.N.) Adscripción del Puesto COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR Sede VEASE INFORMACION EN TRABAJAEN.
  • 179. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 83 Funciones Principales 1. RECOPILAR Y REVISAR LA INFORMACION SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES EMPRENDIDAS DE MANERA CONJUNTA CON INSTANCIAS FEDERALES ENCARGADAS DE BRINDAR PROTECCION A LOS GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, PARA CONTAR CON INSUMOS DE ESTUDIO RELATIVOS AL FENOMENO MIGRATORIO. 2. ANALIZAR LA INFORMACION RECOPILADA SOBRE EL DESARROLLO Y APLICACION DE LOS PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS DE PROTECCION Y CANALIZACION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, POR PARTE DE LAS INSTANCIAS FEDERALES COMPETENTES, PARA GENERAR REPORTES E INFORMES QUE PERMITAN LA EVALUACION DE RESULTADOS POR PARTE DE LOS SUPERIORES JERARQUICOS. 3. ELABORAR NOTAS INFORMATIVAS SOBRE LOS AVANCES ALCANZADOS RELATIVOS A LA APLICACION DE MEDIDAS DE PROTECCION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON ELEMENTOS DE JUICIO EN LA TOMA DE DECISIONES POR PARTE DE LAS INSTANCIAS SUPERIORES. 4. ACTUALIZAR EL ACERVO DOCUMENTAL Y ELECTRONICO SOBRE LOS TRABAJOS DE COORDINACION CON INSTANCIAS FEDERALES EN MATERIA DE PROTECCION, CANALIZACION Y ATENCION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON EL SOPORTE DOCUMENTAL, DERIVADO DE LAS ACCIONES EMPRENDIDAS EN LA FRONTERA SUR ANTE EL FENOMENO MIGRATORIO. 5. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD PREPARATORIA O BACHILLERATO TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: • NO APLICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 2 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO • ADMINISTRACION VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH NIVEL 1 ENLACE CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx 5.- Nombre del Puesto ANALISTA DE PROTECCION CON AUTORIDADES ESTATALES “D” Código del Puesto 04-T00-1-CFOA001-0000080-E-C-T Nivel Administrativo PA1 Número de vacantes 01 Percepción Mensual Bruta $14,297.37 (CATORCE MIL DOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M.N.) Adscripción del Puesto COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR Sede VEASE INFORMACION EN TRABAJAEN.
  • 180. 84 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Funciones Principales 1. RECOPILAR Y REVISAR LA INFORMACION SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES EMPRENDIDAS DE MANERA CONJUNTA CON INSTANCIAS ESTATALES ENCARGADAS DE BRINDAR PROTECCION A LOS GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, PARA CONTAR CON INSUMOS DE ESTUDIO RELATIVOS AL FENOMENO MIGRATORIO. 2. ANALIZAR LA INFORMACION RECOPILADA SOBRE EL DESARROLLO Y APLICACION DE LOS PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS DE PROTECCION Y CANALIZACION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN LA FRONTERA SUR, POR PARTE DE LAS INSTANCIAS ESTATALES COMPETENTES, PARA GENERAR REPORTES E INFORMES QUE PERMITAN LA EVALUACION DE RESULTADOS POR PARTE DE LOS SUPERIORES JERARQUICOS. 3. ELABORAR NOTAS INFORMATIVAS SOBRE LOS AVANCES ALCANZADOS RELATIVOS A LA APLICACION DE MEDIDAS DE PROTECCION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON ELEMENTOS DE JUICIO EN LA TOMA DE DECISIONES POR PARTE DE LAS INSTANCIAS SUPERIORES. 4. ACTUALIZAR EL ACERVO DOCUMENTAL Y ELECTRONICO SOBRE LOS TRABAJOS DE COORDINACION CON INSTANCIAS ESTATALES EN MATERIA DE PROTECCION, CANALIZACION Y ATENCION A GRUPOS VULNERABLES DE MIGRANTES EN EL ESTADO, PARA CONTAR CON EL SOPORTE DOCUMENTAL, DERIVADO DE LAS ACCIONES EMPRENDIDAS EN LA FRONTERA SUR ANTE EL FENOMENO MIGRATORIO. 5. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO. Perfil y Requisitos ESCOLARIDAD PREPARATORIA O BACHILLERATO TERMINADO O PASANTE CARRERA GENERICA: • NO APLICA VEASE EL CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. EXPERIENCIA LABORAL 2 AÑOS AREA DE EXPERIENCIA GENERICA: • ADMINISTRACION PUBLICA • APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO • ADMINISTRACION VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. CAPACIDADES GERENCIALES 1. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH 2. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH NIVEL 1 ENLACE CAPACIDADES TECNICAS VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx COORDINACION PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA MIGRACION EN LA FRONTERA SUR BASES DE PARTICIPACION 1ª. Requisitos de participación. Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal. 2ª. Documentación requerida. Los(as) aspirantes deberán ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Información de Recursos Humanos>, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de Ingreso> para imprimir en un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5; mismos que serán presentados el día de la revisión documental, debidamente requisitados de forma manual. Adicional e invariablemente, deberán presentar en original o copia certificada y copia simple para su cotejo, los documentos que se mencionan a continuación:
  • 181. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 85 1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte vigente o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada. 2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda. 3. Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica. Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos, tales como: evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de los servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito, podrán presentar los Resultados de la última Evaluación del Desempeño en original y copia, o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones de Capacitación, se refiere al promedio de las calificaciones de las acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Este elemento no se valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se llevaron a cabo acciones de capacitación en la dependencia respectiva, o si ninguna de las constancias que presente señalan el otorgamiento específico de alguna calificación, se validan con original y copia de las constancias de capacitación correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución que impartió la capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o equivalente. Los Resultados de Procesos de Certificación se refiere a capacidades profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original y copia de las constancias de certificación correspondientes en las que se pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el nombre de la capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato. Comprobantes de capacidades certificadas vigentes en puestos sujetos al SPC y/o equivalente. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la Ley. 4. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años). 5. Tres impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral registrada, además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, se deberán presentar según sea el caso: hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE, IMSS u otro instituto de seguridad social, comprobantes de pago, constancias de empleo en hoja membretada indicando el periodo laborado. Los comprobantes presentados, deben permitir la acreditación tanto del inicio como el fin de cada experiencia laboral referida. 6. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos el Título Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto, el (la) aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefatura de departamento y subdirección de área u homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de dirección de área, dirección general 2 de 6 adjunta, dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el Título Profesional o Cédula Profesional que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil de puesto.
  • 182. 86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios presentado por el (la) aspirante contra las carreras genéricas solicitadas por el perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado Documentación Relevante. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el comprobante por el (la) aspirante no aparece dentro de alguna de las carreras genéricas solicitadas por el perfil, se procederá entonces a comparar contra el listado de las carreras específicas del catálogo, si no apareciera, se procederá entonces conforme al apartado 5 del numeral 15 de estas mismas bases. 7. Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso. 8. Para que un servidor publico de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el sistema y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad, jerarquía o rango, deberá presentar al menos dos evaluaciones del desempeño anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior; incluso aquellas que se hayan practicado como servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo a obtener su nombramiento como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere este párrafo, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los(as) servidores(as) públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto que ocupen. Para las promociones por concurso, en el caso del personal de carrera de primer nivel de ingreso (enlace), la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. De no estar en alguno de los casos anteriores, se deberá manifestar en el escrito bajo protesta de decir verdad citado en el numeral tres de este documento, no ser servidor(a) público(a) de carrera titular. 9. Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los dos últimos empleos conforme al Formato 5. No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y documental en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se descalificará automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. 3ª. Registro de aspirantes La inscripción o el registro de los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la dirección: www.trabajaen.gob.mx. La cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de los(as) aspirantes. Programa del concurso: Fase o Etapa Fecha o Plazo Publicación de Convocatoria 14 de Octubre de 2015. Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de Octubre al 27 de Octubre de 2015. Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de Octubre al 27 de Octubre de 2015. Recepción de solicitudes para reactivación de folios Del 28 de Octubre al 30 de Octubre de 2015.
  • 183. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 87 Evaluación de conocimientos A partir del 02 de Noviembre de 2015. Revisión Documental. De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª. Documentación requerida Evaluación de la Experiencia y Valoración Del Mérito Evaluación de Habilidades Entrevista por el Comité Técnico de Selección Determinación En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las fechas y los horarios indicados, podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas y horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades. 4ª. Temarios. Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx. 5ª. Presentación de Evaluaciones. La Secretaría de Gobernación comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez minutos. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas: • La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. • La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, considerando para los cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales. • Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los(as) candidatos(as). La Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Secretaría, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados. De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes: − Orden en los puestos desempeñados. − Duración en los puestos desempeñados. − Experiencia en el Sector público. − Experiencia en el Sector privado. − Experiencia en el Sector social. − Nivel de responsabilidad. − Nivel de remuneración. − Relevancia de funciones o actividades. − En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. − En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
  • 184. 88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: − Resultados de las evaluaciones del desempeño. − Resultados de las acciones de capacitación. − Resultados de procesos de certificación. − Logros. − Distinciones. − Reconocimientos o premios. − Actividad destacada en lo individual. − Otros estudios. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de la Secretaría de Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades a evaluar. En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular No. SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a ocupar un puesto en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada. A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de los(as) candidatos(as) que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Es importante señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación. La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de éstos se expresen con decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando para todos los procesos de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá: a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando correspondan al mismo nivel. b) Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a partir de su acreditación. Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de que el (la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el siguiente criterio: El (la) aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB durante el año de su vigencia.
  • 185. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89 ETAPA DE ENTREVISTA: Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre los(as) candidatos(as) ya entrevistados(as). El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así resulte conveniente. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adversa) - Estrategia o acción (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo) ETAPA DE DETERMINACION: Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su determinación declarando: a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o c) Desierto el concurso. 6ª. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente: Sistema de Puntuación General Etapa Subetapa Enlace Jefe (a) de Departamento Subdirector (a) de Area Director (a) de Area Director (a) General y Director (a) General Adjunto II Examen de Conocimientos 30 30 30 30 30 Evaluación de Habilidades 20 20 20 20 20 III Evaluación de Experiencia 10* 10 10 10 10 Valoración del Mérito 10 10 10 10 10 IV Entrevistas 30 30 30 30 30 Total 100 100 100 100 100
  • 186. 90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 * Se asignará un puntaje único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo señalado en el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. 7ª. Publicación de Resultados Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx . 8ª. Reserva de Aspirantes Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes. 9ª. Declaración de Concurso Desierto El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso; II. Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado(a) finalista; o III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria. 10ª. Cancelación de Concurso El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes: a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate o, b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona o, c) Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del puesto en cuestión. 11ª. Principios del Concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. 12ª. Resolución de dudas: A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico efvazquez@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico 51281115 ext: 14005, 14105, el cual estará funcionando de 9:30 a 14:30 hrs. y de 17:30 a 18:30 hrs. 13ª. Inconformidades: Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la dependencia, C. Bahía de Santa Bárbara No. 193, Pisos 1 y 2, Col. Verónica Anzures, Del. Miguel Hidalgo, C.P. 11300, México, Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
  • 187. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 91 14ª. Procedimiento para reactivación de folios La reactivación de folio solo será procedente cuando sean causas imputables al sistema, una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río Amazonas No. 91, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito referido deberá incluir: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo; • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias. • Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. De conformidad al numeral 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF en el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante, como serían: a) La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante; b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al (a la) aspirante. c) Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes en base al numeral 215 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el DOF el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 06 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud del(la) aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará a el(la) aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección. El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra información relevante /sistema de Servicio Profesional de Carrera. 15ª. Disposiciones generales 1. En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación. 2. Los datos personales de los(as) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso. 3. Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera titular, para poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el(la) candidato(a) ganador(a), éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as) finalistas a el(la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 5. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. México, D.F., a 14 de octubre de 2015. "Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio" La Secretaria Técnica Lic. Alejandra T. Feria Montes de Oca Rúbrica.
  • 188. 92 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Gobernación Organo Administrativo Desconcentrado Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 05/2015 El Comité Técnico de Selección del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, tercero y séptimo transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, y numeral 172 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el seis de septiembre del año dos mil doce emite la siguiente: Convocatoria pública y abierta del concurso para ocupar la siguiente plaza vacante del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: 1.- Nombre del puesto APOYO ADMINISTRATIVO Código del puesto 04-Q00-1-CFPA001-0000305-E-C-S Nivel administrativo PA1 Número de vacante 1 Percepción mensual bruta $14,297.37 (CATORCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M. N.). Adscripción del puesto CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES Sede México, D.F. Funciones principales 1. REGISTRAR DE LOS RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS ASIGNADOS AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, A FIN DE CONTAR CON ELEMENTOS QUE SIRVAN DE BASE EN EL PROCESO DE CONTROL DE LOS MISMOS. 2. REALIZAR LAS GESTIONES DE ABASTECIMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS, PARA COADYUVAR A LA ATENCION DE LOS REQUERIMIENTOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES. 3. APOYAR EN LA GESTION ADMINISTRATIVA DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA. 4. PARTICIPAR EN LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE INVENTARIOS Y DISTRIBUCION DE RESGUARDOS RELATIVOS A LOS RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS A LAS AREAS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA COADYUVAR EN EL REGISTRO, MANEJO Y CONTROL DE LOS RECURSOS. 5. APOYAR EN EL REGISTRO DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL ASIGNADO AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA COADYUVAR AL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS 6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA. Perfil y requisitos Escolaridad: Preparatoria o Bachillerato Terminado o Pasante Carrera Genérica: • NO APLICA Experiencia laboral: 2 años Area de Experiencia Genérica: • ADMINISTRACION PUBLICA • APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO Capacidades gerenciales 1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH 2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH
  • 189. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 93 2.- Nombre del puesto APOYO ADMINISTRATIVO Código del puesto 04-Q00-1-CFPA001-0000306-E-C-S Nivel administrativo PA1 Número de vacante 1 Percepción mensual bruta $14,297.37 (CATORCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M. N.). Adscripción del puesto CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES Sede México, D.F. Funciones principales 1. REGISTRAR DE LOS RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS ASIGNADOS AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, A FIN DE CONTAR CON ELEMENTOS QUE SIRVAN DE BASE EN EL PROCESO DE CONTROL DE LOS MISMOS. 2. REALIZAR LAS GESTIONES DE ABASTECIMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS, PARA COADYUVAR A LA ATENCION DE LOS REQUERIMIENTOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES. 3. APOYAR EN LA GESTION ADMINISTRATIVA DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA. 4. PARTICIPAR EN LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE INVENTARIOS Y DISTRIBUCION DE RESGUARDOS RELATIVOS A LOS RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS A LAS AREAS DEL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA COADYUVAR EN EL REGISTRO, MANEJO Y CONTROL DE LOS RECURSOS. 5. APOYAR EN EL REGISTRO DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL ASIGNADO AL CENTRO DE PRODUCCION DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES, PARA COADYUVAR AL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS 6. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA. Perfil y requisitos Escolaridad: Preparatoria o Bachillerato Terminado o Pasante Carrera Genérica: • NO APLICA Experiencia laboral: 2 años Area de Experiencia Genérica: • ADMINISTRACION PUBLICA • APOYO EJECUTIVO Y/O ADMINISTRATIVO Capacidades gerenciales 1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPH 2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPH Bases de participación 1ª. Requisitos de participación. Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica para cada caso. Los participantes deberían verificar las carreras genéricas y específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del puesto publicado en el portal www.trabajaen.gob.mx.
  • 190. 94 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 2ª. Documentación requerida. Los aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban, con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica: 1. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte vigente o cédula profesional. 2. Currículum Vítae de Trabajaen, actualizado y uno adicional que presente el aspirante con fotografía, Incluir el teléfono, en su caso, de los tres últimos empleos, detallando funciones específicas, puestos ocupados, con experiencia laboral claramente desarrollado; se deben presentar hoja única de servicios o su equivalente, constancias de empleos en hoja membretada, contratos, alta o baja del ISSSTE o IMSS, comprobantes de pago, según sea el caso. 3. Acta de Nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. 4. Documento que acredite el nivel de estudio requerido para el puesto por el que concursa; para los casos en que el requisito académico sea “Titulado” sólo se aceptará título o cédula profesional registrado en la Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables. En los casos en los que el requisito académico es “Terminado o Pasante” sólo se aceptará certificado o carta de terminación de estudios que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. En caso de haber obtenido el Título Profesional en un periodo anterior a seis meses previo a la publicación de la presente Convocatoria, se podrá acreditar la obtención del mismo con el acta del examen profesional debidamente firmado y sellado por la Institución Educativa correspondiente. Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil de puestos, el aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o prácticas profesionales. 5. Presentar las constancias que acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas en el perfil del puesto (constancias laborales, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS). La documentación comprobatoria deberá estar membretada y sellada. No se acepta como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de recomendación, constancias emitidas por el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos, conceptos asimilados y crédito al salario, constancias de haber realizado proyectos de investigación. 6. Cartilla del Servicio Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de hombres hasta los 40 años). 7. Escrito bajo protesta de decir verdad, de ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de la libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto; no estar inhabilitado para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, indicar en su caso, no ser Servidor Público de Carrera. 8. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso (hoja de bienvenida). 9. Conforme al artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y al numeral 174 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012, para ser sujeto a una promoción por concurso en el sistema, conforme a lo previsto en el artículo 37 de la LSPC, se establece que en el caso de ser actualmente Servidor Público de Carrera Titular, para que pueda acceder a un cargo del sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública federal de mayor responsabilidad o jerarquía, deberán presentar copia de sus dos evaluaciones del desempeño anuales al puesto actual como Servidores Públicos de Carrera Titulares, se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares.
  • 191. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 95 Para que los Servidores Públicos de Carrera Eventuales de primer nivel de ingreso puedan acceder a un cargo del sistema de Servicio Profesional de Carrera de mayor responsabilidad o jerarquía deberán contar con al menos una evaluación anual del desempeño como Servidores Públicos de Carrera Titulares, además de la prevista en el artículo 33 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 10. En lo relativo a la valoración del mérito en lo correspondiente a otros estudios concluidos se deberá proporcionar documentos que acrediten cursos, diplomados, maestrías o doctorados que contemplen, el perfil requerido o la rama de cargo; para el caso de estudios realizados en el extranjero, sólo se aceptará título o cédula profesional registrado en la Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables. A fin de valorar el mérito en lo correspondiente a los logros en cada materia específica del puesto, se deberá proporcionar; distinciones, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público o privado, reconocimientos, carta de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales. En lo relativo a los logros en materia de desarrollo social deberán de proporcionar reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales. 11. Cuando el ganador del concurso tenga el carácter de Servidor Público de Carrera Titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señale la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el mensaje que se les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se cuenta con esta información en el momento señalado será descartado inmediatamente del concurso, no obstante que haya acreditado las evaluaciones correspondientes. Es importante señalar que cualquier inconsistencia en la documentación presentada y/o información registrada en el sistema de Trabajaen, será causa de descarte. 12. El “CEPROPIE”, se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el aspirante para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el “CEPROPIE”, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. 3a. Registro de aspirantes. La inscripción o el registro de los aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación de la Convocatoria en la página de Trabajen y se llevará a cabo a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un número de folio de participación para el concurso al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los aspirantes. 4ª. Reactivación de Folios. Una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el aspirante tendrá dos días hábiles a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio, Río Amazonas Número 91, primer piso, Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, México D. F., en el área de Reclutamiento y Selección de Personal; cuyo escrito deberá incluir, considerando que sólo proceden las reactivaciones cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables al aspirante, errores en la captura de información del operador de ingreso, u omisiones del operador de ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico de Selección: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio de rechazo; • Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio; • Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo.
  • 192. 96 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante, como serían: a) La renuncia al concurso por parte del aspirante; b) Renuncia a calificaciones de evaluaciones de capacidades; c) Duplicidad de registros y la baja en el sistema imputables al aspirante; d) Errores de captura en el perfil de Trabajaen, por parte del aspirante. El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en la página www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia / información relevante / otra información relevante / sistema de Servicio Profesional de Carrera. Pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de reactivación. 5a. Desarrollo del concurso. El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica, sin embargo se podrán modificar las fechas indicadas cuando así resulte necesario o en razón del número de aspirantes que se registren, y notificación correspondiente a los aspirantes a través del portal: www.trabajaen.gob.mx. 6a. Temarios. Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx. 7a. Recepción de documentos y aplicación de evaluación. El “CEPROPIE”, comunicará a cada aspirante la fecha, hora y lugar en que los aspirantes deberán presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx en el rubro “Mis Mensajes”; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección del “CEPROPIE”, a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx De conformidad con el numeral 208 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del examen. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa “Revisión Curricular”. El “CEPROPIE”, aplicará las herramientas de evaluación en las instalaciones de la Dirección General de Recursos Humanos en la SEGOB, o en su caso, en los centros de evaluación autorizados. La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado Nivel Intermedio y se reflejarán los resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. Para el rango de Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, y se reflejarán los resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. En los rangos de Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de éstos se expresen con decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades se reflejará en los procesos de ingreso de “CEPROPIE” u otras instituciones sujetas al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el aspirante podrá: a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando correspondan a la misma herramienta de evaluación y mismo nivel acreditado. b) Los resultados de la evaluación de las habilidades tendrán vigencia de un año, contado a partir de su acreditación. Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de que el aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el siguiente criterio: El aspirante, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades durante el año de su vigencia
  • 193. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97 De conformidad con la metodología y escalas de calificación para la evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública, los elementos que se calificarán para la evaluación de la Experiencia serán los siguientes: - Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector Público. - Experiencia en el Sector Privado. - Experiencia en el Sector Social. - Nivel de Responsabilidad. - Nivel de Remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Para los puestos de Enlace se aplicará lo dispuesto con el numeral 185 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultado de las evaluaciones de desempeño. - Resultado de las acciones de capacitación. - Resultados de los procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores considerados en concursos del “CEPROPIE” y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a la misma capacidad a evaluar. 8a. Publicación de resultados. Los resultados a lo largo del concurso serán publicados en el portal www.trabajaen.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado para cada candidato. 9a. Declaración de concurso desierto. El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I) Porque ningún candidato se presente al concurso; II) Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III) Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. 10a. Disposiciones generales. 1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. 2. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso. 3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria. 4. Los concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la Secretaría de Gobernación, en Bahía de Santa Bárbara No. 193 piso 2 Col. Verónica Anzures Del. Miguel Hidalgo C.P. 11300, México, D.F., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera y su Reglamento. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
  • 194. 98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 11a. Principios del concurso. El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012. 12a. Sistema de Puntuación y Reglas de Valoración. SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL Puesto Evaluación Técnica Exámenes Habilidades Evaluación de La Experiencia Valoración del Mérito Entrevistas Total Enlace 30 10 20 10 30 100 Jefe de Departamento 30 10 20 10 30 100 Subdirección 30 10 20 10 30 100 Dirección 30 10 20 10 30 100 Dirección General Adjunta 30 10 20 10 30 100 Dirección General 30 10 20 10 30 100 1. Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos. 2. Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de aciertos sobre el total de aciertos posibles. La calificación mínima aprobatoria será de 70% sobre 100% y será motivo de descarte la no aprobación. 3. Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las atribuciones estipuladas en la normatividad aplicable, los Comités han determinado optar por llevar a cabo la aplicación de herramientas diversas a las que la Secretaría de la Función Pública provee. El no aprobar las evaluaciones de habilidades no es motivo de descarte del concurso. Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de Habilidades, Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, serán considerados para elaborar el orden de prelación. De no acreditar estos requisitos, el aspirante no podrá ser considerado en el listado de prelación para ser sujeto a entrevista. 13a. Calendario del concurso. ETAPA FECHA O PLAZO Publicación de convocatoria. 14-10-2015 Registro de Aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx). 14-10-2015 al 27-10-2015 Recepción de solicitud de reactivación de folios. 28-10-2015 al 03-11-2015 Evaluación de conocimientos. 04-11-2015 Evaluación de habilidades. 04-11-2015 Cotejo documental y valoración de la experiencia y mérito. 04-11-2015 Entrevista por el Comité Técnico de Selección. 04-11-2015 Determinación del candidato ganador. 04-11-2015 En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas o cuando así resulte necesario, las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambios sin previo aviso. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas y horarios a todos los aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades. 14a. Etapa de la entrevista. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en el “CEPROPIE”.
