Curso para Fiscales de Mesashttp://omardemarchi.com
Bienvenido!!! Soy el Presidente de Mesa, quien te va a guiar durante todo el proceso de capacitación para Fiscales de Mesa
AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
Objetivos del CursoFormar fiscales de mesa que estén adecuadamente informados y capacitados para el ejercicio de sus funciones
Conocer los actores involucrados en el acto electoral y sus funciones; y aquellos que están eximidos de participar de él
Familiarizarse con los pasos a seguir para la preparación, la ejecución y el cierre del acto electoral
Reconocer los distintos tipos de votos y sus características principales
Identificar conductas no permitidas durante el acto electoralAgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
Aspectos Generales☑El Art. 37 de la C. N. Nos dice ...”El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.”☑El voto es obligatorio para todos los ciudadanos que tengan entre 18 y 70 años de edad y deben votar todos aquellos ciudadanos que se encuentren incluidos en el padrón electoral☑Están eximidos de votar: Quienes se encuentren a más de 500 Km.
Quienes no puedan concurrir por razones de salud
Quienes se encuentren transitoriamente en el Extranjero
Los jueces, funcionarios y auxiliares que trabajen ese día
El personal de organismos públicos o empresas que cumplan tareas y figuren en el listado que el organismo presente en el Ministerio del Interior
En estos casos se tiene 60 días corridos desde la elección para presentar su justificación ante la Justicia Electoral de su distritoAgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
Quienes intervienen en una elección?Presidentes de MesaSon los garantes del correcto desarrollo del acto comicial en la mesa que preside y es la ÚNICA autoridad de la mesa: tiene la última palabra ante cualquier controversia que pueda surgir, y ejerce sus funciones con absoluta independencia. Es asistido en sus funciones por su suplenteFuerzas de SeguridadTienen por misión velar por el normal desarrollo del comicio, custodiando los locales de votaciónFiscalesSon los representantes de los partidos o alianzas que velan por el buen desarrollo del comicio en general y los intereses partidarios en particular. Tienen atribuciones, derechos y obligacionesSe encuentran distintos tipos de fiscales: Fiscales Partidarios
Fiscales Generales
Fiscales Informáticos
Fiscales Partidarios que participan en el escrutinio definitivoTareas de los principales fiscales:Fiscal de MesaVigilará permanentemente la marcha del comicio, la existencia de boletas en el cuarto oscuro, el escrutinio y la suma de votos. Podrá impugnar y recurrir votos, verificar la identidad de los votantes y su inclusión en el padrón. En caso de que se agoten las boletas de su partido, es responsable de proveerlas. Puede solicitar al final del comicio, el certificado de Escrutinio, con el resultado de la Mesa firmado por las autoridades.Fiscales GeneralesCoordinan las tareas de los Fiscales de Mesa teniendo las mismas atribuciones que estos; están habilitados para salir y entrar al edificio tanto como sea necesario; transitar libremente los distintos recintos y presentase ante la autoridad de cualquier mesa, entrar y salir del cuarto oscuro siempre que no haya votantes dentro, pueden atender varias mesas del edificio, sean masculinas o femeninas, indistintamente.
AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
Preparativos y desarrollo del acto comicialLas autoridades de mesa deben presentarse en el lugar donde funcionará la mesa que deben presidir7.15 hsSe reunirán en el local donde funcionará la mesa las autoridades de mesa (presidente y suplente), el empleado del Correo con los documentos y útiles, y los Agentes encargados de la seguridad y custodia del comicio7.45 hs!Si bien el Código Electoral no lo dice, peroesimportante la presencia de los fiscalesdesde el inicio del proceso, para la mejordefensa de los intereses del partido al cualrepresentan
Elementos necesarios para poder abordar correctamente la tarea de fiscalizaciónAcreditaciones que lo habiliten a actuar como fiscal en la mesa o como fiscal general (las mismas deben ser presentadas ante la autoridad de mesa)ALas actas de cierre de las mesas que se vayan a fiscalizar, acomodadas prolijamenteBBoletas: sobre este punto hay que poner especial atención, porque la provisión de boletas es responsabilidad de cada partido y no del EstadoCIMPORTANTEdirectade la falta de boletas de unaagrupación en el cuartooscuro, es la pérdida de votos. Porlógica, siuna persona va a votar a “X” agrupación y al entrar al cuartooscuro no encuentralasboletas, muyprobablementelassolicite. Pero no hay queperder de vista de que no todaslas personas queentran al cuartooscurotienendefinido de antemano a quiénvotar y si en la recorridaporlas mesas no velasboletasquenosotrosestamosdefendiendo, con seguridad no recibiremosesevoto.Lapiceras de varios colores para firmar los sobres (azul, verde, rojo y negro). Lo ideal es poder variar el color de birome con el que se firman los sobres para, en caso de que se genere una situación de votos cadena, poder percibirla a tiempo y denunciarla.C
Problemas frecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan autoridades de mesaLas boletas no son las oficialesFaltan Boletas
Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan autoridades de mesaUn mecanismo fraudulento se pone en marcha cuando las autoridades de mesa no aparecen por el centro de votación
Según la ley electoral, si no hay autoridades la mesa queda a cargo de la primera persona que va a votar, por lo que algunos partidos hacen que un votante aliado vaya temprano y quede a cargo de la mesa ante la ausencia de las autoridades establecidas“El encargado de llevar adelante el proceso eleccionario termina siendo un encargado parcial y partidario. El presidente de la mesa termina siendo juez y parte”Firmar sobres y guardar uno para generar el voto cadenaAEl falsopresidentequetoma el control de la mesa tienevariasopciones:En el momento de contar los votos, y sin control a la vista, puede reemplazar los sobres con votos para otros partidos por sobres con votos para su partido, o agregar votos a su favorBLa autoridad de mesa debe verificar que los datos del documento de identidad del votante consten en el padrón.CSi no hay quien fiscalice, el presidente puede obviar el requisito y hacer votar a alguien que no es, o a alguien que tiene documento falso.
Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan autoridades de mesaEsto no quiere decir que todas las personas que sean llamadas a remplazar a un presidente de mesa sean “arreglados”, pero sí puede ocurrir que lo sean
Una respuesta astuta, llegado el caso que se de la situación recién descripta, es priorizar la fiscalización en aquellas mesas en las que no se hayan presentado las autoridades elegidas por la justicia electoral
En algunas oportunidades, incluso, se usa un método aun más burdo: cuando no se presenta una autoridad de mesa arreglan entre los fiscales de los partidos más grandes (los que tienen un fiscal por mesa) y se autonombran presidente y secretario de la misma. Esto es ilegal y no debe ser permitido!
Un fiscal no puede ser presidente de mesa. Si ocurre una situación de estas en su mesa, Ud. deberá llamar a la autoridad del comicio y exigirle que se cumpla con la ley (si al momento de abrir la mesa no hay autoridades, queda a cargo la primer persona que se presenta a votar)Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan Boletas!Una vez que cada mesa tiene su autoridad electoral (presidente y suplente) se procede al armado del cuarto oscuro. En el mismo deben acomodarse, por número de orden, las boletas de los distintos partidos.Se vuelve a hacer hincapié en que el responsable de que haya boletas del PRO es cada fiscal del partido y que el hecho de que no hayan boletas del partido al que Ud. representa en el cuarto oscuro no inhabilita la continuación de las elecciones sin las mismas porque es legal continuar el comicio sin sus boletas.
Asimismo la acreditación como fiscal partidario lo habilita a entrar al cuarto oscuro cuantas veces Ud. quiera, siempre que no haya ningún votante y, acompañado de algún presidente de mesa.Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosLas boletas no son las oficiales!Siempre en las elecciones hay denuncias por adulteración de boletas. Tenga especial cuidado en verificar que las boletas que estén en los cuartos oscuros sean idénticas a las que le fueron otorgadas a Ud. para reponer a medida que transcurre el día. De no ser así cámbielas por las boletas que usted llevaPreparativosy apertura del actocomicialDespués de recibir el material se deberán seguir los siguientes pasos:Instalación de la mesa
Habilitación de la urna
Habilitación del cuarto oscuroLos fiscales que se encuentren en la apertura del comicio, deberán acreditarse frente al presidente de mesa, presentando el poder que le otorgo su partido, donde se indican todos sus datos y la firma del apoderado partidarioTerminado lo anterior, el pte. declarará abierto el acto electoral y labrará el Acta de Apertura que la firmara el presidente, su suplente y los fiscales de los partidos presentes en ese momento8.00 hs
Desarrollodel actocomicial (8hs -18hs)Después de completar el acta de apertura, comienza la votación, las autoridades de mesa y los fiscales partidarios, en ese orden
También podrán votar en una de las mesas en las que actúen, los fiscales generales8 a 18 hrs.Sólo en estos casos, de no estar en el padrón, pueden votar, siempre y cuando pertenezcan a la misma ciudad, agregándose al final del padrón del mismo sexo
Después comienzan a votar los electores, donde las autoridades de la mesa le deben verificar la identidad e indicarles el procedimiento de votación, dejando constancia de la emisión del sufragio en el documento de identidadDesarrollo del acto comicial (8hs -18hs) (Cont.)Los fiscales pueden solicitar al presidente de la mesa que examine el cuarto oscuro, a los efectos de corroborar el correcto funcionamiento del espacio comicial (reposición de boletas, sellado de puertas y ventanas)
En el caso del voto en los electores no videntes, estos deben ser acompañados al cuarto oscuro por el presidente de mesa y los fiscales que lo deseen, debiendo todos retirarse cuando el ciudadano haya comprobado la ubicación de las distintas boletas. El voto es secreto, por lo tanto, el elector no vidente debe emitir su voto estando a solas8 a 18 hrs.La Autoridad de Mesa o un fiscal pueden impugnar el voto si tuvieran alguna duda respecto de la identidad del elector, siguiendo los procedimientos establecidos en la leyCasos especialesAquelloselectoresqueposeanunamovilidadreducida (que se desplacen en silla de ruedas, muletas, etc.), deberán ser acompañadospor el presidente de la mesa hasta el cuartooscuro, quienayudará al ciudadano, en la medidaque la discapacidad lo requiera. Si la mesa estaubicada en plantaalta, el presidente de mesa y aquellosfiscalesque lo deseendeberánbajar la urna a la plantabaja para que el elector puedaemitirsuvotoIMPORTANTELa urnadeberá ser acompañadaporunaautoridad de mesa, unaautoridad de seguridad (Gendarmería o Prefectura) y usted. Nuncapierda de vista la urna. En cualquiermomento se puedeproducir un inflado de la mismaagregando un pequeñonúmero de sobres (queluego se ampararán en la diferencia). La urnasolamentepuedetrasladarse de la mesa al cuartooscuroprovisoriodondevotará la persona quetengaproblemas.Otroproblemaquepodemosteneres la votación de una persona con visióndisminuida o nula. En esecasopodránacompañarlalasautoridades de mesa y los fiscales para comprobarque el voto de la persona no sea falseadoporsuacompañante.
AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
La identidad de los electores☑Los datos del padrón -nombre, número de documento, clase, domicilio, etc.- deben coincidir con los del documento presentado. Si alguno no concuerda, debe admitirse el voto del elector si concuerdan los demás datos. Cuando pasa esto, se deja constancia de las diferencias en el padrón, en la columna de “Observaciones”, en la línea correspondiente a esa persona ☑No se le impedirá votar a los ciudadanos que presenten documento sin fotografía, siempre que contesten bien las preguntas que le formule el presidente sobre sus datos personales y cualquier otra información para identificarlo☑Cuando el elector exhiba un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón puede votar. Por ejemplo, si en el padrón figura con DNI y el elector se presenta con su DNI duplicado
Dudas frecuentes:¿Puedo votar con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica en lugar de DNI, o con un ejemplar diferente del documento que figura en el padrón?En caso de no tener DNI, el elector puede votar presentando su libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica siempre que no haya gestionado el DNI, ya que no se admitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral
Sí debe admitirse, en cambio, el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón. Si Ud., por ejemplo, cuenta con un DNI triplicado, y en el padrón figura duplicado podrá emitir su voto. Pero nunca al revés¿Puedo votar con un comprobante de DNI en trámite?No. Los electores podrán votar únicamente presentando su DNI, LE o LC. No es considerado probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite
RECUERDE: el elector podrá votar únicamente cuando exhiba un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón, nunca anterior. Le será admitido el voto, por ejemplo, si en el padrón figura LC y el elector se presenta con su DNI; o si figura duplicado y se presenta con triplicadoDudas frecuentes:¿Qué ocurre si alguno/s de los datos asentados en el DNI (Nº de documento, nombre, apellido, domicilio) no se corresponde con el padrón?Aquellos ciudadanos cuyos datos asentados en su documento cívico no coincidan con el padrón, podrán votar en los siguientes casos:Cuando el nombre no coincida exactamente con el que aparece en el padrón, siempre y cuando concuerden el número de documento, año de nacimiento, domicilio, etc.Cuando el nombre figure con exactitud y la discrepancia sea relativa a algún dato del documento cívico (domicilio, clase de documento, etc.)Quienes presenten documento válido sin fotografía, siempre que contesten correctamente las preguntas que le formule el presidente de mesa sobre sus datos personales y cualquier otra información para su identificaciónSi no aparezco en el padrón ¿puedo ser incluido manualmente el día de la elección?No. Podrán votar únicamente aquellos electores que figuren en el padrón electoral. Solamente los presidentes, su suplente y los fiscales a quienes corresponda votar en una mesa distinta de aquella en que ejercen sus funciones, podrán hacerlo en la que tienen a su cargo. Ninguna autoridad, ni aun el juez electoral, puede ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un ciudadano que no figura inscripto en los ejemplares del padrón electoral¿Quiénes no pueden votar?☑Quienes figuren tachados con línea roja en el padrón. No importa que aleguen errorQuienes no se presenten con su documento válido. Sólo se puede votar con Libreta de Enrolamiento, Cívica o Documento Nacional de Identidad (según corresponda)☑Quienes se presenten a votar con Libreta original y figuren en el padrón con DNI o Libreta Duplicada o todo el que presente un documento anterior al que figura en el padrón☑Los ciudadanos que no figuren inscriptos en el registro de la mesa excepto autoridades de Mesa, Fiscales y personal del Comando General Electoral. Ninguna autoridad (ni aún el Juez Federal con competencia electoral), podrá ordenar lo contrario☑
Un buen fiscal nuncadescansa…Mientras la gente vota el fiscal tiene dos funciones principales: En segundolugardebefijarseque la identidad de los votantes sea la correcta y queluego de producido el voto el mismo sea marcado en el padrón en poder de lasautoridades de mesa (estoevitaríaqueuna persona vote más de unavez)En primer lugartienequerevisar con unaperiodicidadprudencial, quehayanboletas de supartido en el cuartooscuro
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Por qué se impugna el voto? !Si el presidente de mesa o algún fiscal tiene razones para creer que el elector ha falseado su identidad -es decir, que no es el titular del documento que exhibe-, puede impugnar su voto. En esos casos, siempre se admite el voto pero se realizará de la siguiente manera:El presidente completará el formulario correspondiente -suministrado con el material- donde expondrá el motivo de la impugnación. Anotará allí el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del votante
A continuación tomará la impresión dígito pulgar del elector impugnado que asentará en el formulario
El presidente firmará el formulario junto con el o los fiscales impugnantes. La negativa del o de los fiscales impugnantes a suscribir el formulario importará el desistimiento y anulación de la impugnación; pero bastará con que uno sólo firme para que subsistaPor qué se impugna el voto? (Cont.)!Luego colocará este formulario dentro de un sobre especial -suministrado-, donde completará los campos en blancos. Entregará dicho sobre especial abierto al ciudadano junto con el sobre común de votación y lo invitará a pasar al cuarto oscuro. Allí el elector introducirá la boleta de su preferencia en el sobre común y éste, cerrado, dentro de aquel sobre especial
El elector no podrá retirar del sobre el formulario; y si lo hiciere se presumirá la veracidad de la impugnaciónIMPORTANTEEl sobre con el votoimpugnadodebecolocarse en la urnajunto con el resto de los votos, pero NO seráabierto en el escrutinio de mesa. Será la Junta Electoral Nacionalquiendecidirásobresuvalidez o nulidad
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  • 5. Conocer los actores involucrados en el acto electoral y sus funciones; y aquellos que están eximidos de participar de él
  • 6. Familiarizarse con los pasos a seguir para la preparación, la ejecución y el cierre del acto electoral
  • 7. Reconocer los distintos tipos de votos y sus características principales
  • 8. Identificar conductas no permitidas durante el acto electoralAgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 9. Aspectos Generales☑El Art. 37 de la C. N. Nos dice ...”El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.”☑El voto es obligatorio para todos los ciudadanos que tengan entre 18 y 70 años de edad y deben votar todos aquellos ciudadanos que se encuentren incluidos en el padrón electoral☑Están eximidos de votar: Quienes se encuentren a más de 500 Km.
