Los Cambios
Causados por las
declaraciones y
código creados en
el siglo XIX
Profesor: Ginés Ramírez Benavides
Daniel Brand Lombana
Programa: Medicina Veterinaria y Zootecnia
A lo
largo
de los años y a partir de la creación del concepto de bioética este ha ido
cambiando y perfeccionándose, es así como poco a poco se fueron creando
códigos y declaraciones como lo son el código de Núremberg, la
declaración de ginebra, la declaración de Helsinki, entre otros es por eso
que en este ensayo se hablaran de los antes mencionados pues tienen una
gran importancia histórica para la bioética, además se dará una
contextualización de que tratan y se responderán las siguientes preguntas
por parte del autor ¿Por qué se crearon estas declaraciones y códigos?,
¿se ha cumplido con lo escrito en estas?, ¿Cuáles fueron los motivos por
los cuales estas se crearon?
En ese orden de ideas es de gran importancia incluir en este ensayo el
significado de ética cuyo significado es
“El término ética proviene de la palabra griega ethos, que originariamente
significaba “morada”, “lugar donde se vive” y que terminó por señalar el
“carácter” o el “modo de ser” peculiar y adquirido de alguien; la costumbre
(mos-moris: la moral).” Venemedia. (2014).
Teniendo todo esto en cuenta se empezará por la declaración de ginebra y
se hará una continuidad cronológica con las siguientes declaraciones y
códigos
Por siguiente la declaración de Ginebra fue adoptada por la sociedad de
naciones unidas en 1924, donde se reconoce y afirma por primera vez la
existencia de derechos específicos para los niños pero sobretodo la
responsabilidad que los adultos tienen sobre estos, pues en vista de los
horrores cometidos en la primera guerra mundial se vio la necesidad de
proteger a los niños.
En cinco artículos son reconocidas las necesidades fundamentales de los
niños y las niñas. El texto se centra en el bienestar del niño y reconoce su
derecho al desarrollo, asistencia, socorro y a la protección.
Sin embargo, si bien este texto contiene ciertos derechos fundamentales del
niño, no tiene fuerza vinculante para los Estados por ende en 1934, la
Asamblea General de la Sociedad de Naciones aprobó el nuevo texto de la
Declaración de Ginebra. Los Estados firmantes hacen una promesa de
incorporar estos principios a su legislación interna, pero este movimiento no
es jurídicamente vinculante para ellos.
No obstante, la Declaración de Ginebra sigue siendo el primer texto
internacional en la historia de los Derechos Humanos que específicamente
trata sobre los Derechos de la Niñez.
En consecuencia, cronológica aparece el código de Núremberg el cual
plantea ciertas normas éticas sobre la experimentación en seres humanos,
el cual fue publicado en el año 1947 como producto del Juicio de
Núremberg en el que, junto con la jerarquía nazi, resultaron condenados
varios médicos por gravísimos atropellos a los derechos humanos. Dicho
texto tiene el mérito de ser el primer documento que planteó explícitamente
la obligación de solicitar el Consentimiento Informado, expresión de la
autonomía del paciente.
Sus recomendaciones son las siguientes:
I. “Es absolutamente esencial el consentimiento voluntario del sujeto
humano.
II. El experimento debe ser útil para el bien de la sociedad, irremplazable por
otros medios de estudio y de la naturaleza que excluya el azar.
III. Basados en los resultados de la experimentación animal y del conocimiento
de la historia natural de la enfermedad o de otros problemas en estudio, el
experimento debe ser diseñado de tal manera que los resultados
esperados justifiquen su desarrollo.
IV. El experimento debe ser ejecutado de tal manera que evite todo sufrimiento
físico, mental y daño innecesario.
V. Ningún experimento debe ser ejecutado cuando existan razones a priori
para creer que pueda ocurrir la muerte o un daño grave, excepto, quizás en
aquellos experimentos en los cuales los médicos experimentadores sirven
como sujetos de investigación.
VI. El grado de riesgo a tomar nunca debe exceder el nivel determinado por la
importancia humanitaria del problema que pueda ser resuelto por el
experimento.
VII. Deben hacerse preparaciones cuidadosas y establecer adecuadas
condiciones para proteger al sujeto experimental contra cualquier remota
posibilidad de daño, incapacidad y muerte.
