SEGURO DE ACCIDENTES
PERSONALES INTEGRAL
ESTUDIANTIL
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5750 pólizas vigentes
60 universidades
5.690 colegios, jardines
infantiles y otros
Nuestra Experiencia
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Nuestra Experiencia
POR SER ESTUDIANTE DE UNIMINUTO
cuentas con una póliza respaldada por
SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO
para amparar los gastos médicos por
accidente o enfermedad amparada y el
fallecimiento por cualquier causa más
los gastos exequiales, entre otras
coberturas que detallaremos más
adelante.
Cuentas con cobertura dentro y fuera del
país, las 24 horas del día mientras seas
estudiante de UNIMINUTO.
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UNIMIMUTO cuenta con dos pólizas:
* Presencial
* Semestral
31 – JUL 2021 -
31 JUL 2022
P * Virtual
*Cuatrimestral
05 SEPTIEMBRE
2021 – 05
SEPTIEMBRE
2022
V
Tomador: CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS – UNIMINUTO
Asegurados: Estudiantes matriculados
Beneficiarios: Estudiantes – Los de Ley (fallecimiento)
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La cobertura se extiende a cubrir a los estudiantes:
• Sin límite de edad de ingreso
• Durante la jornada estudiantil y fines de semana
• Dentro y fuera de los predios de la Universidad
• En torneos Interuniversitarios o Intercolegiados
• En actividades extracurriculares
• En viajes
• En viajes en transporte público en exceso del SOAT
• En vacaciones
La responsabilidad de Seguros de Vida del Estado S.A.
inicia desde el momento en que el estudiante es
debidamente matriculado en la Institución.
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POLIZA INTEGRAL ESTUDIANTIL
UNIMINUTO
AMPAROS, VALORES ASEGURADOS SEMESTRAL POR
ESTUDIANTE
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Otros beneficios, valores agregados y extensiones de cobertura:
 Se cubre accidentes en estado de embriaguez y bajo efectos de sustancias
alucinógenas
 Se cubre desaparición o muerte presunta
 Se cubre lesiones al asegurado en caso de hurto calificado (siempre y cuando el
alumno no participe del atraco)
 Se cubre suicidio y homicidio desde el primer día
 Se cubre accidente en bicicleta o en moto (conductor o acompañante en exceso
del Soat)
 Se cubre la práctica de cualquier deporte como calidad de aficionado
 Se cubre intoxicación por alimentos
 Se cubre picadura o mordedura de cualquier animal o insecto
 Se cubre insolación o congelación
 Se cubren infecciones microbianas o sépticas
 Se cubre piezas dentales por accidente
 Se cubre lesiones por arma de fuego cortante, punzante y contundente
 Se cubren eventos de la naturaleza
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Gastos Médicos por Accidente: Se cubren los gastos médicos por accidente
cuando con motivo de un accidente o diagnóstico de enfermedad amparada por esta
póliza, el alumno asegurado se viere precisado a someterse a asistencia médica,
quirúrgica, odontológica, de fisioterapia, hospitalaria, farmacéutica, derechos de sala,
anestesia, exámenes de laboratorio y de ayuda diagnóstica, transfusiones de sangre,
elementos para recuperación (para muletas y silla de ruedas se cubre el valor del
alquiler no el valor de compra), o traslados interinstitucionales dentro del esquema
de referencia y contra referencia.
Se cubre hasta el valor contratado en gastos de curación, los gastos médicos por
intento de suicidio.
Vidaestado reembolsará, autorizará o atenderá (directamente o a través de sus
proveedores de servicios) y hasta por el límite del valor asegurado especificado en la
carátula de la póliza para este amparo, los gastos en que se incurran por concepto de
gastos médicos, incluidos los copagos a EPS y Prepagada si fuera el caso.
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Muerte Accidental: Se ampara al alumno asegurado, la muerte originada por un accidente
(de acuerdo con la definición que se indica más adelante).
Definición de Accidente aplicable a todos los amparos: el hecho violento, externo, imprevisto,
repentino e independiente de la voluntad del alumno asegurado, que cause la muerte o
lesiones corporales en su integridad física, evidenciadas por contusiones o heridas visibles o
lesiones internas médicamente comprobadas.
Muerte por Cualquier Causa: El riesgo de muerte del alumno asegurado por cualquier
causa distinta de accidente, podrá ser objeto de cobertura mediante la expedición del anexo
correspondiente, lo cual se hará constar en la carátula de la póliza.
Así mismo, este amparo no aplicará cuando se hayan afectado los amparos de muerte
accidental, inhabilitación, invalidez, desmembración otorgados por la presente póliza.
- Incluye cobertura de suicidio y homicidio desde el primer día de vigencia.
- Cuando dentro de la vigencia de la póliza se diagnostica una enfermedad (no preexistente) y
estando en vigor la póliza, el asegurado fallece por causa de esta enfermedad, vida estado
pagará el valor contratado en el amparo de muerte por cualquier causa. No habrá lugar a pago
alguno cuando exista un historial relacionado con la enfermedad y/o se haya recibido
tratamiento por la enfermedad previo al inicio de la vigencia individual de este amparo. No
está cubierto el fallecimiento como consecuencia de enfermedades diagnosticadas con
anterioridad al ingreso de la póliza.
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Desmembración o invalidez total y permanente por accidente o enfermedad
amparada: Si como consecuencia de un accidente ocurrido dentro de la vigencia de la póliza,
dentro de los ciento ochenta (180) días calendario siguientes a éste, se causa una pérdida física
o funcional, Vidaestado pagará el valor asegurado correspondiente de acuerdo con la tabla
porcentual por pérdida incluída en la póliza.
Rehabilitación Integral por Invalidez: Como amparo especial si el alumno asegurado,
como consecuencia directa de un accidente amparado por la póliza, quedare en estado de
invalidez, que al ser calificada de acuerdo con la ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios
sea superior al cincuenta (50%) de la pérdida de capacidad laboral, Vidaestado reconocerá, por
reembolso, y hasta por el valor asegurado contratado, los gastos de las siguientes asistencias
tendientes a su rehabilitación:
* Consulta médica especializada
* Valoración Nutricional
* Valoración por Psicología, apoyo familiar
* Manejo por terapia física, ocupacional, del lenguaje y respiratoria
* Exámenes de diagnóstico neuroelectrofisiologicos invasivos y no invasivos
* Atención grupal de apoyo
* Orientación familiar
* Servicio de orientación y ubicación laboral
* Curaciones
• Suministros para curaciones y terapias respiratorias
• En Bogotá convenio .con la clínica de la Sabana Puente del Común, especializada en este servicio.
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Auxilio Funerario por Muerte por Cualquier Causa: No obstante lo estipulado en
la condición de amparo gastos funerarios de la póliza y por convenio entre Videstado y el
tomador, se establece que el amparo de gastos funerarios para los asegurados indicados
en la parte superior, que se otorga mediante este anexo se extiende a muerte por
cualquier causa, excluyendo las enfermedades preexistentes entendidas como aquellas
que en la fecha anterior a la iniciación de la vigencia del amparo para cada asegurado
fueran diagnosticadas por el médico.
Siempre que la muerte se origine en un hecho amparado por esta póliza, Videstado se
hará cargo de los gastos que se ocasionen hasta por el valor asegurado contratado, por
los servicios funerarios requeridos, los cuales serán prestados en forma exclusiva a través
de la red nacional de funerarias contratadas.
Si por alguna circunstancia no fuere posible hacer uso de los servicios ofrecidos por la
red de funerarias contratadas, Videstado indemnizará en dinero, el total del valor
asegurado contratado para este amparo. EXCLUSIVO UNIMINUTO.
Si el beneficiario requiere coordinar el servicio a través de Videstado será atendido en
nuestra línea de asistencia donde le darán toda la información.
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Gastos Médicos por Enfermedades Amparadas : Si durante la vigencia de la
póliza, a cualquiera de los alumnos asegurados se le llegare a diagnosticar por primera vez
alguna de las enfermedades que se detallan más adelante, VIDESTADO S.A. cubrirá los
gastos médicos derivados del tratamiento de la misma, siempre y cuando sea adquirida
después de 30 días de haber ingresado como asegurado a la póliza. Se considerarán como
accidentes amparados y por lo tanto, las indemnizaciones estipuladas en la carátula de la
póliza serán reconocidas con sujeción a las especificaciones y límites señalados en la
cobertura de Gastos Médicos por Accidente. También cubre Si como consecuencia directa
de un accidente, el alumno requiere asistencia odontológica.
Las enfermedades cubiertas son:
A) Cáncer, B) Poliomielitis, C) Leucemia, D) Tétano, E) Escarlatina, F) Sida, G) Afección Renal
Crónica, H) Infarto Agudo del Miocardio, I) Accidente Cerebro Vascular
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Gastos Médicos Enfermedades Tropicales: Cobertura especial para gastos derivados
de tratamientos médicos por cualquiera de las siguientes enfermedades, hasta el valor
asegurado contratado:
Malaria
Fiebre Amarilla
Leishmaniasis
Lepra
Tuberculosis
Cólera
Pénfigo
Renta Diaria por Hospitalización por Accidente: Por la hospitalización en una institución
médica legalmente reconocida, como consecuencia de un accidente amparado por la presente
póliza, Vidaestado pagará el valor asegurado contratado diario, cuando la hospitalización sea por
un periodo superior a tres (3) días, con un máximo de treinta (30) días.
Es entendido que por los primeros tres (3) días de hospitalización no se pagará el valor asegurado
diario contratado, es decir, solo se pagará del día cuarto (4) en adelante y hasta el máximo
indicado.
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Riesgo Biológico: Si durante la vigencia de la póliza, el alumno asegurado, como consecuencia de un
accidente amparado se viera afectado por un riesgo biológico, tal y como se define a continuación,
VIDESTADO reconocerá hasta el 100% del valor asegurado.
Entendiéndose por Riesgo Biológico como la posibilidad de que ocurra un evento perjudicial para la salud
del alumno asegurado con cualquier microorganismo, sus productos o derivados, cultivos celulares o
endoparásitos y cualquier otro tipo de origen biológico, capaz de producir cualquier tipo de infección,
alergia o toxicidad en humanos.