  • 195. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99 Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección podrá entrevistar de 3 (tres) en 3 (tres) hasta determinar un ganador, conforme al orden de prelación que elaboran la herramienta www.trabajaen.gob.mx En caso de empate en quinto lugar de acuerdo con el orden de prelación pasarán a la etapa de entrevista el total de aspirantes que compartan este lugar. Se consideran finalistas aquellos candidatos a los que después de habérseles aplicado la entrevista y ponderado los resultados obtenidos en las etapas previas obtengan una calificación final de 70 o superior, debiéndose aplicar las ponderaciones aprobadas por el Comité Técnico de Selección. Para la evaluación de la entrevista se consideran los criterios siguientes, de conformidad con el numeral 228 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012. El CTS en la etapa de entrevista, con el objeto de verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el candidato, identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo finalista y en un segundo momento, incluso determinarle ganador del concurso, independientemente de la metodología de entrevista que utilice 15a. Determinación y reserva. Los aspirantes que aprueben la entrevista con el Comité Técnico de Selección y no resulten ganadores en el concurso, serán considerados finalistas y quedarán integrados a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados, en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización del “CEPROPIE”, a nuevos concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique. Los resultados de la entrevista, se registrarán en el acta correspondiente. Los aspirantes deberán obtener en ésta una calificación ponderada de todas las evaluaciones de 70 puntos, para ser considerados finalistas y parte de la Reserva de Aspirantes. 16a. Resolución de dudas. A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a la plaza y al proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico gpalomares@segob.gob.mx, a nombre de Georgina Alejandra Palomares Ledezma, con número telefónico 5130-1820, Ext. 14254, de lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas. 17a. Inconformidades. Los concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la dependencia, ubicado en Av. Bahía de Santa Bárbara No. 193 Colonia Verónica Anzures Delegación Miguel Hidalgo, México D.F. C.P. 11300, términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento. 18a. Cancelación de concurso. El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes: 1. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate o, 2. El puesto de que se trate se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado para restituir en sus derechos a alguna persona o, 3. Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del catálogo del puesto en cuestión o, 4. Cuando exista un error de duplicidad o perfilamiento en la vacante duplicada. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. México, D.F., a 14 de octubre de 2015. “Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio” El Secretario Técnico Lic. Ernesto Ramses Senteno Coria Rúbrica.
  • 196. 100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Salud Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. CENAPRECE/2015/03 Los Comités Técnicos de Selección del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, emiten la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA CENAPRECE/2015/03, concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: Nombre de la Plaza SUBDIRECCION DE SEGURIDAD EN SALUD (01/03/15) Código 12-O00-1-CFNA001-0000033-E-C-D Número de vacantes 01 Percepción ordinaria (Mensual Bruto) $25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos 76/100 M.N.) Adscripción CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Sede (radicación) México, D.F. Objetivos y Funciones Principales OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO Garantizar la protección en salud para la población mexicana y evitar la ocurrencia de enfermedades emergentes que pongan en peligro la salud pública, a través de acciones institucionales que permitan establecer un blindaje sanitario permanente. FUNCIONES 1. Promover la convocatoria de las diferentes instancias y apoyar en la coordinación inter e intra institucional en apoyo al desarrollo de la normatividad en materia de seguridad en salud. 2. Colaborar y participar en la resolución de acuerdos generados al interior del comité nacional para la seguridad en salud. 3. Identificar necesidades para la elaboración o actualización de normas y procedimientos aplicables en la materia para proporcionar una respuesta estandarizada en el territorio nacional. 4. Desarrollar operativos especiales y de respuesta rápida en relación a prevención y control de enfermedades emergentes y eventos de interés epidemiológicos relativos a la seguridad en salud. 5. Implementar las investigaciones, modelos y operativos de respuesta rápida en materia de seguridad en salud. 6. Verificar el desarrollo, la aplicación de medidas de prevención y control en materia de seguridad en salud. 7. Coordinar las estrategias de evaluación y la elaboración de indicadores. 8. Coordinar la integración de los indicadores de evaluación y sistematizar el análisis para la determinación de prioridades e instrumentación de acciones de mejora continua. 9. Promover y participar en la evaluación del desempeño de los programas de seguridad en salud. 10. Integrar la metodología y procedimientos para la presupuestación anual de los programas de seguridad en salud. 11. Analizar las propuestas de los programas operativos anuales estatales de seguridad en salud. Perfil y Requisitos Académicos Posgrado Titulado en: AREA GENERAL: CIENCIAS AGROPECUARIAS CARRERAS GENERICAS: VETERINARIA Y ZOOTECNIA AREA GENERAL: CIENCIAS DE LA SALUD CARRERAS GENERICAS: MEDICINA Laborales Experiencia Laboral 3 años en: AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS AREA GENERAL: CIENCIAS CLINICAS Y/O AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS AREA GENERAL: EPIDEMIOLOGIA Y/O AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS AREA GENERAL: MEDICINA PREVENTIVA Y/O AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS AREA GENERAL: SALUD PUBLICA Y/O AREA DE EXPERIENCIA: MATEMATICAS AREA GENERAL: ESTADISTICA
  • 197. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101 Evaluación de Habilidades Habilidad 1 Liderazgo Ponderación: 50 Habilidad 2 Visión Estratégica Ponderación: 50 Idioma No aplica Otros Necesidad de viajar: Siempre La Calificación Mínima del Examen de Conocimientos de Conformidad al Temario que se Publica es de: 70 Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al orden de prelación que elabora la herramienta www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/as concursantes. Nombre de la Plaza DEPARTAMENTO DE URGENCIAS EPIDEMIOLOGICAS (02/03/15) Código 12-O00-1-CFOA001-0000051-E-C-D Número de vacantes 01 Percepción ordinaria (Mensual Bruto) $17,046.25 (Diecisiete mil cuarenta y seis pesos 25/100 m.n.) Adscripción CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Sede (radicación) México, D.F. Objetivos y Funciones Principales OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO Prevenir la ocurrencia de casos, brotes y situaciones de riesgo asociados a urgencias epidemiológicas que pongan en peligro la salud pública, a través de acciones institucionales que permitan establecer un blindaje sanitario permanente FUNCIONES 1 Participar en operativos especiales y de respuesta rápida en relación a urgencias epidemiológicas. 2 Participar en las investigaciones y operativos de respuesta rápida ante urgencias epidemiológicas. 3 Participar en la aplicación de medidas de prevención y control en materia de urgencias epidemiológicas. 4 Participar en la convocatoria de las diferentes instancias y apoyar en la coordinación inter e intra institucional en apoyo al desarrollo de la normatividad. 5 Participar en la resolución de los acuerdos generados al interior del Comité Nacional para la Seguridad en Salud en materia de normatividad de urgencias epidemiológicas. 6 Identificar necesidades para la elaboración o actualización de normas y procedimientos aplicables en la materia para proporcionar una respuesta estandarizada en el territorio nacional. 7 Proponer las estrategias de evaluación en materia de urgencias epidemiológicas, así como la elaboración de indicadores. 8 Integrar los indicadores de evaluación en materia de urgencias epidemiológicas. 9 Participar en la evaluación del desempeño de los Programas de Urgencias Epidemiológicas. 10 Procesar la información para la Certificación de Areas Libres de Cólera. 11 Recopilar información para la Certificación de Areas Libres de Cólera. 12 Elaborar y proponer la metodología y los procedimientos para la presupuestación anual de los Programas de Urgencias Epidemiológicas. 13 Participar en la aplicación de la metodología y los procedimientos para la presupuestación anual de los Programas de Urgencias Epidemiológicas. Perfil y Requisitos Académicos Licenciatura o Profesional Titulado en: AREA GENERAL: CIENCIAS DE LA SALUD CARRERA GENERICA: MEDICINA Laborales Area y Años de Experiencia Laboral 1 año en: AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS AREA GENERAL: EPIDEMIOLOGIA Y/O AREA DE EXPERIENCIA: CIENCIAS MEDICAS AREA GENERAL: SALUD PUBLICA
  • 198. 102 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Evaluación de Habilidades Habilidad 1 Liderazgo Ponderación: 50 Habilidad 2 Visión Estratégica Ponderación: 50 Idioma No aplica Otros Necesidad de viajar: Siempre La Calificación Mínima del Examen de Conocimientos de Conformidad al Temario que se Publica es de: 70 Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección Para esta plaza en concurso, el Comité Técnico de Selección determinará el número de candidatos/as a entrevistar, conforme al orden de prelación que elabora la herramienta www.trabajaen.gob.mx, con base en los puntajes globales de los/as concursantes. BASES DE PARTICIPACION Principios del Concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación de los Comités Técnicos de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación y demás aplicables. Requisitos de participación Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales de conformidad con el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera: ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso. En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Documentación requerida Los/las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original sin tachaduras/legible o copia certificada y dos copias simples, los siguientes documentos, en la fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan recibido, con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica: 1. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso. 2. Formato del Currículum Vítae de Trabaja en, en el que se detalle la experiencia y el mérito; firmado, rubricado y con leyenda de: “Bajo protesta manifiesto que los datos asentados son verídicos”, sin encuadernar o engargolar. 3. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía vigente, cédula profesional, cartilla liberada o pasaporte). 4. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 o según corresponda. 5. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa: sólo se aceptará Cédula Profesional y/o Título Profesional registrado en la SEP, en el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para cubrir la escolaridad de nivel Licenciatura con grado de avance titulado, serán validados los títulos o grados académicos de postgrados, maestrías y doctorados, en las áreas de estudio y carreras correspondientes al perfil del puesto.
  • 199. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 103 6. Cartilla liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años). 7. Documentación que acredite el tiempo y las áreas de experiencia laboral solicitadas en cada perfil, y que compruebe lo establecido en el Currículum Vítae. Sólo se aceptará documentación comprobatoria que avale el inicio y fin del empleo que corresponde a la experiencia solicitada (únicamente se aceptarán cartas laborales en hoja membretada que indiquen el periodo completo, salario y puesto ocupado, hojas de servicio acompañadas de nombramientos y/o renuncias, actas de entrega recepción, declaraciones fiscales y contratos laborales, talones de pago, alta o baja del ISSSTE o al IMSS), no se aceptará la docencia para acreditar las áreas de experiencia laboral solicitadas en el perfil. Se considerará y acreditará en el apartado de “experiencia laboral” las siguientes actividades: el servicio social, las prácticas profesionales, el tiempo de becarios, el tiempo de residencia o práctica clínica que el/la candidata/a acredite cuando realizó alguna especialidad. Dichas actividades se contabilizarán en el área de experiencia solicitada en el perfil siempre y cuando exhiban los documentos institucionales que lo amparen (señalando el periodo, institución y actividades realizadas). 8. Deberán acompañar documentación mediante la cual comprueben la experiencia y el mérito establecidos en el Currículum Vítae, mismos que se evaluarán de conformidad con la escala establecida en la Metodología y Escalas de Calificación – Evaluación de la Experiencia y valoración del Mérito, publicada por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera, disponible en www.trabajaen.gob.mx. Para la evaluación de la experiencia, se calificarán los siguientes elementos: • Orden de los puestos desempeñados • Duración en los puestos desempeñados • Experiencia en el sector público • Experiencia en el sector privado • Experiencia en el sector social: • Nivel de responsabilidad • Nivel de remuneración • Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante (NO SE EVALUARA PARA LAS PLAZAS QUE CONTIENEN ASTERISCO *) • En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante • En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante Para la valoración del mérito, se calificarán los siguientes elementos: • Acciones de Desarrollo Profesional • Resultados de las evaluaciones del desempeño (únicamente en caso de ser Servidor/a Público/a de Carrera Titular) • Resultados de las acciones de capacitación (únicamente en caso de ser Servidor/a Público/a de Carrera Titular) • Resultados de procesos de certificación (únicamente en caso de ser Servidor/a Público/a de Carrera Titular). • Logros • Distinciones • Reconocimientos o premios. • Actividad destacada en lo individual: • Otros Estudios Evaluación de la experiencia y valoración del mérito Los Comités Técnicos de Selección han determinado solicitar la acreditación documental del total de la información expresada en el currículum vítae de cada candidato/a inscrito al concurso por cada plaza vacante, para que se esté en posibilidad de realizar una evaluación de la experiencia y valoración del mérito en igualdad de circunstancias para los/las candidatos/as Para efectos del desahogo de la etapa y entrega de puntuación en la evaluación de la experiencia, únicamente se considerarán los puestos y el tiempo en las empresas o instituciones en que los/las candidatos/as lo acrediten documentalmente, para lo cual se determina que se aceptarán como comprobantes: talones de pago (periodos completos en original para cotejar y copias sólo del inicio y fin), altas, bajas y modificaciones de salario emitidas por el IMSS y el ISSSTE.
  • 200. 104 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 En lo que respecta a la evaluación de la experiencia se determinó lo siguiente: En la Experiencia en Sector Social: Además de las ya establecidas se considerarán empleos desempeñados en Organización no gubernamental (ONG), Voluntariados, Asociaciones Civiles (A.C.), Cooperativas y Sindicatos. En el Nivel de Responsabilidad: Las respuestas del/la candidato/a deberán cruzarse con el currículum que ingresó en el Sistema TrabajaEn y que se entrega firmado bajo protesta de decir verdad por el/la candidato/a. En la aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante, se aceptarán las evaluaciones del desempeño. En lo que respecta a la valoración del mérito se determinó, lo siguiente: Para las Acciones de Desarrollo Profesional: dicha valoración no será tomada en cuenta en ningún proceso de concurso en tanto no existan disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública, previstas en los artículos 43 y 45 del Reglamento. Para el Resultado de las acciones de capacitación: se acuerda que para aquellos casos en que los/las candidatos/as presenten constancias que no muestren calificación, este Comité aprueba se otorguen los puntos con base en las horas de capacitación que se acrediten dentro de las constancias, otorgando 100 puntos siempre y cuando se dé cumplimiento a 40 o más horas anuales, 80 puntos de 39 a 25 horas, 60 puntos de 24 a 10 horas y 0 puntos a quien tenga entre 0 y 9 horas de capacitación, lo anterior aplicará en los periodos del 2010 y 2011. En caso de que en el ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieran autorizado acciones de capacitación, los/las candidatos/as deberán entregar escrito de la dependencia que así lo acredite, y no serán evaluados en este elemento al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación. Para Resultados de procesos de certificación: este punto deberán acreditarlo los/las candidatos/as con su pantalla RHNet; en la cual se marca la vigencia de la certificación. Para Reconocimientos o premios: únicamente se aceptarán los documentos de instancias con reconocimiento oficial y con membrete. En la Actividad destacada en lo individual: se considerará la docencia, además de las que se proponen en la metodología, siempre y cuando el/la candidato/a cuente con el documento expedido por escuela en la que imparte clases y se señale en ésta la(s) materia(s) que imparte. Respecto a la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, se señala que los puntos propuestos dentro de la metodología que no se enuncian se debe a que éstos se mantienen tal y como lo señala el formato y la metodología antes mencionada. 9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. (Escrito proporcionado por la dependencia). 10. Conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, aquellos participantes que sean Servidores/as Públicos/as de Carrera y que este concurso represente acceder a un cargo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal de mayor responsabilidad o jerarquía, y conforme a lo previsto en el Art. 37 de la LSPC y conforme al Numeral 174 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, se tomarán en cuenta, las últimas Evaluaciones del Desempeño que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares, las cuales deberán presentar en la etapa de revisión curricular, de lo contrario serán descartados del concurso. Los/las candidatos/as que estén concursando por un puesto del mismo nivel no será necesario presentar las evaluaciones del desempeño.
  • 201. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 105 Para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el artículo 47 del Reglamento, lo anterior con fundamento en el Numeral 252 Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación En caso de no ser Servidor Público de Carrera titular, deberá firmar bajo protesta de decir verdad un formato proporcionado por la Dependencia. 11. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal deberán presentar la documentación oficial con la que se demuestren las condiciones bajo las cuales estaría sujeta su reincorporación a la Administración Pública Federal, de conformidad a la normatividad aplicable. 12. En caso de que la plaza requiera idioma, la documentación que avalará el nivel de dominio será: I) Para el nivel básico se aceptarán como constancias las historias académicas y/o constancia o documento expedido por alguna institución; ll) Para el nivel de dominio intermedio se aceptará constancia o documento expedido por alguna institución de idiomas o lenguas extranjeras que indique ese nivel de dominio; Ill) Para el nivel de dominio avanzado se aceptarán constancias como el TOEFL, TEFL, IELTS, entre otras, constancia o documento correspondientes a estudios realizados en el extranjero en el idioma requerido siempre que correspondan a un nivel de estudio medio superior o superior. Las constancias de idioma no deberán tener una antigüedad mayor a 5 años, salvo las referentes a historias académicas. En caso de no presentar cualquiera de los documentos señalados los aspirantes serán descartados inmediatamente del concurso, no obstante que hayan acreditado las evaluaciones correspondientes, con excepción de los correspondientes a la subetapa de valoración de mérito y experiencia caso en el cual a los aspirantes sólo se les otorgará un mínimo puntaje o nulo. El Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del proceso y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. Registro de aspirantes Con fundamento en el Numeral 192 Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, cualquier persona podrá incorporar en TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés. Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, TrabajaEn le asignará un número de folio de registro general.
  • 202. 106 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 La inscripción a un concurso y el registro de los aspirantes al mismo se realizarán, del 14 de octubre al 06 de noviembre de 2015, al momento en que el/la candidato/a registre su participación a un concurso a través de TrabajaEn, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación para el concurso al aceptar las presentes bases o, en su caso, de rechazo que lo descartará del concurso. La revisión curricular efectuada a través de TrabajaEn se llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que los/las candidatos/as deberán presentar para acreditar que cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria. Desarrollo del Concurso y Presentación de Evaluaciones De conformidad con lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 7 de septiembre de 2007, y Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación. “El procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas: “I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación”. Etapas que se desahogarán de acuerdo a las siguientes fechas: Etapa Fecha o plazo Publicación de convocatoria Del 14 de octubre al 06 de noviembre de 2015 Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de octubre al 06 de noviembre de 2015 Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 de octubre al 06 de noviembre de 2015 Examen de conocimientos A partir del 12 de noviembre de 2015 Exámenes de habilidades (capacidades gerenciales) A partir del 13 de noviembre de 2015 Revisión y evaluación documental (Cotejo) A partir del 19 de noviembre de 2015 Evaluación de la Experiencia y del Mérito A partir del 19 de noviembre de 2015 Entrevista con el Comité Técnico de Selección A partir del 26 de noviembre de 2015 Determinación del/la candidato/a ganador/a A partir del 26 de noviembre de 2015 El Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, comunicará por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas. El horario de evaluaciones será de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Exceptuando las entrevistas. Para el caso de la evaluación de habilidades, los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas con las herramientas de la Secretaría de la Función Pública, tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación, y serán considerados exclusivamente para otros concursos convocados por el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades. Los resultados de la evaluación de conocimientos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso y siempre que no cambie el temario con el cual se evaluó el conocimiento, por lo que en caso de existir diferencia entre los temarios, no se podrán considerar dichos resultados en las evaluaciones de los concursos de esta convocatoria. Para hacer válida dicha revalidación, ésta deberá ser solicitada por el aspirante mediante un escrito en el periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección.
  • 203. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 107 En los casos de los aspirantes a ocupar plazas convocadas por el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, y que tuviesen vigentes los resultados de habilidades evaluadas en otra Dependencia del Sistema que no hayan sido evaluadas con las herramientas de la Secretaría de la Función Pública, dichos resultados no podrán ser reconocidos para efectos de los concursos de esta Secretaría aun tratándose de habilidades con el mismo nombre y/o nivel de dominio. Los resultados de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en este proceso de selección no serán considerados para fines de Certificación de Capacidades. La evaluación de experiencia y valoración del mérito se realizará el mismo día en que se realice la revisión documental de conformidad con escala establecida en la Metodología y Escalas de Calificación – Evaluación de la Experiencia y el Mérito, publicada por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera. El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo, lo anterior de conformidad al Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación. Para cada una de las pruebas es necesario presentarse con su comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx y copia de su identificación oficial vigente. El concurso se conducirá de acuerdo a la programación antes indicada, sin embargo previo acuerdo del Comité Técnico de Selección, y notificación correspondiente a los aspirantes a través de los portales www.trabajaen.gob.mx y www.cenaprece.salud.gob.mx/convocatorias podrán modificarse las fechas indicadas cuando así resulte necesario o en razón del número de aspirantes que se registren, o por algún impedimento no previsto. Entrevista La etapa de Entrevistas tiene la finalidad de que el Comité de Selección profundice en la valoración de la capacidad de los/las candidatos/as, de conformidad a los criterios de evaluación establecidos en la convocatoria y en TrabajaEn. El CENAPRECE programará las entrevistas y convocará a los/las candidatos/as, a través de TrabajaEn, conforme al orden de prelación y el número establecido por el Comité Técnico de Selección. El Comité Técnico de Selección para la evaluación de las entrevistas, considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adverso); - Estrategia o acción (simple o compleja); - Resultado (sin impacto o con impacto), y - Participación (protagónica o como miembro de equipo) Cada miembro del Comité de Selección calificará en un escala de 0 a 100 a cada candidato/a en cada uno de los criterios de evaluación correspondientes. En caso de que el Comité Técnico de Selección lo determine podrá auxiliarse para desahogar la etapa de entrevista por máximo 3 especialistas, 1 por cada miembro, y se notificará a los/las candidatos/as en el correo electrónico mediante el cual se le cite a la misma. Cuando el perfil del puesto requiera el dominio de un idioma en el nivel avanzado, en esta etapa se podrá realizar al menos una pregunta a cada aspirante en el idioma requerido.
