SlideShare una empresa de Scribd logo
El Peruano
Lima, martes 12 de abril de 2011                   NORMAS LEGALES                                              440787

                                                    LEY N° 29675
                                             LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS
                                                DEL CÓDIGO PENAL SOBRE DELITOS
                                                   CONTRA LA SALUD PÚBLICA



                                                                    El que, a sabiendas, importa, comercializa, almacena,
                     PODER LEGISLATIVO                          transporta o distribuye en las condiciones antes
                                                                mencionadas productos farmacéuticos, dispositivos
                                                                médicos o productos sanitarios, será reprimido con la
    CONGRESO DE LA REPUBLICA                                    misma pena.
                                                                    Artículo 294-B. Comercialización de productos
                                   LEY Nº 29675                 farmacéuticos, dispositivos médicos o productos
                                                                sanitarios sin garantía de buen estado
       EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA                                El que vende, importa o comercializa productos
       POR CUANTO:                                              farmacéuticos, dispositivos médicos o productos
                                                                sanitarios luego de producida su fecha de vencimiento,
       El Congreso de la República                              o el que para su comercialización los almacena,
       Ha dado la Ley siguiente:                                transporta o distribuye en esa condición, será reprimido
                                                                con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni
       EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;                             mayor de ocho años y con ciento ochenta a trescientos
                                                                sesenta y cinco días multa.
       Ha dado la Ley siguiente:
        LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS                         Artículo 294-C. Agravantes
                                                                    Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos
          DEL CÓDIGO PENAL SOBRE DELITOS                        286, 287, 288, 294, 294-A y 294-B ocasiona lesiones
              CONTRA LA SALUD PÚBLICA                           graves o la muerte y el agente pudo prever, la pena
                                                                privativa de libertad será no menor de ocho ni mayor de
    Artículo 1. Modificación de los artículos 286, 287,          quince años.
 288 y 294 del Código Penal                                         Si el agente en los delitos previstos en los artículos
    Modifícanse los artículos 286, 287, 288 y 294 del           294-A y 294-B tiene la condición de director técnico, o
 Código Penal, conforme a los siguientes textos:                quien haga sus veces, de un establecimiento farmacéutico
                                                                o establecimiento de salud, será también reprimido con
                                                                inhabilitación conforme a los numerales 1, 2 y 4 del
      “Artículo 286. Contaminación o adulteración               artículo 36.”
 de bienes o insumos destinados al uso o consumo
 humano y alteración de la fecha de vencimiento
      El que contamina o adultera bienes o insumos                 Comuníquese al señor Presidente de la República
 destinados al uso o consumo humano, o altera la fecha          para su promulgación.
 de vencimiento de los mismos, será reprimido con pena
 privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis           En Lima, a los treinta y un días del mes de marzo de
 años.                                                          dos mil once.
      Artículo 287. Contaminación o adulteración de
 alimentos o bebidas y alteración de la fecha de                   CÉSAR ZUMAETA FLORES
 vencimiento                                                       Presidente del Congreso de la República
      El que contamina o adultera alimentos, bebidas o
 aguas destinadas al consumo humano, o altera la fecha             ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG
 de vencimiento de los mismos, será reprimido con pena             Segunda Vicepresidenta del Congreso
 privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez         de la República
 años.
      Artículo 288. Producción, comercialización o tráfico          AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
 ilícito de alimentos y otros productos destinados al              DE LA REPÚBLICA
 uso o consumo humano
      El que produce, vende, pone en circulación, importa          POR TANTO:
 o toma en depósito alimentos, aguas, bebidas o bienes
 destinados al uso o consumo humano, a sabiendas de                Mando se publique y cumpla.
 que son contaminados, falsificados o adulterados, será
 reprimido con pena privativa de libertad no menor de              Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once
 cuatro ni mayor de ocho años.                                  días del mes de abril del año dos mil once.
      Cuando el agente actúa por culpa, la pena privativa de
 libertad será no mayor de dos años.                               ALAN GARCÍA PÉREZ
                                                                   Presidente Constitucional de la República
     Artículo 294. Suministro infiel de productos
 farmacéuticos, dispositivos médicos o productos                   ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA
 sanitarios                                                        Presidenta del Consejo de Ministros y
     El que teniendo o no autorización para la venta               Ministra de Justicia
 de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o
 productos sanitarios, a sabiendas, los entrega en especie,        627232-1
 calidad o cantidad no correspondiente a la receta médica
 o distinta de la declarada o convenida, será reprimido con
 pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de
 cuatro años.
     Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable                        DEL CÓDIGO PENAL
 cuando el químico farmacéutico proceda conforme a lo
 dispuesto en el segundo párrafo del artículo 32 de la Ley          Artículo 36°.- Inhabilitación Efectos
 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos            La inhabilitación producirá, según disponga la
 Médicos y Productos Sanitarios.”
                                                                    sentencia:
    Artículo 2. Incorporación de los artículos 294-A,               1. Privación de la función, cargo o comisión que
 294-B y 294-C al Código Penal                                      ejercía el condenado, aunque provenga de
    Incorpóranse los artículos 294-A, 294-B y 294-C al              elección popular;
 Código Penal en los términos siguientes:                           2. Incapacidad para obtener mandato, cargo,
    “Artículo 294-A. Falsificación, contaminación o                  empleo o comisión de carácter público;
adulteración de productos farmacéuticos, dispositivos
médicos o productos sanitarios                                      4. Incapacidad para ejercer por cuenta propia o por
    El que falsifica, contamina o adultera productos                 intermedio de tercero profesión, comercio, arte o
farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios,
o altera su fecha de vencimiento, será reprimido con pena           industria, que deben especificarse en la sentencia;
privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez
años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco
días multa.