VIII. El experimento debe ser conducido solamente por personas
científicamente calificadas. Debe requerirse el más alto grado de destreza y
cuidado a través de todas las etapas del experimento, a todos aquellos que
ejecutan o colaboran en dicho experimento.
IX. Durante el curso del experimento, el sujeto humano debe tener libertad
para poner fin al experimento si ha alcanzado el estado físico y mental en
el cual parece a él imposible continuarlo. Durante el curso del experimento,
el científico a cargo de él debe estar preparado para terminarlo en cualquier
momento, si él cree que en el ejercicio de su buena fe, habilidad superior y
juicio cuidadoso, la continuidad del experimento podría terminar en un
daño, incapacidad o muerte del sujeto experimental. “Humanium. (2017).
En vista de todos estos tratados y más enfocándose a mencionado anteriormente
se crea la declaración de Helsinki donde se detallan los procedimientos de
experimentación que pueden realizarse en seres vivos y específicamente en
humanos debido a que para la obtención de conocimientos científicos y el avance
de la ciencia estos deben realizarse. Estas investigaciones deben hacerse con
ciertos apegos a los principios éticos que protegen a los sujetos que participan del
estudio científico, los cuales se han publicado oficialmente en el código de
Helsinki, realizada en 1964 y que fue sometida a múltiples revisiones y
clarificaciones.
En concreto este código es un documento que regula a la comunidad médica en
lo que respecta a la investigación y es la base de muchos documentos
subsecuentes. Donde prima el respeto por el individuo, su derecho a la
autodeterminación y derecho a tomar decisiones una vez que se le ha informado
claramente los pros y contras, riesgos y beneficios de su participación o no en un
estudio de investigación médica. También se establece que para un sujeto
participe en un estudio científico debe obtenerse un consentimiento firmado, el
cual es un documento donde el sujeto acepta participar de la investigación, en
forma libre, sin presiones de ninguna índole y con el conocimiento que puede
retirarse de la investigación cuando así lo decida.
Además de esto también se prima por el bienestar del sujeto siempre por encima
de los intereses científicos y de la sociedad. Se reconoce que cuando un potencial
participante en una investigación es incompetente, física y/o mentalmente incapaz
de consentir o es un menor, el consentimiento debe darlo un sustituto que vele por
el mejor interés del individuo.
“Principios operativos de la Declaración de Helsinki es que la investigación se debe
basar en un conocimiento cuidadoso del campo científico (Artículo 11), una
cuidadosa evaluación de los riesgos y beneficios (Artículos 16 y 17), una
probabilidad razonable que la población estudiada obtenga un beneficio (Artículo
19) y que sea conducida y manejada por investigadores expertos (Artículo 15)
usando protocolos aprobados y sujetos a una revisión ética independiente. Cuando
se encuentre en estudio un método de diagnóstico o tratamiento novedoso, éste
deberá compararse siempre contra el mejor método disponible, de no haberlo está
justificado el uso de placebo, que son sustancias sin actividad en el cuerpo humano
cuyo uso sólo se justifica si no existen un tratamiento probado (Artículo 29).”
innsz.(2017).
Es así como con el paso del tiempo se creó la bioética la cual está planeada bajo
estas declaraciones y código pues en el pasado cuando aún no existían estos
tratados y código no se respetaban los derechos de los pacientes, animales o
plantas pues todos estos eran usados para experimentos de manera inadecuada
como ocurrió en Tuskegee con el experimento de la sífilis entre 1932 y 1972 o en
la segunda guerra mundial donde se avanzó mucho en la ciencia pero el precio de
esto fue someter a cientos de experimentos dolorosos, crueles e inhumanos a
miles de judíos que se encontraban en los campos de concentración e incluso
llegando a experimentar con niños, especialmente con los gemelos como lo hacía
el doctor Josef Mengele quien siempre ha sido sinónimo de sadismo y
crueldad. Conocido también por el apodo de «Ángel de la Muerte», este
médico nazi realizó durante años despiadados experimentos en humanos con
la firme intención no sólo de erradicar a los que consideraba «inferiores», sino
también de buscar la perpetuación y proliferación de la raza aria.
En conclusión la creación de estas declaraciones y el código fueron necesarias ya
que antes los médicos hacían lo que quisieran, sin importan la salud de sus
pacientes pues muchos de estos fueron utilizados como conejillos de indias sin
siquiera saberlo, también marcaron el inicio de la ciencia que se conoce hoy en
día, pues le puso fin a la experimentación inhumana, se empezó a hablar de ética
en los procesos realizados en los experimentos, se evitó el uso de niños para
experimentaciones, etc. Puede que estas medidas tomada retrasen el avance de
la ciencia, pero lo claro aquí es que fue necesario ya que puso un tope ético a las
investigaciones y a las acciones tomadas por los médicos sobre sus pacientes.
También como fue mencionado anteriormente estas medidas éticas tomadas para
que los derechos humanos sean respetados marcan el inicio de la bioética,
planteando así nuevas incógnitas y problemáticas que se han presentado a lo
largo de las investigaciones científicas como lo son la clonación, creación de
órganos a partir de células madre, trasplante de cabeza, etc. Es así como los
humanos, aunque hayamos la solución para ciertos problemas a su vez se crean
otros, finalmente se cree que las soluciones para todos estos problemas aún están
muy lejos, pero la humanidad poco a poco va avanzando hacia un futuro libre de
acciones inhumanas y con un desarrollo científico muy avanzado.
Bibliografía:
Conbioetica-mexico. (2017). Código de Nuremberg. Recuperado de
http://www.conbioeticamexico.salud.gob.mx/descargas/pdf/normatividad/normatint
ernacional/2.INTL._Cod_Nuremberg.pdf
Humanium. (2017). Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, 1924.
Recuperado de https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/
innsz. (2017). DECLARACION DE HELSINKI. Recuperado de
http://www.innsz.mx/opencms/contenido/investigacion/comiteEtica/helsinki.html
Venemedia. (2014). Definición de Ética. Recuperado de
http://conceptodefinicion.de/etica/
DIARIO ABC, S.L.. (2013). Mengele, el sádico doctor nazi obsesionado con los
experimentos humanos. Recuperado de http://www.abc.es/archivo/20130319/abci-
mengele-historia-militar-201303151702.html
Asociación Médica Mundial. (2013). Recuperado de
https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-helsinki-de-la-amm-
principios-eticos-para-las-investigaciones-medicas-en-seres-humanos/

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Ensayo etica declaraciones y codigo

  • 1. Los Cambios Causados por las declaraciones y código creados en el siglo XIX Profesor: Ginés Ramírez Benavides Daniel Brand Lombana Programa: Medicina Veterinaria y Zootecnia
  • 2. A lo largo de los años y a partir de la creación del concepto de bioética este ha ido cambiando y perfeccionándose, es así como poco a poco se fueron creando códigos y declaraciones como lo son el código de Núremberg, la declaración de ginebra, la declaración de Helsinki, entre otros es por eso que en este ensayo se hablaran de los antes mencionados pues tienen una gran importancia histórica para la bioética, además se dará una contextualización de que tratan y se responderán las siguientes preguntas por parte del autor ¿Por qué se crearon estas declaraciones y códigos?, ¿se ha cumplido con lo escrito en estas?, ¿Cuáles fueron los motivos por los cuales estas se crearon? En ese orden de ideas es de gran importancia incluir en este ensayo el significado de ética cuyo significado es “El término ética proviene de la palabra griega ethos, que originariamente significaba “morada”, “lugar donde se vive” y que terminó por señalar el “carácter” o el “modo de ser” peculiar y adquirido de alguien; la costumbre (mos-moris: la moral).” Venemedia. (2014). Teniendo todo esto en cuenta se empezará por la declaración de ginebra y se hará una continuidad cronológica con las siguientes declaraciones y códigos Por siguiente la declaración de Ginebra fue adoptada por la sociedad de naciones unidas en 1924, donde se reconoce y afirma por primera vez la existencia de derechos específicos para los niños pero sobretodo la responsabilidad que los adultos tienen sobre estos, pues en vista de los horrores cometidos en la primera guerra mundial se vio la necesidad de proteger a los niños.
