www.efectivo.ec
Teléfono Fijo :1700-153-153
Celular: 153
ALTA
ALTA
Tarifas
usuarios
Interoperabilidad (libre acceso)BAJA
TIPOS DE SISTEMAS DE DINERO ELECTRÓNICO
Sección 2 Del Banco Central del Ecuador
Artículo 36.- Funciones. El Banco Central del Ecuador tiene
las siguientes funciones:
20. Proveer de forma exclusiva moneda metálica nacional,
así como moneda electrónica, en el marco de la política
dictada por la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera;
CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
Efectivo desde mi celular es un medio de pago electrónico, en
dólares de los Estados Unidos de América, utilizado
principalmente desde teléfonos móviles, con bajos costos y
más seguro para la ciudadanía.
Título I SISTEMA MONETARIO
CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero
Artículo 94.- De la moneda en la República del Ecuador. Todas las
transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus
registros contables, realizados en la República del Ecuador, se
expresarán en dólares de los Estados Unidos de América, de
conformidad con este Código.
CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
“… El Banco Central del Ecuador es la única entidad autorizada para
proveer y gestionar moneda metálica nacional o electrónica en la
República del Ecuador, equivalente y convertible a dólares de los
Estados Unidos de América, de acuerdo con las disposiciones de este
Código y con la regulación y autorización de la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera. La moneda determinada en este
artículo es medio de pago”
Título I SISTEMA MONETARIO
CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero
CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
“...En ningún caso el Estado podrá obligar a una persona natural
o jurídica de derecho privado a recibir moneda distinta del dólar
de los Estados Unidos de América.”
Título I SISTEMA MONETARIO
CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero
CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
Título I SISTEMA MONETARIO
CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero
Artículo 98.- Prohibiciones. Se prohíbe de forma general:
1. La emisión, reproducción, imitación, falsificación o
simulación total o parcial de moneda y dinero, así como su
circulación por cualquier medio, soporte o forma de
representación;
CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
MOTIVACIÓN DE UN SISTEMA
ADMINISTRADO POR UN BANCO CENTRAL
Permitir una eficiente gestión de pagos, que
incluya a la mayor parte de la población de
manera: fácil, sencilla , intuitiva; que sea de
uso cotidiano, con costes accesibles para
todos y sin problemas de interoperabilidad.
MOTIVACIÓN DE UN SISTEMA
ADMINISTRADO POR UN BANCO CENTRAL
Poner a disposición del país, una plataforma
de pagos de fácil acceso, que permita
impulsar la innovación de aplicaciones para
todos los sectores de la economía y dinamizar
el comercio electrónico, el comercio móvil, la
banca móvil, los servicio públicos, etc.
Funcionamiento
No requiere internet, smarthphone ni consume saldo
Funciona las 24 horas, los 7 días de la semana
Funciona con todas las operadoras móviles
Protección con claves personalizadas
Existen cerca de 14’000.000 de líneas celulares activas
Cobertura del 90% en zonas rurales y 96% en zonas urbanas
Transacciones hasta $ 9.000 para personas naturales
Podrás retirar tu dinero en cualquier momento, a través de
nuestros centros de transacción y cajeros automáticos
autorizados
Pueden participar empresas de todos los sectores económicos
EMPRESAS
BANCOS
COOPERATIVAS
(fondean a sus
centros de
transacción y cargan
o descargan sus
cuentas con el BCE)
CENTROS DE
TRANSACCION MACROAGENTES
carga
descarga
cobros
CUENTAS
CORRIENTES DE
IFIS
Esquema Operacional
ADMINISTRADORDEL SISTEMA
ESQUEMA OPERATIVO
PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA
Artículo 101.- Moneda electrónica. La moneda electrónica
será puesta en circulación privativamente por el Banco
Central del Ecuador, respaldada con sus activos líquidos,
sobre la base de las políticas y regulaciones que expida la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
PRIMERA.- La entrega de Dinero Electrónico que efectúe el BCE a personas
naturales o jurídicas se realizará, de manera directa a través de agentes
autorizados, únicamente contra canje de:
1. Dólares de los Estados Unidos de América
2. Moneda fraccionara metálica; o,
3. Depósitos en dólares de los estados Unidos de América debidamente
acreditados a favor del BCE.
