¡¡ Truquis para
no ir to the
prison !!
(2017-4-11) Aspectos legales AP (PPT)
¿¿Sabes cuándo
puedes estar
cometiendo un
DELITO??
(2017-4-11) Aspectos legales AP (PPT)
1. INTRODUCCIÓN
El médico de familia debe…
 Conocer los aspectos jurídicos de su profesión
y el alcance de su responsabilidad.
 Actualizarse en los aspectos médicos y
legislativos que le afectan.
Para ADECUAR su práctica a las exigencias legales y
evitar una CONDENA.
MARCO LEGISLATIVO
1. INTRODUCCIÓN
1978: CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
1986: LEY GENERAL DE SANIDAD
1999:
Ley de
Protección de
Datos de
carácter
personal.
2002: Ley básica
reguladora de la
Autonomía del
paciente y de
derechos y
obligaciones en
materia de
Información y
Documentación
clínica.
2003: Ley de
Cohesión y
Calidad del
SNS.
2003: Ley del
Estatuto marco
del personal
estatutario de
los servicios de
salud.
Artículo 43.1 “Derecho a la
protección de la salud”
Artículo 41 “Régimen público
para todos los ciudadanos,
que garantice la asistencia”
• Sistema Nacional de Salud
• Fundamentos Atención
Primaria
Régimen
disciplinario de los
trabajadores del
salud.
Cartera de
servicios
comunes
Obligaciones
del profesional
Limita acceso
a datos
sanitarios
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIALDE
LAADMON
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
Artículo 24
CONSTITUCIÓN
ESPAÑOLA
Paciente Derecho
a reclamar
Responsabilidad del profesional: obligación de reparar las
consecuencias de los actos, omisiones y errores voluntarios e
involuntarios cometidos en el ejercicio de la profesión.
Médico Derecho
a defenderse.
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
CÓDIGO PENAL
DELITO TIPIFICADO
PENAS
- Privación de
libertad
- Inhabilitación
- Multa
• Homicidio imprudente
o lesiones
• Suicidio asistido y
eutanasia
• Aborto y lesiones al feto
• Manipulación genética
• Omisión del deber de
socorro
• Violación del secreto
profesional
• Falsedad documental
• Intrusismo
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
CÓDIGO CIVIL
• Acto médico
• Negligencia o
culpa
• Daño
• Nexo
causalidad
(Tienen que cumplirse
las 4)
DENUNCIA
INDEMNIZACIONES
por daños y
perjuicios a 3os
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
Acusado:
la ADMINISTRACIÓN
SEGUROS DE
RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL
Vía de
reclamación
contra los
médicos del SNS
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
Art 15 RD 183/2008
• 1er año:
Supervisión de
presencia física.
• ↓ Supervisión
conforme avanza
en la residencia.
RESPONSABILIDAD MIR:
1. Si está capacitado
conforme al tutor y al
protocolo de la unidad
→ Responde el MIR
2. Si hay “abandono” del
tutor → Responde el
tutor excepto en
situaciones de
urgencia.
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
CÓDIGO DE ÉTICA
Y DEONTOLOGÍA
• Responsabilidad
deontológica ǂ
Proceso judicial
• Pueden iniciarse los
dos, pero 1º se
resuelve el judicial.
Comisión
deontológica de
cada colegio
regional
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL
PENAL
CIVIL
PATRIMONIAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN
DISCIPLINARIA
DEONTÓGICA
DEL MIR Y DEL
TUTOR
PATRIMONIAL
DELAADMON
ESTATUTO MARCO
Una acción u omisión
del empleado
perturba el
cumplimiento de sus
funciones
FALTA
2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD
GENERAL PENAL CIVIL
Patrimonial de la
Admn
Del MIR y tutor Deontológica Disciplinaria
Sonia tiene 38 años.
Su padre falleció a los 42 por un cáncer de colon.
Al comentar con su médico de AP el miedo que tiene desde
entonces a que a ella le suceda lo mismo, y que cumple criterios de
screening, solicitamos una colonoscopia.
Sólo tenemos 6 minutos por paciente, y ya hemos perdido 10 en
tranquilizar a Sonia. La unidad de endoscopias nos pide que
mandemos el volante de la petición con los consentimientos
informados de la prueba y la sedación grapados porque si no
muchos de ellos se pierden en la vorágine burocrática.
Sonia pone cara de espanto cuando le decimos que todo tiene
riesgo en esta vida y le instamos a firmar donde indicamos
rápidamente.
¿Asumimos que ya vamos con retraso y le explicamos a Sonia en
qué consiste la prueba y cuáles son los riesgos derivados de su
realización?
¿O como Sonia es una chica joven, seguro que lo mirará todo en
internet y no hace falta?
¿Hasta dónde es necesario explicar detalles?
 Paciente: AUTÓNOMO
› Derecho a decidir → Autodeterminación: Aceptar vs Rechazar
 Médico: Obligado a…
› RESPETAR y PROTEGER las decisiones del paciente
› Informar y guiar en el proceso deliberativo
3. CONSENTIMIENTO INFORMADO
Artículo 3 de la Ley de Autonomía del paciente
“Es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente,
manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la
información adecuada, para que tenga lugar una actuación que
afecta a su salud.”
Para obtener un consentimiento válido, la INFORMACIÓN deber ser:
 Previa y útil para decidir.
 Comprensible y adecuada para el paciente y sus familiares.
 Verbal (norma general) o escrita
 EXCEPTO en casos de riesgo para la salud pública, incapacidad para la toma
de decisiones o por razón de urgencia.
CONTENIDO MÍNIMO: naturaleza y finalidad del tto, riesgos,
contraindicaciones y riesgos derivados de no tratar , alternativas.
3. CONSENTIMIENTO INFORMADO
 La deber de informar corresponde al “médico responsable del paciente”.
 El CI puede ser revocado libremente por escrito en cualquier momento.
IQx
Procedimientos dx y tto invasores
Con riesgo o repercusión (-) sobre la
salud del pt
EXCEPCIONES AL CONSENTIMIENTO
NO es NECESARIO obtener el CI ni verbal ni escrito en las siguientes
situaciones:
 Urgencia vital.
 Cuando el paciente renuncie a ser informado por escrito
(consentimiento de renuncia a la información).
› Si el desconocimiento genera riesgo al paciente o a terceros, se deberá informar a
pesar de su rechazo.
 Riesgo para la salud pública.
 Por un estado acreditado de necesidad terapeútica.
› Según el criterio del facultativo, existen razones objetivas para considerar que el
conocimiento del paciente de su propia situación puede perjudicar su salud de
manera grave.
 Ingreso involuntario por motivo psíquico.
3. CONSENTIMIENTO INFORMADO
SITUACIONES ESPECIALES
1. Menores e incapaces:
• El CI se otorgará por representación, a través del padre, tutor o representante legal.
• Mayoría de edad sanitaria a los 16 años.
• En menores emancipados o ≥ 16, no se puede prestar el consentimiento por representación,
excepto en los supuestos de ensayos clínicos, reproducción asistida o interrupción voluntaria del
embarazo (en la cual consiente la paciente, pero alguno de sus padres o tutores debe ser
informado). Se prescindirá de esta información cuando la menor alegue algún riesgo de
conflicto grave de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, desarraigo o
desamparo.
• En <16 años, el consentimiento lo prestará el representante del menor,
escuchando la opinión del mismo si >12 años cumplidos.
• Doctrina del menor maduro: la Ley de autonomía permite que el menor de 16 años
que sea capaz intelectual y emocionalmente de comprender el alcance de la
intervención consienta por sí mismo, sin mediación de los padres, quienes serán
escuchados y tenida en cuenta su opinión cuando se trate de una actuación de
grave riesgo.
2. Ingreso involuntario por razón de trastorno psíquico.
• Cuando está en riesgo su salud o la de las personas de su entorno.
• Es obligatorio dar cuenta del ingreso al juez de guardia dentro de las 24 horas
siguientes (competencia del médico).
3. CONSENTIMIENTO INFORMADO
David Bisbal ha sufrido un desmayo con TCE y pérdida de
conciencia con recuperación posterior al dar tantos giros durante
su último concierto en el Príncipe Felipe de Zaragoza.
Es trasladado por Protección Civil al hospital en el que estás de
guardia.
Al pasar por el control de enfermería, ves un gran revuelo: hay tres
enfermeros, dos auxiliares, un celador y la señora de la limpieza
mirando lo que parece un TC cerebral.
Te acercas tú también y compruebas que es la prueba de imagen
que acaban de realizarle al cantante.
¿Qué harías en esa situación?
¿Dispersarías al personal o cogerías el ratón en busca de alguna
lesión para ilustrar a todos con lo que aprendiste en el curso de
rayos del colegio de médicos?
¿Buscarías en su historial clínico enfermedades que pueda tener?
¿Te irías a atender al paciente del box 7 que ya lleva demasiado
tiempo esperando y se está poniendo nervioso?
 DERECHO del paciente y del profesional.
 Obligación del médico de cumplimentarla
y mantenerla de forma ordenada y
secuencial.
 ANÓNIMA y confidencial →
 Información actualizada y veraz.
 Única e integrada en cada centro.
4. HISTORIA CLÍNICA
Artículo 3 de la Ley de Autonomía:
“Conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e
informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución
clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial”
Principal PRUEBA
LEGAL
de lo realizado o no
por los profesionales.SECRETO
PROFESIONAL
4. HISTORIA CLÍNICA
CONTENIDO MÍNIMO:
 Anamnesis
 Exploración física
 Evolución
 Ordenes medicas
 Hojas de interconsulta
 Informes de exploraciones
complementarias
 Evolución y planificación de
cuidados de enfermería
 Tratamientos de enfermería
ACCESO RESTRINGIDO a :
 El PACIENTE (o su representante) y
familiares.
 Familiares de pacientes fallecidos.
 Profesionales sanitarios implicados en su
atención.
 Profesionales con fines de investigación o
docencia.
 Inspección sanitaria.
 Administración sanitaria con fines de
salud pública y epidemiología.
 Autoridad judicial.
 Personal de administración y gestión de
centros sanitarios.
LESIONES SUSCEPTIBLES DE PARTE DE LESIONES
4. PARTE DE LESIONES
Comunicación breve, redactada por el facultativo que atiende al paciente y
dirigida a la autoridad judicial, en la que se informa de un hecho presuntamente
delictivo, del cual tuvo conocimiento en el ejercicio de su profesión, y que tiene
como consecuencia una lesión que requirió asistencia.
 Agresiones y peleas.
 Intentos autolíticos y
autolesiones.
 Accidentes de tráfico y
atropellos.
 Accidentes laborales y
deportivos.
 Violencia familiar.
 Mordeduras de animales.
 Intoxicaciones involuntarias no
accidentales.
 Abortos clandestinos.
 Agresiones sexuales.
 Lesiones en detenidos.
 Lesiones por arma blanca.
 Cualquier lesión sospechosa.
4. PARTE DE LESIONES
• Claro, conciso y legible.
• ¡¡SIN abreviaturas!!
• Por escrito.
• Incluye: fecha y hora, filiación del
lesionado y del médico,
descripción de las lesiones,
pronóstico, mecanismo de
producción y destino del
lesionado.
• Preserva el “deber de
confidencialidad”.
• Original para el juez de guardia y
copia para la historia clínica.
4. PARTE DE LESIONES
MÉDICO Juez
¡¡ NO nos
compete
INVESTIGAR !!
Viene al centro de salud Ahmed, un paciente de nuestro
cupo que consulta poco porque trabaja 12 horas en
Mercazaragoza.
Cuenta que va a casarse el próximo mes en la mezquita del
barrio, pero que para que el enlace sea válido (según las
leyes de su país) la embajada de Marruecos solicita un
certificado de salud de los cónyuges previo al trámite
matrimonial.
¿Debemos hacer este certificado?
¿Qué es exactamente lo que nos está pidiendo Ahmed?
¿Y si el paciente no es de nuestro cupo sino que lo atendemos
en el horario de guardia porque no puede venir a las horas de
consulta por motivos laborales?
Ahmed también nos pregunta si ese mismo certificado le sirve
para el carnet de conducir, porque no tiene los 50€ que le piden
en el reconocimiento médico. ¿Qué contestarías?
4. CERTIFICADO MÉDICO
ORDINARIO
 A petición del usuario o de su
representante.
 Modelo editado por el Consejo General
de Colegios Oficiales Médicos.
 La ley no obliga al médico a expedirlo si
no dispone de los datos o pruebas
necesarios o de la historia clínica.
 Certificados de aptitud NO incluidos.
Artículo 3 de la Ley de Autonomía:
Documento médico-legal no dirigido a nadie en particular, con la
declaración escrita de un médico que da fe del estado de salud de una
persona en un determinado momento.
Certificado falso:
Pena de multa
de 3 a 12
meses.
Estamos rotando en la planta 11 del hospital, en Medicina
Interna.
Se abre la puerta del despacho y entra un señor de aspecto
cuidado, con traje y corbata, que de manera muy educada
nos explica que es el dr. Hernández, ginecólogo del hospital y
además el hijo de la vecina de Conchi, la paciente de la 1104.
Su madre se ha enterado de que Conchi está ingresada y le ha
llamado para pedirle que se interese por su salud.
¿Qué datos le damos al dr. Hernández?
¿Le informamos en el pasillo, delante de la cuidadora de su
compañera de habitación o en el despacho para que pueda
hojear toda la carpeta de evolutivos?
¿Le decimos a Conchi que han venido a interesarse por ella?
¡¡ La muerte del enfermo NO EXIME el deber de secreto !!
6. SECRETO PROFESIONAL
» Es un DEBER del profesional y DERECHO del paciente que obliga a
preservar su intimidad. El deber de confidencialidad afecta a
médicos y a cualquiera que intervenga en la asistencia.
» Es un DERECHO del médico, que puede negarse a revelar lo que
conozca en el ejercicio de su profesión.
Ley General de Sanidad:
“La persona que elabore o tenga
acceso a la información y la
documentación clínica está
obligada a guardar la reserva
debida”.