Más contenido relacionado

PDF
El Consejo de la Magistratura dispuso cesar las designaciones de jueces trans...
PDF
Desde las 8 del viernes comienza la veda electoral en La Rioja
DOCX
Proyecto de decreto en materia de Transparencia y Acceso a la Informacion
PDF
Etica profesional
PDF
Leyes del ejercicio profesional
PDF
Drogas 1340
PPT
Colombia_ppt
PDF
Ley 20.000 drogas
El Consejo de la Magistratura dispuso cesar las designaciones de jueces trans...
Desde las 8 del viernes comienza la veda electoral en La Rioja
Proyecto de decreto en materia de Transparencia y Acceso a la Informacion
Etica profesional
Leyes del ejercicio profesional
Drogas 1340
Colombia_ppt
Ley 20.000 drogas

La actualidad más candente (20)

DOC
Reforma en Materia de Transparencia
ODT
Borrador informe 1er Debate Poryecto Ley Elecciones anticipadas
PDF
Leyamparo
PDF
0001 11-ee-res
PDF
Decreto Legislativo 1353
DOCX
Ley de Hidrocarburos
PPT
PROYECTO DE REFORMAS AL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL OBJETADO POR E...
PDF
Reglamento para la actualización y creación de zonas electorales en el exterior
PDF
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN CORTE SUPREMA
PPTX
Dercons 6.6
PPTX
Ley penal del ambiente
PPT
Controles interorganicos jorge
PDF
Ley de Ciudadanía Argentina: Voto 16 años.
DOCX
Ley orgánica de_amparo_sobre_derechos_y_garantías_constitucionales
DOCX
Organos de los Tribunales Agrario y Principios del Proceso Agrario
DOCX
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL y/o CIUDAD DE MEXICO. MARZO 2016.
PDF
Reglamento para la conformación comisión calificadora de la primera corte con...
DOCX
Trabajos extraclase legislacion
PDF
Ley reguladora-de-las-actividades-relativas-a-las-drogas
PDF
Ley penitenciaria
Reforma en Materia de Transparencia
Borrador informe 1er Debate Poryecto Ley Elecciones anticipadas
Leyamparo
0001 11-ee-res
Decreto Legislativo 1353
Ley de Hidrocarburos
PROYECTO DE REFORMAS AL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL OBJETADO POR E...
Reglamento para la actualización y creación de zonas electorales en el exterior
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN CORTE SUPREMA
Dercons 6.6
Ley penal del ambiente
Controles interorganicos jorge
Ley de Ciudadanía Argentina: Voto 16 años.
Ley orgánica de_amparo_sobre_derechos_y_garantías_constitucionales
Organos de los Tribunales Agrario y Principios del Proceso Agrario
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL y/o CIUDAD DE MEXICO. MARZO 2016.
Reglamento para la conformación comisión calificadora de la primera corte con...
Trabajos extraclase legislacion
Ley reguladora-de-las-actividades-relativas-a-las-drogas
Ley penitenciaria
Publicidad

