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infovihtal #88
Residencia legal
Si tienes residencia legal en España, tienes derecho a reci-
bir asistencia sanitaria en idénticas condiciones legales que las
personas nacidas en el país. En este caso, la nueva legislación no
supondrá un cambio para ti en cuanto a la asistencia sanitaria.
Debes recordar que la asistencia sanitaria consiste tanto en
la prestación de servicios médicos como farmacéuticos. Aunque
algunos fármacos deben pagarse aparte, debes saber que si tie-
nes VIH los medicamentos antirretrovirales (contra el virus) se te
proporcionarían en las farmacias hospitalarias y no tendrás que
pagar por ellos.
Situación irregular
Sin embargo, si no tienes residencia legal en el Estado Espa-
ñol, la nueva ley prevé la no renovación de la tarjeta sanitaria.
Esto implica que solo tendrás derecho a recibir asistencia sani-
taria de urgencia, la asistencia por maternidad y atención a los
menores de edad.
A través de urgencias únicamente se atenderán enfermeda-
des graves y accidentes y la atención médica solo durará hasta
que recibas el alta. Para recibirla, debes acudir al centro sanitario
u hospital, aunque si te encuentras muy mal y no puedes perso-
narte, también te pueden atender en tu domicilio. Recuerda que
el teléfono de urgencias es el 061 o el 112.
Como decíamos antes, existen dos excepciones en que sí re-
cibirás atención médica aunque estés en situación irregular. Si
eres mujer y estás embarazada, tienes derecho a asistencia sa-
nitaria durante el trascurso de tu embarazo, parto y posparto.
Además, si eres menor de edad (menos de 18 años), tienes de-
recho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que el
resto de los ciudadanos de España.
Infección por VIH/sida
SitienesVIHyrecibíasatenciónmédicaparatratarlainfección,
deberías seguir recibiéndola, ya que algunas comunidades
autónomas han garantizado que las personas con VIH seguirán
teniendo tratamiento y atención para su enfermedad, si bien
en algunos casos exigirán algún requisito (empadronamiento,
tarjeta especial, demostrar falta de recursos, etc.).
No obstante, si tu situación es irregular y no te habían aten-
dido antes para tratarte el VIH es posible que puedas tener algún
problema según tu lugar de residencia. Algunas comunidades au-
tónomas han afirmado que seguirán tratando a todas las perso-
nas aunque se encuentren en situación irregular, mientras que en
otras no se ha establecido aún qué mecanismos se establecerán
para la atención médica. En cualquier caso, sigue siendo reco-
mendable que te empadrones para facilitar tu acceso al sistema
sanitario. Deberías preguntar en tu centro de atención primaria
(CAP) o en los servicios telefónicos de atención cuál es la situa-
ción en tu comunidad autónoma de residencia.
Recursos
Teléfonos de interés:
España:
112 / 900 166 565
El 1 de septiembre de 2012 entró en vigor una nueva ley sobre sanidad en España que introduce una serie de modi-
ficaciones que pueden afectar, en gran medida, a las personas inmigrantes. Hasta ese momento, el único requisito para
que una persona inmigrante pudiera ser atendida de forma gratuita en el sistema sanitario era estar empadronada; sin
embargo, con la nueva ley esto puede no ser así siempre.
Mediante este texto pretendemos ofrecerte una orientación sobre cómo acceder al sistema sanitario. No olvides
que nuestras recomendaciones son generales y que la aplicación de la nueva ley es distinta en cada comunidad autó-
noma, por lo que es conveniente que consultes cómo proceder en tu caso.