Se prohíbe que el BCE entregue Dinero Electrónico contra canje de cualquier
tipo de títulos valores emitidos por entidades públicas o privadas.
Resolución No. 109-2015-M
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA GESTIÓN DEL SDE
SEGUNDA.- EL Dinero Electrónico en circulación se registrara
como un pasivo en una cuenta en un balance del BCE y deberá
estar respaldado al 100% en dólares de los Estados Unidos de
América, en depósitos e inversiones internacionales en
dólares de los Estados Unidos de América y/o en oro
monetario de las reservas internacionales
Resolución No. 109-2015-M
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA GESTIÓN DEL SDE
Efectivo desde mi celular
Efectivo desde mi celular
Efectivo desde mi celular
Efectivo desde mi celular
Efectivo desde mi celular
Efectivo desde mi celular
Efectivo desde mi celular
Devolución por pagos con Medios
electrónicos
La reducción de IVA mediante devolución
automática aplicaría para las compras efectuadas
por consumidores finales a través de los siguientes
medios de pago electrónicos:
Tarjetas de débito Tarjetas de crédito Dinero electrónicoTarjetas prepago
Incentivo a la demanda agregada
Promover el uso del dinero
electrónico
Fomento al ahorro
Garantizar que la rebaja del IVA
llegue efectivamente a los
consumidores finales
Contribuir a formalizar la
economía
Combatir la evasión
Acceso masivo de la población a
la bancarización
Objetivos
Devolución IVA
Tarjetas de débito
Tarjetas de crédito
Dinero electrónico
2 puntos
1 punto
1 punto
(Con límite de monto y conceptos)
Por pago a través de
4 puntos (junio
2016 por 1 año)
Tarjetas prepago
1 punto
Por Ley están excluidos los cargos recurrentes excepto en el caso de Dinero Electrónico
Devolución USD en Dinero Electrónico
Desde junio hasta 4 puntos con DE
Consumidor
final
$114
paga
$4
paga
Esquema de devolución por pagos con Dinero
Electrónico definitivo
$114
PVP $100
IVA $14
Monedero de Dinero del
Empresa
Empresa
Consumidor
final
$100
paga
$14paga
$1paga
Tarjeta de crédito
(retiene % de IVA
30-70 bs o ss)
Esquema de devolución por pagos con tarjeta crédito
o débito
$114
PVP $100
IVA $14
Envía detalle de Consumos
Otros Beneficios por uso de Dinero
Electrónico
Reducción de cuota 5% 5% RISE
NOTA: La reducción de hasta el 10% del valor de la cuota mensual, se aplicará al momento de realizar el
pago con su monedero electrónico.
Compensación Cuotas RISE
Reducción en la pago del Anticipo del
Impuesto a la Renta
Sociedad 2
Pago o cobros se benefician ambos en anticipo IR
PAGA
PVP $100,000
IVA $12,000
Sociedad 1
ENTREGA
BIENES O
SERVICIOS
COMPRA
VENTA
Factor Anticipo hoy
Anticipo con
Beneficio
Factor Anticipo hoy
Anticipo con
Beneficio
Ingresos 0,40% 1.000.000,00 1.000.000,00 Ingresos 0,40% 1.000.000,00 900.000,00
Costos y gastos 0,40% 800.000,00 700.000,00
Costos y
gastos 0,40% 800.000,00 800.000,00
Activo 0,20% 1.000,00 1.000,00 Activo 0,20% 1.000,00 1.000,00
Patrimonio 0,20%500,00 500,00
Patrimo
nio 0,20%500,00 500,00
Anticipo a pagar 7.203,00 6.803,00 Anticipo a pagar 7.203,00 6.803,00
Beneficio 400,00 400,00
SEGUNDA.- Por el plazo máximo doce meses, contados a partir del
siguiente mes de la publicación de la presente ley, se dispone la
devolución o compensación de 2 puntos porcentuales adicionales
del IVA pagado por las transacciones realizadas con dinero
electrónico previstas en el literal a) del artículo innumerado
agregado a continuación del artículo 72 de la Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno.
LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD
CIUDADANA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS
AFECTADAS POR EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016
TERCERA.- Por el plazo máximo de doce meses, contados a partir del
siguiente mes de la publicación de la presente ley el Banco Central del
Ecuador podrá proveer a título gratuito o subsidiar a las entidades del
sistema financiero nacional la implementación de sistemas de banca móvil
vía USSD (Servicio Suplementario de Datos no Estructurados) o cualquier
otro mecanismo de interconexión con la plataforma de dinero electrónico
del Banco Central del Ecuador, conforme los límites y condiciones que se
establezcan mediante regulación de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera.
Para este fin, durante el plazo determinado en esta transitoria, el Banco
Central del Ecuador no estará sujeto a los límites y restricciones
establecidos en el Código Orgánico Monetario y Financiero.
LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD
CIUDADANA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS
AFECTADAS POR EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016
 Impulsa la inclusión financiera, permitiendo a
todos los ciudadanos y residentes del país abrir voluntariamente
una cuenta.
 Amplia el circuito de pagos, con la posibilidad de
incluir al 40% de la PEA que no tiene cuenta en una entidad
financiera.
 Complementa la inclusión económica, al
trabajar conjuntamente con las IFIS para servicios y crédito.
 Aporta a la Economía Popular y Solidaria,
con reducción de costos de transacción (tiempo, dinero y
seguridad), acceso a servicios financieros, información y
transparencia en los mercados.
 Beneficia al sector empresarial, reduciendo costes
de operación: recaudación, pérdidas en gestión de efectivo, flujo
de caja, mejor manejo de inventarios, etc.
Penetración Móvil
+100%
No bancarización
40%
Conclusiones
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AMENAZAS CONTRA EL CRISTIANISMO - JORGE DE LAMA.pdf
Libro de casos prácticos Noodt Taquela.pdf.
S01.- CLINICA JURIDICA DEL CURSO DE DERECHO

Efectivo desde mi celular

  • 3. Sección 2 Del Banco Central del Ecuador Artículo 36.- Funciones. El Banco Central del Ecuador tiene las siguientes funciones: 20. Proveer de forma exclusiva moneda metálica nacional, así como moneda electrónica, en el marco de la política dictada por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera; CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  • 4. Efectivo desde mi celular es un medio de pago electrónico, en dólares de los Estados Unidos de América, utilizado principalmente desde teléfonos móviles, con bajos costos y más seguro para la ciudadanía.
  • 5. Título I SISTEMA MONETARIO CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero Artículo 94.- De la moneda en la República del Ecuador. Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad con este Código. CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  • 6. “… El Banco Central del Ecuador es la única entidad autorizada para proveer y gestionar moneda metálica nacional o electrónica en la República del Ecuador, equivalente y convertible a dólares de los Estados Unidos de América, de acuerdo con las disposiciones de este Código y con la regulación y autorización de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. La moneda determinada en este artículo es medio de pago” Título I SISTEMA MONETARIO CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  • 7. “...En ningún caso el Estado podrá obligar a una persona natural o jurídica de derecho privado a recibir moneda distinta del dólar de los Estados Unidos de América.” Título I SISTEMA MONETARIO CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  • 8. Título I SISTEMA MONETARIO CAPÍTULO 1 De la moneda y el dinero Artículo 98.- Prohibiciones. Se prohíbe de forma general: 1. La emisión, reproducción, imitación, falsificación o simulación total o parcial de moneda y dinero, así como su circulación por cualquier medio, soporte o forma de representación; CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  • 9. MOTIVACIÓN DE UN SISTEMA ADMINISTRADO POR UN BANCO CENTRAL Permitir una eficiente gestión de pagos, que incluya a la mayor parte de la población de manera: fácil, sencilla , intuitiva; que sea de uso cotidiano, con costes accesibles para todos y sin problemas de interoperabilidad.
  • 10. MOTIVACIÓN DE UN SISTEMA ADMINISTRADO POR UN BANCO CENTRAL Poner a disposición del país, una plataforma de pagos de fácil acceso, que permita impulsar la innovación de aplicaciones para todos los sectores de la economía y dinamizar el comercio electrónico, el comercio móvil, la banca móvil, los servicio públicos, etc.
  • 11. Funcionamiento No requiere internet, smarthphone ni consume saldo Funciona las 24 horas, los 7 días de la semana Funciona con todas las operadoras móviles Protección con claves personalizadas Existen cerca de 14’000.000 de líneas celulares activas Cobertura del 90% en zonas rurales y 96% en zonas urbanas Transacciones hasta $ 9.000 para personas naturales Podrás retirar tu dinero en cualquier momento, a través de nuestros centros de transacción y cajeros automáticos autorizados Pueden participar empresas de todos los sectores económicos
  • 12. EMPRESAS BANCOS COOPERATIVAS (fondean a sus centros de transacción y cargan o descargan sus cuentas con el BCE) CENTROS DE TRANSACCION MACROAGENTES carga descarga cobros CUENTAS CORRIENTES DE IFIS
  • 13. Esquema Operacional ADMINISTRADORDEL SISTEMA ESQUEMA OPERATIVO PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA
  • 14. Artículo 101.- Moneda electrónica. La moneda electrónica será puesta en circulación privativamente por el Banco Central del Ecuador, respaldada con sus activos líquidos, sobre la base de las políticas y regulaciones que expida la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
  • 15. PRIMERA.- La entrega de Dinero Electrónico que efectúe el BCE a personas naturales o jurídicas se realizará, de manera directa a través de agentes autorizados, únicamente contra canje de: 1. Dólares de los Estados Unidos de América 2. Moneda fraccionara metálica; o, 3. Depósitos en dólares de los estados Unidos de América debidamente acreditados a favor del BCE. Se prohíbe que el BCE entregue Dinero Electrónico contra canje de cualquier tipo de títulos valores emitidos por entidades públicas o privadas. Resolución No. 109-2015-M LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA GESTIÓN DEL SDE
  • 16. SEGUNDA.- EL Dinero Electrónico en circulación se registrara como un pasivo en una cuenta en un balance del BCE y deberá estar respaldado al 100% en dólares de los Estados Unidos de América, en depósitos e inversiones internacionales en dólares de los Estados Unidos de América y/o en oro monetario de las reservas internacionales Resolución No. 109-2015-M LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA GESTIÓN DEL SDE
  • 24. Devolución por pagos con Medios electrónicos La reducción de IVA mediante devolución automática aplicaría para las compras efectuadas por consumidores finales a través de los siguientes medios de pago electrónicos: Tarjetas de débito Tarjetas de crédito Dinero electrónicoTarjetas prepago
  • 25. Incentivo a la demanda agregada Promover el uso del dinero electrónico Fomento al ahorro Garantizar que la rebaja del IVA llegue efectivamente a los consumidores finales Contribuir a formalizar la economía Combatir la evasión Acceso masivo de la población a la bancarización Objetivos Devolución IVA Tarjetas de débito Tarjetas de crédito Dinero electrónico 2 puntos 1 punto 1 punto (Con límite de monto y conceptos) Por pago a través de 4 puntos (junio 2016 por 1 año) Tarjetas prepago 1 punto Por Ley están excluidos los cargos recurrentes excepto en el caso de Dinero Electrónico Devolución USD en Dinero Electrónico
