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QUE ES COPASST. Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas de
salud ocupacional dentro de la empresa. El comité paritario de seguridad y salud en
el trabajo y constituye un medio para promocionar la salud ocupacional dentro de
la organización.
COMO ESTA REGLAMENTADO:
Mediante la La resolución 2013/ 86 se deroga la 1405/79 y reglamenta
nuevamente la organización y funcionamiento de los Comité paritario de
Medicina, higiene y seguridad Industrial. Todas las empresas e instituciones
públicas o privadas que tengan a su servicio más de 10 empleados están
obligadas a conformar un comité paritario de salud ocupacional. Para las
empresas que tienen menos de 10 trabajadores se debe nombrar un vigía
ocupacional.
En esta resolución se reglamenta la organización del funcionamiento de los
comités paritarios de SST, el número de personas que lo deben conformar, las
funciones del comité paritario de SST y las obligaciones del empleador y el
trabajador.
FUNCIONES:
 Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento del Programa de
Salud Ocupacional.
 Participar de las actividades de promoción, divulgación e información sobre
Salud Ocupacional entre patronos y trabajadores para obtener su
participación activa en el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional.
 Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes,
máquinas, aparatos y operaciones e informar al empleador sobre la
existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas de prevención y
control.
 Proponer actividades de Salud Ocupacional dirigidas a todos los niveles de
la empresa.
 Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y
enfermedades de origen profesional y proponer al empleador las medidas
correctivas necesarias.
 Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores
en la solución de problemas relativos a la Salud Ocupacional y estudiar las
sugerencias que presentan los trabajadores en materia de medicina, higiene
y seguridad industrial.
 Vigilar las acciones de salud ocupacional
 Servir puente comunicación entre trabajador y empleador
 Elegir secretario del comité
 Proponer medidas preventivas y de control de los factores de riesgo
 Participar en la investigación de accidentes
 Realizar inspecciones
 Informar actividades.
 Proponer actividades de capacitación
COMO ESTA CONFORMADO:
Debe estar integrado por igual número de representantes trabajadores y empleadores, cada
uno lo elegirá mediante votación libre. El vigía ocupacional es elegido por el empleador no
requiere proceso de votación.
FUNCIONES DEL EMPLEADOR:
1. Propiciar elección de los trabajadores.
2. Proporcionar medios para el desempeño del comité.
3. Designar representantes
4. Y elegir presidente.
5. Estudiar recomendaciones
SANCIONES DEL EMPLEADOR:
 Amonestaciones: mediante oficios que indiquen la sanción
 Multas
 Decomiso de productos
 Cancelación de licencia o registro
 Cierre temporal del establecimiento
 Cierre definitivo del sitio

FUNCIONES DEL EMPLEADO:
1. Cumplir normas y reglamentos
2. Elegir sus representantes
3. Informar al comité situaciones de riesgo y sugerencias para su mejoramiento
Sanciones del empleado:
El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones reglamentos y
determinaciones de prevención de riesgos adoptadas de forma general o específica y se
encuentran dentro de los programas de salud ocupacional de la respectiva empresa que le
hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación del vinculo o
relación laboral por justa causa.
El programa de Salud Ocupacional estará constituido por los siguientes subprogramas:
Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo
Actividades generales
Capacitación en prevención de enfermedades y accidentes generales y profesionales
Evaluaciones medicas ocupacionales
Diagnóstico de Salud
Sistema de Vigilancia Epidemiológica Ocupacional
Coordinación con entidades de salud
Dar asesoría en toxicología industrial sobre los agentes de riesgo
Reubicación y/o rotación de trabajadores de acuerdo a las condiciones de salud.
Realización de actividades recreativas, concursos, rifas, semanas de la seguridad (A cargo
de Comité de Bienestar Social)
Seguimiento y rehabilitación del personal que lo amerite
Implementación de la Brigada de Primeros Auxilios
Actividades específicas
1. OBJETIVO
Evaluar estado de salud de los trabajadores que están laborando con la empresa
actualmente y detectar la existencia de enfermedades profesionales que hayan sido
adquiridas durante el periodo laborado.
2. RESPONSABLE
Será el médico especialista en Salud Ocupacional que se encuentra en la Unidad de Salud,
el cual deberá tener licencia para la prestación de estos servicios
3. DIRIGIDO A
Todas los trabajadores de la empresa que hayan cumplido un año de laborar con la misma.
