Esta resolución establece las normas para la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Requiere que las empresas e instituciones con 10 o más trabajadores conformen un Comité compuesto por un número igual de representantes de los trabajadores y empleadores. Define las funciones y obligaciones de los Comités, empleadores y trabajadores con respecto a la salud y seguridad ocupacional.