VULNERACIÓN y DIVULGACIÓN:
 Oral, escrita, gestual o incluso encubierta.
 Inconsciente.
6. SECRETO PROFESIONAL
¡Hay que ser
CAUTELOSOS!
Pena de prisión de 1 a 4 años
+
Multa de 12-24 meses
+
Inhabilitación por 2-6 años
Según el Código Penal, Ley de
Protección de Datos y de Autonomía.
EXCEPCIONES según el Código de Ética y Deontología Médica:
 Por imperativo legal.
 Cuando el médico se vea injustamente perjudicado por causa del
mantenimiento del secreto.
 Si con el silencio se diera lugar a un perjuicio al propio paciente u otras
personas o a un peligro colectivo → Riesgo para la salud pública.
 En las enfermedades de declaración obligatoria.
 Emisión de certificados de nacimiento, defunción y partes de lesiones.
 En caso de malos tratos, especialmente en niños, ancianos, discapacitados
psíquicos o actos de agresión sexual.
 Cuando el médico comparezca como acusado ante el colegio o sea
llamado a testimoniar en materia disciplinaria.
 Si fuese testigo de un delito.
 Cuando el paciente lo autorice de forma expresa o tácita.
6. SECRETO PROFESIONAL
Viene a la consulta Mercedes, procedente de Ecuador y residente legal en España
desde hace 5 años.
Últimamente la vemos más decaída, pero ella lo atribuye a que su hija se ha ido a
estudiar a Huesca y se le hace la casa muy grande estando solo con su marido.
Ha pasado una neumonía bastante fastidiosa que tratamos en domicilio con
antibioterapia e inhaladores, por lo que la citamos a los 10 días para revisar la
sintomatología y ver si evoluciona favorablemente.
Al quitarse la camiseta para auscultar, observamos en omóplato derecho y zona
lumbar izquierda varios hematomas en diferentes estados de resolución, así como
en el antebrazo.
Le preguntamos por ellos y nerviosa nos dice que ha ido a un fisio por el dolor de
espalda y le ha dejado marcas. Su marido, que siempre la acompaña a la
consulta, espera al otro lado de la cortina.
Explicamos a Mercedes que le vamos a realizar un electro para ver que todo esté
bien, y la llevamos a otra consulta. Al interrogarla más a fondo, donde nos
reconoce que desde que los niños no están, su marido vuelve a casa bebido y en
alguna ocasión la ha agredido. Sin embargo, también nos dice que no quiere
denunciar porque “es solo una fase” y “se le pasará”.
¿Avisamos a la policía?
¿Emitimos un parte de lesiones?
¿O como ella no quiere denunciar abrimos en OMI un diagnóstico con código Z y
lo dejamos registrado?
7. ATENCIÓN A LOS
MALOS TRATOS
¡¡ OBLIGACIÓN LEGAL DE DENUNCIAR !!
› El secreto profesional pasa a un segundo plano.
› Permiso para no comunicar si las lesiones no
sugieren violencia o se trata de una mera
sospecha negada por la víctima (reseña
acompañante).
ABORDAJE
Bio-Psico-Social
+
Jurídico
Artículo 173 del Código penal: Tipifica el maltrato habitual contra el cónyuge o
equivalente, ascendientes, descendientes, menores, tutelados o hermanos.
Pena de 6 meses a 3 años de prisión.
Si además existen lesiones, se suma a lo anterior las penas derivadas de lesiones concretas.
El maltrato económico o el abandono, requieren de la actuación de servicios
sociales.
MALTRATO
físico o
psíquico
MÉDICO
PARTE DE
LESIONES
JUEZ
Pascual ha sufrido un ictus que ha provocado un infarto de la arteria cerebral
media izquierda.
Tras la fibrinólisis y endarterectomía, pasa a la unidad de ictus de neurología.
Tras 48 horas ingresado, comienza con fiebre, disnea y descenso de la
saturación de oxígeno.
Se comienza antibioterapia empírica agresiva, pero las constantes de Pascual
no mejoran. La analítica muestra una acidosis respiratoria en contexto de
insuficiencia respiratoria global, que en el contexto de la infección respiratoria
evoluciona a un shock séptico.
Al entrar en la historia clínica del hospital para ver si ya está el resultado de los
hemocultivos, el residente ve que Pascual consta en el registro de voluntades
anticipadas, y que dispuso que llegado el caso, no quiere recibir medidas que
alarguen su vida.
Imprime el documento y se lo muestra al adjunto, decidiendo conjuntamente
que dado su mal pronóstico y próximo desenlace, no van a avisar a Neumología
para plantear VMI, sino que hablan con la familia para iniciar sedación.
¿Has presenciado algún caso similar en tus rotaciones?
¿Se siguieron los designios del paciente?
¿La familia estuvo de acuerdo?
8. VOLUNTADES ANTICIPADAS
 Consta en la historia clínica.
 Registro Nacional de
Instrucciones Previas adscrito
al MSC
 El paciente puede revocarlas
o modificarlas en cualquier
momento.
 No tienen un periodo de
validez máximo ni caducan.
Artículo 11 de la Ley de Autonomía:
Documento que recoge la voluntad del paciente para que se cumpla en el
momento en que llegue a situaciones en que no sea capaz de expresarlo
personalmente, sobre los cuidados y el tto de su salud o una vez llegado el
fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos.
REQUISITOS:
• Mayor de edad.
• Capaz y libre.
• Expresarlo por anticipado.
NO APLICABLE si va en
contra de la Lex Artis o el
ordenamiento jurídico.
Son las 4 am y estás viendo a un paciente con un cólico renal de
libro… Quieres darle de alta para poder irte a dormir un rato, pero no
sabes qué tratamiento pautarle porque últimamente se ha
convertido en refractario al tratamiento ambulatorio.
En ese momento se te enciende la bombilla y te acuerdas de aquel
representante que te invitó a la presentación de un fármaco con
ágape y te regaló esa libreta tan chuli.
Así que optas por prescribirle el último medicamento que ha salido al
mercado que combina un AINE con un opioide menor. El paciente es
pensionista y de momento el fármaco no está financiado…
¿Le prescribirías igualmente el medicamento?
¿Cómo sueles prescribir: por marca o principio activo?
¿Crees en prescribir cualquier cosa aunque su eficacia no esté
demostrada para utilizarlo como placebo?
¿Qué opinas de recibir obsequios e incentivos de los comerciales
farmacéuticos?
5. PRESCRIPCIÓN FARMACÉUTICA
Ley 29/2006 del Medicamento
 Independencia en la prescripción.
 Prohibición de recibir incentivos a la
prescripción de quien comercializa el fármaco.
 Necesidad de un uso racional de medicamento.
 Prescripción por principio activo.
 Existencia de medicamentos sin receta médica (autocuidado).
Real Decreto-ley 9/2011
 Prescripción de medicamentos y de productos sanitarios por
principio activo o denominación genérica, salvo necesidad
terapéutica justificada.
 Prescripción por denominación comercial o producto sanitario con
dispensación del de menor precio.
RECETA MÉDICA
 Documento oficial.
 Correctamente cumplimentado.
 1 envase de cada producto.
 La custodia del talonario corresponde al médico al que ha sido
entregado.
 Dispensada en 10 días.
 Prescripción ≤3 meses de tratamiento.
 RECETA ELECTRÓNICA:
› Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS y la Ley 29/2006 del medicamento.
› Reduce la carga administrativa de los profesionales.
› Contribuye al uso racional del medicamento.
5. PRESCRIPCIÓN FARMACÉUTICA
04.00 horas de la mañana.
Estás en una guardia de trauma y viene una patrulla preguntando si
hemos atendido a alguien con heridas inciso-contusas ya que se ha
producido una pelea en un bar y la persona que la ha iniciado ha
huido antes de que llegaran.
Según los testigos, también él había sido agredido y sangraba, por lo
que creen que ha podido ser atendido en un servicio médico.
¿Revisamos los pacientes atendidos en boxes de trauma hasta el
momento buscando algún informe que concuerde con lo que nos
preguntan?
¿Preguntamos a los compañeros de guardia y hacemos un teléfono
roto con lo que nos dicen-que les han dicho-que otro ha visto?
¿Qué información hay que proporcionar y cuál no?
9. Relación con los CUERPOS DE
POLICÍA en Urgencias
Sólo si es necesaria para:
 Investigación en curso.
 Prevención de un peligro para
la salud pública.
 Represión de infracciones
penales.
Valorar urgencia de la atención: rx
fuga, molestia a personal o
pacientes…
 Si juicio rápido → Parte a
policía para atestado.
 Si son necesarios cuidados →
Instrucciones al policía.
1) Policía solicita información sobre una
persona atendida en Urgencias.
2) Policía trae un detenido que requiere
atención médica.
INFORME → Detenido
PARTE → Juzgado
CRITERIOS para informar:
• Justificada
• Concreta
• Agente competente (policía
judicial)
• Solicitada a quien debe
cumplirla
Si el detenido se
niega…
¡¡ NO SE EVALÚA !!
(2017-4-11) Aspectos legales AP (PPT)

Más contenido relacionado

PPTX
Enfermeria de Emergencia y Urgencias
PPTX
CUIDADOS DE ENFERMERIA TEC
PPT
Seguridad del paciente
PPTX
Diseño de la enfermera intensivista
DOCX
CUIDADO DEL PACIENTE CON ALTERACIONES HEMATOLÓGICAS
PPTX
Traumatismo vertebromedular cuidados de enfermeria
PDF
Cuidados de enfermería del paciente con insuficiencia cardiaca congestiva ...
PDF
Dispositiva exp. tecn.consultorio
Enfermeria de Emergencia y Urgencias
CUIDADOS DE ENFERMERIA TEC
Seguridad del paciente
Diseño de la enfermera intensivista
CUIDADO DEL PACIENTE CON ALTERACIONES HEMATOLÓGICAS
Traumatismo vertebromedular cuidados de enfermeria
Cuidados de enfermería del paciente con insuficiencia cardiaca congestiva ...
Dispositiva exp. tecn.consultorio

La actualidad más candente (20)

PPTX
Funciones de medicina preventiva
PPT
Intervención y responsabilidades técnico enfermería en uci - CICAT-SALUD
DOCX
PAE ANEMIA CASO CLINICO
PPTX
Aspectos legales en la práctica de enfermería
DOCX
Facultad de enfermeria norma
PPTX
Prevención de caídas en pacientes hospitalizados
PPT
Análisis dafo enfermera
PPTX
Planificacion en enfermeria
PDF
(2021 06-24) escalas de valoracion (ppt)
PPT
Aspectos teóricos clasificación resultados esperados (NOC) - CICAT-SALUD
PPTX
Intervenciones de enfermeria !!!!!
PPT
Actualización taxonomía II Nanda - CICAT-SALUD
PPTX
Prevención de Caídas en pacientes Hospitalizados
PPTX
El paciente terminal
PDF
49109538 registro-his-conceptos-generales-his-2010
PPTX
Equipos, insumos y criterios de de UCI
PPTX
Urgencia y emergencia
Funciones de medicina preventiva
Intervención y responsabilidades técnico enfermería en uci - CICAT-SALUD
PAE ANEMIA CASO CLINICO
Aspectos legales en la práctica de enfermería
Facultad de enfermeria norma
Prevención de caídas en pacientes hospitalizados
Análisis dafo enfermera
Planificacion en enfermeria
(2021 06-24) escalas de valoracion (ppt)
Aspectos teóricos clasificación resultados esperados (NOC) - CICAT-SALUD
Intervenciones de enfermeria !!!!!
Actualización taxonomía II Nanda - CICAT-SALUD
Prevención de Caídas en pacientes Hospitalizados
El paciente terminal
49109538 registro-his-conceptos-generales-his-2010
Equipos, insumos y criterios de de UCI
Urgencia y emergencia
Publicidad

Similar a (2017-4-11) Aspectos legales AP (PPT) (20)

PDF
ASPECTOS MEDICO-LEGALES.pdf jckvkvickvkckv
PPTX
PPTX
aspectos eticos.pptx
PPT
Derechos Pacientes Iatrogenia
PDF
Taller Responsabilidad Civil Médica: Consentimiento Informado
 
PPTX
Consentimiento Informado
PPTX
Exp. etica2 5 anciano[1]
PPT
CONSENTIMIENTO INFORMADO
PPTX
Expo bioetica
PPTX
Bases para la prevención de conflictos derivados del acto médico.pptx
PDF
Ética y Responsabilidad Social para Técnicos en Emergencias Prehospitalarias ...
PPT
4.Consent.Informado. DEL CONSENTIMIENTO DEL PACIENTE ppt
PPTX
1ley autonomia pacientes usuarios.pdf
PPTX
Bioética y Salud Mental
PPTX
Consentimiento informado
PPTX
Autonomía
PPTX
Consentimiento informado
PDF
(2017-4-11) ASPECTOS LEGALES EN ATENCIÓN PRIMARIA (WORD)
PDF
LECTURA 487_ CONSETIMIENTO INFORMADO.pdf
PPTX
EVENTO ADVERSO.pptx
ASPECTOS MEDICO-LEGALES.pdf jckvkvickvkckv
aspectos eticos.pptx
Derechos Pacientes Iatrogenia
Taller Responsabilidad Civil Médica: Consentimiento Informado
 
Consentimiento Informado
Exp. etica2 5 anciano[1]
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Expo bioetica
Bases para la prevención de conflictos derivados del acto médico.pptx
Ética y Responsabilidad Social para Técnicos en Emergencias Prehospitalarias ...