  • 204. 108 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación General La acreditación de la etapa de revisión curricular, revisión y evaluación de documentos, el examen de conocimientos y la presentación de las evaluaciones de habilidades serán indispensables para continuar en el proceso de selección de que se trate. Se evaluarán 2 capacidades gerenciales (habilidades) y no implicará descarte del concurso el no aprobarlas a menos de que no se presente a dichas evaluaciones. La calificación mínima aprobatoria para acreditar la evaluación de conocimientos será de 70 y el resultado de la evaluación se obtendrá del total de aciertos sobre el número de reactivos que conforman el examen. La evaluación de experiencia y valoración del mérito se evaluarán de conformidad con la escala establecida en la Metodología y Escalas de Calificación – Evaluación de la Experiencia y valoración del Mérito, publicada por la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera, considerando los elementos antes mencionados. Es importante señalar que, la Secretaría de la Función Pública comunicó del cambio de la rama de cargo que se debería llevar a cabo en el Código del Maestro de Puestos, de acuerdo al nuevo Catálogo de Ramas de Cargo o Puesto de la Administración Pública Federal, debido a lo anterior y para las plazas que contienen un asterisco (*) no se evaluará el rubro ocho “Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante. Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, los aspirantes deberán aprobar las evaluaciones precedentes. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones (habilidades, de conocimientos, evaluación de la experiencia y del mérito) serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación, para la etapa de entrevista, de conformidad con el Sistema de Puntuación General establecido por el Comité Técnico de Profesionalización para las plazas desde Enlace de Alta Responsabilidad hasta Dirección General, mismo que a continuación se muestra: Jefatura de Departamento hasta Dirección General Enlace de Alta Responsabilidad Etapa o Subetapa Puntaje Asignado Puntaje Asignado Subetapa de Examen de Conocimientos 30 30 Promedio de la subetapa de Evaluaciones de Habilidades 10 20 Subetapa de Evaluación de Experiencia 20 10 Subetapa de Valoración del Mérito 10 10 Etapa de Entrevista 30 30 PUNTAJE MAXIMO 100 100 El número mínimo de candidatos/as a entrevistar, será de 3, si el universo de candidatos/as lo permite. En caso de que el número de candidatos/as fuera menor al mínimo establecido, se entrevistará a todos. El número de candidatos/as que se continuarán entrevistando, será como mínimo de tres, en caso de no contar al menos con un finalista de entre los/las candidatos/as ya entrevistados. El Puntaje Mínimo de Calificación para ser considerado finalista será de 70. Para los puestos de Enlace de Alta Responsabilidad, se determinó otorgar a todos los participantes el puntaje de 100, que equivale a 10 puntos en el sistema de puntuación general, para la Subetapa de Evaluación de la Experiencia. Publicación de Resultados Tanto los resultados de cada una de las etapas del concurso, como la invitación a las evaluaciones y en su caso modificación del calendario serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx. Determinación y Reserva Los Comités Técnicos de Selección declararán ganador/a del concurso al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección. Se consideran finalistas a los candidatos que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable para ser considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley y 40, fracción II de su Reglamento.
  • 205. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 109 Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, los aspirantes que obtengan, el Puntaje Mínimo de Calificación, que es de setenta (70) y no resulten ganadores/as en el concurso, serán considerados/as finalistas y quedarán integrados/as a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate en el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso respectivo. Declaración de Concurso Desierto Los Comités Técnicos de Selección podrán, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso: I. Porque ningún candidato/a se presente al concurso; II. Porque ninguno de los/las candidatos/as obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. Reactivación de folios Los Comités Técnicos de Selección de estas plazas, determinaron no llevar a cabo la reactivación de folios cuando el descarte sea originado por causas imputables a los aspirantes, por lo que le solicitamos que antes de su inscripción a este concurso verifique que la información capturada en TrabajaEn respecto de su Currículum Vítae, esté completa y correcta comparándola con los requisitos del puesto, considerando que las reactivaciones únicamente procederán cuando el descarte del folio sea originado por causas NO imputables al aspirante, por errores en la captura de información u omisiones del operador de Ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de que el rechazo sea por causas no imputables al aspirante y el sistema emita un folio de rechazo, el aspirante tendrá 2 días hábiles a partir de la fecha de ese rechazo para presentar su escrito de petición de reactivación de folio, al Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente, en la Dirección de Operación del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades. Dicho escrito deberá incluir, considerando que proceden las reactivaciones sólo cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables al aspirante, por errores en la captura de información u omisiones del operador del Ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico de Selección: 1. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio de rechazo. 2. Justificación de por qué se considera que se debe reactivar su folio 3. Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad 4. Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, la cual será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. 5. Impresión de Currículum Vítae de TrabajaEn. La reactivación de folios no será procedente, cuando las causas de descarte sean imputables al aspirante como: 1. La renuncia a concursos por parte del aspirante 2. La renuncia a calificaciones de evaluaciones de capacidades 3. La duplicidad de registro y la baja en Sistema imputables al aspirante 4. Por errores de captura imputables al/la candidato/a Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de reactivación. Disposiciones generales 1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. 2. Los datos personales de los/las concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso. 3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
  • 206. 110 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 4. Los/las concursantes podrán presentar inconformidad y recurso de revocación, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de esta Dependencia, en Insurgentes Sur No. 1685 – 10° piso. Colonia Guadalupe Inn. Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020. Teléfono 2000 3100 ext. 53124, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, y ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en Insurgente Sur 1735 2do piso Colonia Guadalupe Inn. Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020, México D.F., en términos de lo dispuesto por el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. 5. En los casos en que los Comités Técnicos de Selección determinen la revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación. Dicha revisión deberá solicitarse mediante el procedimiento de una inconformidad. 6. Cualquier aspecto o caso no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección. Conforme a las disposiciones aplicables, privilegiando la observancia de los principios rectores del sistema, dentro de los 10 días hábiles siguientes en que se presentó, con la salvedad de que para aquellos casos en los que el Comité Técnico de Selección requiera de consultas, autorización u otros, ante entidades reguladoras, la resolución de dichos aspectos quedará sujeta al tiempo de respuesta y las determinaciones de las instancias competentes. 7. Cuando el ganador de un concurso tenga el carácter de servidor/a público/a de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar ante la Dirección de Operación del CENAPRECE, en un lapso no mayor a cinco días naturales, posteriores a la notificación de los resultados del concurso a través de su cuenta de TrabajaEn, el documento que acredite haberse separado de su cargo toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, asimismo, deberá acreditar haber cumplido la obligación que señala el artículo 11, fracción VIII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal”. Lo anterior tiene sustento en lo dispuesto en el oficio No. SSFP/408.3/077/2008, del 28 de Febrero de 2008 (Visible en www.normateca.gob.mx//NF_Secciones_Otras.php?Sección=7). 8. Los Comités Técnicos de Selección de esta Dependencia informa que en caso de que algún aspirante solicite una revisión del examen de conocimientos técnicos, deberá presentar su solicitud dirigida al Comité de la plaza en concurso, firmada y escaneada al correo de adrian.martinez@salud.gob.mx, teniendo como plazo los dos días hábiles siguientes a la fecha de aplicación de la evaluación. Así mismo, se hace del conocimiento que la revisión de exámenes, sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación (Numeral 219 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y con última reforma publicada el 23 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación. Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a los aspirantes que se presenten fuera de los horarios establecidos para tales efectos. 9. En este proceso de reclutamiento y selección, esta dependencia no solicita como requisito para el ingreso el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
  • 207. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 111 Citatorios El Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades comunicará a los/las aspirantes la fecha, hora y lugar en que deberán presentarse para la aplicación de las evaluación de conocimientos, de habilidades, recepción y cotejo documental, evaluación del mérito y valoración de la experiencia, así como la entrevista del Comité Técnico de Selección, mediante correo electrónico identificando su número de folio asignado por TrabajaEn, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha en que deberá presentarse. El no asistir en la fecha, hora y lugar señalados, será motivo de descarte del concurso de que se trate. Las etapas anteriores se desahogarán en las instalaciones del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades ubicado en Av. Benjamín Franklin #132, P.B., Col. Escandón, Delg. Miguel Hidalgo, C.P 11800, y la Dirección General Adjunta de Administración del Servicio Profesional de Carrera y Capacitación de la Secretaría de Salud, ubicadas en Reforma #156, Piso 4, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc (inclusive para los aspirantes registrados en el extranjero). En caso de que alguna de las etapas del concurso debiera ser desahogada en otro domicilio, será notificada a través del portal www.trabajaen.gob.mx, vía correo electrónico a los/las candidatos/as con mínimo dos días de anticipación. En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia con el que contarán los candidatos/as. Los/las aspirantes deberán asistir puntualmente a sus evaluaciones o de lo contrario no se permitirá la aplicación de evaluación alguna, y serán descartados del proceso de concurso de que se trate. Temarios Los temarios y la bibliografía correspondiente para el examen de conocimientos y para las evaluaciones de habilidades y, en su caso, guías de estudio, que se indique en la convocatoria, se difundirán únicamente en TrabajaEn y en la página electrónica http://www.cenaprece.salud.gob.mx, apartado convocatorias, CENAPRECE/2015/03, a partir de la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Las guías para la evaluación de las habilidades serán las consideradas para las capacidades gerenciales/directivas, que se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica: www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de Documentación e Información relevante, “Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades”. Para acreditar las etapas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito será necesario consultar la metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, accesible en la siguiente dirección electrónica: www.trabajaen.gob.mx, en el apartado de “Documentación e Información Relevante” Metodología y Escalas de Calificación Experiencia y Mérito Resolución de Dudas A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación al puesto y el proceso del presente concurso, se ha implementado el correo electrónico adrian.martinez@salud.gob.mx y teléfono 50621600, ext. 54672 o presentarse en las instalaciones del CENAPRECE, ubicado en Av. Benjamín Franklin, número 132, P.B., Colonia Escandón, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11800, de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. México, D.F., a 14 de octubre de 2015. Los Comités Técnicos de Selección Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Salud Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, la Secretaria Técnica Jefa de Departamento de Apoyo Gerencial del CENAPRECE C.P. Beatriz Reyes Aparicio Rúbrica.
  • 208. 112 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Salud CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. SSA/2015/40 NOTA ACLARATORIA El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Salud con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, emite la siguiente: La modificación al calendario del concurso de la plaza vacante: Departamento de Información Institucional de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, publicada en la Convocatoria Pública y Abierta SSA/2015/40 el 30 de septiembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, el cual quedará de la siguiente manera: DICE DEBE DECIR Etapa Fecha o plazo Fecha o plazo Publicación de convocatoria 30 de septiembre de 2015 06 de octubre de 2015 Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 30 de septiembre al 13 de octubre de 2015 Del 06 al 20 de octubre de 2015 Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 30 de septiembre al 13 de octubre de 2015 Del 06 al 20 de octubre de 2015 Examen de conocimientos A partir del 16 de octubre de 2015 A partir del 22 de octubre de 2015 Exámenes de habilidades (capacidades gerenciales) A partir del 19 de octubre de 2015 A partir del 23 de octubre de 2015 Revisión y evaluación documental (Cotejo) A partir del 20 de octubre de 2015 A partir del 23 de octubre de 2015 Evaluación de la Experiencia y del Mérito A partir del 20 de octubre de 2015 A partir del 23 de octubre de 2015 Entrevista con el Comité Técnico de Selección A partir del 21 de octubre de 2015 A partir del 26 de octubre de 2015 Determinación del candidato/a ganador/a A partir del 21 de octubre de 2015 A partir del 26 de octubre de 2015 México, D.F., a 14 de octubre de 2015. El Comité Técnico de Selección Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Salud Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio Por acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica Directora General Adjunta de Administración del Servicio Profesional de Carrera y Capacitación Lic. María Angélica Ortega Villa Rúbrica.
  • 209. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 1 TERCERA SECCION CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Secretaría de Hacienda y Crédito Público CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 488 DIRIGIDA A TODO/A INTERESADO/A, QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA CONSIDERANDO EL CRITERIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 y 47 de su Reglamento; numerales 195, 196, 197, 200, 201, 207, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, (considerando el criterio de Igualdad y No Discriminación y el DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad y no Discriminación 2014-2018, publicado en el DOF el 30 de abril de 2014), emite la siguiente Convocatoria Pública y Abierta dirigida a todo interesado/a que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera para ocupar los siguientes puestos vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: Nombre del Puesto: Director(a) de Proyectos de Mejora Presupuestaria B. Vacante(s): 1 (Una). Código: 06-400-1-CFMC001-0000380-E-C-I Rama de Cargo: Presupuestación. Nivel (Grupo/Grado): MC1 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias). Percepción Mensual Bruta: $65,671.18 (Sesenta y cinco mil seiscientos setenta y un pesos 18/100 M.N.). Unidad de Adscripción: Subsecretaría de Egresos. Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal. Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para el desempeño de sus funciones, de integración de grupos de trabajo, conducción y liderazgo. Puestos Subordinados: El puesto tiene subordinados a su cargo. Perfil y Requisitos: Escolaridad: Nivel Académico: Licenciatura o Profesional. Grado de Avance: Titulado. Carreras: Areas Generales Carreras Genéricas Ciencias Sociales y Administrativas Ciencias Políticas y Administración Pública Ciencias Sociales y Administrativas Administración Ciencias Sociales y Administrativas Economía Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas - Actuaría Experiencia Laboral: Años de Experiencia: 7 años mínimo. Areas de Experiencia: Grupo de Experiencia Area General Ciencias Económicas Actividad Económica Ciencias Jurídicas y Derecho Derecho y Legislación Nacionales Matemáticas Estadística Ciencia Política Administración Pública Conocimientos: Proceso Presupuestario del Gasto Público Federal, Marco Jurídico Administrativo Presupuestario, Conocimientos de la SHCP y de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%, mínimo aprobatorio 70). Habilidades: Negociación y Liderazgo (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%). Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 20%. Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%. Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%. Otros Requerimientos: Horario: Mixto. Disponibilidad para viajar: En ocasiones.
  • 210. 2 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Funciones Principales: 1. Dirigir y consolidar el Sistema de Control y Seguimiento de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, mediante la detección de necesidades de información producto del análisis de las características propias de los proyectos especiales, para disponer de la información necesaria y características en el diseño del Sistema y bases de datos asociados a los proyectos. 2. Estudiar y evaluar la información generada del análisis de las características propias de los proyectos especiales en su instrumentación en los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, con base en la información obtenida en forma impresa o por medios electrónicos, con la finalidad de establecer la metodología para la elaboración y presentación de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público. 3. Coparticipar con las áreas internas del área de adscripción en el diseño de las bases de datos, matrices, instrumentos de medición, Tablero de Control del C. Subsecretario de Egresos, mediante reuniones de trabajo, aplicación de lineamientos y políticas internas, para coordinar la recepción de información, registro y avance de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público presentados por los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal. 4. Dirigir y supervisar la elaboración y la recepción de la información de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los Sectores Desarrollo Agropecuario, Recursos Naturales, Comunicaciones y Transportes, Hacienda, Turismo, Tribunales Agrarios, Reforma Agraria, Energía, Desarrollo Social, Trabajo y Economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, mediante la asesoría específica y utilizando la metodología establecida, con la finalidad de obtener el avance en cada etapa de los proyectos especiales y su registro en el Tablero de Control del C. Subsecretario de Egresos. 5. Establecer las directrices para la elaboración y presentación de los informes y reportes respecto al avance de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal , con base en la información proporcionada en los tiempos establecidos en los calendarios, con el objeto de coadyuvar en la detección de posibles retrasos y en su caso permitir la toma de decisiones para implementar acciones correctivas. 6. Coparticipar en la elaboración de los estudios coyunturales, documentos de política pública, presentaciones ejecutivas de trabajo, así como con las áreas responsables de la Subsecretaría de Egresos en la definición de modificaciones al marco legal en materia presupuestaria, con base en la experiencia en el desarrollo de los proyectos de mejora presupuestaria del gasto público, información obtenida en medios electrónicos y medios impresos, con la finalidad de proponer acciones de mejora en materia de diseño de políticas públicas y presupuesto. 7. Emitir opinión respecto a las desviaciones que se originen en el desarrollo de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, a través de las reuniones de trabajo, acuerdos personalizados o atentas notas, con el objeto de externar el punto de vista al Superior Jerárquico, proponer alternativas de solución y su impacto en la aplicación de las mismas.
  • 211. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 3 8. Coordinar y supervisar la generación de la información para mantener actualizado el Tablero de Control del C. Subsecretario de Egresos respecto a los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público de los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, con base en los reportes e informes elaborados con la información proporcionada por los responsables de ejecutar los proyectos, a fin de asegurar información veraz, fidedigna y oportuna al C. Subsecretario de Egresos. 9. Asesorar a los responsables asignados de los sectores desarrollo agropecuario, recursos naturales, comunicaciones y transportes, hacienda, turismo, tribunales agrarios, reforma agraria, energía, desarrollo social, trabajo y economía, según corresponda de la Administración Pública Federal, respecto a la instrumentación de las guías técnicas y guías metodológicas en la presentación de los proyectos especiales de mejora presupuestaria del gasto público, a través de presentaciones ejecutivas, por correo electrónico o medios impresos, con el objeto de puntualizar cada uno de los conceptos y lograr documentos ágiles y precisos para su autorización. 10. Establecer los mecanismos necesarios para solicitar, recibir, compilar y registrar sistemáticamente la documentación e información de los estudios y proyectos especiales que solicite el C. Subsecretario de Egresos, producto de la agenda de trabajo y que tengan implicaciones presupuestales, mediante investigación de campo y trabajo de gabinete en coordinación con las Unidades Administrativas involucradas de la Administración Pública Federal, y representantes de organismos y asociaciones internacionales a fin de asegurar que la política pública presupuestal se encuentre alineada con las mejores prácticas internacionales, y en su caso identificar áreas de oportunidad. 11. Definir y dar seguimiento a los principales puntos de interés, coincidencias y diferencias de los diversos actores respecto a la política económica, sus componentes y problemática derivada de su ejecución, así como de los temas derivados y colaterales de los sectores bajo su coordinación mediante la elaboración de tarjetas informativas, tableros de control y estudios comparativos a efecto de determinar sus implicaciones y consecuencias. 12. Consolidar los informes que el Jefe Inmediato Superior deberá presentar al Superior Jerárquico sobre la información solicitada por los organismos y asociaciones internacionales y generada por las Unidades Administrativas de la Subsecretaría de Egresos de acuerdo al ámbito de su competencia, considerando los requerimientos, precisión de la información proporcionada, análisis y elaboración del entregable final, a fin de darle la presentación final y obtener la autorización del Superior Jerárquico para ser remitidos en los tiempos establecidos. 13. Coparticipar con las Unidades Administrativas competentes de la Subsecretaría de Egresos en la integración de la información y documentación que soliciten los organismos y asociaciones internacionales sobre temas de interés en materia de gasto público, con base en la información impresa y por medios electrónicos proporcionada por las áreas encargadas de su preparación, con el objeto de que sirva como insumo para concretar los entregables y obtener la autorización del Jefe Inmediato Superior. 14. Coordinar la elaboración de fichas técnicas de la información solicitada y entregada a los organismos y asociaciones internacionales considerando la fecha de elaboración Unidad responsable de generar la información, síntesis del tema abordado, estadísticas en su caso, con la finalidad de tener a la mano y documentado el fichero y la base de datos y llevar el control de la información proporcionada. 15. Estudiar y desarrollar los temas que se abordaran en los eventos en el que participe el Jefe Inmediato Superior como representar del C. Subsecretario de Egresos, a los eventos organizados por organismos y asociaciones internacionales, fuera y dentro del país, con base en la agenda de trabajo del Superior Jerárquico e instrucciones superiores, para atender los compromisos del Superior Jerárquico en cumplimiento de sus funciones.
  • 212. 4 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Nombre del Puesto: Subdirector(a) de Análisis de Política de Gasto. Vacante(s): 1 (Una). Código: 06-313-1-CFNC001-0000015-E-C-T. Rama de Cargo: Coordinación y Enlace Intra e Interinstitucional. Nivel (Grupo/Grado): NC1 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias). Percepción Mensual Bruta: $33,537.07 (Treinta y tres mil quinientos treinta y siete pesos 07/100 M.N.). Unidad de Adscripción: Unidad de Coordinación con Entidades Federativas. Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal. Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: Se requieren habilidades técnicas específicas para el desarrollo de sus funciones. Perfil y Requisitos: Escolaridad: Nivel Académico: Licenciatura o Profesional. Grado de Avance: Titulado. Carreras: Areas Generales Carreras Genéricas Ciencias Sociales y Administrativas Administración Ciencias Sociales y Administrativas Derecho Ciencias Sociales y Administrativas Economía Experiencia Laboral: Años de Experiencia: 4 años mínimo. Areas de Experiencia: Grupo de Experiencia Area General Ciencias Económicas Contabilidad Ciencias Jurídicas y Derecho Derecho y Legislación Nacionales Ciencias Económicas Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales Matemáticas Estadística Conocimientos: Finanzas Públicas, Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, Conocimientos de la SHCP y de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%, mínimo aprobatorio 70). Habilidades: Trabajo en Equipo y Liderazgo (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%). Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 20%. Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%. Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%. Otros Requerimientos: Horario: Mixto. Disponibilidad para viajar: En ocasiones. Conocimientos de Software: Nivel Básico en Office, Internet y Outlook. Funciones Principales: 1. Colaborar en la definición de Políticas Públicas en materia de transferencias de Gasto Federalizado, mediante la elaboración de notas de opinión, cuadros estadísticos y demás elementos normativos, para la toma de decisiones y en apoyo a las consultas específicas que sobre el Gasto Federalizado se reciban de las Entidades Federativas y Municipios. 2. Analizar la problemática que presenta el financiamiento del Gasto Público Federal transferido a las Entidades Federativas y Municipios, mediante el estudio de la evolución e impacto en sus finanzas públicas, para dar cumplimiento a las disposiciones normativas aplicables a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas. 3. Generar informes periódicos y anuales sobre los recursos del Gasto Público Federalizado que son autorizados y transferidos a las Entidades Federativas y Municipios para la inversión de diversos ramos, mediante la revisión del Presupuesto de Egresos, Cuenta Pública y elaboración de notas informativas, para atender los requerimientos de información planteados a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas. 4. Integrar la información estadística de los fondos de aportaciones federales y de otros rubros del Gasto Federalizado destinado a las Entidades Federativas y Municipios, mediante la revisión de la Cuenta Pública Mensual, reuniones de trabajo y consulta directa a personal especializado en estos temas, para realizar los análisis y evaluaciones en la materia y atender los requerimientos solicitados a la Dirección General Adjunta de Transferencias Federales.
