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CREATIVE COMMONS
CARLOS CAMACHO QUINTERO
“Tenemos que ser responsables con las
publicaciones en la web.”
“No todo lo que está en internet lo podemos usar.”
LICENCIAS CREATIVE COMMONS
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LICENCIAS CREATIVE COMMONS
LICENCIAS CREATIVE COMMONS
CASO UNO
Cuando se toma un recurso de
internet publicado por otros
autores, se puede citar a los
autores y decir que lo hemos
modificado, pero se debe tener
en cuenta que licencia tiene.
CASO DOS
Cuando se toma un texto de INTERNET se debe
poner entre comillas, y citar la fuente autor o
dirección web.
“Todas las fuentes de energía producen algún grado de
impacto ambiental. La energía geotérmica puede ser muy
nociva si se arrastran metales pesados y gases de efecto
invernadero a la superficie; la eólica produce impacto
visual en el paisaje, ruido de baja frecuencia, puede ser
una trampa para aves. La hidráulica menos agresiva es la
minihidráulica ya que las grandes presas provocan
pérdida de biodiversidad, generan metano por la materia
vegetal no retirada, provocan pandemias como fiebre
amarilla, dengue, equistosomiasis en particular en climas
templados y climas cálidos, inundan zonas con patrimonio
cultural o paisajístico, generan el movimiento de
poblaciones completas, entre otros Asuán, Itaipú,
Yacyretá y aumentan lasalinidad de los cauces fluviales.
de monocultivos.”
Fuente:
http://es.wikipedia.org/wiki/Energ%C3%ADa_renovable#N
o_renovables
CASO TRES
Para publicar una imagen o foto se debe pedir permiso,
cuando son menores el permiso es de los padres, cuando
estás en un sitio público o evento público puede publicarla
(foto general) con excepción de los lugares o sitios privados
(casa), cuando es tuya puedes pedir que la quiten (primer
plano). Los derechos de autor son de quién toma la foto.
Cuando es una figura publica es diferente “por lo noticioso”.
Siempre pensar en la integridad de las personas.
Si la foto es de internet revisar la licencia y citar autor.
Web 2.0 en la educación. (2013). En http://www.frayplacido.edu.co/ . CC By-SA
CASO CUATRO
Cuando se crea una imagen compuesta por varias
fotografías que se descarga de internet. Se debe
escribir: Este trabajo es derivado de y citar el
autor, dirección de internet, nombre de las fotos, y
también la licencia.
Esta imagen “la roca” es derivada de “popayan bridge” de Luis
Wolff, licenciada bajo licencia CC BY – SA. “la roca” es de Pilar
Rocio – licencia CC BY – SA. 2014
LICENCIA ESTANDAR DE YOUTUBE
Para videos de youtube se debe citar la
fuente autor y dirección solo para el caso de
embeber. La licencia estándar significa que
se puede usar o ver el video, pero no
descargarlo ni modificarlo.
Al embeber un video basta simplemente con
citar el nombre del autor y su link.
Cuando se descarga un video de internet se
debe tener en cuenta la LICENCIA, es decir
que permisos tenemos para usarlo o
modificarlo. Si se puede descargar un video
de youtube para hacer una clase, una
conferencia o un taller.
Todos los derechos reservados.
Copyright
Solo se puede utilizar en los caso
contemplados al derecho de autor, por
ejemplo para llevarlos al aula o a una
exposición, pero no publicarlos.
Si en el sitio solo muestra el texto
COPYRIGHT significa que todos los
derechos son reservados, así no tenga este
texto.
El autor puede escribir qué permite hacer
con su obra, como se muestra en el
siguiente ejemplo.
Copyright es derechos de
Autor.
-En Colombia art. 32 ilustración de
la enseñanza.
Art. 9 Derecho de reproducción.
Antes de publicar en Facebook usar flickr
Creativecommons.org
Soundcloud.com
Webchat.freenode.net
Limesurvey
gimp
www.derechosdeautor.gov.co
Tramites y servicios, para registrar sus obras.
Dentro de propiedad intelectual están los
Derechos de autor abarca marcas y
patentes.
Derechos morales y patrimoniales.
El derecho de autor tiene una función social,
el art.27 de la carta de declaración universal
de derechos humanos, en Colombia aplica
durante la vida del autor mas 80 años.
-Excepciones al derecho de autor en el
convenio de berna.
-ley 23 de 1982.
