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NORMATIVIDAD EN PROMOCIÓN
DE LA SALUD Y PREVENCIÓN
DE LA ENFERMEDAD
POR GABRIELA AGUDELO RENDON
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ESPECIALISTA EN TRABAJO SOCIAL FAMILIAR UPB
Norma o principio
creado por una autoridad
suprema mediante la cual
se ordena o prohíbe algo.
LEY
Es un tipo de acto
administrativo que
generalmente, posee un
contenido normativo
reglamentario, por lo que su
rango es jerárquicamente inferior
a las leyes.
DECRETO
Son delegadas por
una ley para que
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aplicación de esa ley.
RESOLUCIÓN
Un acuerdo es, una
decisión tomada en
común por dos o más
partes.
ACUERDO
LEY 100 DE 1993
23 DICIEMBRE
Por la cual se crea el
sistema de seguridad
social integral y se
dictan otras
disposiciones
El Sistema de Seguridad Social
Integral: el conjunto armónico de los
regímenes generales establecidos
para pensiones, salud, riesgos
profesionales y los servicios
sociales complementarios que se
definen en la presente Ley.
LEY 100 DE 1993
23 DICIEMBRE
RESOLUCIÓN 3997 DE 1996
Octubre 30
3 AÑOS DESPUES
Por la cual se establecen las actividades y
los procedimientos para el desarrollo de
las acciones de promoción y
prevención en el Sistema General de
Seguridad Social en Salud
RESOLUCIÓN 3997 DE 1996
Octubre 30
ARTICULO 1o.
OBJETO. Determinar el conjunto de
actividades de promoción de la salud y
prevención de la enfermedad, de
obligatorio cumplimiento por parte de las
EPS ….. y establecer los lineamientos
para su evaluación y seguimiento.
AMPLIA
ACUERDO 117 DE 1998
Diciembre 29
2 AÑOS DEPÚES
Por el cual se establece el obligatorio
cumplimiento de las actividades,
procedimientos e intervenciones de
demanda inducida y la atención de
enfermedades de interés en salud
pública.
ACUERDO 117 DE 1998
Diciembre 29
OBJETIVO:
 Disminuir la Morbi-Mortalidad Materno-
 Perinatal
Administrar el riesgo de los afiliados
Los afiliados NO DEMANDABAN LOS
SERVICIOS DE PYP
ACUERDO 117 DE 1998
Diciembre 29
Capitulo I:
Obliga a las EPS a la ejecución de
las actividades de DI (PYP).
Para lo cual se creo la NORMA
TÉCNICA DE ATENCIÓN EN
PYP
RESOLUCIÓN 412 DE 2000
25 FEBRERO
2 AÑOS DEPÚES
Todos los actores en Salud deben
velar por disminución de la morbi-
mortalidad por causas evitables y
mejorar la calidad de vida.
RESOLUCIÓN 412 DE 2000
25 FEBRERO
1. Norma de Obligatorio Cumplimiento
2. Actividades de Protección Especifica y
Detección Temprana
3. Demanda Inducida (diferentes estrategias)
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RESOLUCIÓN 412 DE 2000
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5. Programación de actividades
6. Evaluación (IG, DI)
7. Seguimiento
RESOLUCIÓN 3384 DE 2000
Diciembre 29
10 MESES DEPÚES
Por la cual se Modifican Parcialmente
las Resoluciones 412 .....
RESOLUCIÓN 3384 DE 2000
Diciembre 29
Algunas actividades de la 412 no están incluidas en el POSS
(vasectomía, colposcopia, biopsia de cuello uterino, mamografía, biopsia
de mama y consulta oftalmológica a los mayores de 55 años)
GUIAS VIG EPID: Las Guías de Atención para Tuberculosis,
Lepra, leishmaniasis y malaria, contienen elementos normativos de
obligatorio cumplimiento
COOPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS: todo lo descrito en
el Acuerdo 117, excepto la atención del parto en el régimen
contributivo.