Accesoalaasistenciasanitaria
enEspaña(II)
grupo de trabajo sobre
tratamientos del vih
contact@gtt-vih.org
www.gtt-vih.org
Barcelona (España)
Por favor, fotocópialo y Hazlo circular
Programa de Prevenció i
Assitència de la Sida Qualitat de vida, Igualtat i Esports Serveis de Benestar Social
Subvencionado por: Colaboran:
Andalucía: 900 850 100
Aragón: 902 555 321
Cantabria: 942 202 770
Castilla y León: 947 232 303
947 210 700 (Burgos Acoge)
Castilla–La Mancha: 900 25 25 25
Cataluña: 061 (CatSalut respon)
902 111 444
Comunidad de Madrid: 915 867 227
Comunidad Valenciana 963 866 6 00
Extremadura: 924 382 511 / 924 80 59 56
Galicia: 981 569 540
Islas Baleares: 971 175 600
Islas Canarias: 922 474 392 (Tenerife)
928 118 841 (Gran Canaria)
La Rioja: 941 298 333
Navarra: 948 211 521 (SOS Racismo)
País Vasco: 944 031 500
Principado de Asturias: 985 279 1 00
Ceuta: 956 622 348 (CETI)
Melilla: 952 696 259 (CETI)

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Info v esp_88

  • 1. infovihtal #88 Residencia legal Si tienes residencia legal en España, tienes derecho a reci- bir asistencia sanitaria en idénticas condiciones legales que las personas nacidas en el país. En este caso, la nueva legislación no supondrá un cambio para ti en cuanto a la asistencia sanitaria. Debes recordar que la asistencia sanitaria consiste tanto en la prestación de servicios médicos como farmacéuticos. Aunque algunos fármacos deben pagarse aparte, debes saber que si tie- nes VIH los medicamentos antirretrovirales (contra el virus) se te proporcionarían en las farmacias hospitalarias y no tendrás que pagar por ellos. Situación irregular Sin embargo, si no tienes residencia legal en el Estado Espa- ñol, la nueva ley prevé la no renovación de la tarjeta sanitaria. Esto implica que solo tendrás derecho a recibir asistencia sani- taria de urgencia, la asistencia por maternidad y atención a los menores de edad. A través de urgencias únicamente se atenderán enfermeda- des graves y accidentes y la atención médica solo durará hasta que recibas el alta. Para recibirla, debes acudir al centro sanitario u hospital, aunque si te encuentras muy mal y no puedes perso- narte, también te pueden atender en tu domicilio. Recuerda que el teléfono de urgencias es el 061 o el 112. Como decíamos antes, existen dos excepciones en que sí re- cibirás atención médica aunque estés en situación irregular. Si eres mujer y estás embarazada, tienes derecho a asistencia sa- nitaria durante el trascurso de tu embarazo, parto y posparto. Además, si eres menor de edad (menos de 18 años), tienes de- recho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos de España. Infección por VIH/sida SitienesVIHyrecibíasatenciónmédicaparatratarlainfección, deberías seguir recibiéndola, ya que algunas comunidades autónomas han garantizado que las personas con VIH seguirán teniendo tratamiento y atención para su enfermedad, si bien en algunos casos exigirán algún requisito (empadronamiento, tarjeta especial, demostrar falta de recursos, etc.). No obstante, si tu situación es irregular y no te habían aten- dido antes para tratarte el VIH es posible que puedas tener algún problema según tu lugar de residencia. Algunas comunidades au- tónomas han afirmado que seguirán tratando a todas las perso- nas aunque se encuentren en situación irregular, mientras que en otras no se ha establecido aún qué mecanismos se establecerán para la atención médica. En cualquier caso, sigue siendo reco- mendable que te empadrones para facilitar tu acceso al sistema sanitario. Deberías preguntar en tu centro de atención primaria (CAP) o en los servicios telefónicos de atención cuál es la situa- ción en tu comunidad autónoma de residencia. Recursos Teléfonos de interés: España: 112 / 900 166 565 El 1 de septiembre de 2012 entró en vigor una nueva ley sobre sanidad en España que introduce una serie de modi- ficaciones que pueden afectar, en gran medida, a las personas inmigrantes. Hasta ese momento, el único requisito para que una persona inmigrante pudiera ser atendida de forma gratuita en el sistema sanitario era estar empadronada; sin embargo, con la nueva ley esto puede no ser así siempre. Mediante este texto pretendemos ofrecerte una orientación sobre cómo acceder al sistema sanitario. No olvides que nuestras recomendaciones son generales y que la aplicación de la nueva ley es distinta en cada comunidad autó- noma, por lo que es conveniente que consultes cómo proceder en tu caso. Accesoalaasistenciasanitaria enEspaña(II) grupo de trabajo sobre tratamientos del vih contact@gtt-vih.org www.gtt-vih.org Barcelona (España) Por favor, fotocópialo y Hazlo circular Programa de Prevenció i Assitència de la Sida Qualitat de vida, Igualtat i Esports Serveis de Benestar Social Subvencionado por: Colaboran: Andalucía: 900 850 100 Aragón: 902 555 321 Cantabria: 942 202 770 Castilla y León: 947 232 303 947 210 700 (Burgos Acoge) Castilla–La Mancha: 900 25 25 25 Cataluña: 061 (CatSalut respon) 902 111 444 Comunidad de Madrid: 915 867 227 Comunidad Valenciana 963 866 6 00 Extremadura: 924 382 511 / 924 80 59 56 Galicia: 981 569 540 Islas Baleares: 971 175 600 Islas Canarias: 922 474 392 (Tenerife) 928 118 841 (Gran Canaria) La Rioja: 941 298 333 Navarra: 948 211 521 (SOS Racismo) País Vasco: 944 031 500 Principado de Asturias: 985 279 1 00 Ceuta: 956 622 348 (CETI) Melilla: 952 696 259 (CETI)