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INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 11009
“VirgendelaMedallaMilagrosa”
JLO-CHICLAYO
REGLAMENTO INTERNO INTEGRADO – 2019
AIP/CRT
Art. 1° DISPOSICIONES GENERALES:
Los equipos tecnológicos del Aula de Innovación Pedagógica, integrado al Centro de
Recursos Tecnológicos, están al servicio de los estudiantes y personal docente de la I.E. “Virgen
de la Medalla Milagrosa” Nº 11009 – J.L.O y son exclusivamente para uso pedagógico de la
aplicación de la competencia transversal TIC y talleres de capacitación docente.
Art. 2° DE LOS SERVICIOS:
El Aula de Innovación Pedagógica (AIP) y del Centro de Recursos Tecnológicos (CRT)
presentan los siguientes servicios:
 Conexión de Internet a páginas y portales educativos.
 Equipos de cómputo: Laptop XO Primaria y ordenadores, con aplicaciones y programas
educativos.
 Equipos tecnológicos: TV, DVD, Proyector Multimedia, Ecran, Kit de Robótica Educativa
WeDo.
 Tablets Educativas de Soporte Pedagógico y del Proyecto Aula Digital conectadas a
Intranet.
 Asesoramiento y búsqueda de información de contenidos estrictamente educativos.
 Catálogo de Recursos Educativos clasificados por áreas curriculares.
 Demostración de videos requeridos.
Art. 3° DEL DIRECTOR:
 Disponer las medidas de seguridad del AIP/CRT en coordinación con la APAFA.
 Propiciar la renovación e implementación de los equipos acorde con el avance de la
tecnología.
 Promover la incorporación de las TIC en el PEI, PCI y demás programaciones.
 Supervisar las actividades del AIP - CRT en base a su Plan de Trabajo.
 Motivar y brindar las facilidades a los docentes para capacitarse en el uso de las TIC, en
horarios alternos a su jornada laboral.
 Verificar el inventario del AIP – CRT al inicio y término del año lectivo e informar al órgano
inmediato superior.
 Aprobar con Resolución Directoral el Plan Anual de Trabajo del AIP - CRT y documentos
inherentes al mismo.
 Presentar al órgano inmediato superior el Plan de Trabajo, Reglamento, Inventario, Horario
e Informe de conectividad de Internet mensualmente.
Art. 4° DE LA SUB DIRECTORA:
 Propiciar la incorporación de las TIC en el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto
Curricular Institucional, Programación Anual, Unidades Didácticas y Sesiones de
Aprendizaje.
 Visar las sesiones de aprendizaje con integración de las TIC a desarrollarse en el AIP -
CRT.
 Motivar y brindar facilidades a los docentes para capacitarse en el uso de las TIC para un
mejor aprovechamiento de los recursos tecnológicos que cuenta la I.E.
 Realizar visitas periódicas en el AIP - CRT a fin de verificar el cumplimiento de las sesiones
de aprendizaje con integración de las TIC.
Art. 5° DE LAS DOCENTES RESPONSABLES:
El docente responsable del Aula de Innovación Pedagógica, integrado al Centro de Recursos
Tecnológico, cumple las siguientes funciones:
 Administrar el AIP-CRT, cuidando el mantenimiento y operatividad de los equipos
tecnológicos y estableciendo los horarios para el desarrollo de las sesiones de aprendizaje.
 Participar en el proceso de integración y aplicación de las TIC al proceso Aprendizaje-
Enseñanza a nivel institucional.
 Elaborar la documentación administrativa del AIP-CRT, tales como:Plan Anual de Trabajo,
Plan de Capacitación, Reglamento Interno, Normas de Convivencia, Horarios, Registro de
Asistencia, Inventario, Catálogo de Recursos TIC, etc.
 Ambientar el AIP-CRT acorde con el uso de las TIC y fechas significativas de la I.E.
 Capacitar a los docentes en el buen uso y aprovechamiento de las TIC.
 Asesorar a los docentes en la preparación de las sesiones de aprendizaje integrando los
recursos tecnológicos del AIP - CRT.
 Coordinar con los docentes el uso de los equipos de cómputo y recursos tecnológicos
existentes en el AIP-CRT.
 Apoyar a los docentes en la ejecución de las actividades a realizarse en el AIP-CRT.
 Informar sobre las actividades desarrolladas en el AIP - CRT, el buen funcionamiento de
los equipos tecnológicos y la conectividad del servicio de Internet mensualmente a la
Dirección.
 Participar en las reuniones y talleres de capacitación convocadas por la UGEL, GRED,
MINEDU.
 Promover la participación de estudiantes y docentes en los Juegos Florares, Ferias y otros
eventos organizados por la UGEL, GRED, MINEDU y otros de la comunidad.
 Actualizar el blog y red social de la institución con las actividades realizadas en el AIP -
CRT.
Art. 6° DE LOS DOCENTES:
 Los docentes asistirán a los talleres de capacitación y permanecerán durante todo su
desarrollo respetando las normas y horario establecidos.
 Los docentes presentarán su sesión de aprendizaje al momento de ingresar al AIP-CRT
para el archivo respectivo.
 Cada docente dirigirá su sesión de aprendizaje programada previamente visada por la Sub
Dirección de la institución educativa.
 Todos los docentes registrarán su asistencia en el folder previsto para tal fin.
 Los docentes acompañarán a sus estudiantes preservando el orden y disciplina durante el
desarrollo de su sesión de aprendizaje en el AIP - CRT.
 Contar con las facilidades y apoyo del DAIP para utilizar los equipos tecnológicos
necesarios acorde con la sesión de aprendizaje programada.
 Cuando el docente requiera algún material del AIP - CRT, deberá hacerlo a través de un
documento autorizado por el equipo directivo, haciéndose totalmente responsable de su
uso.
 Los docentes coordinarán con el DAIP, los recursos tecnológicos a utilizar, diseño
actividades con software especial, búsqueda de información, descarga de videos, mínimo
3 días antes a fin de disponerlo anticipadamente.
 Cada docente, de acuerdo a su horario, es responsable de reponer o reparar el daño
ocasionado por sus estudiantes a los equipos tecnológicos durante el desarrollo de la
sesión de aprendizaje.
Art. 7° DE LOS ESTUDIANTES:
 Los y las estudiantes sólo ingresarán al AIP-CRT acompañados por su docente. (no se
permitirá el ingreso de mochilas, loncheras u otros materiales ajenos al desarrollo de la
sesión de aprendizaje).
 No se permitirá el ingreso de estudiantes con las manos, cabello o ropa húmeda o mojada
para evitar el riesgo eléctrico.
 Mantener el aula permanentemente limpia y ordenada.
 Demostrar orden y buen comportamiento durante la sesión de aprendizaje, cualquier acto
de indisciplina será sancionado.
 Hacer uso correcto de los equipo de cómputo: Ordenadores y Laptop XO Primaria, Kit de
Robótica Educativa, Tablets y otros, evitando golpear, escribir, rayar, mover o desconectar
sus componentes.
 Cada grupo de estudiantes tendrá asignada una computadora y no podrá cambiarse de
máquina sin el permiso del docente.
 Queda prohibido mover, borrar, copiar archivos sin que el docente lo autorice. También
queda prohibido, instalar, desinstalar, modificar o alterar los programas de la computadora.
 En el AIP-CRT, los estudiantes no podrán consumir alimentos sólidos ni líquidos a fin de
no derramar o ensuciar los equipos tecnológicos.
Art. 8° DE LA APAFA:
 La APAFA como entidad que representa a los padres asociados a la IE, tienen el deber
fundamental de apoyar en el mantenimiento, seguridad y equipamiento del AIP - CRT.
 Será responsabilidad de la APAFA hacer cumplir a todo padre de familia con su deber de
reponer los daños ocasionados por sus hijos en los equipos tecnológicos o Kit de Robótica
Educativa del AIP-CRT.
Art. 9° DEL COMITÉ TECNOLÓGICO:
 El Comité Tecnológico tiene por objetivo principal velar por la seguridad, mantenimiento y
sostenibilidad del equipamiento tecnológico; determinando las prioridades de adquisición
con el presupuesto a través de recursos propios, APAFA y MED, establecidos en su Plan
de Trabajo.
 El Comité Tecnológico estará conformado por los siguientes miembros:
 Director y sub director de la Institución Educativa.
 Las docentes responsables del AIP – CRT.
 Representante de los docentes.
 Representante de APAFA o CONEI.
Art. 10° SEGURIDAD E HIGIENE DEL AIP - CRT:
 El Director de la IE es el responsable de disponer la seguridad del AIP y CRT, previendo la
instalación de un protector metálico, extintor recargado, estantes con chapas en buen
estado y el manejo exclusivo de las llaves de estos ambientes, monitoreando el
cumplimiento del deber del personal de servicio y guardianía.
 El personal de servicio mantendrá el ambiente del AIP y CRT debidamente aseado,
mientras que el de guardianía tiene el deber de velar por la seguridad.