  • 10. Quienes no puedan concurrir por razones de salud
  • 11. Quienes se encuentren transitoriamente en el Extranjero
  • 12. Los jueces, funcionarios y auxiliares que trabajen ese día
  • 13. El personal de organismos públicos o empresas que cumplan tareas y figuren en el listado que el organismo presente en el Ministerio del Interior
  • 14. En estos casos se tiene 60 días corridos desde la elección para presentar su justificación ante la Justicia Electoral de su distritoAgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 15. Quienes intervienen en una elección?Presidentes de MesaSon los garantes del correcto desarrollo del acto comicial en la mesa que preside y es la ÚNICA autoridad de la mesa: tiene la última palabra ante cualquier controversia que pueda surgir, y ejerce sus funciones con absoluta independencia. Es asistido en sus funciones por su suplenteFuerzas de SeguridadTienen por misión velar por el normal desarrollo del comicio, custodiando los locales de votaciónFiscalesSon los representantes de los partidos o alianzas que velan por el buen desarrollo del comicio en general y los intereses partidarios en particular. Tienen atribuciones, derechos y obligacionesSe encuentran distintos tipos de fiscales: Fiscales Partidarios
  • 18. Fiscales Partidarios que participan en el escrutinio definitivoTareas de los principales fiscales:Fiscal de MesaVigilará permanentemente la marcha del comicio, la existencia de boletas en el cuarto oscuro, el escrutinio y la suma de votos. Podrá impugnar y recurrir votos, verificar la identidad de los votantes y su inclusión en el padrón. En caso de que se agoten las boletas de su partido, es responsable de proveerlas. Puede solicitar al final del comicio, el certificado de Escrutinio, con el resultado de la Mesa firmado por las autoridades.Fiscales GeneralesCoordinan las tareas de los Fiscales de Mesa teniendo las mismas atribuciones que estos; están habilitados para salir y entrar al edificio tanto como sea necesario; transitar libremente los distintos recintos y presentase ante la autoridad de cualquier mesa, entrar y salir del cuarto oscuro siempre que no haya votantes dentro, pueden atender varias mesas del edificio, sean masculinas o femeninas, indistintamente.
  • 19. AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 20. Preparativos y desarrollo del acto comicialLas autoridades de mesa deben presentarse en el lugar donde funcionará la mesa que deben presidir7.15 hsSe reunirán en el local donde funcionará la mesa las autoridades de mesa (presidente y suplente), el empleado del Correo con los documentos y útiles, y los Agentes encargados de la seguridad y custodia del comicio7.45 hs!Si bien el Código Electoral no lo dice, peroesimportante la presencia de los fiscalesdesde el inicio del proceso, para la mejordefensa de los intereses del partido al cualrepresentan
  • 21. Elementos necesarios para poder abordar correctamente la tarea de fiscalizaciónAcreditaciones que lo habiliten a actuar como fiscal en la mesa o como fiscal general (las mismas deben ser presentadas ante la autoridad de mesa)ALas actas de cierre de las mesas que se vayan a fiscalizar, acomodadas prolijamenteBBoletas: sobre este punto hay que poner especial atención, porque la provisión de boletas es responsabilidad de cada partido y no del EstadoCIMPORTANTEdirectade la falta de boletas de unaagrupación en el cuartooscuro, es la pérdida de votos. Porlógica, siuna persona va a votar a “X” agrupación y al entrar al cuartooscuro no encuentralasboletas, muyprobablementelassolicite. Pero no hay queperder de vista de que no todaslas personas queentran al cuartooscurotienendefinido de antemano a quiénvotar y si en la recorridaporlas mesas no velasboletasquenosotrosestamosdefendiendo, con seguridad no recibiremosesevoto.Lapiceras de varios colores para firmar los sobres (azul, verde, rojo y negro). Lo ideal es poder variar el color de birome con el que se firman los sobres para, en caso de que se genere una situación de votos cadena, poder percibirla a tiempo y denunciarla.C
  • 22. Problemas frecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan autoridades de mesaLas boletas no son las oficialesFaltan Boletas
  • 23. Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan autoridades de mesaUn mecanismo fraudulento se pone en marcha cuando las autoridades de mesa no aparecen por el centro de votación
  • 24. Según la ley electoral, si no hay autoridades la mesa queda a cargo de la primera persona que va a votar, por lo que algunos partidos hacen que un votante aliado vaya temprano y quede a cargo de la mesa ante la ausencia de las autoridades establecidas“El encargado de llevar adelante el proceso eleccionario termina siendo un encargado parcial y partidario. El presidente de la mesa termina siendo juez y parte”Firmar sobres y guardar uno para generar el voto cadenaAEl falsopresidentequetoma el control de la mesa tienevariasopciones:En el momento de contar los votos, y sin control a la vista, puede reemplazar los sobres con votos para otros partidos por sobres con votos para su partido, o agregar votos a su favorBLa autoridad de mesa debe verificar que los datos del documento de identidad del votante consten en el padrón.CSi no hay quien fiscalice, el presidente puede obviar el requisito y hacer votar a alguien que no es, o a alguien que tiene documento falso.