Cobertura enfocada UNICAMENTE para Universidades e Instituciones de Educación Superior que cuentan
con las siguientes facultades:
* Medicina Odontología * Enfermería
* Bacteriología * Veterinaria
* Zootecnia * Auxiliar de enfermería
* Auxiliar de Odontología * Auxiliar de Laboratorio Clínico
* Auxiliar de Laboratorio Patológico
Anexo de Riesgo Químico: Mediante el presente anexo se reembolsará hasta el valor asegurado
contratado por la atención médica especializada, por la exposición involuntaria del alumno
asegurado a agentes químicos, los cuales le produzcan efectos agudos o crónicos.
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Límites!
Gastos de Traslado por Accidente: En caso que sea necesario trasladar al Asegurado
accidentado a algún centro asistencial para tratamiento médico o curación, durante las 24 horas
siguientes a la presentación de un accidente amparado por la póliza se reconocerán los gastos de
transporte en que se haya incurrido, por dicho traslado, bien sea en ambulancia o taxi.
Este amparo no cubre los gastos de transporte que se generen con posterioridad al accidente,
como por ejemplo, el transporte en que se incurra por controles médicos, terapias, exámenes,
etc., tampoco ampara la movilización que se pueda generar por la atención médica deducida
por el Amparo de Gastos Médicos por enfermedades de Poliomielitis, Leucemia, Tétanos,
escarlatina, Cáncer
Gastos de Traslado por Cualquier Causa: En caso que sea necesario trasladar al Asegurado
desde la Institución Educativa hasta la IPS por dolencias o desmayos se cubrirán los gastos de
transporte bien sea en ambulancia o taxi.
Ambulancia Aérea: Se cubre como asistencia del producto el servicio de ambulancia aérea para
el traslado de pacientes a causa de un evento accidental cubierto por la póliza que incluya fractura
grave con herida abierta la cual se presente en una zona de difícil acceso, dentro del territorio
nacional. Este servicio se prestará con el operador contratado por Videstado y previa autorización
de la misma, basada en los soportes de la institución prestadora de salud respecto de la
emergencia. Exclusivo para UNIMINUTO.
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Como amparo especial y sin cobro adicional de prima, en el evento de que alguno de
los padres del asegurado falleciere por causa de accidente cubierto por la póliza
(excluyente un progenitor del otro, en caso de muerte de los dos padres durante la
vigencia solo se indemnizará por uno); Videstado indemnizará el valor pactado como
un único pago, como auxilio para que se continúe pagando los estudios del alumno
asegurado
AMPARO: MUERTE ACCIDENTAL
VALOR ASEGURADO: $ 1.200.000
NOTA: Durante la vigencia de la póliza se pagaran únicamente 50 auxilios
Auxilio Educativo (único pago) por muerte accidental de uno
de los padres:
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Auxilio de matrícula por accidente: Si durante la vigencia de la póliza el estudiante asegurado
sufre un accidente amparado por la misma, el cual lo incapacite de forma total temporal por un periodo
igual o superior a 3 meses y que le impida durante ese periodo la asistencia a sus actividades
académicas; presentando la certificación o acreditación de la EPS, VIDESTADO pagará una suma fija
como auxilio de matrícula para el siguiente periodo académico previa acreditación que continuara
efectivamente con los estudios.
Nota: Máximo 5 eventos por vigencia
Rehabilitación Psicológica por Abuso Sexual, Conductas Suicidas y Depresión o consumo de
SPA: Si el estudiante asegurado es víctima de abuso sexual (de acuerdo con su definición legal) durante la
vigencia de la póliza, Vidaestado reembolsará hasta el equivalente de un (1) SMMLV (monto máximo por tres
consultas), por concepto de tratamiento psicológico que haya sido realizado por alumno por parte de un
profesional debidamente autorizado para el ejercicio de la profesión.
Para el caso de conductas suicidas, consumo de spa y depresión, se otorgará cobertura cuando hayan sido
detectados previamente por un profesional especializado, es decir que la remisión del asegurado debe ser por
parte del profesional (psicólogo) de la institución universitaria, quien debe hacer la primera evaluación o
triage. En todos los casos se mantendrá el proceso de evaluación o triage establecido.
Máximo 3 consultas por alumno y 10 eventos por vigencia
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Límites!
QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE …
Ubicar la IPS más cercana adscrita a la
red de la Compañía
Presentar carnet de la Universidad o
Recibo de pago
Dirigirse inmediatamente a la IPS,
ingresando por urgencias e indicando
que la atención del accidente se
prestará con cargo a la póliza.