4.Consent.Informado. DEL CONSENTIMIENTO DEL PACIENTE ppt
1ley autonomia pacientes usuarios.pdf
Bioética y Salud Mental
Consentimiento informado
Autonomía
Consentimiento informado
(2017-4-11) ASPECTOS LEGALES EN ATENCIÓN PRIMARIA (WORD)
LECTURA 487_ CONSETIMIENTO INFORMADO.pdf
EVENTO ADVERSO.pptx
Publicidad

Más de UDMAFyC SECTOR ZARAGOZA II (20)

PDF
HidradenitisSupurativa(2025-08-01).HIDROSADENITIS.doc.pdf
PDF
HidradenitisSupurativa(2025-08-01)HIDROSADENITIS.doc.pdf
PPTX
Manejo en consulta del paciente con sospecha de daño hepático.pptx
PDF
Magnesio. Una revisión sobre sus efectos.ppt (2025-07-02).pdf
PDF
Magnesio. Una revisión sobre sus efectos.doc (2025-07-02).pdf
PDF
USO DEL DESFIBRILADOR EN URGENCIAS 10-06/2025.pdf
PDF
MANEJO EN CONSULTA DEL PACIENTE CON SOSPECHA DE DAÑO HEPÁTICO.pdf
PPTX
(2025-6-12)Sobrevivir y vivir en Atención Primaria manejo emocional, guardias...
DOCX
(2025-6-12)Sobrevivir y vivir en Atención Primaria manejo emocional, guardias...
PPTX
control pie diabético en AP 2-06-2025.pptx
PDF
desfibrilación en urgencias 10/05¡6/2025.pdf
PPTX
(2025-6-5) Protocolo del carro de paradas.ppt.pptx
DOCX
(2025-6-5) Protocolo del carro de paradas.doc.docx
PDF
Diabetes y control del pie diabetico.pdf
PPTX
(2025-6-29)Disfunción Erectil Manejo en AP.ppt.pptx
DOCX
(2025-6-29)Disfunción Erectil Manejo en AP.doc.docx
PPTX
(2025-5-8) Fiebre de origen desconocido.ppt.pptx
DOCX
(2025-5-8) Fiebre de origen desconocido.word.docx
PDF
Vacunación internacional P.Machín-E.Lapuente.pdf
PDF
(13-05-2025) Diagnóstico diferencial del síndrome vestibular agudo en la urge...
HidradenitisSupurativa(2025-08-01).HIDROSADENITIS.doc.pdf
HidradenitisSupurativa(2025-08-01)HIDROSADENITIS.doc.pdf
Manejo en consulta del paciente con sospecha de daño hepático.pptx
Magnesio. Una revisión sobre sus efectos.ppt (2025-07-02).pdf
Magnesio. Una revisión sobre sus efectos.doc (2025-07-02).pdf
USO DEL DESFIBRILADOR EN URGENCIAS 10-06/2025.pdf
MANEJO EN CONSULTA DEL PACIENTE CON SOSPECHA DE DAÑO HEPÁTICO.pdf
(2025-6-12)Sobrevivir y vivir en Atención Primaria manejo emocional, guardias...
(2025-6-12)Sobrevivir y vivir en Atención Primaria manejo emocional, guardias...
control pie diabético en AP 2-06-2025.pptx
desfibrilación en urgencias 10/05¡6/2025.pdf
(2025-6-5) Protocolo del carro de paradas.ppt.pptx
(2025-6-5) Protocolo del carro de paradas.doc.docx
Diabetes y control del pie diabetico.pdf
(2025-6-29)Disfunción Erectil Manejo en AP.ppt.pptx
(2025-6-29)Disfunción Erectil Manejo en AP.doc.docx
(2025-5-8) Fiebre de origen desconocido.ppt.pptx
(2025-5-8) Fiebre de origen desconocido.word.docx
Vacunación internacional P.Machín-E.Lapuente.pdf
(13-05-2025) Diagnóstico diferencial del síndrome vestibular agudo en la urge...

Último (20)

PPTX
LESION RENAL 2025.pptx MEDICINA UMSS AGUDA
PPTX
ENFERMEDAD CRONICA RENAL 2025.pptx UMSS
PPTX
PUERPERIO GINECOLODIA Y OBSTETRICIA MEDICA
PPTX
Exploración de Pares Craneales_ Fundamentos y Práctica.pptx
PDF
LA ARTRITIS -MAYERLY YAZURI RAMIREZ ESPINOZA
PDF
Seminario 2 Anatomia II (abdoment agudo)
PDF
SESIÓN 15 - Imagenología Musculoesquelética.pdf
PPT
LITIASIS BILIAR 2019 UNIVERSIDAD DEL SINU
PDF
Presentación trabajo de parto y sus mecanismos
PPTX
DIAPOSITIVAS DE LOS PRIMEROS AUXILIOS.pptx
PPTX
SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA AMIBANK 2024.pptx
PPTX
ATENCION DEL POLITRAUMATIZADO INICIAL EN APH
PPTX
PRESENTACION DE ANALISIS PARA EL CURSO BASICO
PDF
PRESENTACION DE ENF. GINECO OBSTETRICAS MAS COMUNES
PPTX
HISTORIA NATURAL DE LA ENFERMEDADEPS.pptx
PDF
Ginecología tips para estudiantes de medicina
PDF
ANATOMÍA DEL EJERCICIO Y DEL MOVIMIENTO.pdf
PPTX
MICROBIOLOGIA, PARASITOS DE INTESTINO DELGADO Y GRUESO
PDF
Manual de orientacion y realizacion de pruebas de VIH, sifilis, Hepatitis B.pdf
PDF
EXAMEN DE SERUM PARA EL AÑOS 2025 , PREGUNTAS POSIBLES
LESION RENAL 2025.pptx MEDICINA UMSS AGUDA
ENFERMEDAD CRONICA RENAL 2025.pptx UMSS
PUERPERIO GINECOLODIA Y OBSTETRICIA MEDICA
Exploración de Pares Craneales_ Fundamentos y Práctica.pptx
LA ARTRITIS -MAYERLY YAZURI RAMIREZ ESPINOZA
Seminario 2 Anatomia II (abdoment agudo)
SESIÓN 15 - Imagenología Musculoesquelética.pdf
LITIASIS BILIAR 2019 UNIVERSIDAD DEL SINU
Presentación trabajo de parto y sus mecanismos
DIAPOSITIVAS DE LOS PRIMEROS AUXILIOS.pptx
SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA AMIBANK 2024.pptx
ATENCION DEL POLITRAUMATIZADO INICIAL EN APH
PRESENTACION DE ANALISIS PARA EL CURSO BASICO
PRESENTACION DE ENF. GINECO OBSTETRICAS MAS COMUNES
HISTORIA NATURAL DE LA ENFERMEDADEPS.pptx
Ginecología tips para estudiantes de medicina
ANATOMÍA DEL EJERCICIO Y DEL MOVIMIENTO.pdf
MICROBIOLOGIA, PARASITOS DE INTESTINO DELGADO Y GRUESO
Manual de orientacion y realizacion de pruebas de VIH, sifilis, Hepatitis B.pdf
EXAMEN DE SERUM PARA EL AÑOS 2025 , PREGUNTAS POSIBLES

(2017-4-11) Aspectos legales AP (PPT)

  • 1. ¡¡ Truquis para no ir to the prison !!
  • 5. 1. INTRODUCCIÓN El médico de familia debe…  Conocer los aspectos jurídicos de su profesión y el alcance de su responsabilidad.  Actualizarse en los aspectos médicos y legislativos que le afectan. Para ADECUAR su práctica a las exigencias legales y evitar una CONDENA.