RESOLUCIÓN 3384 DE 2000
Diciembre 29
ESTRATEGIAS EN DI
CUMPLIMIENTO DE METAS (90 %)
FALLA POR INDICADOR CENTINELA
RADICAR INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN
TRIMESTRAL (MATRIX)
RESOLUCIÓN 0004505
DEL 28 DIC DE 2012
Por la cual se establece el reporte relacionado con
el registro de las actividades de Protección
Específica, Detección Temprana y la aplicación de
las Guías de Atención Integral para las
enfermedades de interés en salud pública de
obligatorio cumplimiento.
RESOLUCIÓN 0004505
DEL 28 DIC DE 2012
ARTÍCULO 111 SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
DE DIRECCIONES TERRITORIALES DE SALUD, ENTIDADES
PROMOTORAS DE SALUD E INSTITUCIONES PRESTADORAS
DE SALUD.
Como resultado de la aplicación de los indicadores, el Ministerio de la
Protección Social desarrollará un sistema de evaluación y calificación de las
direcciones territoriales de salud, de Entidades Promotoras de Salud e
Instituciones Prestadoras de Salud que permita conocer públicamente a
más tardar el primero (1) de marzo de cada año, como mínimo: número de
quejas, gestión de riesgo, programas de prevención y control de enfermedades
implementados, resultados en la atención de la enfermedad, prevalencia de
enfermedades de interés en salud pública, listas de espera; administración y
flujo de recursos.
CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN 0004505
DEL 28 DIC DE 2012
ARTÍCULO 112. ARTICULACIÓN DEL SISTEMA DE
INFORMACIÓN.
El Ministerio de la Protección Social, a través del
Sistema Integración de Información de la
Protección Social (SISPRO) articulará el manejo y
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ARTÍCULO 114. OBIGACIÓN DE REPORTAR.
Es una obligación de las Entidades Promotoras de Salud, los
prestadores de servidos de salud, de las direcciones territoriales
de salud, las empresas farmacéuticas, las cajas de compensación,
las administradoras de riesgos profesionales y los demás agentes
del sistema, proveer la información solicitada de forma confiable,
oportuna y dará dentro de los plazos que se establezcan en el
reglamento, con el objetivo de elaborar los indicadores. Es deber
de los ciudadanos proveer información veraz y oportuna.
CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN 0004505
DEL 28 DIC DE 2012
ACUERDO 117:
Que los servicios de Protección Especifica y de Detección
temprana no son demandados por los usuarios en forma
espontánea y por lo tanto las EPS, Entidades Adaptadas y
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Subsidiado deben diseñar e implementar estrategias para
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garanticen las coberturas necesarias para impactar la salud
de la colectividad.
CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN 0004505
DEL 28 DIC DE 2012
ACUERDO 117:
ARTICULO 1o. EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES,
PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA
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Las EPS, Entidades Adaptadas y Transformadas y las
Administradoras del Régimen Subsidiado son responsables del
obligatorio cumplimiento de actividades, procedimientos e
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enfermedades de interés en Salud Pública de que trata el
presente Acuerdo en su población afiliada.
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DEL 28 DIC DE 2012
GRUPOS DE RIESGO DEFINIDOS ACUERDO 117:
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RESOLUCIÓN 0004505
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LA RESOLUCIÓN 3384 DE 2000 ESTABLECIO
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RESOLUCIÓN 0004505
DEL 28 DIC DE 2012
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1. SE DEROGA EL INSTRUMENTO UTILIZADO PARA LA
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2. LA HERRAMIENTA DE LA RES 3384 ESTA VIGENTE HASTA ABRIL
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3. PARA EL 2do. SEMESTRE DE 2013 EL MIN ENVIARA
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4. LA 4505 CAMBIA LA FORMA DE REPORTE DE NUMERO A
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CONCLUSIONES
EL REPORTE DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN
DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA
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Normatividad en Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad

  • 1. NORMATIVIDAD EN PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD POR GABRIELA AGUDELO RENDON ENFERMERA UDEA ESPECIALISTA EN TRABAJO SOCIAL FAMILIAR UPB
  • 2. Norma o principio creado por una autoridad suprema mediante la cual se ordena o prohíbe algo. LEY
  • 3. Es un tipo de acto administrativo que generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes. DECRETO
  • 4. Son delegadas por una ley para que instrumente la aplicación de esa ley. RESOLUCIÓN
  • 5. Un acuerdo es, una decisión tomada en común por dos o más partes. ACUERDO
  • 6. LEY 100 DE 1993 23 DICIEMBRE
  • 7. Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones El Sistema de Seguridad Social Integral: el conjunto armónico de los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios sociales complementarios que se definen en la presente Ley. LEY 100 DE 1993 23 DICIEMBRE
  • 8. RESOLUCIÓN 3997 DE 1996 Octubre 30 3 AÑOS DESPUES Por la cual se establecen las actividades y los procedimientos para el desarrollo de las acciones de promoción y prevención en el Sistema General de Seguridad Social en Salud
  • 9. RESOLUCIÓN 3997 DE 1996 Octubre 30 ARTICULO 1o. OBJETO. Determinar el conjunto de actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, de obligatorio cumplimiento por parte de las EPS ….. y establecer los lineamientos para su evaluación y seguimiento. AMPLIA
  • 10. ACUERDO 117 DE 1998 Diciembre 29 2 AÑOS DEPÚES Por el cual se establece el obligatorio cumplimiento de las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y la atención de enfermedades de interés en salud pública.
