AFIRMACIÓN COMO INTELECCIÓN
El significado riguroso de lo afirmado no debe depender de simples
sentimientos o de una decisión voluntaria, como aceptación o admisión de
algo, como sostenía Descartes. La evidencia de lo aprehendido e inteligido
es la base de la afirmación, que como expresa Zubiri, no minimiza su
aspecto intelectivo. La identificación entre juzgar, por parte de Zubiri,
circunscribe lo propio o característico del juicio a una especie de
interpretación reflexiva interna, que como acto psíquico es quizás más
independiente de la realidad, como referencia de la intención intelectiva de
la afirmación. Pero, en realidad, para Zubiri el juicio es afirmación, algo
que manifiesta además, que no son suficientes la creencia y el sentimiento,
porque es indispensable la concreción y descripción objetiva de lo que es
afirmado. Ciertamente el juicio o la actividad judicativa puede entenderse
de modo coherente y plenamente justificable, como una afirmación
relacional. De este modo, se entiende que Zubiri diga que: si lo leído no
fuera más que una serie de imágenes, no habría juicio; pero lo leído es algo
más; es una afirmación de una relación.
Consecuentemente, el juicio es un acto intelectivo de índole afirmativa, ya
que establece que: el juicio es, pues, formalmente afirmación y
materialmente, afirmación de una unidad entre dos elementos. La
unificación entre sujeto y predicado, resalta el valor de la actitud racional
de creencia subjetiva en la verdad expresada por el juicio. Aunque es
racional la consideración de que el juicio, desde un análisis relativo a su
extensión unifica sujeto y predicado, existen otras formas judicativas
posibles. Zubiri reconoce que para la mayoría de los autores el juicio
unifica un sujeto y un predicado desde el punto de vista de su extensión. De
este modo, la afirmación es uno de los elementos cognoscitivos
fundamentales en todo proceso judicativo, como expresión de la actividad
intelectiva humana. La intencionalidad del sujeto cognitivo, o lo que es lo
mismo, su disposición positiva a creer racionalmente la verdad expresada
por el juicio, se inserta en un proceso de intelección de una indudable
complejidad epistemológica, si se analiza muy profundamente.
La función esencial de la creencia es destacada acertadamente por Zubiri,
ya que dice que todo juicio, por lo mismo que tiende a expresar una verdad,
tiende a ser creído por un sujeto. La aceptación de lo formulado por el
juicio, por parte del sujeto, se basa o fundamenta desde mi análisis en el
convencimiento o certeza de lo afirmado intelectivamente, algo que Zubiri
destaca cuando escribe que hay pues en el juicio el aspecto de ser
verdadero o falso y el aspecto de llegar a ser formulado y aceptado por un
sujeto. No cabe duda de que el juicio es un fenómeno de conciencia y, por
tanto, lo objetivo de las cosas reales, no posee las mismas características de
la reflexividad intelectiva.
La crítica de la afirmación entendida como predicación en Aristóteles es
realizada por Zubiri, con el explícito convencimiento de que es
inadmisible. Ya que es necesario partir de la base, de que no toda
afirmación es predicativa como piensa el Estagirita. Por con los juicios
posicionales, que se realizan en bloque o globalmente. Pienso que el
denominado requerimiento de composición de Aristóteles, que plantea que
sólo se puede hablar de verdad y falsedad con referencia a los enunciados
predicativos es insuficiente, porque las expresiones nominales puramente
descriptivas sin verbo, también pueden poseer un sentido relevante. Como
señala coherentemente Alejandro G. Vigo: el requerimiento de
composición constituye una condición necesaria pero no suficiente, para la
delimitación del ámbito de referencia de la verdad entendida como
adecuación.
La adecuación con la realidad puede ser entendida de distintas formas y,
por tanto, es perfectamente comprensible que en el periodo de Aristóteles,
la limitación del desarrollo científico y epistemológico determinase, una
conceptualización menos compleja de la misma, al menos, en algunos
aspectos. El logos entendido como juicio sentiente por Zubiri en su libro
Inteligencia y Logos no se identifica con la interpretación noética de la
intención del análisis descriptivo de la fenomenología de Husserl. La gran
novedad aportada por Zubiri, es la valoración especial de lo noérgico de la
intención, entendido como tensión o fuerza que conduce a lo que la cosa
real es en realidad. Ya que el noema y la noesis no son momentos
intelectivos primarios, porque es previo el devenir noérgico de los actos de
aprehensión desde la fenomenología realista zubiriana. La reafirmación del
realismo fenomenológico zubiriano se muestra en este enunciado: la
intencionalidad es entonces el érgon físico de la intelección en distancia.