  • 3. En cinco artículos son reconocidas las necesidades fundamentales de los niños y las niñas. El texto se centra en el bienestar del niño y reconoce su derecho al desarrollo, asistencia, socorro y a la protección. Sin embargo, si bien este texto contiene ciertos derechos fundamentales del niño, no tiene fuerza vinculante para los Estados por ende en 1934, la Asamblea General de la Sociedad de Naciones aprobó el nuevo texto de la Declaración de Ginebra. Los Estados firmantes hacen una promesa de incorporar estos principios a su legislación interna, pero este movimiento no es jurídicamente vinculante para ellos. No obstante, la Declaración de Ginebra sigue siendo el primer texto internacional en la historia de los Derechos Humanos que específicamente trata sobre los Derechos de la Niñez. En consecuencia, cronológica aparece el código de Núremberg el cual plantea ciertas normas éticas sobre la experimentación en seres humanos, el cual fue publicado en el año 1947 como producto del Juicio de Núremberg en el que, junto con la jerarquía nazi, resultaron condenados varios médicos por gravísimos atropellos a los derechos humanos. Dicho texto tiene el mérito de ser el primer documento que planteó explícitamente la obligación de solicitar el Consentimiento Informado, expresión de la autonomía del paciente. Sus recomendaciones son las siguientes: I. “Es absolutamente esencial el consentimiento voluntario del sujeto humano. II. El experimento debe ser útil para el bien de la sociedad, irremplazable por otros medios de estudio y de la naturaleza que excluya el azar. III. Basados en los resultados de la experimentación animal y del conocimiento de la historia natural de la enfermedad o de otros problemas en estudio, el experimento debe ser diseñado de tal manera que los resultados esperados justifiquen su desarrollo.
  • 4. IV. El experimento debe ser ejecutado de tal manera que evite todo sufrimiento físico, mental y daño innecesario. V. Ningún experimento debe ser ejecutado cuando existan razones a priori para creer que pueda ocurrir la muerte o un daño grave, excepto, quizás en aquellos experimentos en los cuales los médicos experimentadores sirven como sujetos de investigación. VI. El grado de riesgo a tomar nunca debe exceder el nivel determinado por la importancia humanitaria del problema que pueda ser resuelto por el experimento. VII. Deben hacerse preparaciones cuidadosas y establecer adecuadas condiciones para proteger al sujeto experimental contra cualquier remota posibilidad de daño, incapacidad y muerte. VIII. El experimento debe ser conducido solamente por personas científicamente calificadas. Debe requerirse el más alto grado de destreza y cuidado a través de todas las etapas del experimento, a todos aquellos que ejecutan o colaboran en dicho experimento. IX. Durante el curso del experimento, el sujeto humano debe tener libertad para poner fin al experimento si ha alcanzado el estado físico y mental en el cual parece a él imposible continuarlo. Durante el curso del experimento, el científico a cargo de él debe estar preparado para terminarlo en cualquier momento, si él cree que en el ejercicio de su buena fe, habilidad superior y juicio cuidadoso, la continuidad del experimento podría terminar en un daño, incapacidad o muerte del sujeto experimental. “Humanium. (2017). En vista de todos estos tratados y más enfocándose a mencionado anteriormente se crea la declaración de Helsinki donde se detallan los procedimientos de experimentación que pueden realizarse en seres vivos y específicamente en humanos debido a que para la obtención de conocimientos científicos y el avance de la ciencia estos deben realizarse. Estas investigaciones deben hacerse con ciertos apegos a los principios éticos que protegen a los sujetos que participan del estudio científico, los cuales se han publicado oficialmente en el código de
  • 5. Helsinki, realizada en 1964 y que fue sometida a múltiples revisiones y clarificaciones. En concreto este código es un documento que regula a la comunidad médica en lo que respecta a la investigación y es la base de muchos documentos subsecuentes. Donde prima el respeto por el individuo, su derecho a la autodeterminación y derecho a tomar decisiones una vez que se le ha informado claramente los pros y contras, riesgos y beneficios de su participación o no en un estudio de investigación médica. También se establece que para un sujeto participe en un estudio científico debe obtenerse un consentimiento firmado, el cual es un documento donde el sujeto acepta participar de la investigación, en forma libre, sin presiones de ninguna índole y con el conocimiento que