  • 25. Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan autoridades de mesaEsto no quiere decir que todas las personas que sean llamadas a remplazar a un presidente de mesa sean “arreglados”, pero sí puede ocurrir que lo sean
  • 26. Una respuesta astuta, llegado el caso que se de la situación recién descripta, es priorizar la fiscalización en aquellas mesas en las que no se hayan presentado las autoridades elegidas por la justicia electoral
  • 27. En algunas oportunidades, incluso, se usa un método aun más burdo: cuando no se presenta una autoridad de mesa arreglan entre los fiscales de los partidos más grandes (los que tienen un fiscal por mesa) y se autonombran presidente y secretario de la misma. Esto es ilegal y no debe ser permitido!
  • 28. Un fiscal no puede ser presidente de mesa. Si ocurre una situación de estas en su mesa, Ud. deberá llamar a la autoridad del comicio y exigirle que se cumpla con la ley (si al momento de abrir la mesa no hay autoridades, queda a cargo la primer persona que se presenta a votar)Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosFaltan Boletas!Una vez que cada mesa tiene su autoridad electoral (presidente y suplente) se procede al armado del cuarto oscuro. En el mismo deben acomodarse, por número de orden, las boletas de los distintos partidos.Se vuelve a hacer hincapié en que el responsable de que haya boletas del PRO es cada fiscal del partido y que el hecho de que no hayan boletas del partido al que Ud. representa en el cuarto oscuro no inhabilita la continuación de las elecciones sin las mismas porque es legal continuar el comicio sin sus boletas.
  • 29. Asimismo la acreditación como fiscal partidario lo habilita a entrar al cuarto oscuro cuantas veces Ud. quiera, siempre que no haya ningún votante y, acompañado de algún presidente de mesa.Problemasfrecuentes, antes del inicio de los comiciosLas boletas no son las oficiales!Siempre en las elecciones hay denuncias por adulteración de boletas. Tenga especial cuidado en verificar que las boletas que estén en los cuartos oscuros sean idénticas a las que le fueron otorgadas a Ud. para reponer a medida que transcurre el día. De no ser así cámbielas por las boletas que usted llevaPreparativosy apertura del actocomicialDespués de recibir el material se deberán seguir los siguientes pasos:Instalación de la mesa
  • 31. Habilitación del cuarto oscuroLos fiscales que se encuentren en la apertura del comicio, deberán acreditarse frente al presidente de mesa, presentando el poder que le otorgo su partido, donde se indican todos sus datos y la firma del apoderado partidarioTerminado lo anterior, el pte. declarará abierto el acto electoral y labrará el Acta de Apertura que la firmara el presidente, su suplente y los fiscales de los partidos presentes en ese momento8.00 hs
  • 32. Desarrollodel actocomicial (8hs -18hs)Después de completar el acta de apertura, comienza la votación, las autoridades de mesa y los fiscales partidarios, en ese orden
  • 33. También podrán votar en una de las mesas en las que actúen, los fiscales generales8 a 18 hrs.Sólo en estos casos, de no estar en el padrón, pueden votar, siempre y cuando pertenezcan a la misma ciudad, agregándose al final del padrón del mismo sexo
  • 34. Después comienzan a votar los electores, donde las autoridades de la mesa le deben verificar la identidad e indicarles el procedimiento de votación, dejando constancia de la emisión del sufragio en el documento de identidadDesarrollo del acto comicial (8hs -18hs) (Cont.)Los fiscales pueden solicitar al presidente de la mesa que examine el cuarto oscuro, a los efectos de corroborar el correcto funcionamiento del espacio comicial (reposición de boletas, sellado de puertas y ventanas)
  • 35. En el caso del voto en los electores no videntes, estos deben ser acompañados al cuarto oscuro por el presidente de mesa y los fiscales que lo deseen, debiendo todos retirarse cuando el ciudadano haya comprobado la ubicación de las distintas boletas. El voto es secreto, por lo tanto, el elector no vidente debe emitir su voto estando a solas8 a 18 hrs.La Autoridad de Mesa o un fiscal pueden impugnar el voto si tuvieran alguna duda respecto de la identidad del elector, siguiendo los procedimientos establecidos en la leyCasos especialesAquelloselectoresqueposeanunamovilidadreducida (que se desplacen en silla de ruedas, muletas, etc.), deberán ser acompañadospor el presidente de la mesa hasta el cuartooscuro, quienayudará al ciudadano, en la medidaque la discapacidad lo requiera. Si la mesa estaubicada en plantaalta, el presidente de mesa y aquellosfiscalesque lo deseendeberánbajar la urna a la plantabaja para que el elector puedaemitirsuvotoIMPORTANTELa urnadeberá ser acompañadaporunaautoridad de mesa, unaautoridad de seguridad (Gendarmería o Prefectura) y usted. Nuncapierda de vista la urna. En cualquiermomento se puedeproducir un inflado de la mismaagregando un pequeñonúmero de sobres (queluego se ampararán en la diferencia). La urnasolamentepuedetrasladarse de la mesa al cuartooscuroprovisoriodondevotará la persona quetengaproblemas.Otroproblemaquepodemosteneres la votación de una persona con visióndisminuida o nula. En esecasopodránacompañarlalasautoridades de mesa y los fiscales para comprobarque el voto de la persona no sea falseadoporsuacompañante.