Similar a Modificatoria del codigo penal 12.04.2011 l (20)

PDF
L27023 1998
PDF
Ley que-incorpora-la-decima-cuarta-disposicion-complementari-ley-n-31183-1949...
PDF
Normas_Legales_20211129_EXTRAORDINARIA. maestria.pdf
DOC
Despenalizacion
PDF
Ley nº 31091 covid
PDF
ALERTA DIGENID N° 95- 2024 SOBRE PRODUCTOS FALSIFICADOS
PDF
Obligacion de implementar lactarios en las entidades privadas y públicas - A ...
PDF
04. LEY N° 30647
PPT
Delito de trafico ilícito de drogas
PDF
VIGENCIA DE LA LICENCIA POR TUBERCULOSIS O NEOPLASIA MALIGNA - AUTOR JOSÉ MAR...
PDF
Ley 23737 comentada castro y bianco edicion digital
DOCX
Ley general de salud bebidas adulteradas
PDF
ARCSA-FARMACIAS Y BOTIQUINES.pdf
PPTX
Lsepexpo
DOC
DECRETO Disposición Final Medicamentos Vencidos y Otros 29.08.2006..doc
DOC
Petitorio 466_de_1984.doc
PPTX
Exposicion Deontologia artículo 461 bis ley general
PDF
Decreto Supremo N° 001 2016-MIMP - Decreto Supremo que desarrolla la Ley N° 2...
DOCX
Codigo penal toxi
PPTX
Leyes de estupefacientes y psicotrópicos
L27023 1998
Ley que-incorpora-la-decima-cuarta-disposicion-complementari-ley-n-31183-1949...
Normas_Legales_20211129_EXTRAORDINARIA. maestria.pdf
Despenalizacion
Ley nº 31091 covid
ALERTA DIGENID N° 95- 2024 SOBRE PRODUCTOS FALSIFICADOS
Obligacion de implementar lactarios en las entidades privadas y públicas - A ...
04. LEY N° 30647
Delito de trafico ilícito de drogas
VIGENCIA DE LA LICENCIA POR TUBERCULOSIS O NEOPLASIA MALIGNA - AUTOR JOSÉ MAR...
Ley 23737 comentada castro y bianco edicion digital
Ley general de salud bebidas adulteradas
ARCSA-FARMACIAS Y BOTIQUINES.pdf
Lsepexpo
DECRETO Disposición Final Medicamentos Vencidos y Otros 29.08.2006..doc
Petitorio 466_de_1984.doc
Exposicion Deontologia artículo 461 bis ley general
Decreto Supremo N° 001 2016-MIMP - Decreto Supremo que desarrolla la Ley N° 2...
Codigo penal toxi
Leyes de estupefacientes y psicotrópicos
Publicidad

Más de boticas inkafarma (6)

PDF
Ficha tecnica-pramipexol-stada-efg 0
PPT
PPTX
Lipolisis if
PDF
Prevencion julio chirinos
PPT
Clase+insulina
Ficha tecnica-pramipexol-stada-efg 0
Lipolisis if
Prevencion julio chirinos
Clase+insulina