puede retirarse de la investigación cuando así lo decida. Además de esto también se prima por el bienestar del sujeto siempre por encima de los intereses científicos y de la sociedad. Se reconoce que cuando un potencial participante en una investigación es incompetente, física y/o mentalmente incapaz de consentir o es un menor, el consentimiento debe darlo un sustituto que vele por el mejor interés del individuo. “Principios operativos de la Declaración de Helsinki es que la investigación se debe basar en un conocimiento cuidadoso del campo científico (Artículo 11), una cuidadosa evaluación de los riesgos y beneficios (Artículos 16 y 17), una probabilidad razonable que la población estudiada obtenga un beneficio (Artículo 19) y que sea conducida y manejada por investigadores expertos (Artículo 15) usando protocolos aprobados y sujetos a una revisión ética independiente. Cuando se encuentre en estudio un método de diagnóstico o tratamiento novedoso, éste deberá compararse siempre contra el mejor método disponible, de no haberlo está justificado el uso de placebo, que son sustancias sin actividad en el cuerpo humano cuyo uso sólo se justifica si no existen un tratamiento probado (Artículo 29).” innsz.(2017). Es así como con el paso del tiempo se creó la bioética la cual está planeada bajo estas declaraciones y código pues en el pasado cuando aún no existían estos
  • 6. tratados y código no se respetaban los derechos de los pacientes, animales o plantas pues todos estos eran usados para experimentos de manera inadecuada como ocurrió en Tuskegee con el experimento de la sífilis entre 1932 y 1972 o en la segunda guerra mundial donde se avanzó mucho en la ciencia pero el precio de esto fue someter a cientos de experimentos dolorosos, crueles e inhumanos a miles de judíos que se encontraban en los campos de concentración e incluso llegando a experimentar con niños, especialmente con los gemelos como lo hacía el doctor Josef Mengele quien siempre ha sido sinónimo de sadismo y crueldad. Conocido también por el apodo de «Ángel de la Muerte», este médico nazi realizó durante años despiadados experimentos en humanos con la firme intención no sólo de erradicar a los que consideraba «inferiores», sino también de buscar la perpetuación y proliferación de la raza aria. En conclusión la creación de estas declaraciones y el código fueron necesarias ya que antes los médicos hacían lo que quisieran, sin importan la salud de sus pacientes pues muchos de estos fueron utilizados como conejillos de indias sin siquiera saberlo, también marcaron el inicio de la ciencia que se conoce hoy en día, pues le puso fin a la experimentación inhumana, se empezó a hablar de ética en los procesos realizados en los experimentos, se evitó el uso de niños para experimentaciones, etc. Puede que estas medidas tomada retrasen el avance de la ciencia, pero lo claro aquí es que fue necesario ya que puso un tope ético a las investigaciones y a las acciones tomadas por los médicos sobre sus pacientes. También como fue mencionado anteriormente estas medidas éticas tomadas para que los derechos humanos sean respetados marcan el inicio de la bioética, planteando así nuevas incógnitas y problemáticas que se han presentado a lo largo de las investigaciones científicas como lo son la clonación, creación de órganos a partir de células madre, trasplante de cabeza, etc. Es así como los humanos, aunque hayamos la solución para ciertos problemas a su vez se crean otros, finalmente se cree que las soluciones para todos estos problemas aún están muy lejos, pero la humanidad poco a poco va avanzando hacia un futuro libre de acciones inhumanas y con un desarrollo científico muy avanzado.
  • 7. Bibliografía: Conbioetica-mexico. (2017). Código de Nuremberg. Recuperado de http://www.conbioeticamexico.salud.gob.mx/descargas/pdf/normatividad/normatint ernacional/2.INTL._Cod_Nuremberg.pdf Humanium. (2017). Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, 1924. Recuperado de https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/ innsz. (2017). DECLARACION DE HELSINKI. Recuperado de http://www.innsz.mx/opencms/contenido/investigacion/comiteEtica/helsinki.html Venemedia. (2014). Definición de Ética. Recuperado de http://conceptodefinicion.de/etica/ DIARIO ABC, S.L.. (2013). Mengele, el sádico doctor nazi obsesionado con los experimentos humanos. Recuperado de http://www.abc.es/archivo/20130319/abci- mengele-historia-militar-201303151702.html Asociación Médica Mundial. (2013). Recuperado de https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-helsinki-de-la-amm- principios-eticos-para-las-investigaciones-medicas-en-seres-humanos/