  • 6. MARCO LEGISLATIVO 1. INTRODUCCIÓN 1978: CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1986: LEY GENERAL DE SANIDAD 1999: Ley de Protección de Datos de carácter personal. 2002: Ley básica reguladora de la Autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de Información y Documentación clínica. 2003: Ley de Cohesión y Calidad del SNS. 2003: Ley del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud. Artículo 43.1 “Derecho a la protección de la salud” Artículo 41 “Régimen público para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia” • Sistema Nacional de Salud • Fundamentos Atención Primaria Régimen disciplinario de los trabajadores del salud. Cartera de servicios comunes Obligaciones del profesional Limita acceso a datos sanitarios
  • 7. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIALDE LAADMON
  • 8. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON Artículo 24 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Paciente Derecho a reclamar Responsabilidad del profesional: obligación de reparar las consecuencias de los actos, omisiones y errores voluntarios e involuntarios cometidos en el ejercicio de la profesión. Médico Derecho a defenderse.
  • 9. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON CÓDIGO PENAL DELITO TIPIFICADO PENAS - Privación de libertad - Inhabilitación - Multa • Homicidio imprudente o lesiones • Suicidio asistido y eutanasia • Aborto y lesiones al feto • Manipulación genética • Omisión del deber de socorro • Violación del secreto profesional • Falsedad documental • Intrusismo
  • 10. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON CÓDIGO CIVIL • Acto médico • Negligencia o culpa • Daño • Nexo causalidad (Tienen que cumplirse las 4) DENUNCIA INDEMNIZACIONES por daños y perjuicios a 3os
  • 11. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON Acusado: la ADMINISTRACIÓN SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL Vía de reclamación contra los médicos del SNS
  • 12. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON Art 15 RD 183/2008 • 1er año: Supervisión de presencia física. • ↓ Supervisión conforme avanza en la residencia. RESPONSABILIDAD MIR: 1. Si está capacitado conforme al tutor y al protocolo de la unidad → Responde el MIR 2. Si hay “abandono” del tutor → Responde el tutor excepto en situaciones de urgencia.
  • 13. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA • Responsabilidad deontológica ǂ Proceso judicial • Pueden iniciarse los dos, pero 1º se resuelve el judicial. Comisión deontológica de cada colegio regional
  • 14. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DISCIPLINARIA DEONTÓGICA DEL MIR Y DEL TUTOR PATRIMONIAL DELAADMON ESTATUTO MARCO Una acción u omisión del empleado perturba el cumplimiento de sus funciones FALTA
  • 15. 2. TIPOS DE RESPONSABILIDAD GENERAL PENAL CIVIL Patrimonial de la Admn Del MIR y tutor Deontológica Disciplinaria
  • 16. Sonia tiene 38 años. Su padre falleció a los 42 por un cáncer de colon. Al comentar con su médico de AP el miedo que tiene desde entonces a que a ella le suceda lo mismo, y que cumple criterios de screening, solicitamos una colonoscopia. Sólo tenemos 6 minutos por paciente, y ya hemos perdido 10 en tranquilizar a Sonia. La unidad de endoscopias nos pide que mandemos el volante de la petición con los consentimientos informados de la prueba y la sedación grapados porque si no muchos de ellos se pierden en la vorágine burocrática. Sonia pone cara de espanto cuando le decimos que todo tiene riesgo en esta vida y le instamos a firmar donde indicamos rápidamente. ¿Asumimos que ya vamos con retraso y le explicamos a Sonia en qué consiste la prueba y cuáles son los riesgos derivados de su realización? ¿O como Sonia es una chica joven, seguro que lo mirará todo en internet y no hace falta? ¿Hasta dónde es necesario explicar detalles?
  • 17.  Paciente: AUTÓNOMO › Derecho a decidir → Autodeterminación: Aceptar vs Rechazar  Médico: Obligado a… › RESPETAR y PROTEGER las decisiones del paciente › Informar y guiar en el proceso deliberativo 3. CONSENTIMIENTO INFORMADO Artículo 3 de la Ley de Autonomía del paciente “Es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.”
  • 18. Para obtener un consentimiento válido, la INFORMACIÓN deber ser:  Previa y útil para decidir.  Comprensible y adecuada para el paciente y sus familiares.  Verbal (norma general) o escrita  EXCEPTO en casos de riesgo para la salud pública, incapacidad para la toma de decisiones o por razón de urgencia. CONTENIDO MÍNIMO: naturaleza y finalidad del tto, riesgos, contraindicaciones y riesgos derivados de no tratar , alternativas. 3. CONSENTIMIENTO INFORMADO  La deber de informar corresponde al “médico responsable del paciente”.  El CI puede ser revocado libremente por escrito en cualquier momento. IQx Procedimientos dx y tto invasores Con riesgo o repercusión (-) sobre la salud del pt
  • 19. EXCEPCIONES AL CONSENTIMIENTO NO es NECESARIO obtener el CI ni verbal ni escrito en las siguientes situaciones:  Urgencia vital.  Cuando el paciente renuncie a ser informado por escrito (consentimiento de renuncia a la información). › Si el desconocimiento genera riesgo al paciente o a terceros, se deberá informar a pesar de su rechazo.  Riesgo para la salud pública.  Por un estado acreditado de necesidad terapeútica. › Según el criterio del facultativo, existen razones objetivas para considerar que el conocimiento del paciente de su propia situación puede perjudicar su salud de manera grave.  Ingreso involuntario por motivo psíquico. 3. CONSENTIMIENTO INFORMADO
  • 20. SITUACIONES ESPECIALES 1. Menores e incapaces: • El CI se otorgará por representación, a través del padre, tutor o representante legal. • Mayoría de edad sanitaria a los 16 años. • En menores emancipados o ≥ 16, no se puede prestar el consentimiento por representación, excepto en los supuestos de ensayos clínicos, reproducción asistida o interrupción voluntaria del embarazo (en la cual consiente la paciente, pero alguno de sus padres o tutores debe ser informado). Se prescindirá de esta información cuando la menor alegue algún riesgo de conflicto grave de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, desarraigo o desamparo. • En <16 años, el consentimiento lo prestará el representante del menor, escuchando la opinión del mismo si >12 años cumplidos. • Doctrina del menor maduro: la Ley de autonomía permite que el menor de 16 años que sea capaz intelectual y emocionalmente de comprender el alcance de la intervención consienta por sí mismo, sin mediación de los padres, quienes serán escuchados y tenida en cuenta su opinión cuando se trate de una actuación de grave riesgo. 2. Ingreso involuntario por razón de trastorno psíquico. • Cuando está en riesgo su salud o la de las personas de su entorno. • Es obligatorio dar cuenta del ingreso al juez de guardia dentro de las 24 horas siguientes (competencia del médico). 3. CONSENTIMIENTO INFORMADO
  • 21. David Bisbal ha sufrido un desmayo con TCE y pérdida de conciencia con recuperación posterior al dar tantos giros durante su último concierto en el Príncipe Felipe de Zaragoza. Es trasladado por Protección Civil al hospital en el que estás de guardia. Al pasar por el control de enfermería, ves un gran revuelo: hay tres enfermeros, dos auxiliares, un celador y la señora de la limpieza mirando lo que parece un TC cerebral. Te acercas tú también y compruebas que es la prueba de imagen que acaban de realizarle al cantante. ¿Qué harías en esa situación? ¿Dispersarías al personal o cogerías el ratón en busca de alguna lesión para ilustrar a todos con lo que aprendiste en el curso de rayos del colegio de médicos? ¿Buscarías en su historial clínico enfermedades que pueda tener? ¿Te irías a atender al paciente del box 7 que ya lleva demasiado tiempo esperando y se está poniendo nervioso?