Modificatoria del codigo penal 12.04.2011 l

  • 1. El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 NORMAS LEGALES 440787 LEY N° 29675 LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL SOBRE DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA El que, a sabiendas, importa, comercializa, almacena, PODER LEGISLATIVO transporta o distribuye en las condiciones antes mencionadas productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios, será reprimido con la CONGRESO DE LA REPUBLICA misma pena. Artículo 294-B. Comercialización de productos LEY Nº 29675 farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios sin garantía de buen estado EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El que vende, importa o comercializa productos POR CUANTO: farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios luego de producida su fecha de vencimiento, El Congreso de la República o el que para su comercialización los almacena, Ha dado la Ley siguiente: transporta o distribuye en esa condición, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; mayor de ocho años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa. Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS Artículo 294-C. Agravantes Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos DEL CÓDIGO PENAL SOBRE DELITOS 286, 287, 288, 294, 294-A y 294-B ocasiona lesiones CONTRA LA SALUD PÚBLICA graves o la muerte y el agente pudo prever, la pena privativa de libertad será no menor de ocho ni mayor de Artículo 1. Modificación de los artículos 286, 287, quince años. 288 y 294 del Código Penal Si el agente en los delitos previstos en los artículos Modifícanse los artículos 286, 287, 288 y 294 del 294-A y 294-B tiene la condición de director técnico, o Código Penal, conforme a los siguientes textos: quien haga sus veces, de un establecimiento farmacéutico o establecimiento de salud, será también reprimido con inhabilitación conforme a los numerales 1, 2 y 4 del “Artículo 286. Contaminación o adulteración artículo 36.” de bienes o insumos destinados al uso o consumo humano y alteración de la fecha de vencimiento El que contamina o adultera bienes o insumos Comuníquese al señor Presidente de la República destinados al uso o consumo humano, o altera la fecha para su promulgación. de vencimiento de los mismos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis En Lima, a los treinta y un días del mes de marzo de años. dos mil once. Artículo 287. Contaminación o adulteración de alimentos o bebidas y alteración de la fecha de CÉSAR ZUMAETA FLORES vencimiento Presidente del Congreso de la República El que contamina o adultera alimentos, bebidas o aguas destinadas al consumo humano, o altera la fecha ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG de vencimiento de los mismos, será reprimido con pena Segunda Vicepresidenta del Congreso privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez de la República años. Artículo 288. Producción, comercialización o tráfico AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL ilícito de alimentos y otros productos destinados al DE LA REPÚBLICA uso o consumo humano El que produce, vende, pone en circulación, importa POR TANTO: o toma en depósito alimentos, aguas, bebidas o bienes destinados al uso o consumo humano, a sabiendas de Mando se publique y cumpla. que son contaminados, falsificados o adulterados, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once cuatro ni mayor de ocho años. días del mes de abril del año dos mil once. Cuando el agente actúa por culpa, la pena privativa de libertad será no mayor de dos años. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República Artículo 294. Suministro infiel de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA sanitarios Presidenta del Consejo de Ministros y El que teniendo o no autorización para la venta Ministra de Justicia de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios, a sabiendas, los entrega en especie, 627232-1 calidad o cantidad no correspondiente a la receta médica o distinta de la declarada o convenida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años. Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable DEL CÓDIGO PENAL cuando el químico farmacéutico proceda conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 32 de la Ley Artículo 36°.- Inhabilitación Efectos 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos La inhabilitación producirá, según disponga la Médicos y Productos Sanitarios.” sentencia: Artículo 2. Incorporación de los artículos 294-A, 1. Privación de la función, cargo o comisión que 294-B y 294-C al Código Penal ejercía el condenado, aunque provenga de Incorpóranse los artículos 294-A, 294-B y 294-C al elección popular; Código Penal en los términos siguientes: 2. Incapacidad para obtener mandato, cargo, “Artículo 294-A. Falsificación, contaminación o empleo o comisión de carácter público; adulteración de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios 4. Incapacidad para ejercer por cuenta propia o por El que falsifica, contamina o adultera productos intermedio de tercero profesión, comercio, arte o farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios, o altera su fecha de vencimiento, será reprimido con pena industria, que deben especificarse en la sentencia; privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa.