La resolución adopta la Clasificación Industrial Internacional Uniforme revisión 4 adaptada para Colombia (CIIU Rev. 4 A.C.) establecida previamente por el DANE, para efectos del control y determinación de impuestos, obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias administradas por la DIAN. La CIIU Rev. 4 A.C. clasifica las actividades económicas en secciones que abarcan agricultura, explotación de minas, industrias manufactureras, entre otras.