- Usando el listado de red de convenios clínicas y hospitales
- Entrando a www.segurosdevidadelestado.com y usando la
herramienta de georreferenciación
- O llamando a nuestras líneas de atención #388 Bogotá
6013078288 línea nacional 018000123010
En caso de no portar el documento que lo acredita como asegurado*,
deberá presentar el documento de identidad y manifestar que es
asegurado de nuestra póliza estudiantil Uniminuto a fin de que el
personal de urgencias se comunique con nuestra Compañía en las
líneas de atención #388 Bogotá 3078288 línea nacional
018000123010
* Carnet digital, carnet de Uniminuto, documento de identidad
- En caso de requerirlo llamando a nuestras líneas de atención #388
Bogotá 6013078288 línea nacional 018000123010 para coordinar
servicio de ambulancia
- Usando la cobertura de Gastos de traslado desde el lugar del
accidente al centro asistencial, pagando el transporte para que la
Compañía reembolse dicho valor.
En caso de ser atendidos en una IPS sin convenio; con la
presentación de facturas y documentos necesarios,
Vidaestado reembolsará todos los gastos amparados.
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QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE …
LINEA DE ATENCION #388
LINEA BOGOTA 601 307 82 88
LINEA DE NACIONAL 01 8000 123010
WWW.SEGUROSDEVIDADELESTADO.COM
*georreferenciación*
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EXCLUSIONES
Seguros de Vida del Estado, no será responsable de pagar indemnizaciones ni de sufragar
gastos para los amparos de muerte accidental o muerte por cualquier causa, gastos médicos
por accidente, desmembración o invalidez total y permanente por accidente, gastos
funerarios por accidente, gastos de traslado por accidente, auxilio por muerte accidental para
progenitores del alumno y demás eventos amparados en esta póliza por pérdidas que sean
consecuencia de:
- Tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean consecuencia de un accidente o de una
de las enfermedades amparadas.
- Hernias de cualquier tipo.
- Actos de guerra civil o internacional, revolución, rebelión, sedición, asonada, motines,
huelgas y todo acto violento motivado por conmociones populares de cualquier clase.
- Enfermedades y/o padecimientos preexistentes al inicio de este seguro.
- Fallecimiento a consecuencia de covid cuando se demuestre incumplimiento de la
normatividad decretada por el gobierno nacional para prevenir contagios, contagio de
covid antes de iniciar vigencia de la póliza, covid a consecuencia de cirugías o
procedimientos estéticos, covid catalogado en su origen como enfermedad laboral.
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DOCUMENTOS NECESARIOS EN CASO DE RECLAMACION
Por Gastos Médicos
- Formulario de reclamación suministrado por la Compañía No. 062
- Informe y certificado médico cuando las lesiones sean internas o haya hospitalización.
- Facturas originales debidamente canceladas de los gastos incurridos, si hubo pago por parte del estudiante, en entidad SIN CONVENIO
- Fotocopia de la cedula del reclamante
Por Invalidez Accidental
- Formulario de reclamación por la Compañía No. 062
- Informe y certificado médico.
- Documento de identidad Asegurado
- Historia clínica completa donde se registre la fecha en que se decretó la invalidez
- Dictamen de la Junta Médica en el que se certifica el porcentaje de invalidez
Por Rehabilitación Integral por Invalidez
- Formulario de reclamación por la Compañía No. 062
- Informe y certificado médico.
- Documento de identidad Asegurado y reclamante
- Historia clínica completa donde se registre la fecha en que se decretó la invalidez
- Dictamen de la Junta Médica en el que se certifica el porcentaje de invalidez
- Ordenes medicas de los servicios de servicios y medicamentos facturados
- Facturas originales a nombre del reclamante
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Por Muerte Accidental o Muerte por cualquier causa
- Formulario de reclamación por la Compañía No. 062
- Sarlaft / Persona natural
- Registro Civil de nacimiento.
- Registro Civil de defunción.
- Acta de levantamiento de cadáver. (MA)
- Certificado de necropsia o historia clínica según el caso
- A los beneficiarios, se solicita:
* Copia del documento de identidad
* Declaración extra juicio autenticada con texto proforma de la Compañía
Por Auxilio Educativo por fallecimiento accidental de uno de los progenitores
- Formulario de reclamación por la Compañía No. 062
- Registro Civil de nacimiento del estudiante
- Registro Civil de defunción del progenitor
- Acta de levantamiento de cadáver o historia clínica en la que conste que el fallecimiento es a
consecuencia de accidente
- Copia de documento de identidad del estudiante y del progenitor
- Certificación de la Corporación donde se indique el valor de la matrícula, pensión o semestre.
Por Auxilio por Incapacidad del estudiante, superior a 3 meses / Renta diaria por hospitalización
- Incapacidad certificada por el médico
- Historia Clínica del Evento
- Documento de identidad del Estudiante
DOCUMENTOS NECESARIOS EN CASO DE RECLAMACION
COMERCIAL COLOMBIANA LTDA.
Calle 57 No. 13 – 27 Piso 4
PBX: 3455090
WWW.COMERCIALCOLOMBIANA.COM
ADRIANA RESTREPO BELTRAN
Gerente
gerencia@comercialcolombiana.com
Cel: 317-6451413
DIANA SALAZAR GOMEZ
Unidad Beneficios
dnegocios@comercialcolombiana.com
Cel. 315-3166916
SONIA MUÑOZ MORENO
Unidad Beneficios
beneficios@comercialcolombiana.com
Ext. 122 – Cel: 317-5051112
COMERCIAL COLOMBIANA LTDA.