4. METODOLOGIA O PROCEDIMIENTO
El examen debe suministrar la siguiente información:
Estado actual de salud, riesgos a los que se encuentra expuesto el trabajador, si el
trabajador puede continuar laborando en el mismo cargo, en caso de existir alguna
patología debe ser reubicado y/o vinculado a un programa de vigilancia. Epidemiológica.
Los exámenes deberán ser: Evaluación del estado de salud general
Visiometría
Cito químico de orina
Tipo de sangre y su RH
Subprograma de Higiene Industrial
Actividades Generales
Reconocer, evaluar y controlar los agentes contaminantes que se generen en los
puestos de trabajo y que puedan producir Enfermedad Profesional en los
trabajadores.
El reconocimiento de los diferentes agentes contaminantes se realiza a través de
inspecciones y evaluaciones ambientales.
Evaluación y monitoreo ambiental al nivel de los diferentes riesgos que se hayan
detectado en el Panorama de Riesgos y que se presentan en el sitio de trabajo,
quedando registrado esta actividad en el CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES para
su ejecución.
Implementación de medidas de control
Actividades Específicas
Realizar mediciones ambientales de iluminación y determinar el grado de riesgo del
personal expuesto.
MEDICIONES DE ILUMINACION
1. OBJETIVO
Identificar y evaluar las condiciones de iluminación de las áreas de trabajo y
determinar su grado de riesgo
2. RESPONSABLE
Coordinador de Salud Ocupacional
3. DIRIGIDO A
Personal administrativo y operativo
4. METODOLOGIA O PROCEDIMIENTO
El informe de la mediciónde iluminación debe contener como mínimo los siguientes
puntos:
Objetivos
Marco Teórico
Metodología medición
Resultados obtenidos
Interpretación y análisis de los resultados
Recomendaciones
Subprograma de Seguridad Industrial
Actividades Generales
Inspecciones de los puestos y áreas de trabajo en conjunto con el Subprograma de
Medicina y de Higiene Industrial.
Mantener control de los elementos de protección personal suministrados a los
trabajadores previa verificación de su funcionamiento y adaptabilidad para lo
requerido.
Elaborar protocolos de mantenimiento Preventivo y Correctivo de herramientas,
equipos y maquinaria, lo mismo que el plan de sustitución de los mismos.
Manual de inducción a nuevos trabajadores e inducción empresarial a los mismos
Implementar programas de orden y aseo
Demarcación y señalización de áreas y puestos de trabajo
Elaboración y divulgación del Plan de emergencia y realización de simulacros en
conjunto con el Subprograma de medicina del trabajo e higiene industrial.
Análisis de Incidentes y Accidentes de Trabajo (Ver ítem 11. Seguimiento y Control)
Conformación de los grupos de apoyo - Brigadas de Emergencias, Grupo de apoyo
de prevención, control y extinción de incendios.
Actividades Específicas
·Creación de una la Brigada de Emergencia, para la atención de eventos como
accidentes o incidentes y emergencias
BRIGADAS DE EMERGENCIA
1. OBJETIVO
Conformar y capacitar un grupo de personas con habilidades específicas para que
actúen de forma correcta ante una contingencia.
2. RESPONSABLE
Coordinador de Salud Ocupacional
3. DIRIGIDO A
Grupo de Brigadistas
4. METODOLOGIA Identificación de áreas críticas, de material altamente
combustible, sustancias peligrosas, Instalaciones locativas de la empresa
(construcción y distribución).
Comité Paritario de Salud Ocupacional
Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de Salud
Ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por
derecho propio los informes correspondientes.
Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover su divulgación y observancia.
Colaborar con el análisis de las causas de los Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales y proponer a las directivas las medidas correctivas que
haya lugar para evitar la ocurrencia. Evaluar los Programas que se hayan realizado.
Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes y las
operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de
la empresa e informar al empleador sobre la existencia de Factores de Riesgo y
sugerir las medidas correctivas y de control.
Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de
Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
Servir de organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la
solución de los problemas relativos a la Salud Ocupacional.
Solicitar periódicamente a la coordinación de Desarrollo informes sobre
accidentalidad y Enfermedades Profesionales.
Mantener un archivo de actas de cada reunión y demás actividades que se
desarrollen.