  • 26. Desde junio hasta 4 puntos con DE
  • 27. Consumidor final $114 paga $4 paga Esquema de devolución por pagos con Dinero Electrónico definitivo $114 PVP $100 IVA $14 Monedero de Dinero del Empresa
  • 28. Empresa Consumidor final $100 paga $14paga $1paga Tarjeta de crédito (retiene % de IVA 30-70 bs o ss) Esquema de devolución por pagos con tarjeta crédito o débito $114 PVP $100 IVA $14 Envía detalle de Consumos
  • 29. Otros Beneficios por uso de Dinero Electrónico
  • 30. Reducción de cuota 5% 5% RISE
  • 31. NOTA: La reducción de hasta el 10% del valor de la cuota mensual, se aplicará al momento de realizar el pago con su monedero electrónico. Compensación Cuotas RISE
  • 32. Reducción en la pago del Anticipo del Impuesto a la Renta
  • 33. Sociedad 2 Pago o cobros se benefician ambos en anticipo IR PAGA PVP $100,000 IVA $12,000 Sociedad 1 ENTREGA BIENES O SERVICIOS COMPRA VENTA Factor Anticipo hoy Anticipo con Beneficio Factor Anticipo hoy Anticipo con Beneficio Ingresos 0,40% 1.000.000,00 1.000.000,00 Ingresos 0,40% 1.000.000,00 900.000,00 Costos y gastos 0,40% 800.000,00 700.000,00 Costos y gastos 0,40% 800.000,00 800.000,00 Activo 0,20% 1.000,00 1.000,00 Activo 0,20% 1.000,00 1.000,00 Patrimonio 0,20%500,00 500,00 Patrimo nio 0,20%500,00 500,00 Anticipo a pagar 7.203,00 6.803,00 Anticipo a pagar 7.203,00 6.803,00 Beneficio 400,00 400,00
  • 34. SEGUNDA.- Por el plazo máximo doce meses, contados a partir del siguiente mes de la publicación de la presente ley, se dispone la devolución o compensación de 2 puntos porcentuales adicionales del IVA pagado por las transacciones realizadas con dinero electrónico previstas en el literal a) del artículo innumerado agregado a continuación del artículo 72 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016
  • 35. TERCERA.- Por el plazo máximo de doce meses, contados a partir del siguiente mes de la publicación de la presente ley el Banco Central del Ecuador podrá proveer a título gratuito o subsidiar a las entidades del sistema financiero nacional la implementación de sistemas de banca móvil vía USSD (Servicio Suplementario de Datos no Estructurados) o cualquier otro mecanismo de interconexión con la plataforma de dinero electrónico del Banco Central del Ecuador, conforme los límites y condiciones que se establezcan mediante regulación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Para este fin, durante el plazo determinado en esta transitoria, el Banco Central del Ecuador no estará sujeto a los límites y restricciones establecidos en el Código Orgánico Monetario y Financiero. LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016
  • 36.  Impulsa la inclusión financiera, permitiendo a todos los ciudadanos y residentes del país abrir voluntariamente una cuenta.  Amplia el circuito de pagos, con la posibilidad de incluir al 40% de la PEA que no tiene cuenta en una entidad financiera.  Complementa la inclusión económica, al trabajar conjuntamente con las IFIS para servicios y crédito.  Aporta a la Economía Popular y Solidaria, con reducción de costos de transacción (tiempo, dinero y seguridad), acceso a servicios financieros, información y transparencia en los mercados.  Beneficia al sector empresarial, reduciendo costes de operación: recaudación, pérdidas en gestión de efectivo, flujo de caja, mejor manejo de inventarios, etc. Penetración Móvil +100% No bancarización 40% Conclusiones