Datos de Contacto
DARIO RESTREPO BELTRAN
Gerente Comercial
beneficios@comercialcolombiana.com
Cel: 315-6851089
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  • 5. !Superando Límites! #SomosSegurosDel . Nuestra Experiencia POR SER ESTUDIANTE DE UNIMINUTO cuentas con una póliza respaldada por SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO para amparar los gastos médicos por accidente o enfermedad amparada y el fallecimiento por cualquier causa más los gastos exequiales, entre otras coberturas que detallaremos más adelante. Cuentas con cobertura dentro y fuera del país, las 24 horas del día mientras seas estudiante de UNIMINUTO.
  • 6. !Superando Límites! #SomosSegurosDel UNIMIMUTO cuenta con dos pólizas: * Presencial * Semestral 31 – JUL 2021 - 31 JUL 2022 P * Virtual *Cuatrimestral 05 SEPTIEMBRE 2021 – 05 SEPTIEMBRE 2022 V Tomador: CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS – UNIMINUTO Asegurados: Estudiantes matriculados Beneficiarios: Estudiantes – Los de Ley (fallecimiento)
  • 7. !Superando Límites! La cobertura se extiende a cubrir a los estudiantes: • Sin límite de edad de ingreso • Durante la jornada estudiantil y fines de semana • Dentro y fuera de los predios de la Universidad • En torneos Interuniversitarios o Intercolegiados • En actividades extracurriculares • En viajes • En viajes en transporte público en exceso del SOAT • En vacaciones La responsabilidad de Seguros de Vida del Estado S.A. inicia desde el momento en que el estudiante es debidamente matriculado en la Institución.
  • 8. !Superando Límites! POLIZA INTEGRAL ESTUDIANTIL UNIMINUTO AMPAROS, VALORES ASEGURADOS SEMESTRAL POR ESTUDIANTE
  • 9. !Superando Límites! Otros beneficios, valores agregados y extensiones de cobertura:  Se cubre accidentes en estado de embriaguez y bajo efectos de sustancias alucinógenas  Se cubre desaparición o muerte presunta  Se cubre lesiones al asegurado en caso de hurto calificado (siempre y cuando el alumno no participe del atraco)  Se cubre suicidio y homicidio desde el primer día  Se cubre accidente en bicicleta o en moto (conductor o acompañante en exceso del Soat)  Se cubre la práctica de cualquier deporte como calidad de aficionado  Se cubre intoxicación por alimentos  Se cubre picadura o mordedura de cualquier animal o insecto  Se cubre insolación o congelación  Se cubren infecciones microbianas o sépticas  Se cubre piezas dentales por accidente  Se cubre lesiones por arma de fuego cortante, punzante y contundente  Se cubren eventos de la naturaleza
  • 10. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Gastos Médicos por Accidente: Se cubren los gastos médicos por accidente cuando con motivo de un accidente o diagnóstico de enfermedad amparada por esta póliza, el alumno asegurado se viere precisado a someterse a asistencia médica, quirúrgica, odontológica, de fisioterapia, hospitalaria, farmacéutica, derechos de sala, anestesia, exámenes de laboratorio y de ayuda diagnóstica, transfusiones de sangre, elementos para recuperación (para muletas y silla de ruedas se cubre el valor del alquiler no el valor de compra), o traslados interinstitucionales dentro del esquema de referencia y contra referencia. Se cubre hasta el valor contratado en gastos de curación, los gastos médicos por intento de suicidio. Vidaestado reembolsará, autorizará o atenderá (directamente o a través de sus proveedores de servicios) y hasta por el límite del valor asegurado especificado en la carátula de la póliza para este amparo, los gastos en que se incurran por concepto de gastos médicos, incluidos los copagos a EPS y Prepagada si fuera el caso.
  • 11. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Muerte Accidental: Se ampara al alumno asegurado, la muerte originada por un accidente (de acuerdo con la definición que se indica más adelante). Definición de Accidente aplicable a todos los amparos: el hecho violento, externo, imprevisto, repentino e independiente de la voluntad del alumno asegurado, que cause la muerte o lesiones corporales en su integridad física, evidenciadas por contusiones o heridas visibles o lesiones internas médicamente comprobadas. Muerte por Cualquier Causa: El riesgo de muerte del alumno asegurado por cualquier causa distinta de accidente, podrá ser objeto de cobertura mediante la expedición del anexo correspondiente, lo cual se hará constar en la carátula de la póliza. Así mismo, este amparo no aplicará cuando se hayan afectado los amparos de muerte accidental, inhabilitación, invalidez, desmembración otorgados por la presente póliza. - Incluye cobertura de suicidio y homicidio desde el primer día de vigencia. - Cuando dentro de la vigencia de la póliza se diagnostica una enfermedad (no preexistente) y estando en vigor la póliza, el asegurado fallece por causa de esta enfermedad, vida estado pagará el valor contratado en el amparo de muerte por cualquier causa. No habrá lugar a pago alguno cuando exista un historial relacionado con la enfermedad y/o se haya recibido tratamiento por la enfermedad previo al inicio de la vigencia individual de este amparo. No está cubierto el fallecimiento como consecuencia de enfermedades diagnosticadas con anterioridad al ingreso de la póliza.
  • 12. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Desmembración o invalidez total y permanente por accidente o enfermedad amparada: Si como consecuencia de un accidente ocurrido dentro de la vigencia de la póliza, dentro de los ciento ochenta (180) días calendario siguientes a éste, se causa una pérdida física o funcional, Vidaestado pagará el valor asegurado correspondiente de acuerdo con la tabla porcentual por pérdida incluída en la póliza. Rehabilitación Integral por Invalidez: Como amparo especial si el alumno asegurado, como consecuencia directa de un accidente amparado por la póliza, quedare en estado de invalidez, que al ser calificada de acuerdo con la ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios sea superior al cincuenta (50%) de la pérdida de capacidad laboral, Vidaestado reconocerá, por reembolso, y hasta por el valor asegurado contratado, los gastos de las siguientes asistencias tendientes a su rehabilitación: * Consulta médica especializada * Valoración Nutricional * Valoración por Psicología, apoyo familiar * Manejo por terapia física, ocupacional, del lenguaje y respiratoria * Exámenes de diagnóstico neuroelectrofisiologicos invasivos y no invasivos * Atención grupal de apoyo * Orientación familiar * Servicio de orientación y ubicación laboral * Curaciones • Suministros para curaciones y terapias respiratorias • En Bogotá convenio .con la clínica de la Sabana Puente del Común, especializada en este servicio.
  • 13. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Auxilio Funerario por Muerte por Cualquier Causa: No obstante lo estipulado en la condición de amparo gastos funerarios de la póliza y por convenio entre Videstado y el tomador, se establece que el amparo de gastos funerarios para los asegurados indicados en la parte superior, que se otorga mediante este anexo se extiende a muerte por cualquier causa, excluyendo las enfermedades preexistentes entendidas como aquellas que en la fecha anterior a la iniciación de la vigencia del amparo para cada asegurado fueran diagnosticadas por el médico. Siempre que la muerte se origine en un hecho amparado por esta póliza, Videstado se hará cargo de los gastos que se ocasionen hasta por el valor asegurado contratado, por los servicios funerarios requeridos, los cuales serán prestados en forma exclusiva a través de la red nacional de funerarias contratadas. Si por alguna circunstancia no fuere posible hacer uso de los servicios ofrecidos por la red de funerarias contratadas, Videstado indemnizará en dinero, el total del valor asegurado contratado para este amparo. EXCLUSIVO UNIMINUTO. Si el beneficiario requiere coordinar el servicio a través de Videstado será atendido en nuestra línea de asistencia donde le darán toda la información.
  • 14. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Gastos Médicos por Enfermedades Amparadas : Si durante la vigencia de la póliza, a cualquiera de los alumnos asegurados se le llegare a diagnosticar por primera vez alguna de las enfermedades que se detallan más adelante, VIDESTADO S.A. cubrirá los gastos médicos derivados del tratamiento de la misma, siempre y cuando sea adquirida después de 30 días de haber ingresado como asegurado a la póliza. Se considerarán como accidentes amparados y por lo tanto, las indemnizaciones estipuladas en la carátula de la póliza serán reconocidas con sujeción a las especificaciones y límites señalados en la cobertura de Gastos Médicos por Accidente. También cubre Si como consecuencia directa de un accidente, el alumno requiere asistencia odontológica. Las enfermedades cubiertas son: A) Cáncer, B) Poliomielitis, C) Leucemia, D) Tétano, E) Escarlatina, F) Sida, G) Afección Renal Crónica, H) Infarto Agudo del Miocardio, I) Accidente Cerebro Vascular
  • 15. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Gastos Médicos Enfermedades Tropicales: Cobertura especial para gastos derivados de tratamientos médicos por cualquiera de las siguientes enfermedades, hasta el valor asegurado contratado: Malaria Fiebre Amarilla Leishmaniasis Lepra Tuberculosis Cólera Pénfigo Renta Diaria por Hospitalización por Accidente: Por la hospitalización en una institución médica legalmente reconocida, como consecuencia de un accidente amparado por la presente póliza, Vidaestado pagará el valor asegurado contratado diario, cuando la hospitalización sea por un periodo superior a tres (3) días, con un máximo de treinta (30) días. Es entendido que por los primeros tres (3) días de hospitalización no se pagará el valor asegurado diario contratado, es decir, solo se pagará del día cuarto (4) en adelante y hasta el máximo indicado.
  • 16. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Riesgo Biológico: Si durante la vigencia de la póliza, el alumno asegurado, como consecuencia de un accidente amparado se viera afectado por un riesgo biológico, tal y como se define a continuación, VIDESTADO reconocerá hasta el 100% del valor asegurado. Entendiéndose por Riesgo Biológico como la posibilidad de que ocurra un evento perjudicial para la salud del alumno asegurado con cualquier microorganismo, sus productos o derivados, cultivos celulares o endoparásitos y cualquier otro tipo de origen biológico, capaz de producir cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad en humanos. Cobertura enfocada UNICAMENTE para Universidades e Instituciones de Educación Superior que cuentan con las siguientes facultades: * Medicina Odontología * Enfermería * Bacteriología * Veterinaria * Zootecnia * Auxiliar de enfermería * Auxiliar de Odontología * Auxiliar de Laboratorio Clínico * Auxiliar de Laboratorio Patológico Anexo de Riesgo Químico: Mediante el presente anexo se reembolsará hasta el valor asegurado contratado por la atención médica especializada, por la exposición involuntaria del alumno asegurado a agentes químicos, los cuales le produzcan efectos agudos o crónicos.
  • 17. !Superando Límites! Gastos de Traslado por Accidente: En caso que sea necesario trasladar al Asegurado accidentado a algún centro asistencial para tratamiento médico o curación, durante las 24 horas siguientes a la presentación de un accidente amparado por la póliza se reconocerán los gastos de transporte en que se haya incurrido, por dicho traslado, bien sea en ambulancia o taxi. Este amparo no cubre los gastos de transporte que se generen con posterioridad al accidente, como por ejemplo, el transporte en que se incurra por controles médicos, terapias, exámenes, etc., tampoco ampara la movilización que se pueda generar por la atención médica deducida por el Amparo de Gastos Médicos por enfermedades de Poliomielitis, Leucemia, Tétanos, escarlatina, Cáncer Gastos de Traslado por Cualquier Causa: En caso que sea necesario trasladar al Asegurado desde la Institución Educativa hasta la IPS por dolencias o desmayos se cubrirán los gastos de transporte bien sea en ambulancia o taxi. Ambulancia Aérea: Se cubre como asistencia del producto el servicio de ambulancia aérea para el traslado de pacientes a causa de un evento accidental cubierto por la póliza que incluya fractura grave con herida abierta la cual se presente en una zona de difícil acceso, dentro del territorio nacional. Este servicio se prestará con el operador contratado por Videstado y previa autorización de la misma, basada en los soportes de la institución prestadora de salud respecto de la emergencia. Exclusivo para UNIMINUTO. Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado
  • 18. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Como amparo especial y sin cobro adicional de prima, en el evento de que alguno de los padres del asegurado falleciere por causa de accidente cubierto por la póliza (excluyente un progenitor del otro, en caso de muerte de los dos padres durante la vigencia solo se indemnizará por uno); Videstado indemnizará el valor pactado como un único pago, como auxilio para que se continúe pagando los estudios del alumno asegurado AMPARO: MUERTE ACCIDENTAL VALOR ASEGURADO: $ 1.200.000 NOTA: Durante la vigencia de la póliza se pagaran únicamente 50 auxilios Auxilio Educativo (único pago) por muerte accidental de uno de los padres:
  • 19. !Superando Límites! Descubre más razones de por qué nuestra Póliza es la Mejor del Mercado Auxilio de matrícula por accidente: Si durante la vigencia de la póliza el estudiante asegurado sufre un accidente amparado por la misma, el cual lo incapacite de forma total temporal por un periodo igual o superior a 3 meses y que le impida durante ese periodo la asistencia a sus actividades académicas; presentando la certificación o acreditación de la EPS, VIDESTADO pagará una suma fija como auxilio de matrícula para el siguiente periodo académico previa acreditación que continuara efectivamente con los estudios. Nota: Máximo 5 eventos por vigencia Rehabilitación Psicológica por Abuso Sexual, Conductas Suicidas y Depresión o consumo de SPA: Si el estudiante asegurado es víctima de abuso sexual (de acuerdo con su definición legal) durante la vigencia de la póliza, Vidaestado reembolsará hasta el equivalente de un (1) SMMLV (monto máximo por tres consultas), por concepto de tratamiento psicológico que haya sido realizado por alumno por parte de un profesional debidamente autorizado para el ejercicio de la profesión. Para el caso de conductas suicidas, consumo de spa y depresión, se otorgará cobertura cuando hayan sido detectados previamente por un profesional especializado, es decir que la remisión del asegurado debe ser por parte del profesional (psicólogo) de la institución universitaria, quien debe hacer la primera evaluación o triage. En todos los casos se mantendrá el proceso de evaluación o triage establecido. Máximo 3 consultas por alumno y 10 eventos por vigencia
  • 20. !Superando Límites! QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE … Ubicar la IPS más cercana adscrita a la red de la Compañía Presentar carnet de la Universidad o Recibo de pago Dirigirse inmediatamente a la IPS, ingresando por urgencias e indicando que la atención del accidente se prestará con cargo a la póliza. - Usando el listado de red de convenios clínicas y hospitales - Entrando a www.segurosdevidadelestado.com y usando la herramienta de georreferenciación - O llamando a nuestras líneas de atención #388 Bogotá 6013078288 línea nacional 018000123010 En caso de no portar el documento que lo acredita como asegurado*, deberá presentar el documento de identidad y manifestar que es asegurado de nuestra póliza estudiantil Uniminuto a fin de que el personal de urgencias se comunique con nuestra Compañía en las líneas de atención #388 Bogotá 3078288 línea nacional 018000123010 * Carnet digital, carnet de Uniminuto, documento de identidad - En caso de requerirlo llamando a nuestras líneas de atención #388 Bogotá 6013078288 línea nacional 018000123010 para coordinar servicio de ambulancia - Usando la cobertura de Gastos de traslado desde el lugar del accidente al centro asistencial, pagando el transporte para que la Compañía reembolse dicho valor. En caso de ser atendidos en una IPS sin convenio; con la presentación de facturas y documentos necesarios, Vidaestado reembolsará todos los gastos amparados.