Formatos para el Comité Paritario de Salud Ocupacional: (ver Anexo adjunto)
A. Modelo Acta de apertura de elecciones al Comité Paritario
B. Modelo Acta Constitución del Comité
C. Carta de presentación ante el Ministerio de Trabajo
D. Formato presentación de Actas de reunión
E. Formato de inscripción Comité Paritario o Vigía Ocupacional ante Ministerio de
Trabajo.

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Copasst luis

  • 1. QUE ES COPASST. Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas de salud ocupacional dentro de la empresa. El comité paritario de seguridad y salud en el trabajo y constituye un medio para promocionar la salud ocupacional dentro de la organización. COMO ESTA REGLAMENTADO: Mediante la La resolución 2013/ 86 se deroga la 1405/79 y reglamenta nuevamente la organización y funcionamiento de los Comité paritario de Medicina, higiene y seguridad Industrial. Todas las empresas e instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio más de 10 empleados están obligadas a conformar un comité paritario de salud ocupacional. Para las empresas que tienen menos de 10 trabajadores se debe nombrar un vigía ocupacional. En esta resolución se reglamenta la organización del funcionamiento de los comités paritarios de SST, el número de personas que lo deben conformar, las funciones del comité paritario de SST y las obligaciones del empleador y el trabajador. FUNCIONES:  Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional.  Participar de las actividades de promoción, divulgación e información sobre Salud Ocupacional entre patronos y trabajadores para obtener su participación activa en el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional.  Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, aparatos y operaciones e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas de prevención y control.  Proponer actividades de Salud Ocupacional dirigidas a todos los niveles de la empresa.  Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades de origen profesional y proponer al empleador las medidas correctivas necesarias.  Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de problemas relativos a la Salud Ocupacional y estudiar las sugerencias que presentan los trabajadores en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.  Vigilar las acciones de salud ocupacional  Servir puente comunicación entre trabajador y empleador  Elegir secretario del comité  Proponer medidas preventivas y de control de los factores de riesgo  Participar en la investigación de accidentes  Realizar inspecciones  Informar actividades.
  • 2.  Proponer actividades de capacitación COMO ESTA CONFORMADO: Debe estar integrado por igual número de representantes trabajadores y empleadores, cada uno lo elegirá mediante votación libre. El vigía ocupacional es elegido por el empleador no requiere proceso de votación. FUNCIONES DEL EMPLEADOR: 1. Propiciar elección de los trabajadores. 2. Proporcionar medios para el desempeño del comité. 3. Designar representantes 4. Y elegir presidente. 5. Estudiar recomendaciones SANCIONES DEL EMPLEADOR:  Amonestaciones: mediante oficios que indiquen la sanción  Multas  Decomiso de productos  Cancelación de licencia o registro  Cierre temporal del establecimiento  Cierre definitivo del sitio  FUNCIONES DEL EMPLEADO: 1. Cumplir normas y reglamentos 2. Elegir sus representantes 3. Informar al comité situaciones de riesgo y sugerencias para su mejoramiento Sanciones del empleado: El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos adoptadas de forma general o específica y se encuentran dentro de los programas de salud ocupacional de la respectiva empresa que le hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación del vinculo o relación laboral por justa causa. El programa de Salud Ocupacional estará constituido por los siguientes subprogramas: Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo Actividades generales Capacitación en prevención de enfermedades y accidentes generales y profesionales Evaluaciones medicas ocupacionales Diagnóstico de Salud
  • 3. Sistema de Vigilancia Epidemiológica Ocupacional Coordinación con entidades de salud Dar asesoría en toxicología industrial sobre los agentes de riesgo Reubicación y/o rotación de trabajadores de acuerdo a las condiciones de salud. Realización de actividades recreativas, concursos, rifas, semanas de la seguridad (A cargo de Comité de Bienestar Social) Seguimiento y rehabilitación del personal que lo amerite Implementación de la Brigada de Primeros Auxilios Actividades específicas 1. OBJETIVO Evaluar estado de salud de los trabajadores que están laborando con la empresa actualmente y detectar la existencia de enfermedades profesionales que hayan sido adquiridas durante el periodo laborado. 2. RESPONSABLE Será el médico especialista en Salud Ocupacional que se encuentra en la Unidad de Salud, el cual deberá tener licencia para la prestación de estos servicios 3. DIRIGIDO A Todas los trabajadores de la empresa que hayan cumplido un año de laborar con la misma. 4. METODOLOGIA O PROCEDIMIENTO El examen debe suministrar la siguiente información: Estado actual de salud, riesgos a los que se encuentra expuesto el trabajador, si el trabajador puede continuar laborando en el mismo cargo, en caso de existir alguna patología debe ser reubicado y/o vinculado a un programa de vigilancia. Epidemiológica. Los exámenes deberán ser: Evaluación del estado de salud general Visiometría Cito químico de orina Tipo de sangre y su RH Subprograma de Higiene Industrial Actividades Generales