 Está prohibido la realización de actividades no pedagógicas en el ambiente del AIP y CRT,
tales como: asamblea de padres, concursos, celebraciones de cumpleaños, etc.
 El docente responsable del AIP y CRT, es la única persona autorizada para abrir y cerrar
dichos ambientes, en caso de su ausencia, el Director tendrá esta potestad, siendo
responsable si se produce alguna pérdida o avería durante este tiempo.
 Las docentes responsables entregarán y recepcionarán del personal de guardianía el AIP-
CRT todos los días registrándose en el cuaderno de entrega y recepción.
 El AIP y CRT son escenarios de aprendizaje; por lo tanto, no podrá usarse como servicio
de cabinas públicas o para otros fines que no sean los especificados por la DITE.
Art. 11° DE LAS SANCIONES:
 Los usuarios que malogren o dañen los equipos tecnológicos o el mobiliario estarán
obligados a reponer los mismos y dejarlos en las mismas condiciones.
 Los usuarios reincidentes que ocasionen daños al equipo serán sancionados con una
papeleta de suspensión.
 Los estudiantes que sustraigan o pierdan alguna pieza del Kit de Robótica Educativa o de
las laptop XO están obligados a reponerlo, caso contrario no se les dejará ingresar al aula
del AIP-CRT, hasta que se haga efectiva la devolución del material.
 El docente que no presenta la sesión de aprendizaje no tendrá derecho a hacer uso del
AIP-CRT y la hora correspondiente será destinada al mantenimiento de equipos de
cómputo. Así mismo las clases perdidas no son recuperables.
 La inasistencia de los docentes al acompañar a sus estudiantes en el desarrollo de la
actividad programada en el AIP-CRT, será informado al director quien tomará las medidas
respectivas.
 En caso de pérdida o deterioro de algún material tecnológico del AIP-CRT, durante el
horario de trabajo de una determinada sección, el docente responsable velará por su
reposición o arreglo, informándose al director para realizar las averiguaciones
correspondientes e informando a la UGEL.
José Leonardo Ortiz, Abril del 2019
_____________________
Guisella Muñoz Vásquez
Docente AIP-TM
Muñoz Vásquez
_________________________
Carme Rosa Barrueto Guerrero
Sub directora
Muñoz Vásquez
_______________________
Juan Carlos Samillán Paico
Director
Muñoz Vásquez
_________________
Noemí Lache Gálvez
Docente AIP-TT
Muñoz Vásquez

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Reglamento interno aip-crt

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 11009 “VirgendelaMedallaMilagrosa” JLO-CHICLAYO REGLAMENTO INTERNO INTEGRADO – 2019 AIP/CRT Art. 1° DISPOSICIONES GENERALES: Los equipos tecnológicos del Aula de Innovación Pedagógica, integrado al Centro de Recursos Tecnológicos, están al servicio de los estudiantes y personal docente de la I.E. “Virgen de la Medalla Milagrosa” Nº 11009 – J.L.O y son exclusivamente para uso pedagógico de la aplicación de la competencia transversal TIC y talleres de capacitación docente. Art. 2° DE LOS SERVICIOS: El Aula de Innovación Pedagógica (AIP) y del Centro de Recursos Tecnológicos (CRT) presentan los siguientes servicios:  Conexión de Internet a páginas y portales educativos.  Equipos de cómputo: Laptop XO Primaria y ordenadores, con aplicaciones y programas educativos.  Equipos tecnológicos: TV, DVD, Proyector Multimedia, Ecran, Kit de Robótica Educativa WeDo.  Tablets Educativas de Soporte Pedagógico y del Proyecto Aula Digital conectadas a Intranet.  Asesoramiento y búsqueda de información de contenidos estrictamente educativos.  Catálogo de Recursos Educativos clasificados por áreas curriculares.  Demostración de videos requeridos. Art. 3° DEL DIRECTOR:  Disponer las medidas de seguridad del AIP/CRT en coordinación con la APAFA.  Propiciar la renovación e implementación de los equipos acorde con el avance de la tecnología.  Promover la incorporación de las TIC en el PEI, PCI y demás programaciones.  Supervisar las actividades del AIP - CRT en base a su Plan de Trabajo.
