La rectificación de áreas, linderos y medidas perimétricas permite adecuar las características físicas registradas de un predio a la realidad. Requiere un título modificatorio y puede realizarse mediante mutuo acuerdo, procedimiento notarial no contencioso o procedimiento judicial cuando haya oposición. Las entidades públicas pueden rectificar bienes estatales con resolución de la SBN o gobierno regional.