  • 22.  DERECHO del paciente y del profesional.  Obligación del médico de cumplimentarla y mantenerla de forma ordenada y secuencial.  ANÓNIMA y confidencial →  Información actualizada y veraz.  Única e integrada en cada centro. 4. HISTORIA CLÍNICA Artículo 3 de la Ley de Autonomía: “Conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial” Principal PRUEBA LEGAL de lo realizado o no por los profesionales.SECRETO PROFESIONAL
  • 23. 4. HISTORIA CLÍNICA CONTENIDO MÍNIMO:  Anamnesis  Exploración física  Evolución  Ordenes medicas  Hojas de interconsulta  Informes de exploraciones complementarias  Evolución y planificación de cuidados de enfermería  Tratamientos de enfermería ACCESO RESTRINGIDO a :  El PACIENTE (o su representante) y familiares.  Familiares de pacientes fallecidos.  Profesionales sanitarios implicados en su atención.  Profesionales con fines de investigación o docencia.  Inspección sanitaria.  Administración sanitaria con fines de salud pública y epidemiología.  Autoridad judicial.  Personal de administración y gestión de centros sanitarios.
  • 24. LESIONES SUSCEPTIBLES DE PARTE DE LESIONES 4. PARTE DE LESIONES Comunicación breve, redactada por el facultativo que atiende al paciente y dirigida a la autoridad judicial, en la que se informa de un hecho presuntamente delictivo, del cual tuvo conocimiento en el ejercicio de su profesión, y que tiene como consecuencia una lesión que requirió asistencia.  Agresiones y peleas.  Intentos autolíticos y autolesiones.  Accidentes de tráfico y atropellos.  Accidentes laborales y deportivos.  Violencia familiar.  Mordeduras de animales.  Intoxicaciones involuntarias no accidentales.  Abortos clandestinos.  Agresiones sexuales.  Lesiones en detenidos.  Lesiones por arma blanca.  Cualquier lesión sospechosa.
  • 25. 4. PARTE DE LESIONES • Claro, conciso y legible. • ¡¡SIN abreviaturas!! • Por escrito. • Incluye: fecha y hora, filiación del lesionado y del médico, descripción de las lesiones, pronóstico, mecanismo de producción y destino del lesionado. • Preserva el “deber de confidencialidad”. • Original para el juez de guardia y copia para la historia clínica.
  • 26. 4. PARTE DE LESIONES MÉDICO Juez ¡¡ NO nos compete INVESTIGAR !!
  • 27. Viene al centro de salud Ahmed, un paciente de nuestro cupo que consulta poco porque trabaja 12 horas en Mercazaragoza. Cuenta que va a casarse el próximo mes en la mezquita del barrio, pero que para que el enlace sea válido (según las leyes de su país) la embajada de Marruecos solicita un certificado de salud de los cónyuges previo al trámite matrimonial. ¿Debemos hacer este certificado? ¿Qué es exactamente lo que nos está pidiendo Ahmed? ¿Y si el paciente no es de nuestro cupo sino que lo atendemos en el horario de guardia porque no puede venir a las horas de consulta por motivos laborales? Ahmed también nos pregunta si ese mismo certificado le sirve para el carnet de conducir, porque no tiene los 50€ que le piden en el reconocimiento médico. ¿Qué contestarías?
  • 28. 4. CERTIFICADO MÉDICO ORDINARIO  A petición del usuario o de su representante.  Modelo editado por el Consejo General de Colegios Oficiales Médicos.  La ley no obliga al médico a expedirlo si no dispone de los datos o pruebas necesarios o de la historia clínica.  Certificados de aptitud NO incluidos. Artículo 3 de la Ley de Autonomía: Documento médico-legal no dirigido a nadie en particular, con la declaración escrita de un médico que da fe del estado de salud de una persona en un determinado momento. Certificado falso: Pena de multa de 3 a 12 meses.
  • 29. Estamos rotando en la planta 11 del hospital, en Medicina Interna. Se abre la puerta del despacho y entra un señor de aspecto cuidado, con traje y corbata, que de manera muy educada nos explica que es el dr. Hernández, ginecólogo del hospital y además el hijo de la vecina de Conchi, la paciente de la 1104. Su madre se ha enterado de que Conchi está ingresada y le ha llamado para pedirle que se interese por su salud. ¿Qué datos le damos al dr. Hernández? ¿Le informamos en el pasillo, delante de la cuidadora de su compañera de habitación o en el despacho para que pueda hojear toda la carpeta de evolutivos? ¿Le decimos a Conchi que han venido a interesarse por ella?
  • 30. ¡¡ La muerte del enfermo NO EXIME el deber de secreto !! 6. SECRETO PROFESIONAL » Es un DEBER del profesional y DERECHO del paciente que obliga a preservar su intimidad. El deber de confidencialidad afecta a médicos y a cualquiera que intervenga en la asistencia. » Es un DERECHO del médico, que puede negarse a revelar lo que conozca en el ejercicio de su profesión. Ley General de Sanidad: “La persona que elabore o tenga acceso a la información y la documentación clínica está obligada a guardar la reserva debida”.
  • 31. VULNERACIÓN y DIVULGACIÓN:  Oral, escrita, gestual o incluso encubierta.  Inconsciente. 6. SECRETO PROFESIONAL ¡Hay que ser CAUTELOSOS! Pena de prisión de 1 a 4 años + Multa de 12-24 meses + Inhabilitación por 2-6 años Según el Código Penal, Ley de Protección de Datos y de Autonomía.
  • 32. EXCEPCIONES según el Código de Ética y Deontología Médica:  Por imperativo legal.  Cuando el médico se vea injustamente perjudicado por causa del mantenimiento del secreto.  Si con el silencio se diera lugar a un perjuicio al propio paciente u otras personas o a un peligro colectivo → Riesgo para la salud pública.  En las enfermedades de declaración obligatoria.  Emisión de certificados de nacimiento, defunción y partes de lesiones.  En caso de malos tratos, especialmente en niños, ancianos, discapacitados psíquicos o actos de agresión sexual.  Cuando el médico comparezca como acusado ante el colegio o sea llamado a testimoniar en materia disciplinaria.  Si fuese testigo de un delito.  Cuando el paciente lo autorice de forma expresa o tácita. 6. SECRETO PROFESIONAL
  • 33. Viene a la consulta Mercedes, procedente de Ecuador y residente legal en España desde hace 5 años. Últimamente la vemos más decaída, pero ella lo atribuye a que su hija se ha ido a estudiar a Huesca y se le hace la casa muy grande estando solo con su marido. Ha pasado una neumonía bastante fastidiosa que tratamos en domicilio con antibioterapia e inhaladores, por lo que la citamos a los 10 días para revisar la sintomatología y ver si evoluciona favorablemente. Al quitarse la camiseta para auscultar, observamos en omóplato derecho y zona lumbar izquierda varios hematomas en diferentes estados de resolución, así como en el antebrazo. Le preguntamos por ellos y nerviosa nos dice que ha ido a un fisio por el dolor de espalda y le ha dejado marcas. Su marido, que siempre la acompaña a la consulta, espera al otro lado de la cortina. Explicamos a Mercedes que le vamos a realizar un electro para ver que todo esté bien, y la llevamos a otra consulta. Al interrogarla más a fondo, donde nos reconoce que desde que los niños no están, su marido vuelve a casa bebido y en alguna ocasión la ha agredido. Sin embargo, también nos dice que no quiere denunciar porque “es solo una fase” y “se le pasará”. ¿Avisamos a la policía? ¿Emitimos un parte de lesiones? ¿O como ella no quiere denunciar abrimos en OMI un diagnóstico con código Z y lo dejamos registrado?