  • 21. !Superando Límites! QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE … LINEA DE ATENCION #388 LINEA BOGOTA 601 307 82 88 LINEA DE NACIONAL 01 8000 123010 WWW.SEGUROSDEVIDADELESTADO.COM *georreferenciación*
  • 22. !Superando Límites! EXCLUSIONES Seguros de Vida del Estado, no será responsable de pagar indemnizaciones ni de sufragar gastos para los amparos de muerte accidental o muerte por cualquier causa, gastos médicos por accidente, desmembración o invalidez total y permanente por accidente, gastos funerarios por accidente, gastos de traslado por accidente, auxilio por muerte accidental para progenitores del alumno y demás eventos amparados en esta póliza por pérdidas que sean consecuencia de: - Tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean consecuencia de un accidente o de una de las enfermedades amparadas. - Hernias de cualquier tipo. - Actos de guerra civil o internacional, revolución, rebelión, sedición, asonada, motines, huelgas y todo acto violento motivado por conmociones populares de cualquier clase. - Enfermedades y/o padecimientos preexistentes al inicio de este seguro. - Fallecimiento a consecuencia de covid cuando se demuestre incumplimiento de la normatividad decretada por el gobierno nacional para prevenir contagios, contagio de covid antes de iniciar vigencia de la póliza, covid a consecuencia de cirugías o procedimientos estéticos, covid catalogado en su origen como enfermedad laboral.
  • 23. !Superando Límites! DOCUMENTOS NECESARIOS EN CASO DE RECLAMACION Por Gastos Médicos - Formulario de reclamación suministrado por la Compañía No. 062 - Informe y certificado médico cuando las lesiones sean internas o haya hospitalización. - Facturas originales debidamente canceladas de los gastos incurridos, si hubo pago por parte del estudiante, en entidad SIN CONVENIO - Fotocopia de la cedula del reclamante Por Invalidez Accidental - Formulario de reclamación por la Compañía No. 062 - Informe y certificado médico. - Documento de identidad Asegurado - Historia clínica completa donde se registre la fecha en que se decretó la invalidez - Dictamen de la Junta Médica en el que se certifica el porcentaje de invalidez Por Rehabilitación Integral por Invalidez - Formulario de reclamación por la Compañía No. 062 - Informe y certificado médico. - Documento de identidad Asegurado y reclamante - Historia clínica completa donde se registre la fecha en que se decretó la invalidez - Dictamen de la Junta Médica en el que se certifica el porcentaje de invalidez - Ordenes medicas de los servicios de servicios y medicamentos facturados - Facturas originales a nombre del reclamante
  • 24. !Superando Límites! Por Muerte Accidental o Muerte por cualquier causa - Formulario de reclamación por la Compañía No. 062 - Sarlaft / Persona natural - Registro Civil de nacimiento. - Registro Civil de defunción. - Acta de levantamiento de cadáver. (MA) - Certificado de necropsia o historia clínica según el caso - A los beneficiarios, se solicita: * Copia del documento de identidad * Declaración extra juicio autenticada con texto proforma de la Compañía Por Auxilio Educativo por fallecimiento accidental de uno de los progenitores - Formulario de reclamación por la Compañía No. 062 - Registro Civil de nacimiento del estudiante - Registro Civil de defunción del progenitor - Acta de levantamiento de cadáver o historia clínica en la que conste que el fallecimiento es a consecuencia de accidente - Copia de documento de identidad del estudiante y del progenitor - Certificación de la Corporación donde se indique el valor de la matrícula, pensión o semestre. Por Auxilio por Incapacidad del estudiante, superior a 3 meses / Renta diaria por hospitalización - Incapacidad certificada por el médico - Historia Clínica del Evento - Documento de identidad del Estudiante DOCUMENTOS NECESARIOS EN CASO DE RECLAMACION
  • 25. COMERCIAL COLOMBIANA LTDA. Calle 57 No. 13 – 27 Piso 4 PBX: 3455090 WWW.COMERCIALCOLOMBIANA.COM ADRIANA RESTREPO BELTRAN Gerente gerencia@comercialcolombiana.com Cel: 317-6451413 DIANA SALAZAR GOMEZ Unidad Beneficios dnegocios@comercialcolombiana.com Cel. 315-3166916 SONIA MUÑOZ MORENO Unidad Beneficios beneficios@comercialcolombiana.com Ext. 122 – Cel: 317-5051112 COMERCIAL COLOMBIANA LTDA. Datos de Contacto DARIO RESTREPO BELTRAN Gerente Comercial beneficios@comercialcolombiana.com Cel: 315-6851089