  • 11. ACUERDO 117 DE 1998 Diciembre 29 OBJETIVO:  Disminuir la Morbi-Mortalidad Materno-  Perinatal Administrar el riesgo de los afiliados Los afiliados NO DEMANDABAN LOS SERVICIOS DE PYP
  • 12. ACUERDO 117 DE 1998 Diciembre 29 Capitulo I: Obliga a las EPS a la ejecución de las actividades de DI (PYP). Para lo cual se creo la NORMA TÉCNICA DE ATENCIÓN EN PYP
  • 13. RESOLUCIÓN 412 DE 2000 25 FEBRERO 2 AÑOS DEPÚES Todos los actores en Salud deben velar por disminución de la morbi- mortalidad por causas evitables y mejorar la calidad de vida.
  • 14. RESOLUCIÓN 412 DE 2000 25 FEBRERO 1. Norma de Obligatorio Cumplimiento 2. Actividades de Protección Especifica y Detección Temprana 3. Demanda Inducida (diferentes estrategias) 4. Guías de Atención enfermedades en Salud Publica
  • 15. RESOLUCIÓN 412 DE 2000 25 FEBRERO 5. Programación de actividades 6. Evaluación (IG, DI) 7. Seguimiento
  • 16. RESOLUCIÓN 3384 DE 2000 Diciembre 29 10 MESES DEPÚES Por la cual se Modifican Parcialmente las Resoluciones 412 .....
  • 17. RESOLUCIÓN 3384 DE 2000 Diciembre 29 Algunas actividades de la 412 no están incluidas en el POSS (vasectomía, colposcopia, biopsia de cuello uterino, mamografía, biopsia de mama y consulta oftalmológica a los mayores de 55 años) GUIAS VIG EPID: Las Guías de Atención para Tuberculosis, Lepra, leishmaniasis y malaria, contienen elementos normativos de obligatorio cumplimiento COOPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS: todo lo descrito en el Acuerdo 117, excepto la atención del parto en el régimen contributivo.
  • 18. RESOLUCIÓN 3384 DE 2000 Diciembre 29 ESTRATEGIAS EN DI CUMPLIMIENTO DE METAS (90 %) FALLA POR INDICADOR CENTINELA RADICAR INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN TRIMESTRAL (MATRIX)
  • 19. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 Por la cual se establece el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento.