  • 34. 7. ATENCIÓN A LOS MALOS TRATOS ¡¡ OBLIGACIÓN LEGAL DE DENUNCIAR !! › El secreto profesional pasa a un segundo plano. › Permiso para no comunicar si las lesiones no sugieren violencia o se trata de una mera sospecha negada por la víctima (reseña acompañante). ABORDAJE Bio-Psico-Social + Jurídico Artículo 173 del Código penal: Tipifica el maltrato habitual contra el cónyuge o equivalente, ascendientes, descendientes, menores, tutelados o hermanos. Pena de 6 meses a 3 años de prisión. Si además existen lesiones, se suma a lo anterior las penas derivadas de lesiones concretas. El maltrato económico o el abandono, requieren de la actuación de servicios sociales. MALTRATO físico o psíquico MÉDICO PARTE DE LESIONES JUEZ
  • 35. Pascual ha sufrido un ictus que ha provocado un infarto de la arteria cerebral media izquierda. Tras la fibrinólisis y endarterectomía, pasa a la unidad de ictus de neurología. Tras 48 horas ingresado, comienza con fiebre, disnea y descenso de la saturación de oxígeno. Se comienza antibioterapia empírica agresiva, pero las constantes de Pascual no mejoran. La analítica muestra una acidosis respiratoria en contexto de insuficiencia respiratoria global, que en el contexto de la infección respiratoria evoluciona a un shock séptico. Al entrar en la historia clínica del hospital para ver si ya está el resultado de los hemocultivos, el residente ve que Pascual consta en el registro de voluntades anticipadas, y que dispuso que llegado el caso, no quiere recibir medidas que alarguen su vida. Imprime el documento y se lo muestra al adjunto, decidiendo conjuntamente que dado su mal pronóstico y próximo desenlace, no van a avisar a Neumología para plantear VMI, sino que hablan con la familia para iniciar sedación. ¿Has presenciado algún caso similar en tus rotaciones? ¿Se siguieron los designios del paciente? ¿La familia estuvo de acuerdo?
  • 36. 8. VOLUNTADES ANTICIPADAS  Consta en la historia clínica.  Registro Nacional de Instrucciones Previas adscrito al MSC  El paciente puede revocarlas o modificarlas en cualquier momento.  No tienen un periodo de validez máximo ni caducan. Artículo 11 de la Ley de Autonomía: Documento que recoge la voluntad del paciente para que se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en que no sea capaz de expresarlo personalmente, sobre los cuidados y el tto de su salud o una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos. REQUISITOS: • Mayor de edad. • Capaz y libre. • Expresarlo por anticipado. NO APLICABLE si va en contra de la Lex Artis o el ordenamiento jurídico.
  • 37. Son las 4 am y estás viendo a un paciente con un cólico renal de libro… Quieres darle de alta para poder irte a dormir un rato, pero no sabes qué tratamiento pautarle porque últimamente se ha convertido en refractario al tratamiento ambulatorio. En ese momento se te enciende la bombilla y te acuerdas de aquel representante que te invitó a la presentación de un fármaco con ágape y te regaló esa libreta tan chuli. Así que optas por prescribirle el último medicamento que ha salido al mercado que combina un AINE con un opioide menor. El paciente es pensionista y de momento el fármaco no está financiado… ¿Le prescribirías igualmente el medicamento? ¿Cómo sueles prescribir: por marca o principio activo? ¿Crees en prescribir cualquier cosa aunque su eficacia no esté demostrada para utilizarlo como placebo? ¿Qué opinas de recibir obsequios e incentivos de los comerciales farmacéuticos?
  • 38. 5. PRESCRIPCIÓN FARMACÉUTICA Ley 29/2006 del Medicamento  Independencia en la prescripción.  Prohibición de recibir incentivos a la prescripción de quien comercializa el fármaco.  Necesidad de un uso racional de medicamento.  Prescripción por principio activo.  Existencia de medicamentos sin receta médica (autocuidado). Real Decreto-ley 9/2011  Prescripción de medicamentos y de productos sanitarios por principio activo o denominación genérica, salvo necesidad terapéutica justificada.  Prescripción por denominación comercial o producto sanitario con dispensación del de menor precio.
  • 39. RECETA MÉDICA  Documento oficial.  Correctamente cumplimentado.  1 envase de cada producto.  La custodia del talonario corresponde al médico al que ha sido entregado.  Dispensada en 10 días.  Prescripción ≤3 meses de tratamiento.  RECETA ELECTRÓNICA: › Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS y la Ley 29/2006 del medicamento. › Reduce la carga administrativa de los profesionales. › Contribuye al uso racional del medicamento. 5. PRESCRIPCIÓN FARMACÉUTICA
  • 40. 04.00 horas de la mañana. Estás en una guardia de trauma y viene una patrulla preguntando si hemos atendido a alguien con heridas inciso-contusas ya que se ha producido una pelea en un bar y la persona que la ha iniciado ha huido antes de que llegaran. Según los testigos, también él había sido agredido y sangraba, por lo que creen que ha podido ser atendido en un servicio médico. ¿Revisamos los pacientes atendidos en boxes de trauma hasta el momento buscando algún informe que concuerde con lo que nos preguntan? ¿Preguntamos a los compañeros de guardia y hacemos un teléfono roto con lo que nos dicen-que les han dicho-que otro ha visto? ¿Qué información hay que proporcionar y cuál no?
  • 41. 9. Relación con los CUERPOS DE POLICÍA en Urgencias Sólo si es necesaria para:  Investigación en curso.  Prevención de un peligro para la salud pública.  Represión de infracciones penales. Valorar urgencia de la atención: rx fuga, molestia a personal o pacientes…  Si juicio rápido → Parte a policía para atestado.  Si son necesarios cuidados → Instrucciones al policía. 1) Policía solicita información sobre una persona atendida en Urgencias. 2) Policía trae un detenido que requiere atención médica. INFORME → Detenido PARTE → Juzgado CRITERIOS para informar: • Justificada • Concreta • Agente competente (policía judicial) • Solicitada a quien debe cumplirla Si el detenido se niega… ¡¡ NO SE EVALÚA !!