  • 36. AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 37. La identidad de los electores☑Los datos del padrón -nombre, número de documento, clase, domicilio, etc.- deben coincidir con los del documento presentado. Si alguno no concuerda, debe admitirse el voto del elector si concuerdan los demás datos. Cuando pasa esto, se deja constancia de las diferencias en el padrón, en la columna de “Observaciones”, en la línea correspondiente a esa persona ☑No se le impedirá votar a los ciudadanos que presenten documento sin fotografía, siempre que contesten bien las preguntas que le formule el presidente sobre sus datos personales y cualquier otra información para identificarlo☑Cuando el elector exhiba un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón puede votar. Por ejemplo, si en el padrón figura con DNI y el elector se presenta con su DNI duplicado
  • 38. Dudas frecuentes:¿Puedo votar con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica en lugar de DNI, o con un ejemplar diferente del documento que figura en el padrón?En caso de no tener DNI, el elector puede votar presentando su libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica siempre que no haya gestionado el DNI, ya que no se admitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral
  • 39. Sí debe admitirse, en cambio, el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón. Si Ud., por ejemplo, cuenta con un DNI triplicado, y en el padrón figura duplicado podrá emitir su voto. Pero nunca al revés¿Puedo votar con un comprobante de DNI en trámite?No. Los electores podrán votar únicamente presentando su DNI, LE o LC. No es considerado probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite
  • 40. RECUERDE: el elector podrá votar únicamente cuando exhiba un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón, nunca anterior. Le será admitido el voto, por ejemplo, si en el padrón figura LC y el elector se presenta con su DNI; o si figura duplicado y se presenta con triplicadoDudas frecuentes:¿Qué ocurre si alguno/s de los datos asentados en el DNI (Nº de documento, nombre, apellido, domicilio) no se corresponde con el padrón?Aquellos ciudadanos cuyos datos asentados en su documento cívico no coincidan con el padrón, podrán votar en los siguientes casos:Cuando el nombre no coincida exactamente con el que aparece en el padrón, siempre y cuando concuerden el número de documento, año de nacimiento, domicilio, etc.Cuando el nombre figure con exactitud y la discrepancia sea relativa a algún dato del documento cívico (domicilio, clase de documento, etc.)Quienes presenten documento válido sin fotografía, siempre que contesten correctamente las preguntas que le formule el presidente de mesa sobre sus datos personales y cualquier otra información para su identificaciónSi no aparezco en el padrón ¿puedo ser incluido manualmente el día de la elección?No. Podrán votar únicamente aquellos electores que figuren en el padrón electoral. Solamente los presidentes, su suplente y los fiscales a quienes corresponda votar en una mesa distinta de aquella en que ejercen sus funciones, podrán hacerlo en la que tienen a su cargo. Ninguna autoridad, ni aun el juez electoral, puede ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un ciudadano que no figura inscripto en los ejemplares del padrón electoral¿Quiénes no pueden votar?☑Quienes figuren tachados con línea roja en el padrón. No importa que aleguen errorQuienes no se presenten con su documento válido. Sólo se puede votar con Libreta de Enrolamiento, Cívica o Documento Nacional de Identidad (según corresponda)☑Quienes se presenten a votar con Libreta original y figuren en el padrón con DNI o Libreta Duplicada o todo el que presente un documento anterior al que figura en el padrón☑Los ciudadanos que no figuren inscriptos en el registro de la mesa excepto autoridades de Mesa, Fiscales y personal del Comando General Electoral. Ninguna autoridad (ni aún el Juez Federal con competencia electoral), podrá ordenar lo contrario☑
  • 41. Un buen fiscal nuncadescansa…Mientras la gente vota el fiscal tiene dos funciones principales: En segundolugardebefijarseque la identidad de los votantes sea la correcta y queluego de producido el voto el mismo sea marcado en el padrón en poder de lasautoridades de mesa (estoevitaríaqueuna persona vote más de unavez)En primer lugartienequerevisar con unaperiodicidadprudencial, quehayanboletas de supartido en el cuartooscuro
  • 42. AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 43. Por qué se impugna el voto? !Si el presidente de mesa o algún fiscal tiene razones para creer que el elector ha falseado su identidad -es decir, que no es el titular del documento que exhibe-, puede impugnar su voto. En esos casos, siempre se admite el voto pero se realizará de la siguiente manera:El presidente completará el formulario correspondiente -suministrado con el material- donde expondrá el motivo de la impugnación. Anotará allí el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del votante
  • 44. A continuación tomará la impresión dígito pulgar del elector impugnado que asentará en el formulario
  • 45. El presidente firmará el formulario junto con el o los fiscales impugnantes. La negativa del o de los fiscales impugnantes a suscribir el formulario importará el desistimiento y anulación de la impugnación; pero bastará con que uno sólo firme para que subsistaPor qué se impugna el voto? (Cont.)!Luego colocará este formulario dentro de un sobre especial -suministrado-, donde completará los campos en blancos. Entregará dicho sobre especial abierto al ciudadano junto con el sobre común de votación y lo invitará a pasar al cuarto oscuro. Allí el elector introducirá la boleta de su preferencia en el sobre común y éste, cerrado, dentro de aquel sobre especial
  • 46. El elector no podrá retirar del sobre el formulario; y si lo hiciere se presumirá la veracidad de la impugnaciónIMPORTANTEEl sobre con el votoimpugnadodebecolocarse en la urnajunto con el resto de los votos, pero NO seráabierto en el escrutinio de mesa. Será la Junta Electoral Nacionalquiendecidirásobresuvalidez o nulidad
  • 47. AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 48. Que se prohíbe durante el acto electoral?Se encuentran varias prohibiciones a las que el presidente de mesa y los fiscales de mesa deben prestar especial atención, para garantizar la libertad en la emisión del sufragio, por eso no se puede:
  • 49. Exhibir boletas de sufragio, formular manifestaciones políticas, y adoptar actitudes o portar insignias que refieran a una ideología política o partido político, mientras se espera el turno para votar
  • 50. Exhibir banderas, divisas o distintivos partidarios
  • 51. Entregar u ofrecer boletas de sufragio a los electores en un radio menor a ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos
  • 52. También está prohibida la portación de armas por parte de los votantesQue se prohíbe durante el acto electoral? (Cont.)También se encuentran prohibiciones tendientes a garantizar que las elecciones se celebren ordenadamente, como:
  • 53. Realizar todo tipo de juegos de azar, durante las horas del acto comicial
  • 54. Tener abiertos los lugares destinados a la venta de bebidas alcohólicas, hasta tres horas después del cierre de la elección
  • 55. Realizar espectáculos populares, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral (durante y hasta 3 horas después del cierre)
  • 56. Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que resida en una casa situada a menos de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptoraQue se prohíbe durante el acto electoral? (Cont.)En estos casos, el presidente de mesa deberá redactar un acta dejando constancia del hecho. La autoridad de mesa tiene la facultad de ordenar el arresto de los ciudadanos que incurrieran en alguna de las prohibiciones enumeradas, dando cuenta de ello al Juez Federal con Competencia Electoral!IMPORTANTENinguno de estos casos impiden que el ciudadano vote, ni pueden afectar la validez de su voto
  • 57. AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 58. EscrutinioA las 18 horas en punto, el presidente de mesa debe ordenar la clausura del acceso al local del comicio. Nunca antes de esa hora se podrá dar por finalizado el acto electoral, ni aún cuando hubieren votado la totalidad de los electores empadronados en esa mesa
  • 59. Todos los electores que hayan ingresado al lugar de votación hasta las 18:00 hs. seguirán votando hasta que lo hagan todos18 hsLuego de haber clausurado el acto electoral, se pasará a realizar en el cuarto oscuro el escrutinio de la mesa, que consiste en el recuento de los votos emitidos durante la jornada electoral
  • 60. Durante el escrutinio de la mesa debenestarpresentes los fiscalesacreditados ante la mesa y también los fiscalesgenerales, los apoderadospartidarios y los candidatosque lo soliciten, pero NO PODRÁN realizartareas de escrutinio, sólo el presidente de mesa esquientiene la responsabilidad de hacerlo, solamenteayudadopor el suplente
  • 61. Las fuerzas de seguridad vigilarán el acceso al cuarto oscuro
  • 62. El presidente y/o su suplente procederán a abrir la urna de votación, extrayendo y contando todos los sobres, confrontando ese número con la cantidad de personas que votaron
  • 63. Después el presidente abrirá los sobres clasificando los votosComo se clasifican los votos?Voto VálidoEs el regularmente emitido, que puede ser a favor de una agrupación determinada (voto positivo) o en blancoUn votopositivoesválido:
  • 65. Cuandohabiendo en la boletatachaduras de candidatos, agregados o sustituciones (borratina), el cabezal de la boleta (dondeaparece el nombre del partido, el número de lista y la categoría de cargo) se encuentreintacto
  • 66. Cuando en un sobreaparezcan dos o másboletasoficializadasquecorresponden al mismopartido y categoría de candidatos. En esecaso, sólo se computaráuna de ellas, destruyéndoselasrestantes!IMPORTANTETodaslasboletasqueconstituyan un votopositivo se clasificaránporpartido o alianza
  • 67. Como se clasifican los votos? (Cont.)Voto en BlancoEs un voto válido que no expresa preferencia por ninguna agrupación política. Un voto es en blanco cuando:El sobreestévacío o contenga un trozo de papel de cualquier color sin inscripciónalguna. En estecaso, se consideraráVoto en Blanco para TODAS lasCategorías de cargos
  • 68. En el sobrefaltase un cuerpo de boletacorrespondiente a unacategoría. En estecaso, se consideraráVoto en Blanco SÓLO para esacategoría. Porejemplo, si se eligenSenadores y DiputadosNacionales, sifalta la boleta de Senadores, se contarávotoblancosólo para estacategoría
  • 69. Recuento de los votos en blanco: estos se anotarán en el “formularioborrador para votos en blanco” provistopor el correo. A medidaque se abran los sobres y se verifique el voto en blanco, se irántachandolascasillas del formularioborrador, en forma progresiva de acuerdo a la categoríaquecorresponda el voto; al terminar de abrirse los sobres, la suma de casillasmarcadasindicará el total de los votos en blanco en cadauna de lascategorías. Si no se cuenta con el formulario, debeanotarse en cualquierotropapelborradorquetenga a la mano!IMPORTANTELos votos en blanco deben contarse en el mismo momento enque se abre cada sobre para escrutarlo
  • 70. Como se clasifican los votos? (Cont.)Voto NuloEs un voto inválido:Cuando se emite mediante una boleta no oficializada
  • 71. Cuando se emite en papel de color con inscripciones o imágenes de cualquier tipo
  • 72. Cuando en el sobre junto con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella (estampitas, monedas, etc.)
  • 73. Cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo el caso de tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones, que se considera voto válido (ver A.2. Voto Válido)
  • 74. Cuando se emite mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga por lo menos sin rotura o tachadura el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir
  • 75. Cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargosIMPORTANTECuando se vota para más de una categoría se anula exclusivamente aquella en la que se presenta la anomalía. Por ejemplo, si se eligen Senadores y Diputados Nacionales, si encontramos dos boletas de candidatos a Diputados Nacionales correspondientes a diferentes agrupaciones se anula el voto para esa categoría pero NO para el resto de las categorías (en este acaso para Senadores seria válida)Para el cómputo de los votos nulos el presidente también encontrará un borrador que podrá utilizar para facilitar el recuento final
  • 76. Como se clasifican los votos? (Cont.)Voto RecurridoDurante el escrutinio cabe la posibilidad de que los fiscales partidarios no estén de acuerdo con la manera en que el presidente clasificó algún o algunos votos. Por eso los fiscales pueden considerar que es válido un voto que el presidente declaró nulo o al reves. Si sucede esto, el fiscal procederán a recurrir el voto. Se llaman votos recurridos a todos aquellos votos cuya validez o nulidad sea cuestionada por uno o más fiscales partidarios. En estos casos se debe procederse de la sig. manera:El fiscal tiene que fundamentar su pedido con “expresión concreta de la causa”
  • 77. Los motivos se asentarán en un volante especial provisto por la Junta Electoral, que deberá ser firmado por el o los fiscales recurrentes, aclarando su nombre y apellido, número de documento cívico, domicilio y partido político al que pertenece
  • 78. Dicho volante se adjuntará a la boleta y sobre respectivoIMPORTANTELos votos recurridos se computarán en un borrador para luego anotar el total en el apartado “Votos Recurridos” del Acta de Escrutinio
  • 79. Como se clasifican los votos? (Cont.)Voto ImpugnadosSon los votos en los que se tuvo duda de la identidad de la persona y se procedió conforme lo indican los art. 91 y 92 del Código Electoral, como se dijo, la impugnación del voto da lugar a un procedimiento particular, siendo éste colocado en un sobre especial, que además debe contener un formulario donde conste el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del ciudadano cuyo voto ha sido impugnado, junto con su impresión dígito pulgar :Si usted creé que el voto de determinado sufragante debe ser impugnado plantéeselo al presidente de mesa y el deberá impugnar el mismo.
  • 80. En caso de negativa por parte del presidente de la mesa, usted deberá llamar a su fiscal general que procederá a avisarle al delegado de la justicia electoral que se encuentre en el comicio para dar lugar a la impugnación. IMPORTANTEPara impugnar un voto no necesita de la autorización ni del acompañamiento de nadie.Y que el voto impugnado es de carácter transitorio.
  • 81. AgendaObjetivos del CursoAspectos generalesQuiénes intervienen en una elección?El acto electoralValidación de la identidad de los electoresPor qué se impugna el voto?Qué se prohíbe durante el acto electoral?El escrutinioLa clausura
  • 82. Clausura del acto comicialCon los votos clasificados y sumados, el presidente realizará la clausura del comicio completando: acta de escrutinio, el acta de cierre, el certificado de escrutinio y el telegrama de escrutinio
  • 83. Toda la documentación será firmada por el presidente de mesa y los fiscales acreditados
  • 84. En el acta de escrutinio se pone la cantidad de ciudadanos que votaron, los votos impugnados y las diferencias entre las cifras de votos escrutados y de votantes señalados en el padrón, todo en letras y números.
  • 85. El acta de cierre lleva el nombre del presidente, el suplente y los fiscales de la mesa que estuvieron en el escrutinio o las razones de su ausencia. Se pone la hora de finalizado del escrutinio y las protestas formuladas por los fiscales
  • 86. Los certificados de escrutinio, sólo uno se introduce en la Urna y será suscripto por el presidente de mesa, el suplente y los fiscales. Se entregaran a los fiscales que así lo solicitenClausura del acto comicial (Cont.)El presidente confeccionará el telegrama junto con los fiscales, y lo entregará al empleado del correo con destino a la Junta Electoral Nacional de Distrito y deberá cursar una copia a la Dirección Nacional Electoral
  • 87. Remisión del material electoral: se utilizará la urna, un sobre especial (sobre de devolución de actas) y un bolso plástico (bolsa de material sobrante)
  • 88. Se deposita dentro de la urna: los sobres de votos emitidos, las boletas extraídas de los sobres clasificadas, los votos nulos, un certificado de escrutinio para la Junta y el sellos utilizado
  • 89. Cuando se cierra la urna se coloca una faja tapando la boca de la urna, y las tapas frente y posterior. A esta faja la firmará el presidente, el suplente y los fiscalesFinalización del escrutinio de la mesa y clausura del acto comicialEn el sobre “devolución de actas” (sobre especial) se coloca el padrón utilizado, el acta de escrutinio, los votos impugnados con sus sobres sus formularios, los votos recurridos en sus sobres y el volante de sus causas
  • 90. Este sobre debe cerrarse y entregarse en mano al empleado del correo
  • 91. El material sobrante será colocado un sobre marrón tipo bolsa de material donde se colocan: la boletas no usadas, los sobres no usados, la caja de útiles con sus contenidos, los borradores de cómputos y papelería sobrante
  • 92. Una vez entregado el material al empleado del correo, será llevado ya la Junta Electoral de Distrito custodiado por fuerzas policiales y vigilado p que tengan entre 18 y 70 años de edad por los fiscales, quienes verificaran el lugar donde se guardaran hasta realizar el escrutinio definitivo
  • 93. Los fiscales deben realizar sus consultas con los responsables del comando electoral del partido. También podrán dirigirse a la Junta Electoral del Distrito, a través del personal de seguridad para que lo contacte con la Junta. Ante cualquier duda consulten el Código Electoral NacionalClausura del acto comicialFinalizada esta tarea, el presidente entregará personalmente al empleado del correo los siguientes elementos en este orden:Los telegramas con los resultados del escrutinio con destino a la Junta Electoral de su Distrito y a la Dirección Nacional ElectoralLa urna cerradaEl sobre “Devolución de Actas”El bolso plástico de material sobranteIMPORTANTEEl fiscal debe entregar a su coordinador partidario el certificado de escrutinio de la mesa en que actuó, para que sea computado internamente en el partido
  • 94. Muchas GraciasTuayudaserá de granimportanciano solo para el Partidosinotambiénpara la Democracia. http://omardemarchi.com