  • 20. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 ARTÍCULO 111 SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE DIRECCIONES TERRITORIALES DE SALUD, ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD E INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD. Como resultado de la aplicación de los indicadores, el Ministerio de la Protección Social desarrollará un sistema de evaluación y calificación de las direcciones territoriales de salud, de Entidades Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Salud que permita conocer públicamente a más tardar el primero (1) de marzo de cada año, como mínimo: número de quejas, gestión de riesgo, programas de prevención y control de enfermedades implementados, resultados en la atención de la enfermedad, prevalencia de enfermedades de interés en salud pública, listas de espera; administración y flujo de recursos. CONSIDERANDO
  • 21. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 ARTÍCULO 112. ARTICULACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN. El Ministerio de la Protección Social, a través del Sistema Integración de Información de la Protección Social (SISPRO) articulará el manejo y será el responsable de la administración de la información. CONSIDERANDO
  • 22. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 ARTÍCULO 114. OBIGACIÓN DE REPORTAR. Es una obligación de las Entidades Promotoras de Salud, los prestadores de servidos de salud, de las direcciones territoriales de salud, las empresas farmacéuticas, las cajas de compensación, las administradoras de riesgos profesionales y los demás agentes del sistema, proveer la información solicitada de forma confiable, oportuna y dará dentro de los plazos que se establezcan en el reglamento, con el objetivo de elaborar los indicadores. Es deber de los ciudadanos proveer información veraz y oportuna. CONSIDERANDO
  • 23. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 ACUERDO 117: Que los servicios de Protección Especifica y de Detección temprana no son demandados por los usuarios en forma espontánea y por lo tanto las EPS, Entidades Adaptadas y Transformadas y las Administradoras del Régimen Subsidiado deben diseñar e implementar estrategias para inducir la demanda a estos servicios, de manera que se garanticen las coberturas necesarias para impactar la salud de la colectividad. CONSIDERANDO
  • 24. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 ACUERDO 117: ARTICULO 1o. EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO. Las EPS, Entidades Adaptadas y Transformadas y las Administradoras del Régimen Subsidiado son responsables del obligatorio cumplimiento de actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y la atención de enfermedades de interés en Salud Pública de que trata el presente Acuerdo en su población afiliada. CONSIDERANDO
  • 25. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 GRUPOS DE RIESGO DEFINIDOS ACUERDO 117: ARTICULO 5o. ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES PARA PROTECCION ESPECIFICA. Vacunación según esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) Atención preventiva en Salud Bucal Atención del Parto Atención al recién nacido Atención en Planificación Familiar a hombres y mujeres CONSIDERANDO
  • 26. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 ARTICULO 6o. ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES PARA DETECCION TEMPRANA Alteraciones del crecimiento y desarrollo (menores de 10 años) Alteraciones del desarrollo del joven (10 - 29 años) Alteraciones del embarazo Alteraciones en el adulto (>45 años) Cáncer de cuello uterino Cáncer seno Alteraciones de la agudeza visual CONSIDERANDO
  • 27. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 LA RESOLUCIÓN 3384 DE 2000 ESTABLECIO LA MEDICIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE PROTECCIÓN ESPECIFICA Y DETECCIÓN TEMPRANA A TRAVEZ DE MATRICES DE PROGRAMACIÓN E INFORMES DE EJECUSIÓN CONSIDERANDO
  • 28. RESOLUCIÓN 0004505 DEL 28 DIC DE 2012 Que para dar cumplimiento a lo ordenado en los precitados artículos de la Ley 1438 de 2011 es necesario establecer una nueva forma de reporte de información relativa a Protección Específica y Detección Temprana y aplicación de guías de Atención Integral de Enfermedades de Salud Pública de obligatorio cumplimiento, en el marco de las competencias legales de los diferentes actores y agentes del Sistema, con el propósito de integrar dicha información al SISPRO. CONSIDERANDO
  • 29. 1. SE DEROGA EL INSTRUMENTO UTILIZADO PARA LA PROGRAMACIÓN DE METAS EN DETECCIÓN TEMPRANA Y PROTECCIÓN ESPECIFICA MAS NO EL CONCEPTO DE GENERAR UNA PROGRAMACIÓN 2. LA HERRAMIENTA DE LA RES 3384 ESTA VIGENTE HASTA ABRIL DE 2013 3. PARA EL 2do. SEMESTRE DE 2013 EL MIN ENVIARA LINEAMIENTOS… 4. LA 4505 CAMBIA LA FORMA DE REPORTE DE NUMERO A NOMINAL POR LO TANTO DESDE EL MES DE ABRIL EL INFORME DE LAS ACTIVIDADES DE PYP DEBE SER EN LA HERRAMIENTA SISPRO CONCLUSIONES
  • 30. EL REPORTE DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMADAD ACTUALMENTE REQUIEREN DE MAYOR VERACIDAD DEL DATO LO CUAL FAVORECE LA CONSTRUCCIÓN DE INDICADORES DE LA POBLACIÓN COLOMBIANA MAS CERCANOS A LA REALIDAD CONCLUSIONES