Que la dinamicidad del juicio no haya sido contemplada por Kant y otros
filósofos, como lamenta Zubiri, no impidió afortunadamente, la
consideración de la dialéctica como movimiento del razonar, ya desde la
Antigüedad. Que la afirmación puede ser lo que impulsa el dinamismo de
la dialéctica o del razonamiento es algo interpretable desde mi reflexión.
Considero que lo afirmativo no forma parte de un sistema lógico puramente
dialéctico, en un sentido kantiano.
La negación del movimiento de unas afirmaciones respecto a otras, en el
sistema filosófico de Hegel, parte de la identidad entre ser y pensar que es
diferente a la distancia respecto a lo real de la intelección sentiente
propuesta por Zubiri. Desde otra perspectiva de análisis, es cierto que la
Fenomenología del Espíritu de Hegel nos narra el proceso de toma de
conciencia de la realidad. Esto supone un intento continuado de
superación, por parte del idealismo absoluto hegeliano de las
contradicciones de la realidad, algo que desde mi forma de pensar no es
posible, con la construcción de nuevas figuras de conciencia.
La afirmación se fundamenta en la capacidad de discernimiento sobre lo
que es la realidad fenomenológicamente en su aprehensión perceptiva. Que
existan muchos grados de exigencia evidencial de lo real, como plantea
Zubiri, establece la necesidad de un gran rigor en la determinación objetiva
de la evidencia, para que se aceptada de modo intersubjetivo como válida.
De este modo, se observa un cambio sustancial también en el
entendimiento de lo que es juzgar, que en contraposición a lo sostenido o
afirmado por el idealismo y racionalismo, no es únicamente aplicación de
un concepto a otro, sino que está en función básicamente de lo que son
realmente las cosas. Zubiri se muestra más radical en este aspecto, e insiste
de modo claro y absoluto, en lo determinante de la simple aprehensión para
el conocimiento de lo juzgado. Por tanto, la limitación de las postulaciones
o especulaciones constructivas en la elaboración de los juicios, por parte
de la inteligencia, que para Zubiri es total, desde mi planeamiento es
abierta y flexible. En cualquier caso, considero que se puede inferir
racionalmente, que el mundo real es previo a la multiplicidad de lo
afirmable.

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Afirmación como intelección

  • 1. AFIRMACIÓN COMO INTELECCIÓN El significado riguroso de lo afirmado no debe depender de simples sentimientos o de una decisión voluntaria, como aceptación o admisión de algo, como sostenía Descartes. La evidencia de lo aprehendido e inteligido es la base de la afirmación, que como expresa Zubiri, no minimiza su aspecto intelectivo. La identificación entre juzgar, por parte de Zubiri, circunscribe lo propio o característico del juicio a una especie de interpretación reflexiva interna, que como acto psíquico es quizás más independiente de la realidad, como referencia de la intención intelectiva de la afirmación. Pero, en realidad, para Zubiri el juicio es afirmación, algo que manifiesta además, que no son suficientes la creencia y el sentimiento, porque es indispensable la concreción y descripción objetiva de lo que es afirmado. Ciertamente el juicio o la actividad judicativa puede entenderse de modo coherente y plenamente justificable, como una afirmación relacional. De este modo, se entiende que Zubiri diga que: si lo leído no fuera más que una serie de imágenes, no habría juicio; pero lo leído es algo más; es una afirmación de una relación. Consecuentemente, el juicio es un acto intelectivo de índole afirmativa, ya que establece que: el juicio es, pues, formalmente afirmación y materialmente, afirmación de una unidad entre dos elementos. La unificación entre sujeto y predicado, resalta el valor de la actitud racional de creencia subjetiva en la verdad expresada por el juicio. Aunque es racional la consideración de que el juicio, desde un análisis relativo a su extensión unifica sujeto y predicado, existen otras formas judicativas posibles. Zubiri reconoce que para la mayoría de los autores el juicio unifica un sujeto y un predicado desde el punto de vista de su extensión. De este modo, la afirmación es uno de los elementos cognoscitivos fundamentales en todo proceso judicativo, como expresión de la actividad intelectiva humana. La intencionalidad del sujeto cognitivo, o lo que es lo mismo, su disposición positiva a creer racionalmente la verdad expresada por el juicio, se inserta en un proceso de intelección de una indudable complejidad epistemológica, si se analiza muy profundamente. La función esencial de la creencia es destacada acertadamente por Zubiri, ya que dice que todo juicio, por lo mismo que tiende a expresar una verdad, tiende a ser creído por un sujeto. La aceptación de lo formulado por el juicio, por parte del sujeto, se basa o fundamenta desde mi análisis en el convencimiento o certeza de lo afirmado intelectivamente, algo que Zubiri destaca cuando escribe que hay pues en el juicio el aspecto de ser verdadero o falso y el aspecto de llegar a ser formulado y aceptado por un sujeto. No cabe duda de que el juicio es un fenómeno de conciencia y, por tanto, lo objetivo de las cosas reales, no posee las mismas características de la reflexividad intelectiva.
  • 2. La crítica de la afirmación entendida como predicación en Aristóteles es realizada por Zubiri, con el explícito convencimiento de que es inadmisible. Ya que es necesario partir de la base, de que no toda afirmación es predicativa como piensa el Estagirita. Por con los juicios posicionales, que se realizan en bloque o globalmente. Pienso que el denominado requerimiento de composición de Aristóteles, que plantea que sólo se puede hablar de verdad y falsedad con referencia a los enunciados predicativos es insuficiente, porque las expresiones nominales puramente descriptivas sin verbo, también pueden poseer un sentido relevante. Como señala coherentemente Alejandro G. Vigo: el requerimiento de composición constituye una condición necesaria pero no suficiente, para la delimitación del ámbito de referencia de la verdad entendida como adecuación. La adecuación con la realidad puede ser entendida de distintas formas y, por tanto, es perfectamente comprensible que en el periodo de Aristóteles, la limitación del desarrollo científico y epistemológico determinase, una conceptualización menos compleja de la misma, al menos, en algunos aspectos. El logos entendido como juicio sentiente por Zubiri en su libro Inteligencia y Logos no se identifica con la interpretación noética de la intención del análisis descriptivo de la fenomenología de Husserl. La gran novedad aportada por Zubiri, es la valoración especial de lo noérgico de la intención, entendido como tensión o fuerza que conduce a lo que la cosa real es en realidad. Ya que el noema y la noesis no son momentos intelectivos primarios, porque es previo el devenir noérgico de los actos de aprehensión desde la fenomenología realista zubiriana. La reafirmación del realismo fenomenológico zubiriano se muestra en este enunciado: la intencionalidad es entonces el érgon físico de la intelección en distancia. Que la dinamicidad del juicio no haya sido contemplada por Kant y otros filósofos, como lamenta Zubiri, no impidió afortunadamente, la consideración de la dialéctica como movimiento del razonar, ya desde la Antigüedad. Que la afirmación puede ser lo que impulsa el dinamismo de la dialéctica o del razonamiento es algo interpretable desde mi reflexión. Considero que lo afirmativo no forma parte de un sistema lógico puramente dialéctico, en un sentido kantiano. La negación del movimiento de unas afirmaciones respecto a otras, en el sistema filosófico de Hegel, parte de la identidad entre ser y pensar que es diferente a la distancia respecto a lo real de la intelección sentiente propuesta por Zubiri. Desde otra perspectiva de análisis, es cierto que la Fenomenología del Espíritu de Hegel nos narra el proceso de toma de conciencia de la realidad. Esto supone un intento continuado de superación, por parte del idealismo absoluto hegeliano de las contradicciones de la realidad, algo que desde mi forma de pensar no es posible, con la construcción de nuevas figuras de conciencia.
  • 3. La afirmación se fundamenta en la capacidad de discernimiento sobre lo que es la realidad fenomenológicamente en su aprehensión perceptiva. Que existan muchos grados de exigencia evidencial de lo real, como plantea Zubiri, establece la necesidad de un gran rigor en la determinación objetiva de la evidencia, para que se aceptada de modo intersubjetivo como válida. De este modo, se observa un cambio sustancial también en el entendimiento de lo que es juzgar, que en contraposición a lo sostenido o afirmado por el idealismo y racionalismo, no es únicamente aplicación de un concepto a otro, sino que está en función básicamente de lo que son realmente las cosas. Zubiri se muestra más radical en este aspecto, e insiste de modo claro y absoluto, en lo determinante de la simple aprehensión para el conocimiento de lo juzgado. Por tanto, la limitación de las postulaciones o especulaciones constructivas en la elaboración de los juicios, por parte de la inteligencia, que para Zubiri es total, desde mi planeamiento es abierta y flexible. En cualquier caso, considero que se puede inferir racionalmente, que el mundo real es previo a la multiplicidad de lo afirmable.