  • 213. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 5 5. Efectuar el análisis y la evaluación sobre los Fondos de Aportaciones Federales, y de otros rubros del Gasto Público Federalizado, mediante el estudio de su evolución e impacto en las Entidades Federativas, para cumplir los requerimientos solicitados a la Dirección General Adjunta y mejorar su administración, operación y coordinación intergubernamental. 6. Verificar la operación y actualización del banco de información sobre temas hacendarios que difunden los medios de comunicación a nivel nacional mediante la coordinación de trabajos de investigación, integración de grupos de trabajo y reuniones, con el fin de apoyar a las Unidades Administrativas de la UCEF en sus procesos de toma de decisiones. 7. Colaborar en la elaboración de proyectos de convenios, acuerdos, criterios de operación y demás disposiciones jurídicas relativas a la coordinación con las Entidades Federativas y Municipios en materia de gasto, inclusive el Gasto Público Federalizado, mediante revisión y análisis del escrito, canalización al área competente y, en su caso, emisión de opinión, a fin de incentivar la mejora continua en los procedimientos y mecanismos en la materia. 8. Colaborar en la revisión de propuestas de normas y lineamientos, mediante el análisis, consulta y seguimiento del comportamiento de las legislaciones locales, para la coordinación en materia de participaciones e incentivos a las Entidades Federativas y Municipios. 9. Efectuar los diversos estudios sobre los conceptos específicos en Legislación Tributaria, mediante su análisis para colaborar en la compilación y actualización de la información de las Entidades Federativas y sus Municipios para coadyuvar al mejoramiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Nombre del Puesto: Subdirector(a) de Banco de Datos e Información. Vacante(s): 1 (Una). Código: 06-714-1-CFNA001-0000004-E-C-N. Rama de Cargo: Recursos Materiales y Servicios Generales. Nivel (Grupo/Grado): NA1 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias). Percepción Mensual Bruta: $25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos 76/100 M.N.). Unidad de Adscripción: Dirección General de Conservaduría de Palacio Nacional. Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal. Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos para el desempeño de sus funciones. Perfil y Requisitos: Escolaridad: Nivel Académico: Licenciatura o Profesional. Grado de Avance: Titulado. Carreras: Areas Generales Carreras Genéricas Ciencias Sociales y Administrativas Conservación y Restauración de Bienes Culturales Muebles Ciencias Sociales y Administrativas Restauración de Bienes Muebles Ciencias Sociales y Administrativas Arquitectura Educación y Humanidades Arquitectura Experiencia Laboral: Años de Experiencia: 4 años mínimo. Areas de Experiencia: Grupo de Experiencia Area General Ciencias Tecnológicas Tecnología de la Construcción Antropología Antropología Cultural Historia Historia por Especialidades Sociología Sociología Cultural Política Sectorial Cultura
  • 214. 6 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Conocimientos: Administración de Proyectos, Protección y Conservación del Patrimonio Cultural, Conocimientos de la SHCP y de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%, mínimo aprobatorio 70). Habilidades: Trabajo en Equipo y Liderazgo (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%). Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 20%. Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%. Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%. Otros Requerimientos: Horario: Mixto. Disponibilidad para viajar: En ocasiones. Funciones Principales: 1. Coordinar, investigar y recopilar, datos, documentos y planos históricos de Palacio Nacional, registrando los movimientos que se efectúen en cada pieza que integra la colección, con el fin de tener una bibliografía disponible sobre dichos objetos y colecciones. 2. Organizar la información referente a las piezas de las colecciones, elaborando un inventario, para su control y resguardo. 3. Efectuar los programas de investigación y cuidado conforme lo establece el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, según corresponda, a fin de obtener los permisos para la protección, conservación y restauración de las áreas, objetos y colecciones de Palacio Nacional. 4. Proponer los acuerdos y convenios necesarios con distintas Instituciones Públicas o Privadas, Nacionales o Internacionales, garantizando la protección, conservación y restauración de Palacio Nacional para su conservación y resguardo. 5. Sistematizar el inventario y catalogación analítica de los objetos y colecciones de Palacio Nacional, de conformidad con los datos que para tal efecto emplean el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, con el fin de mantener actualizada la descripción de los bienes resguardados por la Conservaduría de Palacio Nacional. 6. Registrar y llevar la bitácora de los traslados de los objetos y colecciones a lugares distintos de los de su ubicación en Palacio Nacional, autorizados por el Conservador y/o el Instituto Nacional de Antropología e Historia y/o el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura con el fin de garantizar su salvaguarda e integridad. 7. Integrar la información relacionada con los monumentos de Palacio Nacional a cargo de la Conservaduría, mediante la elaboración de una base de datos con el propósito de identificar los bienes en resguardo y apoyar en el control de su inventario a la Conservaduría. 8. Promover que las áreas de la Conservaduría de Palacio Nacional mantengan organizada y actualizada una base de datos con la información generada sobre los estudios y proyectos de obras así como de las instalaciones que se ejecuten en los inmuebles resguardados por la Conservaduría. Nombre del Puesto: Asistente Directivo(a) 1. Vacante(s): 1 (Una). Código: 06-600-2-CFPA002-0000149-E-C-S. Rama de Cargo: Apoyo Administrativo. Nivel (Grupo/Grado): PA2 (del Tabulador de Percepciones Ordinarias). Percepción Mensual Bruta: $15,189.15 (Quince mil ciento ochenta y nueve pesos 15/100 M.N.). Unidad de Adscripción: Tesorería de la Federación. Sede(s) o Radicación: México, Distrito Federal. Aspectos Relevantes: Trabajo Técnico Calificado: El puesto requiere de conocimientos técnicos para el desarrollo de sus funciones. Perfil y Requisitos: Escolaridad: Nivel Académico: Preparatoria o Bachillerato. Grado de Avance: Terminado o Pasante.
  • 215. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 7 Carreras: Areas Generales Carreras Genéricas No Aplica No Aplica Experiencia Laboral: Años de Experiencia: 1 año mínimo. Areas de Experiencia: Grupo de Experiencia Area General Ciencias Económicas Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo Ciencia Política Administración Pública Conocimientos: Lenguaje Ciudadano, Herramientas de Cómputo, Conocimientos de la SHCP y de la APF. (Valor en el Sistema de Puntuación General 30%, mínimo aprobatorio 70). Habilidades: Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%). Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%. Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%. Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%. Otros Requerimientos: Horario: Mixto. Funciones Principales: 1. Analizar junto con la Secretaria Técnica la agenda de actividades de la C. Tesorera de la Federación para proponer la logística de atención de los asuntos encomendados. 2. Coordinación de las actividades en los viajes que realiza la C. Tesorera de la Federación para la atención de los asuntos administrativos. 3. Apoyar en el control, recepción, registro y envío de correspondencia propia de la Secretaria Técnica de control de gestión. 4. Asistir a la secretaria privada en la atención de reuniones, recepción y realización de llamadas, coordinación de comidas de trabajo con personal e instituciones internas y externas a la Tesorería de la Federación. 5. Asistencia, control de minutario, control de vales de gasolina, preparar carpetas para acuerdo en reuniones de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento. 6. Clasificar la documentación para su correspondiente archivo de acuerdo a los lineamientos de operación que determine la Secretaria Técnica de la C. Tesorera de la Federación. 7. Apoyar a la oficina de la C. Tesorera de la Federación, en sus reuniones y necesidades de trabajo, con la finalidad de cumplir en tiempo y forma con las necesidades de apoyo logístico. 8. Recibir, controlar y colaborar en el seguimiento a la documentación oficial que compete a la oficina de la secretaria de apoyo técnico. BASES DE PARTICIPACION 1a. Requisitos de participación. Podrán participar los/las ciudadanos/as que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: (Art. 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal) 1. Ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero/a cuya condición migratoria permita la función a desarrollar. 2. No haber sido sentenciado/a con pena privativa de libertad por delito doloso. 3. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público. 4. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro/a de algún culto. 5. No estar inhabilitado/a para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o administrativo, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica para cada caso. 2a. Documentación requerida. La Revisión y Evaluación de Documentos específicamente en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad, áreas y años de experiencia) se llevará a cabo conforme a los Catálogos de Carreras y de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por la Secretaría de la Función Pública en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx., así como, únicamente las registradas en el currículum de trabajaen que registró para aplicar para esta vacante.
  • 216. 8 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Sin excepción alguna, los/las aspirantes deberán presentar en original o copia certificada legibles para su cotejo y copia simple legible para su entrega, en las oficinas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban a través de la herramienta electrónica www.trabajaen.gob.mx, los siguientes documentos: 1.- Currículum Vítae máximo 3 cuartillas actualizado, con fotografía y números telefónicos de los empleos registrados incluyendo el actual, en los que se detallen claramente, funciones específicas, del puesto o puestos ocupado/s y periodo/s en el cual laboró. 2.- Acta de nacimiento y/o documento migratorio que permita la función a desarrollar. 3.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado/a, sólo serán válidos el Título Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables; el Comité Técnico de Selección determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con grado de avance Titulado/a, no se aceptará ningún otro documento con el que se pretenda acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional se encuentran en trámite y se refiera a uno distinto al descrito con anterioridad. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Cuando en una convocatoria se establezca como requisito de escolaridad, el nivel académico de carrera técnica o comercial, Licenciatura con grado de avance terminado o pasante, se aceptará para acreditar tal carácter el certificado o constancia de estudios, carta de pasante con el 100% de créditos con sello de la institución educativa reconocida por la Secretaría de Educación Pública. Asimismo, se aceptará el grado de licenciatura, maestría o doctorado en el nivel terminado o pasante o titulada/o en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto registrados ante la SEP. Para los casos en que el requisito académico señale “Carrera Técnica o Nivel Medio Superior” se aceptará certificado de estudios, título, carta de pasante con el 100% de créditos o constancia de estudios con sello de la Institución Educativa. En estos casos los/as candidatos/as deberán firmar Bajo Protesta de decir Verdad que el documento de escolaridad presentado es auténtico. De conformidad con el numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, cuando en una convocatoria se establezca como requisito de escolaridad el Título Profesional o grado académico en el nivel Licenciatura, se aceptará el grado de Maestría o Doctorado con grado de avance titulado, terminado y/o pasante en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, el/la concursante cuente con algún título o cédula profesional de nivel licenciatura en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el catálogo de carreras de la SFP. 4.- Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte o cédula profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada. 5.- Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 45 años). 6.- Escrito de Carta Protesta en el que manifieste decir verdad, de ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero/a cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado/a con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro/a de culto; no estar inhabilitado/a para el servicio público, no formar parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de ésta u otra Institución; y que la documentación presentada es auténtica. No ser servidor/a público/a de carrera titular ni eventual. A efecto de que los/las Servidores/as Públicos/as de Carrera Titulares acrediten las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento, deberán presentar las últimas que haya aplicado en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores/as públicos/as, previo a obtener su nombramiento como servidores/as públicas/as de carrera titulares. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los/as servidores/as públicos/as de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto que ocupen (solo en el caso que haya sido evaluado/a en el año anterior para la Valoración del Mérito). Para las promociones por concurso de los/as servidores/as públicos/as de carrera de primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el artículo 47. No haber sido beneficiado por algún Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal (en caso afirmativo manifestar en qué año, y en qué dependencia).
  • 217. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 9 En el caso de trabajadores/as que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su alta estará sujeta a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Ver el Formato en: http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/carta_protesta_2014.pdf Cabe señalar que si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico, será motivo de descarte. 7.- Experiencia Laboral, para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto presentar las constancias conforme haya registrado su trayectoria laboral en el currículum vítae de TrabajaEn, se aceptarán: Hojas únicas de servicios, constancias de servicios, constancias de nombramientos, cartas finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, altas, bajas al IMSS, documento de semanas cotizadas al IMSS del asegurado vía electrónica, o el emitido por la subdelegación del IMSS que le corresponda, altas, bajas al ISSSTE, documento que acredite los años de antigüedad cotizados al ISSSTE, recibos de pago (presentar los recibos de pago con los que se compruebe la consecutividad de los años laborados), declaraciones del Impuesto Sobre la Renta, declaraciones patrimoniales, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección, números telefónicos firma y/o sello, conteniendo: nombre completo del candidato/a, periodo laborado, percepción, puesto(s) y/o funciones desempeñadas. Se aceptará la carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se hayan realizado y con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y hasta un año de experiencia, de los solicitados en el perfil del puesto por el cual se concurse. Sólo se aceptarán cartas que acrediten experiencia como Becario hasta por un máximo de 6 meses. El documento de acreditación en estos supuestos deberá incluir además de los datos de identificación necesarios, el periodo de prestación, las funciones desempeñadas o el proyecto en que participó. No se aceptarán cartas de recomendación como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida. Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva. Datos de localización física y telefónica de cuando menos una referencia laboral comprobable respecto de cada uno de los empleos con los que se acrediten los años de experiencia requeridos para el puesto que se concurse. Para la verificación de las Referencias Laborales, se tomará los 2 últimos empleos proporcionados por los/as candidatos/as, los cuales se verificará ante la instancia correspondiente, sin embargo en caso de no obtener respuesta de alguno de ellos, se podrán considerar empleos anteriores acreditados para obtener al menos 2 verificaciones. Para la Evaluación de la Experiencia revisar la Metodología y Escalas de Calificación (Ver www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante). 8.- Cédula de Identificación Fiscal (RFC) y Clave Unica de Registro de Población (CURP). 9.- Presentar las constancias con las cuales acredite sus Méritos con los que cuenta, tales como: evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes, de acuerdo a la Metodología y Escalas de Calificación (Ver www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante). 10.- Escrito de Aviso de Privacidad en el que se autoriza a la SHCP, utilizar su nombre, R.F.C., C.U.R.P., domicilio, teléfono, dirección de correo electrónico (e-mail), fecha de nacimiento, intereses personales, información de escolaridad (título, acta de acreditación de examen profesional, carta de pasante, autorización provisional para ejercer la profesión, certificado, constancia de créditos, constancia de créditos e historial académico), trayectoria laboral así como referencias personales y laborales para fines de consulta interna y externa por parte de esta Secretaría, para dar cumplimiento al DECRETO por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010. Ultima Reforma 08-06-2012. Así como, lo señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; los numerales 174, 175, 213 y 220 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de julio de 2010 y reformado el 23 de agosto de 2013. Ver en: http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/aviso_privacidad_shcp.pdf
  • 218. 10 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 11.- Impresión del documento de Bienvenida al Sistema TrabajaEn, como comprobante del número folio (9 dígitos) así como del asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx a el/la aspirante para el concurso de que se trate. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso la no presentación de los/as aspirantes a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que les sean señalados, así como la no presentación de los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la fecha, hora y lugar que la Dirección de Ingreso determine para tal efecto. Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática de los documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío. De no acreditarse a juicio del personal de la Dirección de Ingreso cualquiera de los datos registrados por los/las aspirantes en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, de los que exhiban en la revisión curricular y documental, o en cualquier etapa del proceso; o de no exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que sean requeridos, se descalificará automáticamente a el/la aspirante o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. Conforme al Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación, publicado en el DOF el 30 de abril de 2014, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, está comprometida a respetar y garantizar los derechos humanos y dar un trato igualmente digno en la participación de los concursos, así como, actuar sin discriminación de ninguna índole. Asimismo, en ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en los concursos y en su caso para llevar a cabo la contratación. 3a. Registro de candidatos. La inscripción o el registro de los/as candidatos/as a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará a los candidatos un número de folio de participación para el concurso una vez que los mismos hayan aceptado sujetarse a las presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico de Selección; lo anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los/as candidatos/as. Programa del concurso: Fase o Etapa Fecha o Plazo Publicación del Concurso 14 de octubre de 2015 Registro de candidatos y Revisión curricular Del 14 al 27 de octubre de 2015 Recepción de solicitudes para reactivación de folios El Comité Técnico de Selección no autorizó la reactivación de folios por causas imputables a los aspirantes. Evaluación de Conocimientos Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016 Evaluación de Habilidades Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016 Revisión y Evaluación Documental Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016 Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016 Entrevista por el Comité Técnico de Selección Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016 Determinación Del 28 de octubre de 2015 al 11 de enero de 2016 Las Etapas del proceso de selección de los puestos incluidos en esta convocatoria se llevarán a cabo en razón del número de candidatos/as que puedan registrarse en los concursos, por lo que las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mismos a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx y de la cuenta de correo electrónico registrada por cada candidato. La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizarán en las mismas fechas y horarios a todos/as los/as candidatos/as que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación. En caso de presentarse inconformidades o alguna solicitud de revisión de examen, se informará a el/la candidato/a, a través de la cuenta de correo ingreso_shcp@hacienda.gob.mx y/o se le notificará a través del portal www.trabajaen.gob.mx, por otra parte si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos los candidatos a través de los mismos medios. 4a. Temarios. Los temarios relativos a los exámenes de Conocimientos serán publicados en los portales www.trabajaen.gob.mx, en www.hacienda.gob.mx y en la página de intranet de la SHCP, o en su caso, se harán llegar a los/las aspirantes a través de su correo electrónico cuando así lo requieran.
  • 219. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 11 5a. Presentación de Evaluaciones. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Se sugiere a los candidatos considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus traslados ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en que se tenga programado el inicio de cada etapa será de diez minutos considerando como hora referencial la que indiquen los equipos de cómputo de la Dirección de Ingreso. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso a las salas de aplicación a los candidatos que lleguen retrasados quedando inmediatamente descartados del concurso. De conformidad con el numeral 208 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, la invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:  La subetapa de examen de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales, asimismo se deberá presentar previo a la aplicación del examen, la pantalla de Bienvenida del sistema Trabajaen y original del RFC y la CURP.  Para efectos de continuar en el proceso de selección, los/las aspirantes deberán aprobar los exámenes de conocimientos y presentar la información solicitada.  Los resultados obtenidos tendrán una vigencia de un año, contados a partir del día en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los/las aspirantes podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de conocimientos, siempre y cuando se trate del mismo puesto, examen, temario y bibliografía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. El examen de conocimientos constará de 1 evaluación, la cual versará sobre los siguientes puntos: a) Conocimientos sobre la Administración Pública Federal. b) Conocimientos sobre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/rh_guia_ingreso_2013_01.pdf http://intranet.hacienda.gob.mx/servicios_tramites/spc/inf_general/rh_guia_ingreso_2013_01.pdf c) Conocimientos Técnicos del Puesto.  La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte. Las calificaciones obtenidas se sumarán a las otras evaluaciones para determinar el orden de prelación de los candidatos prefinalistas que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje. Las evaluaciones de habilidades se llevan a cabo en línea mediante herramientas psicométricas de medición, administradas por la SHCP. Los resultados obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a partir del día en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los/las aspirantes podrán participar en otros concursos de esta Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando sean las mismas y correspondan al mismo nivel de dominio y hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la SHCP.  Los resultados obtenidos en las subetapas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito serán consideradas en el sistema de puntuación general y si bien no implican el descarte de los/las candidatos, si será motivo de descarte la no presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en esta convocatoria así como que la carrera específica con la que se pretenda acreditar la carrera genérica del puesto que se concurse no se encuentre contenida textual y literalmente en la impresión del Catálogo de Carreras que en la fecha de la revisión documental obtenga del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx el personal de la Dirección de Ingreso. Asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas y cruce de información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará al candidato y se ejercerán las acciones legales procedentes.
  • 220. 12 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 La aplicación del examen de conocimientos, de las evaluaciones de habilidades, así como la evaluación de la experiencia y valoración de mérito y la revisión y verificación de documentos, se realizarán en las instalaciones de la Dirección de Ingreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicada en Calzada de la Virgen 2799, Edificio “D”, Planta baja, Ala Norte, Colonia CTM Culhuacán, C. P. 04480, Delegación Coyoacán. El Comité Técnico de Selección determinará el lugar en que se llevará a cabo la etapa de entrevista. La duración aproximada de cada evaluación, así como la entrega de documentos es de 2 horas. Las evaluaciones podrán aplicarse de manera diferida dentro de las fechas establecidas en esta convocatoria, de acuerdo a las necesidades del servicio, pero en ningún caso se diferirá a un solo candidato, conforme al numeral 180 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013. De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril del 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes: - Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector público. - Experiencia en el Sector privado. - Experiencia en el Sector social. - Nivel de responsabilidad. - Nivel de remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Resultados de las acciones de capacitación. - Resultados de procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios: Se aceptará diplomado (certificado total), especialidad, título profesional o grado académico emitido por la Institución Educativa: Federal, Estatal, Descentralizada o Particular, en éste último caso el documento deberá contener la autorización o reconocimiento de validez oficial por parte de la Secretaría de Educación Pública; conforme a los artículos 1°, 3° y 23, fracciones I y IV de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal y 11, 12 y 14 de su Reglamento. En caso de que exista un error en la captura de la calificación obtenida por un aspirante en el examen de conocimientos, el operador de ingreso podrá revertir el resultado previa notificación al Comité Técnico de Selección. Si durante la aplicación de la Subetapa de conocimientos de la Etapa II, se detectan inconsistencias en el RFC y/o la CURP, de el/la candidata/o, éste/a deberá realizar la solicitud de corrección de datos ante la Secretaría de la Función Pública a los correos electrónicos acervantes@funcionpublica.gob.mx o jmmartinez@funcionpublica.gob.mx anexando los siguientes documentos: Credencial del IFE, Cédula Fiscal y CURP. En caso de que al inicio de la Etapa III Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, no se presenten las evidencias documentales de las correcciones respectivas, se procederá a descartar a el/la candidato/a. De acuerdo al principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las Etapas del concurso a petición de los/las candidatos/tas. Asimismo, en caso de que un candidato/a requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx. Es importante señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
  • 221. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 13 ETAPA DE ENTREVISTA: Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de candidatos/as con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basadas en el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, pasarán a la etapa de Entrevista, los/las cinco candidatos/as con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos/as que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatos que se continuarían entrevistando, que preferentemente será de tres y solo se entrevistarían en caso de no contar al menos con un finalista de entre los/las candidatos/as ya entrevistados/as. La/el candidata/o que al final de la etapa III cuente con menos de 35 puntos en la escala de 0 a 100 sin decimales, no será considerada/o para la entrevista, toda vez que no obtendría los 65 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de calificación, que establece el numeral 184, fracción VII del Acuerdo. El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, cuando así resulte conveniente. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará el criterio siguiente: - Contexto, (favorable o adverso) - Estrategia (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo) ETAPA DE DETERMINACION: Se considerarán finalistas a los/las candidatos/as que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (65 puntos) para ser considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley y 40, fracción II de su Reglamento. En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando: a) Ganador(a) del concurso, al/la finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) A el/la finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el/la ganador/a señalado/a en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o c) Desierto el concurso. 6a. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación El listado de candidatos/as en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllos/as con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de Puntuación General aprobado por el Comité Técnico de Profesionalización en la Primera Sesión Ordinaria de 2012: Sistema de Puntuación General Etapa Enlace Jefe de Departame nto Subdirector Director de Area Director General Adjunto Direct or Gener al II. Exámenes de Conocimientos 30 30 20 20 10 10 II. Evaluación de Habilidades 20 20 20 20 20 20 III. Evaluación de Experiencia 10 10 20 20 30 30 III. Valoración de Mérito 10 10 10 10 10 10 IV. Entrevistas 30 30 30 30 30 30 Total 100 100 100 100 100 100
  • 222. 14 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 7a. Publicación de Resultados. Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. 8a. Reserva de Candidatos Los/as candidatos/as entrevistados/as por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores/as del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación (65 puntos), se integrarán a la Reserva de Candidatos de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Los/as candidatos/as finalistas estarán en posibilidad de ser convocados/as durante el periodo que dure su vigencia de permanencia en la Reserva de Candidatos y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes cuando así lo prevenga el Comité Técnico de Selección. 9a. Declaración de Concurso Desierto El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I. Porque ningún candidato/a se presente al concurso; II. Porque ninguno de los/las candidatos/as obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado/a finalista (65 puntos); o III. Porque sólo un/una finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los/as integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria. 10a. Cancelación de Concurso El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes: I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión. 11a. Principios del Concurso En el portal www.dof.gob.mx podrán consultarse la convocatoria, los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. Los datos personales de los/las aspirantes son confidenciales aun después de concluido el concurso. Los/as aspirantes se responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria sin responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013. 12a. Resolución de dudas: A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los/as candidatos/as formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico ingreso_shcp@hacienda.gob.mx o bien del número telefónico 3688 5344, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. 13a. Inconformidades: Los/as concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicado en Avenida México-Coyoacán No. 318, 5° Piso, Colonia General Anaya, con horario de 9:00 a 15:00 horas en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento. 14a. Revocaciones Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los/las interesados/as estarán en aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en sus instalaciones sitas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C. P. 01020, México, D. F., en un horario que va de las 09:00 y las 18:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
  • 223. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 15 15a. Procedimiento para la Reactivación de Folios En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones involuntarias por parte del personal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el descarte, se enviarán al Comité los soportes documentales. El Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, por unanimidad o por mayoría de votos, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme a lo siguiente: a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, en un horario de 9:00 a 18:00 hrs., los/las interesados/as podrán solicitar su reactivación a comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, siempre y cuando las causas del descarte no sean imputables a los/as propios/as aspirantes. b) Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición. Los/las aspirantes que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán dirigirse a comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en que se les informe de la reactivación de un folio. La reactivación de folios no será procedente cuando: I. El/la aspirante cancele su participación en el concurso, y II. Exista duplicidad de registros en Trabajaen. 16a. Disposiciones generales 1. Además de lo señalado en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la página electrónica: http://hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/Paginas/informacion_concursos.aspx, y en la Intranet: http://intranet.hacienda.gob.mx/servicios_tramites/spc/Paginas/Concursos.aspx. 2. Asimismo, podrá consultar los Lineamientos internos que regulan la Operación del Subsistema de Ingreso en la SHCP en: http://www.hacienda.gob.mx/servicio_prof_carrera/doc_comunes/Lineamientos_Internos_Subsistema_de_ Ingreso.pdf y en http://intranet.hacienda.gob.mx/servicios_tramites/spc/inf_mensual/Lineamientos_Internos_Subsistema_ de_Ingreso.pdf 3. Cuando el/la ganador/a del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado del puesto que venía ocupando, previo a su registro, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 4. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el/la candidato/a ganador/a, este deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los/as finalistas al siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 5. Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección así como las inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales aun después de concluidos estos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables. 6. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015. El Comité Técnico de Selección Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio” Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, firma el Secretario Técnico Director de Ingreso Lic. Gerardo Soto Venegas Rúbrica.
  • 224. 16 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Hacienda y Crédito Público Comisión Nacional de Seguros y Fianzas CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA No. 087 El Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento; numerales 195, 196, 197, 200, 201, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, emite la siguiente: Convocatoria pública y abierta dirigida a todo interesado que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera en el siguiente puesto vacante de la Administración Pública Federal: Nombre del Puesto Jefe de Departamento de Contratos de Vida y Pensiones Consecutivo 150 Nivel Administrativo OA3 Número de vacantes Una Percepción Mensual Bruta $22,153.00 (Veintidós mil ciento cincuenta y tres pesos 00/100 M.N.) mensual bruto. Adscripción del Puesto Subdirección de Contratación Sede México, Distrito Federal Funciones Principales 1. Analizar, verificar y llevar a cabo las actividades relacionadas en materia de registro de productos de seguros, en términos de lo establecido en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y demás disposiciones legales y administrativas aplicables, con el objeto de otorgar mayor certidumbre jurídica a los usuarios del sector asegurador. 2. Elaborar de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas aplicables, los oficios de registro y/o renovación, según sea el caso, de los dictaminadores jurídicos de la documentación contractual en materia de seguros y fianzas. 3. Analizar, verificar y llevar a cabo las actividades relacionadas con el registro de la documentación contractual de fianzas en términos de lo establecido en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, con el objeto de otorgar mayor certidumbre jurídica a los usuarios del sector afianzador. 4. Analizar, verificar y llevar a cabo las actividades relacionadas con el registro de contratos de prestación de servicios que celebran las Instituciones de seguros con personas morales, sin la intervención de agentes de seguros, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y demás disposiciones aplicables, con el objeto de otorgar mayor certidumbre jurídica a los usuarios del sector asegurador. 5. Colaborar en las actividades de coordinación relacionadas con la instrumentación de los programas de mejora regulatoria en relación con la normatividad y trámites que aplica la Comisión. 6. Apoyar en el programa de mejora regulatoria, así como en los reportes de avance, conforme a la Ley Federa de Procedimiento Administrativo, para que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, los haga públicos. 7. Contribuir en las actividades de validación jurídica de trámites para su inscripción en el registro federal de trámites y servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y disposiciones legales y administrativas aplicables, para propiciar la transparencia de la gestión pública. 8. Contribuir en las actividades de coordinación con el área de enlace de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para dar mayor eficiencia al proceso de inscripción de trámites en el registro federal de trámites y servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. 9. Analizar y verificar que las actividades de coordinación en la emisión de opiniones en cuanto a las recomendaciones que formulará la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los usuarios de servicios financieros, a las Instituciones de seguros y de fianzas, se encuentres acordes a las Leyes especiales que las rigen y disposiciones legales y administrativas que resulten aplicables, con el fin de procurar la equidad de las relaciones entre usuarios y dichas instituciones, así como validar las resoluciones de consultas formuladas por esa Comisión. 10. Elaborar las respuestas que se pretenda dar a las consultas realizadas a la Dirección de Contratación en el ámbito de su competencia.
  • 225. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 17 Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Area de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Derecho. Experiencia Laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Campo de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho. Area de experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales. o Campos de experiencia: Ciencia Política. Area de experiencia requerida: Administración Pública. Capacidades Gerenciales/Habilidades • Trabajo en equipo. • Orientación a resultados. Técnicas Aplicación de disposiciones legales y administrativas en materia de seguros y de fianzas. Idiomas Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio. (Para su comprobación parte de la evaluación de conocimientos se podrá realizar en el idioma inglés). Otros Manejo de computador. Paquetería Office; manejo de bases de datos. Nombre del Puesto Jefe de Departamento de Autorización de Intermediarios Consecutivo 218 Nivel Administrativo OC3 Número de vacantes Una Percepción Mensual Bruta $28,790.00 (Veintiocho mil setecientos noventa pesos 00/100 M.N.) mensual bruto Adscripción del Puesto Subdirección de Intermediarios y Registros Sede México, D.F. Funciones Principales 1. Dictaminar la procedencia de autorizar el ejercicio de la actividad de agentes de seguros, de fianzas. 2. Dictaminar las solicitudes presentadas para la autorización de apoderados de Intermediarios de reaseguro. 3. Dictaminar la procedencia de aprobar, en su caso, los estatutos de los intermediarios de seguros y fianzas y de reaseguro. 4. Elaborar los proyectos de emplazamientos correspondientes, de acuerdo con las Disposiciones legales respectivas. 5. Elaborar la propuesta de sanciones previstas en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por violaciones a dicho ordenamiento y a las disposiciones administrativas que de ella emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia. 6. Proponer las acciones necesarias para elaborar los trámites respectivos para ser Inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. 7. Proponer a la subdirección, en su caso, reformas a las leyes de la materia y demás ordenamientos legales aplicables, preparando el proyecto de Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) correspondiente. 8. Colaborar en la atención personal y telefónica de agentes de seguros, de fianzas y apoderados de reaseguro.
  • 226. 18 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Area de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Derecho. Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Campo de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho. Area de experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales. o Campos de experiencia: Ciencia Política. Area de experiencia requerida: Administración Pública. Capacidades Gerenciales/Habilidades • Trabajo en equipo • Orientación a resultados Idiomas Inglés: Leer, hablar y escribir. Nivel Intermedio. (Para su comprobación parte de la evaluación de conocimientos se podrá realizar en el idioma inglés). Técnicas Conocimientos de disposiciones legales en materia de Seguros y de Fianzas: aplicación de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, así como de las disposiciones de carácter general emitidas por la CNSF. Otros Manejo de computador. Paquetería Office. Nombre del Puesto Abogado Supervisor Consecutivo 222 Nivel Administrativo OC3 Número de vacantes Una Percepción Mensual Bruta $28,790.00 (Veintiocho mil setecientos noventa pesos 00/100 M.N.) mensual bruto Adscripción del Puesto Subdirección de Sanciones Sede México, Distrito Federal Funciones Principales 1. Elaborar y someter a consideración superior las resoluciones que procedan con motivo de las quejas presentadas en contra de agentes de seguros y/o de fianzas. 2. Analizar las quejas presentadas, a fin de verificar si se cuenta con elementos para iniciar el procedimiento sancionador. 3. Proveer la sustanciación de los procedimientos sancionadores en contra de los agentes de seguros y de fianzas, a efecto de que éstos se realicen de conformidad con las disposiciones aplicables. 4. Elaborar la resolución de los procedimientos sancionadores iniciados, para concluir los procedimientos iniciados. 5. Realizar los registros relativos a la situación jurídica de los agentes de seguros y de fianzas, sujetos a un procedimiento sancionador, a efecto de que la información se encuentra actualizada. Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Area de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Derecho. Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Campo de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho. Area de experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales. Campos de experiencia: Ciencia Política. Area de experiencia requerida: Administración Pública.
  • 227. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 19 Capacidades Gerenciales/Habilidades • Trabajo en equipo • Orientación a resultados Técnicas Conocimientos de disposiciones legales en materia de Seguros y Fianzas: aplicación de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Otros Manejo de computador. Paquetería Office; manejo de bases de datos. Bases de participación Principios del concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su Reglamento, así como el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. Requisitos de participación Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. De acuerdo al numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, cuando la convocatoria señale como requisito de escolaridad contar con título profesional, el mismo se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en términos de las disposiciones aplicables. El CTS determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula profesional está en trámite, así mismo el plazo por el cual se aceptarán. El grado académico de Licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna Especialidad, Maestría, Doctorado u otro grado académico. En observancia al artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y V. No estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal. En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Documentación requerida Los(as) aspirantes deberán presentar para cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos que se mencionan a continuación: 1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para concurso. 2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. 3. Currículum Vítae de Trabajaen y uno adicional que presente el(la) aspirante, actualizado, detallando funciones específicas, puesto ocupado y período en el cual laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en Trabajaen. 4. Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa. Sólo se aceptará título profesional y cédula profesional. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la Dirección General de Profesionales de la Secretaría de Educación Pública.
  • 228. 20 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 5. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional). 6. Cartilla Militar liberada (en el caso de hombres hasta los 45 años). 7. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. 8. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normativa aplicable. 9. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en Trabajaen, se deberá presentar hojas de servicio, nombramientos, constancias de empleos anteriores en hoja membretada, contratos, hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, talones de pago, según sea el caso. No se aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida las constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario. 10. Para realizar la valoración del mérito, los candidatos deberán presentar evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes. 11. Conforme al artículo 47 del RLSPCAPF y al numeral 174 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, para efectos de acreditar las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la LSPC. El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la LSPC, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o, en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. Registro de aspirantes La inscripción o el registro de los(as) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de publicación en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará un número de folio para el concurso al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (as) aspirantes. Desarrollo del concurso El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a continuación:
  • 229. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 21 Etapa Lugar Fecha o plazo Publicación de convocatoria www.trabajaen.gob.mx 14 de octubre de 2015. Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 al 28 de octubre de 2015. Revisión curricular (en forma automatizada por la herramienta www.trabajaen.gob.mx) Del 14 al 28 de octubre de 2015 Recepción de solicitudes para reactivación de folios Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn; Del. Alvaro Obregón; C.P. 01020; México, D.F. El 29, 30 de octubre y 03 de noviembre de 2015. *Examen de conocimientos Av. Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn; Del. Alvaro Obregón; C.P. 01020; México, D.F. Hasta el 13 de noviembre de 2015. *Evaluación de habilidades Hasta el 20 de noviembre de 2015. *Presentación de documentos Evaluación de la experiencia y valoración del mérito Fernando Villalpando No. 18, Col. Guadalupe Inn, Deleg. Alvaro Obregón, México D.F. C.P. 01020 Hasta el 27 de noviembre de 2015. *Entrevista por el Comité de Selección Av. Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn; Del. Alvaro Obregón; C.P. 01020; México, D.F. Hasta el 04 de diciembre de 2015. *Determinación del candidato ganador www.trabajaen.gob.mx Hasta el 11 de diciembre de 2015. *Nota: Las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio, previo aviso a través del portal www.trabajaen.gob.mx en función del avance que se presente en el procedimiento de las evaluaciones, el número de aspirantes que participen en ésta o en caso de situaciones contingentes. Temarios El temario sobre el que versará el examen de conocimientos se encontrará a disposición de los candidatos en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Las guías para las Evaluaciones de Habilidades, se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx Presentación de evaluaciones La Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx De conformidad con el numeral 208 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, la invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se informará el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, que será de veinte minutos. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas: El examen de conocimientos técnicos de cada plaza se realizará de manera presencial, por escrito, será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales. Sólo en el caso de las calificaciones aprobatorias los decimales 0.6 suben al siguiente entero ejemplo: 60.6 subirá a 61.
  • 230. 22 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 • La subetapa de evaluación de habilidades será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. • Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los candidatos. • De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril de 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes: - Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector público. - Experiencia en el Sector privado. - Experiencia en el Sector social. - Nivel de responsabilidad. - Nivel de remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Resultados de las acciones de capacitación. - Resultados de procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios. En los casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. A fin de que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas esté en posibilidad de atender las solicitudes de los candidatos que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Comisión, en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser entregado en Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F., en la Dirección de Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs. El escrito deberá ser dirigido al Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente. Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de un año. Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección. Es importante señalar, que la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
  • 231. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 23 Etapa de entrevistas Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos, a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En el supuesto de que el número de candidatos(as) que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II, y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública, fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos; pudiendo llegar a presentarse hasta un sólo(a) candidato (a). En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adverso) - Estrategia o acción (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo) Etapa de Determinación Se considerarán finalistas a los (las) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en al menos una calificación de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales. En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando: a) Ganador(a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o c) Desierto el concurso. Reglas de valoración general y sistema de puntuación general 1. Las Reglas de Valoración General y el Sistema de Puntuación General, los podrán consultar en la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas (www.cnsf.gob.mx). 2. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación, de acuerdo con las siguientes ponderaciones: SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL Puesto Evaluación Técnica Habilidades Evaluación de la Experiencia Evaluación del Mérito Entrevistas Total Jefe de Departamento 30 30 10 10 20 100 Publicación de resultados Los resultados de cada una de las etapas de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de folio para el concurso.
  • 232. 24 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Reserva de candidatos Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan un puntaje mínimo de calificación de 60, se integrarán a la Reserva de Candidatos de la rama de cargo o puesto de que se trate de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su vigencia de permanencia en la reserva de candidatos y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes. Declaración de concurso desierto El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I. Porque ningún(a) candidato(a) se presente al concurso; II. Porque ninguno(a) de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III. Porque sólo un(una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. Cancelación de concurso El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes: I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión. Resolución de dudas A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico eherrera@cnsf.gob.mx, así como un módulo de atención en el teléfono 57247593, en horario de 09:00 a 14:00 hrs. Inconformidades Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, México D.F. de 9:00 a 14:00 hrs., y de 15:00 a 18:00 hrs., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, y su Reglamento. Revocaciones Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los interesados estarán en aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en sus instalaciones, entre las 09:00 y las 15:00 horas en días hábiles, sitas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Col. Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C. P. 01020, México, D. F., conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
  • 233. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 25 Reactivación de folios Con respecto a la reactivación de folios, una vez que se haya cerrado la etapa de registro de aspirantes al concurso (revisión curricular), el aspirante tendrá tres días hábiles a partir de la fecha de ese cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio en Insurgentes Sur 1971 Torre Sur, 2o. piso, Col. Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F. en la Dirección de Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 Hrs., anexando la siguiente documentación: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio de rechazo. • Justificación dirigida al Comité Técnico de Selección, del aspirante de por qué considera que se debe reactivar su folio. • Copia simple de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad. • Indicar la dirección física, dirección electrónica y números telefónicos, donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. La reactivación de folios no será procedente cuando: I. El aspirante cancele su participación en el concurso, y II. Exista duplicidad de registros en Trabajaen. Cuando se advierta la duplicidad de registros en Trabajaen, el CTS advertirá al aspirante dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes. Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de reactivación. Disposiciones generales 1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes, de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. 2. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso. 3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria. 4. Cuando el (la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 5. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el candidato ganador, éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicadas por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los finalistas al siguiente con la calificación más alta. 6. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015. El Comité Técnico de Selección Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio Por acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico, el Subdirector de Control y Prestaciones de Personal Lic. Héctor Villegas Montoya Rúbrica.
  • 234. 26 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Hacienda y Crédito Público Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro CONVOCATORIA No. CONSAR 0243 Los Comités Técnicos de Selección de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 Fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007 y Numerales 174, 175, 185, 195, 196, 197, 200, 201, 207, 208, 209, 210 y 248 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del servicio Profesional de Carrera, así como los procedimientos del Manual Administrativo de aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y del Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el DOF el 12/07/2010, reformas del 29/08/2011, 06/09/2012 y 23/08/2013, se emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: I. PUESTO SUJETO A CONCURSO Código del puesto 06-D00-3-CF21379-0000974-E-C-A Denominación Líder de Proyectos Adscripción Dirección General de Supervisión Financiera Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, México, D.F., C.P. 14210 Grupo, grado y nivel OC1 Remuneración $22,153.30 (Veintidós Mil Ciento Cincuenta y Tres Pesos 30/100 M.N.) Funciones 1. Participar en la supervisión de los aspectos establecidos en la normatividad en materia financiera de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, en el ámbito de su competencia. 2. Participar en la evaluación de las autorizaciones a información que en términos de las disposiciones de carácter general que emita la Comisión debe autorizar ésta a las administradoras y sociedades de inversión en materia financiera, así como participar en la supervisión de su cumplimiento; 3. Auditar que la contabilidad de las sociedades de inversión cumpla con la normatividad. 4. Participar en la supervisión del cumplimiento de las normas aplicables a la valuación de las acciones que emitan las sociedades de inversión; 5. Participar en la supervisión del cumplimiento a las normas aplicables en materia de riesgos a las que deban sujetarse las sociedades de inversión, a través de tareas de inspección 6. Colaborar en las visitas de inspección a los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro en materia financiera; 7. Participar en la supervisión para que las empresas que presten servicios complementarios o auxiliares, en las que las administradoras tengan participación accionaria, se ajusten en su funcionamiento en materia financiera a las disposiciones que los regulan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley; 8. Realizar la inspección, a las sociedades controladoras de grupos financieros, tengan o no el carácter de filiales, cuando así lo determine la Secretaría de conformidad con el artículo 30 de la ley para regular a las agrupaciones financieras; 9. Llevar a cabo las demás actividades en materia financiera y las demás que deriven de las disposiciones aplicables o las que le hayan sido delegadas. II. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES Perfil Escolaridad: Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional Grado de Avance: Titulado Area de estudio: Carrera: Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas – Actuaría Educación y Humanidades Matemáticas Ciencias Sociales y Administrativas Economía Ingeniería y Tecnología Finanzas
  • 235. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 27 Ciencias Sociales y Administrativas Finanzas Ciencias Naturales y Exactas Contaduría Ciencias Sociales y Administrativas Contaduría Ciencias Sociales y Administrativas Administración Ingeniería y Tecnología Administración Carreras Específicas: Matemáticas o Actuaría o Economía o Finanzas o Contaduría o Administración. Experiencia laboral: (Según catálogo de Trabajaen) 1 año como mínimo en áreas de: Area General Area de Experiencia Requerida Ciencias Económicas: Economía General Ciencias Económicas: Actividad Económica Ciencias Económicas: Contabilidad Matemáticas: Estadística Ciencia Política: Administración Pública Capacidades Técnicas/Conocimientos - Supervisión Financiera - Marco Normativo del SAR y la CONSAR Capacidades Gerenciales/Habilidades Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán en los términos de las herramientas que disponga la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá (n) realizar en el idioma inglés). Otros OFFICE Nivel avanzado, manejo de bases de datos y programación básica (Access, Business Objects, SQL, Oracle y Visual Basic). III. PUESTO SUJETO A CONCURSO Código del puesto 06-D00-3-CFOC002-0000988-E-C-A Denominación Líder de Proyectos Adscripción Dirección General de Supervisión Operativa Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, México, D.F., C.P. 14210 Grupo, grado y nivel OC2 Remuneración $25,254.76 (Veinticinco Mil Doscientos Cincuenta y Cuatro Pesos 76/100 M.N.) Funciones 1. Llevar a cabo y participar en las mesas de trabajo y demás actividades a que haya lugar, para el mejoramiento o adecuación de los procesos operativos vigentes. 2. Dar atención y seguimiento a los proyectos operativos propuestos en conjunto con los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. 3. Desarrollar los criterios y lineamientos técnicos para la elaboración de los proyectos de reglamentos, circulares, reglas y demás disposiciones que deben observar los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. 4. Desarrollar y analizar las definiciones y criterios de los procesos operativos de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. 5. Analizar la información procedente de los participantes del sistema de ahorro para el retiro.
  • 236. 28 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 6. Analizar y revisar propuestas de solución a las diferentes problemáticas operativas remitidas por los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. 7. Explotar y analizar la información de los diferentes procesos operativos, con el objeto de evaluar su operación. 8. Revisar los programas de trabajo de las empresas operadoras y los participantes del SAR; 9. Revisar y evaluar los manuales de procedimientos transaccionales que elaboren las empresas operadoras; 10. Llevar a cabo las notificaciones a los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. 11. Llevar cabo las demás funciones que dentro del área de su competencia, le sean asignadas. IV. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES Perfil Escolaridad: Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional Grado de Avance: Titulado. Area de estudio: Carrera: Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas – Actuaría Educación y Humanidades Matemáticas Ciencias Sociales y Administrativas Economía Ingeniería y Tecnología Finanzas Ciencias Sociales y Administrativas Finanzas Ciencias Naturales y Exactas Computación e Informática Ciencias Sociales y Administrativas Computación e Informática Ingeniería y Tecnología Computación e Informática Educación y Humanidades Computación e Informática Ciencias Sociales y Administrativas Administración Ingeniería y Tecnología Administración Carreras Específicas: Matemáticas o Actuaría o Economía o Finanzas o Computación o Informática o Administración. Experiencia laboral: (Según catálogo de Trabajaen) 1 año como mínimo en áreas de: Area General Area de Experiencia Requerida Ciencias Económicas: Economía General Ciencias Económicas: Organización Industrial y Políticas Gubernamentales Ciencias Económicas: Contabilidad Ciencias Tecnológicas: Procesos Tecnológicos Ciencias Tecnológicas: Tecnología de los Ordenadores Ciencia Política: Administración Pública Capacidades Técnicas/Conocimientos - Modelos Operativos - Marco Normativo del SAR y la CONSAR Capacidades Gerenciales/Habilidades Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán en los términos de las herramientas que disponga la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá (n) realizar en el idioma inglés). Otros Manejo de Microsoft Office, Oracle y Visual.net.
  • 237. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 29 V. PUESTO SUJETO A CONCURSO Código del puesto 06-D00-3-CFOC001-0000672-E-C-A Denominación Líder de Proyectos Adscripción Dirección General de Análisis y Estadística Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, México, D.F., C.P. 14210 Grupo, grado y nivel OC1 Remuneración $22,153.30 (Veintidós Mil Ciento Cincuenta y Tres Pesos 30/100 M.N.) Funciones 1. Apoyar en la generación de estadísticas e indicadores relacionados con los sistemas de ahorro para el retiro. 2. Colaborar en la realización de estudios sobre la evolución coyuntural del SAR y su prospectiva. 3. Participar en la elaboración de estudios financieros y estadísticos que permitan evaluar el desempeño del SAR. 4. Elaborar herramientas financieras para que los trabajadores estén en posibilidad de estimar sus saldos pensionarios. 5. Calcular y compilar, de manera periódica, indicadores estadísticos y financieros que forman parte de la información publicada por la CONSAR en la página web y en distintos informes. 6. Realizar consultas de bases de datos para proporcionar información a las distintas áreas de la CONSAR. Colaborar en la realización de proyectos de desarrollo (análisis, diseño e implementación) de herramientas para la automatización de procesos útiles para generar información relevante del sistema de ahorro para el retiro. 7. Colaborar en la realización de proyectos de desarrollo (análisis, diseño e implementación) de herramientas para la automatización de procesos útiles para generar información relevante del sistema de ahorro para el retiro. 8. Apoyar en la participación de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), en los foros internacionales (OCDE, IOPS, AIOS, Etc.), así como en sus comités. 9. Apoyar en las comisiones internacionales de CONSAR y de miembros de sus órganos de gobierno al exterior. 10. Analizar temas internacionales relacionados al tema de pensiones y ahorro para el retiro. 11. Seguimiento a los requerimientos de información que le hacen a CONSAR los organismos internacionales y otras dependencias. VI. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES Perfil Escolaridad: Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional Grado de Avance: Terminado o Pasante. Area de estudio: Carrera: Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas – Actuaría Educación y Humanidades Matemáticas Ciencias Sociales y Administrativas Economía Ingeniería y Tecnología Finanzas Ciencias Sociales y Administrativas Finanzas Ciencias Naturales y Exactas Contaduría Ciencias Sociales y Administrativas Contaduría Carreras Específicas: Matemáticas o Actuaría o Economía o Finanzas o Contaduría. Experiencia laboral: (Según catálogo de Trabajaen) 3 años como mínimo en áreas de: Area General Area de Experiencia Requerida Ciencias Económicas: Economía General Ciencias Económicas: Econometría Ciencias Económicas: Contabilidad Matemáticas: Estadística Ciencia Política: Administración Pública
  • 238. 30 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Capacidades Técnicas/Conocimientos - Estudios Económicos, Financieros y Contables - Marco Normativo del SAR y la CONSAR Capacidades Gerenciales/Habilidades Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán en los términos de las herramientas que disponga la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá (n) realizar en el idioma inglés). Otros Manejo de Word, Excel, Power Point, E-Views, SAS. VII. PUESTO SUJETO A CONCURSO Código del puesto 06-D00-3-CFOC001-0000845-E-C-P Denominación Líder de Proyectos Adscripción Dirección General Adjunta de lo Contencioso Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, México, D.F., C.P. 14210 Grupo, grado y nivel OC1 Remuneración $22,153.30 (Veintidós Mil Ciento Cincuenta y Tres Pesos 30/100 M.N.) Funciones 1. Realizar el análisis jurídico y elaborar los proyectos de contestación de demandas contencioso-administrativas debidamente redactados y fundados y entregarlos para su revisión al Subdirector. 2. Redactar los memorándums que se entregan a los secretarios proyectistas o dictaminadores para el cabildeo de juicios contencioso administrativos que le han sido turnados, incluyendo jurisprudencias y sentencias que soporten la legalidad de los actos impugnados. 3. Elaborar los proyectos de resoluciones de recursos de revocación debidamente redactados y fundados, valorando las pruebas ofrecidas y los expedientes administrativos de las áreas de supervisión y sanciones y entregarlos para su revisión al Subdirector. 4. Realizar el análisis jurídico y elaborar los proyectos de informes previos y/o justificados requeridos por el Poder Judicial de la Federación debidamente soportados y redactados. 5. Redactar los proyectos de alegatos, recursos, contestaciones de demandas diversas a juicios contencioso-administrativos y demás promociones de trámite. 6. Mantener actualizado el estado procesal de los juicios a su cargo en el sistema automatizado que corresponda, atendiendo a los manuales que al efecto emita la Coordinación General de Administración y Tecnologías de la Información. VIII. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES Perfil Escolaridad: Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional Grado de Avance: Titulado Area de estudio: Carrera: Ciencias Sociales y Administrativas Derecho Carreras Específicas: Derecho. Experiencia laboral: (Según catálogo de Trabajaen) 3 años como mínimo en áreas de: Area General Area de Experiencia Requerida Ciencias Jurídicas y Derecho: Teoría y Métodos Generales Ciencias Jurídicas y Derecho: Derecho Internacional Ciencias Jurídicas y Derecho: Organización Jurídica Ciencias Jurídicas y Derecho: Derecho y Legislación Nacionales Ciencia Política: Administración Pública
  • 239. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 31 Capacidades Técnicas/Conocimientos - Defensa Jurídica de la CONSAR - Marco Normativo del SAR y la CONSAR Capacidades Gerenciales/Habilidades Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados, las que se aplicarán en los términos de las herramientas que disponga la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel básico (para su comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá (n) realizar en el idioma inglés). Otros Word, Excel, Power Point IX. PUESTO SUJETO A CONCURSO Código del puesto 06-D00-3-CFLC002-0000966-E-C-G Denominación Director General Adjunto de lo Contencioso Adscripción Vicepresidencia Jurídica Ciudad (Sede) Camino Santa Teresa 1040, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, México, D.F., C.P. 14210 Grupo, grado y nivel LC2 Remuneración $130,626.32 (Ciento Treinta Mil Seiscientos Veintiséis Pesos 32/100 M.N.) Funciones 1. Analizar las demandas que se presenten en contra de los actos de autoridad que emita la Comisión y aquéllas que se promuevan por los trabajadores o sus beneficiarios para establecer la estrategia de defensa y someter a autorización superior los requisitos y lineamientos de ésta, aplicando la normatividad relativa a los sistemas de ahorro para el retiro. 2. Direccionar el análisis, redacción y elaboración de los proyectos de los escritos que se deben presentar en el desahogo de cada una de las etapas de los juicios o procedimientos en los que la Comisión sea parte o pueda resultar afectada, haciendo valer las acciones, excepciones y defensas e interponiendo los recursos que procedan y, en su caso, desistirse de los mismos. 3. Intervenir en el desahogo de las etapas y diligencias que se deriven de los procedimientos administrativos y/o los juicios que se lleven ante autoridades administrativas o judiciales del orden federal, estatal o municipal en los que la Comisión sea parte, haciendo valer y demostrando la legalidad o constitucionalidad de los actos de autoridad que emitan los servidores públicos que la integran. 4. Evaluar para aprobación superior el contenido de los informes previos y justificados que se deben presentar ante los juzgados de distrito a quienes corresponda resolver los juicios de amparo que se interponen en contra de los actos de la comisión, de la Junta de Gobierno o del Comité Consultivo y de Vigilancia. 5. Intervenir en las audiencias incidentales y/o constitucionales con el carácter de delegado apoderado cuando la Comisión, la Junta de Gobierno, el Comité Consultivo y de Vigilancia o sus servidores públicos, tengan el carácter de autoridades responsables o terceros perjudicados en los juicios de amparo. 6. Coordinar y direccionar la interposición de los recursos que procedan y dar seguimiento mediante la comparecencia ante los tribunales competentes. 7. Coordinar y supervisar el seguimiento de la defensa jurídica en los intereses de la Comisión en asuntos que se ventilen ante otros órganos de autoridad. 8. Acordar las promociones que presenten los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro y supervisar la redacción y emisión de los acuerdos de trámite que se deriven de la tramitación de los recursos de revocación promovidos en contra de la aplicación de sanciones administrativas. 9. Direccionar el análisis, redacción y elaboración de los proyectos de resolución de los recursos de revocación que se interpongan por los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro y someter a autorización superior los proyectos de resolución que serán emitidos por el Presidente de la Comisión.
  • 240. 32 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 10. Asistir a las reuniones que convoquen los grupos de trabajo interinstitucionales integrados con otras dependencias, para la defensa constitucional de los sistemas de ahorro para el retiro y participar en la elaboración de los documentos que se requieran presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Colegiados o Juzgados de Distrito. 11. Brindar asesoría jurídica en el estudio, análisis y resolución de los procedimientos administrativos previstos en la Ley. 12. Analizar y direccionar la atención y desahogo de los requerimientos de información o documentación que realizan las autoridades administrativas o judiciales del ámbito local o federal en el ámbito de su competencia, en materia de los sistemas de ahorro para el retiro. 13. Supervisar la notificación, inclusive de manera electrónica, de los actos, acuerdos y resoluciones que se deriven de los procedimientos que le corresponda conocer, y que deban hacerse del conocimiento de los particulares. 14. Llevar a cabo cualquier otra actividad en materia jurídica y en las demás que deriven de las disposiciones aplicables o que le hayan sido delegadas. X. PERFIL QUE DEBERAN CUBRIR LOS PARTICIPANTES Perfil Escolaridad: Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional Grado de Avance: Titulado Area de estudio: Carrera: Ciencias Sociales y Administrativas Derecho Carreras Específicas: Derecho. Experiencia laboral: (Según catálogo de Trabajaen) 7 años como mínimo en áreas de: Area General Area de Experiencia Requerida Ciencias Jurídicas y Derecho: Teoría y Métodos Generales Ciencias Jurídicas y Derecho: Derecho Internacional Ciencias Jurídicas y Derecho: Organización Jurídica Ciencias Jurídicas y Derecho: Derecho y Legislación Nacionales Ciencia Política: Administración Pública Capacidades Técnicas/Conocimientos - Defensa Jurídica de la CONSAR - Marco Normativo del SAR y la CONSAR Capacidades Gerenciales/Habilidades Dentro de éstas, se requieren las siguientes: Visión Estratégica y Liderazgo, las que se aplicarán en los términos de las herramientas que disponga la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Idioma Extranjero Inglés: Leer, escribir y hablar nivel avanzado (para su comprobación parte del examen y/o la entrevista se podrá (n) realizar en el idioma inglés). Otros Word, Excel, Power Point. BASES DE PARTICIPACION Periodo de Registro La inscripción o el registro de las y los candidatos a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de publicación en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar las presentes bases, el cual servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de las y los candidatos. El concurso comprende las siguientes etapas que se cumplirán en la Ciudad de México, D.F., de acuerdo a las fechas establecidas a continuación:
  • 241. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 33 Actividad Fecha o plazo Publicación de convocatoria 14 de octubre de 2015 Registro de aspirantes en la herramienta www.trabajaen.gob.mx Del 14 al 27 de octubre de 2015 Revisión curricular por la herramienta www.trabajaen.gob.mx Del 14 al 27 de octubre de 2015 Fecha máxima de petición de reactivaciones Hasta el 28 de octubre de 2015 Exámenes de conocimientos Hasta el 5 de noviembre de 2015 y de acuerdo al calendario de fechas y horarios de aplicación que se den a conocer a través del portal www.trabajaen.gob.mx y/o en el portal de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, www.consar.gob.mx Evaluación de habilidades Hasta el 6 de noviembre de 2015 y de acuerdo al calendario de fechas y horarios de aplicación que se den a conocer a través del portal www.trabajaen.gob.mx y/o en el portal de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, www.consar.gob.mx Evaluación de la experiencia Hasta el 11 de noviembre de 2015 Valoración del mérito Hasta el 11 de noviembre de 2015 Cotejo documental Hasta el 13 de noviembre de 2015 Entrevista Hasta el 13 de noviembre de 2015 Fallo del concurso y notificación a los finalistas Hasta el 13 de noviembre de 2015 NOTA: La CONSAR se reserva el derecho de modificar las fechas indicadas, previa notificación a las y los candidatos a través del Portal www.trabajaen.gob.mx, en virtud del número de participantes o situaciones de contingencia. Se aplicarán las herramientas de evaluación que la CONSAR tenga disponibles a la fecha programada, conforme a los lineamientos que al efecto emitió la Secretaría de la Función Pública. Requisitos de participación Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. Se acepta el grado académico de Maestría o Doctorado en las áreas académicas para acreditar el cumplimiento del requisito de escolaridad a nivel licenciatura establecido en el perfil del puesto de que se trate, para lo cual el candidato deberá presentar el documento oficial que así lo acredite. De acuerdo al numeral 175 Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, que dice “Cuando la convocatoria señale como requisito de escolaridad contar con título profesional o grado académico, el mismo se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en términos de las disposiciones aplicables. El Comité Técnico de Selección determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula profesional está en trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán”. En observancia al Artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y V. No estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
  • 242. 34 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Reactivación de folios Las y los aspirantes interesados en la reactivación de folios deberán presentar su escrito de petición de reactivación de folio conforme a la fecha máxima señalada en la presente convocatoria y deberá dirigirla al Comité Técnico de Selección en Camino Santa Teresa 1040, piso 2, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan C.P. 14210, México, D.F., en la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales de 10:00 a 14:00 hrs. conforme lo señala el numeral 214 que específica que corresponde al CTS conocer y acordar lo conducente sobre las solicitudes de reactivación de folios. Asimismo, la reactivación de los folios de las y los aspirantes que hayan sido descartados no procederá cuando la o el aspirante cancele su participación al concurso y exista duplicidad de registros en Trabajaen. La petición deberá ir acompañada de la siguiente documentación: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, en donde se observe su folio de rechazo. • Justificación de por qué se considera que se debe reactivar su folio. • Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad. • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, la cual será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. Una vez pasado el periodo establecido, no serán recibidas las peticiones de reactivación. I. REQUISITOS Y LINEAMIENTOS GENERALES PARA LOS EXAMENES Principios del concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su Reglamento, Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013 y todas las disposiciones en las materias de recursos humanos y del servicio profesional. Sistema de Puntuación Subetapa Nivel de Puesto Factor de ponderación en Puntos a) Examen de conocimientos Todos los niveles 30 Puntos b) Evaluación de Habilidades Todos los niveles 10 Puntos c) Evaluación de la Experiencia Todos los niveles 15 Puntos d) Evaluación del Mérito Todos los niveles 15 puntos e) Entrevista Todos los niveles 30 Puntos Reglas de Valoración a) Examen de conocimientos.- La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos (exámenes técnicos), debe ser igual o superior a 60 en todos los niveles jerárquicos o rangos que comprende el Servicio Profesional de Carrera. Este examen será motivo de descarte, en caso de tener una calificación inferior a 60, en una escala de 0 a 100. Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación General: 30 pts. b) Evaluación de Habilidades.- Consistirán en la aplicación de herramientas psicométricas para la medición de habilidades. Las evaluaciones de habilidades en los procedimientos realizados en la CONSAR serán motivo de descarte, por lo que la calificación mínima aprobatoria debe ser igual o superior a 70 en todos los niveles jerárquicos o rangos que comprende el Servicio Profesional de Carrera. Estas calificaciones servirán para determinar el orden de prelación de las y los candidatos que se sujetarán a entrevista. Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación General: 10 pts.
  • 243. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 35 c) Evaluación de la Experiencia.- Consiste en calificar con base en la escala establecida por la Secretaría de la Función Pública (SFP) cada uno de los elementos que se detallan a continuación: • Orden en los puestos desempeñados; • Duración en los puestos desempeñados; • Experiencia en el sector público; • Experiencia en el sector privado; • Experiencia en el sector social; • Nivel de responsabilidad; • Nivel de remuneración; • Relevancia de funciones o actividades desempeñadas con la vacante; • En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante; • En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación General: 15 pts. d) Evaluación del Mérito. Consiste en calificar con base en la escala establecida por la SFP cada uno de los elementos que se detallan a continuación: • Acciones de desarrollo profesional; • Resultados de las evaluaciones del desempeño; • Resultados de las acciones de capacitación; • Resultados de procesos de certificación; • Logros; • Distinciones; • Reconocimientos o premios; • Actividad destacada en lo individual; • Otros estudios. Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación: 15 ptos. Favor de consultar la metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito en el portal de www.trabajaen.gob.mx, dando clic en las ligas Documentos e Información Relevante, Metodología y Escala para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito. La Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales con base en la revisión y análisis de los documentos que presenten las y los candidatos realizará la evaluación de la experiencia y la valoración del mérito. Los resultados de ambas subetapas serán considerados en el Sistema de Puntuación General, sin implicar el descarte de los candidatos. e) Entrevista.- El Comité de Selección para la evaluación de las entrevistas, considerará los siguientes criterios: • Contexto, situación o tarea (favorable o adverso); • Estrategia o acción (simple o compleja); • Resultado (sin impacto o con impacto), y • Participación (protagónica o como miembro de equipo). Valor de la subetapa en el Sistema de Puntuación General: 30 pts. II. ENTREGA DE DOCUMENTACION Documentación requerida Las y los aspirantes deberán presentar en original o copia certificada y copia simple tamaño carta para su cotejo documental: 1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso. 2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. 3. Currículum vítae de TrabajaEn, detallado y actualizado. 4. Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa. Sólo se aceptará título, cédula profesional. Para los casos en los que el perfil del puesto establezca en los requisitos académicos el nivel de pasantes, certificado oficial que así lo acredite con el 100% de créditos cubiertos. En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. 5. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial de elector vigente, pasaporte o cédula profesional). 6. Cartilla militar liberada (Hombres menores de 40 años).
  • 244. 36 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 7. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. 8. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún Programa de Retiro Voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. 9. En los puestos que realicen funciones de inspección escrito bajo protesta de decir verdad de no tener relación de parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, civil o por afinidad con los Consejeros, Contralores Normativos y funcionarios de los tres primeros niveles directivos de los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y no prestar servicios profesionales de asesoría o consultoría a ninguno de los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro. 10. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en TrabajaEn, se deberán presentar Hojas de Servicios, constancias de empleos en hoja membretada, contratos, alta o baja al ISSSTE o al IMSS, talones de pago, según sea el caso y que avalen períodos completos (fecha de inicio y fecha de conclusión). 11. Para realizar la valoración del mérito, las y los candidatos deberán presentar evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público o privado y/o social, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes. 12. Conforme al Artículo 47 del RLSPCAPF y al numeral 174 del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, para que un servidor público de carrera pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el Sistema, conforme a lo previsto en el Artículo 37 de la LSPCAPF, deberá contar con al menos dos evaluaciones del desempeño anuales, se toman en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se le hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán poseer y exhibir las constancias originales con las que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo y en la presente convocatoria. 13. Para realizar la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, las y los candidatos deberán revisar la metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la experiencia y Valoración del Mérito podrán consultar la metodología que se encuentra en la siguiente liga: www.trabajaen.gob.mx, dando clic en las ligas Documentos e Información Relevante, Metodología y Escala para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito. La CONSAR se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no acreditarse su existencia o autenticidad, se descalificará al aspirante o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la CONSAR, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes, Así también, se hace del conocimiento de las y los candidatos, que ésta CONSAR no solicita como requisito de contratación para la ocupación de sus puestos, prueba médica, examen o certificado de no-gravidez y de VIH/SIDA.
  • 245. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 37 III. EXAMENES Temario Los temarios referentes a la evaluación de capacidades técnicas y la guía para la evaluación de habilidades se encontrarán a disposición de las y los candidatos en la página electrónica www.trabajen.gob.mx y/o www.consar.gob.mx a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Citatorios La CONSAR comunicará a las y los aspirantes la fecha, hora y lugar en que deberán presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas con dos días de anticipación. En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada evaluación, así como el tiempo de tolerancia con el que contarán las y los candidatos. Publicación y vigencia de resultados Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en los medios de comunicación: www.trabajaen.gob.mx y/o www.consar.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado para cada candidato. En cumplimiento al artículo 35 del RLSPCAPF que dice en su segundo párrafo: "Los resultados aprobatorios de los exámenes y las evaluaciones aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de un año”; en la CONSAR tratándose de los resultados de las capacidades técnicas, éstos igualmente tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso y siempre que no cambie el temario con el cual se evalúo la capacidad técnica de que se trate. Para hacer válida dicha revalidación, ésta deberá ser solicitada por la o el aspirante mediante un escrito en el periodo establecido para el registro al concurso. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y se entregará en la siguiente dirección: Camino Santa Teresa 1040, piso 2 Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan C.P. 14210, México, D.F., en la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales, de 10:00 a 14:00 hrs. Para el caso de la evaluación de habilidades, los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas con las herramientas de la CONSAR, tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación, y serán considerados exclusivamente para otros concursos convocados por la misma CONSAR. En los casos de las y los candidatos a ocupar plazas convocadas por la CONSAR y que tuviesen vigentes los resultados de habilidades evaluadas en otra Dependencia del Sistema, dichos resultados sí podrán ser reconocidos para efectos de los concursos de esta CONSAR, siempre y cuando se trate de los resultados propios de las y los candidatos, mismos que aparecen en la página www.trabajaen.gob.mx, en el apartado “Mis exámenes”. Supuestos y plazos en que se podrá solicitar la revisión de exámenes o evaluaciones En caso de que un candidato requiera revisión del examen técnico, se aplica el numeral 219 del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, que refiere: “En los casos en los que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos, o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación”, por lo que ésta petición deberá ser solicitada por escrito dentro de un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y se entregará en la siguiente dirección: Camino Santa Teresa 1040, piso 2 Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan C.P. 14210, México, D.F., en la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales, de 10:00 a 14:00 hrs.
  • 246. 38 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 IV. ENTREVISTAS Número de candidatos a entrevistar Para el caso de las entrevistas con el Comité Técnico de Selección de acuerdo al Artículo 36 del RLSPCAPF, "El Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de las y los candidatos, establecerá el número de las y los aspirantes que pasan a la etapa de entrevistas y elegirá de entre ellos, a los que considere aptos para el puesto de conformidad con los criterios de evaluación de las entrevistas. La y los candidatos así seleccionados serán considerados finalistas. En caso de que ninguno de las y los candidatos entrevistados sea considerado finalista, el Comité de Selección, continuará entrevistando en el orden de prelación que les corresponda a los demás candidatos (as) que hubieren aprobado." El número de candidatos (as) a entrevistar, será al menos de tres (3) si el universo de candidatos lo permite. En el supuesto de que el número de candidatos (as) que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del RLSPCAPF fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos; pudiendo llegar a presentarse hasta un sólo candidato (a). En caso de no contar con al menos un finalista de entre las y los candidatos ya entrevistados "en la primera terna", conforme a lo previsto en el artículo 36 del RLSPCAPF, se continuarán entrevistando a un mínimo de tres participantes, y así sucesivamente. V. FALLO Determinación En esta etapa el Comité de Selección de acuerdo al numeral 235 del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y Organización y del Manual Administrativo de Aplicación General en material de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidos por Acuerdos publicados el 12 de julio de 2010 y su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando: I. Ganador (a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y II. Al finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el ganador señalado en el inciso anterior: a) Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o b) No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o III. Desierto el concurso. Se considerará finalista a las y los candidatos que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud (que es el resultado obtenido para ser considerado finalista y apto para ocupar el puesto sujeto a concurso; obtenido de la suma de las etapas del Sistema de Puntuación General, el cual deberá ser igual o superior a 60, en una escala de 0 a 100 puntos. Para consultar el Sistema de Puntuación General autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización, así como las Reglas de Valoración General, deberá ingresar a las siguientes ligas: www.consar.gob.mx, Acerca de Consar, Recursos Humanos, Bolsa de Trabajo, Publicaciones. Cuando el/la ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del Artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Declaración de concurso desierto Con base en el Artículo 40 del RLSPCAPF, el Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso: I. Porque ningún candidato (a) se presente al concurso; II. Porque ninguno de las y los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III. Porque, sólo un/una finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. Si el concurso se declara desierto, el puesto vacante no podrá ser ocupado mediante el procedimiento establecido en el Artículo 34 de la LSPCAPF, procediéndose a emitirlo en una nueva convocatoria.
  • 247. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 39 Reserva de aspirantes Las y los aspirantes que obtengan una calificación mínima de sesenta (60) y no resulten ganador (a) en el concurso, serán considerados finalistas y quedarán integrados a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate en la CONSAR, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso respectivo. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados, en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de puestos que haga el Comité Técnico de Profesionalización de esta CONSAR, a nuevos concursos destinados a la rama de cargo o puesto que aplique. El Comité de Profesionalización en la CONSAR estableció que, para emitir una convocatoria de un puesto dirigida a la reserva de aspirantes, el mínimo de integrantes de ésta, deberá ser de tres. El Artículo 36 antepenúltimo párrafo del RLSPCAPF, menciona que "Para fines de la operación de la reserva no existirá orden de prelación alguno de entre los integrantes de la misma". Por lo que el orden de cita a entrevista lo determinará el número de folio que le asigne el propio sistema en el momento de su inscripción al concurso. VI. DISPOSICIONES GENERALES Inconformidades y Recurso de Revocación Las y los concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en Camino a Santa Teresa 1040, piso 4, Colonia Jardines en la Montaña Delegación Tlalpan, México Distrito Federal, C.P. 14210 en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento. Los concursantes podrán presentar el recurso de revocación, ante el Area de Quejas, de la Contraloría Interna de la Secretaría de la Función Pública, con dirección en: Edificio Sede Av. Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Alvaro Obregón, D.F., piso 3 ala Norte, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento. Protección de datos En el portal www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso y serán protegidos por las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales aplicables. Generales Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria. Los casos no previstos en las presentes bases, serán resueltos por el Comité Técnico de Selección correspondiente, privilegiando la observancia de los principios rectores del Sistema, mediante el siguiente mecanismo: Enviar escrito al correo electrónico mlsandoval@consar.gob.mx, de la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales de la CONSAR, dirigido al Secretario Técnico de dicho Comité, en donde una vez recibido se dará contestación misma vía, en un plazo no mayor a quince días hábiles. Medios de comunicación para la atención de dudas A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las y los candidatos formulen con relación a las plazas en concurso, se ha implementado un mecanismo de atención de dudas, en el teléfono 3000-2677. Asimismo, se pone a disposición de los ciudadanos la siguiente cuenta de correo electrónico: mlsandoval@consar.gob.mx, de la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales de la CONSAR. México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015. Los Comités Técnicos de Selección Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro “Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio” Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección La Directora General Adjunta de Recursos Humanos y Materiales Mtra. Mónica López Sandoval Rúbrica.
  • 248. 40 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Hacienda y Crédito Público El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 y 47 de su Reglamento; numerales 195, 196, 197, 200, 201, 207, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado el 12 de Julio de 2010 y última reforma el 23 de agosto de 2013, (considerando el criterio de Igualdad y No Discriminación y el DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad y no Discriminación 2014-2018, publicado en el DOF el 30 de abril de 2014), emitió la Convocatoria Pública y Abierta No. 485 dirigida a todo interesado/a que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera para ocupar puestos vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: NOTA INFORMATIVA EN RELACION A LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 485, PARA OCUPAR PLAZAS VACANTES CONFORME AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL. Con relación a la Convocatoria Pública y Abierta No. 485, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el Sistema Rh-Net el miércoles 30 de septiembre de 2015, para ocupar mediante concurso público y abierto plazas vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se informa que debido a una inconsistencia en la ubicación del puesto vacante denominado Subdirector(a) Regional 2 con Sede en la Ciudad de Obregón, Sonora, con Código 06-612-1-CFNA002-0000160-E-C-U, las fechas de las Etapas del Concurso se modifican conforme a lo siguiente: Fase o Etapa Fecha o Plazo Publicación del Concurso 08 de octubre de 2015 Registro de candidatos y Revisión curricular Del 08 al 21 de octubre de 2015 Recepción de solicitudes para reactivación de folios El Comité Técnico de Selección no autorizó la reactivación de folios por causas imputables a los aspirantes Evaluación de Conocimientos Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016 Evaluación de Habilidades Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016 Revisión y Evaluación Documental Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016 Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016 Entrevista por el Comité Técnico de Selección Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016 Determinación Del 22 de octubre de 2015 al 05 de enero de 2016 Lo anterior, para dar cumplimiento al Artículo 42 primer párrafo del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. México, Distrito Federal, a 14 de octubre de 2015. El Comité Técnico de Selección Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio” Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, firma el Secretario Técnico Director de Ingreso Lic. Gerardo Soto Venegas Rúbrica.
  • 249. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 41 Secretaría de Desarrollo Social Instituto Nacional de Desarrollo Social CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 011-2015 El Comité Técnico de Selección del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento y numerales 117, 118, 172 al 181, 183 al 188, 190, 191, 194 al 197, 200, 201, 207, 208, 209, 210, 212 al 216, 219 al 238, 244, 246 al 248 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en dicha materia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y sus reformas publicadas el 29 de agosto de 2011, 6 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 011-2015 del concurso para ocupar la siguiente plaza vacante del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Código de Puesto 20-D00-1-CF52267-0000171-E-C-N Nivel Administrativo NA1 Número de Vacantes Una Tipo de Nombramiento Confianza Percepción Mensual Bruta $25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y seis centavos M.N.) Adscripción del Puesto Dirección General Adjunta de Administración Organización y Finanzas. Sede México, Distrito Federal Funciones Principales 1. Coordinar y supervisar los procedimientos de contratación de bienes o servicios, mediante licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa requeridos por el Instituto, para adquirir los bienes y servicios necesarios. 2. Coordinar y verificar que los requerimientos de materiales solicitados por las áreas, sean atendidos con oportunidad para su funcionamiento. 3. Coordinar la integración del PANE (programa anual de necesidades), para la programación de las adquisiciones. 4. Coordinar y desarrollar las acciones para garantizar la atención oportuna de los servicios generales requeridos por las áreas del Instituto. 5. Coordinar el seguimiento de operación de los registros de actualización del activo fijo, para su control. 6. Verificar que los informes trimestrales de adquisiciones y activo fijo se envíen con oportunidad, para cumplir con las disposiciones normativas. 7. Supervisar la integración de la documentación, para el pago a proveedores. 8. Supervisar el pago oportuno de los bienes o servicios, en los plazos establecidos en los contratos. Perfil Escolaridad Nivel de Estudio Preparatoria o Bachillerato Area de Estudio No Aplica Carrera Genérica No Aplica Grado de Avance Terminado Carrera Específica No Aplica 8 años de experiencia en: Campo de Experiencia 1. Ciencia Política. 2. Ciencias Económicas. Area de Experiencia 1. Administración Pública. 2. Organización y Dirección de Empresas. 3. Economía General 4. Contabilidad. Experiencia Específica 1. Gestión Administrativa. 2. Servicios Públicos. 3. Administración de Recursos Materiales. 4. Servicios Generales y Mantenimiento. 5. Finanzas Públicas. 6. Contabilidad Financiera. 7. Adquisiciones y Compras.
  • 250. 42 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Capacidades Profesionales 1. Planeación y Seguimiento de Proyectos 2. Planeación Estratégica 3. Cultura y Cambio Organizacional Idiomas No requerido Otros • Disponibilidad para viajar: En ocasiones • Cambio de Residencia: No BASES DE PARTICIPACION 1. Requisitos de Participación Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal; así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso. De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, en específico en el Capítulo III, Sección I, numeral 174, el requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. Los y las participantes deberán verificar las carreras genéricas y específicas, así como el área de experiencia y la experiencia específica requeridas en el perfil del puesto publicado en el portal www.trabajaen.gob.mx. 2. Documentación Requerida Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan recibido, por vía electrónica: 1. Currículum Vítae detallado y actualizado con fotografía. Incluir el teléfono, en su caso, de los tres últimos empleos, con experiencia laboral claramente desarrollada. 2. Currículum impreso de la página electrónica TrabajaEn. 3. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. 4. Registro Federal de Contribuyentes (RFC). 5. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa. Para los casos en que el requisito académico sea “Titulado” sólo se aceptará Título o Cédula Profesional. En los casos en los que el requisito académico es “Terminado o Pasante” sólo se aceptará carta pasante, historial académico debidamente sellado y firmado en el que se acredite haber cubierto 100% de los créditos, certificado o carta de terminación de estudios o carta que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. En los casos en los que el requisito académico es “Preparatoria o Bachillerato”, sólo se aceptará certificado de terminación de estudios que acredite haber concluido el nivel de estudios solicitado. En caso de haber obtenido el Título Profesional en un periodo anterior a seis meses previo a la publicación de la presente convocatoria, se podrá acreditar la obtención del mismo con el acta del examen profesional debidamente firmada y sellada por la Institución Educativa correspondiente. La acreditación de títulos o grados de los y las aspirantes se realizará a través de la cédula o título registrado en la Secretaría de Educación Pública (SEP); en el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la SEP.
  • 251. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 43 Es importante señalar que se aceptará el grado de maestría o de doctorado en las áreas académicas que previamente definió el CTP en cada una de las plazas en concurso, para acreditar el cumplimiento del requisito de escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate. 6. Constancias que acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas en el perfil del puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, las cuales deben estar sustentando cada período laborado desde su inicio hasta su fin. Se podrán presentar: constancias laborales, constancias de nombramiento, constancia de servicios, cartas finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, recibos de pago, declaraciones de impuestos sobre la renta, constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección, números telefónicos firma y sello, conteniendo: nombre completo de la candidata/o, periodo laborado, percepción, puesto(s), así mismo se aceptará la carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se hayan realizado La documentación comprobatoria deberá estar membretada y sellada. No se aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de recomendación, ni constancias emitidas por el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado. 7. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía, pasaporte vigente o cédula profesional). 8. Cartilla del Servicio Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de hombres hasta los 45 años) o en su caso, acta levantada en el ministerio público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición efectuada en la SEDENA. 9. Escritos bajo protesta de decir verdad (formatos que serán entregados por el personal de ingreso del INDESOL el día del cotejo de los documentos: De no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. De decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. De decir verdad de no ser Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular. 10. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso (Hoja de Bienvenida). 11. Conforme al artículo 47 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, para el caso que existan Servidores (as) Públicos (as) de Carrera que concursen para una plaza de un rango superior al puesto que ocupan, conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, deberá contar al menos con dos evaluaciones del desempeño anuales como servidores públicos de carrera titulares, las cuales deberán ser consecutivas e inmediatas a la fecha en que la o el candidato se registre en el concurso de que se trate y correspondan al rango del puesto que desempeñe, motivo por el cual deberán presentar copia de sus dos evaluaciones del desempeño anuales en el puesto actual como Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Titulares. Se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares.
  • 252. 44 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Para que los Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Eventuales de primer nivel de ingreso puedan acceder a un cargo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera de mayor responsabilidad o jerarquía deberán contar con dos evaluaciones anuales del desempeño como Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Titulares, además de la prevista en el artículo 33 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Toda vez que de conformidad al numeral 252 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 12. En lo relativo a la valoración del mérito en lo correspondiente a otros estudios concluidos se deberá proporcionar documentos que acrediten cursos, diplomados, maestrías o doctorados que complementen, el perfil requerido o la rama de cargo; para el caso de estudios realizados en el extranjero, se aplicará lo señalado en el punto número 5. A fin de valorar el mérito en lo correspondiente a los logros en cada materia específica del puesto, se deberá proporcionar: distinciones, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público o privado, reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc. emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales. En lo relativo a los logros en materia de desarrollo social deberán de proporcionar reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales. 13. Cuando el ganador (a) del concurso tenga el carácter de Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del Artículo 11 de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el mensaje que se les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se cuenta con esta información en el momento señalado será descartado (a) inmediatamente del concurso, no obstante que haya acreditado las evaluaciones correspondientes a la Etapa de Evaluación de Conocimiento y Evaluación de Habilidades. Cabe señalar que una vez firmados los formatos de Cotejo Documental, Evaluación de la Experiencia y el correspondiente a Valoración del Mérito, por el participante, dicho aspirante estará aceptando los términos y condiciones, así como los puntajes obtenidos en la Etapa III de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito. Es importante señalar que cualquier inconsistencia en la documentación presentada, así como en la información registrada en el sistema de TrabajaEn (área de estudios y área de experiencia), será causa de descarte. Serán motivos de descarte de aspirantes en el cotejo documental: 1. La no presentación de la Currícula. 2. No presentar la documentación comprobatoria en ORIGINAL. 3. No cumplir con el perfil de escolaridad (Area de Conocimientos). 4. No cumplir con el perfil de experiencia laboral (Area de Experiencia). 5. La no presentación de identificación oficial. 6. La no presentación del acta de nacimiento en original o copia certificada. 7. La no presentación de la cartilla liberada o acta levantada en el ministerio público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición efectuada en la SEDENA.
  • 253. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 45 8. La no presentación del título, cédula profesional en caso de que el perfil requiera TITULADO o acta del examen profesional debidamente firmada y emitida por la institución educativa correspondiente. 9. La no presentación del historial académico con 100% de créditos, carta Pasante o Certificado de Estudios en el caso de que el perfil requiera PASANTE y/o CARRERA TERMINADA. 10. La no presentación de las cartas de protesta. 11. La no presentación de las constancias laborales requeridas para acreditar la experiencia laboral. 12. En su caso, la no presentación de las Evaluaciones al Desempeño señaladas en el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera. 13. No Presentarse o presentarse fuera del horario programado, mismo que se les notifica a las y los aspirantes vía mensaje electrónico en el Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn. El Instituto Nacional de Desarrollo Social se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el (la) aspirante, para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al (la) aspirante, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el Instituto Nacional de Desarrollo Social, el cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes. Las y los aspirantes están obligados a conducirse con veracidad, en caso contrario: 1. Si durante el proceso de selección para ocupar la plaza vacante se corrobora que presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con falsedad, se procederá al descarte de la o el candidato mediante acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección, así como se dará aviso a las autoridades correspondientes, según sea el caso. 2. De corroborarse que el candidato determinado como ganador por el Comité Técnico de Selección, presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con falsedad previo, durante y después de su ingreso al Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, se dará aviso a las autoridades competentes para dar inicio a las actuaciones legales tendientes a determinar la nulidad del nombramiento, con independencia de las acciones laborales, administrativas o penales que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 138, fracción V de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 3. Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el Comité Técnico de Selección advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Estos casos se informarán a la Secretaría de la Función Pública para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 215 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 3. Registro de Aspirantes La inscripción a un concurso y el registro de los (las) aspirantes al mismo se realizarán, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx, que les asignará un número de folio para el concurso en el momento que acepte las bases, este número de folio servirá para formalizar su inscripción e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (las) aspirantes.
  • 254. 46 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 4. Reglas en Materia de Transparencia Quedan reservados en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, los datos personales que se registren durante los procesos de selección, las constancias que se integren a los expedientes de los concursos de ingreso, inconformidades y recursos de revocación, así como los relativos a las opciones de respuestas de las herramientas de evaluación los cuales serán considerados confidenciales, aun concluidos estos procesos, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 121 y 123 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 5. Reactivación de Folio De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en especificó al Capítulo III, Sección VIII, numerales 214 y 215, la solicitud y el proceso de reactivación de folios no procederá cuando: 1.- El aspirante cancele su participación en el concurso. 2.- Exista duplicidad de Registros en TrabajaEn. Así mismo el Comité Técnico de Selección determinará si resulta procedente la reactivación de dichos folios, considerando aquellos casos en los que exista por parte del aspirante, un registro erróneo en el sistema de sus datos académicos y/o laborales. El Comité Técnico de Selección de este Instituto, por mayoría de votos, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme a lo siguiente: a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado el descarte de un folio, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito su reactivación argumentando las causas del descarte. Es importante señalar que dicha solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, CP. 04100, México D.F. El escrito referido deberá incluir: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo; • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias. • Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. b) Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición. 6. Desarrollo del Concurso El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica. Sin embargo, previo Acuerdo del Comité Técnico de Selección, y notificación correspondiente a los (las) aspirantes a través de los portales www.trabajaen.gob.mx y www.indesol.gob.mx y en razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio y modificarse cuando así resulte necesario. 7. Temarios y Guías Los temarios referentes a la evaluación de conocimientos (capacidades técnicas) se encontrarán a disposición de los (las) aspirantes en la página electrónica del Instituto Nacional de Desarrollo Social www.indesol.gob.mx a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, en específico en el área del Servicio Profesional de Carrera publicada en la sección de Transparencia de la dicha página Web.
  • 255. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 47 8. Presentación de Evaluaciones El Instituto Nacional de Desarrollo Social comunicará con al menos dos días de anticipación a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas. Se solicita a los (las) aspirantes presentarse con 15 minutos de antelación a la aplicación correspondiente, ya que no se permitirá la entrada después de la hora señalada. Motivo por el cual se solicita puntualidad de cada uno de los participantes para no retrasar las etapas del proceso. Es importante puntualizar que el tiempo máximo de las evaluaciones es de 2 hrs., así como no habrá tiempo de tolerancia para el inicio de cada una de las etapas y/o evaluaciones y no existirá prórroga, ni reprogramación para la aplicación de las Etapas del Concurso. 9. Procedimiento de revisión de evaluación de Conocimientos. En los casos en que el CTS del El Instituto Nacional de Desarrollo Social determine la revisión de la Evaluación de Conocimientos, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos, la correcta redacción, ni las opciones de respuesta. Es importante señalar que la interpretación del contenido de dicho examen (preguntas y respuestas), corresponderá al Presidente (a) del Comité Técnico de Selección, por conducto del Comité Técnico de Selección. El Comité Técnico de Selección de este Instituto, por mayoría de votos, podrá determinar bajo su responsabilidad la revisión de la Evaluación de Conocimientos, conforme a lo siguiente: a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de la Evaluación de Conocimientos, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito la revisión de dicho Examen, argumentando las causas de dicha solicitud. Es importante señalar que dicha solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, C.P. 04100, México D.F. El escrito referido deberá incluir: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe la calificación obtenida; • Justificación del porqué considera se deba revisar la Evaluación de Conocimientos; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. b) Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la solicitud de la Evaluación de Conocimientos, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación, lo anterior con fundamento en el numeral 219 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 10. Publicación de Resultados Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx identificándose al (la) aspirante con su número de folio para el concurso. 11. Declaración de Concurso Desierto El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso: I. Porque ningún (a) candidato (a) se presente al concurso, II. Porque ninguno (a) de los (las) candidatos (as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado (a) o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. La resolución del Comité Técnico de Selección deberá precisar la causa por la que se determinó declarar desierto el concurso, y en caso de corresponder a la prevista en la fracción III del Artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se deberán señalar las conclusiones de la determinación.
  • 256. 48 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 12. Suspensión y cancelación de concursos De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en especificó al Capítulo III, Sección X, numerales 246 al 248, el CTS podrá determinar la suspensión del concurso en términos del artículo 42 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, comunicándolo a los candidatos que participen en el mismo a través de los medios de comunicación señalados en la convocatoria respectiva, dentro de los siguientes 5 días hábiles, a partir de la fecha en que se haya suspendido el concurso. El CTS podrá cancelar algún concurso, en los supuestos siguientes: I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate. II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona. III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión. En todos los casos se incluirá la justificación correspondiente en el expediente del concurso. El acuerdo del CTS además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se comunicará a los candidatos a través de los medios establecidos en la convocatoria, dentro de los 5 días hábiles siguientes, a partir de la fecha en que se haya cancelado el concurso. 13. Disposiciones Generales 1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. 2. Los datos personales de los (las) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso. 3. Cada concursante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria. 4. Los (las) concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Social, en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600 en México D.F., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, dicha inconformidad deberá ser presentada por escrito, en el que se indique: el nombre de la persona que se inconforma y su domicilio para oír y recibir notificaciones; en su caso, las personas autorizadas para recibirlas; su manifestación, bajo protesta de decir verdad, de los hechos y razones que dan motivo a la inconformidad y que se refieran a la operación del Sistema, así como la fecha en que tuvo conocimiento de los mismos. La inconformidad deberá presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad. 5. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. 14. Principios del Concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al Manual del Servicio Profesional de Carrera vigente y las presentes bases.
  • 257. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 49 ETAPAS DEL CONCURSO 15. Sistema de Puntuación El sistema de puntos se integra de la siguiente forma: a) Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos. b) Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de aciertos sobre el total de aciertos posibles. La calificación mínima aprobatoria será de 70% sobre 100%. c) Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las atribuciones estipuladas en la normatividad aplicable, el Comité ha determinado optar por llevar a cabo la aplicación de herramientas diversas a las que la Secretaría de la Función Pública provee. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores no serán considerados para las plazas incluidas en la presente convocatoria. Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de Habilidades, Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, serán considerados para elaborar el orden de prelación, de acuerdo a los siguientes: Puntos de Ponderación por Reglas de Valoración SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL Nivel: SUBDIRECCION Examen de Conocimientos: 20 Evaluaciones de Habilidades: 20 Evaluación de la Experiencia: 20 Valoración del Mérito: 10 Entrevista: 30 TOTAL: 100 De no acreditar estos requisitos, el (la) aspirante no podrá ser considerado (a) en el listado de prelación para ser sujeto a entrevista. I. Etapa de Revisión Curricular. Con fundamento en el Capítulo III, Sección V, numeral 192 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, cualquier persona podrá incorporar en TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés. Una vez que la persona haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, TrabajaEn le asignará un número de folio de registro general. El hecho de que le sea asignado un número de folio de participación al (la) aspirante por el portal TrabajaEn, significa que acepta concursar de conformidad a lo estipulado en las presentes bases. El folio servirá para formalizar su registro, así como para identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (las) aspirantes. El hecho de que los (las) aspirantes pasen esta etapa, los (las) obliga a poseer y exhibir las constancias originales con que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto publicado en la presente convocatoria, lo que será verificado en el Cotejo Documental que se realiza previo a la entrevista, en el que las y los aspirantes deberán acreditar los requisitos legales contenidos en la presente convocatoria de conformidad a lo señalado en los numerales 174 y 213 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. II. Etapa de Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades. La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos (exámenes técnicos), debe ser igual o superior a 70 puntos en todos los niveles jerárquicos o rangos que comprende el Servicio Profesional de Carrera. Este examen será motivo de descarte en caso de obtener una calificación inferior a 70 puntos. Las evaluaciones de habilidades consistirán en la aplicación de herramientas para la medición de capacidades, la cual no tendrá calificación mínima aprobatoria. Las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte. III. Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito. En esta etapa la DGRH con base en la revisión y análisis de los documentos que presenten los (las) candidatos (as) evaluará en la primera sub etapa, la experiencia y en la segunda, el mérito.
  • 258. 50 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Esta etapa se desarrollará de conformidad a la metodología y escalas de calificación de la evaluación de la experiencia y valoración del mérito la cual podrá ser revisada en la página de TrabajaEn en específico al apartado de Documentos en Información Relevante, http://www.trabajaen.gob.mx/servlet/CheckSecurity/JSP/ jobsite_g/links_inicio.jsp. Para el caso de puestos de nivel de Enlace el Comité Técnico de Selección acordó asignar una puntuación única de 100 a los (las) candidatos (as) participantes en la Sub. Etapa de Evaluación de la Experiencia. De igual manera se llevará a cabo la etapa del cotejo documental en el que los (las) aspirantes deberán presentar las evidencias documentales que acrediten que cumplen con el perfil de la plaza en concurso. IV. Entrevista. De conformidad a lo señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera “El Comité Técnico de Selección siguiendo el orden de prelación de los (las) candidatos (as), establecerá el número de los (las) aspirantes que pasan a la etapa de entrevista que elegirá de entre ellos (as) a los (las) que considere aptos (as) para el puesto. Los (las) candidatos (as) así seleccionados (as) serán considerados (as) finalistas, el Comité Técnico de Selección, en caso de que ninguno de los (las) candidatos (as) entrevistados (as) sea considerado (a) finalista se continuará entrevistando, en el orden de prelación que les corresponda a los demás candidatos (as) que hubieren aprobado”; de igual forma, y en atención a lo dispuesto en el Capítulo III, Sección III, numeral 184, fracción V, del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, se establece que “El número mínimo de candidatos (as) a entrevistar, será al menos de cinco si el universo de candidatos (as) lo permite”. En el supuesto de que el número de candidatos (as) apruebe las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos (as). El Comité Técnico de Selección para la evaluación de las entrevistas, considerará los siguientes criterios: • Contexto • Estrategia o acción • Resultado, y participación El CTS en la etapa de entrevista, con el objeto de verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, a través de preguntas y mediante las respuestas que proporcione el (la) candidato (a), identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarlo (a) finalista y en un segundo momento, incluso determinarle ganador (a) del concurso, independientemente de la metodología de entrevista que utilice. V. Etapa de Determinación. Durante la determinación los integrantes del CTS, acordarán la forma en que emitirán su voto, a efecto de que el Presidente lo haga en última instancia o, en su caso, ejerza su derecho de veto. La Determinación se sujetará a lo previsto en los artículos 74 de la Ley del Servicio Profesional de carrera en la Administración Pública Federal y 17 de su Reglamento. En esta etapa el Comité Técnico de Selección de conformidad a la Sección III, numeral 234 y 235 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, resolverá el proceso de selección, mediante la emisión de su Determinación, declarando: a) Ganador (a) del concurso, al (la) finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al (la) de mayor calificación definitiva; b) Al (la) finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el (la) ganador (a) señalado en el inciso anterior: i. Comunique a la dependencia antes o en la fecha señalada para tal afecto en la determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o ii. No se presente al tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada. c) Desierto el concurso.
  • 259. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 51 Es importante mencionar, que en caso de que alguno(a) de las y los aspirantes que participen en estos concursos, no se presente a alguna de las evaluaciones comprendidas en el proceso, esto será motivo de descarte de su participación, aun cuando estas evaluaciones sean únicamente de carácter referencial. Si durante la determinación, el CTS advirtiera que como resultado de la puntuación obtenida en las etapas II, III y IV del concurso, existe empate entre finalistas, elegirá al ganador conforme a los criterios siguientes establecidos en el numeral 236 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 16. Calendario Actividad Etapas del Concurso Publicación de convocatoria 14/10/2015 Registro de aspirantes (en la página www.trabajaen.gob.mx) Del 14/10/2015 al 27/10/2015 Revisión curricular (por la página www.trabajaen.gob.mx) Del 14/10/2015 al 27/10/2015 Exámenes de conocimientos (capacidades técnicas) A partir del 28/10/2015 Evaluación de habilidades A partir del 28/10/2015 Cotejo documental A partir del 28/10/2015 Evaluación de Experiencia A partir del 28/10/2015 Valoración del Mérito A partir del 28/10/2015 Entrevista A partir del 28/10/2015 Determinación A partir del 28/10/2015 17. Etapa de entrevista Para estas plazas en concurso, el Comité Técnico de Selección podrá entrevistar hasta 5 (cinco) candidatos (as), conforme al orden de prelación que elabora la herramienta www.trabajaen.gob.mx En caso de empate en quinto lugar de acuerdo con el orden de prelación pasarán a la etapa de entrevista el total de aspirantes que compartan este lugar. Se consideran finalistas aquellos candidatos (as) a los que después de habérseles aplicado la entrevista y ponderando los resultados obtenidos en las etapas previas obtengan una calificación final de 70 o superior, debiéndose aplicar las ponderaciones aprobadas por el Comité Técnico de Selección. 18. Determinación y Reserva Los (las) aspirantes que aprueben la entrevista con el Comité Técnico de Selección y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados (as) finalistas y quedarán integrados a la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese período y de acuerdo a la clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización del Instituto Nacional de Desarrollo Social, a nuevos concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique. Los resultados de la entrevista, se registrarán en el acta correspondiente. Los (las) aspirantes deberán obtener en ésta una calificación ponderada de todas las evaluaciones de 70 puntos, para ser considerados (as) finalistas y parte de la Reserva de Aspirantes. RESOLUCION DE DUDAS A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los (las) aspirantes formulen con relación a los puestos y el proceso del presente concurso, se ha implementado el correo electrónico juan.yanez@indesol.gob.mx y el número telefónico: 55-54-03-90 Ext. 68270 de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., en el Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, C.P. 04100, México D.F. Ciudad de México, D.F., a 14 de octubre de 2015. El Comité Técnico de Selección Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Desarrollo Social “Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio” Por acuerdo del Comité Técnico de Selección El Secretario Técnico Lic. Gerardo Cruz-Aedo Martínez Rúbrica.
  • 260. 52 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Secretaría de Desarrollo Social Instituto Nacional de Desarrollo Social CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 012-2015 Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento y numerales 117, 118, 172 al 181, 183 al 188, 190, 191, 194 al 197, 200, 201, 207, 208, 209, 210, 212 al 216, 219 al 238, 244, 246 al 248 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en dicha materia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y sus reformas publicadas el 29 de agosto de 2011, 6 de septiembre de 2012 y 23 de agosto de 2013, emiten la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 012-2015 del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE ENLACE DEL PAIMEF Código de Puesto 20-D00-1-CFNA001-0000273-E-C-C Nivel Administrativo NA1 Número de Vacantes Una Tipo de Nombramiento Confianza Percepción Mensual Bruta $25,254.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y seis centavos M.N.) Adscripción del Puesto Dirección General Adjunta de Igualdad de Género. Sede México, Distrito Federal Funciones Principales 1. Diseñar una base de datos estadística sobre los diferentes tipos de violencia. 2. Mantener actualizada la base de datos estadística sobre los tipos de violencia. 3. Elaborar informes semestrales de avances y resultados de las acciones realizadas por las instancias de mujeres para proporcionarlos a las áreas del INDESOL y dependencias que los requieran. 4. Proporcionar la información y documentación necesaria para la realización de la evaluación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en Entidades federativas (PAIMEF) para implementar y ejecutar programas de prevención de la violencia contra las mujeres. 5. Elaborar informes semestrales sobre la medición de indicadores de evaluación de los proyectos de las instancias de mujeres en las entidades federativas. 6. Coordinar el seguimiento de las acciones y resultados de los proyectos realizados por las instancias estatales de la mujer. Perfil Escolaridad Nivel de Estudio Licenciatura o Profesional Area de Estudio 1. Ciencias Sociales y Administrativas 2. Educación y Humanidades Carrera Genérica 1. Ciencias Sociales 2. Educación 3. Economía 4. Ciencias Políticas y Administración Pública 5. Antropología 6. Administración 7. Psicología Grado de Avance Titulado Carrera Específica 1. Sociología 2. Psicología 3. Trabajo Social 4. Economía 5. Planeación y Desarrollo 6. Ciencias Políticas y Administración Pública 7. Antropología Social 8. Administración 9. Desarrollo Humano 10. Factor Humano 11. Comunicación
  • 261. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 53 3 años de experiencia en: Campo de Experiencia 1. Ciencia Política 2. Ciencias Económicas Area de Experiencia 1. Administración 2. Grupos Sociales 3. Problemas sociales 4. Cambio y Desarrollo Social 5. Administración Pública 6. Psicología General 7. Equidad y Género 8. Administración Pública 9. Vivienda 10. Psicología Social 11. Problemas Sociales Experiencia Específica 1. Administración 2. Posición Social de la Mujer 3. Pobreza 4. Política Social 5. Gestión Administrativa 6. Teoría y Sistemas 7. Violencia Familiar 8. Instituciones Centrales 9. Sociología Política 10. Psicología Comunitaria 11. Bienestar Social Capacidades Profesionales 1. Planeación y Seguimiento de Proyectos 2. Planeación Estratégica 3. Cultura y Cambio Organizacional Idiomas No requerido Otros • Disponibilidad para viajar: En ocasiones • Cambio de Residencia: No Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE CONTROL Y GESTION DE PROYECTOS A NIVEL CENTRAL Código de Puesto 20-D00-1-CF01012-0000316-E-C-C Nivel Administrativo NA1 Número de Vacantes Una Tipo de Nombramiento Confianza Percepción Mensual Bruta $25,54.76 (Veinticinco mil doscientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y seis centavos M.N.) Adscripción del Puesto Dirección General Adjunta de Promoción, Vinculación y Coinversión Social. Sede México, Distrito Federal Funciones Principales 1. Asegurar la calidad y los mecanismos de coordinación de los talleres y cursos de capacitación, para garantizar la participación de los facilitadores de las diversas áreas del INDESOL y de los Actores Sociales interesados. 2. Formular y aplicar criterios metodológicos unificados para el ajuste de proyectos elegibles de las diversas convocatorias del Programa de Coinversión Social. 3. Asesorar a los actores sociales interesados sobre sus proyectos, para facilitar su formulación y presentación de acuerdo con las convocatorias y la normatividad del PCS y con los criterios técnicos y sociales. 4. Proporcionar, a los actores sociales interesados, información oportuna y de calidad sobre normatividad y convocatorias específicas, para que orienten sus acciones en la presentación de proyectos ante diversas convocatorias emitidas por el INDESOL. 5. Elaborar la información de los resultados de las etapas operativas del Programa de Coinversión Social, para su publicación en la página Web del INDESOL. 6. Elaborar las respuestas a las solicitudes de información de los actores con proyectos que no pasaron la etapa de dictaminación o sobre la etapa de ajuste de proyectos, dando cumplimiento con el principio de transparencia. 7. Realizar las demás funciones o actividades que le encomiende el Director de concertación con Actores Sociales o el Director de Operación y Gestión de proyectos a nivel central, según determine el Director General Adjunto de Vinculación y Coinversión Social.
  • 262. 54 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Perfil Escolaridad Nivel de Estudio Licenciatura o Profesional Area de Estudio 1. Ciencias Sociales y Administrativas 2. Educación y Humanidades Carrera Genérica 1. Educación 2. Ciencias Sociales 3. Psicología 4. Administración 5. Antropología 6. Derecho 7. Contaduría 8. Relaciones Internacionales 9. Filosofía 10. Economía 11. Humanidades 12. Ciencias Políticas y Administración Pública Grado de Avance Titulado Carrera Específica 1. Comunicación 2. Ciencias de la Educación 3. Sociología 4. Trabajo Social 5. Psicología 6. Administración 7. Antropología 8. Derecho 9. Ciencias Sociales 10. Contador Público 11. Relaciones Internacionales 12. Filosofía 13. Economía 14. Humanidades 15. Ciencias Políticas y Administración Públicas 16. Políticas Públicas 17. Administración Pública 3 años de experiencia en: Campo de Experiencia 1. Ciencia Política. 2. Ciencias Económicas. 3. Pedagogía Area de Experiencia 1. Organización y Dirección de Empresas 2. Ciencias Políticas 3. Cambio y Desarrollo Social 4. Consultoría en Mejora de Procesos 5. Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos 6. Administración Pública Experiencia Específica 1. Desarrollo Organizacional 2. Política Social 3. Administración de Proyectos 4. Planeación Estratégica 5. Gestión Administrativa Capacidades Profesionales 1. Planeación y Seguimiento de Proyectos 2. Planeación Estratégica 3. Cultura y Cambio Organizacional Idiomas No requerido Otros • Disponibilidad para viajar: En ocasiones • Cambio de Residencia: No
  • 263. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 55 BASES DE PARTICIPACION 1. Requisitos de Participación Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal; así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso. De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2013, en especifico en el Capítulo III, Sección I, numeral 174, el requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. Los y las participantes deberán verificar las carreras genéricas y específicas, así como el área de experiencia y la experiencia específica requeridas en el perfil del puesto publicado en el portal www.trabajaen.gob.mx. 2.Documentación Requerida Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan recibido, por vía electrónica: 1. Currículum Vítae detallado y actualizado con fotografía. Incluir el teléfono, en su caso, de los tres últimos empleos, con experiencia laboral claramente desarrollada. 2. Currículum impreso de la página electrónica TrabajaEn. 3. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. 4. Registro Federal de Contribuyentes (RFC). 5. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa. Para los casos en que el requisito académico sea “Titulado” sólo se aceptará Título o Cédula Profesional. En los casos en los que el requisito académico es “Terminado o Pasante” sólo se aceptará carta pasante, historial académico debidamente sellado y firmado en el que se acredite haber cubierto 100% de los créditos, certificado o carta de terminación de estudios o carta que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. En los casos en los que el requisito académico es “Preparatoria o Bachillerato”, sólo se aceptará certificado de terminación de estudios que acredite haber concluido el nivel de estudios solicitado. En caso de haber obtenido el Título Profesional en un periodo anterior a seis meses previo a la publicación de la presente convocatoria, se podrá acreditar la obtención del mismo con el acta del examen profesional debidamente firmada y sellada por la Institución Educativa correspondiente. La acreditación de títulos o grados de los y las aspirantes se realizará a través de la cédula o título registrado en la Secretaría de Educación Pública (SEP); en el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la SEP. Es importante señalar que se aceptará el grado de maestría o de doctorado en las áreas académicas que previamente definió el CTP en cada una de las plazas en concurso, para acreditar el cumplimiento del requisito de escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate.
  • 264. 56 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 6. Constancias que acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas en el perfil del puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, las cuales deben estar sustentando cada periodo laborado desde su inicio hasta su fin. Se podrán presentar: constancias laborales, constancias de nombramiento, constancia de servicios, cartas finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, recibos de pago, declaraciones de impuestos sobre la renta, constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección, números telefónicos firma y sello, conteniendo: nombre completo de la candidata/o, periodo laborado, percepción, puesto(s), así mismo se aceptará la carta, oficio o constancia de término de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se hayan realizado La documentación comprobatoria deberá estar membretada y sellada. No se aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de recomendación, ni constancias emitidas por el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado. 7. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía, pasaporte vigente o cédula profesional). 8. Cartilla del Servicio Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de hombres hasta los 45 años) o en su caso, acta levantada en el ministerio público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición efectuada en la SEDENA. 9. Escritos bajo protesta de decir verdad (formatos que serán entregados por el personal de ingreso del INDESOL el día del cotejo de los documentos: De no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. De decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. De decir verdad de no ser Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular. 10. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso (Hoja de Bienvenida). 11. Conforme al artículo 47 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, para el caso que existan Servidores (as) Públicos (as) de Carrera que concursen para una plaza de un rango superior al puesto que ocupan, conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, deberá contar al menos con dos evaluaciones del desempeño anuales como servidores públicos de carrera titulares, las cuales deberán ser consecutivas e inmediatas a la fecha en que la o el candidato se registre en el concurso de que se trate y correspondan al rango del puesto que desempeñe, motivo por el cual deberán presentar copia de sus dos evaluaciones del desempeño anuales en el puesto actual como Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Titulares. Se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares.
  • 265. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 57 Para que los Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Eventuales de primer nivel de ingreso puedan acceder a un cargo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera de mayor responsabilidad o jerarquía deberán contar con dos evaluaciones anuales del desempeño como Servidores (as) Públicos (as) de Carrera Titulares, además de la prevista en el artículo 33 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Toda vez que de conformidad al numeral 252 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 12. En lo relativo a la valoración del mérito en lo correspondiente a otros estudios concluidos se deberá proporcionar documentos que acrediten cursos, diplomados, maestrías o doctorados que complementen, el perfil requerido o la rama de cargo; para el caso de estudios realizados en el extranjero, se aplicará lo señalado en el punto número 5. A fin de valorar el mérito en lo correspondiente a los logros en cada materia específica del puesto, se deberá proporcionar: distinciones, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público o privado, reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc. emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales. En lo relativo a los logros en materia de desarrollo social deberán de proporcionar reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o sociales. 13. Cuando el ganador (a) del concurso tenga el carácter de Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del Artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el mensaje que se les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se cuenta con esta información en el momento señalado será descartado (a) inmediatamente del concurso, no obstante que haya acreditado las evaluaciones correspondientes a la Etapa de Evaluación de Conocimiento y Evaluación de Habilidades. Cabe señalar que una vez firmados los formatos de Cotejo Documental, Evaluación de la Experiencia y el correspondiente a Valoración del Mérito, por el participante, dicho aspirante estará aceptando los términos y condiciones, así como los puntajes obtenidos en la Etapa III de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito. Es importante señalar que cualquier inconsistencia en la documentación presentada, así como en la información registrada en el sistema de TrabajaEn (área de estudios y área de experiencia), será causa de descarte. Serán motivos de descarte de aspirantes en el cotejo documental: 1. La no presentación de la Currícula. 2. No presentar la documentación comprobatoria en ORIGINAL. 3. No cumplir con el perfil de escolaridad (Area de Conocimientos). 4. No cumplir con el perfil de experiencia laboral (Area de Experiencia). 5. La no presentación de identificación oficial. 6. La no presentación del acta de nacimiento en original o copia certificada. 7. La no presentación de la cartilla liberada o acta levantada en el ministerio público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición efectuada en la SEDENA. 8. La no presentación del título, cédula profesional en caso de que el perfil requiera TITULADO o acta del examen profesional debidamente firmada y emitida por la institución educativa correspondiente. 9. La no presentación del historial académico con 100% de créditos, carta Pasante o Certificado de Estudios en el caso de que el perfil requiera PASANTE y/o CARRERA TERMINADA.
  • 266. 58 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 10. La no presentación de las cartas de protesta. 11. La no presentación de las constancias laborales requeridas para acreditar la experiencia laboral. 12.- En su caso, la no presentación de las Evaluaciones al Desempeño señaladas en el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera. 13. No Presentarse o presentarse fuera del horario programado, mismo que se les notifica a las y los aspirantes vía mensaje electrónico en el Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn. El Instituto Nacional de Desarrollo Social se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el (la) aspirante, para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al (la) aspirante, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el Instituto Nacional de Desarrollo Social, el cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes. Las y los aspirantes están obligados a conducirse con veracidad, en caso contrario: 1. Si durante el proceso de selección para ocupar la plaza vacante se corrobora que presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con falsedad, se procederá al descarte de la o el candidato mediante acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección, así como se dará aviso a las autoridades correspondientes, según sea el caso. 2. De corroborarse que el candidato determinado como ganador por el Comité Técnico de Selección, presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con falsedad previo, durante y después de su ingreso al Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, se dará aviso a las autoridades competentes para dar inicio a las actuaciones legales tendientes a determinar la nulidad del nombramiento, con independencia de las acciones laborales, administrativas o penales que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 138, fracción V de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 3. Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el Comité Técnico de Selección advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Estos casos se informarán a la Secretaría de la Función Pública para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 215 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 3. Registro de Aspirantes La inscripción a un concurso y el registro de los (las) aspirantes al mismo se realizarán, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx, que les asignará un número de folio para el concurso en el momento que acepte las bases, este número de folio servirá para formalizar su inscripción e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (las) aspirantes. 4. Reglas en Materia de Transparencia Quedan reservados en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, los datos personales que se registren durante los procesos de selección, las constancias que se integren a los expedientes de los concursos de ingreso, inconformidades y recursos de revocación, así como los relativos a las opciones de respuestas de las herramientas de evaluación los cuales serán considerados confidenciales, aun concluidos estos procesos, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 121 y 123 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
  • 267. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 59 5. Reactivación de Folio De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en específico al Capítulo III, Sección VIII, numerales 214 y 215, la solicitud y el proceso de reactivación de folios no procederá cuando: 1.- El aspirante cancele su participación en el concurso. 2.- Exista duplicidad de Registros en TrabajaEn. Así mismo los Comités Técnicos de Selección determinarán si resulta procedente la reactivación de dichos folios, considerando aquellos casos en los que exista por parte del aspirante, un registro erróneo en el sistema de sus datos académicos y/o laborales. Los Comités Técnicos de Selección de este Instituto, por mayoría de votos, podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme a lo siguiente: a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores en que se haya originado el descarte de un folio, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito su reactivación argumentando las causas del descarte. Es importante señalar que dicha solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, CP. 04100, México D.F. El escrito referido deberá incluir: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo; • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias. • Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. b) Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición. 6. Desarrollo del Concurso El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica. Sin embargo, previo Acuerdo del Comité Técnico de Selección, y notificación correspondiente a los (las) aspirantes a través de los portales www.trabajaen.gob.mx y www.indesol.gob.mx y en razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio y modificarse cuando así resulte necesario. 7. Temarios y Guías Los temarios referentes a la evaluación de conocimientos (capacidades técnicas) se encontrarán a disposición de los (las) aspirantes en la página electrónica del Instituto Nacional de Desarrollo Social www.indesol.gob.mx a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, en específico en el área del Servicio Profesional de Carrera publicada en la sección de Transparencia de la dicha página Web. 8. Presentación de Evaluaciones El Instituto Nacional de Desarrollo Social comunicará con al menos dos días de anticipación a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas. Se solicita a los (las) aspirantes presentarse con 15 minutos de antelación a la aplicación correspondiente, ya que no se permitirá la entrada después de la hora señalada. Motivo por el cual se solicita puntualidad de cada uno de los participantes para no retrasar las etapas del proceso. Es importante puntualizar que el tiempo máximo de las evaluaciones es de 2 hrs., así como no habrá tiempo de tolerancia para el inicio de cada una de las etapas y/o evaluaciones y no existirá prorroga, ni reprogramación para la aplicación de las Etapas del Concurso.
  • 268. 60 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 9. Procedimiento de revisión de evaluación de Conocimientos. En los casos en que el CTS del El Instituto Nacional de Desarrollo Social determine la revisión de la Evaluación de Conocimientos, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos, la correcta redacción, ni las opciones de respuesta. Es importante señalar que la interpretación del contenido de dicho examen (preguntas y respuestas), corresponderá al Presidente (a) del Comité Técnico de Selección, por conducto del Comité Técnico de Selección. Los Comités Técnicos de Selección de este Instituto, por mayoría de votos, podrá determinar bajo su responsabilidad la revisión de la Evaluación de Conocimientos, conforme a lo siguiente: a) Dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de la Evaluación de Conocimientos, los/las interesados/as podrán solicitar por escrito la revisión de dicho Examen, argumentando las causas de dicha solicitud. Es importante señalar que dicha solicitud, deberá ser entregada en Oficialía de Partes del Instituto Nacional de Desarrollo Social ubicado en la 2a. Cerrada de Belisario Domínguez 40, Colonia Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, CP. 04100, México D.F. El escrito referido deberá incluir: • Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe la calificación obtenida; • Justificación del porqué considera se deba revisar la Evaluación de Conocimientos; • Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad; • Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo. b) Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la solicitud de la Evaluación de Conocimientos, el Comité Técnico de Selección sesionará para determinar la procedencia o improcedencia de la petición. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación, lo anterior con fundamento en el numeral 219 de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera. 10. Publicación de Resultados Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx identificándose al (la) aspirante con su número de folio para el concurso. 11. Declaración de Concurso Desierto El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso: I. Porque ningún (a) candidato (a) se presente al concurso, II. Porque ninguno (a) de los (las) candidatos (as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado (a) o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. La resolución del Comité Técnico de Selección deberá precisar la causa por la que se determinó declarar desierto el concurso, y en caso de corresponder a la prevista en la fracción III del Artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se deberán señalar las conclusiones de la determinación. 12. Suspensión y cancelación de concursos De conformidad con el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, en específico al Capítulo III, Sección X, numerales 246 al 248, el CTS podrá determinar la suspensión del concurso en términos del artículo 42 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, comunicándolo a los candidatos que participen en el mismo a través de los medios de comunicación señalados en la convocatoria respectiva, dentro de los siguientes 5 días hábiles, a partir de la fecha en que se haya suspendido el concurso.
  • 269. Miércoles 14 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 61 El CTS podrá cancelar algún concurso, en los supuestos siguientes: I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate. II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona. III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión. En todos los casos se incluirá la justificación correspondiente en el expediente del concurso. El acuerdo del CTS además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se comunicará a los candidatos a través de los medios establecidos en la convocatoria, dentro de los 5 días hábiles siguientes, a partir de la fecha en que se haya cancelado el concurso. 13. Disposiciones Generales 1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. 2. Los datos personales de los (las) concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso. 3. Cada concursante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria. 4. Los (las) concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Social, en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600 en México D.F., en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, dicha inconformidad deberá ser presentada por escrito, en el que se indique: el nombre de la persona que se inconforma y su domicilio para oír y recibir notificaciones; en su caso, las personas autorizadas para recibirlas; su manifestación, bajo protesta de decir verdad, de los hechos y razones que dan motivo a la inconformidad y que se refieran a la operación del Sistema, así como la fecha en que tuvo conocimiento de los mismos. La inconformidad deberá presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad. 5. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. 14. Principios del Concurso El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al Manual del Servicio Profesional de Carrera vigente y las presentes bases. ETAPAS DEL CONCURSO 15. Sistema de Puntuación El sistema de puntos se integra de la siguiente forma: a) Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos. b) Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de aciertos sobre el total de aciertos posibles. La calificación mínima aprobatoria será de 70% sobre 100%. c) Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las atribuciones estipuladas en la normatividad aplicable, los Comités han determinado optar por llevar a cabo la aplicación de herramientas diversas a las que la Secretaría de la Función Pública provee. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores no serán considerados para las plazas incluidas en la presente convocatoria. Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de Habilidades, Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, serán considerados para elaborar el orden de prelación, de acuerdo a los siguientes:
  • 270. 62 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de octubre de 2015 Puntos de Ponderación por Reglas de Valoración SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL Nivel: SUBDIRECCION Examen de Conocimientos: 20 Evaluaciones de Habilidades: 20 Evaluación de la Experiencia: 20 Valoración del Mérito: 10 Entrevista: 30 TOTAL: 100 De no acreditar estos requisitos, el (la) aspirante no podrá ser considerado (a) en el listado de prelación para ser sujeto a entrevista. I. Etapa de Revisión Curricular. Con fundamento en el Capítulo III, Sección V, numeral 192 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, cualquier persona podrá incorporar en TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés. Una vez que la persona haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, TrabajaEn le asignará un número de folio de registro general. El hecho de que le sea asignado un número de folio de participación al (la) aspirante por el portal TrabajaEn, significa que acepta concursar de conformidad a lo estipulado en las presentes bases. El folio servirá para formalizar su registro, así como para identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los