  • 4. Reconocer, evaluar y controlar los agentes contaminantes que se generen en los puestos de trabajo y que puedan producir Enfermedad Profesional en los trabajadores. El reconocimiento de los diferentes agentes contaminantes se realiza a través de inspecciones y evaluaciones ambientales. Evaluación y monitoreo ambiental al nivel de los diferentes riesgos que se hayan detectado en el Panorama de Riesgos y que se presentan en el sitio de trabajo, quedando registrado esta actividad en el CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES para su ejecución. Implementación de medidas de control Actividades Específicas Realizar mediciones ambientales de iluminación y determinar el grado de riesgo del personal expuesto. MEDICIONES DE ILUMINACION 1. OBJETIVO Identificar y evaluar las condiciones de iluminación de las áreas de trabajo y determinar su grado de riesgo 2. RESPONSABLE Coordinador de Salud Ocupacional 3. DIRIGIDO A Personal administrativo y operativo 4. METODOLOGIA O PROCEDIMIENTO El informe de la mediciónde iluminación debe contener como mínimo los siguientes puntos: Objetivos Marco Teórico Metodología medición Resultados obtenidos Interpretación y análisis de los resultados Recomendaciones
  • 5. Subprograma de Seguridad Industrial Actividades Generales Inspecciones de los puestos y áreas de trabajo en conjunto con el Subprograma de Medicina y de Higiene Industrial. Mantener control de los elementos de protección personal suministrados a los trabajadores previa verificación de su funcionamiento y adaptabilidad para lo requerido. Elaborar protocolos de mantenimiento Preventivo y Correctivo de herramientas, equipos y maquinaria, lo mismo que el plan de sustitución de los mismos. Manual de inducción a nuevos trabajadores e inducción empresarial a los mismos Implementar programas de orden y aseo Demarcación y señalización de áreas y puestos de trabajo Elaboración y divulgación del Plan de emergencia y realización de simulacros en conjunto con el Subprograma de medicina del trabajo e higiene industrial. Análisis de Incidentes y Accidentes de Trabajo (Ver ítem 11. Seguimiento y Control) Conformación de los grupos de apoyo - Brigadas de Emergencias, Grupo de apoyo de prevención, control y extinción de incendios. Actividades Específicas ·Creación de una la Brigada de Emergencia, para la atención de eventos como accidentes o incidentes y emergencias BRIGADAS DE EMERGENCIA 1. OBJETIVO Conformar y capacitar un grupo de personas con habilidades específicas para que actúen de forma correcta ante una contingencia. 2. RESPONSABLE Coordinador de Salud Ocupacional 3. DIRIGIDO A Grupo de Brigadistas
  • 6. 4. METODOLOGIA Identificación de áreas críticas, de material altamente combustible, sustancias peligrosas, Instalaciones locativas de la empresa (construcción y distribución). Comité Paritario de Salud Ocupacional Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de Salud Ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes. Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover su divulgación y observancia. Colaborar con el análisis de las causas de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y proponer a las directivas las medidas correctivas que haya lugar para evitar la ocurrencia. Evaluar los Programas que se hayan realizado. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de Factores de Riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control. Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial. Servir de organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la Salud Ocupacional. Solicitar periódicamente a la coordinación de Desarrollo informes sobre accidentalidad y Enfermedades Profesionales. Mantener un archivo de actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen. Formatos para el Comité Paritario de Salud Ocupacional: (ver Anexo adjunto) A. Modelo Acta de apertura de elecciones al Comité Paritario B. Modelo Acta Constitución del Comité C. Carta de presentación ante el Ministerio de Trabajo D. Formato presentación de Actas de reunión E. Formato de inscripción Comité Paritario o Vigía Ocupacional ante Ministerio de Trabajo.