  • 2.  Motivar y brindar las facilidades a los docentes para capacitarse en el uso de las TIC, en horarios alternos a su jornada laboral.  Verificar el inventario del AIP – CRT al inicio y término del año lectivo e informar al órgano inmediato superior.  Aprobar con Resolución Directoral el Plan Anual de Trabajo del AIP - CRT y documentos inherentes al mismo.  Presentar al órgano inmediato superior el Plan de Trabajo, Reglamento, Inventario, Horario e Informe de conectividad de Internet mensualmente. Art. 4° DE LA SUB DIRECTORA:  Propiciar la incorporación de las TIC en el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular Institucional, Programación Anual, Unidades Didácticas y Sesiones de Aprendizaje.  Visar las sesiones de aprendizaje con integración de las TIC a desarrollarse en el AIP - CRT.  Motivar y brindar facilidades a los docentes para capacitarse en el uso de las TIC para un mejor aprovechamiento de los recursos tecnológicos que cuenta la I.E.  Realizar visitas periódicas en el AIP - CRT a fin de verificar el cumplimiento de las sesiones de aprendizaje con integración de las TIC. Art. 5° DE LAS DOCENTES RESPONSABLES: El docente responsable del Aula de Innovación Pedagógica, integrado al Centro de Recursos Tecnológico, cumple las siguientes funciones:  Administrar el AIP-CRT, cuidando el mantenimiento y operatividad de los equipos tecnológicos y estableciendo los horarios para el desarrollo de las sesiones de aprendizaje.  Participar en el proceso de integración y aplicación de las TIC al proceso Aprendizaje- Enseñanza a nivel institucional.  Elaborar la documentación administrativa del AIP-CRT, tales como:Plan Anual de Trabajo, Plan de Capacitación, Reglamento Interno, Normas de Convivencia, Horarios, Registro de Asistencia, Inventario, Catálogo de Recursos TIC, etc.  Ambientar el AIP-CRT acorde con el uso de las TIC y fechas significativas de la I.E.  Capacitar a los docentes en el buen uso y aprovechamiento de las TIC.  Asesorar a los docentes en la preparación de las sesiones de aprendizaje integrando los recursos tecnológicos del AIP - CRT.  Coordinar con los docentes el uso de los equipos de cómputo y recursos tecnológicos existentes en el AIP-CRT.  Apoyar a los docentes en la ejecución de las actividades a realizarse en el AIP-CRT.
  • 3.  Informar sobre las actividades desarrolladas en el AIP - CRT, el buen funcionamiento de los equipos tecnológicos y la conectividad del servicio de Internet mensualmente a la Dirección.  Participar en las reuniones y talleres de capacitación convocadas por la UGEL, GRED, MINEDU.  Promover la participación de estudiantes y docentes en los Juegos Florares, Ferias y otros eventos organizados por la UGEL, GRED, MINEDU y otros de la comunidad.  Actualizar el blog y red social de la institución con las actividades realizadas en el AIP - CRT. Art. 6° DE LOS DOCENTES:  Los docentes asistirán a los talleres de capacitación y permanecerán durante todo su desarrollo respetando las normas y horario establecidos.  Los docentes presentarán su sesión de aprendizaje al momento de ingresar al AIP-CRT para el archivo respectivo.  Cada docente dirigirá su sesión de aprendizaje programada previamente visada por la Sub Dirección de la institución educativa.  Todos los docentes registrarán su asistencia en el folder previsto para tal fin.  Los docentes acompañarán a sus estudiantes preservando el orden y disciplina durante el desarrollo de su sesión de aprendizaje en el AIP - CRT.  Contar con las facilidades y apoyo del DAIP para utilizar los equipos tecnológicos necesarios acorde con la sesión de aprendizaje programada.  Cuando el docente requiera algún material del AIP - CRT, deberá hacerlo a través de un documento autorizado por el equipo directivo, haciéndose totalmente responsable de su uso.  Los docentes coordinarán con el DAIP, los recursos tecnológicos a utilizar, diseño actividades con software especial, búsqueda de información, descarga de videos, mínimo 3 días antes a fin de disponerlo anticipadamente.  Cada docente, de acuerdo a su horario, es responsable de reponer o reparar el daño ocasionado por sus estudiantes a los equipos tecnológicos durante el desarrollo de la sesión de aprendizaje. Art. 7° DE LOS ESTUDIANTES:  Los y las estudiantes sólo ingresarán al AIP-CRT acompañados por su docente. (no se permitirá el ingreso de mochilas, loncheras u otros materiales ajenos al desarrollo de la sesión de aprendizaje).  No se permitirá el ingreso de estudiantes con las manos, cabello o ropa húmeda o mojada para evitar el riesgo eléctrico.
  • 4.  Mantener el aula permanentemente limpia y ordenada.  Demostrar orden y buen comportamiento durante la sesión de aprendizaje, cualquier acto de indisciplina será sancionado.  Hacer uso correcto de los equipo de cómputo: Ordenadores y Laptop XO Primaria, Kit de Robótica Educativa, Tablets y otros, evitando golpear, escribir, rayar, mover o desconectar sus componentes.  Cada grupo de estudiantes tendrá asignada una computadora y no podrá cambiarse de máquina sin el permiso del docente.  Queda prohibido mover, borrar, copiar archivos sin que el docente lo autorice. También queda prohibido, instalar, desinstalar, modificar o alterar los programas de la computadora.  En el AIP-CRT, los estudiantes no podrán consumir alimentos sólidos ni líquidos a fin de no derramar o ensuciar los equipos tecnológicos. Art. 8° DE LA APAFA:  La APAFA como entidad que representa a los padres asociados a la IE, tienen el deber fundamental de apoyar en el mantenimiento, seguridad y equipamiento del AIP - CRT.  Será responsabilidad de la APAFA hacer cumplir a todo padre de familia con su deber de reponer los daños ocasionados por sus hijos en los equipos tecnológicos o Kit de Robótica Educativa del AIP-CRT. Art. 9° DEL COMITÉ TECNOLÓGICO:  El Comité Tecnológico tiene por objetivo principal velar por la seguridad, mantenimiento y sostenibilidad del equipamiento tecnológico; determinando las prioridades de adquisición con el presupuesto a través de recursos propios, APAFA y MED, establecidos en su Plan de Trabajo.  El Comité Tecnológico estará conformado por los siguientes miembros:  Director y sub director de la Institución Educativa.  Las docentes responsables del AIP – CRT.  Representante de los docentes.  Representante de APAFA o CONEI. Art. 10° SEGURIDAD E HIGIENE DEL AIP - CRT:  El Director de la IE es el responsable de disponer la seguridad del AIP y CRT, previendo la instalación de un protector metálico, extintor recargado, estantes con chapas en buen estado y el manejo exclusivo de las llaves de estos ambientes, monitoreando el cumplimiento del deber del personal de servicio y guardianía.
  • 5.  El personal de servicio mantendrá el ambiente del AIP y CRT debidamente aseado, mientras que el de guardianía tiene el deber de velar por la seguridad.  Está prohibido la realización de actividades no pedagógicas en el ambiente del AIP y CRT, tales como: asamblea de padres, concursos, celebraciones de cumpleaños, etc.  El docente responsable del AIP y CRT, es la única persona autorizada para abrir y cerrar dichos ambientes, en caso de su ausencia, el Director tendrá esta potestad, siendo responsable si se produce alguna pérdida o avería durante este tiempo.  Las docentes responsables entregarán y recepcionarán del personal de guardianía el AIP- CRT todos los días registrándose en el cuaderno de entrega y recepción.  El AIP y CRT son escenarios de aprendizaje; por lo tanto, no podrá usarse como servicio de cabinas públicas o para otros fines que no sean los especificados por la DITE. Art. 11° DE LAS SANCIONES:  Los usuarios que malogren o dañen los equipos tecnológicos o el mobiliario estarán obligados a reponer los mismos y dejarlos en las mismas condiciones.  Los usuarios reincidentes que ocasionen daños al equipo serán sancionados con una papeleta de suspensión.  Los estudiantes que sustraigan o pierdan alguna pieza del Kit de Robótica Educativa o de las laptop XO están obligados a reponerlo, caso contrario no se les dejará ingresar al aula del AIP-CRT, hasta que se haga efectiva la devolución del material.  El docente que no presenta la sesión de aprendizaje no tendrá derecho a hacer uso del AIP-CRT y la hora correspondiente será destinada al mantenimiento de equipos de cómputo. Así mismo las clases perdidas no son recuperables.  La inasistencia de los docentes al acompañar a sus estudiantes en el desarrollo de la actividad programada en el AIP-CRT, será informado al director quien tomará las medidas respectivas.  En caso de pérdida o deterioro de algún material tecnológico del AIP-CRT, durante el horario de trabajo de una determinada sección, el docente responsable velará por su reposición o arreglo, informándose al director para realizar las averiguaciones correspondientes e informando a la UGEL. José Leonardo Ortiz, Abril del 2019 _____________________ Guisella Muñoz Vásquez Docente AIP-TM Muñoz Vásquez _________________________ Carme Rosa Barrueto Guerrero Sub directora Muñoz Vásquez _______________________ Juan Carlos Samillán Paico Director Muñoz Vásquez _________________ Noemí Lache Gálvez Docente AIP-TT Muñoz Vásquez