El documento describe el marco normativo de los créditos educativos en Colombia según los decretos 808 de 2002 y 2566 de 2003. Estos decretos establecen que las instituciones expresarán el trabajo académico del estudiante en créditos y que éstos deben ser uno de los parámetros considerados en la transferencia estudiantil y homologación de títulos. También explican que un crédito equivale a 48 horas de trabajo académico del estudiante.