-Acuerdo de cartagena decisión 351 de
1995,
-Art. 10 ilustración de la enseñanza. –
convenio de berna.
DIRECCIÓN NACIONAL DE
DERECHOS DE AUTOR

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Creative commons carlos camacho

  • 1. CREATIVE COMMONS CARLOS CAMACHO QUINTERO “Tenemos que ser responsables con las publicaciones en la web.” “No todo lo que está en internet lo podemos usar.”
  • 6. CASO UNO Cuando se toma un recurso de internet publicado por otros autores, se puede citar a los autores y decir que lo hemos modificado, pero se debe tener en cuenta que licencia tiene.
  • 7. CASO DOS Cuando se toma un texto de INTERNET se debe poner entre comillas, y citar la fuente autor o dirección web. “Todas las fuentes de energía producen algún grado de impacto ambiental. La energía geotérmica puede ser muy nociva si se arrastran metales pesados y gases de efecto invernadero a la superficie; la eólica produce impacto visual en el paisaje, ruido de baja frecuencia, puede ser una trampa para aves. La hidráulica menos agresiva es la minihidráulica ya que las grandes presas provocan pérdida de biodiversidad, generan metano por la materia vegetal no retirada, provocan pandemias como fiebre amarilla, dengue, equistosomiasis en particular en climas templados y climas cálidos, inundan zonas con patrimonio cultural o paisajístico, generan el movimiento de poblaciones completas, entre otros Asuán, Itaipú, Yacyretá y aumentan lasalinidad de los cauces fluviales. de monocultivos.” Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Energ%C3%ADa_renovable#N o_renovables
  • 8. CASO TRES Para publicar una imagen o foto se debe pedir permiso, cuando son menores el permiso es de los padres, cuando estás en un sitio público o evento público puede publicarla (foto general) con excepción de los lugares o sitios privados (casa), cuando es tuya puedes pedir que la quiten (primer plano). Los derechos de autor son de quién toma la foto. Cuando es una figura publica es diferente “por lo noticioso”. Siempre pensar en la integridad de las personas. Si la foto es de internet revisar la licencia y citar autor. Web 2.0 en la educación. (2013). En http://www.frayplacido.edu.co/ . CC By-SA
  • 9. CASO CUATRO Cuando se crea una imagen compuesta por varias fotografías que se descarga de internet. Se debe escribir: Este trabajo es derivado de y citar el autor, dirección de internet, nombre de las fotos, y también la licencia. Esta imagen “la roca” es derivada de “popayan bridge” de Luis Wolff, licenciada bajo licencia CC BY – SA. “la roca” es de Pilar Rocio – licencia CC BY – SA. 2014
  • 10. LICENCIA ESTANDAR DE YOUTUBE Para videos de youtube se debe citar la fuente autor y dirección solo para el caso de embeber. La licencia estándar significa que se puede usar o ver el video, pero no descargarlo ni modificarlo. Al embeber un video basta simplemente con citar el nombre del autor y su link. Cuando se descarga un video de internet se debe tener en cuenta la LICENCIA, es decir que permisos tenemos para usarlo o modificarlo. Si se puede descargar un video de youtube para hacer una clase, una conferencia o un taller.
  • 11. Todos los derechos reservados. Copyright Solo se puede utilizar en los caso contemplados al derecho de autor, por ejemplo para llevarlos al aula o a una exposición, pero no publicarlos. Si en el sitio solo muestra el texto COPYRIGHT significa que todos los derechos son reservados, así no tenga este texto. El autor puede escribir qué permite hacer con su obra, como se muestra en el siguiente ejemplo. Copyright es derechos de Autor.
  • 12. -En Colombia art. 32 ilustración de la enseñanza. Art. 9 Derecho de reproducción. Antes de publicar en Facebook usar flickr Creativecommons.org Soundcloud.com Webchat.freenode.net Limesurvey gimp www.derechosdeautor.gov.co Tramites y servicios, para registrar sus obras. Dentro de propiedad intelectual están los Derechos de autor abarca marcas y patentes. Derechos morales y patrimoniales. El derecho de autor tiene una función social, el art.27 de la carta de declaración universal de derechos humanos, en Colombia aplica durante la vida del autor mas 80 años. -Excepciones al derecho de autor en el convenio de berna. -ley 23 de 1982. -Acuerdo de cartagena decisión 351 de 1995, -Art. 10 ilustración de la enseñanza. – convenio de berna. DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR