SlideShare una empresa de Scribd logo
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Primer y Segundo Elemento del Delito
Integrante:
Pedro Arguello
C.I.: 17.505.510
Cátedra: Penal General
Profesor: Nilda Singer
Barquisimeto, 2.015.
La Acción, Primer Elemento Positivo del Delito.
Acción: Manifestación de la actividad o voluntad delictiva, es decir, la comisión
de un acto penado por la Ley, el cual, puede consistir en dos formas:
1-. Acción: positiva o de actividad.
2-. Omisión: negativa o de abstención.
Análisis de la Acción.
La conducta humana (Acción u Omisión) es la base, sobre la cual, descansa
toda la estructura del delito, es decir, si no hay acción humana, si no hay
conducta; no hay delito; no obstante, el concepto de acción abarca igualmente
el de omisión, la cual, consiste en aquel tipo de conducta en la que el individuo
conscientemente, evita una acción concreta.
Cabe destacar, que la mencionada manifestación voluntaria de una conducta
externa por parte del individuo, conlleva al cambio en su entorno o mundo
exterior, el mismo se denomina o está relacionado con un resultado antijurídico.
En base a las consideraciones anteriores, se dice que la conducta externa, si
se manifiesta en forma positiva, es decir, si se trata de un hacer, constituye la
acción en sentido estricto; ahora bien, si la mencionada conducta externa se
manifiesta en forma negativa, constituye la omisión. No obstante, esa conducta
externa es humana porque proviene del hombre, el cual, es el único sujeto
activo del delito, asimismo, es voluntaria porque es realizada libremente, lo que
quiere decir, que el sujeto ha tenido la posibilidad de optar por realizar o no un
acto determinado.
Relación de causalidad.
Para que el resultado pueda ser atribuido al hombre se requiere que sea
consecuencia de su comportamiento, el problema deriva en precisar, cuándo el
resultado deriva como efecto causal del comportamiento o cuándo este ha de
considerarse causa del resultado.
Es preciso señalar, que esa conducta exterior, positiva o negativa, humana y
voluntaria, para que se configure el delito como tal, debe ocasionar un cambio
o modificación en el mundo exterior, el cual, es denominado resultado, evento o
efecto de la mencionada conducta, motivo por el cual, debe existir una relación
de causalidad entre aquella conducta exterior, positiva o negativa, humana y
voluntaria y el cambio en el mundo exterior, el cual, es considerado como el
efecto. Por todo lo anterior se dice, que el resultado es el cambio en el mundo
exterior, es decir, la modificación producida por la conducta exteriorizada.
La Relación de Causalidad viene a ser una condición necesaria pero no
suficiente de la Responsabilidad Penal.
Principales teorías.
-. Teoría de la equivalencia de condiciones.
Toda condición del resultado está relacionado con todo antecedente sin el cual,
el resultado no se habría producido.
-. Teoría de la causalidad adecuada.
No se considera toda condición del resultado sino en sí misma, es decir, toda
aquella condición que en si es idónea para producir el resultado.
-. Teoría de la equivalencia de condiciones.
Todas las condiciones que en un resultado antijurídico son equivalentes, tienen
el mismo valor en lo que respecta al aspecto causal porque todas son
indispensables para la producción de este resultado antijurídico.
Ausencia de acción.
Cuando la acción no existe, no existe delito, no obstante, se prestan a dudas
aquellos casos en que existe un hecho externo, pero respecto del cual, hay una
ausencia de voluntad que lo haya dirigido, sin embargo, para resolverlos, se ha
establecido como criterio general, que no hay acción cuando se puede afirmar
que la persona involucrada ha tomado parte físicamente en el hecho, pero sin
intervención de voluntad consciente en la conducción de dicho proceso causal.
Causas de ausencia de acción.
Las causas de ausencia de acción son las siguientes:
-. Sonambulismo: estado espontaneo de inconciencia con actividad motriz,
continuación del sueño fisiológico.
-. Sueño o pesadilla: las cosas que inhibe el individuo cuando está despierto,
salen a flote durante el sueño ya que no pueden ser reprimidas y se
manifiestan sus complejos pensamientos y deseos.
-. Ebriedad onírica o del sueño: es la persistencia de la actividad del sueño al
despertar, el cual, dura algún tiempo y que depende de ciertos factores.
-. Sueño artificial o hipnosis: es una actividad especial del sistema nervioso
determinado por maniobras de carácter artificial, en el cual, el hipnotizador se
propone estancar, fijar la atención de la persona que desea hipnotizar para
producir de esta manera la inducción del sueño.
-. Acto violentado: es el realizado por una persona bajo el influjo de una fuerza
física irresistible.
-. Actos violentos automáticos o inconscientes: son movimientos irresponsables
que siguen inmediatamente a una excitación periférica externa o interna.
Tipicidad, Segundo elemento positivo del delito.
Es la descripción de cada uno de los actos que la Ley penal considera
delictivos, es decir, un acto es típico cuando se puede encajar o encuadrar
perfectamente en cualquier tipo legal o penal.
Ausencia de tipicidad.
Es el aspecto negativo de la tipicidad, el cual, implica una relación de
inadecuación entre un acto de la vida real examinado en el caso concreto y los
tipos legales y los tipos penales.
La Ausencia de Tipicidad: Es el aspecto negativo de la tipicidad. La ausencia
de tipicidad presupone absoluta imposibilidad de dirigir la presunción contra el
autor de una conducta no escrita en la ley, aunque sea antijurídica, esto es a
consecuencia del principio de legalidad. No hay responsabilidad penal de
ningún tipo.
Causas de Atipicidad: Las causas de atipicidad se dan en los supuestos en los
que concurren unas determinadas circunstancias que suponen la exclusión de
la tipicidad de la conducta, negando con ello su inclusión dentro del tipo penal.
Ahora bien cuando hablamos de Atipicidad objetiva, es aquella que se da
cuando en los elementos objetivos del tipo uno de ellos no encuadra en la
conducta típica o simplemente no se da. Se dice que existe ausencia del tipo
cuando en la ley no se encuentra plasmada o regulada alguna prohibición de
alguna conducta, acorde al principio de legalidad penal. Por ejemplo, la
blasfemia no está tipificada como delito en la mayoría de los países. Aunque
para muchos pueda ser una actitud reprochable, esta no será castigada por la
ley o el Estado, ya que no es una conducta recogida y penada en el código
penal.
Ausencia de tipicidad.
Es el aspecto negativo de la tipicidad, el cual, implica una relación de
inadecuación entre un acto de la vida real examinado en el caso concreto y los
tipos legales y los tipos penales.
La Ausencia de Tipicidad: Es el aspecto negativo de la tipicidad. La ausencia
de tipicidad presupone absoluta imposibilidad de dirigir la presunción contra el
autor de una conducta no escrita en la ley, aunque sea antijurídica, esto es a
consecuencia del principio de legalidad. No hay responsabilidad penal de
ningún tipo.
Causas de Atipicidad: Las causas de atipicidad se dan en los supuestos en los
que concurren unas determinadas circunstancias que suponen la exclusión de
la tipicidad de la conducta, negando con ello su inclusión dentro del tipo penal.
Ahora bien cuando hablamos de Atipicidad objetiva, es aquella que se da
cuando en los elementos objetivos del tipo uno de ellos no encuadra en la
conducta típica o simplemente no se da. Se dice que existe ausencia del tipo
cuando en la ley no se encuentra plasmada o regulada alguna prohibición de
alguna conducta, acorde al principio de legalidad penal. Por ejemplo, la
blasfemia no está tipificada como delito en la mayoría de los países. Aunque
para muchos pueda ser una actitud reprochable, esta no será castigada por la
ley o el Estado, ya que no es una conducta recogida y penada en el código
penal.

Más contenido relacionado

PDF
El primer elemento del delito
DOCX
Primer y Segundo Elemento del Delito. Informe
DOCX
Elementos del Delito (informe)
PPTX
2 conducta y ausencia de conducta
PPT
04 conducta (1)
DOCX
ELEMENTOS DEL DELITO
DOCX
Primer y segundo elemento positivo del delito
DOC
Primer y Segundo Elemento del Delito
El primer elemento del delito
Primer y Segundo Elemento del Delito. Informe
Elementos del Delito (informe)
2 conducta y ausencia de conducta
04 conducta (1)
ELEMENTOS DEL DELITO
Primer y segundo elemento positivo del delito
Primer y Segundo Elemento del Delito

La actualidad más candente (20)

PDF
Elementos del delito
DOCX
LA ACCIÓN Y LA TIPICIDAD
PDF
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
PPT
Maestria penal chimbote teoría del delito ii
PPTX
Teoria del delito
PDF
Toria del delito para exponer pasar a word
PPT
DOCX
Saia derecho penal
PPTX
Teoría del delito
 
PPTX
El delito
PPTX
Clasificacion de los delitos
PPT
Teoria del delito
DOCX
Informe tema 6 y 7
PDF
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
PPTX
TEORÍA DEL DELITO
DOCX
Elementos del delito
PPT
Tipicidad
 
PPT
Doctrina penal
Elementos del delito
LA ACCIÓN Y LA TIPICIDAD
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
Maestria penal chimbote teoría del delito ii
Teoria del delito
Toria del delito para exponer pasar a word
Saia derecho penal
Teoría del delito
 
El delito
Clasificacion de los delitos
Teoria del delito
Informe tema 6 y 7
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
TEORÍA DEL DELITO
Elementos del delito
Tipicidad
 
Doctrina penal
Publicidad

Destacado (14)

DOCX
El Usura
PPTX
El delito por Derwin Acosta
PPTX
EL DELITO
PPTX
El Proceso Constitucional Europeo
PPT
Ordenamiento Constitucional Venezolano_IAFJSR
PPTX
Penal 2 mapa comceptual
PPTX
Elementos de la teoria del delito
PPTX
Conozcamos los elementos del delito
PPT
Fundamentos del Derecho constitucional venezolano
PDF
PROCESOS CONSTITUCIONALES EN PERU
PDF
Mapa conceptual sobre elementos del delito
DOC
Principios Constitucionales, Generales y Reglas del Derecho Procesal
PPTX
Mapa mental derecho constitucional
PPT
TEORIA DEL DELITO
El Usura
El delito por Derwin Acosta
EL DELITO
El Proceso Constitucional Europeo
Ordenamiento Constitucional Venezolano_IAFJSR
Penal 2 mapa comceptual
Elementos de la teoria del delito
Conozcamos los elementos del delito
Fundamentos del Derecho constitucional venezolano
PROCESOS CONSTITUCIONALES EN PERU
Mapa conceptual sobre elementos del delito
Principios Constitucionales, Generales y Reglas del Derecho Procesal
Mapa mental derecho constitucional
TEORIA DEL DELITO
Publicidad

Similar a Primer y Segundo Elementos del Delito (20)

DOCX
Primer y Segundo Elemento del Delito
DOCX
Elementos del delito (informe)
DOCX
Derecho Penal General
DOCX
Erick lobaton 25.340.659
DOC
Primer elemento
PPTX
INF Elementos del Delito.pptx
DOCX
Informe naivis sarmiento
PPTX
Definición y Elementos del Delito.
DOCX
Primer y Segundo Elemento del Delito.
DOCX
Informe
DOCX
PPTX
3ra.pptx derecho penalderecho penalderecho penalderecho penalderecho penal
PDF
Elementos del Delito
DOCX
Primer y segundo elemento del delito
DOCX
Teoria del delito
DOCX
DOCX
PRIMER Y SEGUNDO ELEMENTO DEL DELITO
PDF
Informe de derecho penal general sobre el primero y segundo elemento del deli...
PPT
Tipicidad
DOCX
TAREA SEMANA VI DERECHO PROCESAL PENAL II.docx
Primer y Segundo Elemento del Delito
Elementos del delito (informe)
Derecho Penal General
Erick lobaton 25.340.659
Primer elemento
INF Elementos del Delito.pptx
Informe naivis sarmiento
Definición y Elementos del Delito.
Primer y Segundo Elemento del Delito.
Informe
3ra.pptx derecho penalderecho penalderecho penalderecho penalderecho penal
Elementos del Delito
Primer y segundo elemento del delito
Teoria del delito
PRIMER Y SEGUNDO ELEMENTO DEL DELITO
Informe de derecho penal general sobre el primero y segundo elemento del deli...
Tipicidad
TAREA SEMANA VI DERECHO PROCESAL PENAL II.docx

Último (20)

PPTX
MATEMATICAS GEOMETRICA USO TRANSPORTADOR
PDF
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
PDF
Gasista de unidades unifuncionales - pagina 23 en adelante.pdf
PDF
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
DOCX
V UNIDAD - PRIMER GRADO. del mes de agosto
DOCX
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
PPTX
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
PDF
informe tipos de Informatica perfiles profesionales _pdf
PDF
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
PDF
1. Intrdoduccion y criterios de seleccion de Farm 2024.pdf
PDF
ACERTIJO Súper Círculo y la clave contra el Malvado Señor de las Formas. Por ...
PDF
Introducción a la historia de la filosofía
DOC
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
PDF
Atencion prenatal. Ginecologia y obsetricia
DOCX
PLAN DE CASTELLANO 2021 actualizado a la normativa
PDF
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
PDF
Unidad de Aprendizaje 5 de Matematica 2do Secundaria Ccesa007.pdf
PDF
PFB-MANUAL-PRUEBA-FUNCIONES-BASICAS-pdf.pdf
PDF
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE_COM.pdf
DOCX
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas
MATEMATICAS GEOMETRICA USO TRANSPORTADOR
Aqui No Hay Reglas Hastings-Meyer Ccesa007.pdf
Gasista de unidades unifuncionales - pagina 23 en adelante.pdf
La Inteligencia Emocional - Fabian Goleman TE4 Ccesa007.pdf
V UNIDAD - PRIMER GRADO. del mes de agosto
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
LAS MIGRACIONES E INVASIONES Y EL INICIO EDAD MEDIA
informe tipos de Informatica perfiles profesionales _pdf
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE.pdf
1. Intrdoduccion y criterios de seleccion de Farm 2024.pdf
ACERTIJO Súper Círculo y la clave contra el Malvado Señor de las Formas. Por ...
Introducción a la historia de la filosofía
Manual de Convivencia 2025 actualizado a las normas vigentes
Atencion prenatal. Ginecologia y obsetricia
PLAN DE CASTELLANO 2021 actualizado a la normativa
Aumente su Autoestima - Lair Ribeiro Ccesa007.pdf
Unidad de Aprendizaje 5 de Matematica 2do Secundaria Ccesa007.pdf
PFB-MANUAL-PRUEBA-FUNCIONES-BASICAS-pdf.pdf
MATERIAL DIDÁCTICO 2023 SELECCIÓN 1_REFORZAMIENTO 1° BIMESTRE_COM.pdf
PLANES DE área ciencias naturales y aplicadas

Primer y Segundo Elementos del Delito

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Primer y Segundo Elemento del Delito Integrante: Pedro Arguello C.I.: 17.505.510 Cátedra: Penal General Profesor: Nilda Singer Barquisimeto, 2.015.
  • 2. La Acción, Primer Elemento Positivo del Delito. Acción: Manifestación de la actividad o voluntad delictiva, es decir, la comisión de un acto penado por la Ley, el cual, puede consistir en dos formas: 1-. Acción: positiva o de actividad. 2-. Omisión: negativa o de abstención. Análisis de la Acción. La conducta humana (Acción u Omisión) es la base, sobre la cual, descansa toda la estructura del delito, es decir, si no hay acción humana, si no hay conducta; no hay delito; no obstante, el concepto de acción abarca igualmente el de omisión, la cual, consiste en aquel tipo de conducta en la que el individuo conscientemente, evita una acción concreta. Cabe destacar, que la mencionada manifestación voluntaria de una conducta externa por parte del individuo, conlleva al cambio en su entorno o mundo exterior, el mismo se denomina o está relacionado con un resultado antijurídico. En base a las consideraciones anteriores, se dice que la conducta externa, si se manifiesta en forma positiva, es decir, si se trata de un hacer, constituye la acción en sentido estricto; ahora bien, si la mencionada conducta externa se manifiesta en forma negativa, constituye la omisión. No obstante, esa conducta externa es humana porque proviene del hombre, el cual, es el único sujeto activo del delito, asimismo, es voluntaria porque es realizada libremente, lo que quiere decir, que el sujeto ha tenido la posibilidad de optar por realizar o no un acto determinado. Relación de causalidad. Para que el resultado pueda ser atribuido al hombre se requiere que sea consecuencia de su comportamiento, el problema deriva en precisar, cuándo el
  • 3. resultado deriva como efecto causal del comportamiento o cuándo este ha de considerarse causa del resultado. Es preciso señalar, que esa conducta exterior, positiva o negativa, humana y voluntaria, para que se configure el delito como tal, debe ocasionar un cambio o modificación en el mundo exterior, el cual, es denominado resultado, evento o efecto de la mencionada conducta, motivo por el cual, debe existir una relación de causalidad entre aquella conducta exterior, positiva o negativa, humana y voluntaria y el cambio en el mundo exterior, el cual, es considerado como el efecto. Por todo lo anterior se dice, que el resultado es el cambio en el mundo exterior, es decir, la modificación producida por la conducta exteriorizada. La Relación de Causalidad viene a ser una condición necesaria pero no suficiente de la Responsabilidad Penal. Principales teorías. -. Teoría de la equivalencia de condiciones. Toda condición del resultado está relacionado con todo antecedente sin el cual, el resultado no se habría producido. -. Teoría de la causalidad adecuada. No se considera toda condición del resultado sino en sí misma, es decir, toda aquella condición que en si es idónea para producir el resultado. -. Teoría de la equivalencia de condiciones. Todas las condiciones que en un resultado antijurídico son equivalentes, tienen el mismo valor en lo que respecta al aspecto causal porque todas son indispensables para la producción de este resultado antijurídico. Ausencia de acción. Cuando la acción no existe, no existe delito, no obstante, se prestan a dudas aquellos casos en que existe un hecho externo, pero respecto del cual, hay una ausencia de voluntad que lo haya dirigido, sin embargo, para resolverlos, se ha
  • 4. establecido como criterio general, que no hay acción cuando se puede afirmar que la persona involucrada ha tomado parte físicamente en el hecho, pero sin intervención de voluntad consciente en la conducción de dicho proceso causal. Causas de ausencia de acción. Las causas de ausencia de acción son las siguientes: -. Sonambulismo: estado espontaneo de inconciencia con actividad motriz, continuación del sueño fisiológico. -. Sueño o pesadilla: las cosas que inhibe el individuo cuando está despierto, salen a flote durante el sueño ya que no pueden ser reprimidas y se manifiestan sus complejos pensamientos y deseos. -. Ebriedad onírica o del sueño: es la persistencia de la actividad del sueño al despertar, el cual, dura algún tiempo y que depende de ciertos factores. -. Sueño artificial o hipnosis: es una actividad especial del sistema nervioso determinado por maniobras de carácter artificial, en el cual, el hipnotizador se propone estancar, fijar la atención de la persona que desea hipnotizar para producir de esta manera la inducción del sueño. -. Acto violentado: es el realizado por una persona bajo el influjo de una fuerza física irresistible. -. Actos violentos automáticos o inconscientes: son movimientos irresponsables que siguen inmediatamente a una excitación periférica externa o interna. Tipicidad, Segundo elemento positivo del delito. Es la descripción de cada uno de los actos que la Ley penal considera delictivos, es decir, un acto es típico cuando se puede encajar o encuadrar perfectamente en cualquier tipo legal o penal.
  • 5. Ausencia de tipicidad. Es el aspecto negativo de la tipicidad, el cual, implica una relación de inadecuación entre un acto de la vida real examinado en el caso concreto y los tipos legales y los tipos penales. La Ausencia de Tipicidad: Es el aspecto negativo de la tipicidad. La ausencia de tipicidad presupone absoluta imposibilidad de dirigir la presunción contra el autor de una conducta no escrita en la ley, aunque sea antijurídica, esto es a consecuencia del principio de legalidad. No hay responsabilidad penal de ningún tipo. Causas de Atipicidad: Las causas de atipicidad se dan en los supuestos en los que concurren unas determinadas circunstancias que suponen la exclusión de la tipicidad de la conducta, negando con ello su inclusión dentro del tipo penal. Ahora bien cuando hablamos de Atipicidad objetiva, es aquella que se da cuando en los elementos objetivos del tipo uno de ellos no encuadra en la conducta típica o simplemente no se da. Se dice que existe ausencia del tipo cuando en la ley no se encuentra plasmada o regulada alguna prohibición de alguna conducta, acorde al principio de legalidad penal. Por ejemplo, la blasfemia no está tipificada como delito en la mayoría de los países. Aunque para muchos pueda ser una actitud reprochable, esta no será castigada por la ley o el Estado, ya que no es una conducta recogida y penada en el código penal.
  • 6. Ausencia de tipicidad. Es el aspecto negativo de la tipicidad, el cual, implica una relación de inadecuación entre un acto de la vida real examinado en el caso concreto y los tipos legales y los tipos penales. La Ausencia de Tipicidad: Es el aspecto negativo de la tipicidad. La ausencia de tipicidad presupone absoluta imposibilidad de dirigir la presunción contra el autor de una conducta no escrita en la ley, aunque sea antijurídica, esto es a consecuencia del principio de legalidad. No hay responsabilidad penal de ningún tipo. Causas de Atipicidad: Las causas de atipicidad se dan en los supuestos en los que concurren unas determinadas circunstancias que suponen la exclusión de la tipicidad de la conducta, negando con ello su inclusión dentro del tipo penal. Ahora bien cuando hablamos de Atipicidad objetiva, es aquella que se da cuando en los elementos objetivos del tipo uno de ellos no encuadra en la conducta típica o simplemente no se da. Se dice que existe ausencia del tipo cuando en la ley no se encuentra plasmada o regulada alguna prohibición de alguna conducta, acorde al principio de legalidad penal. Por ejemplo, la blasfemia no está tipificada como delito en la mayoría de los países. Aunque para muchos pueda ser una actitud reprochable, esta no será castigada por la ley o el Estado, ya que no es una conducta recogida y penada en el código penal.